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Proyecto de Ley Medicamentos de venta directa en comercio Ministerio de Economía, Fomento y Turismo | Ministerio de Salud Valparaíso, Marzo 2012

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Proyecto de Ley Medicamentos de venta directa en comercio Ministerio de Economía, Fomento y Turismo | Ministerio de Salud

Valparaíso, Marzo 2012

Derribando Barreras

• Medicamentos: necesidad básica para todas las personas

• Mayor en grupos más vulnerables: niños y adultos mayores

• Ingreso disponible se ve afectado por gasto en medicamentos necesarios

• Gasto en medicamentos representa el 2% de la canasta promedio de

consumo

• Necesitamos abrir acceso de las personas a remedios de buena calidad y

precios convenientes

• Promoción de la libre competencia en comercialización de remedios es

objetivo compartido por autoridades y expertos

Opiniones

• «Freirina y Alto del Carmen están entre los pueblos de la Tercera Región que no tienen una

farmacia. Cuando sus habitantes requieren un remedio tan simple como una aspirina o un

antiácido, deben viajar largo trecho para comprarlo, ya que el almacén del pueblo tiene prohibido

venderlos. Lo mismo sucede con decenas de pueblos a lo largo de todo Chile.» QUE GANE "EL MÁS

MEJOR" Mérito y competencia en el Chile de hoy (Eduardo Engel y Patricio Navia)

• «En mi opinión, aún no hay buenos argumentos, coherentes y con evidencia detrás, para oponerse

a la venta de remedios sin receta en supermercados tal como se hace en muchas otras partes del

mundo» Claudio Agostini, Universidad Alberto Hurtado (Diario Financiero, Noviembre 2010.

• "Lo que se busca con este proyecto es ampliar los puntos de venta, ya que el tipo de remedios en

cuestión está con libre acceso a público en las cadenas farmacéuticas. Como gremio creemos que

no debiera afectar, ya que se genera mayor competencia". "Mientras se respeten la salud humana,

las regulaciones sanitarias a los medicamentos condicionados con receta y el control al comercio

informal, me parece que es una medida que puede explorarse. Pero insisto, teniendo siempre como

prioridad los cuidados en estos temas”. Jorge Martínez, presidente de la Cámara Regional del

Comercio de Valparaíso

• "Los productos farmacéuticos para uso humano de venta directa, es decir, sin receta médica,

podrán ser expendidos en otros establecimientos, que no sean farmacias» Moción de los Diputados

Girardi y Longton, Boletín 2100, 8 de Octubre, 1997.

• Sólo se venden medicamentos en farmacias y almacenes farmacéuticos (en

comunas donde no hay una farmacia)

• Se prohíbe el acceso directo del público a los medicamentos, y se requiere la

intervención de dependientes

• Limitaciones: restringe la competencia y afectan a los consumidores

• Hoy existen cerca de 1.800 farmacias en Chile (fuente ONU, 2008) y unas 50

comunas no tienen ninguna y otras están muy alejadas. Comparativamente,

Chile tiene una muy baja densidad de farmacias por habitante:

• Chile 1 farmacia por 9.500 habitantes

• Reino Unido 4.800 habitantes

• España 2.400 habitantes

• Brasil 3.300 habitantes

• Argentina 3.100 habitantes

• Estados Unidos 1.100 habitantes

Antes del Proyecto

• La situación es aún más preocupante si se analiza la distribución de farmacias

por regiones. Según datos del Ministerio de Salud (2010), habría casi 2.300

farmacias distribuidas a lo largo del país, con la mayor concentración en la

Región Metropolitana y la más baja en Aisén:

Situación actual

Número de Farmacias Población Estimada 2008 Población x farmacia

I Región de Tarapacá 36 300.301 8.342

II Región de Antofagasta 57 561.604 9.853

III Región de Atacama 35 276.480 7.899

IV Región de Coquimbo 82 698.018 8.512

V Región de Valparaíso 238 1.720.588 7.229

VI Región de O'Higgins 117 866.249 7.404

VII Región del Maule 125 991.542 7.932

VIII Región del Bio – Bío 212 2.009.549 9.479

IX Región de La Araucanía 82 953.835 11.632

X Región de Los Lagos 62 815.395 13.152

XI Región de Aisén 7 102.632 14.662

XII Región de Magallanes y Antártica 18 157.574 8.754

XIII Región Metropolitana 1.133 6.745.651 5.954

XIV Región de Los Ríos 33 376.704 11.415

XV Región de Arica y Parinacota 22 187.348 8.516

TOTAL 2.279 16.763.470 7.355

Fuente: "El Mercado de medicamentos en Chile" (junio 2010, C.Vasallo)

Región

• Talco mentolado

• Polividona yodada

• Agua oxigenada

• Tapsin

• Paracetamol

• Aspirina C limonada caliente

• Metapío

• Mentolatum

• Cebión sabor naranja

• Calorub

• Launol shampoo

• Azul de metileno

• Miel de borax

• Parche león

Algunos ejemplos de medicamentos de venta

directa:

• Mayor número de puntos de venta: al menos 1.000 locales adicionales

para la venta de remedios sin receta (60% más que actuales).

• Venta en todo tipo de comercios autorizados: supermercados,

almacenes, minimarkets, que cumplan requisitos de espacio y

salubridad.

• Ayudando a chilenos de zonas aisladas: unas 50 comunas de Chile no

cuentan con farmacia.

• En restantes comunas, personas deben a veces movilizarse kilómetros

para acceder a una farmacia.

• Mayor disponibilidad horaria

Objetivo del proyecto: mejorar el acceso de las

personas a los remedios necesarios (sin receta)

Objetivo: menor precio de los remedios (sin receta)

• Elección directa del producto sin interferencia del dependiente

(cuyos intereses pueden diverger).

• El consumidor podrá comparar precios de un mismo medicamento

y escoger el que prefiera.

• Amplia disponibilidad de tipos, marcas y precios para un mismo

remedio: marca, similares y genéricos.

• Más competencia: hoy un 90% del mercado farmacéutico es

abarcado por 3 cadenas. Ingreso de nuevos competidores debe

redundar en menores precios de medicamentos.

• Etiquetado con más información terapéutica

• Sello de seguridad para los envases

Mayor Competencia: menores precios

• Alzas de precios de los medicamentos

en los últimos 11 años ha sido 21%

superior al IPC.

51%

72%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

IPC Medicamentos

Variación de precios (Dic98 - Feb12)

Medicamentos sin receta: 37% de las unidades

vendidas (año 2009)

Fuente: IMS Health Fuente:ISP

13%

87%

Ventas valoradas(% sobre el total)

Venta directa

Venta con receta

Amplia diferencia de precios para un mismo

medicamento

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

3500

4000

4500

5000

Marca Genérico

Ambroxol (30Mg)

0

500

1000

1500

2000

2500

Marca Genérico

Paracetamol (500Mg)

Fuente: Sernac, septiembre 2010

7,2x 5,6x

Experiencia en América de

remedios sin receta y acceso

directo del público

• Art.1: El proyecto propone la venta de medicamentos que no requieren

receta médica, en establecimientos comerciales que cumplan con ciertos

requisitos de espacio y salubridad.

Artículo 1°.- Autorízase el expendio de medicamentos que cuenten con registro sanitario

vigente, otorgado por el Instituto de Salud Pública, en el cual se haya determinado la

condición de expendio de “venta directa”, a todo establecimiento comercial que cumpla

con los requisitos que se indican en la presente ley.

• Art.2: El expendio de los medicamentos de venta directa se podrá

efectuar en repisas, estanterías, góndolas, anaqueles u otros objetos

similares, de manera que el público pueda acceder directamente a

dichos productos.

Artículo 2°.- El expendio de medicamentos de venta directa deberá efectuarse en un área

especialmente destinada para ello por el establecimiento comercial, farmacia o almacén

farmacéutico, la que deberá permitir su adecuada conservación y almacenamiento.

El expendio de los medicamentos indicados en el inciso anterior, se podrá efectuar en

repisas, estanterías, góndolas, anaqueles u otros objetos similares que permitan el

acceso directo al público, considerando medidas de resguardo general para evitar su

alcance por infantes.

Proyecto de Ley

Contenido

• Art.3: Se especifica la información terapéutica que dichos productos

deberán contener en sus envases, de modo que el usuario pueda

efectuar su decisión de consumo en forma libre, responsable y

espontánea.

Artículo 3°.- Los envases de los medicamentos con condición de venta directa serán

sellados y deberán contener en su exterior toda la información terapéutica necesaria para

adoptar la decisión de compra, conforme lo determine su registro sanitario.

• Art. 4: Los establecimientos comerciales que deseen expender

medicamentos de venta directa, deberán solicitar la respectiva

autorización a la las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud.

Artículo 4°.- Los establecimientos comerciales que expendan medicamentos de

conformidad a esta ley, serán autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud

respectiva, de acuerdo al procedimiento de autorización previsto en el artículo 7° del

Código Sanitario. A esa misma autoridad le corresponderá su fiscalización y sanción,

según lo establecido en el Libro Décimo del citado Código.

Proyecto de Ley

Contenido

• Art.5-6: Estas materias serán especificadas en reglamentos a emitirse

en 180 días por los Ministerios de Salud y Economía.

Artículo 5°.- En materia de venta directa de medicamentos, los reglamentos dictados en

ejecución de esta ley no podrán contener normas que exijan requisitos e impongan

limitaciones o condiciones que privilegien a las farmacias y/o almacenes farmacéuticos,

en desmedro de los establecimientos señalados en el artículo 1°.

Artículo 6°.- Los reglamentos expedidos en conformidad a esta ley, serán dictados dentro

del plazo de seis meses contado desde su publicación en el Diario Oficial.

Dichos decretos serán expedidos por el Ministerio de Salud, debiendo ser suscritos por el

Ministro de Economía, Fomento y Turismo.

Proyecto de Ley

Contenido