modificaciÓn proyecto de demoliciÓn de vivienda

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MODIFICACIÓN PROYECTO DE DEMOLICIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR ENTRE MEDIANERAS EN CALLE SAN JOSÉ Nº16, VENTORROS DE SAN JOSÉ, LOJA (GRANADA) AYUNTAMIENTO L´HOSPITALET DE LLOBREGAT PROMOTOR PROYECTO DE DEMOLICIÓN FECHA · JUNIO 2.021 I S A B E L M U R O S G A R C Í A A R Q U I T E C T A COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE GRANADA VISADO 11/06/21 - Nº 21-0002679 (Ref. 21-0002679-001-00675) 003670 ISABEL MUROS GARCIA Pág. 1 de 49

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MODIFICACIÓN PROYECTO DE DEMOLICIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR ENTRE MEDIANERAS EN CALLE

SAN JOSÉ Nº16, VENTORROS DE SAN JOSÉ, LOJA (GRANADA)

AYUNTAMIENTO L´HOSPITALET DE LLOBREGAT PROMOTOR

PROYECTO DE DEMOLICIÓN

FECHA · JUNIO 2.021

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MEMORIA PROYECTO DE DEMOLICIÓN

1. MEMORIA EXPOSITIVA

1.1. AUTOR DEL ENCARGO

El presente proyecto de demolición de una vivienda unifamiliar se realiza, a petición del Ayuntamiento L´Hospitalet de Llobregat, con CIF nº P 0810000 J, domicilio en c/ Migdia 3-5, 3ª planta, del término o municipal de L´Hospitalet de Llobregat (Barcelona).

1.2. DEFINICION DEL TRABAJO

Se redacta el presente proyecto al objeto de resolver la demolición completa de una edificación situada en la calle San José nº 16 del anejo de Ventorros de San José, en el término municipal de Loja (Granada) a petición del Ayuntamiento L´Hospitalet de Llobregat.

Se trata de una edificación entre medianeras que se distribuye en dos plantas sobre rasante, esto es, planta baja y alta, sobre una parcela con forma trapezoidal.

1.3. SITUACION Y DESCRIPCION DEL SOLAR

El solar donde se ubica la edificación que nos ocupa se encuentra en la calle San José nº16 del anejo de Ventorros de San José, en el término municipal de Loja (Granada). Presenta forma trapezoidal. Finca registral nº 748, su referencia catastral es 7929611UG9272H0001QM y presenta una superficie de 142,47 m2. Se trata de un solar situado en suelo urbano consolidado que linda por su frente con la calle San José y por los laterales y fondo con solares edificados.

1.4. CIRCUNSTANCIAS URBANISTICAS DE APLICACION

La normativa que afecta a la parcela es un planeamiento de ámbito municipal, la ADAPTACION PARCIAL A LA LOUA DE LA REVISION DE LAS NORMAS SUBSIDARIAS del término municipal de LOJA, en la cual se encuentra clasificado el solar como Suelo Urbano, con calificación global RESIDENCIAL, Ordenanza de aplicación Residencial Extensiva 1 (RE-1).

Parcela mínima: Catastral ó 150 m2 Tipología: Adosada/Aislada Edificabilidad: 1,50 m2/m2 Fondo máximo edificable: - Ocupación máxima: 80% Nº plantas/altura: Dos plantas y/o 7,50 m Separación a linderos: - Voladizos: Regulado en art. 145 Uso principal: Residencial nivel 1 Aparcamientos: 1 por cada 100,00 m2 edificados, mínimo 1 aparc/viv.

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2. MEMORIA DESCRIPTIVA 2.1. DESCRIPCION DE LA EDIFICACION A DERRIBAR El volumen en estudio, con tipología de edificación entre medianeras, se distribuye en dos plantas sobre rasante, planta baja y alta y tiene uso de vivienda unifamiliar. La vivienda en planta baja se compone de distribuidor, salón, comedor, cocina, aseo, dormitorio y escalera de subida a planta alta. Además existe un patio posterior donde se ubican unas dependencias anexas, esto es, un trastero, una cuadra y un gallinero. En la planta alta se ubica una cámara que ocupa toda la planta. En lo que se refiere a los materiales utilizados, presenta estructura general resuelta con estructura portante vertical de muros de mampostería de piedra y horizontal compuesta de rollizos de madera. La cubierta de la vivienda se soluciona con tejado de teja curva a dos aguas y la de los anexos con placa de fibrocemento a un agua. Actualmente el edificio se encuentra en muy mal estado a nivel estructural y con declaración de ruina. 2.2. CUADRO DE SUPERFICIES Y ALTURAS DE LA EDIFICACION A DERRIBAR PLANTA BAJA

USO

SUP. UTIL (m2)

SUP. CONSTRUIDA (m2)

ALTURA (m)

VIVIENDA

56,00

72,28 2,78

distribuidor

13,86

salón

8,67

comedor

9,31

cocina

10,63

dormitorio

10,32

aseo

1,25

escalera

1,96

ANEXOS

22,23

26,04

2,53

trastero

8,81

cuadra

6,10

gallinero

7,32

TOTAL

78,23

98,32

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PLANTA ALTA

USO SUP. UTIL (m2) SUP. CONSTRUIDA (m2) ALTURA (m)

escalera 3,24

cámara 60,87

TOTAL 64,11 72,28 2,19

SUPERFICIE UTIL TOTAL Sobre rasante: 142,34 m2 Total: 142,34 m2 SUPERFICIE CONSTRUIDA TOTAL Sobre rasante: 170,60 m2 Total: 170,60 m2

2.3. VOLUMEN A DEMOLER 200,94

USO VOLUMEN (m3)

vivienda 359,23

anexos 65,88

TOTAL 425,11

3. MEMORIA TECNICA

Se realizará un reconocimiento previo del estado de las instalaciones, estructura y su estado de conservación. Además, se comprobará el estado de resistencia de las diferentes partes del edificio. Se desconectarán las diferentes instalaciones del edificio, tales como agua, electricidad y teléfono, neutralizándose sus acometidas. Se dejarán previstas tomas de agua para el riego, para evitar la formación de polvo, durante los trabajos. Se protegerán los elementos de servicio público que puedan verse afectados, como bocas de riego, tapas y sumideros de alcantarillas, árboles, farolas, etc.

La demolición se realizará con el procedimiento “mixto” de demolición mecánica por empuje con maquinaria tipo cuchara y elemento a elemento, los trabajos se efectuarán siguiendo un orden que en general corresponde al orden inverso seguido para la construcción. Las operaciones de derribo se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes y evitar daños en las construcciones próximas, y se designarán y marcarán los elementos que hayan de conservarse intactos. Los trabajos se realizarán de forma que produzcan la menor molestia posible a los ocupantes de las zonas próximas a la obra a derribar.

No se suprimirán los elementos atirantados o de arriostramiento en tanto no se supriman o contrarresten las tensiones que incidan sobre ellos. En elementos metálicos en tensión se tendrá presente el efecto de oscilación al realizar el corte o al suprimir las tensiones. El corte

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o desmontaje de un elemento no manejable por una sola persona se realizará manteniéndolo suspendido o apuntalado, evitando caídas bruscas y vibraciones que se transmitan al resto del edificio o a los mecanismos de suspensión. En la demolición de elementos de madera se arrancarán o doblarán las puntas y clavos. No se acumularán escombros ni se apoyarán elementos contra vallas, muros y soportes, mientras éstos deban permanecer en pie. Tampoco se depositarán escombros sobre andamios. Se procurará en todo momento evitar la acumulación de materiales procedentes del derribo en las plantas o forjados del edificio. El abatimiento de un elemento constructivo se realizará permitiendo el giro, pero no el desplazamiento, de sus puntos de apoyo, mediante mecanismo que trabaje por encima de la línea de apoyo del elemento y permita el descenso lento.

Se evitará la formación de polvo regando ligeramente los elementos y/o escombros. Al finalizar la jornada no deben quedar elementos del edificio en estado inestable, que el viento, las condiciones atmosféricas u otras causas puedan provocar su derrumbamiento. Se protegerán de la lluvia, mediante lonas o plásticos, las zonas o elementos del edificio que puedan ser afectados por aquella.

El proceso a seguir para deshacer totalmente la construcción es el siguiente: · Desmantelamiento de la cubierta inclinada, comenzando desde la cumbrera hacia los aleros, de forma simétrica por faldones, de forma que se eviten sobrecargas descompensadas, que pudiesen provocar hundimientos imprevistos. Así quedará desmontado el material de cobertura. · Demolición elemento a elemento de la construcción El orden de demolición será: - los elementos resistentes se demolerán en el orden inverso al seguido para su construcción - se descenderá planta por planta - aligerando las plantas de forma simétrica - aligerando la carga que gravita en los elementos antes de demolerlos - manteniendo o introduciendo los arriostramientos y apuntalamientos necesarios - por último, la demolición del cimiento se realizará con martillo compresor. Se irá retirando el escombro conforme se vaya demoliendo el cimiento. En todo caso, el espacio donde cae escombro estará acotado y vigilado. No se permitirán hogueras dentro del edificio, y las hogueras exteriores estarán protegidas del viento y vigiladas. En ningún caso se utilizará el fuego con propagación de llama como medio de demolición.

En la superficie del solar se mantendrá el desagüe necesario para impedir la acumulación de agua de lluvia o nieve. Finalizadas las obras de demolición, se procederá a la limpieza del solar. Como la cubierta actual de los anexos está compuesta por planchas onduladas de fibrocemento que contienen amianto, la legislación actual obliga a que los trabajos de retirada del material instalado, denominado técnicamente como desamiantado, sea realizado por una empresa inscrita en el RERA, Registro de Empresas con Riesgo por Amianto. De la misma manera, el transporte y tratamiento y gestión definitivos deberán ser realizados por una empresa acreditada como gestora de residuos de amianto. Todos los trabajos de desmontaje de estos elementos cumplirán las exigencias del Real Decreto

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396/2006 por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y salud aplicables a los trabajos de riesgo de exposición al amianto.

Los trabajos se ejecutarán de acuerdo al Plan de Trabajo presentado por una empresa especializada, que deberá estar inscrita en el Registro de empresas con Riesgo al Amianto, y lo tramitará ante la autoridad laboral competente. Una vez aprobado el Plan de Trabajo por la autoridad laboral, se iniciarán los trabajos una vez realizado el comunicado de inicio a ésta.

Se desmontarán todas las placas de fibrocemento por personal especializado, humectándolas previamente con solución acuosa. Para retirar cada plancha, primero se deberán de liberar sus sujeciones a la formación de pendiente. Las planchas se retiran en sentido inverso a como fueron instaladas en su día, comenzando por las piezas de remate.

Una vez los residuos sean bajados de la cubierta serán apilados, se paletizarán perfectamente encapsuladas mediante plástico galga o ensacado y convenientemente etiquetadoa según la normativa vigente para su identificación. Una vez paquetizados los residuos serán transportados hasta las instalaciones específicas del gestor de residuos para su tratamiento final.

La exposición de los trabajadores a fibras de amianto o de materiales que lo contengan en el lugar de trabajo debe quedar reducida al mínimo mediante la aplicación de las siguientes medidas de prevención:

- Los procedimientos de trabajo deberán concebirse de tal forma que no produzcan fibras de amianto o, si ello resultara imposible, que no haya dispersión de fibras de amianto en el aire.

- Las fibras de amianto producidas se eliminarán, en las proximidades del foco emisor, preferentemente mediante su captación por sistemas de extracción, en condiciones que no supongan un riesgo para la salud pública y el medio ambiente.

- Todos lo locales y equipos utilizados deberán estar en condiciones de poderse limpiar y mantener eficazmente y con regularidad.

- El amianto o los materiales de los que se desprendan fibras de amianto o que contengan amianto deberán ser almacenados y transportados en embalajes cerrados apropiados y con etiquetas reglamentarias que indiquen que contienen amianto.

- Los residuos, deberán agruparse y transportarse fuera del lugar de trabajo lo antes posible en embalajes cerrados apropiados y con etiquetas que indiquen que contienen amianto. Posteriormente estos desechos deberán ser tratados con arreglo a la normativa aplicable sobre residuos peligrosos.

Loja, junio de 2021

Isabel Muros García, arquitecta

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4. DOCUMENTACION FOTOGRAFICA

Fachada a calle San José

Fachada a calle San José desde ángulo contrario

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Vista parcial fachada en planta alta

Aspecto del tejado parcialmente derruido

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Vistas de los anexos y patio posterior

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Vista interior, distribuidor

Vista interior, dormitorio

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PLIEGO DE CONDICIONES

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS

DISPOSICIONES GENERALES El objeto del presente pliego es la ordenación de las condiciones facultativas, técnicas, económicas y legales que han de regir durante la ejecución de la demolición del proyecto. La demolición ha de ser ejecutada conforme a lo establecido en los documentos que conforman el presente proyecto, siguiendo las condiciones establecidas en el contrato y las ordenes e instrucciones dictadas por la dirección facultativa de la obra, bien oralmente o por escrito. Cualquier modificación en la demolición, se pondrá en conocimiento de la Dirección Facultativa, sin cuya autorización no podrá ser realizada. Se acometerán los trabajos cumpliendo con lo especificado en el apartado de condiciones técnicas de la demolición y se emplearán los medios que cumplan con lo especificado en el mismo. Durante la totalidad de la demolición se estará a lo dispuesto en la normativa vigente especialmente a la de obligado cumplimiento. Es obligación de la contrata, así como del resto de agentes intervinientes en la demolición el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos.

DISPOSICIONES FACULTATIVAS

1. AGENTES INTERVINIENTES

1.1. PROMOTOR

Será considerado promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, la ejecución de la demolición objeto de este proyecto. Son obligaciones del promotor:

• Nombrar a los técnicos proyectistas y directores de obra y de la ejecución material. • Contratar al técnico redactor del Estudio de Seguridad y Salud y al Coordinador en la

ejecución de la demolición y en proyecto si fuera necesario. • Facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del

proyecto, así como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones del mismo.

• Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas.

1.2. CONTRATISTA El contratista tiene el compromiso de ejecutar la demolición con medios humanos y materiales suficientes, propios o ajenos, dentro del plazo acordado y con sujeción estricta al proyecto técnico que las define, al contrato firmado con el promotor, a las especificaciones realizadas por la Dirección Facultativa y a la legislación aplicable. Son obligaciones del contratista:

• La ejecución del a demolición alcanzando la calidad exigida en el proyecto cumpliendo con los plazos establecidos en el contrato.

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• Tener la capacitación profesional para el cumplimiento de su cometido como constructor.

• Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la demolición, tendrá la capacitación adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la demolición. El jefe de obra, deberá cumplir las indicaciones de la Dirección Facultativa y firmar en el libro de órdenes, así como cerciorarse de la correcta instalación de los medios auxiliares, comprobar replanteos y realizar otras operaciones técnicas.

• Asignar a la demolición los medios humanos y materiales que su importancia requiera.

• Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes dentro de los límites establecidos en el contrato.

• Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la demolición ejecutada.

• Facilitar al director de la obra la siguiente documentación, una vez finalizada la obra: o Libro de órdenes y asistencias o Libro de incidencias o Licencia de obras o Apertura del centro de trabajo

• Suscribir las garantías previstas en el presente pliego y en la normativa vigente. • Elaborar, antes del comienzo de la demolición, el Plan de Seguridad y Salud en

aplicación del estudio correspondiente, y disponer, en todo caso, la ejecución de las medidas preventivas, velando por su cumplimiento y por la observancia de la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo.

• Designar al vigilante de Seguridad y Salud en la obra entre su personal técnico cualificado con presencia permanente en la obra y velar por el estricto cumplimiento de las medidas de seguridad y salud precisas según normativa vigente y el plan de seguridad y salud.

PLAZO DE EJECUCIÓN y PRÓRROGAS

En caso de que la demolición no se pudiera iniciar o terminar en el plazo previsto como consecuencia de una causa mayor o por razones ajenas al Contratista, se le otorgará una prórroga previo informe favorable de la Dirección Facultativa. El Contratista explicará la causa que impide la ejecución de los trabajos en los plazos señalados, razonándolo por escrito. La prórroga solo podrá solicitarse en un plazo máximo de un mes a partir del día en que se originó la causa de esta, indicando su duración prevista y antes de que la contrata pierda vigencia. En cualquier caso el tiempo prorrogado se ajustará al perdido y el Contratista perderá el derecho de prórroga si no la solicita en el tiempo establecido.

MEDIOS HUMANOS y MATERIALES EN OBRA Cada una de las partidas que compongan la demolición, se ejecutarán con personal adecuado al tipo de trabajo de que se trate, con capacitación suficientemente probada para la labor a desarrollar. La Dirección Facultativa, tendrá la potestad facultativa para decidir sobre la adecuación del personal al trabajo a realizar. El transporte, descarga, acopio y manipulación de los materiales será responsabilidad del Contratista.

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INSTALACIONES y MEDIOS AUXILIARES El desmontaje, demolición y retirada de las instalaciones, serán obligación del Contratista y correrán a cargo del mismo. De igual manera, será responsabilidad del contratista, cualquier avería o accidente personal que pudiera ocurrir en la demolición por insuficiencia o mal estado de estos medios o instalaciones. Será preceptivo vallar la parcela objeto de la demolición antes del comienzo de los trabajos. El Contratista tendrá un ejemplar del proyecto en el sitio donde se realice la demolición, donde también se encuentre el libro de órdenes, libro de incidencias según RD 1627/97, libro de visitas de la inspección de trabajo, copia de la licencia de obras y copia del plan de seguridad y salud.

SUBCONTRATAS El Contratista podrá subcontratar capítulos o unidades de obra, bajo su responsabilidad, previo consentimiento del Promotor, asumiendo en cualquier caso el contratista las actuaciones de las subcontratas. La Propiedad podrá introducir otros constructores, además de los del Contratista, para que trabajen simultáneamente con ellos en las obras, bajo las instrucciones de la Dirección Facultativa.

RELACIÓN CON LOS AGENTES INTERVINIENTES EN LA OBRA El orden de ejecución de la demolición será determinada por el Contratista, excepto cuando la dirección facultativa crea conveniente una modificación de los mismos por razones técnicas en cuyo caso serán modificados sin contraprestación alguna. El contratista estará a lo dispuesto por parte de la dirección de la obra y cumplirá sus indicaciones en todo momento, no cabiendo reclamación alguna, en cualquier caso, el contratista puede manifestar por escrito su disconformidad y la dirección firmará el acuse de recibo de la notificación. En aquellos casos en que el contratista no se encuentre conforme con decisiones económicas adoptadas por la dirección de la obra, este lo pondrá en conocimiento de la propiedad por escrito, haciendo llegar copia de la misma a la Dirección Facultativa.

DEFECTOS DE OBRA y VICIOS OCULTOS El Contratista será responsable hasta la la finalización de la demolición de los posibles defectos o desperfectos ocasionados durante la misma. Los desperfectos ocasionados en fincas colindantes, vía pública o a terceros por el Contratista o subcontrata del mismo, serán reparados a cuenta de éste, dejándolas en el estado que estaban antes del inicio de las obras.

MODIFICACIONES EN LAS UNIDADES DE OBRA Las unidades de obra no podrán ser modificadas respecto a proyecto a menos que la Dirección Facultativa así lo disponga por escrito. En caso de que el Contratista realizase cualquier modificación beneficiosa sin previa autorización de la Dirección Facultativa y del Promotor, sólo tendrá derecho al abono correspondiente a lo que hubiese realizado de acuerdo con lo proyectado y contratado. En caso de producirse modificaciones realizadas de manera unilateral por el Contratista que menoscaben la calidad de lo dispuesto en proyecto, quedará a juicio de la Dirección Facultativa la reconstrucción o la fijación de nuevos precios para dichas partidas.

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Previamente a la ejecución o empleo de los nuevos materiales, convendrán por escrito el importe de las modificaciones y la variación que supone respecto al contratado. Toda modificación en las unidades de obra será anotada en el libro de órdenes, así como su autorización por la Dirección Facultativa y posterior comprobación.

TRABAJOS NO ESTIPULADOS EXPRESAMENTE Se requerirá reformado de proyecto con consentimiento expreso del promotor, toda variación que suponga incremento de precios de alguna unidad de obra en más del 20 por 100 ó del total del presupuesto en más de un 10 por 100.

1.3. DIRECCIÓN FACULTATIVA

PROYECTISTA Es el encargado por el promotor para redactar el proyecto de ejecución de la demolición con sujeción a la normativa vigente y a lo establecido en contrato. Será encargado de realizar las copias de proyecto necesarias y visarlas en el colegio profesional correspondiente. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales o documentos técnicos, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto.

DIRECTOR DE LA OBRA Dirige el desarrollo de la demolición en aspectos técnicos y medioambientales, de conformidad con el proyecto, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. Son obligaciones del director de obra:

• Resolver las contingencias que se produzcan en la demolición y consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.

• Elaborar modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la demolición.

• Suscribir el certificado final de obra, así como conformar las certificaciones de las unidades de obra ejecutadas.

• Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos.

2. DOCUMENTACIÓN DE OBRA

En en lugar de derribo se conservará una copia integra y actualizada del proyecto para la ejecución de la demolición que estará a disposición de todos los agentes intervinientes en la misma. Tanto las dudas que pueda ofrecer el proyecto al contratista como los documentos con especificaciones incompletas se pondrán en conocimiento de la Dirección Facultativa tan pronto como fueran detectados con el fin de estudiar y solucionar el problema. No se procederá a realizar esa parte de la demolición, sin previa autorización de la Dirección Facultativa. La existencia de contradicciones entre los documentos integrantes de proyecto o entre proyectos complementarios se salvará atendiendo al criterio que establezca el Director de Obra no existiendo prelación alguna entre los diferentes documentos del proyecto. Una vez finalizada la demolición, el proyecto, con la incorporación en su caso de las modificaciones debidamente aprobadas, será facilitado al promotor por el director de obra

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para la formalización de los correspondientes trámites administrativos.

3. LIBRO DE ÓRDENES El Director de Obra facilitará al Contratista al comienzo de la demolición de un libro de Órdenes, Asistencias e Incidencias que se mantendrá permanente en obra a disposición de la Dirección Facultativa. En el libro se anotarán las contingencias que se produzcan en la demolición y las instrucciones de la Dirección Facultativa para la correcta interpretación del proyecto. Las hojas del libro serán foliadas por duplicado quedando la original en poder del Director de Obra, y copia para el contratista. La Dirección facultativa y el Contratista, deberán firmar al pie de cada orden constatando con dicha firma que se dan por enterados de lo dispuesto en el Libro.

DISPOSICIONES ECONÓMICAS El Contratista debe percibir el importe de todos los trabajos ejecutados, cuando hayan sido realizados de acuerdo con el Proyecto, al contrato firmado con el promotor, a las especificaciones realizadas por la Dirección y a las Condiciones generales y particulares del pliego de condiciones.

1. FIANZAS y SEGUROS A la firma del contrato, el Contratista presentara las fianzas y seguros obligados a presentar por Ley, así mismo, en el contrato suscrito entre Contratista y Promotor se podrá exigir todas las garantías que se consideren necesarias para asegurar la buena ejecución y finalización de la demolición en los términos establecidos en el contrato y en el proyecto de ejecución. El Contratista está obligado a asegurar la demolición contratada mientras dure el plazo de ejecución, hasta su finalización.

2. PLAZO DE EJECUCIÓN y SANCIÓN POR RETRASO Si la demolición no está terminada para la fecha prevista, el Promotor podrá disminuir las cuantías establecidas en el contrato, de las liquidaciones, fianzas o similares. La indemnización por retraso en la terminación de los trabajos, se establecerá por cada día natural de retraso desde el día fijado para su terminación en el calendario de obra o en el contrato. El importe resultante será descontado con cargo a las certificaciones o a la fianza. El Contratista no podrá suspender los trabajos o realizarlos a ritmo inferior que lo establecido en el Proyecto, alegando un retraso de los pagos.

3. PRECIOS

PRECIOS CONTRADICTORIOS Los precios contradictorios se originan como consecuencia de la introducción de unidades, o cambios de calidad, no previstas en el Proyecto por iniciativa del Promotor o la Dirección Facultativa. El Contratista está obligado a presentar propuesta económica para la realización de dichas modificaciones y a ejecutarlo en caso de haber acuerdo. El Contratista establecerá los descompuestos, que deberán ser presentados y aprobados por la Dirección Facultativa y el Promotor antes de comenzar a ejecutar las unidades de

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obra correspondientes. Se levantarán actas firmadas de los precios contradictorios, por triplicado, firmadas por la Dirección Facultativa, el Contratista y el Propietario.

REVISIÓN DE PRECIOS No se admitirán revisiones de los precios contratados.

4. MEDICIONES y VALORACIONES El Contratista de acuerdo con la Dirección Facultativa deberá medir las unidades de la demolición ejecutada y aplicar los precios establecidos en el contrato entre las partes, levantando actas correspondientes a las mediciones parciales y finales, realizadas y firmadas por la Dirección Facultativa y el Contratista. Las valoraciones de las unidades de obra, incluidos materiales accesorios y trabajos necesarios, se calculan multiplicando el número de unidades de obra por el precio unitario (incluidos gastos de transporte, indemnizaciones o pagos, impuestos fiscales y toda tipo de cargas sociales). El Contratista entregará una relación valorada de la demolición ejecutada en los plazos previstos, a origen, a la Dirección Facultativa, en cada una de las fechas establecidas en el contrato realizado entre Promotor y Contratista. La medición y valoración realizadas por el Contratista deberán ser aprobadas por la Dirección Facultativa, o por el contrario ésta deberá efectuar las observaciones convenientes de acuerdo con las mediciones y anotaciones tomadas en obra. Una vez que se hayan corregido dichas observaciones, la Dirección Facultativa dará su certificación firmada al Contratista y al Promotor. El Contratista podrá oponerse a la resolución adoptada por la Dirección Facultativa ante el Promotor, previa comunicación a la Dirección Facultativa. La certificación será inapelable en caso de que transcurridos 10 días, u otro plazo pactado entre las partes, desde su envío, la Dirección Facultativa no recibe ninguna notificación, que significará la conformidad del Contratista con la resolución.

UNIDADES POR ADMINISTRACIÓN Las obras o partes de obra realizadas por administración, deberán ser autorizadas por el Promotor y la Dirección Facultativa, indicando los controles y normas que deben cumplir. El Contratista estará obligado a redactar un parte diario de jornales y materiales que se someterán a control y aceptación de la Dirección Facultativa, en obras o partidas de la misma contratadas por administración.

5. CERTIFICACIÓN y ABONO Las obras se abonarán a los precios de ejecución material establecidos en el presupuesto contratado para cada unidad de obra, tanto en las certificaciones como en la liquidación final. Las partidas alzadas una vez ejecutadas, se medirán en unidades de obra y se abonarán a la contrata. Si los precios de una o más unidades de obra no están establecidos en los precios, se considerarán como si fuesen contradictorios. Las certificaciones se remitirán al Propietario, con carácter de documento y entregas a buena cuenta, sin que supongan aprobación, sujetos a rectificaciones y variaciones derivadas de la liquidación final.

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El Promotor deberá realizar los pagos al Contratista o persona autorizada por el mismo, en los plazos previstos y su importe será el correspondiente a las especificaciones de los trabajos expedidos por la Dirección Facultativa.

DISPOSICIONES LEGALES Tanto la Contrata como a Propiedad, asumen someterse al arbitrio de los tribunales con jurisdicción en el lugar de la demolición. Es obligación de la contrata, así como del resto de agentes intervinientes en la obra el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos. El contratista será el responsable a todos los efectos de las labores de policía de la obra y de la parcela hasta la finalización de la misma, solicitará los preceptivos permisos y licencias necesarias y vallará la parcela cumpliendo con las ordenanzas o consideraciones municipales. Todas las labores citadas serán a su cargo exclusivamente. Podrán se causas suficientes para la rescisión de contrato las que a continuación se detallan:

• Muerte o incapacidad del Contratista. • La quiebra del Contratista. • Modificaciones sustanciales del Proyecto que conlleven la variación en un 50 % del

presupuesto contratado. • No iniciar la demolición en el mes siguiente a la fecha convenida. • Suspender o abandonar la ejecución de la demolición de forma injustificada por un

plazo superior a dos meses. • No concluir la demolición en los plazos establecidos o aprobados. • Incumplimiento de las condiciones de contrato, proyecto en ejecución o

determinaciones establecidas por parte de la Dirección Facultativa. • Incumplimiento de la normativa vigente de Seguridad y Salud en el trabajo.

Durante la totalidad de la obra se estará a lo dispuesto en la normativa vigente, especialmente la de obligado cumplimiento entre las que cabe destacar:

NORMAS GENERAL del SECTOR • Ley 38 / 1999 de 5 de Noviembre Ley de Ordenación de la Edificación. LOE SEGURIDAD y SALUD • Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de

señalización de seguridad y salud en el trabajo. • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones

mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. • Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y

salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.

• Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

• Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

• Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

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• Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

• Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen l as disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

• Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

• Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.

ADMINISTRATIVAS • Real decreto 1829/1999 de 3 de diciembre. Reglamento por el que se regula la

prestación de los servicios postales. • Real Decreto L. 3/2011 de 14 de noviembre. Texto refundido de la Ley de Contratos

de las Administraciones Públicas. En todas las normas citadas anteriormente que con posterioridad a su publicación y entrada en vigor hayan sufrido modificaciones, corrección de errores o actualizaciones por disposiciones más recientes, se quedará a lo dispuesto en estas últimas.

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES

• Características técnicas Preparación Se realizará un reconocimiento previo del estado de las instalaciones, estructura, estado de conservación, estado de las edificaciones colindantes o medianeras. Además, se comprobará el estado de resistencia de las diferentes partes del edificio. Se desconectarán las diferentes instalaciones del edificio, tales como agua, electricidad y teléfono, neutralizándose sus acometidas. Se dejarán previstas tomas de agua para el riego, para evitar la formación de polvo, durante los trabajos. Se protegerán los elementos de servicio público que puedan verse afectados, como bocas de riego, tapas y sumideros de alcantarillas, árboles, farolas, etc. Se comprobará que no exista almacenamiento de materiales combustibles, explosivos o peligrosos. En edificios con estructura de madera o con abundancia de material combustible se dispondrá, como mínimo, de un extintor manual contra incendios. En caso de presencia de amianto, las labores de demolición las realizarán empresas inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto. Previamente a sus trabajos elaborarán un Plan de Trabajo que presentará para su aprobación ante la Autoridad Laboral. El cumplimiento de este plan deberá supervisarse en obra por una persona con la cualificación necesaria.

Se garantizará que ningún trabajador está expuesto a una concentración de amianto en el aire superior al valor límite expresado en el RD 396/2006 para lo que se realizará medición por laboratorios especializados reconocidos por la autoridad. Los materiales que contengan amianto deberán ser almacenados y transportados en embalajes apropiados y con etiquetas reglamentarias que indiquen que contienen amianto siendo transportados fuera del centro de trabajo lo antes posible.

Los trabajadores con riesgo de exposición a amianto no realizarán horas extraordinarias ni trabajarán por sistema de incentivos. Dispondrán de ropa de protección apropiada facilitada y descontaminada por el empresario que será necesariamente sustituida por la ropa de calle antes de abandonar el centro de trabajo y la utilización de EPIs de las vías respiratorias se limitará a un máximo de 4 horas diarias.

Se delimitará claramente la zona con riesgo de exposición al amianto siendo inaccesibles para personal no autorizado evitando la dispersión de polvo fuera de los locales o lugares de acción y limpiando adecuadamente el área afectada al fin de los trabajos. Durante el proceso de demolición, el contratista está obligado a realizar la gestión de residuos establecido en el plan de residuos que previamente ha de haber sido aprobado por la dirección facultativa y en todo caso de acuerdo que lo especificado en el RD 105/2008.

Fases de ejecución En la ejecución se incluyen dos operaciones, derribo y retirada de los materiales de derribo. La demolición se realizará según los siguientes procedimientos: Demolición elemento a elemento, cuando los trabajos se efectúen siguiendo un orden que en general corresponde al orden inverso seguido para la construcción. Demolición por empuje, cuando la altura del edificio que se vaya a demoler, o

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parte de éste, sea inferior a 2/3 de la alcanzable por la maquina y ésta pueda maniobrar libremente sobre el suelo con suficiente consistencia. No se puede usar contra estructuras metálicas ni de hormigón armado. Se habrá demolido previamente, elemento a elemento, la parte del edificio que esté en contacto con medianeras, dejando aislado el tajo de la máquina. Se debe evitar trabajar en obras de demolición y derribo cubiertas de nieve o en días de lluvia. Las operaciones de derribo se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes y evitar daños en las construcciones próximas, y se designarán y marcarán los elementos que hayan de conservarse intactos. Los trabajos se realizarán de forma que produzcan la menor molestia posible a los ocupantes de las zonas próximas a la obra a derribar. No se suprimirán los elementos atirantados o de arriostramiento en tanto no se supriman o contrarresten las tensiones que incidan sobre ellos. En elementos metálicos en tensión se tendrá presente el efecto de oscilación al realizar el corte o al suprimir las tensiones. El corte o desmontaje de un elemento no manejable por una sola persona se realizará manteniéndolo suspendido o apuntalado, evitando caídas bruscas y vibraciones que se transmitan al resto del edificio o a los mecanismos de suspensión. En la demolición de elementos de madera se arrancarán o doblarán las puntas y clavos. No se acumularán escombros ni se apoyarán elementos contra vallas, muros y soportes, propios o medianeros, mientras éstos deban permanecer en pie. Tampoco se depositarán escombros sobre andamios. Se procurará en todo momento evitar la acumulación de materiales procedentes del derribo en las plantas o forjados del edificio. El abatimiento de un elemento constructivo se realizará permitiendo el giro, pero no el desplazamiento, de sus puntos de apoyo, mediante mecanismo que trabaje por encima de la línea de apoyo del elemento y permita el descenso lento. Cuando haya que derribar árboles, se acotará la zona, se cortarán por su base atirantándolos previamente y abatiéndolos seguidamente. Los compresores, martillos neumáticos o similares, se utilizarán previa autorización de la dirección facultativa. Las grúas no se utilizarán para realizar esfuerzos horizontales u oblicuos. Las cargas se comenzarán a elevar lentamente con el fin de observar si se producen anomalías, en cuyo caso se subsanarán después de haber descendido nuevamente la carga a su lugar inicial. No se descenderán las cargas bajo el solo control del freno. Se evitará la formación de polvo regando ligeramente los elementos y/o escombros. Al finalizar la jornada no deben quedar elementos del edificio en estado inestable, que el viento, las condiciones atmosféricas u otras causas puedan provocar su derrumbamiento. Se protegerán de la lluvia, mediante lonas o plásticos, las zonas o elementos del edificio que puedan ser afectados por aquella. La evacuación de escombros, se podrá realizar de las siguientes formas: Apertura de huecos en forjados, coincidentes en vertical con el ancho de un entrevigado y longitud de 1 m a 1,50 m, distribuidos de tal forma que permitan la rápida evacuación de los mismos. Este sistema sólo podrá emplearse en edificios o restos de edificios con un máximo de dos plantas y cuando los escombros sean de tamaño manejable por una persona. Mediante grúa, cuando se disponga de un espacio para su instalación y zona para descarga del escombro. Mediante canales. El último tramo del canal se inclinará de modo que se reduzca la velocidad de salida del material y de forma que el extremo quede como máximo a 2 m por encima del suelo o de la plataforma del camión que realice el

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transporte. El canal no irá situado exteriormente en fachadas que den a la vía pública, salvo su tramo inclinado inferior, y su sección útil no será superior a 50 x 50 cm. Su embocadura superior estará protegida contra caídas accidentales. Lanzando libremente el escombro desde una altura máxima de dos plantas sobre el terreno, si se dispone de un espacio libre de lados no menores de 6 x 6 m. Por desescombrado mecanizado. La máquina se aproximará a la medianería como máximo la distancia que señale la documentación técnica, sin sobrepasar en ningún caso la distancia de 1 m y trabajando en dirección no perpendicular a la medianería. En todo caso, el espacio donde cae escombro estará acotado y vigilado. No se permitirán hogueras dentro del edificio, y las hogueras exteriores estarán protegidas del viento y vigiladas. En ningún caso se utilizará el fuego con propagación de llama como medio de demolición.

• Control y aceptación Durante la ejecución se vigilará y se comprobará que se adopten las medidas de seguridad especificadas, que se dispone de los medios adecuados y que el orden y la forma de ejecución se adaptan a lo indicado. Durante la demolición, si aparecieran grietas en los edificios cercanos se paralizarán los trabajos, y se avisará a la dirección facultativa, para efectuar su apuntalamiento o consolidación si fuese necesario, previa colocación o no de testigos.

• Conservación hasta la recepción de las obras En tanto se efectúe la consolidación definitiva, en el solar donde se haya realizado la demolición, se conservarán las contenciones, apuntalamientos y apeos realizados para la sujeción de las vallas y/o cerramientos y otros elementos apuntalados y apeados. Una vez alcanzada la cota 0, se hará una revisión general de las edificaciones cercanas para observar las lesiones que hayan podido surgir. Las vallas, sumideros, arquetas, pozos y apeos quedarán en perfecto estado de servicio.

• Criterios de medición Se medirán y abonarán por el volumen. El precio comprende el coste de todas las operaciones necesarias para la demolción, limpieza, transporte de escombros a vertedero, las entibaciones y otros medios auxiliares, la construcción de desagües para evitar inundaciones. No serán abonables los trabajos y materiales que hayan de emplearse para evitar posibles desprendimientos.

Loja, junio de 2021

Isabel Muros García, arquitecta

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ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD Se redacta el siguiente E.B.S y S. según el Real Decreto 1627/1997 sobre DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD y de SALUD en las obras de construcción. El proyecto en estudio es DE DEMOLICIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR ENTRE MEDIANERAS situada en la calle San José nº16 del anejo de Ventorros de San José, en el término municipal de Loja, encargado por el Ayuntamiento L´Hospitalet de Llobregat. 1. ESTIMACION DEL PRESUPUESTO DE EJECUCION POR CONTRATA Presupuesto de Ejecución Material ....................................................................... 13.754,43 € Gastos Generales 13% .......................................................................................... 1.788,08 € Beneficio Industrial 6% ................................................................................................825,27 € Total ...................................................................................................................... 16.367,78 € I.V.A. 21% .................................................................……..…………........................3.437,23 € PRESUPUESTO DE EJECUCION POR CONTRATA .......................................... 19.805,01 € 2. SUPUESTOS CONSIDERADOS A EFECTOS DEL ART. 4 del R.D. 1627/1997 · El presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto es menor a 450.000 €UROS. · La duración estimada de días laborales es inferior a 30 días, no empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente · El volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo total de los trabajadores de la obra, no es superior a 500. · No se trata de una obra de túneles, galerías, conducciones subterráneas o presas. No habiendo contestado afirmativamente a ninguno de los supuestos anteriores, se adjunta al proyecto de obra el correspondiente ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD y SALUD. 3. INTRODUCCION AL ESTUDIO BÁSICO El Real Decreto 1627/1997 del 24 de Octubre establece las disposiciones mínimas de Seguridad y salud en las obras de construcción, siempre en el marco de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. DISPOSICIONES ESPECIFICAS DE SEGURIDAD Y SALUD A. El PROMOTOR deberá designar a un COORDINADOR (antes del comienzo de las obras), en materia de seguridad y salud durante la ejecución de las obras (sólo en el caso en que intervengan personal autónomo, subcontratas o varias contratas). La designación de los coordinadores no eximirá al promotor de sus responsabilidades. B. En el caso que el promotor contrate directamente a los trabajadores autónomos, éste tendrá la consideración de contratista. C. EL CONTRATISTA elaborará un PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO en

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el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el Estudio Básico. En dicho Plan de Seguridad y Salud podrán ser incluidas las propuestas de medidas alternativas de prevención que el CONTRATISTA proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrá implicar disminución de los niveles de protección previsto en el Estudio Básico. (Se incluirá valoración económica de la alternativa no inferior al importe total previsto). D. El PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD deberá ser aprobado, antes del inicio de las obras, por el COORDINADOR en materia de Seguridad y Salud DURANTE LA EJECUCION DE LAS OBRAS. E. En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del PLAN de Seguridad y Salud, un LIBRO DE INCIDENCIAS (permanentemente en obra); facilitado por el técnico que haya aprobado el PLAN de Seguridad y Salud. F. EL CONTRATISTA comunicará a la autoridad laboral la apertura del centro de trabajo 4. DATOS GENERALES Autor del estudio básico de seguridad y salud: Isabel Muros García Identificación de la obra: Promotor: Ayuntamiento L´Hospitalet de Llobregat Tipo y denominación: Demolición de vivienda unifamiliar entre medianeras Emplazamiento: calle San José 16, Ventorros de San José, Loja Presupuesto de Ejecución Material: 13.754,43 € Presupuesto de contrata: 19.805,01 € Plazo de ejecución previsto: 5 días Nº máximo de operarios: 4 Datos del solar: Superficie de la parcela: 142,47 m2 Límites de parcela: calle en fachada frontal, solares edificados en laterales y fondo. Topografía del terreno: calle con inclinación, solar nivelado Edificios colindantes: si presenta Descripción y situación La demolición objeto del presente Proyecto se encuentra situada en la calle San José nº16 del anejo de Ventorros de San José, en el término municipal de Loja (Granada). La edificación objeto del proyecto queda descrita en la Memoria del Proyecto y en los Planos adjuntos. Las características más destacables de la edificación son las siguientes: -. Superficie construida: 170,60 m2 -. Volumen a demoler: 425,11 m3 -. Altura total: 4,97 m -. Número de plantas: 2, planta baja y planta alta -. Plantas bajo rasante: 0

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-. Plantas sobre rasante: 2 Presupuesto, plazos de ejecución y mano de obra El Presupuesto de Ejecución por Contrata de la demolición de la vivienda situada en la calle San José nº16 del anejo de Ventorros de San José, en el término municipal de Loja asciende a la cantidad de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCO EUROS Y UNCÉNTIMO (19.805,01 €). El plazo de ejecución previsto es de 5 días. El personal podrá oscilar en el curso de la ejecución de los trabajos entre un máximo de 4 personas y un mínimo de 2 simultáneamente. Interferencias y servicios afectados Durante el periodo de demolición pueden existir interferencias con el tráfico rodado, peatones y ususarios. Se verá afectado el tráfico de vehículos en los distintos puntos donde se produzca el derribo, por ello se seguirán las instrucciones de la autoridad local para interfererir en menor medida el tráfico rodado. De todos modos, se deberá vigilar al máximo la evolución de los trabajos, asi como el minimizar las posibles interferencias con el mismo. Antes del comienzo de la demolición se investigará la existencia de posibles servicios afectados para tomar las medidas precisas ante cualquier eventualidad. El contratista pedirá información a todos los posibles empresas con servicios afectados. 5. NORMAS DE SEGURIDAD APLICABLES A LA OBRA Son de obligado cumplimiento las disposiciones contenidas en la relación siguiente, en lo que afecten a los trabajos a realizar:

DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y DE SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.

B.O.E. 097; 23.04.97 Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre

disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

B.O.E. 097; 23.04.97 Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

B.O.E. 097; 23.04.97 Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.

B.O.E. 124; 24.05.97 Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

B.O.E. 140; 12.06.97 Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

B.O.E. 256; 25.10.97 Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

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B.O.E. 274; 13.11.04 Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

BOE 127; 29.05.06 Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen l as disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

BOE 204; 05.08.07 Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

BOE 071; 21.03.10 Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO EN LA INDUSTRIA DE LA

CONSTRUCCIÓN.

B.O.E. 167; 15.06.52 Orden de 20 de mayo de 1952, por la que se aprueba el reglamento de seguridad del trabajo en la industria de la construcción.

B.O.E. 356; 22.12.53 MODIFICACIÓN Art. 115 B.O.E. 235; 01.10.66 MODIFICACIÓN Art. 16

ORDENANZA GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.

B.O.E. 064; 16.03.71 Orden de 9 de marzo de 1971 por la que se aprueba la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

B.O.E. 269; 10.11.95 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de

Riesgos Laborales. B.O.E. 027; 31.01.97 Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se

aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

B.O.E. 104; 01.05.98 Real Decreto 780/1998, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.

B.O.E. 127; 29.05.06 Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

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VALLADO Y SEÑALIZACIÓN

Resulta especialmente importante restringir el acceso a la obra de personal no autorizado, de manera que todo el recinto de la demolición, en cuyo entorno se crean los riesgos derivados de la misma, quede inaccesible para personas ajenas a la misma. Del mismo modo es necesaria la instalación de un mínimo de elementos de señalización que garanticen la presencia de informaciones básicas relativas a la Seguridad y Salud en diversos puntos de la obra. Para ello se instalarán las siguientes medidas de cierre y señalización:

-Cierres: Habrá un módulo de valla practicable al acceso de vehículos y tránsito peatonal.

Las zonas directamente afectadas por la demolición permanecerán cerradas fuera del horario laboral de manera que no sea posible el acceso a la misma sin forzar los elementos de cierre.

-Iluminación: Por las características de los trabajos y los horarios de trabajo no se prevé ninguna zona en la que sea necesaria la instalación de iluminación permanente o adicional.

-Señalización: Mediante paneles en el acceso de la obra, tanto en la entrada por el vallado exterior como en la zona de entrada a la propia construcción, con los pictogramas indicados en los esquemas gráficos de este documento y como mínimo señales de "Prohibido el acceso a personal no autorizado", "Uso obligatorio del casco" y pictogramas y textos de los riesgos presentes en la obra. Cartel informativo en el que se indiquen los teléfonos de interés de la misma y en el que, como mínimo, aparezcan reflejados los teléfonos de urgencia: servicios sanitarios, bomberos, policía, centros asistenciales, instituto toxicológico y los teléfonos de contacto de técnicos de obra y responsables de la empresa contratista y subcontratistas.

No obstante, concurriendo en la misma obra otros contratistas precedentes, se revisaran sus medidas adoptadas en estos aspectos, y en caso de considerarse correctas se optará por no redundar en ellas, ya que ello podría tener un efecto contrario al deseado.

LOCALES DE OBRA

La magnitud de los trabajos y las características de las mismas no hacen necesaria la instalación de locales provisionales de obra, tal y como se explicita en cada caso:

- No es necesaria la instalación de vestuarios: Dadas las características de la demolición.

- No es necesaria la instalación de aseos y ducha: Dadas las características de la demolición.

- No es necesaria la instalación de retretes : Dadas las características de la demolición.

- No es necesaria la instalación de Comedor y Cocina: Dadas las características de la demolición.

Dadas las características de la demolición, la cercanía a los domicilios de los

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operarios y/o a bares y restaurantes se considera innecesario la instalación de comedor y cocina en la propia obra.

- No es necesaria la instalación de Oficina de Obra: Dadas las características de la demolición y teniendo en cuenta el personal técnico presente en obra se considera innecesario la instalación de oficina en la propia obra.

Dispondrá al menos de un botiquín (Punto 8 del Documento de Estudio Básico de Seguridad y Salud, “Maletín botiquín de primeros auxilios”), agua potable y de otros materiales en función de la existencia de riesgos específicos. Por lo que habrá que hacer una comprobación de la disponibilidad de estos elementos, y en su defecto, reponerlos.

6. UNIDADES QUE COMPONEN LOS TRABAJOS DE DEMOLICIÓN A. DEMOLICIÓN A.1. Riesgos que pueden ser evitados Análisis de riesgos · Caída de material · Caída de personas · Desplome y hundimiento del terreno · Descalces en edificios colindantes · Atrapamientos o aplastamientos · Interferencia con instalaciones enterradas · Intoxicación por lugares insalubles · Explosiones e incendios · Quemaduras · Electrocuciones · Exposición a sustancias nocivas o tóxicas · Infecciones o afecciones cutáneas · Fallo de la maquinaria · Atropellos, colisiones y vuelcos · Heridas punzantes, cortes, golpes, ... · Derrumbamiento Medidas de protección protecciones colectivas · Andamios sujetos y arriostrados debidamente · Pasos o pasarelas >60cm con barandilla de seguridad para caídas >2m · Redes perimetrales normalizadas · Barandillas de seguridad según normativa · Entradas al edificio protegidas · Rutas interiores protegidas y señaladas · Lonas para evitar la propagación del polvo · Señalización de peligro · Iluminación de seguridad

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· Máquinas y herramientas con protección normalizada · Cercado de la obra según normativa · protecciones personales · Casco homologado y certificado · Mono de trabajo · Cinturón de seguridad · Guantes apropiados · Botas y traje de agua, según caso · Protección contra gases tóxicos · Equipo de soldador · Calzado normalizado según trabajo · mástiles y cables fiadores Normas básicas de seguridad · Vigilancia diaria de la obra con apeos y apuntalamientos · Coordinación en la entrada y salida de materiales · Salida a vía pública con tramo horizontal mayor de 1,50 la separación entre ejes del vehículo, como mínimo 6 m · Maniobras guardando distancias de seguridad a instalación eléctrica · Localizar los sistemas de distribución subterráneos · Rampas con pendiente y anchura, según terreno y maniobralidad · No cargar los camiones más de lo admitido · Se demolerá en orden destructivo con medidas técnicas en el origen · Evitar sobrecargas en los forjados · Mantenimiento según manual de la máquina y normativa · No realizar trabajos incompatibles en el tiempo · No quitar planos de arriostramiento antes de su sujeción · Sanear las zonas con riesgo de desplome · Proteger huecos y fachadas · Delimitar las zonas de trabajo · Maniobras dirigidas por persona distinta al conductor · Acotar zona de acción de cada máquina · Limpieza y orden en el trabajo · Medios auxiliares adecuados al sistema · Anular antiguas instalaciones A.2. Riesgos que no pueden ser evitados Análisis de riesgos · Ruidos · Vibraciones · Caídas · Polvo ambiental · Exposición al amianto · Intoxicación · Emisión de polvo. Inhalación o molestias en los ojos · Exposición a clima externo

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Medidas técnicas de protección Protecciones colectivas. · Pasos o pasarelas con barandilla de seguridad · Lonas para evitar la propagación del polvo · Mástiles y cables fiadores - Ante la presencia de amianto, las labores de demolición las realizarán empresas

inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto. Previamente a sus trabajos elaborarán un Plan de Trabajo que presentará para su aprobación ante la Autoridad Laboral. El cumplimiento de este plan deberá supervisarse en obra por una persona con la cualificación necesaria.

- Se garantizará que ningún trabajador está expuesto a una concentración de amianto en el aire superior al valor límite expresado en el RD 396/2006 para lo que se realizará medición por laboratorios especializados reconocidos por la autoridad. Los materiales que contengan amianto deberán ser almacenados y transportados en embalajes apropiados y con etiquetas reglamentarias que indiquen que contienen amianto siendo transportados fuera del centro de trabajo lo antes posible.

- Los trabajadores con riesgo de exposición a amianto no realizarán horas extraordinarias ni trabajarán por sistema de incentivos. Dispondrán de ropa de protección apropiada facilitada y descontaminada por el empresario que será necesariamente sustituida por la ropa de calle antes de abandonar el centro de trabajo y la utilización de EPIs de las vías respiratorias se limitará a un máximo de 4 horas diarias.

- Se delimitará claramente la zona con riesgo de exposición al amianto siendo inaccesibles para personal no autorizado evitando la dispersión de polvo fuera de los locales o lugares de acción y limpiando adecuadamente el área afectada al fin de los trabajos.

Protecciones personales · Mascarilla filtrante · Gafas antipolvo, antipartículas · Protectores auditivos · Faja y muñequera antivibraciones · Cinturón de seguridad anclado Normas basicas de seguridad

- Limpieza - Evitar cargas no previstas - No permanecer en el radio de acción de la maquina

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B. MAQUINARIA B.1. Riesgos que pueden ser evitados Análisis de riesgos Choque con elemento fijo de la obra Atropello y aprisionamiento de operarios Caída de material desde la cuchara Desplome de tierras Desplome de taludes sobre la máquina Desplome de árboles sobre la máquina Caídas al subir o bajar de la máquian Electrocuciones Incendios Medidas de protección Protecciones colectivas Señalización de los recorridos interiores Las propias de la fase de demolición Protecciones individuales Casco homologado y certificado Mono de trabajo Calzado homologado según trabajo Calzado limpio de barro adherido Asiento automático Normas básicas de seguridad Las maniobras se harán sin brusquedad y auxiliadas por personal Empleo de la máquina por personal autorizado y cualificado Durante las paradas se señalizará su entorno con señales de peligro Al finalizar el trabajo se desconectará la batería, se bajará la cuchara al suelo y se quitará la llave de contacto Conservación periódica de los elementos de las máquinas Mantenimiento y manipulación según manual de la máquina y normativa Carga y descarga de camión basculante sin nadie en sus proximidades Prohibida la permanencia de personas en zona de trabajo de máquinas Se prohibe el uso de estas máquinas en las cercanías de líneas eléctricas Las retroexcavadoras circularán con la cuchara plegada La cuneta de los caminos próximos a la excavación estará a un mínimo de 2 metros Freno de mano al bajar carga (camión basculante)

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B.2. Riesgos que no pueden ser evitados Análisis de riesgos - Vuelco y deslizamiento de la máquina - Ruido propio y de conjunto - Vibraciones - Polvo ambiental - Condiciones ambientales extremas Medidas de protección Protecciones personales -Casco homologado y certificado - Cinturón elástico anti-vibratorio - Gafas anti-polvo en tiempo seco - Muñequeras elásticas anti-vibratorias - Protecciones acústicas - Extintor de incendios en cabina Protecciones colectivas - Las mismas que en la fase de Demolición Normas básicas de seguridad - Si se detiene en la rampa de acceso quedará frenado y calzado - Se comprobará la resistencia del terreno - Se prohíbe el transporte de personas en la máquina - La velocidad estará en consonancia con la carga y condiciones de la obra, sin sobrepasar los 20 km/h C. INSTALACIONES PROVISIONALES

Instalación Contra-incendios: Se dispondrá de un extintore en la obra, por lo que habrá que hacer una comprobación de la disponibilidad de este elemento en la obra, y en su defecto, reponerlo. Además, este extintor será objeto de revisión periódica y se mantendrá protegidos de las inclemencias meteorológicas.

7. ORGANIZACION DE LA SEGURIDAD. - El empresario velará por la seguridad y salud de los trabajadores. Evaluará las posibles situaciones de riesgo y adoptará cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. - Cada trabajador recibirá una formación teórica y práctica suficiente y adecuada en materia preventiva. La formación se centrará en el puesto de trabajo o función de cada trabajador. - La empresa deberá disponer de instrucciones escritas que indiquen las normas de seguridad de la misma.

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- Las empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborables.

8. MALETÍN BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS

En la obra y en los lugares señalados, se instalará un maletín botiquín de primeros auxilios, conteniendo todos los artículos que se especifican a continuación: Agua oxigenada; alcohol de 96 grados; tintura de iodo; "mercurocromo" o cristalmina"; amoniaco; gasa estéril; algodón hidrófilo estéril; esparadrapo antialérgico; torniquetes antihemorrágicos; bolsa para agua o hielo; guantes esterilizados; termómetro clínico; apósitos autoadhesivos; antiespasmódicos; analgésicos; tónicos cardiacos de urgencia y jeringuillas desechables.

9. FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES

El empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva.

10. MEDIDAS A ADOPTAR EN LA OBRA ANTE EL COVID-19

Ante la situación de emergencia sanitaria y de salud que vive España como consecuencia del COVID-19 y con respecto al desarrollo y ejecución de la demolición de vivienda unifamiliar entre medianeras situada en la calle San José nº 16 de Ventorros de San José en Loja, por la arquitecta que suscribe en su condición de coordinadora en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para garantizar la salud en el centro de trabajo, se deberán cumplir las siguientes medidas:

1. Se comuniquen las medidas de prevención de riesgos derivados del COVID-19 que se han adoptado a través del correspondiente Plan de Seguridad.

2. Deberá precisarse por el contratista, el jefe de obra y el recurso preventivo si pueden desarrollarse con garantías de salud la totalidad de la obra o determinadas actividades de la misma, en función siempre de preservar y garantizar las medidas y condiciones de salud para los trabajadores y personal que acuda a la obra.

3. Las medidas y condiciones que necesariamente deben adoptarse para garantizar la

salud de trabajadores y personal de la obra y evitar la propagación del virus, han de ser las que vienen requeridas por los protocolos sanitarios oficiales y en concreto, las que señala la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Sanidad, sin perjuicio de las indicadas por las Autoridades Autonómicas y Locales o las desarrolladas por la propia contrata. En todo caso, y en particular, deberán acordarse:

• Garantizar la distancia de seguridad entre trabajadores de un metro • Evitar aglomeraciones o agrupaciones de los trabajadores, que supongan un

contacto entre los mismos en la obra. • Establecer los protocolos de protección de trabajadores y personal de la obra y

también controles de medición de la temperatura a la entrada de la misma.

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• En cuanto se constate el menor indicio de que algún trabajador o personal de la obra presente síntomas de la enfermedad, se seguirá rigurosamente el protocolo sanitario establecido. De confirmarse que alguna persona haya dado positivo en las pruebas de comprobación de la enfermedad, se paralizará inmediatamente la obra y se comunicará a todos los miembros de la dirección facultativa, así como a las subcontratas y autónomos si existen, que hayan podido estar en la obra durante los últimos 15 días.

4. En caso de que no se pueda asegurar las medidas de prevención adecuadas para

garantizar la salud de los trabajadores y personal de la obra o si se observase incumplimiento de dichas medidas de seguridad y salud se dispondrá la paralización de la obra. La paralización de la obra se debe comunicar al Ayuntamiento.

10. CONCLUSIONES

El presente Estudio Básico de Seguridad precisa las normas genéricas de seguridad y salud aplicables a la demolición de que se trata el presente Proyecto. Identifica, a su vez, los riesgos inherentes a la ejecución de la misma y contempla previsiones básicas e informaciones útiles para efectuar, en condiciones de seguridad y salud, los citados trabajos.

Igualmente, las directrices anteriores deberán ser complementadas por aspectos tales como:

• La propia experiencia del operario/montador

• Las instrucciones y recomendaciones que el responsable de la demolición pueda dictar con el buen uso de la lógica, la razón y sobre todo de su experiencia, con el fin de evitar situaciones de riesgo o peligro para la salud de las personas que llevan a cabo la ejecución de la demolición.

* Las propias instrucciones de manipulación y montaje que los fabricantes de herramientas, componentes y equipos puedan facilitar para el correcto funcionamiento de las mismas

Loja, junio de 2021

Isabel Muros García, arquitecta

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VI. ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS

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INTRODUCCIÓN En aplicación del Real Decreto 105/2008 de 1 de febrero, se redacta el presente Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición para la obra. En base a este Estudio, el poseedor de residuos redactará un plan que será aprobado por la dirección facultativa y aceptado por la propiedad y pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra. Este Estudio de Gestión los Residuos cuenta con el siguiente contenido:

• Estimación de la CANTIDAD, expresada en toneladas y en metros cúbicos, de los residuos de construcción y demolición que se generarán en la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.

• Relación de MEDIDAS para la PREVENCIÓN de residuos en la obra objeto del proyecto. • Las operaciones de REUTILIZACIÓN, VALORIZACIÓN o ELIMINACIÓN a que se destinarán

los residuos que se generarán en la obra. • Las MEDIDAS para la SEPARACIÓN de los residuos en obra, en particular, para el

cumplimiento por parte del poseedor de los residuos, de la obligación de separación establecida en el artículo 5 del citado Real Decreto 105/2008.

• Las prescripciones del PLIEGO de PRESCRIPCIONES técnicas particulares del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.

• Una VALORACIÓN del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción y demolición que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.

• En su caso, un INVENTARIO de los RESIDUOS PELIGROSOS que se generarán. • PLANOS de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en su

caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.

Los datos de partida para el estudio de gestión son:

Obra Demolición de vivienda unifamiliar entre medianeras en calle San José nº 16, Ventorros de San José, Loja (Granada)

Promotor Ayuntamiento L´Hospitalet de Llobregat

Superficie construida 0 m2

Superficie a demoler 170,60 m2

Volumen a demoler 425,11 m3

DEFINICIONES Para un mejor entendimiento de este documento se realizan las siguientes definiciones dentro del ámbito de la gestión de residuos en obras de construcción y demolición:

Ø Residuo: Según la ley 10/98 se define residuo a cualquier sustancia u objeto del que su poseedor se desprenda o del que tenga la intención u obligación de desprenderse.

Ø Residuo peligroso: Son materias que en cualquier estado físico o químico contienen elementos o sustancias que pueden representar un peligro para el medio ambiente, la salud humana o los recursos naturales. En última instancia, se considerarán residuos peligrosos los indicados en la "Orden MAM/304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos" y en el resto de normativa nacional y comunitaria. También tendrán consideración de residuo peligroso los envases y recipientes que hayan contenido residuos o productos peligrosos.

Ø Residuos no peligrosos: Todos aquellos residuos no catalogados como tales según la definición anterior.

Ø Residuo inerte: Aquel residuo No Peligroso que no experimenta transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas, no es soluble ni combustible, ni reacciona física ni

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químicamente ni de ninguna otra manera, no es biodegradable, no afecta negativamente a otras materias con las cuales entra en contacto de forma que pueda lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. La lixivialidad total, el contenido de contaminantes del residuo y la ecotoxicidad del lixiviado deberán ser insignificantes y en particular no deberán suponer un riesgo para la calidad de las aguas superficiales o subterráneas.

Ø Residuo de construcción y demolición: Cualquier sustancia u objeto que cumpliendo con la definición de residuo se genera en una obra de construcción y de demolición.

Ø Código LER: Código de 6 dígitos para identificar un residuo según la Orden MAM/304/2002. Ø Productor de residuos: La persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en una obra

de construcción o demolición; en aquellas obras que no precisen de licencia urbanística, tendrá la consideración de productor de residuos la persona física o jurídica titular del bien inmueble objeto de una obra de construcción o demolición.

Ø Poseedor de residuos de construcción y demolición: la persona física o jurídica que tenga en su poder los residuos de construcción y demolición y que no ostente la condición de gestor de residuos. En todo caso, tendrá la consideración de poseedor la persona física o jurídica que ejecute la obra de construcción o demolición, tales como el constructor, los subcontratistas o los trabajadores autónomos. En todo caso, no tendrán la consideración de poseedor de residuos de construcción y demolición los trabajadores por cuenta ajena.

Ø Volumen aparente: volumen total de la masa de residuos en obra, espacio que ocupan acumulados sin compactar con los espacios vacíos que quedan incluidos entre medio. En última instancia, es el volumen que realmente ocupan en obra.

Ø Volumen real: Volumen de la masa de los residuos sin contar espacios vacíos, es decir, entendiendo una teórica masa compactada de los mismos.

Ø Gestor de residuos: La persona o entidad pública o privada que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos. Han de estar autorizados o registrados por el organismo autonómico correspondiente.

Ø Destino final: Cualquiera de las operaciones de valorización y eliminación de residuos enumeradas en la "Orden MAM/304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos".

Ø Reutilización: El empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originariamente.

Ø Reciclado: La transformación de los residuos, dentro de un proceso de producción para su fin inicial o para otros fines, incluido el compostaje y la biometanización, pero no la incineración con recuperación de energía.

Ø Valorización: Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

Ø Eliminación: todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción, total o parcial, realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

MEDIDAS PREVENCIÓN DE RESIDUOS Prevención en Tareas de Derribo

Ø En la medida de lo posible, las tareas de derribo se realizarán empleando técnicas de desconstrucción selectiva y de desmontaje con el fin de favorecer la reutilización, reciclado y valoración de los residuos.

Ø Como norma general, el derribo se iniciará con los residuos peligrosos, posteriormente los residuos destinados a reutilización, tras ellos los que se valoricen y finalmente los que se depositarán en vertedero.

Prevención en la Adquisición de Materiales

Ø La adquisición de materiales se realizará ajustando la cantidad a las mediciones reales de obra, ajustando al máximo las mismas para evitar la aparición de excedentes de material al final de la obra.

Ø Se requerirá a las empresas suministradoras a que reduzcan al máximo la cantidad y volumen de embalajes priorizando aquellos que minimizan los mismos.

Ø Se primará la adquisición de materiales reciclables frente a otros de mismas prestaciones pero de difícil o imposible reciclado.

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Ø Se mantendrá un inventario de productos excedentes para la posible utilización en otras obras. Ø Se realizará un plan de entrega de los materiales en que se detalle para cada uno de ellos la

cantidad, fecha de llegada a obra, lugar y forma de almacenaje en obra, gestión de excedentes y en su caso gestión de residuos.

Ø Se priorizará la adquisición de productos "a granel" con el fin de limitar la aparición de residuos de envases en obra.

Ø Aquellos envases o soportes de materiales que puedan ser reutilizados como los palets, se evitará su deterioro y se devolver al proveedor.

Ø Se incluirá en los contratos de suministro un a cláusula de penalización a los proveedores que generen en obra más residuos de los previstos y que se puedan imputar a una mala gestión.

Ø Se intentará adquirir los productos en módulo de los elementos constructivos en los que van a ser colocados para evitar retallos.

Prevención en la Puesta en Obra

Ø En la medida de lo posible, las tareas de derribo se realizarán empleando técnicas de desconstrucción selectiva y de desmontaje con el fin de favorecer la reutilización, reciclado y valoración de los residuos.

Ø Como norma general, el derribo se iniciará con los residuos peligrosos, posteriormente los residuos destinados a reutilización, tras ellos los que se valoricen y finalmente los que se depositarán en vertedero.

Ø Dado que se prevé la utilización de técnicas de derribo masivo, se garantizará previo al inicio de estos trabajos, que han sido retirados todos los residuos peligrosos y, en su caso, aquellos elementos destinados a reutilización

Ø Para evitar los vertidos accidentales de lechadas, tierras, áridos, barro, pastas (morteros y hormigones) a la red de saneamiento por arrastre de sólidos, se construirán barreras físicas: balsas de decantación en puntos bajos de vertidos; petos de fabrica delante de imbornales, habilitación y señalización de zonas de lavado de cubas.

Ø Para evitar vertidos de aceites y combustibles accidentales, se habilitarán zonas para realizar estas tareas, aunque se recomienda que se hagan fuera de la obra.

Ø Depositar los residuos peligrosos, como loa aceites usados, en los contenedores identificados y estancos y protegidos de las inclemencias climáticas (sol, lluvias, etc.)

Ø No almacenar los residuos peligrosos por un período mayor a 6 meses Ø No mezclar los distintos tipos de residuos

Prevención en el Almacenamiento en Obra

Ø Se realizará un plan de inspecciones periódicas de materiales, productos y residuos acopiados o almacenados para garantizar que se mantiene en las debidas condiciones.

ESTIMACIÓN DE LA CANTIDAD DE RESIDUOS A continuación se presenta una estimación de las cantidades, expresadas en toneladas y en metros cúbicos, de los residuos de construcción y demolición que se generarán en la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. Siguiendo lo expresado en el Real Decreto 105/2008 que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, no se consideran residuos y por tanto no se incluyen en la tabla las tierras y piedras no contaminadas por sustancias peligrosas reutilizadas en la misma obra, en una obra distinta o en una actividad de restauración, acondicionamiento o relleno, siempre y cuando pueda acreditarse de forma fehaciente su destino a reutilización. La estimación de cantidades se realiza tomando como referencia los ratios estándar publicados en el país sobre volumen y tipificación de residuos de construcción y demolición más extendidos y aceptados. La utilización de ratios en el cálculo de residuos permite la realización de una "estimación inicial" que es lo que la normativa requiere en este documento, sin embargo los ratios establecidos para "proyectos tipo" no permiten una definición exhaustiva y precisa de los residuos finalmente obtenidos para cada proyecto con sus singularidades por lo que la estimación contemplada en la tabla inferior se acepta como estimación inicial y para la toma de decisiones en la gestión de residuos pero será el fin de obra el que determine en última instancia los residuos obtenidos. Se prevén las siguientes cantidades de residuos:

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Código LER

Descripción del Residuo

Cantidad Peso

m3 Volumen Aparente

17.01.01 Hormigón, mortero y derivados. 13,82 Tn 9,40

17.01.02 Ladrillos. 112,28 Tn 106,04

17.01.03 Tejas y materiales cerámicos 4,86 Tn 4,59

17.02.01 Madera. 3,53 Tn 9,23

17.02.02 Vidrio. 0,07 Tn 0,06

17.02.03 Plástico. 0,47 Tn 0,83

17.04.07 Metales mezclados. 0,67 Tn 0,15

17.05.04 Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03. 2,55 Tn 1,91

17.06.05 Materiales de construcción que contienen amianto. 0,45 Tn 0,49

17.08.02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos de los especificados en el código 17 08 01. 4,28 Tn 10,70

17.09.04 Residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los especificados en los códigos 17 09 01, 17 09 02 y 17 09 03.

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SEPARACIÓN DE RESIDUOS Según el Real Decreto 105/2008 que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, los residuos de construcción y demolición deberán separarse en las siguientes fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes cantidades:

Descripción Cantidad Hormigón 80 t. Ladrillos, tejas, cerámicos 40 t. Metal 2 t. Madera 1 t. Vidrio 1 t. Plástico 0,5 t. Papel y cartón 0,5 t.

De este modo los residuos se separarán de la siguiente forma:

Código LER

Descripción del Residuo

Cantidad Peso

m3 Volumen Aparente

17.01.01 Hormigón, morteros y derivados. Opción de separación: Residuos inertes

13,82 Tn 9,40

17.01.02 Ladrillos. Opción de separación: Residuos cerámicos

112,28 Tn 106,04

17.01.03 Tejas y materiales cerámicos Opción de separación: Residuos cerámicos

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Opción de separación: Separado (100% de separación en obra)

17.02.02 Vidrio. Opción de separación: Residuos mezclados no peligrosos

0,07 Tn 0,06

17.02.03 Plástico. Opción de separación: Residuos mezclados no peligrosos

0,47 Tn 0,83

17.04.07 Metales mezclados. Opción de separación: Residuos metálicos

0,67 Tn 0,15

17.05.04

Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03. Opción de separación: Separado (0% de separación en obra)

2,55 Tn 1,91

17.06.05 Materiales de construcción que contienen amianto. 0,45 Tn 0,49

17.08.02

Materiales de construcción a partir de yeso distintos de los especificados en el código 17 08 01. Opción de separación: Residuos inertes

4,28 Tn 10,70

17.09.04

Residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los especificados en los códigos 17 09 01, 17 09 02 y 17 09 03. Opción de separación: Residuos mezclados no peligrosos

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MEDIDAS PARALA SEPARACIÓN EN OBRA Con objeto de conseguir una mejor gestión de los residuos generados en la obra de manera que se facilite su reutilización, reciclaje o valorización y para asegurar las condiciones de higiene y seguridad que se requiere el artículo 5.4 del Real Decreto 105/2008 que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y de demolición se tomarán las siguientes medidas:

Ø Las zonas de obra destinadas al almacenaje de residuos quedarán convenientemente señalizadas y para cada fracción se dispondrá un cartel señalizador que indique el tipo de residuo que recoge.

Ø Todos los envases que lleven residuos deben estar claramente identificados, indicando en todo momento el nombre del residuo, código LER, nombre y dirección del poseedor y el pictograma de peligro en su caso.

Ø Los residuos peligrosos se depositarán sobre cubetos de retención apropiados a su volumen; además deben de estar protegidos de la lluvia.

Ø Todos los productos envasados que tengan carácter de residuo peligroso deberán estar convenientemente identificados especificando en su etiquetado el nombre del residuo, código LER, nombre y dirección del productor y el pictograma normalizado de peligro.

Ø Las zonas de almacenaje para los residuos peligrosos habrán de estar suficientemente separadas de las de los residuos no peligrosos, evitando de esta manera la contaminación de estos últimos.

Ø Los residuos se depositarán en el lugar destinados a los mismos conforme se vayan generando. Ø Los residuos se almacenarán en contenedores adecuados tanto en número como en volumen

evitando en todo caso la sobrecarga de los contenedores por encima de sus capacidades límite. Ø Los contenedores situados próximos a lugares de acceso público se protegerán fuera de los

horarios de obra con lonas o similares para evitar vertidos descontrolados por parte de terceros que puedan provocar su mezcla o contaminación.

Ø Para aquellas obras en la que por falta de espacio no resulte técnicamente viable efectuar la separación de los residuos, esta se podrá encomendar a un gestor de residuos en una instalación de residuos de construcción y demolición externa a la obra.

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Pag. 7 Se detalla a continuación el destino final de todos los residuos de la obra, excluidos los reutilizados, agrupados según las fracciones que se generarán en base a los criterios de separación diseñados en puntos anteriores de este mismo documento. Los principales destinos finales contemplados son: vertido, valorización, reciclado o envío a gestor autorizado.

Código LER

Descripción del Residuo

Cantidad Peso

m3 Volumen Aparente

17.00.CERA Residuos de Fábricas Tejas y material cerámico 117,14 Tn 110,63

17.01.07

Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintas de las especificadas en el código 17 01 06. Destino: Deposición en Vertedero

18,10 Tn 20,10

17.02.01 Madera. 3,53 Tn 9,23

17.04.07 Metales mezclados. Destino: Valorización Externa 0,67 Tn 0,15

17.05.04 Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03. Destino: Deposición en Vertedero

2,55 Tn 1,91

17.06.05 Materiales de construcción que contienen amianto. 0,45 Tn 0,49

17.09.04

Residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los especificados en los códigos 17 09 01, 17 09 02 y 17 09 03. Destino: Envío a Gestor para Tratamiento

1,12 Tn 2,05

PRESCRIPCIONES DEL PLIEGO SOBRE RESIDUOS Obligaciones Agentes Intervinientes

Ø Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra. El plan, una vez aprobado por la dirección facultativa y aceptado por la propiedad, pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra.

Ø El poseedor de residuos de construcción y demolición, cuando no proceda a gestionarlos por sí mismo, y sin perjuicio de los requerimientos del proyecto aprobado, estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión. Los residuos de construcción y demolición se destinarán preferentemente, y por este orden, a operaciones de reutilización, reciclado o a otras formas de valorización y en última instancia a depósito en vertedero.

Ø Según exige el Real Decreto 105/2008, que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y de demolición, el poseedor de los residuos estará obligado a sufragar los correspondientes costes de gestión de los residuos.

Ø El productor de residuos (promotor) habrá de obtener del poseedor (contratista) la documentación acreditativa de que los residuos de construcción y demolición producidos en la obra han sido gestionados en la misma ó entregados a una instalación de valorización ó de eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado, en los términos regulados en la normativa y, especialmente, en el plan o en sus modificaciones. Esta documentación será conservada durante cinco años.

Ø En las obras de edificación sujetas a licencia urbanística la legislación autonómica podrá imponer al promotor (productor de residuos) la obligación de constituir una fianza, o garantía C

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financiera equivalente, que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicha licencia en relación con los residuos de construcción y demolición de la obra, cuyo importe se basará en el capítulo específico de gestión de residuos del presupuesto de la obra.

Gestión de Residuos

Ø Según requiere la normativa, se prohíbe el depósito en vertedero de residuos de construcción y demolición que no hayan sido sometidos a alguna operación de tratamiento previo.

Ø El poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización o eliminación.

Ø Se debe asegurar en la contratación de la gestión de los residuos, que el destino final o el intermedio son centros con la autorización autonómica del organismo competente en la materia. Se debe contratar sólo transportistas o gestores autorizados por dichos organismos e inscritos en los registros correspondientes.

Ø Para el caso de los residuos con amianto se cumplirán los preceptos dictados por el RD 396/2006 sobre la manipulación del amianto y sus derivados.

Ø Las tierras que puedan tener un uso posterior para jardinería o recuperación de suelos degradados, serán retiradas y almacenadas durante el menor tiempo posible, en condiciones de altura no superior a 2 metros.

Ø El depósito temporal de los residuos se realizará en contenedores adecuados a la naturaleza y al riesgo de los residuos generados.

Ø Dentro del programa de seguimiento del Plan de Gestión de Residuos se realizarán reuniones periódicas a las que asistirán contratistas, subcontratistas, dirección facultativa y cualquier otro agente afectado. En las mismas se evaluará el cumplimiento de los objetivos previstos, el grado de aplicación del Plan y la documentación generada para la justificación del mismo.

Ø Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs, que el destino final (Planta de Reciclaje, Vertedero, Cantera, Incineradora, Centro de Reciclaje de Plásticos/Madera...) sean centros autorizados. Así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados e inscritos en los registros correspondientes. Se realizará un estricto control documental, de modo que los transportistas y gestores de RCDs deberán aportar los vales de cada retirada y entrega en destino final.

Derribo y Demolición

Ø En los procesos de derribo se priorizará la retirada tan pronto como sea posible de los elementos que generen residuos contaminantes y peligrosos. Si es posible, esta retirada será previa a cualquier otro trabajo.

Ø Los elementos constructivos a desmontar que tengan como destino último la reutilización se retirarán antes de proceder al derribo o desmontaje de otros elementos constructivos, todo ello para evitar su deterioro.

Ø En la planificación de los derribos se programarán de manera consecutiva todos los trabajos de desmontaje en los que se genere idéntica tipología de residuos con el fin de facilitar los trabajos de separación.

Separación

Ø El deposito temporal de los residuos valorizables que se realice en contenedores o en acopios, se debe señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado.

Ø Los contenedores o envases que almacenen residuos deberán señalizarse correctamente, indicando el tipo de residuo, la peligrosidad, y los datos del poseedor.

Ø El responsable de la obra al que presta servicio un contenedor de residuos adoptará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma. Igualmente, deberá impedir la mezcla de residuos valorizables con aquellos que no lo son.

Ø El poseedor de los residuos establecerá los medios humanos, técnicos y procedimientos de separación que se dedicarán a cada tipo de residuo generado.

Ø Los contenedores de los residuos deberán estar pintados en colores que destaquen y contar con una banda de material reflectante. En los mismos deberá figurar, en forma visible y legible, la siguiente información del titular del contenedor: razón social, CIF, teléfono y número de inscripción en el Registro de Transportistas de Residuos

Ø Cuando se utilicen sacos industriales y otros elementos de contención o recipientes, se dotarán de sistemas (adhesivos, placas, etcétera) que detallen la siguiente información del titular del

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saco: razón social, CIF, teléfono y número de inscripción en el Registro de Transportistas de Residuos.

Ø Los residuos generados en las casetas de obra producidos en tareas de oficina, vestuarios, comedores, etc. tendrán la consideración de Residuos Sólidos Urbanos y se gestionarán como tales según estipule la normativa reguladora de dichos residuos en la ubicación de la obra.

Documentación

Ø La entrega de los residuos de construcción y demolición a un gestor por parte del poseedor habrá de constar en documento fehaciente, en el que figure, al menos, la identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia y, en su caso, el número de licencia de la obra, la cantidad, expresada en toneladas o en metros cúbicos, o en ambas unidades cuando sea posible, el tipo de residuos entregados, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero y la identificación del gestor de las operaciones de destino.

Ø El poseedor de los residuos estará obligado a entregar al productor los certificados y demás documentación acreditativa de la gestión de los residuos a que se hace referencia en el Real Decreto 105/2008 que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y de demolición.

Ø El poseedor de residuos dispondrá de documentos de aceptación de los residuos realizados por el gestor al que se le vaya a entregar el residuo.

Ø El gestor de residuos debe extender al poseedor un certificado acreditativo de la gestión de los residuos recibidos, especificando la identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia y, en su caso, el número de licencia de la obra, la cantidad, expresada en toneladas o en metros cúbicos, o en ambas unidades cuando sea posible, y el tipo de residuos entregados, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002.

Ø Cuando el gestor al que el poseedor entregue los residuos de construcción y demolición efectúe únicamente operaciones de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, en el documento de entrega deberá figurar también el gestor de valorización o de eliminación ulterior al que se destinan los residuos.

Ø Según exige la normativa, para el traslado de residuos peligrosos se deberá remitir notificación al órgano competente de la comunidad autónoma en materia medioambiental con al menos diez días de antelación a la fecha de traslado. Si el traslado de los residuos afecta a más de una provincia, dicha notificación se realizará al Ministerio de Medio Ambiente.

Ø Para el transporte de los residuos peligrosos se completará el Documento de Control y Seguimiento. Este documento se encuentra en el órgano competente en materia medioambiental de la comunidad autónoma.

Ø El poseedor de residuos facilitará al productor acreditación fehaciente y documental que deje constancia del destino final de los residuos reutilizados. Para ello se entregará certificado con documentación gráfica.

Normativa

Ø Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba, el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

Ø Real Decreto 952/1997, que modifica el Reglamento para la ejecución de la ley 20/1986 básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1998.

Ø LEY 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Ø REAL DECRETO 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos

mediante depósito en vertedero. Ø REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los

residuos de construcción y demolición.

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Loja, junio de 2021

Isabel Muros García, arquitecta

Resumen Cantidad Precio Subtotal 1- GESTIÓN RESIDUOS CERÁMICOS Tasa para el envío directo de residuos de cerámica empleada en fábricas, tejas u otros elementos exentos de materiales reciclables a un gestor final autorizado por la comunidad autónoma correspondiente, para su valorización. Sin incluir carga ni transporte. Según operación enumerada R5 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

117,14 t 2,24 € 262,39 €

2-GESTIÓN RESIDUOS INERTES MEZCLADOS Tasa para la deposición directa de residuos inertes mezclados entre sí exentos de materiales reciclables a un gestor final autorizado por la comunidad autónoma correspondiente. Sin incluir carga ni transporte. Según operación enumerada R5 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

18,10 t 3,54 € 64,07 €

3-GESTIÓN RESIDUOS MEZCL. C/ MATERIAL NP GESTOR Tasa para la gestión de residuos mezclados de construcción no peligrosos en un gestor autorizado por la comunidad autónoma correspondiente. Sin incluir carga ni transporte.

1,12 t 23,23 € 26,02 €

4- GESTIÓN RESIDUOS TIERRAS VERTEDERO Tasa para la deposición directa de residuos de construcción de tierras y piedras de excavación exentos de materiales reciclables en vertedero autorizado por la comunidad autónoma correspondiente. Sin incluir carga ni transporte. Según operación enumerada D5 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

2,55 t 3,49 € 8,90 €

5-GESTIÓN RESIDUOS ACERO Y OTROS METÁLES VALORIZ. Precio para la gestión del residuo de acero y otros metales a un gestor autorizado por la comunidad autónoma correspondiente, para su reutilización, recuperación o valorización. Sin carga ni transporte. Según operación enumerada R 04 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

0,67 t 0,99 € 0,66 €

6-GESTIÓN RESIDUOS MADERA Precio para la gestión del residuo de madera a un gestor final autorizado por la comunidad autónoma correspondiente, para su reutilización, recuperación o valorización. Sin carga ni transporte. Según operación enumerada R3 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

3,53 t 1,11 € 3,92 €

7-GESTIÓN RESIDUOS FIBROCEMENTO C/AMIANTO GESTOR Precio para la eliminación del residuos de fibrocemento con amianto con gestor intermedio autorizado por la comunidad autónoma en cuestión. Según operación enumerada D15 de acuerdo con la orden MAM 304/2002 por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos.

0,45 t 1214,73 € 546,63 €

Total : 912,59 €

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CAPITULO 1 DEMOLICION Y TRABAJOS POSTERIORES

Nº Ud Descripción Medicion Precio Importe

1.1 M3 Demolición mixta de edificio, en situación entre medianeras con estructura de madera y mampostería de piedra, dos plantas de altura y 4,97 m de altura media, combinando demolición elemento a elemento y empuje con retroexcavadora , sin aprovechamiento del material, incluso picado de elementos de cimentación , p.p. de apeos, limpieza, carga y transporte de escombros a vertedero. Medido el volumen aparente inicial definido por la superficie exterior de los elementos básicos de la edificación. Unds. Largo Ancho Alto Parcial Subtotal 1 425,11 1,00 1,00 425,11 -------------------- 425,11 425,11 Total m3.........: 425,11 22,74 9.667,00 €

1.2 M2 Desbroce y limpieza del terreno en el patio, con medios mecánicos. Comprende los trabajos necesarios para retirar de la zona del patio como pequeñas plantas, maleza, broza, maderas caídas, escombros, basuras o cualquier otro material existente, hasta una profundidad no menor que el espesor de la capa de tierra vegetal, considerando como mínima 25 cm; y carga a camión y el transporte de los materiales retirados. Medida la superficie desbrozada.

Unds. Largo Ancho Alto Parcial Subtotal 1 58,16 1,00 1,00 58,16 -------------------- 58,16 58,16 Total m2.........: 58,16 1,00 58,16 €

1.3 M Vallado de parcela formado por muro continuo, de 2 m de altura y de 12 cm de espesor de fábrica de bloque hueco de hormigón, para revestir, color gris, 40x20x15 cm, resistencia normalizada R10 (10 N/mm²), con juntas horizontales y verticales de 10 mm de espesor, junta rehundida, recibida con mortero de cemento industrial, color gris, M-5, incluso revestido y puerta de acceso al solar de chapa galvanizada. Medida la longitud ejecutada.

Unds. Largo Ancho Alto Parcial Subtotal 1 8,50 1,00 1,00 8,50 -------------------- 8,50 8,50 Total m.........: 8,50 51,08 434,18 €

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1.4 M2 Desmontaje selectivo, con medios manuales, por empresa autorizada e inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo al Amianto, de cubierta de chapa ondulada de fibrocemento con amianto, incluso desmontado de estructura portante de madera/metálica, demolición de cumbreras, limahoyas, canalones, encuentros con paramentos, trajes desechables con medidores de partículas de amianto en ambiente y mediciones durante el proceso de desmontado, protección química, encapsulado, p.p. de carga manual y carga en camión y transporte de material a cualquier distancia a gestor autorizado o vertedero de manera prevista en la normativa aplicable, medios auxiliares autorizados y adecuados, canon de vertido y certificado final de medición de partículas. Medida la superficie inicial en proyección horizontal.

Unds. Largo Ancho Alto Parcial Subtotal 1 30,00 1,00 1,00 30,00 -------------------- 30,00 30,00 Total m2.........: 30,00 76,01 2.280,30 €

TOTAL CAPITULO 1 DEMOLICION Y TRABAJOS POSTERIORES: 12.439,64 €

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CAPITULO 2 SEGURIDAD Y SALUD

Nº Ud Descripción Medicion Precio Importe 2.1 Ud Dotación de medios auxiliares de protección para la seguridad y salud de la

obra, tanto colectivas como personales. Medida la unidad ejecutada. Unds. Largo Ancho Alto Parcial Subtotal 1 1,000 -------------------- 1,000 1,000 Total Ud.........: 1,000 402,20 402,20 € TOTAL CAPITULO 2 SEGURIDAD Y SALUD: 402,20 €

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CAPITULO 3 GESTIÓN DE RESIDUOS

Nº Ud Descripción Medicion Precio Importe 3.1 Ud Gestión de residuos según medición y valoración realizado en el estudio de gestión de residuos del proyecto de demolición.

Unds. Largo Ancho Alto Parcial Subtotal 1 1,000 -------------------- 1,000 1,000 Total Ud.........: 1,000 912,59 912,59 € TOTAL CAPITULO 3 GESTIÓN DE RESIDUOS: 912,59 €

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Presupuesto de Ejecución Material 1 DEMOLICION Y TRABAJOS POSTERIORES 12.439,64 € 2 SEGURIDAD Y SALUD 402,20 € 3 GESTIÓN DE RESIDUOS 912,59 € TOTAL 13.754,43 € Asciende el Presupuesto de Ejecución Material a la expresada cantidad de TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS Y CUARENTA Y TRES CENTIMOS.

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Proyecto: DEMOLICIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR ENTRE MEDIANERAS EN CALLE SAN JOSÉ Nº 16 DE VENTORROS DE SAN JOSÉ, LOJA. Capítulo Importe Capítulo 1 DEMOLICION Y TRABAJOS POSTERIORES 12.439,64 € Capítulo 2 SEGURIDAD Y SALUD 402,20 € Capítulo 3 GESTIÓN DE RESIDUOS 912,59 € Presupuesto de ejecución material 13.754,43 € 13% de Gastos Generales 1.788,08 € 6% de Beneficio Industrial 825,27 € Suma 16.367,78 € I.V.A. 21% 3.437,23 € Presupuesto de ejecución por contrata 19.805,01 € Asciende el Presupuesto de Ejecución por Contrata a la expresada cantidad de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCO EUROS Y UN CENTIMO. Loja, Junio de 2.021 ARQUITECTA Isabel Muros García

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