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7/26/2019 Intro Pregfuntas http://slidepdf.com/reader/full/intro-pregfuntas 1/7 1. Mencione cuáles son los componentes de la relación jurídica y desarrolle uno de ellos (4 puntos). Supuesto normativo; hecho jurídico efectivamente acontecido; deber jurídico del sujeto pasivo; facultad jurídica del sujeto activo; realización de una prestación. -Supuesto normativo: hipótesis que contempla una norma jurídica y cuya realización efectiva acarrea una consecuencia determinada. Puede o no puede suceder. -Hecho jurídico efectivamente acontecido: hecho supuesto por la norma jurídica que se realiza efectivamente; consecuencias vinculan a los sujetos de manera indefectible. Sujeto pasivo y sujeto activo. -Deber jurídico del sujeto pasivo: lo que el sujeto pasivo tiene la obliación de dar! hacer o no hacer! en relación al correspondiente sujeto activo. -Facultad jurídica del sujeto activo: "erecho subjetivo. #acultad que una norma  jurídica reconoce o atribuye a un sujeto de derecho para e$iir de otro un comportamiento determinado! que se denomina prestación. Positivismo jurídico y doctrinas iusnaturalistas o del derecho natural. %aturaleza jurídica del derecho subjetivo. &eoría de la voluntad! teoría del inter's! teoría ecl'ctica. (lases de derechos subjetivos. -Prestación: lo que un sujeto de derecho debe dar! hacer o no hacer en virtud de lo dispuesto por una o m)s normas jurídicas determinadas. Prestación activa y prestación pasiva. "istinción entre objeto de la norma jurídica y objeto de derecho. 2.-De acuerdo con Kelsen, eiste !ase su"ciente para #undamentar una distinción entre derec$o su!jeti%o y derec$o o!jeti%o. &'erdadero &also *pli+ue (4 puntos). #also. Para *elsen! derecho subjetivo no es otra cosa que la obliación o deber jurídico visto desde la perspectiva del sujeto activo. +l derecho de un sujeto es el re,ejo de la obliación de otro sujeto. +n cualquiera de los diversos sentidos en los que puede usarse la e$presión derecho subjetivo! siempre puede ser remitido al derecho objetivo! esto es! a un determinado ordenamiento jurídico real y viente! producido por actos de voluntad humana. .-. De acuerdo con Kelsen, &+u es un sistema normati%o dinamico (  puntos). estatico  Por la inversa! un sistema normativo es din)mico /y tal es el caso del derecho/ cuando sus normas valen no por su contenido! sino por su orien o pediree! con lo cual quiere decirse que valen en la medida en que han sido producidas por quien! por medio del procedimiento que y dentro de los límites de contenido que hubiere establecido al respecto una norma superior del mismo sistema. +n el caso de un sistema normativo din)mico! como se aprecia! hay tambi'n un e$amen del contenido de las normas! pero sin que se pueda decir que el contenido de las normas inferiores deriva del de las normas superiores como lo particular lo hace de lo eneral. +n lo que *elsen llama un sistema din)mico! la norma superior no determina el contenido de la inferior! sino que /menos que eso/ lo que hace es limitar en aluna medida ese

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1. Mencione cuáles son los componentes de la relación jurídica y desarrolle unode ellos (4 puntos).

Supuesto normativo; hecho jurídico efectivamente acontecido; deber jurídico del sujetopasivo; facultad jurídica del sujeto activo; realización de una prestación.

-Supuesto normativo: hipótesis que contempla una norma jurídica y cuya realizaciónefectiva acarrea una consecuencia determinada. Puede o no puede suceder.

-Hecho jurídico efectivamente acontecido: hecho supuesto por la norma jurídica que serealiza efectivamente; consecuencias vinculan a los sujetos de manera indefectible. Sujetopasivo y sujeto activo.

-Deber jurídico del sujeto pasivo: lo que el sujeto pasivo tiene la obliación de dar! hacero no hacer! en relación al correspondiente sujeto activo.

-Facultad jurídica del sujeto activo: "erecho subjetivo. #acultad que una norma jurídica reconoce o atribuye a un sujeto de derecho para e$iir de otro un comportamientodeterminado! que se denomina prestación. Positivismo jurídico y doctrinas iusnaturalistaso del derecho natural. %aturaleza jurídica del derecho subjetivo. &eoría de la voluntad!teoría del inter's! teoría ecl'ctica. (lases de derechos subjetivos.

-Prestación: lo que un sujeto de derecho debe dar! hacer o no hacer en virtud de lodispuesto por una o m)s normas jurídicas determinadas. Prestación activa y prestaciónpasiva. "istinción entre objeto de la norma jurídica y objeto de derecho.

2.-De acuerdo con Kelsen, eiste !ase su"ciente para #undamentar unadistinción entre derec$o su!jeti%o y derec$o o!jeti%o. &'erdadero &also*pli+ue (4 puntos).

#also. Para *elsen! derecho subjetivo no es otra cosa que la obliación o deber jurídico

visto desde la perspectiva del sujeto activo. +l derecho de un sujeto es el re,ejo de laobliación de otro sujeto.

+n cualquiera de los diversos sentidos en los que puede usarse la e$presión derechosubjetivo! siempre puede ser remitido al derecho objetivo! esto es! a un determinadoordenamiento jurídico real y viente! producido por actos de voluntad humana.

.-. De acuerdo con Kelsen, &+u es un sistema normati%o dinamico ( puntos). estatico

 Por la inversa! un sistema normativo es din)mico /y tal es el caso del derecho/ cuandosus normas valen no por su contenido! sino por su orien o pediree! con lo cual quiere

decirse que valen en la medida en que han sido producidas por quien! por medio delprocedimiento que y dentro de los límites de contenido que hubiere establecido alrespecto una norma superior del mismo sistema. +n el caso de un sistema normativodin)mico! como se aprecia! hay tambi'n un e$amen del contenido de las normas! pero sinque se pueda decir que el contenido de las normas inferiores deriva del de las normassuperiores como lo particular lo hace de lo eneral.

+n lo que *elsen llama un sistema din)mico! la norma superior no determina el contenidode la inferior! sino que /menos que eso/ lo que hace es limitar en aluna medida ese

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contenido! de modo que las m)s importantes de las indicaciones que establece la normasuperior res-pecto de la inferior cuya creación reula son qui'n podr) crear la normainferior y cómo deber) proceder en la creación de 'sta.

(omo dice el propio *elsen! una norma jurídica no vale por tener un contenidodeterminado! es decir! no vale porque su contenido pueda inferirse! mediante un

arumento lóico! de una norma fundante b)sica presupuesta! sino por haber sidoproducida de una determinada manera! y! en 0ltima instancia; por haber sido producidade la manera determinada por una norma fundante b)sica presupuesta.

+n la medida en que el derecho es un sistema din)mico de normas! se puede advertir quepara decidir sobre la validez de las normas jurídicas debe atenderse no tanto al contenidode 'stas como a su pediree! esto es! el criterio que prevalece no es el de si resultaposible aprobar el contenido de la norma al derivar ese contenido de una norma previa ym)s eneral que hemos aceptado previamente! sino la circunstancia de si la norma de quese trate proviene o no de la autoridad y del procedimiento que fueron establecidos para suproducción por una norma de jerarquía superior.

4.-- /ue es la consecuencia juridica &0ómo se de"ne sanción &0ómo seclasi"ca *pli+ue (4 puntos).

 Precisa consecuencia jurídica desfavorable que debe recaer sobre el sujeto que ha dejadosin observar el deber impuesto por una norma jurídica.

(lasi1cación: sanciones de coincidencia con la prestación y sanciones de no coincidenciacon la prestación.

-Sanciones de coincidencia con la prestación: ejecución forzada de la obliación que elsujeto correspondiente no cumplió de manera voluntaria.

-Sanciones de no coincidencia con la prestación:

2. 3ndemnización de perjuicios: pao de una suma de dinero equivalente a laobliación que se dejó de cumplir.

4. 5a ine1cacia del acto: invalidación de los efectos jurídicos que se pretendíanconseuir 6nulidad; ine$istencia; inoponibilidad7.

8. 5a pena: privación forzada de ciertos bienes del infractor! tales como vida 6pena demuerte7; libertad 6pena de reclusión7; patrimonio 6pena de multa7; honor 6pena deinhabilitación para postularse a ciertos caros de elección popular7.

9. Sanciones combinadas.

. e3n Kelsen, la norma superior (o #undante) "ja el marco #ormal y el marcomaterial para la producción de la norma in#erior (o #undada) correspondiente.&/u si3ni"ca eso (4 puntos).

Sini1ca que la norma superior establece:

-el órano! autoridad o sujeto facultado para crear la norma inferior o fundada; ydetermina el procedimiento que dicho órano debe seuir. mbos elementos conforman elmarco formal.

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-los límites de contenido que la correspondiente norma inferior o fundada debe respetar.+ste elemento conforma el marco material./

Puede decirse que la norma superior o fundante 1ja el marco formal y material para laproducción de la correspondiente norma inferior o fundada. +l marco formal est)constituido por la indicación del órano! autoridad o persona facultado para crear la norma

inferior y por la determinación del procedimiento que deber) seuirse al momento deproducirla. +n cambio! el marco material est) constituido por los límites de contenido quela norma superior preestablece en relación con el contenido que podr) darse a lacorrespondiente norma inferior.

hora bien! si se preunta por cu)l de ambos marcos resulta m)s determinante! habríaque admitir que lo es el marco formal! y! dentro de 'l! la primera de las dos mencionesque establece! puesto que lo menos que una norma superior puede establecer respecto dela inferior! cuya producción reula! es qui'n est) autorizado para producirla. +n otraspalabras! la norma superior puede omitir pronunciarse sobre el procedimiento que deber)seuirse para la producción de la norma inferior y no decir nada tampoco acerca del

contenido de 'sta! sin que ni lo uno ni lo otro obste a la creación de la norma inferior.Sencillamente! en tales casos el órano! autoridad o persona facultado para producir lanorma inferior se encontrar) libre en lo que concierne tanto al m'todo de produccióncomo al contenido de 'sta. Pero si la norma superior omitiere indicar qui'n es el que est)autorizado para producir la norma inferior correspondiente! entonces no podría habercreación de esta 0ltima.

5. De acuerdo con 6o!!io &en +u consiste una antinomia De"na (2 puntos).0lases

Situación que se produce cuando dos normas de un mismo ordenamiento jurídico sonincompatibles entre sí.

Por otra parte! e$isten lo que el autor llama antinomias solubles y antinomiasinsolubles.

5as antinomias solubles se producen en aquellos casos en que la incompatibilidad entrelas normas puede ser resuelta en aplicación de uno solo de los criterios ideados pararesolver antinomias. Por lo mismo! a las antinomias solubles obbio las llama tambi'nantinomias aparentes.

+n cambio! antinomias insolubles! o antinomias reales! son aquellas que se producenen dos situaciones: cuando no se puede aplicar ninuno de los criterios ideados pararesolver antinomias y cuando se pueden aplicar dos o m)s criterios opuestos para

resolverlas

. Por lo mismo! escribe obbio! diremos que las antinomias reales son aquellas en lascuales el int'rprete queda abandonado a sí mismo! ya sea por la ausencia de un criterio opor un con,icto entre los criterios dados.

7. &/u si3ni"ca +ue una norma jurídica sea e"ca8 &0uáles son loscomponentes de la e"cacia ( puntos).

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0oncepto de e"cacia.-  5a e1cacia desina la correspondencia eneral entre lasconductas que una norma jurídica e$ie como debidas a los sujetos imperados y a losóranos jurisdiccionales y los comportamientos habitualmente emitidos por unos y otrosen el curso de la vida social.

+n consecuencia! puede decirse que una norma jurídica es e1caz! o que un conjunto de

ellas lo son! o que lo es todo un ordenamiento jurídico lobalmente considerado! cuandodicha norma! normas u ordenamiento son eneralmente obedecidos y aplicados! esto es!cuando los sujetos normativos act0an en la mayoría de los casos como las normas o elordenamiento les prescriben hacerlo! y cuando los óranos jurisdiccionales! tambi'n en lamayoría de los casos! aplican las consecuencias jurídicas previstas por las normas! enespecial las sanciones que se establecen para el caso de que los sujetos normativos noden cumplimiento a lo que las normas demandan de ellos.

"icho brevemente! una norma jurídica es e1caz cuando es eneralmente obedecida yeneralmente aplicada

<na norma jurídica es e1caz cuando es eneralmente obedecida y eneralmente aplicada.

5os componentes de la e1cacia son 4:

2. el comportamiento de los sujetos, +ue de!en o!edecer la norma jurídica6e1cacia principal7; porque depende precisamente de que se observe la conductaque la norma trata de inducir

4. el comportamiento de los ór3anos jurisdiccionales +ue de!en aplicar la

norma jurídica  6e1cacia consecuencial7. toda vez que ella se determina por laconducta del órano sancionador que la norma requiere como consecuencia delincumplimiento principal.no basta con investiar el comportamiento de los tribunales en cuanto 'stos haano no aplicación de las consecuencias jurídicas previstas por las normas! sino que espreciso determinar tambi'n si lo que los tribunales resuelven se ejecuta realmenteo no por las autoridades p0blicas correspondientes. +llo adem)s! permitir)ndeterminar cómo act0an de hecho los titulares de las acciones que pueden serintentadas ante los tribunales de justicia.

5a p'rdida de e1cacia consecuencial de una norma no siempre obedecer) a que losóranos jurisdiccionales dejaron de aplicarla! sino que podr) ser el resultado de lainactividad procesal de la autoridad p0blica o del ofendido que tienen el deber o laposibilidad de requerir la intervención de los tribunales en presencia de las infracciones alas normas jurídicas.

5o normal ser) que e$ista una cierta correspondencia entre ambas! lo cual quiere decirque de una norma que es habitualmente obedecida cabe esperar que sea tambi'nreularmente aplicada por los óranos jurisdiccionales en los mínimos casos de infracciónque la norma reistre de parte de los sujetos imperados.

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Sin embaro! es preciso uardarse de creer que las relaciones de correspondencia entrelas dos conductas componentes de la e1cacia son necesarias! o siquiera constantes!porque bien puede ocurrir que el ascenso o descenso en la e1cacia principal de una normano vayan seuidos de un similar ascenso o descenso en la e1cacia consecuencial! oviceversa

9.- &/u relación eiste entre %alide8 y e"cacia, de acuerdo con Kelsen ( puntos).

=alidez y e1cacia son dos conceptos distintos. <na cosa es lo que se quiere decir de unanorma jurídica cuando se a1rma que es v)lida y otra distinta cuando lo que se a1rma deella es que es e1caz.

2. "ecir que una norma jurídica es válida! o que un conjunto de normas lo son!equivale a certi1car que esa norma o normas e$isten y que oblian! o sea! quedeben ser obedecidas y aplicadas.

4. +n cambio! decir que una norma jurídica es efcaz! o que un conjunto de normas loson! equivale a comprobar que esa norma o normas son eneralmente obedecidas y

aplicadas.

+l pensamiento de *elsen a este respecto puede ser resumido de la siuiente manera:

a7 validez y e1cacia son conceptos diferentes que no deben ser confundidos;b7 no obstante ser conceptos distintos! e$iste relación entre validez y e1cacia;c7 dicha relación no consiste en que validez y e1cacia sean lo mismo! porque en tal

caso m)s que relación se produciría una confusión entre ambos conceptos;d7 tampoco consiste dicha relación en que la e1cacia sea el fundamento de la

validez; ye7 la relación consiste en que la e1cacia es condición de la validez.

Para *+5S+% +l fundamento de validez de un ordenamiento jurídico -escribe- es unanorma fundamental presupuesta que estatuye que uno debe comportarse de acuerdo conuna constitución que ha sido efectivamente creada y que es e1caz en t'rminosenerales.

la relación consiste en +ue la e"cacia es condición de la %alide8

quí *+5S+% quiere decir es que la validez de una norma jurídica es inicialmenteindependiente de su e1cacia! esto es! que una norma jurídica es v)lida antes de saberse siser) o no e1caz! pero que dicha norma pierde su validez si no consiue ser e1caz! o si!habi'ndola conseuido! cesa lueo de ser e1caz. "e este modo! una ley publicada hoy enel "iario >1cial es ya una ley v)lida. Si esa ley consiue ser e1caz! continuar) siendo

v)lida. Pero si no lora ser e1caz! o pierde m)s adelante la e1cacia que tuvo inicialmente!deja de ser una ley v)lida.

+n consecuencia! una norma jurídica no precisa ser e1caz para empezar a ser v)lida!aunque sí requiere de la e1cacia para continuar siendo v)lida. +n otras palabras! sólo si lae1cacia se a?ade a la validez de la norma 'sta contin0a siendo v)lida! mientras que en elcaso contrario! esto es! cuando la e1cacia no se a?ade a la validez! o bien cuando lanorma pierde la e1cacia que tuvo en al0n momento! la norma en cuestión pierde tambi'nsu validez.

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+n suma: la e1cacia es una condición que debe arearse para que tanto el orden jurídico como un todo! así como cada norma jurídica aislada! no pierdan su validez. @para que se capte bien que la e1cacia es 0nicamente condición de la validez! mas no lavalidez misma ni el fundamento de 'sta! *elsen se vale de la siuiente analoía: <nhombre! para vivir! tiene que haber nacido; pero para permanecer en vida! deben

satisfacerse otras condiciones! como! por ejemplo! debe recibir alimentos. Si esa condiciónno es cumplida! perder) su vida. Pero la vida no se identi1ca ni con el nacer ni con elalimentarse.

(abe reiterar que tanto un ordenamiento jurídico estimado como un todo! lo mismo quecada norma aislada de 'ste! requieren ser e1caces para conservar su validez. Sinembaro! hay que tener presente que la e1cacia que condiciona la validez delordenamiento jurídico considerado como un todo! condiciona doblemente la validez decada norma aislada del mismo ordenamiento! puesto que cada norma! para conservar suvalidez! requiere pertenecer a un ordenamiento en eneral e1caz y! adicionalmente!necesita tambi'n conseuir e1cacia por sí misma.

*cepcion: Si la norma b)sica! se0n vimos en su momento! sólo puede ser presupuestarespecto de una primera (onstitución que en t'rminos enerales ha conseuido ser e1caz!si! en otras palabras! la norma b)sica puede ser enunciada diciendo que vale la primera(onstitución a condición de que el primer constituyente haya conseuido imponerla ent'rminos de su e1cacia! quiere decir! entonces! que la e1cacia del derecho aparece m)sreforzada a nivel de la primera (onstitución que al de las restantes normas delordenamiento.

+s m)s: en nuestro parecer! la e1cacia! a nivel de la primera (onstitución! parece ser m)sque una simple condición de la validez de 'sta! o sea! parece ser m)s que alo quesimplemente debe a?adirse a ella para que la primera (onstitución contin0e siendo v)lida!puesto que! de acuerdo al modo como *elsen enuncia la norma b)sica! no podría

atribuirse validez a una primera (onstitución que no resultara e1caz desde un comienzo.

+n otras palabras! a diferencia de lo que ocurre con las restantes normas delordenamiento! la primera (onstitución no tiene la alternativa de resultar e1caz o no e1caz.Simplemente! si no es e1caz desde el comienzo no puede presuponerse su validez. +nconsecuencia! de una primera (onstitución que no sea e1caz! no podría decirse que ellaperdió su validez! sino que no lleó siquiera a ser v)lida.

(abe reiterar aquí que la norma b)sica no fundamenta 0nicamente la validez de laprimera (onstitución histórica de una comunidad jurídica dada! sino tambi'n la de todanueva primera (onstitución que sea introducida e1cazmente como resultado de una olpede +stado o de una revolución. Para *elsen! un olpe de +stado e$itoso! o bien una

revolución triunfante! vis 5os desde un punto de vista jurídico! no son otra cosa que lasustitución de la (onstitución viente sin sujetarse a los procedimientos que esta misma(onstitución establecía para su modi1cación o reforma

Aesumen:

Se0n *elsen! la e1cacia es condición de validez de una norma jurídica. <na norma jurídica no necesita ser e1caz para empezar a ser v)lida! pero sí para continuar si'ndolo.

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+$cepción: la e1cacia de la primera (onstitución histórica! así como la de toda nuevaprimera (onstitución! indicar por qu'.