presuncion de inocencia en bolivia: los medios y periodistas

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Presunción de inocencia en Bolivia: académicos y especialistas advierten vulneración por parte de los medios y periodistas Soy inocente pero los medios dicen lo contrario Por Luis Fernando Cantoral Le parecía increíble. Casi como una pesadilla. Por primera vez en su vida, en 32 años, María se encontraba amanillada, sujetada por policías fuertemente pertrechados con cascos, pasamontañas y armas largas en una sala llena de periodistas, fotógrafos y camarógrafos. Muy cerca de ella, autoridades policiales y de gobierno la presentaban como “la peligrosa delincuente”. Cuando dijeron que era la cabecilla de una red internacional de terroristas, con 15 atentados en su haber, su mundo anímico se desplomó. “Esta es mi muerte civil”, se dijo para si misma, pensando en su entorno social, en su trabajo y su familia. Decenas de intermitentes flashes de fotógrafos y luces de camarógrafos buscaban el mejor plano y acercamiento para registrarla. Gritó su inocencia, soltó lágrimas de impotencia y de bronca, consideraba que aquello era un atropello y un abuso de autoridad. Ningún funcionario le dijo que iba a ser expuesta ante los medios. Se consumaba un juicio anticipado ante la sociedad. La sentencia estaba hecha, no fue necesario llegar a las instancias judiciales. El gobierno daba muestras de su eficiencia en la lucha contra el crimen, vulnerando el principio de presunción de inocencia y el debido proceso. “ Se encontraron evidencias y pruebas fehacientes que demuestran que estas personas (ella y sus acompañantes) son los autores de estos hechos en diferentes zonas de la ciudad de La Paz”, dijo el ministro de Gobierno, Carlos Romero. Las notas periodísticas, esa misma noche, en la televisión, la radio, los portales digitales y los periódicos del día siguiente, replicaban a cabalidad, como única verdad, el parte policial leído por el Ministro de Gobierno. Meses después, María lamentaba: “Te presentan como a una delincuente y luego nadie sabe lo que pasa contigo, ni siquiera se interesan, te deshumanizan, ya no eres un padre o una madre, ya no eres nada” ; señaló refiriéndose a los medios que reprodujeron la noticia. Agregó: ”Los medios podrán decirle a la población que soy la presunta culpable, pero quién va a creer eso luego de los cargos que me pusieron, para mi es difícil, dudo que ahora alguien quiera darme trabajo”. Pasaron 15 meses de los hechos; seis de ellos María estuvo recluida en un penal de mujeres, luego obtuvo la detención domiciliaria sin custodia con la que ya lleva nueve meses. Después de la grave denuncia en su contra, la fiscalía

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Presunción de inocencia en Bolivia: académicos y especialistas advierten vulneración por parte de los medios y periodistas Soy inocente pero los medios dicen lo contrario Por Luis Fernando Cantoral Le parecía increíble. Casi como una pesadilla. Por primera vez en su vida, en 32 años, María se encontraba amanillada, sujetada por policías fuertemente pertrechados con cascos, pasamontañas y armas largas en una sala llena de periodistas, fotógrafos y camarógrafos. Muy cerca de ella, autoridades policiales y de gobierno la presentaban como “la peligrosa delincuente”. Cuando dijeron que era la cabecilla de una red internacional de terroristas, con 15 atentados en su haber, su mundo anímico se desplomó. “Esta es mi muerte civil”, se dijo para si misma, pensando en su entorno social, en su trabajo y su familia. Decenas de intermitentes flashes de fotógrafos y luces de camarógrafos buscaban el mejor plano y acercamiento para registrarla. Gritó su inocencia, soltó lágrimas de impotencia y de bronca, consideraba que aquello era un atropello y un abuso de autoridad. Ningún funcionario le dijo que iba a ser expuesta ante los medios. Se consumaba un juicio anticipado ante la sociedad. La sentencia estaba hecha, no fue necesario llegar a las instancias judiciales. El gobierno daba muestras de su eficiencia en la lucha contra el crimen, vulnerando el principio de presunción de inocencia y el debido proceso. “Se encontraron evidencias y pruebas fehacientes que demuestran que estas personas (ella y sus acompañantes) son los autores de estos hechos en diferentes zonas de la ciudad de La Paz”, dijo el ministro de Gobierno, Carlos Romero. Las notas periodísticas, esa misma noche, en la televisión, la radio, los portales digitales y los periódicos del día siguiente, replicaban a cabalidad, como única verdad, el parte policial leído por el Ministro de Gobierno. Meses después, María lamentaba: “Te presentan como a una delincuente y luego nadie sabe lo que pasa contigo, ni siquiera se interesan, te deshumanizan, ya no eres un padre o una madre, ya no eres nada”; señaló refiriéndose a los medios que reprodujeron la noticia. Agregó: ”Los medios podrán decirle a la población que soy la presunta culpable, pero quién va a creer eso luego de los cargos que me pusieron, para mi es difícil, dudo que ahora alguien quiera darme trabajo”. Pasaron 15 meses de los hechos; seis de ellos María estuvo recluida en un penal de mujeres, luego obtuvo la detención domiciliaria sin custodia con la que ya lleva nueve meses. Después de la grave denuncia en su contra, la fiscalía

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hasta el momento no ha podido demostrar su responsabilidad. Ahora se encuentra a merced de la cuestionada justicia boliviana y olvidada por los medios de comunicación, aquellos que un día le dieron mucha “fama”. Este es uno de los muchos casos que han ocurrido en el país, donde el Estado y los operadores de justicia vulneran el principio constitucional de presunción de inocencia y de cómo los medios y los periodistas legitiman y justifican esta vulneración. Cuando las instituciones policiales y de gobierno, a través de los medios de comunicación, criminalizan a las personas imputadas por un delito, crean el llamado “juicio mediático” y violan el derecho de presunción de inocencia, que debe respetarse en tanto no se demuestre lo contrario por las vías legales y durante un juicio a cargo de un tribunal competente. Es conveniente que los periodistas y los medios de comunicación no olviden que su trabajo no es inofensivo, sino que siempre tiene consecuencias y estas pueden ser mucho más dramáticas cuando se trata de asuntos que tienen que ver con la policía y la justicia. La falta de formación y el factor rating Defensores de los derechos humanos, académicos de la comunicación, autoridades de gobierno y juristas, consideran que la vulneración del principio de presunción de inocencia por parte de los medios de comunicación y los periodistas se da por la falta de formación académica y por la mercantilización de la noticia. El presidente de Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), Antonio Vargas, dijo que existe una vulneración “frecuente y abusiva” del principio de presunción de inocencia, por parte de los periodistas que cubren las fuentes judiciales y policiales, por el desconocimiento que tienen del área. “Este fenómeno que se observa con carácter repetitivo en los medios de comunicación viene, desde mi perspectiva, por el profundo desconocimiento del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal, donde existen mecanismos legales que tienen como objetivo precisamente la protección de los ciudadanos”, manifestó Vargas. La “sentencia mediática” es muy difícil de podérsela quitar después, añadió. La ministra de Comunicación, Amanda Dávila, consideró que la vulneración a este derecho constitucional se debe a las “distorsiones del oficio”, producto en parte a la “ausencia de una capacitación permanente” y, por otra, a la “pauperización” en que se ha sumido la profesión por los bajos salarios. “Me parece que este oficio del periodismo se ha relajado mucho”, expresó. Como muestra de ello dijo que “algunos medios de comunicación televisivos presentan como sospechosas y presuntamente culpables a personas, cuando no hay un indicio que pudiera llevar a afirmar tal cosa, y cuando después la policía comprueba que esta situación no había sido así”.

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La presidenta de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos de Bolivia, Yolanda Herrera, sostuvo que “algunos camarógrafos o periodistas, por tener una noticia primicial y cubrir mercados, hacen que la cobertura sea lo más rápida e inmediata posible, sin tomar en cuenta este tipo de aspectos”. En algunos casos, principalmente los medios televisivos, refirió Herrera, “dicen que son presuntos delincuentes, sin embargo ya mostrándolos por televisión se vulnera el derecho a la imagen”. Para el exsecretario ejecutivo de la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (CSTPB), Remberto Cárdenas, en el país se vulnera este principio jurídico porque “se hace periodismo como salga” por la falta de formación ética en algunos colegas. El representante de la plataforma de investigación jurídica Acción Andina, Theo Roncken, advirtió una “actitud acrítica” de parte de los medios de comunicación y los periodistas “frente a la información que proveen los operadores de justicia, y en particular la policía”. Más allá del conjunto de estándares de calidad que se exigen en la cobertura de delitos, entre los periodistas no hay un conocimiento de los códigos de ética, refirió Bernardo Poma, responsable metodológico operativo del Observatorio Nacional de Medios (ONADEM). “Hay algunas recomendaciones periodísticas básicas que deberían cumplirse cotidianamente, pero lo que el Observatorio ha podido constatar es que las recomendaciones más básicas de la ecuanimidad, de la parte y contraparte, investigación, no se cumplen”, lamentó. Sondeo a periodistas del área de seguridad Un sondeo realizado a un grupo de periodistas de diferentes medios de comunicación que abordan temas de seguridad reveló que el 33 por ciento no conoce los códigos de ética periodística y las normativas vigentes, el 42 por ciento conoce de manera imprecisa o a medias, y sólo el 25 por ciento dijo conocerlos con claridad. Por las respuestas obtenidas, en general, los entrevistados no conocen la verdadera dimensión del principio de presunción de inocencia y su aplicación, y consideran que con sólo anteceder la palabra “presunto" es suficiente, aunque su misma nota periodística refuerce la culpabilidad de una persona.

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En cuanto a las respuestas obtenidas de los jefes de prensa y editores, se pudo advertir que conocen los principios para preservar la presunción de inocencia; dijeron que evitan mostrar el rostro de los inculpados y utilizan iniciales de los nombres, siempre señalando que se trata de presuntos o supuestos delincuentes. En el caso de los dos medios impresos consultados dijeron que presumían la inocencia así la persona haya sido detenida infraganti. “Sólo un juez puede decir que es culpable”, subrayaron. Sin embargo, estas afirmaciones no se cumplen de manera sostenida. De acuerdo al monitoreo realizado a las publicaciones, se estableció que sólo hay momentos en que cumplen las medidas citadas. El uso de la palabra “presunto”, “sospechoso” o “supuesto” se cumple en general en el texto, pero en el mismo se habla de el “cabecilla”, el “golpeador”, el “avezado”. Los representantes de tres medios televisivos indicaron que respetan la presunción de inocencia. Uno de ellos dijo que su medio evita mostrar los rostros y en todo caso sólo lo hacen cuando son presentados en conferencia de prensa. El otro medio señaló que hacen lo posible para preservar este derecho, aunque reconoció errores, y un tercero aceptó que al exponer a los detenidos ante la sociedad ya se incurre en una “condena civil”. En el monitoreo realizado se evidenció que los medios televisivos son los que vulneran más este principio fundamental. Incluso persiguen a los sindicados por la policía, cuando quieren evitar ser filmados, en su afán de lograr imágenes. Pero es la televisora estatal la que comete este ilícito de forma abusiva al estar a disposición de las autoridades gubernamentales. Le dedica mayor tiempo, mayor detalle y es mucho más fiel a la versión policial y de gobierno. Dos medios radiofónicos señalaron que protegen este principio utilizando siempre la palabra supuesto o presunto. Uno de ellos admitió que muchas veces por presentar la noticia rápidamente “estigmatizamos a las personas”. La falta de seguimiento e investigación es otro problema. “Sólo presentamos los casos y después no hacemos seguimiento”, expresaron.

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“Yo creo que el desconocimiento o el descontrol que existe respecto a este tema es generalizado porque en realidad los jefes de redacción o información tampoco conocen de sus áreas (…) porque tendrían que advertir ciertos detalles que van a vulnerar primero las normas, luego el marco jurídico establecido, pero también los códigos de ética y los manuales deontológicos que guían la actividad periodística”, refirió el presidente de la Asociación de Periodistas de La Paz. Casos específicos y normativa El código de ética de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) en el numeral 8 señala que “la consideración y la compasión deben llevar a los medios a respetar la vida privada de las personas y a no publicar nombre de sospechosos que no hubieran sido oficialmente imputados”. Agrega que “Tampoco deberían publicarse nombres ni fotografías de menores de edad que cometieran actos delictivos y estuvieran mezclados en incidentes o reyertas”, sin embargo este precepto es poco respetado. Cuando las autoridades de gobierno presentan ante los medios de comunicación a personas sospechosas de algún delito, lo hacen sólo con la versión policial, y la mayoría de los periodistas lo asumen como una sentencia. En agosto de 2011, cuatro ciudadanos peruanos fueron detenidos y presentados por el gobierno, ante los medios de comunicación, con los cargos de organización criminal y terrorismo. Aparecieron en las aperturas de los informativos, con nombres y apellidos. En este caso se vulneraron múltiples derechos incluso hubo tortura, situación que no fue percibida por los comunicadores pese al estado lamentable en que fueron expuestos por la policía. Expulsaron a tres de ellos, sin permitirles el derecho a la defensa, y al cuarto se le sigue un proceso en el país, que pese a haber trascurrido más de dos años del hecho aún no se le ha notificado. En este caso también se evidencia la falta de pruebas y donde “la justicia primero acusa y luego investiga”. En mayo de 2012 un grupo de jóvenes ambientalistas fueron presentados en la ciudad de La Paz por el Ministro de Gobierno Carlos Romero como responsables de una cadena de atentados terroristas a cajeros automáticos. Los medios y los periodistas reprodujeron la versión policial como única y no indagaron más allá. Expusieron a los inculpados ante la sociedad –con nombres y apellidos aunque dijeron supuestos- y en ningún momento se preguntaron por la posibilidad de que se estuviera cometiendo una injusticia o si se respetaron los procedimientos legales. Transcurrido casi año y medio después, no hay una acusación formal ni las pruebas suficientes. El 18 de abril de 2013, los medios publicaron sobre la detención de un supuesto sicario brasileño, quien habría dado muerte a sangre fría a un transeúnte, a plena luz del día, en una calle de Santa Cruz. El hecho fue registrado por cámaras de vídeo que luego fue reproducido por los canales de televisión en forma reiterativa. Los medios de comunicación no tomaron en cuenta la recomendación de la ANP y publicaron el nombre y la foto del

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brasileño. Días después el inculpado salió en libertad porque se comprobó que fue un error. El gobierno nunca lo admitió. Las detenciones con acusaciones sobre delitos graves son las que más llaman la atención de los medios y los periodistas porque “venden”, como señalan algunos jefes de prensa. Ahí ya no importa si el detenido fue torturado o si sus derechos fueron vulnerados sino el impacto que puedan conseguir en sus lectores. Con esos cargos pocos dudarán que los detenidos sean inocentes de las conductas que se les imputan. Incluso en algunas redacciones, los jefes de prensa y los editores, así como los periodistas, expresan el antelado y conocido juicio “si los han detenido por algo será”. El artículo 296, numeral 4, del Código de Procedimiento Penal señala que los policías “no deben permitir que los detenidos sean presentados a ningún medio de comunicación social, sin su expreso consentimiento”, y que eso sólo será posible “en presencia del abogado defensor”. En los casos mencionados, los operadores de justicia vulneraron el principio de presunción de inocencia, no respetaron la norma señalada, y por el contrario colaboraron para que esto se consumara; y los periodistas y los medios los legitimaron. El artículo 6 del mismo Código dice que toda persona inculpada en un hecho delictivo será “considerado inocente y tratado como tal en todo momento”. La presentación ante los medios constituye desde ya una primera instancia de vulneración. Las víctimas entrevistas relataron que nunca supieron –no les informaron- que las iban a exponer ante los medios de comunicación. Este actuar fue y sigue siendo la regla en el que hacer cotidiano de la justicia boliviana. Por los casos expuestos, se advierte en los periodistas, que abordan temas policiales y referidos a la justicia, tienen una idea preconcebida acerca de las personas imputadas, y hasta de las víctimas. Muchas veces sólo con información incompleta, desconocimiento de las etapas procesales y prejuicios, llegan a constituirse en “tribunales paralelos” y consuman de ese modo “juicios mediáticos” inapelables ante la sociedad. La mañana del 19 de junio, la presentadora de televisión Priscila Quiroga en la revista Levántate Bolivia calificó de “monstruo” a un hombre presentado por la policía como el responsable de la violación y muerte de una niña en Santa Cruz. La periodista decía que el sospechoso era el responsable del acto porque además que lo “confesaba”, según un video facilitado por la policía, “se ve que no siente ninguna culpa”. La conductora expresó: “a este monstruo se le debe dar mínimo de 30 años de cárcel” cuando ni siquiera el caso tenía una imputación fiscal. La periodista desconoce que cualquier confesión sin presencia del abogado defensor y del fiscal carece de validez, si es que ese fuera el caso. Tampoco se preguntó si existió tortura contra el sindicado para que se autoinculpara, siendo conocido, de acuerdo a los datos del ITEI (Instituto de Terapia e Investigación

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sobre las Secuelas de la Tortura y la Violencia Estatal) que el 90 por ciento de los casos de tortura ocurren en la etapa de la investigación policial. Además que la Defensoría del Pueblo recibe en promedio dos denuncias por día sobre tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes. Para la presentadora fue suficiente conocer los datos de la policía para emitir una “sentencia”, ignorando que “los indicios que pueda recolectar la policía sólo representan una de las partes en un juicio”, según señala el abogado penalista David Mogrovejo. “Sólo el juez determinará si las pruebas son válidas o no”, apuntó. A los periodistas les indigna de sobremanera los actos delictivos cuando se trata, principalmente, de víctimas mujeres y niños. Actúan emocionalmente y juzgan y condenan de manera inmediata e inapelable a los supuestos culpables, sin considerar su condición legal de inocentes y que al final podrían serlo. Editores, jefes de prensa y periodistas inmediatamente ceden a publicaciones que dañan los derechos de esas personas poniendo los nombres y las fotos en primera plana, creyendo que al citar el “presunto” es suficiente, para además olvidarse del caso. El académico español Francisco Barata aclara que la presunción de inocencia es un principio fundamental de la justicia y un signo de civilización por lo que debe entendérsela de manera integral. “Lo que presume la justicia es la inocencia y no la culpabilidad del imputado por lo que semántica y jurídicamente no hay lugar para el presunto delincuente”, cita en su libro Los mass media y la cultura del miedo. Es de conocimiento general que la justicia en el país es corrupta e inoperante, situación reconocida por el propio gobierno, por lo cual más del 85 por ciento de los internos en cárceles son detenidos preventivos; sin embargo, como periodistas se contribuye a que esa lista de detenidos preventivos engrose. La periodista Mery Vaca en su cuenta de Twitter comentó sobre la protesta de los internos de una cárcel de varones en La Paz: “Resulta que los presos de San Pedro defienden su honor porque los calificaron de violadores. Si están dentro, no deben ser blancas palomas”. Esta declaración da cuenta del prejuicio existente en muchos de los colegas que al final deriva en la vulneración de derechos y en la legitimación de la cuestionada justicia. El periodista e investigador mexicano Marco Lara Klahr concluye en relación a estos casos que “la práctica periodística se reduce a una autoridad que produce información violatoria de principios legales -presunción de inocencia, debido proceso, derecho a la reputación y derechos de las víctimas- y a la reproducción de los medios con las mismas fallas legales”. El representante del ONAEM manifestó que “si bien en temas de seguridad y delitos, la policía es una fuente confiable, no debería ser la única”. El código de ética periodística del Consejo Nacional de Ética dice en su numeral 11 que quienes dirigen los medios periodísticos y los y las periodistas deben “salvaguardar la presunción de inocencia, respetando las distintas etapas del proceso judicial” y no deben “emitir juicio anticipado sobre personas acusadas”.

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El código deontológico del periodista también llama a respetar la presunción de inocencia. La función social de los periodistas y los medios no es juzgar, demostrar pericialmente, resolver delitos, condenar o castigar, sino posibilitar el ejercicio ciudadano del derecho a la información y asegurarse de que los operadores y administradores de justicia del sistema penal respeten las leyes y los procedimientos, señala Lara Klahr.