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CONTRATO DE PRESTACIN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA
EMPRESA DENOMINADA AGENCIA DE IMPORTACION Y EXPORTACION GUTIERREZ S DE RL DE
C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINAR COMO LA CONTRATANTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA C. DELIA GUITIERREZ ZATARAIN, Y POR OTRA PARTE,
SERVICIOS INTEGRALES PARA NEGOCIOS PADILLA S.C.., A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINAR COMO LA PRESTADORA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA C. MA. EUGENIA GUTIERREZ PADILLA, QUIENES SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES
DECLARACIONES Y CLUSULAS;
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara LA CONTRATANTE por conducto de su representante:
a).- Ser una Sociedad Mercantil debidamente constituida y vlidamente existente
conforme a las Leyes aplicables en los Estados Unidos Mexicanos, segn consta en el
Instrumento Pblico que acompaa al presente, bajo el nmero de escritura 63,290 (sesenta
y tres mil doscientos noventa), tomo 763 (setecientos sesenta y tres), fechada el da 13
(trece) de marzo de 2013 (dos mil trece), pasada ante la fe del Notario Pblico nmero 32
(treinta y dos), el Licenciado Jos Francisco Fernndez Regalado de la ciudad de Len,
Guanajuato.
b).- Que se encuentra debidamente representada en este acto por la C. Delia Gutierrez
Zatarain, quien es el representante Legal y quien cuenta con las facultades legales
suficientes para obligarlo contractualmente segn consta en el Instrumento Notarial
descrito en el inciso que antecede. Que en este acto manifiesta bajo protesta de decir
verdad que dichas facultades no le han sido restringidas, modificadas, ni revocadas en
forma alguna.
c).- Que su domicilio fiscal es el ubicado en Blvd. Paseo de Jerez No. 901 Int. 206, Col. Granja
Ceres, CP. 37289, en Len de los Aldama, Gto., y con Registro Federal de Contribuyentes
AIE130315CQ6.
d).- Que est de acuerdo en celebrar el presente contrato de prestacin de servicios y
confidencialidad con LA PRESTADORA, sujetndose a lo establecido en los trminos y condiciones previstos en ste documento.
e).- Que su objeto social consiste preponderantemente en la distribucin, comercializacin,
consignacin, importacin, exportacin de toda clase de productos elctricos en general.
II.- Declara LA PRESTADORA por conducto de su representante:
a).- Ser una Sociedad Mercantil debidamente constituida y vlidamente existente
conforme a las Leyes aplicables en los Estados Unidos Mexicanos, segn consta en el
Instrumento Pblico que acompaa al presente, bajo el nmero 12,196 (doce mil ciento
noventa y seis), Volumen 169 (Ciento sesenta y nueve), fechado el 23 (veintitrs) de octubre
del ao 20014 (dos mil catorce), pasada ante la fe del Licenciado Jos Andrade Ros,
Notario Pblico nmero 44 (Cuarenta y cuatro) de la ciudad de Aguascalientes, Ags.
b).- Que se encuentra debidamente representada en este acto por el C. Ma. Eugenia
Gutierrez Padilla, quien es apoderado legal y quien manifiesta bajo protesta de decir
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verdad que dichas facultades no le han sido restringidas, modificadas, ni revocadas en
forma alguna.
c).- Que cuenta con Registro Federal de Contribuyentes SIN141023B47, con domicilio fiscal
ubicado en la AV. Parque Va, nmero 612, en Santa Anita, en la ciudad de Aguascalientes,
Ags.
d).- Que su representada cuenta con la capacidad tcnica y econmica necesaria, as
como con los medios y personal calificado para prestar eficientemente los servicios
contratados en el presente instrumento.
e).- Que est de acuerdo en celebrar el presente contrato con LA CONTRATANTE y se compromete a cumplir con todos los trminos y condiciones que se prevn en el mismo.
III.- Declaran LAS PARTES:
a).- Ambas partes manifiestan que se reconocen mutua y recprocamente la personalidad
con que se ostentan sus apoderados y/o representantes legales para todos los efectos
legales y contractuales a que haya lugar, y precisamente en los trminos del presente
contrato, anexndose la documentacin a que se refieren las declaraciones de LA
PRESTADORA y de LA CONTRATANTE respectivamente.
b).- Declaran por conducto de sus apoderados y/o representantes legales, que celebran
el presente contrato de manera voluntaria, libre y responsable, sin que al efecto exista dolo,
lesin, error y/o alguno otro vicio de la voluntad que lo invalide.
Que hechas las declaraciones que anteceden y a efecto de perfeccionar el presente
contrato, las Partes se someten de manera recproca a las siguientes:
Ledas las anteriores, las partes convienen en sujetarse a las siguientes:
C L U S U L A S:
1) OBJETO:
Ambas partes convienen que el objeto del presente contrato consiste en que LA PRESTADORA, proporcione a LA CONTRATANTE los servicios tangibles e intangibles necesarios y calificados para la consecucin de su objeto social, consistentes en la
prestacin de servicios segn lo pactado en anexo A, el cual se encuentra definido en los estatutos de su pacto constituido, as como en los documentos y comunicaciones que
en lo subsecuente al presente contrato llegaren a modificarlo o se indicaran a LA PRESTADORA.
En razn de las actividades especializadas anteriormente descritas y sin perjuicio de que
derivado del desarrollo de los servicios contratados, se puedan comprender actividades
adicionales que LA PRESTADORA est en posibilidad de desarrollar de manera oportuna.
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En ese sentido, LA PRESTADORA podr desarrollar actividades y/o servicios adicionales a los aqu enunciados, siempre que sean solicitados con la oportunidad debida por LA CONTRATANTE y que est en posibilidad de desarrollarlos en tiempo y forma.
Convienen las Partes adems que LA PRESTADORA podr subcontratar, bajo su propio
costo, riesgo y responsabilidad, los servicios de un tercero a fin de cubrir los mltiples
requerimientos que LA CONTRATANTE solicite en trminos de este instrumento, de acuerdo
a las necesidades de LA CONTRATANTE.
Al efecto LA PRESTADORA:
1.1.- Contratar a todas las personas morales necesarias, a fin de que con la ayuda de las
personas fsicas que stas contraten y sin que exista relacin alguna con LA CONTRATANTE,
ejecuten los actos necesarios para conseguir el fin de los servicios contratados en este
Contrato.
1.2.- Prestar, bajo su propio costo y riesgo, sus servicios profesionales para desarrollar con
xito las distintas actividades que le encargue LA CONTRATANTE en los lugares que sta le
designe.
2) OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE:
2.1.- Proporcionar a LA PRESTADORA toda la informacin requerida por sta, en relacin
con los servicios que desea obtener, segn anexo B, lo que le permitir a LA
PRESTADORA seleccionar a los terceros en su caso, aptos que auxiliarn en la consecucin
de los servicios de LA CONTRATANTE.
2.2.- Mantener estrecha comunicacin con LA PRESTADORA en todo lo relacionado con
el servicio que proporcionar LA PRESTADORA para la contratacin de las empresas que
prestarn los servicios que requiere LA CONTRATANTE.
2.3.- Reportar en forma inmediata a LA PRESTADORA cualquier problema que surja entre
LA CONTRATANTE y alguna de las empresas contratadas por LA PRESTADORA o con esta
misma.
2.4.- Hacer el pago a favor de LA PRESTADORA de la contraprestacin sealada en el
punto 4) siguiente de este contrato.
2.5.- LA CONTRATANTE se compromete a informar a LA PRESTADORA, dentro de las 48
horas siguientes y por escrito, de las anomalas del servicio de operacin y administracin
que detecte a fin de darle correccin inmediata.
3) OBLIGACIONES DE LA PRESTADORA:
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3.1.- Es obligacin de LA PRESTADORA, prestar por si, con responsabilidad, dedicacin y
profesionalismo, sus servicios a fin de obtener que estos se lleven a cabo de acuerdo a su
naturaleza y objeto, y de acuerdo en todo tiempo con los lineamientos, instrucciones y
dems reglas que libremente LA CONTRATANTE seale a LA PRESTADORA.
3.2.- Presentar, para conocimiento de LA CONTRATANTE, en su caso, los contratos que se
celebren con terceros como consecuencia del objeto de este contrato.
3.3.- LA PRESTADORA deber corregir las anomalas que le sean reportadas por LA
CONTRATANTE, dentro de las 48 horas siguientes al reporte que se le formule por escrito.
3.4.- LA PRESTADORA, deber proporcionar adems, cualquier otro servicio que le solicite
LA CONTRATANTE, siempre y cuando dicha solicitud sea realizada por escrito y con la
anticipacin de 10 das.
3.5.- Pese a que los actos materiales puedan ser ejecutados por personas morales distintas
a LA PRESTADORA, sta asumir responsabilidad total frente a LA CONTRATANTE por
cualquier incumplimiento en que aqullas incurran o por los daos y perjuicios que llegaren
a provocar a LA CONTRATANTE.
4) CONTRAPRESTACIN:
4.1.- LA CONTRATANTE pagar a LA PRESTADORA, como contraprestacin las
cantidades establecidas en la presente clausula; as como los honorarios que se convengan
sobre los servicios y gastos que preste LA PRESTADORA con autorizacin de LA
CONTRATANTE. La factura deber cumplir con todos los requisitos que la legislacin fiscal
le exige, asimismo deber anexar en la misma la relacin de los conceptos facturados. LA
PRESTADORA entregar en el domicilio de LA CONTRATANTE la factura, 48 horas despus
del pago correspondiente por la prestacin del servicio, que deber ser realizado mediante
cheque nominativo o transferencia electrnica salvo pacto en contrario. En los casos que
procedan, las partes podrn convenir una periodicidad distinta para la presentacin y
pago de facturas derivadas de los servicios.
En razn de ello LA CONTRATANTE se compromete a cubrir de manera mensual la
cantidad total de $26,900.00 (VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) ms el
Impuesto al Valor Agregado, por los servicios pactados en la clusula 1 del presente
contrato.
Cantidad que podrn fluctuar y podrn aumentar o disminuir de acuerdo a los servicios
prestados conforme a la clusula 1 del presente acuerdo de voluntades.
5) SUBCONTRATACIN:
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5.1.- LA PRESTADORA podr contratar, por su propia cuenta y riesgo, los servicios de
empresas que desee, con el fin de procurar el buen desarrollo de las actividades que
constituyen el objeto del presente contrato, previa autorizacin de LA CONTRATANTE, sin
embargo LA PRESTADORA ser la nica responsable ante LA CONTRATANTE de cualquier
eventualidad, siempre y cuando sea derivada de los servicios acordados en el presente
contrato.
6) USO DE MARCAS Y NOMBRES COMERCIALES:
6.1.- Las partes convienen que el presente Contrato no se podr interpretar como el permiso
u otorgamiento a LA PRESTADORA de algn derecho respecto de las marcas, nombres
comerciales, derechos de autor o de algn otro tipo de derecho de propiedad industrial o
intelectual de LA CONTRATANTE de cualquier otra persona fsica o moral que tuviere
injerencia sobre la produccin, distribucin, comercializacin o venta de productos que
comercializa LA CONTRATANTE, as como los de otro tipo que pudieran surgir
posteriormente.
7) CONFIDENCIALIDAD:
7.1.- LA PRESTADORA acepta que toda la informacin que reciba de LA CONTRATANTE,
para la realizacin de las actividades materia de ste contrato, como son los sistemas
comerciales y corporativos, de operacin, sistemas y estrategias de ventas, administracin
y el detalle de las operaciones, etc., son de carcter confidencial. LA PRESTADORA queda
obligada a no proporcionar dicha informacin a persona alguna a excepcin de aquellas
a quienes LA CONTRATANTE le autorice expresamente y por escrito para la ejecucin de
ste instrumento.
8) NATURALEZA DE LA RELACIN:
8.1.- LA PRESTADORA reconoce que entre sta y LA CONTRATANTE existe nicamente
una relacin de carcter mercantil derivada de ste contrato, y que en consecuencia LA
PRESTADORA es la nica responsable del cumplimento de todas las obligaciones que
existen entre esta y las empresas que aquella contrate sus empleados, funcionarios,
agentes, proveedores, etc., incluyendo, de manera enunciativa y no limitativa,
obligaciones de carcter obrero-patronal, para la realizacin de las actividades materia
del presente contrato, por lo que no existir vnculo contractual de naturaleza alguna entre
LA CONTRATANTE o las personas y empresas relacionadas con LA CONTRATANTE y las
mencionadas empresas y su personal por lo que LA PRESTADORA indemnizar y sacar en
paz y a salvo a LA CONTRATANTE de cualquier reclamacin, litigio, dao y perjuicio
relacionado con lo anterior.
8.2.- LA PRESTADORA ser la nica responsable frente a LA CONTRATANTE de las
obligaciones laborales de las empresas contratadas y deber liberar a LA CONTRATANTE
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de toda sustitucin patronal que sobre ella recaiga, siempre y cuando LA CONTRATANTE
no incurra dolosamente en incumplimiento de acuerdo a las polticas que se establezcan
para que LA PRESTADORA brinde los servicios.
9) DURACIN DEL CONTRATO:
9.1.- El Presente contrato tendr una vigencia hasta el 31 de Diciembre 2015 y entrar en
vigor a partir del da de la firma del mismo, sin embargo, ambas partes estn de acuerdo
en que LA CONTRATANTE podr darlo por terminado de manera anticipada sin ninguna
responsabilidad, mediante una notificacin por escrito a la otra parte, con treinta das
naturales de anticipacin.
10) CAUSAS DE TERMINACIN:
10.1.- Para el caso de que alguna de LAS PARTES incumpla con cualquiera de las
estipulaciones del presente contrato, la otra podr terminarlo anticipadamente, sin
necesidad de declaracin judicial, bastando nicamente el aviso por escrito con 30
(treinta) das naturales de anticipacin que ha sido mencionado con anterioridad.
No obstante lo anterior, podr cualquiera de LAS PARTES enviar una comunicacin a la
parte que incumpli otorgndole un plazo de 15 (quince) das naturales para subsanar el
incumplimiento; en caso de que no lo subsane, se proceder la terminacin del presente
contrato, el da del vencimiento del plazo mencionado en su aviso 7 (siete) das despus
del vencimiento del plazo otorgado deber LA PRESTADORA abstenerse de realizar
cualquier operacin. LAS PARTES harn la conciliacin de sus respectivos saldos en los 30
(treinta) das naturales siguientes a su terminacin.
Adems de lo establecido en los prrafos que anteceden, la parte afectada por el
incumplimiento podr dar por terminado anticipadamente el presente contrato en los
siguientes casos:
a) Omitir u ocultar informacin trascendental a LA CONTRATANTE por parte de LA
PRESTADORA.
b) En caso de que LA PRESTADORA ceda o transfiera los derechos u obligaciones
derivados de este contrato, sin la autorizacin previa y por escrito de LA CONTRATANTE.
c) En caso de que LA CONTRATANTE venda sus instalaciones y el nuevo dueo no desee
continuar con este contrato, o si LA CONTRATANTE pierde, por cualquier motivo, la
posesin sobre sus instalaciones.
d) Si se destruyen o daan instalaciones de LA CONTRATANTE gravemente de manera que
afecte substancialmente su operacin.
e) Si LA CONTRATANTE deja de pagar sin causa justificada 2 (dos) facturas consecutivas
por concepto de la prestacin de servicios y gastos.
f) En caso de que LA CONTRATANTE sea declarada en concurso mercantil o si entra en un
proceso de disolucin, liquidacin, quiebra o cualquier otro similar.
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Asimismo, e independientemente de lo establecido en los prrafos que anteceden, LA
PRESTADORA podr solicitar la rescisin del presente contrato, la cual tendr efecto
inmediato sin necesidad de declaracin judicial y sin responsabilidad para LA
PRESTADORA en los siguientes casos:
a) Si LA CONTRATANTE suspende por cualquier motivo su operacin, salvo que derive de
caso fortuito o de fuerza mayor.
b) Si LA CONTRATANTE o cualquiera de sus representantes dolosamente proporciona
informacin falsa u omite alguna informacin necesaria para la firma del presente contrato.
c) Si LA CONTRATANTE mantiene u opera sus instalaciones de tal forma que ponga en
peligro la seguridad y salud de los usuarios.
11) CESIN DE DERECHOS:
11.1.- LA PRESTADORA, no podr, ceder, gravar, o traspasar total o parcialmente a ningn
tercero los derechos u obligaciones derivados del presente contrato, sin consentimiento
previo y por escrito de LA CONTRATANTE.
12) MODIFICACIONES:
12.1.- El presente contrato podr ser modificado o adicionado por voluntad de las partes,
mediante acuerdo por escrito y debidamente firmado por ambas partes. Las
modificaciones o adiciones obligarn a LA PRESTADORA y a LA CONTRATANTE a partir
de la fecha de su firma.
13) ACUERDO NICO:
Ambas partes estn de acuerdo en que el presente contrato constituye el acuerdo nico y
definitivo entre las partes, y Los Anexos que en su caso se le agreguen formarn parte
integrante del mismo.
Cualquier otro acuerdo verbal o por escrito que se haya realizado con fecha anterior al
presente contrato, queda sin validez alguna.
14) DOMICILIOS:
LAS PARTES contratantes sealan como sus domicilios convencionales para recibir todo
tipo de notificaciones o documentos los que constan en las declaraciones de este contrato,
por lo que se obligan ambas partes a notificar cualquier cambio de domicilio en un plazo
que no exceda de 5 das naturales, esto con la finalidad de facilitar cualquier notificacin
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derivada de este contrato, las cuales debern de ser enviadas por mensajera o
personalmente en atencin de:
LA CONTRATANTE Domicilio: Blvd Paseo de Jerez, No. 901, Int 206, Col. Granja de Ceres,
CP. 37289, Len de los Aldama, Gto.
LA PRESTADORA Domicilio: Av. Parque Via, No. 612, Col. Santa Anita, CP 20169,
Aguascalientes, Ags.
15) LEYES Y TRIBUNALES:
Ambas partes se someten expresamente a la Jurisdiccin de los Juzgados Competentes
Pertenecientes al Partido Judicial de la Ciudad de Aguascalientes, en el Estado del mismo
nombre, correspondientes al H. Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes,
renunciando por ende, desde ahora a cualquier fuero que les pudiera corresponder en
razn de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
Ledo que fue el presente contrato por los representantes de las partes y conscientes de su
alcance y contenido, expresando su conformidad de que en el mismo no existi dolo o
error, lo firman de conformidad, por duplicado, ante la presencia de dos testigos de
asistencia, el 22 de junio del 2015, en la ciudad de Aguascalientes, Ags.
LA PRESTADORA LA CONTRATANTE
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SERVICIOS INTEGRALES PARA NEGOCIOS
PADILLA, S.C.
REPRESENTADA POR:
Ma. Eugenia Gutierrez Padilla
AGENCIA DE IMPORTACION Y
EXPORTACION GUTIERREZ S. DE R.L. DE C.V.
REPRESENTADA POR:
Delia Gutierrez Zatarain
TESTIGO TESTIGO
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