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7/21/2019 Org Estado Pags 5-7-23 24 Tema5 Fp http://slidepdf.com/reader/full/org-estado-pags-5-7-23-24-tema5-fp 1/4 La Unión Europea... 5 IGNACIO G. CH. Tema V Telf.: 606 658 855 - www.ignaciogch.com O R G A N I Z A C I Ó N  D E L  E S T A D O partir de 2014 la mayoría cualificada obedecerá al principio de doble mayoría (mayoría de los Estados miembros y de la población), que refleja la doble legitimidad de la Unión. La doble mayoría se alcanzará cuando los votos favorables representen, como mínimo, el 55% de los Estados miembros y el 65% de la población . No obstante, hasta el 31 de Octubre de 2014, han estado en vigor las Disposiciones siguientes, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 1 del Art. 201 bis del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Cuando el Consejo Europeo o el Consejo  deban adoptar un acuerdo por mayoría cualificada, los votos de los miembros se ponderarán del modo siguiente:  – Alemania, Francia, Italia y Reino Unido .................................... 29 votos  – España y Polonia..................................................................... 27 votos  – Rumania ................................................................................... 14 votos  – Países Bajos ............................................................................ 13 votos  – Bélgica, República Checa, Grecia, Hungría y Portugal ............ 12 votos  – Austria, Suecia y Bulgaria ......................................................... 10 votos  – Dinamarca, Irlanda, Lituania, Eslovaquia, Finlandia y Croacia .. 7 votos  – Chipre, Estonia, Luxemburgo, Eslovenia y Letonia .................... 4 votos  – Malta ........................................................................................... 3 votos TOTAL ..................................................................................  352 votos Para su adopción, los acuerdos requerirán al  menos 260 votos que representen la votación favorable de la mayoría de los miembros, cuando en virtud de los Tratados deban ser adoptados a propuesta de la Comisión. En los demás casos , requerirán al menos 260 votos que representen la votación favorable de 2/3 de los miembros como mínimo. Cuando el Consejo Europeo o el Consejo adopten un acto por mayoría cualificada, cualquier miembro del Consejo Europeo o del Consejo podrá solicitar que se compruebe que los Estados miembros que constituyen la mayoría cualificada representen como mínimo el 62% de la población total de la Unión. Si se pusiere de manifiesto que esta condición no se cumple, el acto en cuestión no será adoptado. Crea un marco institucional más estable y racionalizado con el cargo del Presidente del Consejo Europeo elegido por dos años y medio , y vincula directamente la elección del Presidente de la Comisión a los resultados de las elecciones europeas. Mejora la capacidad de la U.E. para abordar cuestiones que hoy día son prioritarias para la Unión y sus ciudadanos, como es el caso de la actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad, ya sea para luchar contra el terrorismo o combatir la delincuencia. Lo mismo ocurre, en cierta medida, con otros campos como política energética, salud pública, protección civil, cambio climático, servicios de interés general, investigación, política espacial, cohesión territorial, política comercial, ayuda humanitaria, deporte, turismo y cooperación administrativa. Establece que la Unión y los Estados miembros actuarán conjuntamente si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano. También hace hincapié en la solidaridad en el sector de la energía y da mayor seguridad para todos otorgando más capacidad de actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad, lo que redunda en beneficio de la lucha contra la delincuencia y el terrorismo. Las nuevas Disposiciones sobre protección civil, ayuda humanitaria y salud pública pretenden impulsar la capacidad de la U.E. para enfrentarse a las amenazas contra la seguridad de los ciudadanos europeos. Combina los instrumentos con que cuenta la política exterior europea a la hora de elaborar y aprobar nuevas políticas y se ponen en juego todas las capacidades económicas, humanitarias y diplomáticas

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La Unión Europea... 5 IGNACIO G. CH.

Tema V Telf.: 606 658 855 - www.ignaciogch.com

O R G A N I Z A C I Ó N   D E L   E S T A D O

partir de 2014 la mayoría cualificada obedecerá al principio de doble mayoría (mayoría de los

Estados miembros y de la población), que refleja la doble legitimidad de la Unión. La doble mayoría se

alcanzará cuando los votos favorables representen, como mínimo, el 55% de los Estados miembros

y el 65% de la población.

No obstante, hasta el 31 de Octubre de 2014, han estado en vigor las Disposiciones siguientes, sin

perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 1 del Art. 201 bis del Tratado deFuncionamiento de la Unión Europea.

Cuando el Consejo Europeo o el Consejo  deban adoptar un acuerdo por mayoría cualificada, los

votos de los miembros se ponderarán del modo siguiente:

 – Alemania, Francia, Italia y Reino Unido .................................... 29 votos

 –  España y Polonia..................................................................... 27 votos

 – Rumania ................................................................................... 14 votos

 – Países Bajos ............................................................................ 13 votos

 – Bélgica, República Checa, Grecia, Hungría y Portugal ............ 12 votos

 – Austria, Suecia y Bulgaria ......................................................... 10 votos – Dinamarca, Irlanda, Lituania, Eslovaquia, Finlandia y Croacia .. 7 votos

 – Chipre, Estonia, Luxemburgo, Eslovenia y Letonia .................... 4 votos

 – Malta ........................................................................................... 3 votos

TOTAL ..................................................................................  352 votos

Para su adopción, los acuerdos requerirán al menos 260 votos que representen la votación favorable

de la mayoría de los miembros, cuando en virtud de los Tratados deban ser adoptados a propuesta de

la Comisión. En los demás casos, requerirán al menos 260 votos que representen la votación

favorable de 2/3 de los miembros como mínimo.

Cuando el Consejo Europeo o el Consejo adopten un acto por mayoría cualificada, cualquier 

miembro del Consejo Europeo o del Consejo podrá solici tar que se compruebe que los Estadosmiembros que consti tuyen la mayoría cualificada representen como mínimo el 62% de la población

total de la Unión. Si se pusiere de manifiesto que esta condición no se cumple, el acto en cuestión

no será adoptado.

• Crea un marco institucional más estable y racionalizado con el cargo del Presidente del Consejo

Europeo elegido por dos años y medio , y vincula directamente la elección del Presidente de la Comisión

a los resultados de las elecciones europeas.

• Mejora la capacidad de la U.E. para abordar cuestiones que hoy día son prioritarias para la Unión y sus

ciudadanos, como es el caso de la actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad, ya sea

para luchar contra el terrorismo o combatir la delincuencia. Lo mismo ocurre, en cierta medida, conotros campos como política energética, salud pública, protección civil, cambio climático, servicios de

interés general, investigación, política espacial, cohesión territorial, política comercial, ayuda humanitaria,

deporte, turismo y cooperación administrativa.

• Establece que la Unión y los Estados miembros actuarán conjuntamente si un Estado miembro es

objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano. También hace

hincapié en la solidaridad en el sector de la energía y da mayor seguridad para todos otorgando más

capacidad de actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad, lo que redunda en beneficio

de la lucha contra la delincuencia y el terrorismo. Las nuevas Disposiciones sobre protección civil,

ayuda humanitaria y salud pública pretenden impulsar la capacidad de la U.E. para enfrentarse a las

amenazas contra la seguridad de los ciudadanos europeos.

• Combina los instrumentos con que cuenta la política exterior europea a la hora de elaborar y aprobar 

nuevas políticas y se ponen en juego todas las capacidades económicas, humanitarias y diplomáticas

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O R G A N I Z A C I Ó N   D E L   E S T A D O

Las instituciones de la Unión Europea son siete, a saber:

 –  Parlamento Europeo (Sede en Estrasburgo).

 –  El Consejo Europeo (Sede en Bruselas).

 –  El Consejo (Sede en Bruselas, entiéndase Consejo de la Unión Europea).

 –  La Comisión Europea (Sede en Bruselas).

 –  El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sede en Luxemburgo).

 –  El Banco Central Europeo (Sede en Frankfurt).

 –  El Tribunal de Cuentas (Sede en Luxemburgo).

* No confundir Consejo Europeo y Consejo de la Unión Europea con Consejo de Europa.

 Al efecto cada Institución actuará dentro de los límites de las atribuciones que le confieren los Tratados,

con arreglo a los procedimientos, condiciones y fines establecidos en los mismos. Las Instituciones man-

tendrán entre sí una cooperación leal. En cuanto a las Disposiciones relativas al Banco Central Europeo yal Tribunal de Cuentas, así como las Disposiciones detalladas sobre las demás Instituciones son las que

figuran en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.El Parlamento Europeo, el Consejo y laComisión estarán asistidos por un Comité Económico y Social y po r un Comité de las Regionesque ejercerán funciones consulti vas.

ELPARLAMENTO

EUROPEO

.../...

Sigue

El Parlamento Europeo representa a los vo tantes de los Estados miembros yejercerá conjuntamente con el Consejo la func ión legislativa y la función pre-supuestaria, así como funciones de control político y consultivas en las condicio-

nes establecidas en los Tratados.

Conforme a reforma del Protoco lo 36 de Medidas Transitorias del Tratado dela Unión Europea aprobada el 23 de Junio de 2010 (ver L.O. 9/2010, de 22 deDiciembre, BOE 23/12/2010), para el resto de la legis latura 2009-2014, el Par-lamento Europeo estuvo compuesto por 754 Eurodiputados incluido el Presi-dente, representantes de los ciudadanos de la Unión, de los que 54 corres-pondían a España (más 12 de Croacia, 766).

 A parti r del año 2014, el Parlamento Europeo está compuesto por un máximode 750 DIPUTADOS, MÁS EL PRESIDENTE (751).

La representación de los ciudadanos será decrecientemente proporcional, con un

mínimo de seis Diputados por Estado miembro, no pudiendo asignarse a ningúnEstado miembro más de noventa y seis escaños. (Principio de “ proporcionali-dad regresiva”, lo que significa que los Diputados de los Países más pobladosrepresentarán a más ciudadanos que los de los de menor población).

Los representantes serán elegidos por sufragio universal directo, libre y secreto,

por un mandato de cinco años, siendo incompatible el cargo de Diputado con:

1. Ser integrante del Gobierno de un Estado miembro.

2. Ser Comisario Europeo.

3. Ser miembro del Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

4. Ser Funcionario de Instituciones Europeas.

5. Ser Parlamentario Nacional.

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La Unión Europea... 23 IGNACIO G. CH.

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IGNACIO G. CH. 24 La Unión Europea...

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