ley de proteccion al consumidor
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Proteccion al consumidor hondureno.TRANSCRIPT
7/18/2019 Ley de Proteccion Al Consumidor
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ALUMNAS:
MARIELOS JOSE ACOSTA MALDONADO.
IRMA SANCHEZ.
LEIBY GONZALES.
RUTH ARGUETA.
ASUNTO:
EXPOCISION “LEY DE PROTECCION AL CONSUMIDOR”.
ASIGNATURA:
DERECHO ADMINISTRATIVO II
CATEDRATICO:
ABOGADO NELSON CHINCHILLA.
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NTRODUCC ON:
En el siguiente informe de exposición damos aconocer y expondremos un poco sobre lo que es la
ley del consumidor de Honduras, sobre sus
objetivos, fundamentos, procedimientos etc.Esperamos esta información sea de mucho agradopara todos y así mismo cumplir con los objetivos.
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LEY DE PROTECC ON ALCONSUM DOR
Esta Ley tiene por objeto proteger, defender, promover, divulgar y hacer que secumplan los derechos de los consumidores regulando las relaciones deconsumo que se establecen en el mercado para la adquisición de bienes y
servicios, disponiendo los procedimientos aplicables, derechos obligaciones,las infracciones y sanciones en dicha materia.
OBJETIVO DE ESTA LEY:
• La falta de seguridad de ciertos productos que se ponen en el mercado
• La inconmensurable brecha entre el consumidor y el oferente de bienes y
servicios, que restringe y a veces lisa y llanamente suprime la facultadnegociadora del consumidor.
• e comprueba generalmente un d!ficit en la información que recibe el
consumidor" es m#s, la que generalmente acuerda el productor de bienes yservicios est# m#s destinada a la incitación a la adquisición del producto que ala real información del consumidor.
• La estructura competitiva del mercado es sólo relativa pues los acuerdos entre
empresas, la existencia de mercados oligopólicos o monopólicos, y la posicióndominante de algunas empresas contribuyen a desnaturali$ar la oferta debienes y servicios y por lo tanto a limitar el derecho del consumidor a elegir
FUNDAMENTOS:
• Prov!or": las personas naturales o jurídicas, de car#cter p%blico o privado,
que habitualmente desarrollen actividades de producción, fabricación,importación, construcción, distribución o comerciali$ación de bienes o deprestación de servicios a consumidores, por las que se cobre precio o tarifa.
• Co#"$%&!or" o $"$'r&o": son las personas naturales o jurídicas que, en
virtud de cualquier acto jurídico oneroso, adquieren, utili$an, o disfrutan, comodestinatarios finales, bienes o servicios.
AMBITO DE APLICACI(N:
• Los actos jurídicos que, de conformidad a lo preceptuado en el &ódigo de
&omercio u otras disposiciones legales, tengan el car#cter de mercantiles parael proveedor y civiles para el consumidor.
POR)UE EXISTE LA LEY DEL CONSUMIDOR:
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• Lo que pretende establecer esta ley es una igualdad'
• ( que los contratos no tengan cl#usulas abusivas
• &umplir sus promesas publicitarias y lo establecido en los contratos.
• ( que las cobran$as respeten la tranquilidad familiar del deudor y su
estabilidad laboral.
• ( no poner barreras para ejercer la garantía legal.• ( las cuentas claras y cobros justos.
• ( entregar productos y servicios de calidad.
• ( permitir el retracto en ciertos contratos
• eguridad en el consumo.
• ( entregar información vera$ y oportuna sobre los productos y servicios y a
permitirles elegir libremente.
OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS SEG*N LA LEY:
• )ificultades para comunicarse con la empresa en busca de solución• *arreras para ejercer la garantía legal.
• &obran$as abusivas
• ervicios que no aceptaron como los seguros, productos que no compraron o
cobros superiores al informado
• &obros indebidos
• eguridad en el consumo.
• +roblemas de calidad de productos y servicios.
• ncumplimiento o cambios unilaterales en contratos.
• +romesas publicitarias que no se cumplen.
• )ificultades para conocer el costo final de los productos y servicios.
OBLIGACIONES DE LOS PROVEEDORES:
-. uministrar adecuadamente bienes y servicios al consumidor, respetandosu vida, salud y seguridad.
. uministrar al consumidor información oportuna, vera$, apropiada y
suficiente respecto del precio y de las características esenciales de losbienes y servicios./. informar al consumidor de manera clara y vera$ en el caso de ofertas,
rebajas, liquidaciones y descuentos.
0. ndicar claramente en los lugares de acceso al establecimiento cuando seacepten otros medios de pago adem#s del efectivo.
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1. Emitir los contratos y2o dem#s documentos relativos a las relaciones de
consumo, ajustados a las disposiciones de la presente ley, si!ndole
imputable la inexistencia de estos.
3. 4antener en buenas condiciones de funcionamiento y debidamente
calibradas las pesas, medidas, registradoras, basculas y los dem#sinstrumentos de medición que se utilicen en el negocio.
5. (l emitir coti$aciones de bienes o servicios, las mismas deber#n contener,
como mínimo, fecha de emisión, descripción del bien, garantías, forma de
pago, pla$o de financiamiento etc.
LAS DENUNCIAS:
)iariamente unas quince personas llegan a la oficina de +rotección al &onsumidor de la & para denunciar actos que atentaron con sus derechos como consumidor.
La 6iscalía del &onsumidor recibe un promedio de 7 reclamos por día, cifras que
han ido aumentando en lo que va del a8o.
(ctualmente la 6iscalía del &onsumidor tiene un expediente de 959 denuncias de
las que sólo 37 han sido resueltas.
La & tiene en su lista /9 denuncias interpuestas, de ellas -03 son casos
cerrados. Eso hace que sólo el //.3: haya sido solucionado y que el 33./: siga
pendiente. ;Hacemos todo lo posible para brindar una respuesta inmediata al
consumidor, pero hace falta personal<,
En Honduras existen dos entidades encargadas de velar por el consumidor' la
6iscalía del &onsumidor y la )irección =eneral de +rotección al &onsumidor que
depende de la ecretaría de ndustria y &omercio. En an +edro ula, la 6iscalía
del &onsumidor apenas cuenta con seis fiscales asignados para resolver los
casos. La & raquíticamente trata de dar respuestas.
EJEMPLO:
La ra' 6idelina &astro, que denunció a una casa comercial porque su
refrigeradora resultó en mal estado y el comerciante no quiso resolverle el caso,
llegar a las oficinas de la 6iscalía a poner una denuncia es como echar a$%car en
el mar. ;(quí todo es un tr#mite y al final uno debe esperar mucho tiempo para la
audiencia<, dijo &astro.
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Lo" !+&,o"
>anto la 6iscalía, como la ecretaría de ndustria y &omercio, en su af#n de
descubrir anomalías que afecten a los consumidores, desarrollan inspecciones en
diferentes comercios de la ciudad. ;?o solamente estan para ver los altos precios
del comercio, sino que para ver el buen estado en el que est#n los productos que
venden estos comercios<.
Lo mismo sucede en inspecciones de unidades de transporte, adonde se irrespeta
el precio del pasaje y la preferencia para las personas de la tercera edad. ;Los
ancianos son la prioridad, por ser tan vulnerables se les da la protección necesaria
y para ello se cordina con la 4unicipalidad.
eg%n el coordinador de la &, en las inspecciones de oficio visitan
establecimientos comerciales para verificar detalles, como la visibilidad del precio
en los productos, la existencia del libro de quejas, la fecha de elaboración de un
producto, la existencia de cl#usulas abusivas en el establecimiento, la obviedad
del -: en el valor del producto.
La & desarrolló -70 visitas en establecimientos comerciales, de los cuales 1- no
cumplieron con alguno de los requisitos antes mencionados.
;El libro est# ausente en la mayoría de los negocios que visitamos, cuando !ste
debe estar a la vista<
el -: de impuesto sobre ventas, debe estar incluido en el precio final de un
producto.
Los consumidores no est#n obligados a pagar el -7: por servicios que cobran
muchos locales de hostelería como restaurantes, bares y cafeterías.
En los restaurantes se da mucho el caso de que tienen una cl#usula abusiva del
-7: por servicio" es en esos casos cuando los ciudadanos deben apelar a la Ley
de +rotección del &onsumidor.
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Pro-!&%&#,o # -'"o ! !#$#-&' "/0# +1:
2. CITACI(N
Libramiento de c!dula de citación para celebración de audiencia de conciliación al
denunciado, acompa8ada de una copia de la denuncia. @art. 53 Ley de +rotección
al &onsumidorA
En la misma c!dula de citación se hace saber a las partes los efectos de la no
comparecencia @art. 55A
3. AUDIENCIA DE CONCILIACI(N
En caso de que las partes se pusieran de acuerdo previo a la celebración de la
audiencia de conciliación, estas notifican dicho circunstancia a la autoridad de
aplicación. i en la celebración de la audiencia las partes llegasen a un acuerdo,
este se tendr# por homologado por parte de la autoridad y se proceder# al archivo
de las diligencias. En caso de que las partes no llegasen a un arreglo conciliatorio
se dejara constancia de dicho desacuerdo en la audiencia de conciliación, se
proceder# al an#lisis de las diligencias a efectos de verificar si procede la
formulación de cargos. @(rt. 59A.
4. IMPUTACI(N
)e no mediar acuerdo conciliatorio y verificarse en el an#lisis la infracción a la Ley
de +rotección al &onsumidor se proceder# a la formulación de cargos por medio
de imputación @(rt. 5BA
5. DESCARGOS PROPORCI(N Y EVACUACI(N DE MEDIOS DE MEDIOS DE
PRUEBA
)e la imputación formulada se da traslado al presunto infractor por el t!rmino de 1
días h#biles a efecto de que este presente descargos y proponga las pruebas en
defensa de su derecho.
Las pruebas se admitir#n solamente en el caso de haber hechos controvertidos.
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El periodo de prueba no podr# ser menor de die$ días h#biles y un m#ximo de 37
días h#biles, @(rt. 97A
6. MEDIDAS DE CESE Y PRECAUTORIAS
En cualquier momento se podr# ordenar el cese de cualquier conducta que se
repunta violatoria de esta ley y su reglamento y cualquier otra medida precautoria
necesaria. &ontra las medidas de cese y precautorias se podr# recurrir en
apelación ante el superior de esta autoridad de aplicación dentro del pla$o de /
días h#biles a partir del día siguiente en que fuere notificada la medida de cese o
precautoria.
7. RESOLUCION DEFINITIVA
)espu!s de concluidas las diligencias sumariales se proceder# a la emisión dela resolución que en derecho corresponda.