normatividad de las telecomunicaciones en mexico

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL ESTADO DE ZACATECAS UNIDAD ACADÉMICA DE PINOS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN TEMA: NORMATIVIDAD EN LAS TELECOMUNICACIONES EN MÉXICO UNIDAD UNIDAD II. “ANTENAS” MATERIA: APLICACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIÓNES PROFESOR: I.TIC. ELOY CONTRERAS DE LIRA ALUMNO(A): ANA FRANCISCA MARTÍNEZ BETANCOURT MATRICULA: 481200078 CARRERA: INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN GRADO Y GRUPO 9° CUATRIMESTRE “A” PINOS, ZACATECAS. 10 JUNIO DEL 2015

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Page 1: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

U N I V E R S I D A D T E C N O L Ó G I C A D E L E S T A D O D E Z A C A T E C A S

U N I D A D A C A D É M I C A D E P I N O S

T E C N O L O G Í A S D E L A I N F O R M A C I Ó N Y C O M U N I C A C I Ó N

TEMA:

NORMATIVIDAD EN LAS TELECOMUNICACIONES EN MÉXICO

UNIDAD

UNIDAD II. “ANTENAS”

MATERIA:

APLICACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIÓNES

PROFESOR:

I.TIC. ELOY CONTRERAS DE LIRA

ALUMNO(A):

ANA FRANCISCA MARTÍNEZ BETANCOURT

MATRICULA:

481200078

CARRERA:

INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

GRADO Y GRUPO

9° CUATRIMESTRE “A”

PINOS, ZACATECAS. 10 JUNIO DEL 2015

Page 2: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

Introducción

Las telecomunicaciones se han convertido en un punto crucial de la agenda del

desarrollo económico y social de México, al igual que lo han sido en estos últimos

años, el ejido, la banca, el petróleo y el transporte público.

La sociedad mexicana debe involucrarse en el conocimiento de las

telecomunicaciones, como lo hace en servicios comunes como electricidad,

transporte público y últimamente en los servicios de banca y financieros.

Las características de la vida y el mundo modernos, con una tendencia creciente

hacia el entendimiento entre naciones y personas, se beben en buena medida a la

expansión de la aplicación de la tecnología a las comunicaciones en general, pero

fundamentalmente a las telecomunicaciones y al aumento de su rapidez y

posibilidades.

Las telecomunicaciones facilitan la superación de muchas fronteras en todos los

órdenes de vida, permitiendo el nacimiento de nuevos intereses mutuos entre

individuos y entre sociedades. Como medio singular con que cuentan las

telecomunicaciones modernas, los satélites pueden coadyuvar eficazmente al

logro de estos trascendentales objetivos, además de otros fines puramente

económicos y políticos.

Información es un conjunto de datos que representan ideas mediante las cuales se

incrementa nuestra conciencia, inteligencia o conocimiento. Desde el punto de

vista de telecomunicaciones, información es un concepto perfectamente definido.

Por otro lado, comunicación se define como la impartición, envió o intercambio de

información entre diferentes entidades. Se puede realizar mediante lenguaje,

imágenes, instrucción, movimiento, olor, etc. o puede ser simplemente una mueca.

Telecomunicaciones significa la transmisión a distancia de información mediante

procedimientos electromagnéticos.

Cualquier actividad de nuestra vida diaria requiere de información para su

realización. La humanidad no se concibe sin información. Esta se produce y

maneja para proporcionar el desarrollo de la actividad económica, política y social

del mundo. Así, la generación y el intercambio de información es una necesidad

primordial del quehacer humano.

Page 3: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

NORMAS OFICIALES MEXICANAS VIGENTES EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES REGULADAS

POR LA COFETEL

1. Clave: NOM-083-SCT1-2002

Nombre: Telecomunicaciones – Radiocomunicación – Especificaciones técnicas para los

equipos transmisores utilizados en el servicio de radiolocalización móvil de personas de

una vía.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 16 de abril de 2003

Vigente hasta: 16 de junio de 2013 (Ratificada en 2008)

Objetivo El objetivo de la presente Norma Oficial Mexicana es establecer las especificaciones

técnicas mínimas necesarias que deben cumplir los equipos de transmisión utilizados en el servicio

de radiolocalización móvil de una vía y los correspondientes métodos de prueba.

2. Clave: NOM-084-SCT1-2002

Nombre: Telecomunicaciones – Radiocomunicación – Especificaciones técnicas de los

equipos transmisores destinados al servicio móvil de radiocomunicación especializada de

flotillas.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 17 de abril de 2003

Vigente hasta: 17 de junio de 2013 (Ratificada en 2008)

Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones y

métodos de prueba a que deben sujetarse los equipos para el servicio móvil de radiocomunicación

especializada de flotillas.

3. Clave: NOM-088/1-SCT1-2002

Nombre: Telecomunicaciones – Radiocomunicación – Equipos de microondas para

sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto- Parte 1: Radio

Acceso Múltiple.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 18 de abril de 2003

Vigente hasta: 18 de junio de 2013 (Ratificada en 2008)

Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones y sus

correspondientes métodos de prueba que deben cumplir los equipos de radiocomunicación a

utilizar en un sistema de radio acceso múltiple por medio de enlaces de microondas punto a punto

y/o punto a multipunto en la banda de 2 300 MHz-2 450 MHz.

4. Clave: NOM-088/2-SCT1-2002

Nombre: Telecomunicaciones – Radiocomunicación – Equipos de microondas para

sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto- Parte 2:

Transporte.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 21 de abril de 2003

Page 4: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

Vigente hasta: 23 de junio de 2013 (Ratificada en 2008)

Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones y sus

correspondientes métodos de prueba que deben cumplir los equipos de radiocomunicación de

microondas a utilizar para sistemas fijo multicanal punto a punto y punto multipunto que operan

en las bandas.

5. Clave: NOM-111-SCT1-1999

Nombre: Telecomunicación – Interfaz - Parte de transferencia de mensaje del sistema de

señalización por canal común.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 22 de noviembre de 1999

(En vigor desde el 22 de enero de 2000)

Vigente hasta: 21 de enero de 2015 (Ratificada en 2010)

Objetivo La presente Norma proporciona una visión global del sistema de señalización número 7

describiendo sus diversos elementos funcionales y la relación entre dichos elementos funcionales.

Esta Norma describe de manera general las funciones y capacidades de la parte transferencia de

mensajes (PTM), de la parte control de conexión de señalización (PCCS), de la parte usuario de la

RDSI (PU-RDSI), de la capacidad de transacción (CT) y de la parte operaciones, mantenimiento y

administración (POMA), exceptuando la parte de usuario de telefonía (PUT), e incluye una

descripción detallada de la PTM. Además, esta Norma especifica aspectos tales como la

arquitectura del sistema de señalización número 7, el control de flujos y los criterios generales de

compatibilidad que no están especificados en normas separadas y son aplicables a la totalidad del

sistema de señalización número 7. El objeto global del sistema de señalización número 7 consiste

en proporcionar un sistema de señalización por canal común (SS7) de aplicación general,

normalizado internacionalmente: - optimizado para el funcionamiento en redes de

telecomunicaciones digitales junto con centrales con control por programa almacenado; - que

pueda satisfacer exigencias presentes y futuras de transferencia de información para el diálogo

entre procesadores dentro de las redes de telecomunicaciones para el control de las llamadas, el

control a distancia y la señalización de administración y mantenimiento; - que ofrezca un medio

seguro de transferencia de información en la secuencia correcta y sin pérdidas ni duplicaciones.

6. Clave: NOM-112-SCT1-1999

Nombre: Telecomunicaciones – Interfaz - Parte de usuario de servicios integrados del

sistema de señalización por canal común.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 22 de mayo de 2000 (en vigor

desde el 22 de julio de 2000)

Vigente hasta: 20 de Julio de 2015 (Ratificada en 2010)

Objetivo y campo de aplicación Esta Norma tiene como objetivo definir la parte de usuario de la

red digital de servicios integrados (PU-RDSI), especificando los mensajes de señalización de la red

Page 5: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

RDSI, sus procedimientos de codificación y señalización y sus características a través de las

centrales telefónicas de las redes de telecomunicaciones. (Esta Norma es la misma a la que se hace

referencia en el Plan Técnico Fundamental de Señalización como “Parte de Usuario para Servicios

Integrados-México (PAUSI-MX)). La PU-RDSI es el protocolo del sistema de señalización N.°7 que

proporciona las funciones de señalización necesarias para sustentar servicios portadores básicos y

servicios suplementarios de aplicaciones vocales y no vocales en una red digital de servicios

integrados. La PU-RDSI utiliza los servicios proporcionados por la parte transferencia de mensajes

(PTM) para la transferencia de información entre PU-RDSI. Esta última parte de transferencia de

mensajes se especifica en la NOM-111-SCT1. Esta Norma aplica como interfaz de señalización

entre redes públicas de telecomunicaciones nacionales. La PU-RDSI es también apropiada para su

uso en redes telefónicas especializadas y redes de datos con conmutación de circuitos, así como

en redes analógicas y mixtas analógicas/digitales. En especial, la PU-RDSI satisface los requisitos

para el tráfico de datos con conmutación de circuitos y telefónico automático y semiautomático

entre redes públicas de telecomunicaciones.

7. Clave: NOM-121-SCT1-2009

Nombre: Telecomunicaciones-Radiocomunicación-Sistemas de radiocomunicación que

emplean la técnica de espectro disperso-equipos de radiocomunicación por salto de

frecuencia y por modulación digital a operar en las bandas 902-928 MHz, 2400-2483.5

MHz y 5725-5850 MHz – Especificaciones, límites y métodos de prueba.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 21 de junio de 2010 (en vigor

desde el 20 de agosto de 2010)

Vigente hasta: 20 de agosto de 2015

Objetivo.- La presente Norma Oficial Mexicana (NOM) tiene por objeto establecer las

especificaciones mínimas y límites para los equipos de radiocomunicación por espectro disperso

(Salto de Frecuencia, Modulación Digital e Híbrido) en las bandas de frecuencias a que se

circunscribe esta NOM, previéndose que cuando operen no causen interferencias perjudiciales a

otros equipos de operación autorizada, ni a las redes y servicios de telecomunicaciones de

servicios autorizados; y asimismo previéndose que al operar los equipos no inhiban la existencia y

coexistencia del mayor número posible de sistemas de radiocomunicación por espectro disperso y

de modulación digital. También tiene por objeto establecer los métodos de prueba para la

comprobación del cumplimiento de las especificaciones y límites que aquí se establecen; y

asimismo contribuir al cuidado del interés de los consumidores de estos equipos. 1.2 Campo de

aplicación.- Esta NOM es aplicable a todos aquellos equipos de radiocomunicación por espectro

disperso que operen en las bandas de frecuencias 902 MHz a 928 MHz; 2400 MHz a 2483.5 MHz y

5725 MHz a 5850 MHz, previéndose que su operación será sobre una base de coexistencia en

estas bandas con otros equipos, redes y servicios autorizados, previstos en el CNAF, en la

reglamentación nacional o (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 21 de junio de 2010

internacional, o en disposiciones de la SCT o la COFETEL, a los cuales no podrán causar

interferencia perjudicial y de los cuales no podrán reclamar por interferencia alguna. Lo anterior,

sin perjuicio de la sujeción a otras normas o reglamentaciones técnicas a que los equipos sujetos a

Page 6: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

esta NOM pudieran estar por causa de las aplicaciones específicas a que estén destinados o por

cualquier otra causa.

Ley Federal de Telecomunicaciones. 07-06-1995

Page 7: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico
Page 8: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

Órganos reguladores de telecomunicaciones

COFETEL IMT SENEAM

COFETEL

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), es el órgano administrativo

desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes encargado de regular,

promover y supervisar el desarrollo eficiente y la cobertura social amplia de las

telecomunicaciones y la radiodifusión en México, en conformidad con la Ley Federal de

Telecomunicaciones publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 1995 y derivado

de las reformas a la Ley Federal de Radio Televisión.

IMT

El Instituto Mexicano del Transporte es un órgano desconcentrado de la SCT, creado por acuerdo

presidencial el 15 de abril de 1987.

El IMT, en el ámbito del transporte carretero, marítimo, ferroviario, aéreo y multimodal, realiza:

Investigación aplicada Servicios especializados

Difusión de conocimientos y tecnologías

Formación postprofesional

Normativa para el transporte Asesoría y asistencia técnica

SENEAM

SENEAM proporciona servicios de ayuda a la navegación aérea con seguridad, fluidez y orden en el espacio aéreo mexicano, garantizando calidad y eficiencia conforme a la normatividad nacional e internacional aplicable.

Se crea como Órgano Desconcentrado dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por acuerdo presidencial el 3 de octubre de 1978.

Tiene como Misión “garantizar a través de servicios a la navegación, el transporte seguro y eficiente de personas y bienes en el espacio aéreo mexicano”. Su mirada está puesta en el futuro con la Visión de “adoptar y establecer oportuna y eficientemente la infraestructura y técnicas.

Page 9: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

Innovadoras en la prestación de los servicios a la navegación aérea, acorde al desarrollo de la aviación”.

Bajo la figura jurídica de Órgano Desconcentrado, se le otorgó la capacidad de decisión en materia de sus actividades y agilidad en la administración de recursos, para atender oportunamente los requerimientos de la Navegación Aérea y del Control de Tránsito Aéreo con regularidad, continuidad y seguridad.

IFETEL

Equipo de telecomunicaciones

Con el fin de facilitar la convergencia tecnológica y de que los particulares cumplan con lo establecido en los ordenamientos legales aplicables, NYCE cuenta con la acreditación otorgada por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) y con la aprobación otorgada por la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL, ahora Instituto Federal de Telecomunicaciones IFETEL) para operar como Organismo de Certificación de Producto de Telecomunicaciones.

Las Normas Oficiales Mexicanas de productos de telecomunicaciones que certificamos fueron elaboradas por la COFETEL (ahora Instituto Federal de Telecomunicaciones IFETEL), órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y, por lo tanto, están sujetas a los Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de producto de telecomunicaciones (PEC) expedidos por la COFETEL (ahora Instituto Federal de Telecomunicaciones IFETEL).

Page 10: Normatividad de las telecomunicaciones en mexico

Conforme a lo que se establece en el Reglamento de Telecomunicaciones, todo equipo de telecomunicaciones que se comercialice, use u opere en el territorio nacional debe contar con el certificado de homologación.

Si usted es fabricante, importador, comercializador, distribuidor o arrendador de productos de telecomunicaciones, en NYCE puede obtener el Certificado de conformidad -con propósitos de homologación- de las siguientes Normas Oficiales Mexicanas (NOM):

NOM-084-SCT1 - Especificaciones técnicas de los equipos transmisores destinados al servicio móvil de radiocomunicación especializada de flotillas.

NOM-088/1-SCT1 - Equipos de microondas para sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto - Parte I: Radio Acceso Múltiple.

NOM-088/2-SCT1 - Equipos de microondas para sistemas del servicio fijo multicanal punto a punto y punto a multipunto - Parte II: Transporte.

NOM-121-SCT1 - Equipos de radiocomunicación por salto de frecuencia y por modulación digital a operar en las bandas 902-928 MHz, 2400-2483.5 MHz y 5725-5850 MHz – Especificaciones, límites y métodos de prueba.

Bibliografía

http://www.sct.gob.mx/informacion-general/normatividad/telecomunicaciones/leyes-federales/

http://www.ift.org.mx/con%C3%B3cenos

http://www.telecomm.net.mx/

http://www.cft.gob.mx/es_mx/Cofetel_2008/Cofe_normas_oficiales_mexicanas_vigentes_en_materi