nueva legislación en salud animal e inocuidad de alimentos

4
Nueva legislación en salud animal e inocuidad de alimentos Dra. Myriam Jiménez Mata Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) BOLETÍN INFORMATIVO III Octubre 2007 “ Hoy en día para estar incorporado al mundo de los negocios específicamente para exportación se debe ser muy constante y apegado a toda regulación vigente exigida por los diferentes países compradores ”. Don Juan Carlos Salas Abarca (Tilapias del Sol). Información: Insumo para la competitividad Debido a la globalización del comercio, que ha sido particu- larmente notoria en los produc- tos agroalimentarios, cada vez ha ganado mayor relevancia en países en desarrollo, la necesi- dad de asegurar la salud animal y pública, la inocuidad y calidad de los productos alimentarios im- portados y exportados. Mientras los alimentos importados pue- den ser tratados como parte del suministro interno y se les exige, por tanto, cumplir con las mismas normas y estándares que los fi- jados para aquellos producidos localmente, las exportaciones de animales y alimentos deben regir- se por regulaciones cuya dimen- sión ya no está dada por las leyes nacionales, sino por la normativa internacional. La elaboración de normas sa- nitarias para la sanidad animal, incluyendo las zoonosis, trazabili- dad, y el bienestar animal, entre otras, debe ser paralela a la me- jora de los Servicios Veterinarios oficiales en términos de mejora tecnológica, capacidad en de- tección temprana, diagnóstico y lucha contra las enfermedades animales. Para poder apoyar el acceso de los animales y de sus productos al mercado nacional, regional e internacional, los servi- cios veterinarios, especialmente en los países en desarrollo, nece- sitan demostrar la aplicabilidad y adecuación de su normativa. En el Acuerdo de Implementa- ción de Medidas Sanitarias y Fito- sanitarias (AMSF) de la Organiza- ción Internacional de Comercio (OMC), se reconocen las normas en sanidad animal dictadas por la Organización Mundial de Sa- lud Animal (OIE), que en mayo del 2007 contaba con 169 países y territorios miembros. El Codex Alimentarius (FAO y OMS) es “rec- tora en materia de inocuidad de los alimentos en lo que se refiere a aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios y plaguicidas, métodos de análisis, muestreo, códigos y directrices sobre prácticas en mate- ria de higiene”. La Cumbre Mundial sobre la Alimentación (FAO 1996) destacó el derecho a los alimentos, es decir, “el derecho de cada persona al acceso a una alimentación nutriti- va y sana”, que es parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 de la Organización Naciones Uni- das (ONU). Este derecho no limi- ta a estar libre de hambre, sino que incluye la obligación de los estados de “promover el goce de derecho a una alimentación adecuada para cada individuo.” La alimentación adecuada, a su vez, fue descrita como “una ali- mentación que es adecuada en cantidad y calidad para una vida activa y saludable”. Por consiguiente, calidad (incluida la calidad nutricional y protección del consumidor contra fraudes alimentarios como etiquetado) e inocuidad de alimentos, son con- ceptos cuyas raíces se hallan en los más básicos derechos de la humanidad y así son reconocidos por la comunidad mundial. Para lograr la efectividad en el control de la inocuidad de ali- mentos, es necesario contar, en primera instancia, con una base legal y reguladora que cubra sis- temas de producción, manejo, transporte, procesamiento y distri- bución, es decir, que se extienda desde la granja o estanque hasta la mesa del consumidor. Además del marco legal, debe existir un mecanismo que permita la aplicación efectiva de leyes y regulaciones. Para lograr efectivamente el cumplimiento de un buen esquema legal, es fundamental un buen sistema de aplicación. Por consiguiente, el control de la inocuidad de ali- mentos debe incluir leyes y regu- laciones nacionales adecuadas, inspección, laboratorios y sistema de control. El sector pecuario, para apro- Drs. Eliut Herrera y Adonay Trejos en la Región Huetar Norte en inspección de subasta sancarleña vechar las ventajas comparativas y proteger la salud animal requie- re de un servicio nacional que le permita el acceso efectivo a los nuevos mercados. Esto sólo es posible si se asegura que las medidas sanitarias se basan en normas y directrices armonizadas, en una evaluación de los riesgos para la salud animal y la salud pú- blica veterinaria y que goce del respeto de la comunidad interna- cional. La nueva Ley General del Ser- vicio Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006, contiene un planteamiento que supera al anterior instrumen- to jurídico y es más acorde con las necesidades y políticas de comercialización a nivel nacional e internacional, tiene como pro- pósito la protección y control de la salud animal en pos de resguar- dar la salud humana. Esta Ley fue producto de nu- merosas reuniones de trabajo, con representación de diversas organizaciones del sector público y privado. El proceso de elabo- ración garantizó la participación y transparencia que un proyec- to de esta naturaleza requiere, abordando la temática de un ser- vicio nacional de salud animal de manera particular, sin aislarla de disposiciones que aplican otras dependencias de la administra- ción pública o de las estrategias para la modernización. Esta refor- ma estatal posiciona al SENASA como una verdadera autoridad sanitaria.

Upload: others

Post on 11-Jul-2022

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Nueva legislación en salud animal e inocuidad de alimentos

Nueva legislación en salud animal e inocuidad de alimentosDra. Myriam Jiménez MataServicio Nacional de Salud Animal (SENASA)

BoletíN INformatIvo III octubre 2007

“ Hoy en día para estar incorporado al mundo de los negocios específicamente para exportación se debe ser muy constante y apegado a toda regulación vigente exigida por los diferentes países compradores ”. Don Juan Carlos Salas Abarca (Tilapias del Sol).

Información: Insumo para la competitividad

Debido a la globalización del comercio, que ha sido particu-larmente notoria en los produc-tos agroalimentarios, cada vez ha ganado mayor relevancia en países en desarrollo, la necesi-dad de asegurar la salud animal y pública, la inocuidad y calidad de los productos alimentarios im-portados y exportados. Mientras los alimentos importados pue-den ser tratados como parte del suministro interno y se les exige, por tanto, cumplir con las mismas normas y estándares que los fi-jados para aquellos producidos localmente, las exportaciones de animales y alimentos deben regir-se por regulaciones cuya dimen-sión ya no está dada por las leyes nacionales, sino por la normativa internacional.

La elaboración de normas sa-nitarias para la sanidad animal, incluyendo las zoonosis, trazabili-dad, y el bienestar animal, entre otras, debe ser paralela a la me-jora de los Servicios Veterinarios oficiales en términos de mejora tecnológica, capacidad en de-tección temprana, diagnóstico y lucha contra las enfermedades animales. Para poder apoyar el acceso de los animales y de sus productos al mercado nacional, regional e internacional, los servi-cios veterinarios, especialmente en los países en desarrollo, nece-sitan demostrar la aplicabilidad y adecuación de su normativa.

En el Acuerdo de Implementa-ción de Medidas Sanitarias y Fito-sanitarias (AMSF) de la Organiza-ción Internacional de Comercio (OMC), se reconocen las normas en sanidad animal dictadas por la Organización Mundial de Sa-lud Animal (OIE), que en mayo del 2007 contaba con 169 países y territorios miembros. El Codex Alimentarius (FAO y OMS) es “rec-tora en materia de inocuidad de los alimentos en lo que se refiere a aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios y plaguicidas, métodos de análisis, muestreo, códigos y directrices

sobre prácticas en mate-ria de higiene”.

La Cumbre Mundial sobre la Alimentación (FAO 1996) destacó el derecho a los alimentos, es decir, “el derecho de cada persona al acceso a una alimentación nutriti-va y sana”, que es parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 de la Organización Naciones Uni-das (ONU). Este derecho no limi-ta a estar libre de hambre, sino que incluye la obligación de los estados de “promover el goce de derecho a una alimentación adecuada para cada individuo.” La alimentación adecuada, a su vez, fue descrita como “una ali-mentación que es adecuada en cantidad y calidad para una vida activa y saludable”. Por consiguiente, calidad (incluida la calidad nutricional y protección del consumidor contra fraudes alimentarios como etiquetado) e inocuidad de alimentos, son con-ceptos cuyas raíces se hallan en los más básicos derechos de la humanidad y así son reconocidos por la comunidad mundial.

Para lograr la efectividad en el control de la inocuidad de ali-mentos, es necesario contar, en primera instancia, con una base legal y reguladora que cubra sis-temas de producción, manejo, transporte, procesamiento y distri-bución, es decir, que se extienda desde la granja o estanque hasta la mesa del consumidor.

Además del marco legal, debe existir un mecanismo que permita la aplicación efectiva de leyes y regulaciones. Para lograr efectivamente el cumplimiento de un buen esquema legal, es fundamental un buen sistema de aplicación. Por consiguiente, el control de la inocuidad de ali-mentos debe incluir leyes y regu-laciones nacionales adecuadas, inspección, laboratorios y sistema de control.

El sector pecuario, para apro-

Drs. Eliut Herrera y Adonay Trejos en la Región Huetar Norte en inspección

de subasta sancarleña

vechar las ventajas comparativas y proteger la salud animal requie-re de un servicio nacional que le permita el acceso efectivo a los nuevos mercados. Esto sólo es posible si se asegura que las medidas sanitarias se basan en normas y directrices armonizadas, en una evaluación de los riesgos para la salud animal y la salud pú-blica veterinaria y que goce del respeto de la comunidad interna-cional.

La nueva Ley General del Ser-vicio Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006, contiene un planteamiento que supera al anterior instrumen-to jurídico y es más acorde con las necesidades y políticas de comercialización a nivel nacional e internacional, tiene como pro-pósito la protección y control de la salud animal en pos de resguar-dar la salud humana.

Esta Ley fue producto de nu-merosas reuniones de trabajo, con representación de diversas organizaciones del sector público y privado. El proceso de elabo-ración garantizó la participación y transparencia que un proyec-to de esta naturaleza requiere, abordando la temática de un ser-vicio nacional de salud animal de manera particular, sin aislarla de disposiciones que aplican otras dependencias de la administra-ción pública o de las estrategias para la modernización. Esta refor-ma estatal posiciona al SENASA como una verdadera autoridad sanitaria.

Page 2: Nueva legislación en salud animal e inocuidad de alimentos

Este Boletín es publicado bajo la coordinación de la Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria (SEPSA), con el financiamiento del Programa de Fomento de la Producción Agropecuaria Sostenible (PFPAS).

GalerIa reGIoNal

Familias de la Región Huetar Atlántica utilizan el Sistema de Información de Vigilancia Epidemiológica (SIVE). Este sistema fue diseñado para la captura, almacenamiento, procesamiento, reporte y análisis de información sobre las explotaciones agropecuarias, las poblaciones animales, sus características y los eventos de interés epidemiológico.

Mujeres en labores de empaque del cultivo

de Mamón Chino. Finca

de Don Manuel

Laurent en Corredores

de Osa.

eDItorIal

Podemos afirmar, sin lugar a dudas, que el mundo ha avanzado en la liberalización del comercio internacional. El mejor ejemplo es la reducción y/o eliminación de los aranceles a la importación de mercancías industriales y agrícolas y la gran diversificación de bienes y servicios que hoy se intercambian en el mun-do. En menor escala, si bien se ha iniciado un proceso de desmantelamiento de los subsi-dios a la producción y exportación del mundo desarrollado, los avances en este campo han sido más modestos y se constituyen como el mayor desafío de los países en desarrollo en el marco de las actuales negociaciones de la Ronda Doha.No obstante lo antes expuesto, una de las ca-racterísticas más sobresalientes de esta épo-ca es el surgimiento de un nuevo código de reglas y la incidencia del mismo en el acceso a los mercados. La protección a la vida de los humanos, de los animales, del patrimonio vegetal, del medio ambiente, de la seguridad nacional y del consumidor, han sido objetivos legítimos por los que se ha regulado desde siempre el comercio internacional. Sin embar-go, como nunca antes, hay una sofisticada reglamentación que ha permitido una inte-resante sinergia entre gobiernos, empresas, organismos internacionales de referencia y el mismo sistema multilateral de comercio. La línea entre medidas aplicadas por los paí-ses basadas en estos objetivos legítimos y el advenimiento de un nuevo proteccionismo “técnico” es muy sutil pero ya se observan controversias comerciales en este campo que dan señales inequívocas de la importancia y la objetividad que debe privar en la aplica-

ción de este tipo de normativa, y en la vigilan-cia que debe existir para evitar que estas me-didas se conviertan en barreras encubiertas al comercio internacional. En Costa Rica esta tendencia también se observa en el mercado doméstico, lo cual nos debe llenar de satisfac-ción, pues eso significa que evolucionamos hacia una sociedad más exigente y que esa condición, permitirá mayor rigurosidad, tanto en lo que se refiere a suplidores internaciona-les como a productores locales. Podríamos resumir que las nuevas reglas en el intercambio comercial son determinadas por aspectos relacionados con el riesgo, con los atributos propios del producto o de los proce-sos de producción. Algunos ejemplos en este campo son las medidas que resguardan nues-tro patrimonio pecuario y vegetal o aquellas encaminadas a salvaguardar la salud huma-na de contaminantes, toxinas, residuos de plaguicidas, enfermedades zoonóticas y más recientemente, de bioterrorismo. Este contexto internacional ha impulsado im-portantes reformas nacionales tales como la modernización del marco jurídico y la promul-gación de nuevas regulaciones. La creación del Órgano de Reglamentación Técnica, las transformaciones en marcha del Servicio Fi-tosanitario del Estado y más recientemente del Servicio Nacional de Sanidad Animal, son muestras del surgimiento de una nueva institu-cionalidad para dar respuesta a esos nuevos desafíos y roles que han asumido estas orga-nizaciones. Sin embargo, estamos concientes que hay tareas pendientes y que la moderni-zación y la excelencia en la calidad de servi-cios es un proceso continuo, dada la veloci-

dad de las transformaciones que observamos en el mundo.Desde la perspectiva del Ministerio de Produc-ción estos temas son estratégicos y están ínti-mamente asociados a la competitividad del sector productivo y exportador. En lo que respecta a la reglamentación téc-nica, los grandes desafíos que enfrenta el país es poder avanzar en el Plan Nacional de Reglamentación Técnica y mejorar la verifica-ción y evaluación de la conformidad para lo cual se debe fortalecer el Sistema Nacional de la Calidad. Costa Rica ha sido reconocida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD) como un país que va en la dirección correcta en materia de reglamentación, sin embargo debemos reconocer que el consumidor debe educar-se y ser más exigente. Desde la perspectiva de las sanidades, los retos están orientados a mejorar el cumplimiento de la normativa vi-gente a través de una mejor fiscalización, de promover nuevas inversiones en infraestruc-tura y servicios (laboratorios, puestos de cua-rentena, análisis de riesgo, interconexión) y de fortalecer la articulación con otras depen-dencias gubernamentales. Sin lugar a dudas, la normativa técnica y sanitaria será determi-nante para la consolidación de los mercados internacionales y para preservar el mercado doméstico, donde no cabe la improvisación y donde empresa y Estado deben apuntar en la misma dirección.

la nueva dimensión de las medidas sanitarias y la reglamentación técnica: un desafío para el ministerio de Producción

Productores de Piñade la Región

Huetar Norte bajan la incidencia de la mosca

Stomoxys calcitrans, con la participación de funcionarios del

Departamento de Vigilancia y Control de

Plagas.

Page 3: Nueva legislación en salud animal e inocuidad de alimentos

NotICIaS

“Innovación tecnológica para la Generación de material Propagativo Sano de Dracaena spp. para el mercado de exportación estadounidense”

• más de 500 productores pequeños y medianos beneficiados.

El objetivo de este Proyecto es disminuir el riesgo de ingreso de plagas a Estados Unidos, con el fin último de asegurar el acceso de las Dracaenas a éste mer-cado y propiciar su apertura a plantas mayores de 18 pulgadas y más de dos años.

Su implementación incluye una serie de investigaciones y pruebas de cam-po que darán soporte científico a las mejores prácticas en cada paso de la cadena agrícola productiva: desde la siembra hasta la colocación del pro-ducto en el puerto de embarque y el establecimiento de sistemas de traza-bilidad.

Este Proyecto cuenta con la partici-pación del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Ministerio de Co-mercio Exterior, Consejo Nacional de Producción (CNP), el Centro Agronómi-co de Investigación Tropical (CATIE), la Universidad de Purdue (Indiana, USA) y la Embajada de los Estados Unidos de América.

SemBlaNZaEn autobus, moto o bicicleta todas las mañanas más de 100 personas se desplazan desde los diferentes pueblitos aleda-ños al cantón de Bagaces, para coincidir en un lugar don-de todos y todas de alguna manera encuentran el sustento diario para sí mismos y sus familias.Fue así como recorriendo las instalaciones de “ Tilapias del Sol” empresa dedicada al cultivo, producción y exportación de tilapia hacia los Estados Unidos, tuvimos la oportunidad de conversar con el Sr. Juan Carlos Salas Abarca, Gerente General de esta empresa. “Dada la situación presentada en el año 2003 principalmente con el cultivo del arroz, Tilapias del Sol surge como una respuesta de muchos productores y productoras de arroz y ganaderos de la zona”.Paralelamente, las condiciones del momento como el mer-cado internacional y la existencia de mano obra especiali-

zada, favorecían la puesta en marcha de una empre-sa como esta. Es así como se inicia con la compra de la finca, la obtención de permisos oficiales, la cons-trucción de estanques y de la planta industrial. La finca tiene una exten-sión de 88 hectáreas de las cuales 64 son espejo de agua, es decir son es-tanques donde habitan

los peces. De esos peces na-dando en finca se extraen entre 140 – 150 toneladas mensuales, de las cuales se exportan 105.000 libras de fi-lete mensuales.Esta actividad ha generado un impacto social importante en la zona, pues según esti-maciones de la empresa, se ven beneficiadas de forma directa unas 150 familias, y de forma indirecta alrededor de 300.“Hoy en día para estar incor-porado al mundo de los ne-gocios específicamente para exportación se debe ser muy constante y apegado a toda regulación vigente exigida por los diferentes países com-pradores”. Para esta empresa es fundamental que todos sus empleados y visitantes cumplan con la normativa que exige el Food and Drugstore Administration (FDA) organismo de Estados Unidos que establece todas las regulaciones para la producción de pescado que ingresa a este mercado.Finalmente Don Juan Carlos señaló que todas estas regla-mentaciones y exigencias internacionales dentro de un pro-ceso de exportación, garantizan desarrollo, proyección y larga vida a la empresa.

Se definen acuerdos sanitarios y fitosanitarios para el comercio entre Costa Rica y ChinaComo resultado de una serie de reuniones de trabajo entre personeros de la Misión Técnica China y del Ministerio de Agrícultura y Ganadería, el día 23 de agosto del año en curso, se estableció un memorando de entendimiento sobre medidas sanitarias y fitosanitarias, tomando en cuenta protocolos técnicos, para el comercio de animales, plantas y sus productos entre la República Popular China y Costa Rica. Los acuerdos fueron propuestos y anali-zados por una misión técnica de la Ad-ministración General y Supervisión de

Calidad, Inspección y Cuarentena de la República Popular China y el Gobierno de Costa Rica, por medio de los servicios fitosanitario y de salud animal del Ministe-rio de Agricultura y Ganadería, así como del Ministerio de Salud.Asimismo, se acordó un protocolo técni-co para las exportaciones de banano a la República Popular China que define los requisitos que debe cumplir el banano para ser enviado a ese país, con lo cual se expedita el camino a los productores que deseen exportar.

Así se superan muchas de las limitaciones que existían para la exportación de pro-ductos agropecuarios a China, en espe-cial, con la eliminación de la restricción de la mosca de la fruta que afectaba las exportaciones de banano y otras frutas tropicales.De acuerdo con el Ministro de Agricultura Marco Vargas, el Gobierno de la Repú-blica avanza en la construcción de una agenda de cooperación bilateral con la República Popular de China.

Page 4: Nueva legislación en salud animal e inocuidad de alimentos

Compromiso del sector productivo con la competitividad del país a través de la reglamentación técnica

Desde la promulgación de la Ley Nº 8279 del Sistema Nacional para la Calidad en mayo del 2002 y la publicación del Re-glamento del Órgano de Reglamentación Técnica, mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32068 de noviembre del 2004; el país ha to-mado un rumbo diferente con la forma de elaborar, revisar o modificar reglamentos técnicos; ahora el proceso es más ordena-do, transparente y de mayor coordinación entre los entes del sector público, pero so-bre todo con un enfoque más participativo del sector privado, la academia y los con-sumidores.

Pero ¿qué es la reglamentación técnica? Son las reglas del juego que deben acatar los empresarios (fabricantes, productores, importadores, comercializadores o distribui-dores) para vender sus productos en el mer-cado local, y estas reglas aplican tanto para los productos nacionales como los importa-dos. Estos reglamentos establecen caracte-rísticas específicas de higiene, calidad, ino-cuidad o etiquetado, entre otras, las cuales son necesarias para proteger la salud o la seguridad de los consumidores, así como también su derecho a la información, para evitar engaño o confusión al momento de adquirir o comprar un artículo en el merca-

do. También están los reglamentos técnicos que protegen la salud de los animales y la sanidad vegetal, pero también pueden ha-ber otros reglamentos que buscan proteger el medio ambiente u otros más específicos, adaptados a las condiciones climáticas, demográficas o culturales.

La elaboración o modificación de un reglamento técnico debe responder a la protección de objetivos legítimos como la salud o el derecho de información indica-dos, sin generar obstáculos innecesarios al comercio. Esto significa que los productos que se ofrecen en el mercado, sean estos nacionales o importados, deben acatar es-tas reglamentaciones, en cumplimiento de principios estipulados en los Acuerdos de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y Obstá-culos Técnicos al Comercio de la OMC, de la cual Costa Rica es miembro desde 1995.

Dado lo anterior, entidades relacionadas con el sector productivo como el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y el Consejo Nacional de Producción (CNP), han trabajado conjuntamente en la elaboración de varios reglamentos técnicos que incorporan las mejores prácticas agropecuarias, sobre la base de estudios

nacionales relacionados con la calidad e inocuidad. Se dispone de reglamentos técnicos para cebolla, brócoli, repollo, tomate y yuca. Igualmente para otros productos dichos reglamentos se han trabajado en forma coordinada y conjunta como en atún, leche cruda e higienizada, huevo y plaguicidas para uso agrícola.

Ante las necesidades del país en el cam-po agropecuario y de información al con-sumidor, se continúa trabajando en forma conjunta varias propuestas de reglamentos, entre ellos: arroz en granza, quesos, embu-tidos, lechuga y vainica, límites microbio-lógicos y residuos de contaminantes para especies marinas y de la acuacultura, pro-ducción pecuaria orgánica y rastreabilidad sanitaria, entre algunos otros.

La actividad reglamentaria del país debe impulsarse con el objetivo de identificar los vacíos existentes, permitiendo originar así un cuerpo armonizado de reglamentación técnica que cumpla con las necesidades nacientes, producto de la apertura de mer-cados y de los diferentes acuerdos comer-ciales llevados a cabo por el país, donde las autoridades del MEIC y del MAG, tienen una gran responsabilidad.

“Congreso de medicina veterinaria “. el Contexto de la medicina veterinaria.Organiza: Colegio de Médicos Veterinarios.Fecha: Del 17 al 19 de Octubre del 2007.Lugar: Hotel Barceló, San José Palacio.Contacto: Dr. Álvaro Aragón Tinoco, Coordinador Comité

Organizador.Teléfono: 279-8591/ 253-7631Correo: [email protected]

IX CoNGreSo NaCIoNal De aPICUltUra “Del Panal a la mesa”Organizan: Universidad Nacional (UNA), Cámara Nacional

de Apicultores, Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), Centro de Investigaciones Apícolas Tropicales (CINAT)

Fecha: 25 y 26 de Octubre del 2007Lugar: Auditorio Manuel María Granados, Instituto

Nacional de Aprendizaje (INA), San José, Costa Rica.

Contacto: Sra. Ana Cubero MurilloTeléfono: 238-1868/ 260-9046/ 277-3499Correo: [email protected] / [email protected]

ColaBoraNDo

veNtaNa INformatIva

Comité editor

MSc. Marta Eugenia Villegas MurilloIng. Carlos Luis Vásquez FernándezIng. Yetty Quirós Ballestero

Lic. Rodrigo Salazar AlvaradoIng. Guillermo Guzmán Díaz

www.pima.go.cr

www.iica.int

Celebración Día mundial de la alimentación 2007 “El derecho a la alimentación”

Organiza: La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), en asocio con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).Lugar: Consejo Nacional de la Producción (CNP), Liberia Guanacaste.Fecha y hora: Viernes 19 de octubre del 2007 de 9:00 a 1:00 pm.Teléfono: 220-0511 ext. 103Correo Electrónico: [email protected]