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MANUAL DE INDUCCIÓN A LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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MANUAL DE INDUCCIÓN A LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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DIRECCIÓN EJECUTIVA DE RECURSOS HUMANOS Y FINANCIEROS

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

UNIDAD DEPARTAMENTAL DE PRESTACIONES

Lic. Alejandra Barillas Rustrián

Directora Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros

Mtra. María Adriana Suárez Linares

Subdirectora de Recursos Humanos

Lic. Armando Morales Flores

Jefe de la Unidad Departamental de Prestaciones

Lic. Edgar Renán Córdova Lazos

Coordinador Especializado

Elaboró: Psic. Gabriela Calderón Suárez

Zaragoza No. 280 Col. Buenavista, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300

Tel. 5597 0360 al 63. Extensión 16

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Í N D I C E

BIENVENID@ A LA POLICÍA AUXILIAR ................................................................................................................................ 3

OBJETIVO: ........................................................................................................................................................... 5

I. ¿DÓNDE ESTAMOS? ................................................................................................................................................................... 6

II. ¿QUIÉNES SOMOS? ................................................................................................................................................................... 8

III. MARCO LEGAL ....................................................................................................................................................................... 11

IV. NUESTRO ORGANIGRAMA………………………………………………………………………………………………………….14

V. CUALES SON NUESTRAS PRESTACIONES .................................................................................................................... 15

VI. PRESTACIONES OTORGADAS POR MEDIO DE LA CAPREPA........................................................................... 24

VII. OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO ................... 28

VIII. PROHIBICIONES…………………………….……………………………………………………………………….……………….30

ANEXOS ............................................................................................................................................................ 31

HIMNO DE LA POLICÍA AUXILIAR ................................................................................................................. 32

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BIENVENID@ A LA POLICÍA AUXILIAR

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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CARTA DEL DIRECTOR GENERAL

La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, es parte de la Secretaría de Seguridad Pública, los que tenemos el honor de trabajar en ella, nos debemos al lema que nos identifica: “Honestidad, Lealtad y Trabajo”. Necesitamos personal con fortaleza para llevar en alto las insignias de la Corporación, con mentalidad de servicio porque nos debemos a los ciudadanos que nos contratan y con habilidades como el trabajo en equipo y de calidad en el servicio para mantener nuestro prestigio. Ahora tú eres parte de los esfuerzos que se requieren para lograr las metas que nos hemos trazado. Bienvenido, necesitamos que te integres a la fuerza impulsora que nos posicione como la mejor policía del Gobierno de la Ciudad de México.

Primer Superintendente Mtro. Ángel Eric Ibarra Cruz

Director General de la Policía Auxiliar de la CDMX

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OBJETIVO:

Proporcionar la información que todo trabajador de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, requiere conocer para que se ubique dentro del entorno de trabajo en que se encuentra y fácilmente se identifique con su Corporación, su Unidad y su posición, que tenga la información básica de las percepciones, que esta Organización da a sus elementos a cambio de sus servicios. I. ¿Dónde estamos?

Nos ubica como parte de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, describe la importancia que tiene, la organización y funciones que desempeña dentro del Gobierno de la Ciudad de México y la sociedad a la que servimos.

II. ¿Quiénes somos?

Presenta nuestra misión, visión, funciones sustantivas, objetivos estratégicos y valores.

III. Marco Legal.

Ofrece el panorama del marco jurídico que nos rigen.

IV. Nuestro Organigrama Presenta la imagen de nuestra Estructura Organizacional: Direcciones Ejecutivas, Direcciones, Subdirecciones, Unidades Departamentales y Jefatura del Estado Mayor con sus Regiones de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.

V. ¿Cuáles son nuestras prestaciones? Describe el pago de conceptos adicionales a nuestro salario y la forma de tener acceso a ellos.

VI. Prestaciones otorgadas por medio de la CAPREPA. Describe las prestaciones que la Caja de Previsión Social de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México (CAPREPA), otorga al personal que forma parte de ésta Corporación.

VII. Obligaciones de los elementos de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.

Consiste en una relación de las obligaciones que todo personal debe cumplir como parte

de una cultura Corporativa.

VIII. Prohibiciones.

Es un listado de lo que no se debe hacer, de acuerdo al marco jurídico que nos rigen.

Anexos Cuadro con ubicación de las Clínicas y Hospitales. Himno de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.

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I. ¿DÓNDE ESTAMOS?

La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, forma parte de la policía complementaria de la

Secretaría de Seguridad Pública, por lo tanto, es una Institución dentro de la Administración

Pública del Gobierno de la Ciudad de México.

SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA

CIUDAD DE MÉXICO

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La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, tiene como marco normativo el que rige al Gobierno de

la Ciudad de México, a su vez observa los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y

honradez de la Secretaría de Seguridad Pública, de ahí, se desprenden las dependencias

policíacas, como instituciones armadas, disciplinadas y jerarquizadas de naturaleza civil, para

garantizar los derechos e integridad física y patrimonial de los habitantes de la Ciudad de México.

Por lo que es facultad del Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, en

coordinación con el Director General de la Policía Auxiliar, ejercer el mando directo de la Policía,

conforme a lo establecido en el artículo 4º de la Ley Orgánica de la Secretaría, así como designar y

remover libremente a los servidores públicos titulares de las Unidades Administrativas y

Unidades Administrativas Policiales, expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases

conducentes al buen desempeño de las funciones de la Secretaría.

La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, está organizada en tres Regiones y 19 Sectores, cuyos

titulares se distinguen con un apelativo característico para su identificación entre el personal

operativo, a su vez, éstos se subdividen en Destacamentos con la función de ayudar a realizar las

múltiples responsabilidades operativas a cargo de un Comandante de Sector.

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II. ¿QUIÉNES SOMOS?

Somos una Corporación Policíaca Complementaria de la Secretaría de Seguridad Pública de la

Ciudad de México, con una historia de creación que ha ido evolucionando, hasta convertirse en lo

que hoy conocemos.

En el contexto social, político y económico, se empiezan a organizar los primeros grupos

de sectores, que fueron constituidos por los veladores y cuidadores de automóviles en la

vía pública o en estacionamientos de la Ciudad de México, se unieron en torno a jefes que

contaban con espíritu de servicio y capacidad de liderazgo, y que fueron sus herramientas

únicas para imponer reglas generales de actuación y disciplina.

Don Leandro Castillo Venegas, militar de carrera, alrededor de 1925 funda en Lomas de

Chapultepec, la primer Unidad de Vigilancia, que estuvo constituida por 7 elementos. Este

pequeño grupo sería al paso del tiempo, el origen y vértebra de lo que hoy es la Policía

Auxiliar de la Ciudad de México.

En 1941 el Presidente Manuel Ávila Camacho, emite el primer “Reglamento de Veladores

Auxiliares de la Policía Preventiva del Distrito Federal”.

Durante 1949 el presidente Lic. Miguel Alemán Valdés, determinó mediante Decreto

Oficial, que todos los Oficiales e individuos que integraban el Grupo de Policía Auxiliar

quedaban bajo las órdenes y normatividad de la Dirección de Tránsito y Transportes del

Departamento del Distrito Federal.

En el gobierno del presidente Lic. Miguel de la Madrid Hurtado en 1984, reconoce a la

Corporación como prestadora de servicios a particulares, y señala de manera explícita,

que la normatividad de la Policía Preventiva era de observancia obligatoria para la Policía

Auxiliar. Incorporándolos dentro del gozo de los beneficios de seguridad social que se

otorgara a los trabajadores del Estado. Medida que representaba un alto costo, sobre todo

por la rotación de personal, por lo que fue manejada discrecionalmente, otorgando

algunas prestaciones sociales a sus elementos por medio del “Fondo de Ahorro y

Prestaciones Sociales de la Policía Auxiliar”.

En Febrero de 1988, se constituyó la Asociación Civil denominada, “Servicios Sociales para

la Policía Auxiliar del Distrito Federal”, por su naturaleza, esta Asociación Civil tenía una

personalidad jurídica propia que la hizo independiente en su funcionamiento.

En 1993 se expide la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, en donde se considera

a la Policía Auxiliar en forma complementaria del entonces Departamento del Distrito

Federal con funciones específicas y obligaciones para desempeñarse bajo el mando y

dirección de la Secretaría de Seguridad Pública, prestar Servicios de Seguridad, así como

enterar a la Tesorería de los ingresos percibidos por la prestación de sus servicios.

El 20 de mayo de 2005, se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Reglamento

Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, donde se establece que

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la Policía Complementaria proporcionará servicios de protección, custodia y vigilancia de

personas y bienes, valores e inmuebles a dependencias, entidades y órganos de los

Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial Federales y del Distrito Federal, órganos

autónomos federales y locales, así como a personas físicas y morales, mediante el pago de

la contraprestación que se determine.

Los avances en la normatividad y la consolidación de la organización y administración

interna, dan importantes resultados en beneficio de la Ciudad de México y sus habitantes,

el pasado y evolución de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, hoy se refrendan en los

éxitos de la Corporación.

Actualmente la Policía Auxiliar contribuye no sólo con los actos de seguridad y vigilancia

personal al Gobierno de la Ciudad de México y a empresas, sino también con la generación

de aproximadamente 28,000 empleos que benefician a la mayoría de los habitantes del de

la Ciudad de México y área metropolitana.

Nuestra Corporación avanza y crece, siendo un ejemplo para otras empresas privadas similares

en el ámbito nacional.

MISIÓN

Proporcionar servicios de protección y vigilancia a las personas físicas y morales de los sectores:

público y privado, a cambio de una contraprestación en numerario, así como, coadyuvar con la

Secretaría de Seguridad Pública, en los operativos que ésta disponga, a fin de preservar el orden

en la vía pública.

VISIÓN

Prestar un servicio eficiente, cubriendo todas las demandas de nuestros usuarios, así como lograr

una buena imagen ante la ciudadanía a través del apoyo oportuno en requerimientos de

seguridad pública, con honradez, transparencia y lealtad a la Corporación.

Ser la mejor Policía de la Ciudad de México y llegar a ser una Policía de clase mundial.

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VALORES DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

HONESTIDAD

Entendiéndose por honestidad, el ser probo, recto, honrado, conducirse con la verdad en

un contexto de equidad y justicia.

LEALTAD

Cumplimiento de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor y hombría de bien;

legalidad, verdad, realidad. Hacer aquello con lo que uno se ha comprometido, aún en

circunstancias cambiantes.

TRABAJO

Obtener resultados con el esfuerzo aplicado a una ocupación retribuida, obra resultado de

una actividad humana.

CONSTANCIA

Firmeza y perseverancia del ánimo en las resoluciones y en los propósitos.

VOCACIÓN DE SERVICIO

Dedicarse a algo para lo cual se tiene una disposición para una acción y efecto de servir.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Utilizar métodos operativos y de inteligencia policial de vanguardia.

Consolidar los actuales servicios de seguridad y vigilancia contratados, tanto con la

iniciativa privada, como con el gobierno de la Ciudad de México.

Llegar a ser una Corporación eficiente, eficaz y con niveles óptimos de desarrollo,

competitividad y rentabilidad.

Mantener a la Corporación en un servicio constante, leal y eficaz para la sociedad,

cumpliendo con la Constitución, Leyes y Reglamento establecidos bajo el lema:

“Honestidad, Lealtad y Trabajo”.

Honrar el otorgamiento por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional de la Licencia

Oficial Colectiva No.6 para la Portación de Armas de Fuego.

Practicar a sus elementos en tiempo y forma los exámenes psicológicos y toxicológicos

reglamentarios en cumplimiento a la Ley Federal de Armas de Fuego.

Integrar al Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública, perteneciente al Sistema

Nacional de Seguridad Pública a los elementos de la Policía Auxiliar de la Ciudad de

México.

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PRINCIPIOS

Estos principios rigen a todo funcionario público, sujetos de responsabilidad

administrativa y obligaciones en el servicio público

Legalidad

El actuar de la Administración Pública, se debe apegar a la Ley y demás disposiciones

jurídicas y administrativas que la rigen.

Honradez

La conducta como servidor público se debe ajustar a los principios morales fundamentales

de esta sociedad, y con ello evitar una afectación al interés y a la hacienda pública, así

como al patrimonio de la Ciudad de México.

Lealtad

Prestar el servicio de tal forma que el cumplimiento de nuestras obligaciones éste siempre

por encima de los intereses personales, así como que los recursos que nos asignen, sean

utilizados exclusivamente para el fin correspondiente.

Imparcialidad

El servidor público actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a

organización o persona alguna.

Eficiencia

Cumplimiento de nuestras obligaciones para lograr los resultados que se esperan,

mediante la correcta utilización de recursos que nos son asignados.

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III. MARCO LEGAL

Decreto presidencial del Lic. Miguel Alemán Valdés, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 13 de marzo de 1949.

Decreto presidencial del Lic. Miguel de la Madrid Hurtado, publicado en el Diario Oficial de

la Federación el 6 de julio de 1984, en el que se promulga el Reglamento de la Policía

Preventiva del Distrito Federal, en su Artículo 13, establece que la Policía Auxiliar forma

parte de la Policía del Distrito Federal.

El 20 de mayo de 2003, se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley Orgánica

de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, con el objeto de establecer las

bases para la organización de la Secretaría de Seguridad Pública, para el despacho de los

asuntos que le competen de conformidad con lo que establecen las disposiciones legales

aplicables.

El 20 de mayo de 2005, se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Reglamento

Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, donde se establece que

la Policía Complementaria, proporcionará servicios de protección, custodia y vigilancia de

personal y bienes, valores e inmuebles a dependencias, entidades y órganos de los

Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial Federales y del Distrito Federal, órganos

autónomos federales y locales, así como a personas físicas y morales, mediante el pago de

la contraprestación que se determine.

A continuación se presenta la relación de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y circulares que

regulan la actuación de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.

CONSTITUCIÓN

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

LEYES

Ley Federal del Trabajo.

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal.

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29.01.1996 y en el D.O.F.: 07.02.1996.

Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal.

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Ley de Servicio Público de Carrera de Administración Pública del Distrito Federal.

Ley Orgánica del Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.

Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

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Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal.

Ley de Protección Civil para el Distrito Federal.

Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Distrito Federal.

REGLAMENTOS

Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.

Reglamento de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal.

Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

Reglamento Interior de la Policía Preventiva del Distrito Federal.

Reglamento que establece el Procedimiento para la Conclusión de la Carrera Policial de la

Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.

CIRCULARES

Circular Uno y Uno Bis (vigente) en Materia de Administración de Recursos, publicadas en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

ESTATUTOS

Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

REGLAS

Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar del

Distrito Federal.

Reglas para la Aplicación de Correctivos Disciplinarios en la Policía del Distrito Federal.

Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del

Distrito Federal.

OTROS

Guía Técnica para la elaboración de manuales del Gobierno del Distrito Federal. Oficialía

Mayor.

NOTA. Los ordenamientos legales citados son enunciativos, más no limitativos, ya que es apreciable toda legislación

que tenga relación con el ejercicio de las funciones encomendadas a la dependencia.

14

IV. NUESTRO ORGANIGRAMA

Dirección Jurídica y

Consultiva

15

V. CUALES SON NUESTRAS PRESTACIONES

AGUINALDO

PRESTACIÓN ANUAL.

El personal operativo y administrativo, recibirá un importe de 40

días de salario como aguinaldo cuando hayan cumplido un año de

servicio y se pagan partes proporcionales a quienes hayan laborado

menos del año, con fundamento en los lineamientos que para tal

efecto emita la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.

En los casos que el juez lo determine y ordene, se aplicarán los descuentos judiciales

correspondientes a la pensión alimenticia.

VACACIONES

PRESTACIÓN SEMESTRAL.

El personal Operativo y Administrativo debe disfrutarlas, en caso contrario se tendrán como

disfrutadas.

NUMERO DE DÍAS: 20 días de vacaciones anuales, los cuales podrá

disfrutar en dos periodos de 10 días cada uno(cada seis meses de

trabajo). En caso de tener licencias médicas o licencias sin goce de

sueldo, durante todo el periodo no le serán otorgadas, y en su caso, se

le otorgarán las partes proporcionales que correspondan.

REQUISITOS PARA DISFRUTARLAS. Cumplir seis meses de servicio para disfrutar el primer

periodo.

PRIMA VACACIONAL.

Se paga el 25% del importe de las vacaciones..

Ejemplo

SUELDO MENSUAL

SUELDO DIARIO

MONTO POR VACACIONES

PRIMA VACACIONAL

$ 15,000.00 $ 500.00 $ 5,000.00 $ 1,250.00

16

VALES

Son aplicables para personal administrativo y operativo, otorgados de acuerdo a los lineamientos

emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. Sujetos a canje en lugares

asignados. Siempre y cuando se cuente con la asignación presupuestal. Aplican descuentos

judiciales por pensión alimenticia cuando así lo indique el juez.

TIPO DE VALES:

Estimulo de fin de año

Para el personal administrativo y operativo, otorgado de

acuerdo a los lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor del

Gobierno de la Ciudad de México. Sujetos a canje en lugares

asignados.

El importe de los vales es de acuerdo a los lineamientos

emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. Aplican descuentos

judiciales por pensión alimenticia cuando así lo solicite el juez.

Complementarios

Se otorgan vales de despensa denominados como “Complementarios”, cuyo

importe se especifica en los Lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor de

la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.

Día del niño

Se otorgan exclusivamente al personal que tengan

registrados hijos en edades establecidas en los

lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor de la

Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de

México.

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Día de las madres

Se otorgan únicamente a las madres que tengan registrados a

sus hijos conforme a los lineamientos emitidos por la Oficialía

Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de

México.

UNIFORMES ESCOLARES

Se otorgan anualmente.

Se entrega al personal administrativo y operativo, que

cumpla con los requisitos de los lineamientos. Aplican

mediante dispersión directa a la cuenta de nómina de

cada elemento por cada uno de sus hijos que estén

cursando el último nivel de pre-escolar y hasta el 3er.

año de secundaria en escuelas públicas localizadas en

las zonas conurbadas a la Ciudad de México y otros

Estados, siempre y cuando se otorgue el presupuesto

por parte del Gobierno de la Ciudad de México.

El importe del vale, es de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor de la

Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.

PAQUETE DE ÚTILES ESCOLARES Y MOCHILA

Se otorgan anualmente.

Para personal administrativo y operativo de acuerdo a los lineamientos

emitidos por la Secretaría de Seguridad Pública.

Se entrega el paquete de útiles escolares al personal, por cada uno de

sus hijos que estén cursando el último nivel de pre-escolar y hasta el

3er. año de secundaria.

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CAJA DE AHORRO

El personal administrativo y operativo, participa en la Caja de

Ahorro con aportaciones quincenales de $150.00 pesos que se

reintegran junto con sus intereses generados con corte a la

primera quincena de diciembre.

Préstamos

El personal administrativo y operativo tiene derecho a un préstamo otorgado a través de la Caja

de Ahorro de la Policía Auxiliar, hasta un monto máximo de

$13,000.00 pesos.

Hay préstamos sin avales, cuya garantía y monto máximo a solicitar

es lo que tenga ahorrado el solicitante. Se requiere de una

antigüedad mínima de seis meses, con previa autorización. El cargo

de intereses es del 2% mensual.

El plazo máximo de pago por préstamo, es de la fecha de solicitud

hasta la quincena 23 (1ª. de diciembre) o en plazo menor si así lo

requiere el solicitante.

Préstamos Especiales, son para cubrir cualquier emergencia, previa autorización del Comité de

Préstamos Especiales, siempre y cuando, esté garantizada la capacidad de pago por parte del

solicitante.

SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO (SAR)

El SAR es una prestación complementaria del Sistema de

Pensiones, el cuál fue creado el 1º de mayo de 1992.

Mediante éste, el trabajador va creando un fondo que

aumenta sus recursos posibilitándolo al momento de su

retiro para una vida más digna.

¿Cómo se integra la cuenta del S.A.R.?

Se compone de una cuenta individual a nombre de cada

uno de los trabajadores y está conformada por la subcuenta de ahorro para el retiro (2% del

salario, en forma bimestral).

19

¿Quién realiza las aportaciones?

La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, para que sea entregado a cada una de las cuentas

individuales tanto del personal operativo, como del administrativo.

SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL

La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, estableció a partir del 30 de abril de 2010, un seguro

de vida institucional, por medio de un contrato con una aseguradora independiente, para todo el

personal, que se encuentre activo, con el fin de proteger al titular, con una suma básica en caso

de muerte (por cualquier causa).

Además existe el beneficio de doble indemnización cuando el área

de Medicina del Trabajo de la CAPREPA lo considere como Riesgo

de Trabajo en actos del servicio o en caso de muerte accidental. La

triple indemnización por muerte colectiva y/o fallecimiento en un

acto heroico, en el cumplimiento

del deber en actos de servicio, esta

última deberá ser dictaminada por

el Consejo de Honor y Justicia de la

Secretaría de Seguridad Pública de

la Ciudad de México. Adicional de un pago por Ayuda de Gastos

Funerarios y un Microseguro otorgados a los beneficiarios que

haya designado en vida el titular. Además se tiene contratada las

coberturas de Invalidez Total y Permanente y la Pérdida de

Miembros.

De igual forma se tiene contratada la cobertura de “Ayuda para Gastos Funerarios”, para los casos

de fallecimiento del cónyuge o concubina e hijos del elemento.

AYUDA PARA TERMINAR DE ESTUDIAR

La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, facilita por medio de asesoría bajo el Sistema Abierto

del INEA, en el Instituto de Formación Superior de la Corporación, al

personal y sus familiares (esposo (a) hijos y hermanos) con deseos de

superación y que tengan deseos de terminar la primaria y secundaria.

También se puede cursar el bachillerato, licenciatura y posgrado.

20

CAPACITACIÓN

Con el objetivo de elevar la preparación, eficiencia y desarrollo

del personal tanto administrativo como operativo, en la

prestación del servicio público, se imparten cursos de

capacitación, incluyendo este de Inducción a la Corporación.

CINCO DÍAS DE DUELO.

Se otorgan cinco días naturales por comisión, al personal operativo y

administrativo en caso de fallecimiento de familiar en línea directa, es decir

esposo (a), cónyuge, hijos, padre o madre, adicionales al periodo vacacional en

curso, de acuerdo a la circular número OM/SSP/0154/08, del 30 de enero de

2008

PROGRAMA DE BAJA VOLUNTARIA DEL SERVICIO CON INDEMNIZACIÓN (RETIRO DIGNO).

Esta indemnización es aplicable al personal

administrativo y operativo de la Corporación, con base

en el Acuerdo que autoriza este programa, mismo que se

publica en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,

previa revisión y sanción del Secretario de Seguridad

Pública de la Ciudad de México. Está planteado para

reconocer los años de servicio prestados a la

Corporación por parte de los elementos, y garantizarles

un retiro digno. (Este programa está sujeto a la

disponibilidad presupuestal).

ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS ECONÓMICAS

Es un proceso equitativo y transparente con objeto de estimular al

personal que desarrolla con éxito sus deberes y responsabilidades,

conforme a lo establecido en los Artículos 33 y 39 de la Ley de

Seguridad Pública del Distrito Federal, siempre y cuando hayan sido

propuestos por el Titular de su área de Adscripción.

21

QUINQUENIO (ANUAL)

A partir de 2013 aplica para personal administrativo y operativo que haya cumplido con cinco

años de antigüedad ininterrumpidos en la Corporación, con fundamento en los Lineamientos

emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. Esta prestación se paga en el

mes de junio de cada año.

Adicional se le dará un pago anual en los años intermedios entre quinquenios, de acuerdo a la

normatividad vigente. Se pagarán $400.00 por los años intermedios, antes del cumplimiento de

cada cinco años. Los montos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal.

AÑOS IMPORTE

05 $1,100.00

10 $1,500.00

15 $2,000.00

20 $3,000.00

25 $4,500.00

30 $6,500.00

35 $11,650.00

40 $17,000.00

LICENCIA POR PATERNIDAD

Conforme a los Lineamientos de paternidad y maternidad

responsable, para garantizar y proteger la convivencia armónica

y equilibrada de las familias de la Ciudad de México, publicada

en la Gaceta Oficial el 15 de noviembre de 2013, los elementos

de la Corporación que deseen gozar de este derecho deberán

cubrir con los siguientes requisitos:

Acta de matrimonio o concubinato

Último recibo de pago

Credencial de la Corporación

Credencial del INE de la esposa o concubina

Último estudio clínico que indique las semanas de gestación

Escrito de petición dirigido a la Subdirección de Recursos Humanos con la fecha

probable del alumbramiento

En caso de parto prematuro, deberá presentar certificado de nacimiento donde

se especifique las semanas de gestación del bebé

Tratándose de un caso de adopción, deberá presentar el acta de nacimiento del

hijo (a) con la inscripción correspondiente.

22

HORARIO DE LACTANCIA

Conforme al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo y al Decreto por el que se adicionan y

reforman diversas disposiciones Artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del

Estado.- Las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha

que aproximadamente se fije para el parto, y de otros dos después del

mismo. Durante la lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por

día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día de

una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual

de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o

dependencia y tendrán acceso a la capacitación y fomento para la lactancia

materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante

seis meses y complemento hasta avanzado el segundo año de edad.

CARTA DE INSTRUCCIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS

Con esta carta tus beneficiarios podrán tener acceso a las prestaciones que se otorgan por medio

de la CAPREPA y de la Corporación, en caso de deceso del Titular, por lo que resulta de suma

prioridad actualizar este documento cada dos años aproximadamente, o antes en caso de realizar

cambios de Sector y/o beneficiarios, para que éstos no se vean afectados. Requisitos, Original y

Copia de:

1. Acta de nacimiento de Beneficiario

2. Acta de Matrimonio o Concubinato actualizada

3. Identificación Oficial IFE/INE vigente del Titular y Beneficiarios

FICHA DE DERECHOHABIENTES PARA EL SERVICIO MÉDICO

Además de recibir el Servicio Médico, el realizar este proceso te permite acceder a diversas

prestaciones que se otorgan en la Corporación y en la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar, por

lo que si no están registrados en el padrón del sistema RIPOL, se suspenderán algunas

prestaciones como Vales de Día del Niño, Día de la Madre, en su caso, Becas, etc. Requisitos:

1. Credencial de la Corporación o IFE

2. Acta de Matrimonio o Concubinato

3. Credencial de IFE (esposa(o), Concubina(o) y padres

4. Acta de Nacimiento (esposa(o), Concubina(o) y padres

5. Dependencia Económica en caso de registrar a los padres*

En el caso del padre, será requisito que no tenga Servicio Médico y/o Seguridad Social,

debiendo acreditar no ser derechohabiente, a través de formato sellado por el área de Vigencia

de Derechos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en

la Ciudad de México.

23

PRESTACIONES QUE SE OTORGAN AL PERSONAL OPERATIVO

Uniformes

Esta prestación se otorga dos veces al año.

Pago Único por Baja, con Base en los

años de Servicio

Con la finalidad de reconocer el tiempo laborado de

los elementos y con base al presupuesto disponible

en forma anual, se considera el pago por años de

servicio al personal que haya computado 15 años o

más de servicio en la Policía Auxiliar de la Ciudad de

México, conforme a lo establecido en la tarjeta

acuerdo emitida por el Director General de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.

Becas

Consiste en el pago de una cantidad que se fije para tal efecto, con el

propósito de estimular el aprovechamiento escolar de los hijos del personal

operativo. Aplica mensualmente durante 10 meses del período escolar, y el

monto estará sujeto a la disponibilidad presupuestal. Aplicable después del

1er. año de servicio. Se pagará de acuerdo a la convocatoria emitida por la

Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros, que es publicada en

julio de cada año, considerando los promedios más altos de aprovechamiento escolar.

Recuerda que todas las prestaciones y trámites que se llevan a cabo en la Policía Auxiliar de la

Ciudad de México, son completamente gratuitos.

24

VI. PRESTACIONES OTORGADAS POR MEDIO DE LA CAPREPA

Servicio Médico

(De acuerdo a lo establecido en el artículo1 y 2 del Decreto por el

que se creó el Organismo Descentralizado de la Administración

Pública de la Ciudad de México, la Caja de Previsión de la Policía

Auxiliar de la Ciudad de México, provee al personal adscrito a la

Corporación los servicios de salud a través de acciones de atención

primaria y educación para la salud, además de difundir e instrumentar

las políticas internas inherentes al desarrollo y modernización de los servicios

que brinda esta Corporación.

PENSIONES:

De acuerdo a lo establecido en el Capítulo V, artículo 18 de las Reglas de Operación del Plan de

Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, se otorgan las

siguientes pensiones:

Cesantía en edad avanzada

De acuerdo a lo establecido en el artículo 56 de las Reglas de Operación

del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la

Ciudad de México, se otorga cuando el titular se separa de forma

voluntaria del servicio activo, después de los 60 años de edad y siempre

que haya tenido una antigüedad mínima de 10 años.

Invalidez

De acuerdo a lo establecido en el artículo 37 de las

Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los

Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México,

se otorga cuando el titular está inhabilitado física o

mentalmente por causas ajenas al desempeño de su

cargo, cualquiera que sea su edad y siempre que haya

tenido una antigüedad mínima de 15 años.

25

Por Edad y Tiempo de Servicios

De acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de las Reglas de

Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía

Auxiliar de la Ciudad de México, se otorga cuando el titular tiene 55

años o más de edad y mínimo de 15 años o más de antigüedad.

Jubilación

De acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de las Reglas de

Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la

Policía Auxiliar de la Ciudad de México, se otorga cuando el

titular tiene 30 años o más de antigüedad, sin importar la edad.

Invalidez por Riesgo de Trabajo

De acuerdo a lo establecido en el artículo 47 de las Reglas de Operación del

Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de

México, se otorga cuando existe un Dictamen Médico de Invalidez Total y

Permanente por Riesgo de Trabajo emitido por la propia CAPREPA y Parte

Informativo.

Viudez y Orfandad.

Requisitos:

De acuerdo a lo establecido en el artículo 55 de las Reglas de Operación

del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la

Ciudad de México, se otorga cuando los familiares derechohabientes del

elemento o del pensionista que fallezca, tendrán derecho a la pensión

que le hubiere correspondido a éste, por jubilación, edad y tiempo de

servicios o de cesantía en edad avanzada a la fecha de su fallecimiento,

en la parte proporcional que le corresponda.

26

Indemnización por Retiro Voluntario

Aplica para los elementos que sin tener derecho a alguna

pensión de las señaladas anteriormente, se separe

voluntariamente del servicio activo en forma definitiva. El

pago se realizará de la siguiente manera: 45 días del salario

mínimo, cuando el elemento se retire con la antigüedad de

5 a 9 años y de 90 días del salario mínimo, al personal que

se separe de la Corporación con una antigüedad de 10 a 14

años o más, de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 de

las Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los

Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.

Pago único por Defunción

Se considera pago por defunción, el pago único que la Caja cubrirá a los

familiares derechohabientes de elementos fallecidos en el servicio activo. El

importe del pago por defunción, será el equivalente a 10 días de sueldo

mínimo por años de servicio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 59

de las Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de

la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.

Ayuda para gastos funerarios

Se otorgará una ayuda para gastos funerarios a los

derechohabientes de elementos en activo, pensionados o jubilados

que fallezcan. El importe de la ayuda para gastos funerarios será de

120 días de salario mínimo vigente en la Ciudad de México a la fecha

del fallecimiento, siempre y cuando no hayan utilizado los servicios

de FUNEZA. Para los familiares derechohabientes en primer grado,

como ayuda se otorgarán los servicios funerarios sin costo para el

elemento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 de las Reglas

de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la

Policía Auxiliar de la Ciudad de México.

27

SERVICIOS SOCIALES, CULTURALES Y DEPORTIVOS

La CAPREPA, de acuerdo a sus Reglas, tiene programas para elementos

activos, jubilados, pensionados y sus derechohabientes, a través de la

prestación de servicios que contribuyan al apoyo asistencial, a la protección

del poder adquisitivo de sus salarios, así como al desarrollo social, cultural

y recreativo de los mismos.

Recuerda que todas las prestaciones y trámites que se llevan a cabo en la CAPREPA son

completamente gratuitos.

Debes actualizar tu Ficha de Derechohabientes y a tus familiares, para que

puedan tener acceso a las prestaciones que otorga la Caja de Previsión de

la Policía Auxiliar Ciudad de México.

Cualquier duda o aclaración acude a la Dirección de Prestaciones de la

CAPREPA, cita en Mosqueta No. 140, 1er piso, Col. Guerrero, Del.

Cuauhtémoc, Teléfono 5535-77-09.

28

VII. OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE LA POLICÍA

AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Registrar y firmar la lista correspondiente (fatiga de

asistencia) al inicio y término de sus labores el personal

operativo.

El trabajo debe ser de calidad, eficiencia, responsabilidad y

discreción, debiéndose ejecutar con la intensidad, cuidado y

esmero apropiados.

Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compañeros.

No hacer propaganda de ninguna clase dentro de los edificios y/o lugares de trabajo.

Asistir a cursos de capacitación para mejorar su preparación y eficiencia.

Cumplir con las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables.

Observar las medidas de seguridad e higiene, que acuerden las comisiones que para tal

efecto se integren y las que indiquen los funcionarios para la protección personal de los

empleados de la Corporación.

Desempeñar las labores y el servicio bajo la dirección del jefe inmediato o de quien lo

sustituya en su ausencia.

Ejecutar el trabajo y las funciones asignadas con la intensidad, cuidado y esmero

apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.

Dar aviso oportuno al jefe inmediato, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, de las

causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo.

Restituir los materiales no usados y conservar en buen estado el material que se les

haya dado para el trabajo, no siendo responsable por el deterioro que origine el uso de

éstos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, o por mala calidad o

defectuosa construcción.

Someterse a los reconocimientos médicos y psicométricos previstos en el Reglamento

Interior y/o Lineamientos Internos de la Corporación y demás normas vigentes en la

misma.

Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y/o de desempeño, así

como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar

perjuicios a la Corporación.

Utilizar durante sus actividades laborales y de atención al público, un lenguaje

adecuado a fin de erradicar los usos excluyentes, las prácticas de desprecio,

discriminación o anulación que agredan a personas y grupos en particular,

específicamente al dirigirse a personas con discapacidad.

Desempeñar sus labores cotidianas con apego a las normas y lineamientos

encaminados a salvaguardar los derechos humanos de las personas con las que se

relaciona diariamente.

Las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México

que ocupen puestos de estructura u homólogos desde el nivel de Enlace por funciones,

ingresos o contraprestaciones, incluyendo el personal de base, eventual, o nómina 8 en

29

los casos que determine la Contraloría General; deberán presentar Declaración de

Intereses a efecto de manifestar sus relaciones pasadas, presentes o futuras con

personas físicas o morales, de carácter familiar, profesional, personal, laboral y de

negocios; que con motivo del ejercicio de las atribuciones que les confieren los

ordenamientos jurídicos y administrativos, puedan ser favorecidos, beneficiados,

adjudicados con contratos, concesiones, permisos y demás procedimientos y actos.

Las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México

que ocupen puestos de estructura u homólogos desde el nivel de Enlace por funciones,

ingresos o contraprestaciones, incluyendo el personal de base, eventual, o nómina 8 en

los casos que determine la Contraloría General; deberán presentar Declaración de

Situación Patrimonial, a efecto de proporcionar información del declarante, cónyuge,

persona con quien vive en concubinato, o en sociedad en convivencia y dependientes

económicos sobre ingresos y su aplicación, incluyendo adquisiciones o arrendamientos

de inmuebles, muebles, vehículos, inversiones, y otro tipo de valores: igualmente se

declarará la recepción y uso de donaciones, herencias, legados, viajes, derechos y

bienes en especie, así como gravámenes o adeudos vigentes.

Las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México

que ocupen puestos de estructura u homólogos desde el nivel de Enlace por funciones,

ingresos o contraprestaciones, incluyendo el personal de base, eventual, o nómina 8 en

los casos que determine la Contraloría General y que estén obligados a presentar la

Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta; deberán declarar la información

fiscal sobre cumplimiento de esta contribución y sobre la retención de impuesto por

parte del Gobierno de la Ciudad del año correspondiente.

Imprimir “Recibo Comprobante de Liquidación de Pago”, para esto es

necesario registrarse en la página www.plataforma.cdmx.gob.mx en la

cual se solicita correo electrónico, preferentemente gmail, una

contraseña de mínimo 8 dígitos, y el código de su Identificación Oficial

IFE/INE. Posteriormente deberá activar su cuenta en plataforma con la

clave que llegará a su correo, y con ello ya podrá imprimir los recibos

posteriores a su fecha de ingreso.

Actualmente la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros tiene la

encomienda de coordinar las acciones que permitan corregir la dilación injustificada

que prevalece en las distintas áreas operativas y administrativas de la Corporación,

para dar aviso a la CAPREPA, de un posible Riesgo de Trabajo, situación que propició la

configuración de la Circular PACDMX/DERHF/1034/2016, misma que fue dirigida a

toda la estructura que integra esta Corporación, cuyo propósito versó en la obligación

que tiene el personal de informar en un término INMEDIATO a esta Subdirección de

Recursos Humanos, los siniestros que se encuentren vinculados a posibles Riesgos de

Trabajo.

30

Personal administrativo:

Registrar en el Biométrico asignado su entrada, salida a comer, entrada de comer y salida

de labores.

o Tolerancia 15 minutos después de la hora de entrada.

o Del minuto 16 hasta el minuto 20, se considera retardo.

o Tres retardos se considerarán una falta, que será objeto de un día de descuento.

o Después del minuto 21, se considerará “Omisión de Entrada” y no se permitirá el

acceso a las instalaciones, salvo la autorización del Jefe inmediato y con la firma del

formato de incidencia correspondiente.

El tiempo para tomar alimentos: no podrá ser menor de una hora, ni mayor a tres horas de

acuerdo a la posición salarial donde se encuentre ubicado.

Asistir a la guardia sabatina, de acuerdo a lo establecido, por las necesidades del servicio.

VIII. PROHIBICIONES

Queda prohibido al personal administrativo y operativo de la

Corporación:

Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia

seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras

personas, así como la de su lugar de trabajo.

Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del jefe

inmediato.

Substraer de la Corporación material o muebles propiedad de la

misma.

Presentarse al trabajo en estado de embriaguez, bajo la influencia de algún narcótico o

droga enervante, a menos que exista prescripción médica. Antes de iniciar su horario

laboral, el trabajador deberá de poner el hecho en conocimiento del jefe inmediato y

presentarle la prescripción suscrita por el médico.

Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la naturaleza

de éste lo exija.

Suspender las labores sin autorización del jefe inmediato.

Hacer colectas en las instalaciones de trabajo.

Usar material de trabajo para un objeto distinto de aquel a que estén destinados.

Mantener una comunicación con trato intimidatorio, prepotente o grosero, en caso de

presenciar tales conductas indebidas, reportarlo al jefe inmediato,.

Escuchar música dentro de las instalaciones y lugares de trabajo, con un volumen alto

que distraiga o moleste a los demás compañeros que ahí laboran.

Fumar dentro de las instalaciones o lugares de trabajo, incluyendo los sanitarios.

31

ANEXOS

Domicilios de las Clínicas y Hospitales a las que te corresponde acudir cuando lo necesites, de

acuerdo a tu domicilio registrado

CLÍNICAS DE PRIMER NIVEL

La Dirección General de la de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar Ciudad de México, así

como la Dirección de Finanzas, Dirección de Servicios de Salud, Subdirección Jurídica, Oficina de

Información Pública y Contraloría Interna de este Organismo, se encuentran ubicadas en Av.

Diagonal 20 de Noviembre No. 294, esq. con Lucas Alemán, entre Isabel la Católica y 5 de Febrero,

Col. Obrera, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06800, Ciudad de México.

CLÍNICA UBICACIÓN TELÉFONO

SAME Av. Cuauhtémoc 15, Col. San Miguel Jacalones, C.P. 56600,

Chalco Estado de México.

1734-2551

5025-1873

OSCAMI Calzada Ermita Iztapalapa No. 2222, Col. Constitución de

1917 Iztapalapa C.P. 09260, México D.F.

5970-6264

5970-6443

ESPECIALIDADES

GUARNEROS S.A.

Av. Ignacio Pichardo Pagaza esq. Valle de los Toltecas No.

70, Col. Fuentes de Aragón, C.P. 55210, Ecatepec, Estado de

México

5775-3228

5774-9088

CLÍNICA SONIA ROJAS Excélsior 86, Col. Industrial, Del. G.A.M., C.P. 07800, México

D.F.

5759-4270

5759-4271

ALTA ESPECIALIDAD Y

DIAGNÓSTICO

Av. Gustavo Baz Esq. Pancho López No. 294, Col. Benito

Juárez, Cd. Netzahualcóyotl, Edo. de México

3682-3133

ESPECIALIDADES MÉDICAS

TLALNEPANTLA

Allende No. 12, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000,

Tlalnepantla, Edo. de México

6546-6118

6546-6996

UNIDAD DE MEDICINA

INTEGRAL (UMI)

Dr. Carmona y Valle No. 135, Col. Doctores, Delegación

Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México

5761-9221

5761-9071

HOSPITAL UBICACIÓN

Álvaro Obregón S.A. de C.V Álvaro Obregón, No. 123, 125, 127, Col. Roma, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06720

Teléfono 5761-9221 y 5761-9071

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HIMNO DE LA POLICÍA AUXILIAR

Policía soy,un amigo leal,policía soy,pertenezco a la Auxiliar.

En servicio estoy, protegiéndote,con lealtad yo serviré.

Al ciudadano ayudaré,del enemigo lo cuidaré,a los usuarios protegeréy a mi familia honraré.

Un amigo leal,policía soy,pertenezco a la Auxiliar.

En servicio estoy, protegiéndote,con lealtad yo serviré.

A mi uniforme respetaréy con orgullo lo portaré,con mis virtudes lo enalteceré, con mis acciones lo demostraré.

Un amigo leal,policía soy,pertenezco a la Auxiliar.

En servicio estoy, protegiéndote, con mi vida lo haré.

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DIRECTORIO TELEFÓNICO

CONMUTADOR JEFATURA

Av. Insurgentes Norte No. 202, Col. Santa María La Rivera,

Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06400

Conmutador 5547-5720 AL 24

DIRECTOR GENERAL:

PRIMER SUPERINTENDENTE MTRO. ÁNGEL ERIC IBARRA CRUZ

Conmutador Extensión 129

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE OPERACIÓN POLICIAL:

PRIMER SUPERINTENDENTE JOSÉ CRISÓFORO ÁLVAREZ GÁLVEZ

Conmutador Extensión 132

JEFATURA DEL ESTADO MAYOR

SEGUNDO INSPECTOR ISRAEL HERNÁNDEZ BARRERA

Conmutador Extensión 172

DIRECTOR EJECUTIVO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y SERVICIOS DE APOYO

LIC. MARÍA GUADALUPE MORENO SALDAÑA

Conmutador Extensiones 120 y 138

DIRECTOR EJECUTIVO DE RECURSOS HUMANOS Y FINANCIEROS

LIC. ALEJANDRA BARILLAS RUSTRIÁN

DIRECTOR DE FINANZAS

MTRO. JUAN MANUEL GARCIA GERARDO

Conmutador Extensiones 146 y 186

DIRECTOR DE INFORMACIÓN, SISTEMAS Y COMUNICACIONES

SEGUNDO INSPECTOR ISRAEL RODRIGUEZ ISLAS

Conmutador Extensiones 178 y 217

34

CONMUTADOR ZARAGOZA

Zaragoza N. 280 Col. Buenavista, C.P. 06300,

Delegación Cuauhtémoc

5597-0360 Al 63

SUBDIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS

MTRA. MARÍA ADRIANA SUÁREZ LINARES

Conmutador Extensiones 18

JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE PRESTACIONES

LIC. ARMANDO MORALES FLORES

Conmutador Extensión 16

JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

L.C. VICTORIA ESCAMILLA RUIZ

Conmutador Extensión 28

JEFE DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE NÓMINA

MTRO. BENITO GONZÁLEZ BELTRÁN

Conmutador Extensión 20