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CONGRESO DELA REPÚBLICA DELPERÚ REGLAMENTO DE ORGAN IZACIÓIrI Y FU NCION ES DELSERVICIO PARLAMENTARIO (RoF) JUNIO 2012

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CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ

REGLAMENTO DE

ORGAN IZACIÓIrI Y FU NCION ES

DEL SERVICIO

PARLAMENTARIO

(RoF)

JUNIO 2012

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a.

DELREGLAMENTo DE oRGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

PRESENTACION

El Reglamento de Organ¡zación y Funciones (ROF) es el Documenlo Técnico Normat¡vode Gestión Institucional, que se constituye como la henamienta indispensable para lasunidades orgánicas que coadyuva en la planiflcación, ejecuc¡ón, supervis¡ón y evaluaciónde las estrategias generales para el logro de los objetivos y el mantenim¡ento de losestándares de cal¡dad en el serv¡cio o producto.

El ROF determina las funciones generales y la organización de las unidades hasta elnivel de Departamentos y sus equivalentes en el tercer nivel organizacional. Lasfunciones de las unidades orgánicas de menor jerarqu¡a, así como las funciones de loscargos o puestos de traba.Jo se definen en el Manual de Organización y Funciones(MoF).

Considerando que la Mesa Directiva aprobó la modificación del organigrama mediante elAcuerdo 311-2011-201z/MESA-CR de fecha 19 de Junio del2012, se hace necesaria lainmediata actualización del ROF, a fin de validar, adecuar y of¡cializar las funciones de lasunidades orgánicas, de tal manera que permita una gestión ordenada, planificada, eficazy eficiente.

Para la actualzac¡ón del ROF se ha cons¡derado los princip¡os y criterios establec¡dospot laLey 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley 27658, Ley Marcode Modern¡zac¡ón de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo 043-2006-PCM,Lineam¡entos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización yFunciones- ROF.

Finalmente, la aprobación del ROF cobra importanc¡a prioritaria porque es la fuente parala actualización del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manual deOrganizaiión y Funciones (MOF).

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DE LAREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

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PRESENTACION

riTULo I

T|TULO II

CAPITULo ICAPITULO II

TiTuLo Il

CAPITULO I

T|TULo Iv

CAPITULO ICAPITULO IICAPITULO IIICAPITULO IVCAPITULO VCAPITULO VICAPITULO VII

CAPITULO VIIICAPITULO IXCAPITULo xCAPITULO XICAPITULO XII

T|TULO V

CAPITULO ICAPITULO'IICAPITULO IIICAPITULO IVCAPITULO VcAPITULo VICAPITULO VIIcAPITULo vfll

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CAPITULO ICAPITULO IICAPITULO IIICAPITULO IVCAPITULO VCAPITULO VICAPITULO VIICAPITULO VIII

TiTULO VII

:GENERALIDADES

: ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL SERVICIO PARLAIIENTARIO

: Órganos de dependenc¡a direcla de la Mesa Directiva: Organos Administrat¡vos del Servicio Parlamentario

: FUNCIONES DEL ÓNOI¡¡O DE CONTROL DEPENDIENTEDE LA MESA DIRECTIVA

: Oficina de Auditoría Intema

: FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DEL SERVICIOPARLAMENTARIO

: Oficialfa Mayor: Gab¡nete de Asesoram¡ento Técnico de la Mesa Directiva: Oficina de Procuraduria: Oficina de Defensa de las Leyes: Oficina de Asesorfa Jurfd¡ca: Oficina de Part¡c¡pación, Proyecc¡ón y Enlace con el Ciudadano: Ofic¡na Técnica de Apoyo a la Mesa D¡recl¡va de Enlace mn losGobiernos Reg¡onales y Locales

; Ofic¡na Fondo Editorial: Ofic¡na de Protocolo y Asuntos Interparlamentarios: ofic¡na de Comun¡cac¡ones: Ofic¡na de Prevención y Seguridad: Oficina de CooDerac¡ón lnternacional

: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y SUS UNIDADESoRGÁNrcAs

: Direcc¡ón General de Administración: Oficina de Procesos y Estándares: Oficina de Planeamiento y Presupuesto: Oficina de Seguros del Congreso: Ofic¡na de Tecnologfas de Información: Departamento de Recursos Humanos: Departamento de Logist¡ca: Deoartamento de Finanzas

: DIRECCIÓN GENERAL PARLAMENTARIA Y SUS UNIDADESORGÁNICAS

: D¡rección General Parlameniaria: Oficina de Gestión de la Información y Estadfst¡ca: Centro de Capac¡tación y Eslud¡os Parlamentarios: Departamento de Comisiones: Deoartamento de B¡blioteca: Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria: Departamento de Relatoria, Agenda y Actas: DeDartamento de Redacc¡ón del Diar¡o de los Debates

: RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

ORGANIGRAMA DEL SERVICIO PARLAi'ENTARIO

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Artículo 1'.

TÍTULO IGENERALIDADES

NATURALEZA Y FINALIDAD DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

De acuerdo al Artículo 260 del Reglamento del Congreso de la Repúbl¡ca,la estructura orgánica inst¡tucional está conformada por:

a) La Organización Parlamentaria, constituida por el Pleno, ConsejoDirectivo, Mesa Directiva, Comisiones, Grupos Parlamentarios y

Despachos Congresales.b) El Servicio Parlamentario, constituido por las unidades orgánicas

establecidas en el organigrama aprobado y puesto en vigenc¡a, cuyoanexo forma parte del presente.

El Servicio Parlamentario tiene por flnalidad brindar soporte técnicoespec¡alizado a la Organ¡zación parlamentaria, a través de la ejecuciÓn delos Sistemas Admin¡strat¡vos a cargo de las unidades orgánicas, a fin decoadyuvar al logro de los objet¡vos y metas de la labor legislativa yDarlamentaria.

AÉículo 2". El presente Reglamento de Organización y Funciones es un documentotécnico normativo de gestión instituc¡onal del Servicio Parlamentario delCongreso de la República. Su sigla es ROF, cuando se le haga menciónse estará renr¡endo al presente Reglamento de Organizac¡Ón y Funciones.

El ROF establece la estructura orgánica del Servicio Parlamentario ycontiene las funciones de las unidades orgánicas diseñadas hasta el tercer' n¡vel organizacional. Las funciones de las unidades orgánicas sonatribuidas a los Jefes/Funcionarios respect¡vos. Las funciones de losn¡veles organizacionales inferiores incluyendo las que correspondan a loscargos del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) se establecerán enel Manual de Organización y Funciones (MOF), para cuyo efecto loscargos deberán estar categorizados y jerarquizados. El ROF precisa lasrelaciones de línea de mando, coordinación y control entre unidadesorgánicas, así como el régimen económico de la institución y el régimenlaboral del personal.

El ROF es la base para la elaboración del Cuadro para AsignaciÓn dePersonal (CAP) y el Manual de Organizac¡ón y Funciones (MOF).

VIGENCIA Y ALCANCE

Artículo 3'. La vigencia del ROF está supeditada a las prerrogativas de la MesaDirectiva en armonía con el Artículo 30 del Reglamento del Congreso de laRePública.

El presente reglamento es de aplicaclÓn y cumplimiento en el ServicioParlamentario. En el caso del personal de conf¡anza de la OrganizaciÓnParlamentaria, su aplicación será solamente para efeclos de gestiónadministrativa.

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Normativo de 5

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DE LAREGLA¡'ENfO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

Artícul¡ 4'.

BASE LEGAL

Const¡tuyen base legal del presenle ROF los siguientes dispos¡tivos:a) La Constttución Política del Perú.b) El Reglamento del Congreso de la República.c) Las normas que regulan la gestión pública y el funcionamiento de los

sistemas administrat¡vos, en lo que sea aplicable.d) El ROF adopta los principios y criterios establec¡dos pot la Ley 27444,

Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley 27658, LByMarco de Modernizac¡ón de la Gestión del Estado y el DecretoSupremo 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración yaprobación del Reglamento de Organización y Funciones- ROF.

DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

Artículo 5". La flnalidad del Servicio Parlamentiano es el desanollo y ejecuciónimparcial y neutral de sus actividades, servicios y productos homogéneos,opolunos y ef¡caces. Promueve el establecimiento de la eficac¡a yefic¡encia en las funciones de las unidades orgánicas. Aplica los principiosde racionalidad en la administración de los recursos humanos,económ¡cos, f¡nancieros, materiales y de tecnologias de la información dela institución, de acuerdo con las polÍticas y lineamientos de gestión queestablezca el Pleno, el Consejo Directivo, la Mesa Directiva y laPresidencia del Congreso de la República, según sea el caso, y lasdisposiciones legales de gestión pública que fueran aplicables.

AÉículo 6". En armonía con el arliculo 260 del Reglamento del Congreso de laRepública, las unidades orgán¡cas del Servic¡o Parlamentar¡o son órganosde asesoría y apoyo administrativo a la Organización Parlamentaria

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Documento Técnico Normat¡vo 6

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DELREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES OEL SERVICIO PARLAMENTARIO

TITULO IIESTRUCTURA ORGÁNICA DEL SERVIGIO PARLAMENTARIO

CAPÍTULO IÓlgane de dependencia d¡recta de la Mesa Dir€cliva

Artículo 7'. Son órganos que tienen dependencia directa de la Mesa Directiva:- Oficina de Auditoría Interna (OAl), como órgano de control interno.- Oficialía Mayor (OM).

CAPITULO IIÓ]gane Adminisüativoo del Sewicio Pa¡lamentario

De la Aubridad Adminisbativa y la Alta DirecciónArtículo 8'. La Oficial¡a Mayor es la máxima autoridad del Servicio Parlamentario del

Congreso. En tal sentido, para efecios de gestión, la Alta DirecciónAdministrativa está conformada oor:

- Ofic¡alÍa Mayor.- DirecciónGeneralParlamentaria.

Dirección General de Administración.

De las unidadea oEánicas dependientes de la Oficialía MayorArtículo 9'. Las unidades orgánicas del Servicio Parlamentario usarán las siglas

establecidas en el presente reglamento. Los grupos funcionales osecciones no son unidades orgánicas nijefaturas:

. r. oFrcnLíA MAYOR (OM)

Órganos de Asesoramiento:

- Gabinete de Asesoramiento Técnico de la Mesa Directiva (GATMD).- Oficina de Procuraduría (OPro).- Of¡cina de Defensa de las Leyes (ODL).- Of¡cina de Asesoría Juridica (OAJ).

Organos de Apoyo:

- Oflcina de Participación, Proyección y Enlace con el Ciudadano(OPPEC).

. Area de Participación, Atención y Educación Ciudadana (APAEC).

. Area de Museo del Congreso (AMC).- Oflcina Técnica de Apoyo a la Mesa Directiva de Enlace con los

Gobiernos Regionales y Locales (OTAMDEGRL)- Oflcina Fondo Editorial (OFE).- Oficina de Protocolo y Asuntos Interparlamentarios (OPAI).- Oficina de Comunicaciones (OC).- Oficina de Prevención y Seguridad (OPS).- Oficina de Cooperación Internac¡onal (OCl).

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DELREGLAMENTo DE oRGANtzActóN y FUNCIoNES DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

r.1 D|RECCTÓN GENEML DE ADMINISTRACIÓN (DGA)

Organos de Asesoramiento:

- Oficina de Procesos y Eslándares (OPE).- Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP).

órganos de Apoyo:

- Oficina de Seguros del Congreso (OS).- Of¡cina de Tecnologías de la Información (OTl).

. Area de Proyectos (AP).

. Area de Operaciones (AO).

. Area de Infraestructura Tecnológica (AlT).

Órganos de Línea:

- Departamento de Recursos Humanos (DRRHH).. Area de Desarrollo y Bienestar del Personal (ADBP).. Area de Administración de Personal (AAP).

- Departamento de LogÍstica (DL).. Area de Abastecimiento, Compras y Control Patrimonial (AACCP).

Area de Servicios Generales (ASG).

- Departamento de Finanzas (DF).. Area de Contabil¡dad (AC).. Area de Tesorería (AT).

I.2 DIRECCIÓN GENERAL PARLAMENTARIA (DGP)

órganos de Asesoramiento:

- Oflc¡na de Gestión de la Información y Estadíst¡ca (OGIE)

órganos de Apoyo:

- Centro de Capacitac¡ón y Estudios Parlamentarios (CCEP).

Organos de Línea:

- Departamento de Comisiones (DC).

- Departamento de Biblioteca (DB).

- Departamento de Investigación y Documentación Parlamentar¡aIDIDP).

. Area de Servicios Documentales y de Información (ASDI).

. Area de Servic¡os de Investigac¡ón (ASl).

. Area de Archivo (AA).

- Departamento de Relatoría, Agenda y Actas (DRAA).. Area de Trámite Documentario (ATD).. Area de Despacho Parlamentario (ADP).. Area de Relatoría y Agenda (ARAg).

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DE LAREGLAMENTo DE oRGANtzAclóN y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

. Area de Redacción de Actas (ARA).

- Departamento de Redacción del Diar¡o de los Debates (DRDD)

. Area de Transcripciones (ATr).

. Area de Grabaciones en Aud¡o y Video (AGAV).

. Area de Servicios Auxiliares Parlamentarios (ASAP).

TITULO IIIFUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL DEPENDIENTE DE LA

MESA DIRECTIVA

AÉículo '10'.

Art¡culo 11"

CAPíTULO IOFICINA DE AUDITORÍA INTERNA

La Oficina de Auditoría Interna es el órgano de control inst¡tucional delServicio Parlamentario. Tiene por finalidad aplicar las Normas de AuditoriaGubernamental a través del control sobre la contab¡lidad del Congreso dela República, la ejecución de los recursos presupuestales y la gestión delás unidades orgánicas que conforman el Serv¡cio Parlamentario.

La Oficina de Auditoría Interna está a cargo de un funcionariodenominado AUDITOR GENERAL, designado por la Mesa Directiva apropuesta del Presidente. Su desempeño funcional y atribuciones seajustan a lo previsto en el Reglamento del Congreso de la República ycomplementariamente en la normatividad legal vigente de la ContraloríaGeneral de la República, en lo que resulte aplicable.

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Artículo 12'.

Articulo 13".

TÍTULO IVFUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DEL SERVIGIO PARLAMENTARIO

HASTA EL TERCER NIVEL ORGANIZACIONAL

CAPITULO IOFICIALíA MAYOR

La Oflcialía Mayor tiene por finalidad admin¡strar y d¡rigir el ServigioParlamentario, proponer a la Mesa Directiva o Presidencia las politicas yestrategias de gestión para el Servicio Parlamentario. Realiza laboresespecializadas de apoyo y asesoramiento a la Organización Parlamentar¡a.

La Of¡c¡alía Mayor es un órgano del primer nivel organizacional. Está acargo de un func¡onario denominado OFICIAL MAYOR y tiene larepresentación legal de la institución. El Of¡cial Mayor es designado porAcuerdo del Conseio Directivo a propuesta del Pres¡dente del Congreso dela Repúbl¡ca. La Mesa Directiva da cuenta al Pleno de la des¡gnación delOficial Mayor. La Ofcialía Mayor liene las siguienles funciones:

Organizar y dirigir el Servicio Parlamentario.Informar al Consejo Directivo y a la Mesa Directiva sobre el estado ydesarrollo de los procedim¡entos parlamentarios, la adm¡nislración y elestado de la economia del Congreso de la República, cuando se lesolicite.Cumplir con el proceso de acreditación de Congresistas conforme a lasnormas vigentes.Coordinar el cumplimiento por parte de los Congresistas de presentar lasdeclaraciones juradas que corespondan conforme a ley.C¡tar a los Congresistas a las sesiones del Pleno, de la Comis¡ÓnPermanente, del Consejo Directivo y de la Junta de Portavoces, porencargo del Presidente.Preparar la agenda de las sesiones del Pleno, de la Comis¡ÓnPermanente, del Consejo Directivo y de la Junta de Portavoces; asistir alPresidente y a los miembros de la Mesa durante el desarrollo de lasmismas.Entregar a los Congresistas, con 24 horas de anticipación al in¡cio de lasesión del Pleno, copia de la agenda y del reporte del tiempo asignado acada tema, med¡ante coneo electrónico u otra via; así como copia de lasproposiciones de ley, resoluciones legislat¡vas, dictámenes, informes ymociones, cuyo conocimiento previo sea necesario para partic¡par en lasses¡ones. Asimismo, entregar a los Congresistas, con la mismaanticipación de 24 horas, la respecliva documentac¡Ón que se tratará en laComisión Permanente.Actuar como Secretario en las ses¡ones del Consejo Direclivo, de la Juntade Portavoces, de la Mesa Directiva y, a pedido del Presidente, encualquier reunión de coord¡nación con los voceros de los GruposParlamentarios; elaborar los respectivos proyectos de resoluciÓn o decretoy ejecutar los acuerdos adoptados en estas instancias.Recibir y registrar las proposiciones de ley o de resoluciones legislativas;previa consulta con un miembro de la Mesa Directiva enviarla a lascomisiones respectivas para su estudio y dictamen. Al mismo tiempo qued¡spone la remisión de las proposiciones, el Oficial Mayor, dispondrá lapublicación en el Portal del Congreso de la República o en el d¡ar¡o oficial

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REGLAMENTo DE oRGANlzAclóN Y FUNcloNEs DEL sERVlclo PARLAMENTARIo

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El Peruano de la parte resolutiva de las mismas, que hayan sldoDresentadas durante la semana.Certificar las autógrafas de ley de resoluciones leg¡slativas, de acuerdosdel Congreso de la República y de normas reglamenlarias, asf comoautenticar los documentos oficiales que expiden o f¡rman el Pres¡dente ylos miembros del Consejo Directivo, a su expresa solicitud.Supervisar la redacc¡ón de Actas y del Diario de los Debates de lassesiones del Pleno y de la Comisión Permanente y registrar en formaadecuada las dec¡siones que sirvan como precedentes para observar encasos análogos.Coordinar la elaboración del proyecto del Presupuesto Anual y la CuentaGeneral del Congreso de la República para la aprobaciÓn del Pleno;supervisar su ejecución y evaluación.Organizar, supervisar y evaluar la gestión de la cooperacióninternac¡onal Dara el desarrollo institucional.Recibir por escrito las preguntas relacionadas con la Estación dePregunlas, elaborar la l¡sta respectiva en orden de ingreso y remitirla alPres¡dente del Consejo de Ministros con una antic¡pación de 72 horas a lases¡ón.Disponer la entrega a los representanles de los med¡os de comunicac¡Ónsocial debidamente acreditados, de la ¡nformación necesaria para ladifus¡ón de las act¡vidades del Congreso de la Repúbl¡ca.Proporcionar a los Congresistas los informes que le soliciten sobreaspectos concernientes a la marcha administrativa y econÓmica delCongreso de la República, así como sobre el patrimonio de éste.Proporc¡onar, en base a las disposiciones de la Mesa Directiva y deacuerdo con la d¡sponibilidad, los servicios de asesoramiento y apoyologístico suflcientes para el desempeño de las funciones de losCongresistas.Celebrar los contratos necesarios pan garantizar el normalfuncionamiento de la Organización Parlamentaria y del ServicioParlamentario, previa autorización de la Mesa Directiva y dando cuenta aésta, según las circunstancias. Esta atr¡bución podrá ser delegada conautorización de la Mesa D¡rectiva.Elaborar y proponer a la Mesa Directiva las normas administrativasnecesar¡as para garantizar y mejorar el funcionamiento del ServicioParlamentario, así como elaborar y proponer a la Mesa Direcliva elCuadro para Asignac¡ón de Personal, el monto y el reajuste de lasremuneraciones de los emDleados del Servicio Parlamentario. Asimismo,gestionar la contratación de los empleados de los d¡stintos Órganos de laOrganización Parlamentaria.Por delegación del Presidente del Congreso de la República, des¡gnar alos funcionarios de las unidades orgánicas del Servicio Parlamentario,previa consulta al Presidente y con cargo a dar cuenta a la Mesa Directiva.Las demás func¡ones señaladas en el Reglamento del Congreso de laRepública y las que emanen de la Mesa Direciiva y del Consejo Directivo.

El Of¡cial Mayor podrá ejercer las funciones administrativas de carácterinst¡tucional de compelencia del Presidente del Congreso de la República,incluyendo las de Titular del Pliego Presupuestal, cuando éstas le seandelegadas.

La Of¡cialía Mayor tiene a su cargo como órganos de asesoramiento: elGabinete de Asesoramiento Técnico de la Mesa Direct¡va, la Of¡cina deProcuraduría, la Oficina de Defensa de las Leyes y la Of¡cina de Asesoria

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DE LA REPIJELICA DEL PERUREGLAMENTo DE oRGANrzAcróN Y FuNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

Jurídica; como órgano de apoyo: la D¡rección General de Administración ysus unidades orgánicas dependientes; como Órganos de apoyo d¡recto: laOficina de Participación, Proyección y Enlace con el Ciudadano, la Of¡cinaTécnica de Apoyo a la Mesa Directiva de Enlace con los GobiemosReg¡onales y Locales, el Fondo Editorial, la Oficina de Protocolo y AsuntosInterparlamentar¡os, la Oficina de Comunicaciones, la Oficina dePrevención y Seguridad, y la Of¡cina de CooperaciÓn Intemac¡onal; comoórgano de línea: la Dirección General Parlamentiaria.

Artículo 16'. La Oficialia Mayor dispone de una SecretarÍa Técnica, encargada debrindarle apoyo y asistencia. Está a cargo de un funcionario denominadoSECRETARIO TECNICO DE LA OFICIALIA MAYOR, designado por laMesa Directiva a propuesta del Of¡cial Mayor.

CAPÍTULO ItGABINETE DE ASESORAMIENTO TECNICO DE I-A MESA DIRECTIVA

Artículo 17'. El Gabinete de Asesoramiento Técnrco de la Mesa Directiva es unórgano de asesoramiento dependiente de la Oficialía Mayor. Tiene porfinalidad realizar actividades de asesoría a la Mesa Directiva. Está acargo de un funcionario denominado JEFE, designado por la MesaDirectiva a propuesta del Oficial Mayor.

El Gabinete Asesoramiento Técnico de la Mesa Directiva tiene lass¡guientes func¡ones:Brindar asesoramiento especializado a la Mesa Directiva en asuntosadm¡nistrat¡vos a cargo del Servicio Parlamentario.Absolver consultas de la Mesa D¡rect¡va sobre temas esoecializados enmateria legislativa y de gestión rnstitucional.Elaborar informes especializados que requiera la Presidencia y la MesaDirectiva en al ámbito administrativo y gestión parlamentaria.Realizar el seguimiento de la información sobre los problemasnacionales que requ¡eran un tratamiento legislativo, a requerimiento dela Mesa D¡rectiva.Realizar el seguimiento a la agenda legislativa y formular las propuestasnecesar¡as.Otras funciones que en el ámbito de su competencia le sean asignadaspor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

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CAP|TULO IIIOFICINA DE PROCURADURÍA

Artículo 19'. La Oficina de Procuraduría es un órgano de asesoramiento depend¡enteadm inistrativamente de la Of¡cialÍa Mayor, está encargada de la défensajuríd¡ca de los asuntos jud¡ciales y contencioso admin¡strativos delCongreso. Tiene por finalidad la representación y defensa jurídica antelos órganos jur¡sdiccionales y arbitrales, asi como ante el MinisterioPúblico, Pol¡cía Nacional, Centro de Conciliación y otros de sim¡larnaturaleza en los que el Congreso de la República es parte. Eslá a cargode un funcionario denominado PROCURADOR PÚBLICO DEL PODERLEGISLATIVO, designado por el Pres¡dente de la República medianteResolución Suprema del Sector Just¡cia a propuesta del Presidente delCongreso y previo acuerdo de la Mesa Directiva.

Documenlo Técnico Non¡ativo de Gestión lnsütucional -

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Artículo 20'. La Of¡c¡na de Procuraduría del Congreso tiene las siguientes funciones:

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DE LAREGLAMENTo DE oRGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

a) Representar y defender juridicamente al Poder Legislativo en losprocesos judiciales, arbitrales, as¡ como en los procedimientosadministrativos en los cuales el Congreso de la República es parte y losque, de manera especial, le asigne la Mesa Direct¡va o el Pres¡dente delCongreso de la República.Asesorar a la Presidencia, Mesa Directiva y Oficialía Mayor en asuntosde defensa juridica del Poder Legislativo.Coordinar e informar al Consejo de Defensa Jurídica del Estado el plananual de actividades de la Procuraduría. así como los procesos a sucarg o.Elaborar y presentar el infome anual de las actividades desempeñadasdurante el año jud¡c¡al.Presentar informes técnicos legales de los asuntos encomendados y delas gestiones de representación de la Procuraduría Pública del PoderLegislativo.Proponer las políticas, metas y el plan operativo de su competencia, asícomo realizar las actividades para su ejecución y cumplimientoOtras de su competencia que les sean asignadas de conformidad con laLey del Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su reglamento.Las demás que la ley señale.

CAPíTULO IV

- OFICINA DE DEFENSA DE LAS LEYES

La Oflcina de Defensa de las Leyes es un órgano de asesoram¡entodependiente de la Oficialia Mayor. Tiene por finalidad la defensa juridicay validación de las leyes emitidas por el Poder Legislativo ante lasdemandas de inconstitucionalidad Dresentadas al TribunalConstitucional. Está a cargo de un funcionario denominado JEFE,designado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor.

La Oficina de Defensa de las Leyes tiene las siguientes funciones:Coordinar y ejecutar las acciones necesarias para la defensa de laconstituc¡onalidad de las normas con rango de ley, cuando sean¡mpugnadas ante el Tribunal Constituc¡onal mediante acciones deinconstitucionalidad.Coordinar con las entidades cuyas competenc¡as se relacionen con lasdisposiciones cuest¡onadas, con el f¡n de obtener la ¡nformación técnicaespecializada que se requiera para su adecuada defensa, cuando estosea necesario.Preparar ¡nformes y sugerir estrateg¡as para la adecuada defensa de lanorma cuestionada, cuando sean requeridos.Olras funciones en el ámb¡to de su competencia, que le sean asig-nadaspor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normativ¡dad v¡gente.

CAPITULO VOFICINA DE ASESORíA JURíDICA

Artículo 23". La Oficina de Asesoría Jurídica es un órgano de asesoram¡entodependiente de la Oficialía Mayor. Tiene por finalidad brindarasesoramiento especializado en el ámbito jurídico a la Alta Dirección y alos órganos del Servicio Parlamentario que lo requieran. Está a cargo deun funcionario denominado JEFE, designado por la Mesa Direcliva apropuesta del Of¡cial Mayor.

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DE LAREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

Artículo 24".al

La Ofic¡na de Asesoría Jurídica tiene las siguientes funciones:Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasact¡vidades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.Brindar asesoría jurídica a los órganos del Servicio Parlamentario, asícomo emitir opinión legal sobre los asuntos de carácter instituc¡onal quele corresoondan.Elaborar los contratos y convenios que le sean encargados.Registrar y custodiar los convenios interinstituc¡onales.Elaborar y visar los proyectos de Acuerdos de Mesa Directiva y qelConsejo Directivo que le sean encomendados, proyectos de ResoluciÓnde Presidencia, Of¡cialía Mayor y de la Dirección General deAdministrac¡ón y otros documentos de geslión administrat¡va en elámbito de su comDetencia.Emitir op¡nión legal sobre los recursos relacionados con derechos ybeneficios de los Congresistas, personal activo y pensionistas delCongreso de la República a ser resueltos en última instanciaadmin¡strativa y encauzar el procedim¡ento hasta agotar la vía

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adm¡nislrativa.g) Proponer normas, d¡rectivas y proced¡mientos en aspectos de su

competencia, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la calidaddel servicio y opt¡mizar el uso de los recursos.

h) Otras funciones en el ámbito de su competencia que le sean as¡gnadaspor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

CAP¡TULO VIOFICINA DE PARTICIPACIÓN, PROYECCIÓN Y ENLACE CON EL CIUDADANO

Artículo 25'. La Of¡cina de Participación, Proyección y Enlace con el Ciudadano es unórgano de apoyo dependiente de la Oficialía Mayor. Tiene por finalidadinformar y orientar a la ciudadanía sobre las funciones y procesosparlamentarios y la instituc¡onalidad democrática, asi como desarollarmecanismos para promover y canalizar la participación ciudadana através de propuestas legislat¡vas, pedidos, opiniones o sugerencias. Estáa cargo de un funcionario denominado JEFE, designado por la MesaDirectiva a propuesta del Of¡cial Mayor.

La Of¡c¡na de Participación, Proyección y Enlace con el Ciudadano tienelas siguientes func¡ones:Organizar, coordinar, dirigir, supervisar, ejecutar y evaluar el desarrollode las actividades y metas de Ia oficina, de acuerdo con la polít¡ca¡nstitucional.Desarrollar los mecanismos y realizar los procesos y act¡vidades pararecibir y canalizar propuestas legislativas, ped¡dos, demandas,opiniones o sugerencias presentadas al Congreso de la RepÚbliba porlos ciudadanos e ¡nstituciones.Promover la participación de la ciudadania a través de los programas,servic¡os y otras actividades que se desarrollen.Brindar la debida ¡nformación y orientación a la ciudadanla en temasreferidos a la institución, procesos parlamentarios y a la ¡nstitucionalidaddemocrática.Br¡ndar asesoría a la Organ¡zación Parlamentaria en temasrelacionados con el diseño de audiencias públicas y eventos,invest¡gación en temas de representación política, parlamentaria yopin¡ón públ ica.

Adículo 26'.

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Documento Técnico Nornalivo de 1 4

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DELREGLAMENTo DE oRGANrzAclóN Y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARIAMENTARIo

Diseñar y elaborar material de difusión para su dislribución a cargo de laof¡c¡na.Organizar, dirigir y superv¡sar los d¡ferentes programas de acercamientoa la c¡udadanía, tales como, Foros Legislativos Virtuales del Congreso,Martes Democrático, Programa Parlamento Virlual Peruano (PVP), líneatelefón¡ca gratuita y otros similares que se puedan crear.Organizar, coordinar y administrar los cursos a distancia y los tallerespartic¡pativos dest¡nados a fomentar la cultura civica, la participac¡Ónciudadana, la ciudadanÍa act¡va y promover la democracia, así cornod¡fund¡r la organización y funciones del Congreso de la República.Organizar, dirigir y administrar el sistema de Foros LegislativosVirtuales, a f¡n de canalizar los aportes de la ciudadanía a los proyectosde ley y dictámenes que se discuten en las comisiones del Congreso dela Repúbl ica.Organizar, dir¡gir y supervisar el Programa de Visitas Guiadas al PalacioLegislativo y al Museo del Congreso y de la Inquisición.lnvest¡gar, exh¡b¡r y difundir la historia del Congreso de la República ysu oatrimonio cultural.Velar por la conservación y restauración del patrimonio cultural a cargodel Museo del Congreso y de la Inquis¡ción.Organizar, dirigir y supervisar los módulos de alención al ciudadanoinstalados en los edif¡cios del Congreso para brinda¡ orienlacionesinformación sobre Ios trámites que los ciudadanos realizan.Publicar en el Portal del Congreso de la República los diferentesprogramas y servicios que brinda la oficina.Proponer normas, directivas y procedimientos en aspectos de sucompetencia, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la calidaddel servicio y optimizar el uso de los recursos.

p) Otras funciones en el ámbito de su competencia que le sean as¡gnadaspor la inslancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

Articulo 2i'. Son unidades orgánicas dependientes de la Oficina de Pa¡ticipación,Proyección y Enlace con el Ciudadano: el Area de Participación,Atención y Educación Ciudadana y el Area Museo del Congreso.

CAPÍTULO VIIOFICINA TÉCNICA DE APOYO A I.A MESA DIRECTIVA DE ENI-ACE CON LOS

GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES

Artículo 28'. La Of¡cina de Apoyo a la Mesa Direct¡va de Enlace con los GobiernosRegionales y Locales es un órgano de apoyo depend¡ente de la Of¡cialíaMayor. Tiene por finalidad proporcionar el apoyo para el ejercic¡o de lafunción de representación de los Congresistas, fortaleciendo los vínculosentre estos con los Gobiernos Reg¡onales, Locales y la Sociedad Civil,siguiendo los l¡neam¡enlos de la Mesa Directiva para el logro efectivo dela descentralizac¡ón. Asimismo, su objetivo es realizar acciones técnicasde carácler continuo, regular y permanente. Está a cargo de unfuncionario denom¡nado JEFE, designado por la Mesa D¡rectiva apropuesta del Oficial Mayor.

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Artículo 29'.

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La Oficina Técnica de Apoyo a la Mesa Directiva de Enlace con losGobiernos Regionales y Locales tiene las s¡guientes funciones:Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasactividades de apoyo a la función de representación.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVIClO PARLAMENTARIO

b) Coordinar con la Mesa Directiva y apoyar en las acciones dedescentral¡zac¡ón de la labor parlamentaria del Congreso de laReoública a través de las Oficinas instaladas por conven¡o con los

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Gob¡ernos Regionales y Locales.Fortalecer la imagen del Congreso de la República estableciendoestándares de eficacia y eficienc¡a en la atenciÓn de los requerimientosde fiscalizac¡ón de sus autoridades por parte de la Sociedad Civil.Coordinar permanentemente con los Congres¡stas, para recoger susop¡n¡ones, necesidades y requerimientos respecto a sus actividades 9ereDresentación.Asesorar y orientar a los Congresistas en la elaborac¡Ón y entrega delos informes de la semana de representac¡ón.Coordinar y difundir las normas legales, así como los proyectos de leyreferentes a los Gob¡ernos Regionales y Locales.Planif¡car, proponer y dirigir estrategias de comunicaciÓn entre losCongresistas y los niveles de gobierno regional y local, a través deherramientas virluales, redes sociales y videoconferencias, brindandoinformación permanente a los Congresistas, así como a PresidentesRegionales y Alcaldes de los trámites realizados.Recib¡r los diferentes pedidos de gestión de los Gobiernos Regionales yLocales oara reconducirlos hacia las instancias competentes.Brindar apoyo a Presidentes Regionales y Alcaldes en las inic¡ativaslegislat¡vas que presenten ante las Comisiones Legislativas.Proporcionar información y capacitac¡ón dentro de las competencias delCongreso sobre las herramientas necesarias para la gestión en laprevención de desastres producidos por fenómenos naturales, asf comoen la orevención de confl¡ctos sociales.Coordinar las acciones de apoyo logíst¡co, comunicaciones e informes,asesoramiento técnico, realización de actividades y evenlosprotocolares, entre las Of¡cinas Descentralizadas del Congreso de laRepública y la Oficina en Lima y/o los despachos congresales.Atender y hacer seguimiento a expedientes presentados en las of¡cinasdescentralizadas e informar los resultados conespondientes.Otras funciones que en el ámbito de su competencia le sean as¡gnadaspor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

CAPÍTULO VIIIOFICINA FONDO EDITORIAL

El Fondo Editorial es un órgano de apoyo dependiente de la OficialíaMayor, tiene nivel de Oficina. Su finalidad es coordinar, organizar y ejecutarlos lineam¡entos y estrategias or¡entadas a la ediciÓn, promociÓn y difusiÓnde publicaciones (libros, revistas, memorias), así como el desanollo de lacullura y Ia labor leg¡slat¡va de la OrganizaciÓn Parlamentaria Está €i cargode un func¡onario denominado JEFE, designado por la Mesa D¡rectiva apropuesta del Oficial Mayor.

El Fondo Editorial tiene las siguientes funciones:Formular, proponer, d¡rigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasactividades tendentes al logro de sus objet¡vos funcionales.Ed¡tar libros y otras publicaciones del Fondo Editorial sobre temassustantivos de ¡nterés nac¡onal, culturales y educat¡vos.Publicar y d¡fundir informes y estud¡os producidos por las comisionesdictaminadoras, así como las leyes fundamentales, de acuerdo a los

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Artículo 30'.

Articulo 31".

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DEREGLAMENTo DE oRGANtzActóN y FUNctoNEs oEL sERVlclo PARLAMENTARIo

requerim¡entos de las comisiones y las d¡sposiciones de la MesaDirectiva y la Oficialia Mayor.Organizar ciclos de conferencias, conversatorios y coloquios incluidosen programas conmemorativos de comisiones espec¡ales, nacionales ynombradas por ley, sobre los temas del trabajo legislativo del Congresode la República y sobre aspectos de la cultura nacional, segÚn lodisponga la Mesa Directiva o la Oficialía Mayor.Elaborar material audiovisual basado en las conferencias y coloqu¡os ysobre lemas suslantivos de la producción leg¡slativa y del debateparlamentario, a cargo de un área especializada en producc¡ón paratelevisión.Elaborar el proyecto de presupuesto y plan operativo para la edición ypromoción de libros y otras publicaciones gráf¡cas y dig¡tales.Programar y ejecutar el programa de donaciones y venlas de acuerdo alas normas correspondientes, emitidas por la Mesa Directiva, en elmarco de la legislación correspond¡ente.Elaborar y presentar reportes periódicos, asi como inventarios iniciales yfinales de los libros y publicaciones.Proponer la aprobac¡ón del estado económico (ingresos propios y/odonaciones) para cumplir con la edic¡ón de l¡bros y publ¡caciones.Coordinar y entregar al Departamento de Finanzas los comprobantes yreportes sobre ventas realizadas, consignaciones, donaciones ydevoluc¡ones.

k) Coordinar con Almacén el proceso de almacenamiento, ¡ngreso y salidade las publicaciones registradas y codificadas como bienes delCongreso de la República.

l) Proponer normas, directivas y proced¡m¡entos en aspeclos de sucompetencia, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la calidaddel servicio y optimizar el uso de los recursos.

m) Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competencia.'

CAP|TULO IXOFICINA DE PROTOCOLO Y ASUNTOS INTERPARIáMENTARIOS

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Artículo 32".

Artículo 33'.

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La Oficina de Prolocolo y Asuntos Interparlamentarios es un órgano deapoyo depend¡ente de la Of¡c¡alía Mayor. Tiene por f¡nalidad coordinar yorganizar los actos of¡ciales y asuntos protocolares de la Mesa Directiva ydel Presidente del Congreso de la República, así como los eventos y laparticipación de los Congresistas en los foros parlamentariosinternacionales. Está a cargo de un funcionario denominado JEFE,designado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor.

La Oficina de Protocolo y Asuntos Interparlamentarios tiene las siguientesfunciones:Fomular, proponer, d¡rigir, ejecutar y evaluar el desarollo de lasact¡vidades tendentes al logro de sus objetivos func¡onales.Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar lasceremon¡as oficiales del Congreso de la Repúbl¡ca y los eventosdispuestos por la Mesa Directiva, la Organización Parlamentaria y elServ¡cio Parlamentario.Asesorar a la Mesa Directiva, a los Congresistas y a la Alta D¡rección enmateria de protocolo, ceremon¡al y et¡queta, que deben cumpl¡rse en lasceremonias y actividades que real¡zan los órganos del Congreso de laReoúbl¡ca.

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REGLAMENTo DE oRGANtzActóN Y FUNcloNEs DEL sERVlclo PARLAMENTARIo

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Apoyar a la Mesa Directiva, a través de la Oficialía Mayor, en laorganización de conferencias y reuniones inlerparlamentarias.Dirigir y supervisar la atención a personalidades politicas, eclesiásticas,¡nst¡tucionales, nacionales, así como a delegaciones y m¡s¡onesextranjeras.Coord¡nar con la Oficina de Prevención y Seguridad y con la Pol¡cíaNacional (DIVSICON) las medidas de seguridad y facilidades para elingreso y desplazam¡ento en el Congreso de la República de los¡nv¡tados a los actos ofic¡ales y de los visitantes a los despachos de,laPresidenc¡a, Vicepresidencias, Presidencias de Com¡siones y de losCongresistas.Proponer el presupuesto para atender las obligaciones (aportes) ycompromisos generados por la membresía del Congreso de la Repúblicaen los foros ¡nterparlamentarios y efectuar el segu¡miento a lastransferencias de los aDortes económ¡cos.Proponer al Of¡cial Mayor y fundamentar la participación y presentación dela Presidenc¡a, Mesa Directiva y Congresistas en las reuniones de forosDarlamentar¡os internacionales.Asesorar, organizar y coordinar con la Cancillerfa, mis¡ones diplomáticas oconsulares, la participación de los represenlantes del Congreso de laRepública en los foros y eventos parlamentarios internacionales para laelaboración y obtener copia de los Tratados Internacionales e informessobre politica bilateral y mu¡tilateral.Proporcionar a los Congres¡stias participantes en los eventosinterDarlamentar¡os. la ¡nformac¡ón sobre Daises anf¡triones de lasreuniones, los temas a tratar y aquellos vinculados con asuntosinternacionales.Mantener en archivo los informes presentados a la Oficialía Mayor por losCongresistas participantes en los foros parlamentarios inlernacionales, asicomo conservar la documentación de las Ligas Parlamentar¡as deAmistad.Mantener aclualizado e informar oportunamente al Ofic¡al Mayor acerca delos cronogramas de las reuniones programadas para los forosoarlamentarios internacionales.Mantener comunicación con las Secretarías Ejecut¡vas de los ParlamentosRegionales y proporcionarles el director¡o actual¡zado de la Mesa Directivay de los miembros de las comisiones.Mantener al día la información de las normas orotocolares d¡spuestasDor el Ministerio de Relaciones Exteriores.Mantener el director¡o de invitados a las ceremonias, eventos yactiv¡dades del Congreso de la República.Proyectar notas diplomáticas de saludo por fechas conmemorativas a losparlamentos extranjeros que tengan ¡nstaladas ligas de am¡stad.Proponer normas, directivas y procedimientos en aspectos de sucompetencia, para mejorar el desarrollo de sus act¡vidades, la calidaddel servicio y opt¡mizar el uso de los recursos.Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competenc¡apor la instancia superior y/o en cumplim¡ento de la normatividad vigente.

CAPíTULO XOFICINA DE COMUNICACIONES

La Oficina de Comunicac¡ones es un órgano de apoyo dependiente de laOfic¡alía Mayor. T¡ene por f¡nalidad difundir la información periodistica

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DEREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

Articulo 35".

República, asÍ como mantener informados a los Congresistas y Órganosdel Congreso de la República de las noticias nacionales einternacionales relevantes y de interés. Está a cargo de un func¡onariodenominado JEFE, designado por la Mesa Directiva a propuesta delOficial Mayor.

La Of¡cina de Comunicac¡ones tiene las siguientes funciones:Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desanollo de lasactividades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.Coordinar, asesorar, canalizar y supervisar la difusiÓn de la informaciónoficial autorizada para los medios de información y redes sociales.Apoyar en la organizac¡ón y presentación de las conferencias de prensa yentrevistas de los miembros de la Mesa Direcliva y Congresistas que losoliciten, así como de las personalidades que visiten oficialmente elCongreso de la Repúbl¡ca, cuando lo soliciten.Dirigir, coordinar, e.iecutar y evaluar los progr¿¡mas del canal de televisióndel Congreso de la República.Cubrir la información periodística de la participación del Pres¡dente yVicepresidentes en eventos que se realicen dentro y fuera de lainstitución, asÍ como de otros Congresistas, previa autorizac¡ón.Cubrir las noticias periodísticas que se generen en el Congreso de laRepública, así como elaborar notas de prensa y difundirlas a los med¡osde comunicación y/o redes sociales previamente autorizadas.Fotografiar y efectuar grabac¡ones de video de las entrevistas ydeclarac¡ones que se produzcan en el Congreso de la República, de losCongresistas y personalidades que concurren of¡cialmente; asim¡smo,difundir los programas de la radio del Congreso por ¡nternet y por RadioNac¡onal, según convenio.Elaborar y difundir la síntesis informativa d¡aria y otras publicac¡onesperiod¡sticas de su competencia.Distribuir ooortunamente la información periodística de interés a la MesaDirectiva, Comisiones, Congres¡stas y otros que se determinen.Mantener actualizado el archivo fotográfico de la institución, así como elde las impresiones fotográficas de otras publ¡caciones de inlerés.Proponer a la Oficialía Mayor la acreditac¡Ón de los cron¡stasoarlamentar¡os.Cumplir las disposiciones de la Presidencia sobre grabación de losprogramas noticiosos telev¡sivos y de las principales emisoras rad¡ales ydistr¡buirlas a los Congresistas, cuando se le solicite.Proponer normas, directivas y procedimientos en aspectos de sucompetencia, para mejorar el desar¡ollo de sus actividades, la calidaddel serv¡cio y optimizar el uso de los recursos.Otras funciones que en el ámbito de su competencia le sean asignadaspor la ¡nstancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

CAPITULO XIOFICINA DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD

Artículo 35'. La Oficina de Prevención y Seguridad es un órgano de apoyodependiente de la Of¡cialía Mayor. Tiene por fnalidad organizar,ejecutar, d¡rig¡r, supervisar y evaluar las actividades de prevención yseguridad interna en las ¡nslalaciones del Congreso de la República, asícomo efectuar coordinaciones para la seguridad externa de dichasinstalaciones. Coordinar con el Instituto de Defensa Civil (lNDECl) y elCuerDo General de Bomberos Voluntar¡os del Perú (CGBVP), sobre

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REGLAMENTo DE ORGANrzActóN y FUNctoNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

Artículo 37'.a)

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Artículo 38'.

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medidas de prevención de desastres y emergencias. Está a cargo de unfuncionar¡o denominado JEFE, designado por la Mesa Directiva apropuesta del Oficial Mayor.

La Oficina de Prevención y Seguridad tiene las siguienles funciones:Formular, proponer, d¡rigir, ejecutar y evaluar el desanollo de lasactividades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.Elaborar, proponer, dirigir y supervisar el Plan Institucional dePrevención y Seguridad Inlerna, as¡ como los procesos y actividades deprevención y seguridad interna de acuerdo con las disposiciones legatesy admin¡strativas y la política institucional, así como realizar lasactividades para el logro de los objetivos de la of¡cina y de la ¡nst¡tuciÓn.Aplicar medidas de prevención y seguridad de ingreso y salida depersonas a los edific¡os e instalaciones del Congreso de la República,así como del ingreso y sal¡da de bienes, equipos y otros.Formular medidas de control de ingreso de personas no autorizadas alhemiciclo y a las galerías durante el desarrollo de las sesiones delPleno, asi como mantener el orden interno.Diseñar y controlar el registro de visitantes, verif¡car el desplazamientode los mismos y solicitar el apoyo del destacamento de la PolicíaNacional del Perú en caso sea necesario.Coordinar con los órganos del Sistema Nacional de Defensa Civil laaplicación de medidas de prevención y segur¡dad, orientadas a laocurrencia de siniestros y/o accidentes; controlar su vigencia yaplicac¡ón.Coordinar con el Instituto Nac¡onal de Defensa Civil (lNDECl) lapreparación de brigadistas en prevenc¡ón y seguridad para casos des¡niestros, así como en los simulacros de siniestros.Proponer la adquisición y uso de equipos de seguridad.Realizar anualmente o cuando lo requiera la Alta Direcc¡ón, estud¡osespecializados e investigaciones técnicas de prevención y segur¡dadpara evaluar el grado de riesgo que presenten los edif¡cios einstalaciones y recomendar las medidas correctivas necesarias.Programar, dirigir, superv¡sar, evaluar y controlar las acciones decapacitación y entrenamiento en el ámbito de prevención y segur¡dad¡ntegral, así como el manejo de los extintores en emergenc¡as de¡ncendios y amagos de incendio.Efectuar coordinaciones con la Policia Nacional del Perú (PNP)asignada al Congreso de la República - D¡vis¡ón de Seguridad Integraldel Congreso (DIVSICON) para la vigilancia externa de susinstalaciones e informar a la Alta Dirección las ocurrencias y las sal¡dassin permiso del personal en horario de labor.Elaborar, proponer y aplicar las normas y d¡rectivas o lineamientosorientados a mejorar los procesos y la calidad del servicio y protécciónde las personas, bienes y otros recursos, así como para el uso racionalde los recursos as¡gnados.Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su compelenciapor la instancia superior y/o en cumplimienlo de la normatividad v¡gente.

La Oficina de Prevención y Seguridad ejecuta acciones de coordinac¡Ónfuncional con la Policia Nacional del Perú asignada al Congreso de laRepública - División de Seguridad Integral del Congreso (DIVSICON)para la aplicación de medidas de seguridad en los exteriores delCongreso de la República, asimismo, con el Instituto de Defensa Civil(lNDECl), y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú

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PERUREGLAMENTo DE oRGANtzActóN y FUNcloNEs DEL sERVlclo PARLAMENTARIo

Artículo 39".

Articulo ¿O".a)

(CGBVP) en todas las acciones de su competencia.

CAP¡TULO XIIOFICINA DE COOPERACIóN INTERNACIONAL

La Oficina de Cooperación Internacional es un órgano de apoyodependiente de la Oficialia Mayor. Tiene por finalidad llevar a cabo lasacc¡ones destinadas a gest¡onar los recursos proven¡entes de lacooperación intemacional para el fortalecimiento institucional delCongreso de la República. Está a cargo de un funcionario denom¡nadoJEFE, designado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor.

La Of¡cina de Cooperación Internacional tiene las siguientes func¡ones:Formular, proponer, dir¡g¡r, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasactividades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.ldentif¡car las fuentes de cooperac¡ón técnica y f¡nanciera bilaterales ymultilaterales que ofrecen apoyo a act¡vidades legislativas, fiscalizadoras yadministrativas de Congresos y/o Parlamentos.Asesorar a la Alta Dirección en materia de cooperación intemacional yejecutar las acciones necesarias para captar los recursos técnicos y/of¡nanc¡eros disponibles a través de las fuentes inlemacionales.

d) Planear, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las accionesdestinadas al ópt¡mo aprovechamiento de las oportunidades decooperac¡ón técnica y f¡nanciera disponibles u ofrecidas por organismosinternacionales, gobiernos elran.jeros e instituciones privadas parafavorecer el desarrollo institucional del Congreso de la República.Coordinar permanentemente con las diferentes unidades orgánicas delCongreso de la Repúbl¡ca para recoger sus opiniones, necesidades yrequerimientos de cooperación técnica respecto a sus actividades propiasy de la inst¡tución en general.Evaluar y proponer las áreas de la organización del Congreso de laRepúbl¡ca que requieren de la cooperación internac¡onal para mejorar laeficienc¡a en el desarrollo de sus funciones.Establecer relaciones directas con las fuentes cooperantes, a fin deobtener informac¡ón sobre la oferta y los procedimientos vigentesdestinados a concretar la cooperación al Congreso de la República, asícomo para darles a conocer los requerim¡entos de apoyo técnico y/of¡nanciero.Observar el cumpl¡miento del marco legal nacional sobre cooperac¡óntécnica y f nanciera internacional.Aplicar los procedimientos apropiados con la f¡nalidad de asegurar la viacorrecta de las solicrtudes de cooperación técnica y f¡nanciera, deconformidad con la legislación nacional y las normas y reglamentos de lasfuentes coooerantes.Elaborar los ¡nformes periódicos y anuales sobre el desanollo ycumplimiento de los objet¡vos y metas de la of¡cina dentro del periodo decada Mesa Directiva del Congreso de la Repúbl¡ca.Preparar y mantener un banco de datos sobre la cooperación técn¡ca yf¡nanciera requerida por las distintas unidades orgánicas y dependenc¡asde la instituc¡ón, así como sobre las fuentes cooperantes b¡laterales ymullilaterales, sus ofertas y disponibilidades.Otras func¡ones que le sean asignadas en el ámbito de su competenciapor la instancia super¡or y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

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DE LAREGLAMENTo DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES OEL SERVICIO PARLAMENTARIO

TíTULO VDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y SUS UNIDADES ORGÁNICAS

Artículo 41'

Artículo 42".a)

CAPITULO IDIRECCIÓN GENERAL DE AOMINISTR,ACIÓN

La Dirección General de Adminislración es un órgano de apoyodependiente de la Oficialía Mayor. Tiene por finalidad la administración delos recursos humanos, materiales, económicos, financieros, tecnologias dela información, así como la supervisión de la ejecución o aplicaciÓn de losSistemas Administrativos a cargo de las unidades orgánicas del Congresode la República. Coordinar y cumplir las acciones de representaciÓninstitucional en el ámbito de su competencia y las que le sean delegadas.Está a cargo de un funcionar¡o denominado DIRECTOR GENERAL DEADMINISTRACION, des¡gnado por la Mesa Directiva a propuesta delOf¡cial Mayor.

La Dirección General de Administración tiene las siguientes funciones:Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasactividades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.Planear, organizar, dirigir, coordinar, controlar y supervisar laadm¡nist|-ac¡ón y provisión de los recursos humanos, mater¡ales,éconómicos, financieros y de tecnologías de la información del Congresode la República, de acuerdo con los dispositivos legales y las políticasadoptadas por el Titular del Pliego, la Mesa Directiva y el ConsejoD¡rectivo.Ejecutar los Acuerdos y disposiciones del Consejo Directivo y de la MesaDirectiva, en el ámbito de su compelencia.Brindar asesoramiento y proponer las políticas relativas a la administraciónde los recursos humanos, materiales, económicos, f¡nancieros y detecnologías de información.Conducir y supervisar la aplicación y el desarrollo de los procesos técnicosde los sistemas adm¡nistralivos de Gestión de Recursos Humanos,Abastecim¡ento, Tesorería, Contabilidad, Planeamiento Estratégico yPresuouesto Público.Supervisar y controlar la administración de las pólizas de segurocontratadas por el Congreso de la República.Coordinar, elaborar y proponer el proyecto de presupuesto y el planoperativo inst¡tucional.Conducir, controlar, supervisar y evaluar el proceso de ejecuciónpresupuestal del Congreso de la República.Elaborar y presentar ante la Mesa Directiva para su respectiva aprobaciÓnlos estados f¡nancieros y la evaluación presupuestal del Congreso de laReDública.Coordinar y supervisar la ejecución de los inventarios de bienespatrimon¡ales y administrar los bienes muebles e ¡nmuebles del Congresode la República, así como superv¡sar el registro del margesí de bienes.Coordinar y supervisar la formulación del Plan Anual de Contratac¡ones,asi como convocar y rcalizar los procesos para la adquisiciÓn ycontratación de bienes, servicios y obras.D¡rigir, coordinar y supervisar la implementac¡ón de las normas lécnicasde control ¡nterno, en el ámbito del SeN¡cio Parlamentario.Elaborar y proponer los documentos normativos para la gestióninstitucional del Servic¡o Parlamentario, de acuerdo con estándares

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DE LAREGLA¡,IENTo DE oRGANrzAcróN Y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENÍARIo

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establecidos. Asimismo, cumplir las Políticas Institucionales emitidas por laMesa D¡recl¡va o la Presidencia.Dirigir, coordinar y supervisar la implementación de los servicios generalesrequer¡dos para la gestión del Congreso de la República.Resolver en segunda instancia los recursos de apelación interpuestosconlra resoluciones em¡tidas por el Departamento de Recursos Humanos.Asimismo, resolver las nulidades y quejas que se formulen por losprocedimientos administrativos a su cargo.Supervisar la convocato a y realizat los procesos de licitaciones. yconcursos públ¡cos.Proponer normas, directivas y procedimientos en aspectos de sucompetenc¡a, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la cal¡daddel servicio y optimizar el uso de los recursos.Otras funciones en el ámbito de su competencia, que le sean asignadaspor la instanc¡a super¡or y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

El Director General de Admin¡stración podrá ejercer las facultades derepresentación institucional administrativa, cuando éstas le seandelegadas.

La Dirección General de Administración tiene a su cargo como órganos deasesoramiento: la Oficina de Procesos y Estándares y la Of¡cina dePlaneam¡ento y Presupuesto; como órganos de apoyo: la Oficina deSeguros del Congreso y la Of¡c¡na de Tecnologías de Información con susáreas; como órganos de linea: el Departamento de Recursos Humanoscon sus áreas, el Departamento de Logística con sus áreas y elDepartamento de Finanzas con sus áreas.

CAPíTULO IIOFICINA DE PROCESOS Y ESTÁNDARES

La Of¡cina de Procesos y Estándares es un órgano de asesoram¡entodeDend¡ente de la Dirección General de Administración. Tiene porfinalidad conducir la elaboración de los documentos normativos degestión institucional en lo relacionado a la organización y funciones delas unidades orgánicas del Servicio Parlamentario, mélodos yprocedimientos orientados a los principales procesos y su optim¡zación.Está a cargo de un funcionario denominado JEFE, designado por laMesa Direct¡va a propuesta del Oficial Mayor.

La Oficina de Procesos y Estándares tiene las siguientes funciones:Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desanollo de lasact¡vidades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.Coordinar, elaborar y proponer, sobre la base de las propuestas decada dependencia, los documentos técnicos normativos de gest¡Ón¡nst¡tucional (organigramas, ROF, CAP, MOF, Clasificador de Cargos,etc.)Participar y asesorar en los procesos de modificación, adecuaciÓn oreestructurac¡ón de la organización del Servicio Parlamentar¡o.Asesorar en la formulacrón de las propuestas de simplificaciÓn deprocedimientos, optimización y uso racional de recursos, en el ámbitodel Serviclo Parlamentario.Conducir los procesos de racionalización de procesos, de acuerdo conf os l¡neam¡entos y política interna, orientado a alcanzar mayor ef¡cienciay ef¡cacia en el cumplimiento de los objet¡vos institucionales.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACTÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

0 Coordinar con las unidades orgánicas del Servicio Parlamentario laoDtimización o desactivación de sus procesos y la elaboraciÓn oactualización de orocedimientos.

Art¡culo 47'.

Coordinar, proponer o emitir opinión sobre proyectos normas, manuales,drrect¡vas, clasificac¡ón de cargos y niveles organizacionales u otrosdocumentos normativos de gestión, en sus aspectos formales,orientados a simplif¡car procedimientos y mejorar la gestión del ServicioParlamentario.Asesorar en el diseño y formulación de guías, formatos y diagramEs,directivas y manuales de proced¡mientos del Servicio Parlamentar¡o.Supervisar y evaluar la actualización y mantenimiento de los archivos dedocumentos normativos de gestión y supervisar su publicaciÓn en laintranet y portal del Congreso de la Repúbl¡ca, según conesponda.Proponer normas, directivas y procedimientos en aspectos de sucompetencia, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la calidaddel servic¡o y optimizar el uso de los recursos.Otras funciones en el ámbito de su compelenc¡a, que le sean as€nadaspor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

CAP¡TULO IIIOFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto es un órgano deasesoramiento deoend¡ente de la Dirección General de Administrac¡ón.Tiene por f¡nalidad conducir las acciones de planeamiento, formulación,gestión y evaluación del Presupuesto; así como la formulación del PlanEstratégico lnstitucional y el Plan Operativo institucional. Está a cargo deun func¡onario denominado JEFE, designado por la Mesa Directiva apropuesta del Ofic¡al Mayor.

La Of¡cina de Planeamiento y Presupuesto tiene las siguientesfunciones:Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasactividades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.Conducir y supervisar la elaboración del Plan Esfatégico Institucional(PEl) y del Plan Operativo Inst¡tucional (POl) en concordanc¡a con loslineam¡entos de gestión inst¡tuc¡onal y en coordinación con losresponsables de las unidades orgánicas.Proponer políticas, lineamientos y estrateg¡as para fijar las metas yorientar la formulación del Plan Estratégico Institucional y el PlanOperativo Instituc¡onal, asi como su ejecución.Brindar asesoramrento en la aplicación de lineamientos y direct¡vas parala formulación de los planes de las unidades orgánicas para consolidar yformular el Plan Operativo Institucional (POl).Elaborar y tramitar la programación de la Previsión Presupuestar¡aTr¡mestral Mensual¡zada (PPTM) y de los Calendarios de CompromisosInstituc¡onales (CCl), así como las ampliac¡ones de éstos, segúncorresoonda. en atención a los requerimientos de las unidadesorgánicas responsables de la ejecución del gasto.Elaborar y proponer el proyecto de presupuesto ¡nstituc¡onal delCongreso de la República, de conformidad con las direct¡vas delSistema Nacional de Presupuesto, en coordinación con las unidadesorgán¡cas.Real¡zar la evaluación, semestral y anual del Presupuesto Institucional,

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Documento 24

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REGLAMENTo DE ORGANIZACIÓN Y DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

k)

participación de los responsables de las actividades funcionalesprogramáticas.

h) Presentar la información de ingresos y de los gastos al Minister¡o deEconomía y Finanzas.Asesorar, coordinar y/o emitir opinión presupuestaria asf como proponerlas modif¡caclones presupuestarias de ¡ngresos y egresos alpresupuesto ¡nstituc¡onal.Asesorar y emitir Certificación de Crédito Presupuestario para lacelebración y/o renovación de contratos de personal, así como para,laadquisición de b¡enes, presfación de servicios y contratación de obrasCoordinar con los órganos rectores del Sistema Nacional dePresupuesto la aplicación de la normatividad y los lineamientos vigentespara Ia programación, formulac¡ón, aprobación, ejecución y evaluaciÓndel Presupuesto institucional.Realizar el control presupueslario, de acuerdo con la Ley del SistemaNacional de Presupuesto, las Leyes Anuales de Presupuesto del SectorPúblico y las Directivas pertinentes, en cada fase del procesopresupuestar¡oConsolidar la información del proceso presupuestario y remitirla a laDirección General de Presupuesto Público, dentro de los plazosestablecidos, de conformidad con las normas legales en mater¡apresupuestaria.Realizar las acciones pertinentes de conctliación para el cierre delEjercicio Presupuestal en coordinación con la D¡rección General dePresupuesto Público y la Contaduria Pública de la Nación.Proponer normas, directivas y procedimientos en aspectos de sucompetencia, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la calidaddel servic¡o y optim¡zar el uso de los recursos.Otras funciones en el ámbito de su competencia, que le sean as¡gnadaspor la instancia superior y/o en cumpl¡miento de la normatividad vigente.

CAPITULO IVOFICINA DE SEGUROS DEL CONGRESO

La Oficina de Seguros del Congreso es un órgano de apoyo dependientede la Dirección General de Administrac¡ón. Tiene por finalidad laadministración de las pól¡zas de seguros patrimoniales y personales,coberturas de salud, indemnizaciones y prestaciones de lasaseguradoras y sistemas de salud privados y públicos para Congresistasy empleados del Congreso de la República, así como para susfamiliares. Está a cargo de un funcionario denominado JEFE, designadopor la Mesa Directiva a propuesta del Ofic¡al Mayor.

La Oficina de Seguros del Congreso tiene las sigu¡entes funciones:

l. Segurcs PeBonalea y CobeÉuras de Salud

Coordinar y partic¡par en la elaboraclÓn de los programas de salud,pólizas personales y patrimoniales contratadas por la institución.Administrar los programas de salud y las pólizas personales contratadaspor la institución y gestionar las coberturas correspondientes.Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades de prestaciÓn deservicio médico asistencial, programas de prevención y reembolsos delos s¡stemas privados y públicos de salud.

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REGLAMENTo DE oRGANlzAclóN Y FUNCIoNES DEL sERVlclo PARLAMENT¡R|o

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e)

Proponer procedimientos y alternativas para mejorar las condic¡ones delos programas de seguros personales, en favor de los afiliados y de la¡nstitución.Promover un adecuado uso de las prestaciones econÓmicas y de saluddel sistema asegurador público y privado, por parte de los usuarios delCongreso de la República.Poner al alcance de los afil¡ados los servicios proporc¡onados por lossistemas pr¡vados y públicos de salud, para la prevenc¡Ón deenfermedades.Mantener informados a los af¡liados sobre beneficios y promociones delos seN¡cios de salud contratados por el Congreso de la República.Diseñar y desarrollar campañas para poner al alcance de los afiliadoslas propuestas más ventajosas para asegurar su salud y r¡esgosDersonales.Gestionar mejores servicios y facilidades en la atención méd¡cabrindada por los proveedores de servicios de salud; realizar v¡sitas desupervisión para verificar la calidad de atención.Coordinar con el Servicio Médico y con el SeNicio Social las acciones atomar respecto de casos especiales y otros relacionados a la salud,dentro del marco legal vigente relacionado con el derecho a la intimidadde las Dersonas.Brindar asesoria personalizada a los Congresistas para sus atencionesde salud en el sistema público y pr¡vado.Brindar asesor¡a especializada a los af¡liados en la obtención deindemnizaciones por los siniestros que se presenten.Dar conformidad y gestionar la facturación mensual por los servicios desalud y las primas de las pólizas personales conlratadas por lainst¡tución.Dar conformidad y gestionar los descuenlos a los af¡liados por losconsumos de servicios de salud y coberturas de seguros personales.Mantener informadas oportunamente a las instancias superiores sobrelos resultados del uso de los seguros para poder tomar med¡dascorrectivas oportunamente y em¡t¡r las recomendaclonescorrespondientes.Gest¡onar ante las aseguradoras los reembolsos y las indemn¡zac¡onesque corresponda para los s¡n¡estros que se presenten en los programasde salud y pólizas personales contratadas.Supervisar el servicio brindado por el personal destacado a la inst¡tuciÓnpor los proveedores de servicio del programa de salud y otrosinvolucrados.SuDerv¡sar select¡vamente la siniestralidad que informen lasAseguradoras del Programa de Salud (APS) al Congreso de laRepública, a fin de tener la certeza que tal informaciÓn es confiable.

ll. SegurG Patrimoniales

Adm¡nistrar las pólizas de seguro patrimonial del Congreso de laRepública y gest¡onar las coberturas correspondientes.Desarrollar camoañas de información a los usuarios de los bienes delCongreso de la República en relación con las coberturas de las pÓlizasoatrimoniales.Proponer procedimientos y alternativas para mejorar las cond¡ciones delos programas de seguros patrimoniales en favor de la inst¡tución.Gestionar ante las aseguradoras los reembolsos y las indemnizac¡onesque corresponda para los siniestros que se pÍesenten en las pÓl¡zas

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REGLAMENTo DE oRGANtzActóN Y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

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0

oatr¡moniales contratadas.Dar conformidad y gestionar la facturación mensual por los servicios delas primas de las pólizas patrimoniales contratadas por la instituciónMantener informadas oportunamente a las instanc¡as super¡ores sobrelos resultados del uso de los seguros para poder tomar medidascorrectivas oportunamente y emitir las recomendacionescorresoondientes.

Otras funciones en el ámbito de su competencia, que le sean asignad?spor la ¡nstancia super¡or y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

CAP|TULO VOFICINA DE TECNOLOGiAS DE INFORMACIÓN

La Oficina de Tecnologias de Información es un órgano de apoyodependiente de la Dirección General de Administración. Tiene por finalidadproveer los sistemas e infraestructura informática y de comunicac¡onesrequeridas para apoyar los procesos estratégicos, operativos y de soportede la inst¡tuc¡ón. Está a cargo de un funcionario denominado JEFE,designado por la Mesa D¡rectiva a propuesta del Oflcial Mayor.

La Of¡cina de Tecnologias de Información tiene las siguientes funciones:Evaluar y proponer el uso de nuevas tecnologías de información y decomunicaciones, así como elaborar el plan de automatización delCongreso, proponiendo la adquisición, renovación, alquiler ymantenimiento de hardware y sofi\¡/are necesar¡o para su adecuadofuncionamiento.lmplementar sislemas de información para mejorar la gestión de lainstituc¡ón y supeNisar que estos, así como el hardware y las instalacionesque los soportan, cumplan con la normat¡vidad v¡gente y los estándaresestablecidos por los entes rectores, así como los que fje la superioridad.Formular y proponer el Plan de Contingencias Informáticas del Congresode la República.Gest¡onar el Sistema de Seguridad de la Información.Real¡zar el respaldo (backup) de la información general y garant¡zar elcorrecto funcionamiento y seguridad de los sistemas de información ybases de datos.Br¡ndar soporte técnico a usuarios f¡nales y llevar el adecuado control delos ¡nventarios de hardware y licencias de sofrware, en coordinación con launidad orgánica responsable del control patrimonial de la institución.Gestionar eficientemente los med¡os de transmisión electrónica, las redesde datos y la Central Telefónica del Congreso de la República.Elaborar políticas, normas, d¡rectivas y procedimientos en aspectos de sucompelencia con el fin de mejorar la calidad del serv¡cio y optimizar-el usode los recursos.Otras funciones en el ámbito de su competencia, que le sean asignadaspor la instancia superior y/o en cumplim¡ento de la nomat¡vidad v¡gente.

Son unidades orgánicas dependientes de la Oficina de Tecnologías delnformación: el Area de Proyectos, el Á,rea de Operaciones y el Area deI nfraestructura Tecnológ ica.

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REGLA¡/ENTo DE oRGANtzActóN Y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

Artículo 54'.

Artículo 55'.a)

CAPITULO VIDEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

El Departamento de Recursos Humanos es un órgano de líneadeoendiente de la Dirección General de Adminislrac¡ón. Tiene porfinalidad la administración del potencial humano y la ejecución de lasnormas y políticas del sistema de gestión de recursos humanos. Está acargo de un funcionario denominado JEFE, designado por la MesaDirectiva a propuesta del Oficial Mayor.

El Departamento de Recursos Humanos tiene las siguientes funciones:Formular, proponer, dir¡gir, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasactiv¡dades tendentes al logro del plan estratégico y operativo, así comolas políticas y directivas para la admin¡strac¡ón de los recursos humanos.Formular, programar, ejecutar y evaluar la ejecución del presupuesto y loscalendarios de compromisos asignados para atender las obligacioneslaborales, prev¡sionales y otras de su competencia, de acuerdo con lasdisposiciones legales y las políticas de la institución.Elaborar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en coord¡nacióncon la Of¡cina de Planeamiento y Presupuesto.Formular y administrar el sistema de evaluación de puestos y laestructura de remuneraciones del personal aplicado a los cargos,clasif¡cados en series (grupos ocupacionales) del Cuadro paraAsignac¡ón de Personal.Elaborar, evaluar y actualizar los perf¡les de puesto del ServicioParlamentario.Dirigir, organizar, controlar y supervisar los procesos de reclutamiento,evaluac¡ón y selección del personal del Servicio Parlamentario y deforma excepcional del de los Congresistas cuando sea requerido.Dirigir, organizar, controlar y supervisar los procesos de ¡ngreso,afiliación, contratación, desplazamientos y cese del personal delCongreso de la República, de acuerdo con su régimen laboral ymodalidad contractual.Formular, ejecutar y evaluar los programas de inducción del personalnuevo del Servicio Parlamentario y de forma excepcional del de losCongres¡stas cuando sea requerido.Formular, ejecutar y evaluar la evaluación del desempeño laboral ydesarrollo del personal del Congreso de la República.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Capacitación y proponer lalÍnea de carrera del Dersonal del Serv¡cio Parlamentario.Desarrollar condiciones y actividades para mantener un adecuado climalaboral.Proponer, coordinar y supervisar la política de relaciones laborales.Fomentar la cultura de prevención de riesgos laborales, promoüiendocomportamientos seguros en concordanc¡a con el sistema de seguridady salud en el trabajo del Congreso de la República.Organizar, sistematizar y actualizar la base de datos del s¡stema deregistro y control de personal.Adm¡nistrar los legajos del personal act¡vo y de pensionistas de lainstitución.Admin¡strar el registro de asistencia, de permanencia y de descansovacacional de los trabajadores del Servicio Parlamentario del Congresode la Reoública.

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DE LAREGLAMENTo DE oRGANtzActóN y FUNcIoNES DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

Art¡culo

q) Formular la Planilla tJnica de remuneraciones y pensiones, asÍ como deotros benefic¡os, de los Congresistas, personal activo y pens¡on¡stas delCongreso de la Repúbl¡ca.

r) Adm¡n¡strar el pago de pensiones a cargo del Estado en lo queconcierna a los pensionistas del Congreso de la República.

s) Elaborar y aprobar las liquidaciones de benef¡cios soc¡ales de losCongresistas y lrabajadores, de acuerdo con las disposiciones legalesv¡gentes.

t) Supervisar el cumplimiento del Reglamento Interno de Trabajo y emitirdisposiciones y opinión sobre sus alcances y aplicación.

u) Recomendar la aplicación de las sanciones disciplinarias y ejecutar lasacc¡ones oertinentes de acuerdo con las disposiciones laboralescorrespondientes y el Reglamento Interno de Trabajo.

v) Asesorar y emitir opinión laboral en materia especializada en el ámbitode su comDetencia. así como expedir resoluciones sobre benefic¡os,pensiones y acciones de personal, en primera instancia administrativa.

w) Proponer, desarollar y evaluar las actividades de promoción y bienestarsocial, motivación e integración corporativa y de recreación para losempleados, sus familiares y para los pensionistas a cargo de la¡nstitución.

x) Formular, desarrollar, supervisar y evaluar las act¡vidades depromoción, prev¡sión y atención de la salud por los servicios médico -asistenciales para los Congresistas, personal activo y pensionistas de lainst¡tuc¡ón, según corresponda, en coordinación con la of¡c¡na deSeguros del Congreso.

y) Supervisar el cumpl¡miento de las condiciones contractuales pactadascon los conces¡onarios de los comedores de la entidad, incluyendo laverif¡cación de la calidad de al¡mentos y de la atención a los usuarios.

z) Admin¡strar los convenios de formación laboral, de acuerdo con laDolÍtica de la entidad.

.aa) Proponer normas, d¡reclivas y procedimientos en aspectos de sucompetencia, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la calidaddel servicio y optim¡zar el uso de los tecursos.

bb) Otras funciones en el ámbito de su competencia, que le sean asignadaspor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

56". Son unidades orgánicas dependientes del Departamento de RecursosHumanos: el Area de Administración de Personal y el Area de B¡enestarv Desarrollo de Personal.

CAP¡TULO VIIDEPARTAMENTO DE LOGÍSTICA

A¡tículo 57'. El Departamento de Logística es un órgano de línea dependienté de laDirecc¡ón General de Administración. Tiene por finalidad proveer losrecursos materiales, equipos e infraestructura para la gestiÓn de losórganos de la institución. Está a cargo de un funcionario denominadoJEFE, designado por la Mesa Directiva a propuesta del Of¡cial Mayor.

Artículo 58". El Departamento de Logística t¡ene las siguientes funciones:

l. Funciones en el ámbib logísüco o de abasGcimiento

a) Fomular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasactividades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.

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DE LAREGLAMENTo DE oRGANlzAclóN Y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

Elaborar y proponer los planes y la programac¡ón para el abastecimientode bienes, servicios y obras, de acuerdo con la normatividad pertinente.D¡rigir, coordinar, ejecutar y supervisar los procesos técnicos delsistema admin¡strativo de abastecimiento y del control patrimonialCoordinar, formular, proponer, ejecutar y evaluar el Plan Anual deConlrataciones (PAC) de la inst¡tución.Planear y ejecutar en lo que le corresponda, los procesos contrataciÓnde b¡enes, servicios y obras, de acuerdo a los dispositivos legales sobrela materia y las políticas que establezca la Mesa Directiva del Congresode la Reoúbl¡ca.Emitir las Órdenes de Compra, Guía de Internam¡ento y las Órdenes deServicio y previa aprobación, registrar el compromiso presupuestal en elSistema Integrado de Admin¡stración Financiera del Sector Público(srAF-sP).Elaborar los documentos para los procesos de contrataciones, en elámbito de su competencia. sobre la base de las especificacionestécnicas remitidas por las áreas usuar¡as.Programar y ejecutar el presupuesto y los calendarios de compromisospara la contratación de bienes, servicios y obras, de acuerdo con losd¡sposit¡vos legales sobre la materia y las políticas que establezca laMesa D¡rectiva.Evaluar el cumplimiento de los 1érminos contractuales y convenios, en elámbito de su comDetenc¡a.Registrar, custod¡ar y adm¡nistrar los contratos de bienes, servic¡os yoDras.Recepcionar, registrar, almacenar y distribuir los bienes muebles y útilesde oflcina a los usuarios en el Congreso de la República, enconcordanc¡a con la respectiva programación.Programar, organizar, dirigir, ejecutar y supervisar el inventario debienes y de la gestión patrimonial, en concordancia con la normatividadvrgenle.Conducir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la aplicación de lanormatividad y procesos referidos a los bienes patrimoniales, asi comocontrolar y mantener actualizado el margesí de los m¡smos.Otorgar la conformidad de bienes y servicios, rec¡b¡r, almacenar,custodiar, distribuir y controlar los bienes adquiridos.Controlar y/o ejecutar las actividades relacionadas con las altas, bajas,enajenación, destrucc¡ón, ¡nc¡neración, donación y transferenc¡a debienes oatrimon¡ales.Proponer nomas, directivas y procedim¡entos en aspectos de sucompetenc¡a, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la calidaddel servicio y optimizar el uso de los recursos.Otras funciones en el ámbito de su competencia, que le sean as¡gnadaspor la instanc¡a super¡or y/o en cumplimiento de la normatividad viQente.

ll. Funciones en el ámbib de servicios generales

Formular, proponer, dir¡g¡r, ejecutar y evaluar el desanollo de lasact¡vidades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.Determinar los requerimientos del Departamento y emitir el cuadro deneces¡dades para efeclos de la formulación del presupueslo anual¡nstitucional.Elaborar y proponer los programas de apoyo referidos a los servicios demantenim¡ento, mensajería, transporte e ¡mprenta.

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REGLAT\4ENTo DE oRGANlzAclóN Y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

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Facilitar el serv¡c¡o y ejecución de actividades de mantenimiento,mensajería, transporte e imprenta, así como el control de los gastos enlos servicios indicados.Programar, dirigir y supervisar los serv¡cios de mantenim¡ento, limpieza'repáración y restaurac¡ón, según corresponda, de los inmuebles'instalaciones, equipos, mobil¡ario, bienes culturales y vehiculos asícomo d¡r¡gir le ejecución de las obras que requiera la inst¡tuciÓnRealizar gestiones y coordinaciones relac¡onadas con la provisiÓn deservicios de manten¡miento, reparaciÓn, mensajería y obras civiles con¡nstituciones públicas y privadas en el ámbito de su competencia, asícomo presentar los reclamos por facturaciÓn indebida.Ejecutar el plan operativo de conservaciÓn y mantenimiento de equ¡pos'inmuebles, infraestructura, parques y jardines, pertenec¡enles alCongreso.Analizar, emitir opinión y otorgar conform¡dad a los servicios reclbidosde mantenimiento, obras c¡viles, reparac¡ones y otros serv¡ciosprestados por terceros de su competenc¡a.Realizar estud¡os de conservación, mantenimiento y restauración delpatrimonio e inmobiliario, bajo los lineamientos del lNDECl, delM¡nister¡o de Cultura en aspectos de patrimonio histórico y de la¡nstituc¡ón.Administrar el servicio de mensajería. Organizar, coordinar, ejecutar ysupervisar el servicio de reparto de correspondencia con personal delDepartamento o de terceros, asf como el uso y mantenimiento de lasunidades motorizadas asignadas para este servicio.Adm¡nistrar el servicio de transporte. Programar, ejecutar y controlar ladotación de combustibles para los vehículos de la instituciÓn.Proponer y aplicar medidas de prevención y seguridad de las unidadesmotorizadas mayores y menores, prop¡edad del congreso o cedidas enuso mediante convenios esDec¡ales.Elaborar la información estadíst¡ca de los consumos y gastos de losserv¡c¡os.Proponer y aplicar, normas y directivas, asi como tecnologÍasavanzadas orientadas al desarrollo de las act¡vidades, cal¡dad deserv¡cios y el uso racional de los recursos asignados.Supervisar y controlar el adecuado mantenimiento de los ambientes,equipos y maquinarias puestos a disposiciÓn, contractualmente y que lecorresponda proporcionar a los concesionar¡os.Otras func¡ones en el ámbito de su competencia, que le sean asignadaspor la instancia superior y/o en cumplim¡ento de la normatividad vigente.

Son unidades orgán¡cas dependientes del Departamento de LogÍstica: elArea de Abastecim¡ento, Compras y Control Patrimonial, y el Area deServ¡c¡os Generales.

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CAPiTULO VIIIDEPARTAMENTO DE FINANZAS

Artículo 60'. El Departamento de Finanzas, es un órgano de línea dependiente de laDirecc¡ón General de Administración. Tiene por finalidad planificar'organizar, ejecutar y supervisar el cumplimiento de las normas ylineamientos sobre los procesos técnicos de los sistemas de tesoreria ycontab¡lidad. Está a cargo de un func¡onario denominado JEFE,designado por la Mesa Direct¡va a propuesta del Of¡cial Mayor.

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DE LAREGLAMENTo DE oRGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

Artículo 6l'. El Departamento de Finanzas tiene las siguientes funciones:a) Programar, ejecutar, controlar y supervisar los procesos técnicos

¡nternos relacionados a los sistemas nac¡onales de Contabilidad yTesorería, de acuerdo a los dispositivos legales y a las políl¡cas de lainstitución en cumplimiento a los objetivos estratégicos y operativos

b) Formular, proponer, e.¡ecutar, supervisar y evaluar las metas de lasunidades orgánicas del Departamento, referidas a la operatividad de lossistemas administrativos de Contabil¡dad y Tesorería, en el SistemaIntegrado de Administración Financiera (SIAF).

c) Recibir las soliciludes y/o requerimientos de viáticos y otros conceptós,revisar y calcular los importes a entregar y solicitar la certificaciÓnpresupuestal.Rec¡bir las rendiciones de cuenta, revisar la documenlación y losaspectos tributarios, así como controlar, reg¡strar e informar sobre losgastos por concepto de viáticos y otros conceptos otorgados a losCongres¡stas y al personal del Servicio y la Organización Parlamentar¡a.Elaborar, proponer y aplicar las normas y d¡rectivas orientadas amejorar los procesos y optimizar el uso de los recursos a su cargo.Supervisar el uso racional del presupuesto y otros recursos asignados alDepartamento, para el cumplimiento de sus metas y objet¡vos.Realizar el costeo de los libros, videos y DVD que edita el FondoEditorial y estimar el precio de venta de estas publicaciones.Particioar como veedor en los inventarios físicos de los b¡enes de lainstitución. Supervisar los reportes del libro de inventario y balances asícomo las cuentas de gestión.Efectuar arqueos sorpres¡vos al Fondo para Pagos en Efectivo.Realizar coordinaciones con las Jefaturas de las unidades orgánicas dela ent¡dad en aspectos inherentes a la ¡nformación y/o documentac¡ónde sustentación de ¡ngresos y gastos.Realizar las coordinaciones con los entes rectores de los sistemasadmin¡strat¡vos de Contabilidad y Tesoreria.Otras func¡ones que le sean asignadas en el ámb¡to de su competencia.

l. Funciones del Sistema de Gontabilidad

Superv¡sar y llevar la ejecución de las operaciones del sistema decontabilidad del pliego presupuestal de la institución, verificando ycontrolando el reg¡stro de las operaciones contables, f¡nancieras ypresupuestales, en los libros principales y auxiliares, y efectuar lasconciliaciones corresDondientes hasta la emisión de los estadosfinancieros de la institución y demás información de su competencia.Efectuar el análisis y la conciliación correspondiente de los reg¡stros ycuentas contables. Asimismo, realizar las coord¡naciones con los entesrectores de los sistemas adm¡nistrativos de Contabilidad y Tesoreria.Efectuar el control previo de la documentación de sustento de losrequerimientos de pago (planillas, órdenes de compra y de servicio,contratos y otros), así como evaluar la aplicación de las normastr¡butarias, en cuanto al pago por adquisición de b¡enes y servic¡os,asimismo, en el proceso del registro contable.Realizar las coordinaciones correspondientes para la actualización yapl¡cación del Sistemas Integrado de Adm¡nistración Financiera delSector Público (SIAF-SP).Elaborar y efectuar los PDT (lGV y 4ta. Categoría), el pago de losaportes tributarios (empleador y retenciones), generar la declaración

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DELREGLAMENTo DE oRGANtzAclóN Y FUNcloNEs DEL sERVlclo PARLAMENÍARIo

telemálica Dara la declaración mensual a la Superintendencia Nacionalde Admin¡stración Tr¡butaria (SUNAT), según cronograma.Realizar la concil¡ac¡ón financiera y presupuestal anualmenle con elMEF a través del Tesoro Público. Efectuar la conciliac¡Ón de losregistros contables con los inventarios fisicos de los b¡enespatr¡mon¡ales de la institución.Preparar la Memoria Anual de la institución en la parte concerniente aeslados f¡nancieros.Otras funciones en el ámbito de su competencia, que le sean asignadaspor la instancia superior y/o en cumplim¡ento de la normatividad v¡gente.

ll. Funciones del S¡stema de Tesorería

Controlar la ejecución presupuestal de gastos e ingresos por toda fuentede financiamiento, asi como elaborar la información correspondiente.Registrar y controlar el calendario mensual de pagos según lainformación rec¡bida de las áreas ejecutoras, así como solic¡tar laampliación del calendario a requerimiento de las unidades ejecutoras.Revisar, autorizar y emitir los documentos de pago (cheques,transferencias electrónicas y bancarias) de acuerdo a las disposic¡oneslegales y a las polílicas de la instituc¡ón, y supervisar la realización delas conciliaciones bancarias.Autorizar y rcalizat la compra de moneda extranjera para atender losViáticos aprobados al exterior.Adm¡n¡strar la Caja Chica y controlarla mediante arqueos mensuales yotros controles. Emitir la informac¡ón declarada a través del programade Confrontación de Operaciones Auto-declaradas (COA), segúncronogramas.Registrar, controlar y custodiar los fondos, cartas fianzas y valores.Elaborar y presentar a la alta Dirección, los Estados Presupuestales yFinancieros y sus anexos correspondientes en forma mensual,trimestral, semestral y anual.Elaborar y emitir los certif¡cados de retención por pagos de cuartacategoría, constancias de pago por función congresal y otros de sucomoetenc¡a.Coord¡nar con la SUNAT Dara atender las resoluciones coaclivas deproveedores informadas por SUNAT a través del SIAF.

j) Otras funciones en el ámbilo de su competencia, que le sean asignadaspor la ¡nstancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

A¡tículo 62'. Son unidades orgánicas dependientes del Departamento de Finanzas: elArea de Contabilidad v el Area de Tesorería.

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REGLAMENTo DE oRGANrzActóN Y FUNctoNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

TITULO VIDIRECCIÓN GENERAL PARLAMENTARIA Y SUS UNIDADES ORGANICAS

CAPíTULO IDIRECCIÓN GENERAL PARI.AMENTARIA

Artículo 63'. La Dirección General Parlamentaria es un órgano de lfnea dependiente dela OficialÍa Mayor. Tiene por finalidad brindar asesoramiento espec¡alizadoy apoyo técn¡co a la labor de la Organización Parlamentiaria, organizando,dirigiendo y evaluando el cumplimiento de las políticas y estrategiasconducentes a la optim¡zación de los procesos parlamentarios. As¡m¡smo,atender la información solicitada por la ciudadanía en temas relativos a losprocedim¡entos parlamentarios y promover la investigación, formación yestudios en materias parlamentarias or¡entadas al fortaleclmiento¡nstituc¡onal.

Artículo 64". La D¡rección General Parlamentaria está a cargo de un funcionariodenominado DIRECTOR GENERAL PARLAMENTARIO, designado por laMesa D¡rectiva a propuesta del Of¡cial Mayor. El Director GeneralParlamentario reemplaza al Oficial Mayor, en caso de ausencia o

Artículo 65'.

¡moedimento.

La Dirección General Parlamentaria tiene las sigu¡entes funciones:Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de lasact¡vidades tendentes al logro de sus objelivos funcionales.Asistir a la Oficialía Mayor en el planeamiento, organización, dirección ycoordinación de las actividades de asesoramiento, apoyo y soporte a lalabor oarlamentar¡a.As¡stir a la Mesa Direct¡va y a la Of¡c¡alía Mayor durante el desarrollo delas sesiones del Pleno del Congreso de la República, de la ComisiónPermanente, del Consejo Directivo y de la Junta de Portavoces.Planear y superv¡sar el trámite de las proposiciones parlamentar¡as, elseguimiento de su estado procesal, la formulación y la atención deldespacho parlamentario.Planear y supeNisar la prestación de as¡stenc¡a lemát¡ca, asesoram¡entosobre el Derecho Parlamentario y la técn¡ca legislativa a los Congresistas,a las com¡siones u otros órganos de la Organización Parlamentar¡a, asicomo proporcionar, oportunamente, la información necesaria para la¡nvestigación, análisis y desarrollo de los proced¡m¡entos parlamentarios.Dir¡gir y supervisar la gestión de la información y estad¡stica y losreportes de la producc¡ón legislativa y los indicadores de gestiónparlamentar¡a.Planear y supervisar la elaboración oportuna y fidedigna de estadíst¡cas e¡ndicadores sobre Ia gestión parlamentaria.Dir¡gir y supervisar los servic¡os aux¡liares parlamentarios en las sesionesdel Pleno del Congreso de la República, de la Comisión Permanente, delConsejo Directivo, de la Junta de Portavoces y de las comisiones.Planear y supervisar las acciones de grabación, edición y conservac¡Ón delos aud¡os y videos de las sesiones del Pleno del Congreso de laRepública, de la Com¡sión Permanente, de la Junta de Portavoces, delConsejo Directivo y de las Com¡siones del Congreso de la República.Dir¡gir y superv¡sar la redacción, edición y distribución oportuna del Diariode los Debates, las Actas del Pleno del Congreso de la República, de laComisión Permanente, del Consejo Directivo y de la Junta de Portavoces.

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DEREGLAMENTo DE oRGANtzActóN Y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

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Dir¡gir y supervisar el contenido y redacción de las comun¡cac¡onesoficiales suscritas por el Presidente y los Vicepresidentes del Congreso dela Repúbl¡ca, de conform¡dad con las normas reglamentar¡as.Dirigir y supervisar la corecta conservación, presentación, aclualizac¡Ón ymanejo de la documentación que obra bajo custodia en elArchivo Generaldel Congreso de la República.D¡rig¡r y supervisar la elaboración y distribución de la Agenda del Pleno delCongreso de la República, de la Comisión Permanente, del ConsejoDirectivo y de la Junta de Portavoces.D¡rig¡r y supervisar la digitalización, reproducción y distribuciÓn oportunade las proposiciones legislativas, diclámenes y otros documentos que segeneren en los proced¡mientos parlamentarios.Supervisar la redacción de los textos legales aprobados por el Pleno y laComisión Permanente, asi como la elaboración de las autÓgrafas de losproyectos de ley y resoluciones legislativas aprobadas.Supervisar y evaluar la ejecución presupuestal de la Dirección y susórganos dependientes, así como realizar las actividades y procedim¡entospara el cumplimiento de lo programado, alineado con los objetivos, metasy l¡neamientos impartidos por la Alta Dirección.Elaborar y proponer a la OficialÍa Mayor el Plan de Capac¡taciÓnEspecializada de alto nivel para los órganos de LÍnea y Despachoscongresales en lo que corresponda. Asim¡smo, ejecutar dicho plan através del Centro de Capacitación y Estudios Parlamenlarios. Evaluar einformar los resultados.Proponer normas, d¡rectivas y procedimientos en aspectos de sucompetencia, para mejorar el desarrollo de sus act¡vidades, la cal¡daddel servic¡o y optimizar el uso de los recursos.Otras func¡ones en el ámbito de su competenc¡a que le sean aslgnadaspor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

La Dirección General Parlamentaria tiene a su cargo como Órgano deasesoramiento: la Oficina de Gestión de la Información y Estadística;como órgano de apoyo: el Centro de Capacitación y EstudiosParlamentario; como órganos de línea: el Departamento de Comisiones,el Departamento de Biblioteca, el Departamento de InvestigaciÓn yDocumentación Parlamentaria con sus áreas, el Departamento deRelatoría, Agenda y Actas con sus áreas, el Departamento de RedacciÓndel Diario de los Debates con sus áreas v el Area de Servicios AuxiliaresParlamentar¡os.

CAPITULO IIOFICINA DE GESTIÓN DE LA INFORMACTóN Y ESTAD¡STICA

La Oñcina de Gestión de la Información y Estadíslica es un órgano deasesoramiento dependiente de la Dirección General Parlamentaria.Tiene por f¡nalidad centralizar, sistemalizar y organizar estadísticamentela información que se desarrolla en los órganos parlamentarios y lossectores económicos, sociales y polÍticos del pais. Está a cargo de unfuncionario denominado JEFE, designado por la Mesa Directiva apropuesta del Oficial Mayor.

La Oficina de Gestión de la Infomación y Estadística tiene las s¡guientesfunciones:Planear, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de actividadesy metas de la Oficina, de acuerdo con la polít¡ca institucional.

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lmplementar y administrar la base de datos de la informaciÓn estadfsticade los sectores sociales, económ¡cos y políticos en un sistema degeneración de estadfst¡ca e indicadores, a fin de atender la demanda deinformac¡ón de los diferentes órganos parlamentariosAsistir a la Direcc¡ón General Parlamentaria en la elaboraciÓn dedocumentos de ¡nformación estadística a requerimiento de los Órganosparlamentarios y de la Alta Dirección del Servicio Parlamentar¡oElaborar los reportes sobre la producciÓn legislativa del Gongreso de laRepública, así como cuadros estadísticos e indicadores de la gest¡Ónoarlamentar¡a.Elaborar carpetas georeferenciales por regiones y otros productos de¡nformac¡ón estadística de interés institucional.Diseñar y gestionar la formulación, desanollo y mantenimiento de unabase de datos para la generación de información estadísticaoarlamentaria.Coordinar con el Instituto Nacional de Estadística e Informática eldesarrollo de información estadística y la interrelación con el SistemaEstadíst¡co Nacional.

h) Otras funciones en el ámbito de su compelencia que le sean asignadaspor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

CAPÍTULO IIICENTRO DE CAPACITACIÓN Y ESTUDIOS PARLAMENTARIOS

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Artículo 69'.

Artículo 70'.

a)

El Cenfo de Capacitación y Estudios Parlamentarios es un órgano deapoyo depend¡ente de la Dirección General Parlamentaria. T¡ene porfinalidad la formación especializada, el desarrollo de estudios y larealización de actividades académicas en materias relacionadas con lasfunciones del Congreso de la Repúbl¡ca y la institucionalidad democrát¡caEstá a cargo de un funcionario denom¡nado JEFE, designado por la MesaDirectiva a propuesta del Oflcial Mayor.

El Centro de Capacitación y Estudios Parlamentarios tiene las siguientesfunciones:Organizar, coordinar, d¡rigir, supervisar, ejecutar y evaluar el desarrollode las act¡vidades y metas de la oficina, de acuerdo con la polít¡cainstitucional.Proponer, coordinar dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar programas deformación especializada y actividades académ¡cas en el ámbito deentidades de la Administración Pública en materias relacionadas con lasfunciones del Congreso de la República y aquellas vinculadas con lainstitucionalidad democrát¡ca.Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades deformación especializada d¡rigidas al Servicio Parlamentario ' y laOrganización Parlamenlaria en asuntos relalivos a las funciones delCongreso de la República.Promover, dirigir, supervisar y elaborar estudios de derecho en asunlosrelativos con las funciones del Congreso de la República y aquellasvinculadas a la institucionalidad democrática.Promover, organizar, dirigir y ejecutar cursos, talleres, seminarios, charlasy otras actividades académicas, presenciales y virtuales, sobre temasvinculados al programa de formación y de capacitación especializada delCentro.Promover y parlicipar en la formulación y ejecución de los programas deinducc¡ón al personal que ingresa al Congreso de la República, en

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coordinac¡ón con el Departamento de Recursos Humanos en temasvinculados a las funciones y procedimientos parlamentar¡os.

g) Promover, diseñar, organizar, dirigir y ejecutar programas de intercambiode experiencias en gestión parlamentaria con centros de estud¡osDarlamentarios e ¡nst¡tuciones académicas en general, para elcumplim¡ento de los objetivos de capac¡tación y de formac¡ÓnesDecializada.Organizar y mantener un archivo especializado de estudios de derecho e¡nst¡tuc¡ones parlamentarias para el desarrollo de las actividades fleformación y capacitación.Promover, proponer, dirigir y ejecutar la publicaciÓn de los esfudios enmateria parlamentaria, impulsados o llevados a cabo por la ofic¡na, encoordinación con el Fondo Editorial o con el apoyo de otras ¡nstituciones.Promover la suscriDción de convenios con inst¡tuciones nac¡onales yextranjeras, públicas y privadas, con la finalidad de obtener recursos yas¡stencia técn¡ca orienlada a la formación académica espec¡alizada enmater¡as vinculadas a las funciones del Congreso de la República.Proooner a la Direcc¡ón General Parlamentaria normas, direct¡vas yprocedimientos para mejorar el desarrollo de las actividades, mejorar lacalidad de los servicios que brinda, mejorar el desempeño y bienestar delpersonal y fomentar el uso racional de los b¡enes, servicios y otrosrecursos asignados.Otras funciones en el ámbito de su competenc¡a que le sean aslgnadaspor la instancia superior y/o en cumpl¡miento de la normatividad vigente.

CAPiTULO IVDEPARTAMENTO DE COMISIONES

El Departamento de Com¡siones es un órgano de línea dependiente de laD¡rección General Parlamentaria. Tiene por ñnalidad brindarasesoramiento y apoyo especializado a los Congresistas y a lascomis¡ones en mater¡a de procedimientos y hermenéutica parlamentaria.Está a cargo de un funcionario denominado JEFE, designado por la MesaDirectiva a propuesta del Of¡cial Mayor.

El Departamento de Comisiones tiene las siguientes funciones:Organizar, coordinar, dir¡gir, supervisar, ejecutar y evaluar el desarrollode las actividades y metas del Departamento, de acuerdo con la políticainstitucional.Brindar y supervisar el servicio de asesoramiento, evaluac¡Ón,investigación, anális¡s, asistenc¡a informat¡va y procesal a lascom¡s¡ones, para la correcta aplicación del Reglamento del Congreso dela República y de la hermenéutica parlamentaria según sea el caso.Proponer, superv¡sar y controlar los procesos de estandarizadiÓn ycalidad de la metodologfa de los procedim¡entos y las prácticas deasesoramiento, asistencia y atención a las comisiones, subcomis¡ones ygrupos de trabajo de las comisiones.Organizar, mantener y sistematizar y mantener actualizado lasocurrenc¡as de interés para las interpretaciones o prácticas deprocedimientos en las comisiones, que éstas no registran y proponer lascorrecciones que estime necesar¡as.Coordinar con los órganos correspondientes la atención de losrequer¡mientos complementarios de antecedentes legislativos yjurisprudenciales, estudios e investigac¡ones nacionales o extranjeras,para la óptima gestión del Servicio Parlamentario en las comis¡ones.

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Artículo 71'

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DE LAREGLAMENTo DE oRGANtzActóN Y FUNCIoNES DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

0 Supervisar la custodia temporal del acervo documentario producido porlas comisiones, cuya entrega está a cargo del personal de laOrganización Parlamentaria, designado por el Presidente de laCom¡sión.Supervisar las labores a cargo de las Secretarías Técnicas relativas ala elaboración de los instrumentos procesales parlamentarios, ladocumentación parlamentaria generada por las comisiones y de laorganización de las actividades que éstas realicen.Registrar la información sobre actividades cuantif¡cables de losprocesos parlamentarios a f¡n de obtener estadísticas oportunas yfided¡gnas e ¡ndicadores sobre la gestión parlamentaria en el ámbito delas comis¡ones.Recibir de la Oficialía Mayor copia de la información contenida en el¡nforme de gestión que presentan los presidenles de las ComisionesOrdinarias al térm¡no de su periodo.Superv¡sar la actualización y verif¡car la información contenida en elPortal del Congreso de la República e Intranet, en lo correspondiente alas comis¡ones.Proponer a la Dirección General Parlamentaria, normas, directivas yprocedimientos para mejorar el desarrollo de las actividades delDepartamento, mejorar el desempeño del personal y fomentar el usoracional de los b¡enes, servicios y otros recursos as¡gnados alDepartamento y a los órganos dependientes.Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competenciapor la instancia superior y/o en cumplimiento de la nomatividad vigente.

CAP¡TULO VDEPARTAMENTO DE BIBLIOTECA

El Departamento de Bibl¡oteca es un órgano de linea dependiente de laDirección General Parlamentaria. Tiene por finalidad coordinar, organizar yejecular los lineamientos y estrategias or¡entadas a la investigac¡ón detemas espec¡al¡zados de apoyo a la labor parlamentaria, asimismo, laprestación de servicios bibliotecarios y de ¡nformación de su competencia,en apoyo del desanollo de la gestión inst¡tucional, funcionesparlamentar¡as y de la cultura nacional. Está a cargo de un funcionariodenominado JEFE, designado por la Mesa Directiva a propuesta delOficial Mayor.

El Departamento de Biblioteca tiene las siguientes funciones:Planear, coordinar, ejecutar y evaluar el desarrollo del Plan Operat¡vode la Bibl¡oteca.Formular y proponer las polÍticas y metas de la Biblioteca, asi comodesarrollar las act¡vidades conespondientes para su cumplimiento.Formular y proponer la asignación de recursos, para la consecuciÓn desus metas, así como programar, supervisar y evaluar la ejecuciÓn delpresupuesto asignado y de los respectivos calendarios de compromisos.Proporc¡onar asesoria a la Alta Dirección en el ámbito de sucomoetenc¡a.Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la adm¡sión dematerial bibliográf¡co y documental, así como la actual¡zaciÓn,preservación y descarte de colecciones.Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo delos servic¡os y procesos bibliotecarios de la Bibl¡oteca del Congreso dela Repúbl¡ca, garantizando que se brinde un óptimo servic¡o bibl¡otecario

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Artículo 73'.

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Normatvo de Gestión Insütucional - 38

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que logre la conservación, preservación, mantenimiento, actual¡zación yadecuado manejo del material bibliográfico.Seleccionar y proponer la admisión de recursos de informac¡Ón, encualquier tipo de soporte, asesorando y participando en los procesos deadou¡sic¡ón.Establecer vínculos de coordinación e interactuar con institucionesnacionales e internacionales afines al proceso documentario, de archivoy biblioteca, con el objeto de intercambiar exper¡encias e informaciÓn,para optimizar el acceso a d¡versas fuentes de informacipnespecializada.Proponer y ejecutar los lineamientos para la sistematizaciÓn de losrecursos de información y colecciones de la Biblioteca.Organizar y prestar servicios bibliotecarios y de informaciÓn a losusuarios del Congreso, utilizando con eficiencia las tecnologías de¡nformación v¡gentes.Proporcionar servicios de ¡nformación especial¡zada en apoyo de losprocesos de investigación y capacitación.Mantener contacto con ¡nst¡tuciones afines, nacionales einlernacionales y especialmente la Federación Internacional deB¡bl¡otecar¡os y Asociaciones de Bibliotecas Parlamenlarias, con elobjeto de intercambiar experiencias e información especializada.Supervisar el mantenimiento del patrimonio bibliográfico y documental yde las bases de datos as¡gnadas a la Biblioteca.Proponer y supervisar sistemas y procesos técnicos para elmantenimiento y conservación de las colecciones de la biblioteca.Dirigir y supervisar los procesos de inventarios parciales y generales delas colecciones de la Biblioteca y emitir los reportes conespond¡entes.Administrar los b¡enes asignados a la Biblioteca.Olras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competenc¡apor Ia instancia superior y/o en cumpl¡miento de la normatividadvrgenle.

CAPITULO VIDEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PARLAMENTARIA

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A¡tículo 75'.

Artículo 76'.

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El Departamenlo de lnvestigación y Documentación Parlamentaria es unórgano de línea dependiente de la D¡rección General Parlamentaria.Tiene por finalidad proveer documentos, información e investigac¡ónespecializada sobre diversos temas que requ¡eran las comisiones y otrosórganos parlamentarios, en cumplimiento de las funciones del Congresode la República. Está a cargo de un funcionario denominado JEFE,designado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor.

El Departamento de Invest¡gac¡ón y Documentación Parlamentariá tienelas s¡gu¡entes fu nciones:Planear, organ¡zar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo delas act¡vidades, planes y metas del Deparlamento, de acuerdo con laoolÍtica inst¡tucional.Procesar la generación de documentos, informac¡ón e ¡nvest¡gacionesespec¡alizadas que requieran las comis¡ones y otros ÓrganosDarlamentarios.Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la actualizacióny el mantenimiento de las bases de datos que administran las áreas delDeoartamento.

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LAREGLAMENTo DE oRGANrzActóN Y FUNcIoNES DEL sERVlclo PARLAMENfaRIo

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Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la publicaciónde todos los informes, estudios, carpetas, reportes y demás documentoselaborados por las áreas dependienles del DepartamentoPlanear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la actualizaciÓny difus¡ón de la información que se publica en las herramientasinformáticas a cargo del Departamento.Propiciar la interrelación con otros centros de investigaciÓnparlamentar¡a nacionales o efranjeros.Fomentar la suscripción de convenios con inslituciones nacionales, yextranjeras, públicas y privadas, a fin de fortalecer las capacidades deinvestigación del DepartamentoCoordinar con la Biblioteca en asuntos referidos a invest¡gación ydocumentación parlamentar¡a de apoyo legislativo.Realizar traducciones directas e inversas de textos referentes a la laborlegislativa, investigación y capacitación parlamentar¡a, para losCongresistas y funcionarios del Congreso de la República.Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar los servicios dedigitalizac¡ón, reproducción y distribución virtual y/o física de lasproposiciones de ley, propos¡ciones de resolución legislativa,dictámenes. informes, mociones, acusaciones constituc¡onales,solicitudes de levantamiento de inmunidad parlamenlaria, así comoexpedientes y agendas virtuales, entre otros documentosoarlamentar¡os.Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo delas actividades, procedimientos y procesos archivísticos, laconservación, preservación, actual¡zación y manejo de ladocumentac¡ón parlamentaria y administrat¡va que obra en custodia delArchivo General del Congreso de la República.Proponer normas, directivas y procedim¡entos en aspectos de sucompetencia, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la calidaddel servicio y optimizar el uso de los recursos.Otras funciones que le sean asignadas en el ámb¡to de su competenc¡apor la instancia super¡or y/o en cumplimiento de la normatividad v¡gente.

Son unidades orgánicas depend¡entes del Departamento InvestigaciÓn yDocumentac¡ón Parlamentar¡a: el Area de Servicios Documentales y deInformación, el Area de Servicios de Investigación y el Area de Archivo.

CAPíTULO VIIDEPARTAMENTO DE REI-ATORíA, AGENDA Y ACTAS

El Departamento de Relatoria, Agenda y Actas es un Órgano de líneadependiente de la Dirección General Parlamentaria. Tiene por finalidadprocesar y brindar información a partir de los diferentes inslrurñentosprocesales parlamentar¡os, elaborar las agendas y aclas de las ses¡onesdel Pleno del Congreso de la República, de la Com¡siÓn Permanente, delConsejo D¡rectivo y de la Junta de Portavoces. Asimismo, reallza laboresde relatoría, despacho parlamentario, hámite documentario, y brindaasistencia y apoyo en el ámbito de la gestión parlamentaria. Está a cargode un funcionario denominado JEFE, designado por la Mesa Directiva apropuesta del Oficial Mayor.

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Artículo 78'.

Artículo 79'. El Departamento de RelatorÍa, Agenda y Actas, tiene las siguientesfunciones:

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DELREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

Organizar, coordinar, dir¡gir, supervisar, e.lecutar y evaluar el desarrollode las actividades y metas del Departamento, de acuerdo con la política¡nst¡tucional.As¡st¡r y absolver consultas, respecto de procedimientos, antecedentesy práct¡cas parlamentarias a los integrantes de la Mesa Directiva, alOf¡cial Mayor y al Director General Parlamenlario durante las sesionesdel Pleno, de la Com¡sión Permanente, del Consejo Direct¡vo y de laJunta de Portavoces.Organizar y superv¡sar la elaboración de la agenda para las sesionPsdel Pleno, de la Comisión Permanente, del Consejo Directivo y de laJunta de Portavoces, así como la Agenda Informativa del ConsejoDirectivo, para que sea entregada oportunamente a los Congresistas yDubl¡cada en el Portal Institucional.Supervisar la elaboración de los reportes de asistencia y votaciÓn,electrónica o nom¡nal, de los Congresistas en las sesiones del Pleno, dela Comisión Permanente, del Consejo Directivo y de la Junta dePortavoces.Supervisar la redacc¡ón de las autógrafas de ley aprobadas por el Plenoy la Comis¡ón Permanente. Parlictpar en el proceso de control, emislÓn,remisión y custodia de las autógrafas de ley, de resolución legislativa yresolución legislat¡va del Congreso de la República.Supervisar la publicación de las autógrafas de ley, agendas, actas yreportes de asistencia y votación de los Congresistas en el portallnst¡tucional.SuDervisar las acc¡ones de relatoría en el desarrollo de las ses¡ones delPleno, de la Comisión Permanente, del consejo Direct¡vo y de la Juntade Portavoces, así como apoyar en la conducción de actos protocolaresy culturales que organiza el Congreso de la República.Supervisar la redacción, distribución y custodia de las actas de lassesiones públ¡cas del Pleno, de la Com¡sión Permanente, del ConsejoDirectivo y de la Junta de Portavoces; y supervisar la redacción, emisiÓny custod¡a de las actas de las sesiones secretas y reservadas de d¡chosórganos parlamentar¡os.Velar por la custodia de las actas de las sesiones secretas y reservadasdel Pleno, de la Comisión Permanente, del Consejo Directivo y de laJunta de Porlavoces hasta su remisión al arch¡vo del Congreso de laRepública para su cuslod¡a definitiva.Dirigir la elaboración y supervisar la publicación del registro de¡ncidencias que sean cons¡deradas como prácticas parlamentarias, asícomo el de los Acuerdos Parlamentarios con carácter normat¡vo.Suoervisar la redacción de los Acuerdos que se adopten en lassesiones del Pleno, de la Comisión Permanente, del Consejo Directivo yde la Junta de Portavoces, en los documenlos que correspondan.Disponer las acciones conducentes a la optimización y tramitac¡ón delos instrumentos procesales parlamentarios.Supervisar el trámite de la correspondencia externa.Supervisar el desempeño de los servicios de digitaciÓn y reproducciÓnde documentos en congruencia con las med¡das eficiencia dispuesta porla Mesa Directiva y/o la Alta Dirección.Otras func¡ones que le sean asignadas en el ámbito de su competenciapor la ¡nstanc¡a super¡or y/o en cumplimiento de la normatividad vigente.

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Artículo 80'. Son unidades orgánicas dependientes del Departamento de RelatoriaAgenda y Actas: el Area de Trámtte Documentario, el Area de DespachoParlamentario, el Area de Relatoría y Agenda, y el Area de RedacciÓn de

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REGLAMENTo DE oRGANrzAclóN Y FUNcloNEs DEL sERvlclo PARLAMENTARIo

Actas.

CAPíTULO VIIIDEPARTAIIIENTO DE REDACCIÓN DEL DIARIO DE LOS DEBATES

Artículo 8l'. El DeDartamento de Redacc¡ón del Diario de los Debates es un Órganode linea deDend¡ente de la Dirección General Parlamentar¡a. Tiene porfinalidad la elaboración del Diario de los Debates de las ses¡ones públicasdel Pleno del Congreso de la República y de la Comisión Permanenle.As¡mismo, brinda información especializada a la OrganizaciÓn y al ServicioParlamentario respecto a los precedentes habidos en los debatesparlamentarios. También realiza labores de registro digital, analÓg¡co ysoporte audio visual de las sesiones y la transcripciÓn de las mismas. Estáa cargo de un func¡onario denominado JEFE, designado por la MesaD¡rect¡va a propuesta del Oficial Mayor.

Artículo 82'. El Departamento de Redacción del D¡ario de los Debates t¡ene lass¡guienles funciones;Organ¡zar, coordinar, dirigir, supervisar, ejecular y evaluar el desarrollode las actividades y metas del Departamento, de acuerdo con la polít¡cainst¡tucional.Supervisar y controlar las actividades de registro digital y analógico delas intervenciones que se producen en las sesiones públicas,reservadas y secretas del Pleno del Congreso de la República,Com¡sión Permanente y de las comisiones, así como las intervencionesen la Junta de Portavoces, en el Consejo Directivo, y eventos yconferenc¡as of¡ciales oue se llevan a cabo en las instalaciones delCongreso de la República. Velar por su custodia y conservación.Supervisar y controlar el proceso de transcripción y su veracidad, de lasintervenciones que se producen en las sesiones públicas, reservadas ysecretas del Pleno del Congreso de la República, de la ComisiónPermanente y de las comisiones, así como de las intervenciones de laJunta de Portavoces, del Consejo Directivo, eventos y conferenciasoficiales que se llevan a cabo en las instalaciones del Congreso de laRepública. Velar por su custod¡a y conservación.Supervisar los procesos de ver¡f¡cación, corrección y redacción de lassesiones públicas del Pleno del Congreso de la República y de laComisión Permanente, coordinar la revisión y observaciones de formacon los Congresistas, sobre sus intervenc¡ones; mod¡ficar y rcalizar laredacción final, para posteriormente proceder al diseño, diagramación,composición de textos e impresión de volúmenes del Diar¡o de losDebates y grabado del mismo en discos compactos. Velar por laconservación y preservación de dichos documentos.Distribuir volúmenes o discos compactos del Diario de los Debates a losórganos competentes del Congreso de la República, asi como a losorganismos constituc¡onales y a las ¡nstituciones públicas y privadas, deser el caso.Mantener actualizado el archivo físico e informático del Diario de losDebates, así como gest¡onar la copia de seguridad respectiva en lossistemas informáticos del Congreso de la República.Supervisar y controlar las publicaciones en el Portal del Congreso de laReoública de los volúmenes del Diario de los Debatesi asi como lapublicación de las transcripciones de las sesiones del Pleno delCongreso de la República y de la Comisión Permanenle, el mismo díaen oue éstas se llevan a cabo.

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REGLA¡/lENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO PARLAMENTARIO

Archivar y custodiar toda documentación relac¡onada con la redacciÓnde las sesiones del Pleno del Congreso de la República y de laComisión Permanenle que no hayan sido publ¡cadas en los volúmeneso en discos comoactos del Diario de los Debates.Elaborar una base de datos de precedentes parlamentarios.Proooner a la Dirección General Parlamentaria, normas, direct¡vas yprocedimientos para me¡orar el desarrollo de las actividades delDepartamento, mejorar la calidad de los servicios que brinda, mejorar eldesempeño y bienestar del personal y fomentar el uso racional de lpsbienes, serv¡cios y otros recursos asignados al Departamento y a losórganos dependientes.Otras func¡ones que le sean asignadas en el ámbito de su competenc¡apor la instancia superior y/o en cumplimiento de la normatividad v¡gente.

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Art¡culo 83". Son unidades orgánicas dependientes del Departamento de RedacciÓndel D¡ario de los Debates: el Area de Transcripciones y el Area deGrabaciones en Audio v Video.

TíTULO VIIRELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Artículo 84'. El Servicio Parlamentario del Congreso de la República se relac¡ona conpersonas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, cuyasact¡vidades o gestión sean af¡nes a sus objetivos; asimismo, mant¡enerelaciones con otros Congresos o Parlamentos.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. RÉGIMENLABORAL.

Los funcionarios y empleados del Congreso de la República están al seNicio de laNación. El régimen laboral para los trabajadores del Congreso de la Repúbl¡ca es el de laact¡vidad privada y sus derechos y obligaciones están normados en el Reglamentolnterno de Trabajo (RlT) del Congreso de la República. Salvo, el caso especial deservidores que por mandato legal y/o voluntariamente se encuentren en el Régimenlaboral del Decreto Legislativo No 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público.

SEGUNOA. RÉGIMENECONóMICO.

Son recursos del Congreso de la República:

a) Los recursos del Tesoro Público asignados en aplicaciÓn de las leyes y normaspresupuestales v¡gentes.

b) Los proven¡entes de convenios de cooperación técnica nacional o internacional.c) Los recursos f¡nancieros que se obtienen por los saldos de ejercicios anter¡ores.d) Las transferencias y donaciones que se realicen a favor del Congreso de la

Reoública.e) Los recursos directamente recaudados.

TERCERA. ENTRADA EN VIGENCIA.

El presente reglamento entrará en v¡gencia a partir del día siguiente de su aprobación.

Documenlo T 43

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