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k§'j:: d* wffi-&w .§W Que, conforme lo establece el artículo Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras técnico, derechos de uso de agua; RESoLUcToN DtRECToRAI_ r,¡. Y{ 9-eorr.a*o.AAA Jz.V Piura,l1 Aüü Z|lffi VISTO: El Expediente Administrativo N" 664-201i, tramitado ante la Administración Localde Agua Zaña e ingresado a la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque Zarumilla Código V, con registro No 3052-2011' CUT 85968-2013, organizado por ugaz colmenares yngrid Marianela, sobre extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua superficial con fines agrícoias para su predio ubicado en el distrito de Oyotún, provincia Chiclayo y departamento de Lambay.qr.; y, CONSIDERANDO: 150 de la Ley de Recursos Hídricos - Ley No 2g33g, la funciones, otorgar, modificar y extinguir, previo estudio Que, conforme al numeral 64.1, artículo 640 del Reglamento de la Ley No 2g33g, toda persona ral o jurídica, pública o privada, para usar el agua requiere contar con un derecho de uso de agua por la Autoridad Administrativa delAgua, salvo que se trate de uso primario; Que, mediante ResoluciÓn Administrativa N' 226-M.A.-INRENA/IRH-AIDR-ZAñA , de fecha 22 de noviembre del 2006, la ex - Administración récnica del Distrito de Riego Zaña otorgó licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a favor de colmenares Arriola de ugaz Bertha Angelina para ser H,,:ill.:.y...,ii'Ada Jesús,c.:^.:g§: catastrat 818s9.01, para un área bajo rieso de 3,0150 ha, y volumen máximo anual de 17 833,35'114 m3; a favor de Ugaz Colmenares de Calderón yngrid ::::,: lÍ:r.:.i.yl1'1i1, :i et predio .Ada Jesús', con códiso latastral 818se.02, para un área bajo ftego de 9,045 ha, y un volumen máximo anual de 53 500,0s34, m3 y a favor de Ugaz colmenares Betty ijtllllft: Y.tl,::|, :l el predio "EI Nazareno'con códiso catastár 81Bse.03, para un área bajo rieso wqJv I tgyv de 3,015 ha, y un volumen máximo anualde 17 833,3511a m3, predios ubicados en el Bloque de Riego Oyotún, con código PZAÑ-10-808, comprensión de la Comisión de Regantes oyotún, de la Junta de Usuarios de Zaña; Que, la recurrente ha solicitado la extinción de la licencia de uso de agua de parte del predio con catastral N" 81859 y otorgamiento de una nueva licencia, en mérito de acreditar ser propietaria del descrito precedentemente, mediante Escritura Pública de compra Venta de fecha 14de febrero del 20lf inscrita en la Partida Registral N'11053936, del Registro de propiedad lnmueble de ta oficina Registralchictayo -zonaRegistrarN" il. sede chicrayo - suñnnp; Que, los predios con códigos catastrales N'81859.01, g1g5g.02 y g1g5g.03 consignados en la Resolución Administrativa N" 226-ú.4.-INRENA/lRH-AIDR-ZAÑÁ, actualmente han sido sub-divididos por el organismo de la Formalirlgig! qt la Propiedad Rural- coFOpRl asignándoles tos códigos catastrales siguientes '103799, 103798,.'103795, 103lsizy ooos+o: por lo qr..ou.rponde extinguir las licencias de uso de agua otorgadas a dichos predios y otorgar nueva iicencia a los predios sub divididos; Que, el expediente ha sido tramitado con arreglo a Ley y cuenta con opinión favorable de la Administración Local de Agua Zaña, con lnforme Técnico N.0S3-20i1-ANA-ALA ZAñA/AT-AWDA; §,,#&ffi*,e $::,v

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Page 1: Piura,l1 Z|lffi

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Que, conforme lo establece el artículoAutoridad Nacional del Agua tiene entre otrastécnico, derechos de uso de agua;

RESoLUcToN DtRECToRAI_ r,¡. Y{ 9-eorr.a*o.AAA Jz.V

Piura,l1 Aüü Z|lffiVISTO:

El Expediente Administrativo N" 664-201i, tramitado ante la Administración Localde Agua Zañae ingresado a la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque Zarumilla Código V, con registro No3052-2011' CUT 85968-2013, organizado por ugaz colmenares yngrid Marianela, sobre extinción yotorgamiento de licencia de uso de agua superficial con fines agrícoias para su predio ubicado en eldistrito de Oyotún, provincia Chiclayo y departamento de Lambay.qr.; y,

CONSIDERANDO:

150 de la Ley de Recursos Hídricos - Ley No 2g33g, lafunciones, otorgar, modificar y extinguir, previo estudio

Que, conforme al numeral 64.1, artículo 640 del Reglamento de la Ley No 2g33g, toda personaral o jurídica, pública o privada, para usar el agua requiere contar con un derecho de uso de agua

por la Autoridad Administrativa delAgua, salvo que se trate de uso primario;

Que, mediante ResoluciÓn Administrativa N' 226-M.A.-INRENA/IRH-AIDR-ZAñA , de fecha 22de noviembre del 2006, la ex - Administración récnica del Distrito de Riego Zaña otorgó licencia de usode agua superficial con fines agrarios a favor de colmenares Arriola de ugaz Bertha Angelina para ser

H,,:ill.:.y...,ii'Ada Jesús,c.:^.:g§: catastrat 818s9.01, para un área bajo rieso de 3,0150 ha, y

volumen máximo anual de 17 833,35'114 m3; a favor de Ugaz Colmenares de Calderón yngrid

::::,: lÍ:r.:.i.yl1'1i1, :i et predio .Ada Jesús', con códiso latastral 818se.02, para un área bajo

ftego de 9,045 ha, y un volumen máximo anual de 53 500,0s34, m3 y a favor de Ugaz colmenares Betty

ijtllllft: Y.tl,::|, :l el predio "EI Nazareno'con códiso catastár 81Bse.03, para un área bajo riesowqJv I tgyvde 3,015 ha, y un volumen máximo anualde 17 833,3511a m3, predios ubicados en el Bloque de RiegoOyotún, con código PZAÑ-10-808, comprensión de la Comisión de Regantes oyotún, de la Junta deUsuarios de Zaña;

Que, la recurrente ha solicitado la extinción de la licencia de uso de agua de parte del predio concatastral N" 81859 y otorgamiento de una nueva licencia, en mérito de acreditar ser propietaria deldescrito precedentemente, mediante Escritura Pública de compra Venta de fecha 14de febrero del20lf inscrita en la Partida Registral N'11053936, del Registro de propiedad lnmueble de ta oficinaRegistralchictayo -zonaRegistrarN" il. sede chicrayo - suñnnp;

Que, los predios con códigos catastrales N'81859.01, g1g5g.02 y g1g5g.03 consignados en laResolución Administrativa N" 226-ú.4.-INRENA/lRH-AIDR-ZAÑÁ, actualmente han sido sub-divididos porel organismo de la Formalirlgig! qt la Propiedad Rural- coFOpRl asignándoles tos códigos catastralessiguientes '103799, 103798,.'103795, 103lsizy ooos+o: por lo qr..ou.rponde extinguir las licencias deuso de agua otorgadas a dichos predios y otorgar nueva iicencia a los predios sub divididos;

Que, el expediente ha sido tramitado con arreglo a Ley y cuenta con opinión favorable de laAdministración Local de Agua Zaña, con lnforme Técnico N.0S3-20i1-ANA-ALA ZAñA/AT-AWDA;

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Page 2: Piura,l1 Z|lffi

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RESoLUcToN DTRE.T,RA, *. V( 9.ro,r-o*o.AAA Jz.v

Que, mediante lnforme Técnico N" 222-2013-ANA-AAA JZ-VISDARH, la Sub Dirección deAdministración de Recursos Hídricos, recomienda : 1.- extinguir la licencia de uso de agua superficialconfines agrarios, otorgada a favor de Colmenares Arriola oe ugaz Bertha Angelina, para el predio concódigo catastral N'8'1859'01 y de oficio extinguir las licencias de uso de agua superficial otorgadas augaz Colmenares de calderón Yngrid Marianela para el predio con código catastral g1gsg.02 y al)gazcolmenares Betty Alicia para el predio con código 81859.03 y 2.- otorgar licencias de uso de aguasuperficial para uso productivo agrícola, a favor de ugaz bolmenares yngrid Marianela y ugazcolmenares Betty Alicia, proveniente del río Zaña, a través de la infraestructura hidráulica siguiente: c.D.oyotÚn, L0'l-collao, para los predios con códigos catastrales 1037gg, 1037gg, 103795, 1o37g2y 0gg540;ubicados en el Bloque de Riego oyotÚn, cÓdigo de Bloque pzAÑ-10-80g, en elámbito de la comisión deRegantes oyotún, de la Junta de usuarios Zaña, políticamente ubicados en el distrito de oyotún ,provincia Chiclayo y departamento de Lambayeque;

Estando a lo opinado por la Unidad de Asesoría Jurídica, el visto de la Sub Dirección deAdministración de Recursos Hídricos y en uso de las facultades conferidas por la Ley de RecursosHídricos - Ley N'29338, su Reglamento aprobado con Decreto supremo N.001-2010-AG y elReglamento de organizaciÓn y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante DecretoSupremo N. 006-201 0-AG;

SE RESUELVE:

ARTICULO lo.' Declarar la extinción de las licencias de uso de agua superficial con finesagrarios, otorgadas mediante Resolución Administrativa N" 226-M.A.lNRENl/lRH-ATDR-ZAñA, a favor, r, q tqYvlde Colmenares Arriola de Ugaz Bertha Angelina, para elpredio con código catastral N. g1g5g.01, a favor

á,¡g.n .n1.-il;'o;;:'jf::,11 mencionada resolución administrativa, respecto a tas licencias que aún no hayan sidomodificadas.

ARTICULO 2o.'otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favorde ugaz colmenares Yngrid Marianela y ugaz colmeüres g.ttv Áii.[, proveniente del río zaña,a travésde la infraestructura hidráulica siguientel c.D. oyotún, toí-coltaó, para los predios con códigoscatastrales 103799, 103798, 103795,10t792 y 099540; ,biáor.n .t atoqr. de Riego gyotún, códigode Bloque PzAÑ-10-808, en el ámbito de Ia comisio,i o. náéá.teJoyotun, de ta Junta de usuarioszaña, politicamente ubicados en el distrito de oyotún , ñ.rh.ia chiclayo y departamento deLambayeque, según el siguiente detalle:

APELLIDOS Y NOMBRES Dtit TIOMBRE DEtPREDIO

cóDrGoCATASTML

COORDENAOAS DECENTROIDE DEL PREDIOUTM( WGS 84, ZoNA t7 M)

SUPERFICIE

BAJO RIEGO

(HA)

VOLUMEN MAxMoANUAL DE AGUA

OTORGADA EN ELBLOQUE (M3)

Este Norte

UGM COLI\,,IENARES YNGRID MARIANELA I6688101

EL COLLAO r03799 685 752 9241 229 3.07s 18 188

EL COLLAO 103798 685 714 I 241 223 3.000 17 745

Et c0tLA0 103795 685 670 I 241 221 3,000 17 745

EL COLLAO 103792 685 576 I 241 328 3,000 17 74516721909 EL COLIAO 99540 685 505 I 241 298 3,000 17 745

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9.zors-nNa-AAA Jz.v

ARTICULO 30.- Actualizar el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua, registrandoextinción y el otorgamiento de las licencias materia de la presente resolución.

ARTICULO 40.- Disponer que los titulares de los derechos de uso de agua otorgados en el2o de la presente resoluciÓn, instalen el instrumento de medición y control de agua, debiendo

mantenerlos en buen estado para permitir el control y medición del agua por el operador de lainfraeshuctura hidráulica y por la Autoridad Nacional del Agua.

Regístrese, comuníquese y archívese

.dsr.a ot. !§?

#'q&W

RESOLUCION DTRECTORAT- r'¡, lV