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1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE

INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS

FECHA DE EMISIÓNNOVIEMBRE

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL

SERVICIO NACIONAL DE INSPECCIÓN

Y CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS

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ÍNDICE

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I. Introducción 3

II. Antecedentes 4

III. Marco Jurídico-Administrativo 7

IV. Atribuciones 10

V. Estructura Orgánica 12

VI. Organigrama 13

VII. Misión 14

VIII. Visión 14

IX. Descripción de Áreas 15

C00 Dirección del Servicio Nacional de Inspección y 15 Certificación de Semillas

C00.01 Subdirección de Registro y Control de Variedades 17 C00.02 Subdirección de Control de Calidad de Semillas 19 C00.00.01 Departamento de Administración 21

X. Glosario de Términos 23

XI. Directorio 25

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I. INTRODUCCIÓN Para una eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos competencia de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), el 10 de julio de 2001 en el Diario Oficial de la Federación, se publicó en el Reglamento Interior de la Dependencia, la creación del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS) como Órgano Administrativo Desconcentrado. Por lo que el presente Manual de Organización, tiene como propósito presentar la estructura orgánica del SNICS, como la unidad administrativa que acorde con los nuevos escenarios nacionales e internacionales atienda, coordine, supervise y resuelva sobre los asuntos de certificación y calidad en materiales de propagación, protección en los derechos de obtentores de variedades vegetales, y coordinación en transferencia de tecnología y recursos fitogenéticos. La evolución misma del SNICS y el marco jurídico en que sustenta su quehacer son temas dignos de revisión detallada, su presentación ejecutiva en este documento responden a una breve introducción, por lo que este Manual servirá de guía al personal de nuevo ingreso y al que labora actualmente para conocer la estructura de la unidad, las funciones que deben realizar, los niveles de autoridad y responsabilidad, así como los canales de comunicación con el fin de evitar duplicidad de esfuerzos y aumentar su capacidad de coordinación sin rebasar el ámbito de su competencia. De acuerdo al desarrollo administrativo que ha tenido el SNICS, éste responde a los objetivos, prioridades y metas de los diferentes programas y unidades en las que ha estado adscrito, lo que permite contar con un cúmulo de experiencias valiosas en la formulación de reglamentos, normas, formas y procedimientos que son retomados en la elaboración de este Manual, mismo que deberá revisarse periódicamente como lo señala el Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que responda en términos de servicio y calidad a los requerimientos de un Sector agrícola más participativo y demandante de insumos y servicios de excelente calidad. Este acervo de conocimientos y experiencias servirá a los servidores públicos a quienes está dirigido el documento para que invariablemente se alcancen los niveles óptimos de productividad, eficiencia y calidad que demanda el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas en lo particular, y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación como cabeza del Sector agropecuario en lo general.

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II. ANTECEDENTES Consecuencia de los bajos rendimientos unitarios que se obtenían en los cultivos básicos, en el año de 1943 se replantean los trabajos de investigación y experimentación agrícola, con el fin de obtener variedades mejoradas que satisfacieran los requerimientos de mayor rendimiento, tolerancia a enfermedades y calidad de semillas. En esta etapa de “Organización en la Producción de Semillas”, se crean los primeros departamentos para la Producción de Semillas de Calidad. El desarrollo de la investigación agrícola, la producción y liberación de los primeros híbridos de maíz, se contribuye a priorizar los requerimientos de la actividad en tres aspectos: 1) la multiplicación sistemática de las nuevas variedades mejoradas; 2) la distribución rápida de las semillas, y 3) los procedimientos a seguir para establecer prácticas definidas y de validación en la calidad para la producción de semillas, con el principio de la “Planificación de la Producción de Semillas” en unidades independientes para la mejor administración de los recursos y su proyección a largo plazo. El manejo de variedades mejoradas se asignó a la sección de cultivos básicos del Departamento de Extensión Agrícola de la Dirección General de Agricultura, la cual inició sus actividades con la certificación de semillas de trigo en 1954/55. En 1961 se promulga la primera Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, con esto se inicia la etapa de “Institucionalización en la Producción de Semillas”, y se crea el Sistema Nacional de Semillas como la instancia de coordinación e integración en las dependencias, como el Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (hoy INIFAP), la Productora Nacional de Semillas (PRONASE), el Registro Nacional de Variedades de Plantas (RNVP), el Comité Calificador de Variedades de Plantas (CCVP) y el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS). El artículo 31 de la mencionada Ley indicaba: “El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas dependerá directamente de la Dirección General de Agricultura y contará con el personal que señale el presupuesto”. La adscripción a dicha Dirección General se conservó a nivel de jefatura de Departamento hasta 1973, año en el que debido a sus logros y constante crecimiento, el Servicio empezó a operar como Subdirección, con dos jefaturas de Departamento, seis jefes de Sección y un jefe de Laboratorio Central, además de 26 Delegaciones en el país, dependiendo de la Dirección General de Desarrollo Agrícola. El SNICS desde su creación en 1961 hasta 1988, se manejó administrativamente como una unidad independiente en términos de los recursos financieros, ya que tenía la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para ejercer los ingresos propios por la prestación de sus servicios.

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La necesidad de regularizar administrativa y presupuestalmente la operación del SNICS conforme a las disposiciones y lineamientos de las autoridades hacendarias y de programación y presupuestación, como una unidad administrativa de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, definió, además de los procedimientos para el entero de ingresos y el sustento al requerimiento presupuestal del Gobierno Federal, la estructura orgánica del SNICS a partir del 22 de abril de 1986, como una Dirección de Área. En septiembre de 1988, la entonces Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (SARH), incorporó a su plantilla de personal las 238 plazas del SNICS, para que un año después en septiembre de 1989, se dictaminara la nueva estructura orgánica, que comprendía una Dirección de Área, dos Subdirecciones y cuatro jefaturas de Departamento, con 31 jefes de unidad foránea. En las reestructuraciones sucesivas de la SAGARPA, en la que entre otras medidas, para fortalecer la capacidad institucional de sus Delegaciones, en 1991, se decidió la desincorporación administrativa y operativa de las unidades operativas del SNICS, quedando la coordinación normativa a cargo de la Dirección. De estos procesos resultó un SNICS, con una fuerza laboral de 18 plazas a nivel central y 188 en las unidades foráneas, plantilla con la que se ha hecho frente a las particularidades que vienen caracterizando el comportamiento evolutivo en el sector semillero:

• Una nueva Ley reglamentada (1991) sobre la producción, certificación y comercio de semillas.

• La redefinición estructural de los principales organismos vinculados: 1) con el desarrollo

de variedades (INIFAP), e Instituciones de investigación pública y privada y con la producción y comercialización de semillas certificadas (PRONASE), empresas multinacionales y un sector creciente de pequeñas empresas nacionales en un mercado global que demanda apertura comercial para un intercambio en el número y volumen de especies agrícolas, con reglas en la protección a la propiedad intelectual en el desarrollo y comercialización de las nuevas variedades, que implica la administración del sistema para la protección de los derechos de los obtentores de variedades y la supervisión en el cumplimiento de la disposiciones de la Ley de Variedades Vegetales (1996).

• La necesidad de integrar los esfuerzos de coordinación en la cadena de recursos

fitogenéticos (acceso y uso sostenible), protección en derechos de obtentor de nuevas variedades, transferencia de tecnología, producción y comercio de materiales de propagación y certificación en la calidad de las semillas.

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Las estrategias y acciones de modernización y la presentación de nuevos escenarios internacionales y nacionales, han motivado la adecuación de la estructura orgánica de la SAGARPA, por lo que en la publicación de su Reglamento Interior en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Julio de 2001, se pondera la necesidad de un SNICS fortalecido funcional y orgánicamente acorde con sus funciones técnica, normativa y operativa en la certificación de calidad de semillas para siembra, responsabilidades en materia de protección a los derechos de los obtentores de variedades vegetales y de coordinación en la transferencia de tecnología y recursos fitogenéticos.

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III. MARCO JURÍDICO–ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 5-II-1917 y sus reformas y adiciones Leyes Ley Orgánica de la Administración Pública Federal D.O.F. 29-XII-1976 y sus reformas y adiciones Ley Federal de Derechos D.O.F. 31-XII-1981 y sus reformas y adiciones Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos D.O.F. 31-XII-1982 y sus reformas y adiciones Ley de Planeación D.O.F. 5-I-1983 Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas D.O.F. 15-VII-1991 Ley Federal sobre Metrología y Normalización D.O.F. 1-VII-1992 y sus reformas y adiciones Ley Federal de Sanidad Vegetal D.O.F. 5-I-1994 Ley Federal de Variedades Vegetales D.O.F. 25-X-1996 Ley de Desarrollo Rural Sustentable D.O.F. 7-XII-2001 Reglamentos Reglamento de la Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas D.O.F. 26-V-1993 Reglamento de la Ley Federal de Variedades Vegetales D.O.F. 24-IX-1998

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Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación D.O.F. 10-VII-2001 Decretos Decreto de Promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte D.O.F. 20-XII-1993 Decreto por el que se aprueba el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales D.O.F. 27-XII-1995 Convenio sobre la Diversidad Biológica D.O.F. 7-V-1993 Documentos Normativo-Administrativos Manual de procedimientos para la administración de recursos de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos. 01-V-1987 Prontuario para la administración de recursos de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos. 01-III-1993 Manual de Procedimientos de Trámites y Servicios al Público VI-1994 Manual de Procedimientos vinculados a la Certificación de Semillas. para Siembra e Ingresos VII 2000 Manual de Trámites y Servicios al Público 5-VI-2002

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Otras Disposiciones Normas para la Certificación de Semillas 1980 Compromiso Internacional sobre Recursos Fitogenéticos Resolución 8/83 vigésimo segundo período de sesiones Conferencia de FAO. 5-23-XI-1983

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IV. ATRIBUCIONES Artículo 61.- Del Reglamento Interior, el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas, (SNICS), tendrá las siguientes atribuciones: I. Fomentar, promover, organizar y coordinar las actividades para la participación de

los diversos sectores en la producción, certificación y comercio de semillas; II. Promover, organizar y coordinar, en su caso, las actividades relativas a la

protección de los derechos del obtentor y transferencia de tecnología en materia de recursos fitogenéticos y variedades vegetales;

III. Establecer, conjuntamente con las demás dependencias e instituciones vinculadas,

políticas, acciones y acuerdos internacionales sobre conservación, acceso, uso y manejo integral de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, derechos de protección de los obtentores y análisis de calidad de semillas;

IV. Elaborar proyectos de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas para la

protección, evaluación y caracterización varietal, así como las de certificación de semillas y, una vez aprobadas vigilar su aplicación;

V. Participar, en el ámbito de su competencia, en la formulación, instrumentación,

seguimiento y evaluación del programa sectorial; VI. Establecer lineamientos para la certificación y análisis de calidad de semillas; VII. Participar en el Comité Calificador de Variedades Vegetales; VIII. Promover la participación de los diversos sectores involucrados en la protección de

los derechos de los obtentores de variedades vegetales; IX. Expedir aprobación para que profesionales actúen como supervisores en la

certificación, evaluación de variedades con fines de caracterización varietal, o como inspectores para la verificación de organismos de certificación;

X. Realizar, en coordinación con el Comité Calificador de Variedades Vegetales, el

análisis técnico de los descriptores varietales con fines de protección de los derechos del obtentor;

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XI. Coadyuvar, con la Coordinación General Jurídica, en la emisión de las constancias de

presentación y títulos de obtentor de las variedades vegetales; XII. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de producción, certificación y

comercio de semillas; XIII. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas en materia de

protección de los derechos de obtentores de variedades vegetales, así como imponer las sanciones correspondientes;

XIV. Difundir los actos relativos a la protección de los derechos del obtentor de variedades

vegetales; XV. Proponer y promover la actualización permanente de las cuotas para el cobro de derechos

por la prestación de servicios; XVI. Ejercer los recursos que aporten los sectores público y privado derivados de la realización

de medidas y servicios de certificación, y XVII. Proponer medidas de tipo financiero que permitan el desarrollo de los servicios a su cargo.

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V. ESTRUCTURA ORGÁNICA

C00 Dirección del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas

C00.01 Subdirección de Registro y Control de Variedades C00.02 Subdirección de Control de Calidad de Semillas C00.00.01 Departamento de Administración

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VI. ORGANIGRAMA

DIRECCIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE

INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE

SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO Y CONTROL

DE VARIEDADES

SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

DE SEMILLAS

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

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VII. MISIÓN

Mantener actualizado y en armonía con estándares internacionales, el sistema que norme y

fomente el activo tecnológico de semillas y variedades vegetales, como insumos de calidad que

contribuyan a incrementar la producción agropecuaria, a través de la integración de un marco

normativo, técnico y operativo eficaz, fortaleciendo la capacidad institucional y la formación de

cuadros técnicos especializados.

VIII. VISIÓN

Organización funcional, moderna, eficaz, con margen de operación administrativa, cuyos servicios

institucionales relacionados con el activo tecnológico de semillas y variedades vegetales, son

reconocidos nacional e internacionalmente, por sus altos estándares de calidad y profesionalismo,

resultado del proceso de mejora continua, permitiendo adecuar sus acciones a las realidades

cambiantes.

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IX. DESCRIPCIÓN DE ÁREAS C00 Dirección del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas OBJETIVO Planear, determinar, dirigir, coordinar, gestionar y difundir las políticas y estrategias para la ampliación y el fortalecimiento de la capacidad nacional en el acceso, uso, manejo y transferencia de tecnología de los recursos fitogenéticos, los procesos de registro de variedades vegetales, y la certificación de semillas para siembra, a través del establecimiento, aplicación y vigilancia del marco jurídico, normativo y técnico armonizado conforme acuerdos, compromisos y metodologías internacionales, con la finalidad de brindar un sistema eficaz para el incremento de la productividad agropecuaria. FUNCIONES

Establecer y difundir las políticas y estrategias para la producción, certificación y comercio de semillas, así como participar en la evaluación, identificación y caracterización de variedades para proteger los derechos de los obtentores de variedades vegetales, de acuerdo a las disposiciones legales en la materia.

Supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas en la producción de semillas certificadas y verificadas.

Fomentar, promover, organizar y coordinar las actividades relativas a la constitución, organización y funcionamiento de organismos obtentores de variedades vegetales, así como difundir los actos relacionados con la protección de sus derechos, y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales del caso.

Efectuar la supervisión técnica operativa y, en su caso, aprobar a personas físicas o morales, para realizar la certificación de semillas para siembra y la evaluación de variedades con fines de caracterización varietal.

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Establecer y coordinar políticas, acciones, acuerdos y convenios internacionales con dependencias e instituciones vinculadas, para la conservación, acceso, uso y manejo integral de los recursos fitogenéticos, derechos de los obtentores de variedades y análisis de calidad en semillas.

Elaborar, de acuerdo a las disposiciones del caso, los proyectos de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas para la evaluación y caracterización varietal, así como las de certificación de semillas para siembra y vigilar su aplicación una vez aprobadas.

Fomentar, promover, organizar y coordinar las actividades relacionadas a la transferencia de tecnología en materia de acceso y uso de recursos fitogenéticos y variedades de vegetales.

Formular los programas de demanda, producción y comercialización de semillas, a través de monitoreos y muestreos de las semillas para siembra.

Participar en el Comité Calificador de Variedades de Vegetales y el Comité Nacional de Bioseguridad Agrícola, de acuerdo a la normatividad del caso.

Integrar y organizar el Registro Nacional de Variedades de Plantas, el Directorio de Productores, Certificadores y Comercializadores de Semillas para siembra, así como los proyectos en la actualización de cuotas para los pagos de Derechos y Prestación de Servicios.

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C00.01 Subdirección de Registro y Control de Variedades OBJETIVO Coordinar las acciones para la integración de los grupos técnicos de especialistas que conformen el Comité Calificador de Variedades Vegetales para la caracterización varietal con fines de inscripción en el Registro Nacional de Variedades Vegetales, así como las del Programa Nacional de Recursos Fitogenéticos y su vinculación en materia de transferencia de tecnología, como ejes operativos que promuevan la investigación e innovación en el desarrollo de nuevas variedades, con el fin de proteger los derechos de propiedad intelectual sin menoscabo de soberanía en el uso de los recursos fitogenéticos. FUNCIONES

Supervisar la aplicación de la Ley Federal para Protección de los Derechos Obtentores de Variedades Vegetales, así como las disposiciones legales, técnicas y administrativas en recursos fitogenéticos.

Promover, organizar establecer y coordinar, conjuntamente con la Coordinación General Jurídica, las actividades relativas a la protección de los derechos del obtentor de variedades vegetales y el Programa Nacional de Recursos Fitogenéticos.

Coordinar las actividades de las Secretarías Técnicas del Comité Calificador de Variedades Vegetales y Consultivo de Variedades de Plantas.

Organizar y coordinar los comités técnicos de Normalización para la formulación, revisión y actualización permanente de las guías técnicas para las pruebas de caracterización varietal, con fines de protección en los derechos de obtentores.

Organizar y coordinar los grupos técnicos de especialistas que dictaminen sobre la identificación de las condiciones de distinción, homogeneidad y estabilidad de los caracteres pertinentes de las variedades vegetales.

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Establecer los procedimientos para la integración de las bases de datos relativas al Programa Nacional de Recursos Fitogenéticos y Derechos del Obtentor de Variedades Vegetales al sistema nacional de información.

Coordinar el seguimiento a los acuerdos y convenios de carácter nacional e internacional que establezca la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en materia de protección de las obtenciones vegetales, recursos fitogenéticos y aspectos de bioseguridad agrícola.

Establecer lineamientos para la evaluación de variedades vegetales con fines de caracterización varietal y para la aprobación de organismos evaluadores, así como supervisar su operación.

Promover la participación de los sectores involucrados en la protección de los derechos del obtentor de variedades vegetales y de los recursos fitogenéticos.

Difundir y coordinar, los actos y disposiciones legales, normativas y administrativas relacionadas con los derechos del obtentor de variedades vegetales y protección de los recursos fitogenéticos, así como los estudios técnico–económicos que permitan promover la actualización permanente de los derechos y cuotas relacionadas con los derechos de los obtentores de variedades vegetales.

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C00.02 Subdirección de Control de Calidad de Semillas OBJETIVO Coordinar las acciones para la integración del Comité Consultivo de Normalización para la producción, certificación y comercio de semillas para siembra, y del Centro Nacional de Referencia para el análisis y calidad de semilla, así como vigilar el cumplimiento de las normas para la certificación de semillas mediante la supervisión técnica, a fin de que se cumpla eficientemente con los programas de control de calidad. FUNCIONES

Supervisar la aplicación de la Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, las disposiciones legales, normativas y administrativas en la evaluación, acreditamiento y operación de los organismos de certificación y verificación de semillas, así como de los laboratorios para análisis de calidad.

Coordinar la supervisión, elaboración y actualización de metodologías y procedimientos para el análisis de calidad de semillas y pureza varietal, así como su homologación con la de organismos internacionales.

Organizar y coordinar el Subcomité de Normalización para la formulación, revisión y actualización permanente de las normas para la producción y certificación de semillas y material de propagación para siembra.

Establecer y coordinar el sistema nacional para la aprobación de profesionales que se desempeñen como supervisores en la certificación o como inspectores para la verificación de los organismos de certificación.

Coordinar la elaboración de manuales para la operación de los organismos de certificación, el directorio de productores, comercializadores, almacenes y beneficios de semillas, así como la sistematización de la información sobre la producción de semillas certificadas, instalaciones y unidades de verificación.

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Coordinar y supervisar los programas de producción de semillas certificadas, y de comercialización, así como el de semillas y material de propagación utilizado para siembra.

Establecer los lineamientos técnicos, operativos y administrativos para la expedición de los certificados de calidad de semillas y material de propagación.

Promover la participación de los agentes relacionados con la producción, certificación y comercio de semillas, y en actividades de difusión y uso de semillas certificadas.

Establecer lineamientos y dirigir la realización de estudios técnico–económicos para la actualización de los derechos y cuotas por la prestación de servicios que otorga el SNICS.

Fortalecer las capacidades y actividades de los comités especializados en calidad de semillas.

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C00.00.01 Departamento de Administración OBJETIVO Proporcionar en forma oportuna y eficiente los apoyos administrativos a la Dirección, mediante la adecuada administración y racionalización de los recursos humanos, materiales y financieros, con el propósito de elevar la productividad y eficiencia de las áreas, con apego a las políticas y lineamientos establecidos por la Oficialía Mayor del Ramo. FUNCIONES

Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados al SNICS, conforme a las normas y lineamientos establecidos.

Coordinar, elaborar y llevar el control del Programa Presupuestal del SNICS, de acuerdo a las políticas y normas establecidas.

Llevar el control del sistema interno de contabilidad, para determinar el costo de cada uno de los programas de las áreas, así como los ingresos y egresos de las unidades operativas del SNICS.

Gestionar a través de la Oficialía Mayor del Ramo las modificaciones programático–presupuestarias requeridas para el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas para el SNICS.

Elaborar y presentar las propuestas ante las unidades correspondientes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la actualización de cuotas por los diferentes tipos de servicios que presta el SNICS, así como las modificaciones y adecuaciones en las cuotas por pagos de derechos.

Realizar los trámites necesarios para que el personal del SNICS reciba las prestaciones que otorga el Gobierno Federal.

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Coordinar y supervisar los servicios de mantenimiento, mensajería, transporte,

fotocopiado, vigilancia, proveeduría e intendencia que requieran las áreas del SNICS.

Coordinar y formular el programa anual de adquisiciones, así como la actualización

permanente del inventario de mobiliario y equipo del SNICS.

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X. GLOSARIO DE TÉRMINOS Activo Tecnológico de Semillas y Variedades Vegetales. Actos vinculados con la producción, certificación y comercio de semillas para siembra, los derechos de propiedad intelectual en variedades vegetales, y los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura. Calidad de semillas. Aquellos atributos que tiene una semilla, en aspectos genéticos, físicos, fisiológicos y fitosanitarios, mismos que son susceptibles de calificación. Certificación de Semillas. Constancia que expide la Secretaría o las personas físicas o morales acreditadas, por medio de etiquetas que se adhieren, fijan o cosen al exterior de los envases, constatando que dichas semillas se produjeron conforme a métodos que aseguran su identidad genética y que en el momento de su etiquetado, reunieron los elementos normativos requeridos. Derecho de Obtentor. Derecho de propiedad intelectual otorgado por la Secretaría, en el que se reconoce y ampara la potestad de la persona física o moral que, mediante un proceso de mejoramiento, ha obtenido y desarrollado una variedad vegetal nueva, distinta, estable y homogénea, para su aprovechamiento y explotación, en forma exclusiva y de manera temporal. Descripción varietal. Conjunto de características morfológicas, bioquímicas, fisiológicas y otros atributos fenotípicos de una variedad, que la definen y diferencian. Guías Técnicas para la descripción varietal. Documento que contiene los métodos y las características para describir una población de plantas que constituyen una variedad vegetal. ISTA. International Seed Testing Association (Asociación Internacional de Ensayos de Semillas).

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Material de Propagación. Cualquier material de reproducción sexual o asexual que pueda ser utilizado para la producción o multiplicación de una variedad vegetal, incluyendo semillas para siembra y cualquier planta entera o parte de ella, de la cual sea posible obtener plantas enteras o semillas. Obtentor de Variedades Vegetales. Persona física o moral que mediante un proceso de mejoramiento ha obtenido y desarrollado una variedad vegetal de cualquier género y especie. OCDE. Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico. Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura. Cualquier material de origen vegetal, incluido el material reproductivo y de propagación vegetativa que contiene unidades funcionales de la herencia, y que posee un valor real o potencial para la alimentación y la agricultura. Reglas Técnicas para la certificación. Documento que especifica los factores de campo y laboratorio para calificar la calidad de la semilla. Semillas. Los frutos o partes de éstos, así como las partes de vegetales o vegetales completos, que pueden utilizarse para la reproducción y propagación de las diferentes especies vegetales.

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XI. DIRECTORIO

Teléfono Unidad Responsable Titular Domicilio

Directo ExtE-mail

Dirección del SNICS

Ing. Enriqueta Molina Macías

Av. Presidente Juárez núm. 13 Col. El Cortijo C.P. 54000 Tlalnepantla

Edo. de Méx.

5565-1910 11

[email protected]

enriqueta.molina@sagarpa

.gob.mx

Subdirección de Control de Calidad

de Semillas

Ing. José Manuel Chávez Bravo

Av. Presidente Juárez núm. 13 Col. El Cortijo C.P. 54000 Tlalnepantla

Edo. de Méx.

5565-1910 21

[email protected]

[email protected]

ob.mx

Subdirección de Registro y Control

de Variedades Vegetales

Ing. Eduardo Padilla Vaca

Av. Presidente Juárez núm. 13 Col. El Cortijo C.P. 54000 Tlalnepantla

Edo. de Méx.

5565-1910 12 [email protected]

Departamento de Exámen Varital

Lic. Carla B. Mendoza González

Av. Presidente Juárez núm. 13 Col. El Cortijo C.P. 54000 Tlalnepantla

Edo. de Méx.

5565-1910 25 [email protected]

Departamento de Administración

Lic. Guadalupe Contreras Zárate

Av. Presidente Juárez núm. 13 Col. El Cortijo C.P. 54000 Tlalnepantla

Edo. de Méx.

5384-2213 19

[email protected]

gcontreras.snics@sagarpa.

gob.mx