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Bases Normativas para operar el Proceso de Titulación en las Escuelas Normales del Estado de Veracruz

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Bases Normativas para operar el Proceso de Titulación en las Escuelas Normales del

Estado de Veracruz

1

Í N D I C E

Pág.

Presentación

I El documento recepcional. Su sentido formativo y características. .................... 5

II Las Instancias responsables del proceso de titulación ..................................... 9

III El examen profesional ........................................................................................22

IV Suspensión o invalidación del examen profesional ...........................................30

V Situaciones no previstas ....................................................................................30

VI Transitorio ...........................................................................................................31

2

PRESENTACIÓN

La reforma de la educación normal, implicó un cambio en el sentido que debe tener la

formación inicial de maestros, al considerar que el centro de la misma radica en el

desarrollo de competencias para el desempeño docente, generando con ello cambios

diversos en el funcionamiento de las escuelas normales, así como en la organización de las

prácticas institucionales y docentes. Dentro de este marco, la titulación adquiere un nuevo

significado, enfatizando el carácter formativo que debe asumir en este proceso; esto a su

vez demanda la definición de una lógica diferente en cuanto a la forma y los tiempos en que

las escuelas normales deben atender este quehacer.

La Subsecretaría de Educación Básica y Normal reconociendo la complejidad que implica

esta nueva orientación, emite los Lineamientos Académicos para Organizar el Proceso de

Titulación en las Licenciaturas en Educación Primaria, Preescolar y Secundaria, donde

señalan el imperativo de que cada entidad o escuela normal, según lo establezca la

autoridad estatal, elabore el reglamento respectivo, apegado a lo que se establece en el

documento referido. Para el caso de Veracruz, se determinó elaborar un documento rector

para todas las escuelas normales que impartan estas licenciaturas, denominado “Bases

Normativas para Operar el Proceso de Titulación en las Escuelas Normales del Estado de

Veracruz”, que tienen como propósito fundamental regular y orientar el proceso de titulación

de los futuros profesores.

Cabe señalar que lo establecido en este documento, rescata la experiencia de las escuelas

normales del estado en la operación de los nuevos planes de estudio, recuperada en el

seguimiento efectuado por la Dirección de Educación Normal y Superior en coordinación

con estas instituciones. Además, pretende constituirse en un material de consulta

permanente que coadyuve a enriquecer el proceso de titulación, de tal forma que las

escuelas normales recuperen de manera continua y sistemática la experiencia en su

aplicación

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Así mismo, es necesario enfatizar que la operación del proceso de titulación de las escuelas

normales del estado de Veracruz tiene su fundamentación legal en los siguientes

documentos normativos:1

SEP (1997), Plan de Estudios, de la Licenciatura en Educación Primaria.

SEP (1999), Plan de Estudios, de la Licenciatura en Educación Preescolar.

SEP (1999), Plan de Estudios, de la Licenciatura en Educación Secundaria.

SEP (2004) Normas de Control Escolar para las Licenciaturas del Subsistema de

Formación de Docentes en la Modalidad Escolarizada.

SEP (2001), Lineamientos Académicos para Organizar el Proceso de Titulación.

Licenciatura en Educación Primaria, Plan 1997.

SEP (2003), Lineamientos Académicos para Organizar el Proceso de Titulación.

Licenciatura en Educación Preescolar, Plan 1999.

SEP (2003), Lineamientos Académicos para Organizar el Proceso de Titulación.

Licenciatura en Educación Secundaria, Plan 1999.

SEP (2001), Lineamientos para la Organización del Trabajo Académico durante el

Séptimo y Octavo Semestres, Licenciatura en Educación Primaria, Plan 1997.

SEP (2003), Lineamientos para la Organización del Trabajo Académico durante el

Séptimo y Octavo Semestres, Licenciatura en Educación Preescolar, Plan 1999.

SEP (2003), Lineamientos para la Organización del Trabajo Académico durante el

Séptimo y Octavo Semestres, Licenciatura en Educación Secundaria, Plan 1999.

SEP (2000), Guía de Trabajo del Seminario de Análisis del Trabajo Docente I y

II, Licenciatura en Educación Primaria, Plan 1997.

SEP (2002), Guía de Taller de Diseño de Propuestas Didácticas y Análisis del

Trabajo Docente I y II, Licenciatura en Educación Secundaria, Plan 1999.

SEP (2002), Guía de trabajo del Seminario de Análisis del Trabajo Docente I y II.

Licenciatura en Educación Preescolar, Plan 1999.

1 En lo sucesivo, a esta fundamentación legal se le denominará en el cuerpo del trabajo como “documentos

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SEP (2001), Orientaciones Académicas para la Elaboración del Documento

Recepcional. Licenciatura en Educación Primaria.

SEP (2003), Orientaciones Académicas para la Elaboración del Documento

Recepcional. Licenciatura en Educación Preescolar.

SEP (2003), Orientaciones Académicas para la Elaboración del Documento

Recepcional. Licenciatura en Educación Secundaria.

El presente documento consta de seis apartados: el primero hace referencia al sentido y

características del documento recepcional; el segundo, alude a las instancias responsables

del proceso de titulación; el tercer apartado menciona los criterios para la realización del

examen profesional, la participación del jurado y el tipo de veredictos; el cuarto apartado,

hace referencia a las causas de suspensión o invalidación del examen profesional; en el

quinto, establece la facultad que tienen las autoridades del plantel, la Comisión de titulación

o la Instancia responsable de este proceso, para atender las situaciones no previstas y por

último, en el sexto se señalan las situaciones transitorias.

normativos”.

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I. EL DOCUMENTO RECEPCIONAL. SU SENTIDO FORMATIVO Y CARACTERÍSTICAS

Con la realización de las actividades académicas previstas en la última fase de la formación

inicial y la acreditación de las asignaturas cursadas en el séptimo y octavo semestres, el

estudiante cumple su servicio social y como producto elabora el documento recepcional

para obtener su título profesional.

Por tanto, la elaboración del documento atenderá las orientaciones y criterios establecidos

en los Lineamientos oficiales, entre los cuales se precisa el sentido formativo, los elementos

básicos para la elección del tema y/o problema, las recomendaciones para la recolección de

la información, sugerencias para efectuar la sistematización y análisis de evidencias, así

como una propuesta para elaborar un esquema de trabajo y la estructura mínima, que es

conveniente considerar para presentar el documento recepcional.

El tema y/o problema elegido por cada estudiante, deberá referirse a alguna de las líneas

temáticas señaladas en los documentos orientadores para cada licenciatura. No obstante,

para cumplir con los propósitos enunciados, todo documento recepcional atenderá tres

elementos fundamentales, independientemente de la línea temática en que se inscriba: a) el

didáctico, dedicado al análisis de los elementos que intervienen en el proceso de

enseñanza y aprendizaje, b) el referido a los alumnos y sus procesos de aprendizaje y c) la

influencia del contexto social, familiar o escolar en el trabajo docente.

Durante los cursos que abarca cada licenciatura, los estudiantes han adquirido

conocimientos y experiencias que, a través de un trabajo directo con los alumnos, les han

permitido desarrollar habilidades para enseñar, pero muy particularmente, en los dos

últimos semestres de la formación inicial se propicia que los estudiantes desarrollen una

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experiencia estructurada y sistemática, que permite conjugar los dos elementos que

integran una formación profesional: la teoría y la práctica.

El desarrollo de las actividades del 7° y 8° semestres propicia el fortalecimiento de la

reflexión del estudiante normalista sobre su propia práctica. Se busca que los alumnos

tengan la capacidad de observar, sistematizar y analizar el trabajo docente, para avanzar

desde esas experiencias hacia el estudio de situaciones concretas y hacia el uso de la

teoría. La reflexión sobre el trabajo docente permite reformular oportunamente su práctica,

intervenir y volver a analizar para formar en los estudiantes una actitud de evaluación

permanente hacia el mejoramiento de su desempeño como profesores. Esta vinculación

entre acción y conocimiento da la oportunidad al estudiante de usar la investigación como

herramienta para fortalecer su formación profesional.

El documento recepcional es un ensayo de carácter analítico y explicativo, en cuya

elaboración el normalista pone en práctica las competencias que forman parte de los rasgos

del perfil de egreso que establecen los Planes de Estudio; por lo tanto, en él se debe reflejar

el nivel de formación que ha logrado, ya que debe expresar de manera reflexiva su

experiencia en el desarrollo de las actividades del Trabajo Docente, así como una

aportación al conocimiento de fenómenos educativos, al enriquecimiento de las formas de

enseñanza, a la prueba de una estrategia o un recurso didáctico y al análisis de un tema y/o

problema relevante que identificó en la escuela donde realizó su trabajo educativo. Esa

aportación es seguramente más significativa cuando al tratar de construir un discurso

propio, utilizan referencias bibliográficas pertinentes al tema y buscan explicaciones a su

práctica docente como resultado de un análisis minucioso.

Por lo anterior, el documento recepcional debe entenderse como un ejercicio intelectual

derivado de la reflexión sobre la práctica para analizar en profundidad y explicar con base

en la experiencia y en los aportes teóricos pertinentes, un tema y/o problema educativo

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concreto, que dé cuenta de las condiciones reales en las que se realiza la labor docente, de

los factores que intervienen e influyen en ella y de las relaciones que se dan entre éstos y

las formas en que funciona y se organiza la escuela. En este sentido, las principales

características que deben cuidarse en los documentos recepcionales son su legibilidad, su

coherencia argumentativa y la fluidez y claridad en la exposición de las ideas. Al igual que

la estructura, la dimensión del documento sólo puede ser definida según la información

recogida, el tratamiento de la misma y el estilo de exposición. Por consiguiente, tomando en

consideración la proximidad entre el proceso de los exámenes profesionales y la conclusión

del ciclo escolar, deberá enfatizarse que el encuadernado de los Documentos

Recepcionales no es de carácter obligatorio.

Atendiendo a las características enunciadas anteriormente, se sugiere tener en cuenta las

siguientes recomendaciones:

a) Extensión. El documento recepcional tendrá una extensión mínima de 45 cuartillas de

contenido, excluyéndose la bibliografía y los anexos (dedicatorias, testimonios u otros)

que decida incluir el estudiante.

b) Apoyos gráficos. Este tipo de apoyos se refiere a los recursos para manejar y

presentar la información (cuadros, gráficas u otros). El uso de fotografías es

innecesario en un documento de esta naturaleza, cuyo contenido está centrado en el

análisis de la tarea educativa y de los hechos y problemas que lo caracterizan.

c) Características tipográficas. Éstas serán determinadas por el colegio de profesores

que atienden el Seminario de Análisis del Trabajo Docente I y II, en las Licenciaturas

en Educación Primaria y Preescolar o Taller de Diseño de Propuestas Didácticas y

Análisis del Trabajo Docente I y II en la Licenciatura en Educación Secundaria

cuidando que las exigencias sobre este aspecto no imperen sobre las características

académicas del documento recepcional ni demanden gran inversión de tiempo y de

recursos económicos.

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Finalmente, con todo lo anterior, se quiere destacar que se trata de estudiantes que están

culminando su formación inicial y no de investigadores, especialistas o maestros con un

largo ejercicio profesional. Este criterio no devalúa el documento recepcional, sino que lo

sujeta a parámetros realistas.

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II LAS INSTANCIAS RESPONSABLES DEL PROCESO DE TITULACIÓN

1. Del proceso

Las actividades que se llevan a cabo en la escuela normal para desarrollar el proceso de

titulación incluyen la planeación, organización, realización, evaluación y seguimiento de las

acciones encaminadas a la elaboración del documento recepcional y a la presentación del

examen profesional, que serán coordinadas por la Comisión de Titulación o Instancia

responsable del proceso de titulación. A continuación se establecen las instancias

responsables de atender este proceso, así como las funciones que deberán desempeñar,

con el fin de garantizar el cumplimiento de los propósitos de la última etapa de la formación

inicial planteados en los Planes de Estudio 1997 y 1999 para las Licenciaturas en

Educación Primaria, Preescolar y Secundaria.

2. De los responsables

Para atender las actividades inherentes al proceso de titulación, será necesaria la

vinculación de la autoridad educativa estatal con los directivos de las escuelas normales y,

al interior de cada escuela, entre los directivos, la Comisión de titulación o la Instancia

responsable del proceso de titulación, el Área responsable de control escolar del plantel, los

asesores del 7° y 8° semestres y los asesores de apoyo en su caso, Lector del documento

recepcional y los estudiantes.

2.1. Autoridad Educativa Estatal

Por autoridad educativa estatal se entenderá a los titulares de los servicios educativos y

estará representada por el Director de Educación Normal y Superior y el encargado de la

Subdirección de Registro y Certificación Escolar.

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Corresponde a la Dirección de Educación Normal y Superior:

a) Difundir con oportunidad los documentos normativos que regulan el proceso de

titulación, así como asesorar a los directivos y profesores de las escuelas normales

para su correcta aplicación.

b) Atender las dudas y hacer las aclaraciones pertinentes a los participantes en el

proceso, acerca de los documentos rectores.

c) Autorizar los docentes que fungirán como sinodales en los exámenes profesionales.

d) Autorizar el período de exámenes profesionales en las escuelas normales, previa

acreditación de que los planteles cumplieron con la integración correcta de los

expedientes de los egresados ante la Subdirección de Registro y Certificación Escolar;

en caso de ser necesario, se abrirá un periodo extraordinario dentro de los seis meses

siguientes, contados a partir del término del octavo semestre.

Corresponde a la Subdirección de Registro y Certificación Escolar:

a) Validar que los sustentantes hayan acreditado totalmente la carrera.

b) Validar que las escuelas normales integren, de manera correcta, los expedientes de

los egresados que presentarán examen profesional.

c) Otorgar el número de autorización de examen profesional a los egresados que

cuenten con el expediente de escolaridad completo.

d) Certificar firmas del acta de examen profesional y del título de la licenciatura

correspondiente.

2.2. Director del plantel

Es la persona que coordina un plantel de formación inicial de docentes, público o particular

que ofrece la(s) Licenciatura(s) en Educación Normal.

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Corresponde al Director del plantel:

a) Difundir entre los estudiantes, personal académico y administrativo, los documentos

normativos y, en particular, las Bases Normativas para Operar el Proceso de

Titulación en las Escuelas Normales del Estado de Veracruz, con el objeto de informar

y facilitar su operación.

b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales para operar el proceso de titulación

en las Escuelas Normales del Estado de Veracruz.

c) Acordar con el subdirector académico del plantel la conformación de la Comisión de

titulación o de la Instancia responsable del proceso de titulación al inicio del ciclo

escolar y orientar su funcionamiento.

d) Proporcionar los apoyos humanos, técnicos y materiales que requiera la Comisión de

titulación o Instancia responsable del proceso de titulación para desarrollar sus

actividades.

e) Vigilar que el expediente que contiene la documentación que acredita la escolaridad

del normalista para su titulación esté debidamente integrado.

f) Cuidar que el sustentante cumpla con los requisitos establecidos para presentar el

examen profesional.

g) Solicitar la autorización de los sinodales para los exámenes profesionales.

h) Requerir la autorización de el o los períodos de exámenes profesionales.

i) Controlar y resguardar los documentos de escolaridad.

j) Firmar y expedir los títulos y vigilar su entrega oportuna.

k) En los casos de que, al término del octavo semestre, el alumno no presente la versión

definitiva de su documento recepcional, no asista al examen profesional programado u

obtenga un veredicto de pendiente (situación señalada en el punto 6, primer párrafo

del apartado VIII de titulación de las Normas de Control Escolar para las Licenciaturas

del Subsistema de Formación de Docentes en la Modalidad Escolarizada) el director

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de la escuela normal deberá comunicar al alumno, en forma escrita, los límites de

tiempo que tendrá para concluir con el proceso de titulación, advirtiendo que el

periodo extraordinario concedido será la única oportunidad para lograr su titulación.

2.3 Comisión de titulación o Instancia responsable del proceso de titulación

2.3.1 De la comisión de titulación.

Constitución

Esta comisión se constituirá al inicio de cada ciclo escolar y estará integrada por: a) un

presidente, b) de tres a seis miembros del personal académico (de este último, al

menos un tercio de los integrantes de la comisión serán asesores de las actividades

académicas de séptimo y octavo semestres; los dos tercios restantes se integrarán

por docentes que imparten otras asignaturas del plan de estudios de la Licenciatura

que corresponda) y c) un secretario, que será uno de los miembros del grupo

académico referido anteriormente, el cual será elegido en la primera sesión de trabajo

de la comisión, misma que podrá constituirse por licenciatura o por escuela normal,

independientemente de las licenciaturas que se impartan y según lo demanden las

características y necesidades de cada institución.

De sus funciones

El Presidente de la comisión, cargo que ocupará el Subdirector Académico del plantel

o quien realice funciones análogas, le corresponde:

a) Organizar, coordinar y supervisar los trabajos y acciones de la comisión de

titulación.

b) Convocar a los miembros de la comisión a reuniones ordinarias y extraordinarias.

c) Realizar las acciones necesarias para cumplir con lo establecido en las Normas

de Control Escolar para las Licenciaturas del Subsistema de Formación de

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Docentes de la Modalidad Escolarizada que emite la Secretaría de Educación

Pública, en el punto 5, primer párrafo del apartado VIII de titulación.

Corresponde al Secretario:

a) Elaborar, integrar y resguardar los acuerdos de trabajo generados en las

reuniones de la comisión.

b) Difundir el calendario de exámenes profesionales; notificar a cada estudiante el

día, la hora y el lugar en que deberá presentar su examen profesional.

2.3.2 Instancia responsable del proceso de titulación

Constitución

Para el caso de la Instancia responsable del proceso de titulación, el encargado o

responsable de su funcionamiento será el Subdirector Académico de la escuela

normal o quien realice funciones análogas. Éste establecerá un trabajo coordinado y

permanente con el director de la institución para la organización, desarrollo y

seguimiento de las actividades inherentes al proceso. También podrán formar parte de

esta Instancia, dependiendo de las propias características y necesidades de la

escuela normal, aquellos docentes que impartan alguna de las asignaturas de los

planes de estudio correspondientes, principalmente, quienes funjan como asesores

del 7° y 8° semestres.

Es necesario señalar que, independientemente de que los asesores del 7° y 8°

semestres se encuentren formalmente adscritos o no a esta instancia, su participación

deberá considerarse como un aspecto fundamental en la toma de acuerdos para

atender el proceso de titulación.

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2.3.3 Corresponde a la Comisión de titulación en su conjunto o la Instancia

responsable del proceso de titulación

a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones normativas referidas a la titulación con

el personal docente en torno al marco normativo que regula el proceso de

titulación, en particular, los que se refieren a la elaboración del documento

recepcional.

b) Elaborar, al inicio del ciclo escolar, un plan de trabajo anual.

c) Promover reuniones de análisis e intercambio académico.

d) Planear, coordinar, dar seguimiento y evaluar las acciones inherentes al proceso

de elaboración del documento recepcional y de titulación.

e) Dar a conocer a los estudiantes los Lineamientos y las Bases Normativas para

Operar el Proceso de Titulación de las Escuelas Normales del Estado de

Veracruz, así como otras disposiciones específicas que orientan este proceso.

f) Programar las reuniones que se realizarán durante el ciclo escolar y convocar a

éstas en tiempo y forma a la academia o colegio de asesores de las actividades

académicas de séptimo y octavo semestres de las distintas licenciaturas. Estas

reuniones serán posteriores a cada período de Seminario y/o Taller y tendrán los

siguientes propósitos:

Revisar el desarrollo del proceso.

Atender casos específicos de alumnos que presenten rezago en la

elaboración del documento recepcional.

Identificar y atender las necesidades que se vayan presentando.

g) Promover la participación de todo el personal docente para brindar a los

estudiantes la asesoría que requieren para la elaboración del documento

recepcional, de acuerdo con el tema seleccionado y con el acuerdo del asesor de

cada estudiante, considerando su capacitación previa al proceso.

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h) Acordar, en consideración a las condiciones institucionales particulares de las

escuelas normales y las necesidades que demanden los alumnos, la pertinencia

de la asesoría de apoyo y/o la participación del lector del documento recepcional

a partir de que haya avances significativos en su elaboración o en su versión

preliminar.

i) Establecer tiempos y espacios para la valoración del avance del documento

recepcional con la presencia del asesor, el alumno normalista y, en su caso, el

asesor de apoyo.

j) Propiciar el intercambio continuo de la revisión de los avances del documento

recepcional, con la participación del asesor, asesor de apoyo y/o lector del

documento recepcional así como del alumno.

k) Designar a los profesores que integrarán el jurado para cada examen profesional

y entregarles de manera oportuna el documento recepcional correspondiente,

para su lectura y elaboración de preguntas para el examen profesional.

l) Verificar que los integrantes del jurado cumplan con las funciones que se les han

asignado.

m) Establecer y calendarizar, de acuerdo a las Normas de Control Escolar, el período

de exámenes profesionales al término del ciclo escolar, para la atención oportuna

de los estudiantes, el cual se programará evitando afectar otras actividades

académicas en la escuela o acortar los tiempos de estudio que se deben cubrir

para cada asignatura.

n) Resolver las dudas que presenten los estudiantes con respecto a este documento

y a otras disposiciones específicas que orientan el proceso de titulación.

o) Asegurar las condiciones propicias para que el examen profesional se desarrolle

en un ambiente estrictamente académico y sus resultados reflejen las

competencias adquiridas por los alumnos.

p) Presentar, al término del período correspondiente, un balance sobre los logros,

dificultades y retos que existieron durante el año escolar, así como las

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recomendaciones o acciones que establecerán para mejorar el proceso de

titulación en los siguientes ciclos escolares.

q) Realizar de manera oportuna las acciones necesarias para que, en un plazo no

mayor a seis meses –según lo establecen las Normas de Control Escolar–,

concluyan su documento recepcional y presenten el examen profesional los

estudiantes que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

Que no hayan presentado la versión definitiva de su documento recepcional

durante el período regular.

Que el veredicto del examen profesional haya resultado pendiente.

Que por alguno de los motivos que se señalan en el apartado cuatro de este

documento, el examen profesional haya sido declarado suspendido o invalidado.

2.4. Área de Control Escolar del plantel:

Es la instancia responsable de llevar a cabo en cada escuela normal las siguientes

funciones:

a) Integrar los expedientes académicos de los estudiantes y proporcionar información a

la Comisión de Titulación o Instancia Responsable del Proceso de Titulación.

b) Verificar que sean correctos los datos personales de cada sustentante que se

asienten en el acta y demás documentos del examen profesional.

c) Elaborar al término del examen profesional, la constancia y acta provisional del

examen.

d) Elaborar el acta de examen profesional de cada alumno, recabar las firmas y sellos

reglamentarios y llevar el control correspondiente.

e) Tramitar la expedición de los títulos y realizar su entrega oportuna a los egresados.

f) Elaborar y expedir constancias a los miembros de los jurados de examen profesional.

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2.5. De los asesores

Son los docentes de la escuela normal que brindan orientación documentada a los

estudiantes sobre las actividades académicas del 7° y 8° semestres y en particular, sobre la

elaboración del documento recepcional; dadas sus responsabilidades en este importante

proceso, se distinguen dos categorías:

Asesores Académicos del 7° y 8° semestres.

Son aquellos docentes de la escuela normal designados por la dirección del plantel como

titulares del Seminario de Análisis del Trabajo Docente I y II o del Taller de Diseño de

Propuestas Didácticas y Análisis del Trabajo Docente I y II, así como del Trabajo Docente I

y II. Entre sus responsabilidades, destacan las siguientes:

a) Brindar orientaciones a los alumnos normalistas y propiciar la reflexión sobre la

práctica docente, en particular en lo inherente a la elaboración del documento

recepcional.

b) En caso de que en la escuela normal se haya establecido la figura del asesor de

apoyo, el asesor académico del 7° y 8° semestres intercambiará puntos de vista con

aquel, a fin de brindar una orientación coordinada al alumno para la elaboración del

documento recepcional.

c) Considerar como un criterio más de evaluación en el Seminario y/o Taller los avances

del documento recepcional derivados de los acuerdos de academia.

d) Calendarizar la entrega de avances en la elaboración del documento recepcional y dar

seguimiento a su cumplimiento.

e) Cuidar que el documento recepcional tenga el sentido formativo de las orientaciones

académicas y esté expresado con las características básicas de redacción y

ortografía.

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f) Participar en las reuniones de trabajo colegiado, a fin de valorar, de manera conjunta,

los avances y dificultades presentados en la asesoría del documento recepcional, con

el propósito de proporcionar elementos a la Comisión de titulación o Instancia

responsable del proceso de titulación que le permitan determinar las acciones

pertinentes y oportunas.

g) Verificar que el alumno normalista atienda las últimas observaciones efectuadas al

documento recepcional.

h) Otorgar la aprobación del documento recepcional al alumno normalista para que éste

pueda acceder a la sustentación del examen profesional.

i) En caso de alumnos que al término del 8° semestre no presenten la versión definitiva

del documento recepcional, el asesor deberá presentar, ante la Comisión de titulación

o Instancia responsable del proceso de titulación, para los fines conducentes, el

informe detallado y argumentado de la situación que guarda dicho documento,

formulando las recomendaciones que permitan superar las deficiencias encontradas.

j) Participar en la presentación del examen profesional que sustenten los estudiantes del

grupo a su cargo.

k) Será responsabilidad del asesor continuar con la orientación a los alumnos que no

hayan concluido su documento recepcional al término del ciclo escolar o que, durante

el examen profesional, hayan obtenido el veredicto de "pendiente", como resultado de

las observaciones realizadas al documento recepcional, salvo en los casos en que la

Comisión de titulación o Instancia responsable del proceso de titulación considere

necesario efectuar cambio de asesor.

Asesores o Profesores de Apoyo:

Los asesores de apoyo son aquellos que forman parte de la planta docente de la escuela

normal y que además son conocedores de la asignatura o campo de conocimiento

relacionados con las temáticas elegidas para la elaboración del documento recepcional y

que tienen disposición para proporcionar sugerencias al normalista de común acuerdo con

19

el profesor titular de 7° y 8° semestres. La asignación de asesores de apoyo será atribución

de la dirección de la escuela y la Comisión de titulación o Instancia responsable del proceso

de titulación, o en su caso, puede ser un aspecto sugerido por los asesores y/o alumnos.

En caso de que el alumno y/o el asesor del 7° y 8° semestres estimen innecesaria la

asesoría de apoyo deberán manifestarlo ante la Comisión de titulación o Instancia

responsable para prescindir de dicha asesoría. Las funciones de los asesores o profesores

de apoyo son las siguientes:

a) Orientar al joven normalista en la elaboración del documento recepcional sobre

aspectos particulares de la temática elegida.

b) Establecer comunicación permanente con el asesor del Seminario y/o Taller y con el

alumno.

c) Asistir a las reuniones que se programen para tal efecto, ya sea en las academias de

7° y 8° semestres o a las de la Comisión de Titulación o Instancia Responsable del

Proceso de Titulación.

d) Realizar algunas visitas al alumno normalista durante su trabajo docente en las

escuelas de práctica.

e) Asistir o presenciar el desarrollo de algunas sesiones individuales del Seminario y/o

Taller destinadas a proporcionar orientación al alumno normalista para la elaboración

del documento recepcional.

f) Revisar de manera permanente, en coordinación con el asesor del Seminario y/o

taller, los avances que el alumno normalista presente en la estructura del documento

recepcional.

g) Revisar y analizar la versión preliminar del documento recepcional, cuidando que éste

tenga el sentido formativo de las orientaciones académicas y esté expresado con las

características básicas de redacción y ortografía.

h) Intercambiar con el asesor del Seminario y/o Taller, las observaciones realizadas a la

versión preliminar del documento recepcional.

20

i) Orientar al alumno normalista en las dudas y/o inquietudes que surjan con relación a

las últimas observaciones realizadas al documento recepcional.

j) Participar en espacios de discusión y de análisis sobre las orientaciones que debe

tener el Documento Recepcional.

2.6. Lector del Documento Recepcional:

Éste podrá ser un profesor que forme parte de la planta docente de las escuelas normales.

Su asignación también será atribución de la dirección de la escuela y la Comisión de

titulación o Instancia responsable.

Sus funciones son las siguientes:

a) Revisar y analizar los avances significativos y/o la versión preliminar del documento

recepcional, cuidando que éste tenga el sentido formativo de las orientaciones

académicas y esté expresado con las características básicas de redacción y

ortografía.

b) Intercambiar con el asesor del Seminario y/o Taller, las observaciones realizadas al

documento recepcional.

c) Orientar al alumno normalista en las dudas y/o inquietudes que surjan con relación a

las observaciones realizadas al documento recepcional.

d) Socializar con el alumno las observaciones realizadas al documento recepcional y

verificar que éstas sean atendidas, sobre todo las efectuadas a la versión preliminar.

e) Formar preferentemente parte del jurado para el examen profesional.

f) Participar en espacios de discusión y de análisis sobre las orientaciones que debe

tener el Documento Recpcional.

2.7 El estudiante:

Durante el proceso de titulación, cada estudiante deberá realizar las siguientes acciones:

a) Cumplir de manera satisfactoria las actividades académicas que demandan los

espacios curriculares del séptimo y octavo semestres.

b) Presentar de manera oportuna los productos derivados del Seminario y/o Taller; en

particular, los avances obtenidos en la elaboración del documento recepcional.

21

c) Asistir a las reuniones que se programen con el asesor y/o asesor de apoyo para la

revisión y orientación de los avances obtenidos en la elaboración del documento

recepcional.

d) Establecer y/o facilitar los mecanismos de comunicación con el asesor y/o asesor de

apoyo para atender las dudas y requerimientos que vayan surgiendo en el proceso.

e) Elaborar el documento recepcional de forma autónoma, de acuerdo a las

Orientaciones Académicas para la Elaboración del Documento Recepcional.

f) Atender las observaciones o sugerencias brindadas por el asesor, asesor de apoyo y

lector en su caso.

Para la sustentación del examen profesional, cada estudiante deberá cumplir con los

siguientes requisitos:

a) Cubrir en su totalidad los créditos que establece el Plan de Estudios de la

Licenciatura.

b) Verificar, al inicio del ciclo escolar, que su expediente escolar esté debidamente

integrado.

c) Haber realizado satisfactoriamente las actividades de Trabajo Docente durante el

séptimo y octavo semestres, única vía mediante la cual cumple con el servicio social

establecido para las licenciaturas en referencia.

d) Entregar a la Comisión de titulación o Instancia responsable del proceso de titulación

el documento recepcional aprobado por su asesor de las actividades académicas de

séptimo y octavo semestres.

e) Solicitar, de manera oportuna, a la Comisión de titulación o Instancia responsable del

proceso de titulación información relacionada con el día, hora y lugar en que

presentará su examen profesional.

f) Presentarse el día, hora y lugar señalados por la Comisión de titulación o Instancia

responsable del proceso de titulación para sustentar el examen profesional.

22

III. EL EXAMEN PROFESIONAL

1. Características

El examen profesional es una experiencia formativa en la cual el estudiante, ante un jurado,

explica y fundamenta el contenido de su trabajo recepcional, a través de la argumentación.

Las recomendaciones y observaciones que los sinodales realicen serán elementos que

contribuyan al mejoramiento de las competencias profesionales del estudiante y le

permitirán seguir reflexionando sobre su práctica.

Para atender a esas características, las intervenciones del jurado versarán sobre la

reflexión y sistematización que realiza cada estudiante acerca de las competencias

didácticas adquiridas durante la licenciatura, en particular en el trabajo docente que llevó a

cabo en la última etapa de la formación inicial. Es necesario tomar en cuenta que cada

estudiante es portador de experiencias particulares; por lo tanto, más que el apego a una

teoría o enfoque metodológico, se debe analizar su capacidad para sistematizar la

información procedente de diversas fuentes, elaborar argumentos y presentar evidencias

sobre su experiencia al trabajar con un grupo.

Los aspectos y criterios que orientarán la participación de los sinodales serán los

siguientes:

a) Considerar que el tema o problema que desarrolla el estudiante es producto de sus

intereses, preocupaciones y experiencias derivadas del trabajo docente, en relación

con los propósitos y contenidos educativos de la educación básica. Esta reflexión

debe orientar el tipo de preguntas u observaciones que el jurado formule al

estudiante.

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b) Promover, mediante preguntas adecuadas, que el sustentante manifieste las

competencias adquiridas durante su formación como profesor; el conocimiento que

tiene de los alumnos y de la diversidad que se expresa en el salón de clases; el

dominio de los contenidos y de las formas de enseñanza; su identidad y compromiso

con la profesión de maestro y su sensibilidad para atender los requerimientos

educativos del contexto escolar.

c) Valorar, tanto en el desarrollo del documento como en la réplica, la capacidad que

tiene el estudiante para reflexionar sobre la práctica docente, contrastar sus

experiencias con la teoría, seleccionar, adaptar y aplicar estrategias de enseñanza,

así como para establecer formas de relación y estilos de trabajo con los alumnos,

que sean congruentes con los propósitos de la educación básica.

d) Las preguntas y orientaciones no deben estar centradas en el dominio teórico de los

contenidos del trabajo, sino en propiciar la exposición sistemática de las reflexiones

en torno a las habilidades y conocimientos desarrollados para la planeación y

realización de una práctica docente eficaz que responda a las características y

necesidades de los alumnos.

e) Analizar la congruencia entre el tema seleccionado, los propósitos, las estrategias

que puso en práctica para recolectar, sistematizar y analizar la información, y las

conclusiones obtenidas. Asimismo, conviene solicitar al estudiante que comente las

dudas y retos que enfrentó durante la realización del trabajo docente y en la

elaboración del documento recepcional.

f) Considerar que las dificultades encontradas al desarrollar el trabajo docente no

constituyen errores que lleven a descalificar el desempeño del estudiante normalista;

por el contrario, es necesario valorarlas como parte del proceso que orientó la

búsqueda de estrategias para lograr el aprendizaje de los alumnos y del proceso de

reflexión sobre su formación docente.

24

2. Participantes

2.1. El jurado

Podrán ser miembros del jurado los profesores que hayan impartido asignaturas del plan de

estudios en que se formó el sustentante y/o aquellos docentes que formen parte del

personal académico de la institución y además ostenten el título de licenciatura.

Preferentemente, el jurado deberá estar conformado por docentes que hayan participado

como asesores del Seminario y/o Taller; así como aquéllos que hayan dado al alumno

normalista asesorías de apoyo en la elaboración del documento recepcional. Éste se

integrará por tres sinodales titulares y un suplente, designados por la Comisión de titulación

o Instancia responsable del proceso de titulación y autorizados por el director de la escuela

normal para cumplir con las siguientes funciones:

a) Presidente del jurado, cargo que será desempeñado por el titular de Seminario de

Análisis del Trabajo Docente I y II y/o Taller de Diseño de Propuestas Didácticas y

Análisis del Trabajo Docente I y II.

Deberá responsabilizarse de la conducción del examen profesional; coordinar el

orden de las intervenciones y la deliberación para emitir el veredicto, y tomar la

protesta al sustentante cuando el veredicto haya sido aprobatorio.

b) Secretario del jurado, cuya función se asignará a un profesor que haya apoyado al

estudiante en cuestiones muy específicas sobre algún contenido particular en la

planeación del trabajo docente y/o en la elaboración del documento recepcional, o

bien, a otro docente que haya impartido alguna materia del plan de estudios.

Será el responsable de la redacción del acta correspondiente para emitir el veredicto

y de dar lectura a la misma, una vez concluido el examen. Asimismo, en caso de que

se le solicite, proporcionará al jurado la documentación administrativa y el historial

25

académico del sustentante, que previamente solicitará al Área de control escolar del

plantel.

c) Vocal, cargo que ocupará un profesor de la escuela normal que atienda alguna de las

asignaturas de los planes de estudios 1997 y 1999 o de preferencia que haya

participado en la revisión de la última versión del documento recepcional.

d) Suplente, que se nombrará entre los profesores de la escuela normal que atiendan

alguna de las asignaturas de los planes de estudios y participará en el jurado si faltara

alguno de los sinodales titulares.

Deberá leer, de manera anticipada, el documento recepcional para participar, si fuera

necesario, como miembro activo del cuerpo de sinodales.

2.1.1 Funciones generales de los integrantes del jurado:

a) Con base en la lectura del documento recepcional, tomar parte activa en el

proceso de titulación y de valoración del examen profesional.

b) Participar en la discusión académica, cuidando que los planteamientos, las

observaciones y las sugerencias que emitan al sustentante le permitan alcanzar

los propósitos formativos, y estén apegados al sentido que tiene el documento

recepcional y a los aspectos y criterios que orientan la participación de los

sinodales durante el examen.

c) Estar atentos al tipo de cuestionamientos que se plantean al sustentante, con el

fin de evitar ser reiterativos en situaciones que no lo ameriten. Así mismo, es

imprescindible que escuchen con atención el tipo de respuestas que da el

normalista para que, en caso necesario, proporcionen las orientaciones y/o

recomendaciones pertinentes.

d) Preparar de manera anticipada los posibles cuestionamientos que realizarán al

sustentante en el momento de la réplica, los cuales se caracterizarán por invitar

a la reflexión y al análisis de los aspectos referentes al tema de estudio.

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e) Acordar en conjunto el veredicto sobre el examen profesional del sustentante,

aplicando criterios de objetividad e imparcialidad.

2.2 El estudiante.

a) Presentarse al Examen Profesional habiendo revisado exhaustivamente su

documento recepcional.

b) Mostrar disposición y apertura en el momento de responder a los cuestionamientos

del jurado, atendiendo las observaciones y/o recomendaciones del mismo.

2.3 El Público.

En el examen, el público permanecerá durante su desarrollo mostrando respeto e interés

por la exposición del alumno, por los cuestionamientos de los sinodales y atendiendo las

indicaciones del presidente del jurado.

3. El proceso del examen profesional

El examen profesional se llevará a cabo en los siguientes momentos:

a) Presentación general por parte del sustentante de una síntesis de su trabajo, en la

que destaque los propósitos que lo guiaron para el estudio y el análisis del tema

seleccionado en la elaboración del documento recepcional; las situaciones que desde

su punto de vista fueron relevantes (porque resultaron difíciles o exitosas) en el

trabajo con los niños y con su tema en particular, así como las dificultades que

atendió, los resultados, conclusiones y recomendaciones que propone.

b) Intervención de cada uno de los sinodales con respecto a lo expuesto por el

sustentante, mediante preguntas relacionadas con la experiencia y el documento

presentado, emitiendo observaciones y/o recomendaciones para su futura labor

docente.

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c) Respuesta y/o comentarios del alumno a las preguntas y recomendaciones de los

sinodales.

d) Reflexión final por parte del presidente del jurado o por cualquiera de los otros dos

miembros del mismo.

e) Deliberación sobre el veredicto por parte de los sinodales, con base en la

requisitación de los instrumentos de evaluación de la réplica oral, del documento

recepcional y la revisión del expediente del alumno.

f) Emisión del veredicto y firma del acta de examen profesional en el caso de que

resulte favorable o, en caso de quedar pendiente, el jurado formulará en forma escrita

las recomendaciones que permitan superar las deficiencias detectadas en la réplica o

en el documento recepcional, para presentarse en otro momento ante el mismo

jurado con el propósito de demostrar haber superado dichas deficiencias. Esta

reprogramación la considerará la escuela normal, siempre y cuando los tiempos para

la titulación se inscriban en el período determinado por las Normas de Control Escolar

para las Licenciaturas del Subsistema de Formación de Docentes Modalidad

Escolarizada.

g) Toma de protesta o lectura de las recomendaciones.

El examen profesional será público. Excepcionalmente podrá ser privado, a solicitud escrita

del sustentante y previa aprobación de la Comisión de titulación o Instancia responsable del

proceso de titulación. La duración mínima del examen profesional será de 90 minutos.

Es importante señalar que la participación de los miembros del jurado no deberá atender a

un orden específico, con la finalidad de que exista flexibilidad en las oportunidades que

éstos tienen para que el sustentante abunde o profundice en los cuestionamientos

planteados.

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4. El veredicto del examen profesional

Al finalizar la réplica, el jurado deliberará en privado para emitir su veredicto, el cual será

inapelable y se emitirá bajo la siguiente clasificación:

a) Aprobado por unanimidad.

b) Aprobado por mayoría.

c) Pendiente.

La aprobación por unanimidad se otorgará al sustentante que demuestre dominio de los

temas contenidos en el documento recepcional y sea aprobado por los tres miembros del

jurado.

La aprobación por unanimidad con mención honorífica se otorgará al sustentante cuando

concurran las siguientes condiciones:

a) Ser aprobado por los tres miembros del jurado.

b) Demostrar un amplio dominio de los temas contenidos en el documento, capacidad

para argumentar sus reflexiones y para sustentar las respuestas a las preguntas del

jurado.

c) Haber aprobado regularmente los cursos que integran el plan de estudios y tener un

promedio general mínimo de 9.5 (nueve punto cinco).

d) Reflejar en el documento recepcional la competencia analítica y reflexiva sobre el

tema o problema abordado, cuidando igualmente su expresión escrita de manera clara

y correcta.

La aprobación por unanimidad con felicitación se otorgará al sustentante cuando concurran

las siguientes condiciones:

a) Ser aprobado por los tres miembros del jurado.

29

b) Demostrar un amplio dominio de los temas contenidos en el documento, capacidad

para argumentar sus reflexiones y para sustentar las respuestas a las preguntas del

jurado.

c) Haber aprobado regularmente los cursos que integran el plan de estudios y tener un

promedio general mínimo de 9.0 (nueve punto cero).

d) Expresar en el documento recepcional la competencia analítica y reflexiva sobre el

tema o problema abordado, cuidando igualmente su expresión escrita de manera clara

y correcta.

En caso de que exista controversia entre los integrantes del jurado sobre el dominio de los

temas contenidos en el documento recepcional para otorgar la mención honorífica o la

felicitación, se considerará como elemento de juicio la calidad del documento recepcional y

el dictamen lo podrán determinar del acuerdo que exista entre dos miembros del jurado.

La aprobación por mayoría se otorgará cuando el sustentante sea aprobado por dos

miembros del jurado, o en el caso de que los tres miembros coincidan en la valoración para

ser aprobado en la menor clasificación del veredicto.

El veredicto quedará pendiente cuando el sustentante no haya sido aprobado por un

mínimo de dos integrantes del jurado. En este caso, los integrantes del jurado levantarán un

acta donde se especifiquen las razones por las cuales se dictaminó pendiente el examen

profesional, así como las modificaciones que se deberán realizar al documento recepcional

o las deficiencias detectadas en la sustentación del examen que deberán superarse en la

segunda oportunidad que tendrá el estudiante para presentarlo. Entregarán copia de esta

acta al sustentante y al asesor responsable.

30

IV. SUSPENSIÓN O INVALIDACIÓN DEL EXAMEN PROFESIONAL

1. El examen profesional se invalidará si no se cumple previamente con los requisitos

establecidos en los Lineamientos Académicos y en las Bases Normativas para Operar

el Proceso de Titulación de las Escuelas Normales del Estado de Veracruz.

2. En caso de que ante la Comisión de Titulación se demuestre cualquier tipo de fraude en

la elaboración del trabajo recepcional, éste quedará anulado; para tal situación, el

sustentante, bajo la orientación del asesor, tendrá un plazo no mayor a los seis meses

posteriores a la fecha de egreso, de acuerdo con las Normas de Control Escolar

vigentes, para elaborar un nuevo documento recepcional, valiéndose de las diversas

fuentes construidas durante el desarrollo del trabajo docente.

3. Cuando el sustentante no se presente en la hora, fecha y lugar señalados por la

Comisión de Titulación para la realizar el examen profesional, éste será aplazado hasta

que la Comisión determine nueva fecha, la cual estará suscrita a los tiempos

establecidos en las Normas de Control Escolar.

V. SITUACIONES NO PREVISTAS

En el caso de suscitarse alguna situación no prevista en los Lineamientos Académicos para

Organizar el Proceso de Titulación o en el presente documento, será facultad de la

autoridad del plantel resolverla, previo acuerdo con la Comisión de Titulación o Instancia

Responsable del Proceso de Titulación. Posteriormente deberá notificar dicha resolución a

la autoridad educativa estatal, representada por la Dirección de Educación Normal y

Superior.

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VI. TRANSITORIO

Todos los casos no resueltos por la autoridad del plantel serán motivo de consulta a la

autoridad educativa estatal, representada por la Dirección de Educación Normal y Superior.

Este Documento Normativo estará sujeto a las Normas de Control Escolar para las

Licenciaturas del Subsistema de Formación de Docentes Modalidad Escolarizada, vigentes

y al proceso de evaluación y seguimiento que se realice sobre su aplicación. Mismo que,

entrará en vigor a partir de ser presentado formalmente por la Dirección de Educación

Normal y Superior ante las escuelas normales y de ser difundido al interior por estas

instituciones.