materias del sexto cuatri

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DERECHO ECONOMICO INTERNACIONAL 1. DEFINA EL CONCEPTO DE BALANZA DE PAGOS La balanza de pagos es un instrumento fundamental de política económica de un país, el cual registra estadística y contablemente la entrada y salida de recursos monetarios (divisas) de un país respecto al resto del mundo, durante un tiempo determinado (por lo general un año), tanto el sector público como el privado, y por 2. EL MERCANTILISMO ¿EN QUE SIGLOS TIENE LUGAR? La contabilidad del comercio exterior se desarrolla con la corriente del pensamiento económico conocida como mercantilismo, que tiene lugar en los tenga más oro y plata; en consecuencia su adquisición y conservación será la finalidad de toda actividad económica. 3. ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LOS PRIMEROS SISTEMAS PARA REGLAMENTAR EL COMERCIO EXTERIOR? idea de un “balance de contratos” … perduró hasta el siglo XVII. Como resultado de la teoría mercantilista, se prestó mayor atención a las estadísticas de comercio, pero la política siguió interesándose todavía en las balanzas particulares”. 4. ¿CON QUE PERIODICIDAD SE EMITE LA BALANZA DE PAGOS? 5. ¿QUE ES LO QUE REGISTRA LA BALANZA DE CUENTA DE CAPITALES? 6. ¿A QUE SE CONCIDERA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA? Cuando elinversionista transfiere recursos monetarios desde un país extranjero y sume el riesgo comercial de los mismos, de manera tal que si el negocio tiene éxito puede obtener grandes ganancias y si fracasa perder todo su capital. 7. ¿COMO SE CANALIZA LA ENTRADA DE LOS RECURSOS MONETARIOS? Se canalizaa través de la creación de fábricas o ampliación de las ya establecidas, la adquisición de activos, etc. La salida de recursos se efectúa mediante la transferencia de utilidades de las empres o fábricas extranjeras instaladas en el país o de la inversión extranjera destinada a la instalación de fábricas o industrias en otros países.

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DERECHO ECONOMICO INTERNACIONAL

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  • DERECHO ECONOMICO INTERNACIONAL

    1. DEFINA EL CONCEPTO DE BALANZA DE PAGOS

    La balanza de pagos es un instrumento fundamental de poltica econmica de un

    pas, el cual registra estadstica y contablemente la entrada y salida de recursos

    monetarios (divisas) de un pas respecto al resto del mundo, durante un tiempo

    determinado (por lo general un ao), tanto el sector pblico como el privado, y por

    2. EL MERCANTILISMO EN QUE SIGLOS TIENE LUGAR?

    La contabilidad del comercio exterior se desarrolla con la corriente del

    pensamiento econmico conocida como mercantilismo, que tiene lugar en los

    tenga ms oro y plata; en consecuencia su adquisicin y conservacin ser la

    finalidad de toda actividad econmica.

    3. CUL ES EL OBJETO DE LOS PRIMEROS SISTEMAS PARA

    REGLAMENTAR EL COMERCIO EXTERIOR?

    idea de un balance de contratos perdur hasta el siglo XVII. Como resultado

    de la teora mercantilista, se prest mayor atencin a las estadsticas de comercio,

    pero la poltica sigui interesndose todava en las balanzas particulares.

    4. CON QUE PERIODICIDAD SE EMITE LA BALANZA DE PAGOS?

    5. QUE ES LO QUE REGISTRA LA BALANZA DE CUENTA DE CAPITALES?

    6. A QUE SE CONCIDERA INVERSIN EXTRANJERA DIRECTA?

    Cuando elinversionista transfiere recursos monetarios desde un pas extranjero y

    sume el riesgo comercial de los mismos, de manera tal que si el negocio tiene

    xito puede obtener grandes ganancias y si fracasa perder todo su capital.

    7. COMO SE CANALIZA LA ENTRADA DE LOS RECURSOS MONETARIOS?

    Se canalizaa travs de la creacin de fbricas o ampliacin de las ya establecidas,

    la adquisicin de activos, etc. La salida de recursos se efecta mediante la

    transferencia de utilidades de las empres o fbricas extranjeras instaladas en el

    pas o de la inversin extranjera destinada a la instalacin de fbricas o industrias

    en otros pases.

  • 8. QUE ES LA BALANZA DE ERRORES Y OMISIONES?

    Es una cuenta de ajuste estadstico, en donde se registra la entrada y salida de

    divisas por conceptos no contabilizados en otros rubros. Hay actividades que por

    ser ilcitas o simplemente irregulares es muy difcil llevar un control o registro

    exacto de las mismas, tal es el caso del contrabando, el trfico de drogas o el

    lavado de dinero.

    9. QUE REGISTRA LA CUENTA DE CAJA?

    Registra el aumento o la disminucin en las reservas internacionales del Banco

    Central. Por ejemplo, en este rubro se incluye la salida de divisas por la

    participacin de Mxico en los diversos organismos econmicos internacionales,

    tales como el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Internacional de

    Reconstruccin y Fomento (BIRF).

    10. CULES SON LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA BALANZA DE PAGOS?

  • REGULACION DEL COMERCIO A NIVEL INTERNACIONAL

    AUTOEVALUACIN TEMA 2.

    1. QUE SIGNIFICAN LAS SIGLAS ONU?

    Organizacin de las Naciones Unidas

    2. CUANDO NACE LA ONU?

    Las naciones del mundo preocupadas por los efectos devastadores del segundo

    conflicto blico a nivel mundial y para evitar la repeticin de las causas que le

    dieron origen, celebraron la llamada Conferencia d San francisco del 25 de abril al

    26 de junio de 1945 donde surge la Carta de la Organizacin de las Naciones

    Unidas que crea la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) en sustitucin de

    la Sociedad de las Naciones.

    3. CUL ES EL OBJETO DE LA ONU?

    1. Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas o

    de los dems recursos.

    3) Promover el crecimiento equilibrado y de largo alcance del comercio

    internacional y el equilibrio de las balanzas de pagos, alentando inversiones

    internacionales para el desarrollo de los recursos productivos de sus miembros,

    que permitan incrementar la productividad, elevar el nivel de vida y mejorar las

    condiciones de trabajo en sus territorios.

    4) Coordinar prstamos o garantas de prstamos internacionales tramitados por

    otros conductos, con el propsito de atender en primer trmino, los proyectos ms

    tiles y urgentes.

    5) Dirigir sus operaciones con atencin a los efectos que las inversiones

    internacionales puedan tener en la economa de los miembros y, en la posguerra,

    contribuir a una exitosa transicin de la economa de guerra a la economa de

    paz.

    11. CULES SON LAS PRINCIPALES INSTITUCIONES DEL GRUPO BANCO

    MUNDIAL?

    SON EL BIRF Y LA AIF.

    12. DE QUE SE ENCARGA EL BIRF?

    Canaliza sus financiamientos a los pases miembros en desarrollo, a travs de su

    programas para el desarrollo econmico. El BIRF realiza prstamos a tasas de

    inters bajas y a largo plazo, para proyectos de desarrollo e inversin en pases en

  • desarrollo con intereses per capita relativamente altos. Mxico solamente tiene

    acceso a prstamos de esta institucin.

    13. QU SIGNIFICAN LAS SIGLAS AIF?

    Asociacin Internacional de Fomento14. CUNDO NACE LA AIF?

    Es un rgano especializado de la ONU, fundado el 24 de septiembre de 1960.

    15. CUL ES EL OBJETIVO DE LA AIF?

    Promover el desarrollo econmico, incrementar la productividad y de este modo

    elevar el nivel de vida de las regiones menos desarrolladas del mundo,

    comprendidas dentro de los territorios de los miembros de la asociacin,

    especialmente mediante la aportacin de recursos financieros necesarios para

    atender a sus ms destacadas necesidades de desarrollo, en condiciones ms

    flexibles y menos gravosas para la balanza de pagos que las que suelen aplicarse

    en los prestamos usuales, a fin de contribuir de este modo a impulsar los objetivos

    de expansin econmica del banco internacional de reconstruccin y fomento y a

    secundar sus actividades.

    16. QU SIGNIFICAN LAS SIGLAS CIADI?

    Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre

    Estados y nacionales de otros Estados (CIADI).

    17. DENTRO DE LA JURISDICCIN DEL CIADI QU CONFLICTOS ABARCA?

    La jurisdiccin del CIADI abarca los conflictos de naturaleza jurdica surgidos

    directamente de una inversin entre un Estado contratante (o cualquiera

    subdivisin poltica u organismo pblico de un Estado contratante acreditado ante

    el Centro por dicho Estado) y un nacional (personas jurdicas o naturales) de otro

    Estado contratante, cuando las partes hayan consentido por escrito en someter al

    CIADI la solucin de la controversia sobre dicha inversin. De lo anterior se

    desprende que su jurisdiccin se condiciona a los siguientes requisitos:

    consentimiento, sujeto y objeto.

    18.QU ES LA MIGA?

    La Agencia Multilateral de Garanta a la Inversin (MIGA), es un organismo

    internacional autnomo, creado bajo los auspicios del BIRF el 12 de abril de 1988,

    cuyo objetivo es fomentar los flujos de inversin con fines productivos entre los

    pases miembros, particularmente los destinados a pases en desarrollo, mediante

    un mecanismo que comprende dos aspectos aseguramiento de inversiones y

    soluciones de controversias. Actualmente han firmado el convenio constitutivo de

    MIGA ms de 100 pases, entre los que destacan los Estados Unidos y Canad.

    19. QU SIGNIFICAN LAS SIGLAS FMI?

    Fondo Monetario Internacional

    20. QU ES EL FMI?

    EL FMI es una institucin de cooperacin que ha reunido voluntariamente a 182

    pases con el propsito de mantener un sistema estable para la compra y venta de

    sus monedas (divisas), a efecto de que se puedan realizar pagos en moneda

  • extranjera entre los pases, de manera fcil y sin demora, lo cual permite una

    mayor estabilidad monetaria y seguridad en el intercambio comercial. Adems,

    realiza prstamos a sus miembros con problemas en el cumplimiento de sus

    obligaciones financieras frente a otros miembros, a condicin de que adopten las

    reformas econmicas necesarias para eliminar los problemas de su economa.

    21. QU SIGNIFICAN LAS SIGLAS OIC?

    Organismo Internacional del Comercio

    22. CUL ES EL OBJETO DE LA OIC?

    Su principal finalidad era la de crear empleos y lograr mayor desarrollo econmico

    y social, as como niveles de vida ms elevados, mediante las siguientes acciones:

    aumentar el ingreso y la demanda efectiva, fomentar eldesarrollo industrial y la

    economa mundial, facilitar el acceso a mercados, fomentar el arreglo de los

    conflictos comerciales y reducir las medidas arancelarias y no arancelarias.

    23. QU ES EL GATT?

    Acuerdo general sobre Aranceles Aduaneros y Comercio

    El GATT es un tratado multilateral que regula el comercio internacional,

    estableciendo derechos y obligaciones reciprocas entre sus miembros suscrito

    originalmente por 23 pases que negociaron 45 mil productos (concesiones

    arancelarias que abarcaron una quinta parte del comercio mundial), equivalente a

    10 mil millones de dlares)y convinieron un protocolo para su aplicacin

    provisional. Al no ser ratificada la carta de la Habana por el Senado de los

    Estados Unidos, el GATT prorrog su existencia hasta el ao de 1994, cuando se

    crea la Organizacin Mundial del Comercio (OMC). MEXICO no suscribi el GATT

    por las mismas razones que tampoco suscribi la carta de la habana,

    anteriormente sealadas.

    24. CULES SON LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL GATT?

    El GATT contiene los principios fundamentales que hasta la fecha rigen el

    comercio a nivel mundial, entre los que destacan: un comercio sin discriminacin y

    arancel aduanero, nica proteccin a la industria nacional, los cuales tienen

    excepciones, tal como se muestre en la siguiente tabla:

    25. CULES SON LOS MIEMBROS QUE INTEGRAN LA ZONA DE LIBRE

    COMERCIO Y UNIN ADUANERA?

    La asociacin latinoamericana de integracin (ALADI) y el tratado de libre

    comercio de Amrica del norte (TLCAN); La unin europea, Mercosur.

    26. BAJO EL PRINCIPIO FUNDAMENTAL ARANCEL, NICA PROTECCINA LA

    INDUSTRIA NACIONAL SOLAMENTE SE PUEDEN PROTEGER Qu

    INDUSTRIAS? Y CULES SON LAS EXCEPCIONES?

    Conforme a este principio fundamental, solamente se pueden proteger las

    industrias nacionales mediante arancel aduanero y no con otras medidas

    comerciales, sin embargo existen cuando menos las siguientes excepciones:

    -Las salvaguardias

  • -Las excepciones propiamente dichas

    -Las exenciones

    -El acuerdo multifibras

    -El sector agropecuario

    -Las reservas del pas adherente

    27. QUE ES LA CONFERENCIA MINISTERIAL?

    ES LA MAXIMA AUTORIDAD DE LA OMC, EST COMPUESTA POR

    REPRESENTANTES DE TODOS LOS MIEMBROS, SE RENE AL MENOS UNA

    VEZ CADA DOS AOS.

    28. CULES SON LAS FUNCIONES DE LA CONFERENCIA MINISTERIAL?

    a) Adopta decisiones sobr todos los asuntos comprendidos en el mbito de

    cualquiera de los Acuerdos Comerciales Multilaterales, a solicitud de cualquiera de

    los miembros. Entre otros asuntos tiene competencia para tomar decisiones sobre

    enmiendas y adhesin de nuevos miembros. En la conferencia de Doha se

    resolvi la adhesin de China a la OMC, a partir del 11 de diciembre de 2001.

    b) Establece tres comits: el Comit de Comercio y desarrollo, el Comit de

    Restricciones por Balanza de Pagos y el Comit de Asuntos Presupuestarios de

    todos los Miembros y desempean las funciones que les confiere el propio

    Acuerdo, los Acuerdos Comerciales Multilaterales y las funciones adicionales que

    les designe el propio Consejo general.

    AUTOEVALUACIN. TEMA 3. REGULACIN DEL COMERCIO EN LA

    CONSTITUCIN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    1. SEGN ELARTCULO 73 FRACCIN IX DE LA

    CPEUM.- EL CONGRESO TIENE FACULTAD DE:

    ARTICULO73.- el Congreso tiene facultad: Para impedir que en el comercio de

    estado a estado se establezcan restricciones.

    2. DIGA QUE ES LO QUE ESTABLECE EL ARTCULO 117 FRACIONES

    IV,V,VI,VII.

  • ARTICULO 117.- Los estados no pueden en ningn caso:

    IV. Gravar el trnsito de personas o cosas que atraviesen su territorio;

    V. Prohibir ni gravar, directa ni indirectamente, la entrada a su territorio, ni la salida

    de l, a ninguna mercanca nacional o extranjera;

    VI. Gravar la circulacin, ni el consumo de efectos nacionales o extranjeros, con

    impuestos o derechos cuya exaccin se efectu por aduanas locales, requiera de

    inspeccin o registro de bultos o exija documentacin que acompae la

    mercanca;

    VII. Expedir ni mantener en vigor leyes o disposiciones fiscales que importen

    diferencias de impuestos o requisitos por razn d procedencia de mercancas

    nacionales o extranjeras ya sea que estas diferencias se establezcan respecto de

    la produccin similar de la localidad, o ya entre producciones semejantes de

    distinta procedencia

    3. QU ES LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 118 FRACCION I DE LA

    CPEUM?

    ARTICULO 118.- TAMPOCO PUEDEN SIN EL CONSENTIMIENTO DEL

    CONGRESO DE LA UNION:

    1. ESTABLECER DERECHOS DE TONELAJE, NI OTRO ALGUNO DE

    PUERTOS, NI IMPONER CONTRIBUCIONES O DERECHOS SOBRE

    IMPORTACIONES O EXPORTACIONES;

    4. EXPLIQUE BREVEMENTE EL ARTCULO 49 DE LA CPEUM

    ARTICULO 49.- El Supremo Poder de la Federacin se divide, para su ejercicio,

    en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

    No podrn reunirse dos o ms poderesen una sola persona o

    corporacin, ni depositarse el legislativo en un individuo, salvo el caso de

    facultades extraordinarias al Ejecutivo en un individuo, salvo el caso de facultades

    extraordinarias al Ejecutivo d la Unin, conforme a lo dispuesto en el artculo 29.

    En ningn otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo prrafo del artculo 131, se

    otorgarn facultades extraordinarias para legislar.

    5. EXPLIQUE DE MANERA AMPLIA LO QUE DA A ENTENDER LAS

    FRACCIONS X Y XXIX DEL ARTCULO 73 DE LA CPEUM CON RELACIN A LA

    REGULACIN DEL COMERCIO.

    X Para legislar en toda la Repblica sobre comercio.

    Conforme a lo previsto en los artculos 73, fraccin X y 131, prrafo primero de la

    CPEUM, el Congreso de la Unin tiene facultad de legislar en toda la repblica

    sobre comercio (interior y exterior), a efecto de regular o prohibir por motivos de

    seguridad o de polica, la circulacin en el interior de la Repblica de toda clase de

    efectos, cualquiera que sea su procedencia. En cuanto al comercio exterior, el

    Congreso tiene la facultad de imponer las denominadas medidas no

    arancelarias, tales como cupos, licencias de importacin, permisos, certificados

    de origen y normas oficiales mexicanas, entre otras.

  • XXIX otorga al congreso de la unin una facultad amplia para establecer no solo

    aranceles, sino en general contribuciones al comercio exterior, facultad que se

    reitera en el artculo 131 primer prrafo de la propia constitucin. Mediante esta

    disposicin se confiere dos facultades exclusivas a la federacin consistente en:

    * Determinar impuestos al comercio exterior, esto es a laimportacin o

    al trnsito de mercancas y

    * Reglamentar o prohibir el comercio interior por motivos de seguridad o polica.

    De igual manera se prohbe explcitamente a la Federacin para:

    * Establecer en el Distrito Federal impuestos por circulacin y consumo de

    mercancas cuyo cobro se realice por aduanas locales o impuestos por

    deferencias de tributos, en razn de la procedencia u origen de mercancas, en los

    trminos referidos en las fracciones VI y VII del artculo 117, por tratarse de

    medidas alcabalatorias que constituyen un obstculo a la libertad de comercio.

    6. EXPLIQUE DE MANERA AMPLIA EL ARTCULO 133 DE LA CPEUM.

    La mayora de las disposiciones que regulan actualmente el comercio de Mxico

    con el resto el mundo estn contenidas en tratados internacionales, razn por la

    cual resulta indispensable entrar a su estudio, a fin de conocer su mbito de

    validez y jerarqua dentro del sistema jurdico mexicano. Con dicho propsito, se

    analizan los tratados desde el aspecto, tanto del derecho internacional como del

    derecho mexicano. En el mbito del derecho internacional se estudia la relacin

    existente entre el derecho interno y el derecho internacional, conforme a las

    principales teoras. Adems, se precisa la ubicacin de los tratados dentro del

    contexto de las fuentes del derecho internacional y los principios que los rigen,

    previstos en la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969

    (Convencin de Viena). Posteriormente, se analiza la jerarqua de los tratados

    conforme al artculo 133 de la CPEUM, y se hace un estudio comparativo entre

    lostratados internacionales en Mxico y los Congressional Executive Agreements

    en los Estados Unidos de Amrica. Finalmente se exponen algunos problemas

    prcticos que se presentan al momento de la aplicacin de los tratados en Mxico.

    7. QU SE ENTIENDE POR TRATADO?

    Dentro de las principales fuentes del derecho internacional se encuentran los

    tratados, en donde estn contenidas las reglas que rigen las relaciones entre

    Estados a nivel mundial. En el mbito internacional, los tratados estn regulados

    en la Convencin de Viena, la cual establece en su artculo 2:

    se entiende por tratado un acuerdo internacional celebrado por escrito entre

    estado y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento nico o

    en dos o ms instrumentos conexos, cualquiera que sea su denominacin

    particular

    Del texto anterior se desprende que los tratados internacionales presentan

    diferentes denominaciones que se utilizan como sinnimos, tales como:

    Convencin, Acuerdo internacional, Pacto, Declaracin. Convenio y Conferencia,

  • entre otros trminos que refieren a tratado.

    8. QU QUIERE DECIR EL PRINCIPIO DE SUPREMACA CONSTITUCIONAL?

    En todas las constituciones mexicanas se ha consignado el principio de

    supremaca constitucional, conforme a la cual La Constitucin es la ley suprema,

    es la norma cspide de todo orden jurdico, es el alma y la savia que nutre y

    vivifica el derecho, es la base de todas las instituciones y el ideario de un pueblo.

    Conforme a este principio, tanto la Constitucin como las leyes del Congreso y los

    tratados que emanen de ella y estn de acuerdo con lamisma, tienen el carcter

    de ley suprema.

    9. QU FACULTADES TIENE EL EJECUTIVO FEDERAL DE CONFORMIDAD

    CON EL ARTCULO 131 DE LA CPEUM.

    Artculo 131. Es facultad privativa de la federacin gravar las mercancas que se

    importen o exporten, o que pasen de trnsito por el territorio nacional, as como

    reglamentar en todo tiempo y an prohibir, por motivos de seguridad o de polica,

    la circulacin en el interior de la republica de toda clase de efectos, cualquiera que

    sea su procedencia, pero sin que la misma Federacin pueda establecer, ni dictar

    en el Distrito Federal, los impuestos y leyes que expresen las fracciones VI y VII

    del artculo 117.

    El ejecutivo podr ser facultado por el Congreso de la Unin para aumentar,

    disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportacin e importacin,

    expedidas por el propio congreso, y para crea otras, as como restringir y para

    prohibir las importaciones, las exportaciones y el trnsito de productos, artculos y

    efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la

    economa del pas, la estabilidad de la produccin nacional, o de realizar cualquier

    otro propsito en beneficio del pas. El propio Ejecutivo, al enviar al congreso el

    Presupuesto fiscal de cada ao, someter a su aprobacin el uso que hubiese

    hecho de la facultad concebida.

    El segundo prrafo adicionado mediante publicacin en el DOF del 28 de marzo

    de 1951, permite al Congreso de la Unin delegar en el Ejecutivo atribuciones

    legislativas, a efecto de modificar o establecer medidas arancelarias y no

    arancelarias, siempre que se cumplan losrequisitos previstos en dicho precepto.

    10. MENCIONE LAS MEDIDAS DE REGULACIN Y RESTRICCIN NO

    ARANCELARIAS A LA IMPORTACIN, EXPORTACIN CIRCULACIN Y

    TRANSITO DE MERCANCIAS.

    Son medidas cuantitativas, regulaciones sanitarias, regulaciones fitosanitarias,

    regulaciones de empaque, regulaciones de etiquetado, regulaciones de toxicidad,

    regulaciones del pas de origen, regulaciones ecolgicas, normas tcnicas,

    medidas antidumping, medidas antisubsidios, medidas de salvaguardia

    implementadas mediante cupos, otras.

  • AUTOEVALUACIN. TEMA 4. PRCTICAS DESLEALES DE COMERCIO

    INTERNACIONAL

    1. A QUE SE LE CONSIDERA PRCTICA DESLEAL DE COMERCIO

    INTERNACIONAL?

    Se consideran practicas desleales de comercio internacional la importacin de

    mercancas en condiciones de discriminacin de precios (precios dumping) u

    objeto de subvenciones en el pas de origen que causen un dao importante, una

    amenaza de dao importante un retraso importante en la creacin de una rama de

    la produccin nacional de mercancas idnticas o similares a las que se estn

    importando.

    2. QU ES EL DUMPING?

    La exportacin de mercancas a un precio inferior al de venta en el mercado

    interno o de exportacin a un tercer pas, o incluso por debajo del costo, es una

    prctica que realizan las empresas en el mbito internacional, independientemente

    del pas de que se trate, esto es economa de libre mercado o economa de no

    mercado, desarrollado o en desarrollo.

    El termino dumping proviene de la expresin inglesa to dump, que significa

    arrojar, tirar, descargar o vaciar de golpe. Laetimologa de la voz dumping se

    asocia con las prcticas comerciales consistentes en inundar un mercado con

    determinados productos, vendidos a precios sustancialmente inferiores a los

    corrientes.

    Doctrinalmente el dumping se define como una forma de comportamiento de los

    precios, en la cual un productor o exportador extranjero de una mercanca

  • discrimina entre dos mercados, ya sea entre un mercado domestico o interno y un

    tercer mercado de exportacin, o entre dos mercados regionales en el mismo pas,

    estableciendo precios diferentes en cada uno. El dumping internacional consiste

    en que el productor o exportador vende un mercado externo a un precio ms bajo

    que el de la mercanca vendida en su mercado interno.

    3. MENCIONE Y EXPLIQUE LOS TIPOS DE DUMPING.

    a) Dumping depredatorio

    Tiene como finalidad la eliminacin de los competidores del exportador en el pas

    importador, mediante la venta de mercancas en condiciones de discriminacin de

    precios, y en muchas ocasiones por debajo de costos, durante un tiempo

    estratgicamente planeado. Este tipo de dumping no es muy frecuente y se puede

    presentar cuando existe una industria dbil en el pas importador, frente a una

    industria exportadora significativamente ms fuerte en el pas de origen de la

    mercanca, y ante la ausencia de competidores externos de importancia.

    DUMPING NO DEPRADATORIO.

    El exportador vende mercancas al exterior a precios discriminados por cuestiones

    coyunturales en la economa de su pas. No ay una intencin de causar un dao a

    la produccin nacional de mercanca idntica o similar en el pas

    importador.DUMPING PERMANENTE.

    Se presenta cuando las exportaciones en condiciones de dumping al territorio de

    un pas se realizan en forma continua y se prolongan en el tiempo.

    DUMPING OCASIONAL O ESPORADICO.

    Es aquel que tiene lugar en periodos relativamente cortos y por alteraciones no

    estructurales en la economa del pas exportador o en los mercados

    internacionales, por lo que resulta difcil detectarlo.se origina por desplazamientos

    en la demanda del pas exportador, que provoca niveles de capacidad excedente,

    el cual para obtener una maximizacin de sus utilidades realiza ventas de

    exportacin a precios discriminados.

    DUMPING ABIERTO.

    Se presenta cuando la simple comparacin del precio de exportacin con el valor

    normal, refleja claramente la existencia de la discriminacin de precios.

    DUMPING ENCUBIERTO.

    Es aquel que esta disimulado u oculto por actos voluntarios de los exportadores o

    importadores, o de ambos, de manera tal que con la simple comparacin del

    precio de exportacin con el valor normal no se puede detectar la existencia de la

    discriminacin de precios.

    4. CULES SON LOS INSTRUMENTOS JURDICOS QUE REGULAN LOS

    ASPECTOS SUSTANTIVOS DE LA PRACTICA DESLEAL DEL DUMPING?

    Los instrumentos jurdicos que regulan los aspectos sustantivos de la prctica

    desleal de dumping son: la ley de comercio exterior (LCE), el reglamento de la ley

    de comercio exterior (RLCE); el acuerdo general de aranceles aduaneros y

  • comercio de 1947 (Artculo VI), conocido como GATT de 1947; el acuerdo relativo

    a la aplicacin del Artculo VI del acuerdo general sobre aranceles aduaneros y

    decomercio, conocido como acuerdo antidumping (AA); y otros tratados

    internacionales que contengan disposiciones sobre la materia.

    En los casos en que exista una diferencia de criterios entre el AA, la LCE y el

    RLCE, para determinar la existencia de la prctica desleal del dumping, es preciso

    tener presente que en las investigaciones sobre importaciones de mercancas

    originarias de pases miembros de la Organizacin Mundial del comercio (OMC),

    en la prctica se aplica lo sealado en el artculo VI del GATT de 1947 y en el AA,

    y solamente se invocan la LCE y el RLCE en lo que no sean contrarios a los

    mencionados tratados comerciales internacionales. en tanto que en los casos de

    mercancas originarias de pases no miembros de la OMC, solamente se aplica la

    LCE y el RLCE:

    En Mxico, la autoridad competente para llevar a cabo las investigaciones por

    dumping y subvenciones es la Unidad de Prcticas Comerciales Internacionales

    de la Secretara de Economa (UPCI):

    5. CULES SON LOS REQUISITOS PARA CALCULAR EL VALOR NORMAL?

    Para calcular el valor normal, a travs del precio de venta de mercanca idntica o

    similar en el mercado interno, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

    * Que en el pas de origen haya ventas de mercancas idnticas o similares a las

    exportadas.

    * Que las ventas en el mercado interno de mercancas idnticas o similares sean

    representativas o suficientes por volumen; y

    * Que las ventas representativas por volumen estn determinadas en el curso de

    operaciones comerciales normales.

    El valor normal se podr calcular a travs de cualquiera de los dosmtodos

    siguientes:

    * Precio de exportacin de mercanca idntica o similar del pas de origen a un

    tercer pas o

    * Valor reconstruido de mercanca idntica o similar a la que se est exportando,

    en el pas de origen.

    Los tres mtodos para determinar el valor normal de una mercanca.

    La LCE y el AA conceden un total discrecionalidad a la autoridad investigadora

    para determinar el valor normal, esto significa que cuando no exista precio interno

    o el precio interno no rena los requisitos establecidos en las leyes o tratados, el

    valor normal se podr calcular de manera optativa mediante el precio de

    exportacin a un tercer pas o a travs del mecanismo de valor reconstruido.

    METODOS PARA LA DETERMINACIN DE UN VALOR

    PRECIO INTERNO EN EL PAS DE ORIGEN |

    OPTATIVAMENTE

    VALOR RECONTRUIDO EN EL PAS DE ORIGEN |

  • PRECIO DE EXPORTACIN DEL PAS DE ORIGEN A UN TERCER PAS |

    6. CULES SON LOS REQUISITOS PARA LA DETERMINACIN DEL VALOR

    NORMAL MEDIANTE PRECIO DE EXPORTACIN A TERCER PAS?

    Conforme a lo previsto en los artculos 31 de la LCE del AA, cuando no se realicen

    ventas de mercancas idnticas o similar en el pas de origen o las ventas

    efectuadas no cumplan con el requisito de representatividad o suficiencia por

    volumen, o no estn determinadas en el curso de operaciones comerciales

    normales, el valor normal se deber calcular con base al precio de exportacin

    ms alto de una mercanca idntica o similar del pas de origen a un tercer pas,

    siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

    * Que las ventas del pas de origen a un tercer pas sean representativas

    porvolumen y

    * Que las ventas representativas por volumen estn determinadas en el curso de

    operaciones comerciales normales.

    Conforme al artculo 51 del RLCE el precio de exportacin a tercer pas utilizado

    para la determinacin del valor normal, debe ser el precio efectivamente pagado o

    por pagar por el comprador incluyendo los descuentos sobre el precio de lista, las

    bonificaciones y los reembolsos.

    7. CMO SE OBTIENE EL VALOR RECONSTRUIDO EN EL PAS DE

    ORIGEN?

    Conforme a lo previsto en el artculos 31 de la CLE y del AA, el valor reconstruido

    en el pas de origen se obtiene de la suma del costo de produccin en el pas de

    origen, los gastos generales y el monto de una utilidad (beneficio) razonable.

    Estos tres elementos deben corresponder a operaciones comerciales normales.

    Algunos especialistas consideran que como los productos solicitantes estn

    obligados a presentar la informacin razonablemente disponible, podran calcular

    los costos del pas de origen sobre la base de los costos de la industria domstica

    en el pas de importacin, efectuando los ajustes que procedan por las diferencias

    existenciales en la industria del pas de importacin y del de exportacin.

    8. CMO SE CALCULA LA UTILIDAD?

    Conforme a lo previsto en el articulo 2.2.2, inciso iii) del AA, las cantidades por

    concepto de beneficio (utilidad) se calcularn en base a datos reales del productor

    o exportador, en el curso de operaciones comerciales normales o, de no ser

    posible, en cualquier otro mtodo razonable siempre que la cantidad por concepto

    de beneficios establecida de ese modo no

    exceda delbeneficio obtenido normalmente por otros exportadores o productores

    en las ventas de productos de la misma categora general, en el mercado interno

    del pas de origen.

    9. CMO SE DETERMINA EL VALOR NORMAL EN ECONOMIA

    CENTRALMENTE PLANIFICADA O DE NO MERCADO?

  • El art. 31, 33 de la LCE y 48 DEL RLCE.

    El AA no seala una metologia para determinar el valor normal en el caso de

    mercancas originarias de un pas sin economa de mercado, de economa de

    no mercado o de economa centralmente planificada. La legislacin de cada

    pas utiliza algunos de los conceptos sealados y establece, tanto los parmetros

    para su identificacin como la metodologa aplicable para el clculo del valor

    normal.

    10. CMO SE DETERMINA EL VALOR NORMAL EN PAS DE

    PROCEDENCIA?

    Conforme a lo previsto en la LCE y el AA, cuando una mercanca se exporte a

    Mxico desde un tercer pas (intermediario o de exportacin), excepcionalmente,

    el valor normal de dicha mercanca se podr determinar con base en el precio de

    venta de mercanca idntica o similar en el pas de exportacin o procedencia y no

    en el pas de origen como normalmente se hace, siempre y cuando:

    * Se realicen ventas de las mercancas objeto de investigacin en el mercado

    interno del pas intermediario.

    * Se produzca mercanca idntica o similar a la que es objeto de investigacin, en

    el pas intermediario.

    * Exista un precio comparable en el pas intermediario. Esto significa que las

    ventas de la mercanca idntica o similar producida en el pas intermediario, deben

    ser representativas por volumen y estar determinadas

    en el curso deoperaciones comerciales normales.

    En otras palabras, si la mercanca slo transita en el pas intermediario, no se

    produce o no existe un precio comparable en dicho pas, el valor normal se

    calcular conforme al precio interno del pas de origen.

    11. DIGA USTED QUE ENTIENDE POR VALOR NORMAL DE EMPRESAS

    COMERCIALIZADORAS

    Aun cuando no existe disposicin expresa, en diferentes artculos del AA se hace

    referencia a productoras y exportadoras, siendo estas ltimas las

    comercializadoras, por lo que se les debe calcular un valor normal, determinar un

    margen individual de discriminacin de precio e imponer una cuota compensatoria

    especifica.

    Mxico en la mayora de las ocasiones ha considerado improcedente la

    determinacin de un valor normal a las empresas comercializadoras, al

    considerarlas como un departamento de ventas de las productoras,

    consecuentemente, les ha impuesto la cuota compensatoria aplicable a su

    proveedora. Solamente en los casos de placa en rollo de Canad y de carne de

    bovino de los Estados Unidos, la autoridad investigadora ha calculado un valor

    normal individual a empresas comercializadoras.

    12. CULES SON LAS REGLAS PARA LA DETERMINACIN DE PRECIO DE

    EXPORTACIN A TERCER PAIS?

  • Las reglas para la determinacin del valor normal mediante los mtodos de precio

    de venta de mercanca idntica o similar en el pas de origen o de precio de

    exportacin de mercanca idntica o similar del pas de origen a un tercer pas, en

    el caso de empresas comercializadoras, son las mismas que se aplican para las

    empresas productoras.

    13. DIGA USTED LA DEFINICIN DE PRECIO DEEXPORTACN.

    En la LCE, en el RLCE y en el AA no hay una definicin de precio de

    exportacin, sin embargo del artculo 51 del RLCE se desprende que para efecto

    de las investigaciones en materia de prcticas desleales se entiende por precio de

    exportacin, el precio efectivamente pagado, neto de reembolso y bonificaciones

    otorgados en cada transaccin.

    14. CMO SE DETERMINA EL PRECIO DE EXPORTACIN

    RECONSTRUIDO?

    El precio de exportacin se podr determinar con el mtodo de precio de

    exportacin reconstruido, el cual se calcula en base al precio de la primera reventa

    a un comprador independiente en Mxico o sobre una base razonable que la

    autoridad determine.

    15. QU ES EL PRECIO DE EXPORTACIN RECONSTRUIDO?

    Conforme a lo previsto en los artculos 35 de la CLE, 50 del RLCE, del AA, cuando

    el exportador y el importador estn vinculados, o exista una asociacin o arreglo

    compensatorio entre el exportador y el importador o un tercero.

    16. QUE PERIODO COMPRENDE EL PERIODO INVESTIGADO?

    Conforme a lo previsto en el artculo 76 del RLCE, el perodo investigado

    normalmente comprende de seis meses a un ao anteriores al inicio de una

    investigacin, durante el cual se realiza la comparacin entre el valor normal y el

    precio de exportacin para la determinacin de la existencia de discriminacin de

    precios.

    17. QUE SE COMPARA EN EL PERIODO INVESTIGADO?

    El valor normal y el precio de exportacin

    18. COMO SE AJUSTA EL PRECIO DEL VALOR NORMAL?

    La determinacin del valor normal mediante el mtodo de precios (al mercado

    interno o de exportacin), se debe realizar con base en losprecios efectivamente

    pagados o por pagar por el comprador, incluyendo los descuentos sobre precios

    de lista, las bonificaciones y los reembolsos, conforme a lo previsto en el artculo

    51 del RLCE.

    En otras palabras, el precio del valor normal se debe ajustar por concepto de

    descuentos sobre precios de lista, bonificaciones y reembolsos, restando al precio

    del valor normal las cantidades relativas a dichos conceptos, para obtener e

    cualquier caso, el precio efectivamente pagado.

    19. DIGA USTED CUL ES LA METODOLOGIA PARA EL CLCULO DE LOS

  • AJUSTES?

    La metodologa propuesta debe corresponder al menor nivel de agregacin

    posible, conforme a la contabilidad de la propia empresa:

    PRIMERO. Nivel Empresa o Nivel Corporativo. Los gastos se registran para toda

    la empresa, incluyendo todas las lneas de producto o divisiones de produccin de

    la empresa;

    SEGUNDO. Nivel Divisin de Produccin. Los gastos se registran por cada

    divisin o lnea de produccin de la empresa; y

    TERCERO. Nivel Cdigo de Producto. Es el menor nivel de agregacin y permite

    identificar los gastos para cada cdigo de producto.

    20. QU ES LO QUE ESTABLECE EL ARTCULO 54 DEL RLCE?

    Establece Ajustes al valor normal y al precio de exportacin. Las diferencias entre

    el valor norma y el precio de exportacin, respecto a trminos y condiciones de

    venta son motivo de ajuste siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

    a) Que se relacionen directamente con los mercados bajo investigacin.

    b) Que los gastos ajustables sean incidentales a las ventas. Esto significa que los

    gastos objeto de ajuste se efectencon motivo de la venta del producto

    investigado, que no sean gastos de carcter general.

    21. EXPLIQUE BREVEMENTE EL AJUSTE POR GASTOS DE EMBALAJE.

    Cuando el gasto de embalaje est incluido en el precio de venta es ajustable,

    siempre que sea un gasto incidental a la venta. Esto significa que el gasto de

    embalaje lo erogue la empresa vendedora para que la mercanca de que se trate,

    cuente con los requerimientos necesarios para salvaguardar su integridad durante

    su traslado al lugar pactado con el comprador, ya sea dentro del pas de origen o

    fuera de l.

    22. QUE ENTIENDE POR AJUSTE POR CARGOS DE TRANSPORTE?

    Cuando el valor normal o el precio de exportacin incluyen gastos de flete, seguro,

    maniobras fuera de planta, derechos portuarios o aduanales, y no se cobran por

    separado en la misma factura, procede realizar el ajuste del gasto de que se trate,

    en virtud de que el vendedor asume un gasto que corresponde al comprador.

    23. EN QUE CONSISTE EL AJUSTE POR GASTOS DE CRDITO?

    Es comn que las empresas otorguen crditos o financiamientos implcitos a sus

    clientes al realizar sus ventas, tanto al mercado interno como de exportacin.

    Este financiamiento implcito lo otorgan las empresas por el tiempo que transcurre

    entre la fecha de facturacin de la mercanca y la fecha de pago de la misma, y

    vara en funcin del mercad y del cliente a quien se vende la mercanca.

    Para efecto del ajuste, el gasto del crdito no debe formar parte del precio o estar

    integrado a este, es por eso que se debe restar, tanto al precio interno (valor

    normal) como el precio de exportacin, con elpropsito de situar ambos precios al

    mismo nivel, esto es, sin crdito.

    24. EN QUE MOMENTO SE CONSIDERA QUE EXISTE UN AJUSTE POR

  • COMISIN?

    Se considera que existe un gasto por comisin cuando una empresa concede u

    otorga una remuneracin a sus agentes de ventas, promotores de ventas o

    comisionistas por las ventas realizadas.

    Por lo general, el monto de esa remuneracin o comisin consiste en un

    porcentaje del valor de las ventas que el comisionista consigue para la empresa

    vendedora.

    Este ajuste procede cuando el gasto por comisin est incluido dentro del precio

    de la factura, ya sea que se trate de ventas al mercado interno o de ventas al

    mercado de exportacin, o de ambas, segn la poltica de ventas de la empresa.

    25. EXPLIQUE LA FORMULA A-B=C

    A = Precio unitario sin ajustar

    B = Monto de comisin por unidad

    C = Precio unitario ajustado

    26. DIGA USTED QUE ENTIENDE POR AJUSTE DE PAGOS POR SERVICIOS

    POSTERIORES A LAS VENTAS?

    Es frecuente que en cierto tipo de productos, tales como aparatos

    electrodomsticos (refrigeradores, lavadoras, licuadoras), computadoras y equipo

    especializado en general, los vendedores incluyan en el precio de venta de la

    mercanca una garanta por un tiempo determinado, posterior a la fecha de venta

    (seis meses o un ao); dicha garanta comprende reparaciones, mantenimiento y

    asistencia tcnica, lo cual implica gastos al vendedor que deben ser a cargo del

    comprador.

    27. CUL ES EL PROPSITO DEL AJUSTE AL VALOR NORMAL?

    Estos ajustes tienen como propsito igualar el valor normal al precio de

    exportacin, en cuanto a diferencias fsicas, encantidades y en cargas impositivas

    de los productos. Un ajuste al valor normal implica que el precio de exportacin no

    sufra ninguna alteracin o ajuste, pues precisamente en base al precio de

    exportacin, supuestamente en condiciones de discriminacin de precios, se va

    determinar la relacin causal del dao, amenaza de dao o retraso a la produccin

    nacional.

    28. EXPLIQUE DE MANERA GENERAL EL ARTCULO 56 DEL RLCE.

    Conforme al artculo 56 del RLCE, generalmente se consideran fsicamente

    diferentes las mercancas clasificadas en cdigos de productos distintos, con base

    en el sistema contable de la empresa.

    29. EXPLIQUE Y EJEMPLIFIQUE EL AJSUTE POR DIFERENCIAS EN

    CANTIDADES.

    Este ajuste se aplica dependiendo de las polticas de descuento de cada empresa.

    Los precios varan en funcin del volumen, esto es a mayor volumen menor precio

    y a menor volumen mayor precio.

    TABLA PAG 181

  • 30. COMO SE AJUSTAN LAS CARGAS IMPOSITIVAS?

    Cuando la carga impositiva cobrada en las ventas internas sea diferente a la carga

    impositiva cobrada en las ventas de exportacin; los precios de las ventas internas

    se homologaran a los precios de las ventas de exportacin a efecto de ajustar la

    diferencia que exista entre ambas cargas impositivas, conforme a lo previsto en el

    artculo 57 del RLCE.

    31. QUE ES LA INFLACIN?

    La inflacin es el aumento general y continuado en el tiempo de los precios. Las

    causas que la provocan son variadas, aunque destacan el crecimiento del dinero

    en circulacin, que favorece una mayor demanda, o del coste de los factores de la

    produccin (materias prima, energa,salario, etc). Si se produce una baja

    continuada de los precios se denominan deflacin.

    32. MENCIONE LOS EFECTOS DE LA INFLACIN

    La inflacin puede afectar la comparacin de precios, principalmente cuando una

    economa tiene un alto ndice inflacionario, por lo que procede ajustar el valor

    normal y el precio de exportacin, para eliminar los efectos de la inflacin.

    Los efectos de la inflacin sobre la informacin que sirva de base para la

    determinacin del margen de discriminacin de precios se ajustaran conforme a

    las tcnicas estadsticas y contables generalmente aceptadas.

    Para efectos de la conversin de divisas, el tipo de cambio aplicable deber

    corresponder a la fecha en la cual cada transaccin se llevo a cabo.

    Los efectos de la inflacin en los precios promedio ponderados comparables (valor

    normal y precio de exportacin) se pueden corregir haciendo la conversin de

    precios a una moneda que presente niveles de inflacin muy bajos, por ejemplo el

    dlar americano, utilizado un tipo de cambio de la fecha de transaccin o de venta,

    la cual puede corresponder a la fecha de factura.

    33. DE LA COMPARACIN ENTRE EL VALOR NORMAL Y EL PRECIO DE

    EXPORTCIN DURANTE EL PERIODO INVESTIGADOCOMO SE

    DETERMINA ESTE?

    El primer dato que se verifica es la existencia o no de un margen de discriminacin

    de precios y, en su caso, el monto de la cuota compensatoria, la cual no puede ser

    superior al margen de discriminacin de de precios encontrado.

    El margen de discriminacin de precios se puede calcular de manera individual

    para cada uno de los exportadores que presenten informacinsobre su valor

    normal y precio de exportacin, o bien, Con base en una muestra cuando

    participan en la investigacin un gran nmero de partes.

    34. MENCIONE Y EXPLIQUE QUE SON LOS INTERCOMMS.

    Los trminos ms utilizados en los contratos de compra venta internacional de

    mercancas, incluyendo los sealados en los artculos 54 de la LCE y 2.4 del AA,

    estn expresados en los denominados intermms, que son un conjunto de reglas

    de acepcin voluntaria por las partes, expresadas por siglas o abreviaturas

  • reconocidas a nivel internacional.

    El aumento significativo en las relaciones comerciales internacionales a raz de la

    globalizacin, ha desembocado en una creciente complejidad en las operaciones

    de compra venta internacional de mercancas entre pases de diferentes idiomas,

    costumbres y leyes en materia comercial.

    35. CUL ES EL PROPSITO DE LOS INTERCOMMS?

    Brindar una mayor seguridad jurdica a los agentes involucrados, respecto a sus

    derechos y obligaciones en los contratos de compraventa de mercancas, y para

    facilitar el intercambio comercial internacional , la Cmara de Comercio

    Internacional (CCI) cre un conjunto de reglas internacionales para la

    interpretacin de los trminos ms utilizados en el comercio internacional; estas

    reglas son conocidas como Incoterms de 1936 (International Commerce Terms),

    los cuales han sido modificados en 1963, 1967,1976,1980,1990 y en el 2000, con

    el propsito de adaptarlos a las necesidades del dinamismos del trfico comercial

    internacional, mejorar su redaccin, y asegurar que su significado refleje con

    precisin y claridad la prcticadel comercio internacional, para incrementar su

    eficacia.

    TEMA V

    1. MENCIONE Y EXPLIQUE QUE ES LA PRCTICA DESLEAL DE

    SUBVENCION A LA INDUSTRIA Y A LA AGRICULTURA

    (2) Tanto el dumping como la subvencin o subsidio son practica desleales de

    comercio internacional el gobierno extranjero es uno de los agentes principales de

    la prctica desleal. El termino subsidio comprende todo tipo de apoyos fiscales,

    crediticios, financieros tcnicos o de cualquier ndole de exportadores nacionales a

    fin de colocarnos en condiciones competitivas en los mercados externos.

    Frecuentemente cuando un sistema no opera adecuadamente, tanto pases

    desarrollados como menos desarrollados tienen que proveer ciertos bienes y

    servicios a los miembro de su sociedad, ya sea a precio sustancialmente menos a

    las del mercado o gratuitamente. Los gobiernos consideran que los programas de

    subsidio son la nica opcin viable para su desarrollo econmico y para cubrir las

    necesidades bsicas de la poblacin, tales como alimentos, vestido y atencin

    medica esta distorsin en el comercio permite que los impresos beneficiarios

    vendan sus mercancas a precio mas bajos a los del mercado internacional as

    adquieran deslealmente una ventaja competitiva sobre sus competidores a nivel

    mundial.

    2. CUAL ES EL MARCO JURIDICO DE LA PRACTICA DESLEAL DE

    SUBVENCION O SUBSIDIO.

    Los instrumentos que regulan la prctica desleal son: la ley de comercio exterior

    (RLD); reglamento de la ley de comercio exterior (RLCE); el acuerdo general de

  • aranceles aduaneros y comercio de 1947 (art. VI) conocido como GATT de1947;

    el acuerdo relativo a la aplicacin del artculo v1 del acuerdo general sobre

    aranceles aduaneros y de comercio, conocido como acuerdo antiduping (AA); y

    otros tratados internacionales que contengan disposiciones sobre la materia. En

    MEXICO, la autoridad competente para llevar a caso las investigaciones por

    dumping y subvenciones en la unidad de practicas comerciales internacionales de

    la secretaria de comercio (UPCI).

    3. EXPLIQUE BREVEMENTE LA CLAUSULA DE PAZ.

    Se estableci un rgimen temporal de excepcin, conforme al cual, durante un

    periodo de nueve anos que inicia en 1995 y concluye el 31 de diciembre de 2003

    (PERIODO DE APLICACIN), la subvenciones otorgadas a los productos

    agrcolas enumerados en el anexo. La clusula de paz ha beneficiado

    principalmente a los pases ricos, un gobierno solo otorga subvenciones si tiene

    los recursos suficientes para ello. el beneficio que obtienen los pases en

    desarrollo por el rgimen de excepcin clusula de paz es inferior a la de los

    pases desarrollados, y que las cantidades que los pases en desarrollo otorgan

    por subvencion a sus agricultores son mnimas en comparacin a los montos

    destinados por los pases desarrollados. Estados unidos, la unin europea y Japn

    destinaron a subvenciones montos superiores a los 300 mil millones de dlares.

    4. DE LA DEFINICION DE SUBVENCION EN EL SENTIDO AMPLIO DE ESTA.

    la normatividad en materia de subvencin es discriminatoria, por el ASA solo

    permiti mantener las subvenciones a niveles reducidos, a aquellos pases que

    inicialmente subvencionaban las exportaciones, en perjuiciode aquellos que no

    concedan subsidios. Definicin en sentido amplio, subsidio es cualquier

    contribucin financiera que otorga un gobierno a una empresa o rama de

    produccin nacional, o cualquier forma de sostenimiento de los ingresos a los

    precios que concede un gobierno a una empresa o rama de produccin nacional, y

    que con ello proporciona un beneficio.

    5. QUE ES LA CONTRIBUCION FINANCIERA.

    Es toda la ayuda econmica que brinda uno o mas gobiernos, a una empresa o

    rama de produccin nacional, en forma directa a travs de sus organismos

    pblicos o mixtos, sus entidades o cualquier organismo regional, pblico o mixto

    constituidos por uno o ms pases, o en forma directa a travs de un mecanismo

    de financiacin de una entidad privada, mediante, transferencia directa de fondos

    (donacin) (prestamos y aportaciones de capital). (Bonificaciones fiscales)

    prestacin de servicios o disposicin de bienes que no son de infraestructura

    general. Compra de bienes o servicios.

    6. DEFINA Y EXPLIQUE EL BENEFICIO Y Cmo SE CALCULA ESTE?

    El beneficio. Se considera que la subvencin de un gobierno concede un beneficio

    a una empresa o rama de produccin nacional, cuando esta recibe un bien o

    servicio (recursos pblicos) del gobierno, que no corresponde a condiciones del

  • mercado. El calculo del beneficio se calcula o se mide en funcin de la ventaja

    econmica que se otorga al receptor y no por el costo que representa para el

    gobierno la ayuda financiera, conforme al mtodo que para tal efecto este

    represente en la legislacin nacional, el cual deber estar acorde con las

    siguientesdirectrices.

    7. Explique BREVEMENTE LA ESPECIFIDAD.

    Una subvencin (ayuda financiera forma de sostenimiento de ingresos o de

    precios) es especificad cuando la otorga un gobierno a una rama de produccin

    nacional conforme a los siguientes criterios: cuando de hecho o de derecho se

    limitan el acceso a la subvencin o determinadas empresas. La limitacin del

    derecho se establece en una ley reglamento o documento de otorgar la

    subvencin no se aplican las condiciones y criterios objetivos especificados en la

    ley reglamento. Cuando las condiciones y criterios para otorgarla no garantizan

    imparcialidad se favorece a determinadas empresas respecto a otras.

    8. QUE ENTIENDE POR PERIODO INVESTIGADO.

    Normalmente comprende de 6 meses a un ano anteriores al inicio de una

    investigacin durante ese tiempo se determina la existencia de exportaciones a

    precios subvencionados. En la solicitud de inicio a la autoridad investigadora un

    periodo investigado y aportar las pruebas que razonablemente estn a su alcance

    sobre la existencia de la subvencin en el pas de origen y el precio de

    exportacin, ambas dentro de dicho periodo. Es preciso considerar la diferencia

    existente entre el periodo investigado y el denominado periodo analizado.el

    segundo se refiere a un lapso de 3 a 5 anos anteriores a la representacin de la

    solicitud, en la cual se evala el incremento en el volumen de importaciones a

    precios subsidiados, u efecto en los precios de productos idnticos o similares en

    el mercado interno y la repercusin nacionales de tales productos. El periodo

    analizado incluye el periodoinvestigado sin embargo se reitera que la base de

    anlisis de uno a otro es destino.

    9. MENCIONE Y EXPLIQUE QUE ES EL CALCULO DEL MARGEN DE

    SUBVENCION Y COMO SE OBTIENE.

    El margen de subvencin se refiere a la diferencia relativa entre el precio de

    exportacin subsidiado, el precio de exportacin no afectado por suicidios no

    existe por lo que se tiene que inferir esta inferencia se obtiene mediante el

    siguiente procedimiento: se mide el costo adicional que cada que exportador

    hubiera tenido que pagar si no hubiera sido subsidiado y este ahorro en costo se

    mide en trminos del precio de exportacin. El porcentaje resultante se aplica

    como margen de subvencin. En este contexto, por costo de produccin se

    entiende la suma del costo de materiales y componentes directos, costos de mano

    de obra directa y gastos indirectos de fabricacin.

    10. EXPLIQUE BREVEMENTE QUE ENTIENDE POR INVESTIGACIONES

    CONJUNTAS POR DUMPIG.

  • Conforme a lo previsto en el AA y el ASMC, un pas solamente puede imponer una

    cuota compensatoria como resultado de una investigacin en la que se demuestre

    la existencia de importaciones en condiciones de discriminacin precios o de

    subvenciones que causen un dao importante o un retrazo importante a la

    produccin nacional de mercanca idntica o similar a la importada.

    11. EXPLIQUE DETALLADAMENTE LA CLASIFICACION DE LAS

    SUBVENCIONES.

    Las subvenciones se identifican por comportamientos a los que se les han

    asignado los colores de las luces del semforo. Actualmente, conforme al ASMC

    existen dos compartimientos: (rojo prohibidos)y (mbar recurribles).

    Anteriormentese incluye el verde (permisibles), (o no recurribles), sin embargo

    estas subvenciones tuvieron una vigencia de 5 anos no prorrogados, contados a

    partir de la entrada en vigor de los acuerdos de la OMC, por lo que concluyeron el

    31 de diciembre de 1999 conforme a lo previsto en el articulo 31 del ASMC. Estas

    subvenciones estaban destinadas a cualquiera de las siguientes actividades:

    investigacin; asistencia a regiones desfavorecidas y adaptacin de instalaciones

    a nuevas exigencias ambientales.

    12. A QUE SE REFIERE CUANDO HABLAMOS DE SUBVENCIONES

    PROHIBIDAS.

    Subvenciones prohibidas. En general, las subvenciones se identifican por

    compartimientos. A reserva de lo previsto en el asa conforme al articulo 3 del

    ASMC, se considera que una subvencin es prohibida cuando la ayuda financiera

    o la forma de sostenimiento de ingresos o de precios de un (os) gobierno (s),

    adems de otorgar un beneficio y ser especifica: las subvenciones a la exportacin

    y al contenido nacional estn prohibidas porque se establecen para distorsionar el

    comercio y, en consecuencia, es muy probable que tengan efectos desfavorables

    en otros pases. Sin embargo, los miembros en desarrollo pueden mantener sus

    subvenciones prohibidas, en los trminos establecidos en el propio ASMC.

    13. EXPLIQUE BREVEMENTE QUE ENTIENDE POR SUBVENCIONES DEL

    COMPARTIMIENTO RECURIBLES.

    Con excepcin de la subvenciones a productos agropecuarios a los que se les

    aplican al ASA .una subvencin es recurrible cuando la ayuda financiera o la forma

    de sostenimiento de ingresos o de precios de un o de unos gobiernos, adems de

    serespecifica produce alguno de los tres efectos desfavorables para los intereses

    de otros miembros que a continuacin se sealan: DANO A LA RAMA DE

    PRODUCCION NACIONAL.

    LA ANULACION O MENOSCABO DE LAS VENTAJAS RESULTANTES PARA

    OTROS MIEMBROS.

    PREJUICIO GRAVE A LOS INTERESESDE OTROS MIEMBROS.

    14. QUE ENTIENDE POR ADOPCION DE MEDIDAS DE AUXILIO.

    Conforme a lo previsto en la nota al pie de pagina numero 35 del ASMC, cuando el

  • efecto desfavorable de una subvencin consista en un dao importante, una

    anulacin o menos cabo, el miembro afectado podr invocar paralelamente las

    disposiciones del procedimiento ante el OSD-GE(parte 111)y de investigacin

    administrativa(parte v).no obstante, solamente podr adoptar una forma de

    auxilio(contra medidas o cuotas compensatorias), respecto a los efectos que tenga

    la subvencin en el mercado del pas afectado. La nota 35 es confusa pues el

    procedimiento de investigacin prevista en la parte v. (medidas compensatorias)

    tiene como propsito determinar la existencia del efecto desfavorable del dao

    importante de la amenaza del dao importante o del retraso importante en la rama

    de produccin nacional del pas importador conforme a lo previsto en el artculo

    11.2 del ASMC, y de la anulacin o menoscabo a los intereses de otros miembros.

    15. CUAL ES LA CLASIFICASION EN BASE AL GRADO DE DESARROLLO DE

    LOS PAISES? SEGN LAS SUBVENCIONES OTORGADAS POR PASES EN

    DESARROLLO.

    Los miembros tienen la obligacin de notificar a los dems miembros a mas tardar

    del 30 de junio de cada ano a travs de comit sobre subvenciones y medidas

    compensatorias.La notificacin debe contener informacin relativa a la importancia

    y naturaleza de la subvencin, su forma cuanta, duracin efecto, finalidad y

    circunstancia que la hacen necesaria. De igual manera los miembros debern

    notificar al CSMC sobre todas las medidas preliminares y definitivas adoptadas.

    16. EXPLIQUE BREVEMENTE LAS SUBVENCIONES EL COMPARTIMIENTO

    EN CADA UNO DE SUS COLORES .

    las subvenciones se identifican por compartimientos a los que se le han asignado

    los colores de las luces del semforo. Actualmente, conforme al ASMC, existen

    dos compartimientos: rojo (prohibido) Y mbar (recurrible). Anterior mente se

    inclua el verde (permitidos o no recurribles), sin embargo, estas subvenciones

    tuvieron una vigencia de cinco anos no prorrogado contando a partir de la entrada

    en vigor de los acuerdos de la OMC, por lo que concluyeron el 31 de diciembre de

    1999.

    17. EPLIQUE EL ACUERDO SOBRE LA AGRICULTURA.

    En la terminologa de la OMC. La subvenciones o subsidios a los productos

    agropecuarios regulados en el ASA, se identifican por compartimientos de

    colores, mbar, verde azul y los denominados de trato especial y diferenciados

    para paises en desarrollo. El ASA no tiene compartimiento rojo, por lo que las

    subvenciones a la exportacin no estn prohibidas, sin embargo tienen la

    categora de recurribles.

    18. QUE ES LO QUE SE PRETENDIA CON EL PROTOCOLOGO DE ADHESION

    DE CHINA A LA OMC.

    Las subvenciones otorgadas por el gobierno chino a sus productos estn

    regulados por el ASMC Y EL AA en su caso. Tiene la obligacin de notificar a la

  • OMC todas las subvenciones queconcedan su territorio, esto es, cualquier

    contribucin financiera que otorgue, directa o indirectamente, a una (s) empresa

    (s) o rama (s) de produccin nacional, o cualquier forma de sostenimiento de los

    ingresos o de los precios que otorga una (s) empresa (s) o rama (s) de produccin

    nacional, y que con ello les conceda un beneficio. (adems, a partir ) de su ingreso

    a la OMC. CHINA se comprometi a eliminar todas las subvenciones prohibidas

    esto es: china se considera como pas con economa o centralmente planificada

    en el pro toclogo de adhesin se estableci un trato diferenciado en cuanto a la

    aplicacin del principio de especificad y respecto a la metodologa para calcular el

    beneficio a la produccin nacional.

    TEMA VI

    1.MENCIONE Y EXPLIQUE LAS TRES MODALIDADES, CONFORME A LO

    PREVISTO EN EL AA Y EN EL ASMC EL TRMINO DAO EN SENTIDO

    GENRICO.

    Conforme a lo previsto en el ASMC el termino da (en sentido

    genrico).comprende las tres siguientes modalidades: un dao importante

    causado a una rama de produccin nacional (dao importante) una amenaza de

    dao importante a una rama de produccin nacional ( amenaza de dao

    importante )o un retraso de importante en la creacin de una rama de la

    produccin nacional ( retraso importante en la creacin de una rama de la

    produccin nacional) (retraso importante) de mercanca idnticas o similares

    aquellas que se estn importando o pretendan importarse en sentido de

    discriminacin de precios o de subvenciones. Al respecto, el AA y el ASMC

    sealan: A este requisito se le conoce como prueba de daoimportante, prueba de

    amenaza de da o prueba de retraso importante, segn el cazo.

    2. QU SE ENTIENDE POR RAMA DE PRODUCCIN NACIONAL?

    Es preciso distinguir el significado de una rama de produccin nacional. Para un

    inicio de investigacin y para cubrir el requisito de representatividad de la prueba

    de dao importante o retraso importante. El 25 % de la produccin nacional total

    de la mercanca idntica o similar, conforme a lo previsto en los artculos 50 de la

    LCE,5 4 del AA y 11. 4 del ASMC; a este requisito se le conoce como principio de

    representatividad para inicio de investigacin conforme el esquema de la

    siguiente tabla. La expresin rama de produccin nacional se entender en el

    sentido de abarcar el conjunto de los productores nacionales de la productos

    similares o aquellos de entre ellos cuya produccin conjunta constituye una

    produccin importante de la produccin nacional total de dichos productos en el

    AA y el ASMC no se seala un porcentaje o parmetro para determinar una

  • produccin importante de la produccin nacional total, por lo que la autoridad

    investigadora deber determinarlo en cada caso dependiendo de diversos

    factores. Grado de atomizacin de los productos (si estn asociados o

    desintegrados);numero de productores; y producto investigado (si se trata de

    bienes de capital, bienes agropecuario, bienes finales, bienes qumicos, entre

    otros).

    3.CMO SE INTEGRA LA RAMA DE PRODUCCIN NACIONAL?

    Rama de produccin nacional. Produccin nacional total de la mercanca o similar.

    Productos solicitantes de la mercanca la rama de la produccin nacionalno

    siempre se determina por produccin nacional total, a efecto determinar una parte

    importante o el 25 por ciento de la misma. La rama de la produccin nacional no

    siempre se determina con base a la produccin total nacional total no siempre se

    determina con base a la produccin nacional total, y que en ocasiones no

    comprende a todos los productores de la mercanca idntica o similar, pues

    cuando algunos productos nacionales estn vinculados a los exportadores o a los

    importadores o sean ellos mismos importadores de mercanca en condiciones de

    discriminacin de precios o de subvenciones, el trmino rama de produccin

    nacional podr interpretarse en el sentido de referirse al resto de los productos.

    4. EXPLIQUE BREVEMENTE LA RAMA DE PRODUCCIN NACIONAL EN EL

    MERCADO AISLADO.

    LA RAMA DE PRODUCCION NACIONAL EN EL MERCADO AISLADO

    (DANO GENERAL).

    Cundo las importaciones en condiciones de discriminacin de precios o de

    subsidios solamente, causan un dao importante, una amenaza de dao

    importante o un retraso importante, a la rama de produccin nacional de una

    regin del pas importador, se puede realizar una investigacin sobre prcticas

    desleales y, en su caso, imponer una cuota compensatoria. a esta figura se le

    conoce como mercado o dao regional. por lo anterior, excepcionalmente el

    territorio de un pas puede estar dividido en dos o ms mercado o regiones, y los

    productores de cada mercado o regin puede considerarse como una rama de la

    produccin distinta para efecto de una investigacin por dumping o subvenciones,

    siempre y cuando se actualicen lossiguientes supuestos: que los productores de

    este mercado vendan la totalidad o la casi totalidad de su produccin de la

    mercanca de que se trate en ese mercado, y que en ese mercado la demanda no

    est cubierta en grado substancial por productores de la mercanca de que se

    trate en otro lugar del territorio, o bien que sea autosuficiente en la produccin de

    la mercanca similar.

    5. DE EL CONCEPTO DE MERCANCA IDNTICA O SIMILAR Y SUS DOS

    APLICACIONES. Y AS MISMO EXPLIQUE SU PERIODO ANALIZADO.

    El concepto mercanca idntica o similar tiene dos aplicaciones: en ausencia de

    mercanca idnticas o similar a las importaciones no es posible argumentar que

  • la produccin nacional enfrenta un dao importante una amenaza de dao

    importante o un retraso importante como consecuencia de dichas importaciones,

    en virtud de que se tratara de mercancas o productos que ostentan aspectos o

    caractersticas que las hacen diferentes. De esta manera, se considera que un

    producto idntico es aquel igual u otro en todos sus aspectos; en tanto que el

    producto similar es el que tiene caractersticas muy parecidas a otros, conforme a

    lo previsto en el ASMC que a la letra dice AA. Acuerdo sobre la aplicacin del

    artculo v1 del acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio, conocido

    como acuerdo antidoping. ASMC acuerdo sobre subvenciones y medidas

    compensatorias.

    6. CULES SON LOS ELEMENTOS A CONSIDERAR EN LA EVALUACIN DE

    LOS EFECTOS DEL DUMPING O DE LA SUBVENCIN SOBRE UNA RAMA DE

    PRODUCCIO NACIONAL Y PORQUE?

    Antes de evaluar los efectos de la discriminacin de precios o de lasubvencin

    sobre una rama de produccin nacional, se debe considerar el ciclo econmico y

    las condiciones de la industria, y si se van a acumular las importaciones en

    condiciones de discriminacin de precios o de subvenciones originarias de dos o

    mas paises

    7. DIGA USTED EL CONSEPTO DE DAO.

    Concepto de dao. Es la prdida o menoscabo patrimonial o la privacin de

    cualquier ganancia licita y normal que sufra, pueda sufrir la produccin nacional de

    las mercancas de que se trate, o el obstculo al establecimiento de nuevas

    industrias. Amenaza de dao es el peligro inminente y clara mente previsto de

    dao a la produccin nacionalla reforma de la LCE del 13 de marzo de 2003,

    elimina las definiciones de dono y amenaza de dao, las cuales aun para cuando

    eran imprecisas, brindaban una idea del significado de dichos conceptos, por lo

    que en todo caso, se debern haber perfeccionado y no eliminado. Tambin es

    claro que la existencia de un dao o una amenaza de dao se tiene que demostrar

    considerando los factores a que se refiera los artculos 41 y 42 de la LCE. Ley de

    comercio exterior.

    8. DIGA USTED QUE ENTIENDE POR PRUEVA DE DAO IMPORTANTE.

    Prueba de dao importante. Articulo 3.1 al 3.6 del AA 15.1 al 15.6 del ASMC; 41 Y

    43 DE LA LCE Y 63 al 67 del RLCE.= reglamento de la ley de comercio exterior. El

    crecimiento en el volumen de las importaciones a precios discriminados o

    subvencionados; el efecto de estas importaciones en los precios nacionales de

    productos similares; y su repercusin en la produccin nacional de mercancas

    similares, conforme a lo previsto en los artculos 3. 1del AA y 15. 1 del ASMC.

    9. QUE ENTIENDE USTED POR AUMENTO DEL VOLUMEN DE

    IMPORTACIONES.

    Articulo 3. 2,5. 8 del AA; 4.1 fraccin 1 del RLCE. Conforme al artculo 5.8 del AA

    es requisito de inicio de investigacin que el volumen de importaciones reales o

  • principales en condiciones de discriminacin de precios originales de un pas no

    solo insignificante. Si en lo individual representa menos del 3 por ciento del

    volumen de las importaciones de la mercanca idntica o similar en el pas

    importador, excepto cuando las importaciones de los pases que lo individual

    representan menos del 3 por ciento, en conjunto representan ms del 7 por ciento.

    Cuando la autoridad investigadora se percate que las importaciones de un pas o

    conjunto de pases son insignificantes, debe rechazar la solicitud de inicio o dar

    por concluida la investigacin, en su caso. Es conveniente enfatizar que las

    importaciones del producto objeto de investigacin, respecto a las cuales la

    autoridad no encontr mrgenes de discriminacin.

    10. CUAL ES EL OBJETO DEL VOLUMEN DE IMPORTACIONES?

    En el anlisis del comportamiento del volumen de las importaciones a precio

    discriminados o subvencionados, se debe considerar si ha habido un aumento

    significativo de las mismas, en trminos absolutos o en relacin con la produccin

    o el consumo del pas importador, conforme a lo establecido en el AA y el ASMC.

    11. LA AUTORIDAD INVESTIGADORA, AL EFECTUAR EL EXAMEN DEL

    EFECTO DE LAS EXPORTACIONES EN CONDICIONES DE DISCRIMINACION

    DE PRECIOS Qu ES LO QUE DEBE TENER EN CUENTA?

    SI LOS PRECIOS DE LAS IMPORTACIONES INGRESARONA UN PRECIO

    INFERIOR DEL PRODUCTO IDENTICO O SIMILAR DE PRODUCCION

    NACIONAL, SI EL EFECTO DE LOS PRECIOS DE LAS IMPORTACIONES

    HICIERON DISCRIMINACION EL PRECIO DE LAS MERCANCIAS IDENTICAS O

    SIMILARES DE PRODUCCION NACIONAL, Y SI EL EFECTO DE LAS

    IMPORTACIONES FUE IMPEDIR QUE LOS PRECIOS NACIONALES

    AUMENTARON EN LA MEDIDA QUE DEBIERAN.

    LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DEBE EVALUAR EL EFECTO DE LAS

    IMPORTACIONES EN CONDICIONES DE DISCRIMINACION DE PRECIOS O

    DE SUBVENCIONES EN LOS PRECIOS DE MERCANCIAS NACIONALES

    IDENTICAS O SIMILARES, DE LA SIGUIENTE MANERA.

    a). se analizara el comportamiento y la tendencia de los precios, si estos son

    inferiores al resto de las importaciones.

    B). si existe una relacin significativa entre la disminucin de los precios de las

    importaciones y el crecimiento de los volmenes importados;

    c). si las importaciones investigadas tienen un precio de venta considerablemente

    inferior al precio de venta comparable del producto nacional similar;

    d). si el efecto de las importaciones investigadas es deprimir los precios internos o

    impedir en la misma medida el alza razonable que en otro caso se hubiera

    producido, y

    e). si el nivel de precios a los que concurren las importaciones investigadas al

    mercado nacional es el factor determinante para explicar el comportamiento y la

    participacin de las mismas en el mercado nacional.

  • 12. LA REPERCUSIN DE LAS IMPORTACIONES SOBRE LA RAMA DE

    PRODUCCIN NACIONAL, LA AUTORIDAD INVESTIGADORA QU DEBE

    ANALIZAR? PARA QUE EFECTO?. La autoridad investigadora debe analizar la

    forma en que el volumen y los precios delas importaciones en condiciones de

    discriminaciones de precios de subvenciones condiciones de discriminacin de

    precios o de subvenciones ofertan a la rama de la produccin nacional de

    mercancas identicas o similares. Para tal efecto debe evaluar todos los efectos e

    ndices econmicos pertinentes que influyen en el estado de la rama de la

    produccin nacional de que se trate, incluidos la disminucin real y potencial de

    A) LAS VENTAS,

    B) LOS BENEFICIOS

    C) EL VOLUMEN DE PRODUCCION

    D) LA PARTICIPACION EN EL MERCADO

    E) LA PRODUCTIVIDAD

    F) EL RENDIMIENTO DE LAS INVERCIONES O LA UTILIZACION DE LA

    CAPACIDAD INSTALADA.

    G) LOS FACTORES QUE AFECTAN A LOS PRECIOS INTERNOS

    H) LA MACNITUD DEL MARGEN DE DUMPING O SUBVENCIONES, EN SU

    CAZO.

    LOS EFECTOS NEGATIVOS REALES O POTENCIALES DE LOS SIQUIENTES

    FACTORES.

    I) EL FLUJO DE CAJA (CASH FLOW)

    J) LAS EXISTENCIAS

    K) EL EMPLEO Y SALARIO

    L) EL CRECIMIENTO

    M) LA CAPACIDAD PARA REUNIR CAPITAL O LA INVERCION, Y

    N) EN EL CASO DE LA AGRICULTURA, SI HA HABIDO UN AUMENTO DEL

    COSTO DE LOS PROGRAMAS DE AYUDA DEL GOBIERNO.

    TEMA VII

    1. A QUE HACE REFERENCIA LA PRUEBA DE AMENAZA E DANOS

    IMPORTANTES?

    por lo general en los cazos de dano importante la produccion nacional importante

    argumenta que a un cuando en el momento presente se ha materializado o

    reflejado un dano importante ala industria nacional a causa de las importaciones

    en condiciones de discriminacion de precios o d subvenciones, es eminente y lara

    mente previsto que en un futuro sercano se materialize eldano importantes

    producto nacional podria argumentar que aun cuando ni siquiera se han afectado

    importaciones del producto pero se pretenden importar, ya que es eminente y

    claramente previsto que en un futuro cercano se importen mercancias en

  • condiciones de discriminacion de precios o de subvenciones, las cuals causaran

    un dano importante a la produccion nacional de mercancia identica o similar. se

    considera que una mercansia pretende importarse cuando se acredite la

    fehacientemente que se haya acordado su traslado o envio al territori nacional en

    este caso la secretaria podra declarar el inicio de la investigacion previo a examen

    de los instrumentos juridicos que el efecto se aporten.

    2. QUE SE TOMARA EN CUENTA PARA EVALUAR, SI EN EL MERCADO

    OBJETO DE INVESTIGACION SE REGISTRO UN INCREMENTO

    SIGNIFICATIVO DE LAS IMPORTACIONES INVESTIGADAS?

    en algunas ocaciones se an abusado de la figura de dano importante, pues se

    a utilizado.la modificacion de las circunstancias que darian lugar a

    una situacion en la cual el dumpig o las subvenciones causarian un dano debera

    ser claramente o previa mente en documento . para determinar el dano

    importante, las autoridades deberan considerar, entre otros lo seguimientos

    actuales: a)la naturaleza de las subvenciones y su efecto en el comercio, en su

    caso: b)una taza significativamente de discrinacion de precios o subvencionados,

    en el mercado interno que indique la probabilidad de que aumente sirscunstancial

    mente; c)una suficiente capacidad libremente disponible del exportador o en

    aumento manualmente o cirscuntancialmente d lasexportaciones en condiciones

    de iscriminacion de precios o subvencionados al mercado exportador, d)el hecho

    de que las imortaciones se realicen a precios que haran bajar los precios

    nacionales o contner su subida de manera significtiva, y probablemente agan

    aumentar de demanda de nuevas importaciones; e)las . del producto objto

    de investigacion.

    3. QUE SE TOMA EN CUENTA PARA EVALUAR LA EXISTENCIA DE UNA

    AMENAZA DE DANO IMPORTANTE A UNA RAMA DE PRODUCCION

    NACIONAL?

    en la evaluacion de amenaza de dano importante se debe considerar se la

    modificacion de la circunstancia que daria lugar a que las impportaciones en

    condiciones de las circunstancias que darian lugar a que las importaciones en

    condiciones de discriminacion de precios a de subvenciones causaria danos

    importantes a una rama de la produccion nacional; beben existir razones

    suficientes para convencer ala autoridad de que en el futuro inmediato habra un

    aumento sustancial de las importaciones del producto ojeto de investigacion a

    precios dumpig o subvencionados. determinacion de menaza de danos

    importantes sobre la rama de la produccion nacional de que se trate, debe incluir

    un analisis prospectivo de las importaciones, que comprender la evaluacion de

    las importaciones a precios nacionales y el efecto de actos en la produccion

    nacional.

    4. DIGA USTED QUE ENTIENDE POR EXISTENCIA DEL PRODUCTO

  • INVESTIGADO?

    si vien las existencias del producto investigado tiene que ver con los inventarios de

    la mercancia en condiciones de discriminacion de precios o subvencion lo

    relevante a examinar en este indicador no solo es la presenciade inventarios del

    producto investigado en el mercado objeto de estudio si no que tanbien el volumen

    de inventarios esistentes en los mercados de exportacion, lo que de manera

    conjunta permitira evaluar, si existe la probavilidad de que se registre o no, un

    inremento en las inportaciones investigados.

    5. EN QUE MOMENTO SE APLICA EL CONCEPTO DE RETRAZO DE DANO

    IMPORTANTE?

    retrazo de dano importante en este caso, el solicitante de inicio de una

    investigacion sobre pracicas desleales argumenta que la importacion de

    mercancias de discriminacion de precios o de subvenciones provoca un retrazo

    importante en la creasion de una rama de produccion nacional 9 industria).

    6. EL CONCEPTO DE DANO IMPORTANTE EN QUE MOMENTO SE

    ACTUALIZA?

    el concepto de retrazo importante se aplica cuando no hay producion nacional de

    mercancia identica o similar y los esfuerzos realisados para su establecimiento

    han sido meterialmente ostaculisados como resultado de las importaciones en

    condiciones de discriminacion de precios o de subvencion este supueto tambien

    se actualiza cuando ha abido produccion de la mercancia idenica o similar, a

    alcanzado un nivel suficiente que permita yebar acabo el analisis de dano

    importante o amenaza de dano importante a una rama d produccion nacional de

    mercansia identica o similar, pero no ha alcanzado un niel suficiente que permita

    llebar acabo el analisis de dano importanta o una rama de produccion nacional de

    mercancia identica o similar en el pais importadores considera que la industria se

    ha establecido si los productores norteamericanos han establecido

    susoperaciones, si funcionan regular mente.

    7. QUE ES LO QUE EXIJE DEMOSTRAR LA PRUEBA DE CAUSALIDAD?

    para demostrar la existencia de una relacion causal entre las importaciones objeto

    de discrinacion de precios o de subenciones y un dano importante, una amenaza

    de dano importante o un retrazo importante a una rama de la produccion nacional,

    la autoridad inestigadora tiene que realizar un examen con base en todas las

    pruevas pertinentes de que disponga. la prueba de causalidad tambien exije

    demostrar que el imcremento del volumen de importaciones en condiciones de

    discriminacion de precios o de subvenciones es la causa del dano importante, la

    amenaza de dano importante o el retrazo importante, y no otros factores tales

    como: *el volmen y los precios de las importaciones no vendidas con dumpig o

    subvenciones; la contraccion de la demanda o variaciones de la estructura del

    consumo; *las practicas comerciales restrictivas de los productores nacionales y

    extranjeros y la competencia entre unos y otros;*la evolucion e la tecnologia y *los

  • resultados de la actividad exportadora y la productividad de la rama de produccion

    nacional. en otras palabras, la autridad debe examinar cualquier otro factor de que

    tenga conocimiento.

    8. CUAL ES EL OBJETO DE LA CAUSALIDAD

    IMPORTACIONES DE el examen de factores distintos alas importaciones

    investigadas, permitira ala autoridad investigadora en su determinacion disponer

    de mayores elementos que le permitan serciorarse de las importaciones objeto de

    discriminacion de preios o de subvenciones son la causa del dano importante, la

    amenaza de dano importante oel retrazo importante en la rama de produccion

    nacional de que se trtelas importaciones a precios bajos pero no discriminados o

    subvencionados se beben excluir para determinar el nivel del dano importante,

    amenaza de dano importante o retrazo importante causado por las exportaciones

    discriminadas o subvencionadas con el fin de egenplificar lo descrito en este

    apartado, en la sigiente tabla se ilustra los elementos que debe cumplirse para la

    determinacion de la existencia de una practica desleal, para lo cual se debe de

    mostrar que las discriminacion de precios o de subvencion causa dano importante,

    amenaza de dano importante o retrazo importante a una rama de produccion

    nacional.

    TEMA VIII

    PROCEDIMIENTO COMUN DE INVESTIGACION DUMPING Y SUBVENCION

    1.- DIGA UD. QUE SEALA PATIO MANFFER, CON RESPECTO A LAS

    INVESTIGACIONES ANTIDUMPING.

    El derecho en las investigaciones antidumping las autoridades administrativas que

    conducen la investigacin no estn obligadas a decir el derecho o dicho de otra

    manera no estn obligadas a resolver jurisdiccionalmente la investigacin que les

    ha tocado conducir puesto que no es un juicio contencioso lo que presenta a su

    resolucin.

    No existen partes en el sentido judicial del trmino y ninguna de las personas que

    intervienen en una investigacin adquiere derechos litigiosos.

  • 2.- EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO ADVO., LA SOLICITUD DE INICIO DE

    UNA INVESTIGACION ADMINISTRATIVA POR DUMPING, COMO DEBE

    PRESENTARSE Y QUE SE DEBE FUNDAMENTAR.

    Debe ser hecha por la rama de la produccin nacionalde la mercanca idntica o

    similar a la importada en presuntas condiciones desleales. El AA y el ASMC

    solamente requieren que la solicitud sea hecha por los productores nacionales

    (rama de produccin nacional) que cumpla con el requisito de grado de apoyo por

    ms del 50 por ciento de los productores que se manifiesten en uno u otro sentido.

    3.- POR QUIEN DEBE SER HECHA LA SOLICITUD DE INICIO DE UNA

    INVESTIGACIN POR DUMPING.

    Por la rama de la produccin nacional o en nombre de ella, cuando est apoyada

    por productores nacionales cuya produccin conjunta represente ms del 50 por

    ciento de la produccin total que manifieste su apoyo u oposicin a la solicitud.

    No obstante no se iniciar ninguna investigacin cuando los productores

    nacionales que apoyen expresamente la solicitud representen menos del 25 por

    ciento de la produccin total del producto similar producido por la rama de

    produccin nacional.

    4.- EXPLIQUE DE MANERA GENERAL EL GRADO DE APOYO.

    La solicitud debe estar apoyada por ms del 50 por ciento de los productores que

    manifiesten su apoyo u oposicin a la misma, y los productores que manifiesten

    expresamente su apoyo deben de representar al menos el 25 por ciento de la

    produccin nacional total, conforme a lo previsto en los artculos 5.4 del AA y 11.4

    del ASMC. A este requisito se le conoce como examen de grado de apoyo el

    cual comprende dos aspectos fundamentales.

    5.- QUE ES LO QUE DEBE ARGUMENTAR EL PRODUCTOR NACIONAL EN EL

    VALOR Y VOLUMEN DE IMPORTACIONES DEL PRODUCTO IDENTICO O

    SIMILAR Y PARA QUE EFECTO.

    El productor nacional solicitante debeargumentar que ha habido un aumento del

    volumen de importaciones en condiciones de discriminacin de precios o de

    subvencin, en trminos absolutos o en relacin con el consumo nacional

    aparente (CNA) y exhibir los elementos probatorios que lo demuestren.

    Para tal efecto, debe presentar una relacin mensual de importaciones del

    producto investigado por el valor y volumen, correspondientes a los tres aos

    anteriores a la solicitud. (Perodo analizado).

    6.- QUE ES LO QUE DEBE PROPONER A LA AUTORIDAD INVESTIGADORA

    EL PRODUCTO NACIONAL SOLICITANTE EN LAS PRUEBAS DE VALOR

    NORMAL O DE SUBVENCIN Y DE PRECIO DE EXPORTACIN.

    El producto nacional solicitante debe proponer a la autoridad investigadora un

    perodo investigado (de seis meses a un ao) lo mas cercano posible al inicio de la

    investigacin y acompaar las pruebas de valor normal, precio del exportacin y

    ajustes que proponga, relativas a dicho perodo.

  • En su caso, el solicitante tiene que acompaar las pruebas que hagan presumir a

    la autoridad la existencia de la subvencin otorgada por un gobierno extranjero y

    la cuanta de la misma.

    7.- QUE ES LO QUE DEBE PRESENTAR EL PRODUCTOR NACIONAL

    SOLICITANTE DE UN INICIO DE INVESTIGACIN, EN LA INFORMACION

    RAZONABLE AL ALCANCE Y A QUE ESTA OBLIGADO.

    El productor nacional solicitante de un inicio de investigacin debe presentar los

    argumentos y pruebas que hagan presumir a la autoridad la existencia de la

    presencia desleal. En consecuencia esta obligado a presentar la informacin

    (elementos de prueba) que razonablemente tenga a su alcance sobre valor

    normal, precio de exportacin,margen de discriminacin de precios, volmenes de

    importacin y existencia, cuanta o naturaleza de la subvencin, en su caso.

    8.- CUAL ES EL FIN DE LAS CONSULTAS EN LAS INVESTIGACIONES POR

    SUBVENCIN.

    En las investigaciones por subvencin, despus de presentada la solicitud y antes

    del inicio la autoridad investigadora debe invitar al miembro exportador a celebrar

    consultas para llegar a una solucin mutua. Sin embargo algunas soluciones las

    autoridades cumplen con este requisito de forma, sin que se tenga alguna

    consecuencia jurdica.

    9.- EN LA RESOLUCIN DE INICIO, UNA VEZ PRESENTADO LA SOLICITUD

    DE INICIO QUE EVALUARA LA AUTORIDAD.

    Si la informacin y pruebas presentadas con el cuestionario sn completas y

    cumplen los requisitos establecidos en la legislacin de la materia, y proceder en

    los siguientes trminos:

    a.- Dentro de un plazo de 25 das hbiles, aceptar la solicitud y declarar el inicio

    de la investigacin, a travs de la resolucin respectiva.

    b).- Dentro de un plazo de 17 das hbiles, requerir a la solicitante mayores

    elementos de prueba o datos, los que debern proporcionarse dentro de un plazo

    de 20 das hbiles contados a partir de la recepcin de la prevencin.

    c).- Dentro de una plazo de 20 das hbiles, desechar la solicitud cuando no se

    cumpla con los requisitos necesarios para iniciar, a travs de la resolucin

    respectiva.

    10.- POR QUE LA AUTORIDAD DEBE ATENDER TODA SOLICITUD DE

    PRORROGA.

    Durante el procedimiento se debe dar amplia oportunidad a las partes para

    presentar argumentos y pruebas que considere pertinentes para la defensa de

    susintereses, por lo que la autoridad debe atender toda solicitud de prrroga para

    presentar argumentos y pruebas, y responder el cuestionario y los requerimientos

    de informacin.

    11.- MENCIONE Y EXPLIQUE QUE ENTIENDE POR CLASIFICAIN DE LA

    INFORMACIN.

  • La informacin presentada por las partes o la que la autoridad se allegue durante

    el procedimiento se clasifica en pblica, confidencial, comercial reservada y

    gubernamental confidencial.

    Los productores solicitantes, los importadores, los exportadores, los gobiernos y,

    en general, todas las partes que participen en la investigacin deben presentar su

    informacin correctamente clasificada en todas sus comparecencias.

    12.- MENCIONES Y EXPLIQUE LOS TIPOS DE INFORMACIN.

    Informacin Pblica, informacin confidencial.

    Se considera pblica toda aquella informacin que no tenga el carcter de

    confidencial, comercial reservada, gubernamental confidencial, y que no est

    prohibida su divulgacin, entre otra los resmenes de informacin confidencial o

    comercial reservada y actas de visita de verificacin, excepto lo relativo a

    informacin confidencial, comercial reservada