osce

24
Universidad nacional «Hermilio Valdizan» ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE ING. CIVIL CURSO: LEGISLACIÓN LABORAL Y NORMAS LEGALES DOCENTE: ING. JORGE MEYZAN BRICEÑO TEMA: ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO «OSCE» HUANUCO 2014

Upload: levi-amaringo-fabian

Post on 12-Sep-2015

21 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

EXPO OSCE

TRANSCRIPT

Presentacin de PowerPoint

Universidad nacionalHermilioValdizanESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE ING. CIVILCURSO:LEGISLACIN LABORAL Y NORMAS LEGALESDOCENTE: ING. JORGE MEYZAN BRICEOTEMA:ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADOOSCE

HUANUCO2014

1DEFINICIN Es un organismo tcnico especializado adscrito al Ministerio de Economa y Finanzas, con personalidad jurdica de derecho pblico, con autonoma tcnica, funcional, administrativa, econmica y financiera. El personal del OSCE est sujeto al rgimen laboral de actividad privada.

Est encargada de velar por el cumplimiento de las normas en las adquisiciones pblicas del Estado peruano. Tiene competencia en el mbito nacional, y supervisa los procesos de contratacin de bienes, servicios y obras que realizan las entidades estatales.

LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTOEntidades del Estado cumplen funciones pblicas orientadas a satisfacer las necesidades de los ciudadanos Atreves de brindar los serviciosAgua y desageConstruccin de carreterasProveer energa elctricaentre otrosPara elloRequieren contratar bienes ,servicios y obras de las Entidades publicaslaMagnitud y el numero de transacciones hacen que las contrataciones constituyan un rgimen jurdicoEn tal sentidoSe aprueba la ley de contrataciones con el estado y su reglamentoAprobadoMediante Decreto Supremo N 184-2008-EF)Tiene como objetivoFortalecer las funciones SupervisindeRegulacinSolucin de controversias del OSCE Lasyde

Proceso de Contratacin Pblica

PLANIFICACINE.P.O.M.PRESUPUESTO Y APROBACINBASESPROCESO DE SELECCIONCONTRATOEJECUCION Y PAGOCuadro de NecesidadesPlan Anual de Contrataciones

RequerimientoEstudio de Posibilidades que Ofrece el Mercado(2 Fuentes)Valor ReferencialTipo de Proceso(LP, CP, ADP, ADS, AMC)Certificacin PresupuestalAprobacin de ExpedienteDesignacin de Comit EspecialElaboracin de BasesAprobacin de BasesConvocatoriaReg. ParticipantAbs. de Consult. y ObservacionesIntegracin de BasesOtorgamiento de la Buena ProConsentimiento de la Buena ProPerfeccionamiento de Contrato(Contrato O/C, O/S)Ejecucin ContractualConformidad (10 das)

Pago

Cierre de ExpedienteFASES DE LA CONTRATACINProgramacin y Actos PreparatoriosSeleccinEjecucin ContractualNORMATIVA DE CONTRATACIONESDecreto Legislativo N 1017 y DecretoSupremo N 184-2008-EF.Se aplica a las contrataciones que debanrealizar las Entidades para proveerse de bienes, servicios u obras, asumiendo la retribucin correspondiente con fondos pblicos y dems obligaciones derivadas en calidad de contratante.I. EJERCICIODELAFUNCINPBLICA.1. Actuacionesregladas.

2. Actuacionesdiscrecionales.1. ACTUACIONESREGLADAS.Las potestades regladas son aquellas en las que la ley determina exhaustivamente lascondicionesdesuejercicioyregulalas consecuenciasoefectosqueproduce.Enestoscasos,laAdministracinselimitaaaplicarlaleyensuspropiostrminos.2. ACTUACIONESDISCRECIONALESUnaactuacinadministrativaesdiscrecionalcuandolaAdministracin,alhacerlaefectiva, puedeoptar pordistintassolucionesytodas ellassonformalmentevlidas.En estoscaso, lapropiaLeyatribuyealaAdministracinlaposibilidad de valorar.II. PrincipiosdelDerechoAdministrativoLosprincipiosdelderechoadministrativoestncontenidosenelartculoIVdelaLeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN27444yson16:

PrincipiodelegalidadPrincipiodeldebidoprocedimientoPrincipiodeimpulsodeoficioPrincipioderazonabilidadPrincipiodeimparcialidadPrincipiodeinformalismoPrincipiodepresuncindeveracidadPrincipiodeconductaprocedimentalPrincipiodeceleridadPrincipiodeeficaciaPrincipiodeverdadmaterialPrincipiodeparticipacinPrincipiodesimplicidadPrincipiodeuniformidadPrincipiodepredictibilidadPrincipiodeprivilegiodecontrolesposterioresTIPOS DE PROCESOS DE SELECCINSe determina dependiendo de:A) Objeto del proceso.B) Valor Referencial.ObjetoLicitacin Pblica BienesObrasConcurso Pblico ServiciosAdjudicacin Directa Menor CuantaBb, Ss y Obras * Se convoca procesos a partir de 3 UITMBITO DE APLICACIN Dos criterios:1)El aspecto subjetivo: las personas que deben someter su comportamiento a las prescripciones establecidas en la Ley, cuando se configuren los supuestos de hecho previstos en la misma.

2)El aspecto objetivo: la materia u objeto que pretende regular la norma.Los contratos donde el Estado asume una prestacin de carcter dinerario o una retribucin con fondos pblicos; mientras que el particular (contratista) asume una prestacin de dar o hacer que satisfaga el requerimiento de bienes, servicios u obras de la Entidad.FUNCIONES DEL OSCE Promover la realizacin de compras giles, oportunas, eficientes, transparentes y econmicas por parte de las entidades del Estado, con la finalidad que puedan cumplir con sus objetivos estratgicos y operativos, teniendo en cuenta el respeto al medio ambiente y al desarrollo humano.

Disear y promover mecanismos de orientacin, capacitacin e informacin a los servidores, funcionarios, proveedores del Estado y al pblico en general en materia de contratacin pblica.

Aprobar Bases Estandarizadas que sern de uso obligatorio por las entidades del Estado. Ejm: Directiva.

Emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicacin de la Ley y su Reglamento. FUNCIONES DEL OSCE Velar y promover el cumplimiento y difusin de la Ley, suReglamento y normas complementarias y proponer las modificaciones que considere necesarias.

Resolver los asuntos de su competencia en ltima instancia administrativa.

Supervisar y fiscalizar, de forma selectiva y/o aleatoria, los procesos de contratacin que se realicen al amparo de la Ley y su Reglamento.

Administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores (RNP), as como cualquier otro instrumento necesario para la implementacin y operacin de los diversos procesos de contrataciones del Estado. (requisito para contratar con el estado).FUNCIONES DEL OSCE Desarrollar, administrar y operar el Sistema Electrnico de las Contrataciones del Estado (SEACE).

Organizar y administrar arbitrajes. (ejecucin contractual).

Designar rbitros y resolver las recusaciones sobre los mismos en arbitrajes que no se encuentren sometidos a una institucin arbitral, en la forma establecida en el Reglamento.

Absolver consultas (OPINIONES) y emitir pronunciamientos sobre las materias de su competencia. Las consultas que le efecten las Entidades sern gratuitas.FUNCIONES DEL OSCE Imponer sanciones a los proveedores inscritos en elRegistro Nacional de Proveedores (RNP) que contravengan las disposiciones de la Ley, su Reglamento y normas complementarias.(PROCEDIMIENTO SANCIONADOR).

Poner en conocimiento de la Contralora General de la Repblica los casos en que se observe trasgresiones a la normativa de contrataciones pblicas, siempre que existan indicios razonables de perjuicio econmico al Estado o de comisin de delito. Ejm: documentacin falsa o inexacta.FUNCIONES DEL OSCE Suspender los procesos de contratacin, en los que como consecuencia del ejercicio de sus funciones observe trasgresiones a la normativa de contrataciones pblicas, siempre que existan indicios razonables de perjuicio econmico al Estado o de comisin de delito, dando cuenta a la Contralora General de la Repblica.

Promover la Subasta Inversa, determinando las caractersticas tcnicas de los bienes o servicios que sern provistos a travs de esta modalidad y establecer metas institucionales anuales respecto al nmero de fichas tcnicas de los bienes o servicios a ser contratados. (BENEFICIOS DE LA SUBASTA INVERSA)FUNCIONES DEL OSCE Desconcentrar sus funciones en sus rganos de alcance regional o local de acuerdo a lo que establezca el presenteReglamento. Ejm: Ayacucho, Arequipa, Chiclayo, entre otras.

Proponer estrategias y realizar estudios destinados al uso eficiente de los recursos pblicos y de reduccin de costos. Ejm: estudios sobre contratacin pblica.

Las dems que le asigne la normativa.POSIBLES CAUSAS POR LAS QUE LOSPROCESOS SON DECLARADOS DESIERTOS:Lo requerido no existe en el mercado.El valor referencial es muy bajo.Costos de participacin muy altos.Propuestas defectuosas o incompletas (RNP, puntaje mnimo).Bases confusas. 71%Bases direccionadas.ASPECTOS NEGATIVOS DE LADECLARATORIA DE DESIERTO:La duplicidad de recursos empleados humanos, temporales y econmicos.

La falta de abastecimiento oportuno de bienes, servicios y obras (efecto en sus funciones).

Eleccin transitoria de proveedores inadecuados.Lo ms importante de la labor del OSCE OSCE supervisa y fiscaliza los procesos decontratacin, de manera selectiva y/oaleatoria. OSCE emite directivas sobre aplicacin de laley. OSCE emite pronunciamientos respecto deobservaciones a las bases. OSCE emite opiniones. OSCE incluye Tribunal rgano jurisdiccionaldel OSCE.PRONUNCIAMIENTOSCARACTERSTICASMotivado.Debe absolver las observaciones sometidas a su consideracin.De oficio sobre aspectos que contravengan las normas.Plazo: 8 das hbiles.Emisin por parte del titular de la entidad.Precedente Administrativo.RECURSOS DEL OSCEGenerados por el cobre de tasas (ejm: constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, tramites de RNP, consultas del sector privado).

Ejecucin de garantas.

Capacitacin y difusin de la normativa.

Donaciones.TRIBUNAL DEL OSCESon las funciones del tribunal del OSCE:

a)Resolver controversias durante el proceso de seleccin.

b)Aplicar sanciones de inhabilitacin a losproveedores, participantes, postores yContratistas.ESO ES TODO, GRACIAS