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1 INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN RÉGIMEN SIERRA INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN RÉGIMEN SIERRA 2018-2019 SUBSECRETARÍA DE APOYO, SEGUIMIENTO Y REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN

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INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA

LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEL

SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN

RÉGIMEN SIERRA

INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA LOS

ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEL

SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN

RÉGIMEN SIERRA 2018-2019

SUBSECRETARÍA DE APOYO, SEGUIMIENTO

Y REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN

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Con la finalidad de cumplir con la normativa vigente en la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) y su Reglamento General de aplicación; así como, con las disposiciones emanadas por la Autoridad Educativa Nacional relacionadas con el inicio de clases del período lectivo 2018-2019 de Régimen Sierra, se dispone lo siguiente: 1. CUIDADO DEL ORNATO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Todo establecimiento educativo debe ser el reflejo de la formación que esperamos lograr en nuestros niños, niñas, adolescentes y jóvenes, por lo que cuidar de su aspecto es parte fundamental del buen ambiente requerido en el proceso de enseñanza-aprendizaje de conocimientos, valores, buenos hábitos y costumbres. Como parte de sus funciones el/la Rector/a Director(a) es el responsable que el establecimiento educativo se presente limpio, acogedor, apropiado, accesible (rampas para ingreso y egreso de personas con discapacidad física) para iniciar el año lectivo; por lo tanto, se deberá dar prioridad a la limpieza de las aulas, corredores, canchas deportivas, oficinas, laboratorios, entre otros. Deberá tomar las siguientes medidas:

a) Revisar que las baterías sanitarias estén limpias y en total funcionamiento. No se admitirá

problemas de fugas de agua, lodo en los pisos o no contar con los recursos e implementos para el aseo y la higiene personal de los estudiantes.

b) Gestionar la eliminación de todo rastro de maleza y basura que se encuentren dentro y en el

entorno de la institución.

c) Realizar las acciones necesarias para que el mobiliario destruido y que se encuentre separado sin el respectivo uso, se rija al procedimiento establecido en el Acuerdo No. 041-CG-2017 de fecha 22 de diciembre de 2017, con el cual se expide la codificación y reforma al Reglamento General para la Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público. Acuerdo Nro. MINEDUC-ME-2014-00041-A de 11 de agosto de 2014 con el cual se dispone continuar con el proceso de chatarrización de bancas y/o pupitres de metal y/o mixto (metal y madera) de las instituciones educativas públicas a nivel nacional, y demás disposiciones conexas (informe de viabilidad, acta de chatarrización, lista de empresas chatarrizadoras, precios de la chatarra) para dar de baja el mobiliario inservible en las instituciones fiscales.

d) Utilizar los recursos asignados en el presupuesto general del Estado a cada Distrito Educativo, según las directrices previo al inicio de ejecución Presupuestaria, constantes en el Memorando Nro. MINEDUC-CGAF2018-00006-C de 15 de enero de 2018 y Memorando Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00005-M de 06 de enero de 2018 referente a la aprobación del cronograma Plan Operativo Anual 2018 del MINEDUC y demás directrices que emita la Coordinación General Administrativa y Financiera para el efecto, recordando que se encuentra terminantemente prohibido cobro alguno por cualquier concepto a los padres de familia.

e) Verificar que la señalética de la institución educativa (en aulas, espacios de uso común) se encuentre debidamente ubicada de conformidad a los lineamientos y requerimientos dados

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por la Comisión de Gestión de Riesgos. Además se sugiere revisar las Normas INEN NTE 2239 Accesibilidad de las Personas al Medio Físico, Señalización, Requisitos y Clasificación).

f) El personal docente deberá tener listo una cartelera general para que puedan colocar el calendario escolar, el horario de clases, nómina de docentes por área (horario de atención), publicación de tareas, listas estudiantiles, etc.

g) Al amparo de lo señalado en el Acuerdo MINEDUC-MINEDUC-2017-00080-A, de 19 de septiembre de 2017, el comité de madres, padres de familia y/o representantes del paralelo al igual que el comité central, podrá, por iniciativa propia, ayudar al cuidado y/o mantenimiento de los espacios educativos de los establecimientos mediante aportes libres, voluntarios y no condicionados, de bienes para mejorar el ornato de salones de clase, fachada interna y externas, baterías sanitarias, luminarias, donación de libros, mobiliario para la biblioteca, oficina del Consejo Estudiantil, Departamento de Consejería Estudiantil, departamento médico, quedando totalmente prohibido solicitar o realizar cualquier solicitud de contribuciones económicas o aportes para festejos, agasajos o eventos de similar naturaleza.

h) Aquellos establecimientos que comparten infraestructura escolar deberán coordinar las acciones necesarias para el uso eficiente de las instalaciones educativas, equipamiento, cuidado y mantenimiento respectivo.

1.1 ACCESIBILIDAD

Durante la primera semana de clases, la autoridad educativa institucional verificará que de existir un estudiante con una necesidad educativa especial asociada a la discapacidad física o visual, para acceder al aula de clases; se priorizará la utilización de los primeros pisos de la institución educativa. El aula de preferencia deberá ubicarse cerca de las baterías sanitarias o cuartos de baños. (Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2242:2000, Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2241:2000).

La autoridad educativa institucional realizará las gestiones para que los espacios como: laboratorios, auditorio, bar, corredores, audiovisuales, baterías sanitarias (Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 293:2001), etc., cuenten con accesibilidad y el espacio suficiente para el desplazamiento de los estudiantes que utilizan ayudas técnicas como sillas de ruedas, muletas, andadores, entre otros.

2. PROCESO DE MATRÍCULA

2.1 Instituciones educativas fiscales a) Para los estudiantes que ya se encuentran en el sistema educativo fiscal, se recuerda que

los padres de familia y/o representantes legales NO requieren acercarse a las instituciones educativas para matricular a sus representados en el nivel al que fueron promovidos, ya que el sistema de matrícula es automático, conforme lo dispuesto en el artículo 163 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural,

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reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 366 de 27 de junio de 2014, que dice: “Una vez terminado el año lectivo, los estudiantes de los establecimientos educativos públicos serán matriculados automáticamente en el nivel que corresponda…”.

b) Los estudiantes de una institución educativa pública que no cuente con la oferta del siguiente año de estudios, no deben realizar ninguna gestión, ya que el MINEDUC les asegura la continuidad de sus estudios en otra institución educativa fiscal del circuito o distrito, a través del proceso de matrícula automática a otra institución educativa.

c) Los representantes legales que hayan decidido que su representado no continúe sus estudios en la misma unidad educativa porque tuvo un cambio de domicilio, deberán comunicarlo por escrito a la autoridad del establecimiento de origen, y luego ir al distrito a solicitar el trámite de traslado de institución fiscal a otra fiscal, por cambio de domicilio.

d) El distrito le brindará al representante legal la oferta educativa fiscal disponible según su domicilio (que se verifica a través de la planilla de energía eléctrica). De aceptar la opción el estudiante quedará matriculado en la nueva institución. El distrito imprimirá y entregará el nuevo certificado de matrícula automática.

e) En el caso de los estudiantes que necesiten una oferta de educación especializada y el distrito educativo no cuente con la misma; se le brindará una oferta alternativa que garantice el acceso a la educación, en coordinación con la UDAI, Analista Zonal de Educación Especializada e Inclusiva y representante legal.

f) Los padres de familia o representantes legales, que soliciten matrícula para sus hijos/as por pase o transferencia dentro del mismo régimen (Art. 165 del Reglamento General a la LOEI), serán atendidos de conformidad a los lineamientos del “Instructivo de Pase o Transferencia de Estudiantes a otras Instituciones Educativas del mismo Régimen del Sistema Educativo Nacional”; mismo que fue socializado a los niveles desconcentrados a través del Memorando Nro. MINEDUC-DNRE-2018-00495-M de 02 de marzo de 2018.

g) Los padres de familia o representantes legales, que requieran una matrícula para sus

hijos/as una vez iniciado el año lectivo, de conformidad a lo reglado en el artículo 162 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nro. 366 de 27 de junio de 2014; deberán ser atendidos según los lineamientos del “Instructivo que Regula la Matrícula Continua-Posterior al Inicio del Año Lectivo de los Estudiantes en los Establecimientos Educativos del Sistema Nacional de Educación”, socializado a los niveles desconcentrados, a través del Memorando Nro. MINEDUC-DNRE-2016-00833-M de fecha 08 de junio de 2016.

h) Los distritos educativos deben coordinar con las instituciones educativas de su jurisdicción, para que coloquen letreros informativos en los que se detalle los listados de los estudiantes por grado o curso, paralelo y jornada, que han sido transferidos a otra institución educativa que oferta el nivel inmediato superior, por ejemplo:

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Los estudiantes del 10mo grado de EGB, paralelo “C” de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTADOS UNIDOS fueron matriculados automáticamente en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JUAN PIO MONTUFAR al 1ro de Bachillerato, paralelo “B”, jornada matutina para el año lectivo 2018-2019.

Estos letreros deben permanecer al menos hasta el 3 de octubre de 2018 en las instituciones educativas que no contaban con el grado o curso inmediato superior; y, la Institución Educativa receptora de los nuevos estudiantes, también debe colocar los listados de los estudiantes que pasan por matrícula automática a esa institución educativa, durante el mismo período. Es responsabilidad del Director Distrital velar por el cumplimiento de esta disposición. Si un estudiante debe repetir un grado o curso tiene derecho de acceder a una segunda matrícula en el mismo establecimiento educativo; la tercera matrícula será asignada por parte de la dirección distrital correspondiente a un establecimiento que brinde las condiciones más favorables para apoyar la continuidad del proceso educativo.

i) De conformidad a lo estipulado en el Acuerdo Ministerial 2018 No 000060-A del 10 de junio 2018, podrán ingresar al subnivel 2 de Educación Inicial, grupo 1, los niños y niñas que cumplan 3 años hasta el primer día de inicio del año escolar, es decir que pueden cumplir esta edad hasta el lunes 03 de septiembre de 2018. Para el grupo 2, los niños podrán ingresar los niños y niñas que cumplan 4 años hasta 120 días después de iniciado el año escolar, es decir que pueden cumplir esta edad hasta el martes 01 enero de 2019.

j) De conformidad al artículo 6 del Acuerdo Ministerial 0232-13 de fecha 24 de julio de 2013, podrán ingresar a Primero de Educación General Básica los niños y niñas que cumplan 5 años hasta 120 días después de iniciado el año escolar, es decir que pueden cumplir esta edad hasta el martes 01 enero de 2019.

2.2 Instituciones educativas municipales, particulares y fiscomisionales

Las instituciones educativas municipales, particulares y fiscomisionales a más de las disposiciones establecidas para los planteles educativos públicos, constantes en los literales g) y h) del numeral 2.1 del presente instructivo, deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

a) El proceso de matriculación se ejecutará desde el 13 hasta al 31 de agosto de 2018. Se

deberá informar a la comunidad educativa estas fechas para que este proceso se maneje de forma ordenada.

b) La matrícula automática para los establecimientos particulares es un proceso

optativo y requiere la autorización expresa de los padres de familia o representantes legales de los estudiantes, conforme lo prescrito en el artículo 163 del Reglamento

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General a la LOEI, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 366 de 27 de junio de 2014.

c) Las instituciones educativas particulares, fiscomisionales y municipales que oferten el

nivel inicial podrán admitir a niños y niñas a nivel inicial, en cualquier fecha del año lectivo siempre que a esa fecha de ingreso (los niños y niñas) cumplan con las edades mínimas establecida en el artículo 27 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y los acuerdos ministeriales e interministeriales expedidos para el efecto. Dichas instituciones cobrarán el valor de pensión desde el día que ingresen los niños y niñas a la institución, de conformidad con lo dispuesto en el Memorando Nro. MINEDUC-VGE-2014-00068-MEM de 20 de mayo de 2014.

d) Las instituciones educativas particulares y fiscomisionales podrán cobrar a los

estudiantes los valores correspondiente a matrícula y pensiones conforme lo prescrito en el “REGLAMENTO QUE ESTABLECE LOS PARÁMETROS GENERALES PARA COBRO DE MATRÍCULAS Y PENSIONES POR PARTE DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PARTICULARES Y DE LOS COBROS POR SERVICIOS EDUCATIVOS POR PARTE DE LOS ESTABLECIMIENTOS FISCOMISIONALES DEL PAÍS”, de conformidad al Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-2017-00006-A de fecha 26 de enero de 2017.

e) La Resolución de Costos emitida por la Junta Distrital Reguladora de Pensiones y

Matrículas de la Educación Particular y Fiscomisional, que fija los montos por concepto de matrícula y pensión, deberá exhibirse de forma obligatoria en un lugar visible de cada institución educativa para conocimiento de los padres de familia o representantes legales de los estudiantes.

2.3 Instituciones educativas fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares con jornada

nocturna y de escolaridad inconclusa (modalidades presencial, semipresencial y a distancia).

a) La matrícula se realizará directamente en las mismas instituciones educativas del 13

al 31 de agosto de 2018, por lo que el estudiante en caso de representarse por sí mismo, el padre de familia o representante legal, deberán acercarse a las instituciones educativas para la matrícula respectiva en el grado o curso al que ingrese o haya sido promovido.

b) Las instituciones educativas particulares o fiscomisionales que oferten la jornada nocturna y/o escolaridad inconclusa, podrán proceder a la matrícula de sus estudiantes de acuerdo al Reglamento que establece los parámetros generales para el cobro de matrículas y pensiones; y, de los cobros por servicios educativos por parte de los establecimientos fiscomisionales, de conformidad con el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-2017-00006-A de fecha 26 de enero de 2017.

c) La Resolución de Costos emitida por la Junta Distrital Reguladora de Pensiones y Matrículas de la Educación Particular y Fiscomisional, que fija los montos por concepto de matrícula y pensión, deberá exhibirse de forma obligatoria en un lugar

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visible de cada institución educativa para conocimiento de los padres de familia o representantes legales de los estudiantes.

3. CRONOGRAMA ESCOLAR a) De conformidad con el Art. 146 del Reglamento General a la LOEI, el año lectivo se

desarrollará en dos (2) quimestres en todas las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares y tendrá un total de 200 días de asistencia obligatoria de los estudiantes para el cumplimiento de actividades educativas, contados desde el primer día de clases hasta la finalización de los exámenes del segundo quimestre.

b) Las Instituciones Educativas fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares para elaborar el cronograma de los 200 días laborables, deberán tomar en cuenta las actividades que se realizarán los días ordinarios, y de realizarse en fines de semana, se reconocerá como laborables los días utilizados, previa autorización del Distrito Educativo, de conformidad a la Disposición General Primera, del Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2018-00026-A, de fecha 16 de marzo de 2018.

c) Las actividades vinculadas con la cultura, deporte y ferias educativas que las instituciones educativas deseen fomentar, deben estar incluidas en el cronograma escolar, el cual debe ser registrado en la dirección distrital de educación correspondiente, el tiempo máximo establecido para estas actividades es de 15 días laborables continuos o espaciados.

d) Las IE fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares deben enviar el cronograma de los 200 días laborables mediante correo electrónico al Analista de ASRE del distrito educativo correspondiente, hasta la primera semana de inicio de clases y recibirán la respuesta automáticamente. Según el procedimiento para el registro del cronograma de los 200 días laborables y la respectiva matriz que se anexa al presente instructivo.

e) La programación semanal (micro-planificación), con el número de períodos de clases para

cada uno de los niveles, no puede ser inferior a la definida por el currículo nacional vigente.

f) La hora pedagógica debe ser, al menos, de 30 a 40 minutos para el nivel de Educación Inicial, subnivel 2 y de 40 minutos desde el subnivel de Básica Elemental en adelante.

g) El inicio de clases en las instituciones educativas de Régimen Sierra se realizará de

conformidad al siguiente calendario:

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FECHA DE INGRESO NIVELES

3 de septiembre de 2018 Bachillerato: 1º, 2º y 3º

4 de septiembre de 2018 Básica Superior: 8º, 9º y 10º EGB

5 de septiembre de 2018 Básica Media: 5º, 6º y 7º EGB

6 de septiembre de 2018 Básica Elemental: 2º, 3º y 4º EGB

7 de septiembre de 2018 Preparatoria: 1º EGB

10 de septiembre de 2018 Educación Inicial

h) Para las instituciones educativas de jornada nocturna y las que ofertan escolaridad inconclusa, el inicio de clases será el 3 de septiembre de 2018 para TODOS los años escolares.

i) Las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares que ofertan uno o varios de los Programas de Bachillerato Internacional de conformidad al Acuerdo Ministerial 0224-13 de 16 de julio de 2013, podrán iniciar clases con los cursos que aplican estos programas hasta con quince (15) días de anticipación a las fechas oficiales. Por lo manifestado, las instituciones educativas fiscales y los demás sostenimientos ingresarán el 16 de agosto de 2018; cabe mencionar que las fechas para los exámenes de grado y para la incorporación de bachilleres serán las mismas para todos los sostenimientos.

j) En los casos comprobados de desastres naturales o por causas debidamente justificadas, las

autoridades institucionales reprogramarán el inicio de clases, debiendo solicitar a la Autoridad Educativa Zonal la autorización respectiva.

4. TEXTOS Y ÚTILES ESCOLARES

a) En los establecimientos educativos fiscales, se prohíbe solicitar textos para las áreas básicas

del currículo, en razón de que estos son proporcionados por el MINEDUC de forma gratuita, según el siguiente detalle:

MATERIAL PARA ESTUDIANTES

SUBNIVEL ASIGNATURAS TIPO NÚMERO DE TITULOS POR GRADO

Preparatoria 1.º grado

Currículo integrado

Cuentos infantiles con actividades

4 cuentos (1.º grado)

Cuadernos de trabajo 3 cuadernos (1.º grado)

Experiencias de aprendizaje sobre la cultura Afroecuatoriana

1 cuaderno

Elemental Matemática Libro de texto 3 libros (2.º,3.º y 4.º grados)

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2.º,3.º y 4.º grados

Lengua y Literatura

Libro de texto 3 libros (2.º,3.º y 4.º grados)

Ciencias Naturales

Libro de texto 3 libros (2.º,3.º y 4.º grados)

Estudios Sociales

Libro de texto 3 libros (2.º,3.º y 4.º grados)

Inglés Nivel Pre A1.1

Libro de texto 1 libro para 2.º grado

Inglés Nivel Pre A1.2

Libro de texto 1 libro para 3.º grado

Inglés Nivel A1.1

Libro de texto 1 libro para 4.º grado

Media 5.º,6.º y 7.º grados

Matemática Libro de texto 3 libros (5.º,6.º y 7.º grados)

Cuaderno de trabajo 3 libros (5.º,6.º y 7.º grados)

Lengua y literatura

Libro de texto 3 libros (5.º,6.º y 7.º grados)

Cuaderno de trabajo 3 libros (5.º,6.º y 7.º grados)

Ciencias Naturales

Libro de texto 3 libros (5.º,6.º y 7.º grados)

Cuaderno de trabajo 3 libros (5.º,6.º y 7.º grados)

Estudios Sociales

Libro de texto 3 libros (5.º,6.º y 7.º grados)

Cuaderno de trabajo 3 libros (5.º,6.º y 7.º grados)

Inglés Nivel A1.1 CHILDREN

Libro de texto 1 libro (único para 5º y 6 º grados)

Inglés Nivel A1.2 CHILDREN

Libro de texto 1 libro para 7.º grado

SUBNIVEL ASIGNATURAS TIPO NÚMERO DE TITULOS POR GRADO

Superior 8º, 9º y 10º grados

Matemática Libro de texto 3 libros (8.º,9.º y 10.º grados)

Lengua y Literatura

Libro de texto 3 libros (8.º,9.º y 10.º grados)

Ciencias Naturales

Libro de texto 3 libros (8.º,9.º y 10.º grados)

Estudios Sociales

Libro de texto 3 libros (8.º,9.º y 10.º grados)

Inglés Nivel A1.1 (jóvenes)

Libro de texto 1 libro para 8.º grado

CD interactivo 1 CD para 8.º grado

Inglés Nivel A1.2 (jóvenes)

Libro de texto 1 libro para 9.º grado

CD interactivo 1 CD para 9.º grado

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Inglés Nivel A2.1

Libro de texto 1 libro para 10.º grado

CD interactivo 1 CD para 10.º grado

NIVEL ASIGNATURAS TIPO NÚMERO DE TITULOS POR GRADO

BGU 1º , 2.º y 3º cursos

Matemática Libro de texto 3 libros (1.º,2.º y 3.º cursos)

Lengua y Literatura

Libro de texto 3 libros (1.º,2.º y 3.º cursos)

Física Libro de texto 3 libros (1.º,2.º y 3.º cursos)

Química Libro de texto 3 libros (1.º,2.º y 3.º cursos)

Bilogía Libro de texto 3 libros (1.º,2.º y 3.º cursos)

Historia Libro de texto 3 libros (1.º,2.º y 3.º cursos)

Educación para la Ciudadanía

Libro de texto 2 libros (1.º y 2.º cursos)

Filosofía Libro de texto 2 libros (1.º y 2.º cursos)

Emprendimiento y Gestión (1)

Libro de texto 3 libros (1.º,2.º y 3.º cursos)

Inglés Nivel A2.2 Libro de texto 1 libro para 1.º curso

CD interactivo 1 CD para 1.º curso

Inglés Nivel B1.1 Libro de texto 1 libro para 2.º curso

CD interactivo 1 CD para 2.º curso

Inglés Nivel B1.2

Libro de texto 1 libro para 3.º curso

CD interactivo 1 CD para 3.º curso

Fuente: Dirección Nacional de Currículo/Subsecretaría de Fundamentos Educativos.

(1) Los libros de textos de Emprendimiento y Gestión se entregará en el transcurso del primer Quimestre

b) Los textos escolares serán entregados a los establecimientos educativos fiscales antes del inicio de clases del año lectivo 2018-2019, según los lineamientos y cronogramas que establezca la Subsecretaría de Administración Escolar (SAE) para este proceso.

c) Los textos entregados por el Ministerio de Educación son un recurso que apoya al docente en el proceso de enseñanza-aprendizaje. El docente podrá utilizarlo según su mejor criterio, en cuanto a secuencia y frecuencia, según su Planificación Curricular Anual. Debe procurar su uso dentro del establecimiento educativo.

d) En las instituciones educativas fiscales, se debe solicitar como útiles escolares no más de lo

que las listas oficiales señalan, recordándoles que está terminantemente prohibido solicitar recursos didácticos, libros, folletos o cualquier otro material adicional a los estudiantes y padres de familia, debido a que afectan a la economía familiar.

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e) En las instituciones particulares y fiscomisionales el costo total de la lista de útiles escolares, textos impresos o digitales, y de los uniformes requeridos no podrá exceder, en conjunto al valor equivalente a un salario básico unificado; para su determinación en cuanto al valor del mercado, los establecimientos presentarán valores referenciales de útiles escolares, textos impresos o digitales y de los uniformes requeridos, garantizando el no direccionamiento o vinculación a algún proveedor específico, de conformidad con lo que establece el artículo 22 del Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-ME-2016-00006-A.

f) Se prohíbe en las instituciones educativas fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares la venta de libros, revistas, folletos fotocopias, CD o cualquier otro material que fuere promovido por los docentes del establecimiento, así como la realización de rifas, tómbolas, bingos, kermeses, entre otras actividades.

g) En las instituciones educativas fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares no será

exigible compra de escarapelas, hojas, carpetas membretadas o cualquier otro material innecesario o que sea de uso destinado únicamente para la administración y no para el desarrollo de actividades pedagógicas.

h) Al tenor de lo prescrito en el artículo 52 de la Constitución de la República, y en el literal d) del artículo 4 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, que garantiza la libertad de

elección en la compra de bienes y servicios de óptima calidad, los establecimientos educativos no podrán exigir, sugerir, direccionar o insinuar la compra de material escolar ni uniformes de marca específica en determinados lugares, incluidos los propios locales educativos.

i) Las asociaciones de profesores, los comités de padres de familia o cualquier otra persona

natural o jurídica, están prohibidos de realizar, organizar o promover ventas de libros, materiales, uniformes o útiles al interior de los establecimientos educativos, así como tener oficinas asignadas para uso exclusivo dentro de los planteles públicos.

j) En los planteles particulares y fiscomisionales se deberá EXHIBIR en un lugar visible al interior

del establecimiento educativo, las prohibiciones contenidas en el artículo 140 del Reglamento General a la LOEI.

k) Los estudiantes con necesidades educativas especiales asociados a la discapacidad que

utilicen ayudas técnicas como: regletas, bastón de rastreo, punzón, silla de ruedas, muletas, audífono, entre otros podrán ingresar a la institución educativa y al aula con todos los apoyos que necesiten para su aprendizaje.

l) Los Directores Distritales serán los responsables de garantizar la entrega de los materiales de apoyo a los estudiantes, padres de familia y/o representantes, tanto en formato digital como de forma física; velando que los textos escolares que proporciona el Ministerio de Educación, no sean producto de ventas hacia los beneficiarios, o que se disponga una reproducción parcial o total no autorizada.

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m) En las instituciones educativas particulares, los textos escolares de las asignaturas que se rigen bajo el Currículo Nacional obligatorio, deben tener la certificación curricular emitida por el Ministerio de Educación, siempre y cuando sean textos principales de dicha asignatura.

5. TRANSPORTE ESCOLAR

Las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares aplicarán lo dispuesto en el Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00077-A, de fecha 13 de Agosto de 2018, entre las que se destacan las siguientes:

El servicio de transporte escolar, es facultativo para los padres de familia o

representantes de los estudiantes de las instituciones fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares; quienes para acceder al mismo, deberán manifestar su voluntad expresa de contratar el servicio de transporte escolar.

La prestación del servicio de transporte escolar, se realizará únicamente con operadoras que acrediten estar legalmente autorizadas, a través del respectivo título habilitante, otorgado por el organismo de tránsito competente.

La inspección, vigilancia y control de la prestación del servicio de transporte escolar y la verificación de que cada vehículo que presta el servicio se encuentre legalmente habilitado con el permiso de operación correspondiente y en óptimas condiciones, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente para su legal funcionamiento; estará a cargo de la entidad responsable del transporte terrestre dentro de la respectiva jurisdicción, actividad coordinada con el directivo institucional o su delegado y del presidente del comité central de padres de familia o su delegado.

La inspección, vigilancia y control de la prestación del servicio de transporte escolar, deberá realizarse de manera periódica; para lo cual, la institución educativa establecerá y facilitará los respectivos lugares para esta actividad.

El contrato adjudicado y suscrito entre el directivo institucional requirente y las operadoras de transporte escolar deberá generarse en original y tres copias; el original deberá ser enviado a la Dirección Distrital a la que corresponda la institución educativa; una copia reposará en la secretaría del establecimiento educativo; otra copia deberá entregarse a la operadora de transporte escolar contratada; y, la tercera copia se remitirá al organismo de tránsito competente, de acuerdo a su jurisdicción territorial.

Los contratos adjudicados para el servicio de transporte escolar deberán tener un plazo mínimo de dos años y estar apegados a la normativa sectorial vigente. Para la renovación deberán observarse todas las condiciones establecidas en la normativa legal vigente.

En los contratos de prestación del servicio de transporte escolar, debe estipularse las causales para la terminación del mismo.

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La máxima autoridad institucional designará de su planta docente o administrativa al personal que deba cumplir las funciones de acompañante a los/las estudiantes de Educación Inicial y de Educación General Básica Elemental, en cada una de las unidades del transporte escolar, durante todo el trayecto desde y hacia el establecimiento educativo, tomando en consideración el lugar de residencia con respecto a la ruta que deba cumplir el transporte, así como también, la carga horaria y/o funciones encomendadas.

Contratación del transporte escolar en I.E. fiscales con recursos públicos:

La contratación del servicio de transporte escolar en las instituciones educativas fiscales con recursos públicos, se realizará a través del Servicio Nacional de Contratación Pública-SERCOP, conforme a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento; este proceso estará a cargo de la Unidad Distrital de Administración Escolar.

Cuando el servicio de transporte escolar, sea ofertado por el Ministerio de Educación o un promotor estatal de manera gratuita a los estudiantes, éste se realizará a través del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), conforme a lo prescrito en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) y su Reglamento.

Los contratos para instituciones educativas fiscales con recursos públicos, estarán suscritos por la operadora de transporte escolar y el Director Distrital de la jurisdicción a la que corresponda la institución educativa.

Los contratos se suscribirán por el año fiscal, considerando únicamente el tiempo efectivo de la prestación del servicio durante el año escolar.

Se deberá conformar una comisión técnica encargada de la contratación del servicio de transporte escolar, la misma que para la contratación, deberá tomar en consideración el artículo 18 del Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional Contratación Pública.

Los contratos adjudicados para el servicio de transporte escolar deberán estar acordes a la normativa legal vigente, y a las condiciones contractuales que para el efecto estipule el Servicio Nacional de Contratación Pública.

Contrataciones del transporte escolar en I.E. fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares con recursos de los padres de familia:

La suscripción del contrato de transporte escolar entre el directivo institucional y el representante legal de la o las operadoras de transporte escolar seleccionadas, en las instituciones educativas fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares, cuyo pago sea efectuado con recursos de los padres de familia, se realizará 10 días laborables previo a la finalización del año lectivo, con la presencia del presidente del comité central de padres de familia o su delegado, en calidad de veedor.

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Para la verificación del cumplimiento de la normativa vigente, respecto al transporte escolar para el régimen Sierra, año lectivo 2018-2019, se adjunta la matriz de transporte escolar, que servirá a los analistas distritales de ASRE, para el respectivo seguimiento al cumplimiento de la normativa del transporte escolar.

6. UNIFORMES, BARES, EXCURSIONES, VARIOS

a) No se podrán hacer cambios en los diseños de los uniformes, puesto que afectan la economía familiar.

b) Sobre el uso de la corbata en instituciones educativas fiscales se manifiesta lo siguiente:

En las instituciones educativas que cotidianamente no usan corbatas esto debe mantenerse.

La máxima Autoridad en las instituciones educativas emblemáticas, podrán de forma opcional decidir si se usa o no la corbata.

Es prohibido usar la corbata en cualquier desfile que participen los estudiantes.

En los actos solemnes de las instituciones educativas (por ejemplo: Juramento de la Bandera) la Autoridad Educativa podrá, de forma opcional, solicitar el uso de la corbata.

c) Para el control del funcionamiento de bares escolares en las instituciones educativas, el

Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud Pública expidieron el Acuerdo

Interministerial 0005-14 el 3 de abril de 2014 y el Acuerdo Interministerial 0001-15, de

fecha 24 de marzo de 2015, mediante el cual se dispone la publicación del “Instructivo

para la Operativización del Reglamento para el Control del Funcionamiento de Bares

Escolares del Sistema Nacional de Educación”, publicado mediante Registro Oficial

Suplemento 505 de 21 de mayo de 2015, cuyo propósito es el de promover una cultura

alimentaria y nutricional en todo su contexto, tendiente a garantizar la seguridad e

inocuidad de los alimentos como parte del cuidado y promoción de la salud y nutrición de

niños, niñas y adolescentes.

d) Mediante Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC-2017-00084-A, con fecha 24 de septiembre de 2017, suscrito por el señor economista Fander Falconí Benítez, Ministro de Educación, se establece: Artículo 1.- Disponer “que la Dirección Nacional de Recursos Educativos de la

Subsecretaría de Administración Escolar, a más de las atribuciones y responsabilidades

constantes en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio

de Educación, lidere el cumplimiento de la política pública de bares escolares asumiendo

los procesos técnicos y administrativos en coordinación con las áreas correspondientes en

el ámbito de sus competencias relacionadas con el control del funcionamiento de Bares

Escolares del Sistema Nacional de Educación.”

Artículo 7.- Responsabilizar a las máximas autoridades de las instituciones educativas de

velar por la correcta aplicación del Reglamento para el control del funcionamiento de

bares escolares del sistema nacional de educación y su Instructivo de Operativización.

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Artículo 8.- Responsabilizar a los niveles desconcentrados Zonales y Distritales del control,

seguimiento y cumplimiento de la normativa e instructivo de bares escolares así como de

las directrices que al respecto emita la Subsecretaría de Administración Escolar “.

e) Se prohíbe solicitar a los padres de familia el pago de cualquier tipo de contribución económica o la entrega de contribución en especies.

f) Para realizar paseos, excursiones y giras de observación con estudiantes como parte de la planificación educativa anual, deberán acogerse a lo dispuesto en los Acuerdos Ministeriales 0053-13 de fecha 01 de abril de 2013 y 0195-13 de fecha 26 de junio de 2013, y el “Instructivo para la aplicación de la Normativa de Excursiones y Giras de Observación en las Instituciones Educativas a Nivel Nacional”, este último documento, socializado a las coordinaciones zonales y distrititos educativos a través del Memorando Nro. MINEDUC-DNRE-2015-00079-M de 06 de febrero de 2015.

g) Por ningún concepto, un estudiante con una necesidad educativa especial asociado a una discapacidad puede quedar exento de participar de una excursión o gira de observación, salvo de no contar con la autorización del padre de familia o representante legal. Es responsabilidad del docente y la autoridad institucional planificar el lugar de destino que garantice los aprendizajes y accesibilidad.

7. SISTEMA DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

a) Las instituciones educativas evaluarán con la escala de calificaciones prescritas en el Art. 194 del Reglamento General a la LOEI, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 366 de 27 de junio de 2014.

Escala cualitativa Escala cuantitativa

Domina los aprendizajes requeridos 9,00 – 10,00

Alcanza los aprendizajes requeridos 7,00 – 8,99

Está próximo a alcanzar los aprendizajes requeridos 4,01 – 6,99

No alcanza los aprendizajes requeridos ≤ 4

b) Para evaluar el progreso de los niños y niñas de Educación inicial y subnivel de preparatoria

o primer grado de Educación General Básica, es de manera cualitativa , considerando la siguiente escala:

ESCALA SIGNIFICADO CARACTERISTICAS

I Inicio

El niño o niña, está empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos, para lo cual necesita mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente, de acuerdo con su ritmo y estilo de aprendizaje.

EP En proceso El niño o niña está en proceso para lograr los aprendizajes previstos, para lo cual requiere acompañamiento del

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docente y del representante legal durante el tiempo necesario.

A Adquirida El niño o niña evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado.

N/E No evaluada Este indicador no ha sido evaluado en el quimestre. Elaborado por: Dirección Nacional de Currículo y Dirección Nacional de Inicial y Básica

Los docentes deben observar y evaluar continuamente el avance de las destrezas recomendadas en el currículo para cada etapa de formación del infante y deben llenar los reportes de evaluación quimestrales que valoren el desarrollo de las destrezas planteada e incluyan, sugerencias y recomendaciones para fomentar el progreso y bienestar integral del infante.

c) Para la evaluación de los estudiantes de las instituciones del Sistema Educativo Nacional se

regirán por lo dispuesto en el “Instructivo para la Aplicación de la Evaluación Estudiantil” actualizado al 2017.

d) Todo estudiante que forme parte del Sistema Nacional de Educación deberá estar registrado en los sistemas de información dispuestos por la Autoridad Educativa Nacional.

e) El directivo institucional será el encargado de velar que la información que se registre en los

sistemas informáticos dispuestos por la Autoridad Educativa Nacional sea veraz y consistente.

f) Las instituciones educativas fiscales del Sistema Nacional de Educación, deberán registrar

las calificaciones y asistencias de los estudiantes en el Portal de Gestión Educativa, según el “Instructivo para el Registro de Asistencia, Calificaciones y Comportamiento de los estudiantes en el Portal Educar Ecuador”, emitido por la Autoridad Educativa Nacional.

g) Para la evaluación, certificación y promoción de los estudiantes con necesidades educativas

especiales, se procederá de conformidad a los lineamientos del Instructivo de Evaluación y Promoción de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, que consta en la Plataforma Educar Ecuador.

8. ABANDERADOS

a) Para el período lectivo 2018-2019, régimen Sierra, se incrementa en el aplicativo de titulación (CAS), el módulo denominado ABANDERADOS, sistematizando de esta manera el proceso de designación y proclamación de abanderados. La Dirección Nacional de Regulación de la Educación, emitirá el Instructivo respectivo y demás instrumentos técnicos para este proceso.

b) Para la designación de Abanderado, Portaestandartes y Escoltas, la máxima autoridad institucional aplicará obligatoriamente lo dispuesto en los artículos del 175 al 183 del

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Reglamento General a la LOEI, y el Instructivo para la Designación de Abanderado, Portaestandartes y Escoltas de las Instituciones Educativas del Sistema Educativo.

c) Para la designación de estas distinciones, en cada institución educativa se deberá conformar la respectiva comisión para la elección de abanderado, portaestandartes y escoltas, de acuerdo al artículo 179 del Reglamento General a la LOEI, misma que estará integrada por: el Rector del plantel, quien la presidirá; dos (2) delegados del Consejo Ejecutivo del establecimiento; un representante de los Padres y Madres de Familia; y, el Presidente del Consejo Estudiantil.

d) La comisión dentro de los diez (10) días laborables de iniciado el año lectivo, deberá realizar

la designación de las nueve dignidades a elegirse, esto es; un abanderado del Pabellón Nacional, un Portaestandarte de la ciudad o del cantón, un Portaestandarte del plantel, dos escoltas del Pabellón Nacional, dos escoltas del estandarte de la ciudad y dos escoltas del estandarte del plantel, de acuerdo a los puntajes obtenidos de mayor a menor, resolución que deberá ser notificada a los representantes legales y a los estudiantes dentro del término de los diez días, además deberá publicarse en un lugar visible del establecimiento educativo.

e) Los promedios serán registrados por la Secretaria/o del plantel, en caso de no existir, se

deberá elegir entre los miembros de la comunidad a un Secretario ad hoc., quien puede registrar la información de forma individual (por estudiante) o global (MACRO). El registro de los promedios, se hará con dos decimales (NO HABRÁ REDONDEO).

f) En caso de que uno o varios estudiantes no estuvieren de acuerdo con la resolución adoptada por la Comisión, éstos podrán apelar dentro del término de cinco días ante la misma Comisión en primera instancia, cuerpo colegiado que tendrá el término de cinco (5) días para pronunciarse; de persistir la inconformidad el representante legal del estudiante podrá recurrir en el término de cinco (5) días ante el Director/a Distrital correspondiente, en segunda y definitiva instancia, quien deberá pronunciarse en el término máximo de cinco días, su resolución deberá ser motivada y causará estado en la esfera administrativa.

g) En aplicación a lo estipulado en el Art. 176 del Reglamento General a la LOEI, para las

distinciones de Abanderados, Portaestandartes y Escoltas, se considerarán las calificaciones finales de segundo año de Educación General Básica hasta segundo año de bachillerato. El valor resultante será calculado automáticamente por el aplicativo-módulo de Abanderados.

h) De existir empate, el cálculo se efectuará en décimas, centésimas y milésimas, en ningún caso esta cifra debe promediarse con calificaciones de comportamiento o disciplina. De darse empate en los promedios globales finales, se deberá considerar como mérito adicional para desempatar la participación de los estudiantes en actividades científicas, culturales, artísticas, deportivas o de responsabilidad social que se encuentren debidamente documentadas, organizadas o promovidas por instituciones educativas, deportivas o culturales legalmente reconocidas, actividades en las que el estudiantes hubiere participado en representación del establecimiento educativo, la ciudad, el cantón, la provincia o el país.

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i) En las instituciones educativas en las que persistiera el empate en los promedios obtenidos por los estudiantes, deberán basarse en las distinciones honoríficas instituidas en el Código de Convivencia de acuerdo con su filosofía y realidad cultural, establecidas en el Reglamento General a la LOEI, mismas que, deberán contar con la respectiva aprobación de la Dirección Distrital.

j) La proclamación del abanderado y el juramento a la Bandera se llevará a cabo el 26 de septiembre de cada año, fecha en la que se conmemora el Día de la Bandera, de conformidad a lo estipulado en el Art. 183 del Reglamento General a la LOEI, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 366 de 27 de junio de 2014.

k) Para la designación del abanderado, portaestandarte y escoltas, no será necesario que el

estudiante haya permanecido toda su trayectoria académica en la misma institución educativa.

l) La Comisión responsable para la designación de abanderado, portaestandarte y escoltas,

dentro de este proceso tomará también en consideración a los estudiantes de nacionalidad extranjera, pues gozan de los mismos derechos y deberes que los ecuatorianos, los mismos deberán cumplir con los requisitos establecidos para las designaciones respectivas.

9. REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE BACHILLER

a) Las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional aplicarán lo prescrito en el Art. 198 del Reglamento General a la LOEI, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1332 de 01 de marzo de 2017, que textualmente dice: “Art. 198.- Requisitos para la obtención del título de bachiller.- Para obtener el título de bachiller, el estudiantes debe: 1. Obtener una nota final mínima de siete sobre diez (7/10), que será un promedio

ponderado de las siguientes calificaciones:

i. El promedio obtenido en el subnivel de Básica Superior, equivalente al 30 %; ii. el promedio obtenido de los (3) años de Bachillerato, equivalente al 40 %; y,

iii. la nota del examen de grado, equivalente en el promedio al 30%

Los estudiantes que no logren la nota final mínima para la obtención de su título de bachiller podrán rendir un examen de grado supletorio, de acuerdo a las condiciones establecidas por la Autoridad Educativa Nacional a tal efecto.

2. Haber aprobado las actividades de participación estudiantil obligatorias, según lo

contemplado en el presente reglamento.

3. Los demás requisitos previstos en la normativa vigente.

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En el caso de las modalidades semipresencial y a distancia, los estudiantes deben cumplir con los mismos requisitos.”

b) No podrán graduarse los estudiantes que no hubieren aprobado las actividades de

Participación Estudiantil obligatorias; esto es, las 200 horas de trabajo, conforme lo dispuesto en los artículos 202 y 203 del Reglamento General a la LOEI, reformados mediante Decreto Ejecutivo No. 811 de 22 de octubre de 2015.

c) Para la correcta implementación del Programa de Participación Estudiantil (PPE), se debe considerar: el Acuerdo Nro. MINEDUC-ME-2016-00040-A de 03 de mayo de 2016, el Instructivo para la implementación del Programa de Participación Estudiantil (PPE) de régimen Sierra año lectivo 2018-2019 y demás instrumentos técnicos a ser expedidos por la Dirección Nacional de Educación para la Democracia y el Buen Vivir, que oportunamente estarán disponibles en la página Web del Ministerio de Educación en el link: https://educacion.gob.ec/recursos-del-ppe/.

d) Se recuerda a las instituciones educativas, que hasta que, la Dirección Nacional de Educación para la Democracia y el Buen Vivir, emita el Instructivo para la implementación del Programa de Participación Estudiantil para el Régimen Sierra, año lectivo 2018-2019 y proceda con las respectivas capacitaciones, NO deberá emitirse ningún tipo de directriz a los estudiantes; de presentarse inquietudes y/o de requerir cualquier tipo de información, pueden hacerlo al correo electrónico [email protected].

e) De conformidad con el Acuerdo Ministerial 0382-13 de fecha 21 de octubre de 2013

(codificado a julio de 2017), a partir del año lectivo 2013-2014 para el Régimen Sierra, se dispone la aplicación obligatoria a nivel nacional de exámenes estandarizados a todos los estudiantes del tercer año de bachillerato en la modalidad presencial, semipresencial y a distancia que han aprobado las asignaturas del respectivo currículo.

f) Los exámenes nacionales estandarizados para la obtención del título de bachiller serán los exámenes de grado, obligatorios y electivos, mismos que serán receptados por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEVAL), de conformidad con lo señalado en Acuerdo Ministerial No. 0382-13 de 21 de octubre de 2013, codificado a julio de 2017.

g) Los estudiantes de tercer año de bachillerato, que tengan necesidades educativas asociadas a

la discapacidad, podrán rendir la evaluación alternativa “Ser Bachiller”, misma que estará a cargo de la Dirección Nacional de Educación Especializada e Inclusiva, instancia administrativa que coordinará directamente con el INEVAL este proceso.

h) Para el proceso de titulación, las instituciones educativas deben contar con la Resolución del

Consejo Ejecutivo ratificada por la dirección distrital y con los expedientes académicos completos de todos y cada uno de los estudiantes que van a graduarse.

i) El título de Bachiller tendrá un formato estandarizado, en el cual se hará constar el tipo de

Bachillerato alcanzado por el estudiante, así como, la figura profesional en caso del Bachillerato Técnico.

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j) El formato de hoja de impresión y demás disposiciones inherentes a este proceso, será emitido a través del Instructivo que expedirá la Dirección Nacional de Regulación.

k) Toda institución educativa que brinde la oferta de Bachillerato, debe tener la resolución de la

oferta educativa actualizada con su respectivo permiso de funcionamiento.

l) Se prohíbe el cobro de toda especie valorada relacionada con la expedición de títulos, certificados de aprobación o actas de grado en las instituciones educativas del Sistema Nacional de Educación.

m) Las instituciones educativas fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares de todas las

modalidades deberán registrar la información de los estudiantes de tercer año del Bachillerato General Unificado, tanto de la opción de Bachillerato en Ciencias como del Bachillerato Técnico, a través del Módulo de Refrendación y Titulación del Sistema de Información del Ministerio de Educación, de acuerdo al instructivo que para el efecto emita la Autoridad Nacional.

n) La emisión de los títulos de Bachiller no tendrán costo alguno para los estudiantes de las

instituciones educativas del Sistema Nacional de Educación. 10. GRADUACIONES a) Los niños que terminan el nivel de Educación Inicial, se les otorgará el Certificado de

finalización.

b) Las autoridades educativas, docentes y padres de familia o representantes legales coordinarán de forma conjunta la ceremonia de graduación de los niños que culminan el nivel de Educación Inicial, resaltando la importancia de que estos actos sean participativos y significativos tanto para los niños como para sus familias.

c) Por ningún motivo, las instituciones o los docentes podrán solicitar cuotas económicas para realizar estas actividades.

d) Los títulos de bachiller deberán entregarse a los estudiantes el día de su incorporación, de conformidad al cronograma escolar establecido para el año lectivo 2018-2019, el incumplimiento de esta disposición por parte de las autoridades de los establecimientos educativos será sancionada a través del nivel distrital, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 132 de la LOEI y la Ley Orgánica del Servicio Público, según corresponda, observando siempre el debido proceso.

e) La ceremonia de graduación es de competencia absoluta y exclusiva de las autoridades del

plantel, por tratarse de un evento netamente académico.

f) El acto deberá mantener la solemnidad y sencillez propias de este tipo de eventos.

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g) En las instituciones educativas, está terminantemente prohibido solicitar a los comités de padres de familia, que recauden valores para este efecto.

h) Los eventos de carácter social no son competencia de las autoridades del plantel y en ningún

caso, se exigirá la participación de los estudiantes en los eventos previstos por el Comité de Padres de familia.

i) Se recomienda que se realice el acto de incorporación dentro del mismo establecimiento

educativo.

j) En los establecimientos públicos, se prohíbe el alquiler o compra de capas y birretes. k) En las instituciones educativas en las que se presentaren casos de estudiantes que deban

rendir examen supletorio, remedial o de gracia; una vez que aprueben los mismos, será de responsabilidad de los directivos institucionales organizar y coordinar la respectiva ceremonia de graduación.

11. MECANISMOS Y ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS SUGERIDAS PARA LOS DOCENTES.

Los docentes de todos los niveles educativos partiendo desde la educación inicial deben aplicar metodologías activas que permitan que los procesos de enseñanza - aprendizaje guíen a los niños y a los adolescentes a potenciar sus capacidades, a plantear y desarrollar proyectos que resuelvan un problema de forma innovadora, y a ser capaces de crear sus propias ideas. “La innovación significa que lo impensable se vuelve tangible y real” dice Roberto Balaguer.

La metodología de aprendizaje que se aplique en el aula deberá encontrarse articulada al marco educativo nacional en concordancia con el enfoque pedagógico determinado por la institución educativa, y garantizará la participación activa de todos los niños y adolescentes.

Tomar en cuenta al momento de elaborar la planificación de aula para articular de forma coherente el contenido de la clase con experiencias que son significativas para los estudiantes, otorgando sentido al aprendizaje. De esta forma, refuerza la utilidad de estos contenidos en su vida cotidiana, dándole un sentido práctico cuando es pertinente.

Los docentes al iniciar el año lectivo realizarán un diagnóstico acerca del nivel de conocimiento de los estudiantes, con el fin de integrar, profundizar, complementar y articular los nuevos contenidos con los aprendidos anteriores. Considerar los errores de los alumnos como estrategia para enriquecer el proceso, guiándolos hacia el aprendizaje esperado. Presentar de una manera novedosa y atrayente el contenido de la clase utilizando diversos recursos, tales como materiales didácticos y audiovisuales.

Utilización de los procesos de razonamiento, los docentes estimularan el razonamiento de los estudiantes pensando en voz alta. Puede hacerlo él o guiar a los alumnos para que lo hagan individualmente.

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Respetar y guardar la pertinencia cultural y contextual. Generar espacios de diálogo y reflexión entre los profesionales directivos y docentes con el propósito de fortalecer su desempeño como estrategia para mejorar continuamente la práctica pedagógica y por ende la calidad de la educación en las instituciones educativas.

12. AMBIENTES ADECUADOS PARA EL APRENDIZAJE

La organización del tiempo y comunicación en las aulas deben asegurar ambientes de aprendizaje agradables y funcionales con el objeto de crear confianza, hábitos y propiciar el desarrollo de actitudes positivas en los estudiantes, lo que genera una participación activa durante la clase. Se sugiere a los docentes que a más de la comunicación verbal utilicen la gestualidad para permitir una mejor comprensión por parte de los alumnos, desplazarse a través de toda el aula y dirigirse a la clase en general y a algunos estudiantes en particular, atendiendo a sus requerimientos.

Brindar espacios para la participación; los docentes contemplan el tiempo necesario para que los estudiantes realicen las actividades propuestas, respondan las preguntas planteadas y procesen la información, respetando el ritmo de aprendizaje, ya que cada uno aprende en tiempos distintos y con diferentes estilos. Facilitar la interacción positiva entre los estudiantes y también con los adultos; el docente establece una relación horizontal con los estudiantes, presentando una postura flexible y democrática, es decir, crear un ambiente de respeto y confianza, libre de tensiones y donde los estudiantes se encuentren inmersos en sus actividades gracias al disfrute que estas provocan.

Los docentes deben demostrar un alto nivel de interés y entusiasmo por los contenidos que enseña, transmitiendo a los alumnos una motivación por el aprendizaje, la indagación y búsqueda de conocimientos. Es muy importante que los docentes motiven con una retroalimentación positiva a los estudiantes y a su trabajo, realizando un reconocimiento explícito de sus logros específicos, esto conduce y alienta a los estudiantes para que tomen una actitud de esfuerzo y perseverancia, ayudándolos a comprender que esto es fundamental para alcanzar los objetivos de aprendizaje.

12.1 Ambientes de Aprendizaje para el Nivel de Educación Inicial

Para las instituciones educativas que ofertan el nivel de Educación Inicial, todos los sostenimientos, implementar la organización de los ambientes de aprendizaje y uso adecuado de materiales educativos según los rincones de trabajo, dependiendo del número de aulas y la realidad que tenga cada institución educativa. Para ello, se debe considerar el Currículo de Educación Inicial y la Guía Metodológica de Implementación, vigentes en la página web del Ministerio de Educación.

Es recomendable organizar cada aula de Educación Inicial de manera que se pueda distinguir al menos dos rincones de trabajo.

El uso de mesas y sillas se debe destinar a los momentos de alimentación y en algunas actividades dirigidas “según la experiencia de aprendizaje” planificada.

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Adecuar uno o dos rincones dentro del aula e implementar otros en el espacio exterior (si lo hay disponible).

Almacenar en orden los recursos didácticos y materiales para utilizar menos espacio.

El horario para trabajar en cada institución educativa, dependerá de los rincones implementados en los ambientes de aprendizaje, de acuerdo a la realidad educativa del sector, así como a la experiencia de aprendizaje que haya planificado la docente, lo que permitirá la rotación por cada uno de los ambientes de aprendizaje implementados en cada una de las instituciones educativas.

Esquema básico para planificar

Experiencia de aprendizaje: (Escribir el nombre o título de la experiencia de aprendizaje.) Grupo de edad: (Indicar el grupo de edad con el que se va a desarrollar la experiencia.) No. de niños: (anotar cuántos niños tiene el grupo) Tiempo estimado: (Anotar cuántos días o semanas durará el desarrollo de la experiencia.) Fecha de inicio: (anotar la fecha de inicio)

Descripción general de

la experiencia:

(Describir de manera general en qué consistirá la experiencia y qué van a lograr los niños.)

Elemento integrador:

(Anotar el elemento integrador de la experiencia. Puede ser una canción, un juego, una vivencia en el hogar, un objeto que interese mucho a los niños, entre otros.)

Ámbitos:

Destrezas:

Actividades:

Recursos y materiales:

Indicadores para evaluar:

PLANIFICACION SEMANAL

Sugerencia para trabajar diariamente en rincones

Lunes

Martes Miércoles Jueves

Viernes

Motricidad Motricidad x Motricidad Motricidad x

Motricidad

Lectura x Lectura Lectura Lectura

Lectura

Dramatización Dramatización x Dramatización Dramatización

Dramatización x

Ciencia Ciencia Ciencia x Ciencia

Ciencia

Hogar x Hogar Hogar Hogar x

Hogar

Arte Arte x Arte Arte

Arte x

Agua Agua Agua x Agua

Agua

Construcción x Construcción Construcción Construcción

Construcción

Música Música Música x Música

Música

Juegos Tranquilos Juegos Tranquilos Juegos Tranquilos Juegos Tranquilos

Juegos Tranquilos x

Arena Arena Arena Arena x Arena

Otros Otros Otros Otros

Otros

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(Anotar los ámbitos establecidos en el Currículo de Educación Inicial a los que pertenecen las destrezas seleccionadas.)

(Anotar las destrezas seleccionadas del Currículo cuyo desarrollo se ejercitará o estimulará.)

(Describir todas las actividades que se va a desarrollar, día por día, hasta concluir la experiencia.)

(Anotar la lista de equipos, materiales y demás recursos necesarios para desarrollar las actividades.)

(Escribir los indicadores con los cuales se va a evaluar el desarrollo de cada una de las destrezas seleccionadas.)

Las actividades que se desarrollen en cada uno de los rincones implementados en los diversos ambientes de aprendizaje, tienen que estar en estrecha relación con lo propuesta en el Plan Curricular Anual (PCA).

En las visitas técnicas que realicen los técnicos nacionales, analistas zonales y/o analistas distritales, se procederá a verificar la organización de los rincones según el instructivo y se comprobará que estos cuentan con el material necesario y suficiente, para que puedan trabajar todos los niños en cada rincón. También se verificará el número de docentes y número de niños por aulas.

Fijar un horario adecuado para la atención a padres de familia. La comunicación con ellos es indispensable y debe ocurrir sin que interfiera el trabajo con los niños. Siendo una de las prioridades de la Educación Inicial la inclusión y el respeto a la diversidad, hay que tomar en cuenta que no existe una sola manera de organizar la jornada ni es obligatoria para todos los centros.

Por lo general, en las instituciones educativas que ofrecen el Subnivel Inicial 2, la jornada es de cinco horas diarias. A continuación se incluyen, como ejemplo, dos opciones para organizarla. Es necesario recalcar que se trata únicamente de ejemplos. Cada institución debe organizar su jornada de acuerdo a la realidad local.

EJEMPLO 1

Horas Momento del jornada

07h30 a 08h00

Recibimiento y desayuno

08h00 a 08h30

Actividades iniciales y animación a la lectura

08h30 a 09h00

Actividades dirigidas

09h00 a 09h30

Juego-trabajo en rincones

09h30 a 10h00

Música

10h00 a 10h30

Aseo y refrigerio

10h30 a 11h00

Juego al aire libre

11h00 a 11h30

Actividades dirigidas

11h30 a 12h30

Juego-trabajo en rincones

12h30 a 12h45

Actividades finales y salida

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EJEMPLO 2

Horas Momento del jornada

07h30 a 08h00

Recibimiento y desayuno

08h00 a 08h30

Actividades iniciales

08h30 a 09h00

Actividades dirigidas

09h00 a 09h30

Juego al aire libre

09h30 a 10h00

Animación a la lectura

10h00 a 10h45

Aseo y refrigerio

10h45 a 11h15

Música

11h15 a 11h45

Actividades dirigidas

11h45 a 12h15

Juego-trabajo en rincones

12h15 a 12h30

Actividades finales y salida

13. EDUCACION INCLUSIVA EN ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION ORDINARIA

La educación inclusiva se define como el proceso de identificar y responder a la diversidad de necesidades especiales de todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje, la diversidad cultural y en las comunidades, a fin de reducir la exclusión en el sistema educativo. La educación inclusiva se sostiene en los principios constitucionales, legales nacionales y en los diferentes instrumentos internacionales referentes a su promoción y funcionamiento.

La educación inclusiva involucra cambios y modificaciones en contenidos, enfoques, estructura y estrategias con una visión común y la convicción que educar con calidad a todos los niños, niñas y adolescentes del rango de edad apropiado, es responsabilidad de los establecimientos de educación escolarizada ordinaria a nivel nacional en todos sus niveles y modalidades. La educación inclusiva fomentará la cultura el respeto a la diferencia, la tolerancia, la solidaridad, la convivencia armónica y la práctica del diálogo y resolución de conflictos; además de eliminar las barreras del aprendizaje asociadas a infraestructura, funcionamiento institucional, sistemas de comunicación, recursos didácticos, currículo, docentes, contexto geográfico y cultural; y, formará ciudadanos autónomos, independientes, capaces de actuar activa y participativamente en el ámbito social y laboral. Es responsabilidad de todos los establecimientos de educación ordinaria adoptar las medidas necesarias para permitir la inclusión educativa de aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas o no a la discapacidad aceptando la individualidad de todos los niños, niñas y adolescentes en el sistema escolar.

La inclusión educativa de un estudiante con necesidades educativas especiales asociadas o no a la discapacidad, será mediante la evaluación psicopedagógica, realizada por la Unidad Distrital de Apoyo a la Inclusión (UDAI), para las instituciones educativas de cualquier sostenimiento y se aceptan también evaluaciones realizadas por centros psicopedagógicos privados.

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Para efectos de planificación y organización dentro de los establecimientos de educación escolarizada ordinaria, se realizará la asignación de cupos en cada nivel de acuerdo al siguiente cuadro de equivalencias:

DISCAPACIDAD EQUIVALENCIA ESTUDIANTES

SIN DISCAPACIDAD

VISUAL 3

AUDITIVA 2

INTELECTUAL 4

FISICA 2

AUTISMO 5

En el marco de su tarea inclusiva, los establecimientos de educación ordinaria deberán:

a) Planificar el acceso, permanencia, promoción y egreso de los estudiantes con

necesidades educativas especiales asociadas o no a la discapacidad;

b) Desarrollar en base al currículo oficial las adaptaciones curriculares a las necesidades educativas de los estudiantes;

c) Derivar a los estudiantes que presenten problemas de aprendizaje a las Unidades Distritales de Apoyo a la Inclusión (UDAI) para su evaluación, diagnóstico e intervención; y,

d) Desarrollar programas para orientar al padre de familia y/o representante legal respecto a la educación de sus hijos o representados.

14. DISPOSICIÓN

Con acuerdo ministerial Nro. MINEDUC-ME-0042-14 de 11 de marzo de 2014 se promulga la aplicación y el cumplimiento obligatorio del currículo de educación inicial para todas las instituciones fiscales, particulares, municipales y fiscomisionales a nivel nacional que oferten el nivel de educación inicial. El currículo de educación inicial se fundamenta en el derecho a la educación, atendiendo a la diversidad personal, social y cultural; identifica con criterios de secuencialidad, los aprendizajes básicos en este nivel educativo, adecuadamente articulados con el primer grado de Educación General Básica, contiene orientaciones metodológicas y de evaluación cualitativa, que guiarán a los docentes de este nivel educativo en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Para fomentar el proceso de enseñanza-aprendizaje, según el Currículo de Educación Inicial, se debe ejecutar los rincones de trabajo:

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“…Esta metodología consiste en organizar diferentes espacios ambientes de aprendizaje, denominados rincones donde los niños juegan en pequeños grupos realizando diversas actividades. Se trata de una metodología flexible que permite atender de mejor manera la diversidad del aula y potenciar las capacidades e intereses de cada niño. Los rincones de juego-trabajo permiten que los niños aprendan de forma espontánea y según sus necesidades. La principal característica del juego trabajo en rincones es que brinda una auténtica oportunidad de aprender jugando. A través de esta metodología se reconoce al juego como la actividad más genuina e importante en la infancia temprana. Es innegable que el juego es esencial para el bienestar emocional, social, físico y cognitivo de los niños…”. De esta manera los niños exploran, descubren cada rincón empleando su propio razonamiento siendo guiados por la docente o actuando de manera autónoma. Los niños permanecen en los centros de educación inicial por largo tiempo, por lo que es necesario que los espacios educativos estén acorde a sus necesidades de crecimiento y desarrollo. En las instituciones educativas que ofertan el nivel de educación inicial existe una gran diversidad de espacios, equipamiento y materiales que deben ser organizados y adaptados de manera funcional, constituyéndose en verdaderos ambientes de aprendizaje. Bajo esta premisa en las instituciones educativas que ofertan el nivel de educación inicial deben organizar obligatoriamente, los ambientes de aprendizaje por medio de los rincones de trabajo. Estos deben estar equipados de acuerdo a la región o zona donde están funcionando las instituciones educativas. Para el efecto se debe considerar la diversidad de instituciones educativas tomando en consideración el número de aulas que existe en cada establecimiento. Los distritos educativos deben revisar los materiales y mobiliario que tienen todas sus instituciones educativas fiscales para que puedan reorganizar estos insumos y conseguir que todas sus instituciones puedan implementar los rincones de trabajo. Si fuera necesario, el nivel zonal debe traspasar los materiales entre distritos para cumplir esta disposición. 15. LINEAMIENTOS PARA EL SUBNIVEL DEL PREPARATORIA O PRIMER GRADO DE EGB

La Dirección Nacional de Currículo, emite lineamientos para la organización de la jornada diaria del Subnivel de Preparatoria, partiendo de la normativa vigente en el año 2016. Es importante tomar en cuenta que en este grado la mayor parte de la jornada, se dedica al desarrollo de un currículo integrador con un horario flexible propuesto por el o la docente, pero dando cabida a dos áreas del conocimiento y a Proyectos escolares.

15.1 Carga horaria de Preparatoria según Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-ME-2016-00020-A

El 17 de febrero del 2016, se emitió el acuerdo Nro. MINEDUC-ME-2016-00020-A donde se expide los currículos de Educación General Básica para los subniveles de Preparatoria, Elemental, Media y Superior; y, el currículo de nivel de Bachillerato General Unificado, con sus respectivas cargas horarias. Según este acuerdo desde el año lectivo 2016-2017 del Régimen Sierra, se tendrá el siguiente plan de estudios para Preparatoria:

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Tabla No.1: Plan de Estudios para el subnivel de Preparatoria de EGB

Áreas Asignaturas Carga horaria

Currículo Integrador por ámbitos de aprendizaje(1) 25

Educación Cultural y Artística Educación Cultural y Artística 3

Educación Física Educación Física 5

Proyectos Escolares(2) 2

Horas pedagógicas totales 35

1. En el subnivel de Preparatoria (1er. grado de EGB) se establece un currículo integrador organizado por ámbitos de desarrollo y aprendizaje. En las 25 horas pedagógicas deberán realizarse las actividades de la jornada diaria (actividades iniciales, finales, de lectura, dirigidas, rutinas, entre otras), organizadas en experiencias de aprendizaje que estimulen de manera integral las destrezas con criterios de desempeño de los siete (7) ámbitos de desarrollo y aprendizaje. Este currículo integral se encuentra articulado con el enfoque y metodología del Currículo del nivel de Educación Inicial. En este currículo se ha propuesto destrezas con criterios de desempeño que inicien el proceso de aprendizaje en el área de Lengua extranjera-Inglés.

2. Por otro lado, con respecto a los proyectos escolares deberán estar encaminados a obtener como resultado un producto interdisciplinario relacionado con los intereses de los estudiantes, que evidencie los conocimientos y destrezas obtenidas a lo largo del año lectivo, y transversalmente fomente valores, colaboración, emprendimiento y creatividad. Las áreas que servirán como eje para la formulación de estos proyectos son Ciencias Naturales y Ciencias Sociales.

15.2 Momentos de la jornada sugeridos para realizarlos en las 25 horas pedagógicas

Cada institución educativa debe organizar la jornada de acuerdo a su realidad, sin embargo es importante incluir los siguientes componentes esenciales:

Momentos de la jornada Observaciones y recomendaciones para su implementación

Actividades iniciales

Este momento dura entre quince y treinta minutos, debe realizarse de

manera constante y a la misma hora todos los días, para favorecer el

desarrollo de la consciencia temporal y de los hábitos de trabajo y orden.

El principal objetivo de las actividades iniciales es acoger a los niños de

manera cálida y tranquila, para que empiecen su día con alegría y deseos

de aprender.

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29

Las actividades iniciales están dirigidas a:

- tomar asistencia

- trabajar el calendario (día de la semana, mes, fecha)

- estimular el lenguaje oral (con canciones, cuentos, rimas, poesías,

juegos lingüísticos)

- organizar las actividades del día

- dialogar sobre noticias o eventos especiales, entre otros.

Es importante permitir que los niños se expresen libremente durante las

actividades iniciales, ellos siempre quieren compartir sus ideas, preguntas,

vivencias en casa; a veces incluso necesitan desahogar su tristeza o

preocupación por algo que les causa pesar.

Animación a la lectura

Se recomienda dedicar un mínimo de veinte minutos diarios para disfrutar

de la lectura con los niños. Ellos pueden “leer” solos y/o el docente puede

leer en voz alta para el grupo o para grupos pequeños. Lo importante es

gozar de la lectura y poner los libros a disposición de los niños. Para

cumplir con este fin es importante acomodar en el aula un rincón de

lectura con cuentos variados para que los niños y niñas puedan estar

cómodos, manipular los libros y divertirse “leyendo”. Es importante

fomentar en ellos y ellas el cuidado que deben tener con el material

presentado. Si se ha planificado en la experiencia de aprendizaje

(planificación didáctica) una actividad relacionada con la animación a la

lectura, se la puede realizar dentro de este momento de la jornada.

Actividades dirigidas

propuestas en la

experiencia de aprendizaje

(EA)

Generalmente, en la jornada se dispone de varios momentos para

implementar las actividades propuestas en las experiencias de aprendizaje

diseñadas y planificadas por los docentes que desarrollan determinadas

destrezas con criterios de desempeño correspondientes a los siete

ámbitos de desarrollo y aprendizaje.

Estas actividades pueden ser desarrolladas de manera individual o grupal

y ocurrir tanto en espacios interiores como exteriores. Es importante que

las actividades propuestas sean variadas e inviten a los niños y niñas a

reflexionar y crear.

Alimentación

Según la organización horaria de la institución educativa, al primer grado

de EGB se le asigna un tiempo de recreo, donde los niños y niñas salen a

jugar libremente. Se sugiere que antes de salir al recreo, el o la docente

asigne un tiempo para la alimentación de los estudiantes, en el cual

mientras se cuida que los niños y niñas se alimenten adecuadamente, se

puede aprovechar para reforzar hábitos y conocimientos en este tema.

Los docentes deben garantizar que los momentos de alimentación se

realicen con las debidas prácticas de higiene y en el tiempo requerido.

Aseo Es necesario que los docentes organicen las actividades de aseo de

acuerdo a su realidad, priorizando el buen trato y la atención inmediata a

Page 30: INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA LOS …

30

las necesidades biológicas de los niños. Es importante evitar

amontonamientos en los baños, y mantener la seguridad para evitar

accidentes. Si los niños están inquietos esperando su turno en el baño

pueden originarse conflictos y/o percances.

Juego al aire libre

El contacto con el espacio al aire libre es indispensable para un desarrollo

integral saludable. La mejor opción para este momento de la jornada es

hacerlo en espacios verdes, seguros y equipados. Para ello, los docentes

y autoridades de la institución educativa deben ser prácticos y creativos,

aprovechando y/o adaptando de la mejor manera lo que disponen, para

así ofrecer a los niños un espacio exterior seguro, estimulante y acogedor,

donde puedan recrearse. Lo más recomendable es tener una parte del

espacio exterior con cubierta, que de sombra y proteja de la lluvia.

El equipamiento y materiales para jugar en espacios abiertos deben

estimular el desarrollo motor grueso, la solución de problemas y el juego

cooperativo. El rol de los docentes durante el juego al aire libre debe ser

acompañar a los niños, compartir el juego con ellos y velar por su

seguridad e interacción positiva.

Si se ha planificado en la experiencia de aprendizaje (planificación

didáctica) una actividad de juego al aire libre, se los puede realizar dentro

de este momento de la jornada.

Recreación musical

Es importante dedicar unos minutos diarios al contacto con la música, no

solo para escucharla sino para involucrar a los niños en “hacer música”.

Ellos pueden producir sonidos y melodías con su voz y con variedad de

materiales del medio.

Si se ha planificado en la experiencia de aprendizaje (planificación

didáctica) una actividad de recreación musical, se la puede realizar dentro

de este momento de la jornada.

Actividades finales

Se trata de los diez o veinte minutos finales de la rutina diaria que están

destinados a evaluar el día, planificar el día siguiente y, sobre todo,

celebrar las creaciones y el trabajo diario, agradecer y despedirse de

manera cálida y tranquila. Es importante que los niños recojan sus

pertenencias y dejen los espacios ordenados y limpios.

Fuente: Adaptado para Primer grado de EGB, tomado del documento: MINEDUC (2015), Guía Metodológica para la

implementación del currículo de Educación Inicial.

Los momentos de la jornada descritos son sugerencias que deben contextualizarse según las posibilidades de la institución educativa. Para la distribución de la jornada diaria, además de estos momentos, se deben complementar con las horas de las áreas de Educación Física y Educación Cultural y Artística, además de los Proyectos Escolares que constan en el plan de estudios del subnivel de Preparatoria.

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31

A continuación se incluyen, como ejemplo, dos opciones para organizar la jornada diaria. Es necesario recalcar que se trata únicamente de ejemplos. Cada institución debe organizar su jornada de acuerdo a la realidad local.

15.3 Ejemplos de distribución de carga horaria en una semana

Para realizar este ejemplo se ha tomado en cuenta el plan de estudios propuesto en el acuerdo MINEDUC-ME-2016-00020-A y los momentos de la jornada sugeridos.

Según el artículo 149 del Reglamento General a la LOEI, establece que: “La hora pedagógica es la

unidad de tiempo mínima en la que docentes y estudiantes desarrollan actividades de aprendizaje destinadas a cumplir con lo prescrito en el currículo. Este período debe ser de por lo menos cuarenta (40) minutos desde el subnivel de Básica Elemental en adelante.”

Por tanto, para este grado de EGB, la institución educativa tiene potestad de acordar la duración

de la hora pedagógica, siendo recomendable una duración de entre 30 y 40 minutos, por la edad de los niños y niñas. A continuación, se presentan varios ejemplos con una hora pedagógica de 40 minutos, porque este grado es parte del nivel de básica y deberían existir docentes que den sus asignaturas en otros grados como son los de Educación Física y Educación Cultural y Artística, sin embargo, cada institución educativa debe contextualizar según su necesidad con la condición de tener 35 períodos pedagógicos. Cabe recalcar que puede haber la posibilidad de que existan actividades que se compartan en la misma hora pedagógica.

Ejemplo 1:

Horas Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

07h00

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento y

actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

07h40

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Educación

Cultural y

Artística

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Educación

Cultural y

Artística

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

08h20

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Juego al aire

libre

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Juego al aire

libre

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

9h00 Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Page 32: INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA LOS …

32

09h10 Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

09h40 Educación

Física

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Educación

Cultural y

Artística

Recreación

musical- Inglés

Recreación

musical

10h20 Recreación

musical

Educación

Física

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Educación

Física

Educación

Física

11h00

Actividades

dirigidas-

Inglés

Proyectos

escolares

Educación

Física

Proyectos

escolares

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

11h40

Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y salida

Actividades

finales y

salida

12h00 Salida Salida Salida Salida Salida

Ejemplo 2:

Horas Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

07h30 Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento y

actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a

la lectura

Recibimiento y

actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

08h10 Actividades

dirigidas-

Inglés

Educación

Cultural y

Artística

Educación

Física

Educación

Cultural y

Artística

Recreación

musical-

Inglés

08h50 Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

09h05 Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

09h15 Educación

Física

Proyectos

escolares

Actividades

dirigidas

propuestas

Proyectos

escolares

Educación

Física

Page 33: INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA LOS …

33

en la EA

09h55 Juego al aire

libre

Actividades

dirigidas

propuestas en la

EA

Actividades

dirigidas

propuestas

en la EA

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

10h35 Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

10h50 Recreación

musical

Educación

Física

Educación

Cultural y

Artística

Educación

Física

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

11h30 Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Actividades

dirigidas

propuestas en la

EA

Recreación

musical

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Juego al aire

libre

12h10 Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y salida

Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y salida

Actividades

finales y

salida

12h30 Salida Salida Salida Salida Salida

Ejemplo 3:

Horas Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

07h30 Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento y

actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Page 34: INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA LOS …

34

08h10 Actividades

dirigidas-

Inglés

Educación

Cultural y

Artística

Educación

Física

Educación

Cultural y

Artística

Recreación

musical-

Inglés

08h50 Juego al aire

libre

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

9h30 Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

09h40 Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

10h10 Educación

Física

Proyectos

escolares

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Proyectos

escolares

Educación

Física

10h50 Recreación

musical

Educación

Física

Educación

Cultural y

Artística

Educación

Física

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

11h30 Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Recreación

musical

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Juego al aire

libre

12h10 Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y salida

Actividades

finales y

salida

12h30 Salida Salida Salida Salida Salida

Ejemplo 4:

Horas Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

Page 35: INSTRUCTIVO DE INICIO DE CLASES PARA LOS …

35

13h00 Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento y

actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a

la lectura

Recibimiento y

actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

Recibimiento

y actividades

iniciales /

Animación a la

lectura

13h40 Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Educación

Física

Educación

Cultural y

Artística

Educación

Física

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

14h20 Recreación

musical

Proyectos

escolares

Actividades

dirigidas

propuestas

en la EA

Proyectos

escolares

Juego al aire

libre

15h00 Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

Aseo y

Alimentación

15h10 Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

15h40 Educación

Física

Actividades

dirigidas-

Inglés

Actividades

dirigidas

propuestas

en la EA

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Recreación

musical

16h10 Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Educación

Cultural y

Artística

Educación

Física

Educación

Cultural y

Artística

Educación

Física

17h00 Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

Juego al aire

libre

Recreación

musical-

Inglés

Juego al aire

libre

Actividades

dirigidas

propuestas en

la EA

17h40 Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y salida

Actividades

finales y

salida

Actividades

finales y salida

Actividades

finales y

salida

18h00 Salida Salida Salida Salida Salida

Es importante tomar en cuenta que todas las actividades que se realizan en este grado de básica en la jornada para las 25 horas pedagógicas, estimulan el desarrollo de las destrezas con criterios

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de desempeño propuestas en el currículo. Así se tiene, por ejemplo, en las “actividades iniciales”, cuando se realiza el calendario o la asistencia, se está trabajando destrezas del Ámbito de Relaciones lógico-matemáticas, en las “actividades finales y de salida”, al recordar y contar lo realizado en ese día, seguramente se desarrollará destrezas de Comprensión y expresión oral y escrita, al momento de “juego al aire libre”, destrezas de “Expresión corporal”, el momento de “aseo y alimentación” es propicio para afianzar destrezas de Identidad y autonomía, Convivencia y Descubrimiento del medio natural y cultural, y así cada una de las actividades tiene una intencionalidad para el desarrollo integral de los niños y niñas. Si en la institución educativa se oferta también el Nivel Inicial, se recomienda que los Rincones de Juego-Trabajo que se utilizan para este nivel, sean compartidos con los niños y niñas de 1er. grado de EGB de tal manera que puedan también utilizarlos ocasionalmente según las actividades planificadas, siempre y cuando no se interrumpa la organización propia del Nivel.

16. ESPECIFICACIONES PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS ESPECIALIZADAS

La Dirección Nacional de Educación Especializada e Inclusiva, emite las especificaciones para las instituciones educativas especializadas, así:

a) Las edades contempladas para la Educación Especializada serán de 3 a 20 años y tendrá

tres niveles: Inicial, Básica General y Bachillerato.

b) La edad de ingreso a educación inicial podrá tener una diferencia de dos años con la edad requerida, de la misma manera la diferencia de edad de ingreso a cualquier nivel educativo podrá ser de dos años entre la requerida y la cronológica.

c) La institución educativa especializada deberá contar con accesibilidad universal que garantice el acceso de todos los estudiantes en concordancia con las normas INEN de Accesibilidad para la Discapacidad. Accesibilidad Universal y Diseño para Todos (Normas Técnicas Ecuatorianas)

d) Al decorar y ambientar el aula y/o espacios es importante tener cuidado con no excederse

en la combinación de colores y cantidad de material, debe ser un ambiente cómodo, favoreciendo las áreas de desarrollo integral como: socio-afectiva, cognitiva-lingüística, psicomotora, acordes a la etapa de desarrollo de los estudiantes.

e) Es importante que las aulas y espacios cuenten con normas, reglas y horarios (apoyos gráficos) para implementar el autocontrol, hábitos y rutinas en los estudiantes. Los docentes puedan orientar un comportamiento adecuado de uso de los espacios.

f) Los docentes y el equipo multidisciplinario se organizarán para la ejecución de turnos al ingreso, recreo y salida de la institución educativa, garantizando la seguridad y orden de los estudiantes.

g) Es importante que los docentes y autoridades motiven e informen a los padres de familia o representantes legales, la importancia de cumplir con los horarios de ingreso, aseo personal de los estudiantes, uso adecuado del uniforme, aplicación del saludo al ingreso y

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salida de la institución educativa. El docente registrará la asistencia de los estudiantes diariamente sí, por alguna razón el estudiante falta o se atrasa, el padre de familia o representante eberá presentar la justificación respectiva al rector (a) director (a) de la institución educativa, sea ésta por situación médica o calamidad familiar/doméstica.

h) Sí existiere estudiantes que viven a largas distancias el padre familia o representante legal deberá poner en conocimiento al rector(a) director(a) de la institución educativa, además se realizará un acuerdo por escrito de la hora prudente de llegada. Se establecerá condiciones de organización y coordinación adecuadas, para la entrada y salida de los estudiantes con la colaboración continua y permanente del personal docente.

i) Durante la jornada de trabajo se ejecutarán actividades dentro o fuera del aula propiciando un clima emocional positivo. La realización de rutinas organizadas y sistemáticas de alimentación, higiene personal y orden en sus actividades educativa permitirá tener mayor control sobre su ambiente y seguridad. Cada institución organiza la rutina diaria de acuerdo a su contexto y necesidades.

j) Al terminar la jornada de trabajo, se recomienda que los últimos 20 (veinte) minutos del día, los estudiantes realicen un recuento de lo trabajado y expresen sus opiniones y sentimientos sobre lo que les agradó o no de la jornada educativa; es decir, un proceso de cierre y se preparan para el regreso a sus hogares.

k) El docente deberá crear un orden de las acciones que se realiza cuando los estudiantes terminan la jornada, por ejemplo:

Entrega por parte del docente, cuadernos y/o agenda de comunicaciones.

Guarden sus pertenencias en la maleta/mochila, 10 (diez) minutos antes de salir.

Formación de los estudiantes que tienen recorrido y salen en forma ordenada hasta llegar al docente de turno.

Formación de los estudiantes que van a retirarlos, salen de forma ordenada.

l) El uso del Aula Hogar debe realizarse en horarios rotativos con un tiempo de una hora clase, esta debe constar en la planificación de aula para la organización previa de los niveles. Todos los niveles educativos realizarán la práctica de las habilidades de la vida diaria en esta aula, por lo tanto, cada nivel y subnivel será responsable de mantener el cuidado, limpieza y orden de este espacio.

m) Los profesionales del equipo multidisciplinario, realizarán intervenciones individuales y grupales, por lo tanto, deberán coordinar con los docentes tutores, actividades que beneficien de manera integral a los estudiantes. Los espacios de atención deberán contar con: iluminación adecuada, ventilación (región costa o lugares que lo requieran) y material didáctico específico para responder a cada discapacidad.

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17. RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTIVOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS

A más de las atribuciones establecidas en el Art.44 del Reglamento General de la LOEI, las autoridades institucionales deberán:

a) Elaborar el cronograma institucional en el que se contemplen todas las actividades que se

desarrollarán durante los 200 días laborables, los cuales deben estar vinculados estrictamente al calendario establecido por la Subsecretaría de Educación o la Coordinación Zonal, según el caso. Este cronograma se registrará como constancia de la programación académica que se entregará al inicio del año escolar a los padres de familia.

b) Elaborar y /o actualizar las herramientas técnicas de planificación conforme lo determinado

en el Acuerdo Nro. MINEDUC-ME-2016-00122-A de fecha 11 de diciembre de 2016 referente a la “NORMATIVA PARA LOS PROCESOS DE REGULACIÓN Y GESTIÓN ACADÉMICA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.”

c) Cumplir con lo estipulado en el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-ME-2016-00060-A de

fecha 06 de julio de 2016 referente a la “NORMATIVA PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA ACADÉMICA Y LAS COMISIONES DE TRABAJO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS FISCALES, FISCOMISIONALES, MUNICIPALES Y PARTICULARES DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN.”

d) Cumplir con el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-ME-2015-00025-A de fecha 03 de febrero de 2015, concerniente a la “NORMATIVA PARA REGULAR LA PARTICIPACIÓN DE REPRESENTACIONES ESTUDIANTILES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS EN LAS CELEBRACIONES DE CANTONIZACIÓN, PROVINCIALIZACIÓN, FUNDACIÓN E INDEPENDENCIA”, en caso de incumplimiento se aplicará lo prescrito en los artículos 132, 133 y 135 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural.

e) Generar y mantener un clima organizacional que considere el valor formativo de las

relaciones interpersonales como un inmediato referente a seguir por los estudiantes; lo cual exige un comportamiento ejemplar y una convivencia armónica entre los actores del proceso educativo.

f) Tomar decisiones en el marco de la normativa vigente y liderar positivamente en todas las

acciones que se emprendan institucionalmente.

g) Mantener la disciplina de los estudiantes dentro y fuera del establecimiento, para ello

conformará comisiones y asignarán responsabilidades a los docentes y tutores de curso, organizará los turnos de control durante los recreos, entrados y salidos del plantel. Recordar que “La disciplina es el resultado de una gestión colectiva entre autoridades, docentes y padres de familia o representantes legales.”

h) Velar y fomentar acciones de honestidad académica entre los miembros de su comunidad

educativa, a través de buenas prácticas como el ejemplo, la construcción colaborativa del código de convivencia en el que se resalte la importancia del reconocimiento de la autoría en los trabajos de investigación, tareas, exámenes; entre otros.

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39

Cabe indicar que todas las disposiciones señaladas en el presente instructivo, deberán ser acatadas con el carácter de obligatorio por parte de las instituciones educativas a nivel nacional para el año lectivo 2017-2018, Régimen Sierra y estarán sujetas al control de la Autoridad Educativa Nacional mediante sus respectivos órganos desconcentrados.

18.- ANEXOS: Acuerdo Nro. MINEDUC-ME-2016-00122- A de fecha 11 de diciembre de 2016 (Normativa

para los Procesos de Regulación y Gestión Académica en las Instituciones Educativas).

Instructivo para la Aplicación de la Evaluación Estudiantil.

Instructivo para el Registro de Calificaciones y Asistencia de los estudiantes en el Portal “Educar Ecuador”.

Acuerdo MINEDUC-MINEDUC-2017-00080-A, de 19 de septiembre de 2017, del comité de madres, padres de familia y/o representantes.

Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-ME-2016-00060-A de 06 de julio de 2016 (Junta Académica).

Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC- ME- 2016-00031-A de 05 de abril de 2016 (Examen de Gracia)

Acuerdo Nro. MINEDUC-ME-2016-00040-A de 03 de mayo de 2016 (Participación Estudiantil).

Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-ME-2018-00077-A de 13 de agosto de 2018 (Transporte Escolar y matriz para seguimiento y recolección de información).

Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-ME-2015-00025-A de 03 de febrero de 2015 (Participación de representaciones estudiantiles de las I.E.).

Acuerdo Interministerial No. 0001-15 de 24 de marzo de 2015 (Instructivo de Operativización del Reglamento para el Control del Funcionamiento de Bares Escolares del Sistema Nacional de Educación).

Acuerdo Ministerial MINEDUC-ME-2016-00073-A de 6 de agosto de 2016, (Normativa que regula los procedimientos para la atención y cobertura de alimentación escolar).

Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-2017-00006-A de fecha 26 de enero de 2017 (Costos de la Educación Particular y Fiscomisional).

Cronograma Escolar, régimen Sierra año lectivo 2018-2019.

Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00026-A de 16 de marzo de 2018 (Normativa que regula el Cronograma Escolar).

Procedimiento y matriz de registro del cronograma de 200 días laborables.

Chatarrización

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40

Acuerdo referente a Giras y Excursiones (Acuerdo No. 0053-13, de 01 de abril de 2013, Acuerdo Ministerial 0195-13 de 26 de junio de 2013 e Instructivo para la Aplicación de la normativa de Excursiones y Giras de Observación en las I.E. a nivel nacional).

Acuerdo Ministerial No. 0042-14 de 11 de marzo de 2014 (Oficialización Currículo de Educación Inicial) y “Lineamiento de implementación de Educación Inicial en las instituciones educativas fiscales, municipales, particulares y fiscomisionales”.

Instructivo de Pase o Transferencia de Estudiantes a otras Instituciones Educativas del mismo Régimen del Sistema Educativo Nacional.

Instructivo que Regula la Matrícula Continua-Posterior al Inicio del Año Lectivo de los Estudiantes en los Establecimientos Educativos del Sistema Nacional de Educación.