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Nuevos Anexos del Dictamen del Seguro Social para la
industria de la construcción
Junio 2014 Boletín de Investigación de la Comisión de Desarrollo Seguridad Social - Sur Núm. 15
Boletín de Investigación de Comisión Seguridad Social - Sur - Junio de 2014
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2014 – 2016 C.P.C. Jorge Alberto Téllez Guillén Presidente C.P.C. Ricardo Paullada Nevárez Vicepresidente de Desarrollo y Capacitación Profesional L.C.P. Luis Bernardo Madrigal Hinojosa Director Ejecutivo Comisión de Desarrollo Seguridad Social – Sur Presidente L.C. Rolando Silva Briceño Vicepresidente C.P. Rodrigo Prieto Sánchez Secretario Técnico C.P. Sandro Alberto Alvarado Hernández Integrantes C.P. y D.F. Mariano Fernández de Córdova y de la Barrera C.P.C. Fernando Galicia Ramírez L.C.P. José Antonio Jiménez Ramos L.C.C. Jorge Luis López Ayala C.P.C. Gerardo de Jesús Molina Perera L.C. Jaime Pacheco Garrido C.P. Gabriela Pérez Jiménez C.P.C. y P.C.FI. Jorge Tomás Ponce Yépez C.P.C., P.C.Fi. J. Jesús Valenzuela Alcalá L.C. Claudia Lilian Sánchez Becerra L.C. Mario Alberto Ruiz de León C.P.C. José Guadalupe Rodríguez Marentes C.P.C. Alan Yohan Nájera Olivares L.C. Jasmín Muñoz González L.C.P. Víctor Manuel Melo Posadas C.P. Salvador López Hernández C.P. José Luis Cruz Espinosa C.P. Heriberto Damián Antúnez L.C. Maricela Garin Durán José Antonio Hernández Ibarra Gerencia de Comunicación y Diseño Comisión de Desarrollo Seguridad Social - Sur del Colegio, Año II, Núm. 15, junio de 2014, Boletín Informativo edición e impresión por el Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. Responsables de la Edición: Lic. Jonathan García Butrón, Lic. Asiria Olivera Calvo, Lic. Aldo Plazola González. Diseño: Lic. Dafne Tamara Portillo. Bosque de Tabachines Núm. 44, Fracc. Bosques de las Lomas, Deleg. Miguel Hidalgo 11700. El contenido de los artículos firmados es responsabilidad del autor; prohibida la reproducción total o parcial, sin previa autorización.
ÍNDICE PÁGINA
I. Introducción 3
II. Generalidades 3
III. Obligaciones especiales de la industria de la construcción 4
IV. Sistema de afiliación de la industria de la
construcción
V. Nuevos anexos del Dictamen IMSS 7
VI. Conclusiones 20
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I. Introducción
La industria de la construcción en México ha realizado aportaciones importantes en las
últimas décadas, sobre todo en lo relacionado con la generación de empleos. En este
sentido, debido a la naturaleza de la operación en sí misma, se deben tener
procedimientos y controles administrativos muy especiales para el cumplimiento de las
obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social.
Para efectos de salvaguardar los derechos de los trabajadores ante las instituciones de
seguridad social, la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, establecen obligaciones
adicionales a este sector a diferencia de las demás industrias. Para el caso del dictamen
por Contador Público Autorizado para estos efectos, no es la excepción.
El presente boletín pretende dar un panorama a los contadores que dictaminan este tipo
de industrias, con la finalidad de que tengan los procedimientos de auditoria necesarios
para la identificación de las obligaciones de estas empresas, y puedan informar de
manera correcta en los nuevos anexos publicados en el Diario Oficial de la Federación (4
de noviembre del 2013), mediante el Acuerdo del Consejo Técnico
ACDO.SA2.HCT.250913/292.P.DIR.
II. Generalidades
La industria de la construcción es uno de los segmentos más dinámicos en relación con
controles administrativos y fiscales; en este sentido, lo referente a la seguridad social no
se queda atrás. La gran rotación de personal y los cambios que se realizan en cada obra,
obligan a que se tengan procedimientos muy específicos para cumplir con las
obligaciones patronales que se tienen ante el Seguro Social e Infonavit.
Es necesario que el dictaminador tenga en cuenta que ahora se deberá manifestar de
una manera más detallada en el dictamen del Seguro Social, el cumplimiento de las
obligaciones que están reguladas en la Ley del Seguro Social, Reglamento de la Ley del
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Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y
Fiscalización, así como el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los
Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado (ROC) relativo a la
presentación de los avisos en Sistema de Afiliación de la Industria de la Construcción
(SATIC).
El pasado 4 de noviembre se emitió en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del
Consejo Técnico ACDO.SA2.HCT.250913/292.P.DIR junto con la publicación de 2
nuevos anexos para el dictamen del Seguro Social para las empresas dedicadas a la
construcción, así como el instructivo para su llenado, el cual entró en vigor a partir del día
siguiente de la publicación. Los anexos son los siguientes:
Cédula descriptiva y analítica de la ubicación de cada una de las obras ejecutadas
y del total de pagos por remuneraciones a trabajadores por cada una de las obras
ejecutadas en el ejercicio o periodo dictaminado.
Cédula descriptiva de subcontratistas por cada una de las obras del ejercicio o
periodo dictaminado
Más que explicar el requisitado de estos anexos, ya que esto se encuentra en el
instructivo, comentaremos aquellas consideraciones que debe tener el dictaminador al
momento de la revisión.
III. Obligaciones especiales de la industria de la construcción
Además de las obligaciones patronales establecidas en la Ley del Seguro Social (LSS) y
en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de
Empresas, Recaudación y Fiscalización (Reacerf), este tipo de empresas deben observar
las obligaciones especiales que están reguladas en el Reglamento del Seguro Social
Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado
(ROC).
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Este Reglamento tiene la finalidad de regular de manera particular a aquellas empresas
constructoras que manejan personal que es contratado por obra o tiempo determinado,
para que este tipo de trabajadores tenga acceso a la seguridad social.
Sin embargo, en la actualidad los procedimientos del Seguro Social exigen que todas las
empresas que se dediquen a esta industria, cumplan con las obligaciones que exige el
ROC, independientemente si el trabajador está contratado por obra, tiempo determinado
o indeterminado.
El artículo 1 del ROC señala que “las disposiciones de este reglamento norman las
obligaciones y derechos que, conforme a la Ley del Seguro Social, tienen las personas
físicas o morales que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de
la construcción y que contraten trabajadores por obra o tiempo determinado, así como de
los trabajadores contratados en la forma antes mencionada que presten sus servicios en
tal actividad.”
En estricta interpretación, no existe ningún fundamento que obligue a las empresas
constructoras que tienen personal por tiempo indeterminado a cumplir con las
obligaciones que establece este ROC, el cual podrá ser impugnable mediante una
demanda de nulidad ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Por otro lado, es importante identificar si la actividad que realiza la empresa pertenece a
la industria de la construcción, de acuerdo con lo establecido en el Título Octavo de la
LSS, referente al Catálogo de Actividades para la Clasificación de las Empresas en el
Seguro de Riesgos de Trabajo, ya que muchas veces se puede confundir con otras
actividades que no necesariamente son de construcción que sí están reguladas por dicho
catálogo.
De acuerdo con el artículo 5 del ROC, los patrones obligados a cumplir con estas
obligaciones especiales son los siguientes:
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1. Propietarios de la Obra.
2. Contratistas.
3. Subcontratistas.
Es importante comentar que los propietarios son los responsables solidarios de las
obligaciones de seguridad social que tengan los contratistas y subcontratistas, a menos
que hayan celebrado un contrato para la ejecución de las mismas, ya sea a precio alzado
o bajo el sistema de precios unitarios.
Una vez analizado lo comentado en los párrafos anteriores, las obligaciones especiales
que deben cumplir este tipo de constructoras son las siguientes:
I. Llevar registros, por obra de construcción, tales como nóminas o listas de raya,
tarjetas de control de pagos, tarjetas individuales de percepciones, recibos o
cualquier otro medio de control, en los que se deberán asentar invariablemente
los datos siguientes:
Nombre, denominación o razón social del patrón, número de su registro ante el
Instituto y del registro federal de contribuyentes.
Nombre, número de seguridad social, registro federal de contribuyentes
incluyendo, en su caso, la homoclave y la clave única del registro de población de
los trabajadores.
Periodos de pago.
Salario real base de cotización.
Número de días o unidades de tiempo laborados, importe del salario devengado
por cada trabajador y cuotas del seguro social retenidas.
Importe del total de los salarios devengados, así como de las deducciones y
retenciones efectuadas.
Firma o huella digital de los trabajadores.
Es importante comentar que debemos considerar las modificaciones de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta para el ejercicio 2014, respecto a la emisión de comprobantes
fiscales digitales por internet (CFDI).
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II. Presentación de avisos afiliatorios de acuerdo al Artículo 15 del ROC.
Por otro lado, existen otro tipo de obligaciones de presentación de información al Seguro
Social, mediante el Sistema de Afiliación de la Industria de la Construcción (SATIC), que
entró en vigor el 26 de agosto del 2008 derivado de la Reforma al ROC, con la finalidad
de facilitar a los patrones la entrega de información y que sea más sencillo para la
autoridad ejercer sus facultades de fiscalización.
Los formatos del SATIC son los siguientes:
Aviso de Registro de Obra: SATIC-01.
Aviso de Registro de Obra Subcontratada: SATIC-02.
Aviso de Incidencia de Obra: SATIC-03.
Aviso de Cancelación de Subcontratación: SATIC-04.
Relación Mensual de Trabajadores: SATIC-05.
Relación de Subcontratistas: SATIC-06.
IV. Sistema de afiliación de la industria de la construcción
Estos formatos se pueden presentar de forma impresa o bajo la plataforma del IMSS,
desde su Empresa (IDSE); su objetivo principal es que se cumplan las obligaciones que
establece el ROC en cuanto a la información de las obras que se van a iniciar, dar
seguimiento a cada una de ellas hasta su conclusión y, sobre todo, informa quién es el
propietario de la obra y qué empresas o personas físicas participan en ella.
Los formatos vigentes hasta el día de hoy fueron publicados el 8 de abril del 2011 en el
Diario Oficial de la Federación, mediante el Acuerdo del Consejo Técnico
SA1.HCT.240210/41.P.DIR. A continuación daremos una explicación de cada uno de
ellos:
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Aviso de Registro de Obra SATIC-01 y el Aviso de Registro de Obra Subcontratada
SATIC-02
El patrón o subcontratista está obligado a registrar la obra, con fundamento en el artículo
12 del ROC, el cual dispone lo siguiente:
El patrón deberá registrar ante el Instituto en la Subdelegación correspondiente a la
ubicación de la obra, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de
los trabajos, el tipo de obra, su ubicación, trabajos a realizar y/o fase de la construcción.
Para ello, se deberán utilizar los formatos que al efecto autorice el Instituto y se entregará
en dispositivo magnético la siguiente documentación: presupuesto de obra, análisis de
precios unitarios, la explosión de insumos y las estimaciones preliminares de los
componentes de mano de obra; así como, de proceder, el contrato y los planos
arquitectónicos de la obra; las autorizaciones, licencias o permisos de construcción,
cualquiera que sea el nombre con que se les designe, expedidos por las autoridades
federales, estatales o municipales competentes.
Para la industria de la construcción es muy habitual que cambien las condiciones de los
contratos de obra, ya que dependen de factores internos y externos como son:
Las condiciones ambientales.
El cumplimiento de las fechas de entrega por fases.
Retraso de los materiales o maquinaria.
Renegociaciones de los costos.
Será necesario actualizar los datos de este formato para que al cerrar la obra la autoridad
tenga la información vigente y no haya confusión al momento de la revisión.
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Aviso de Incidencia de Obra SATIC-03
Este aviso se aplica a todos aquellos sucesos que tenga la contratista o subcontratista,
respecto a la suspensión, reanudación o terminación de la obra. Este informe está
fundamentado en el último párrafo del artículo 12 del ROC, que a la letra dice “el patrón
deberá informar al Instituto las incidencias de obra de construcción correspondientes, la
suspensión, reanudación y cancelación. Una vez terminada la obra, el patrón deberá
presentar ante el Instituto el aviso de terminación de la misma, dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la fecha de la incidencia o conclusión.”
Como comentario adicional, es muy importante presentar esta información para que en
la revisión que realice el Seguro Social no considere que hubo el pago de salarios en
periodos en que estuvo suspendida la obra, e incluso terminada, y se determinen
omisiones de pago de cuotas por esos periodos.
Por otro lado, recordemos que una vez presentado este aviso, empieza a correr el plazo
de 90 días hábiles para que el Seguro Social ejerza sus facultades de revisión de acuerdo
con la fracción I, del artículo 12 del ROC.
Aviso de Cancelación de Subcontratación SATIC-04
El propietario, contratista o subcontratista deberá dar aviso respecto a la cancelación de
un trabajo subcontratado, esto con la finalidad de que se estimen de alguna manera los
avances de los trabajos que se cancelaron. Este tipo de informe realmente no viene
fundamentado en el ROC, sin embargo, es conveniente presentarlo para que el Seguro
Social lo considere en su revisión y no aplique la totalidad del contrato de obra que se
pactó inicialmente.
Aviso Mensual de Trabajadores SATIC-05
Este deberá presentarse por el propietario, contratista o subcontratista, con fundamento
en el último párrafo del Artículo 11 de ROC, que dispone que los patrones están obligados
a presentar al Instituto durante los primeros cinco días posteriores al inicio de la obra de
que se trate, así como bimestralmente por cada una de las obras que estén ejecutando,
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una relación mensual de los trabajadores que intervinieron en las mismas, la cual deberá
contener: denominación o razón social del patrón; registro patronal; registro de obra;
nombre completo del trabajador; número de seguridad social y días trabajados por mes
en el bimestre que se reporta.
De acuerdo con una interpretación estricta de este artículo parecería que el IMSS quisiera
que le reportemos información estimativa del número de trabajadores que van a laborar
en la obra. Lo que recomendamos es que ésta debe conciliarse con la nómina y los pagos
que se le realizan al Instituto, para que no existan diferencias entre lo estimado y lo
realmente declarado a esta autoridad.
Relación de Subcontratistas SATIC-06
Por último, se deberán reportar los trabajos que han sido subcontratados. Es importante
que las empresas o personas físicas que hacen uso de este tipo de servicios tengan
establecido controles los cuales les permita identificar que los subcontratistas cumplan
con sus obligaciones, no sólo de seguridad social, sino laboral y fiscal; para evitar que la
autoridad los considere responsables solidarios ante algún incumplimiento.
Los datos que contienen dichos formatos conforme al acuerdo citado, mediante el cual
se aprobaron los datos específicos que deben proporcionar los patrones en los siguientes
trámites: Registro de Obra; Registro de Obra Subcontratada; Incidencia de Obra;
Subcontratación; Cancelación de Subcontratación; y Relación Mensual de Trabajadores;
así como los formatos SATIC-01 al SATIC-06, en su Anexo I mencionan que información
solicita cada SATIC.
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Nombre del trámite Formato Datos
Registro de obra
SATIC-01 Aviso de registro de obra del propietario o contratista.
Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario.
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Registro patronal DV
Registro Federal de Contribuyentes
Datos de la obra a registrar
Misma ubicación que la del registro patronal
Ubicación de la obra:
Calle
Número exterior
Número interior
Colonia
Municipio o delegación
Código postal
Localidad
Entidad federativa
Características de la obra
Clase de Obra: (Pública, Privada)
Tipos de obra
Superficie
Presupuesto total (sin IVA)
Periodo de ejecución:
Fecha de inicio (Día, Mes, Año)
Fecha estimada de terminación (Día, Mes, Año)
Licencia de construcción, permiso o manifestación de obra:
Licencia de construcción, permiso, manifestación de obra:
Número
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Fecha (Día, Mes, Año)
Contrato de la obra
Nombre o razón social del contratante
Tipo de procedimiento de contratación (en caso de obra pública)
Número de contrato (en caso de obra pública)
Fecha del contrato (Día, Mes, Año)
Síntesis de explosión de insumos
Materiales
Mano de obra
Herramienta y equipo
Resumen del presupuesto
Costo directo del análisis de precios unitarios
Costos indirectos, utilidad y financiamiento
Total
Datos de mano de obra
Categoría
Subcategoría
Número de jornadas (JOR)
Salario diario (SD)
Importe
Días pagados/días laborados (DP/DL)
Nombre y firma del patrón o representante legal
Lugar
Fecha (Día, Mes, Año)
Registro de obra SATIC-01 Anexo 1. Tipos de obra. Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario, Datos del patrón
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Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Registro patronal DV
Características de la obra
Tipos de obra
Superficie
Presupuesto total (sin IVA)
Nombre y firma del patrón o representante legal
Registro de obra
SATIC-01 Anexo 2. Licencia de construcción, permiso o manifestación de obra. Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario, Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Registro patronal DV
Licencia de construcción, permiso o manifestación de obra
Licencia de construcción, Permiso, Manifestación de obra
Número
Fecha (Día, Mes, Año)
Nombre y firma del patrón o representante legal
Registro de obra SATIC-01 Anexo 3. Datos de mano de obra. Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Registro patronal DV
Datos de mano de obra
Categoría
Subcategoría
Número de jornadas (JOR)
Salario diario (SD)
Importe
Nombre y firma del patrón o representante
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Registro de obra subcontratada.
SATIC-02 Aviso de registro de fase de obra de subcontratista. Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Registro patronal DV
Registro Federal de Contribuyentes
Datos de la obra subcontratada
Número de registro de obra
Fases de construcción
Superficie
Importe presupuestado (sin IVA)
Periodo de ejecución
Fecha de inicio (Día, Mes, Año)
Fecha estimada de terminación (Día, Mes, Año)
Síntesis de explosión de insumos
Materiales
Mano de obra
Herramienta y equipo
Resumen del presupuesto
Costo directo del análisis de precios unitarios
Costos indirectos, utilidad y financiamiento
Total
Datos de mano de obra
Categoría
Subcategoría
Número de jornadas (JOR)
Salario diario (SD)
Importe
Días pagados/días laborados (DP/DL)
Nombre y firma del patrón o representante legal
Lugar,
Fecha (Día, Mes, Año)
Registro de obra subcontratada.
SATIC-02 Anexo 2 Datos de mano de obra Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
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(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Registro patronal DV
Datos de mano de obra
Categoría
Subcategoría
Número de jornadas (JOR)
Salario diario (SD)
Importe
Nombre y firma del patrón o representante legal
Incidencia de obra.
SATIC-03 Aviso de incidencia de obra Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Número de registro de obra
Datos de incidencia de la obra
Terminación
Suspensión
Reanudación
Cancelación
Fecha de la incidencia (Día, Mes, Año)
Causa de cancelación o suspensión
Clausura
Desastre natural
Falta de financiamiento
Expropiación
Huelga
Rescisión de contrato
Proceso judicial
Otras especifique
En caso de terminación, cancelación o terminación
Importe de COP pagadas
En caso de reanudación
Fecha estimada de terminación (Día, Mes, Año)
Importe ejercido en la cancelación o terminación
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Superficie construida
Nombre y firma del patrón o representante legal
Lugar
Fecha (Día, Mes, Año)
Cancelación de subcontratación.
SATIC-04 Aviso de cancelación de subcontratación. Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del contratista
Número de registro de obra
Datos de la subcontratación que se canceló.
Nombre, denominación o razón social del subcontratista
Número de registro de obra subcontratada que se cancela
Motivo de la cancelación
Nombre y firma del patrón o representante legal
Lugar
Fecha (Día, Mes, Año)
Relación mensual de trabajadores
SATIC-05 Relación mensual de trabajadores de la construcción. Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Número de registro de obra
Datos de los trabajadores
Relación de trabajadores correspondientes al bimestre
Número
Del año
Nombre del trabajador
NSS
Categoría
Subcategoría
Días trabajados primer mes
Días trabajados segundo mes
Nombre y firma del patrón o representante legal
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Lugar
Fecha (Día, Mes, Año)
Relación mensual de trabajadores de la construcción.
SATIC-05 Anexo 1 Relación mensual de trabajadores de la construcción. Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Número de registro de obra
Datos de los trabajadores
Relación de trabajadores correspondientes al bimestre
Número
Del año
Nombre del trabajador
NSS
Categoría
Subcategoría
Días trabajados primer mes
Días trabajados segundo mes
Nombre y firma del patrón o representante legal
Subcontratación. SATIC-06 Aviso para informar la subcontratación. Tipo de aviso (Ordinario, Complementario)
(Ordinario y Complementario) Datos del patrón
Nota: Sólo podrá presentar por una sola ocasión el aviso complementario).
Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado
Número de registro de obra
Datos de la subcontratación.
Nombre, denominación o razón social del subcontratista
Registro patronal DV
Registro Federal de Contribuyentes
Tipos de obra
Fases de construcción o trabajos subcontratados
Importe presupuestado (sin IVA)
Periodo de ejecución
Fecha de inicio (Día, Mes, Año)
Fecha estimada de terminación (Día, Mes, Año)
La subcontratación incluye
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Materiales y mano de obra
Mano de obra
Nombre y firma del patrón o representante legal
Lugar
Fecha (Día, Mes, Año)
Es importante considerar que en caso de no cumplir con la presentación de dichos avisos,
el Seguro Social realizará la estimación de las cuotas obrero patronales con fundamento
en el artículo 18 del ROC. Esto regularmente genera contingencias económicas
importantes al ser más onerosas que el procedimiento habitual de su pago.
V. Nuevos anexos del Dictamen IMSS
Una vez que tenemos en claro las obligaciones especiales que deben cumplir este tipo
de industria, estaremos en posibilidad de que nuestra revisión tenga el sustento que nos
marcan nuestras Normas y Procedimiento de Auditoria, y las Normas para Atestiguar.
a) Cédula descriptiva y analítica de la ubicación de cada una de las obras ejecutadas
y del total de pagos por remuneraciones a trabajadores por cada una de las obras
ejecutadas en el ejercicio o periodo dictaminado
A diferencia de los anexos anteriores, observamos que la empresa que se va a dictaminar
para estos efectos debió cumplir en tiempo y forma la presentación de todos los SATIC
(artículo 12 ROC), por la totalidad de las obras que haya tenido en el ejercicio que se esté
dictaminando, según los avances de éstas.
El Seguro Social pretende realizar un cruce de lo que se tenga manifestado en los SATIC,
contra lo revelado en el dictamen del Seguro Social, con el propósito de determinar
desviaciones en la información y ser un motivo para ejercer sus facultades de
comprobación.
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b) Cédula descriptiva de subcontratistas por cada una de las obras del ejercicio o
periodo dictaminado
La relevancia de esta cédula radica en que el patrón principal deberá tener un control de
los subcontratistas con los que trabaje, control que deberá contener como mínimo la
siguiente información:
1. Registro Patronal de cada obra de la empresa dictaminada.
2. SATIC 01 o 02 que el contratista principal haya presentado en el IMSS.
3. Presentación del SATIC 06 que es la relación de los subcontratistas, por cada
obra que tenga la empresa en el periodo a dictaminar.
4. Registro patronal de la empresa subcontratada.
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5. Estatus de la obra al término del ejercicio de acuerdo al SATIC 03 o 04, en caso
de ser aplicable.
Además, será de gran importancia revisar el control interno donde la empresa tenga
establecido este procedimiento y que se dé cabal cumplimiento de él.
VI. Conclusiones
Será importante tener bien claro el impacto de la opinión del dictamen cuando se detecte
en las revisiones el incumplimiento de los patrones con las obligaciones que establece el
artículo 12 de ROC, ya que al emitirla con salvedad, la autoridad pueda cambiar el método
de revisión que normalmente hace y aplicar la presuntiva que establece el artículo 18 del
reglamento mencionado.
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Será necesario informar de esta situación a los patrones para que implementen los
procedimientos necesarios para cumplir con estas obligaciones, en especial, para que no
haya observaciones al momento de realizar la revisión para efectos de presentar el
dictamen.