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(CILP) C.I. La Plata (MO__) Manual Operativo CILP-MO__-4 Revisión: 0 Fecha: 2011-08-23 00:00:00 Página: 1 / 44 MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS CONTENIDO 1. CONTENIDO 2. ANEXOS Autor ALMEIDA FERREYRA, DIEGO LUIS Revisor/es Revisor Autorizador/es Autorizador Impresión: 16/02/2022

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

CONTENIDO

1. CONTENIDO

2. ANEXOS

Autor ALMEIDA FERREYRA, DIEGO LUISRevisor/es RevisorAutorizador/es Autorizador

Impresión: 12/05/2023

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS1. CONTENIDOConsideraciones previas:

El contenido del presente manual es enunciativo, no es taxativo. El contenido del presente manual está sujeto y cumple con lo establecido en el

procedimiento corporativo 382-PR609-LG-AR de YPF. No se aceptará la presentación de copias realizadas en fax. La presentación de fotocopias no legibles hará que no se audite la información

presentada o recibida. Las fotocopias deberán ser presentadas con firma y sello del responsable /

apoderado de la empresa, avalando en las mismas la leyenda “Es copia fiel”. El Estudio controlante, a su criterio, podrá exigir la presentación de originales de

la documentación a presentar. Para delegación de firmas se deberá presentar el Anexo XIV DECLARACION

JURADA DE FIRMA AUTORIZADA correctamente cumplimentado.

ContactosUUC / Auditoria de Contratos:

Internos: 28687/26046/26045/26009 fax: 28847Líneas directas: Agregar 44 delante del n° internoCorreo: [email protected]

Curso de Inducción Seguridad Industrial: Universidad Tecnológica Nacional Correo: [email protected]

Servicio Médico Laboral de Refino:Interno: 28542Servicio Médico Laboral de Química:Interno: 26257

Estudio contable: ORESTE & ASOCIADOS S.A., encargado de recibir la documentación por parte de las empresas, controlarlas, dar las altas y bajas del personal y emitir mensualmente las Hojas de Ruta (Informe Estudio).

Oficina La Plata: Calle 45 Nro. 989 (C.P. 1900)Lunes a viernes de 8:30 a 12 Hs. y de 14 a 16 Hs. Telefax. (0221) 424-2890/482-0483Sábados: de 9 a 12 Hs. No se atienden consultas telefónicas.Oficina Capital Federal: Maipú Nro. 267 6º pisoMartes y Jueves en el horario de 14 a 16 Hs. No se atienden consultas telefónicas.

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

INDICEPunto 1: Control previo al inicio de actividades Pág. 04a) Presentación del personal que prestará servicios para YPF Pág. 05b) Documentación a presentar en el estudio controlante Pág. 05c) Exámenes médicos Pág. 07d) Subcontrataciones Pág. 09e) Accidentes Pág. 09f) Seguros Pág. 09g) Solicitud de tarjetas de ingreso Pág. 10

Punto 2: Control al inicio de las actividades Pág. 11

Punto 3: Control durante la ejecución de las actividades Pág. 13a) Documentación a presentar mensualmente en el estudio controlante Pág. 14b) Renovación de tarjetas de ingreso Pág. 16

Punto 4: Control por finalización de las actividades Pág. 17

Punto 5: Armado de la documentación para la entrega mensual Pág. 21a) Control mensual de personal (Checklist de documentación Punto II) Pág. 22

Punto 6: Control de vehículos y equipos especiales Pág. 24a) Presentación de los vehículos que prestarán servicio para YPF Pág. 25b) Documentación a presentar en el estudio controlante Pág. 25c) Seguros Pág. 26d) Entrega de tarjetas habilitantes Pág. 27e) Presentación mensual en el estudio controlante Pág. 27

Punto 7: Metodología para la facturación Pág. 28

Punto 8: Sanciones por incumplimiento Pág. 30

AbreviaturasUUC: Unidad de Control de Contratistas La Plata.SRC: Sistema de Recursos Contratados.RRHH: Recursos Humanos YPF

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

CONTROL PREVIO AL INICIO DE LAS ACTIVIDADES

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PUNTO 1

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

1 CONTROL PREVIO AL INICIO DE LAS ACTIVIDADES

Ante cada nuevo contrato y/o con cada nuevo ingreso de personal, se realizarán los controles previstos en el presente apartado.Con una antelación mínima de 72 hs. hábiles previo al inicio de las actividades, las empresas contratistas y subcontratistas deberán afectar personal al contrato en el SRC para contar con la aprobación del inspector, UCC y RR.HH., ingresando además en el sistema los cursos realizados y toda información complementaria como Medicina Laboral y Seguros, requerida en el SRC.NOTA: No se procederá a la habilitación de recursos que no cuenten con su información cargada en forma completa en el SRC. (para aquellas empresas habilitadas en el sistema).Las empresas deberán presentar la siguiente documentación al Estudio controlante para su habilitación:

a) PRESENTACIÓN DEL PERSONAL QUE PRESTARÁ SERVICIO PARA YPF

Las empresas contratistas y subcontratistas deberán presentar en el estudio controlante la impresión del listado de recursos afectados del SRC avalado por el inspector. Para el caso de las empresas que no estén habilitados en el sistema deberán presentar el Anexo I, Formulario I “Listado de personal afectado al Contrato”, confeccionado en PC, ordenada alfabéticamente.

b) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL ESTUDIO CONTROLANTE

Junto con el Formulario I o listado de recursos afectados del SRC, se deberá presentar:

Caso 1. Documentación a presentar para el personal en relación de dependencia del Contratista y/o Subcontratista:

Declaración Jurada, firmada por el Representante legal de la Contratista, del Convenio Colectivo de Trabajo que regirá para el personal.

Copia del acuse de recibo del alta del trabajador en la AFIP firmada por el trabajador.

Impresión de la consulta realizada en la página de la AFIP que avale la vigencia de la relación laboral (Resolución general 1891 Art. 21).

Certificado de Cobertura de ART (incluyendo cláusula de no repetición a favor de YPF S.A.) actualizado a la fecha de ingreso, donde aparece el personal que se afectará al Contrato. Certificado de cobertura de seguro de vida obligatorio Dto. 1567/74 actualizado a la fecha de ingreso, que incluya la nómina de personal afectado al Contrato y pago (si no fue presentado con el F931).

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

Aprobación de curso de seguridad realizado para cada dependencia cargado en SRC.

Comprobantes de aprobación de los cursos realizados (si fueron cargados los mismos en el SRC).

Declaración de inicio de obra ante la ART.Adicionalmente para personal extranjero:

Visa que habilite al trabajador a ejercer un empleo (trabajo en relación de dependencia), teniendo en consideración el período legal de residencia en el país, en las categorías de: “residente permanente”, “residente temporario”, “residencia precaria”.

Adicionalmente para personal que conduce vehículos: Carnet de conducir emitido por autoridad competente.

Adicionalmente para choferes profesionales: Carnet habilitante para transporte de personal, cargas generales y/o cargas

peligrosas emitido por la CNRT. Para equipos y grúas deberá presentar carnet habilitante con la categoría que

corresponda y en el caso que requiera podrá exigirse la presentación de certificado de aptitud para la operación del equipo emitido por ente externo.

Caso 2. Documentación a presentar para personal independiente del Contratista y/o Subcontratista.

Declaración jurada sobre condiciones de trabajadores independientes según el modelo del Anexo II.

Constancia de Inscripción ante AFIP DGI. Contrato de locación de obra/servicio celebrado entre Contratista y/o

Subcontratista (caso de subcontrataciones) con el personal independiente. Constancias de pólizas de Seguros de accidentes personales y comprobante de

pago. Aprobación de curso de seguridad realizado para cada dependencia a ingresar.

Adicionalmente para personal extranjero: Visa que habilite al trabajador a ejercer un empleo por cuenta propia

(trabajador independiente), teniendo en consideración el período legal de residencia en el país, en las categorías de: “residente permanente”, “residente temporario”, “residencia precaria”.

Deben presentar un seguro que sea suficiente para cubrir con las Leyes del país de origen con extensión de cobertura a la República Argentina.

Adicionalmente para personal que conduce vehículos: Carnet de conducir emitido por autoridad competente.

Adicionalmente para choferes profesionales: Carnet habilitante para transporte de personal, cargas generales y/o cargas

peligrosas emitido por la CNRT.

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

Para equipos y grúas deberá presentar carnet habilitante con la categoría que corresponda y en el caso que requiera podrá exigirse la presentación de certificado de aptitud para la operación del equipo emitido por ente externo.

c) EXAMENES MEDICOS

Las empresas contratistas y subcontratistas de C.I.L.P., DLEA, C.T.A. y D.I. YPF deberán presentar los exámenes médicos preocupacionales, periódicos y/o de egreso firmados por su Médico laboral solo en el Servicio Médico de C.I.L.P.Para tal fin deberán completar el Anexo III, de la siguiente manera,La empresa deberá informar a que dependencia ingresa el personal tachando lo que no corresponda.Donde dice FECHA (margen superior izquierdo) se colocará la fecha de presentación en el Servicio Médico de YPF S.A.Columna (4) se detallará lo que se presenta (PREOCUPACIONAL, PERIODICO o EGRESO).Columna (5) se registrará la fecha en la cual fue realizado el examen médico.Columna (6) la empresa contratista y subcontratista (de corresponder) colocará siempre la tarea que se informa en el examen médico (Ej. Tareas livianas, pesadas, habilitación para conducir, etc.) El médico laboral de YPF S.A. tachará las personas que considere que no deben ingresar por razones médicas. Antes de realizar la presentación en el servicio médico del C.I.L.P., deberán primero e indefectiblemente cargar el personal en el SRC. Si la empresa presenta fuera del sistema SRC (ver con UCC), enviar un mail a la dirección [email protected] remitiendo una copia idéntica al Anexo III, en “asunto” se informara siempre el nombre de la empresa para la cual figuran los exámenes. El archivo deberá ser enviado en formato Excel o Word. Se debe tener en cuenta que al realizar la presentación de los exámenes, si el servicio médico no cuenta con el mail correspondiente, se devolverá la totalidad de la documentación presentada.

La recepción de dicha documentación no será comprobante de aptitud del personal informado en dicha planilla, hasta no ser revisada por profesionales competentes de YPF S.A., los que posteriormente cargaran el resultado en el sistema SRC para comunicado a la Empresa Contratista y al Estudio Controlante.

Muy importante: Las empresas contratistas y subcontratistas de C.I.L.P., D.L.E.A., C.T.A. y D.I. YPF deberán informar a sus empleados que tienen la obligación de denunciar al servicio médico de refino o química, según corresponda, todos los accidentes que ocurran, sin importar la magnitud del mismo. En caso de producirse una baja médica, para reiniciar las actividades la empresa debe presentar en el servicio médico el alta médica.

Documentación médica/laboral que deberá acompañar al Anexo II “Presentación Examen Médico” Exámenes de Ingreso/Periódicos

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

Se deben presentar las fotocopias de la siguiente documentación:

1. Historia clínica.2. Exámenes de laboratorio.3. Radiografía de tórax (Informe)4. Radiografía de columna lumbosacra (informe). En el caso del examen periódico,

ésta tiene una validez de 4 años.5. Audiograma.6. Electrocardiograma (informe).7. Tarea propuesta.8. Aptitud para la tarea propuesta.

Para los operarios que realicen trabajos de altura, técnicos en seguridad y responsables en seguridad se requerirá:

1. Examen equilibriométrico.2. Estudio neurológico (electroencefalograma).3. Estudio psicológico.

Para conducir cualquier tipo de maquina o vehículo deberá presentar:

1. Estudio neurológico (electroencefalograma)2. Estudio psicológico.

Nota: Se recuerda que es conveniente, a los efectos de evitar demoras en los trámites, se informe a los postulantes la obligatoriedad de concurrir al examen clínico con los lentes recetados – en caso de que los usen –, dado que de no alcanzar la visión necesaria requerida no será admitido hasta que realice la corrección.

Validez: Los exámenes médicos de aquellos operarios que tengan continuidad laboral, tienen un año de vigencia a partir de la fecha en la que fueron realizados, debiendo efectuar posteriormente el examen periódico.Los operarios que se desvinculen y luego sean reincorporados por la misma empresa, deberán presentar una actualización clínica, preferentemente realizada por la empresa médica que les efectuó el examen; este examen clínico no modifica la fecha de vencimiento del examen original.

Toda la documentación que se presente en el servicio médico de C.I.L.P. deberá ser en original y copia.

Control de alcoholemia: se informa a las empresas contratistas y subcontratistas la obligación de comunicarle a su personal lo siguiente:

El servicio médico de YPF S.A. realizará controles de alcoholemia y drogas en todos los puestos de ingreso.

De todos los controles que resulten positivos se labrará un acta en la cual se

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

notificará a la empresa y al jefe de servicio, y se enviará copia de dicha acta a Auditoría de Contratos de Refinería La Plata para ser grabada en una base de datos.

YPF S.A. autoriza al servicio médico de C.I.L.P. a realizar auditorías al azar a los empleados de las empresas contratistas. Dicha auditoria consiste en solicitar al trabajador el documento y realizar una descripción de la tarea que se encuentra realizando. Luego se controla la tarea que estaba realizando con la informada en el examen médico. En caso de no coincidir, la empresa contratista, será responsable y sujeta a las sanciones pertinentes.

d) SUBCONTRATACIONES

En los casos en que la empresa subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro de las instalaciones de C.I.L.P., D.L.E.A., C.T.A. y DI YPF, la empresa deberá presentar al Estudio Controlante el Anexo IV “Autorización para subcontratación”, detallando el nombre y apellido de la persona física o denominación de la persona jurídica que oficiará de subcontratista. De no contar con ella, la documentación de ingreso será rechazada.

e) ACCIDENTES

La empresa contratista o subcontratista que no cuente con la habilitación en el SRC, deberá cumplimentar los datos solicitados en Anexo V, donde se deberá informar el lugar de traslado en caso de accidentes graves del personal autónomo y en relación de dependencia.

f) SEGUROS

La empresa contratista o subcontratista que no cuenten con la habilitación en el SRC, deberá cumplimentar los datos solicitados en Anexo VI. Se deberá informar la Compañía de Seguros, el número de póliza y vigencia de los seguros colectivos de vida obligatorios, la aseguradora de riesgo de trabajo (ART) y la Compañía de seguros de accidentes personales.

IMPORTANTE: Ambos formularios se presentarán en el estudio controlante, conjuntamente con el resto de la documentación de alta.

Para las empresas que estén habilitadas en el SRC, deberán cargar estos datos en el sistema y no presentaran los formularios de los puntos e y f.Los certificados de cobertura serán extendidos en papel membrete de la compañía aseguradora y firmados por funcionario de la misma en todas las páginas que lo componen y con su sello aclaratorio. Además, la fecha de los certificados de cobertura será la del día en que se solicite el ingreso o dentro de los siete días anteriores a dicha solicitud debiendo indicar expresamente la existencia o no de deudas.Para el caso de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, el certificado deberá contener una cláusula de renuncia de subrogación en los siguientes términos:

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

“... ART o ... empleador autoasegurado, renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra YPF S.A., sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el Art. 39.5 de la Ley 24557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex – dependiente de ... (empresa contratista) ... alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.”

Para el personal autónomo que contrate el contratista principal, seguro de Accidentes Personales, la póliza de este seguro deberá contar como mínimo con:

Cobertura en caso de muerte: $ 500.000 Cobertura en caso de invalidez: $ 500.000 Contribución en los gastos de asistencia médico farmacéutica: $ 20.000Los seguros deberán contener las siguientes cláusulas de endoso:

“Beneficiario de la póliza: YPF S.A.” (cláusula excluyente). “Esta póliza no podrá ser modificada o anulada sin previo aviso por

escrito en un plazo no menor de 15 días a YPF S.A.”

No se aceptarán, bajo ninguna circunstancia certificados de cobertura, y toda otra documentación, expedida y firmada por productores asesores directos o brokers de seguros. Esto es válido para todos los seguros aquí tratados (ART, Vida Obligatorio y Accidentes Personales).

g) SOLICITUD DE TARJETAS DE INGRESO

La solicitud de tarjetas de ingreso deberá realizarse enviando en forma personal o por fax a la UCC (Auditoría de contratos) con antelación de 48 hs a la fecha de ingreso, nota en carácter de declaración jurada con nómina del personal, que contenga datos de Razón social de la empresa, número de DNI del personal a habilitar, contrato al cual está afectado, fecha solicitada de vencimiento de credenciales (la cual está sujeta a los vencimientos de exámenes y contrato para cada persona). Podrá ser según anexo I -formulario I o impresión del formulario de personal afectado del sistema SRC firmado por el responsable de la empresa.El envío y solicitud podrá realizarse durante el período de auditoría de documentación de la nómina de personal en espera del aval del Estudio controlante (será condición necesaria que estén cargados en SRC los exámenes correspondientes para cada persona).

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

CONTROL AL INICIO DE LAS ACTIVIDADES

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PUNTO 2

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

2 CONTROL AL INICIO DE LAS ACTIVIDADES

Al momento de ingresar a las instalaciones de YPF, el Contratista deberá disponer de la documentación que se detalla a continuación, tanto para el personal en relación de dependencia como para el personal independiente, la cual podrá ser exigida por el sector correspondiente:

DNI del personal o documento equivalente. Condiciones de seguridad establecidas en los procedimientos de la Compañía. Constancias de entrega de elementos de seguridad y protección (definidos por

MASC). El personal que conduzca vehículos deberá portar:

1. Carnet de conducir emitido por autoridad competente.2. Los chóferes profesionales deberá portar:3. Carnet habilitante para transporte de personal, cargas generales y/o

cargas peligrosas emitido por la CNRT (si aplica).4. Los vehículos y equipos especiales deberán transportar las

habilitaciones determinadas en el punto 6 de este procedimiento

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CONTROL DURANTE LA EJECUCION DE LAS

ACTIVIDADES

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PUNTO 3

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

3 CONTROL DURANTE LA EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES

a) DOCUMENTACION A PRESENTAR MENSUALMENTE EN EL ESTUDIO CONTROLANTE

Se deberá generar el “Informe mensual” (personal aplicado) en el SRC para ser avalado (bloqueado) por el inspector del contrato y presentar la impresión de dicho informe, además se deberá actualizar en el sistema toda la información de Estadística mensual MASyC, cursos, sueldos, seguros y medicina laboral. En los casos de las empresas que no estén habilitadas en el sistema deberán presentar el Anexo VII, Formulario II “Listado mensual de personal aplicado”, debidamente cumplimentando todas sus columnas. Mediante el mismo se informará mensualmente el personal aplicado (personal que efectivamente trabajó en el periodo), completando los siguientes datos:

Empresa contratista o subcontratista según corresponda CUIT Área donde se presta el servicio Numero de contrato. Periodo que se está informando Fecha de presentación de la documentación Listado de personal informado (nombre y número de CUIL)

El mismo será confeccionado en PC, ordenado Alfabéticamente.

Luego, para todo el personal afectado al contrato (esto incluye tanto al personal aplicado, como a los relevos no aplicados) la contratista debe presentar la siguiente documentación:

Caso 1. Documentación a presentar para personal en relación de dependencia del

Contratista y/o Subcontratista:

Constancia de acreditación bancaria de sueldos. (Solicitud a criterio del estudio controlante)

Recibo de sueldos del personal afectado a YPF S.A. AFIP formulario 931 (de Aportes y Contribuciones), acuse de presentación de

DDJJ ante AFIP, tickets de pago y en caso de existir planes de pago, toda la documentación que exige la AFIP para su acogimiento juntamente con el recibo de pago de la cuota mensual. Los planes no podrán exceder el término del contrato.

Detalle de personal incluido en AFIP formulario 931 indicando el personal afectado al Contrato, firmada por responsable de la empresa con facultades a esos fines.

Certificado de Cobertura de ART (incluyendo cláusula de no repetición a favor de YPF S.A.) donde aparece el personal afectado a contratos de YPF S.A.

Comprobante de pago de ART con altas y bajas (Si no se paga o estuviese incluido en el form. 931).

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

Certificado de seguro de Vida Obligatorio que incluya la nómina de personal afectado al Contrato y Comprobante de pago (Si no se paga o estuviese incluido en el form. 931).

Comunicación fehaciente de la ART de que no hubo accidentes de trabajo acaecidos en el periodo o certificado de denuncia.

Constancia de libre deuda sindical o, en su defecto, comprobantes de pago de cuotas y contribuciones patronales y contribuciones sindicales con el detalle del personal, conceptos y sumas que se aportan.

Aprobación de curso de seguridad realizado para cada dependencia a ingresar. Adicionalmente para empresas constructoras:

Constancia de pago ante el IERIC. Constancia de pago del fondo de desempleo.

Caso 2. Documentación a presentar para personal independiente del Contratista y/o

Subcontratista:

Último pago ante AFIP de autónomo o monotributista (correspondiente al mes auditado).

Factura por servicios autónomo (correspondiente al mes auditado). Constancias de pólizas de Seguros de accidentes personales. Comprobante de

pago. (NOTA: La cobertura de accidentes personales debe estar en cabeza del Contratista principal).

a) RECIBOS DE SUELDOSi no fuera posible presentar los recibos de sueldo firmados por el personal en el plazo solicitado, se aceptará la presentación de los recibos firmados por un apoderado de la empresa.Adicionalmente se solicitará la constancia de acreditación bancaria de sueldos, de este modo se podrá controlar que los conceptos liquidados en el recibo de sueldos fueron efectivamente depositados en la cuenta bancaria del empleado afectado al contrato.

Otros casos especiales son: Licencia por maternidad, en aquellos casos en que el contratista esté en el

sistema SUAF, no se emite recibo de sueldos, y se deberá presentar la constancia de trámite en ANSES.

Período de excedencia, se deberá presentar recibo de sueldos, emitido con neto a pagar cero, y telegrama solicitando el mismo firmado por el empleado y con el sello de correo.

Pago de sueldos con cheque, en el recibo deberá figurar la forma de pago y se deberá presentar fotocopia del cheque, el cual debe estar a nombre del beneficiario y no a la orden.

Pago de sueldos en efectivo, en el recibo deberá figurar la forma de pago y deberá estar firmado por el empleado.

Impresión: 12/05/2023

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

b) RENOVACION DE TARJETAS DE INGRESO

Durante el período de ejecución de un contrato la empresa contratista deberá enviar en forma personal o por fax a la UCC (Auditoría de contratos) con antelación de 48 hs antes de la fecha de vencimiento de tarjetas de ingreso, una nota en carácter de declaración jurada con nómina del personal a renovar, que contenga datos de Razón social de la empresa, número de DNI y foto digital del personal, contrato al cual está afectado, nueva fecha solicitada de vencimiento de credenciales (la cual está sujeta a los vencimientos de exámenes y contrato para cada persona). Según anexo XV

La nota deberá presentarse para renovar las tarjetas de ingreso en los siguientes casos:

Renovación o extensión de vigencia de contratos. Extensión por cambio de contrato (cambio de personal entre contratos). Vencimientos de exámenes médicos o inducción seguridad.

Impresión: 12/05/2023

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

CONTROL POR FINALIZACION DE LAS

ACTIVIDADES

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PUNTO 4

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MANUAL CONTROL DE CONTRATISTAS

4 CONTROL POR FINALIZACION DE LAS ACTIVIDADES

Las contratistas deberán informar en el momento de producirse las bajas a través del SRC y además deberá presentar el Anexo VIII, Formulario III “Listado de personal desafectado/ baja del contrato” en forma personal o por fax inmediatamente a la UCC y con la documentación mensual al estudio controlante, detallando en la misma: Empresa, Dependencia, Apellido, Nombre, y CUIL del empleado. La misma deberá estar confeccionada en PC, ordenado alfabéticamente.En el Anexo VIII, Formulario III “Listado de personal desafectado del contrato”, que se adjunta a continuación, la empresa o la subcontratista deberán informar cual fue la causa de la desafectación / baja producida, entre las cuales podemos mencionar:

BAJA Renuncia Desvinculación por mutuo acuerdo (art 241 LCT) Finalización Contrato eventual (art. 99 LCT) Vencimiento Contrato a plazo fijo (art. 93/250 LCT) Jubilación ordinaria Jubilación de privilegio Jubilación por invalidez Despido con justa causa (art. 242 LCT) Despido indirecto del trabajador (art. 246 LCT) Despido por fuerza mayor o falta de trabajo (art. 247 LCT) Despido sin justa causa Incapacidad absoluta del trabajador (art. 212/213 LCT) Inhabilidad, incapacidad culposa dolosa (art. 254 LCT) Muerte del trabajador

DESAFECTACION Por cambio de objetivo

Adjunto con este formulario, se deberá presentar la siguiente documentación, dependiendo del motivo de desafectación / baja de que se trate:

Caso 1. La documentación a presentar para personal que se desempeñó en relación de dependencia del Contratista y/o Subcontratista, variará según la causal que produjo la baja según el siguiente detalle:

DESPIDO Telegrama / carta documento con sello de correo. Recibo de haberes con liquidación final, según el caso o acuerdo conciliatorio. Formulario de baja en la AFIP. Pago de fondo de desempleo y constancia entrega de tarjeta magnética o

libreta de trabajo (empresas constructoras). Examen médico de egreso o constancia de intimación a realizárselo.

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RENUNCIA

Telegrama / carta documento con sello de correo. Recibo de haberes con liquidación final, según el caso o acuerdo conciliatorio. Formulario de baja en la AFIP. Pago de fondo de desempleo y constancia entrega libreta de trabajo (empresas

constructoras). Examen médico de egreso o constancia de intimación a realizárselo.

DESAFECTACION

Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa y el empleado desafectado, donde se acredite la continuidad laboral.

FALLECIMIENTO

Recibo de haberes con liquidación final. Certificado de defunción. Constancia de denuncia a la ART (si correspondiere). Constancia de denuncia al seguro de vida obligatorio. Constancia de percepción de todas las indemnizaciones previstas en la

legislación laboral vigente, convenio colectivo de trabajo y seguros.

OTROS (*) Recibo de haberes con liquidación final, según el caso o acuerdo conciliatorio.

(*) El Contratista deberá comunicar cualquier otro tipo de modalidad de baja que se genere en la prestación de los servicios, por ej. mutuo acuerdo ante dependencias oficiales.

Caso 2. Documentación a presentar para personal independiente del Contratista y/o Subcontratista:

Copia de la facturación final de honorarios. Examen Médico de Egreso o Constancia de intimación a realizárselo.

Cuando el motivo de desafectación sea por cambio de objetivo (por ejemplo al finalizar un contrato), en el Anexo VIII, en la columna causa se deberá colocar la leyenda Ver nota adjunta, y se presentará una nota en la que conste en carácter de Declaración Jurada (DDJJ) dicha circunstancia, la cual deberá estar firmada por un representante legal de la empresa o por quien se encuentra facultado para contratar u obligar en nombre de la misma.También se deberá presentar los recibos de haberes, aportes, contribuciones, etc., hasta el último día trabajado en YPFDe la misma manera, cuando se transfiera personal total o parcialmente a otro pedido

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o contrato, se detallará en la columna causa el nuevo número de Contrato al cual se transfiere el personal.Respecto a la entrega de certificados de trabajo y remuneración y servicio, si no fuera posible obtener la firma del empleado existen las siguientes alternativas: Para casos de desvinculación conflictiva, será obligatorio presentar acuse de

recibo de dicha certificación o el rechazo por parte del empleado. Para todos los demás casos de desvinculación, se presentará constancia de que

la certificación fue tramitada en el ANSES.

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ARMADO DE LA DOCUMENTACION PARA LA

ENTREGA MENSUAL

5 ARMADO DE LA DOCUMENTACION PARA LA ENTREGA

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PUNTO 5

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MENSUAL

La presentación de copias en papel de fax o fotocopias no legibles hará que no se audite la información presentada o recibida.

La presentación incompleta producirá una retención en la certificación del mes. La presentación mensual deberá contener la documentación mínima que se detalla

a continuación:Informe mensual avalado por el inspector.Recibos de haberesFormulario 931, detalle y pago.Cuotas sindicales.Seguros

Caso contrario no podrá ser recepcionada.

De contar con más de un Pedido o Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada pedido o contrato, podrá omitir la documentación única, por ejemplo Formulario 931 detalle y pago, la cual podrá ser entregada para todos los contratos que mantenga la misma empresa (A coordinar con Estudio Controlante).

De existir observaciones sobre la documentación presentada, las empresas contratistas o subcontratistas deberán presentar la documentación complementaria que regularice las mismas. Para los subsiguientes controles, el estudio controlante cuenta con un plazo de 3 (tres) días hábiles siguientes al día de presentación de la documentación complementaria. Esto será viable siempre y cuando la empresa presente en su carpeta mensual la documentación mínima detallada anteriormente, se limitará la cantidad de adicionales a 2 por carpeta mensual, para evitar presentaciones que no cambian la aptitud y será exigible que cada documentación adicional venga acompañada de la impresión de los faltantes.

a) CONTROL MENSUAL DE PERSONAL ( CHECKLIST DE DOCUMENTACION Punto II)

Mensualmente, se presentará copia de la documentación siguiendo el orden del Anexo IX – Checklist de Entrega Mensual.

Recibos de haberes: Deberán ser presentados ordenados alfabéticamente y juntas la primera y segunda quincena y/o Sueldo Anual Complementario de cada empleado. Las copias de los mismos deberán estar firmados por el empleador y el empleado.Facturas autónomos/monotributistas. Todo el personal autónomo de las empresas contratistas y subcontratistas, deberán presentar las facturas por los servicios prestados.Constancias de pago: Presentación del comprobante de pago de Aportes y Contribuciones.Planilla depósito Fondo de desempleo. Deberá constar el sello del Banco en el cual fue depositado y el período depositado.Constancias de pago autónomos /monotributistas: La empresa deberá presentar los

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comprobantes de pago de los trabajadores autónomos ordenados alfabéticamente.Los certificados de cobertura deberán indicar expresamente la existencia o no de deudas. Indicando la fecha del próximo vencimiento. Toda nómina de personal estará certificada por la compañía aseguradora con fecha del último día del mes que se presenta, y tratándose de fotocopias deberán estar “firmadas en original” por funcionario de la compañía aseguradora.La póliza deberá cubrir lo informado en el presente Manual sobre SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES y presentarse de manera completa cada mes.

PROCESO DE CONTROL DOCUMENTALPara lograr una forma de trabajo más organizada, se definió el siguiente proceso, el cual comienza con la presentación de la documentación por parte de la Contratista, la aprobación del informe mensual por el inspector del contrato, continuando con la generación del Checklist en el sistema y la emisión del Informe del Estudio hasta la regularización de la documentación faltante por parte de la Contratista:

1. La fecha límite para la carga del “informe mensual” de personal aplicado en el SRC será el 2º día hábil de cada mes, para que el inspector pueda validar dicho informe el día 10 del mismo mes. (Empresas habilitadas en SRC).

2. Con la documentación presentada por las contratistas hasta el día 13 de cada mes, el estudio controlante emitirá el informe el día 21, si la documentación es presentada entre el 14 y el 20, el informe será emitido hasta el día 28. A partir de dicha fecha, solo se recibirá la documentación faltante que figure en el Checklist correspondiente. Si el Contratista no envía la documentación en la fecha límite pactada, el día 21 se emitirá el Informe del Estudio, indicando que el contrato no se encuentra habilitado para facturar.

1. El Estudio controlante, a partir del día 14 y hasta el día 28 del mes (fecha límite para que el Estudio emita el Informe), controlará la documentación e irá completando el Checklist con el estatus de la documentación presentada, y emitirá el Informe del Estudio donde el inspector podrá constatar si el contrato se encuentra habilitado o no para facturar.

3. Una vez emitido el Informe del Estudio, el Contratista podrá regularizar la documentación faltante, enviándola al Estudio.

4. El Estudio al recibir la documentación faltante:

En aquellos casos en que el Contratista entregue toda la documentación faltante se actualiza el Checklist y el Informe del Estudio, cambiando el estado a “Habilitado”, colocando la fecha en la que se realizó la actualización.

En los casos en que el Contratista adeude documentación solo se actualizará el Checklist

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CONTROL DE VEHICULOS Y EQUIPOS ESPECIALES

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PUNTO 6

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6 CONTROL DE VEHICULOS Y EQUIPOS ESPECIALES

a) PRESENTACION DE LOS VEHICULOS QUE PRESTARAN SERVICIO PARA YPFLas empresas contratistas y subcontratistas deberán cargar los vehículos y equipos en el SRC y presentar impresión del listado Anexo X - “Planilla de solicitud de ingreso de vehículo” en el estudio controlante, confeccionado en PC, ordenada alfabéticamente con la firma del responsable/apoderado de la empresa y del Inspector del contrato para la habilitación de ingreso.

b) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL ESTUDIO CONTROLANTE (DOS COPIAS) Junto con el Anexo X se deberá presentar: Anexo XII ¨Habilitación de vehículo Contratista¨ por cada vehículo a habilitar

debidamente cumplimentado con la nómina de choferes, el número de contrato y la fecha límite de afectación del vehículo al contrato. (Las fechas desde y hasta deberán quedar en blanco a ser completadas por el estudio).

Formulario de Inspección del vehículo firmado por el responsable de seguridad de la empresa (Anexo XI).

Titulo y/o Cédula verde del vehículo vigente. Contrato de alquiler de los vehículos y/o equipos especiales a ingresar. Póliza de seguro de Responsabilidad Civil, que cubra tanto los vehículos como a

los terceros transportados y no transportados. Copia del pago del seguro del vehículo o equipo especial. En los casos de pagos

que se realicen en cuotas, debe ser realizado un mes adelantado a fin de ser presentado con un mes de anticipación al momento de vencimiento, tomándose como válido exclusivamente el que corresponda a la compañía aseguradora (considerar que el vehículo será dado de baja 24 hs antes del vencimiento).

Certificado de Verificación Técnica Vehicular vigente. Verificación Técnica específica para equipos (equipos con antigüedad mayor a 1

año) realizada por Ente Externo Homologado y aprobada por Ingeniero mecánico matriculado para habilitación de grúas, maquinarias pesadas en general y camiones especiales.Para micros de transporte de personal:

Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Transporte por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano y Suburbano.

El personal que conducirá los vehículos deberá presentar toda la documentación exigida para conductores del Punto 1 – b “Control previo al inicio de las actividades”, del presente manual.

Nota: La antigüedad de los vehículos que las empresas contratistas dispongan para su ingreso al CILP no podrá superar los 10 (diez) años. Para el caso de grúas, camiones especiales (Atmosféricos, alto vacio, compactador de residuos, acoplados, carros tipo “agropecuario, otros), que superen los 10 años, se tramitaran como caso de excepción particular, adjuntando en la presentación de documentación al estudio la autorización de la comisión vehicular CILP.

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c) SEGUROSLa póliza de seguro para vehículos y equipos especiales, deberá contener:Cobertura por Responsabilidad Civil:Vehículos livianos: $ 3.000.000Vehículos pesados: $ 10.000.000

Cláusulas de Endoso a colocar en la póliza de automotores en general: En caso de que un tercero reclame directa o indirectamente a YPF S.A. por un

siniestro indemnizable por la presente cobertura, YPF S.A. será considerado asegurado para esta póliza.

En caso que ocasione daños a las instalaciones de YPF S.A., o a su personal, YPF S.A. será considerado un tercero para la presente póliza.

Si el vehículo se utiliza para transporte de personal, se debe hacer mención de esta actividad en la póliza.

Cláusula de no modificación de la póliza: “la presente póliza no podrá ser modificada o anulada sin previo aviso por escrito en un plazo no menor de 15 días a YPF S.A.

Cláusulas de Endoso a colocar en la póliza de equipos especiales de contratistas: Póliza de Todo Riesgo para los Equipos de Contratistas con una cláusula de

renuncia de sus derechos de subrogación contra YPF S.A. en caso de daños ó pérdida de los mismos. (cláusula de no subrogación)

Cláusulas de Endoso a colocar en la póliza de unidades de transporte de mercaderías y productos de YPF:

Pólizas de automotores que cubran la responsabilidad civil por daños a bienes de terceros y lesiones y/ o muerte de terceros transportados y no transportados.

El límite de indemnización será de $ 10.000.000.- incluyendo la responsabilidad emergente del transporte de carga peligrosa, incluyendo polución, contaminación y gastos directos de remediación que correspondan, para los casos que sean necesarios.

Las siguientes cláusulas deberán ser incluidas en estas pólizas: “En caso que un tercero reclame directa o indirectamente a YPF S.A., por

un siniestro indemnizable por la presente cobertura, YPF S.A. será considerada como asegurada para esta póliza”.

“En caso que el vehículo ocasione daños a las instalaciones de YPF S.A., o a su personal, YPF S.A. será considerado un tercero para la presente póliza”.

NOTA: En el caso de las unidades de transporte de mercaderías y productos de YPF S.A., si el Contratista optó por adherirse al Seguro Centralizado provisto por YPF S.A., estos requisitos no deben ser analizados. Deberá presentar comprobante de póliza.

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d) ENTREGA DE TARJETAS HABILITANTES DE INGRESOPara la entrega de la tarjeta habilitante la contratista deberá retirar copia de la documentación firmada por el Estudio y la deberá presentar en la UCC. Si el vehículo ya dispone de tarjeta (es una renovación o actualización) deberá presentar copia de tarjeta existente en UCC.Si la presentación sellada y firmada por el Estudio es presentada antes de las 11:00 Hs en la UCC, la tarjeta se entregará al contratista al día siguiente, si es presentada después de este horario, la tarjeta se entregará a las 48 horas.Para el ingreso y circulación del vehículo debe transportarse indefectiblemente en el mismo la copia de la documentación habilitante verificada por el Estudio y firmada por la UCC (Auditoría de contratos), la tarjeta entregada por Seguridad Física, tarjeta verde del dominio, comprobante VTV o revisión técnica habilitante por ente externo (para grúas y equipos especiales), pudiendo ser solicitada su presentación por Seguridad Física o sector correspondiente.

e) PRESENTACION MENSUAL EN EL ESTUDIO CONTROLANTEUna vez efectuado el ingreso de los vehículos, las empresas mensualmente generaran el “Informe mensual” en el SRC, las empresas que no estén habilitadas en el sistema remitirán el Anexo XIII - “Listado de vehículos aplicados”, debidamente confeccionado y completo en todos sus datos, firmado en original por el responsable legal de la empresa.A este Anexo XIII se le adjuntará toda la documentación de control indicada anteriormente en el punto 6- b.Si esta documentación no es adjuntada cada período o cuando corresponda para la actualización de los vencimientos a partir de la habilitación de los vehículos, no se emitirá el correspondiente aval en el informe de Auditoría hasta que sea presentada la misma, ocasionando la restricción del ingreso al complejo.

IMPORTANTE: Para el ingreso de vehículos la contratista deberá cumplir en todo con lo solicitado en el procedimiento CILP-PE__-12 “CONTROL DE ACCESO Y EGRESO, CIRCULACION Y ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS EN CILP”, entregado conjuntamente con el Pliego de Condiciones Particulares por el Departamento de Contratos.

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METODOLOGÍA PARA LA FACTURACIÓN

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PUNTO 7

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7 METODOLOGÍA PARA LA FACTURACIÓNLas empresas contratistas presentarán conjuntamente con su factura el certificado de servicios correspondiente, debiendo proceder de la manera siguiente según se trate de O/C con más de un pago o con un solo pago:a) Orden de compra con más de un pago:

a.1) Para el primer pago, dado que el contratista aún no cuenta con la correspondiente Hoja de Ruta, el inspector entregará el certificado de servicio correspondiente para su facturación, colocando en el mismo la nota: PAGO PRIMER PERIODO (colocar mes certificado).

a.2) Siguientes Pagos: dado que el contratista debe presentar la documentación del mes anterior trabajado, el inspector contará entonces con la Hoja de Ruta emitida por Estudio. El inspector analizará las observaciones de la Hoja de Ruta (SRC) y en ese momento determinará si entrega o no el certificado para su facturación o sus retenciones. Colocará la leyenda PAGO NORMAL PERIODO (colocar mes certificado)

a.3) Ultimo Pago del punto a): dado que el contratista factura siempre con la Hoja de Ruta del mes anterior, y de no tener observaciones, esta se autorizará con la leyenda ULTIMO PAGO PERIODO (colocar mes certificado). Este pago se autorizará cuando el inspector del contrato reciba la Hoja de Ruta con la leyenda “ULTIMO PAGO” y sin observaciones. En este momento el inspector está en condiciones de autorizar el pago.

b) Orden de compra con un solo pago: Al finalizar las tareas del único pago, el contratista se encuentra en el derecho de presentar su factura sin tener a la fecha la correspondiente Hoja de Ruta, por lo tanto se aplicará el mismo criterio del punto a.3).El inspector colocará la leyenda UNICO PAGO PERIODO (colocar mes certificado)

c) Otros tipos de pagos Según el caso deberán colocarse las siguientes leyendas:c.1) CONTINUACION DE SERVICIO CONTRATO N° (número contrato anterior):Se debe colocar en todos los casos en los cuales haya continuación de servicio, ya sea por ampliación o renovación de contrato.c.2) RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS:Se debe colocar en todos los casos de certificación de mayores costos. Para este tipo de certificados no corresponde control de hoja de ruta, siempre y cuando este certificado se realice de forma independiente del certificado de los trabajos correspondientes, ya que este control se realiza sobre ese período. c.3) NO CORRESPONDE HOJA DE RUTA:Se debe colocar para aquellos certificados de contratos no auditables (ver

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clasificación según procedimiento 382-PR609-LG-AR).

SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

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PUNTO 8

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8 RETENCIONES POR INCUMPLIMIENTO

En primera instancia, la no presentación de documentación crítica vigente (por ejemplo pólizas de seguros y ART con comprobantes de pago al día), impedirá el ingreso del personal de la contratista a las instalaciones y oficinas de YPF S.A.

Adicionalmente, de acuerdo a lo definido en los procedimientos de la compañía y en las Condiciones generales de Compra y Contratación del Pliego, ante un incumplimiento en la presentación de la documentación exigible definida por YPF S.A. o ante un NO APTO en el resultado de la auditoría realizada por el Estudio Controlante, la UCC O el Inspector del contrato, realizará una retención sobre la certificación del período correspondiente. Si persistiera dicho incumplimiento en períodos sucesivos, se realizará una segunda retención, luego de lo cual si no se corrige la situación, podrá incluso rescindirse el contrato bajo responsabilidad exclusiva del contratista.

La totalidad de las retenciones serán liberadas y reintegradas una vez que la empresa contratista haya cumplimentado toda la documentación faltante y obtenida la aptitud por el Estudio.

2. ANEXOSAnexo I - Formulário IAnexo II - Declaracion JuradaAnexo III - Presentación Exámenes Anexo IV - Presentación SubcontratistaAnexo V - Centro Medico AsistencialAnexo VI - Companias de SeguroAnexo VII - Formulario IIAnexo VIII - Formulario IIIAnexo IX - Checklist Entrega MensualAnexo X - Formulario IVAnexo XI - Inspección VehículosAnexo XII - Habilitación de vehículo contratistaAnexo XIV - Declaración JuradaAnexo XV - Solicitud de renovación de tarjetas de ingreso

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