principios del derecho diapo

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LA BUENA FE PRINCIPIOS DEL DERECHO Los principios generales del Derecho son los enunciados normativos más generales que, sin perjuicio de no haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de procedimientos formales, se entienden forman parte de él, porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos. Estos principios son utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en general, sea para integrar lagunas legales o para interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa.

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Page 1: Principios del derecho diapo

LA BUENA FEPRINCIPIOS DEL

DERECHOLos principios generales del Derecho son los enunciados normativos más

generales que, sin perjuicio de no haber sido integrados al ordenamiento

jurídico en virtud de procedimientos formales, se entienden forman parte de él,

porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares o

recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos.

Estos principios son utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores de

doctrina y por los juristas en general, sea para integrar lagunas legales o para

interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa.

Page 2: Principios del derecho diapo

LA BUENA FE

PRINCIPIO DE LA BUENA FE

El principio de la buena fe es un principio constitucional que obliga

a que las autoridades públicas y a la misma ley, a que presuman la

buena fe en las actuaciones de los particulares, y obliga a que tanto

autoridades públicas como Recordemos lo que dice el artículo 83 de

la constitución política colombiana, sobre el principio de la buena fe:

Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas

deberán ceñirse a los postulados de buena fe, la cual se presumirá

en todas las gestiones que aquéllos adelanten ante éstas los

particulares actúen de buena fe.

Page 3: Principios del derecho diapo

LA BUENA FEPRINCIPIO DE BUENA

FE EN EL MUNDOLa buena fe ha sido, desde tiempos inmemoriales, uno de los

principios fundamentales del derecho, ya se mire por su aspecto

activo, como el deber de proceder con lealtad en nuestras

relaciones jurídicas, o por el aspecto pasivo, como el derecho a

esperar que los demás procedan en la misma forma. En general,

los hombres proceden de buena fe: es lo que usualmente ocurre.

Además, el proceder de mala fe, cuando media una relación

jurídica, en principio constituye una conducta contraria al orden

jurídico y sancionada por éste. En consecuencia, es una regla

general que la buena fe se presume: de una parte es la manera

usual de comportarse; y de la otra, a la luz del derecho, las faltas

deben comprobarse. Y es una falta el quebrantar la buena fe.

Page 4: Principios del derecho diapo

LA BUENA FELA BUENA FE EN

COLOMBIAEl estudio que se presenta a consideración del lector pretende profundizar

en el principio de buena fe, en sus aspectos más generales,

para luego derivar el análisis a la que se ha denominado como “buena

fe contractual”, dado el campo particular en el que ella actúa. En

relación con esta última, que cumple importantes funciones en todo

el derecho de las obligaciones y de los contratos, se destaca la función

que ella desempeña en la integración del contenido contractual,

particularmente en cuanto, ante el silencio de las partes, la buena fe

incorpora en el programa de derechos y deberes derivados del contrato,

todos aquellos que surgen de la naturaleza misma de la relación

o los que resultan ordinarios en la regulación de la figura típica

de la que se trate (artículos 1603 del Código Civil y 871 del Código

de Comercio)

Page 5: Principios del derecho diapo

LA BUENA FELA BUEN LA FE EN

ROMA

La buena fe (del latín, bona fides) es un principio

general del Derecho, consistente en el estado mental

de honradez, de convicción en cuanto a la verdad o

exactitud de un asunto, hecho u opinión, título de

propiedad, o la rectitud de una conducta. Ella exige

una conducta recta u honesta en relación con las

partes interesadas en un acto, contrato o proceso. En

ocasiones se le denomina principio de probidad