primer taller evaluativo introduccion a la farmacia

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1. A PARTIR DE LAS SIGLAS QUE SE DAN A CONTINUACIÓN, INDIQUE SU SIGNIFICADO E IMPORTANCIA TANTO EN EL SECTOR INDUSTRIAL- FARMACÉUTICO Y/O EL SECTOR SALUD. ALGUNAS DE LAS SIGLAS CORESPONDEN A TÉRMINOS EN INGLÉS. TÉRMINOS DE USO INDUSTRIAL- FARMACÉUTICO Y DEL SECTOR SALUD TÉRMINOS MÉDICOS OMS BPA ESE SGSSS ARV/VIH OPS ARC IPS DSSA SIDA INVIMA DCI EPS METROSALUD HTA FDA ISO ARL SISBÉN EPOC ICONTEC SFT ARS COFYTE EDA SIC PRM FOSYGA CTC ECV BPM RNM POS I&D ORL BPL PRUM PAB OTC SNC BPE LASA APS/APS-R ORGANIZACIONES/ASOCIACIONES AQUIFAR ASERFAR ACCYTEC ACEQF AFIDRO ASINFAR FIP APHA OFIL TÉRMINOS DE USO INDUSTRIAL- FARMACÉUTICO Y DEL SECTOR SALUD OMS: organización mundial de la salud. Es la responsable de desempeñar una función de liderazgo en los asuntos sanitarios mundiales, configurar la agenda de las investigaciones en salud, establecer normas, articular opciones de

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1. A PARTIR DE LAS SIGLAS QUE SE DAN A CONTINUACIN, INDIQUE SU SIGNIFICADO E IMPORTANCIA TANTO EN EL SECTOR INDUSTRIAL-FARMACUTICO Y/O EL SECTOR SALUD. ALGUNAS DE LAS SIGLAS CORESPONDEN A TRMINOS EN INGLS.

TRMINOS DE USO INDUSTRIAL- FARMACUTICO Y DEL SECTOR SALUDTRMINOS MDICOS

OMSBPAESESGSSSARV/VIH

OPSARCIPSDSSASIDA

INVIMADCIEPSMETROSALUDHTA

FDAISOARLSISBNEPOC

ICONTECSFTARSCOFYTEEDA

SICPRMFOSYGACTCECV

BPMRNMPOSI&DORL

BPLPRUMPABOTCSNC

BPELASAAPS/APS-R

ORGANIZACIONES/ASOCIACIONES

AQUIFARASERFARACCYTECACEQFAFIDRO

ASINFARFIPAPHAOFIL

TRMINOS DE USO INDUSTRIAL- FARMACUTICO Y DEL SECTOR SALUDOMS: organizacin mundial de la salud. Es la responsable de desempear una funcin de liderazgo en los asuntos sanitarios mundiales, configurar la agenda de las investigaciones en salud, establecer normas, articular opciones de poltica basadas en la evidencia, prestar apoyo tcnico a los pases y vigilar las tendencias sanitarias mundiales

BPA: buenas prcticas de almacenamiento

Las buenas prcticas de almacenamiento (BPA), constituyen un conjunto de normas mnimas obligatorias de almacenamiento que deben cumplir los almacenamientos de importacin, distribucin, dispensacin y expendio de productos farmacuticos y afines, respecto a las instalaciones, equipamientos y procedimientos operativos, destinados a garantizar el mantenimiento de las caractersticas y propiedades de los productos.

ESE: Empresa social del estado.Institucin prestadora de servicios de salud que en el SGSSS tiene la funcin de prestar los servicios en el respectivo nivel de atencin a los afiliados y beneficiarios de los distintos regmenes en los que se divide el sistema

SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud.El SGSSS est bajo la orientacin, regulacin, supervisin, vigilancia y control del Gobierno nacional y del ministerio de salud y atender las polticas, planes, programas y prioridades del Gobierno en la lucha contra las enfermedades y en el mantenimiento y educacin, informacin y fomento de la salud.

OPS: Organizacin panamericana de la salud

Organismo internacional de salud pblica, dedicado a mejorar la salud y las condiciones de vida de los pueblos de las Amricas. Es parte del Sistema de las Naciones Unidas y Oficina Regional para las Amricas de la Organizacin Mundial de la Salud. La OPS es tambin la agencia especializada en salud del Sistema Interamericano de la OEA (Organizacin de Estados Americanos).

ARC: Administracin de Riesgo a la CalidadIPS: Instituciones prestadoras de servicio.Son los entes que deben ser subcontratados por las EPS para suministrar la atencin que demanden sus afiliados cotizantes y beneficiarios en cuanto a afecciones en su salud se refiere.

DSSA: Direccin seccional de salud de Antioquia.rgano de gestin y control de los servicios de salud departamentales

INVIMA: Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos.El INVIMA tiene gran importancia, ya que este instituto cumple las funciones de inspeccin, vigilancia y control a los establecimientos productores y comercializadores de los productos a que hace referencia el artculo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las dems normas que lo modifiquen o adicionen, sin perjuicio de las que en estas materias deban adelantar las entidades territoriales, durante las actividades asociadas con su produccin, importacin, exportacin y disposicin para consumo.

DCI: Denominacin comn internacional.Las denominaciones comunes internacionales (DCI) identifican sustancias farmacuticas o ingredientes farmacuticos activos. Cada DCI es un nombre nico reconocido en todo el mundo y de dominio pblico. Las denominaciones comunes tambin se conocen como nombres genricos.

EPS: Entidad promotora de salud.

Promueven servicios mdicos a usuarios en un esquema de aseguramiento. Las personas se afilian a las EPS para luego ser atendidas en clnicas y hospitales, las cuales s brindan los servicios mdicos pero no cobran por estos a los pacientes.

METROSALUD: Red pblica hospitalaria del Municipio de Medelln.Brinda servicios de salud a la poblacin ms vulnerable de la ciudad

FDA: Food and Drug Administration: Agencia de Alimentos y Medicamentos

ISO: International organization for standardization: Organizacion Internacional de Normalizacion. Organismo encargado de promover el desarrollo de normas internacionales de fabricacin, comercio y comunicacin para todas las ramas industriales.

ARL: Administradora de Riesgos Laborales.Entidades que tienen como objetivo prevenir, proteger y atender a los trabajadores contra Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que puedan ocurrir en el trabajo que desarrollan.

SISBN: Sistema de identificacin de Potenciales Beneficiarios de Programas sociales.

El Sisbn es el sistema de informacin diseado por el Gobierno Nacional para identificar a las familias potenciales beneficiarias de programas Sociales.

ICONTEC: Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin.

Empresa multinacional de servicios que contribuye a la generacin de confianza en la sociedad y al desarrollo sostenible de las organizaciones.

SFT: Servicio de Seguimiento FarmacoteraputicoARS: Administradoras de Riesgos de Salud

COFYTE: Comit de Farmacia y Teraputica.Implementa polticas para la seleccin de medicamentos y dispositivos mdicos, su uso adecuado y la evaluacin en su uso teraputico.

SIC: Superintendencia de Industria y Comercio.La SIC salvaguarda los derechos de los consumidores, protege la libre y sana competencia, acta como autoridad nacional de la propiedad industrial y defiende los derechos fundamentales relacionados con la correcta administracin de datos personales.

PRM: Problemas relacionados con medicamentos

FOSYGA: Fondo de solidaridad y garantaFue creado para garantizar la compensacin entre las personas de diferentes ingresos y riesgos, la solidaridad del Sistema General de Seguridad Social en Salud y cubrir los riesgos catastrficos y los accidentes de trnsito.CTC: Comits Tcnico Cientficos de las entidades Promotoras de Salud y de la Junta Tcnico Cientfica de pares de laSuperintendencia Nacional de Salud

BPM: Buenas prcticas de manufacturaEl cumplimiento de las BPM es clave para prevenir efectos en la integridad de los alimentos y mejorar el control a lo largo dela cadena agroalimentaria adems las BPM brindan elementos para prevenirla llegada de agentes microbiolgicos, fsicos y qumicos a los alimentos.RNM: Resultados clnicos negativos derivados de la farmacoterapia.

POS: Plan obligatorio de salud

I&D: Investigacin y desarrollo

BPL: Buenas prcticas de laboratorioLas normas BPL constituyen, en esencia, una filosofa de trabajo, son un sistema de organizacin de todo lo que de alguna forma interviene en la realizacin de un estudio o procedimiento encaminado a la investigacin de todo producto qumico o biolgico que pueda tener impacto sobre la especie humana. Las normas inciden en cmo debe trabajar a lo largo de todo el estudio, desde su diseo hasta el archivo.PRUM: Problemas relacionados con el uso de medicamentos

PAB: Plan de atencin bsica

OTC: Over The Counter, El medicamento de venta libre.BPE: Buenas prcticas de elaboracin

LASA: Latin American studies Association

APS/APS-R: Atencin primaria de la Salud.

TERMINOS MEDICOS

ARV/VIH: Antirretroviral / Virus de Inmunodeficiencia HumanaEs una terapia combinada como TARGA, los cuales son medicamentos que tratan al VIH. Los medicamentos ni matan ni curan al virus, pero cuando tomado en combinacin, pueden prevenir la reproduccin del virus, adems este tipo de tratamiento es para mejorar la calidad de vida de los pacientes. En cuanto a su comercializacin, el coste directo de estos medicamentos es muy alto, pero su elevada efectividad reduce la utilizacin de otros servicios sanitarios y suponer un ahorro neto para el sistema sanitario.SIDA: Sndrome de inmunodeficiencia adquiridaEl virus ataca el sistema inmunitario. A medida que el sistema inmunitario se debilita, el cuerpo es vulnerable a infecciones y cnceres potencialmente mortales. Una vez que una persona tiene el virus, ste permanece dentro de su cuerpo de por vida. Su tratamiento se basa ms que todo en la terapia antirretroviral.HTA: Hipertensin arterialEs el aumento de la presin arterial de forma crnica. Es una enfermedad que no da sntomas durante mucho tiempo y, si no se trata, puede desencadenar complicaciones severas como un infarto de miocardio, una hemorragia o trombosis cerebral, lo que se puede evitar si se controla adecuadamente.

La hipertensin no puede curarse en la mayora de los casos, pero puede controlarse. En general debe seguirse un tratamiento regular de por vida para bajar la presin y mantenerla estable. Las pastillas son slo parte del tratamiento de la hipertensin, ya que el mdico tambin suele recomendar una dieta para perder peso y medidas como no abusar del consumo de sal, hacer ejercicio con regularidad.EPOC: Enfermedad pulmonar obstructiva crnicaEs una enfermedad progresiva que causa dificultad para respirar, puede causar tos con produccin de grandes cantidades de mucosidad, sibilancias, falta de aliento, presin en el pecho y otros sntomas. En cuanto a su tratamiento se emplean: Esteroides por va oral o a travs de una vena (por va intravenosa), Broncodilatadores a travs de un nebulizador, Oxigenoterapia, Asistencia durante la respiracin desde un mquina (a travs de una mscara, BiPAP o sonda endotraqueal).EDA: Enfermedad diarreica agudaLa diarrea es una enfermedad intestinal generalmente infecciosa y autolimitada, caracterizada por evacuaciones lquidas o disminuidas de consistencia y frecuentes, casi siempre en nmero mayor a tres en 24 horas con evolucin menor de dos semanas.

Las EDA han constituido un problema importante de salud pblica en el mundo; dichas enfermedades afectan a todos los grupos de edad, sin embargo los ms vulnerables son los menores de 5 aos. El tratamiento vara de acuerdo a las condiciones en las que se presente la enfermedad, los ms comunes son: Ampicilina 100 mg/kg/da V.O. divididos en cuatro tomas al da durante 5 das, Tinidazol 5 mg/kg/da una vez al da por 3 das V.O., Furazolidona 7.0 mg/kg/da dividido en 4 dosis al da durante 5 das VO.ECV: Enfermedad cerebro vascular / Enfermedad cardiovascular

ORL: Otorrinolaringologa

SNC: Sistema nervioso central

ORGANIZACIONES/ASOCIACIONES

AQUIFAR: Asociacin de Qumicos Farmacuticos de Antioquia

ASERFAR: Asociacin de Estudiantes y Tecnlogos Regentes de Farmacia

ACCYTEC: Asociacin Colombiana de Ciencia y Tecnologa Cosmtica

ACEQF: Asociacin Colombiana de Estudiantes de Qumica Farmacutica

AFIDRO: Asociacin de Laboratorios Farmacuticos de Investigacin y Desarrollo

ASINFAR: Asociacin de Industrias Farmacuticas Colombianas

FIP: International Pharmaceutical Federation

APHAOFIL:America Pharmacists Association

2. CONSULTAR LAS DEFINICIONES DE:

MEDICAMENTOS ESENCIALES: La Organizacin Mundial de la Salud (OMS), define medicamento esencial aquel que cubre las necesidades de atencin de salud prioritarias de la poblacin. El comit de expertos de la OMS defini desde 1977 un listado de Medicamentos Esenciales para las necesidades de atencin en salud de una poblacin especfica que ayuda a cada pas a establecer prioridades con respecto a la adquisicin y distribucin de los medicamentos, reduciendo as los costos para el sistema de salud.

MEDICAMENTOS GENRICOS (DCI): Nombre empleado para distinguir el principio activo que no est amparado por una marca de fbrica. El nombre genrico corresponde generalmente con la Denominacin Comn Internacional recomendada por la OMS y es usado comnmente por los fabricantes y reconocido por la autoridad competente para denominar productos farmacuticos que tienen el mismo principio activo.MEDICAMENTOS COMERCIALES: Es el medicamento en su descripcin comn con una marca o signo distintivo comercial definido. Incluye aquellos medicamentos comercializados con su Denominacin Comn Internacional (DCI), que en su empaque tienen un signo distintivo que los diferencia de otros medicamentos comercializados de la misma manera.MEDICAMENTOS INNOVADORES: Un medicamento innovador u original es aquel que contiene un principio activo nuevo, con el que se ha realizado un proceso de investigacin y desarrollo completo, desde su sntesis qumica hasta su utilizacin clnica. El laboratorio productor, propietario de los derechos, lo comercializa bajo un nombre de marca registrada.MEDICAMENTOS HURFANOS: se considera medicamento hurfano aquel destinado a la prevencin, diagnstico o tratamiento de enfermedades raras o de enfermedades graves ms comunes pero que difcilmente sera comercializado por falta de perspectivas de venta una vez en el mercado. Este ltimo punto es importante puesto que ms del 90 % de los medicamentos comercializados provienen de la industria farmacutica, la cual antes de invertir en la investigacin y desarrollo (I+D) de una nueva terapia, debe calcular si podrn recuperar mediante ventas dicha inversin que puede llegar a ser del orden de unos 200 millones de euros.MEDICAMENTOS BIOSIMILARES: Los medicamentos biolgicos (tambin llamados biofarmacuticos) se componen de protenas tales como hormonas (hormonas de crecimiento, insulinas, eritropoyetinas), enzimas producidas naturalmente por el cuerpo humano o anticuerpos monoclonales, pero tambin de productos sanguneos, medicamentos inmunolgicos (como sueros y vacunas), alrgenos y productos tecnolgicos avanzados (como productos de terapia gnica y celular. Como todos los medicamentos, los biolgicos funcionan interactuando con el cuerpo para producir un resultado teraputico, si bien los mecanismos que utilizan varan en funcin del producto y de las indicaciones. Los productos biotecnolgicos, tanto los innovadores como sus genricos, llamados biosimilares, son el resultado de la manipulacin tecnolgica de organismos vivos, que sirven para tratar enfermedades como el cncer.Los medicamentos biosimilares se desarrollan sistemticamente, con la finalidad de que sean altamente similares al producto de referencia en cuanto a calidad, seguridad y eficacia

3. CONSULTAR SOBRE LOS NIVELES DE COMPLEJIDAD, TANTO DE LOS SERVICIOS ASISTENCIALES (IPS) COMO DE LOS SERVICIOS FARMACUTICOS. QUE PAPEL JUEGA EL Q.F Y EL TRF EN ESTOS LTIMOS? (Normas adicionales al decreto 2200 de 2005)NIVEL DE COMPLEJIDAD

SERVICIOS ASISTENCIALES: La denominacin de Niveles de Complejidad y Niveles de Atencin, viene siendo desarrollada desde antes de la Ley 100/93, con un antecedente inicial en la Ley 10 de 1990 y en el Decreto 1760 de 1990. Estas definiciones se ajustan luego del ao 1993 y la Resolucin 5261 de 1994 hace la precisin sobre los Niveles de Complejidad, estableciendo los siguientes:

NIVEL I: Mdico general y/o personal auxiliar y/o paramdico y/o de otros profesionales de la salud no especializados.

NIVEL II: Mdico general y/o profesional paramdico con interconsulta, remisin y/o asesora de personal o recursos especializados.

NIVEL III y IV: Mdico especialista con la participacin del mdico general y/o profesional paramdico.

Dentro de estos Niveles de Complejidad se establecen los Niveles de Atencin quirrgica, responsabilizando para los diferentes Niveles de Complejidad diferentes Niveles de

Atencin, de la siguiente forma:

NIVEL I: GRUPOS QUIRRGICOS 01, 02, 03.

NIVEL II: GRUPOS QUIRRGICOS 04, 05, 06, 07, 08.

NIVEL III: GRUPOS QUIRRGICOS 09 Y SIGUIENTES.

NIVEL IV: Se establece de acuerdo al procedimiento practicado en las patologas catastrficas.SERVICIOS FARMACEUTICOS

GRADOS DE COMPLEJIDAD. El servicio farmaceutico sera de baja, mediana y alta complejidad

1. Servicio farmacutico de baja complejidad. Realizar basicamente los procesos siguientes:

a) Seleccin de medicamentos y dispositivos mdicos.

b) Adquisicion de medicamentos y dispositivos mdicos.

c) Recepcion y almacenamiento de medicamentos y dispositivos mdicos

d) Distribucion de medicamentos y dispositivos mdicos

e) Dispensacion de medicamentosf) Participacion en grupos interdisciplinarios

g) Informacion y educacion al paciente y la comunidad sobre el uso adecuado de medicamentos y dispositivos medicos.

h) Destruccion o desnaturalizacion de medicamentos

2. Servicio farmaceutico de mediana y alta complejidad. Ademas de las actividades anteriores y/o procesos del servicio farmaceutico de baja complejidad, realizara los procesos siguientes:

a) Atencion farmaceuticab) Preparaciones magistrales

c) Mezclas de nutricin parenteral.d) Mezclas y/o adecuacon y ajuste de concentraciones de medicamentos oncologicos.

e) Adecuacion y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas.

f) Reempaque y/o reenvase de medicamentos dentro del sistema de Distribucion de Medicamentos en Dosis Unitaria, para pacientes hospitalizados y/o ambulatorios en casos especiales.

g) Preparaciones extemporneas

h) Control, dispensacin y distribucion de radiofrmacos.

i) Investigacion clinicaj) Realizacin o participacin en estudios sobre farmacoepidemiologia, uso de antibioticos, farmacia clinica y cualquier tema relacionado de inters para el paciente, el servicio farmaceutico, las autoridades del sector y la comunidad.4. CONSULTAR ASPECTOS RELACIONADOS CON LA CALIDAD DE LA PRESCRIPCIN (Decreto 2200 de 2005)

CAPITULO IVDE LA PRESCRIPCIN DE LOS MEDICAMENTOSArtculo 16. Caractersticas de la prescripcin. Toda prescripcin de medicamentos deber hacerse por escrito, previa evaluacin del paciente y registro de sus condiciones y diagnstico en la historia clnica, utilizando para ello la Denominacin Comn Internacional (nombre genrico) y cumpliendo los siguientes requisitos:

1. Solo podr hacerse por personal de salud debidamente autorizado de acuerdo con su competencia.

2. La prescripcin debe ser en letra clara y legible, con las indicaciones necesarias para su administracin.

3. Se har en idioma espaol, en forma escrita ya sea por copia mecanogrfica, medio electromagntico y/o computarizado.

4. No podr contener enmendaduras o tachaduras, siglas, claves, signos secretos, abreviaturas o smbolos qumicos, con la excepcin de las abreviaturas aprobadas por el

Comit de Farmacia y Teraputica de la Institucin.5. La prescripcin debe permitir la confrontacin entre el medicamento prescrito y el medicamento dispensado (en el caso ambulatorio) y administrado (en el caso hospitalario) por parte del profesional a cargo del servicio farmacutico y del Departamento de Enfermera o la dependencia que haga sus veces.

6. La prescripcin debe permitir la correlacin de los medicamentos prescritos con el diagnstico.

7. La dosis de cada medicamento debe expresarse en el sistema mtrico decimal y en casos especiales en unidades internacionales cuando se requiera.

8. Cuando se trate de preparaciones magistrales, adems de los requisitos de prescripcin, se debe especificar claramente cada uno de los componentes con su respectiva cantidad.

Artculo 17. Contenido de la prescripcin. La prescripcin del medicamento deber realizarse en un formato el cual debe contener, como mnimo, los siguientes datos cuando estos apliquen:

1. Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud que prescribe, direccin y nmero telefnico o direccin electrnica.

2. Lugar y fecha de la prescripcin.

3. Nombre del paciente y documento de identificacin.

4. Nmero de la historia clnica.

5. Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro).

6. Nombre del medicamento expresado en la Denominacin Comn Internacional (nombre genrico).

7. Concentracin y forma farmacutica.

8. Va de administracin.

9. Dosis y frecuencia de administracin.

10. Perodo de duracin del tratamiento.

11. Cantidad total de unidades farmacuticas requeridas para el tratamiento, en nmeros y letras.

12. Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor.

13. Vigencia de la prescripcin.

14. Nombre y firma del prescriptor con su respectivo nmero de registro profesional.5. CONSULTAR ACERCA DE LA DEFINICIN DE LOS TRMINOS:

a. CERTIFICACIN (Ejemplo: Certificacin en BPM)

b. ACREDITACIN (Ejemplo en BPL y en la parte de Educacin- Programas Acadmicos)

c. HABILITACIN (Ejemplo de las Entidades de Salud y los Servicios Farmacuticos)

a) CERTIFICACIN

Como cada mbito profesional, el mundo de la Calidad y de la Certificacin tiene su vocabulario especfico y es muy importante aprenderlo. Las definiciones siguientes provienen de las normas ISO 8402, ISO 65 y de la Gua ISO/CEI 2. Lacertificacines el procedimiento mediante el cual un organismo da una garantapor escrito, de que un producto, un proceso o un servicio estn conforme a los requisitos especificados.La certificacin es en consecuencia el medio que est dando la garanta de la conformidad del producto a normas y otros documentos normativos. La certificacin se materializa en un certificado: Elcertificadoes undocumento emitido conforme a las reglas de unsistema de certificacin,que indica con un nivel suficiente de confianza, que un producto, proceso o servicio debidamente identificado, est conforme a una norma o a otro documento normativo especificado.

Ventajas de la certificacin Identificar y diferenciar el producto;

Dar credibilidad al trmite mediante la garanta de un organismo de certificacin independiente de los intereses econmicos en juego;

Crear valor agregado a todos los niveles de una cadena de produccin determinada;

Ser mejor conocido y reconocido;

Ganar y/o conservar la confianza de los consumidores;

Eventualmente, beneficiarse de una promocin colectiva.

b) ACREDITACIN

En el marco de la certificacin de productos, la ACREDITACIN es el reconocimiento de la conformidad de un organismo de certificacin a los requisitos de la norma ISO 65.

La acreditacin garantiza el reconocimiento mutuo de los organismos de certificacin a nivel internacional. UnOrganismo de acreditacines un organismo tercero que procede a la acreditacin de un organismo de certificacin

La norma de referencia es la ISO 65 (o EN 45011). "Requisitos generales relativos a los organismos que proceden a la certificacin de productos". Se trata de una norma cercana a la norma ISO 9001 "Sistema de administracin de la calidad". La acreditacin se parece en consecuencia a una certificacin de empresa de clase ISO 9001.

La diferencia est en el hecho de tratarse de un tipo particular de empresa, ya que se trata de un organismo cuya actividad es "proceder a la certificacin de productos", la que requiere criterios particulares (independencia, imparcialidad, etc.) que no son los criterios de las normas ISO 9000. Mientras el organismo certificador "certifica" un producto, un proceso o un sistema calidad, un organismo de acreditacin "acredita al organismo certificador". Del mismo modo, estos organismos de acreditacin deben proceder conforme a una norma, la ISO 61 "Requisitos generales para la evaluacin y la acreditacin de los organismos de certificacin". No existen organismos de acreditacin de los organismos que acreditan; su legitimidad se funda en el reconocimiento mutuo y en la participacin de las autoridades pblicas dentro de sus estructuras.

La acreditacin es relevante para los organismos de certificacin porque: Declara que los organismos acreditados son competentes e imparciales;

Les permite, a nivel internacional, conseguir la aceptacin de sus prestaciones y el reconocimiento de sus competencias.

Unifica y simplifica los numerosos trmites de reconocimiento de los operadores;

Evita a las empresas exportadoras los reiterados controles que deben pasar para tener acceso a los mercados internacionales;

Establece y promueve la confianza a nivel nacional e internacional al comprobar la competencia de los operadores en cuestin.

c) HABILITACIN

Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones bsicas de capacidad tecnolgica y cientfica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad tcnico administrativa, indispensablespara la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestacin de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB).

El sistema de habilitacin, un facilitador del incentivo legal para la calidad de la atencin en salud, es un componente obligatorio y estatal del Sistema de Garanta de Calidad y constituye la herramienta definida para autorizar el ingreso y la permanencia de los prestadores de servicios de salud en el sistema de salud. Su propsito fundamental es proteger a los usuarios de los potenciales riesgos propios de la prestacin de servicios de salud.

Dentro de las responsabilidades del Estado colombiano est la de proteger la vida, los derechos a la seguridad social y a la salud de todas las personas residentes en Colombia. As mismo, tiene a su cargo la organizacin, direccin y reglamentacin de los servicios pblicos de atencin de la salud y saneamiento ambiental y ejercer la vigilancia y control de la prestacin de servicios de salud. Es su deber legal el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, as como la informacin que debe suministrarse al pblico en su comercializacin

El sistema de habilitacin contempla tres tipos de condiciones:

Suficiencia patrimonial y financiera

Condiciones tcnico-administrativas

Condiciones tecnolgicas y cientficas

REFERENCIAS (PGINAS):www.invima.gov.cowww.minproteccionsocial.govwww.tlc.gov.cohttp://new.paho.org/http://medline.gov/spanishhttp://www.fao.orghttp://www.minsalud.gov.cohttp://www.cgh.org.co/BIBLIOGRAFA DE REFERENCIA:Ley 100 de 1993

Decreto 2200 de 2005 y Reglamentarios