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INQUIETUDES GENERALES TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERVENTORÍA A REALIZARSE SOBRE LOS PROGRAMAS, PROYECTOS Y CONTRATOS CELEBRADOS POR LA UNIDAD DE GESTIÓN DE CRECIMIENTO EMPRESARIAL. CSIU-16. A continuación se relacionan las preguntas frecuentes generadas en el marco de la convocatoria CSIU-16, cuyo objeto es: “Contratar los servicios de una interventoría técnica, financiera, administrativa y legal sobre los contratos programas y proyectos celebrados y/o por celebrarse que reciban recursos en el marco de los instrumentos desarrollados por LA UNIDAD”. 1. En el numeral 3.3 ustedes indican que la información que se genere como consecuencia de la prestación del servicio es propiedad exclusiva de la UNIDAD. No obstante, el artículo 9º de la Ley 43 de 1990 haciendo referencia a los papeles de trabajo del auditor indica que los papeles de trabajo que conforman la evidencia de las pruebas que se obtiene en desarrollo del trabajo es del auditor, sin embargo la Entidad podrá consultar en cualquier momento dichos papeles de trabajo o solicitar copia de los mismos. Respetuosamente solicitar aclarar esta afirmación. Dado que la finalidad de esta contratación es la representación de la UNIDAD en la Respuesta. vigilancia de los contratos celebrados por esta, el tipo de contrato seleccionado es el contrato de interventoría. De acuerdo con el numeral 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA el servicio a contratar corresponde a interventoría y no a auditoría por lo cual la ley 43 de 1990 en lo relativo a papeles de trabajo no le es aplicable a este servicio. De otro lado, dentro del numeral 13.3 ENTREGABLES no se encuentra ninguno denominado “papeles de trabajo”. 2. En el numeral 6.3 Capacidad Financiera, los términos de referencia señalan que se solicitará como requisito habilitante a los proponentes demostrar los siguientes indicadores financieros. - Capital de trabajo neto, igual o superior a $500.000.000 - Razón de Liquidez, igual o superior a 1.0 -Razón de endeudamiento, igual o inferior al 70%. Teniendo en cuenta la importancia que demanda este proyecto, muy respetuosamente solicitamos exigir indicadores financieros más sólidos de tal manera que los posibles oferentes sean firmas consolidadas financieramente y así garantizar un flujo de caja permanente durante la ejecución del proyecto; basados en lo anterior, muy respetuosamente proponemos los siguientes indicadores financieros habilitantes: - Capital de trabajo neto, igual o superior a $1.000.000.000 - Razón de Liquidez, igual o superior a 1.5 - Razón de endeudamiento, igual o inferior al 50%. . No se acepta su solicitud. La capacidad financiera solicitada es acorde con proceso Respuesta de contratación anteriores y con las características del proceso actual.

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INQUIETUDES GENERALES

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERVENTORÍA A REALIZARSE SOBRE LOS PROGRAMAS, PROYECTOS Y CONTRATOS CELEBRADOS POR LA UNIDAD

DE GESTIÓN DE CRECIMIENTO EMPRESARIAL. CSIU-16.

A continuación se relacionan las preguntas frecuentes generadas en el marco de la convocatoria

CSIU-16, cuyo objeto es:

“Contratar los servicios de una interventoría técnica, financiera, administrativa y legal sobre los contratos programas y proyectos celebrados y/o por celebrarse que reciban recursos en el marco de los instrumentos desarrollados por LA UNIDAD”. 1. En el numeral 3.3 ustedes indican que la información que se genere como consecuencia de la

prestación del servicio es propiedad exclusiva de la UNIDAD. No obstante, el artículo 9º de la Ley 43 de 1990 haciendo referencia a los papeles de trabajo del auditor indica que los papeles de trabajo que conforman la evidencia de las pruebas que se obtiene en desarrollo del trabajo es del auditor, sin embargo la Entidad podrá consultar en cualquier momento dichos papeles de trabajo o solicitar copia de los mismos. Respetuosamente solicitar aclarar esta afirmación.

Dado que la finalidad de esta contratación es la representación de la UNIDAD en la Respuesta.

vigilancia de los contratos celebrados por esta, el tipo de contrato seleccionado es el contrato de interventoría. De acuerdo con el numeral 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA el servicio a contratar corresponde a interventoría y no a auditoría por lo cual la ley 43 de 1990 en lo relativo a papeles de trabajo no le es aplicable a este servicio. De otro lado, dentro del numeral 13.3 ENTREGABLES no se encuentra ninguno denominado “papeles de trabajo”.

2. En el numeral 6.3 Capacidad Financiera, los términos de referencia señalan que se solicitará

como requisito habilitante a los proponentes demostrar los siguientes indicadores financieros.

- Capital de trabajo neto, igual o superior a $500.000.000 - Razón de Liquidez, igual o superior a 1.0 -Razón de endeudamiento, igual o inferior al 70%. Teniendo en cuenta la importancia que demanda este proyecto, muy respetuosamente solicitamos exigir indicadores financieros más sólidos de tal manera que los posibles oferentes sean firmas consolidadas financieramente y así garantizar un flujo de caja permanente durante la ejecución del proyecto; basados en lo anterior, muy respetuosamente proponemos los siguientes indicadores financieros habilitantes: - Capital de trabajo neto, igual o superior a $1.000.000.000 - Razón de Liquidez, igual o superior a 1.5 - Razón de endeudamiento, igual o inferior al 50%.

. No se acepta su solicitud. La capacidad financiera solicitada es acorde con proceso Respuesta

de contratación anteriores y con las características del proceso actual.

3. En el numeral 6.4 Experiencia Especifica del proponente, muy respetuosamente solicitamos incluir como servicio habilitable la auditoría integral sobre la administración de recursos públicos, teniendo en cuenta que la auditoría integral cubre las áreas financiera, administrativa, contable, legal y técnica; de esta manera si ustedes lo consideran viable el párrafo en cuestión quedaría así: "Mínimo dos (2) años en la prestación de servicios de interventoría y/o auditoría integral en proyectos, recursos públicos, programas y/o contratos relacionados con el desarrollo empresarial, tecnología, innovación y emprendimiento financiados con recursos públicos..."

. No se acepta su solicitud. Dado que la finalidad de esta contratación es la Respuestarepresentación de la UNIDAD en la vigilancia de los contratos celebrados por esta, el tipo de contrato seleccionado es el contrato de interventoría y por tanto la experiencia a acreditar debe corresponder a este tipo de servicio y no a auditoría.

4. En el numeral 6.4 Experiencia habilitable del proponente se indica que se debe demostrar

experiencia "Mínimo un (1) año en administración de recursos públicos...". Muy respetuosamente solicitamos incluir la auditoría de recursos públicos, por cuanto consideramos que la experiencia debe estar basada en la auditoría y/o interventoria de recursos públicos dado que la administración de dichos recursos solo es dable a las mismas entidades públicas como ordenadores del gasto o a entidades fiduciarias mediante contratos de administración y pagos de los recursos del Estado o a entidades cooperantes que administran recursos del Estado. Además que consideramos que este proceso va dirigido a firmas especializadas de auditoría y/o interventoría y no a entidades administradoras de recursos públicos.

No se acepta su solicitud. Dado que la finalidad de esta contratación es la Respuesta.

representación de la UNIDAD en la vigilancia de los contratos celebrados por esta. La UNIDAD considera que el proponente seleccionado debe tener experiencia en administración de recursos públicos. Se hace referencia a la administración de recursos públicos al tipo de contratos en los que el proponente haya actuado en nombre de una entidad que maneja recursos públicos, desarrollando una serie de procedimientos de planeación y ejecución a través del manejo de estos recursos bajo las directrices de sus aportantes y cuya destinación implica el cumplimiento del objeto misional de la Entidad. Esta experiencia se debe certificar de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.4 Experiencia específica del proponente y el anexo No 8. Así mismo deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente.

5. En el numeral 6.5 Perfil y experiencia del equipo de trabajo para el Director de Interventoría se

indica que el profesional propuesto debe demostrar experiencia de mínimo cuatro (4) años como director, coordinador en contratos de interventoría de proyectos y/o programas financiados con recursos públicos. Muy respetuosamente solicitamos incluir como experiencia específica la obtenida como director, coordinador y/o gerente de proyectos de auditoría a entidades que manejan recursos públicos. Esta mima observación la hacemos para los demás cargos como lo son el coordinador técnico, el coordinador administrativo y financiero y el asesor jurídico, cada uno en el cargo propuesto o en un cargo equivalente.

. No se acepta su solicitud. Dado que la finalidad de esta contratación es la Respuestarepresentación de la UNIDAD en la vigilancia de los contratos celebrados por esta, el tipo de

contrato seleccionado es el contrato de interventoría y por tanto la experiencia a acreditar debe corresponder a este tipo de servicio.

6. En el numeral 7 herramienta Tecnológica se indica las características generales que debe

poseer esta herramienta, sobre este particular preguntamos:

a) Existe en el mercado una herramienta que tenga funcionalidades similares que se pueda adquirir y que sea compatible con la información que ustedes manejan, dado el escaso tiempo que ustedes brindan para poner en funcionamiento dicha herramienta.

El proponente seleccionado puede adquirir la herramienta en el mercado Respuesta.

siempre y cuando esta tenga las funcionalidades solicitadas en el numeral 7 y se puedan implementar otras a solicitud de la UNIDAD y que se llegaren a requerir durante la ejecución del contrato de interventoría y los contratos objeto de seguimiento.

b) Si no existe en el mercado dicha herramienta y se debe hacer un desarrollo a la medida nos

podrían indicar las características técnicas que debería tener dicha herramienta para que sea compatible con la información que ustedes manejan y necesitaríamos un plazo más amplio para su desarrollo a la medida.

. Las características técnicas relacionadas con software y hardware de la misma Respuesta

serán definidas en coordinación con el proponente seleccionado. Dentro de los requisitos para presentación de la propuesta ni dentro de los criterios de evaluación se incluye que el proponente deba describir la herramienta a utilizar para la interventoría de los contratos. Sin embargo, el proponente debe señalar en su propuesta que garantizará la herramienta tecnológica en los términos establecidos en el numeral 7.

c) Como la herramienta que se adquiera o se desarrolle debe ser objeto de mantenimiento y

actualización, muy respetuosamente solicitamos nos indiquen los parámetros mínimos que debe tener dicha herramienta para ponerse en producción y luego se irán efectuando los demás desarrollos de tal forma que al finalizar el contrato se disponga de una herramienta personalizada y con todas las funcionalidades y requerimiento funcionando en debida forma

. Las características técnicas relacionadas con software y hardware y los Respuesta

procedimientos de mantenimiento, actualización, back-up, migración, etc de la misma serán definidas en coordinación con el proponente seleccionado. Dentro de los requisitos para presentación de la propuesta ni dentro de los criterios de evaluación se incluye que el proponente deba describir la herramienta a utilizar para la interventoría de los contratos. Sin embargo, el proponente debe señalar en su propuesta que garantizará la herramienta tecnológica en los términos establecidos en el numeral 7.

d) En este orden de ideas requeriríamos mayor información referente a la información que debe tenerse de los beneficiarios y/o usuarios de los proyectos, así como de los indicadores de medición de linea base y de seguimiento a los contratistas

. Teniendo en cuenta lo manifestado en los términos de referencia en cuanto a la Respuestaconstante iteración en que se encuentra la Unidad respecto de los instrumentos que desarrolla en cumplimiento de su objeto misional no es posible estandarizar la información

que se requiere. Sin embargo estas características y requerimientos de información serán discutidos con el proponente favorecido de acuerdo con el objeto y finalidad del instrumento objeto de seguimiento por parte del proponente seleccionado.

7. Referente al literal 8.- Propuesta Económica, preguntamos:

a) El precio de visitas de vinculación de clientes, se debe cobrar un valor fijo o un porcentaje. Igualmente indicar si este valor se cobra sobre los proyectos que ya se encuentran en ejecución o se refiere a nuevos proyectos que podrían ser cofinanciados.

. Valor fijo. La visita de vinculación de clientes se realiza para aquellos Respuestaproponentes a los que no se les haya realizado dicha visita previamente, por lo cual corresponde a nuevos proyectos que podrían ser cofinanciados.

b) Sobre el precio de la interventoría para contratos de cofinanciación, ustedes señalan que se debe indicar un porcentaje único calculado sobre el total de la cofinanciación y/o recursos adjudicados, preguntamos si los recursos de contrapartida suministrados por los beneficiarios y/o usuarios que hacen parte del proyecto son objeto de evaluación y en este caso el porcentaje a tener en cuenta se calcula sobre el total de recursos del proyecto.

Los numerales 7 y 11 del punto 13.3 ENTREGABLES incluyen conceptos de Respuesta.

desembolso para los recursos de cofinanciación. Por lo anterior, el porcentaje se calcula sobre el total de recursos entregados por la Unidad. Sin embargo, los términos de referencia señalan que el seguimiento se realizará también sobre los recursos de contrapartida.

c) Se indica que la tarifa ofertada se mantendrá con independencia de las modificaciones que

puedan surgir a los contratos, así como en el tiempo requerido para su liquidación. Dado que dicho tiempo puede extenderse de manera considerable, muy respetuosamente solicitamos que se mantenga la tarifa hasta por un periodo de seis (6) meses, cumplido este plazo se cobraría una tarifa adicional proporcional al tiempo faltante para la liquidación del contrato.

. No se acepta su solicitud. La forma de pago es acorde con procesos de Respuesta

contratación anteriores y con las características del proceso actual.

d) Referente al precio de interventoría otras modalidades de contratación, preguntamos si esta modalidad se presenta en el presente proyecto, ya que entendemos que todos los recursos son de cofinanciación por lo tanto no operaría eta modalidad de contratación. En el evento de presentarse se cobraría un valor fijo o también se cobraría un porcentaje de los recursos totales invertidos en el proyecto y/o los recursos de cofinanciación.

. El literal c del numeral 8 PROPUESTA ECONOMICA señala que para la prestación Respuestadel servicio de interventoría, la tarifa a reconocer será hasta el porcentaje ofertado para los contratos de cofinanciación, por lo cual aplica el mismo criterio señalado para dicho servicio, es decir, la tarifa se aplicará sobre sobre el total de recursos entregados por la Unidad.

8. En el capítulo 12.3.- Documentación de la Propuesta, ustedes indican los documentos que se deben adjuntar a la propuesta, consideramos que hizo falta un certificado de antecedentes

disciplinarios de la Firma expedido por la Junta Central de Contadores, para garantizar que la firmas proponentes se encuentran debidamente facultadas para hacer ofrecimientos y no se encuentran incursos o sancionadas en el ejercicio de la profesión.

Dado que la finalidad de esta contratación es la representación de la Unidad en la Respuesta.

vigilancia de los contratos celebrados por esta, el tipo de contrato seleccionado es el contrato de interventoría y de acuerdo con el numeral 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA el servicio a contratar corresponde a interventoría y no a auditoría no consideramos procedente su solicitud. Sin embargo, dado que el perfil mínimo requerido para el cargo de Interventor Financiero y Administrativo incluye a profesionales Contadores Públicos, se considera procedente su solicitud sólo para el proponente seleccionado que desee vincular a este tipo de profesionales en la ejecución del contrato de interventoría.

9. En el literal 12 del numeral 13.1 Alcance de la contratación, ustedes indican la cantidad de

visitas que se deben realizar para cada proyecto de acuerdo con el tiempo de ejecución, muy respetuosamente preguntamos sobre los proyectos que en este momento se encuentran en etapa de liquidación que ya se encuentran ejecutados, cuantas visitas se realizarán. Igualmente puntualizar sobre aquellos proyectos que puedan tener prorrogas y que inicialmente se habían estimado cuatro visitas, dichas visitas serán reprogramadas o a estos proyectos tendrán más de cuatro visitas.

. De acuerdo con el numeral 13.2.3 Etapa de liquidación y con los contratos actuales Respuesta

celebrados por la Unidad, generalmente contempla una visita técnica y una financiera para la liquidación del contrato. Sin embargo, de acuerdo con el desarrollo del contrato objeto de seguimiento y con el proceso de liquidación, la Unidad podrá solicitar visitas adicionales para la liquidación, caso en el que se reconocerán gastos de viaje relacionados con transporte terrestre o aéreo, alimentación y alojamiento de acuerdo con el numeral 8 de los términos.

10. En el anexo 6 ustedes indican los proyectos actuales que serán objeto de interventoría, muy

respetuosamente preguntamos cuántos son los beneficiarios y/o usuarios de cada proyecto ya que se deben estimar visitas de campo a a los beneficiarios y/o usuarios y el tiempo estimado para cada proyecto podría tener variaciones importantes de acuerdo con dichas visitas de campo.

Considerando que la mayoría de proyectos relacionados en el Anexo 6 se Respuesta.

encuentran en ejecución, corresponden a convocatorias con objetivos y alcances diferentes no es posible totalizar, promediar o estandarizar el número de beneficiarios por proyecto. La duración de los proyectos se establece en cada contrato objeto de seguimiento. Dicho plazo puede variar durante su ejecución.

11. Además de las visitas de campo a los proyectos y de los informes que de ellos se desprende ,

los términos de referencia señalan que se deben presentar informes adicionales de tipo administrativo, unos de tipo trimestral, otros de tipo semestral, muy respetuosamente preguntamos estos informes como se cobrarían

. La elaboración y presentación de estos informes se incluye dentro de las labores Respuestade Interventoría a realizarse respecto de los programas, proyectos y contratos, por lo cual su

pago se incluye dentro de la tarifa que reconocerá la Unidad según los literales b y c del numeral 8 PROPUESTA ECONÓMICA de los términos de referencia.

12. Muy respetuosamente solicitamos aclarar en el numeral 13.4 Forma de pago la nota 3, teniendo en cuenta que el valor de los honorarios depende de una tarifa (%) sobre la cofinanciación y que se deben entregar un cierto número de informes dependiendo del plazo de cada proyecto.

. La nota se refiere a que no se reconocerá dentro del valor de interventoría lo Respuesta

correspondiente al plazo del contrato objeto de seguimiento que se encuentre por fuera de la vigencia del contrato de interventoría.

13. El Anexo 8 de los términos de referencia contienen el modelo de certificado que se debe

adjuntar a la propuesta, muy respetuosamente solicitamos valer como certificado el expedido directamente por la entidad con información similar pero que tiene otra distribución.

. Siempre y cuando las certificaciones contengan toda la información solicitada en el Respuestanumeral 6.4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE se aceptarán en otro formato. En todo caso, el proponente deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente.

14. Muy respetuosamente solicitamos prorrogar la fecha para la presentación de la oferta, mínimo en cuatro (4) días hábiles.

. Mediante adenda No 1 publicada el 2 de junio de 2016 el cierre y entrega de Respuestapropuestas es hasta el 10 de junio de 2016. http://www.innpulsacolombia.com/sites/default/files/adenda_no_1_csiu-16.pdf

15. Respecto al requisito de "Mínimo un (1) año en administración de recursos públicos. Para tal efecto sólo se tendrán en cuenta contratos que tengan más de un 50% de ejecución en plazo a la fecha de presentación de la propuesta y que hayan sido suscritos con posterioridad al 1 de enero de 2010.” Se solicita claridad en el caso de entidades públicas el manejo y la administración de sus recursos son esencialmente públicos ello por ser inherentes a su naturaleza jurídica, de manera que se considera pertinente precisar si tal manejo es suficiente o se refiere a los contratos de administración delegada, donde es contratada la entidad. En el último caso es posible acreditarse con la copia de los contratos y actas de liquidación.

Respecto de las inquietudes presentadas nos permitimos precisar lo siguiente: Respuesta.

Se solicita claridad en el caso de entidades públicas el manejo y la administración de sus recursos son esencialmente públicos ello por ser inherentes a su naturaleza jurídica, de manera que se considera pertinente precisar si tal manejo es suficiente.

De tratarse de Entidades públicas que por su naturaleza jurídica le son inherentes Respuesta.

la administración de recursos públicos, será aceptada esta experiencia siempre y cuando se demuestre la misma con un soporte equivalente a una certificación que dé cuenta de la naturaleza de pública de la Entidad.

(...) O se refiere a los contratos de administración delegada, donde es contratada la entidad.

Sobre este particular, nos permitimos manifestar que los contratos de Respuesta.administración delegada son aceptados como experiencia para cumplir con este criterio siempre y cuando los contratos hayan sido financiados con recursos públicos.

(…) En el último caso es posible acreditarse con la copia de los contratos y actas de liquidación.

Al respecto, se informa que no se aceptaran copias de contratos y actas de liquidación, Respuesta. la verificación de la experiencia se realizará a través del Formato del Anexo No 8; sin embargo, en caso de no presentar el mismo formato, el documento (formato) adjunto a la propuesta deberá contener las especificaciones señaladas en los términos de referencia.

16. En el numeral 6.4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE se requiere:

"Mínimo dos (2) años en la prestación de servicios de Interventoría en proyectos, programas y/o contratos relacionados con desarrollo empresarial, tecnología, innovación y emprendimiento financiados con recursos públicos..." De la redacción publicada entendemos que la esencia del requerimiento es en contratos relacionados con desarrollo empresarial y/o tecnología y/o innovación y/o emprendimiento financiados con recursos públicos. Es correcto nuestro entender.

Es correcto, de acuerdo con lo establecido en los términos de referencia Numeral 6.4 Respuesta. Experiencia específica del proponente, la acreditación de experiencia en interventoría puede corresponder con alguna de las temáticas indicadas en este numeral. Respec de la certificación to de esta experiencia, la misma debe cumplir con lo establecido en los términos (numeral 6.4) y el anexo No 8. Así mismo deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente. De igual manera, en el pie de página asociado al numeral 6.Evaluación, en el criterio de experiencia específica del proponente, encuentra la definición de las temáticas para acreditar la experiencia requerida por el proponente. 17. En el mismo numeral 6.4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE solicitamos aclarar cómo

se contabilizaran los dos (2) años mínimos de experiencia. A partir de la fecha de constitución de la sociedad.

De acuerdo a su inquietud nos permitimos manifestar que la experiencia no se Respuesta. validara a partir de la fecha de constitución de la Entidad. Al respecto, nos remitimos a lo establecido en el numeral 6.4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE, donde se establecen los parámetros para evaluar la experiencia del proponente: 6.4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE. El proponente deberá acreditar experiencia comprobada en:

Mínimo dos (2) años en la prestación de servicios de Interventoría en proyectos, programas y/o contratos relacionados con desarrollo empresarial, tecnología, innovación y emprendimiento financiados con recursos públicos. Para tal efecto sólo se tendrán en cuenta contratos que tengan más de un 50% de ejecución en plazo a la fecha de presentación de la propuesta y que hayan sido suscritos con posterioridad al 1 de enero de 2010 y,

Mínimo un (1) año en administración de recursos públicos. Para tal efecto sólo se tendrán en cuenta contratos que tengan más de un 50% de ejecución en plazo a la fecha de presentación de la propuesta y que hayan sido suscritos con posterioridad al 1 de enero de 2010. Para acreditar la experiencia exigida el proponente deberá aportar las certificaciones emitidas por el contratante que contenga como mínimo la información relacionada de la siguiente manera:

Nombre del contratante

Objeto y Alcance del contrato.

Fecha de suscripción del contrato.

Fecha de terminación del contrato.

Valor del contrato.

Nombre, cargo y firma de quien expide la certificación.

Dirección y teléfono del contratante.

Certificación del cliente de entrega a satisfacción de los productos contratados cuando se haya finalizado el contrato o certificación parcial de la prestación del servicio cuando los contratos tengan un 50% de ejecución en plazo a la fecha de presentación de la propuesta.

Fecha de elaboración de la certificación. El proponente, además de presentar las certificaciones según Anexo No 8, deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente. 18. En el mismo numeral 6.4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE se requiere: "Mínimo un (1) año en administración de recursos públicos. Para tal efecto sólo se tendrán en cuenta contratos que tengan más de un 50% de ejecución en plazo a la fecha de presentación de la propuesta y que hayan sido suscritos con posterioridad al 1 de enero de 2010" Dentro del concepto de recursos públicos están los pagos que hayan realizado las entidades públicas como contraprestación a la ejecución de contratos con el Estado Colombiano

Sobre el particular nos permitimos indicar que los pagos a los que hace mención no Respuesta. son aceptados como experiencia en administración de recursos públicos, Se hace referencia a la administración de recursos públicos al tipo de contratos en los que el proponente haya actuado en nombre de una entidad que maneja recursos públicos, desarrollando una serie de procedimientos de planeación y ejecución a través del manejo de estos recursos bajo las directrices de sus aportantes y cuya destinación implica el cumplimiento del objeto misional de la Entidad. Esta experiencia se debe certificar de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.4 Experiencia específica del proponente y el anexo No 8. Así mismo deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente.

19. ¿Son válidos los contratos suscritos con Ecopetrol? ya que esta entidad es de Economía mixta donde la participación del estado es superior al 90%.

Se podrán aceptar siempre y cuando los contratos objeto de seguimiento se hayan Respuesta. financiado con recursos públicos y los mismos se encuentren dentro de las líneas temáticas (servicios de Interventoría en proyectos, programas y/o contratos relacionados con desarrollo empresarial, tecnología, innovación y emprendimiento) mencionadas en el numeral EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE. Respecto de la experiencia requerida en el numeral precedente relacionada con la administración de recursos públicos nos permitimos hacer la siguiente claridad: Se hace referencia a la administración de recursos públicos al tipo de contratos en los que el proponente haya actuado en nombre de una entidad que maneja recursos públicos, desarrollando una serie de procedimientos de planeación y ejecución a través del manejo de estos recursos bajo las directrices de sus aportantes y cuya destinación implica el cumplimiento del objeto misional de la Entidad. Esta experiencia se debe certificar de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.4 Experiencia específica del proponente y el anexo No 8. Así mismo, deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente.

20. ¿Se pueden conformar consorcios o uniones temporales para la ejecución de los servicios a contratar?

Mediante adenda No 1 publicada el 2 de junio de 2016, se acepta la participación de Respuesta.

proponentes asociados bajo la figura de consorcios o uniones temporales. http://www.innpulsacolombia.com/sites/default/files/adenda_no_1_csiu-16.pdf 21. En el numeral 6.4 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE. Dice Mínimo dos (2) años en la prestación

de servicios de Interventoría en proyectos, programas y/o contratos relacionados con desarrollo empresarial, tecnología, innovación y emprendimiento financiados con recursos públicos. Para tal efecto sólo se tendrán en cuenta contratos que tengan más de un 50% de ejecución en plazo a la fecha de presentación de la propuesta y que hayan sido suscritos con posterioridad al 1 de enero de 2010 y, Mínimo un (1) año en administración de recursos públicos. Para tal efecto sólo se tendrán en cuenta contratos que tengan más de un 50% de ejecución en plazo a la fecha de presentación de la propuesta y que hayan sido suscritos con posterioridad al 1 de enero de 2010. No Interesa la magnitud de los contratos como por ejemplo el valor de los Mismos.

De acuerdo con lo establecido en los términos de referencia numeral 6.4 EXPERIENCIA Respuesta.ESPECÍFICA DEL PROPONENTE., no se determina una cuantía sobre los contratos que el proponente presente para validar la experiencia requerida bajo este criterio.

22. En primer lugar consideramos necesario que se publique una estimación del número de los proyectos sobre los cuales se realizará el objeto del contrato, así como una agrupación por área geográfica de los mismos, esto por cuanto en la página web no se encuentra toda la información necesaria para realizar la precitada estimación.

De acuerdo con su planteamiento, en el anexo No 6, la UNIDAD relaciona la Respuesta.información de los proyectos (valor, ubicación, valor de cofinanciación, valor total proyecto, duración, fecha de Inicio, fecha de terminación), que serían objeto de seguimiento de acuerdo con la contratación vigente. Los demás contratos, programas y proyectos que serán objeto de seguimiento dependerán de futuros instrumentos desarrollados por la UNIDAD, por lo cual no es posible entregar esta información.

23. Respecto del ítem uno, se pregunta sí la intención del pliego es la acreditación de experiencia especifica de la firma con certificaciones de Interventoría en proyectos, contratos y/o programas en cualquiera de las siguientes Desarrollo empresarial, tecnología, innovación y/o emprendimiento o es necesario acreditar las tres experiencias por aparte, es decir certificar la realización de interventorías en proyectos, contratos y/o programas para i) Desarrollo empresarial, (ii) tecnología, (iii) innovación y/o emprendimiento para el mismo proponente.

. De acuerdo con lo establecido en los términos de referencia Numerales 6. Respuesta

Evaluación y 6.4 Experiencia específica del proponente, la acreditación de experiencia en interventoría puede corresponder con alguna de las temáticas indicadas en los numerales precedentes. Respecto de la certificación de esta experiencia, la misma debe cumplir con lo establecido en los términos (numeral 6.4) y el anexo No 8. Así mismo deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente. De igual manera, en el pie de página asociado al numeral 6.Evaluación, en el criterio de experiencia específica del proponente, encuentra la definición de las temáticas para acreditar la experiencia requerida por el proponente.

24. Respecto del segundo ítem de experiencia “administración de recursos públicos” se pregunta

si se puede acreditar con la presentación del contrato donde se detalla ésta como una obligación.

No se acepta la acreditación de esta experiencia de acuerdo con su planteamiento. Respuesta.

Se hace referencia a la administración de recursos públicos al tipo de contratos en los que el proponente haya actuado en nombre de una entidad que maneja recursos públicos, desarrollando una serie de procedimientos de planeación y ejecución a través del manejo de estos recursos bajo las directrices de sus aportantes y cuya destinación implica el cumplimiento del objeto misional de la Entidad. Esta experiencia se debe certificar de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.4 Experiencia específica del proponente y el anexo No 8. Así mismo deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente.

25. Respecto de la Nota “Nota: Sólo las propuestas que alcancen y superen el 70% del puntaje en cada uno de los criterios correspondientes a aspectos técnicos, serán evaluadas en su aspecto económico; la propuesta que obtenga la mayor puntuación sumados los dos aspectos, técnicos y económicos, será la seleccionada.” Consideramos respetuosamente que existe un error en el entendido que la ponderación que inhabilite es sobre la suma de todos los aspectos técnicos evaluados es decir el proponente que no supere el 70% del 90% no será calificado en los aspectos económicos. Solicitamos la revisión aludida.

. De acuerdo con su observación, nos permitimos aclarar que no hay lugar a un Respuestaerror en lo indicado en la Nota del numeral 6 Evaluación, por cuanto los proponentes deberán alcanzar y superar el 70% del puntaje en cada uno de los criterios correspondientes a aspectos técnicos.

26. Respecto del cargo de interventor técnico, solicitamos respetuosamente que se definan las

carreras del profesional que se pueden presentar, ya que en la actualidad existe una indeterminación del mismo. En caso de que se mantenga la propuesta solicitamos respuesta sobre si un ingeniero industrial podría cumplir con el requisito previsto para este profesional.

De acuerdo con su planteamiento, nos permitimos informar que teniendo en Respuesta.

cuenta los múltiples instrumentos que desarrolla la UNIDAD, no es posible determinar de manera específica las carreras profesionales que aplicarían para cada contrato, programa y proyecto. En razón a lo anterior el anexo No 6 esboza los contratos que la UNIDAD tiene vigentes. Al respecto, lo invitamos a consultar el numeral 6.5 PERFIL Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO DEL TRABAJO, donde se establece el perfil mínimo requerido que deberá contratar el proponente para estos cargos en caso de resultar favorecido.

27. En la nota de la página 19 se establece: “Nota: Se aclara que los interventores (técnico y financiero/ administrativo) no serán objeto de evaluación, sin embargo el proponente que sea seleccionado deberá garantizar la disponibilidad de estos perfiles, cumpliendo con los mínimos establecidos en el presente numeral para la totalidad de los programas, proyectos y/o contratos objeto de seguimiento”. Sin embrago en adelante se establece una ponderación para cada profesional, por ello consideramos que debe aclararse para efectos de que se realiza esta ponderación

La ponderación relacionada en el numeral 6.5 PERFIL Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO Respuesta.

DEL TRABAJO, no contempla los cargos de los interventores (técnico y financiero/ administrativo), por las razones expuestas el numeral 5 de este documento.

28. La herramienta tecnológica mantiene un puntaje que suma a la evaluación, así mismo el

numeral 7 establece los criterios que el contratista debe desarrollar para el cumplimiento de esta obligación, finalmente se establece que esa herramienta debe estar disponible 15 días hábiles después de la firma del contrato. En razón a ello se pregunta si para la oferta y obtención de los puntos se presenta un documento en el que se describa el desarrollo de la obligación y la garantía de entregarse la misma, o es necesario que se entregue otra forma de respaldo para la evaluación. En este punto se pregunta si en la actualidad la UNIDAD tiene algún tipo de software para realizar la migración en dicho caso sería bueno que la UNIDAD describiera el software actual para facilitar una herramienta que permita la interacción entre el viejo y el nuevo sistema.

De acuerdo con lo establecido en los términos de referencia en el numeral 6 Respuesta.

Evaluación, la herramienta tecnológica no es un criterio de evaluación. En este sentido, es importante aclarar que el proponente en la propuesta a presentar debe indicar que en caso de ser favorecido en la contratación objeto de esta convocatoria garantizará el desarrollo de la herramienta tecnológica a la que se hace referencia en el numeral 7. Las características técnicas relacionadas con software y hardware y los procedimientos de mantenimiento, actualización, back-up, migración, etc. de la misma serán definidas en coordinación con el

proponente seleccionado. Dentro de los requisitos para presentación de la propuesta ni dentro de los criterios de evaluación se incluye que el proponente deba describir la herramienta a utilizar para la interventoría de los contratos. Sin embargo, el proponente debe señalar en su propuesta que garantizará la herramienta tecnológica en los términos establecidos en el numeral 7.

29. Así mismo solicitamos respetuosamente otorgar 5 días hábiles adicionales para la

presentación de ofertas esto dado el gran número de profesionales y certificaciones requeridas.

. Mediante adenda No 1 publicada el 2 de junio de 2016 el cierre y entrega de Respuestapropuestas es hasta el 10 de junio de 2016. http://www.innpulsacolombia.com/sites/default/files/adenda_no_1_csiu-16.pdf

30. Consideramos necesario que se establezca la necesidad de que los profesionales extranjeros que se presenten deben tener sus títulos convalidados de conformidad con las normas nacionales para el ejercicio de la profesión.

En caso de que el proponente presente hojas de vida de profesionales extranjeros Respuesta. para los cargos en los que aplica de acuerdo con el numeral 6.5 PERFIL Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO DEL TRABAJO, los títulos se convalidaran de conformidad con las normas nacionales para el ejercicio de su profesión, lo mismo aplica para profesionales extranjeros que se presenten para los cargos de interventores (técnico y financiero/ administrativo) en caso que el proponente resulte favorecido.

31. Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 6.5 PERFIL Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO DEL TRABAJO de los términos de referencia, para los cargos objeto de evaluación se establece en el perfil mínimo requerido:

Título de posgrado. 32. ¿Existe la posibilidad de realizar equivalencias entre estudios y experiencia profesional como

ocurre en los requisitos generales para empleos públicos? Artículo 8 del Decreto 770 de 2005.

Es decir, en caso que un profesional no cuente con título de posgrado y cumpla con los demás requisitos establecidos en los términos de referencia, es posible realizar equivalencia de Título de posgrado en la modalidad de especialización por años adicionales de experiencia profesional.

Respecto a su inquietud nos permitimos manifestar que no es posible realizar Respuesta. equivalencias entre estudios y experiencia profesional como ocurre en los requisitos generales para empleos públicos. Lo anterior, teniendo en cuenta que la UNIDAD y Bancoldex no son autoridades administrativas y, como tal no expiden actos administrativos, su actuación en general se circunscribe al derecho privado. (Artículo 285

33. En el numeral 1.2JUSTIFICACIÓN, se presentan los procesos selectivos que lleva a cabo la UNIDAD actualmente y al final se expresa que la UNIDAD “(…) se encuentra en constante iteración sobre los mecanismos que le permiten avanzar en el cumplimiento de esta meta,

razón por la cual la UNIDAD, puede requerir en cualquier momento al proponente seleccionado en el marco de esta convocatoria adelantar las labores de interventoría a los nuevos modelos que decida implementar”. Se solicita respetuosamente aclarar si el alcance de los servicios a contratar se centra en los 191 proyectos presentados en el anexo No 6 de los términos de referencia o si con lo expresado en la justificación la cantidad de proyectos aumentará, en tal caso, por favor informar el aumento previsto en dicha cantidad y las ciudades o ubicaciones previstas para dichos proyectos, teniendo en cuenta que esta información impacta la oferta económica a ser presentada

De acuerdo con su inquietud, manifestamos que el alcance de la contratación Respuesta.

objeto de la convocatoria CSIU-16, no sólo contempla los proyectos relacionados en el anexo

No 6, es por ello que en el numeral 1.2 Justificación se indica lo siguiente:

(…) Es importante tener en cuenta que la UNIDAD en el desarrollo de su gestión para el

fomento en la innovación y el emprendimiento de alto impacto, entendiendo que estas son

palancas que permiten dicha clase de crecimiento, se encuentra en constante iteración sobre

los mecanismos que le permiten avanzar en el cumplimiento de esta meta, razón por la cual la

UNIDAD, puede requerir en cualquier momento al proponente seleccionado en el marco de

esta convocatoria adelantar las labores de interventoría a los nuevos modelos que decida

implementar.

De igual manera es importante tener en cuenta el numeral 8. PROPUESTA ECONÓMICA

(…)

Precio de Interventoría otras modalidades de contratación

De acuerdo con lo dispuesto en la presente convocatoria, la UNIDAD en el desarrollo de sus

tareas misionales diseña y aplica otra clase de instrumentos, diferentes a los de

cofinanciación, sobre los cuales se requiere adelantar las labores de interventoría y sus

componentes en el caso que la UNIDAD así lo determine.

En razón a lo anterior, de requerirse la prestación del servicio de interventoría para una

modalidad diferente a la cofinanciación o entrega de incentivos, LA UNIDAD podrá requerir del

proponente seleccionado la prestación de los servicios de interventoría. Para estos casos se

solicitará de la presentación de la tarifa que aplicará, la cual en todo caso no podrá ser

superior a la tarifa máxima ofertada para el seguimiento a los contratos de cofinanciación o

entrega de incentivos. Lo anterior implicará un proceso de negociación entre la UNIDAD y la

Entidad que resulte seleccionada, teniendo en cuenta que el alcance de la labor de

interventoría para los instrumentos que no están asociados a convocatorias de cofinanciación

difiere en cada uno de sus componentes.

Sobre el particular, se reitera que los términos de la negociación económica para la prestación

del servicio de interventoría será hasta el porcentaje ofertado para los contratos de

cofinanciación. Para estos eventos se requerirá de la aceptación previa y expresa de la

UNIDAD de la tarifa respectiva.

De acuerdo con su planteamiento, en el anexo No 6, la UNIDAD relaciona la información de los

proyectos (valor, ubicación, valor de cofinanciación, valor total proyecto, duración, fecha de

Inicio, fecha de terminación), que serían objeto de seguimiento de acuerdo con la contratación

vigente. Los demás contratos, programas y proyectos que serán objeto de seguimiento

dependerán de futuros instrumentos desarrollados por la UNIDAD, por lo cual no es posible

entregar esta información.

34. Se solicita respetuosamente informar cual es el presupuesto difícil de la convocatoria teniendo en cuenta que no se identifica un numeral con dicha información, más allá de lo expresado en el numeral 3.6 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA, en el cual se solicita que esta sea por un valor asegurado de MIL MILLONES DE PESOS ($1.000.000.000) y los requisitos expuestos en el numeral 8 de los TDR en relación con la oferta económica a ser presentada.

. El presupuesto para la contratación de interventoría está asociado con el Respuesta

presupuesto de los instrumentos que desarrolla la UNIDAD, en este sentido en el numeral 13.4

FORMA DE PAGO, se estableció que el valor del precio estimado del contrato, se definirá a la

suscripción del mismo.

35. En relación con el cronograma de la convocatoria, teniendo en cuenta que el periodo transcurrido entre la apertura y el cierre y entrega de propuestas es de aproximadamente de dos semanas calendario, que durante este periodo se encuentran dos lunes festivos no laborables, y que el monto de la oferta conllevaría a que se soliciten autorizaciones a órganos con juntas directivas de los proponentes, se solicita respetuosamente ampliar la fecha de cierre en al menos cinco (5) días hábiles, hasta el 15 de junio de 2016.

Mediante adenda No 1 publicada el 2 de junio de 2016 el cierre y entrega de Respuesta. propuestas es hasta el 10 de junio de 2016. http://www.innpulsacolombia.com/sites/default/files/adenda_no_1_csiu-16.pdf

De acuerdo con lo establecido en los términos de referencia Numerales 6. Respuesta.

Evaluación y 6.4 Experiencia específica del proponente, la acreditación de experiencia en

interventoría puede corresponder con alguna de las temáticas indicadas. Respecto de la

certificación de esta experiencia, la misma debe cumplir con lo establecido en los términos

(numeral 6.4) y el anexo No 8. Así mismo deberá diligenciar la información requerida el

Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente.

De igual manera, en el pie de página asociado al numeral 6.Evaluación, en el criterio de

experiencia específica del proponente, encuentra la definición de las temáticas para

acreditar la experiencia requerida por el proponente.

No se acepta su solicitud. La experiencia específica del proponente se deberá Respuesta.certificar de acuerdo con lo señalado en los términos de referencia. Siempre y cuando las certificaciones contengan toda la información solicitada en el numeral 6.4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE se aceptarán en otro formato. En todo caso, el proponente deberá diligenciar la información requerida el Anexo No 2. Relación de Experiencia del proponente.

El tiempo de dedicación establecido por el proponente seleccionado deberá Respuesta.

garantizar el cumplimiento del objeto y el alcance del contrato de interventoría y el

correcto seguimiento de los contratos objeto de vigilancia. El numeral 6.5 PERFIL Y

EXPERIENCIA DEL EQUIPO DEL TRABAJO señala el número mínimo de integrantes del

equipo de trabajo. Si el proponente llegare a ofertar un número superior al mínimo deberá

mantener esta condición durante la vigencia del contrato.

Se consideran usuarios finales a aquellas personas, empresas u organizaciones Respuesta.

que reciben directa o indirectamente los beneficios derivados de un proyecto financiado o

un programa o instrumento diseñado por la Unidad. Dependiendo del número de usuarios

finales contemplados en el proyecto, programa o instrumento se puede requerir o no la

visita a la totalidad de usuarios o a una muestra de ellos.

. Según el libro “Interventoría de Proyectos Públicos” de Manuel F Jiménez Respuesta

(http://www.cid.unal.edu.co/files/publications/CID_Interventoria_2007.pdf), el

interventor “en desarrollo de sus funciones debe acompañar a las partes en la búsqueda de

soluciones pertinentes y eficaces que aseguren el cumplimiento del objeto y la terminación

exitosa del contrato vigilado”, por lo cual consideramos que el “orientar a las entidades

ejecutoras para contribuir al logro de actividades, resultados, metas, objetivo y/o propósito

general, y el cumplimiento de los cronogramas de actividades” sí se incluye dentro del

alcance de la función de interventoría.

Los objetos de las convocatorias de la UNIDAD y por tanto de los proyectos se Respuesta.

circunscriben a actividades de desarrollo empresarial, tecnología, innovación y

emprendimiento financiados como lo señalan los términos de referencia. Considerando

que la mayoría de proyectos relacionados en el Anexo 6 corresponden a convocatorias con

objetivos y alcances diferentes no es posible totalizar, promediar o estandarizar el número

de beneficiarios por proyecto. Los proyectos, programas o instrumentos a los que Innpulsa

asigna recursos pueden cubrir todo el territorio nacional. La visita de vinculación de

clientes se realiza para aquellos proponentes a los que no se les haya realizado dicha visita

previamente, por lo cual corresponde a nuevos proyectos que podrían ser cofinanciados.

. Se entiende por supervisión la función de vigilancia contractual ejercida por Respuesta

funcionarios o servidores públicos pertenecientes a la entidad contratante. Dado que este

proceso de contratación busca contratar una entidad externa a la Unidad para ejercer la

vigilancia contractual, no se acepta como válida la experiencia en supervisión o

seguimiento.

. No se acepta su solicitud. Se entiende por supervisión la función de vigilancia Respuesta

contractual ejercida por funcionarios o servidores públicos pertenecientes a la entidad

contratante. Dado que este proceso de contratación busca contratar una entidad externa

a la Unidad para ejercer la vigilancia contractual, no se acepta como válida la experiencia

en supervisión o seguimiento.

No se acepta su solicitud. Considerando que los recursos con los cuales se Respuesta.

financian los contratos celebrados o a celebrar por la Unidad son de carácter público se

requiere que la experiencia requerida sea en contratación pública.

. El literal b del numeral 8. PROPUESTA ECONOMICA señala claramente que “(…) Respuesta

El precio de la interventoría se deberá expresar en un porcentaje único calculado sobre el

valor total de cofinanciación (…)”

. No se acepta su solicitud. Los criterios de desempate son acordes con procesos Respuestade contratación anteriores.

. El proponente seleccionado deberá cumplir esta obligación en la medida en Respuesta

que la vigencia de los contratos objeto de seguimiento y del contrato de interventoría lo

permitan.

No se acepta su solicitud. Los amparos establecidos son acordes con procesos Respuesta. de contratación anteriores y obedecen a los lineamientos definidos por el Banco de Comercio Exterior de Colombia Bancoldex S.A. como administrador de la UNIDAD.