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COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOSMÉXICO, 2004

MOISÉS JAIME BAILÓN CORRES

LA MASACREDE AGUA FRÍA, OAXACA.

¿ETNOCIDIO Y GENOCIDIO ESTATALO AUTOGENOCIDIO COMUNITARIO?

Primera edición: septiembre, 2004ISBN: 970-644-389-4

© Comisión Nacionalde los Derechos HumanosPeriférico Sur 3469,esquina Luis Cabrera,Col. San Jerónimo Lídice,C. P. 10200, México, D. F.

Diseño de portada:Flavio López Alcocer

Impreso en México

[5]

CONTENIDO

PRESENTACIÓN ............................................................................... 7

AGRADECIMIENTOS ....................................................................... 9

INTRODUCCIÓN ............................................................................... 11

PRIMERA PARTECapítulo primero. Instituciones de administración regional,

poder político y tenencia de la tierra .......................................... 21Capítulo segundo. Antecedentes históricos regionales................... 33Capítulo tercero. Pueblos indios y tenencia de la tierra ................. 43

SEGUNDA PARTECapítulo cuarto. La región, los pueblos y antecedentes coloniales 61Capítulo quinto. La disputa agraria Teojomulco-Xochiltepec ....... 69Capítulo sexto. El conflicto Teojomulco-Texmelucan ................... 89Capítulo séptimo. Las resoluciones presidenciales ........................ 97Capítulo octavo. Derechos sociales y culturales y guerras

campesinas intercomunitarias ..................................................... 103

CONCLUSIONES ............................................................................... 111

CRONOLOGÍA DE LOS CONFLICTOS POR LÍMITESCOMUNALES TEOJOMULCO-XOCHILTEPEC YTEOJOMULCO-TEXMELUCAN, SOLA DE VEGA, OAXACA ... 119

BIBLIOGRAFÍA ................................................................................. 127

MAPAS ................................................................................................ 133

[7]

PRESENTACIÓN

A más de noventa años de que iniciara ese gran movimiento social que losarqueólogos del siglo XX llamaron Revolución mexicana, la cuestión agrariasigue siendo un tema central en la estabilidad política de México.

Lo es no sólo porque la demanda por un pedazo de tierra sigue siendo aspi-ración de grupos importantes de productores rurales, aunque no siempre acce-der a ella signifique resolver los problemas económicos. También es cuestiónimportante porque sobreviven conflictos por disputas agrarias entre comuni-dades, entre comunidades y ejidos, entre ejidos, entre estas dos formas de or-ganización y productores privados y también al interior de las mismas, quegeneran violencia en varias regiones del país.

La tierra para el campesinado, sobre todo el indígena, no sólo es un mediode producción fundamental. Es también el hábitat, el territorio en el que sereproducen como grupos sociales, el ámbito de identidad y vida en que, enmuchos casos, han podido llegar desde centenarios tiempos a nuestros días.Por eso su aferramiento a pedazos de tierra improductivos desde el punto devista económico, pero llenos de significación para la cultura de los pueblos.

Si bien los gobiernos construidos a partir de la Revolución mexicana do-taron de tierras a muchos campesinos que no la disponían, también lo es queeste acceso estuvo condicionado a la construcción de lealtades clientelaresque permitieron la eliminación de la clase terrateniente. Pero en el caso de lasdisputas que existieron entre pueblos indígenas por el control del recurso,los gobiernos poco hicieron para resolverlas.

En este libro, a partir del análisis de dos conflictos agrarios entre tres pue-blos indígenas de la sierra oaxaqueña, pretendemos apuntalar la tesis de queel Estado mexicano, al no atender esos reclamos de solución, en el largoplazo realizó acciones y omisiones en contra de comunidades y pueblos indí-

8 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

genas que pueden circunscribirse en lo que los antropólogos llaman el etno-cidio y el genocidio, violando así sus derechos humanos más elementales. Elcaso de la masacre de Agua Fría, Oaxaca, ocurrido en mayo de 2002, es unejemplo paradigmático de estas conductas históricas estatales.

Hoy que se han sentado mejores bases para la convivencia democrática, seexige como requisito para el tránsito estable en los primeros años del nuevomilenio, la definición de acciones de corte de políticas de Estado, que seencaminen a resolver tales reclamos por el derecho a disfrutar de la tierra enpaz y a evitar que los pueblos sigan enfrentándose entre ellos mismos comola única salida a sus reclamos.

Dr. José Luis Soberanes Fernández,Presidente de la Comisión

Nacional de los Derechos Humanos

[9]

AGRADECIMIENTOS

Quisiera agradecer al doctor José Luis Soberanes Fernández, Presidente dela Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las facilidades me ha dadopara publicar este trabajo. Al doctor Luis García López Guerrero, Director delCenadeh, el apoyo para poder insertarme en una investigación de un tema tancandente como el agrario en mi estado de origen, en donde he contado con elrespaldo del Instituto de Investigaciones Humanísticas la Universidad Autó-noma “Benito Juárez” de Oaxaca. El doctor José Ramón Cossío Díaz amable-mente realizó la lectura de un primer borrador, haciéndome señalamientosque me permitieron mejorarlo. Le agradezco sus comentarios. Las omisionesy desviaciones, normales en el trabajo de reflexión social, son completa res-ponsabilidad mía.

Finalmente, quiero dar las gracias a Lérida Moya, quien me apoyó en unaparte del trabajo de archivos en el Archivo General del Estado de Oaxaca yen el del Registro Agrario Nacional en la misma ciudad, y a Karina Olivaresque me respaldó en la búsqueda de materiales y bibliografía.

Dedico este libro a mi familia: a mis padres Sara y Jaime, a mi esposa Irmay a mis hijos Guadalupe y Moisés.

Moisés Jaime Bailón CorresCoyoacán, octubre de 2003

[11]

INTRODUCCIÓN

I. LOS MUERTOS DE AGUA FRÍA, OAXACA

El 31 de mayo de 2002, en el paraje conocido como Agua Fría, 26 campesi-nos de la agencia municipal1 de Santiago Xochiltepec, perteneciente al Muni-cipio de Santiago Textitlán, en el estado de Oaxaca, fueron acribillados conarmas de alto calibre y muertos en una emboscada, cuando regresaban en uncamión volteo de trabajar como jornaleros en el aserradero “La Cofradía”.2

Otro transporte con semejante cargamento humano había cruzado horas antesel lugar, por lo que salió ileso. De haber ido juntos, la mitad de los jefes de fa-milia de Agua Fría hubiera perecido. ¿Se trataba de un exterminio comunitario?

Las declaraciones de dos sobrevivientes llevaron a las fuerzas policiacasoaxaqueñas a realizar 17 detenciones3 (dentro de ellas las de una anciana y dosmenores de edad) en la agencia de policía de Las Huertas. Ésta es una pobla-ción dependiente del Municipio Santo Domingo Teojomulco, con quien Xochil-tepec ha mantenido un conflicto agrario durante varias décadas. El problemase agudizó en los últimos meses a causa de los permisos de aprovechamientoforestal otorgados por la Semarnap en la zona en litigio o al menos muy cercade ella.4

1 De acuerdo con su importancia económica y demográfica, las unidades poblacionalesexistentes al interior de un municipio se clasifican administrativamente en: cabeceras muni-cipales, agencias municipales y agencias de policía. Las poblaciones menores sin categoríaadministrativa se llaman simplemente rancherías.

2 El aserradero se ubica en terrenos de la Agencia Municipal de San Pedro El Alto, Zimatlán.Noticias, 2 de junio de 2002; La Jornada, 2 de junio de 2002, y Reforma, 2 de junio de 2002.

3 Noticias, 3 de junio de 2002; La Jornada, 3 y 5 de junio de 2002, y Reforma, 3 y 5 de juniode 2002.

4 Noticias, 5 de junio de 2002; La Jornada, 4 de junio de 2002, y Reforma, 4 de junio de 2002.

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Frente al asesinato masivo, la actitud del gobierno del estado fue en un prin-cipio la de culpar a las instancias federales precisamente por el otorgamientodel mencionado permiso, el cual habría sido el detonante para el incalificableacto. También buscó explicarlo apelando al olvido tradicional de que han sidoobjeto los pueblos indígenas por parte del Estado mexicano.5

Las respuestas del gobierno federal fueron torpes. Aunque Xóchitl Gálvez,encargada de la Oficina de Representación para el Desarrollo de los PueblosIndios de la Presidencia de la República, asistió a la comunidad afectada a unevento político junto con el gobernador luego de los acontecimientos,6 no lohizo el Secretario de Medio Ambiente, cuya área de atención fue señaladacomo responsable indirecta del asunto.

En respuesta a las detenciones por parte del gobierno estatal, que había re-cibido señales de alerta de la posibilidad de violencia en el área, pero no habíaactuado,7 la cabecera municipal de Teojomulco y habitantes de Las Huertasmantuvieron durante el resto del año un plantón de cerca de 200 personas enlos portales del Palacio de Gobierno en la capital oaxaqueña.8 Exigían la li-bertad de sus presos y negaban haber participado en los acontecimientos.

Varias comisiones de teojomulquenses se han movilizado a la ciudad de Mé-xico,9 apoyados por Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y organiza-ciones políticas, para impedir la ejecución de más órdenes de aprehensión ybuscar la libertad de los detenidos.10

El gobierno del estado, por su parte, buscando distender el conflicto y tra-tando de evitar que sus aristas se incrustaran en esta difícil región oaxaqueña,logró la firma de la Declaración de la Sierra Sur. Con ella, 15 de los 16 ayunta-mientos de la zona acordaron llevar sus disputas agrarias, que son muchas, porlas vías legales. La única autoridad que no participó fue la de Teojomulco,quien presionaba para la salida de sus detenidos.11 Cabe hacer notar que elfin de mes de junio de 2002 fueron liberados dos menores de edad,12 a me-

5 Reforma, 4 de junio de 2002.6 Varias declaraciones de habitantes de la región señalan haber enviado oficios al gobier-

no del estado y llamadas de alerta a la delegación de gobierno en las que se avizoraban signosde violencia en la zona. Reforma, 6 de junio de 2002.

7 Noticias, 5 de junio de 2002.8 Véanse las notas locales de los diarios oaxaqueños Noticias y El Imparcial durante todo

el segundo semestre de 2002.9 Noticias, 11 y 12 de junio de 2002.10 La Jornada, México, 9 de junio de 2002, y Reforma, 9 de junio de 2002.11 Reforma, 20 de junio de 2002.12 Reforma, 29 de junio de 2002.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 13

diados de septiembre saldrían tres acusados, y para 2003 otros más seríanliberados.

Ante el sobrecalentamiento del conflicto, el gobierno estatal solicitó que,con el fin de deslindar responsabilidades, la PGR atrajera el caso.13 El asuntose complicaba por la ingerencia de partidos, ONG, organizaciones políticas ydiversas expresiones de varias Iglesias de un lado y del otro de la disputa.14

Buscando evitar la regionalización de la violencia, que también se expre-saba en el municipio vecino de Amoltepec desde finales de 2001 por disputasinternas relacionadas con la dirección del ayuntamiento, el Congreso oaxa-queño trasladó su sede a principios de julio a la villa de Sola de Vega, cabe-cera del distrito que agrupa a los pueblos en conflicto, celebró una sesión es-pecial y acordó autorizar un empréstito al gobernador por 500 millones depesos para definir programas de desarrollo para la región.15

Hasta el momento la autoridad federal no ha dicho nada, al menos en loque debería perseguir de oficio: lo relacionado con el uso de armas exclusi-vas del ejército. Lo único relevante en esos meses fue el cambio del delegadoestatal de la Semarnap.16 Al igual que en los conflictos agrarios y limítrofesexistentes entre indígenas tepehuanes de Durango y huicholes de Jalisco, concampesinos de Zacatecas, el gobierno federal no ha actuado para resolverlos.Pareciera no querer involucrarse en un problema más de los que había adqui-rido en los tres primeros años de la administración foxista.

Uno de los casos más explosivos, por no entender el significado económi-co, social y cultural que siempre ha tenido la tierra para las comunidades cam-pesinas, es por ejemplo el caso de San Salvador Atenco. Si vemos el asuntode la tierra en los pueblos campesinos e indígenas como lo es el del territoriopara un Estado nacional, nos damos cuenta que casi es en sus propios térmi-nos una cuestión de seguridad “nacional”, ya que involucra la posibilidad dela reproducción de su vida colectiva.

13 Reforma, 17 de junio de 2002.14 Reforma, 5 de junio de 2002.15 Reforma, 11 de julio de 2002.16 La falta de sensibilidad del titular de la Semarnap en materia de permisos forestales y de

operación política con gobiernos estatales, posibles hechos de corrupción en materia de per-misos de caza, amén del enfrentamiento que sostuvo permanentemente con el subsecretariodel ramo, llevarían a la remoción de los mismos al otro día del Tercer Informe de Gobierno delPresidente Vicente Fox. Milenio Diario, 3 de septiembre de 2003.

14 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

II. DERECHOS HUMANOS Y POLÍTICAS DE ESTADO

Ante la gravedad y trascendencia de los hechos de Agua Fría, Oaxaca, la Co-misión Nacional de los Derechos Humanos investigó los acontecimientos yemitió un Informe Especial en el que señala la necesidad de evitar probablesomisiones o actuaciones violatorias de derechos humanos que pudieron habertenido las autoridades municipales, estatales y federales, antes y después detales sucesos. El informe también exhorta a la aplicación de medidas y com-promisos de mayor alcance que puedan incidir directamente en la complejaproblemática en la que se encuentran comunidades como las involucradas enlos hechos del 31 de mayo.17

En Oaxaca, a diferencia de otras regiones del país, los pueblos indios logra-ron reproducirse a pesar de todas las políticas que se instrumentaron para de-saparecerlos durante los siglos XIX y XX. No obstante, la masacre de AguaFría tiene que ser evaluada por la sociedad mexicana desde una perspectivamuy grave.

Primero, como una de las formas de expresión del etnocidio con el que elEstado mexicano ha venido definiendo su relación política histórica con lospueblos indios.

Segundo, como uno de los casos extremos que permiten tipificar clara-mente el genocidio propiciado por acciones y omisiones del Estado mexica-no que han llevado a pueblos indios a condiciones de existencia que puedenacarrear su destrucción física, total o parcialmente, como lo fue el caso des-crito al principio de este texto.

Tercero, las dos políticas históricas del Estado mexicano, ante la falta desolución de viejas diferencias por conflictos por límites, ha llevado a los pue-blos indios a acciones que se pueden caracterizar como autogenocidas, en lamedida en que las guerras campesinas intercomunitarias llevan al desgaste ya la confrontación armada entre pueblos del mismo grupo étnico o de dife-rentes grupos étnicos, propiciando el exterminio físico de habitantes de unacomunidad y de la comunidad misma.

Pensamos que en la agenda nacional el tema de los derechos de los pue-blos indígenas sigue siendo fundamental. En estos nuevos años del mileno losproblemas de la tierra y del campesinado aparecen como focos de conflictocon altos contenidos de violencia que amenazan no sólo el Estado de Derecho,sino la paz, la tranquilidad y la vida de mexicanos, sobre todo de los sectores

17 CNDH, Comunicado de prensa, 14 de julio de 2002.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 15

más desprotegidos de nuestra sociedad. Por ello, en este trabajo pretendorealizar una serie de descripciones, reflexiones y propuestas al final, que per-mitan ubicar el asunto de la masacre de la sierra oaxaqueña en un contextohistórico, regional y nacional.

Pretendemos alimentar la posibilidad de emitir un tipo de políticas públi-cas, de nivel de Estado, que tengan trascendencia histórica para el país engeneral y para el estado de Oaxaca en lo particular, tanto en materia de los de-rechos humanos colectivos de los pueblos indios, como de los derechos indi-viduales de las personas indígenas.

Tomaremos como ejemplo el estudio de caso de los conflictos limítrofes detres poblaciones con un pasado indígena común: las comunidades de Xochil-tepec y Teojomulco, ya comentadas, y la de San Lorenzo Texmelucan, vecinade aquéllas. Lo hacemos no tanto como muestra estadística representativa,pero sí como expresión de la explosividad política que encierra un tipo espe-cífico de conflicto que las autoridades coloniales primero, y luego las delEstado mexicano, siempre evitaron enfrentar y resolver. Necesitamos tomarconciencia de que, aunque se trata de asuntos locales, revisten trascendencianacional que exige el compromiso de todos los niveles de gobierno mexicanopara resolverse de manera definitiva.

En esta problemática se conjugan los reclamos por el respeto a los dere-chos de los pueblos indígenas con el derecho a la tierra, que fue uno de lospuntos de partida de la Revolución mexicana. Ver su combinación permitirácomprender los saldos rojos que heredaron los gobiernos posrevolucionariosal tercer milenio: seguramente miles de muertos en lo que llamo las guerrascampesinas intercomunitarias, conflictos centenarios a veces, resultado dedisputas por límites entre pueblos indios que el Estado omitió atender en arasde mantener clientelas políticas de uno y otro lado de las disputas. Los muer-tos por enfrentamientos de este tipo superan con mucho los del periodo de lallamada guerra sucia, y nadie ha dicho nada para reclamar la enorme deuda.Omisiones deliberadas, falta de decisión, fallos erróneos, ausencia del conoci-miento de las realidades regionales, e incluso violaciones a la propia legali-dad, son los rastros que hay de responsabilidad en el caso de Agua Fría: asítambién lo hay en los cientos de asuntos pendientes de resolver.

El libro lo hemos dividido en dos partes. Una primera de carácter generalpara comprender la dinámica y el desarrollo del poder local y de la estructurade tenencia de la tierra comunal oaxaqueña integrado de tres capítulos.

En el primer capítulo abordamos las formas de organización política quehan permitido la dominación regional en Oaxaca en un ambiente disperso y

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agreste, la relación con el desarrollo de la vida municipal y la pérdida de al-gunos espacios de autonomía de este nivel de gobierno, no lo suficientemen-te grandes para evitar la reproducción del poder local. Finalmente se ve surelación con algunos tipos ideales de tenencia de la tierra y conflicto agrario.Este capítulo es fundamental para entender los siguientes, porque describediversas instituciones locales y regionales y su evolución histórica.

En el capítulo segundo de esta investigación se abordan los aspectos his-tóricos y estructurales que explican la presencia de situaciones de guerrascampesinas intercomunitarias en el campo mexicano. Las bases de estas condi-ciones se encuentran en la forma como se construyó la dominación colonial,los grados de autonomía conseguidos por los pueblos indios en ese tiempo ysu continuidad en los periodos de construcción del Estado nacional. Se abor-da cómo fueron enfrentadas las comunidades por las políticas desamorti-zadoras y cómo la Revolución mexicana en un principio reconoció los dere-chos colectivos de los pueblos indios y luego cambió esta posición, lo quellevó a no dar una salida adecuada al problema de los conflictos por límites.

El capítulo tercero se inscribe directamente en la forma que soporta el sis-tema de dominación regional en Oaxaca. Mediante la presentación y análisisde una serie de cuadros y gráficas, podemos ver una realidad regional domi-nada por la presencia de multitud de municipios en la que los pueblos indioscontrolan la mayor parte de la tierra, la que tiene carácter sobre todo comunal,en la que la presencia indígena sigue siendo determinante y en donde los con-flictos por límites son base fundamental para entender la realidad actual.

La segunda parte se dedica a los dos conflictos intercomunitarios: Teojo-mulco versus Xochiltepec y Teojomulco versus Texmelucan, y a evaluar con-clusiones al respecto de la problemática general de conflictos por límites.Abarca del capítulo cuarto al octavo.

El cuarto capítulo va dirigido a ubicar la región en la que se da el conflictoagrario entre Santo Domingo Teojomulco y Santiago Xochiltepec, por unlado, y Santo Domingo Teojomulco y San Lorenzo Texmelucan, por el otro.Estos pueblos están inmersos en una zona de alta marginación y problemasagrarios: el distrito de Sola de Vega. Se abordan también algunos elemen-tos históricos para entender la situación actual.

Los capítulos quinto y sexto analizan el desarrollo de los conflictos agra-rios entre los tres pueblos. En primer lugar, el existente entre Teojomulco yXochiltepec y luego el del primer pueblo con Texmelucan.

En el séptimo capítulo describimos cómo una serie de errores de funciona-rios de la Secretaría de la Reforma Agraria llevan a una resolución presiden-

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cial equívoca, pues se reconocen terrenos comunales aparentemente sin pro-blemas agrarios, cuando éstos llevaban cerca de 40 años de ventilarse en lasdependencias de gobierno. Se analizan también los últimos acuerdos de los tri-bunales agrarios que aceleraron el proceso de desgaste en los pueblos y lle-varon a la masacre del 31 de mayo de 2002 en Agua Fría.

En el octavo capítulo se realiza alguna evaluación de las violaciones a losderechos humanos de los individuos y de las colectividades indígenas inmer-sas en el conflicto por límites. Se reflexiona cómo el Estado mexicano tieneuna deuda que saldar con los pueblos indios de México con relación a la pro-blemática agraria, a su derecho a la tierra y a disfrutarla en paz. Se hacenalgunos comentarios en torno al concepto de guerra campesina intercomu-nitaria, como concepto que explica los grandes periodos de desgaste, enfren-tamiento y autogenocidio en que se ven sometidos los pueblos indios frente aun sistema político que, aunque tenuemente, los incluyó al principio, peroque después los convirtió en una simple clientela política y no resolvió susdemandas durante décadas.

Finalmente se exponen algunas conclusiones. Se realizan afirmaciones quecontribuyen a entender cómo el Estado mexicano es responsable no sólo depolíticas etnocidas, sino también genocidas hacia los pueblos indios y cómoéstas son la base para acciones autogenocidas por parte de los propios pue-blos indios.

En este contexto, se hacen algunos señalamientos de lo que debería ser unapolítica de Estado en materia de conflictos por límites entre comunidades,para llegar a formas de distensión que eviten más muertos de uno y otro ladode las trincheras agrarias. Para reencauzar la responsabilidad del Estado enun país que debe considerarse plural y diverso, multicultural, se requiere deacciones al más alto nivel y de políticas públicas federales, estatales y muni-cipales que impacten en esta grave problemática que ha causado miles depérdidas humanas.

PRIMERA PARTE

[21]

CAPÍTULO PRIMERO

INSTITUCIONES DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL,PODER POLÍTICO Y TENENCIA DE LA TIERRA

I. LOS DISTRITOS RENTÍSTICOS Y JUDICIALES

La situación orográfica del estado de Oaxaca, dividida por la Sierra Madrede Oaxaca, la Sierra Madre del Sur y la Sierra Atravesada, la falta de vías decomunicación, la diversidad de culturas y lenguas nativas —que ahí logra-ron reproducirse, pese al impacto de la dominación colonial, hasta nuestrosdías—, y las eternas disputas agrarias, dentro de otros factores, explican la exis-tencia de un gran número de municipios, integrados muchas veces por variaslocalidades menores. Por eso, desde la Colonia las elites gobernantes diseña-ron formas de administración regional intermedias entre los niveles superio-res y el de la comunidad.

Primero fueron 16 Alcaldías Mayores, las instancias regionales que inter-mediaban entre la Corona y el virrey y los pueblos de Oaxaca. Luego, con lasreformas borbónicas a finales del siglo XVIII, se implantó una de las 16 In-tendencias de la Nueva España, organizada en 18 partidos (véase el cuadro 2del capítulo tercero, en el que se detalla la administración regional).

Con la Independencia, el estado de Oaxaca se constituyó sobre la base delos pueblos y partidos que formaron la provincia del mismo nombre. Así seestablece en la Ley Orgánica para el Gobierno del Estado de Oaxaca, que dis-pone organizar la entidad en seis departamentos, subdivididos a su vez en par-tidos y pueblos.1 En 1826 se emite la primera ley que establece la divisiónterritorial del estado, el que se constituye de 22 partidos, de primera, segunda

1 “Ley Orgánica para el Gobierno del Estado de Oaxaca”, en Gustavo Pérez Jiménez, Lasconstituciones del estado de Oaxaca, pp. 42-51.

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y tercera clases. En torno a los mismos se reagrupan las repúblicas y los ayun-tamientos constitucionales.2

Durante las administraciones centralistas, el estado es convertido en de-partamento, el que a su vez dispondrá regionalmente de prefecturas y sub-prefecturas. En 1844, por ejemplo, la Asamblea Departamental de Oaxaca, conbase en la facultad 10a. de las Bases Orgánicas, emite la División Permanen-te del Territorio del Departamento, el cual se organiza en ocho distritos, 21 sub-prefecturas o partidos políticos y ocho fracciones (éstas corresponden a lascabeceras de distritos).3

Finalmente, a mediados del siglo XIX se establece la división de Oaxaca endistritos políticos, por medio de los cuales se organiza la administración pú-blica regional. En 1858 se decreta una división territorial compuesta de 25distritos políticos, en torno a los cuales se agrupan a los pueblos, ranchos, ha-ciendas, labores, minas, etcétera, es decir, todos los centros de población dela entidad. Para 1891, se agregaba un distrito más, llegando a 26.4 Otros cua-tro distritos serían los de Sola de Vega y Zaachila, creados en los años revo-lucionarios, y los de Putla y Mixe, surgidos más adelante.5

La Revolución mexicana reivindicó la desaparición de los distritos admi-nistrados por los odiados jefes políticos. Sin embargo, en el caso de Oaxacalos gobiernos revolucionarios mantuvieron la figura de administración regio-nal de los distritos, con objeto de hacer más eficiente la impartición de justi-cia y la recaudación de impuestos en un territorio agreste, con miles de pe-queños poblados incomunicados. El municipio más importante económicay poblacionalmente y mejor comunicado de la jurisdicción fue entonces lasede del distrito rentístico y judicial, dándole su nombre. Así por ejemplo, alestar asentada la cabecera distrital en el Municipio de Juchitán se le denomi-nó distrito de Juchitán y así sucedió, como actualmente, con los 30 distritosque agrupan a los 570 municipios oaxaqueños, como se aprecia en el Mapade la División Distrital presentado al final del libro.

2 “Decreto del 6 de mayo de 1826. División y arreglo de los partidos que componen elEstado Libre de Oaxaca”, en Colección de Leyes y Decretos del Gobierno del Estado Libre ySoberano de Oaxaca, vol. 1, pp. 258-297.

3 Asamblea Departamental de Oaxaca, División permanente del territorio del Departa-mento.

4 “Decreto del 23 de marzo de 1858”, en Colección de Leyes..., vol. 2, pp. 389-441, yCosme Damián Vázquez, División política, judicial y estadística del Estado Libre y Sobera-no de Oaxaca.

5 Este último, el Mixe, se puede considerar el único distrito étnico de México, ya queagrupa a la mayor parte de los pueblos de ese grupo lingüístico.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 23

II. MUNICIPIOS, AGENCIAS MUNICIPALES,AGENCIAS DE POLICÍA

La Constitución de 1825 reconoce dos tipos de municipalidades: los munici-pios constitucionales, que se establecerían en las poblaciones de 3,000 habitan-tes en adelante, y las repúblicas, municipalidades a establecer en poblacionesde menor tamaño. Los primeros tendrían derecho a nombrar alcaldes, regido-res y síndicos; y las segundas por lo menos un alcalde y un regidor. En reali-dad se trata, en su parte fundamental, de las antiguas repúblicas de indios,pero como el concepto indio se busca esconder en el discurso oficial sólo sehabla de repúblicas.6

La forma de elección de las autoridades de los municipios y repúblicas seharía de manera indirecta: en asamblea de todos los ciudadanos de la loca-lidad (oaxaqueños nacidos o avecindados mayores de 21 o de 18 si eran casa-dos) se nombraría un número de electores equivalente a tres veces el númerode cargos a ocupar. Estos electores, en una asamblea especial designarían, den-tro de ellos mismos, a los alcaldes, regidores y síndicos que correspondieran.

Más adelante, luego de instaurada la Constitución local de 1857, inspiradaen la Revolución de Ayutla, desaparece el término de repúblicas que hacia re-ferencia a la permanencia de los pueblos indios que venían de la Colonia. Laadministración regional del estado se divide en distritos —a cargo de jefes po-líticos nombrados y removidos por el gobernador del estado— y municipios.

La autoridad de éstos serían los ayuntamientos, cuyos integrantes seríanelectos en votación directa por los vecinos de los municipios. Cada ayunta-miento se integraría con un mínimo de cinco miembros y de ahí hacia arri-ba, de acuerdo con la población total existente.7 No se hace ya referencia a lasrepúblicas.

No obstante que en la Constitución liberal oaxaqueña desaparecen las repú-blicas, en la legislación particular, concretamente en la Ley Orgánica Electo-ral8 y la Ley Orgánica para el Gobierno y la Administración Interior,9 ambas

6 “Decreto del 10 de enero de 1825. Constitución particular del Estado de Oaxaca”, enColección de Leyes..., vol. 1, pp. 49-103.

7 “Decreto del 15 de septiembre de 1857. Constitución Política del Estado de Oaxaca”, enColección de Leyes..., vol. 2, pp. 307-329.

8 “Decreto del 6 de noviembre de 1857. Ley Orgánica Electoral del Estado”, en Colecciónde Leyes..., vol. 2, pp. 332-356.

9 “Decreto del 16 de noviembre de 1857. Ley Orgánica para el Gobierno y la Administra-ción Interior”, en Colección de Leyes..., vol. 2, pp. 357-370.

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de 1857, sí se mantiene la división entre dos tipos de municipalidades: losmunicipios y las agencias municipales (el equivalente de los anteriores mu-nicipios constitucionales y las repúblicas), conservando cada uno sus au-tonomías locales para nombrar a sus autoridades, cuyo número dependerá dela categoría que se tenga.

Así, la primera reglamentación establece que la elección de municipios esdirecta, que sólo los pueblos que consten de 500 habitantes deberán nombrarun municipio; las poblaciones que no lleguen a ese número tendrán agentesmunicipales en los términos que señale la ley orgánica respectiva.10

Por su parte, la Ley Orgánica para el Gobierno y la Administración Inte-rior especifica más las dos municipalidades: “Todo pueblo que tenga 500 omás habitantes tendrá un ayuntamiento. Los ayuntamientos se compondránde un presidente, regidores, uno o más síndicos procuradores, de acuerdo asu población. El mismo día en que se nombre popularmente los ayuntamien-tos, se nombrará la persona que lo encabece: el presidente del mismo”.11

En las poblaciones que tuvieran menos de 500 habitantes habría agentesmunicipales nombrados popularmente en elección directa, como los ayunta-mientos, el primer domingo de diciembre. La población menor de 200 habi-tantes tendría dos agentes municipales; la que siendo mayor, pero menor de400, tendrá tres agentes municipales, y la que tenga más de 400 tendría cua-tro agentes.12 Los pueblos seguían disfrutando de la autonomía política.

Tanto para los ayuntamientos como para los agentes municipales se esta-blecía una serie de obligaciones como el cuidado de la policía, la tranquilidady las buenas costumbres, la conservación de caminos, cárceles, cementerios,la representación del pueblo y la administración de bienes comunales. Losayuntamientos tenían además otras tareas adicionales.13

Durante la Revolución mexicana se darán fuertes luchas entre las eliteslocales —que se sentían depositarias de las herencias juarista y porfirista— ylas tropas constitucionalistas.

Al triunfo de estas últimas, se intenta reorganizar la administración re-gional reduciendo drásticamente el número de municipalidades. Así, el 15 denoviembre de 1917 se decreta la división del estado en 50 departamentos mu-

10 “Decreto del 6 de noviembre de 1857. Ley Orgánica Electoral del Estado”, en Colec-ción de Leyes..., vol. 2, pp. 332-356.

11 “Decreto del 16 de noviembre de 1857. Ley Orgánica para el Gobierno y la Administra-ción Interior”, en Colección de Leyes..., vol. 2, pp. 357-370.

12 Idem.13 Idem.

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nicipales, integrados por todos los pueblos y haciendas de Oaxaca.14 Se con-vertía en departamentos municipales a los 26 distritos tradicionales que ve-nían existiendo con anterioridad y se creaban 24 jurisdicciones más. Coneste esquema desaparecían todas las municipalidades, las que se reagrupabanen esta media centena de nuevas unidades.

Las tropas federales poco sabían de la tradición de autonomía política delos pueblos sureños. Menos de dos meses después el decreto es derogado.15

No obstante, en 1921, dominando las fuerzas federales el congreso local,durante el gobierno interino de Ramón Pardo, se da un gran golpe a la autono-mía local, estableciéndose condiciones que permitirán el recrudecimiento yel aumento de los conflictos por límites entre los pueblos indios y sus pose-siones comunales. La Ley Electoral de Ayuntamientos dispone que hubieraéstos en los pueblos de 500 habitantes o más, convirtiéndose en centros elec-torales. Las poblaciones menores de 500 habitantes se incorporarían a los cen-tros electorales más próximos, constituyendo, según el censo de población,Secciones Electorales del mismo.16

Un poco más tarde, con la promulgación de la Constitución Política localdel 15 de abril de 1922, que refrenda la nacional de 1917, se lograba debilitarla vida municipal oaxaqueña. Se imponía por fin, después de casi un siglo dehaberse venido intentando, el criterio constitucional para reorganizar la ad-ministración de los pueblos, que tanto habían buscado los gobiernos locales.Aunque se minaría parte de la fuerza de las comunidades, éstas no perderíantoda su solidez.

Sin embargo, la nueva constitución consigue evitar el crecimiento de lasmunicipalidades, que he llamado en otra parte el “boom de los pueblos”.17

El artículo 92 del nuevo ordenamiento establecía que: “El estado de Oaxaca,para su régimen interior, se divide en municipios libres, los que se agrupan en

14 “Decreto número 299 de 15 de noviembre de 1917” y “Decreto número 300 de 15 denoviembre de 1917”, en INEGI, Divisiones territoriales para el estado de Oaxaca..., pp. 53,87-91.

15 “Decreto número 315 de 31 de enero de 1818 que deroga los decretos 299, 300 y 301 denoviembre de 1917”, en INEGI, Divisiones territoriales..., pp. 87-91.

16 “Decreto del 27 de octubre de 1921. Ley Electoral de Ayuntamientos”, en PeriódicoOficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 27 de octubrede 1921.

17 Así denominamos ese crecimiento de poblados con autonomía política en el siglo XIX,a pesar de los intentos del gobierno por reducirlo. Véase Jaime Bailón Corres, Pueblos in-dios, elites y territorio. Sistemas de dominio regional en el sur de México; una historia polí-tica de Oaxaca.

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distritos rentísticos y judiciales, para la mejor administración de justicia y lafácil recaudación de las rentas generales del estado”. Su artículo 94 señalaque: “Los municipios libres constituyen entidades con personalidad jurídicay por consiguiente son susceptibles de derechos y obligaciones”.18

Por su parte, las fracciones IV y V del artículo 59 relativo a las facultadesde la legislatura establece dentro de ellas la de:

[...] erigir nuevos municipios dentro de los ya existentes, siempre que los inte-resados comprueben que la nueva institución contará con los elementos sufi-cientes para su sostenimiento y con una población no menor de dos mil habi-tantes. En este caso, la Legislatura oirá la opinión de los Ayuntamientos queresulten afectados por la nueva erección.

Y la de: “Suprimir municipios siempre que sus rentas no alcancen a cubrirsu presupuesto de egresos”.19

Con el nuevo artículo 115 constitucional, que instauró el municipio libre,se avanzó en el resto del país en la construcción de un poder local cercanoa los ciudadanos. Sin embargo, en el caso de Oaxaca, se retrocedió, porquese reagruparon a los pueblos de menor categoría que tenían autonomía políti-ca —las agencias municipales—, dentro de los que tenían categoría mayor—los municipios.20

De esta manera, con la Ley Orgánica Municipal, se daría más tarde unareagrupación de los pueblos, a los que se organiza de acuerdo con su impor-tancia económica y poblacional en tres categorías administrativas: munici-

18 “Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, abril 15 de 1922”, re-producida en G. Pérez Jiménez, op. cit., p. 215.

19 Idem.20 Ibid., pp. 197-250. En 1922 la Legislatura del estado establecía el mínimo de dos mil ha-

bitantes para que un pueblo fuera municipio. Como se estimaba una población total de 976mil personas, correspondía en promedio a 1,700 habitantes por cada uno de los 574 munici-pios que se reconocían, lo que representa una cifra un poco por debajo del límite establecido.Esto nos permite afirmar que el gobierno no tenía ninguna posibilidad de reducir los munici-pios existentes, por el grave conflicto político que se desataría.

Éste es también el comportamiento contemporáneo. Aunque la Legislatura tiene el derecho desuprimir municipios sólo lo ha realizado en muy contados casos, pero ha creado unos cuatrode 1920 a la fecha. Actualmente se exige la cifra de 15 mil habitantes para que un pueblo puedaser considerado municipio. Al ampliarse la cifra mínima se trata de evitar crear nuevas muni-cipalidades que traen aparejados conflictos entre el pueblo que solicita la categoría y el de lacabecera del municipio en que está contenido. “Constitución política del Estado Libre y So-berano de Oaxaca”, en Compilación de leyes de la Administración Pública Estatal, pp. 5-62.

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pios, existentes en pueblos de dos mil o más habitantes; agencias municipa-les, si fueran mayores de 200 habitantes pero menores de 2,000; y agenciasde policía, las comunidades que tuvieran menos de 200 vecinos.21 El estable-cimiento del número de habitantes y de recursos disponibles será una barrerapara evitar crecimiento posterior de las municipalidades del estado.

Aunque las dos últimas categorías serán incorporadas como parte de mu-nicipios mayores y la ley establecería que sus autoridades serían nombradaspor los ayuntamientos de los pueblos más grandes, la práctica consuetudina-ria ha marcado que tal designación siguiera siendo, como antes, una respon-sabilidad de los pobladores del lugar. Así, al interior de un municipio habrápueblos cabecera, agencias municipales y agencias de policía. De ahí vienela tradición de que la población de la cabecera por usos y costumbres nombrasu ayuntamiento y la población de las agencias municipales y de policía ha-cen lo suyo con sus propias autoridades locales, que en la práctica son autó-nomas: por eso tienen sus sellos propios. Aunque en el ámbito estatal son po-blados pertenecientes a un municipio que los comprende, en la realidad son“una cierta forma de municipalidades menores” dentro de municipios consti-tucionales.22

Los límites poblacionales ahora serían el obstáculo para evitar el creci-miento sucesivo de la autonomía de los pueblos. No se establecían para des-aparecer ayuntamientos, medida que era un polvorín político, porque desdeun principio pocos municipios reunían los atributos. Lo que hizo la medidaconstitucional fue evitar en lo sucesivo la creación de nuevos municipios.

21 “Ley Orgánica Municipal. Diciembre de 1925”, publicada en El Mercurio, 4 de diciem-bre de 1925.

22 Esta realidad histórica está detrás de varios de los conflictos recientes surgidos en mu-nicipios que eligen autoridades por el sistema de usos y costumbres en Oaxaca. La llegada derecursos crecientes a los municipios, y el alejamiento entre cabeceras municipales y pueblosque integran la municipalidad, ha llevado a algunas autoridades locales a negarles el accesoa los mismos. La forma como varios pueblos han buscado resolver el problema es cambiandolas reglas tradicionales de elección de autoridades en cada comunidad, buscando ganar el con-trol de la autoridad municipal y por ello el de la cabecera municipal.

La costumbre establecía que en la elección de ayuntamientos en algunos municipios, sólovotaran los vecinos de la cabecera municipal, ya que los vecinos de los pueblos menores nom-bran también sus propios agentes municipales o de policía. La disputa por acceder a los re-cursos, ante la negativa de algunas cabeceras de canalizar una parte a los poblados menores,ha llevado a que éstos reclamen participar en la elección de la autoridad municipal, tal comomarca la Constitución General de la República. La población de las cabeceras rechaza per-manentemente este reclamo, por lo que aparecen síntomas más agudos de conflicto.

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Al reagruparse las agencias municipales y de policía —instancias que an-tes tenían ciertos grados de autonomía— dentro de los municipios, se poníafreno al crecimiento. Aunque se fundaran nuevas entidades de este tipo, estono repercutiría en su aumento global.

El golpe a las autonomías locales, y al intento de reducir el número de pue-blos libres, se da porque el artículo 4o. la Ley Electoral de Ayuntamientos esta-blece que, al tercer día de ser designados por voto directo, los ayuntamientosnombrarán a un agente municipal en cada uno de los poblados de más de 200habitantes de su demarcación y un agente de policía, en los poblados de me-nos de 200 habitantes, seleccionados de los vecinos de las mismas.23

Para 1922 ya existían 574 municipios. En 1942 la entidad se componía ad-ministrativamente de 571 municipios, 474 agencias municipales y 1,774 agen-cias de policía. Se había logrado detener el crecimiento de los pueblos conautonomía municipal completa, aunque los pueblos con menor autonomíaseguirían reproduciéndose al interior de los municipios reconocidos.

III. LOS MUNICIPIOS HOY

La norma que fija las categorías políticas y administrativas de los diferentespoblados de Oaxaca es la Ley Orgánica Municipal. Ella establece que losasentamientos pueden tener hasta dos categorías: una política y la otra admi-nistrativa.24

De acuerdo con la categoría política los asentamientos humanos puedenser: ciudades, villas, pueblos, rancherías y congregaciones en función del nú-mero de habitantes, la disponibilidad de servicios públicos, las instalacioneseducativas y las actividades preponderantes.25

En cuanto a la categoría administrativa, las poblaciones del estado se divi-den en: municipios, agencias municipales y agencias de policía.26

Hoy día, la Constitución oaxaqueña establece un mínimo de 15 mil pobla-dores y recursos suficientes propios para su desarrollo, como requisitos paraque una población pueda tener categoría de municipio.27 Sin embargo, la

23 “Decreto del 27 de octubre de 1921. Ley Electoral de Ayuntamientos”, op. cit.24 “Ley Orgánica Municipal. Oaxaca, diciembre de 1925”, publicada en El Mercurio, 4 de

diciembre de 1925.25 Idem.26 Idem.27 “Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca”, en Compilación de

leyes de la Administración Pública Estatal, pp. 5-62.

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mayoría de los municipios de Oaxaca no se ajustan a lo que marca su Consti-tución. Basta con multiplicar el número de habitantes requerido para que unapoblación pueda ser considerada municipio por el número de ellos (570), loque nos daría 8.5 millones de habitantes; la cifra es bastante superior a la po-blación actual del estado de un poco más de 3 millones 438 mil personas, deacuerdo al censo de 2000.

La Ley Orgánica Municipal dispone que el ayuntamiento sea la autoridaddel municipio, residiendo en la población más importante de la jurisdicción.De acuerdo con los usos y costumbres de los pueblos oaxaqueños, los pue-blos menores —después de la población que es la cabecera municipal—, tie-nen derecho tener una autoridad local que es auxiliar del ayuntamiento. En lospueblos con categoría de agencia municipal la autoridad es el agente munici-pal y los de categoría administrativa de agencia de policía —pueblos meno-res— tendrán agente de policía. Aunque la ley señala que estas autoridadespodrán ser nombradas por el presidente municipal, en la práctica son los pro-pios habitantes de la comunidad en cuestión quienes nombran a su autoridadlocal. Ello llevó a considerar una reforma en ese sentido hace pocos años quereconoce las dos formas de designación. Se dan casos incluso de agencias mu-nicipales sin ninguna relación con las cabeceras municipales a las que estánadscritas, es decir que funcionan como municipios dentro de otro municipiomayor.

Sin embargo, no todas las poblaciones tienen categoría administrativa y po-lítica, que son las que aparecen en la publicación de la división territorial delEstado Libre y Soberano de Oaxaca. Las de menor tamaño se adscriben admi-nistrativamente, por lo general, a la cabecera municipal o a la agencia muni-cipal o de policía más cercanas.

Así por ejemplo, podemos ver en el cuadro 2 (véase el capítulo tercero, másadelante), que para 1968 el estado de Oaxaca tenía reconocidos en su divi-sión territorial: 570 municipios, 865 agencias municipales y 1,593 agencias depolicía, dando un total de 3,028 poblaciones reconocidas. Para 1994 se reco-nocían 3,551 poblaciones de las que 570 eran cabeceras municipales, 729agencias municipales, 1,526 agencias de policía y se reconocían 726 núcleosrurales sin categoría administrativa. Lo cierto es que tomando en considera-ción los más pequeños asentamientos, las clasificaciones del Comité de Pla-neación para el Desarrollo del Estado (Coplade), mencionan la existencia decerca de 7,000 comunidades, desde asentamientos de tres a cuatro familias,hasta la ciudad capital del estado.

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IV. PROPIEDAD DE LA TIERRA Y DIVISIÓN MUNICIPAL

La cuestión de la tenencia de la tierra en Oaxaca se dificulta más aún porquela los límites jurisdiccionales de un municipio no siempre coinciden con loque son los límites de la propiedad agraria (sobre todo en el caso de la tierracomunal). Expongo algunos casos típicos de combinación de estructura mu-nicipal y tenencia de la tierra.

1) Se dan casos en que el territorio de un municipio representa una mismaunidad agraria (una comunidad agraria y/o un ejido), lo cual significa que lamisma autoridad (de bienes comunales o comisariado ejidal) rige para todos.Esto sucede sobre todo cuando el municipio en cuestión sólo tiene una pobla-ción: la cabecera municipal, o cuando tiene la cabecera y dos o tres poblacio-nes menores pequeñas.

2) Otro caso más se da cuando al interior de los límites territoriales de unmunicipio existen varias unidades agrarias (de bienes comunales, o de ejidoso la combinación de ambas). En algunas ocasiones esto ha sido fuente de con-flicto entre la cabecera municipal y los pueblos menores, sean agencias mu-nicipales o de policía. De hecho la relación colonial entre pueblos libres (conautoridad interna) y pueblos sujetos (pueblos dependientes de pueblos con au-toridad propia), está en la base del porqué luego de la independencia muchospueblos buscaron convertirse en pueblos libres para tener su propia autori-dad y la capacidad de litigar sus diferencias con el pueblo que había sido sucabecera.

3) El tercer caso es el de varios municipios que tienen una misma unidadagraria: es el caso por ejemplo de los pueblos mancomunados de la SierraJuárez: Amatlán, Lachatao y Yavesía. Actualmente existe un conflicto entreellos por la delimitación de lo que a cada uno corresponde. Éste es un casomenos frecuente de encontrar en Oaxaca.

4) El cuarto caso paradigmático es la de varios pueblos que tuvieron susbienes de manera mancomunada y como resultado de las políticas desamor-tizadoras, repartieron sus terrenos por unidad poblacional, apareciendo en elperiodo revolucionario conflictos en el momento de definir sus límites inte-riores.

Éste será el tipo de conflicto que analizaremos más adelante: Teojomulco,Xochiltepec y Texmelucan fueron pueblos originalmente unidos políticamentey en su territorio. Ahora los dos primeros son municipios libres y el tercero esagencia municipal del Municipio de Santiago Textitlán.

Como quiera que sea, los cuatro tipos paradigmáticos de relación entre uni-dad agrícola territorial y unidad administrativa son imprescindibles para en-

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tender la problemática agraria oaxaqueña, sobre todo la que tiene que ver conlos conflictos por límites. La desatención de este problema por parte de losgobiernos posrevolucionarios se concretaría, a lo largo de los años, en con-ductas etnocidas y genocidas por parte del Estado que llevarían al autoge-nocidio comunitario.

Esta problemática es la que estuvo detrás de la masacre de 26 hombres deXochiltepec a finales del mes de mayo de 2002. Ante la desesperación por lafalta de salidas a su conflicto por más de 70 años, la eliminación del vecinoparecía la única salida.

[33]

CAPÍTULO SEGUNDO

ANTECEDENTES HISTÓRICOS REGIONALES

I. LA COLONIA

La conquista de Oaxaca, más que por enfrentamientos armados, se dio porpactos entre las elites nativas y los españoles. Esto llevó a que, aunque devas-tadas, la población y la organización de las comunidades indígenas pudieronreproducirse a lo largo del periodo colonial. La existencia del marquesadodel Valle durante los primeros años de la Colonia, controlando una ampliaregión del centro oaxaqueño, impidió de alguna manera la voracidad particu-lar de otros peninsulares. Así, a cambio de evangelización y protección, lospueblos indios tributaron al marqués y al rey, dependiendo de la región, y lue-go sólo al rey. En el caso que estudiamos, tan temprano como lo es octubre de1521, el cacique de Teojomulco y sus plebeyos reciben títulos que amparansus posesiones y la de otros cacicazgos de la región, lo cual expresa la alianzaque establecieron con el conquistador.1 Esto permitió que la explotación dela población americana no fuera directa sino que se construyera sobre basesde intermediación. La manera en que se establecía el sistema de dominio enla región sería determinante para la forma de sociedad que se reproduciríahasta nuestros días.

Se trataba de un sistema mercantil simple productor de grana, algodón,telas y granos, articulado a través de funcionarios regionales de la adminis-tración española, los Alcaldes Mayores, que recaudaban el tributo y monopo-lizaban el comercio, avalados por capitales del Consulado de la ciudad deMéxico o de Oaxaca (a esta práctica le se denominó repartimiento). Luego

1 “Título primordial de Santo Domingo Teojomulco”, reproducido en Inocencio MichelLópez, Ensayo histórico de Santo Domingo Teojomulco, Sola de Vega, Oax., pp. 78-92.

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vendrían las reformas borbónicas, casi al final del periodo colonial, que im-plantarían el sistema de Intendencias, pero el modelo seguiría por el mismorumbo, a pesar de la prohibición de la práctica del repartimiento.

Los pueblos mantuvieron sus lenguas, sus costumbres, siguieron siendolos principales productores, la Corona les reconoció sus tierras en muchoscasos, aprendieron a disputar con base en la legislación española y lograronreproducirse con autonomía política mediante el sistema de repúblicas deindios y repúblicas de españoles. Primero encabezados por sus caciques, lue-go por los nobles y finalmente, en las postrimerías coloniales, por los propioscomuneros macehuales.

Aunque al principio la relación con los conquistadores llevó al genocidiode pueblos indígenas nativos, la política de explotación colonial se racionali-zó después, para permitir la reproducción y reconstitución de las identidadesy poblaciones indígenas en varias regiones de México.

II. LA INDEPENDENCIA

Luego de la independencia, quienes buscaron construir una nación y un Esta-do soberanos, trataron de concretar el ideal de la ilustración de ciudadanoslibres e iguales y un sólo tipo de personaje promedio: el mexicano.

En esa búsqueda, las comunidades indígenas eran un obstáculo. Reciénlograda la independencia de España, inspirados en la Constitución de Cádizy los ejemplos norteamericano y francés, las elites mexicanas promulgarondisposiciones encaminadas a destruir la autonomía de los pueblos indios,reagrupándolos en municipios constitucionales. También emitieron disposi-ciones para repartir en propiedad privada las tierras de los pueblos entre susvecinos, pensando que así desarrollarían la producción nacional y mejora-rían sus condiciones de vida. Desaparecieron la legislación proteccionista dela Colonia que había permitido la reproducción de los pueblos indios y bus-caron eliminar toda referencia a las diferencias culturales y sociales que se-guían existiendo. Hablaban de ciudadanos iguales ante la ley, como si la solamención hiciera posible desaparecer las diferencias sociales, culturales, étnicasy de formas de participación política. En su acción las formas estatales quepoco a poco fueron consolidándose en un Estado nacional, propiciaron nosólo el fin de culturas indígenas, el etnocidio, sino de los propios pobladoresindígenas: su genocidio.

Aunque en ese afán homogeneizador y depredador muchos pueblos in-dios nómadas del norte del país y de otros lugares desaparecieron, y se redujo

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la población étnica y el número de etnias del país, el sueño de una nación decampesinos de clase media no prosperaría.

Como resultado de la legislación liberal de mediados de siglo, y de las dis-posiciones emitidas en el periodo largo de Porfirio Díaz, la tierra de muchospueblos indios, al ser repartida de manera individual, fue rápida presa delacaparamiento de propietarios privados, hacendados y rancheros. Las llama-das guerras de castas han sido estudiadas más recientemente como expresiónde la desesperación de los pueblos indios ante la pérdida de sus tierras y laimplementación de medidas voraces de extracción de excedentes, a través delas cargas gubernamentales y eclesiásticas. Se creaba una masa de desposeí-dos que alimentarían los contingentes de la revolución del siguiente siglo.

No obstante, debemos señalar que el fenómeno del despojo de las tierrascomunitarias no tuvo la misma intensidad ni los mismos resultados en to-das las regiones de México. En algunas, en las que la organización y fuerza delos pueblos indios era mayor, éstos pudieron seguir con el control de sus te-rritorios, como sucedió en el caso de Oaxaca. En otras más, sin embargo, lasconductas etnocidas y genocidas del Estado llevarían a la desaparición delos pueblos indios.

III. LA REVOLUCIÓN

La revolución de principios de siglo, adelantándose al mundo de la época, re-conoció derechos sociales en la nueva constitución que promulgaría en 1917.Al otorgar la propiedad originaria de la tierra a la nación, y al darle a ésta lafacultad de asignarle, según el interés público, las modalidades concretasde propiedad ejidal, comunal y privada, daba un paso para avanzar en el re-conocimiento de las diferentes caras y colores que nutrían al México de esetiempo.

1. La Ley del 6 de enero de 1915

El antecedente más importante del artículo 27 constitucional fue la Ley deDotaciones y Restituciones del 6 de enero de 1915.2 Esta ley contenía ele-mentos más avanzados que los que se incorporarían a la versión original del

2 Se atribuye a Luis Cabrera la redacción de esta importante legislación emitida en Veracruzpor don Venustiano Carranza. Julio Cuadros Caldas, Catecismo agrario.

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artículo 27 constitucional aprobada por el constituyente de 1916-1917. Con-sideramos que refleja el espíritu de una de las líneas del pensamiento revolu-cionario encaminado al reconocimiento de derechos colectivos a los pueblosindígenas. En sus consideraciones se afirma por ejemplo:

Que una de las causas más generales de malestar y descontento de las pobla-ciones agrícolas de este país ha sido el despojo de los terrenos de la propiedadcomunal o de repartimiento que les habían sido concedidos por el gobierno co-lonial, como medio de asegurar la existencia de la clase indígena. [...]

Que en el mismo caso se encuentran multitud de otros poblados de diferen-tes partes de la República, y que llamados congregaciones, comunidades o ran-cherías, tuvieron origen en alguna familia o familias que poseían en común ex-tensiones más o menos grandes de terrenos, los cuales siguieron conservándoseindivisos por varias generaciones, o bien en cierto número de habitantes que lesreunían en lugares propicios para adquirir y disfrutar mancomunadamente aguas,tierras y montes, siguiendo la antigua y general costumbre de los pueblos de in-dígenas.

Que según se desprende de los litigios existentes, siempre han quedado bur-lados los derechos de los pueblos o comunidades, debido a que, careciendoellos, conforme al artículo 27 de la Constitución Federal, de capacidad paraadquirir y poseer bienes raíces, se les hacía carecer también de personalidadjurídica para defender sus derechos. [...]

Que privados los pueblos indígenas de las tierras, aguas y montes que elgobierno colonial les concedió, así también como las congregaciones y comu-nidades de sus terrenos y concentrada la propiedad rural del resto del país enpocas manos. [...]

Que [...] es palpable la necesidad de devolver a los pueblos los terrenos deque han sido despojados, como un acto de elemental justicia y como la únicaforma efectiva de asegurar la paz y de promover el bienestar y mejoramientode nuestras clases pobres, sin que a esto obsten los intereses creados a favor delas personas que actualmente poseen los predios en cuestión [...]; tampoco hanpodido sancionarse o legitimarse esos derechos por una larga posesión, tantoporque las leyes antes mencionadas no establecieron las prescripciones adqui-sitivas respecto de esos bienes, como porque los pueblos a que pertenecían esta-ban imposibilitados de defenderlos por falta de personalidad necesaria para com-parecer en juicio.

Que el modo de proveer a la necesidad que se acaba de apuntar no puede serotro que el de facultar a las autoridades militares superiores que operan encada lugar, para que, efectuando las expropiaciones que fueren indispensables,den tierras suficientes a los pueblos que carecían de ellas...

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Que proporcionando el modo de que los numerosos pueblos recobren losterrenos de que fueron despojados o adquieran los que necesiten para su bien-estar y desarrollo, no se trata de revivir a las antiguas comunidades, ni de crearotras semejantes, sino solamente de dar esa tierra a la población rural misera-ble que hoy carece de ella, para que pueda desarrollar su derecho a la vida ylibrarse de la servidumbre económica a que está reducida, es de advertir que lapropiedad de las tierras no pertenecerá al común del pueblo, sino que ha dequedar dividido en pleno dominio, aunque con las limitaciones necesarias paraevitar que ávidos especuladores, particularmente extranjeros, puedan fácilmenteacaparar esa propiedad, como ocurrió casi invariablemente con los ejidos yfundos legales de los pueblos, a raíz de la Revolución de Ayutla.3

En esta ley está la base del artículo 27. Aunque su exposición de motivosrechaza la propiedad colectiva de la tierra que existía antes, el artículo 10deja un resquicio: “Una ley reglamentaria determinará la condición en quehan de quedar los terrenos que se devuelvan o adjudiquen a los pueblos, y lamanera y ocasión de dividirlos entre los vecinos, quienes entretanto los dis-frutarán en común”.4

La ley se encaminaba a determinar los mecanismos para restituir y dotar alos pueblos, congregaciones, comunidades y rancherías, que habían sido des-pojados de sus tierras de manera ilegal a consecuencias de la ley del 25 dejunio de 1856; por las concesiones, composiciones o ventas de tierras, aguasy montes realizadas por el Ministerio de Fomento a partir del 1 de diciembrede 1876; y por todas las diligencias de apeos y deslindes realizados a partir deesta última fecha por compañías, jueces, u otras autoridades de los estados ode la federación, por medio de las cuales se invadieron y ocuparon ilegal-mente tierras de aquellos.5

2. La versión original del artículo 27

Buscando dar respuesta a uno de los reclamos de la movilización campesinae indígena del centro y sur del país, la versión original del artículo 27 de lanueva Constitución hace referencia a las mismas. La última parte del tercerpárrafo del mencionado artículo establecía:

3 Venustiano Carranza, “Ley de Dotaciones y Restituciones del 6 de enero de 1915”, re-producida en J. Cuadros Caldas, op. cit., pp. 7-11.

4 Idem.5 Idem.

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Los pueblos, rancherías y comunidades que carezcan de tierras y aguas, o nolas tengan en cantidad suficiente para las necesidades de su población, tendránderecho a que se les dote de ellas, tomándolas de las propiedades inmediatas,respetando siempre la pequeña propiedad. Por tanto, se confirman las dotacio-nes de terrenos que se hayan hecho hasta ahora de conformidad con el decretode 6 de enero de 1915. [...]6

Más adelante, se hacen otras consideraciones al respecto en el párrafo sép-timo:

La capacidad para adquirir el dominio de las tierras y aguas de la nación seregirá por las siguientes prescripciones: “VI. Los condueñazgos, rancherías,pueblos, congregaciones, tribus y demás corporaciones de población, que dehecho o por derecho guarden el estado comunal, tendrán capacidad para dis-frutar en común las tierras, bosques y aguas que les pertenezcan o que se leshaya restituido o restituyeren, conforme a la Ley de 6 de enero de 1915, entre-tanto la ley determina la manera de hacer el repartimiento únicamente de lastierras; [...]”.7

La revolución está reconociendo el derecho de propiedad de los pueblos alas tierras que no perdieron, a las tierras que siempre habían tenido. Aquí seestá reconociendo un derecho colectivo de estas corporaciones: codueñazgos,rancherías, pueblos, congregaciones, tribus y otras. Este reconocimiento ex-plícito, que después se eliminaría de la redacción original, es una demostra-ción, como en el caso de algunas legislaciones estatales en el siglo XIX, delreconocimiento de derechos colectivos que tanto ruido han hecho a finalesdel siglo XX, atolondrado en el reconocimiento de derechos individuales.

Aquí vale la pena señalar la existencia de un doble proyecto en la Ley de1915 y el artículo 27. Por un lado la vertiente agrarista y comunitarista másradical de la revolución, que establece el reparto de las haciendas así como elderecho a sus tierras de los pueblos indios, y una vertiente más moderada quelogra incluir el texto de que ese derecho colectivo de los pueblos se manten-drá hasta en tanto se determina la forma de realizar el repartimiento de talestierras colectivas.

6 Diario de los debates del Congreso Constituyente 1916-1917, t. II, pp. 1186-1190.7 Idem.

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Finalmente el párrafo octavo establecía:

Se declaran nulas todas las diligencias, disposiciones, resoluciones y operacio-nes de deslinde, concesión, composición, sentencia, transacción, enajenacióno remate que hayan privado total o parcialmente de sus tierras, bosques y aguasa los condueñazgos, rancherías, pueblos, congregaciones, tribus y demás corpo-raciones de población que existan todavía, desde la Ley de 25 de junio de 1856; ydel mismo modo serán nulas todas las disposiciones, resoluciones y operacio-nes que tengan lugar en lo sucesivo y que produzcan iguales efectos. En con-secuencia, [...] serán restituidas a éstas con arreglo al decreto de 6 de enero de1915. [...] En el caso de que [...] no procediera por vía de restitución la adjudi-cación de tierras que hubiere solicitado alguna de las corporaciones menciona-das, se le dejarán aquéllas en calidad de dotación [...]. Todas las leyes de resti-tución que por virtud de este precepto se decreten, serán de inmediata ejecuciónpor la autoridad administrativa. Sólo los miembros de la comunidad tendránderecho a los terrenos de repartimiento y serán inalienables los derechos sobrelos mismos terrenos mientras permanezcan indivisos, así como los de propie-dad, cuando se haya hecho el fraccionamiento.8

Conviene aquí hacer una distinción en torno al concepto de reparto agra-rio. Éste incluye tres tipos de acción: a) reparto en sentido estricto, que con-siste de la dotación de ejidos; b) restitución de tierras comunales a los pueblosque fueron despojados de las mismas, y c) la tercera acción es la de reconoci-miento y titulación de tierras que siempre estuvieron en manos de los pue-blos indios. La relación política del Estado con campesinos que no tienentierra y acceden a ella mediante su dotación o su restitución, es diferente encuanto a su grado de autonomía, a aquélla en la que los campesinos siemprehan poseído sus tierras y solicitan el reconocimiento de las mismas por partedel gobierno.

De las tres formas de tenencia de la tierra instauradas por la Revoluciónmexicana (privada, ejidal y comunal), sólo la última estuvo relacionada consolicitudes de restitución de bienes comunales despojados, y solicitudes dereconocimiento y titulación. En este último caso se trata de tierras que siem-pre estuvieron en manos de las comunidades indígenas.9

8 Idem.9 No hablaremos aquí de la otra forma de propiedad, la privada, porque nuestro tema tiene

que ver con las formas sociales de propiedad.

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Fuera de estas menciones al México profundo,10 no habría otras en lasdisposiciones legales revolucionarias hasta años más tarde. En los años trein-tas se crearía el Departamento de Asuntos Indígenas, una entidad menor, laprimera institución del régimen revolucionario encargada específicamentedel tema indígena, pero además encargada de la tarea de ejecutar las resolu-ciones en materia de límites. Y sería hasta 1948 cuando nacía el Instituto Na-cional Indigenista, encargado de las políticas públicas del Estado mexicanohacia los pueblos indios.

Los discursos del gobierno se bañaban de referencias al pasado indígenay a su peso en la composición de la nación mexicana contemporánea. Losmuros de edificios públicos eran engalanados con personajes indígenas pin-tados por muralistas de renombre mundial. Sin embargo, salvo excepcionescontadas, las políticas del Estado seguiría adoleciendo del síndrome liberal:México debería ser una sola nación, con una identidad única, construida através del sistema educativo. Por ello, la política indigenista propició el et-nocidio de muchas culturas indígenas.

No hay que olvidar que el artífice del sistema educativo posrevolucionario,José Vasconcelos, fue siempre contrario a la reproducción de las culturas in-dígenas, a las que trató de incorporar por medio de la escuela. Su paradigmaera, como el de los liberales del siglo que le antecedió, el de una nación mes-tiza. Por eso consideraba que en México se daban las condiciones para la fu-sión de todas las razas (negra, blanca, amarilla, roja o india) en una sola: laraza cósmica.

Por lo anterior, se entiende que los gobiernos mexicanos del siglo XXpasaron pronto del reconocimiento inicial de los pueblos indios en el textoconstitucional, al mencionar las congregaciones, rancherías, pueblos y tribuscomo derechos a conservar sus tierras o ser dotadas o restituidas, a su elimi-nación.

El primer olvido se da en 1934 en la primera reforma al artículo 27 duran-te el último año de gobierno de Abelardo L. Rodríguez. El concepto socioló-gico que determina la unidad poblacional se cambia y en vez de pueblos ytribus se habla de núcleos de población. Aunque la reforma permite contarcon una instancia específica que avanzará en el reparto agrario: el Departa-mento Agrario, ésta deroga la ley carrancista de 1915.11

10 Tomo el concepto ya parte del lenguaje de los científicos sociales mexicanos de sucreador: Guillermo Bonfil Batalla, México profundo. Una civilización negada.

11 Diario Oficial de la Federación, miércoles 10 de enero de 1934.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 41

La otra reforma se da en 1937, ya en el cardenismo. Por medio de ella seadiciona el párrafo VII para establecer que los asuntos relacionados con con-flictos por límites de tierras comunales serían de jurisdicción federal.12 Coneste paso, que buscaba darle a la federación el peso de las decisiones en lamateria, se obligaría a los pueblos indios a costosos gastos, no sólo legales,sino de traslado y alimentación, durante sus eternos peregrinares que ten-drían que realizar en las oficinas de la ciudad de México.

De las 16 reformas que ha tenido el artículo 27 constitucional de 1917 a lafecha, sólo tres tienen que ver con la problemática de los pueblos indios. Lasdos que comenté antes y la de enero de 1992, llamada contrarreforma salinista,que propiciaría la privatización del ejido y la comunidad.

3. El reparto agrario

Sin duda alguna, con sus errores, deficiencias y burocratismos, la ReformaAgraria transformó al país, creando un campesinado que producía el abastode alimentos que requería el proceso de urbanización e industrialización enque se sustentó el modelo de sustitución de importaciones. Mientras se repar-tió tierra, la estabilidad del campo se mantuvo y se crearon condiciones parael crecimiento económico durante varias décadas. No obstante, el modeloempezaría a entrar en crisis a mediados de los años setentas, generando lanecesidad de cambios y transformaciones no sólo en las políticas de desarro-llo, sino también en la demanda creciente de una sociedad, que se transformóde rural en urbana, por mayores espacios de participación y representaciónpolíticas. Así entró en crisis el sistema de partido hegemónico y alto inter-vencionismo estatal en la actividad económica, una de cuyas consecuenciasnegativas fue la corrupción que se apoderó de muchos espacios de la vida enel país.

En enero de 1992, el Presidente Salinas publica un decreto aprobado porel Congreso, por medio del cual se da fin al reparto agrario, que había sidouno de los compromisos fundamentales de la Revolución mexicana.

La reforma del artículo 27 constitucional se dio en un ambiente de descon-tento de intelectuales y movimientos campesinos independientes. Al mismotiempo que se establecía en su fracción VII que se reconocía la personalidadjurídica de los núcleos ejidales y comunales, y se protegía esta forma de pro-

12 Diario Oficial de la Federación, lunes 6 de diciembre de 1937.

42 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

piedad sobre la tierra tanto para asentamientos humanos, como para activida-des productivas; y de que: “La ley protegerá la integridad de las tierras de losgrupos indígenas”,13 por otro lado se propiciaba la privatización del ejido.

Al reglamentarse las reformas, se derogó la Ley de la Reforma Agraria, y ensu lugar aparece una nueva disposición: la Ley Agraria, en la que se especifi-ca a detalle la facultad de los ejidatarios y comuneros para concluir el régimensocial de posesión y la posibilidad de convertirlo en propiedad privada.14

Resultaba contradictorio que por un lado se declarara la protección de laintegridad territorial de los pueblos indígenas y al mismo tiempo se abrieranlas posibilidades para la desintegración de los ejidos, uno de los principaleslogros de la revolución de 1910. Estábamos en esa década de fin de siglo enel contexto del embate de políticas neoliberales en el campo, de las posibili-dades que se concretarían más adelante con el Tratado de Libre Comercio conNorteamérica.

Sin el precedente que se sentó en 1992 con las reformas al artículo 27 de laConstitución General de la República, contrarias a la tradición agrarista delEstado mexicano, difícilmente se pudiera entender por qué el movimiento za-patista que se alzó en Chiapas en enero de 1994 se transformó, de un recla-mo por la transformación radical del régimen para instaurar un sistema go-bernado por el proletariado, como lo establecen sus primeros comunicados, enun movimiento reivindicatorio de los derechos de los pueblos indígenas y delcampesinado.

13 Diario Oficial de la Federación, 6 de enero de 1992.14 Idem.

[43]

CAPÍTULO TERCERO

PUEBLOS INDIOS Y TENENCIA DE LA TIERRA

I. REPRODUCCIÓN POBLACIONAL Y POLÍTICA

Como consecuencia de las epidemias traídas por los europeos y de las condi-ciones de explotación colonial, la población indígena se redujo considerable-mente en varias partes del país. Éste fue el caso de Oaxaca; aunque aquí elimpacto fue menor, por lo cual es hoy uno de los estados predominantementeindígena. El cuadro número 1 nos da una idea de la evolución de la poblacióntotal y la población indígena en la entidad sureña de la época colonial a laactualidad.

Si bien la población indígena ha disminuido su peso con relación a la po-blación total de manera muy rápida en el país, en el caso de Oaxaca su pre-sencia sigue siendo fundamental para entender la vida de la región. Sin me-ternos a los criterios de la clasificación, podemos afirmar de manera generallo siguiente. Mientras en 1858 García Cubas estimaba una población total de8 millones 283 mil 080 habitantes y de 2 millones 208 mil 825 indígenas, esdecir cerca del 27 % de la población nacional, en Oaxaca éstos seguían te-niendo un peso fundamental con más del 80 % del total regional.1 Para princi-pios de siglo, se estimaba que México tenía 11 millones 673 mil 283 habitan-tes, de los que 1 millón 794 mil 293 hablaba alguna lengua indígena, el 15 %de la población total (no sabemos si el criterio consideraba a toda la pobla-ción o a un segmento de la misma), mientras en Oaxaca, seguía representan-do el 87 % de la población de la entidad.2

1 Antonio García y Cubas, Atlas de la República Mexicana.2 Gobierno del Estado de Oaxaca, División territorial del Estado Libre y Soberano de

Oaxaca, y Luz María Valdés, Los indios en los censos de población, pp. 67-75.

44 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

CUADRO 1POBLACIÓN TOTAL Y PORCENTAJE DE LA POBLACIÓN INDÍGENA

EN EL ESTADO DE OAXACA POR AÑO DE REFERENCIA

Año de referencia Población total % de población indígena

1792 410,146 881810 600,000 891858 531,768 86.71901 948,633 872000 3,438,765 60

Fuente: Jaime Bailón Corres, Pueblos indios, elites y territorio. Sistemas dedominio regional en el sur de México; una historia política de Oaxaca.

Las anteriores cifras nos permiten apreciar que la predominancia de lapoblación indígena en Oaxaca se ha mantenido a lo largo de los siglos. Ac-tualmente representa más de la mitad de la población total.

El control de la tierra y de sus formas de autoridad local fueron factoresfundamentales que explican la reproducción de la población indígena. En elcaso de Oaxaca, la unidad de organización política local ha sido la del puebloen sus diversas caracterizaciones: república de indios y de españoles en la Colo-nia; ayuntamientos constitucionales y repúblicas de la independencia a la Cons-titución de 1857; ayuntamientos y agencias municipales de este año a 1917;departamentos municipales por un periodo mínimo de dos meses, para regresara la organización anterior; y finalmente municipios libres, compuestos de pue-blos cabecera, agencias municipales y agencias de policía. En vez de ser supri-midos, el número de pueblos creció, como se aprecia en el cuadro 2.

Los pueblos dispusieron de autonomía para determinar sus procedimien-tos de nombramiento de sus autoridades locales. De una estructura de autori-dad local hereditaria para los miembros de los cacicazgos indios, poco a pocose transforma en un procedimiento electoral indirecto. El pueblo en asam-blea nombraba un grupo de electores, los que a su vez designaban dentro deellos a los alcaldes y regidores del ayuntamiento o de la república. Más tarde,a partir de 1857, la elección se haría en asambleas directas tanto de los ayun-tamientos como de los agentes municipales. En 1917 los carrancistas quisie-ron reducir el número de municipios a 50 departamentos municipales, pero lamedida no prosperó.

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45

CUADRO 2DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIOS, CATEGORÍAS ADMINISTRATIVAS REGIONALES Y LOCALES EXISTENTES

DEL SIGLO XVI AL XX EN EL ESTADO DE OAXACA

Año

Fines del siglo XVI

Circa 1743-1777

Circa 1792-1803

1793

1793

1810

1826

1827

1833

1844

1858

Administración regional

Alcaldías mayores: 16

Alcaldías mayores: 16

Intendencias: 1Partidos: 18

Intendencias: 1Partidos: 18

Intendencias: 1Partidos: 18

Intendencias: 1Partidos: 18Estados: 1

Terr: 1Departamentos: 6

Partidos: 22Estados: 1

Departamentos: 6Partidos: 22Estados: 1

Departamentos: 6Partidos: 22

Prefecturas: 1Distritos: 8

Subprefecturas: 21Estados: 1

Terr: 1Distritos políticos: 25

Número de pueblos

109

393

1,466

936

711

928

805

864

925

939

948

Categoría de los pueblos

Repúblicas de indios: 109Españoles: ?

Repúblicas de indios: 393Españoles: ?

Repúblicas de indios: 1,466Españoles: ?

República de indios: 936Españoles: ?

República de indios: 711Españoles: ?

República de indios: 928Españoles: ?

Ayuntamientos Constitucionales: 150Repúblicas: 655

Ayuntamientos Constitucionales: ?Repúblicas: ?

Ayuntamientos constitucionales: 17Repúblicas: 908

Ayuntamientos constitucionales: ?Repúblicas: ?

Municipios: ?Agencias municipales: ?

Fuentes

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Fuentes citadas:1. Marcelo Carmagnani, El regreso de los dioses; el proceso de reconstitución de la identidad étnica en Oaxaca, siglos XVII y XVIII, p. 57.2. Idem.3. Quizás la diferencia provenga de que en un caso se incluye a los pueblos del Istmo de Tehuantepec, que habían sido puestos en otra unidad administrativa junto con los de

Coatzacoalcos. Ronald Spores, “Relaciones gubernamentales y judiciales entre los pueblos, los distritos y el Estado de Oaxaca”, en María de los Ángeles Romero Frissi,Lecturas históricas del estado de Oaxaca, vol. 3, pp. 241-242. La segunda cifra proviene de José Miranda, “ Evolución cuantitativa y desplazamiento de la población indígenade Oaxaca en la época colonial”, en Estudios de Historia Novohispánica, t. II, pp. 134-135.

4. Leticia Reina, “De las Reformas Borbónicas a las Leyes de Reforma”, en L. Reina, Historia de la cuestión agraria mexicana; estado de Oaxaca, vol. 1, p. 240.5. “Decreto del 6 de mayo de 1826. División y arreglo de los partidos que componen el Estado Libre de Oaxaca”, en Colección de Leyes y Decretos del gobierno del estado de

Oaxaca, vol. 1, pp. 258-297. Buscando normas las disposiciones de la nueva constitución, por medio de este decreto se divide al estado en 22 partidos, dos de ellos de primeraclase, 11 de segunda y nueve de tercera. La entidad suma 805 pueblos, 230 haciendas, ranchos y trapiches. Son los pueblos los que tienen categoría de municipalidades o derepúblicas, de acuerdo con su importancia poblacional y económica. Al principio los gobiernos independientes buscaron fusionar pueblos o repúblicas para formar unos cuantosmunicipios constitucionales, pero la voluntad duró poco ante la realidad oaxaqueña. Así, Rodolfo Pastor (Campesinos y reformas..., p. 427) nos dice que si para 1923 había enOaxaca 123 municipalidades de este tipo, para 1831 sólo quedaban 17. Por eso el peso de los pueblos indígenas organizados fundamentalmente como repúblicas, herederos delas coloniales repúblicas de indios, seguirá siendo fundamental en todo el siglo XIX.

1891

1901

1910

1915

1917

1918

1922

1942

1968

1994

Estados: 1Distritos políticos: 26

Estados: 1Distritos políticos: 26

Estados: 1Distritos políticos: 26

Estados: 1Distritos políticos: 26

Estados: 1Terr: 1

Distritos políticos: 26Estados: 1

Distritos políticos: 26Estados: 1

Distritos rentísticosy judiciales: 26

Estados: 1Distritos rentísticos

y judiciales: 29Estados: 1

Distritos rentísticosy judiciales: 30

Estados: 1Distritos rentísticos

y judiciales: 30

1,092

1,193

1,008

1,114

50

1,008

574

571

570

570

Municipios: 508Agencias municipales: 616

Municipios: ?Agencias municipales: ?

Municipios: 516Agencias municipales: 630

Municipios: 526Agencias municipales: 609

Departamentos municipales: 50

Municipios: 516Agencias municipales: 630

Cabecera municipal: ?Agencias municipales:?Agencias de policía: ?

Cabecera municipal: 571Agencias municipales: 474Agencias de policía: 1,774Cabecera municipal: 570

Agencias municipales:865Agencias de policía: 1,593Cabecera municipal: 570

Agencias municipales: 729Agencias de policía: 1,526

9

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12

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LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 476

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48 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

En 1922 se aprueba una nueva Constitución local afín a la nacional de1917, y se instaura el municipio libre. Dentro de él se reagrupan las antiguasagencias municipales, una parte de las cuales, las más pequeñas, se transfor-man en agencias de policía. Aunque la ley manda que los encargados de estasentidades existentes en los pueblos pequeños sean nombrados por los ayun-tamientos de los pueblos cabecera, la práctica histórica anterior permite quese siga usando la tradición de que los propios pueblos menores nombren asus autoridades, por lo que aunque pierden autonomía política por la reorga-nización, no la pierden completamente.

En Oaxaca los pueblos se multiplicaron a lo largo del siglo XIX pasandode 711 en 1793 a más de 1,082 en 1891.3

En 1910 se reconocía la existencia de 1,008 pueblos, 27 villas, siete ciudades,83 rancherías, 72 ranchos y 183 haciendas. Estos asentamientos se dividíanadministrativamente en 516 municipios y 630 agencias municipales, es decir1,146 poblaciones con autonomía para designar sus autoridades locales.4

Los intentos por repartir sus tierras o despojarlos de ellas prosperaron enalgunas regiones del estado como el Istmo, la Costa y Tuxtepec, propiciando eletnocidio hacia los pueblos indios. Pero, en general, éstos siguieron contro-lando la mayor parte del territorio de la entidad. En muchos casos simularonel reparto privado de sus tierras, para seguir controlando sus posesiones.

Luego, pues, hay una interrelación profunda entre pueblos indios, controldel territorio, predominancia de la población indígena y sistema político lo-cal. La relación estrecha entre pueblo indio y territorio en Oaxaca se puedeexpresar en las siguientes cifras.

Mientras en México se habla de la existencia de una población indígenaque alcanza los 12.7 millones de indígenas (13 % de la población total), que seagrupa en 62 etnias diferentes,5 en Oaxaca más de la mitad de la población esindígena; se concentran 15 de los grupos étnicos reconocidos en México yexisten 570 municipios, el 23.32 %, de los 2 mil 444 municipios que hay en elpaís (véase el cuadro 3).

3 Los datos están tomados de Jaime Bailón Corres, Pueblos indios, elites y territorio. Sis-temas de dominio regional en el sur de México; una historia política de Oaxaca.

4 Ibid., pp. 189-191. En 1915 había 114 pueblos, 1,997 ranchos, 164 haciendas, 116 cafe-tales o fincas y 23 barrios. Administrativamente hablamos de 526 municipios y 609 agenciasmunicipales. Tomado de la División territorial del estado de Oaxaca, datos recopilados parala Campaña de la División “Veintiuno”, citado en Anselmo Arellanes, Oaxaca: reparto detierras, alcances, limitaciones y respuestas, p. 36.

5 Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 2001-2006, pp. 25-37.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 49

CUADRO 3POBLACIÓN TOTAL, % POBLACIÓN INDÍGENA, GRUPOS INDÍGENAS

Y NÚMERO DE MUNICIPIOS EN LA REPÚBLICA MEXICANA

Y EN EL ESTADO DE OAXACA PARA EL AÑO 2000

Entidad Población % Población Grupos Número detotal indígena indígenas municipios

República Mexicana 97,361,711 13 62 2,444Estado de Oaxaca 3,483,765 60 15 570

Fuentes: INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda, y Sedesol / INI / Oficina de Represen-tación para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Programa Nacional para el Desarrollo de los Pue-blos Indígenas. 2001-2006.

II. COMPARACIONES AGRARIAS ENTREMÉXICO Y OAXACA

1. Peso del sector primario en el PIB

El sector primario (agropecuario, silvicultura y pesca) representaba en 1998,en miles de pesos de 1993, el 5.96 % del PIB nacional.6

En contraste con las cifras nacionales, en el estado sureño según cifras de1998 dadas por la SRA en su página de internet, el sector agropecuario, sil-vícola y la pesca representaban el 15.35 % del PIB de la entidad a precios de1993.7

2. Población rural y urbana

La población rural nacional representaba el 25.3 % del total de la población,mientras la urbana el 74.7 %, de una estimación de 97 millones 361 mil per-sonas8 (véase el cuadro 4).

Para el caso de Oaxaca, de los 3 millones 438 mil 765 habitantes que se te-nían registrados en ese año, el 55.5 % era considerado población rural y el44.5 % restante era urbana.

6 www.sra.gob.mx/Info_Agrar/2002/agosto02/NACIONAL/nacional.htm.7 www.sra.gob.mx/Info_Agrar/2002/agosto02/OAXACA/Oaxaca.htm.8 INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda. Resumen General. 2000.

50 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

3. Superficie agraria: tipo de tenencia social, privada y otra

La superficie total del país sin considerar al territorio insular es de: 195 mi-llones 924 mil 800 hectáreas. (Considerando el territorio insular, llega a 196.7millones de hectáreas.)9 (Véase el cuadro 5).

CUADRO 5SUPERFICIE AGRARIA TOTAL, SUPERFICIE EJIDAL Y COMUNAL,

SUPERFICIE PRIVADA Y OTRAS SUPERFICIES EN LA REPÚBLICA MEXICANA

Y EN EL ESTADO DE OAXACA PARA EL AÑO 2002

República Mexicana Estado de OaxacaTipo de superficie Absolutos Relativos Absolutos Relativos

Superficie total 195,924,800 100 9,314,700 100Superficie ejidal y comunal 101,525,316 51.8 8,179,091 87.8Superficie privada 73,216,097 37.3 608, 487 6.5Otras superficies 21,313,062 10.9 527,122 5.7

Fuentes: Registro Agrario Nacional, datos al 29 de julio de 2002.

Analizaremos más detenidamente el cuadro 5 y sus gráficos.Del total de superficie agraria nacional, 101 millones 525 mil 316 hectáreas

corresponden a terrenos ejidales y comunales. Es decir, el 51.8 % es propiedadsocial.

94 millones 399 mil 489 hectáreas son propiedad privada, terrenos naciona-les y otras figuras de propiedad. Es decir el 48.2 % tiene otra forma de propiedad.

9 Registro Agrario Nacional, cifras al 31 de julio de 2002.

CUADRO 4POBLACIÓN TOTAL, POBLACIÓN URBANA Y POBLACIÓN RURAL

EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y EL ESTADO DE OAXACA PARA EL AÑO 2000

República Mexicana Estado de OaxacaTipo de población Absolutos Relativos Absolutos Relativos

Población total 97,361,711 100 3,483,765 100Población urbana 72,759,822 74.7 1,531,425 44.5Población rural 24,723,590 25.3 1,907,340 55.5

Fuentes: INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 51

La propiedad privada considerada por su cuenta representa el 37.3 %, esdecir, 73 millones 216 mil 097 hectáreas.

El restante 10.9 % de la tierra corresponde a otras formas de propiedad, tierrasnacionales, colonias agrícolas y otros (incluye cuerpos de agua, zonas federa-les, parques nacionales, reservas ecológicas, terrenos urbanos, baldíos y otros).

Esto significa que la propiedad social es la principal forma de tenencia dela tierra en México, al ser poco más de la mitad de la superficie total.

La superficie del estado de Oaxaca se calcula en 9 millones 314 mil 700 hec-táreas.10 De ese total, la superficie ejidal y comunal es de 8 millones 179 mil 091hectáreas. Es decir, representa el 87.8 % de la superficie agraria total estatal.

La propiedad privada representa el 6.5 % del total con 608 mil 487 hectá-reas. El 5.7 % restante corresponde a terrenos de colonias agrícolas y gana-deras, zonas federales, parques, reservas ecológicas, terrenos urbanos y otrasformas de tenencia.

Si a escala nacional la propiedad privada es poco más de la mitad del total,en el caso oaxaqueño su predominancia es apabullante.

4. Núcleos agrarios ejidales y comunales

En el nivel nacional la posesión de esa superficie de propiedad social se con-centra en 30 mil 098 núcleos ejidales y comunales del país. Así lo muestrael cuadro 6.

De ese total, el 92.8 % corresponde a unidades ejidales y el 7.2 % a comu-nidades agrarias. Esto último nos indica que la forma de organización ejidales predominante a escala nacional con relación a la comunal.

En el caso de Oaxaca se tienen registrados 1,464 ejidos y comunidadesagrarias. De ese total, el 55.9 % son unidades ejidales y el 44.1 % son comu-nidades, por lo que hay un cierto equilibrio entre un tipo de organización yotra, desde el punto de vista de los núcleos de población.

5. Ejidatarios titulares y comuneros titulares

En esos núcleos de propiedad social viven en todo el país 3 millones 889 mil576 ejidatarios y comuneros titulares en México (véase el cuadro 7).

De ese total, el 84 % de los titulares de propiedad agraria de origen socialson ejidatarios, mientras el 16 % restante se integra de comuneros.

10 Registro Agrario Nacional, datos al 31 de julio de 2002.

52 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

A nivel del estado de Oaxaca las cosas tienden a tener un equilibrio dife-rente. Se tienen registrados un total de 352 mil 985 ejidatarios y comunerostitulares, de los que el 68 % son exclusivamente comuneros y el 32 % restan-te son ejidatarios. Es decir, hay menos ejidatarios significativamente que co-muneros. No sólo la extensión sino el número de titulares comunales es ma-yor en el caso de Oaxaca.

6. Población total de ejidatarios y comuneros y su familia

Si asumimos arbitrariamente que en promedio cada ejidatario y comunerosostiene una familia de cinco miembros incluyendo al titular, existen en Mé-xico 19 millones 447 mil 880 ejidatarios y comuneros, lo que representa el78.7 % del total de la población rural del país.

CUADRO 6NÚCLEOS AGRARIOS CONSTITUIDOS POR TIPO DE TENENCIA SOCIAL

DE LA TIERRA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y EN EL ESTADO

DE OAXACA PARA EL AÑO 2002

República Mexicana Estado de OaxacaNúcleos Absolutos Relativos Absolutos Relativos

Total de núcleos ejidalesy comunales 300,098 100 1,464 100

Total de núcleos ejidales 27,941 92.8 818 55.9Total de núcleos comunales 2,157 7.2 646 44.1

Fuentes: Registro Agrario Nacional, datos al 29 de julio de 2002.

CUADRO 7POBLACIÓN TOTAL BENEFICIADA POR EL REPARTO AGRARIO

Y POR TIPO DE TENENCIA SOCIAL DE LA TIERRA EN LA REPÚBLICAMEXICANA Y EN EL ESTADO DE OAXACA PARA EL AÑO 2002

República Mexicana Estado de OaxacaTitulares Absolutos Relativos Absolutos Relativos

Ejidatarios y comunerostitulares 3,889,576 100 352,985 100

Ejidatarios titulares 3,271,916 84 113,130 32Comuneros titulares 617,660 16 239,855 68

Fuentes: Registro Agrario Nacional, datos al 29 de julio de 2002.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 53

El 21.3 % de la población rural restante se compondría de los pequeñospropietarios, como se aprecia en el cuadro 8.

Para el caso que venimos analizando de Oaxaca, con la misma estimaciónpromedio, diríamos que la población total de ejidatarios, comuneros y susfamilias, es decir, la población beneficiada por el reparto agrario, represen-tan el 92.5 % de la población rural del estado, y el restante corresponde a lapequeña propiedad.

7. Peso específico de la tierra ejidal versus tierra comunal

Veamos las cifras de las tierras ejidales y comunales por separado en elcuadro 9.

CUADRO 8POBLACIÓN RURAL, POBLACIÓN EJIDAL Y COMUNAL Y OTRO TIPO

DE POBLACIÓN RURAL EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y EN EL ESTADODE OAXACA PARA EL AÑO 2002

República Mexicana Estado de OaxacaTipo de población Absolutos Relativos Absolutos Relativos

Población rural total 24,723,590 100 1,907,340 100Población ejidal y comunal(*) 19,447,880 78.7 1,764,925 92.5Otro tipo de(**) población rural 5,275,710 21.3 142,415 7.5

Fuentes: INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda; Registro Agrario Nacional, datos al29 de julio de 2002.

(*) La estimación la realizo calculando que en promedio cada familia campesina es de cinco miem-bros multiplicado por el total de titulares ejidales o comunales.

(**) La obtuve restándole del total de la población rural, la población ejidal y comunal.

CUADRO 9SUPERFICIE AGRARIA TOTAL, SUPERFICIE EJIDAL Y COMUNAL ENTREGADA

Y SUPERFICIE EN LITIGIO EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y EN EL ESTADODE OAXACA PARA EL AÑO 2002

República Mexicana Estado de OaxacaTipo de superficie Absolutos Relativos Absolutos Relativos

Superficie total 195,924,800 100 9,314,700 100Superficie ejidal entregada 84,686,526 43.2 1,639,634 17.6Superficie comunal entregada 16,838,790 8.6 5,737,415 61.6Superficie en litigio ? ? 802,042 8.6

Fuentes: Registro Agrario Nacional, datos al 29 de julio de 2002.

54 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La tenencia ejidal representa con 84 millones 686 mil 526 hectáreas el43.2 % del total de la superficie nacional. Por su parte, las tierras comunales,en el mismo cuadro suman 16 millones 838 mil 790 hectáreas, el 8.6 % deltotal de la superficie nacional. La tenencia ejidal es mucho más significativacomo forma social de propiedad que la tenencia comunal.

Por el contrario, en el caso de Oaxaca, las tierras ejidales apenas represen-tan el 17.6 % del total de la superficie de la entidad. Mientras que, por su lado,las tierras comunales entregadas representan el 61.6 % del total de la superfi-cie del estado. Esto quiere decir que a diferencia del promedio nacional, enOaxaca el peso de la propiedad comunal es fundamental.

8.El peso de la tierra comunal en Oaxacay el peso de Oaxaca en México

El cuadro 10 es muy ilustrativo de la importancia de los bienes comunales paraOaxaca y este peso en el resto del país. Del total de tierra comunal existenteen México (sobre todo tierra que los pueblos indios han controlado directa-mente, a pesar de zonas de litigio), Oaxaca concentra el 34 % del total. Por elcontrario, su peso en cuanto a extensión ejidal sólo representa el 1.9 % frenteal total nacional.

CUADRO 10SUPERFICIE EJIDAL Y COMUNAL EN NÚMEROS ABSOLUTOS

Y RELATIVOS EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y EN EL ESTADO

DE OAXACA PARA EL AÑO 2002

Superficie ejidal Superficie comunalEntidad Absolutos Relativos Absolutos Relativos

República Mexicana 84,686,526 100 16,838,790 100Estado de Oaxaca(*) 1,639,634 1.9 5,737,415 34

Fuentes: Registro Agrario Nacional, datos al 29 de julio de 2002.(*) No estamos incluyendo la superficie en litigio por 802,042 hectáreas, que incrementaría el peso

de las tierras comunales de Oaxaca en el total nacional.

III. CONFLICTOS POR LÍMITES

Pero además, al desglosar la cifra de tenencia social encontramos una dife-rencia de 802 mil 042 hectáreas, el 8.6 % del total estatal, entre la superficie

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 55

total de la entidad y la propiedad social entregada sumándole la propiedad pri-vada y otras formas de tenencia. Esta extensión corresponde a terrenos en li-tigio, sobre todo de origen comunal, pero también extensiones ejidales, quetodavía no tienen una resolución.

Esto sucede a 92 años de iniciada la Revolución mexicana y a 10 años deque el Presidente Salinas intentó, con el cambio de ley agraria, dar por termi-nados los compromisos del Estado en esta materia. Parte de esos conflictos seexpresaron en la masacre de Agua Fría en la primavera de 2002 en la sierrasur de Oaxaca.

Pero los conflictos limítrofes no son una historia reciente. Son parte cons-titutiva del sistema regional de dominio oaxaqueño.

Aun desde antes de la llegada de los españoles, los conflictos por límitesparecen haber sido parte de la problemática de la provincia oaxaqueña. Du-rante la Colonia en Oaxaca la mayor parte de los conflictos agrarios siguiósiendo la de la disputa entre unos pueblos indígenas con otros, más que entreellos y los dueños de haciendas.

Los conflictos reseñados por los estudiosos fueron sobre todo los existen-tes entre comunidades que se disputaban la posesión de extensiones que cadauno consideraba como suya, de acuerdo con sus formas de delimitación prehis-pánica. Luego lo hicieron con base en los títulos primordiales que les otorga-ba la Corona.

Los grupos indígenas habían ganado espacios de autonomía política y ha-bían logrado reconstituirse luego de la hecatombe de la conquista, merced asu propia capacidad interna, al control de sus territorios y a una legislacióncolonial en parte paternalista hacia los pueblos tributarios.

También disputaron contra las posesiones de los descendientes de los ca-ciques indios y contra los hacendados, pero los conflictos por límites entrecomunidades fue el factor más importante del problema agrario.

La falta de mecanismos de medición adecuados; el hecho de que los reco-nocimientos de tierra de la Corona, a cambio de la obediencia y el pago de tri-butos a España, se realizará allende el Atlántico; la corrupción de funcionariosy escribanos en la Nueva España en sus relaciones con pueblos indígenas; lavoracidad natural de los pueblos indios por expandir sus posesiones para ga-rantizar a largo plazo su reproducción como pueblos, y una clara intención delos españoles de mantener divididos a los pueblos, matándose entre de ellos,como una forma de evitar un alzamiento en su contra, son todos estos factoresque explican la problemática agraria que llegaría a los tiempos de la indepen-dencia, la sobreviviría, atravesaría la revolución y llegaría a nuestros días. Son

56 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

también parte de las bases que llevaría a lo largo de las décadas al etnocidioy genocidio estatal y al autogenocidio comunitario.

Nada más claro que el informe del jefe político de Zimatlán rinde al go-bierno del estado respecto a una solicitud de composición de tierras en el año1896, respecto al tema de los conflictos por límites:

He oído decir que la fama pública condena a españoles de la época virreinal dehaber procurado a los indios unas mismas tierras o montes, para tenerlos distan-ciados o entretenidos en cuestiones de terrenos y para que no pensaran en laindependencia. Sea lo que fuere, si acerca de colindancias se permite el suscri-to emitir su parecer, es porque desea evitar en lo posible consecuencias funes-tas por cuestiones de terrenos, dado el carácter intransigente de los naturales,en estos casos.11

Sólo estudiando la región central de los valles de Oaxaca, William Taylorcontabilizó en el Archivo General de la Nación 36 expedientes de disputas agra-rias entre más de 75 comunidades indígenas en el periodo 1586 a 1817.12

El cuadro 11 nos muestra cómo los conflictos por límites fueron una cons-tante en la historia oaxaqueña.

CUADRO 11CONFLICTOS POR LÍMITES COMUNITARIOS EN EL ESTADO

DE OAXACA, POR AÑO DE REFERENCIA

Años de referencia Conflictos por límites comunitarios

1770-1820 120(*)1878 55(*)1904 148(*)1905 135(*)2002 300(*)

Fuentes: Jaime Bailón Corres, Pueblos indios, elites y territorios. Sistemasde dominio regional en el sur de México; una historia política de Oaxaca.

(*) El gobernador del estado informaba que 14 de estos conflictos tenían me-dio siglo de venirse ventilando y que tres superaban el siglo de antigüedad.

11 “Informe del jefe político de Zimatlán al gobernador del estado, enero 28 de 1896”,AGEPEO, Adjudicaciones, leg. 47, exp. 24, 8 ff.

12 William B. Taylor, Terratenientes y campesinos en la Oaxaca colonial, pp. 253-255.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 57

De 1770 a 1820 se contabilizaron 120 conflictos por límites. En 1878 el go-bierno reconoce la existencia de 55 conflictos agrarios. En 1904 se registran148 conflictos y en 1905 se registran 131. En el 2002 la Reforma Agraria reco-noce que subsisten en Oaxaca 300 expedientes de esta naturaleza.

Los enfrentamientos entre pueblos en esos dos siglos son una veta pocoexplorada por la investigación.

IV. EVOLUCIÓN DEL REPARTO AGRARIO

En los primeros decenios de la revolución, el reparto agrario estuvo dirigidoa la expropiación de haciendas y ranchos y a la dotación ejidal. En las déca-das posteriores la situación favoreció las solicitudes de restitución, pero so-bre todo las de reconocimiento de bienes comunales. Esto quiere decir que elgobierno federal emitía decretos presidenciales en los que reconocía las po-sesiones que los pueblos indios seguían poseyendo y controlando todavíadesde tiempo inmemorial. En el caso de Oaxaca, el primer reconocimiento atierras comunales se da en 1932, y la mayor parte de estos decretos se dan du-rante gobierno de Gustavo Díaz Ordaz, cuando el oaxaqueño Norberto AguirrePalancares estuvo a cargo del Departamento de Asuntos Agrarios y Coloni-zación, antecedente de la Secretaría de la Reforma Agraria.

Sin duda alguna, un punto que había impedido avanzar en materia de titula-ción de tierras comunales fue, de nueva cuenta, la actitud clientelista del grupogobernante y la deliberada actitud de no entramparse en soluciones de dispu-tas por límites que pudieran restarles apoyos en el medio indígena. Conveníamejor dejar pasar los acontecimientos. Al hacerlo, contribuían a afianzar lasguerras campesinas intercomunitarias entre pueblos indígenas que describi-remos más adelante, el autogenocidio comunitario, propiciado por conduc-tas etnocidas y genocidas del Estado mexicano.

SEGUNDA PARTE

[61]

CAPÍTULO CUARTO

LA REGIÓN, LOS PUEBLOSY ANTECEDENTES COLONIALES

I. LA REGIÓN DEL CONFLICTO

El distrito de Sola de Vega se localiza en la llamada Sierra Sur oaxaqueña.Colinda con los distritos de Zaachila, Zimatlán, Nochixtlán, Tlaxiaco, Pu-tla, Jamiltepec, Juquila y Miahuatlán y Ejutla. Se integra de los siguientes 16municipios: San Francisco Cahuacua, San Francisco Sola, San Ildefonso Sola,San Jacinto Tlacotepec, San Lorenzo Texmelucan, San Vicente Lachixío, SantaCruz Zenzontepec, Santa María Lachixío, Santa María Sola, Santa María Za-niza, Santiago Amoltepec, Santiago Minas, Santiago Textitlán, Santo Do-mingo Teojomulco, Villa Sola de Vega (cabecera distrital) y Zapotitlán delRío.1 En 1968 existían 16 cabeceras municipales, 14 agencias municipales y84 agencias de policía, en total 114 poblaciones con reconocimiento políticoy administrativo más otro grupo de caseríos menores sin ningún reconoci-miento oficial. Para 1994, se le reconocían a Sola de Vega 138 localidadescon categoría política o administrativa.2

En el año 2000, la superficie del distrito era de 3 mil 719.03 kilómetroscuadrados, que albergaban una población de 70 mil 988 personas, de las queel 81.11 % era considerada rural, por lo que Sola de Vega era el distrito másrural del estado, después del de Choapan que con el 89.13 % de su poblaciónconsiderada así, coronaba la lista de 30 distritos oaxaqueños.3 En ese mismo

1 División territorial del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, t. L, suplemento al núm.40, 5 de octubre de 1968.

2 El disponer de un reconocimiento oficial le permite a los pueblos tener capacidad deinterlocución, como hemos dicho antes, muchas veces de manera directa, con las autoridadesestatales sin intermediación del ayuntamiento; es un pequeño espacio, pero espacio al fin, deautonomía.

3 INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda. Oaxaca.

62 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

año se le estimaba al distrito una población analfabeta de 33.56 % e indígenade 39.66 %.4

Todos los municipios de la jurisdicción, con excepción de la cabecera,Villa Sola de Vega, tienen índices de alta marginalidad expresada sobre todoen la falta de caminos y demás medios de comunicación, escuelas, centros desalud, analfabetismo, monolingüismo, etcétera. La mayor parte de sus habi-tantes son indígenas zapotecos, pero también hay algunos pueblos de mixtecosy chatinos.

Una parte de su territorio está cubierto de bosques de coníferas que, aun-que depredados en las décadas en que la explotación fue concesionada a com-pañías privadas, con créditos estatales y una explotación racional, permiti-rían ingresos y trabajo dignos para muchos de sus habitantes.5 Una parte deestos bosques se explota de manera directa por los propios comuneros.

Existen otras zonas aptas para cultivos frutales, de café y jamaica, dentrode otros.

Por otra parte, desde antes de la llegada de los españoles, de las arenas desus ríos se extraían metales preciosos por métodos rústicos, cosa que llevó, pos-teriormente, a la instalación de algunas explotaciones mineras. Más reciente-mente, en el siglo XX, se explotaron yacimientos de fierro y mica, además sehabla de grandes yacimientos de metales industriales estratégicos de una tras-cendencia continental. Pero la falta de comunicaciones carreteras es uno delos grandes obstáculos todavía para poder pensar en proyectos viables de altoimpacto en el plazo inmediato. Estas reservas estratégicas de minerales y ladisponibilidad de bosques fue un argumento de uno de los tres pueblos con-tendientes para argumentar la existencia de fuerzas oscuras que querían des-estabilizar la región en las semanas calurosas del verano oaxaqueño de 2002.

Para acceder a los municipios soltecos hay que hacerlo sobre todo por trescaminos sin pavimentar y en pésimas condiciones en época de lluvia: uno setoma en la cabecera del distrito, Villa Sola de Vega, luego de recorrer cerca dedos horas la carretera federal Oaxaca-Puerto Escondido. El siguiente, una horaantes, sobre la misma carretera federal, a la altura del paraje conocido comoEl Vado, en el distrito de Zimatlán. La tercera ruta supone un recorrido devarias horas para tomarla hasta la región mixteca, por el distrito de Tlaxiaco.A pesar de que estas rutas comunican a varios municipios, muchas de las co-munidades del distrito no tienen camino de acceso y algunas cabeceras de los

4 Idem.5 No tendrían así necesidad de trabajar como jornaleros forestales en otras comunidades,

como sucede con los pobladores de Xochiltepec.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 63

16 municipios tampoco. Qué decir de más de 100 pequeñas comunidades ais-ladas que forman parte de esos municipios. El mapa del distrito de Sola deVega que se presenta es más que sugerente a este respecto.

II. LOS PUEBLOS DEL CONFLICTO

1. Santiago Teojomulco

El Municipio de Santiago Teojomulco está integrado por nueve poblacio-nes con algún tipo de categoría: la cabecera municipal del mismo nombre ylas congregaciones de El Hoyo, El Limón, Hacienda Vieja, La Estancia, LasHuertas y San Pablo. Todos los asentamientos tienen poca población, ya quela mayoría se concentra en la cabecera, y tienen la categoría administrativade agencias de policía.

El último censo daba una población total de 4 mil 334 personas a Teojo-mulco, distribuida en todos sus poblados. De ese total, los mayores de seis a14 años que no sabían leer y escribir eran sólo 262; los mayores de 15 añosconsiderados analfabetas eran 633; sólo 20 mayores de cinco años hablabanlengua indígena y cinco de ellos no hablaba además el español.6 Esto signifi-caba en números relativos que los que no sabían leer y escribir de seis a 14años representaban sólo el 6 % del total poblacional; los mayores de 15 añosanalfabetas eran el 14 %.

Por lo anterior, aunque comparte en su organización interna formas comu-nitarias indígenas, dentro de ellas la elección por el sistema de usos y costum-bres y la tenencia comunal de la tierra, Teojomulco, penetrado en décadasanteriores por mineros y explotadores forestales, se considera a sí mismo co-mo pueblo mestizo, lo que le da un sentimiento de superioridad frente a todoslos vecinos de la región. La predominancia como asiento histórico precolom-bino del cacicazgo de la región y el ser los depositarios del pliego en el quelos conquistadores les conceden el dominio de la tierra a los otros tres pue-blos son aspectos que contribuyen a marcar esta diferencia.

Del total de población registrada censalmente, 1,203 personas fueron con-sideradas Población Económicamente Activa, de las que 890 estaban ocu-padas al momento del levantamiento censal, en el sector primario.7 En otras

6 Idem.7 Idem.

64 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

palabras, la PEA representaba el 27.7 % del total de habitantes y el 74 % dela misma se empleaba en actividades primarias, básicamente la agricultura.

2. Santiago Xochiltepec

Por su parte, Santiago Xochiltepec es agencia municipal del Municipio de San-tiago Textitlán. Este municipio tiene además las congregaciones siguientescon categoría de agencias de policía: El Frijol, Ferrería de la Providencia, Re-cibimiento de Cuauhtémoc, Río Humo y Río Santiago.

De acuerdo con los mismos datos censales de 2000, el Municipio de San-tiago Textitlán, tenía una población total de 3 mil 315 personas; la poblaciónde Xochiltepec representaba alrededor de 500 habitantes.

De la población de seis a 14 años en todo el municipio que no sabían leery escribir sólo se registraron 96 personas; hubo 316 analfabetas de 15 años ymás; y 408 individuos de cinco años y más que hablaban lengua indígena, delos que 388 hablaban el español también.8 Esto significaba en números relati-vos que la población de seis a 14 años que no sabía leer y escribir representa-ba poco menos del 3 % del total poblacional; que los de 15 años y más anal-fabetas eran menos del 10 % de todos los pobladores; que de los mayores decinco años poco más del 12 % hablaba lengua indígena pero casi todos elloshablaban también el español.

La Población Económicamente Activa del municipio se estimó en 425 per-sonas, de las que 355 se ocupaban en el sector primario.9 Es decir, la Pobla-ción Económicamente Activa representaba casi el 13 % del total de personas yel 83.5 % se empleaba en actividades primarias, principalmente la agricultura.

Estimamos que los porcentajes arriba descritos para el municipio son se-mejantes en el caso de la agencia de Xochiltepec.

Santiago Xochiltepec se llamaba anteriormente Santiago el Menor y fueconocido también como Santiaguito. A partir de los años cuarentas del sigloXX, la división territorial ya le da su actual denominación de Santiago Xo-chiltepec.10

Aunque es reconocido administrativamente como agencia de SantiagoTextitlán, Xochiltepec, como muchas otras agencias municipales oaxaqueñas,sigue siendo autónomo en sus asuntos de tierra, nombra sus propias autorida-

8 Idem.9 Idem.10 División territorial del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en Periódico Oficial del

Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 19 de diciembre de 1942.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 65

des locales y realiza trámites frente al gobierno por su propia cuenta. En elsiglo XIX era considerado pueblo libre dependiente de la jurisdicción deJuquila. Más tarde, al crearse el distrito de Sola de Vega, pasa a este distrito,y con la división territorial de 1942 es reagrupada como agencia municipaldependiente de Santiago Textitlán. En la descripción que hace Manuel Mar-tínez Gracida de los pueblos, ranchos y haciendas de Oaxaca en 1883, señalalo siguiente:

[el rancho] El Hoyo tiene cuatro habitantes, de los que dos son hombres y dosmujeres; estos corresponden al Municipio de Santiago el Menor. El rancho enmención es criadero de ganado vacuno y yegüerizo, siendo el adjudicatario Anto-nio Vázquez, á quién se le extendió el título en el año de 1857 conforme a la ley.11

El cambio de nombre y estar asignado como agencia municipal de otromunicipio nos habla de la existencia del conflicto agrario con Teojomulco.Así sucede en muchos pueblos del estado que buscan ser reagrupados conotras cabeceras municipales para poder mantener cierto grado de autonomíadel pueblo con el que se disputa para encarar los largos litigios por la tierra.Otros pueblos buscan ser convertidos en municipios. Hay un largo listado desolicitudes en ambos sentidos en el Congreso oaxaqueño.

3. San Lorenzo Texmelucan

Este poblado anteriormente se denominaba San Lorenzo Teojomulco, comoveremos párrafos adelante. Se integra del pueblo cabecera del Municipio SanLorenzo y de las congregaciones con categoría administrativa de agenciasmunicipales de El Arador, El Carrizal, El Súchil, El Palo de Lima, El Río deTalea y Río Nube.

En el año 2000, el municipio tenía una población total de 5 mil 676 pobla-dores. De ellos, 802 de seis a 14 años no sabían leer y escribir; 1,381 mayores de18 años eran analfabetas; 4 mil 663 hablaba alguna lengua indígena siendomayor de cinco años; de ellos, 2 mil 619 no hablaba el español.12 Es decir queen términos relativos los habitantes de seis a 14 años que no saben leer y es-cribir representan el 14 % del total poblacional; los mayores de 15 años anal-fabetas son el 24 % del total de habitantes; los mayores de cinco años que ha-

11 Manuel Martínez Gracida, Colección de los cuadros sinópticos de los pueblos, hacien-das y ranchos del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, p. 317.

12 INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda. Oaxaca.

66 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

blan lengua indígena son el 82 % del total; que la población mayor de cincoaños que sólo habla lengua indígena representa más del 46 % del total po-blacional.

El peso de la realidad indígena es, al igual que en Textitlán, muy grande enTexmelucan.

La Población Económicamente Activa se estimaba en 843 personas de lasque 759 se ocupaban de las actividades primarias.13 Es decir que la PEArepresenta el 14.5 % del total poblacional y el 90 % de la misma se emplea enel sector primario, principalmente la agricultura.

III. CAUSAS COLONIALES DEL PROBLEMA

El problema de Toejomulco y Texmelucan tiene causas parecidas al que exis-te con Xochiltepec. Teojomulco fue un pueblo que tenía como pueblos suje-tos a Santiago el Menor14 y San Lorenzo Teojomulco. Al estar comprendidosen la misma posesión global otorgada por la Corona, la delimitación internageneró conflicto, primero con San Lorenzo desde principios del siglo XIX yluego con Santiago el Menor (aparentemente a partir de 1925). La problemá-tica es complicada.

En una obra monográfica de Teojomulco se muestra parte de esta proble-mática de separación de San Lorenzo Texmelucan de Teojomulco, reprodu-ciendo un documento de la Serie Indios, vol. 70, exp. 187, fojas 207-209, delArchivo General de la Nación. De esa reproducción extraemos lo siguiente:

Por el año pasado de 794 acudieron a este Superior Gobierno los naturales delpueblo de San Lorenzo Teoxomulco, jurisdicción de Teococuilco de la Ynten-dencia de Oaxaca [...] para solicitar [...] se les concediese erección de gobiernoseparado de la cabecera de Santo Domingo Teoxomulco a que estaban sujetos[...] quel agobiador los infelices yndios de dicho pueblo de la insoportable servi-dumbre en que los tenían constituidos los de Santo Domingo, solo por estarsujetos a este pueblo, como cabecera, resolvieron sacudir tan pesado yugo por

13 Idem.14 En los títulos primordiales otorgados a los caciques, principales y plebeyos de Teojomulco

por Hernán Cortés en 1521, que se reproduce en el libro de Inocencio Michel, Ensayo histó-rico de Santo Domingo Teojomulco, Sola de Vega, Oax., pp. 81-92. Dice en la página 83,durante el recorrido para definir los límites del cacicazgo de Teojomulco que dependía delmayor de Teococuilco en la Mixteca: “y se queda el Santo. Yestitlán [se refiere a SantiagoTextitlán], dentro del Río por la parte Norte, y Santo. [Santiago] el Menor, se queda dentrodel Río por la parte Sur...”

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 67

un medio justo, util [sic] y legal que era exigir gobierno separado en su pueblo,respeto a tener las qualidades [sic] que para ello exigen las leyes del Reino...15

Por lo que el gobierno colonial acuerda lo siguiente:

[...] en atención que concurrir en el pueblo de San Lorenzo, todas las circuns-tancias que previenen las leyes y para revelar a los naturales que lo componen,de los gravámenes [sic] y perjuicios que les causaban los de la cabecera deSanto Domingo; les concedo difiriendo a su solicitud mi superior permiso paraque puedan erigirse en gobierno separado y elegir anualmente un gobernador,dos alcaldes y los correspondientes oficiales de república; Mando al Subdele-gado de partido haga efectiva dicha erección, y proceda las elecciones conarreglo a las ordenanzas de la materia, haciendo saber el resultado a ambospueblos para su inteligencia y previniendo a los de San Lorenzo, que por ahorapermanezcan en las tierras del de Santo Domingo, en los términos que se ha-llan y que si tienen sobre este punto algunos derechos que deducir le executenpor separado como les convenga. Y de este despacho se tomará razón en lacontaduría de retasas y oportunamente en la Yntendencia de Oaxaca. México,2 de julio de 1801. Marquina. Por mandado de su excelencia Joseph IgnacioNegreyros y Soria. Concuerda con su original. Negreyros (rúbrica) [...].16

San Lorenzo Teoxomulco cambio su nombre por el de San Lorenzo Tex-melucan, hasta después de la Independencia. En la división territorial de 1826aparece todavía con su primer nombre, dependiendo del Partido 19 con cabe-cera en Juquila.17 En la de 1844 ya aparece con su nombre actual, dependien-do del Partido o Subprefectura de Juquila, que a su vez dependía del sextoDistrito con sede en Jamiltepec.18

15 Ibid., pp. 100-104.16 Idem.17 En esta época el estado se dividía en 22 partidos. “División y arreglo de los partidos que

componen el Estado Libre de Oaxaca. Decreto del 6 de mayo de 1826”, en Colección deLeyes..., pp. 258-297.

18 En este momento se vivía una administración centralista, por lo que en lugar de estadode Oaxaca se hablaba de Departamento de Oaxaca, compuesto de 8 distritos, 21 subprefecturaso partidos y ocho fracciones correspondientes a las cabeceras de distritos. “División perma-nente del territorio del Departamento de Oaxaca. Decreto del 18 de noviembre de 1844”, enColección de Leyes..., Es importante señalar que en esta división territorial ya aparece San-tiago el Menor con categoría de pueblo, es decir, con capacidad de disponer de una autoridadpropia, autónoma, cosa que continuará teniendo hasta la ley electoral de 1921 que inicia el rea-grupamiento de agencias municipales en municipios y que culminará con la división territorialde los años cuarentas, la que asigna a Santiago como agencia municipal de Santiago Textitlán.

[69]

CAPÍTULO QUINTO

LA DISPUTA AGRARIATEOJOMULCO-XOCHILTEPEC

I. PRIMERA ETAPA DEL CONFLICTO

El conflicto entre Santiago Xochiltepec y Santo Domingo Teojomulco se ori-gina a mediados de los años veintes del siglo pasado. Su antecedente lejanoes la posesión común de la tierra otorgada por la Corona española al cacicazgode Teojomulco, de quien eran pueblos sujetos San Lorenzo Texmelucan y San-tiago Xochiltepec. Más adelante aparecerían diferencias como consecuen-cia de la política de repartimiento de tierras comunales derivadas de la Leydel 6 de junio de 1856, conocida como Ley Lerdo, y las disposiciones pararepartos y deslindes del periodo porfirista. En 1925, el agente y el secretariomunicipales de Santiago el Menor (el nombre anterior de Santiago Xochil-tepec) exponen al gobernador del estado lo siguiente:

A) Que desde tiempo inmemorial han venido poseyendo terrenos de un pa-raje denominado Ixtache, que pertenecieron seguramente a Santo Do-mingo Teojomulco, pero que mediante un arreglo realizado en este úl-timo pueblo en 1892, mismo que se formalizó mediante escritura públicaen Juquila (cabecera distrital en ese tiempo de esa región) el 16 de mar-zo de 1893, quedó cedido el terreno a su favor y se establecieron la mo-joneras respectivas. Por dicho trato pagaban a Teojomulco una rentaanual de 18 pesos plata.

B) Sin embargo, que últimamente la autoridad de Santiago el Menor harecibido notas de las autoridades de Teojomulco en las que les exponeque no se deben introducir en los terrenos mencionados y en otros te-rrenos más.

70 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

C) Por lo anterior, la autoridad municipal solicita del gobernador se cite almencionado pueblo para tratar lo relativo al paraje y al convenio men-cionado de 1893.1

Ante esta situación, el gobierno estatal cita a los dos pueblos para el 12 demarzo pidiéndoles traigan sus títulos, planos y documentos que acrediten supropiedad para celebrar una junta de avenencia en cuestión de límites.

Sin embargo, las autoridades de Teojomulco no comparecieron. El 25 demarzo se levanta un acta en el Departamento de Fomento y Acción Social,dependiente de la Secretaría de Gobierno, acordándose una nueva reuniónpara el día 8 de mayo de ese año, apercibiéndose a la primera población quede no presentarse será multada.2

Finalmente se realiza una reunión el 12 de mayo, estando presentes las au-toridades municipales y varios principales de Santo Domingo Teojomulco, elagente municipal y varios vecinos de Santiago el Menor. Ambas partes acuer-dan atenderse a los resultados de una inspección de linderos por parte delgobierno en la que se hará un recorrido conjunto con los representantes de lospueblos. Por lo anterior, hasta en tanto no se concluyera la vista de ojo, cadapoblado debería mantenerse en sus propias posiciones territoriales, procu-rando evitar dificultades entre los vecinos. El acta es firmada por el goberna-dor del estado, Onofre Jiménez, y las autoridades y vecinos presentes de lospueblos.3

II. LA POSICIÓN DE TEOJOMULCO

Sin embargo, en ese ínterin, las autoridades y jefes de familia de SantiagoTeojomulco envían al gobierno del estado un memorial manuscrito de he-chos fechado el 1 de mayo de 1925.

En ese documento los habitantes de Teojomulco se quejan de los pueblosde San Lorenzo Texmelucan y Santiago el Menor, ya que a su dicho los hos-tilizan “de manera permanente y cruel, quitándonos las parcelas de terrenoque se les antoja, aprehendiendo rigurosamente a los que se ocupan de bene-ficiar sus tierras”.

1 AGEPEO, Asuntos agrarios. Conflictos por límites, leg. 36, exp.2 (660), 74 ff.2 Idem.3 “Acta del 12 de mayo de 1925” , en AGEPEO, op. cit.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 71

Aludiendo a la categoría que da mayor distinción a un municipio libre quea una agencia municipal,4 los teojomulquenses señalaban que sus vecinos,“no forman, por decirlo así, pueblos propiamente dicho [sic], sino que sonpuramente agencias de un número muy reducido de habitantes; y que para eldesarrollo [de ...] los terrenos de su propiedad, es bastante suficiente para lasnecesidades de ellos”.5 Continúan afirmando que no son tierras lo que quie-ren porque si fuera así y se les ofrecieran en otra región no aceptarían; “loque demuestra [...] la codicia que todo mal mexicano, tiene de ambicionar alpredio inmediato al suyo y más si ya se encuentra cultivado, y aunque infrin-jan decretos y disposiciones superiores, con tala de árboles, etcétera”.6

Siguen los pobladores de Teojomulco argumentando: “Nosotros no sabe-mos que se habrán figurado con la palabra ‘agrarismo’ que a la derecha y a laizquierda se están apropiando de nuestro terreno, sin que lo pidan a este mu-nicipio”.7

Reconocen las autoridades de Teojomulco que el artículo 27 constitucio-nal ha tenido por objeto de resolver el problema de la tierra, de fraccionarlapara que cada vecino posea una parcela y la explote en profundidad, destru-yendo los latifundios y los grandes terratenientes. Pero señalan:

[...] en el caso particular de nuestra población con estos circunvecinos, es entera-mente distinto: la formación de nuestro pueblo no es de fechas recientes, sinoque data de la época virreynal [sic] y sus títulos de propiedad son perfectamen-te legales...8

Todo el pueblo de Tejomulco espera que examinando Ud. detenidamente ladocumentación y plano de nuestra población, y conocidas perfectamente todas

4 La Ley Electoral de Ayuntamientos de 1921 daría un gran golpe a la autonomía de lospueblos oaxaqueños. En los artículos 2o. y 3o. se señalaba que sólo habría ayuntamientoselectos de manera directa en pueblos de 500 habitantes o más. Los ayuntamientos serían nom-brados por dichos centros poblacionales y por los de menos de 500, que quedarían integradosy formarían parte de los centros electorales próximos a ellos (las poblaciones de 500 o máshabitantes). Según el artículo 4o. el número de miembros de los ayuntamientos se establece-ría en la ley orgánica respectiva. Al tercer día de tomar posesión, los ayuntamientos nombra-rían un agente municipal en cada poblado mayor de 200 habitantes de su jurisdicción. Paralos menores de 200 se nombraría un agente de policía. Ley Electoral de Ayuntamientos, enPeriódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 27 deoctubre de 1921.

5 “Escrito de mayo 1 de 1925 suscrito por las autoridades y pobladores de Santo DomingoTeojomulco”, AGEPEO, op. cit.

6 Idem.7 Idem.8 Idem.

72 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

las circunstancias que hayan mediado para su formación, den la justicia a quie-nes en ley y derecho les corresponda, pero ya como problema agrícola y no agra-rio, porque mientras Ud. se percate de lo innecesaria que es generalmente enOaxaca la Comisión Agraria, [...] será Ud. el más grande de los Gobernadoresporque apoya y garantiza la propiedad legítimamente adquirida.9

Al igual que en épocas anteriores, los pueblos indios aprenden pronto delos paradigmas legales y del discurso político imperantes (o lo hacen a travésde las clases medias de abogados provincianos), para defender sus centena-rias posesiones y disputas. Utilizan ideología oficial para buscar agradar algobierno en turno si con ello consiguen el respaldo a sus reclamos. Este gru-po social es un tipo de campesinado distinto al desprovisto de la tierra comopuede verse en sus argumentaciones.

Siguen señalando los quejosos que si los pueblos de San Lorenzo Texmelu-can y Santiago el Menor fueran buenos vecinos, se les daría algunas pequeñasparcelas de tierra en condiciones fáciles sobre la base de una renta a perpetui-dad. Pero no se les encuentra el carácter, son analfabetas, y no se dan cuenta decuáles son las necesidades de la civilización y del trabajo. Finalizan diciendoque todo su terreno ha sido repartido conforme a las exigencias y posibilida-des del momento, esperando del gobierno que se respeten las mojoneras ycolindancias que expresan sus títulos y demás similares que acreditan su pro-piedad de los terrenos.10

Con fecha 20 de mayo de 1925, la Subsecretaría del Gobierno del estadoacusa de recibido el documento a las autoridades de Teojomulco. Solicita, asi-mismo, informes a Texmelucan y Santiago el Menor, respecto de las acusa-ciones que se hace de ellos en el memorial citado. Advierte, además, que entanto resuelva el gobierno lo procedente, deben abstenerse de seguir introdu-ciéndose en la propiedad de Teojomulco; que se impondrá un castigo a laspersonas que alteren el orden y la paz pública.11

9 Idem.10 El documento en cuestión que venimos citando es un texto de ocho páginas, cinco dedi-

cadas a la argumentación y tres a las firmas y nombres de autoridades y vecinos del munici-pio. Se trata de un texto bien redactado con pluma fuente, que contrasta con las firmas dealgunos de los signatarios, lo que hace suponer que se auxiliaron de algún abogado de la ca-pital del estado o algún profesor de la región muy bien preparado.

11 “Oficios a Santiago Teojomulco, San Lorenzo Texmelucan y Santiago el Menor, de fe-cha 20 de mayo de 1925”, op. cit.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 73

III. LA RESPUESTA DE SANTIAGO EL MENOR

El 5 de junio de 1925 las autoridades de la agencia municipal de Santiago elMenor se dirigen al gobernador, respondiendo lo siguiente con relación al me-morial de Teojomulco:

Primero: “[...] que Santo Domingo Teojomulco ninguna razón tiene paraquejarse de que se le arrebaten tierras, porque Santiago el Menor no tiene másque aquellas que las mismas autoridades y principales vecinos de Teojomulcole asignaron según convenio firmado, autorizado y protocolizado por el Juezde Primera Instancia del Distrito de Juquila [...] en el año de 1893”.12

Segundo: Dicho convenio había sido ratificado además por las autorida-des del pueblo de Santiago Minas, en el propio municipio de Teojomulco.13

Tercero: Los habitantes de Santiago el Menor afirman que tampoco puededecirse que o asegurarse que sea una donación o cesión que Teojomulco hacea Santiago el Menor. Esto porque, según argumentan: “con sobrada razón lostítulos generales que amparan a tres pueblos, San Lorenzo Teojomulco (Tex-melucan), Santo Domingo Teojomulco y Santiago el Menor, o sea Santiaguito,los tres pueblos, repetimos, son dueños en mancomún de los terrenos queamparan dichos títulos. No rezan los títulos que los terrenos sean de Teo-jomulco, sino de los tres pueblos unidos”.14

Cuarto: Enseguida argumentan que fueron ellos, y no su vecinos, quieneslitigaron muchos años contra Zaniza, para defender la línea jurisdiccional yde propiedad que Zaniza pretendió invadir, de la posesión común15 (Teo-jomulco-Xochiltepec-Texmelucan).

Otros argumentos de Santiago el Menor (Xochiltepec) son los siguientes:que gastó enormes sumas de dinero según consta en recibos que dispone y queconocen muy bien los vecinos principales y no principales de Teojomulco, “ra-zón muy digna de respeto para que le señalaran a Santiago el Menor su líneajurisdiccional y de propiedad” (como dicen que consta en el convenio eleva-do a escritura pública en 1893); que no se han figurado nada malo del agra-rismo, pero que hasta la fecha no han acudido a la comisión local agraria, nia la nacional, porque entiende que sus asuntos no tienen aplicación en dicha

12 “Oficio del agente municipal de Santiago el Menor al gobernador del estado de fechajunio 5 de 1925”, AGEPEO, op. cit. El texto está escrito a máquina y con buena redacción, loque supone respaldo profesional detrás de ello.

13 Idem.14 Idem.15 Idem.

74 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

oficina federal; además de descalificar como de mala fe la actuación de Teo-jomulco al no haber acudido a una cita de negociación con el gobierno y man-dar su escrito antes de la segunda convocatoria para sorprenderlo.16

IV. RESPONDE TEOJOMULCO

Ante las aclaraciones de sus vecinos Teojomulco contraataca señalando:Que Santiago el Menor reconoce que le fue donada una fracción de terre-

no, lo cual no niegan, pero solicitan que se respeten estrictamente los lími-tes, ya que están invadiendo sus terrenos; y una vez que sean identificados loslinderos respectivos, éstos se reconozcan por ambas partes. Afirman estar alcorriente del pago de todas sus contribuciones al estado y que sus derechossiempre han sido reconocidos por el vecino Santiago, pues basándose en esederecho ellos recibían en pago de renta anual de 18 pesos. Finalizan diciendoque, en vista de lo anterior, y como no se ha designado la comisión acordadael 12 de mayo pasado, se prevenga a los vecinos de invadir sus terrenos.17

Los vecinos de Santiago niegan haber invadido algún terreno de Teojo-mulco, que han sido siempre buenos vecinos y pacíficos amigos, pero que elactual presidente municipal de Teojomulco ha venido a generar el conflictocon ellos, ya que tienen rumores de que quiere desconocer el convenio anti-guo que sobre límites tienen los dos pueblos. Que ésa no es la posición de losviejos y principales de Teojomulco, quienes reconocen como bueno el conve-nio de 11 de julio de 1892, elevado a escritura pública al año siguiente. Que noquieren más que la paz y la tranquilidad, y que el presidente en cuestión hadicho públicamente que ya comenzó a armar a sus subordinados y que va aacabar a Santiago el Menor.18

Los agravios siguen de un lado y otro. Así lo prueba otro oficio fechado el7 de octubre de ese año de 1925 en el que el ejecutivo del estado comunicaque recibió el informe solicitado con relación a la queja de Teojomulco encontra de Santiago el Menor.19

16 Idem.17 “Oficio al secretario general de Gobierno por parte de la autoridad de Santiago Teo-

jomulco, 31 de agosto de 1925”, AGEPEO, op. cit.18 “Oficio de las autoridades de Santiago el Menor al gobernador del estado de fecha 19 de

septiembre de 1925”, AGEPEO, op. cit.19 “Oficio de fecha 7 de octubre de 1925 girado por el subsecretario encargado del Despa-

cho del Gobierno del Estado”, AGEPEO, op. cit.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 75

Dos nuevos escritos envía en noviembre Santiago el Menor: en uno supli-ca al gobernador que libre órdenes para que intervengan en el deslinde deterrenos que se acordó desde el 12 de mayo de ese año, para solucionar lasdificultades existentes entre los dos pueblos. En el segundo denuncia que es-tando pastando sus animales en terrenos de Santiago, un miembro de esa comu-nidad fue detenido con todo y animal y se le cobró cinco pesos con el pretex-to de que pastaba en terrenos de Teojomulco, valiéndose de que disponen degente armada.20

La respuesta de Teojomulco es rechazar que estén armados; sostienen quelos armados son los de Santiago el Menor, que amagan a su gente. Comentanque en ese comienzo de año estuvo presente una fuerza federal en Teojomul-co que citó a los de Santiago exigiéndoles la entrega de sus armas, habiéndo-seles recogido cinco rifles. También rechazan que cobren multas, ya que alvecino de Santiago que se le cobró cinco pesos, era por el importe de la rentadel terreno comunal de Teojomulco que ocupa, renta que siempre se ha paga-do: anteriormente lo pagaban de manera conjunta todo el pueblo y ahora lohace cada ocupante del terreno. “Esa renta no puede dispensarse porque esnecesaria para las necesidades del pueblo. [sic] por lo que solicita que seprevenga a sus vecinos de cometer actos de violencia”.21

Al año de estar al tanto el gobierno del diferendo de los pueblos soltecos,todavía no había hecho nada para resolverlo. La comisión convenida no sehabía enviado y el intercambio de oficios incriminatorios fue la primera eta-pa de una guerra campesina intercomunitaria. Los textos dejaban ver cadavez más una posibilidad de violencia, aunque los pueblos no habían llegadotodavía a ello.

Un oficio del agente municipal de Santiago el Menor elevado al goberna-dor, le dice: “comparezco ante Ustd. [sic] Con el mayor respeto diciéndoleque nuestros asuntos de terrenos se encuentra [sic] ante ese gobierno desde elventitres [sic] de febrero del año prosimo [sic] pasado, como lo prueban va-rios ocursos presentados por esta autoridad”.22

Enseguida, poco a poco, como hemos visto en esta narración, los pueblosvan descubriendo las causas que están detrás del conflicto, las que al princi-pio no se exponen completamente a la autoridad gubernamental:

20 “Oficios de Santiago el Menor al gobernador del estado de Oaxaca, 24 de noviembre de1925”, AGEPEO, op. cit.

21 “Oficio de Santo Domingo Teojomulco al ciudadano gobernador del estado, 14 de ene-ro de 1926”, AGEPEO, op. cit.

22 “Oficio de Santiago el Menor al ciudadano gobernador del estado de Oaxaca de Juárez,de fecha 6 de febrero de 1926”, AGEPEO, op. cit.

76 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

[...] por el motivo que este [sic] [se refieren a Teojomulco] no respeta los lími-tes de terrenos que corresponde a Santiago el Menor de donde principio queeste pueblo [Santiago el Menor] resistió pagar unos diez y ocho pesos en el añopasado que antes siempre pagaba este [sic] amistosamente a Teojomulco parala ayuda de contribuciones a la Recaudación dado el caso que el Agente Muni-cipal de este pueblo, del año pasado y en el mes de noviembre pasó manifestardicho terreno en la Recaudación de Sola de Vega de conformidad con el conve-nio de marzo de 1893 de ambos pueblos, y pagar sus contribuciones sin invadirterrenos que toca [sic] Teojomulco.23

Las consecuencias del vecino se dieron de manera pronta: “Tal fue el odiodel dicho pueblo de Teojomulco que el día 3 de diciembre mandó el Presiden-te municipal el Síndico procurador en los terrenos de Santiago el Menor más decincuenta hombres armados y llevando presos unos vecinos de este pueblo”.Los de Teojomulco llevaron detenidos a su pueblo a siete ciudadanos de San-tiago el Menor y el Presidente Municipal “quien lo hizo pagar a dichos indi-viduos la renta [sic] a unos acusó recibo y a otros no”.24 Afirman que dieronaviso de estos hechos al gobierno con fecha 23 de diciembre, al Juzgado de 1a.Instancia y al Ministerio Público de Sola de Vega. Argumentan que esos atro-pellos no fueron suficientes, ya que el 9 de enero de ese año de 1926, llegó aTeojomulco un destacamento militar al mando del capitán Maximiliano Oli-vase, quien mandó llamar a los del pueblo de Santiago el Menor. Al acudir lesdetuvieron 11 ciudadanos, solicitándoles a cambio les entregaran 11 armas, “ycomo esta suma no había en el pueblo, solamente 5 que fueron un Máuser contres treinta cortos y un Huinster largo (Máuser, 30/30 y Winchester) que fueronentregados al otro día a dicho capitán”.25 El capitán liberó a cambio a cincociudadanos y retuvo a los otros seis que eran principales (personas con ran-go en la comunidad) de Santiago. Los militares se llevaron presos a los seisprincipales el día 10 bajo la acusación de robo en la casa de dos ciudadanosde Teojomulco que habitan la cuadrilla26 de Las Huertas.27 Luego de un día

23 Idem.24 Idem.25 Idem.26 Se llaman cuadrillas a pequeños asentamientos provisionales que se construyen para

trabajar inicialmente en tiempos de siembra y trabajo agrícola, cerca de las sementeras, y quecon el tiempo se vuelven poblados.

27 Éste es el pueblo en el que detuvieron a las 17 personas acusadas de perpetrar la ma-sacre de 26 campesinos de Santiago Xochiltepec (Santiago el Menor en ese tiempo) a finalesde mayo de 2002.

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de camino arribaron a Sola en donde continuaron detenidos por el ejército.La mañana del día 13 fueron puestos en libertad porque los supuestos afecta-dos de Las Huertas no se presentaron al juzgado para ratificar su dicho.28

Enseguida los quejosos se muestran temerosos de que los habitantes deTeojomulco estén de acuerdo con los atropellos y falsas acusaciones de susautoridades. Expresan su temor de que algún día pudieran ser víctimas (en-tendemos que pudieran ser asesinados) por ellos. Agregan que están obliga-dos a reclamar sus tierras “porque de ella [sic] necesitamos para alimentar-nos, y aún hasta la muerte, supuesto que no es otra cosa que allanamiento demorada y en segundo lugar, que estando en tramitación la resolución [sic] elderecho de ambos pueblos tengan y es perar [sic] el fallo que pronuncie susuperioridad”. Por lo que piden al Gobernador ordene al pueblo de Teojomulco“que se abstengan de cometer tales atentados contra los vecinos honrados deeste pueblo, por el solo echo [sic] de defender su tierra”.29

El gobierno del estado transcribe al general jefe de las operaciones milita-res en el estado de Oaxaca, la queja de Santiago el Menor. De la contesta-ción, firmada por el teniente coronel jefe del Estado Mayor Pablo Baranda,en la que queda enterado de la comunicación, manifestándole “que fueronpresos los individuos que expresa a petición de ese gobierno a su digno car-go, para que entregaran las armas que tenían en su poder y de las cuales ha-cían mal uso”,30 se desprende el desconocimiento completo de la problemáti-ca, o el poco caso dada a la misma, por parte del gobierno estatal.

Más adelante, mediante los escritos 15 y 16, el 26 de marzo la autoridadmunicipal de Santiago el Menor expresa lo siguiente: haber recibido notifi-cación del departamento de Fomento,

[...] esperando que el asunto [...] por cuestión de límites sea resuelto en la for-ma en que la justicia y los derechos de cada pueblo exijan para lo cual sugeri-mos la conveniencia del nombramiento de persona experta que trasladándose aestos pueblos venga a practicar una vista de ojos y en vista de los títulos decada pueblo resuelva lo que sea de justicia. Así de una vez por todas se acaba-rán las dificultades [...] que los vecinos de ambos pueblos tienen.

28 “Oficio de Santiago el Menor al ciudadano gobernador del estado de Oaxaca de Juárez,de fecha 6 de febrero de 1926”, AGEPEO, op. cit.

29 Idem.30 “Oficio al C. Gral. jefe de las Operaciones Milit. en el Edo., de fecha 16 de febrero de

1926”, AGEPEO, op. cit., y “Al C. gobernador Int. Const. del Estado, de fecha 18 de febrerode 1926”, AGEPEO, op. cit.

78 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Finalizan el primer escrito diciendo que:

[...] esperamos que ese gobierno [sic] que ha demostrado interés por solucio-nar en otras partes del Estados [sic] las dificultades de límites, verá con empeñoel interés que nos anima de sanjar [sic] diferencias y considerará que la desig-nación de esa comisión es importante e indispensable y por lo mismo acordarácon la eficacia que el caso reclama de conformidad con nuestra solicitud.31

En el mismo tenor, el siguiente oficio, acusa recibo de la transcripción de larespuesta a su queja de atropellos por parte de Teojomulco, finalizando, denueva cuenta, en la solicitud para que designen la comisión que vaya a resol-ver la cuestión de límites entre ambos pueblos “para que de una vez por todascesen las dificultades [...] y esperamos que sea tendida [...] nuestra súplicaque está inspirada en los deseos de procurar la paz a nuestro pueblo”.32

En un nuevo oficio, Santiago el Menor sostiene de nueva cuenta el dere-cho que les corresponde de reclamar sus límites por el convenio de fines delsiglo XIX

[...] y últimamente los vecinos de Teojomulco desconocen nuestros documen-tos que ellos en buena voluntad dieron una fracción de terreno, dieron unafracción de tierras a este pueblo, por Orden del Ciudadano Gobernador delEstado [sic], y por la ley de reparto, este pueblo pidió a Teojomulco, las tierrasque necesitaba para trabajar y tener para alimentarnos y hoy el pueblo de Teo-jomulco nos están despojando en el lugar que tenemos nuestros trabajos, [...]desconoce el contrato celebrado y creen que tienen el derecho de recoger nues-tras tierras que estamos en posesión.33

Siguen quejándose:

El día tres de abril que fue sábado de gloria un vecino de Teojomulco [...] matóuna vaca colorada de mi vecino [...], cuya animala [sic] robaron muy cerca deeste pueblo, y en efecto se encuentra la piel de la referida vaca en el municipiode Teojomulco, [...] más otras [...] cabezas también de ganado vacuno del mis-mo señor Cruz, la secinaron [sic] en el mismo pueblo.

31 “Oficio núm. 15 del agente municipal de Santiago el Menor, dirigido al ciudadanosecretario general del Despacho, marzo 26 de 1926”, AGEPEO, op. cit.

32 “Oficio núm. 16 del agente municipal de Santiago el Menor, dirigido al secretario gene-ral del Despacho, marzo 26 de 1926”, AGEPEO, op. cit.

33 “Oficio núm. 27 del agente municipal de Santiago el Menor, de fecha 9 de mayo de1926”, AGEPEO, op. cit.

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Por lo cual solicitan al gobernador ordene a la autoridad de Teojomulcoque instruya a sus vecinos se abstengan de cometer robos a los de Santiago elMenor. De nueva cuenta finalizan el escrito con lo siguiente:

[...] estamos esperando la resolución de ese gobierno a fin [sic] que designeuna comisión según acta que se levantó en el departamento de fomento A. y M.el doce de mayo del año pasado, para que sea el deslinde de los límites a que serefiere la cuestión... Esperamos de ese gobierno la justicia necesaria para lapaz de esta cuestión.34

Aparentemente las reiteradas solicitudes de designación de la comisiónllevan al gobierno a acordar su dicho. En un oficio sin fecha, pero posterior al9 de mayo de 1926, Jorge Meixueiro, jefe del Departamento de Fomento, co-munica al agente municipal de Santiago el Menor que, “por acuerdo superior,próximamente se nombrará al C. Delegado de Límites, a efecto de que éstesea encargado de resolver dichas dificultades”, recomendándole que en tantocuide y haga porque los vecinos respeten la zona en disputa.35

Lo que queda claro en este primer periodo es que, en casi año y medio delconflicto, el gobierno estatal parecía no tener interés real en tomar cartas enel asunto.

Los expedientes de Teojomulco y Santiago el Menor ya no presentan másdocumentación en esos años para saber si se realizó o no la tan mencionadavista de ojos para encontrar un arreglo a la situación. Sin embargo, supone-mos que no hubo la atención debida por varios motivos: lo aislado de la zona;la falta de caminos; la poca claridad de los gobiernos revolucionarios en cuantoa competencias federales y estatales; la prioridad dada al reparto de ejidos yla expropiación de haciendas, más que la atención a pueblos que ya poseíanel recurso tierra pero que vivían en conflictos por límites; un deseo manifies-to de disponer del respaldo político de los pueblos indígenas y por ello el cui-dado para no intervenir directa y decisivamente en sus disputas, etcétera.

Todo esto fue dando caldo de cultivo para que, sumado a las históricas ren-cillas políticas, étnicas, culturales, etcétera, se preparara el terreno para laguerra campesina intercomunitaria, para el autogenocidio entre los mismos

34 “Oficio núm. 27 del agente municipal de Santiago el Menor, de fecha 9 de mayo de1926”, AGEPEO, op. cit.

35 “Oficio sin fecha del jefe del Departamento de Fomento de la Subsecretaría Encargadadel Despacho del Gobierno del Estado de Oaxaca”, AGEPEO, op. cit.

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pueblos indios, interiorizándose la violencia, en su propia mentalidad colec-tiva, como la única vía para resolver sus disputas.

Al no atenderse la solicitud de deslinde, las cosas se fueron haciendo cadavez más complicadas. Sin embargo, la diferencia poblacional entre Teojomulcoy Santiago el Menor pudo haber sido un punto que detuvo el derramamientode sangre. Teojumulco siempre había tenido varias veces más habitantes queXochiltepec.36

V. SEGUNDA ETAPA DEL CONFLICTO

La segunda etapa inicia en 1937 cuando se reforma el artículo 27 constitucio-nal, estableciéndose que los conflictos por límites son de jurisdicción fede-ral. Gracias a estas reformas, a 14 años de iniciado el litigio, las instanciasgubernamentales acuerdan realizar el deslinde de los terrenos en disputa en1939.37

La Comisión Agraria Mixta del estado convoca a los dos pueblos en litigiopor instrucciones del gobernador y a instancias de la Secretaría de Goberna-ción, para que acudan el 16 de marzo al paraje conocido como “El Cacalote”,a fin de realizar los trabajos de campo para establecer la línea jurisdiccionalde los mismos, acompañados de los títulos y documentos que estimen nece-sarios. El lugar de cita es el punto trino de los dos pueblos con el vecino deSan Pedro el Alto.

La diligencia del deslinde se inició sin contratiempos. Acudieron autorida-des, principales y habitantes de ambos pueblos y del municipio de SantiagoTextitlán y los agentes municipales de Totomachapan, Yucucundo, San Isi-dro del Potrero, un representante de Huitepec, cuatro maestros rurales de Re-cibimiento de Cuauhtémoc, Totomachapan, San Fernando de Matamoros y

36 En 1848 Teojomulco tenía 533 habitantes y 139 pagadores del impuesto de capitaciónmientras Santiago el Menor tenía 174 habitantes y 26 contribuyentes; Texmelucan 456 habi-tantes y 116 contribuyentes; Textitlán 494 y 165, respectivamente. Para 1901 la población seduplica: Teojomulco tiene 1,090 pobladores, Texmelucan 958, Textitlán 550 y Santiago 294.Véase Divisiones territoriales de 1848 y 1901 citadas antes. Como mencionamos, Teojomulco,con todos sus poblados, tiene más de cuatro mil habitantes, mientras Xochiltepec oscila enlos 500.

37 “Oficio de fecha 13 de marzo de 1939 del ingeniero Fernando Mancilla, designado porla Comisión Agraria Mixta, al Presidente Municipal de Santiago Teojomulco y al agente mu-nicipal de Santiago el Menor y con copia para el agente municipal de San Pedro el Alto, Zi-matlán” , AGEPEO, op. cit.

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Textitlán y el dirigente de la Liga Regional Campesina de Totomachapam38

(todos ellos pueblos vecinos por el lado oriente). San Pedro El Alto, lugardesde que se firmó el oficio de convocatoria, no asistió.

Existe un acta levantada en el paraje “La Cuchilla” en donde se procedióa identificar la primera de las mojoneras que señala la línea jurisdiccional deambos pueblos en litigio

[...] y después de una larga deliberación sobre el sitio en que ésta debería ubi-carse, convinieron las autoridades y vecinos de Santiago el Menor, en que de-sistirían para siempre y de una vez por todas en reclamar el paraje denomina-do el “Cacalote” en que hace trino con Teojomulco y San Pedro el Alto, como loestipulaba a su favor el Convenio celebrado en Teojomulco, entre los dos pue-blos en cuestión el 11 de julio de 1892 y aceptan como punto limítrofe el queproponen Teojomulco y Textitlán, en el paraje denominado “La Cuchilla” yque en lo sucesivo será punto trino entre los pueblos de TEOJOMULCO, SAN-TIAGO EL MENOR y TEXTITLÁN [sic], quedando las autoridades y veci-nos de los tres pueblos interesados en completa conformidad y conviniendo enconstruir [...] la mojonera que señala el trino, a la que se le denominará con elnombre de “La Unión”.39

El informe del representante de la Comisión Agraria Mixta hace coincidireste único punto de acuerdo. Comparando los títulos primordiales de Textitlány Teojomulco llega la conclusión que el punto trino señalado por Santiago elMenor como el límites entre éste, Teojomulco y Textitlán, no era el correcto,sino que en ese punto hacían trinidad Textitlán, Teojomulco y San Pedro elAlto; los dos títulos coincidían al respecto.

Por lo que respecta a los títulos de Santiago el Menor, como ya hemos di-cho, ellos no tenían documentos coloniales, por estar de manera mancomu-nada con Teojomulco. Lo que mostraron fue un testimonio del convenio ce-lebrado con Teojomulco en 1892, protocolizado en el Juzgado de 1a. Instanciade Juquila y agregado al legajo apéndice en cinco fojas útiles y bajo el núme-ro 5,40 en el que consta la adjudicación realizada a finales del siglo XIX.

38 Es costumbre en estos eventos de vista de ojos desde la colonia la presencia de autori-dades y gente caracterizada o principales de los pueblos cercanos y amigos, para dar fe de losacuerdos.

39 “Informe del Ing. Fernando Mancilla, designado de la Comisión Agraria Mixta al secre-tario general del Despacho del Gobierno del Estado, del resultado de la comisión por cues-tión de límites entre los pueblos de Teojomulco y Santiago el Menor, del ex distrito de Solade Vega, 31 de marzo de 1939”, AGEPEO, op. cit.

40 Idem.

82 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

El mencionado convenio era una de las tantas consecuencias de las dispo-siciones del gobierno porfirista para que se repartieran los terrenos comu-nales. El pueblo de Santo Domingo Teojomulco tenía bajo su resguardo lostítulos coloniales que amparaban los terrenos en mancomún entre el mismo ylos pueblos de Texmelucan y Xochiltepec. En 1892 firman un convenio pormedio del cual Xochiltepec separa su posesión del mancomún (igual acon-tecería con Texmelucan). En el documento protocolizado en el juzgado semencionan de manera gruesa los parajes que enmarcan el polígono del terre-no de éste, pero con muy pocas referencias para identificarlos. Por eso, en elrecorrido ordenado por el gobierno, cada pueblo señalaba distintos lugarespara un mismo nombre.

Con el fin de dar solución al litigio, se buscaron acuerdos en el campo.Uno de ellos fue levantar un acta en la que Santiago el Menor acepta renun-ciar a reclamar “El Cacalote” como su punto trino con Teojomulco y Tex-melucan; y en su lugar aceptaría el punto de “La Cuchilla”, por lo que los trespueblos (Textitlán, Teojomulco y Santiago) acordaron colocar una mojonerade sus límites ahí.

Los problemas se darían en los días siguientes, ya que Textitlán y Santiagoreconocían un mismo paraje señalado en los documentos como “Cerro de laBola”, mientras Teojomulco otro. Al no llegar a un acuerdo, Teojomulco pro-puso primero que se dividiera entre Santiago y ellos las diferencias y el límiteatravesara por mitad la zona en la que diferían. Para llegar a este acuerdotranscurrieron varios días y se efectuaron varias mediciones tratando de esta-blecer el lindero, pero sucedió lo siguiente:

La gente de Teojomulco diariamente se renovaba. El primer día acudió gen-te nativa. Al día siguiente nativos y avecindados. Y por último sólo avecin-dados. Por lo anterior, al llegar al momento de la firma del acta correspon-diente, los de Teojomulco se negaron, retirándose sin querer participar másen las diligencias y oponiéndose a mediciones dentro de los terrenos que ellosreclamaban como suyos. Dentro de los terrenos reclamados por Santiago elMenor estaban parajes como “La Loma del Muerto”, “La Pitiona” y “LasHuertas”. Para evitar problemas el ingeniero representante del gobierno sus-pendió las diligencias.41

En el informe que rinde a sus superiores hace mención de Teojomulco co-mo un pueblo expansionista, ya que al haber explotación minera dentro de sujurisdicción, había atraído avecindados de otros lugares, lo que había aumen-

41 Idem.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 83

tado la presión sobre la tierra disponible. De ahí que, a modo de ver del re-presentante gubernamental, se recrudezcan sus diferencias limítrofes no sólocon Xochiltepec, sino también con Texmelucan, Santiago Minas y San Jacin-to Tlacotepec.42

Con base en los datos recabados hasta el rompimiento de Teojomulco, seelabora un plano para que en base al mismo y a las pruebas que cada uno delos pueblos en litigio aportara en adelante, el gobierno tuviera en posibilidadde decidir lo conducente.43

En el ínterin del informe, algunas de las autoridades locales de la regiónque acompañaron el deslinde expresan su respaldo al reclamo de Xochiltepec,señalando la actitud negativa de Teojomulco por llegar a un acuerdo negocia-do. Un documento firmado por la Liga Regional Campesina, a nombre de 17comunidades indígenas con el lema: Por el Resurgimiento de la Cultura Mix-teco-Zapoteca, solicita al gobernador haga que los vecinos de Teojomulco ce-sen de invadir las tierras y de incendiar los ranchos (sembradíos en la mon-taña) de Santiago el Menor.44 Otro documento de la Liga señala la negativade Teojomulco de llegar a un acuerdo amistoso en las diligencias de deslinde,partiendo la diferencia a la mitad con Santiago el Menor, toda vez que Textitláncertificaba que el punto de referencia “Cerro de la Bola”, que ellos recono-cían era el mismo que argumentaba Santiago, no así Teojomulco. Agreganademás que el documento válido del porfiriato es el de Santiago (el de 1892)y no así uno de 1905 que presentaron los de Teojomulco, ya que no tiene lasfirmas de los representantes de los dos pueblos.45

Después de que se rindiera el informe del deslinde, el gobierno recibe unescrito de Teojomulco. En él argumentan que de acuerdo con la escritura y elmapa original en su poder: “los terrenos de este municipio le fueron propor-cionados por el ciudadano Hernán Cortés con fecha 10 de octubre de 1521habiendo sido confirmados tales títulos en el año de 1552 por Luis de Velascovirrey de la Nueva España”, por lo que exponen una síntesis de tales escritu-

42 Idem.43 Idem.44 Las comunidades son: San Andrés el Alto, San Antonino el Alto, San Pedro el Alto, San

Sebastián Río Dulce, San Fernando de Matamoros, San Antonio Huitepec, San FranciscoYucucundo, San Juan Elotepec, San Felipe Zapotitlán, Zapotitlán del Río, El Potrero, SanFrancisco Cahuacuá, Recibimiento Cuauhtémoc, Santiago Textitlán, Santiago el Menor ySan Sebastián Yutanino. “Oficio de la Liga Regional Campesina ‘Lázaro Cárdenas’, SanPedro Totomachapan, 25 de marzo de 1939”, AGEPEO, op. cit.

45 “Oficio de la Liga Regional Campesina ‘Lázaro Cárdenas’ al C. gobernador del estado,San Pedro Totomachapan, 25 de marzo de 1939”, AGEPEO, op. cit.

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ras, finalizando con lo siguiente: “por la escritura anterior el entonces ranchode Santiago el Menor quedaba dentro de los límites del Municipio de SantoDomingo Teojomulco”, por lo que solicitan sean respetados sus derechospues no desean extenderse fuera de los linderos consignados en el título men-cionado, pero tampoco van a permitir que municipios vecinos, con falsasrepresentaciones, acaparen terrenos de ellos.46 Acusan al ingeniero comisio-nado de haberles dicho que sus títulos no eran válidos.

En contestación a la acusación de la Liga Regional Campesina, señalan alos profesores que acompañaron las diligencias, principalmente al secretariogeneral de la Liga, profesor Juan Sánchez Ortega, de San Fernando de Mata-moros, quien hizo frente común con los vecinos de Santiago el Menor, desco-nociendo los títulos y demás documentos de Teojomulco y diciendo palabrasincorrectas a los hijos de este pueblo. Por lo que piden al gobierno les ordenese abstengan de intervenir en los asuntos que no les pertenecen.47 Aquí anivel micro, vemos una parte de lo que fue el agrarismo mexicano: los maes-tros como punta de lanza de reivindicación de tierras, pero en este caso de lasmontañas, respaldando a una pequeña población en contra de otra mayor.

El 7 de junio de 1939, el gobierno del estado informa al agente de Santia-go el Menor, que tanto el expediente como el plano que se levantó seríanturnados a la autoridad federal que tenga que resolver dicho conflicto, ya quehabía intervenido en varias ocasiones para solucionar sus dificultades perosin tener éxito.48

Para este momento había transcurrido casi década y media en que se ve-nían acumulando rencillas y deseos de venganza en uno y otro lado del terre-no en disputa. El Estado mexicano, en sus expresiones federal y local, habíaabonado bien el terreno que produciría el autogenocidio.

VI. LOS AÑOS CUARENTAS

El problema continuó litigándose, ahora en el ámbito federal, aunque en losarchivos estatales se encuentran todavía documentos girados al gobierno del

46 “Oficio sin fecha de Santo Domingo Teojomulco al C. gobernador del estado”, AGEPEO,op. cit.

47 “Oficio Santo Domingo Teojomulco al gobernador del estado de fecha mayo 9 de 1939”,AGEPEO, op. cit.

48 “Oficio del jefe de la Sección de Gobernación de la Secretaría General de Despacho alagente municipal de Santiago el Menor, 7 de junio de 1939”, AGEPEO, op. cit.

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estado. Como desde siempre, los pueblos logran aprender de la legislaciónimperante, de las formas y procedimientos de los grupos dominantes y aun desu discurso, para utilizarlo en sus debates y disputas.

De esa manera, a principios de 1942 la autoridad de Santiago Xochiltepec(para estas fechas ya se había dado el cambio del nombre de Santiago elMenor) envía al gobernador del estado un oficio con copia adjunta de unasolicitud elevada al Presidente Manuel Ávila Camacho. En ese escrito, lasautoridades locales, el comité de educación y el director de la Escuela RuralFederal señalan que han venido sosteniendo problemas limítrofes con Teo-jomulco, que el gobierno del estado mandó sacar un plano en 1939 y quedesde esa fecha los terrenos en disputa han permanecido sin cultivar. Agre-gan los quejosos que:

[...] sin prejuicio de que nuestro problema siga estudiándose [...] en el Departa-mento Agrario y éste pueda dictaminar favorablemente o desfavorablemente anuestros intereces [sic] [...] y [...] tratando de secundar sus optimistas exhortacio-nes del nueve de diciembre anterior, en el sentido de intensificar la agriculturahasta su máximo para estar preparados y poder afrontar cualquier situaciónque se pudiera presentar por motivo del conflicto internacional. [...] solicita-mos nos sea permitido autorizarnos para ocupar provisionalmente y por esteaño la Zona de referencia, y destinarla a la intensificación del cultivo de maízy frijol; comprometiéndonos cultivarlos en común [...] destinando el 70 % pararepartirlo entre los vecinos de la localidad, un 15 % para mejoras materiales denuestro pueblo y el otro 15 % para beneficio de nuestra Escuela. Le hacemos laaclaración que la Autorización que solicitamos en nada podrá afectar al pobla-do de Teojomulco por la razón de que esta zona está bajo jurisdicción federaly por estar muy alejada de aquella comunidad y en cambio, muy próxima a lanuestra.49

Nuevamente se nota la capacidad de disputa de los pueblos y de aprenderde la urdimbre legal en moda, para sostener sus propias propuestas, así comopara adecuar la política nacional, e incluso la internacional, a la situaciónlocal.

La gente de Xochiltepec está haciendo referencia primero a las dificulta-des económicas resultantes de la Segunda Guerra Mundial. En segundo lu-

49 “Copia del Oficio de las autoridades municipales y educativas de Santiago Xochiltepecal General de División Manuel Ávila Camacho, Presidente constitucional de los Estados Uni-dos Mexicanos, 28 de febrero de 1942”, AGEPEO, Asuntos Agrarios, Conflictos por Límites,Leg. 36, exp. 11, 16 ff. Mismo archivo si no se cita en lo contrario.

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gar, al mencionar mañosamente que las tierras en litigio están bajo jurisdic-ción federal, hacen alusión a la reforma publicada en el Diario Oficial de laFederación el 6 de diciembre de 1937, mediante la cual se adicionó un párra-fo al artículo 27 constitucional, que establece que las cuestiones por límitesde terrenos comunales, que estén pendientes o se susciten entre dos o máscentros de población, son de jurisdicción federal.

La respuesta a los comunicados del gobierno solicitando la opinión deTeojomulco respecto a la propuesta de Xochiltepec, fue la siguiente: se re-chazan tajantemente los argumentos del vecino en el sentido de que se trata-ban de terrenos federales, toda vez que les pertenecen al común de Teojomulco,por lo que solicitan que el gobierno haga respetar sus derechos, ya que esosterrenos eran arrendados por Xochiltepec pero por orientación mala de losmaestros rurales que ahí prestan sus servicios, han dejado de pagarlos hastala fecha.50 Por ese motivo, por acuerdo del secretario general del Despacho,se recomienda al agente municipal de Xochiltepec “ordene a sus vecinos seabstengan de invadir terrenos que se encuentran en litigio con el poblado deTeojomulco, entre tanto la Oficina Deslindadora del Departamento Agrario,resuelve de manera definitiva dicho problema, para evitar dificultades poste-riores”.51

Xochiltepec contesta argumentando a su favor el contenido de un oficioque girara el secretario general del Departamento Agrario, ingeniero JuliánRodríguez Adame, al secretario general de la Liga de Comunidades y Sindi-catos Campesinos del Estado de Oaxaca. En ese documento, citando textual-mente, se dice que: “hago de su conocimiento que el vecindario que haya es-tado en posesión de los terrenos antes de iniciarse el conflicto, es el que debecultivar las tierras provisionalmente, hasta que se resuelva el problema dereferencia”. Por ese motivo, Xochiltepec afirma que: “creemos estar ocupan-do legalmente los terrenos que en esa parte ocupa la zona en litigio”.52

Las últimas referencias de este expediente estatal remiten al año de 1945,en el que los vecinos de Xochiltepec se quejan que Teojomulco invadió sus po-sesiones, por lo que en 1943 remitieron al Departamento Agrario los títulosde propiedad del siglo XIX que poseían; que en ese año y en el siguiente la

50 “Oficio de las autoridades municipales de Teojomulco al C. secretario general del Des-pacho del Superior Gobierno del Estado, marzo 31 de 1942”, AGEPEO, op. cit.

51 “Oficio del subsecretario encargado del Despacho, Jorge Fernando Iturribarría, al C.agente municipal de Santiago Xochiltepec, de fecha 12 de mayo de 1942”, AGEPEO, op. cit.

52 “Oficio del agente municipal de Xochiltepec al C. gobernador constitucional del esta-do, de fecha 20 de mayo de 1942”, AGEPEO, op. cit.

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autoridad hizo gestiones para activar la resolución y solicitar la devoluciónde sus documentos originales, sin que hasta la fecha se haya resuelto la cues-tión. Señalan que la invasión ha continuado y que un grupo de 16 personasarmadas de Teojomulco vigila los terrenos invadidos, por lo que ellos dispo-nen son terrenos de tercera clase. Por lo anterior solicitan se active la resolu-ción y se dicten medidas para que se conserve la paz entre ambos pueblos yaque en 1939 destruyeron un poblado (rancho), quemando las casas y robandoalgunas máquinas de coser y animales, de lo cual tuvo conocimiento la auto-ridad judicial del distrito.53

El gobierno del estado remite la solicitud a la Dirección de Tierras y Aguasdel Departamento Agrario, la cual responde que “ya se procura activar latramitación del referido expediente, a fin de que el problema existente seresuelva en el menor tiempo posible y terminen las dificultades por las queatraviesan los pueblos colindantes”.54

Para la fecha en que Xochiltepec recibe la comunicación respecto a suescrito, se cumplían casi 21 años de que se iniciara el litigio.55

53 “Oficio del agente municipal al C. gobernador del estado, de 10 de octubre de 1945”,AGEPEO, op. cit.

54 “Oficio del secretario general del Departamento Agrario, por ausencia del jefe, al go-bernador del estado de Oaxaca, 26 de diciembre de 1945”, AGEPEO, op. cit.

55 “Oficio al presidente y secretario municipales de Santiago Xochiltepec del secretariogeneral del Despacho del Gobierno del Estado, de fecha 25 de enero de 1946”, AGEPEO, op.cit. No es dato curioso que el encargado del control político del estado desconociera que lacategoría de Santiago Xochiltepec era de agencia municipal y no un municipio.

[89]

CAPÍTULO SEXTO

EL CONFLICTO TEOJOMULCO-TEXMELUCAN

I. PRIMERA PARTE DEL CONFLICTO

El conflicto entre Teojomulco y Texmelucan es anterior al del primero conXochiltepec. Sus diferencias inician cuando San Lorenzo solicita al gobiernocolonial, a fines del siglo XVIII, convertirse en pueblo libre, tener derecho anombrar gobernador y alcaldes. Sin embargo, aunque consigue su autonomíapolítica entrando el siguiente siglo, el arreglo del asunto de tierras quedó sus-pendido por la independencia. Los títulos primordiales seguirían mancomu-nados y bajo el poder de Teojomulco. El dictamen para dotar de su propia au-tonomía política a Texmelucan no incluían el reparto de las tierras, asuntoque debería haberse resuelto en juicio por separado. San Lorenzo Teoxomul-co, pueblo libre ya, cambia su nombre por el de San Lorenzo Texmelucan en1844.1

Sin embargo, al igual que en el caso de Xochiltepec, la base mayor del con-flicto se da durante el porfiriato, cuando hubo gobiernos locales muy proclivesa afectar las tierras indígenas. Parte de las argumentaciones de las primerasdisputas en el siglo XX señalan una adjudicación propiciada por la compul-sión de los jefes políticos. Sin embargo, parece ser que al igual que el otrocaso, se trató de una simulación, mediante la cual un ciudadano de Teojomulcoes adjudicado con una amplia extensión de los terrenos del mancomún usu-fructuados por estos dos pueblos. El objetivo, como en casos similares estu-diados en otras partes del país, era mantener el control de los pueblos sobresus territorios, acomodando sus formas de tenencia a los paradigmas de pro-piedad prevalecientes.

1 Así aparece ya en la división territorial de 1844. Véase Asamblea Departamental deOaxaca, División permanente del territorio del Departamento.

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Posteriormente, en los comienzos de la década de los años veintes, despuésdel periodo armado, aparece un documento en el que el adjudicatario del por-firiato cede al pueblo de Teojomulco el terreno en cuestión, con escritura pú-blica y todo. Los pueblos vuelven a buscar la forma de acomodar su posesióna los requisitos de la nueva legislación agraria; si en ello pueden apropiarsede la parte correspondiente al vecino, es ganancia adicional. Por eso, las in-vasiones y amenazas de un lado y otro, de Teojomulco a Texmelucan, se rea-lizan al igual que en el caso de Teojomulco y Xochiltepec.

La base del nuevo artículo 27 constitucional es la de convertir a la naciónen la propietaria originaria de la tierra, la que le da, de acuerdo con el interéspúblico, las modalidades de ejidal, comunal o privada. La posibilidad de le-galizar sus posesiones bajo el paradigma de la Revolución mexicana llevaríaa la violencia en la región.

De esa manera, con fecha 6 de junio de 1925, autoridades y pobladores delmunicipio de San Lorenzo Texmelucan, distrito de Sola de Vega, respondenal llamado del gobierno en relación con las denuncias que les imputaTeojomulco de ser causantes de invasiones en sus terrenos.2

Texmelucan se defiende. En primer lugar, rechaza que sus habitantes qui-ten parcelas y aprehendan a los de Teojomulco. Al contrario,

[...] la autoridad municipal [...] unidos con algunos vecinos, malos de aquellapoblación, han tratado por medio de la violencia arrebatarnos parcelas, valién-dose de miles de artimañas, escribiendo papeles de mala fe, como son las lla-madas escrituras hechas, en el año de 1921 procedente de una donación querecibieron del difunto señor Porfirio Cruz Villanueva. El señor Villanueva,adquirió estos bienes, en el año de 1881 o mejor dicho adjudicó estas tierras,contra la voluntad del mismo pueblo de Teojomulco.3

Los de Texmelucan argumentan que en aquella época predominaba la au-toridad de los jefes políticos, por lo que los pueblos tuvieron que acceder a laposesión que se le dio a Cruz Villanueva. Ninguno de los pueblos estuvo con-forme, ya que a Teojomulco se le quitaron 2,500 hectáreas de sus posesionesy a Texmelucan 1,200, aproximadamente.

2 “Oficio del 6 de junio de 1925 de las autoridades y vecinos de San Lorenzo Texmelucanal secretario general del Gobierno del Estado de Oaxaca”, AGEPEO, Asuntos agrarios. Con-flictos por límites, Leg. 36, exp. 2, 74 ff. Se trata de un texto manuscrito en pluma fuente conbuena letra, pero con algunos problemas de puntuación.

3 Idem.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 91

La razón del problema surge porque, primero, se trataba de una posesiónmancomunada, en la que no había límites interiores demarcados. En segundolugar, porque en las escrituras de adjudicación referidas se hizo aparecer quelos terrenos eran de la jurisdicción de Teojomulco, sin referirse a la manco-munión.

Siguen argumentando los de Texmelucan que ahora que el terreno adjudi-cado volvió a manos del municipio,

[...] trata la autoridad de ese pueblo introducirse en nuestra jurisdicción, cuan-do ellos mismos, saben perfectamente los antecedentes; pues nosotros no avan-zamos [...] en terrenos de Teojomulco, ni tampoco hemos querido hacer remi-niscencia de pasadas rencillas que se suscitaron en esa época, en que los jefespolíticos hacían injusticias, expropiando a los pueblos de sus comunidades, encambio de algunas monedas. La porción que tenemos, en la actualidad ha sidola misma de hace medio siglo, pues [...] nunca admitimos que Villanueva seposesionara de nuestros terrenos.4

Siguen argumentando los de Texmelucan que debe respetarse la propie-dad, máxime cuando se trata de un pueblo que tiene la categoría de Ayunta-miento y no es una agencia como lo dicen en su escrito.5

De la acusación de destructores, se defienden argumentando que tienen lafama en la región de ser los más dedicados a la agricultura, como lo prueba elhecho de que rentan tierras a Sola de Vega para sus cultivos, debido a que loque tienen en posesión es insuficiente para cubrir sus necesidades, tanto porel número de habitantes como el tamaño de sus parcelas.6

En el memorial de Texmelucan exponen que eran en ese momento 1,914 ha-bitantes y 708 cabezas de familia; que poseían 1,600 hectáreas entre terrenosarrendados y propios del pueblo. De ese total, sigue narrando la descripción,1,000 son cerriles, utilizándose para leña. De las 600 hectáreas restantes, 250son de primera y el resto son de segunda clase, por lo que cada cabeza defamilia dispone de media hectárea de terreno para su cultivo, por lo que ape-nas daba para las necesidades del pueblo.7

Por el contrario, argumentan, Teojomulco tenía una extensión de 8 mil 500hectáreas y 2,000 habitantes; que eran ambiciosos, ya que codician una cosa

4 Idem.5 Idem.6 Idem.7 Idem.

92 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

que no necesitaban, queriendo hacer valer escrituras de mala fe y acusándo-los de agraristas. Asimismo les dicen que en lugar de molestar a Texmelucan,deberían gestionar la creación de ejidos en terrenos de ellos mismos que seadjudicaron al señor Antonio Vázquez, en el paraje denominado “El Hoyo”,de aproximadamente 2,500 hectáreas.

Señalando que han sido pacíficos siempre, denuncian que un mes antes unvecino de Teojomulco intentó rozar un terreno para cultivar dentro de su ju-risdicción, a unas cuatro cuadras de las casas municipales, y al preguntarlesobre sus derechos contestó que mandaba la autoridad de Teojomulco. Deesa manera los texmeluqueños se quejan de que por poco se apoderan de suscasas municipales, que lo que defienden lo heredaron de sus antepasados dela época virreinal.8

El gobierno notifica a Teojomulco la respuesta de Texmelucan a su me-morial.

Al igual que en el caso de Xochiltepec, la necesidad de acomodarse a lasnuevas exigencias de la propiedad establecidas por la Revolución mexicana,en un contexto de conflicto originado primero por la posesión mancomunaday luego por la simulación de una adjudicación en el porfiriato, lleva al recru-decimiento del problema.

Desde 1927 buscaron encontrar una solución a los límites internos. El 1 demarzo de 1927 los dos pueblos y un representante del gobierno realizan unrecorrido para ponerse de acuerdo. El propósito ya no es el de reclamar lapropiedad de los predios, sino de llegar a un convenio amistoso de sus límitesinternos. En el acta levantada se menciona que:

[...] con el objeto de recorrer una línea que sirva de lindero entre los pueblos deSan Lorenzo Texmelucan y Santo Domingo Teojomulco [...] por estar manco-munados en una misma escritura los terrenos de ambos pueblos, [y de que] noexiste esta línea[,] acordaron que partiendo de dicho punto de Zacate Amarillo[...] llegaron al punto que se puso la mojonera que se denominará “Unión”, seconozca esta línea en lo sucesivo como lindero entre ambos pueblos.

A partir de ahí no hubo acuerdo, por lo que cada uno se reservaría suderecho para acudir a las instancias legales para reclamar lo propio. Más dedoscientos vecinos y autoridades de ambos pueblos, acompañados por uningeniero del gobierno del estado, realizaron la diligencia.9

8 Idem.9 Inocencio Michel López, Ensayo histórico de Santo Domingo Teojomulco, Sola de Vega,

Oax., pp. 159-181.

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II. SEGUNDA ETAPA DEL CONFLICTO

En el frente Teojomulco-Texmelucan las cosas se hacen cada vez más difí-ciles, sobre todo en los años cuarentas. El 18 de junio de 1841, el diputado ycoronel Alberto Lagunas, supuesto asesino del gobernador soberanista JoséInés Dávila, propicia la venta a Texmelucan, por parte de Sola de Vega, de losparajes “El Xúchil” y “El Arador”, dos amplias extensiones de terreno, porcinco mil pesos. Esto afecto terrenos considerados por Teojomulco como su-yos. El acta en realidad es una venta del ayuntamiento de Villa Sola de Vegaa Texmelucan.

Con esta venta se iniciaría la fase violenta de la guerra campesina interco-munitaria, propiciatoria del autogenocidio.

El 13 de mayo de 1947 el presidente municipal de Santiago Texmelucansolicita, en un telegrama al gobernador del estado,

[...] impartirnos justicia cultivo vecinos Teojomulco impídenos cultivar [sic]terrenos nuestra propiedad constan acta notarial comprobada intervenga Agen-te Ministerio Público, Distrito trasladarse fin evitar cométanse delitos ocasio-narse vecinos armados Teojomulco e investigar otros delitos tiene conocimientoese gobierno.10

El ejecutivo transcribe el documento al Ministerio Público de Sola para queintervenga en la vía administrativa a efecto de que las cosas se mantengan enorden, entre tanto las autoridades correspondientes resuelvan lo conducenteen relación con el conflicto que se menciona.11 Los propios habitantes deTexmelucan se dirigen al Ministerio Público del distrito exponiéndole que envarias ocasiones han solicitado garantías al gobierno “sin que hasta ahoranuestro conflicto tenga un arreglo satisfactorio”. Se quejan de la escasez demaíz por cultivar terrenos poco propicios, en virtud de que los que argumen-tan como suyos no los pueden laborar porque sus vecinos se lo impiden. Es-grimen como prueba el asesinato de dos personas de Texmelucan el 8 dejunio de 1945, al pretender cultivar en los parajes de El Nanche y el Frailillo;

10 “Telegrama del presidente municipal de Texmelucan al gobernador del estado enviadodesde Sola de Vega el 13 de mayo de 1947”, AGEPEO, Asuntos agrarios. Conflicto porlímites, leg. 36, exp. 19 8 ff. Mismo archivo en lo sucesivo si no se dice lo contrario.

11 “Oficio urgente del Secretario General de Despacho, Lic. Cutberto Chagoya al C. agen-te del M. P. de Sola de Vega, 14 de mayo de 1947”, AGEPEO, op. cit.

94 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

[...] por evitar estos crímenes desde entonces a esta fecha dejamos de trabajara aquellos terrenos, sin embargo de tener derecho para ello, [...] obligados porla situación [...] pretendemos sembrar maíz en los terrenos que nos preocupan,confiando tanto en el derecho que nos ampara, como principalmente en el auxiliode nuestro Gobierno Local, fiel intérprete de las ideas Revolucionarias y Pro-gresistas de nuestro primer mandatario Licenciado MIGUEL ALEMÁN [sic].

Enseguida solicitan que el Ministerio Público, con auxilio de la fuerza fe-deral, se traslade a los parajes en mención para evitar delitos y atropellos losvecinos de Teojomulco e investigue sobre otros delitos que ya tiene conoci-miento.12

El 18 de junio, el agente del Ministerio Público se traslada con fuerzas del40 batallón del Ejército Mexicano a Texmelucan, donde muestran los docu-mentos que amparan su dicho de propiedad. Luego van a Teojomulco, acom-pañado del síndico y el regidor primero de Texmelucan para buscar una con-ciliación a su problema. En reunión, las autoridades de Texmelucan muestranun primer testimonio de la escritura de compraventa del terreno denominado“El Arador” y “El Xúchil” efectuado el 18 de julio de 1941 a la Villa de Sola deVega por cinco mil pesos; presentaron acta de posesión de fecha 23 de juniode 1941, y testimonios de arrendamiento de fecha 1892, año desde el queTexmelucan había venido cultivando el terreno en cuestión.13

Por su parte, la autoridad de Teojomulco muestra copias fotostáticas enque consta que parte del terreno que Sola de Vega vendió a Texmelucan es deellos, en virtud de que el señor Porfirio Cruz Villanueva, ya fallecido, veci-no de Teojomulco, vendió a su autoridad municipal dichos terrenos, que sonpropiedad municipal y que están al corriente con el fisco. Siguen los de Teo-jomulco argumentando que en una ocasión la asamblea del pueblo acordóque el terreno se dividiera por mitad entre los dos pueblos, pero que Texme-lucan no quiso el acuerdo. Por lo que proponen retomar de nuevo la propues-ta de división, o pagar una cantidad de dinero por la otra mitad por parte deTexmelucan. Teojomulco se compromete a realizar el domingo siguiente unaasamblea en su pueblo para decidir cuánto quieren en vista de que la mayoríade los pobladores están lejos en ese momento, cultivando sus terrenos. De-

12 “Oficio del Ayuntamiento de San Lorenzo Texmelucan al Agente del M. P. en Sola deVega, 24 de mayo de 1947”, AGEPEO, op. cit.

13 “Actas levantadas el 18 de junio de 1945 en San Lorenzo Texmelucan y Santo DomingoTeojomulco” e “Informe del MP de Sola de Vega al C. secretario general del Despacho delGobierno del Estado de fecha 21 de junio de 1947”, AGEPEO, op. cit.

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nuncian asimismo mala fe, por parte de Sola de Vega, al vender terrenos queno eran suyos y proponen que ambos pueblos soliciten que venga un ingenie-ro del gobierno para que haga el deslinde y resolver definitivamente la cues-tión.14

La autoridad de Texmelucan solicita al Ministerio Público haga saber asus vecinos las propuestas de Teojomulco, aunque lo consideran difícil de acep-tar, toda vez que a ellos los ampara la compraventa realizada a Sola. No obs-tante, están de acuerdo en que el gobierno envíe un ingeniero para realizar eldeslinde.15

De regreso a Texmelucan se llega finalmente al acuerdo de esperar la pro-puesta que haga Teojomulco sobre el precio que quieran establecer para po-der dar fin al problema. De alguna manera se logra un impasse en la violenciaarmada que empezaba a resaltar. El agente gubernamental recomienda pru-dencia al pueblo sobre la base de su menor número respecto a Teojomulcoy al hecho de que aquellos están armados. De llegarse a un arreglo solicitaránal gobernador que firme como testigo del convenio.16 Sin embargo, al parecerel acuerdo de Teojomulco fue el de la división por mitad de los terrenos endisputa, por lo que tampoco se avanzó en ese periodo.

Más sangrienta a largo plazo que el asunto de Agua Fría ha sido la disputade Teojomulco y Texmelucan por los predios “El Xúchil” y “El Arador”. A lafecha de julio de 2002, un escritor y dirigente de Teojomulco calcula que lasbajas de su pueblo suman 94, y de su parte empezaron a caer en 1952. Suman-do los dos lados, los muertos suman cerca de 200 ciudadanos, varios ranchoso asentamientos pequeños desaparecidos, así como daños a la producción, alganado y a las posibilidades de progreso de uno y otro lado.17

El más cruento de los enfrentamientos se daría el 1 de diciembre de 1998,justo cuando José Murat tomaba posesión en la capital del estado como go-bernador. Cerca de 20 cuerpos de uno y otro lado de las trincheras comunalesfueron recogidos.

14 Idem.15 Idem.16 Idem.17 I. Michel López, op. cit., pp. 185 y 192-207.

[97]

CAPÍTULO SÉPTIMO

LAS RESOLUCIONES PRESIDENCIALES

Los nuevos procedimientos establecidos en materia agraria por el régimenrevolucionario obligaron a los pueblos indígenas, que no habían perdido susposesiones y que tenían disputas por límites, a aprender y acomodar su dis-curso al nuevo paradigma para defenderse. En una primera etapa, el afán portener reconocidas sus centenarias posesiones se encaminaba al ámbito de losgobiernos estatales. Luego de las reforma al artículo 27 constitucional en 1937,que estableciera la jurisdicción federal para los conflictos por límites, lospueblos indios trasladaron el mayor esfuerzo de su lucha al orden federal. Poresta vía, el 8 de mayo de 1941 las autoridades agrarias de Teojomulco solici-tan al titular del Departamento Agrario del gobierno federal, el reconocimien-to y titulación de sus bienes comunales.1 El expediente se inicia en ese mis-mo mes, mandándose proceder a los trabajos técnicos informativos.

Pero la búsqueda fue larga. Terminados los trabajos en cuestión, se publi-có la solicitud de reconocimiento y titulación hasta 23 años después de ini-ciado el procedimiento en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucionaldel Estado Libre y Soberano de Oaxaca. Esto es hasta el 27 de junio de 1964.El censo de comuneros alcanzó un total de 805 derechos y de acuerdo con lostrabajos técnicos la superficie comunal abarcaba 18 mil 011 hectáreas de te-rrenos en general. En el documento que citamos se menciona que no existenpropiedades particulares en su interior y que no tienen conflictos por límitescon las comunidades vecinas; que los títulos presentados para amparar la pro-piedad fueron declarados legítimos según análisis paleográfico de 1945, por

1 “Decreto de Resolución Presidencial sobre Reconocimiento y Titulación de Bienes Co-munales a Santo Domingo Teojomulco, municipio del mismo nombre, Estado de Oaxaca. 9de mayo de 1966”, en Diario Oficial de la Federación, lunes 26 de septiembre de 1966.

98 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

lo que la Dirección General de Bienes Comunales consideraba que era proce-dente el reconocimiento y titulación de los bienes comunales de que se trataen virtud de que el procedimiento seguido se ajustó a las disposiciones delcódigo agrario en vigor.2

Por lo anterior, el decreto presidencial establece:

Se reconoce y procede titular correctamente a favor del poblado de Santo Do-mingo Teojomulco, del municipio de Santo Domingo Teojomulco, del estadode Oaxaca, una superficie total de 18,911 has. (dieciocho mil novecientos oncehectáreas) de terrenos en general que le pertenecen en propiedad comunal ycuyas colindancias y colinderos quedaron descritos en la parte considerativade esta resolución, la cual servirá a la comunidad de que se trata como título depropiedad para todos los efectos legales. La anterior superficie deberá ser lo-calizada de acuerdo con el plano aprobado por el Departamento de AsuntosAgrarios y Colonización.3

Se declara que dentro de los terrenos comunales que se reconocen y titulanno existen propiedades particulares, así mismo se declara que dichos terrenosson inalienables, imprescriptibles e inembargables y que sólo para garantizarel goce y disfrute de los mismos por parte de la comunidad a quien pertenecense sujetarán a las limitaciones y modalidades que la ley agraria en vigor esta-blece para los terrenos ejidales.4

Si el sistema de reparto agrario fue tortuoso para los campesinos mexica-nos, lo relacionado con reconocimiento y titulación de bienes comunales to-davía representó un embrollo mayúsculo.

Vemos cómo en el decreto se menciona que no existen problemas limítro-fes con los vecinos cuando hemos venido señalando varias décadas de difi-cultades entre las tres comunidades estudiadas.

Sin embargo, la existencia del decreto y su publicación en el Diario Ofi-cial de la Federación y en el Periódico Oficial del gobierno del estado deOaxaca, no dan automáticamente la propiedad de la tierra. Hacía falta la en-trega y titulación en el campo mismo, cosa que no se ha dado hasta la fecha,porque supone el recorrido de linderos con los vecinos en cuestión, para darposesión al beneficiado. Es decir faltaba ejecutar la Resolución Presiden-cial, pasarla del papel a los hechos.

2 Idem.3 Idem.4 Idem.

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San Lorenzo Texmelucan, que también promovió su propia causa, en 1972gestionó ante el Poder Judicial un amparo en contra de la resolución presi-dencial que beneficiaba a Teojomulco, ya que éste afectaba varias de suspoblaciones y una superficie de alrededor de seis mil hectáreas que conside-raba eran bienes comunales suyos.5 En 1973 la justicia federal le concede elamparo, con lo que el decreto de 1966 queda sin efectos. Se ordena a las au-toridades agrarias avocarse de oficio al procedimiento de conflicto de límitesa fin de resolver las diferencias.

Por su parte, Xochiltepec también había promovido juicio de amparo encontra de la resolución presidencial que reconocía y titulaba a Teojomulco.En 1971 conseguía el amparo, que desechaba la resolución y ordenaba seguirde oficio por el procedimiento de conflicto de límites.

El problema legal se ha prolongado todavía, desde que se inició el juiciode amparo, más de 30 años.

A fin de avanzar en la solución del conflicto, en diciembre de 1982 el de-legado de la SRA en Oaxaca ordenó el levantamiento topográfico de los te-rrenos en conflicto entre Teojomulco y Xochiltepec. Sin embargo, aunque serealizaron trabajos de fotoidentificación y la revisión técnica, los cuales fue-ron deficientes, no hubo trabajos de topografía posteriores que permitieranelaborar el plano definitivo.

Es en estas circunstancias regionales en las que se deroga la Ley Federalde la Reforma Agraria en 1992 y se decreta el fin del reparto agrario. Para laselites dirigentes se había cumplido con los compromisos agrarios de la Re-volución mexicana, pero nada más lejos de lo cierto.

En estas condiciones, el ejecutivo renunciaba a su función de repartir tie-rras y resolver las diferencias por límites, dejando a los tribunales agrarios latarea.

El 28 de agosto de 1996, el Cuerpo Consultivo Agrario acuerda remitir elconflicto Teojomulco-Xochiltepec al Tribunal Superior Agrario. Lo mismoacontece en otra fecha anterior con el expediente Teojomulco-Texmelucan.

El 14 de octubre de 1996 el Tribunal Superior Agrario remite al XXI Tri-bunal Unitario de Distrito la documentación respectiva, instalándose en estafecha el Expediente de Procedimiento por Juicio por Límites entre los pobla-dos de San Lorenzo Texmelucan y Santo Domingo Teojomulco, en cumpli-miento a la sentencia de 1973.

5 Inocencio Michel López, Ensayo histórico de Santo Domingo Teojomulco, Sola de Vega,Oax., p. 184.

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De la misma manera, el 20 de enero de 1997, por instrucciones del Tribu-nal Superior Agrario, el mismo Tribunal Unitario de Distrito instaló el Expe-diente de Procedimiento por Juicio por Límites entre los poblados de SantoDomingo Teojomulco y Santiago Xochiltepec en cumplimiento de la ejecu-toria del juicio de amparo de 1971.

Para diciembre de 1998 habían pasado seis meses de enfrentamientos ar-mados intermitentes entre Teojomulco y Texmelucan, sobre todo por la dispu-ta del terreno conocido como “El Piojo”. En noviembre había sido muerto unteojomulquense. El 1 de diciembre, en el Cerro del Rayo y puntos aledañoscaen cerca de 20 personas de uno y otro lado. A la fecha, como he menciona-do antes, se habla de 200 muertos entre los dos pueblos en su disputa iniciadadesde 1941.

Respecto al amparo de Texmelucan, los de Teojomulco promovieron, lue-go de las reformas al 27 constitucional de 1992, alguna salida que los favore-ciera. Cito el texto sobre Teojomulco:

Después de andar en la búsqueda de soluciones por muchos caminos: pláticas,acuerdos, acciones políticas, gestiones jurídicas y por supuesto los enfrenta-mientos armados; el Tribunal Unitario de Circuito ha ordenado a la Secretaríade la Reforma Agraria que se dé a la tarea de identificar las aproximadamente6,000 hectáreas que reclama San Lorenzo Texmelucan y que la superficie res-tante que ampara la Resolución Presidencial, se titule a favor de Santo Domin-go Teojomulco.6

Dicha ejecutoría se emitió con fecha 10 de marzo de 1999. Santo Domin-go estaría de acuerdo en que se delimitaran esas seis mil hectáreas en conflic-to, que se seguirían peleando en tribunales o por vías conciliatorias, peroexigían que se les titulara y ejecutara la entrega de las casi 13 mil hectáreasrestantes.

Pero aquí está el otro problema que puede estar asociado con el asunto deAgua Fría. Xochiltepec había iniciado en 1968 juicio de amparo en contrade la resolución presidencial, cosa que consiguió en 1971. El expediente porlímites no avanzó porque no se ha podido cubrir el punto primero requerido:“el acuerdo dictado por el Delegado Agrario en el Estado [sic], el dos dediciembre de 1982, ordenando el levantamiento topográfico de los terrenosen conflicto”7 entre Xochiltepec y Teojomulco.

6 Ibid. La ejecutoria referida se reproduce en las pp. 185-191 del texto de Michel.7 “Acuerdo del Tribunal Agrario Unitario de Circuito de fecha 7 de abril de 1999”, repro-

ducido en I. Michel López, op. cit., pp. 207-210.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 101

Por lo anterior, el acuerdo del Tribunal Unitario Agrario de Circuito seríael siguiente:

Primero. Requiérase a la Secretaría de la Reforma Agraria por conducto de laRepresentación Especial en el estado, para que de cabal cumplimiento al acuer-do descrito en el punto 1 de este proveído (el del levantamiento topográfico delterreno en disputa Xochiltepec-Toejomulco), y sean remitidos los trabajos ahíespecificados, los cuales servirán para la debida integración y substanciacióndel expediente en que se actúa; debiendo tomar en consideración los antece-dentes vertidos por lo que hace la ejecución de la Resolución Presidencial deSanto Domingo Teojomulco...8

Es decir, se aplicaría el mismo criterio que para el expediente que por con-flicto de límites que Teojomulco tiene con Texmelucan y que impide la ejecu-ción completa de su resolución: separar de nuevo el terreno en litigio y titular laparte restante. Esto es lo que Teojomulco no quiere por este lado de sus colin-dancias.

Veamos lo que dice alguien que puede ser considerado expresión del pen-samiento colectivo de su comunidad respecto a la cuestión de la tierra:

Santiago Xochiltepec, siendo agencia municipal del Municipio de Santiago Tex-titlán, al igual que San Lorenzo Texmelucan también intenta arrebatar a SantoDomingo Teojomulco las tierras de la parte alta; aquella que es productora demadera.

Los municipios de Santiago Textitlán y Santa María Zaniza, sin embargo,reconocen los límites de Santo Domingo Teojomulco. Esa unión finalmente lepermitirá seguir preservando sus tierras para los hijos venideros. Si los abueloslegaron a Teojomulco un territorio íntegro, sus hijos actuales tienen que pre-servar este derecho para las futuras generaciones.

Santiago Xochiltepec intenta crear una Zona en Conflicto que Santo Do-mingo Teojomulco no debe permitir. Un Trabajo Técnico Informativo en esazona sería el inicio de la pérdida de territorios que Santo Domingo Teojomulcotiene en posesión desde tiempos inmemoriales. Lo mismo sucedería si se per-mite un trabajo técnico de gabinete —la fotometría, por ejemplo...

Si se permite definir una zona en conflicto que para Santo Domingo Teo-jomulco no existe, se estaría poniendo en tela de juicio las posesiones de la po-blación de Teojomulco en el área que Xochiltepec ambiciona. ¿Cómo queda-rían los trabajos de campo en el área aledaña al Cortador y el cerro Chinche?

8 Idem.

102 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

9 Se refiere al acuerdo del Tribunal Unitario Agrario de Circuito que cité antes en el que seordenan los trabajos técnicos informativos. Ibid., p. 207.

¿Dónde iría a vivir la población de Ixtache, la ranchería de Las Huertas y laCieneguilla entre otros lugares? ¿Acaso los pretendientes no se percatan queTeojomulco posee esos lugares por derecho de Título Primordial y por acuer-dos de líneas divisorias con los municipios ya referidos? Mucha atención alsiguiente documento que no es más que un paso legal que Xochiltepec hadado y que Teojomulco no debe permitir que avance.9

Pareciera el preludio a una declaración de guerra.

[103]

CAPÍTULO OCTAVO

DERECHOS SOCIALES Y CULTURALES Y GUERRASCAMPESINAS INTERCOMUNITARIAS

I. DERECHO SOCIAL A LA TIERRA

Los primeros gobiernos de la Revolución mexicana no quisieron y no supie-ron cómo resolver dos reclamos del mundo indígena: el de la confirmación ytitulación de sus bienes comunales y el de los conflictos por límites. Le nega-ron durante varias décadas el cumplimiento pleno de su derecho a la legaliza-ción de sus tierras y a disfrutarlas en paz.

Con relación al primer tema heredaron la visión uniformizadora de la so-ciedad decimonónica, por lo que los bienes de las comunidades indígenas siem-pre fue un tabú. Aunque en la primera versión del artículo 27 una parte delmismo otorga reconocimiento a las corporaciones campesinas, en 1934 sereforma para hablarse sólo de núcleos de población.

Por otra parte, el avance de la reforma agraria se daría sobre todo a partirdel enfrentamiento contra los hacendados y el reparto de sus tierras entre cam-pesinos desprovistos de ellas bajo la forma de propiedad ejidal.

Las acciones del gobierno federal a favor de los reclamos por reconocer ytitular tierras indígenas tardaría varias décadas en llegar. Curiosamente, seríahasta el gobierno de Gustavo Díaz Ordaz cuando más expedientes sobre re-conocimiento y titulación de bienes comunales obtendrían sus respectivos de-cretos presidenciales. La presencia en el Departamento de Asuntos Agrariosy Colonización del oaxaqueño Norberto Aguirre Palancares, conocedor de larealidad indígena mexicana, sin duda alguna fue un factor que influyó en esaavanzada tardía.

Las elites herederas de la revolución pensaron que el campesinado indíge-na desaparecería poco a poco en un proceso de mestizaje promovido por elsistema educativo. Y además, en su afán por lograr su respaldo, frente a la

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lucha que en otros lados se daba contra los hacendados, prefirieron guardarsilencio en las disputas entre comunidades.

Primero fueron los gobiernos de los estados incapaces para darle salida alreclamo comunitario. Luego, a partir de 1937, al declararse de jurisdicciónfederal los conflictos por límites, sería la propia federación la que propició lareproducción de los mismos y el estallido de guerras campesinas interco-munitarias. Aquí hemos estudiado dos casos que iniciaron una etapa de pro-blemas a mediados de los años veintes del siglo pasado, es decir, durante másde 70 años.

Sin embargo, el decreto presidencial que hemos estudiado titulando a Teo-jomulco adolece de problemas de raíz. No reconoce la disputa sostenida du-rante décadas y acrecienta las diferencias. Al titular a un pueblo se crea elsentimiento de que el terreno disputado les corresponde, por lo que al venirlos amparos se sienten invadido en su derecho y por ello se acrecienta la ene-mistad con los vecinos.

La política del Estado mexicano en relación con los terrenos comunalesabonó las guerras campesinas comunitarias: por las décadas que tardó enresolver los expedientes y por la forma en cómo los resolvió. A las conductasestatales abiertamente etnocidas y genocidas del siglo XIX le habían seguidoconductas de los gobiernos revolucionarios que en la larga duración dabanlos mismos resultados.

Luego de la reforma salinista de 1992, al haberse dado por concluida laReforma Agraria —por eso el cambio de la Ley Federal de la Reforma Agra-ria, por el de Ley Agraria—, sin antes resolver uno de las principales causasde inseguridad y de conflicto entre los propios pueblos indígenas, se termi-nó de completar una de las mayores injusticias de los gobiernos posrevolu-cionarios. Los herederos de una revolución que se dijo realizada para resol-ver los problemas de la tierra dejaron indefensos y contra la pared a un sectorimportante de mexicanos.

Las reformas al artículo 27 eliminaron del texto constitucional los concep-tos de tribus, congregaciones, parcialidades y pueblos, que les daban plenapersonalidad jurídica, la revolución hecha gobierno se hizo a un lado de unode sus principales compromisos. Con la reforma de 1992 los pueblos indí-genas quedaron desprovistos del manto protector del Estado y no les quedóotro camino que el de enfrentarse entre ellos mismos como en los casos ana-lizados.

Se violó así el derecho social a la tierra que los pueblos indígenas teníanestablecido en 1917 y los derechos culturales que se reconocieron con el pri-mer párrafo adicionado al artículo 4o. de la carta fundamental en 1992.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 105

Los gobiernos revolucionarios y los que continuaron, pero también el nue-vo grupo gobernante —aquéllos por no incendiar las montañas en contra delrégimen, éste por desconocimiento completo del tema—, han dejado a los pue-blos indios solos, para que con sus propios medios, el de la guerra campesinaintercomunitaria, resuelvan sus diferencias a lo largo del siglo XX, llegandoal autogenocidio comunitario.

II. VIOLACIÓN AL DERECHO A DISFRUTAREN PAZ LA TIERRA

El Estado mexicano sigue en deuda con los pueblos indígenas.En el siglo XIX lo hizo abiertamente: a) instrumentando disposiciones le-

gales para desaparecer la propiedad social de la tierra y su autonomía políti-ca, y b) para desaparecerlos físicamente a través de la guerra de exterminio.Esto generó, además de las respuestas armadas como las llamadas “guerra decastas”, disputas sangrientas entre comunidades. Con ello, el Estado mexi-cano violó sus derechos a vivir en paz y a disfrutar la propiedad con tranqui-lidad y protección del mismo. Paradójicamente se trata de los derechos queapuntalan las constituciones del siglo XIX y fueron el sustento ideológico dela independencia.

Con la Revolución mexicana, aunque se estableció el respeto a la propie-dad social de la tierra y se repartieron ejidos, no se produjeron políticas pú-blicas encaminadas a resolver el problema de los conflictos por límites. ¿Cuán-tos miles de campesinos anónimos cayeron en las guerras comunitarias porestas disputas a lo largo del siglo XX y en estos años del tercer milenio?

También aquí el Estado no sólo ha dejado de salvaguardar el derecho a dis-frutar de la tierra y a vivir en paz y proteger la propiedad de los pueblos, sinoque con sus lineamientos tortuosos, largos, penosos y contradictorios comohemos visto, propició que los propios pueblos buscaran la forma de no extin-guirse, exterminando al adversario. Los pueblos se armaron y pelearon entresí sus territorios porque el estado revolucionario no pudo resolver sus proble-mas de límites en 85 años de revolución. Tampoco los nuevos dirigentes delgobierno federal han sabido entender estos reclamos y estas particularidades.Y aunque se ha reformado la constitución haciendo más amplios los derechosde los pueblos indígenas, todavía falta el cumplimiento de demandas esen-ciales como son la expresión en la constitución federal del derecho a su auto-nomía, el asunto de los territorios indígenas y otros.

106 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

III. LA GUERRA CAMPESINA INTERCOMUNITARIA

Llamamos guerra campesina intercomunitaria a la suma de enfrentamientosque se dan a lo largo de décadas entre pueblos indios que se disputan límites te-rritoriales. Algunos de estos conflictos vienen desde la época colonial, otrosdel siglo XIX, algunos más se gestaron en el siglo pasado durante el repartorevolucionario. Sin embargo, fue la aplicación de la política agraria del Esta-do mexicano surgido de esa lucha la que ha generado la mayor violenciaentre comunidades que debería estar hermanadas.

La guerra campesina intercomunitaria consiste en acciones tales comoenfrentamientos cara a cara con dos grupos armados que pueden durar minu-tos, horas, días, semanas, meses; emboscadas a un campesino de una comu-nidad adversaria o a grupos de éstos; invasiones y siembras en terrenos enlitigio; robo de cosechas del adversario; destrucción de cultivos o árboles fru-tales; extracción de madera; robo de ganado, incendio de pequeños caseríosy poblados; robo de pertenencias; detenciones ilegales, pérdida de la liber-tad y multas a miembros de la comunidad adversaria. Algo igual o más gravetodavía como el negar el derecho al desarrollo al vecino, al negarse el paso dela línea telefónica o eléctrica, o a la maquinaria de construcción caminera, si vapara el pueblo en disputa, no obstante que haya pago de indemnización por elpaso de vía o los terrenos afectados por el camino.

Las acciones no se dan de una vez de manera permanente, sino que loshechos se van dando a lo largo de los meses, los años y las generaciones,creando sentimientos de rivalidad, deseos de venganza, memoria colectivadel adversario a lo largo de los decenios. Muchos de estos enfrentamientosno eran conocidos o al menos no de manera inmediata por los centros depoder. La existencia de los medios de comunicación, prensa a partir del XIXy XX y sobre todo los medios electrónicos, como la radio y la televisión, ha-rían que se conocieran más por parte del resto de la sociedad.

De la misma manera, los saldos de los enfrentamientos o el reclamo de lasvidas perdidas en las emboscadas no siempre llegaron a los tribunales, por loque no siempre el Estado de Derecho se ha mantenido. Esto contribuyó afortalecer las rencillas entre las comunidades ante un estado que no se com-prometió a asumir sus responsabilidades desde que fue creado.

Así como se han empezado a contar los muertos y los desaparecidos delperiodo de la guerra sucia, faltan investigaciones que nos permitan sabercuántos muertos, cuántas comunidades desaparecieron, cuántas se tuvieronque trasladar al quedarse sin jefes de familia o indefensos frente al adversa-

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 107

rio, a causa de esta gran omisión del Estado liberal y el surgido de la Revolu-ción mexicana.

Las políticas desamortizadoras del siglo XIX, al forzar a la privatizacióny el reparto de las tierras comunales, dividieron superficies mancomunadas ygeneraron conflictos entre comunidades antes unidas. La Revolución mexi-cana repartió la tierra a quienes no la tenían; pero no resolvió los conflictosexistentes en donde los poseedores siempre la habían tenido. A causa de laexigencia de acomodarse a una nueva normatividad, y la falta de voluntadpolítica para resolver los problemas, llevarían al recrudecimiento de las dife-rencias intercomunales.

Sólo en el distrito de Sola de Vega se pueden contar en cientos los muertosdurante los dos últimos siglos a causa de disputas limítrofes. Se estima queen Oaxaca existen todavía cerca de 500 conflictos agrarios, de los que 57 seconsideran de alto riesgo.1

IV. VISIÓN LOCAL DE LA GUERRACAMPESINA INTERCOMUNITARIA

Veamos algunas citas que expresan la visión de una de las comunidades de lazona solteca con relación a las guerras campesinas intercomunitarias:

Aún se recuerda al Sr. Eusebio López, Representante de Bienes Comunales enesa época (mediados de los años sesentas); era una persona de recio y probadocarácter, que se ganó el respeto de la población sobre todo porque había parti-cipado en hechos armados importantes.

Tiempo atrás él estuvo a cargo de la operación militar dirigiendo a los teo-jomulqueños cuando la gente de “Pablo Aparicio” [...] tuvo que salir de Teojo-mulco al inicio de la década de los años sesenta.

Sucede que “Pablo Aparicio” fue designado Comandante de las FuerzasArmadas de Teojomulco [...] Se le encargó fundamentalmente, acabar con elabigeato que empezaba a proliferar, también tenía a cargo la seguridad de Teo-jomulco en eso de la guerra con los “lenchanos” [los de San Lorenzo Tex-melucan]. “Pablo Aparicio” y el grupo que dirigía, fue adquiriendo importan-cia; poco a poco la presencia de ellos se hizo notable en hechos de armas.2

1 Reforma, jueves 6 de junio de 2002.2 Inocencio Michel López, Ensayo histórico de Santo Domingo Teojomulco, Sola de Vega,

Oax., p. 50.

108 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

En ese tiempo mantuvimos a raya a los “lenchanos”, la gente del pueblotrabajaba lugares que se que hoy los han abandonado.3

Guadalupe era una ranchería de Teojomulco, un lugar poblado, no comohoy, en que solamente existen vestigios de lo que constituyeron las viviendasque se abandonaron debido a los constantes ataques armados provenientes delos lenchanos.4

Cada una de las personas perdidas, encierra un episodio; un acto de asesina-to a sangre fría a través de una emboscada, o un hecho de heroísmo a través deun enfrentamiento, de un choque armado al estilo revolucionario donde se poneen juego el valor, la capacidad de estrategia militar y la inteligencia para salva-guardar la vida de los suyos.

Por las fechas en que han ocurrido los asesinatos, puede apreciarse que hayperiodos críticos de lucha y periodos de paz relativa. Los periodos de luchaintensa son extenuantes. En ellos, de hecho la gente deja de trabajar y se dedicapor completo a la defensa de la población; de día hay tensión, con vigilanciaextrema; a menudo se escuchan detonaciones de aquellos frentes en que elenemigo se hace presente; de noche, la actividad es agobiante porque el cuida-do sigue. No hay punto que se abandone. Todos los accesos a la población sepatrullan, aun en aquellas noches en que las tormentosas lluvias caen con granintensidad; no hay fenómeno de esta naturaleza que haga variar la defensa de lapoblación.5

Al igual que en estos tres pueblos, otros pueblos de la zona tienen conflic-tos violentos. Es el caso del diferendo entre Santa María Zaniza y SantiagoAmoltepec, que ocasionó cerca de veinte muertos del primer poblado en unaemboscada semejante a mediados de los años ochentas, que generó un movi-miento de las “viudas de Zaniza”.6

V. EL ESCENARIO ACTUAL

Detrás de la masacre de Xochiltepec está la disputa por límites agrarios. Es-tán también la acciones históricas etnocidas y genocidas del Estado mexicano.

La lucha histórica por la tierra entre Santo Domingo Teojomulco y Santia-go Xochiltepec se agrava por los siguientes elementos: a) la escasa atención

3 Ibid., p. 51.4 Idem.5 Ibid., pp. 202-203.6 Reforma, jueves 6 de junio de 2002.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 109

histórica del Estado mexicano y de los gobiernos estatales a esta difícil re-gión; b) la falta de determinación para definir una política de corte nacional yestatal que resuelva de una vez por todas los conflictos por límites; c) ladisputa por permisos de aprovechamiento forestal y la falta de oficio políticode los funcionarios del área; d) la existencia de vacíos de las instituciones delos gobiernos federales y estatales en la región, lo que ha llevado a que ONG,grupos y sectas religiosas, católicos y protestantes, partidos políticos, repre-sentantes del magisterio democrático y seguramente cuadros del EPR esténparticipando de las demandas de estos pueblos olvidados; e) el narcotráfico,quizás no como actividad organizada, sino en la pequeña escala de la econo-mía familiar puede también estar presente; f) la falta de detección de los fo-cos rojos por parte de la delegación regional de gobierno, entidad intermedia(que funciona como instancia de operación política precisamente en ese sen-tido, el de apagar los posible fuegos políticos que se gesten en las regiones,mismos que se anticipaban en oficios recibidos semanas anteriores por elgobierno del estado);7 g) la incapacidad del gobierno del estado, como ins-tancia global del control político regional para actuar a tiempo; h) una tradi-cional atracción de los hombres de la montaña por la posesión de armas defuego, utilizadas para la cacería y como resguardo por sus conflictos vecina-les; e i) la revancha por supuestas o reales ejecuciones de personas de la co-munidad supuestamente agresora. Habría que agregar una grave omisión delgobierno del estado: el desmantelamiento de Bases de Operaciones Mixtas enla región (que conjuga fuerzas policiacas y militares), instaladas desde añosantes a raíz de la irrupción del EPR en Oaxaca.

Todos los anteriores aspectos se conjugaron para configurar la masacre.Sin embargo, la base estructural que desencadena el asunto es de corte agra-rio. Su falta de resolución por parte del Estado mexicano se expresa comoconductas no sólo etnocidas, sino genocidas.

7 Reforma, miércoles 12 de junio de 2002.

[111]

CONCLUSIONES

A más de un año de los acontecimientos de Agua Fría, Oaxaca, se descono-cían las acciones seguidas por los tres niveles de gobierno respecto al Infor-me Especial que rindiera la CNDH. Es necesario exigir esa información, yque las diversas instancias federales, estatales y municipales rindan cuentas.

Por lo anterior, cualquier actuación de los gobiernos federal, estatal y mu-nicipal debe de partir de un primer punto de referencia. El asunto no se resol-verá sólo con enviar a la cárcel a los culpables de la masacre, que debe hacer-se porque es importante que impere el régimen de Derecho. Tampoco con quesalgan libres los que no tuvieron nada que ver. Aunque casi diezmado Xochil-tepec, los hijos de las viudas crecerán para reciclar en su memoria colectivalos acontecimientos y actuar en su momento. Tampoco se resolverá con unacampaña intensiva de decomiso de armas de fuego y la militarización de la re-gión. Todas éstas son acciones necesarias pero no suficientes.

I. LOS SALDOS ROJOS DE LA REVOLUCIÓN

Es necesario mencionar aquí que la política del Estado mexicano no encaró defrente estos problemas que impiden la producción y la organización, dividena los pueblos y han generado miles de silenciosas muertes desde el siglo XIXhasta los inicios del XXI.

Sólo para mencionar un dato, en 1997, a cinco años de que se decretó el finde la Reforma Agraria, habían sido turnados 11,367 expedientes agrarios entoda la República, muchos de ellos todavía sin solución, a diversas instan-cias: a los tribunales agrarios de las entidades federativas que se crearon alefecto o al Tribunal Superior Agrario. Los estados con mayor número de ex-

112 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

pedientes turnados —excepción hecha del Distrito Federal, cuya problemáti-ca de la tierra es de naturaleza urbana—, son Oaxaca con 925, Jalisco con898, Veracruz con 849, Chiapas con 799, Estado de México con 705, Pueblacon 568, etcétera.1

A la fecha, parece ser que el Tribunal Superior Agrario ha emitido 3,092sentencias en el nivel nacional, beneficiando 3.45 millones de hectáreas y229 mil 726 campesinos. A esta cifra habrá que sumar otras 318 referidas aaguas y 18 de otro tipo.2

En el caso de Oaxaca, de los 925 expedientes turnados a los tribunalesagrarios en el estado de 1992 a 1997, sólo 207 han tenido sentencia a favorde 33 mil 893 campesinos con una superficie de 478 mil 006.99 hectáreas.Otros ocho expedientes de agua y cuatro acciones de otro tipo se han emitidotambién.3

En su comparecencia ante la comisión respectiva de la Cámara de Diputa-dos, relacionada con la glosa del II Informe de Gobierno, a finales de sep-tiembre de 2002, la entonces Secretaria de la Reforma Agraria, María TeresaHerrera Tello, confirmó la existencia de 472 conflictos agrarios en Méxicoque pueden generar violencia. Reconoció que, de ellos, sólo 129 competían asu dependencia, 41 a los gobiernos estatales, principalmente el de Oaxaca; y122 conflictos por problemas de tenencia que se dirimían en los tribunalesagrarios.4

La cuestión de la tierra y los problemas de los pequeños productores delcampo seguirán siendo aspectos de la estabilidad y la gobernabilidad del paísen este siglo. No olvidemos que:

Primero: Fueron una de las causas del alzamiento zapatista de 1994, toda-vía sin solución.

Segundo: Se han resuelto apenas el 27 % de los expedientes que fueronsometidos a su consideración en los tribunales agrarios.

Tercero: Los procesos de certificación agraria y de la supuesta privatizaciónde la tierra ejidal dejan mucho que desear. El campesinado se ha resistido aabandonar lo que es su estrategia de seguridad nacional comunitaria.

1 “Expedientes turnados a los tribunales agrarios”, en Diario Oficial de la Federación, 21de agosto de 1997.

2 Datos proporcionado en la página de internet de la SRA por la Subsecretaría de Ordena-miento de la Propiedad Rural, 31 de julio 2002.

3 Idem.4 Excelsior, viernes 27 de septiembre de 2002, p. 4, Secc. A.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 113

Cuarto: El nuevo gobierno federal, ajeno a los conocimientos del campo,ha visto renacer la reivindicación por la tierra, los enfrentamientos armadospor la tierra y el diálogo simbólico del machete como instrumento de labran-za y lucha justo frente a la capital.

II. ETNOCIDIO, GENOCIDIO, AUTOGENOCIDIO

Desde una perspectiva histórica es posible sostener la siguiente hipótesisexplicativa:

Las elites que construyeron el Estado mexicano desde el siglo XIX y sobretodo a partir de la Revolución mexicana, al no romper con el paradigma deuna nación uniforme y monocultural, sino al contrario, al volverlo su base fun-damental de identidad colectiva, diseñaron políticas públicas que propicia-ron tres efectos sobre la capacidad de reproducción no sólo cultural, sinofísica de los pueblos indios. Estos efectos son 1) el etnocidio; 2) el caso ex-tremo, el genocidio, a partir de un tercer efecto, y 3) el autogenocidio origi-nado por guerras campesinas intercomunitarias relacionadas con conflictospor límites de tierras. Los primeros dos efectos son propiciados directamen-te por el Estado y el tercero es una consecuencia de las mismas, realizada porlas propias comunidades indígenas.

Entendemos el etnocidio, de acuerdo con Rodolfo Stavenhagen, como aquelproceso mediante el cual pueblos culturalmente distintos al que detenta laconducción de los aparatos del Estado pierden su identidad como resultadode políticas públicas sistemáticas encaminadas a minar su territorio y la ba-se de sus recursos, el uso de su lengua, de sus instituciones políticas y socia-les, de sus tradiciones, formas de expresión artística, prácticas religiosas yvalores culturales.5 Ahora no se trata de extinguir física, biológicamente a losmiembros de los grupos étnicos, ni de simplemente integrarlos económica-mente o territorialmente en la sociedad mayoritaria, se trata de extinguirlos,de integrarlos borrando los elementos de autoidentificación, eliminando sucultura.6

De esa manera, durante el siglo XIX independiente vemos desaparecer delos documentos oficiales, de la legislación y del discurso político referen-

5 Rodolfo Stavenhagen, La cuestión étnica, pp. 147-148.6 Luis Guillermo Vasco Uribe, “Nacionalidad y etnocidio”, en Revista Politeia, vol. 1, pp.

15-20.

114 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

cias claras a la población indígena. Se habla de mexicanos, pensando que elreferirse a este promedio nacional desaparecería las diferencias existentes enel país.

El Estado mexicano, al buscar crear una clase media de productores rura-les mediante las políticas desamortizadoras y de colonización, arrebató las tie-rras de los pueblos, las que fueron concentradas en pocas manos, pauperizandoy proletarizando a cientos de comunidades campesinas indígenas. Esto reper-cutió sin duda alguna en la pérdida de autonomía política de muchos pueblosindios, que habían venido conservando desde el periodo colonial.

Por otra parte, durante los años posteriores a la Revolución mexicana, laconsolidación del sistema educativo nacional y su búsqueda por castellanizara todos los mexicanos llevarían a la pérdida de la lengua y de muchas cul-turas.7 Tales políticas se fortalecerían con la creación en 1848 del InstitutoNacional Indigenista, encaminado a incorporar a los indígenas al desarrollonacional.

Sin embargo, el ataque más profundo a los modos de vida indígena es el quese hizo contra sus tierras y contra las bases ecológicas de sus recursos. Lapérdida de la tierra y del territorio ha contribuido a exterminar muchas pobla-ciones del planeta y es el factor principal del actual proceso de etnocidio delque siguen siendo víctimas los pueblos indios. Para ellos, la tierra no sólo es unrecurso productivo, un factor económico. La tierra es hábitat, territorio, basede organización social, identificación cultural, viabilidad política, está aso-ciada con sus visiones del mundo: por ello es un elemento fundamental de sureproducción cultural como grupo.8

En este embate, tanto los gobiernos del siglo XIX como los que impulsa-ron la Reforma Agraria luego de la revolución propiciaron lo que hoy tene-mos tipificado como genocidio. Aquéllos de manera directa a través del ex-terminio de las guerras de castas en estados como Yucatán y la persecuciónhacia los grupos nómadas del norte del país. Éstos por omisiones y accionesque propiciaron el exterminio de rancherías, comunidades y pueblos enteros,al generarse guerras por la disputa de prolongados litigios agrarios que elestado no atendió con la responsabilidad que le correspondía.

Esto es lo que nosotros denominamos autogenocidio: conductas colec-tivas de pueblos, comunidades y rancherías, primordialmente vecinas, pro-

7 Miguel Ángel Bartolomé, Gente de costumbre y gente de razón. Las identidades étnicasen México, pp. 27-28.

8 R. Stavenhagen, op. cit., p. 150.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 115

venientes por lo general del mismo grupo étnico, o de diverso grupo étnico,pero diferentes del grupo étnico que domina los aparatos del Estado, quecomo consecuencias de acciones y omisiones del mismo en la atención a susdemandas por resolver conflictos por límites, no encuentran más salida quela de la guerra campesina intercomunitaria: durante largo tiempo se expo-nen al desgaste físico y psicológico mutuo e incluso a la desaparición físicade miembros y colectividades.

De acuerdo con la Convención para la Prevención y Sanción del Delito deGenocidio aprobada el 9 de diciembre de 1948 por la III Asamblea Generalde las Naciones Unidas en su 179 sesión plenaria, se entiende por delito degenocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetradoscon la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico,racial o religioso como tal: a) la matanza de los miembros del grupo; b) lalesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) elsometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan deacarrear su destrucción física, total o parcial.9

México aprobó la mencionada Convención por acuerdo del Senado dela República el 29 de diciembre de 1949, la ratificó el 22 de julio de 1952 yfue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 1952.10

Posteriormente, el 20 de enero de 1967 adicionó el artículo 149 bis al CódigoPenal Federal que reza lo siguiente, incorporando el delito de genocidio en elmismo:

Comete el delito de genocidio el que con el propósito de destruir, total o par-cialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religio-so, perpetrase por cualquier medio, delitos contra la vida de miembros de aqué-llos, o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproduccióndel grupo.

Por tal delito se impondrán de veinte a cuarenta años de prisión y multa dequince mil a veinte mil pesos.

Si con idéntico propósito se llevaren a cabo ataques a la integridad corporalo a la salud de los miembros de dichas comunidades o se trasladaren de ellas aotros grupos menores de diez y seis años, empleando para ello la violenciafísica o moral, la sanción será de cinco a veinte años de prisión y multa de dosmil a siete mil pesos.

9 Silverio Tapia Hernández, comp., Principales declaraciones y tratados internacionalesde derechos humanos ratificados por México, pp. 171-174.

10 Idem.

116 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Se aplicaran las mismas sanciones señaladas en el párrafo anterior, a quiencon igual propósito someta intencionalmente al grupo a condiciones de exis-tencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial.

En caso de que los responsables de dichos delitos fueran gobernantes, fun-cionarios o empleados públicos y las cometieren en ejercicio de sus funcioneso con motivo de ellas, además de las sanciones establecidas en este artículo seles aplicarán las penas señaladas en el artículo 15 de la Ley de Responsabilida-des de los Funcionarios y Empleados de la Federación.11

En los casos que hemos analizado de los conflictos agrarios entre Teo-jomulco y Texmelucan, pero sobre todo el de Teojomulco con Xochiltepec,el Estado mexicano, con la suma de omisiones y acciones llevadas a cabo conrelación a los procedimientos que los pueblos siguieron para resolver de acuer-do con el paradigma de la reforma agraria sus conflictos limítrofes, desenca-denaron la violencia, el autogenocidio.

Por ese motivo, a las políticas etnocidas tradicionales del estado, en elcaso de los conflictos por límites, se suman históricamente conductas geno-cidas. Desgraciadamente pareciera no haber elementos para juzgar a un Esta-do-nación completo por sus prácticas históricas y el asunto se establece comouna denuncia.

No nos referimos sólo en este caso a conductas de servidores públicosconcretos y de individuos concretos de alguna comunidad, en cuyo caso lasautoridades responsables deberán establecer si tipifican como constitutivas

11 “Código Penal Federal”, en Prontuario jurídico de la Procuraduría General de la Re-pública, t. 1.

Por otra parte, la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado deOaxaca, publicada mediante el Decreto 266 en el Extra del Periódico Oficial del Gobiernodel Estado de Oaxaca el 19 de junio de 1998, señala en el artículo 16 que:

Comete el delito de etnocidio y se sancionará con prisión de tres a seis años y multa dedoscientos a quinientos salarios mínimos:I. Al que por cualquier medio atente contra el derecho de los pueblos y comunidades

indígenas a disfrutar, enriquecer y trasmitir su propia cultura y su propia lengua;II. Al que atente contra la integridad física, salud o reproducción de los integrantes de

los pueblos y comunidades indígenas con el propósito de destruirlos total o parcial-mente;

III.Al que fomente de manera coercitiva y por medio de la violencia o el engaño laasimilación de los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas a otras cul-turas o modos de vida; o motiven su dispersión a través de desplazamientos o sepa-raciones involuntarias de sus familias o de sus territorios. Ley de derechos de lospueblos y comunidades indígenas del estado de Oaxaca, núm. 5, pp. 35-36.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 117

del delito de genocidio. Hacemos énfasis en el carácter estructural del Estadomexicano y sus políticas. Hacía ahí deben apuntar los esfuerzos por resolverla problemática agraria, independientemente de que de manera contemporá-nea se puedan encontrar actitudes concretas de servidores públicos y perso-nas que deben ser sancionadas con todo el rigor de la ley.

III. POLÍTICAS DE ESTADO

La cuestión del campo, aun tiene mucho que pedirle a un Estado que preten-de la justicia social en un nuevo milenio.

La imaginación frente a esta problemática tiene que ir más allá. Es posibledesde la perspectiva del gobierno federal, del congreso y de las principalesfuerzas políticas de México, sentar un precedente para el futuro de los pue-blos indios de México, en especial estos pueblos que viven en la miseria yque disputan sus territorios con guerras que estallan cada cierto número deaños por acontecimientos que desencadenan el cúmulo de afrentas y odiosmutuos.

Es necesario definir un programa por la solución de todos los conflictospor límites intercomunitarios apoyados en algunas herramientas como: a) ladisposición de recursos para programas de desarrollo en la zona amarradosa programas de distensión, negociación, conciliación, que permitan sentarlas bases para encontrar salidas definitivas a estas problemáticas; b) a crearuna bolsa federal para compra de tierras a otros pueblos, a particulares o alos mismos involucrados a fin de resolver las disputas.

El Plan Puebla Panamá, propuesta de desarrollo regional al parecer aban-donada ya, no prosperará si antes no se toman medidas al respecto.

Finalmente, la acción concertada de corte nacional deberá incluir, en la pos-tergada reforma constitucional plena en materia indígena, la rectificación deuna omisión de estos últimos años en torno a la problemática de los pueblosindígenas: la adición al artículo 27 constitucional en materia de conflictospor límites intercomunitarios y el compromiso del Estado mexicano para re-solverlos junto con los actores de los mismos, de acuerdo con ellos. Sólo de esamanera podremos pensar que los caminos del etnocidio y el extremo del ge-nocidio que ha recorrido históricamente han comenzado a clausurarse.

[119]

CRONOLOGÍA DE LOS CONFLICTOS POR LÍMITESCOMUNALES TEOJOMULCO-XOCHILTEPEC

Y TEOJOMULCO-TEXMELUCAN,SOLA DE VEGA, OAXACA

Fecha de referencia Acontecimientos

10 de octubre de 1521 Por su adhesión Cortés otorga terrenos al caci-que y plebeyos de Santo Domingo Teoxomul-co (incluye los pueblos sujetos de San LorenzoTeoxomulco y Santiago el Menor).

1794 Naturales de San Lorenzo Teojomulco (hoy Tex-melucan) solicitan no depender de Santo Domin-go Teojomulco y nombrar a sus propias autori-dades.

1801 El virrey ordena la erección de San Lorenzo Teo-jomulco como pueblo libre, y que se elijan auto-ridades con arreglo a las ordenanzas en la materia.La cuestión de tierras deberá tratarse en juicioaparte.

1844 En la división territorial de 1844 San LorenzoTeojomulco ya aparece con su actual nombre:San Lorenzo Texmelucan.

25 de junio de 1856 Se emite la llamada Ley Lerdo.1881 Ante la presión de los jefes políticos, los pue-

blos tienen que simular el reparto de sus tierras.Así pasa con el terreno de Teojomulco y Texme-lucan.

11 de julio de 1892 Otra simulación. Convenio entre las autoridadesmunicipales de Santo Domingo Teojomulco ySantiago el Menor (hoy Xochiltepec), por el que

120 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

el primero cede el paraje Ixtache al segundo acambio de una renta anual de 18 pesos plata parael pago de las contribuciones.

5 de febrero de 1917 Promulgación de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos.

23 de febrero de 1925 Santiago el Menor informa al gobernador del es-tado del convenio realizado en 1892 y 1893 so-bre donación de terreno y de notas recibidas porautoridades de Teojomulco prohibiéndoles intro-ducirse en el mismo y otros puntos.

12 de mayo de 1925 Se pacta que una comisión del gobierno inspec-cione linderos que cada pueblo considera comosuyos, así como dejar el terreno en disputa librehasta la vista de ojo.

6 de junio de 1925 Texmelucan acusa a Teojomulco de utilizar fal-samente unas escrituras de 1921, procedentes deuna donación al municipio que recibieron de sunatural Porfirio Cruz Villanueva, de un terrenoque se había adjudicado supuestamente en 1881.El problema surge porque en la adjudicación sehace aparecer que los terrenos son de Teojo-mulco, cuando en realidad son mancomunadosentre los tres pueblos.

Mediados de 1926 El jefe del Departamento de Fomento comunicaa Santiago el Menor que próximamente, sin pre-cisar fecha, se nombrará al Delegado de Límitesen el estado, que resolverá las dificultades en cues-tión, por lo que solicita respeten mientras tantola zona en disputa.

1 de marzo de 1927 Para fijar los linderos entre San Lorenzo Texme-lucan y Santo Domingo Teojomulco se realizaun recorrido conjunto de pobladores y represen-tantes del gobierno. Logran fijar una mojoneraque se denominará “Unión”, misma que será lin-dero entre ambos. No concilian en los siguien-tes puntos limítrofes por lo que cada uno se re-serva su derecho para acudir a las instanciaslegales para reclamar lo propio.

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 121

10 de enero de 1934 El Diario Oficial de la Federación publica la pri-mera reforma al artículo 27 constitucional. Secrea el Departamento Agrario y se establecenprocedimientos para la Reforma Agraria, perotambién se eliminan párrafos que otorgan de-rechos a pueblos, tribus y congregaciones, yen su lugar se habla de núcleos de población.

6 de diciembre de 1937 Se adiciona el párrafo VII del artículo 27 cons-titucional, que establece que las cuestiones porlímites de terrenos comunales que estén pen-dientes o se susciten entre dos o más centrosde población son de jurisdicción federal.

13 de marzo de 1939 La Comisión Agraria Mixta del Estado de Oaxa-ca convoca a Teojomulco, Xochiltepec, Textitlány otros vecinos para que se reúnan en el puntotrino de los dos pueblos con San Pedro el Altopara iniciar deslinde.

21 de marzo de 1939 Problemas en el deslinde: Textitlán y Xochiltepecreconocen un mismo paraje señalado en los do-cumentos como “Cerro Bola”, pero Teojomulcoreconoce otro. Teojomulco propone que se divi-diera la diferencia y el límite los atravesara pormitad en lo que cada uno consideraba suyo. Peroluego se desisten y abandonan el recorrido. Enbase a lo avanzado se realiza un plano para quecon él mismo y los documentos de los pueblos,el gobierno federal resuelva.

25 de marzo de 1939 La Liga Regional Campesina, a nombre de 17comunidades de la región, acusa a Teojomulcode incendiar ranchos de Santiago el Menor y sunegativa a llegar a un acuerdo en el que cadapueblo ceda la mitad de lo que considera suyo.

21 de abril de 1939 Teojomulco expone que tiene escritura y mapaoriginal de terrenos proporcionados por HernánCortés en 1521 y confirmados en 1552 por Luisde Velasco, virrey de Nueva España. Que el ran-cho de Santiago el Menor era parte de sus lími-tes. Que no desean extenderse fuera de sus lin-

122 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

deros pero no permitirán que otros quieran aca-parar sus terrenos. Rechazan lo dicho por la LigaRegional Campesina.

7 de junio de 1939 Se informa a Santiago el Menor que el expedientey el plano del recorrido serán enviados a la auto-ridad federal para que resuelva, toda vez que nofue posible hacerlo localmente.

8 de mayo de 1941 Autoridades municipales y vecinos de Teojo-mulco inician ante el Departamento Agrario elexpediente de reconocimiento y titulación de susbienes comunales.

18 de junio de 1941 Venta del ayuntamiento de Villa Sola de Vega aTexmelucan de los terrenos “El Arador” y “ElXúchil” que Teojomulco reclama como suyos.Se inician los enfrentamientos armados.

8 de junio de 1945 Son asesinados dos pobladores de Texmelu-can al trabajar sus parcelas en la zona de liti-gio. Se suspende el trabajo agrícola en terrenosen disputa.

24 de agosto de 1945 El dictamen paleográfico confirma la autentici-dad de los documentos de Teojomulco.

10 de octubre de 1945 Xochiltepec solicita la devolución de los docu-mentos del siglo XIX que envió a México paraavanzar en la resolución en su propio expedienteiniciado e informa que Teojomulco ha invadidoparte de los terrenos que vigila con 16 personasarmadas; que en 1939 les destruyeron un ranchoquemando casas y robando máquinas de coser yanimales.

18 de junio de 1947 Se recrudecen las diferencias. El MP, acom-pañado de fuerzas del 40 Batallón de Infantería,recorre la zona. Se reúnen con autoridades deTeojomulco y Texmelucan para conciliar. Am-bos muestran sus respectivos documentos.Teojomulco menciona que su asamblea acordóque el terreno se dividiera mitad para ellos mi-tad para Texmelucan, pero el último no aceptó.Por lo que proponen recuperar esa propuesta o

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 123

bien que se les pague una cantidad de dinero porla otra mitad. Texmelucan, como ya ha pagado aSola, duda aceptar el ofrecimiento pero está deacuerdo en el deslinde con un ingeniero del go-bierno.

5 de octubre de 1951 Se levanta otra acta de acuerdo para buscar so-lución al conflicto Texmelucan-Teojomulco.

1960 A 19 años de litigio por los parajes “El Xúchil”y “El Arador”, ya ha habido varios muertosde uno y otro lado de Texmelucan y Teojomul-co. El 5 de octubre hubo una conciliación en Oa-xaca y el 15 de noviembre Texmelucan envía unescrito proponiendo linderos para negociar a Teo-jomulco.

9 de mayo de 1966 No obstante el conflicto limítrofe, el PresidenteGustavo Díaz Ordaz emite un Decreto Presiden-cial en el que se reconocen y ordena titular 18,911hectáreas de propiedad comunal, para 805 co-muneros de Santo Domingo Teojomulco. Se afir-ma que se comprobó que no había problema li-mítrofe alguno ni propiedades particulares en elpolígono en cuestión. Asimismo se ordena la pu-blicación del decreto en el Diario Oficial de laFederación (26/sep./66) y en el Periódico Ofi-cial del gobierno del estado de Oaxaca.

16 de diciembre de 1966 Emisión del Decreto Presidencial que reconocey titula 1,719 hectáreas a 76 comuneros de San-tiago Xochiltepec.

1968 Xochiltepec inicia un juicio de amparo en contrade la resolución presidencial a favor de Teojo-mulco. Obtiene sentencia de amparo a su favorcon fecha 11 de enero de 1971.

1972 San Lorenzo Texmelucan promueve amparo con-tra la resolución a favor de Teojomulco que afec-taba varios de sus poblados por un total de 6,000hectáreas. Los dos procedimientos de amparo im-pidieron la ejecución de la resolución presiden-cial en el terreno de los hechos y siguió prolon-

124 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

gando el conflicto. El 27 de junio de 1973 la jus-ticia federal protege el reclamo de Texmelucan.

2 de diciembre de 1982 El Delegado de la SRA en Oaxaca ordena el le-vantamiento topográfico de los terrenos en con-flicto entre Teojomulco y Xochiltepec. Se reali-zaron trabajos de fotoidentificación y la revisióntécnica pero se encontraron deficiencias en losmismos. Por la disputa no se pudo realizar el tra-bajo topográfico posterior.

6 de enero de 1992 Derogación de la Ley Federal de la Refor-ma Agraria y emisión de la Ley Agraria, y le-yes reglamentarias, que establecen el fin delreparto agrario y se mandan instalar tribu-nales agrarios para resolver el rezago pen-diente.

28 de agosto de 1996 El Cuerpo Consultivo Agrario acuerda remitirel conflicto Teojomulco-Xochiltepec al Tribu-nal Superior Agrario. Lo mismo acontece en otrafecha anterior con el expediente Teojomulco-Texmelucan.

14 de octubre de 1996 El Tribunal Superior Agrario remite al XXI Tri-bunal Unitario Agrario de Distrito (TUAD) ladocumentación, el cual instala en esta fecha elexpediente de procedimiento por juicio por lí-mites entre los poblados de San Lorenzo Texme-lucan y Santo Domingo Teojomulco, en cumpli-miento a la sentencia de 1973.

20 de enero de 1997 El XXI TUAD instaló el expediente de procedi-miento por juicio por límites entre los pobladosde Santo Domingo Teojomulco y Santiago Xo-chiltepec en cumplimiento de la ejecutoria deljuicio de amparo dada en 1973.

1998 Para diciembre de 1988 se tenían seis mesesde enfrentamientos frecuentes entre Teojo-mulco y Texmelucan, sobre todo por la dispu-ta del terreno conocido como “El Piojo”. Ennoviembre en enfrentamientos muere unteojomulquense. El 1 de diciembre, en el Ce-

LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 125

rro del Rayo y puntos aledaños caen cerca de20 personas de uno y otro lado. A la fecha sehabla de 200 muertos entre los dos pueblosen su disputa agravada desde 1941.

10 de marzo de 1999 El TUAD resuelve: 1) dar de baja el expedientede reconocimiento y titulación de Teojomulco,ya que fue resuelto mediante resolución y quese reserve para sustanciar el conflicto por lími-tes con Texmelucan, y 2) como no se trata de unrezago agrario, sino administrativo, porque yaexiste resolución presidencial, se ordena a la SRAque ejecute la resolución presidencial respectode la superficie que no fue materia de amparo,es decir, las 12,911 hectáreas restantes.

7 de abril de 1999 El TUAD resuelve que, como se trata de un re-zago administrativo, y no lo que se entiende porrezago agrario, se requiera a la SRA para llevara cabo los trabajos de fotoidentificación, revi-sión de los mismos y levantamiento topográfi-co, para luego remitir al TUAD para la integra-ción y sustanciación del expediente de conflictopor límites entre Teojomulco y Xochiltepec.

17 de abril de 2001 El TUAD resuelve el conflicto entre Xochiltepecy Teojomulco, tomando como base el conveniosuscrito el 11 de julio de 1892 y ratificado anteel juzgado de Juquila el 16 de marzo de 1893entre las autoridades de Teojomulco y Xo-chiltepec, por medio del cual “tuvieron una arre-glo amistoso sobre los terrenos que han tenidoen mancomún desde tiempo inmemorial, aten-diendo a la disposición del gobierno sobre quese repartan los terrenos de la república”.

23 de noviembre de 2001 Teojomulco se inconforma por la resolución deabril e interpone un juicio de revisión ante el Tri-bunal Superior Agrario, que revoca la sentenciade abril y ordena reponer el procedimiento apartir de los trabajos técnicos informativos paraconocer la superficie en litigio, notificando de-bidamente a las comunidades en cuestión.

126 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

28 de noviembre de 2001 Con expediente separado, el XXI TUAD emitesentencia por la cual se le reconocen a Xochilte-pec 2 mil 096-08-82.15 hectáreas en zona libre deconflicto a 76 comuneros. Esta resolución se eje-cuta el 25 de enero de 2002, por lo que se suponeque no presentaban conflictos con otros pueblos.

7 de marzo de 2002 Pobladores de Las Huertas (agencia de Teojomul-co) se dirigieron por citatorio dado por la Semarnatrelacionado con el otorgamiento de permisos deaprovechamiento forestal, al punto cuatrino don-de colindan los pueblos Textitlán, Xiochiltepec,Zaniza y Teojomulco. Al acercarse al lugar fue-ron atacados a tiros desde la maleza, resultandoun muerto y dos heridos de Las Huertas.

31 de mayo de 2002 Cuando regresaban de trabajar en el aserraderode la Cofradía en terrenos de San Pedro El Alto,en el paraje Agua Fría, 26 campesinos de Xochil-tepec fueron masacrados brutalmente con armasde alto calibre. Las investigaciones posterioresapuntarían al poblado de Las Huertas, asentadoen un terreno en disputa entre Teojomulco y Xo-chiltepec desde 1925: hace 77 años. 17 personasfueron detenidas.

Octubre de 2003 Varios de los detenidos ya han sido liberados. Nose han esclarecido los hechos por parte del go-bierno del estado, ni se han terminado de deter-minar a los culpables. El gobierno federal tam-poco ha avanzado en sus responsabilidades.

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LA MASACRE DE AGUA FRÍA, OAXACA 131

Periódicos y revistas

En Marcha. Oaxaca, mayo-noviembre de 2002.Excelsior. México, mayo-noviembre de 2002.El Imparcial. Oaxaca, mayo-noviembre de 2002.La Jornada. México, mayo-noviembre de 2002.Milenio Diario. México, mayo-noviembre de 2002.Milenio Semanal. México, mayo-noviembre de 2002.Noticias. Oaxaca, mayo-noviembre de 2002.Proceso. México, mayo-noviembre de 2002.

Archivos

ARCHIVO GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA (AGEPEO)Adjudicaciones, leg. 47, exp. 24, 8 ff.Asuntos Agrarios. Conflictos por Límites. Leg. 36, exp.2, 74 ff.Asuntos Agrarios. Conflicto por Límites. Leg. 36, exp. 11, 16 ff.Asuntos Agrarios. Conflicto por Límites. Leg. 36, exp. 19, 8 ff.

ARCHIVO DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL (RAN) en OaxacaSanto Domingo Teojomulco, municipio del mismo nombre, Distrito de Sola

de Vega. Bienes comunales, tomo I, exp. 276.413 ff .539.Santo Domingo Teojomulco, municipio del mismo nombre, Distrito de Sola

de Vega. Dotación de tierras, exp. 24/57, ff. 131.

MAPAS

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136 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

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138 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

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La masacre de Agua Fría, Oaxaca. ¿Etnocidio y ge-nocidio estatal o autogenocidio comunitario?, edi-tado por la Comisión Nacional de los Derechos Huma-nos, se terminó de imprimir en septiembre de 2004en los talleres de GRABADOS E IMPRESOS ALATORRE,S. A., Venado núm. 104, col. Los Olivos Tláhuac, C. P.13210, México, D. F. El cuidado de la edición estuvoa cargo de la Dirección de Publicaciones de esta Co-misión Nacional. El tiraje consta de 2,000 ejemplares.