interno de evaluaciÓn y promociÓn · 2020-03-31 · trabajo colaborativo, formación en valores,...
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ESCUELA JUAN BAUTISTA ALBERDI Trabajo colaborativo, Formación en valores, Mejora Continua.
ESCUELA JUAN BAUTISTA ALBERDI
ESCUELA JUAN BAUTISTA ALBERDI
REGLAMENTO
INTERNO DE
EVALUACIÓN
Y
PROMOCIÓN
2020
ESCUELA JUAN BAUTISTA ALBERDI Trabajo colaborativo, Formación en valores, Mejora Continua.
REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION
Y PROMOCIÓN ESCUELA JUAN BAUTISTA ALBERDI
2020
I. INTRODUCCIÓN
La evaluación, calificación y promoción de los estudiantes de la Escuela Juan Bautista
Alberdil, Rol Base Datos 1975-5, se regirá por las disposiciones establecidas en el
Decreto 67/2018 para la Educación General Básica
La evaluación, como parte inherente de la enseñanza, cumple un rol esencial en la
práctica pedagógica de los docentes, pues permite ir recolectando información
respecto a cómo progresan los estudiantes en sus aprendizajes, de manera que todos
puedan alcanzar los objetivos de aprendizaje definidos en las Bases Curriculares.
En este nuevo enfoque, se entenderá que la evaluación es un proceso de una
variedad de acciones dirigida por los docentes para que tanto ellos como los
estudiantes puedan obtener evidencias de los aprendizajes, interpretarlos y tomar
decisiones que permitan promover el progreso de estos, así como también ser un
insumo para retroalimentar las estrategias de enseñanza.
Se deja constancia de que se usará el término «estudiante» indistintamente para
alumnos o alumnas; lo mismo para el término «docente», que incluirá a profesores y
profesoras. El término «apoderado» se referirá a apoderados y apoderadas.
II.DEFINICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1: Apruébese las siguientes disposiciones sobre evaluación,
calificación y promoción escolar en los establecimientos educacionales de
enseñanza básica de niños y niñas reconocidos oficialmente por el Ministerio de
Educación.
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ARTÍCULO 2: La Escuela Juan Bautista Alberdi, aprueba el siguiente Reglamento
Interno de Evaluación, Calificación y Promoción, el que entrará en vigencia a partir
de Marzo del 2020. Este documento fue debatido, analizado y actualizado en horario
de Reflexión Pedagógica y se comunicará a los alumnos en horario de Consejo de
Curso y a los apoderados en reuniones de Sub-centros correspondiente al mes de
Marzo. Será publicado en la página del SIGE de la escuela.
ARTÍCULO 3: El año escolar comprende dos períodos lectivos, de acuerdo con el
régimen Semestral.
ARTÍCULO 4: Los períodos de receso del ciclo escolar, como inicio y término de
clases, vacaciones, actividades evaluativas nacionales e internacionales y jornadas
extras, se establecen según lo fijado en el calendario escolar ministerial.
III. DE LA EVALUACIÓN
ARTÍCULO 5: Se consideran dos formas de evaluación: formativa y sumativa.
5.1 Evaluación formativa
Las evaluaciones formativas serán las acciones o estrategias que proponga
cada docente con el propósito de monitorear, evidenciar y acompañar el
aprendizaje de los estudiantes. Esto implica evaluar lo que dicen, escriben,
dibujan, hacen, resuelven y que muestra lo que están aprendiendo los
estudiantes.
El estudiante debe tener un rol activo en todos los momentos que estructuran su
aprendizaje; ello implica que conoce sus metas, las estrategias que debe utilizar
para desarrollar las tareas que se le solicitan, evalúa sus logros, analiza sus
desempeños y participa en la identificación de aquellos aspectos que debe
mejorar. Pueden ser actividades de lectura, resolución de problemas,
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cuestionarios, proyectos, trabajos individuales, grupales y todo aquello que se
estime necesario para obtener evidencias del progreso de los aprendizajes.
Los ámbitos que serán evaluados con fines formativos serán de acuerdo al
objetivo de la clase, el docente puede focalizar un aspecto en términos de
conocimientos, habilidades, valores y actitudes de sus estudiantes.
Para establecer el nivel de logro de los aprendizajes de los estudiantes, se
aplicarán diversas formas y momentos de evaluación que incluyen:
• Evaluación inicial. Es una actividad que pretende obtener evidencias de
un conjunto de conocimientos y habilidades cognitivas para determinar la
condición inicial o nivel de logro en el que se encuentra cada estudiante al
momento de comenzar un tema o unidad de aprendizaje. El objetivo de la
evaluación inicial es que los estudiantes puedan comparar sus avances de
aprendizajes con el nivel inicial con el que empezaron y los docentes puedan
retroalimentar sus estrategias pedagógicas en su enseñanza.
• Actividades de desarrollo. Son la resolución de problemas, cuestionarios,
actividades grupales, proyectos, tareas para la casa, pruebas escritas, pruebas
orales, disertaciones, informes escritos, mapas conceptuales, análisis de casos,
resolución de situaciones complejas, portafolios, bitácoras o cuadernos de
campo, pruebas o controles con distintos tipos de preguntas, evaluaciones de
desempeño como demostraciones, representaciones teatrales, juegos de roles,
simulaciones, interpretaciones musicales, presentaciones de investigaciones, de
productos artísticos o técnicos, etc. La información de los aprendizajes de cada
actividad se registrará en instrumentos como: lista de cotejo, escala de
apreciación, rúbricas.
5.2 Evaluación sumativa
La evaluación sumativa tiene el propósito de informar el nivel de logro de
determinados objetivos de aprendizajes. Se utiliza para certificar los
aprendizajes logrados, comunicándolo mediante una calificación.
Las evaluaciones sumativas se realizarán al término de cada tema, unidad y/o
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semestre.
ARTÍCULO 6: Se integrará en la práctica evaluativa la Autoevaluación y
coevaluación, que realizan los estudiantes para su propia evaluación y la de sus
pares con la finalidad de evidenciar su punto de partida, los procesos y
progresos de sus aprendizajes.
ARTÍCULO 7: Los docentes diseñarán estrategias de evaluación que permitan
generar evidencias sobre donde se encuentran los estudiantes en su trayectoria
de aprendizaje, como por ejemplo preguntas en diferentes niveles, luces o
señales de aprendizaje, tickets de salida o entrada, preguntas de participación
simultánea las que deberán ser coherentes con los objetivos de aprendizaje y
criterios de calidad o logro.
ARTÍCULO 8: La evaluación formativa será una práctica sistemática de los
docentes para recoger información sobre el aprendizaje, monitoreada por
Jefatura Técnica a través de pauta de observación de aula.
ARTÍCULO 9: Las evaluaciones sumativas se realizaran al término de cada
tema, unidad y/o semestre. Para conseguir un consenso en los criterios y niveles
de logros de los aprendizajes, los docentes y directivos establecen espacios y
tiempos para analizar los procesos, progresos y aprendizajes alcanzados por los
estudiantes.
ARTÍCULO 10: Serán evaluados los y las estudiantes por el logro de objetivos
de aprendizajes en las diferentes asignaturas. En ningún caso por
comportamiento o falta de materiales. En caso de incumplimiento de esta
disposición, el Director y/o Jefe de Unidad Técnica Pedagógica del
establecimiento dispondrá la anulación de las calificaciones asignadas.
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ARTÍCULO 11: Toda evaluación sumativa deberá estar alineada a los objetivos
de aprendizajes que se pretende evaluar, donde los estudiantes integren o
apliquen sus aprendizajes a situaciones nuevas que pongan en práctica diversos
conocimientos, habilidades y aptitudes.
ARTÍCULO 12: Las evaluaciones sumativas deberán ser fijadas por el profesor
con una semana de anticipación como mínimo. Los profesores tendrán un plazo
máximo de 15 días hábiles para hacer entrega de los resultados de dicha
evaluaciones. Una vez realizada las evaluaciones sumativas se analizaran en
instancias de retroalimentación con los estudiantes.
ARTÍCULO 13: Todas las evaluaciones deben resguardar que no se dejen fuera
aspectos centrales, relevantes y desafiantes de las asignaturas, para ello se
deben considerar los ejes y definiciones fundamentales que están a la base de
los Objetivos de Aprendizaje.
ARTÍCULO 14: Se deberán variar las evidencias evaluativas, utilizando diversos
instrumentos, con el fin de contar con información confiable para tomar
decisiones y evitar posibles sesgos en la forma en que los estudiantes
demuestran sus aprendizajes.
ARTÍCULO 15: Con el fin de garantizar la evaluación diversificada el profesor de
asignatura en conjunto con el equipo PIE elaboraran evaluaciones en orden de
abordar la diversidad de los estudiantes. Por diversificación de la evaluación se
entiende responder adecuadamente a las distintas necesidades y características
de los estudiantes de modo que puedan demostrar los que han aprendido.
ARTÍCULO 16: Para aquellos estudiantes que cuenten con PACI se realizaran
adecuaciones en relación a la evaluación, aplicando procedimientos y criterios
evaluativos, la que se realizara con el asesoramiento del equipo multidisciplinario
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(educadora diferencia, psicóloga, fonoaudióloga y kinesiólogo) que participa en
la intervención, en conjunto con el profesor de asignatura.
Dentro de las estrategias de evaluación con adecuaciones se consideran las
siguientes:
Otorgar mayor tiempo en el desarrollo del instrumento evaluativo.
Modificar el instrumento de evaluación y/o forma de aplicación de acuerdo
a las necesidades que presente el o la estudiante.
Considerando la adaptación curricular, evaluar en relación a la priorización
de objetivos o realización de actividades alternativas.
Exigir el 50% de logros en casos especiales de discapacidad intelectual
leve al límite de moderado y trastornos severos de la comunicación.
ARTÍCULO 17: Los estudiantes no podrán ser eximidos en ninguna asignatura
del Plan de Estudio.
ARTÍCULO 18: Los estudiantes y apoderados deberán conocer las formas y
criterios con que serán evaluados los estudiantes.
a) Dar a conocer a los estudiantes la Ruta de trabajo de la unidad por
asignatura, además debe ser replicada en reunión de apoderado.
b) Calendario de evaluaciones con fecha y temario.
c) Se entregaran los criterios evaluación: lista de cotejo, escala de
apreciación, pauta de observación y rúbricas.
d) Se entregaran las formas de evaluación: pruebas escritas, exposición oral,
portafolios, maquetas, presentaciones, dramatizaciones, evaluaciones online,
otras.
e) Los apoderados serán comunicados vía circular firmada, reunión de
apoderados mensuales, publicación en redes sociales y/o plataforma de
gestión.
f) Se entregaran informes de rendimiento escolar mensual en reunión de
apoderados.
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g) Los estudiantes deberán guardar en una carpeta todas sus evaluaciones
realizadas en las distintas asignaturas generando un portafolio o archivador
de evaluaciones, lo que permitirá que ellos mismo puedan ver su progreso,
además esta carpeta será presentada en reunión de apoderado y otras
instancias.
ARTÍCULO 19: De acuerdo a las disposiciones del Art.18 e y n del dcto 67 se
establece que instancias de reunión de articulación y consejo de reflexión se
abordaran temas sobre el proceso evaluativo tales como: criterios, pertinencia,
diversificación y estrategias de monitorio que permitan recabar evidencias sobre
el aprendizaje. Los acuerdos establecidos de manera colaborativa por los
Equipos de Aula, fortalecerá la diversificación de la evaluación y será monitoria
por el Jefe de UTP.
IV. DE LA CALIFICACIÓN:
ARTÍCULO 20: En relación a las calificaciones el Reglamento de Evaluaciones
de la Escuela Juan Bautista Alberdi establece lo siguiente:
a) Los estudiantes deberán ser evaluados en todas las asignaturas del Plan
de Estudio, en períodos semestrales. No existe la eximición en ninguna
asignatura.
b) Las calificaciones de las asignaturas de Religión, Orientación no incidirán
en el promedio final anual, ni en la promoción escolar de los estudiantes.
c) En las asignaturas de Religión los estudiantes serán calificados con la
escala numérica de 2,0 a 7,0. Sin embargo, el promedio semestral y final
de dichas calificaciones será consignado conceptualmente. Se utilizara la
siguiente nomenclatura: Muy bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S) e
Insuficiente (I).
d) Las evaluaciones de la asignatura de orientación serán coherentes con el
logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales de las Bases
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Curriculares y será vinculante al Informe de Desarrollo Personal y Social
que se entrega al término de cada semestre.
e) No existirán las calificaciones coeficiente dos.
f) La escala de calificaciones se regirá desde la nota 2,0 hasta 7,0 con un
decimal.
g) La calificación semestral y anual de cada asignatura, se expresará en una
escala numérica de 2,0 a 7,0 hasta con un decimal, siendo la nota mínima
de aprobación un 4.0. Los promedios en el primer y segundo semestre no
se aproximarán, sin embargo, se aproximarán los promedios anuales por
asignatura y promedio general.
h) La planificación y frecuencia de evaluaciones formativas y sumativas, se
acordarán en forma colaborativa, entre los docentes de un mismo ciclo.
En ningún caso se asignarán por el número de horas semanales cada
asignatura.
i) Se utilizará una escala de evaluación al 60% de logros.
j) Los talleres JEC, promediarán sus evaluaciones en una calificación
semestral en la asignatura afín.
k) Las calificaciones parciales serán entregadas a los apoderados en
reuniones de padres en forma mensual, mediante informe escrito.
l) Todas las asignaturas deberán estar cerrados finalizado la primera
semana de julio y de diciembre.
m) Las calificaciones finales, serán entregadas a los apoderados al término
de cada semestre en conjunto con el Informe de Desarrollo Personal
Social del Estudiante.
n) La calificación está orientada en los procesos de aprendizajes, no tiene
carácter punitivo, ni de premio o méritos, solamente corresponde a logros
de aprendizajes.
o) Las calificaciones serán ingresadas a una plataforma de gestión según lo
determine el establecimiento, con el fin de resguardar la información (Art.
18 j dcto 67).
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p) La revisión de cuaderno, portafolio o carpeta de evidencias podrá ser
considerada como evaluación sumativa a través de la aplicación de una
rúbrica, lista de cotejo o escala de apreciación.
q) El promedio de las evaluaciones acumulativas se registran en el libro de
clases como una calificación parcial. Este tipo de evaluación no
necesariamente será avisado con antelación al estudiante.
r) Las calificaciones obtenidas por los estudiantes en las diferentes
asignaturas serán informada a los apoderas a través del informe parcial
de notas, en forma mensual, con excepción del mes de Marzo y Agosto,
en reuniones de apoderado. Las calificaciones semestrales se entregaran
en el Informe Escolar en los meses de Julio y Diciembre.
s) Durante el proceso, con aquellos estudiantes que tengan un bajo
desempeño en su rendimiento y /o aprendizaje, el Profesor Jefe, Profesor
de Asignatura o Educadora Diferencial, Dupla Psicosocial y Jefe de UTP
realizará entrevistas personales con los apoderados, a objeto de informar
sobre el proceso de aprendizaje de su pupilo, lo que quedará evidenciado
en el libro de clases y/o cuaderno de registro.
V. DE LA PROMOCIÓN
ARTÍCULO 21: En la promoción de los estudiantes se considerará
conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizajes de las asignaturas
y/o módulos del plan de estudios y la asistencia a clases.
Con respecto al logro de los objetivos de aprendizaje, serán promovidos los
estudiantes que:
a) Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos Planes de
Estudio.
b) Habiendo reprobado una asignatura su promedio final anual sea como
mínimo un 4,5 incluyendo la asignatura no aprobado.
c) Habiendo reprobado dos asignaturas, o bien una asignatura, su promedio
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final anual sea como mínimo un 5,0, incluidas las asignaturas no
aprobados.
d) En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los estudiantes
que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas
en el calendario escolar anual (Art.10).
e) El director, en conjunto con el Jefe UTP, consultando al consejo de
profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes
menores a la asistencia requerida (Art. 10).
ARTÍCULO 22: Se establecen los siguientes procedimientos para determinar la
situación final semestral y anual por asignatura.
a) La situación semestral por asignatura de los y las estudiantes de Primer a
Octavo año Básico se obtendrá del promedio aritmético de las
calificaciones parciales, expresadas con un decimal sin aproximación.
b) La situación anual por asignatura corresponderá al promedio aritmético de
las calificaciones semestrales, expresadas hasta con un decimal con
aproximación de la centésima.
c) En la situación anual, el promedio general de cada alumno se aproximará
a la décima superior.
d) En la situación anual, el promedio general de cada estudiante se
aproximará a la décima superior.
e) Los y las estudiantes que obtengan como promedio anual una nota igual a
3,9, deberán rendir una evaluación especial para optar a la nota 4,0, en
ella, se evaluarán los objetivos de aprendizaje más relevantes del primer y
segundo semestre.
f) No obstante, los y las estudiantes que habiendo finalizado el año escolar
con algunas asignaturas insuficientes que se encuentre en situación de
repetir por tener un promedio general 4,4 o 4,9 (con uno o dos
asignaturas insuficientes respectivamente), no tendrán derecho a ninguna
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prueba especial.
g) La situación final de promoción de los y las estudiantes deberá quedar
resuelta al término de cada aña escolar. Al término del año escolar el
establecimiento entregara a los alumnos un Certificado Anual de Estudio
con las calificaciones obtenidas y la situación final.
h) Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar
consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura.
Las Actas se confeccionarán y serán enviados vía internet a Secretaría
Regional Ministerial de Educación para su legalización.
i) Las situaciones de evaluación y promoción no previstas en el presente
Reglamento serán resueltas para la Secretaría Ministerial de Educación
de la región de Valparaíso.
VI. SITUACIONES ESPECIALES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
ARTÏCULO 23: Aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de
promoción establecidos o que presenten una calificación de alguna asignatura
que ponga en riesgo la continuidad de sus aprendizajes en el curso siguiente, se
les deberá contemplar un análisis de carácter deliberativo basado en un informe
con criterios pedagógicos y socioemocionales elaborado por el jefe técnico-
pedagógico, con colaboración de docentes que participaron en el proceso de
aprendizaje del estudiante (Art. 11 dcto 67). Este proceso determinara su
promoción o repitencia.
El establecimiento durante el año siguiente proveerá las medidas de
acompañamiento de los estudiantes que haya o no sido promovidos, mediante
su incorporación a talleres de apoyo pedagógico y monitoreo sistemático de sus
progresos por parte del profesor jefe y la jefatura técnica. (Art. 12 dcto 67)
ARTICULO 24: El estudiante que acredite certificación médica al día o
justificación por motivos de fuerza mayor, al reincorporarse, el profesor de
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asignatura elaborará un calendario de pruebas, trabajos o evaluaciones de
cualquier tipo, la que será informada a la Unidad técnica-pedagógica y al
apoderado.
ARTÍCULO 25: Todos los estudiantes que se incorporen al establecimiento
durante el año escolar y no presenten la cantidad de notas mínimas a la fecha
de ingreso, deberán regularizar su situación a través de un calendario de
evaluaciones, que será informada al apoderado y jefa de UTP.
ARTÍCULO 26: Todo estudiantes que se ausente a prueba sin justificación
médica o sin justificación por motivos de fuerza mayor, deberá rendir la
evaluación inmediatamente a su reincorporación a clases.
ARTICULO 27: Ante la situación de embarazo de estudiantes la Dirección y la
Unidad Técnico Pedagógica, en conjunto con los padres o apoderado de la
estudiantes, establecerán los modos más convenientes que le permitan concluir
satisfactoriamente su año escolar, resguardando la asistencia a clases, pudiendo
ausentarse solo con certificado médico.
ARTÍCULO 28: Los y las estudiantes que presenten situaciones especiales
asociadas a la salud, embarazo, servicio militar, viaje extranjero, cambio de
región, beca u otros podrán finalizar anticipadamente el año escolar.
VII. PARTICIPACIÓN Y COMUNICACIÓN:
ARTÍCULO 29: De acuerdo a las disposiciones del artículo 18 b, c , m, del dcto
67 de comunicación y participación el Presente reglamento de Evaluación
establece:
a) Cada profesor de asignatura informará a los estudiantes sobre los
procedimientos y plazos de la evaluación.
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b) En reuniones de padres y/o entrevistas se informará a los apoderados
sobre los procedimientos y plazos con que serán aplicados en la
evaluación de los estudiantes.
c) Los docentes deberán comunicar al inicio de la clase el OA y los
indicadores de evaluación de la clase, utilizando un lenguaje claro y
cercano al estudiante, monitoreando con preguntas la comprensión del
estudiante con respecto al indicador de evaluación.
d) En la primera reunión del año se informará a los padres y apoderados
sobre el presente Reglamento de Evaluación, entregándose una copia de
él.
e) El progreso y logro de aprendizaje de los estudiantes será analizado y
retroalimentado en horario de entrevistas con estudiantes, en ella se
orientará al estudiante sobre qué pasos dar para seguir aprendiendo.
f) Se hará entrega en forma mensual de informes de notas a los
apoderados, así como también se utilizará la entrevista personal con el
apoderado para comunicar los progresos y logros de aprendizaje de los
estudiantes,
g) Al término del año escolar el establecimiento entregará a los estudiantes
un Certificado Anual de Estudio con las calificaciones obtenidas y la
situación final. El certificado Anual de Estudio no podrá ser retenido por
ningún motivo.
VIII.- DISPOSICIONES ESPECIALES GENERALES EN CONTEXTO DE PANDEMIA
En consideración al principio de flexibilidad que otorga la ley general de Educación
(artículo 3, letra i), las orientaciones Criterios de Evaluación, Calificación y Promoción
de Estudiantes 2020 emanadas por la Unidad de Curriculum y Evaluación del
Ministerio de Educación, con fecha Agosto 2020, se establecen las siguientes
disposiciones generales, en contexto de contingencia Covid 19:
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A.- DE LA PROMOCIÓN EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
1. Los estudiantes deberán ser evaluados por el logro de los objetivos priorizados de
las asignaturas definidas por el establecimiento en su plan de estudio ajustado de
acuerdo al principio de flexibilidad:
Plan de Estudio Primer Ciclo
Básico
1° a 4° Básico
Plan de Estudio Segundo Ciclo
Básico
5° a 8° Básico
Lenguaje
Matemática
Ciencias Naturales
Historia y Geografía
Artes Visuales
Lenguaje
Matemática
Ciencias Naturales
Historia y Geografía
Inglés
Educación Física
2. Para la promoción Escolar las asignaturas del Plan de Estudio definidas por el
establecimiento, serán calificada con una escala numérica de 2.0 a 7.0, hasta con
un decimal. Siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0. Esta calificación
deberá considerar el logro de los objetivos de aprendizaje en las actividades de las
evaluaciones formativas y sumativas.
3. Las asignaturas no consideradas en el Plan de Estudio priorizado para la
evaluación sumativa que incide en la promoción escolar, implementarán los
Objetivos Priorizados del Curriculum y evaluarán formativamente.
4. Durante el primer semestre, se evaluaron formativamente las actividades
pedagógicas en todas las asignaturas, mediante instrumentos como portafolios,
rúbricas, texto escolar del estudiante, ticket de salida, entrevistas y
retroalimentación oportuna.
5. Durante el segundo semestre se integra la evaluación formativa y la sumativa de
las actividades pedagógicas, las que incidirán en la promoción escolar de los
estudiantes.
6. Cada asignatura del Plan de Estudio ajustado, tendrá 3 calificaciones sumativas,
pudiendo ser éstas el promedio de evaluaciones formativas, evaluaciones más
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significativas e integradoras u otras que determine el docente, utilizando diversos
instrumentos y formas de evaluación.
7. Los OA de la asignatura de Orientación serán implementados en integración con
las otras asignaturas, siendo evaluados formativamente y no incidirá en la
promoción de los estudiantes.
8. En el caso que un estudiante no tuviese vínculo permanente con el
establecimiento, se activaran todos los esfuerzos y protocolos para dar continuidad
al proceso de aprendizaje del estudiante, iniciándose un plan preventivo. Si a pesar
de estos esfuerzos no hay forma de contactarlos o el contacto ha sido inestable se
activará el comité de evaluación que junto al equipo directivo podrá tomar la
decisión de promoción o repitencia del estudiante.
9. El director y su equipo directivo, analizarán la situación de aquellos alumnos que
no cumplan con los requisitos de promoción o que presenten una calificación de
alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso
siguiente.
10. El establecimiento certificará las calificaciones anuales de cada estudiante y el
término de los estudios de educación básica.
11. Las Evaluaciones sumativas definidas en el punto 6, deberán estar registradas en
las planillas libros de clases en las siguientes fechas:
1ra Evaluación Sumativa 19 al 23 de Octubre
2da Evaluación Sumativa 16 al 20 de Noviembre
3ra Evaluación Sumativa 14 al 18 de Diciembre
COCONCEPTO % LOGRO CALIFICACIÓN
LOGRADO (L) 88 % a 100% 6.0 A 7.0
MEDIANAMENTE LOGRADO (ML) 75 % a 87% 5.0 A 5.9
INICIALMENTE LOGRADO (IL) 60% a 74% 4.0 A 4.9
POR LOGRA (PL) 0% a 59% 2.0 A 4.0
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B.- DE LA ASISTENCIA
1.- Con respecto a la asistencia escolar y en consideración al contexto actual, se
entenderá por “asistencia” la participación de los estudiantes en actividades de
aprendizaje “sincrónicas” (Zoom, WhatsApp, Google Classroom, mail, etc.) y/ o
asincrónicas, contacto con docentes vía telefónica, trabajos en tiempos variados,
etc., no siendo necesario calcular un porcentaje de participación para cumplir el
estándar de asistencia que se exige en un año escolar con normalidad
.
C.- SOBRE INFORMACIÓN A PADRES, APODERADOS Y ESTUDIANTES
1.- Los apoderados y estudiantes deberán ser informados sobre las decisiones de
evaluación, plan de estudio y promoción a través de diferentes medios: por
escrito, video comunicacional del equipo directivo, reuniones apoderados y otros.
2.-Los apoderados y estudiantes serán informados de las siguientes actualizaciones
del Reglamento de Evaluación.
Asistencia
Criterios de evaluación, calificación y promoción de estudiantes de 1° básico a.8°
Básico
Tablas de equivalencias entre conceptos y calificaciones
Asignaturas que se calificarán
Promoción del año escolar
Certificación