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;J PODER JUDICIAL DE LA FEDl ACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COI. CENTRO DELEGACION CUAÜHTEMOC. oe060 O f R F C SCJ,9S0204-6PS DIRECCIÓN GENERAL o( INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 6YP1SO. COL CENTRO. C P 06000, MEXICO, O F TELS .. 41131100 Ext S305, 5722 1 5321, 5721 y 5304 FAX. 4 1131751 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA C P 09100 MEXICO D f TELS 5701 2036 5763 78& PROVEEDOR'. ALFONSO ELIAS HERNANDEZ I CALLE ZIRCON 167 , COLONlA COLINA INFONAVIT, MORELIA, MICHOACAN, 58140 I 01 443 327 0878, 01 443 137 5902 / FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 15/0212017 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: EIHA-740605-NC6 FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017 Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 Cuauhtemoc 06065, MX, DF Partida Clave art. Cantidad Unidad Descrlpcion P.Unitario 10 1.000 UP MANTO. AA MORELIA. MICH. 6,801 .56 OBSERVACIONES MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO PARA LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MORELIA, MICHOACÁN. (MARZO 2017). SERVICIOS INCLUIDOS MANT O. AA 20 1.000 UP MANTO AA MORELIA, MICH 6,801 .56 OBSERVACIONES MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO PARA LA CASA DE LA CULTURA JUR(DICA EN MORELIA, MICHOACÁN (JUNIO 201 7). SERVICIOS INCLUIDOS MANTO. AA 30 1.000 UP MANTO. AA MORELIA, MICH 6,801 56 OBSERVACIONES MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA, MICHOACAN. (SEPTIEMBRE 2017). DICHOS MANTENIMIENTOS CONSIDERAN LOS SIGUIENTE: SALÓN DE USOS MUL TIPLES M. AA01 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINl-SPLIT, MARCA CARRIER. MODELO 38CKC036-M·3. CON CAPACIDAD DE 36,000 BTUH. CON CARACTERÍSTICAS ELECTRICAS 220/2160, INCLUYE ' MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA P.U.0 .C.T . (PZA 2.00). CONTRATO SIMPLIFICADO 4517000452 EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FA\¡'OR DE ANOTAR ESTE NUMERO úE DOCUMEIVTO -::>001 Importe Total 6,801.56 6,801 .56 6,801 .56 CO NTINUA Página 1 de 3

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PODER JUDICIAL DE LA FEDl ACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COI. CENTRO DELEGACION CUAÜHTEMOC. oe060 O f R F C SCJ,9S0204-6PS

DIRECCIÓN GENERAL o( INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 6YP1SO. COL CENTRO. C P 06000, MEXICO, O F TELS .. 41131100 Ext S305, 57221 5321, 5721 y 5304 FAX. 4 1131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA C P 09100 MEXICO D f TELS 5701 2036 ~ 5763 78&

PROVEEDOR'. ALFONSO ELIAS HERNANDEZ I CALLE ZIRCON 167, COLONlA COLINA INFONAVIT, MORELIA, MICHOACAN, 58140 I 01 443 327 0878, 01 443 137 5902 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 15/0212017 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: EIHA-740605-NC6

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017 Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 Cuauhtemoc 06065, MX, DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descrlpcion P.Unitario

10 1.000 UP MANTO. AA MORELIA. MICH. 6,801 .56 OBSERVACIONES

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO PARA LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MORELIA, MICHOACÁN. (MARZO 2017).

SERVICIOS INCLUIDOS MANTO. AA

20 1.000 UP MANTO AA MORELIA, MICH 6,801 .56 OBSERVACIONES

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO PARA LA CASA DE LA CULTURA JUR(DICA EN MORELIA, MICHOACÁN (JUNIO 201 7).

SERVICIOS INCLUIDOS MANTO. AA

30 1.000 UP MANTO. AA MORELIA, MICH 6,801 56 OBSERVACIONES

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA, MICHOACAN. (SEPTIEMBRE 2017).

DICHOS MANTENIMIENTOS CONSIDERAN LOS SIGUIENTE:

SALÓN DE USOS MUL TIPLES M.AA01 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINl-SPLIT, MARCA CARRIER. MODELO 38CKC036-M·3. CON CAPACIDAD DE 36,000 BTUH. CON CARACTERÍSTICAS ELECTRICAS 220/2160, INCLUYE ' MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA P.U.0 .C.T . (PZA 2.00).

CONTRA TO SIMPLIFICADO

4517000452

EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FA\¡'OR DE ANOTAR ESTE NUMERO úE DOCUMEIVTO

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CU!. TURA JURIDICA !HASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES l. La Suprema Corte de Justicia de 11 Nación, en lo sucesivo " la Suprema Corte" por conducto de su represontante para los efectos de este instrumenro manlflesla que: i.1 Es el má••mo 6rga(lo deposflano del Poder Judicoal de I• Federación, en 1érminos de lo dlspues10 en los artículos 94 de la. Cons1ttucfón Política de los Eslados Unodbs Mexicanos y 1°, fraoc!On 11 de la Ley O•g4n1ca del Poder Judicial de la Federación 1.2 La prese111e QOfllratac1011 fue a.itorizada por el (la) Titular de la Casa de la Cultura Jurídica en do11de Mabrén de efectuarse los servicios mediante el prooedim~to .de ad¡udlcaqón directa de conformidad con 1o· previs10 en el artlculo 42 párrafo quinto, del Acuerdo Gonoral de Administración Vf/2008. del vsln!lcinco de septiembre de dos mil ocl'lo, ool Cómllé de Gobierno Y Adm1ni5irac1ón de 11;1 Suprema Corte de Justicia de la Nac.ón por el que se re9u1a11 los procedimientos para la· adquisoclóo, adm1nistraco6n y des1ncorporacl<in de b1e"6S y ta con1ratsci6n de obras. usos y servicios l 11<1l.lendos por este Tribunal l.J El Director Ger1eral de Infraestructura Física está facul!ado para suscribir el presente lns1rumento, de conformidad con lo d1spues10 en ttl articulo 10, párrafo segundo, del Acuerdo General de Adm1n1straclón Vl/2008 del vointlcinco de septiembre do.dos mil ocho del Comité de Gobierno y Admínislracoón de la Suprema Cone de JUSti<:ia de fa Naclóri por el que Sl! reg~lan los proced1m1entos para ta adqulsic16n, adml11ls1raotón y oeslncorporae16n de bienes y la con[ratación de obras, usos y servicios reqUefido~ por sste TribOnel 1.4 Para todo lo relac1011ac10 con el presento contrato señala como su dom1clko el ubícado en la Calle de José Marís Pino Suárez numero 2. colonta CE111tro, defegecion Cuauhtemoc, código postal 06060, en fa c:udad de MéXtCO, 01Strl10 Federal 11 El prostador de servicios" por conducto de su representante JegaJ manifiesta bajo protesta de decir verdad que: 11.1 Cue11la con personal con la suficiét'l!e e•perienc1a y callficac1ór'I para e1erutar tos ser11eios requeridos por la Suprema Corte, asl como oon los elementos técntCOs y capacidad económica neoesanos para tal fin 11.2 No oesempeña un empleo, cargo o com1s16n en el servicio pliblleO y entre sus 4oc1os. accionislas, represenranles legales o apoderados no se encuentran serv1d0<es püblicos del Poder Judicial de la Fe<1erac1ón IU' No se encuentra en ninguno de Jos supuestos a que se refieren los arliculos 48, rracciones I 11 111 IV, V VI , VII VIII y X, así como SB fracción .XVI, del Aeu&rdO General de Admlnistrac¡ón Vl/2008 u.J Conoce y acepta sujetarse a 10 prevísto en el Atoerdo General de AdmtnislraC16n Vll2008. del vernt•cirico de septiembre de dos mil ocno, del Comité de Goblemo y Administración de la Suprema Corie de Justicia de la Nación CO( el que se regulan los procedimientos para ta adqu1s1clón. adm1mstrac.ón y des1ncorporac16n de bienes y la contratación de obras, usos y serllicios requeridos po1 esie Arto Tribunal 11.s Para tO<k> lo retacoonaao con el presente con1ra10 setiala como su dom1cllio el ubicado en la carátula del presente 1nstllJmen10 en el apartado Qenomlna<10 "Proveedor" IU. La "Suproma Corta11 y ''El prestador de .servicios" declaran que: 111, 1 RecoN>Cen mu1uaman1e ta pe1sonalid.ad ¡urid1ca con la qua comparecen a la celebrac16n dél pre$enre 1ns11'\lmemo ~ rnan1f'8s\an que todas las comurncac1anes que s11 realicen enire ellas sa Ot~g1ran a los aomtC.fllos 1narcados en los anteoedentes.1.4 y 11.5 de este 1ris1rumen10,a1 tenor de fes s1gu1en1es

CLÁUSULAS

Primera . Condfcionos gonoralu. ·EJ p1e$tlldor de serv1c1os' &e compromete a proporcionar el servicio descnto en la caratula del presente 1nstr11mento y a respelar en todo momelJlo el precio, plazo y co~d1CJones d~ pago señalados en 1a referida carárula, aulanle y hasta el cumplimiento total del ob¡eto de esle acuerdo de vol>Jntades. El pago señalaao en la presente cláusula. cubre el te>tal del se1Vtcio contratado, por lo cual •ta Suprema Con e' no tiene oblrgaclon de cubrir ningún importe ad1Giona1 Segund.n. Pena convencional. fJ1 caso de 1ncumolimiento de la• ob!lgaciones pactadas en el contrato, se apllcara una péna t:onvencional equivalente al monro quo resulle de aplicar el 10% al <lel serv!Clo o servir.los que no se hayan realtzado a satisfacc16n de la Sup(ema Corte. En caso de 1ncumpll¡n1ento en ros plazos establecidos en el aontraio s1mpllftcado, se aplicará una pena convancronal por atrasos que le sean 1mputabfes on la realiz¡¡Clbn de lo• servrcros, equivalente al monto que resvtte de aplicar el 10 al millar d1ano a la cantidad qua 1mpórten los 1raba)os no ejecutados dentro de¡ plazo lnd1cado en el apartado inciso · fecha de enliega' da la carátula del Contr<110 S1mpt1hcado y no podré exceoer del t0% del monto total contratado Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efee1os fiscales ' El presl&dor de serv1oos· deoera presentar la o las facturas a nombra de la ·suprema Corte" segón consla en ta cédula de iden1tfica1;1ón ~&cal. e>tped•da por la Secretarla de Hacienda y Crédito Plibllco aon al Registro Federal de Conttílluyentas SCJ9502046P5 1nc1k:ando el dom1clilo sél\alado en la declaración 1.4 de as\e •l\S\rumento y demas requisitos (iscales a que Maya lugar Cuart<1- Modificaciones de este lnslrumonto. Las C0<1dlciones pactadas en el presenre 1nstnJmon10 podrán ser ot>¡eto de moalficac:ión en ténn1no• de lo provisto en los artlculos 12, fraec1ón XXII. 143 tracctón 1 y 162 del relendo Acuerdo General Vlf2008 QUlnta. lnexistoncta de (elación laboral. ' El prestaoor de servicios·, eomo empresario y pa1rón del personal que ocupe para la p(estaC1on de tos servicios profes1pnales matona de as.te contrato . .,;ará el ún10.0 responllable de las ooligac1anes denvadas de las dispos1c.anes laborales y domás ordenamientos en matena de trabajo y segundad social paf lo que respondera de todas las reclamaciones que •us 1raba¡ad01es presentasen en su eontr.I o de 'la S\Jprem9 Cone'. en refación corr los servK:IOs motivo (le as\e con1ra10 'La Suprema Corte• es1aré facultada para requerir a 'El prestador de serv1ctos· 1os comprobantes de afil1ac1on de sus trat>a)aélores al IMSS, asi como los comprobantes de pago ce las cuotas al Sl\R. INFONAVIT e IMSS E11 caso de que aJguno o aiglJJlos de los ttaba¡eaores de ' El preslador de sor•1c1os'. ejecuten o p1etendan ejeCUlar alguna reclamaciOn en oontra de •ra Suprema Corte', 'El praslador de ser'Jte1os• det>eta reembolsar la tolal1dao ae lo• gaSlos que erogue ' la Suprema Corte', por co'1Cepto de traslado, víáltCOs, hOspedaje, 1ransportac1ón1 alimentos y demás inherentes, con el fin de aetec!dar ame ta autofldad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y dosflndar a ' la Suprema Corte' de cualquier lipa de responsabilidad en ese sentido, Las panes acuerdan que el importe de los refendos gastos que se llegaran a oca.sronar podrán ser deducidos por · ra Suprema Cone• de las facturas que se encuentren pendientes lle pago 1ndepe11d1en1emente de tas acc.1ones legales que se pudieran e¡ercer Se~ta. Subcontratación Por a efectos de es111 COl\lrato simplificado, se Bl'f<ende por 3ut>coritrataclón, el aelo mediante el cual 'El prestador de seNiclos• eneómlenda a otra petsona fisica o moral la real1zac1ón parcial ael obJelo de éste contrató s1mpllfieado Cuando el prestador de serv1C1os o oonttatísta pretenda su.b<xlritratar deberá comunicarlo prel/1amen1e y por escoto a •ta Suprema Corte· fa que también por escrito resolverá si acepta o recl\aia la subcOf"ltratación. En ningún caso se aceptara fa ltUbcornratación tolel de los servrc<os o 1reba1os con un solo subcont1a1lsta En 1000 caso de subcontrarac¡ori el responsable sera ' El pres1ador de &ervicios' y sera a éste a quienes les cubra ef pa.i¡o No ex1Sti1á subrogación por parta del sut>contralrsta "'tendrá relación con ·le Suprema Cone' Séptim.-.. Co11fldo¡1cialidad. La documentaciórl que se proporcione a ' El pres1aoor de servicios" con mohvo de la celebración de este contrato, es propiedad de ·1a Suprema Corte', por lo que ' El presrador de sef'l/ 1~os por~¡ o a través de ~ rrabajadores 58 comprome.1e a no divulgar a través de cu111qu1er medio de comunlcaci6n. cualquier r0$ujtado o dato ot>lenldQ de los seN•cios o 1raba]os prestados a la pnmem Oct.ava. Rescisión. Queda expresa.mente convenido que 'la Suprema Corte· podrá dar por rescindido el presente contralo sin necesidad de que madíe declaración JUdioal, en caso de que ' El pres1ador de servicios' de¡e d~ oumpllr cualquiera de la,s obligaciones <llJe asume en este co11trato por causas que le seari Imputa.bles, o bien, an caso de ser ob1eto de embargo, huelga estaJlada. concorso mercanlll Q l1qu1dac1ón Al'\tes da declarar la 1esclsi6n, ·1a Suprema Cone· notificará por escrito las c<iusas respecllvas a ' El prestador ¡je ser\llc•e>s· l'fl su domlctlio señalado en la deciaraclón 11.5 de este 111strumenlo...-.. quien en ef adose encuentre otorgándole un plazo de c¡uince dias hábiles para que ma111nes1e lo que a su derecho convenga anexe los-documentos que esltme convenientes y epor1e, en su las pruebas qu<i estimo per1tnenlas Vencido ese pla.to eJ órgano c:ompelente de 'la Suprema Corle' delerrmnaré sobro la procedencia de la rescisión, lo que se comunicara e 'El pre5lado. sen/IC1os• en su dom1ouo señalado en la declaración O.li do instrumenro Novena, Del !omento a la tnnsparencla y de fa pro1ección de datos porsonaldS. Las parles eslan de acuerdo en que el wesente instrumento constilt<ye 1nformac1ón púoilca en términos cJe lo dispuesto en los ar11CtJio• 1 • 70, 103 y 116 de ta ley General de Transparencia y Acceso a la Información Póbltca Gut>ernameniar. por Jo que los gobernados podrán realizar $U o:msulta De conformidad aon fo eslabloe4do en el articulo 71 del Acollfdo General de la Comisión de Transparencta, Ao.ceso a'" lnl0<maclén Pública Gubemamen1a1 y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Just101a de la Nacion del n1.'8ve de julio de dos mil ocho, relahVo a los 6<g&nos y procedim1e111os pera tutef&r en el ilmb1le> de este T ribunat los derechos de acceso a la información, a la pr1vl!Cl(jad ~ a la p<o1eCGl6n de datos personales ¡¡;lrant¡:.ado• en 111 11111culo 6' Conslltuc1onal. "El pros!ador de servicios' w obliga a guardar HCIOto y a no divulgar por n•rlgün medio, aun e1ectr6n1co, n1 por conferencias y/o 1nrormes IO• datos personalés a que tenga acceso con motivo de la documentación qve maneje o conozca al desarrollar lél$ actividades ob1e10 del presente contra10 En caso d~ 1ncumpllmrenlo la · suprema Cone• podra exigir el pago corre~pondlente al 1<>'* del monro tolal de este instrumento, por concepto de pena convencional. Décima, Loglsfacióri apHc~bh1, El acuerdo de volunrades previsto en este 1nsrrumenlo contractual se rige por lo dispuesto en le consutU<:16n poHUca, de lo& E~ladQs Unido~ Mexicano~. el Acuerdo Genéral de Adm1ms1ración VII~ del ve1n11cinco de Septiembre de dos mil oeho, del Comité de Gollierno y Admín1wac:ión de ra Suprema C0(1e de Justba de le Nac16n y en to no previsto en éste por el Cod1go CJv1I Fedetaf. Cod1go Federal da Proced1mtenlos C1v1les, la Ley Federal oe Presupueslo y Responsabll1aades adm1nistratn1as de 109 servidores pilt>llcos y la Ley Federal del Procea1rnlen10 a!lm1nlstra11vo, en lo conduoente Déoima primera. Resolución de controversias. Para efsclo de la rnt~rpretac16n y cumpbm1en10 de lo esttpulado en este 1nsvumen10, ' El prestador de servlCIOs' se someie expresamente a las decrSIOl\85 def Tnbunal Pleno de 'la Suprema Cone· renuncíarido a cualquier fuero que en razón de su dom1clfio 1enga o llegare a 1ener, da ooñlormldad con lo indicado en el artiCtJlo.11, fracción XX, de la Ley Orj¡ánic:a del Poder Judicial de la l'ederaclón renunciando en fOfma e>Presa a cualquier erro fuero que en razón de su oom1cílio o vedn"ªd· tengan o negaren a tenef

Lll$ panes acueuJan que cualquier noor.cación que tengan que reahzarse de una parte a ol{a, se realizare por escrito en el domic1ho que ha señalado en las declarar.Iones 1.4 y 0.5 de este instrumento

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~\)~unos Af(.r, PODER JUDICIAL DE LA FEO l . .ACIÓN f.. 1' SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN f;i . \ JOSE MARIA PINO SUAAEZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC 06060 D F W • i R F C SCJ·9S0204-6P5

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DIRECCIÓN GENERAL Dl INFRAESTRUCTURA FiSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6' PISO, COL CENTRO. C P 06000 MEJ<ICO D F TELS •1131100 E>tl 5305, 5722. 5321. !>721y5304 FAX 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALL IGNACIO ZARAGOZA No. 13'40 COL. JUAN ESCUTIA, C P 091()0 MEXICO. O F TELS 5701 2036 r 5163 7883

PROVEEDOR: ALFONSO ELfAS HERNANDEZ I CALLE ZIRCON 167, COLONIA COLINA INFONAVIT, MORELIA, MICHOACAN, 58140 / 01 443 327 0878, 01 443 137 5902 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 15/02/2017 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS EIHA-740605-NC6

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017 Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 . Cuauhtemoc, 06065, MX . DF

Partida Clave art. Cantídad Unidad Descripcion P.Unitarlo

SITE M.AA.02 MANTENIMIENTO PREVENTIVO V CORRECTIVO DE EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINl-SPLIT, CON CAPACIDAD DE 1.5 T .R (18,000 BTU) MARCA TRANE, MODELO CONDENSADORA 4TXK5518A1 , MODELO EVAPORADOR 4MXW5518A1 TIPO HI WALL CARACTERISTICAS ELÉCTRICAS DEL SISTEMA 22012160. (R-410A) P.U.O.C.T. (PZA 1.00).

VIDEOCONFERENCIA MAA.03 MANTENIMIENTO A EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINl-SPLIT, CON CAPACIDAD DE 3.0 T.R. (36,000 BTU) MARCA TRANE, MODELO CONDENSADORA 4TTTB3036D1000A. MODELO EVAPORADOR TIPO Hl-WALL 4M'NW3536AMAA, CARACTERÍSTICAS ELÉCTRICAS DEL SISTEMA 220/2/60. (R-410A) P.U.0 .C.T. (PZA 1.00).

SE ENTREGARÁ REPORTE TÉCNICO ESCRITO POR CADA EQUIPO DONDE SE INDICARÁN LOS PARAMETROS DE OPERACIÓN COMO AMPERAJE, VOL TAJE, PRESIONES ENTRE OTROS,

·ÁREA SOLICITANTE.: C.C.J. MORELIA, MICHOACÁN -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: C.C.J. MOREUA, MICHOACÁN -NÚMERO DE SOLICITUD: OFICIO No. CCJ/MLA/ADM/4512017 -CENTRO GESTOR.11 26801 ·POSICIÓN PRESUPUESTAL: 35201 -NÚMERO DE COTIZACIONES: 2 ·DESTINO: C.C.J. MORELIA, MICHOACÁN -TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA -CLASIFICACIÓN: MINIMA -ÓRGANO Ó FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ LA CONTRATACIÓN: DIRECTORA DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MORELIA, MICHOACÁN

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517000452 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAl'OR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE OOCUMENTO

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CONTRATO SIMPLIFICAQO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA ClJLTURA JUR!:>ICA (HA STA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES l. La Suprema Corte de Jl!•ti~i• do la Nació", en lo sucesN o " la Suprema Corto" por conducto de. su reprosentiln te para los ef~tos de este Ins trumento rnaniflesta que: 1.1 E• el máximo órgano depos11ano del PO<ler Judicial de ta Federación. eri términos de to dispuesto en tos ar1lcuios 94 de la Cons1ttuci6n Polllica ds los Eslados Unidos Mexíc:allos y 1•, fracqón l. de 1a ley Orgánica del Poder Judicial de la Fedar¡¡clón 1.2 La presente con1ratac'°'1 fue auton~ada por el (la) Tclular de la Casa de la Cuflura Jurld1ca en donde habrán de efectuarse los selV!cios mediante el proc.ed1m•en10 de ad¡udlcación dlfecla de contorm1aad con lo 11revls10 e" el anictJlo 42, pArraro quinto, del Acuerdo General de Adminis trac[ón Vl/2008, Qel vl>inbc•noo de septiembre de dos mil ocho, del Comllé di! Gobierno Y Aamonostrac:ion ele la Suprema C0<1e de Justicia de la Naelón por el que se regulan los proced1mlon1os para la adquisición, adm1nisiración y desincorpQ<ación de bienes y la conlralactón de obras, uros y servicios requeridos por esle Tribur'\al 1.3 El Oireetor General de 1ntraes1NC1ura Fi&1c.; e$la tacuU;¡ido para. suscribir et presen1e instrumento, de conlormodad con lo d1spuest<l en ol 11rtlculo 10, pMrafo segundo del Acuerdo General do Admlnistraclón Vl!ZD08, doi vein ticinco do septiembre de do'S m il ocho del Comité de Gobierno y Adm1m&lraclón de la Suprema Corte de Jus11cia de la Nación por el que se regulan los procodlr!llentos para la adquisición, admin>Straciótl y des1ncorporac>0n de bienes y la contra1ac10n de obras usos y •orvlClos requeridos por es1e T nbunal 1,4 Para lodo lo relaaonado con el pr11sente con"ato ael'lala como su dom1Cll10 el ubicado en la C elle de José Ma1ia Pino Suarez numero 2, colonia Cenlro, delegacion Cuauhlémoc e6d1¡10 pos1al 06060, en la coudao de México 01stn10 Federal 11 El prestador de servicios" por conducto de su representante legal manifiesta bajo 11rotesta de docfr vorélad que: 11.1 Cuenta con personal con la !kJ1íoen1e exper.encla y calificación para e¡OQJtar tos servicios requeridos per ta Sl,lprama Corte. así como oon tos elementos lécnicos y capaccdad económica necesarios para tal fin 11.2 No desempefta un empleo, cargo o comisión on el servocco públ•co y entre sus socios, accionistas, rep<ese¡>lantes legales o apoderados no se encueniran serv1aores ·públicos del Poder JudJccaJ de la Federación 11.2 No se .ancuenlra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artlcuios 48, fracciones 1, 11 111 IV, V Vi, VII, VIII y X, as¡ como SS fraccc6n XVI del Acuerdo General de Nlmlnls"acclln Vl/2008 rl.3 Conoc.e y acepta sujetarse a lo prev1510 en el Acllerclo Goneral oe Adm\n1stracoón Vl/2008, del ve1nlicinoo lle septfembre de dos mil aeho, del Comtté de Gobierno y Admlrnslraclón ca la Suprema Corte de Justicie de la Nac1on por el que se regulan los proced1mien1os para la ~csqu1s1ci611, adm1n1s1raCión y deslncorporacíón de b ienes y ta contr;;tac10n de obras, usos y servicios reque11dos por este Alto Tribunal 11.5 Para todQ lo relacionado con el p(o5ent11 conllato 4oñala CCITIO su domtcllio el ubicado en. la cariltula ctel presenle instrumento, en el apanado der10mlnado 'Provl!<!dor" nt. La " Suprema Corte" y " Et pnostador de serylclos " declaran quo: 111.1 Reconocen mllluamenle la personalidad ¡úridica con la que comparecan a la celebración del presente 1ns11\lfllen10 y manofi"5tan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas •e dirigirán a los domicilios 1nd1Ca<;los en los antecede<11es 1,4" y 11.S de este 1ns1rumenlo,al tenor de las Siguientes

C LAU SU L AS

Primera . Condiciones generales. ·e t prestador de serv1oor.• se compromete a proporcionar el serv1c10 descrito en la cátálula dél presenle ln~tr\Jménto y a respetar en todo momento el precio p lazo y cond?Olones de pag<> s.¡ñatados en la referida carátula. durante y hasta eJ cumpHmlento total del OllJeto de este acuerdo d.e voluntades El pago sec\alado en la presente clausule cubrll e l to tal de1 serv1c10 t:onlralado, por lo coal ' 1!1 Suprema Cone' no llene obllgad6n dll cobn' nlflgúl'\ Impone adieional --... Segunda. Per¡a conve11ciona1. En caso de 1nc:umpl1m1ento de las obhgarJones pactaaas en el contrato se aplicará una péna convencional equivalente al monto qua resulte de apl icar el 10% al del serv1c>0 o serv1Ctos que no se hayan realizado a •allsfaC<llOn de la Suprema Corte En caso de 1ncumphmiento en los plazo~ establecidos en el contrato sunpllficado, se aplicara una pena convencional por all'8sos qua le sean 1mpu1ables en ta reall2aoión ae los servicios, equ1~alen1e al monto que resulte de aplicar el 1 o ar millar diario a la canlldad que lmpor\Jl!1 los trabajos ni:> 111ecutados dentro del plazo indicado en ·el ap¡¡nado lnc:iso "fecha de entrega• de la cqrátula del Contrato S1mpl1ficado y no podra exceder del 10'4 dal monlo tolal ooniratado. Tercera, Re.quisitos par• reali~ar los pagos respectivos. Para erectos riscales ·e1 prestador de servicios· deberá presentar la o ias facturas 'I nombce de la · s11prema Corta' seg~n cons1a en la cédula ae 1dentlhcac.On fiscal, e~pedlda por la SeCl'&tarja de Hacienda y Cré<11\o Públi<lo con el l'legislro Federal de Conlnbuyentes SCJ9502G46P 5 indicando el dom1c1no sel\eladO en la ClacJaración 1.4 de este instrumento y demas requi>ltos fiscales a que haya lugar Cuan a. Modificaciones do este i"•lí\lmento, ~as condiciones paGtadas e.n el presente instf\Jmento podrán ser ob1eto de modilfcacJÓ<'l en terminas de lo previsto en los artlCUlos 12 fracc16n XXII· 143, traccón 1 y 162 dol relerido Acuerdo Geneial Vl/2008 Quinta. lnexlstencla de relacleln laboral. ·et prestador de servicios• como empresano y patrón del personal que ocupe para la pre$tac.6n dé los servicios profesionales materia de este cori1ta10 será el unico responsable da las o01igaC1one$ derivadas <te las dlspos1c1ones laborales y demás oraenam1entos en ma1e11a de tra_tia¡o y seguridad social por to que respondera de tOClas las reclamaciones que sus lra~a¡adores presenlllSetl en •u eon1ra o de •¡a Suprema Corte', en relación con los seNIOios IT!Ollvo de este contrato "La Suprema Con,e ' estara reculiada para requenr a 'El pres1ae1or de servicios• los comprobanll~• ae allllac16n de sus traba¡adores al IMSS, asf como los comprooantes de pago de las cuotas al SAR. INfONAVIT e lMSS En caso de que alguno o algunos ae Jos trabajadores da •e l prMtaoor de •arv1c:ios". e¡ecuten o pre1endan e¡ecu1ar alguna reclamación en contra de · 111 Suprema Cone' "El pre!ltador de serv1010s deberá reembolsar la iotalldao de los gaslos que erogue 'la Suprema Corle', por concepto de lraslado, viáticos l'lospeda¡e, transporiaclon, alimentos y demas Inherentes con el Rn da acreditSr ante la autoridad compelenle que no e~1ste relaClón laboral alguna con los m1&mos y deslindar a ' la Suprema Cor1e" de cualqUier tl!'O de responsabilidad eri ese sént1do Las partes acueraan que et impone de los reie11dos gaslos que se llegaran a ocasionar pO<lran ser doa1Jc1dos por ·ta Suprema Cor1e· de las factúras que se encuentren pendientes de p~go 1ndependlen1emente de las accione' legales q\J9 se pU<11eran e¡eroer So•t•. Subc ontratacfón Para electos de este conlfato li1mpllficado, se en11eílde po< subcontralacion, el ac10 mediante el cual ' El preslador de serv1C10s' encomienda a otra persona, flsica o moral la reahzaciOn parci¡¡I del objeto oo éste contralo s1mpl1flcado. C«anClo el prestador de serv1cios o con\ra11sta P'etenda subconlfalar deberá eomurncarto previamente y por escrito a •1a Sup1ema Corte· ta que también por escnto resotveni si acapla o rediaza la s\Jticonrratación. En ningún c:aso se aceptar.\ la subcontratadon total de los servicios o 1raba1os con un solo subconlratosta. E11 todo caso de subcontralac16n, el responsable seul ' t;I preslador de servicios• y será a éste a quienes les cubra el pago No e~15tlrá subrogación por parle del 5ubcontra11sta m tendrá roll)c1ón con ' la Sufl(ema Cone• Séptima. Confidonclalldad. Lá dOQJmentac:ion Qtce se pro¡iorcior¡e s ' El prestador ae se(vcc:ios' t:on molivo de la ClllebracJón de esle contrato es propiedad de ·1¡, Suprema Cone•, por jo que · i:1 presl3dO< de servcc1os' por SI o a través de sus traba.¡adores, se compromete a no dlvulg~r a través ae cualqu¡er medio de oomunicacion, oualqu1er resultado o dato obienldo de los servicios o traba¡os p<es1ados a la pr1111era Octava. Rcsclslon, Queda !Mpresemenle convenido que "la Suprema Cona• podrá dar por rescindido el presente contrato sin riecesidad de que medie declaración ¡ua1cia1 en caso de que " El pres\ador de servicios· de¡e do cumplir cuªlqu""a de las objlg;ic1ones que asurr¡e en es1e contraio pqr causa• que le .s;,an imoutables, o bien, en caso de ser objeto de embargo huelga estallllda concuNio mercantil o llqUJdaeií>n Antes de -Oectarar 1a resc1soon 'ta Suprema Corte• notificar a por escr110 las causas respectivas a •e1 prestador de servct0s" en su d01T11eilio se~etedo en ta deciarae!ón 11.s de este 1ns1rumen10.,,...-.. qu•en en ol acjo se encvootro otorgandole un plazo de quince dlas hab1le$ para que man1ries1e lo que a su dereeho convenga, a~exe los documen1os que es11me c:on'tenlenies y aporte en su las pruebas que es11me penJnentes Vencido ese plazo el órgano compelente de •ta Suprema Corte' deierm11\8rá sobre la procedencia de la resc1s1ón, lo que se comunicar.\ a · El preSfado, servocios' en su d0<111c1lio se11a1ado en la aecJaracieln 11.5 de instrumento Novon~, Del fomen to • la tra"~parencl• y de la protoceJQn da datos pQrsonalos, L.as 11ar1es a&tan de acuerdo en que el presente 1ns1rurnento cons1i1uya 1nformaccón p,jbllca en términos de lo diSpuésto eñ los arllculos 1" 70, 103 y 116 de la Ley Génemt de Ttansparencle ji Accesó a la lnform1m6n Püblica Gubernamenlal, por lo que los goberriados podran realizar su consulta De cori1orm1dad con lo es1eblec1do en el a¡tfrulo 71 del Acuerdo General de ta. Com1s16n da Transparencia, Acceso a la. lntormaclón Pút>llca Gubernamental y P!Otección de Datos Personales de la Sup¡ama Cone da .Justidla de la Nación, del nueve de julio de dos m~ ocho, ¡elaliVo a los organos y procedimientos para tutelar en el ambl10 da este Tnbunal los derechos de acceso a la lnformecl<in a la pnvac:dad v a la protéCCIÓn de datos personales garantlzaaos on el articulo s · Consllluclonal, ·e1 prnslador de servicios· se oblfga a guardar secreto y a no divulgar por r11ngún medlO, aun electrónlCO, ni po¡- conterenccas y/o ínfo¡mes los (jatos personales a que tanga acce3o con motivo de la documentaC!ón q\J9 mane¡e o conozca al desarrollar la.s act1Vldedes objeto del presen1e conirato En caso da 1nt>Jmplirnlen10 la · suprema Corte' podrá exlgW el pago con8$pondlente al 10% del monto 101al da e.ie Instrumento, por concepto de pena convencional . Décima. Legíslacion •plicable. El acuerdo de voluntades previsto en esl~ instrumento contractual se roge por lo dispuesto ª" la const~UCl6n política de tos Estados UnKl<;!S' Mexicanos el Aruerdo General da Admln1s!raC100 Vl/2008. crol veinhc:inco de Septiembre de dos mil ocho, dél Comité de Got11emo y Adm1niwac1ón de 1a Suprema COl't!l de Jusltc.a de le Nación y en 10 no prev15!0 ª" ésle por el Código C1v1I Federal, C9digo Federal de Proced1m1entos C1vcles le Ley Federal de Presupuesto y Responsa.b1hdades administrativas de los servidores púllllcos y 1a Ley FElderal del Procedimiento adm1n1s1ra11vo, en lo conducente Dóclma prim era. Resoluoión de contro11ersiu . Para efecto de la inlerpretac:ioo y rumpltm1en10 de lo esupulado en este 1nstn.imenio, · ej prestador de servic:ios• se somete expresamente a las d&QS1ones del Tnbunat Pleno de "la Suprema Corle renunciando a cualquier fuero que en razon de su domocitio tenga o llegare e tener. de txirilorm1dad con lo 1nd1cado en el llf(1culo 11. fracc'6n :itX'. de ta Ley Ori¡énica del PO!ler JudlGla 1 de fa FederaCl6n renunc1anao en torma 1m>resa a cualquier ovo fuero que en razón de SIJ domlóclio o vecindad, tengan o llegaren a 1ener

Las panes acuerda" que cua1qu1Br not1ficac1Ó/1 que tengan que realizarse di!' una parte a otra, se realtzara por sscrllo en el dom1c1ho que tia señalado en 1as declaraClones 1,4 y 11.S de este 1nslt\J<¡lerito

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CON POR EL PRESTADOR DE SERV! CIOS

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b~ll\Dos ..,~ PODER JUDICIAL DE LA FEDÍ .\CIÓN ~.... SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

/; . ~ JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DE.LEGACION CUAUITTEMOC. 06060. O F ...¡ "' R F C SCJ-95020<!-61>5

f,~-- - ! "\,;~~#

DIRECCIÓN GENERAL D( INFRAESTRUCTURA Fls1\." 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6" PISO COL CENTRO, C.P 06000. MEJ(ICO, D F TELS. 41131100 e.et .5305 5722, 5321 5721y5304 FM 41131761

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO, D F TELS 57012036y5763 7883

PROVEEDOR~ALFONSO ELIAS HERNANDEZ I CALLE ZIRCON 167, COLONIA COLINA INFONAVIT, MORELIA, MICHOACAN, 581 40 I 01 443 327 0878, 01443137 5902 /

FECHA DEL DOCUMENTO 15/02/2017

FECHA DE ENTREGA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017

Partida Clave art.

FORMA DE PAGO INMEDIATA

1 OBSERVACIONES R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS· EIHA-740605-NC6

LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX, DF

Cantidad Unidad Descripcion

-FECHA DE AUTORIZACIÓN: 8 DE FEBRERO DE 2017 -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2017: SI

LA PROPUESTA ECONÓMICA, ASI COMO EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS, LAS ESPECIFICACIONES PARTICULARES, EL DICTAMEN TÉCNICO FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO.

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HARÁ LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDA.

SERVICIOS INCLUIDOS MANTO. AA

ffl SUBDl,(E R GENERAL

/ oe s RVICIOS

EZ

P.Unitario

SUBTOTAL

l.V.A.

TOTAL

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517000452

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

Importe Total

20,404.68

3,264.75

23,669.43

PAgina 3 de -3

Fecho do 1mp!"esión 23/03/2017 13~0 13

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURlrllCA (HASTA 2S,OOO UotSl

DECLARACIONES 1. u Suprem. Corte de Justicia de 11NKlón,1n 10 sucu1~0 " la Suprema Corte• pot conducto de su reprH&ni.nle para 105 1lec:1e>11 de uta Instrumento manifiesla que: 1.1 Es el máic.mo Otg3/10 depaS11ano del Pode< Judi<:ial oe 11 Fede<aaón, en ténmnos de IO dlspuetlO en IOs 3'11c:ulos 94 oe ta COl\slltUOOI! PolitJCa oe los E$1ados Unidos Mo•icanos y 1• lt8<:Cl0n 1 de la ley Orgórnca del Pod.., Jud,óal áe ta Federación 1.1 Le p<esonte c:ontn11ao6n riJo a\JlOIJZada por el jtaJ Titular de la Case e1e la Cultura Jurla,c:a en CIOrlde habran de efectuarse los servlCIO.s medlame el prOOE<IÍllll&lllO de ae1ud1UC10n dlfecta de CX1nfcm11clod c:on 1o previsto en el ar1'c:ul0 12. e •rr!IO wlnto. del Acuerdo Genaral de Admfnls!fllcf6o 1/112008. del ~ainuc111co de sep11embn1 de dos md odio, del Comrt• de Gobierno y Aclm1n1llracoón de Ui Suprema Corte de JustJcin de ta Nsc16n por él qoo se f'O'JUlan los procedim•entos para la ad<1u1s1aón adm1n1straci6n y de41ncorporllción de bienes v la c:on1rotacléln do obras usos ~· ser~((:los requeridos por esle Tnbunal 1.3 El Director Gooeral 11e Infraestructura Flsica está 1ocu11odo ~ svscnoor el presen1e 1nstrumen10 de c:onrormldad con lo dispuesto '" el •rlfculo 10. pirrafo sogundo. del Acuerdo Genot1I dó Admln!1tracl60 V!l2008i del veinticinco do tnp!!gmbre do dos mil ocho del Comité dn Gobl1<rno y Administrac¡ón de Ja Supf9m8 Corte de JUslk:ta de la Nación por et que so regulan tos prQC:lld1ml"'1ios para la adquisicion, admln1S1ra~ y e1os1neóq>oractón de bienes y ta con1ra1ac.ón de obros, usos y servloios requeridos PO< uto Tribunal 1.4 Para todo lo relacionado con el presente contrato Hllala como su dom~t10 et ub1~0 &n la Celle de Josa Maria Pino Suarez numero 2. colonia Centro, delegación Cuauh1ém0<; cód1110 postal 06060. eri la ClUdad de M9'tico, Distrito Federal ti El prestador de Hrvlc:ios" por conduelo do su reprosont.nte legal manlnuhl bajo protesta de doc:lr verdad quo: 11.1 Cuanui con personal con la SUllclflnte e•oenenaa y caiofoeatlÓfl para ejectAar IOs S&!'VICIOt requeridos por ta suprema Corte as1 como con los elementos 1ecnocos v capacidad econOmlC8 nec:annoJ para tal fin 11.2 No deJO!flpMa un empleo carga o comlll!ÓO en el s""'ºº ll<Jl>tlco y entre sus soc12s acoonistat rel)<'esentames legales o apooerados non Rnco<ffllf80 servidores DVOllC05 d91 POde< JUOIQat de ta Fedllf80Ótl 11.2 No M onc:uentra en Olf19"'10 ae los 5'Jl)ue~tos a que se refie<e<J IOs arOw•os 4a 11~.u 1 11 111 IV V VI VII VIII y X. as OOl!lO S8 fr.coón XIII del /V:>Jlt<dO General de Aclmon1straocln Vt/2008 11.3 Conoc.e y acepta iUjBlarse a to premio en a.I Ac:llefdo General oe AdmW&trllGlán VT/2008 oet vell\loc.nco ce 5ej)llembre de dos m1t oet!O, del Coni~i de Gobtemo Y .Ad1111n\5tradóll de ta Suprema Corte de Ju1l1CN1 ele la NaeHln por el que H regulan 1oa or0Ced1t111entos para la aóqulslc:IOn, ndmonlStrac:IOn y deawx:orporación de blll<l8l y 18 conttalaC!ón de obfas usos V se.-.iaoa re-ndos JlOf asta Atto Triounat ti. s Pat11 todo lo rejacionado con et presente coiitrato, se/\llJa como su dOmiollo el Ull1C8do en 18 caratula del presenta in$trumento en et a panado denomlnaao "Proveed()( 111. L• "Suprema Corte" y "El prestador de aorvlcio5" declaran qua: 111. t Reconocen mu1uamen1e 1a P<J<sonalldod 1uridlce con la que compare<:en a la celobroc.6n del prusente Instrumento y men1nest.an qua tOdas las comuoocaC1011BS que •e realicen etlllfl ella• Sé dirt¡¡~an a tos d9"fl1Cllt0s t0d1cados en to• antecedentes 1.4 y 11.6 de este 1nstrumonto,11I tenor de los s1g111entes

CLÁUSULAS

Pnme..-. . Condicionas generalas. •E1 pntstadof de serv1c10S' se comJ)fomete a pto11orC12nar a1 setvlCIO descrito e·n ta carálufa del presenla ln&lrumenló y a respetar en todo momento el precio plazo y QOndociones do pa~o sel\alados en la retQrlda caritula duranle y hasta el cumplrm1enlo total del ob¡eto de este acuerdo de vOlUnl&des El pago Hl\alado anta presen1e dausula CU1>ra el total del HNICIO OO(>ltatado por to cual ·11 Suproma Cone· no ber>e obBgaoórl de cubrir ningun imPO!le aáJaonaJ Sagund•. Pena convencional En caso de ooc:umpt•m11tnto dp las Obl!Qacones paeladas 811 et conuaio se apltcar3 una pena conv800l0nal 11QUtvalen1e 111 monto Que resuJte de epltcat el t°" a• -del HNW:.O o aerv""°' que no se nayan rea~tadO a se11$1acción de la SuPfl'lna Cona En caso de !l!C\l!J'IP'•T•ento en Jos plaZPJ .,tallleCIOOs on el contrato ""1lDl lfieado se apl.catll 16>8 pena convenoonal por atrasos que ta uan 1mputabtos llf1 la reahzaaón de los 581'\11CA06, equwalenta et mooito que retulle de aDltcar el 10 al m""' dlat111 1 la cant.clae1 q¡.e omPOtten IO~ 1ra1>:1ios no 1t¡1tCUlll(jOs csent10 olll ptazo .na.cado en 01 ap1Mdo tnOSO ·1ec11a de enttega• de la carátula cJe1 Contl810 S11T1plif1c:ado r <10 podre nceéler del t~ del mooito total con11atado Tottcera. R•qulsitos para tealfur los pagos respecllvos. Para efeetos fiscales •EJ prestador de set'/tcios deberá presentar la o las laciuras a nomDre da ia ·suprema Co<le" aegun consto en la céaula ae 1Clenl1ficaaón llSall expedida por la Se.cretarla de H11C1en4a y Crédito PUbflco con el RegiStro F-ml oe Conlnbuyente.s SCJ9S02046P5 ll'ldcaMdo el dOmiClllO set\alado en la d&claracl6n 1.4 de e"e onsl.r\lmelllo y demas req...saos fJSCa1es a que ttaya lugar Cuarta. ModtRcaclonos de aste fnscn.omento, Las cond1c:tones pacladas en et presMte 1nllrumento podriln - objeto de mod1f1C&c100 en t6nn1nos de lo previsto en lo' artfculos 12. frao:lón XXII 143, trac:cocln 1 y 162 del rolerióo ~do Ge'1<!fst Vl/2008 Ouft'1ta lnoxlstencta de relación laboral. "Et prostador oo setvtcoos' como empresario y patrón del ptll'sonat que ocupe paq1 fa pr&61ac16n oe IOs sel'llloos proles10nales matena de asta contrato , seta et único rosponsablo Clo la• Obhgaoo.nas d9f1vaoas de las dtsposmones taboralo$ y Clf11T16s ordenilmlantos en malena de traoo¡o y seguridad s0<;taf. por to que responderé de loclas las rec1amoc1ones Que sus trabajadores presentosan en sv contra o de ·1a Suprema Cona' en 1oleo12n con IOs surv1csos motivo de esta contrato •La Suprema Cone' osjara facuttada para r11quer11 e · e1 prestador de serv1c:1os' los comprotiantes do a11111c16n da sus tl'abajse1ores et IMSS, osf coma 101 cornprobenles da pago de las cuotas al SAR INFONAlllT o IMSS en ce so do que alguno o algunos de los trat>a¡adOl'JS de 'El pras:1ad0< de servtC10s' e111c:uten o pretendan l!jecutat alg\lna 1edemac16n on contra da •ta Suprema Cone' · el prosrador de sar~IOIOs· dooora reembolsor le to\il~d;id de los gBs1os que e1ogu• · ta Suprema Cone por coneeQto do traslado vtallco.s, hospeda¡e, irarsportaclón, alimentos y demás 10herenta$ con el ~n do &erll41131 ante ta all.orlClaCI competente que no e~1$1e rola~ lll>QfOI alguna con tos mismos y ceshndar a ·1a Supremo Corte' de c:uafqulllf tipo de relponsat»lodad en Ha senudo La• partos ~oroan qua e1 vnporte ae tos re11noos gastos qya se llegaran a ocas'°""' podrin se< dadUCldos pct ·1a Suprema Corte• oa las t9Cluras que se encuaniren pendlentH oo ~go .naependoantemente de las acciones legalH que se puOIMan e...,.:er So•••· Su.bcontnotaclón Pa:a efectos de eSle contrmo ""1Pl~..:ad0 se enlal()Ca pe< S\.DCOl\lt'lll8C1ón •t eao mBd•idtle m cual •EJ prastaCIOf ae ~ICIOs encomienda a o~a P8fSOrlll llstea o motal ta rei111uocl6n parcial 001 oc¡eto ce este CO<llf!JIO s""pltficaoo Cuaooo al prestador de 58N.OOS o conlrahsta pt111ltnda StlllC:>ntraw debelé comu<11cato prevramence 'f por esatto a la S\IPfOl'lla Corte' la qt.11 1amoi~ por ellCtllO resolverá S• ooepra o recnauo la subconlrataCIÓll E11 t'ingiln caso sa aceptara la subconttataaón total de los Hl'ltciOS o traba¡os cort un solo sut>c:onltat.sta E11 todo caso d4I Wbalnlralaoón el reapoN&ble se"* •Et prostador de S81'\11C10~· y-• • ~ta il qu>enes tu cubra el pago No elClshtá subrogación por pano del sul>c:or!traf•Sla "' tendrá tolad6n con · 1e Suprema Corte Séptima. Confldenclahdad. L1 .ciocumentaCJón qua se proporcione a ·E1 pres1aaor de servoCIO!" COfl mouvo de la celell<at:ión de este oontralo, es propiedad de · 1a Suprema Corur por 10 quo "El prestador do sorvte1oa•, por si o a tra"és ae tus tra~1aelores, sa compromete a no d1111J!Qar a través do cualquier mooio de c:omunieacl!l11 cualQulur resullado o dato obterildO de jos sotvloos o 1raba101 prtstedos a 1a pnmera Oct•••· Ra1ctslón. Queda &><Pre.amente conv•nlao QUo ' la Suprema Co.rle" podrj dar por resc1nd1do el presenta contrato Sin necesidad de qua medie declaración ¡uclicial. on caso do que "El prestador de set11lctos• de¡e de eump11r cualqu1S111 de 111a obtigaCIOf\es que asurno on este contrato por causo que le sean lmpulables, o bien, en cHo da ser ob1eto d& embargo, l)uelge esHillada concurso mercantil o hqotcfación Antes de dOCl&ra,. la resc1S16n ·1a Suprema Cone' nollhcar.l por e~crrto la• oausas rospecllvos a ' El prestador de serv1c:ios' en su domoe1l10 aellalodo en la dactareeión 11.5 de este 111swmon1ci.~ <!UllM'I on at acto se eno.ierure, otorgándole un plazo '"' quince dlas hábiles para que man.fiu1e IO que a slJ deredlo convenqa, anexe los docoxnentos que asuma coiwenientes y apor1e en su las pn.Qbas que eSllme pernnenles VenCldO ase plazo at 6tgano competente de ·ra Suprema Cona· do1erm111ará sobre Ja procóldencla da la resaslón ro que se comuntcar• a 'El preatado. A

so~ICIOs· en su donua~o sellalado en la dedarae¡on 11.S de t11SlNmento Novona, Del IOll14lnto a la transparencia 1f da la protección de dalos per5onalos. Las partes utjn de eOJerdO en qúe el l)(BSOl'lltt lnstl\l!lento <:e>1ut1tuye !llforma<:soo pubhca 1n t0tr111noJ dtt lo d1fiPi,HISIO 9fl los alt/eulos 1 • 70. 10J ~ 1 t6 de ta Ley General de Trarisparer.cra V Acceso o ta 1/ilOtlT1aa6n Pútlloca Gubernamenlal. por lo qi.., JO• goé>emadOS oodnin realtZBf su COMU~I De conlomudacs con lo estaolecloo 111111 anoculO 71 oel Al:>.ie!dlJ G8'!9'31 ae la Comostán de Tran~ At:i;eso a la tnfoonilCIÓn Púb~ca Gubomamt!!118' y Pmiaa:iól'I da Datos Parsonates de la SuPtoma COiia de Justioa de ta Naaón del r1ueve de ¡ulio de dos m~ ocho retatovo a tos orgaoos y proc:edM!loentos pera tu1etar en el atnDito de Hte TlíOUllal tos de<eá10s de acceso a ta tnfOflllec.ón • lo pri~ec:tdaa 'f a ta orDlección de d&!O$' personales garentozadOs en el ár1lculo e• ConS(rtUCJCnat "EJ prellador de se<w:IOS. so obhga e ljUll<clar nerelo y a no d1vutgar ¡><>< n<iigún mad.o llii" e1ectrooiic:o ru PCl< oonlerenaas y/o 1nf0<mos tos datos penonales a Cl)le tenga acceso COI\ moi"'o de •• doa.lmen<ación Q<lll m8fl9jl o co<10z.cm al desaffO'tar 1a.s adll/idades ob¡eto del P<8S0<1te contrato En caso da incumpkm1ento la ' Suprema Corte' podnl eiogor el pago ccrrespontllente al 10% del mon10 total de este 1nslrumento por concepto da pena comenoonat D6clma. Legl•laclón •ptlcable. El acuerdo de l/Oluntados preoisto en fl3lij lr\$trlllTl&nlo controc111a1 ae nge por lo dispues10 en la con•tltucHln potluca de los Estados Unidos Me•1canos, al Acu8fdo Genoret de Adm1111strac!Ó<l Vl/2006 ae• veonuconco de SeptJembre de oos mll ocho, del Com~e de Gobierno y Aclm1111sttae16n da 111 Suprem1 Corta da Jusloela de la NaclÓl'l y en lo no previsto en éste por el C6Cl190 CMI Fedefal, Código Federal do Proced1m!8ntos Ctv•les, la l.ey flldefal ele Presupuesto y Responsab1l1dades lldm1nlstre11ves de los seNod0<es p0bl1CX>s y ta t..ey Fedl!l'lll del Procedimiento adm1n1ttrat1vo, en lo conducerite Décfm1 primano. Ra.otució11 de con troversias. Pare electo oe Is 1nterpre1ac16n y cumphmoento 110 b ast1puleóo en esre 1ns1rumen10, "El proatador de seMcios' se somete 8xpresamen1e a les d&coslones del Trrbunal Pleno de •1a Suprema Corte' fl'()!Jnelal'!do e cualquier fuerQ que en r¡¡z.ón clo gu dom1e1ho tenga o ltega!1l a tener de CO!'form1dad cori lo rl!dicado en al anlculo 11, fracción XX do ta Ley Ors¡énica del Poder Jud1aa1 de la FaderaCIOn renundando en rorma e•presa a cualqute< otro Juoto que en razón de su dom1CAl12 o vecindad lengan o llegaren a tener.

Las palles GIOW!rden qu.e cualquier flOtolicaoón que tll<'IQDn que raa4:rorse ele una pane a orra 58 reahzara por esc11to &11 el dom1e1lt0 q"" tia aef'lalado &n las deciaracio!'es 1.4 y 11.S de este 1nstn,menlo

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En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120,

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