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PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO San Francisco de Campeche, Cam. Lunes 16 de Diciembre de 2019 SEGUNDA SECCIÓN CUARTA ÉPOCA Año V No. 1080 Directora C.P.F. Iris Janell May García SECCIÓN LEGISLATIVA DECRETO La LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Campeche decreta: NÚMERO 90 ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la Ley de Ingresos del Estado de Campeche para el ejercicio fiscal 2020, para quedar como sigue: LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE CAMPECHE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2020 Capítulo I De los Ingresos ARTÍCULO 1. En el Ejercicio Fiscal de 2020, el Estado de Campeche percibirá los ingresos provenientes de Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Participaciones, Fondos de Aportaciones Federales, Convenios, Ingresos derivados de Financiamientos e Incentivos en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran: CONCEPTO INGRESO ESTIMADO Total 21,982,741,867 1 IMPUESTOS 1,398,763,356 1.1 Impuestos sobre los Ingresos 19,784,104 1.1.01 Al Comercio de Libros, Periódicos y Revistas 387,933 1.1.02 Sobre Servicios de Hospedaje 12,596,938 1.1.03 Sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos con Cruce de Apuestas Legalmente Permitidos 6,799,233 1.2 Impuestos sobre el Patrimonio 0 1.3 Impuestos sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones 26,716,002 1.3.01 Sobre la Extracción de Materiales del Suelo y Subsuelo 488,010 1.3.02 Sobre Instrumentos Públicos y Operaciones Contractuales 0 1.3.03 Estatal a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico 5,536,011 1.3.04 A las Erogaciones en Juegos y Concursos 20,691,981 1.4 Impuestos al Comercio Exterior 0 1.5 Impuestos sobre Nóminas y Asimilables 1,015,094,842 1.5.01 Sobre Nóminas 1,015,094,842 LXIII LEGISLATURA CAMPECHE PODIER LEGISLATIVO

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Page 1: PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO · 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques

PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADOÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHEFRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX

LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO

San Francisco de Campeche, Cam. Lunes 16 de Diciembre de 2019

SEGUNDA SECCIÓN

CUARTA ÉPOCAAño V No. 1080

DirectoraC.P.F. Iris Janell May García

SECCIÓN LEGISLATIVA

DECRETO La LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Campeche decreta:

NÚMERO 90

ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la Ley de Ingresos del Estado de Campeche para el ejercicio fiscal 2020, para quedar como sigue:

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE CAMPECHE

PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2020

Capítulo I De los Ingresos

ARTÍCULO 1. En el Ejercicio Fiscal de 2020, el Estado de Campeche percibirá los ingresos provenientes de Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Participaciones, Fondos de Aportac iones Federales, Convenios, Ingresos derivados de Financiamientos e Incentivos en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

CONCEPTO INGRESO ESTIMADO Total 21,982,741,867

1 IMPUESTOS 1,398,763,356 1.1 Impuestos sobre los Ingresos 19,784,104

1.1.01 Al Comercio de Libros, Periódicos y Revistas 387,933

1.1.02 Sobre Servicios de Hospedaje 12,596,938

1.1.03 Sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos con Cruce de Apuestas Legalmente Permitidos

6,799,233

1.2 Impuestos sobre el Patrimonio 0

1.3 Impuestos sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones 26,716,002

1.3.01 Sobre la Extracción de Materiales del Suelo y Subsuelo 488,010

1.3.02 Sobre Instrumentos Públicos y Operaciones Contractuales 0

1.3.03 Estatal a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico 5,536,011

1.3.04 A las Erogaciones en Juegos y Concursos 20,691,981

1.4 Impuestos al Comercio Exterior 0 1.5 Impuestos sobre Nóminas y Asimilables 1,015,094,842 1.5.01 Sobre Nóminas 1,015,094,842

LXIII LEGISLATURA CAMPECHE

PODIER LEGISLATIVO

Page 2: PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO · 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques

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San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

1.6 Impuestos Ecológicos 0 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques 0 1.8 Otros Impuestos 334,981,298

1.8.01 Impuesto Adicional para la Preservación del Patrimonio Cultural, Infraestructura y Deporte

334,981,298

1.9 Impuestos no comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

939,554

2 CUOTAS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 0

2.1 Aportaciones para Fondos de Vivienda 0 2.2 Cuotas para la Seguridad Social 0 2.3 Cuotas de Ahorro para el Retiro 0

2.4 Otras Cuotas y Aportaciones para la Seguridad Social 0

2.5 Accesorios de Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 0

3 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0

3.1 Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas 0

3.9 Contribuciones de Mejoras no Comprendidas en la Ley de Ingresos Vigente, Causadas en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago

0

4 DERECHOS 572,104,451

4.1 Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 170,997,932

4.1.01 Por el uso o aprovechamiento de bienes propiedad del Estado o de bienes concesionados al Estado

170,997,932

4.2 Derechos a los Hidrocarburos (Derogado) 0

4.3 Derechos por Prestación de Servicios 395,576,231

4.3.01 Por Servicios prestados por las autoridades del Registro Civil 26,007,063

4.3.02 Por Servicios prestados por las autoridades del Registro Público de la Propiedad y de Comercio

19,529,429

4.3.03 Por Certificaciones y Copias Certificadas 4,489,367

4.3.04 Por Notariado y Archivo de Instrumentos Públicos Notariales 6,848,110

4.3.05 Por expedición de Títulos 0

4.3.06 Por Servicios Prestados por Autoridades de las Secretarías de la Administración Pública Estatal y sus

252,247,875

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PÁG. 3San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO

Órganos Administrativos Desconcentrados

4.3.07 Por Registro de Vehículos Extranjeros y Consultas Vehiculares 811,436

4.3.08 Expedición y Revalidación de Licencias y Permisos en materia de Bebidas Alcohólicas

22,639,065

4.3.27 Por los Servicios de Salud prestados por las Instituciones de Salud Pública en el Estado

61,317,192

4.3.28 Por Servicios prestados por la Secretaría de Educación en el Estado 1,139,242

4.3.29 Por Servicios prestados por el Periódico Oficial del Estado 547,452

4.4 Otros Derechos 0 4.5 Accesorios de Derechos 5,530,288 4.5.01 Recargos 5,530,288 4.5.02 Multas 0 4.5.03 Honorarios de ejecución 0 4.5.04 20% Devolución de Cheques 0

4.9 Derechos no comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

0

5 PRODUCTOS 67,708,620 5.1 Productos 67,708,620

5.1.01 Productos derivados del Uso y Aprovechamiento de Bienes No Sujetos a Régimen de Dominio Público

300,000

5.1.02 Por talleres gráficos y Periódico Oficial del Estado (Derogado) 0

5.1.03 Por bienes mostrencos y vacantes 0 5.1.04 Instituciones de asistencia social 0

5.1.05

Por las Utilidades de los Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal Mayoritaria y Fideicomisos

0

5.1.06 Intereses financieros 67,408,620 5.2 Productos de Capital (Derogado) 0

5.9 Productos no comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, causados en Ejercicios Fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

0

6 APROVECHAMIENTOS 21,173,193 6.1 Aprovechamientos 18,830,300

6.1.01 Incentivos derivados de la Colaboración Fiscal (derogado) 0

6.1.02 Garantías y Multas 3,952,592 6.1.03 Indemnizaciones 0 6.1.04 Reintegros 0

6.1.05 Aprovechamientos provenientes de obras públicas 6,500,000

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SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADOPÁG. 4

San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

6.1.07 Aprovechamientos por Aportaciones y Cooperaciones (derogado) 0

6.1.09 Otros Aprovechamientos 8,377,708 6.2 Aprovechamientos Patrimoniales 2,293,984 6.3 Accesorios de Aprovechamientos 48,909 6.3.01 Recargos 48,909 6.3.02 Multas 0 6.3.03 Honorarios de ejecución 0 6.3.04 20% Devolución de Cheques 0

6.9 Aprovechamientos no comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, causados en Ejercicios Fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

0

7 INGRESOS POR VENTAS DE BIENES, PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y OTROS INGRESOS 0

7.1 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social

0

7.2 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado

0

7.3 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros

0

7.4 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria

0

7.5 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria

0

7.6 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria

0

7.7 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria.

0

7.8 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los órganos autónomos

0

7.9 Otros Ingresos 0 8 PARTICIPACIONES, APORTACIONES, CONVENIOS,

INCENTIVOS DERIVADOS DE LA COLABORACIÓN FISCAL Y FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES

19,922,992,247

8.1 Participaciones 8,654,096,392 8.1.01 Participaciones del Estado

8.1.01.01 Fondo General de Participaciones 5,433,110,665

Page 5: PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO · 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques

PÁG. 5San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO

8.1.01.02 Fondo de Fomento Municipal 373,863,353

8.1.01.03 Fondo de Fiscalización y Recaudación 243,940,589

8.1.01.04 Fondo de Compensación 0

8.1.01.05 Fondo de Extracción de Hidrocarburos 1,811,315,967

8.1.01.06 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 65,206,989

8.1.01.07 0.136% de la Recaudación Federal Participable 0

8.1.01.08 Para Municipios por los que se Exportan los Hidrocarburos 0

8.1.01.09 Cuotas Especiales de IEPS a las Gasolinas y Diésel

201,658,829

8.1.01.10 Fondo del Impuesto Sobre la Renta 525,000,000

8.1.01.11 Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas 0

8.2 Aportaciones 8,866,648,745

8.2.01 Fondos de Aportaciones Federales para la Entidad Federativa

8.2.01.01 Para la Nómina Educativa y Gasto Operativo 4,626,908,122

8.2.01.02 Servicios de Salud 1,703,669,006 8.2.01.03 Infraestructura Social 934,727,788

8.2.01.04 Fortalecimiento de los Municipios 652,812,688

8.2.01.05 Aportaciones Múltiples 400,376,301

8.2.01.06 Educación Tecnológica y de Adultos 110,939,582

8.2.01.07 Seguridad Publica 171,658,496

8.2.01.08 Fortalecimiento de las Entidades Federativas 265,556,762

8.3 Convenios 1,769,046,318

8.3.01 Convenios o Programas de Aportación Federal para la Entidad Federativa

8.3.01.01 Convenios de Protección Social en Salud 335,000,000

8.3.01.02 Convenios de Descentralización 1,434,046,318

8.3.01.03 Convenios de Reasignación 0 8.3.01.04 Otros Convenios y Subsidios 0

8.4 Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal 158,683,350

8.4.01 Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal del Estado

8.4.01.01 Multas Administrativas Federales no Fiscales 215,719

8.4.01.02 Cinco al millar 2,372,587 8.4.01.03 Incentivos Federales 65,074,021

8.4.01.04 Zona Federal Marítimo Terrestre 652,588

Page 6: PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO · 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADOPÁG. 6

San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

8.4.01.05 Recargos federales 0 8.4.01.06 Multas federales 0 8.4.01.07 Impuesto sobre la Renta 13,352,824 8.4.01.08 Impuesto al Valor Agregado 1,821,728 8.4.01.09 Impuesto al Comercio Exterior 0 8.4.01.10 Impuesto al activo 0

8.4.01.11 Impuesto empresarial a tasa única (IETU) 0

8.4.01.12 Accesorios de los Incentivos derivados de la colaboración fiscal 255,140

8.4.01.13 Otros Incentivos 0

8.4.01.14 Fondo de Compensación del Régimen de Pequeños Contribuyentes y del Régimen de Intermedios

14,626,304

8.4.01.15 Incentivos por Reintegro del 5% de Enajenación de Inmuebles 0

8.4.01.16 Tenencia o Uso de Vehículos 0

8.4.01.17 Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos 13,638,673

8.4.01.18 Impuesto Sobre Automóviles Nuevos 46,673,766

8.4.01.19 Gasolina Diésel para Combustión Automotriz 0

8.5 Fondos Distintos de Aportaciones 474,517,442

8.5.01 Fondos Distintos de Aportaciones del Estado

8.5.01.01 Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos

474,517,442

9 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES, Y PENSIONES Y JUBILACIONES 0

9.1 Transferencias y Asignaciones 0 9.2 Transferencias al Resto del Sector Público

(Derogado) 0

9.3 Subsidios y Subvenciones 0 9.4 Ayudas Sociales (Derogado) 0 9.5 Pensiones y Jubilaciones 0 9.6 Transferencias a Fideicomisos, Mandatos y

Análogos (Derogado) 0

9.7 Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo 0

0 INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS 0 0.1 Endeudamiento interno 0 0.2 Endeudamiento externo 0

0.3 Financiamiento Interno 0 Cuando una ley que establezca alguno de los ingresos previstos en este artículo, contenga disposiciones que señalen otros ingresos, estos últimos se considerarán comprendidos en la fracción que corresponda a los ingresos a que se refiere este artículo.

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PÁG. 7San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

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Las contribuciones, productos o aprovechamientos a los que las leyes de carácter no fiscal otorguen una naturaleza distinta a la establecida en las leyes fiscales, tendrán la naturaleza establecida en las leyes fiscales. ARTÍCULO 2. Los ingresos autorizados por esta Ley se percibirán, causarán, liquidarán y recaudarán de acuerdo con la Ley de Hacienda del Estado de Campeche, el Código Fiscal del Estado de Campeche y demás disposiciones fiscales estatales o federales aplicables y, supletoriamente, por el derecho común. Sólo la Secretaría de Finanzas y el Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche serán la dependencia y el órgano administrativo desconcentrado de ésta, los competentes para recaudar los ingresos que corresponden al Estado. En el caso de que algunas de las dependencias o sus órganos administrativos desconcentrados llegaren a percibir ingresos por alguno de los conceptos que establece esta Ley, deberán concentrarlos en la Secretaría de Finanzas el día hábil siguiente al de su recepción y deberán reflejarse, cualquiera que sea su naturaleza, tanto en los registros de la propia Secretaría como en la cuenta pública del Estado. Los Derechos referidos en el artículo 1, apartado 4, numerales 4.1 y 4.1.01 correspondientes al concepto de peaje por el uso del nuevo Puente de jurisdicción federal, denominado “La Unidad,” de 3. 222 Km de longitud, con origen en la Isla del Carmen y terminación en Isla Aguada, ubicado en el municipio de Carmen, Estado de Campeche, se pagarán en la caseta de cobro del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche, dependiente de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Campeche, y serán administrados en su totalidad a través de un Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago de conformidad con el título de Concesión y los Decretos 130, 136 y 150 publicados en el Periódico Oficial del Estado, el día 29 de diciembre de 2016, 20 de febrero de 2017 y, 8 de mayo de 2017, respectivamente. ARTÍCULO 3. No se concentrarán en la Secretaría de Finanzas los ingresos provenientes de las aportaciones de seguridad social destinados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Campeche ISSSTECAM, así como los ingresos correspondientes a las Entidades de la Administración Pública Paraestatal, los que podrán ser recaudados por las oficinas del propio Instituto o de la Paraestatal respectiva, según el caso, debiendo cumplir con los requisitos contables establecidos y reflejarse en la cuenta pública del Estado conforme al marco jurídico aplicable. Las Entidades Paraestatales deberán informar mensualmente a la Secretaría de Finanzas el monto a detalle de todos sus ingresos, dentro del plazo de diez días siguientes al mes que corresponda.

Capítulo II De los Recursos de Origen Federal

ARTÍCULO 4. Las participaciones por ingresos federales y los incentivos fiscales, se percibirán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, el Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y sus anexos, el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y sus anexos; las cuales ingresarán a la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, salvo aquellas que hayan sido afectadas como fuente de pago o garantía de las obligaciones contraídas por el Estado o sus Municipios, de conformidad con la Ley de Obligaciones, Financiamientos y Deuda Pública del Estado de Campeche y sus Municipios. ARTÍCULO 5. Los Fondos de Aportaciones Federales se percibirán en los plazos, conceptos y montos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, los cuales serán destinados y distribuidos de conformidad con lo establecido en la precitada Ley Federal. Estos Fondos ingresarán a la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, salvo aquellos que en los términos, condiciones y porcentajes establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal hayan sido afectados para garantizar obligaciones o servir como fuente de pago de dichas obligaciones contraídas por el Estado o sus Municipios.

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SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADOPÁG. 8

San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

ARTÍCULO 6. Los recursos por Convenios de Transferencias Federales se percibirán de acuerdo con lo establecido en los convenios, acuerdos u otros instrumentos jurídicos que al efecto se celebren entre el Gobierno Federal y el Estado. ARTÍCULO 7. En el concepto de “Fondos distintos de Aportaciones” se incluye el Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos se percibirá conforme al artículo 57 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, deberán aplicarse, invertirse y ejercerse de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV, del tercer párrafo del citado artículo, así como en las Reglas de Operación para la distribución y aplicación de los Recursos del Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos.

Capítulo III

De la Coordinación y Colaboración Fiscal con Municipios, Federación y Otras Entidades

ARTÍCULO 8. Se autoriza al Ejecutivo del Estado y a los Municipios por conducto de la o el Secretario de Finanzas y la o el Administrador General del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche al primero y, por conducto de sus presidentes, secretarios y tesoreros de los respectivos HH. Ayuntamientos a los segundos, a celebrar Convenios de Coordinación y Colaboración Hacendaria para que el Estado por sí o a través del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche efectúe la administración y cobro de los ingresos municipales, así como para que se suministren recíprocamente la información fiscal que requieran con el propósito de que cada una de las partes pueda tener acceso para instrumentar programas de verificación y sobre el ejercicio de facultades de comprobación del cumplimiento de obligaciones fiscales. En estos mismos convenios podrán participar, en su caso, las Entidades Paramunicipales a través de sus titulares, previa aprobación de sus Juntas de Gobierno, cuando dichos ingresos municipales estén a cargo de éstas, con el propósi to de que el Estado por sí o a través del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche efectúe también la administración y cobro de estos ingresos. Los ingresos que perciba el Estado por los conceptos de emplacamiento de vehículos y refrendo anual de placas que comprende placas, calcomanías y tarjetas de circulación cuya recaudación y administración corresponde al Estado de conformidad con los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria de Ingresos celebrados por el Estado con los HH. Ayuntamientos, deberán reflejarse tanto en los registros de la propia Secretaría como en la cuenta pública del Estado y contabilizarse en el rubro correspondiente a Derechos. ARTÍCULO 9. Se autoriza al Ejecutivo del Estado por conducto de su Secretaría de Finanzas, con la participación, en su caso, del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche para celebrar Convenios de Colaboración Hacendaria con el Gobierno Federal, incluidos sus Organismos Descentralizados, para que se suministren e intercambien recíprocamente la información fiscal que requieran, con el propósito de que cada una de las partes pueda tener acceso para instrumentar programas de verificación y sobre ejercicio de facultades de comprobación del cumplimiento de obligaciones fiscales. ARTÍCULO 10. Se autoriza al Ejecutivo del Estado por conducto de la o el Secretario de Finanzas y la o el Administrador General del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche, para que celebre en representación del Estado, Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria de Ingresos, así como en Materia de Intercambio Recíproco de Información Fiscal con sus Municipios y otras Entidades Federativas, para la administración, cobro, aprovechamiento y ejercicio del procedimiento administrativo de ejecución de contribuciones de naturaleza estatal o municipal, así como sus accesorios y, multas por infracciones de tránsito vehicular, respecto de personas físicas y morales y, unidades económicas domiciliadas en sus respectivas jurisdicciones territoriales.

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PÁG. 9San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO

Para su validez, los Convenios deberán estar publicados en los Periódicos, Gacetas o Diarios Oficiales de las Entidades Federativas que los suscriban. ARTÍCULO 11. Se autoriza al Ejecutivo del Estado por conducto del o los titulares de las Dependencias a la o a las que el asunto corresponda, para celebrar Convenios de Colaboración, Interinstitucional, de Concertación de Acciones, Académicos, de Capacitación, de Subrogación para la Prestación de Servicios y/o en cualquier materia de sus respectivas competencias, con otras dependencias y/o entidades paraestatales federales o estatales. En el caso de que, en alguno de estos convenios se prevea el cobro de ingresos, deberá participar el Servicio de Administración Fiscal del Estado y, en los mismos se establecerán los compromisos de las partes, el destino de los recursos y su ejecutor de gasto.

Capítulo IV

Recargos por Prórroga en el Pago de Créditos Fiscales

ARTÍCULO 12. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos en los términos de lo señalado en los artículos 31 y 32 del Código Fiscal del Estado; las tasas de recargos que se apliquen serán las que fije el H. Congreso de la Unión en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020.

Capítulo V Del Esfuerzo en la Recaudación Fiscal

ARTÍCULO 13. Para el ejercicio fiscal 2020, la recuperación de los adeudos de impuestos y derechos de Ejercicios 2019 y anteriores, serán reconocidos como esfuerzo recaudatorio del Ejercicio 2020 , y deberán clasificarse dentro de los rubros correspondientes de impuestos y derechos según sea el caso; asimismo, las actualizaciones, recargos y sanciones derivados de los impuestos y derechos, serán considerados accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de éstas. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado a través del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche identificará, del padrón de contribuyentes, aquéllos que aparezcan fiscalmente inactivos con el propósito de llevar a cabo el procedimiento de armonización, depuración y actualización del precitado padrón. ARTÍCULO 14. El Fondo destinado a mejorar y modernizar a la Administración Tributaria a través de equipamiento y capacitación al personal, así como para satisfacer las necesidades derivadas de los convenios suscritos por el Estado con sus Municipios y con la Federación, que tiene como único objetivo el incremento de la recaudación Federal, Estatal y Municipal, que está constituido con los recursos obtenidos de las multas y estímulos derivados de la aplicación del Convenio de Colaboración Administrativa en materia Fiscal Federal en actos de Fiscalización, le será aplicable el Reglamento para la Operación del precitado Fondo expedido por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, cuyo ejercicio de los recursos será de manera autónoma e independiente por parte de la misma Secretaría.

Capítulo VI

De los Anexos, Información Financiera y Transparencia

ARTÍCULO 15. El Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría de Finanzas, informará al Congreso del Estado, trimestralmente, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes al trimestre vencido, sobre los ingresos percibidos por el Estado en el Ejercicio Fiscal de 2020, con relación a las estimaciones que se señalan en el Artículo 1 de esta Ley. ARTÍCULO 16. Forman parte de esta Ley los Anexos siguientes:

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SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADOPÁG. 10

San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

I. Anexo 1. Formato 7 a) Proyecciones de Ingresos – (Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, abarca un periodo de 5 años en adición al ejercicio fiscal 2020).

II. Anexo 2. Formato 7 c) Resultados de Ingresos – (Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, abarca un periodo de 5 años y el ejercicio fiscal 2019).

III. Anexo 3. Informes del Costo de la Deuda por tipo de Obligación IV. Anexo 4. Deuda Directa y Emisiones Bursátiles-Bonos Cupón Cero V. Anexo 5. Perfil de Vencimientos de la Deuda Directa 2020-2025

TRANSITORIOS

PRIMERO. - La presente Ley de Ingresos del Estado de Campeche para el ejercicio fiscal de 2020, entrará en vigor el día uno de enero del año dos mil veinte. SEGUNDO. - Se derogan todas aquellas disposiciones legales y reglamentarias, de igual o menor jerarquía, del marco jurídico estatal, en lo que se opongan al presente decreto. Se derogan las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones estatales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones estatales, distintos de los establecidos en la presente Ley, en el Código Fiscal del Estado, decretos o acuerdos del Ejecutivo y las leyes que establecen dichas contribuciones. Lo dispuesto en el párrafo anterior también será aplicable cuando las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones estatales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones estatales, se encuentren contenidas en normas jurídicas que tengan por objeto la creación o las bases de organización o funcionamiento de los entes públicos o empresas de participación estatal, cualquiera que sea su naturaleza. Se derogan las disposiciones que establezcan que los ingresos que obtengan las dependencias u órganos por concepto de derechos, productos o aprovechamientos, tienen un destino específico, distintas de las contenidas en el Código Fiscal del Estado, en la presente Ley y en las demás leyes fiscales. TERCERO.- De conformidad con el Decreto número 4 publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 20 de noviembre de 2015, la determinación de los pagos del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos de carácter Estatal, correspondiente a Ejercicios Fiscales de 2015 y anteriores se realizarán conforme a las disposiciones jurídicas vigentes en el Ejercicio Fiscal correspondiente, en tal sentido las obligaciones derivadas de este impuesto abrogado que hubieran nacido durante su vigencia por la realización de las situaciones jurídicas previstas en la Ley de Hacienda del Estado de Campeche, deberán ser cumplidas en las formas y plazos establecidos en la misma y en las demás disposiciones jurídicas aplicables y que se encuentra señalado en esta Ley en su artículo 1, fracción 1.9. “Impuestos no comprendidos en las fracciones anteriores de la Ley de Ingresos causados en Ejercicios Fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago”. La vigencia de este transitorio concluye al 31 de diciembre de 2020 fecha que al cumplirse da paso a la prescripción de oficio. CUARTO.- Los contribuyentes que tributen conforme a los regímenes que administra el Estado de Campeche con base en el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y sus Anexos, así como los contribuyentes de Impuestos estatales que declaren en ceros, deberán presentar sus declaraciones exclusivamente en medios electrónicos a través de la página www.finanzas.campeche.gob.mx.

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PÁG. 11San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO

QUINTO. - Los ingresos que perciba o recaude el Estado de Campeche se acreditarán mediante el recibo oficial, comprobante fiscal impreso por medios propios o a través de terceros, comprobante fiscal digital o cualquier otra documentación que impresa o digital expida la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, el Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche, o las Entidades Paraestatales, según el caso y, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. SEXTO. - Con el propósito de fomentar y estimular el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes apoyándolos para su regularización, queda autorizado el Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado por conducto del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche para emitir resoluciones de carácter general mediante la cual condone multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios en el pago de impuestos estatales en los porcentajes, plazos y condiciones que considere convenientes. SÉPTIMO. - Durante el ejercicio fiscal 2020 las personas que se les autorice mediante resolución favorable emitida por la Secretaria de Finanzas, el otorgamiento del estímulo previsto en los artículos 7 y 8 de la Ley para el Fomento de las Actividades Económicas y Empresariales en el Estado de Campeche, podrán gozar del mismo estimulo respecto del Impuesto Adicional para la Preservación del Patrimonio Cultural, Infraestructura y Deporte, en los mismos términos que se otorgue para el Impuesto sobre Nómina. En el caso de suspensión, modificación o cancelación del estímulo otorgado, deberá pagar el Impuesto Adicional para la Preservación del Patrimonio Cultural, Infraestructura y Deporte que haya dejado de cubrir con base en el mencionado estímulo adicionado con sus recargos, actualizaciones y multas en los términos de las leyes fiscales aplicables. OCTAVO. - Los créditos fiscales que se encuentren registrados como incobrables en el área de recaudación del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche dependiente de la Secretaría, se extinguirán, transcurridos cinco años contados a partir de que se haya realizado dicho registro, cuando exista imposibilidad práctica de cobro. Para estos efectos, se considera que existe imposibilidad práctica de cobro, entre otras, cuando los deudores no tengan bienes embargables, el deudor hubiera fallecido o desaparecido sin dejar bienes a su nombre o cuando por sentencia firme hubiera sido declarado en quiebra por falta de activo. NOVENO. - En el rubro correspondiente a Fondos de Aportaciones Federales, específicamente al Fondo de Aportaciones Múltiples, se presenta un monto estimado para cuyo ingreso se estará a lo dispuesto por el artículo 52 de la Ley de Coordinación Fiscal, el Decreto número 299 publicado en el Periódico Oficial del Estado el 6 de octubre de 2015, así como al Convenio de Colaboración para la Entrega de Recursos a nombre y por cuenta de tercero y por el que se establece un mecanismo de potenciación de recursos celebrado entre el Gobierno Federal y el Estado de Campeche, así como los Fideicomisos de Emisión y, el de Distribución celebrados para ese efecto. DÉCIMO. - Los montos establecidos en el rubro 8 del artículo 1 de la presente Ley denominado Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos distintos de Aportaciones son montos estimados. En el caso de los subsidios federales no se cuantifican por la no certeza de su transferencia al Estado.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo, en la ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, a los once días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. C. Karla Guadalupe Toledo Zamora, Diputada Presidenta.- C. Carlos César Jasso Rodríguez, Diputado Secretario.- C. Leonor Elena Piña Sabido, Diputada Secretaria.- Rúbricas.

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SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADOPÁG. 12

San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

PODER EJECUTIVO DECRETO PROMULGATORIO

CARLOS MIGUEL AYSA GONZÁLEZ, Gobernador del Estado de Campeche, mediante el presente Decreto, se hace saber a los habitantes del Estado de Campeche:

Que la LXIII Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Campeche me ha dirigido el Decreto número 90, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 48, 49 y 71, fracción XVIII, de la Constitución Política del Estado de Campeche, lo sanciono, mando se imprima, publique y circule para su debida observancia.

Este Decreto es dado en el Palacio de Gobierno del Estado, en San Francisco de Campeche, Municipio y Estado de Campeche, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CAMPECHE, LIC. CARLOS MIGUEL AYSA GONZÁLEZ.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, L.E.N.I. PEDRO ARMENTÍA LÓPEZ.- RÚBRICAS.

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PÁG. 13San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO

ANEX

O 1

Concepto (b)

Iniciativa de Ley de

Ingresos 2020 (c )

2021 (d)

2022 (d)

2023 (d)

2024

(d)

2025 (d)

1. Ingresos de Libre Disposición (1=A+B

+C+D

+E+F+G

+H+I+J+K

+L)

10,872,529,362

11,225,168

,905

11,886,421,634

12,879,095,530

13,375,895,982

14,188,835,711

A. Impuestos

1,398,763,356

1,479,029,840

1,566,205,087

1,659,403,451

1,759,107,370

1,864,070,678

B. Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social

00

00

00

C. Contribuciones de Mejoras

00

00

00

D. Derechos

572,104,451

332,453,773

346,064,706

641,536,287

387,270,855

403,407,853

E. Productos

67,708,620

67,370,077

67,100,597

66,832,194

66,564

,865

66,365,171

F. Aprovechamientos

21,173,193

21,914,255

22,681,254

23,475,098

24,296

,726

25,147,111

G. Ingresos por Ventas de Bienes y Prestación de Servicios

00

00

00

H. Participaciones

8,654,096,392

9,156,513,976

9,706,409,787

10,299,032,724

10,938,133,812

11,616,890,159

I. Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal

158,683,350

167,886,984

177,96

0,203

188,815,776

200,522,354

212,954,740

J. Transferencias y Asignaciones

00

00

00

K. Convenios

00

00

00

L. Otros Ingresos de Libre Disposición

00

00

00

2. Transferencias Federales Etiquetadas (2=A

+B+C

+D+E)

11,110,212,505

11,641,227,273

12,209,770,526

12,825,503,022

13,505,709,011

14,249,621,765

A. Aportaciones

8,866,64

8,745

9,354,314,426

9,896,864,663

10,490,676,542

11,130,607,812

11,820,705,496

B. Convenios

1,769,04

6,318

1,838,718,246

1,913,996,898

1,993,438,964

2,077,331,236

2,163,89

0,525

C. Fondos Distintos de Aportaciones

474,517,442

448,194,601

398,908,966

341,387,515

297,769,963

265,025,744

D. Transferencias, Asign

aciones, Subsidios y Subvenciones, y

Pensiones y Jubilaciones

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

E. O

tras Transferencias Federales Etiquetadas

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

3. Ingresos Derivados de Financiamientos (3=A)

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

A. Ingresos Derivados de Financiamientos

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

4. Total de Ingresos Proyectados (4=1+2+3)

21,982,74

1,867

22,866,396,178

24,096,192,159

25,704

,598

,552

26,881,604,993

28,438

,457,476

Datos Inform

ativos

1. Ingresos Derivados de Financiamientos con Fuente de Pago de

Recursos de Libre Disposición

00

00

00

2. Ingresos derivados de Financiamientos con Fuente de Pago de

Transferencias Federales Etiquetadas

00

00

00

3. Ingresos Derivados de Financiamiento (3 = 1 + 2)

00

00

00

CAMPECHE

Proyecciones de Ingresos - LD

F (PESOS)

(CIFRAS NOMINALES)

Form

ato 7 a) Proyecciones de Ingresos - LD

F

Page 14: PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO · 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADOPÁG. 14

San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

ANEX

O 2

Con

cepto (b)

2014 1 (c)

2015 1 (c)

2016 1 (c)

2017 1 (c)

2018 1 (c)

2019 2 (d)

1. Ingresos de Libre Dispo

sición

(1=A+B

+C+D

+E+F+G

+H+I+J+K

+L)

9,66

4,601,324

12,359

,459

,491

10,069

,535

,447

9,163,28

6,142

10,988,633

,549

11,924

,597

,249

A. Impu

estos

1,763,505,616

2,00

8,375,301

1,544,654,813

1,392,720,651

1,406

,514,702

1,623,94

2,321

B. Cuo

tas y Apo

rtaciones de Seguridad Social

00

00

0C. Con

tribuciones de Mejoras

00

00

00

D. Derecho

s89

2,035,60

0336,582,591

364,521,805

522,406

,826

439,841,776

447,98

6,389

E. Produ

ctos

63,052,341

51,873,943

65,638,686

106,718,99

7118,189,318

170,921,379

F. A

provechamientos

91,921,455

107,86

6,196

133,90

0,773

160,272,298

159,66

6,306

84,604

,528

G. Ingresos por Ventas de Bienes y Prestación

de Servicios

00

00

00

H. Participaciones

6,496

,101,094

7,703,657,502

7,350,272,66

36,779,293,197

8,64

1,96

2,94

29,428,249,736

I. Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal

261,314,844

483,486

,346

581,781,536

201,874,174

222,458,506

168,89

2,89

6J. Transferencias y Asign

aciones

00

00

00

K. C

onvenios

00

28,765,170

00

0L. Otros Ingresos de Libre Dispo

sición

96,670,374

1,66

7,617,613

00

00

2. Transferencias Federales Etiquetadas (2=A

+B+C

+D+E)

10,502

,402

,866

10,685,03

8,592

11,300

,057

,524

12,727

,923

,877

13,315,572

,991

11,779

,837

,799

A. Apo

rtaciones

6,459,623,291

7,034,059,364

7,324,461,366

7,754,234,748

8,04

6,078,88

48,618,717,839

B. Con

venios

4,042,779,575

3,650,979,228

3,678,529,170

4,634,552,668

4,890

,880

,405

2,68

4,822,155

C. Fond

os Distintos de Apo

rtaciones

00

297,06

6,98

8339,136,461

378,613,701

476,297,805

D. Transferencias, A

sign

aciones, Sub

sidios y Sub

venciones, y

Pensiones y Jubilacion

es0

00

00

0

E. O

tras Transferencias Federales Etiquetadas

00

00

00

3. Ingresos Derivados de Financiamientos (3=

A)

821,940,36

90

024

2,611,55

81,36

3,63

8,442

0A. Ingresos Derivados de Financiamientos

821,94

0,369

00

242,611,558

1,363,638,442

0

4. Total de Ingresos Proyectados (4=1+2

+3)

20,988,944,559

23,044,498

,083

21,369

,592

,971

22,133

,821,576

25,667

,844,982

23,704

,435

,049

Datos Inform

ativos

1. Ingresos Derivados de Financiamientos con

Fuente de Pago de

Recursos de Libre Dispo

sición

00

00

00

2. Ingresos derivados de Financiamientos con

Fuente de Pago de

Transferencias Federales Etiqu

etadas

00

00

00

3. Ingresos Derivados de Financiamiento (3 = 1 + 2)

00

00

00

Form

ato 7 c) Resultado

s de Ingresos - LD

F

CAMPECHE

Resultado

s de Ingresos - LD

F (PESOS)

Page 15: PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO · 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques

PÁG. 15San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO

ANE

XO 3

A

NEX

O 3

DE

LA L

EY D

E IN

GR

ESO

SD

EL E

STA

DO

DE

CAM

PECH

E

COST

O D

E LA

DEU

DA

PO

R T

IPO

DE

OB

LIG

ACI

ÓN

(PES

OS)

E

ND

EU

DA

MIE

NT

OM

OD

IFIC

AC

IÓN

PO

RE

ND

EU

DA

MIE

NT

OF

EC

HA

NE

TO

IN

ICIO

20

20

EN

DE

UD

AM

IEN

TO

NE

TO

FIN

AL

20

20

CO

NT

RA

TO

DIS

PO

SIC

IÓN

VE

NC

IMIE

NT

O

CO

NS

OLID

AD

O3

,35

4,4

12

,86

92

,96

7,0

66

,17

10

2,9

02

,30

6,5

48

DE

UD

A D

IRE

CT

A2

,42

8,1

90

,36

92

,33

6,9

15

,63

60

2,2

99

,68

4,6

47

BA

NC

A C

OM

ER

CIA

L2

,42

8,1

90

,36

92

,33

6,9

15

,63

60

2,2

99

,68

4,6

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Page 16: PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO · 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADOPÁG. 16

San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

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Page 17: PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO · 1.7 Accesorios de Impuestos 1,247,556 1.7.01 Recargos 772,692 1.7.02 Multas 474,864 1.7.03 Honorarios de Ejecución 0 1.7.04 20% Devolución de Cheques

PÁG. 17San Francisco de Campeche,Cam., Diciembre 16 de 2019

SEGUNDA SECCIÓNPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO

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5

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2020

2021

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Su

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3,8

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