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MONEDA Y DERECHO MONETARIO VASQUEZ CASTILLO LUIS EDUARDO XI CICLO UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRIÓN

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trabajo de moneda y derecho monetario en el peru

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VASQUEZ CASTILLO LUIS EDUARDOXI CICLO

MONEDA Y DERECHO MONETARIO

UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRIÓN

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MONEDA Y DERECHO MONETARIO

MONEDA Y DERECHO MONETARIO

MONEDA: Dinero o Moneda, Características y clasificación del dinero.

I. Conteste las siguientes preguntas:

01. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DEL DINERO? EXPLIQUE CADA UNA DE ELLAS.

El dinero cumple las cinco funciones siguientes:

MEDIDA DEL VALOR.- La función del dinero como medida del valor consiste en que el dinero (el oro) proporciona el material para expresar el valor de todas las demás mercancías. Toda mercancía, cualquiera que sea expresa su valor en dinero. De este modo resulte posible comparar cuantitativamente entre sí mercancías diversas. El dinero puede cumplir su función de medida del valor como dinero mentalmente representado o dinero ideal. Ello es posible porque en la realidad existe una determinada correlación entre el valor del oro y el valor de la mercancía dada. En la base de dicha correlación se encuentra el trabajo socialmente necesario invertido en la producción de uno y otra. El valor de la mercancía expresado en dinero es su precio.

MEDIO DE CIRCULACIÓN.- La función del dinero como medio de circulación estriba en servir de intermediario en el proceso de la circulación de mercancías. Para ello ha de haber dinero efectivo. El dinero cumple esa función momentáneamente: una vez realizado el cambio de una mercancía, inmediatamente empieza a servir para realizar otra mercancía, etc. Esta circunstancia permite sustituir al dinero contante en su formación de medio de circulación por representantes suyos: las monedas fraccionarias de valor incompleto y el papel moneda. 

MEDIO DE ACUMULACIÓN O DE ATESORAMIENTO.- La función del dinero como medio de atesoramiento se debe a que con él, dada su condición de representante universal de la riqueza, puede comprarse cualquier mercancía, y se puede guardar en cualquier cantidad. De ahí que la acumulación de riquezas y tesoros tome la forma de acumulación de dinero. Con el desarrollo de la economía mercantil-capitalista, se acentúa el poder del dinero, el poder de los ricos sobre los pobres. La fuerza social del dinero se convierte en fuerza de personas privadas. En estas condiciones, la acumulación del dinero pasa a ser un fin en sí. La función de atesoramiento, sólo puede realizarla el dinero de pleno valor: monedas y lingotes de oro, objetos de oro. Cuando circulaban monedas de oro, la función de atesoramiento era de suma importancia para el

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proceso en que se regulaba espontáneamente la circulación monetaria en los países capitalistas.

MEDIO DE PAGO.- El dinero actúa como medio de pago cuando la compra-venta de la mercancía se efectúa a crédito, es decir, con un aplazamiento del pago de la mercancía. En este caso el dinero entra en la circulación cuando vence el tazo del pago, pero no ya como medio de circulación, sino como medio de pago. Cumple la misma función en las operaciones de préstamo, en el pago de impuestos, de la renta del suelo, de los salarios, etc. La función del dinero como medio de pago hace posible la liquidación recíproca de las obligaciones deudoras y economizar el dinero efectivo. 

DINERO MUNDIAL.- El dinero cumple su función de dinero universal en el mercado mundial y en el sistema de pagos entre los diversos países. En el mercado mundial, el dinero actúa bajo la forma natural, como lingotes de metales preciosos. El desarrollo de las funciones del dinero refleja el de la producción mercantil y sus contradicciones. Con el nacimiento y desarrollo del capitalismo, cambia de manera esencial el papel del dinero. Éste se convierte en capital, es decir, en medio de explotar el trabajo asalariado, en medio de apropiarse del trabajo no pagado de los obreros asalariados. Al mismo tiempo, en la sociedad capitalista utilizan el dinero en sus funciones corrientes los productores simples de mercancías, (campesinos, artesanos) y los obreros. En la sociedad socialista, donde el dinero expresa relaciones socialistas de producción, sus funciones se utilizan en la economía planificada en calidad de eficientes palancas económicas para el crecimiento planificado y rápido de la producción social y para elevar el bienestar del pueblo. En la economía socialista, el dinero ha dejado de ser capital y con sus funciones contribuye a que las empresas, las ramas de la economía nacional y la economía del país así como de todo el sistema mundial del socialismo desarrollen racionalmente su actividad económico-financiera. En la fase superior del comunismo, al desaparecer las relaciones monetario-mercantiles, desaparecen también las funciones del dinero.

02. SEÑALE LAS CARACTERÍSTICAS DEL DINERO Y EXPLIQUE CADA UNA DE ELLAS.

CONSISTENCIA: Es la composición física que debe poseer la moneda que su uso corriente y diario no de objeto a transformaciones y no pueda deteriorarse tan fácilmente.

ACEPTACIÓN.- Al momento de acuñar una moneda cuyo objetivo permita la libre circulación del mismo, debemos tener presente que esto representa que tanto las personas comunes y las empresas están conscientes en aceptar la misma como intercambio de los bienes o servicios prestados.

CIRCULACIÓN.- La completa libertad de movimiento de la moneda sin ningún obstáculo, permitirá que la misma llegue a todos quienes  desean darle uso a la misma para así satisfacer sus necesidades de intercambio.

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RECONOCIMIENTO.- La misma debe estar acorde al lugar en que se emite o acuña, de forma tal que sea fácilmente reconocida por quienes la utilicen, evitando así en menor escala cualquier intento de fraude.

ESTABILIDAD.- Un atributo importante, ya que aquí se verá el verdadero valor que tiene la misma, en cuanto a fenómenos inflacionarios. La misma debe emitirse o acuñarse con respaldo del Estado relacionando la escasez y excesividad de la población.

DIVISIBLIDAD.- La misma debe dar pie a que se pueda obtener cambio con relación a cada moneda en circulación ya que esto permitirá y valorará la misma a efectos de intercambios.

INCORRUPTIBLE.- es la característica que ha resultado ser más fácil de conseguir: que no pierda valor con el paso del tiempo.

DURABILIDAD.- persiste al tiempo y al uso. Otras características: El dinero es un medio de cambio, la moneda es una

unidad de cuenta y sinónimo de liquidez. El dinero tiene un valor asignado y universalmente aceptado. El valor del dinero está relacionado con una ley de oferta y demanda. La oferta de dinero está controlada usualmente por la política monetaria de un gobierno dado. La demanda de dinero está controlada por la variedad de bienes y servicios disponibles para el consumo. Fácil de transportar: que acumule mucho valor en poco peso y que no requiera recipientes frágiles (no vale por tanto el aceite ni el vino).

03. ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE DINERO?

DINERO FIDUCIARIO.- este es el tipo de dinero que utilizamos actualmente. En él la emisión de papel moneda o metales no tienen en realidad un valor, sino que representan un valor establecido por alguna autoridad financiera. De esta manera, este tipo de dinero se basa sobre todo en la confianza y fe de una comunidad, la cual acepta que ese dinero representa un valor que será respetado. Es así que en realidad dicho dinero no tiene ningún valor, salvo el material del que está hecho, que es muy barato o insignificante.

DINERO BANCARIO.- este tipo de dinero es originado por las entidades bancarias privadas y se refiere a la anotación de créditos de ciertos clientes. Es decir, este tipo de dinero se basa en una lógica interna del banco, el cual crea un tipo de dinero que ayuda a representar los créditos existentes en un momento dado.

DINERO LEGAL.- este tipo de dinero es en realidad una definición jurídica por parte de algún estado o autoridad representativa. De esta manera, se le conoce como dinero legal a todo aquel que se utiliza en algún sitio y tiene el reconocimiento jurídico pertinente, por lo que se puede usar sin ningún problema. Esto quiere decir que el dinero legal sí tiene un respaldo y que es reconocido por una comunidad, sociedad o país. En caso contrario, el dinero que no es legal no tiene un valor oficial y no sirve por lo tanto para realizar cualquier transacción monetaria.

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DINERO MERCANCÍA.- este tipo de dinero es aquel que tiene un valor por sí mismo y que, por lo tanto, puede ser usado como un medio de intercambio o medio de representación de un valor establecido. Este tipo de dinero entonces no es una representación arbitraria, sino que es una equivalencia que existe entre un valor y el dinero. Ejemplo de lo anterior pueden ser el oro o la plata.

DINERO PAGARÉ.- es aquel tipo de dinero que, como su nombre lo indica, representa un valor que tiene que ser pagado al portador por alguna entidad financiera o bancaria. Por lo tanto, en este caso se puede hablar de documentos que autorizan el pago de cierta cantidad a una persona. El mejor ejemplo de este tipo de dinero son los cheques. En realidad un cheque no tiene un valor en sí mismo, sino que representa la cantidad que se le debe de pagar a una persona.

DINERO ELECTRÓNICO.- este es un tipo de dinero muy reciente, que no todas las personas utilizan. De hecho es poco utilizado. Como su nombre lo indica, su uso se limita a transacciones electrónicas. Es por ello que dicho dinero nunca existe físicamente, sino como una representación intangible o electrónica de un valor. Con el auge de internet, este tipo de dinero sirve principalmente para realizar transacciones en línea.

04. ¿CUÁLES SON LAS FORMAS QUE ADOPTA EL DINERO?

Las monedas están acuñadas en piezas de metal cuyo valor intrínseco es muy inferior a su valor facial. En ocasiones aparecen emisiones conmemorativas en metales nobles —oro, plata o platino— que reciben la consideración legal de monedas pero que, al ser su valor intrínseco superior al facial, no se utilizan como medio de pago; son tan sólo medallas que no deben ser consideradas dinero.

Los billetes impresos en papel no tienen más respaldo que la Ley. Hace años, los billetes llevaban impreso un mensaje que decía: "El Banco X pagará al portador...", pero en realidad no había ni hay nada diferente que dar a cambio. Por si alguien tiene aún dudas al respecto lo diremos muy claro: el oro que pueda haber en Fort Knox no cubre ni pretende cubrir los billones de dólares en efectivo que circulan por el mundo; el valor del oro acumulado en los sótanos de cualquier banco central es muy inferior al de los billetes que haya emitido ese mismo banco.

Los depósitos bancarios, es decir, las cuentas corrientes, de ahorro y a plazo, son dinero aunque, en vez de estar incorporados en un soporte físico metálico o de papel, consistan tan sólo en apuntes contables archivados en los soportes magnéticos de un ordenador. Son dinero porque pueden ser movilizados como medio de pago mediante cheques o tarjetas plásticas. Algunas cuentas son más líquidas que otras, es decir, son más rápidamente convertibles en medio de pago; convendrá por tanto distinguir entre los diversos tipos de cuentas —

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corrientes, de ahorro, a plazo— cuando se necesite establecer mediciones precisas del dinero.

05. DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO. ¿QUÉ TIPO DE BIENES SON LOS BILLETES Y MONEDAS? ¿POR QUÉ?

Desde el punto de vista jurídico, la moneda (billetes y monedas metálicas) es el conjunto de cosas que por disposición del Estado representan fracciones, equivalencias o múltiplos de la unidad del sistema monetario, mismas que tienen el poder liberatorio que el mismo Estado les asigna para solventar obligaciones de efectivo, motivo por el cual el acreedor está obligado a recibirlas en pago, dentro de los límites del poder liberatorio asignado a cada una de ellas.

06. PUEDE DESCRIBIR DETALLADAMENTE LA APARIENCIA FÍSICA DE UN BILLETE Y DE UNA MONEDA.

Billete.- Se denomina papel moneda al trozo de papel (o en la actualidad, de materia sintética similar) impreso que representa un valor fiduciario. Sustituye a la moneda metálica, que, especialmente en grandes cantidades, resulta más incómoda de manejar. Surgió en China en el siglo VII, se introdujo en Europa en el siglo XVII (Suecia, 1661) y se extendió en el siglo XVIII.

Moneda.- Es una pieza de un material resistente, de peso y composición uniforme, normalmente de metal acuñado en forma de disco y con los distintivos elegidos por la autoridad emisora, que se emplea como medida de cambio (dinero) por su valor legal o intrínseco y como unidad de cuenta

07. ¿CUÁLES SON LOS SUSTITUTOS DEL DINERO?

CHEQUES.- Es un documento contable de valor en el que la persona que es autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta la cual se expresa en el documento, prescindiendo de la presencia del titular de la cuenta bancaria.

GIRO BANCARIO.- Contrato bancario en virtud del cual una entidad bancaria recibe una suma de dinero en efectivo y se compromete a ponerla a disposición, también en efectivo, de la persona designada por el ordenante y en un lugar distinto.

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GIRO POSTAL.- Es un servicio de pago de una cantidad específica de dinero remitida por medio del servicio de correos, de telégrafo, o de empresa especializada en ello a cualquier parte de un país o el mundo.

Básicamente consiste en que una persona u empresa solicita el envío de una cantidad de dinero especificando el lugar y la identidad de la persona o empresa a la que se le paga. La cantidad es entregada a la empresa que efectúa el servicio de giro (generalmente un operador postal).

CHEQUE DE VIAJERO.- Son los expedidos por instituciones de crédito a su propio cargo y son pagaderos por otro de sus establecimientos dentro del país o en el extranjero. Se suelen llamar “traveller’s check”, conforme su forma en inglés.

TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO.- Son las llamadas dinero plástico. En el caso de las de crédito son emitidas por un banco y va a poseer un límite de retiros en efectivo y para el pago de bienes o servicios. Es un préstamo que le hace el banco al tarjetahabiente del mismo. Las de débito son dineros depositados por el tarjetahabiente. En los dos casos el poseedor de las mismas podrá realizar transacciones durante las 24 horas del día los 365 días al año.

08. EXPLIQUE LA NATURALEZA JURÍDICA DEL DINERO.

Considerar el alcance que la ley debe dar al nominalismo y al valorismo forma parte de un análisis amplio y general sobre los derechos y los deberes monetarios del Estado y de la sociedad. Los fines últimos de dicho análisis consisten en determinar el ámbito que la let debe reconocer a la soberanía monetaria del Estado, la protección que el propio orden jurídico precisa dar a la sociedad a través de regímenes que tengan como propósito evitar un ejercicio inconveniente de esa soberanía y la medida en que sea permisible a los particulares actuar en términos que salvaguarden sus legítimos intereses, de la depreciación monetaria.

La doctrina ha llevado a la teoría estatal y societaria del dinero. Siendo la primera la que sostiene que al Estado deben reconocérsele los más amplios derechos para actuar con imperio absoluto en todo lo relativo a la moneda, ya que ésta sólo representa una unidad ideal, creación del propio Estado. En consecuencia, esta teoría postula que, para el derecho, el valor del dinero debe ser inmutable por estar referido de manera exclusiva a expresiones numéricas de unidades teóricas, sin que el orden jurídico reconozca la “ficción” de un valor real constante en la moneda. De conformidad con tal criterio, los particulares están obligados a no considerar en sus convenciones dinerarias ningún valor respecto a la moneda distinto al nominal.

09. CITE CUATRO EJEMPLOS DE DINERO MERCANCÍA.

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El Dinero mercancía es aquella clase de dinero cuyo valor fundamentalmente proviene del bien del cual se compone. El dinero mercancía consiste en bienes u objetos que tienen valor por sí mismos, además del valor de cambio al ser utilizado como moneda.

Ejemplos de bienes que han sido utilizados como medio de intercambio, fueron por ejemplo el oro, la plata, el cobre, la pimienta, la sal (de donde viene la palabra salario), piedras gigantes (como las piedras rai), cinturones decorados, conchas,alcohol, cigarrillos, cannabis, caramelos, cebada, detergente para la ropa... Estos artículos eran en ocasiones utilizados como medida en relación con otros, en varias economías de valoraciones de bienes o sistemas de precios.

10. ¿QUÉ FUNCIÓN DESEMPEÑA EL BANCO CENTRAL DE RESERVA EN NUESTRO SISTEMA MONETARIO?

El Banco Central normalmente tiene dos misiones relacionadas entre sí. La primera es regular los bancos y garantizar la salud del Sistema bancario. El banco central es michas breves el banco de los bancos. Es decir, concede créditos cuando estos quieren pedir préstamos de último recurso.

La segunda misión y más importante dentro de nuestro sistema monetario es controlar la cantidad de dinero que existe en la economía llamada oferta monetaria.

Las decisiones de las autoridades monetarias sobre oferta de dinero constituyen política monetaria.

De acuerdo a la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica del BCRP (Ley 26123) sus funciones son:

Regular la cantidad de dinero

Administrar las reservas internacionales

Emitir billetes y monedas

Informar sobre las finanzas nacionales.

11. EXPLIQUE LA CONVERTIBILIDAD DEL DINERO.

La convertibilidad es un sistema monetario, que fija, mediante una ley, el valor de una moneda con el de otra moneda más estable (generalmente el dólar o el euro) u otro patrón (el oro). La ventaja de un sistema monetario convertible, es lograr previsibilidad en el valor de una moneda y evitar saltos inesperados en su cotización. La desventaja es la rigidez monetaria, que puede llegar a causar valores irreales (sobrevaloración o subvaloración), impidiendo que la elasticidad del precio de la moneda corrija este tipo de situaciones.

Hasta el abandono del patrón oro, este metal solía ser el elegido como referencia para un sistema convertible. Luego se impuso el uso del Dólar estadounidense y actualmente, en algunos países, el euro empieza a ser usado con este propósito.

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Existe también un sistema llamado canasta de monedas que básicamente es una convertibilidad, pero tomando como referencia más de una moneda —por ejemplo, la suma del dólar y el euro dividida por dos—. Este sistema puede llegar a ofrecer una mayor flexibilidad que la convertibilidad clásica, aunque no es muy usado.

II. Marque verdadero (V) o falso (F) según corresponda:

01. Estamos plenamente de acuerdo con esta afirmación “el dinero es riqueza” (F)02. El cheque es dinero ( V ) 03. La oferta monetaria es igual al efectivo más los depósitos a la vista ( V ) 04. El oro y el dinero son activos cien por ciento líquidos. ( F ) 05. El dinero fiduciario tiene generalmente un valor intrínseco. ( F) 06. El dinero fiduciario es aquel que goza de respaldo gubernamental, el dinero

mercancía tiene valor por sí mismo. (V) 07. Constituyen dinero las monedas, billetes y los depósitos en cuenta, el cheque es

dinero bancario. (V)

III. Complete los espacios en blanco:

01. La existencia del dinero facilita la PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO.

02. Una UNIDAD DE CUENTA es el patrón que utilizan los individuos para registrar deudas.

03. Es el patrón que utilizan los individuos para marcar los precios y registrar deudas: UNIDAD DE CUENTA.

04. La existencia del dinero facilita el COMERCIO .

05. El VALOR DE CAMBIO se refiere a la cantidad de bienes que es necesario entregar para poseer otros u otros.

IV. Marque la alternativa correcta:

El dinero se utiliza a veces como depósito de valor y moneda porque permite transportar valor a

El artículo 43 de la Ley Orgánica del Banco central de Reserva estipula que los billetes y monedas que el

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lo largo del tiempo; a ello se debe que cuando vamos de compras, podemos observar que una camisa cuesta S/. 200.00 y una hamburguesa S/. 10.00.b) Cierto – Cierto, con relación.c) Cierto – cierto, sin relación.d) Cierto – falso.e) Falso – cierto.f) Falso – falso.

banco pone en circulación se expresan en términos de la unidad monetaria del país y son de aceptación forzosa para el pago de toda obligación monetaria pública o privada; a ello se debe que el nuevo sol tenga curso legal.a) Cierto – Cierto, con relación.b) Cierto – cierto, sin relación.c) Cierto – falso.d) Falso – cierto.e) Falso – falso.

El Banco Central de Reserva esta obligado a reemplazar el dinero que se encuentra desgastado por su uso / por lo mismo debe ser de fácil transportación.a) Cierto – Cierto.

b) Falso – Falso.

c) Cierto – Falso.

d) Falso – Cierto.

Cuál de las respuestas es correcta?a) Curso forzoso significa convertir

los billetes y monedas en metal precioso.

b) Aceptación forzosa y curso forzoso son sinónimos.

c) El curso forzoso significa inconvertibilidad de los billetes y monedas en metal precioso.

d) Ninguna de las anteriores.

El cheque es:a) Dinero en efectivob) Dinero real.c) Medio de pago.d) Ninguna de las anteriores.

El patrón metálico:a) Se sustenta en la confianza.b) Es inconvertible.c) No tiene curso legal.

d) Ninguna de las anteriores.

El patrón fiduciario:a) Se sustenta en una base

metálica.b) El valor del dinero está dado por

el valor del metal precioso.c) Es convertible.d) Ninguna de las anteriores.

El Euro como moneda única fue

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introducida en Europa:a) Diciembre del 1999.

b) Enero de 1999

c) Enero del 2002

d) Ninguna de las anteriores.

Valor del dinero y precio del dinero

Conteste las siguientes preguntas:

01. EXPLIQUE EN QUE CONSISTE EL VALOR DE USO Y EL VALOR DE CAMBIO DEL DINERO.

El valor se puede entender de dos formas, siguiendo la teoría de Adam Smith: El valor de uso y el Valor de cambio. El Valor de uso se vincula a la utilidad, es decir, a la capacidad de los bienes para satisfacer nuestras necesidades. Entre los bienes de uso podemos mencionar el aire que respiramos. El valor de cambio se refiere a la cantidad de bienes que es necesario entregar para poseer otro u otros, es decir, su precio (Ribó). Este valor se presenta en el intercambio (mercado). En esto radica la utilidad del “bien dinero”.

Marque la alternativa correcta:

Los bancos tienen libertad para fijar sus intereses:a) Por encima de los límites que

fija el Banco Central de Reserva.

b) Por debajo de los límites que fija el Banco Central de Reserva.

c) De acuerdo a la oferta y demanda del mercado bancario.

d) Ninguna de las anteriores.

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Anatocismo significa:a) Restar los intereses al capital.b) Agregar los intereses al capital,

constituyéndose un nuevo capital.

c) Ninguna de las anteriores.

La tasa de interés legal:a) La determina el Código Civil

b) La determinan las partes

c) La determina el BCR.

d) Ninguna de las anteriores.

El interés moratorio se aplica:a) Al inicio de la deuda

b) Durante el período de vigencia de la deuda.

c) Cuando vencido el plazo estipulado, el deudor no paga.

d) Ninguna de las anteriores.

El interés moratorio se aplica:a) Al inicio de la deudab) Durante el periodo de vigencia de la deudac) Cuando vencido el plazo

estipulado, el deudor no paga.

d) Ninguna de las anteriores.

.DEUDAS MONETARIAS

I. Conteste las siguientes preguntas:

01. EXPLIQUE LAS SIGUIENTES FORMAS DE EXTINGUIR DEUDAS: PAGO, NOVACIÓN, CONDONACIÓN, CONSOLIDACIÓN,

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PAGO.- Pago es el cumplimiento efectivo de la obligación; la prestación de la cosa o del hecho que es debido, sin que su significado, según sabemos, sea solamente la entrega de la cantidad de dinero. Es el modo natural de extinguirse la obligación. En las obligaciones que tienen por objeto un dare, el cumplimiento se denomina solutio o pago y en las obligaciones que tienen por objeto un fecere, el cumplimiento se denomina satisfactio. En las primeras, ese objeto puede ser determinado o indeterminado mientras que en las segundas ese objeto siempre es indeterminado aunque el resultado se determine previamente. Los dos términos de solutio y satisfactio llegaron con el tiempo a utilizarse indistintamente.

NOVACIÓN.- Modo de extinguirse las obligaciones por transformarse, ya variando la deuda, cambiando el acreedor o por reemplazo del deudor.Explicación Doctrinal:Consiste en la sustitución de una obligación preexistente que se extingue, por otra nueva que se crea. Se da el caso de novación en las obligaciones, cuando tanto deudor como acreedor, finalizan una obligación, sustituyéndola por otra, lo cual debe darse por mutuo acuerdo de los sujetos que conforman la obligación que se extingue; la alteración de la obligación debe ser precisa y clara de tal forma que una obligación se extinga y surja una obligación nueva. La ley contempla que en la novación, la obligación se extingue, y la nueva obligación subsiste con todos sus efectos. Hay que tener claro que la novación es un modo de extinguir las obligaciones y requiere la preexistencia de una relación jurídica y la voluntad inequívoca de las partes para dar por terminada la misma y sustituirla por una nueva obligación.

COMSOLIDACIÓN.- La deuda tributaria se extinguirá por consolidación cuando el acreedor de la obligación tributaria se convierta en deudor de la misma como consecuencia de la transmisión de bienes o derechos que son objeto del tributo.CONDONACIÓN.- La condonación o remisión es el acto por medio del cual el acreedor libera de la deuda al deudor. Es la liberación de la deuda otorgada gratuitamente por el acreedor a favor del deudor. La condonación es perdonar esa deuda, será el acreedor quien la perdone.

02. ESTABLEZCA LAS DIFERENCIAS ENTRE LA TEORÍA NOMINALISTA Y LA VALORISTA.

TESIS NOMINALISTA.- Según la tesis nominalista, el deudor se libera

pagándole al acreedor la suma de dinero que figura en el título constitutivo de

la obligación, cualquiera que sea su valor real en ese momento. Otorga

seguridad al tráfico jurídico, aun a costa de poder resultar injusta en

determinados casos (piénsese en los arrendamientos urbanos de vivienda de

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renta antigua, donde con frecuencia el arrendatario satisface rentas ínfimas por

el disfrute del inmueble).

TESIS VALORISTA.- De acuerdo con la tesis valorista, el deudor debe pagar,

para liberarse, una cantidad de dinero que en el momento del cumplimiento

tenga el mismo valor que la suma adeudada tenía al constituirse la obligación.

Es más justa que el nominalismo, pero produce una gran inseguridad jurídica.

En nuestro Derecho, la jurisprudencia se ha decantado de manera constante

por el sistema nominalista, salvo en relación con la deudas de valor. 

03. ¿QUÉ ES LA CLÁUSULA VALOR ORO?

Las partes pueden prever, al constituir la obligación pecuniaria, que la cantidad debida se actualice al momento del pago, lo que harán a través de las cláusulas de estabilización. Ejemplos son las cláusulas de valor oro o valor plata, que toman como patrón la cotización que alcancen estos metales en una determinada fecha, o la cláusula valor especie o mercancía, que utiliza como referente el precio que en un momento específico tenga la mercancía señalada por las partes, o la cláusula valor moneda extranjera, cuyo parámetro es la cotización en el mercado de divisas de una moneda extranjera normalmente fuerte. 

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