jurisdicción indígena en la actual legislación boliviana

Upload: luis

Post on 06-Jul-2018

224 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    1/23

    JURISDICCIÓN INDÍGENA EN LA ACTUAL LEGISLACIÓN

    BOLIVIANA

    ANÁLISIS DE LA NORMATIVA POSITIVA Y JURISPRUDENCIAL

    Luis Abel Zárate Meriles

    I INTRODUCCIÓN

    En febrero de 2009, el Estado plurinacional Boliia pro!ul"# su actual

    Constituci#n $ol%tica&

    'a nuea Constituci#n puso a Boliia a la an"uardia en el reconoci!iento de

    los derec(os de los pueblos ind%"enas en 'atinoa!)rica*+  pues no solo

    reconoce la libre deter!inaci#n autono!%a de los $ueblos ind%"enas, sino

    -ue se reconoce a s% !is!o, co!o Estado $lurinacional ./rt& + 1.20091&

    Bao este ca!bio de paradi"!a del concepto de Estado .De 3ousa, 20041,

    Boliia inici# un proceso de reestructuraci#n estatal a fin de (acer realidad los

    principios propu"nados los derec(os prote"idos por su Carta 5a"na& En este

    intento, co!o es de entenderse, se (an suscitado diersas discusiones tanto

    te#ricas co!o pra"!6ticas&

    Una de las discusiones boliianas !6s fuertes2  fue en su !o!ento, el alcance

    de la 7usticia Ind%"ena Ori"inario Ca!pesina,8  a -ue al reconocerse el1 Junto a Bolivia, encontramos legislaciones de avanzada en materia de pluralismo jurídico, como las Constituciones de países como Ecuador y Colombia. En un estratomenor, con un reconocimiento limitado a la jurisdicción indígena, tenemos a M!ico,"uatemala, #er$ y #anam%.

    & #odemos citar discusiones importantes como las re'erentes a la (ey de)utonomías, (ey de *idrocarburos, (ey de Educación, leyes de re'ormas penales,leyes impositivas, e incluso leyes +ue a'ectan directamente a pueblos indígenascomo la (ey de Consulta #revia. er- Castillo, *. &/10. Perfles de la conictividad

    social en Bolivia. 2arija- 3nir0 4enominado así por el art. 1/ de la C#E. #ara m%s sobre el trmino indígenaoriginario campesino ver- "uzm%n, 5. &//6. Modelo político Taypi, Introducción al

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    2/23

    pluralis!o ur%dico .art& + 2 C$E1, necesaria!ente se deb%a fiar los l%!ites de

    la urisdicci#n ind%"ena ori"inario ca!pesina respecto de las otras

     urisdicciones reconocidas constitucional!ente: 

    Es as% co!o se lle"#, en dicie!bre de 20+0 con !uc(as cr%ticas posteriores ;,a la pro!ul"aci#n de la le de deslinde urisdiccional, por la cual se define los

    6!bitos de aplicaci#n !aterial, personal territorial de la urisdicci#n ind%"ena

    ori"inario ca!pesina&

    En esta countura, el presente trabao busca describir la situaci#n de la

     urisdicci#n ind%"ena en la nor!atia positia Boliiana* de esa !anera

    brindar una pri!era apro

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    3/23

    El pluralis!o ur%dico parte de la noci#n de -ue, en un !is!o espacio tie!po

    deter!inado, pueden coe

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    4/23

    En sus inicios, las disposiciones de autodeter!inaci#n de arias declaraciones

    conenios de Naciones Unidas, pro!oieron la independencia de los pueblos

    coloni=ados& Instru!entos internacionales co!o la Carta de Naciones Unidas

    de +9:;, la Declaraci#n sobre la concesi#n de Independencia de los pa%ses

    pueblos coloniales de +90, Declaraci#n sobre los principios de Derec(o

    Internacional referente a las relaciones de a!istad la relaci#n entre los

    Estados de confor!idad a la Carta de Naciones Unidas ./lterini, 20++1*

    sirieron para este fin&

    $ero en realidad, el derec(o de autodeter!inaci#n de los pueblos .no

    ind%"enas1se io consolidado por el art%culo + del $acto internacional de

    derec(os ciiles pol%ticos, el art%culo + del $acto internacional de derec(osecon#!icos, sociales culturales de +9 -ue coinciden diciendo

    1. “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En

    virtud de este derecho establecen libremente su condición política y 

     proveen asimismo su desarrollo económico social y cultural !"#$ 

    El t)r!ino FpuebloG fue deli!itado solo para referirse a pueblos de un territorio

    coloni=ado por un poder e

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    5/23

     /l fin, la batalla se io "anada en el 2004 con la Declaraci#n de Naciones

    Unidas sobre los derec(os de los pueblos ind%"enas .ONU, 20041

     /l respecto, dic(o instru!ento a establece en su pre6!bulo la i!portancia

    funda!ental del derec(o a la libre deter!inaci#n

    “" %econociendo &ue la 'arta de (aciones )nidas el *acto

    internacional de derechos económicos sociales y culturales el *acto

    internacional de derechos civiles y políticos así como la +eclaración y 

    *ro,rama de acción de -iena airman la importancia undamental del 

    derecho de todos los pueblos a la libre determinación en virtud del 

    cual /stos determinan libremente su condición política y persi,uen

    libremente su desarrollo económico social y cultural

    Teniendo presente &ue nada de lo contenido en la presente

    +eclaración podrá utili0arse para ne,ar a nin,n pueblo su derecho a

    la libre determinación e2ercido de conormidad con el derecho

    internacional"$ .

    El art%culo 8 reconoce el derec(o de los pueblos ind%"enas a la libre

    deter!inaci#n 

    “Artículo 34 Los pueblos indí,enas tienen derecho a la libre

    determinación En virtud de este derecho determinan libremente su

    1. El presente Convenio se aplica-

    a ) los pueblos triviales en países independientes, cuyas condiciones sociales,culturales y económicas les distingan de otros sectores de la colectividad nacional, y+ue estn regidos total o parcialmente por sus propias costumbres.

    b ) los pueblos en países independientes, considerados indígenas por el ;ec;o dedescender de poblaciones +ue ;abitaban en el país o en una región geogr%

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    6/23

    condición política y persi,uen libremente su desarrollo económico

    social y cultural$.

    De esta !anera, los pueblos ind%"enas (o tienen reconocido un derec(o

    (ist#rica!ente perse"uido& ./naa, 200:1 Derecho al ejercicio de sus sistemas jurídicos

    a defini!os preia!ente co!o fue la luc(a de los pueblos ind%"enas por 

    alcan=ar el derec(o de libre deter!inaci#n, peroJ K-u) "anaron los pueblos

    ind%"enas con el reconoci!iento de su derec(o a la libre deter!inaci#nL

    'a respuesta nos las da la propia Declaraci#n de Naciones Unidas sobre

    derec(os de los pueblos ind%"enas en sus art%culos 8 :

    “!"# En virtud de este derecho determinan libremente su condición

     política y persi,uen libremente su desarrollo económico social y 

    cultural$.

    “Los pueblos indí,enas en e2ercicio de su derecho a la libre

    determinación tienen derecho a la autonomía o al auto,obierno en

    las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales así 

    como a disponer de medios para inanciar sus unciones autónomas$.

     /(ora bien, en relaci#n al pluralis!o ur%dico, al reconocerse el derec(o de libre

    deter!inaci#n de los pueblos ind%"enas, el art%culo ; de la !encionada

    Declaraci#n reconoce ta!bi)n el derec(o a eercer sus propios siste!as de

    ad!inistraci#n de usticia en el !arco del respeto a las nor!as internacionales

    en !ateria de derec(os (u!anos

    “Los pueblos indí,enas tienen derecho a conservar y reor0ar sus

     propias instituciones políticas 2urídicas económicas sociales y 

    culturales manteniendo a la ve0 su derecho a participar plenamente

    si lo desean en la vida política económica social y cultural del 

    Estado$ 5 .

    > Esto signi

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    7/23

    Con todo esto, tene!os -ue la actual nor!atia internacional establece la

    protecci#n actia del derec(o ind%"ena a ad!inistrar, pro!oer, desarrollar

    !antener sus propios siste!as ur%dicos, fiando co!o un l%!ite para su

    eercicio el respeto a los derec(os (u!anos&

    III 'EI3'/CIÓN 7URI3$RUDENCI/ BO'IMI/N/ RE3$ECTO / '/

    7URI3DICCIÓN IND>EN/ ORIIN/RIO C/5$E3IN/

    Boliia, Ecuador Colo!bia, son los e

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    8/23

    a en su pre6!bulo, esta constituci#n (ace alusi#n a la pluralidad cultural de

    sus (abitantes, al pasado colonial poscolonial de Boliia, a la construcci#n

    de un Estado Unitario 3ocial de derec(o $lurinacional Co!unitario  cuo

    concepto no se pretende debatir en este trabao&

    En pri!er art%culo el Estado Boliiano se reconoce co!o Estado $lurinacional 9

    este concepto, para autores co!o Carlos Bo(rt solo es inteli"ible en una nuea

    episte!olo"%a constitucional con un claro incentio consociacional -ue abre la

    or"ani=aci#n estatal, a una !aor representaci#n ind%"ena en los distintos

    #r"anos del poder pblico& .200:1

    En el art%culo dos, el Estado "aranti=a la 'ibre Deter!inaci#n de los pueblos

    ind%"ena ori"inario ca!pesinos+0 en el !arco de la unidad del estado, e indica

    -ue este derec(o consiste en el eercicio a su derec(o a la autono!%a,

    auto"obierno, cultura, al reconoci!iento a sus instituciones a la consolidaci#n

    de sus entidades territoriales&

    En su t%tulo III respecto a urisdicci#n ind%"ena, la constituci#n se refiere al

    Ór"ano 7udicial al Tribunal Constitucional $lurinacional donde dea claro lo

    si"uiente

    +& Boliia reconoce al pluralis!o ur%dico co!o principio base de la usticia

    estatal&

    2& 'a funci#n udicial es nica, pero distribuida en urisdicci#n ordinaria,

     urisdicci#n a"roa!biental urisdicci#n ind%"ena& Todas cuentan con

    una i"ualdad de erar-u%a&

    @ #ara mayor desarrollo sobre este trmino- de Aousa, B. &//>. La reinvención delEstado y el Estado Plurinacional. Aanta Cruz- )lianza 8nstitucional

    ? )nterior a esta constitución 'ue la promulgada en 1?6> con re'ormas introducidasmediante ley 1:@: de 1& de agosto de 1??7, ley &71/ de @ de agosto de &//& y ley0/@? de 6 de julio de &//:. En el primer artículo indicaba- )rtículo 1. Clase deEstado y Dorma de "obierno. 8. Bolivia, libre, independiente, soberana, multitnica ypluricultural, constituida en ep$blica 3nitaria, adopta para su gobierno la 'ormademocr%tica representativa y participativa, 'undada en la unión y la solidaridad detodos los bolivianos. 88. Es un Estado Aocial y 4emocr%tico de 4erec;o +ue sostienecomo valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la igualdad y la justicia

    1/ #ara entender la construcción ;istórica de lo indígena originario campesino ver-MEA) "8ABE2, C. &/1&. *istoria de Bolivia. (a #az- "isbert. F Gabaleta, y8E) A. 1?@>. Bolivia, oy . M!ico- Aiglo HH8.

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    9/23

    8& 'a usticia constitucional es eercida por el Tribunal Constitucional

    $lurinacional&

    :& 'a urisdicci#n ind%"ena cuenta con un reconoci!iento constitucional de

    las autoridades ind%"enas co!o a"entes eecutores de las funciones urisdiccionales co!petencia ind%"ena&

    ;& 'a urisdicci#n ind%"ena ori"inario ca!pesina se eerce con base a

    alores culturales, nor!as procedi!ientos propios de cada co!unidad&

    & 3e deli!ita de !anera "eneral los 6!bitos de aplicaci#n personal,

    !aterial territorial&

    4& 3e ordena a todo funcionario pblico persona en "eneral a acatar las

    decisiones de la urisdicci#n ind%"ena ori"inario ca!pesina&

    & $ara el cu!pli!iento de las decisiones urisdiccionales ind%"enas, sus

    autoridades podr6n solicitar el apoo de los #r"anos co!petentes del

    Estado&

    9& El Estado debe pro!oer fortalecer la usticia ind%"ena ori"inario

    ca!pesina creando !ecanis!os de coordinaci#n cooperaci#n entre

    todas las urisdicciones&

    Ley 0! " Ley de deslinde jurisdiccional 

    $ro!ul"ada el 29 de dicie!bre de 20+0 constitue co!o obeto re"ular los

    6!bitos de i"encia, dispuestos en la constituci#n $ol%tica del Estado, entre la

     urisdicci#n ind%"ena ori"inario ca!pesina las otras urisdicciones reconocidas

    constitucional!ente* deter!inar los !ecanis!os de coordinaci#n cooperaci#n entre estas urisdicciones, en el !arco del pluralis!o ur%dico&

    Esta le se basa en los principios de respeto a la unidad e inte"ridad del estado

    $lurinacional, de relaci#n espiritual entre las naciones pueblos ind%"ena

    ori"inario ca!pesinos la 5adre Tierra, de diersidad cultural, de

    interpretaci#n cultural, de pluralis!o ur%dico con i"ualdad er6r-uica, de

    co!ple!entariedad, de independencia, de e-uidad e i"ualdad de ")nero de

    i"ualdad de oportunidades&

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    10/23

    'a le identifica !ecanis!os de coordinaci#n !ecanis!o de cooperaci#n& 'a

    pri!era, referida a los !ecanis!os de coordinaci#n entre la urisdicci#n

    ordinaria, la a"roa!biental la ind%"ena ori"inaria ca!pesina indica

    a1 Estableci!iento de siste!as de acceso transparente a infor!aci#nsobre (ec(os antecedentes de personas&

    b1 Estableci!ientos de espacios de di6lo"o otras for!as, sobre la

    aplicaci#n de los derec(os (u!anos en sus resoluciones,

    c1 Estableci!iento de espacios de di6lo"o para el interca!bio de

    e

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    11/23

    +elimitación de la 2urisdicción indí,ena4

    De la lectura de la Constituci#n Boliiana de la le 049 pode!os decir -ue

    •  6mbito de aplicación personal

    Est6n suetos a esta urisdicci#n los !ie!bros de la naci#n o pueblo

    ind%"ena ori"inario ca!pesino, sea -ue acten co!o actores o

    de!andado, denunciantes o -uerellantes, denunciados o i!putados,

    recurrentes o recurridos&

    •  6mbito de aplicación material 

    En !ateria penal los delitos contra el derec(o internacional, los delitospor cr%!enes de lesa (u!anidad, los delitos contra la se"uridad interna

    e

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    12/23

    $or esta li!itaci#n es -ue la co!unidad internacional critica dura!ente

    la le"islaci#n boliiana&

    •  6mbito de aplicación territorial 

    3e aplica a las relaciones o (ec(os ur%dicos -ue se reali=an o cuos

    efectos se producen dentro de la urisdicci#n de un pueblo ind%"ena

    ori"inario ca!pesino, sie!pre cuando concurran los otros 6!bitos de

    i"encia& Es decir, -ue solo el 6!bito de aplicaci#n territorial per s) no

    serir%a de funda!ento para aplicar deli!itar la urisdicci#n ind%"ena

    ori"inario ca!pesina&

    #urisprudencia boliviana en materia de jurisdicción indígena

    3e"n el art%culo 202 de la Constituci#n $ol%tica del Estado $lurinacional de

    Boliia, ser6 el Tribunal Constitucional $lurinacional el nico co!petente para

    resoler conflictos de co!petencia entre las 7urisdicciones /"roa!biental,

    Ordinara la Ind%"ena Ori"inario Ca!pesino&

    El actual tribunal Constitucional $lurinacional fue creado por le 024 de de

    7ulio de 20+0, .anterior!ente Tribunal Constitucional de Boliia con diferentes

    co!petencias1 est6 constituido por !a"istrados ele"idos por sufra"io uniersal,

    propuestos por las or"ani=aciones sociales de las naciones pueblos

    ind%"enas, la sociedad ciil boliiana en "eneral& 'a co!posici#n del tribunal

    se encuentra representada paritaria!ente entre el siste!a FordinarioG el

    siste!a Fori"inario, ind%"ena, ca!pesinoG de usticia .art%culos +9@ 20: C$E1

     / pesar de su corto tie!po de funciona!iento con las actuales co!petencias,

    el tribunal (a podido referirse a la urisprudencia en los si"uientes fallos

    • 3C 0+020+0 de de abril de 20+0

    “(o es posible conundir los “linchamientos$ con la aplicación de las

    sanciones de las naciones y pueblos indí,ena ori,inario campesinos en

    e2ercicio de la 2urisdicción indí,ena ori,inaria campesina7 pues por una

     parte esa 2urisdicción debe cumplir los ámbitos de vi,encia territorial y 

     personal basándose en los criterios establecidos por el 'onvenio 189

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    13/23

    de la :;T y ahora por el art.

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    14/23

    derechos y ,arantías marca el límite de la valide0 de las resoluciones y 

    determinaciones de la 2urisdicción indí,ena ori,inara campesina.

    En ese entendido tanto la 2urisdicción indí,ena ori,inaria campesina

    como la ordinaria están controladas por la 2usticia constitucional y endeinitiva por el Tribunal 'onstitucional *lurinacional ór,ano &ue debe

    controlar el respeto a los derechos y ,arantías undamentales ambas

     2urisdicciones considerando los principios ,enerales de la potestad de

    impartir 2usticia previstos en el art. 15< de la '*E entre ellos el 

     pluralismo 2urídico y la interculturalidad$.

    • 3C +;20+0 3C20+020+0 @ R

    Esta sentencia reali=a un escueto an6lisis (ist#rico de la influencia de los

    tratados +04 +9 de la OIT, de la Declaraci#n de Naciones Unidas

    sobre los derec(os de los pueblos ind%"enas en las constituciones

    boliianas&

     /su!e -ue, Fel Estado no solo asume los principios y valores propios

    de los pueblos indí,enas con principios y valores del Estado !art.

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    15/23

     Ambos niveles de administración de 2usticia al ,o0ar de i,ual 2erar&uía

    no se prev/ nin,n medio de revisión por parte de la 2urisdicción

    ordinaria de las resoluciones pronunciadas por la 2urisdicción indí,ena

    ori,inaria campesina7 es más toda autoridad pblica o persona debe

    acatar las decisiones de la 2urisdicción indí,ena ori,inaria campesina

     pudiendo las autoridades solicitar el apoyo de los ór,anos competentes

    del Estado !art. 19>#$.

    Esto tiene releancia para el derec(o de doble instancia@ doble

    confor!e& $ues no (a se"unda instancia en !ateria ind%"ena a -ue se

    trata del supre!o tribunal&

    “La 2urisdicción indí,ena ori,inaria campesina por otra parte de

    acuerdo al art. 19= de la '*E respeta el derecho a la vida a la deensa

    y demás derechos y ,arantías establecidos en la 'onstitución y tambi/n

    claro está en los Tratados ;nternacionales sobre +erechos umanos.

    +e lo dicho se establece &ue el respeto a derechos y ,arantías marca el 

    límite de la valide0 de las resoluciones y determinaciones de la

     2urisdicción indí,ena ori,inaria campesina$ &

    “'abe aBadir &ue el Tribunal 'onstitucional *lurinacional tambi/n

    consolidará el pluralismo 2urídico estableciendo los límites de la

     2urisdicción ordinaria y la indí,ena pues entres sus atribuciones tiene

    &ue conocer y resolver los conlictos de competencia entre esas

     2urisdicciones.

    El desaío por tanto es lo,rar &ue basados en el principio e

    interculturalidad se lo,re un sustrato mínimo comn buscándose launidad en la diversidad7 pues la e@istencia de un pluralismo 2urídico no

     puede ser considerada como una desor,ani0ación a@ioló,ica social y 

     2urídica4 “el reto del pluralismo 2urídico es permitir un diálo,o entre la

    noción de la unidad y de la diversidad de tal modo &ue se ,arantice a la

    ve0 la aplicación de los derechos humanos !noción universal# y el de los

    derechos consuetudinario de los ,rupos culturales !noción particularista#

    El Tribunal 'onstitucional debe reali0ar un detenido análisis para poder 

    administrar ob2etivamente 2usticia y res,uardar los derechos y ,arantías

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    16/23

    constitucionales siendo necesario destacar lo desarrollado en este

    campo por la 2urisprudencia del Tribunal 'onstitucional al respecto a la

    convivencia de la 2urisdicción indí,ena ori,inaria campesina y la

    ordinaria &ue en su C' =9>D>==3r estableció &ue4 “" debe lle,arse a

    un punto de conver,encia tal en el &ue ambos encuentren armónica

    convivencia sin &ue nin,uno avasalle al otro res,uardando en ambos

    los derechos colectivos de las comunidades y los derechos

    undamentales de las personas$$.

    3i bien los pueblos ind%"ena ori"inario ca!pesinos tienen reconocida su

    autono!%a pol%tica ur%dica, )sta debe eercitarse dentro de los

    par6!etros -ue la Constituci#n fia para los (abitantes de su territorio,to!ando en cuenta -ue an no e# En los casos

     previstos por los usos y costumbres de las comunidades y sus

    autoridades locales y de las or,ani0aciones indí,ena ori,inaria

    campesinas. Ahora bien debe seBalarse &ue las restricciones &ue se

    eecten tanto en uno como en otro caso y las determinaciones &ue se

    tomen al amparo de dichas normas deben ser ra0onables y responder a

    los ines y principios del Estado tomando en cuenta &ue /ste debe

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    17/23

     prote,er y ,aranti0ar el uso prioritario de a,ua para la vida en

    restricción arbitraria irra0onable del derecho al ,aua &ue pon,a en

    ries,o la propia vida de nin,una manera puede ser tolerada dentro de

    un Estado )nitario Cocial de +erecho *lurinacional 'omunitario como el 

    boliviano sustentando el principios como suma &amaBa !vivir bien#

    BandereFo !vida armoniosa# teFo Favi !vida buena# ivi marei !tierra sin

    mal# y &hapa2 Ban !camino o vida noble#

    'onsecuentemente el e2ercicio del derecho al a,ua no puede estar 

    limitado arbitrariamente ni supeditado al cumplimiento de condiciones

    a2enas a la prestación del servicio toda ve0 &ue si el derecho al a,ua es

    un derecho undamental cuya principal característica es laase&uibilidad es necesario airmar &ue la restricción a su acceso ya

    sea como una sanción o como un medio de presión para lo,rar ines

    a2enos a la propia prestación del servicio entre ellos ase,urar &ue los

    aectados cumplan otras obli,aciones lesiona este derecho undamental 

    !al a,ua# así como otros derechos con los cuales se encuentra

    vinculado pues como se tiene e@plicado el a,ua está intrínsecamente

    li,ado a la sobrevivencia de la persona y de los seres &ue la rodean$.

    • 3C +8920++@R

    “Tanto los derechos individuales como los derechos de los pueblos

    indí,enas ori,inario campesinos deben ser e2ercidos en el marco de la

    vi,encia plena del principio de respeto intracultural precepto rector cuya

    ,/nesis constitucional deviene del reconocimiento del pluralismo como

    elemento undante del Estado postulado a partir del cual se consolidará

    una verdadera y sólida pa0 social7 por tanto en situaciones en las

    cuales e@ista conlicto entre derechos de particulares no sometidos a

    una comunidad indí,ena ori,inaria y campesina por no concurrir los

    ámbitos de aplicación personal y material G disciplinados por el se,undo

     pará,rao del art. 191 de la '*E con la inalidad de res,uardar el 

     principio de respeto intercultrual y para ,aranti0ar esa vi,encia plena de

    derechos reconocida por el art. 13.1 de la '*E ase,urando así la

    vi,encia material de un postulado esencial del Estado *lurinacional de

    Holivia cual es el “vivir bien$ el ór,ano contralor de constitucionalidad

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    18/23

    ine&uívocamente a trav/s de la acción de amparo constitucional debe

    tutelar derechos de personas a2enas a la 2urisdicción indí,ena ori,inaria

    campesina y en conlicto con /stas siempre y cuando concurran los

     presupuestos ácticos para &ue a trav/s de esta acción de deensa se

     pueda brindar la tutela debida$ 

    • 3C +4;20++ R

    “La 2urisdicción indí,ena ori,inario campesina como la ordinaria están

    controladas por la 2usticia constitucional ór,ano &ue debe controlar el 

    respeto a los derechos y ,arantías undamentales en ambas

     2urisdicciones considerando los principios ,enerales de la potestad de

    impartir 2usticia previstos en el art. 15< de la '*E entre ellos el 

     pluralismo 2urídico la interculturalidad y la e&uidad$.

    • 3C +:2220+2

    “Ci bien la 2urisdicción indí,ena ori,inario campesina es compatible para

    la administración de 2usticia en el maro de los criterios materiales

     personales y territoriales disciplinados por el art. 191.;; de la

    'onstitución su e2ercicio se encuentra limitado al respecto de derechos

    undamentales los cuales deben ser aplicados e interpretados en

    conte@tos inter e intraculturales a cuyo eecto se coli,e &ue para la

    tutela de los mismo esta 2urisdicción se somete al control plural de

    constitucionalidad de acuerdo a pautas de interpretación intercultural$.

    “)n límite interesante establecido es el de los derechos de las mu2eres y 

    minoridad donde en conte@tos de intra e inter culturalidad el control  plural de constitucionalidad deberá ase,urar la consolidación de los

     principios de i,ualdad solidaridad e inclusión a trav/s de una

     ponderación reor0ada a la lu0 de una pauta especíica de

    interpretación 4 la interpretación intracultural avorable pro,resiva y 

    e@tensiva para estos sectores a cuyo eecto se establece la vi,encia

    del paradi,ma de la avorabilidad para mu2eres y minoridad al cual debe

    armoni0arse la cosmovisión de todo pueblo y nación indí,ena ori,inario

    campesina$.

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    19/23

    “El e2ercicio del control plural de constitucionalidad en su ámbito tutelar 

    a trav/s de la acción de libertad !habeas corpus# en relación a

    decisiones emer,entes de la 2urisdicción indí,ena ori,inario campesina

    no se encuentra sometida a los presupuestos procesales aplicables a

    los cuatro supuestos desarrollados por el art. 1>I de la '*E !atentados

    contra el derecho a la vida aectación de los derechos a la libertad ísica

    y de locomoción acto y omisión &ue constituya procesamiento indebido

    y acto u omisión &ue indi&ue persecución indebida# toda ve0 &ue los

    derechos undamentales en conte@tos intraculturales son su2etos de

    interpretación y de tutela de acuerdo a pautas inter e intra culturales de

    interpretación. Ce seBaló tambi/n &ue para decisiones emer,entes de

    la 2urisdicción indí,ena ori,inario campesina la acción de libertad será

    el mecanismo idóneo para conocer y resolver denuncias vinculadas al 

    derecho a la vida y cone@os a la lu0 del paradi,ma del vivir bien

    le@ibili0ándose en este caso cual&uier ritualismo o presupuesto procesal 

    e@i,ido para la activación de la acción de libertad en relación a

    decisiones &ue no emer2an de la 2urisdicción indí,ena ori,inario

    campesina$.

    •  /utor Constitucional 0++20+2

    “En el mismo sentido &ue la parte inal del comentario anterior allo el 

    tribunal dispuso &ue las autoridades de la 2urisdicción indí,ena no

    sancionarán con la p/rdida de tierras o la e@pulsión a las y los adultos

    mayores por causa de incumplimiento de deberes comunales car,os

    aportes y traba2os comunales$ &

    • 3C220+8

    “El tribunal indica &ue e@isten casos en los cuales los ciudadanos no

    indí,enas se someten voluntariamente a la 2urisdicción indí,ena. En el 

    caso tratado en la C' de un ciudadano &ue compró un terreno dentro de

    un territorio indí,ena. El tribunal entendió en este caso &ue si bien no se

    trata de un indí,ena al comprar el terreno tácitamente el comprador 

    estaría asumiendo las obli,aciones comunitarias &ue el pueblo impone.

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    20/23

    Establece con un criterio escueto &ue debe e@istir una relación

    armónica entre los ámbitos de aplicación personal material y territorial 

    de la 2urisdicción indí,ena a la hora de interpretar la competencia

    territorial. Es decir no basta con la sola competencia territorial$ &

    IM CONC'U3IONE3

    Co!o se puede constatar, la usticia ind%"ena bao la interpretaci#n intra e

    intercultural estatal est6 dando sus pri!eros pasos en Boliia& ?a !uc(as

    dudas respecto a la aplicaci#n de la urisdicci#n ind%"ena ori"inario ca!pesina

    desde lo ur%dico, al"unas de ellas pueden ser

    %especto a la competencia personal4

    Pu) pasa en los casos con pluralidad de autores de un FdelitoG cuando estos

    sean ind%"enas no ind%"enas&

    Pu) pasa cuando (a pluralidad de %cti!as en el caso anterior&

    Pu) pasa con un no ind%"ena -ue co!ete un FdelitoG dentro de la co!unidad

    ind%"ena& KEs aplicable la urisdicci#n ind%"ena o la ordinariaL

    Pu) pasa con los ind%"enas -ue co!enten delitos fuera del territorio ind%"ena&

    Pu) pasa con los FdelitosG co!etidos por autoridades ind%"enas en eercicio de

    sus funciones fuera del territorio ind%"ena

    3i un ind%"ena es sancionado por la usticia ordinaria lue"o se aplica usticia

    co!unitaria sobre )l& Kse puede i!poner una sanci#n ad!inistratia dic(aautoridadL

    %especto a la competencia material4

    K3on estas li!itaciones a la co!petencia de la usticia ind%"ena acordes al

    derec(o internacional de los derec(os (u!anos de los pueblos ind%"enasL

    Teniendo en cuenta -ue Boliia fir!# ratific# todos los tratados en !ateria

    ind%"ena&

    %especto a la competencia territorial4

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    21/23

    KEs necesario -ue concurran las tres co!petencias para -ue sea efectia la

    co!petencia territorial o basta ella solaL

    %especto al uncionamiento en ,eneral4

    KCu6ndo se pondr6n en !arc(a los !ecanis!os de coordinaci#n entre las

     urisdicciones ordinaria, a"roa!biental e ind%"ena ori"inario ca!pesinaL

    Un aspecto i!portante a tener en cuenta, es -ue en el e

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    22/23

    • Constituci#n $ol%tica del Estado Boliiano& /rt& +& +2 de a"osto de +99:&

    • Cosntituci#n $ol%tica de la Repblica de uate!ala& +: de enero de

    +9&

    • De 3ousa, B& .20041& 'a reinenci#n del Estado el Estado

    $lurinacional, Boaentura 3antos& 3anta cru= /lian=a interinstitucional

    • Dir /lterini, 7& .20++1& 'ompendio de derecho internacional de +erecho

    ;nternacional *blico. Buenos /ires 'a 'e&

    • u=!6n, O& .2001& Modelo político Taypi ;ntroducción al modelo

     político andino contemporáneo& 'a $a= Di!ar 

    • 'e 048 de 20+0& 'e de Deslinde 7urisdiccional& Dicie!bre 29 de 20+0&

    aceta Oficial del Estado $lurinacional de Boliia&

    • 5E3/ I3BERT, C& .20+21& ?istoria de Boliia& 'a $a= isbert&

    • 5inisterio de 7usticia .+9921& +eclaración de (aciones )nidas de los

     pueblos indí,enas& 'a $a= 5uela del Diablo&

    • Man Cott, D& .+9941& 'iti0ens stran,ers and indi,enous peoples4

    conceptual politics and le,al pluralism. Ne orS& Narcis&

    • abaleta, R RIMER/ 3& .+941& Holivia hoy & 5)

  • 8/18/2019 Jurisdicción Indígena en La Actual Legislación Boliviana

    23/23

    3C+;;20+0@R de +; de a"osto de 20+0

    3C+;20+0@R de +; de a"osto de 20+0

    3C0+2220++@R de 2+ de febrero de 20++

    3C+8920++@R de 2+ de septie!bre de 20++

    3C+4;20++@R de 4 de noie!bre de 20++

     /C 0++20+2@RC/ de 8+ de ulio de 20+2

    • Biblioteca ur%dica irtual de bo"ot6

    (ttp&alcaldiabo"ota&"o&coB7MconsultalistConsulta&spL

    liccolYidV+;XtitVCON3TITUCIONE3Z'/TINO/5ERIC/N/3

    • Oficina del /lto co!isionado de Naciones Unidas para los Derec(os

    ?u!anos

    (ttp&o(c(r&or"3$$a"es[elco!e$a"e&asp<

    • Or"ani=aci#n Internacional del Trabao

    (ttp&ilo&or""loballan"@@esinde