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INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE 2020 1 INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL “Plan de Conservación Ruta Y-560 e Y-50” PRIMER SEMESTRE 2020 SEPTIEMBRE 2020 Elaborado por:

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INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50

PRIMER SEMESTRE 2020

1

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

“Plan de Conservación Ruta Y-560 e Y-50”

PRIMER SEMESTRE 2020 SEPTIEMBRE 2020

Elaborado por:

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

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ÍNDICE DE CONTENIDOS

1. Resumen ....................................................................................................................................................................................... 3

2. Introducción ............................................................................................................................................................................... 4

3. Objetivos ...................................................................................................................................................................................... 7

4. Materiales y Métodos ............................................................................................................................................................. 8

4.1 Descripción del Área de Estudio ............................................................................................................................. 8

4.2 Ubicación de los puntos o sitios de muestreo, medición, análisis y/o control .................................. 9

4.3 Parámetros .................................................................................................................................................................... 10

4.4 Metodología de muestreo, medición, análisis y/o control ....................................................................... 11

4.5 Materiales y equipos utilizados ........................................................................................................................... 11

4.6 Fechas de muestreo, medición, análisis y/o control de cada parámetro .......................................... 12

5. Resultados ................................................................................................................................................................................ 12

6. Discusiones .............................................................................................................................................................................. 14

7. Conclusiones ........................................................................................................................................................................... 19

8. Referencias ............................................................................................................................................................................... 20

9. Anexos ........................................................................................................................................................................................ 20

ANEXO C ............................................................................................................................ ¡Error! Marcador no definido.

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 Coordenadas de referencia para la ruta Y-560 e Y-50 (UTM WGS84. Huso 19S). .............................. 10

Tabla 2 Parámetros a evaluar..................................................................................................................................................... 10

Tabla 3 Parámetros ajustado a la nueva Resolución ........................................................................................................ 10

Tabla 3 Materiales y equipos utilizados ................................................................................................................................ 12

Tabla 4 Resumen cumplimiento primer semestre de 2020. ........................................................................................ 12

Tabla 5 Resumen del cumplimiento acordado con Dirección de Vialidad para la ruta Y-560. ..................... 13

Tabla 6 Resumen del cumplimiento acordado con Dirección de Vialidad para la ruta Y-50. ........................ 14

Tabla 8 Resumen cumplimiento acordado con Dirección de Vialidad para la ruta Y-560 año 2017 al año

2020 ....................................................................................................................................................................................................... 16

Tabla 9 Resumen del cumplimiento acordado con Dirección de Vialidad para la ruta Y-50 año 2017 al

año 2020 .............................................................................................................................................................................................. 17

ÍNDICE DE FIGURAS

Figura 1 Ruta Y-560 e Y-50 y los tramos a conservar. ....................................................................................................... 9

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50

PRIMER SEMESTRE 2020

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1. RESUMEN

El presente informe de seguimiento ambiental expone los resultados correspondientes a la

ejecución del plan de conservación de rutas Y-560 e Y-50, correspondiente al primer semestre

de 2020, según las exigencias establecidas en los Considerandos 7.1.5 y 8.24, de la Resolución

Exenta N°25/2011, y según los lineamientos señalados en la Resolución Exenta N°860 del 15

de noviembre de 2011.

El punto de monitoreo corresponde al punto comprendido entre el Km 0 (Ponsomby) y el Km

47,5 (Punta Lackwater), en el caso de la ruta Y-560. En el caso de la ruta Y-50, el punto de

monitoreo corresponde a la distancia comprendida entre el km 0 y el km 40. Es importante

mencionar que, a partir del 25 de enero de 2019, la empresa Constructora Salfa S.A, inició la

ejecución del Proyecto “Camino básico por conservación, ruta Y-502, Cruce Ruta 9 N (Cabeza

de Mar)-Río Pérez, km 0 al km 8,5, Provincia de Magallanes, Región de Magallanes y de la

Antártica Chilena”. Según esto, a partir de la fecha señalada, la conservación del tramo existente

entre el km 0 y el km 8,5 de la ruta Y-50 (Y-502), se encuentra a cargo de la empresa

Constructora Salfa S.A.

De acuerdo a los resultados de las actividades de conservación de ruta desarrolladas , se puede

establecer que se da cumplimiento a las actividades de mantenimiento rutinario, reperfilado y

recebo periódico, en la ruta Y-560. Además, en cuanto a las actividades acordadas

semestralmente con la Dirección de Vialidad, éstas fueron llevadas a cabo de manera exitosa en

la ruta antes mencionada. Del mismo modo, estas acciones se han realizado exitosamente en los

últimos años. Cabe mencionar, que en Enero de 2020 fue entregada la respuesta de la consulta

a la pertinencia Resolución Exenta N°056/2020, donde reduce algunos cumplimiento de este

reporte, como es la mantención solo de la ruta Y-560 y en caso que requiera la mantención de

la ruta Y-50.

Finalmente, en el mes de julio 2020 el SEA dio respuesta a una nueva consulta de pertinencia

en la cual se solicitaba la suspensión de ciertos seguimientos ambiental, mientras estemos en

la condición de paralización temporal de faena y proyecto portuario. Dentro de los

seguimientos que solo se suspenden, se encuentra el considerando 7.1.5 sobre las “Actividades

de conservación de la ruta y-560”.

Por lo tanto, de acuerdo a las dos Resoluciones mencionadas anteriormente que dan origen a

las respuestas a las consultas de pertinencia es que la suspensión de las actividades de

mantenciones de las Ruta Y-50 y la Ruta Y-560, ocurrieron a partir de los meses de febrero 2020

y agosto 2020 respectivamente. Es por esto, que este reporte será el último reporte de

seguimiento de los planes de conservación de rutas mientras se mantenga la condición de cese

temporal de las faenas y operaciones del proyecto vinculados a la extracción de estéril y carbón.

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PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

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2. INTRODUCCIÓN

En conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°25 del 2011 que califica

favorablemente el “Proyecto Mina Invierno” se da seguimiento al componente ambiental

“Medio Humano” mediante la ejecución de las medidas de conservación de la ruta Y-560

señaladas en el Considerando 7.1.5 y 8.24 de la Resolución Exenta previamente señalada:

“7.1.5 Actividades de conservación da la Ruta Y-560

Objetivo de la medida: Actividades de conservación, en coordinación con la Dirección

Regional de Vialidad, la frecuencia que sea requeridas y en función de las necesidades

evidenciadas de las inspecciones rutinarias realzadas en conjunto. Atendido lo anterior,

propone realizar sobre la Ruta Y-560, en el tramo comprendido entre Ponsomby (Km 0.00)

y Punta Lackwater (Km 47.5), las siguientes tareas de conservación de la Ruta.

Descripción de la medida:

1. Mantenimiento Rutinario

Retiro de basuras

Limpieza manual de la faja bajo tuición de Vialidad

Remoción da derrumbes menores

Limpieza sistemas de drenaje

Limpieza, reacondicionamiento y reemplazo de señales verticales

Limpieza, reacondicionamiento y reemplazo de barreras de seguridad. etc.

Mantención de guardaganados.

2. Reperfilado simple y/o Reperfilado con compactación

Esta operación se refiere a trabajos necesarios para reconformar la plataforma de los

caminos (carpeta de rodado), incluyendo las cunetas, llevándola a una condición lo más

parecida al de su diseño primitivo. Esa operación corresponde a la señalada en 7.306. I del

Volumen 7 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad, considerando las

especificaciones allí señaladas y las recomendaciones de la Dirección Regional de Vialidad,

Estos trabajos se efectuarán cada año, de manera total o parcial sobre el tramo

comprendido entre Ponsomby (Km 0.00) y Punta Lackwater (Km 47.5), dependiendo del

estado en que encuentre, dando prioridad a los sectores que presentaren una condición de

riesgo y servicio inadecuado.

En relación a estas operaciones de reperfilado, con unidad de medida en kilómetros, se

indica que se desarrollarán cantidades mínimas en los términos a continuación descritos:

El reperfilado simple se podrá hacer hasta en tres oportunidades sumando entre ellas un

total de 100 (KM), las que se realizaran en los sectores establecido por la Inspección técnica

realizada por la Dirección de Vialidad.

El reperfilado con compactación se hará en una única oportunidad en los sectores que exista

carpeta, y en la oportunidad que determine la inspección técnica realizada por la Dirección

de Vialidad.

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3. Recebo periódico

Esta operación se refiere a los trabajos necesarios para reconformar la capa de rodadura

del camino, incluyendo cunetas, a una condición lo más parecida, en cuanto a dimensiones

y características primitivas de diseño, para lo cual se considera adicionar material para

reemplazar el que se hubiere perdido. Los trabajos deberán devolverle a la capa rodadura

las condiciones de transitabilidad y geometría original.

Esta operación corresponde al 7.306,4 del Volumen N°7 del Manual de Carreteras de la

Dirección de Vialidad, considerando las especificaciones allí señaladas. Esta operación se

hará en los sectores en que la capa de rodadura haya perdido su configuración geométrica,

y presente un evidente riesgo para la transitabilidad de los usuarios. Estos sectores podrán

ser presentados por la empresa o solicitados por la inspección técnica realizada por la

Dirección de Vialidad

Indicador de cumplimiento: Registro de las labores de mantención da Ruta Y-560

Oportunidad: Según periodicidad solicitada por Dirección de Vialidad, en función de los

resultados de inspecciones conjuntas realizadas.

Lugar: Ruta Y-560”.

“8.24 Seguimiento Plan de Conservación Ruta Y-560

Motivo del seguimiento: Seguimiento Plan de Conservación Ruta Y-560

Componente: Medio construido

Impacto Ambiental: Alteración del nivel de servicio de la Ruta Y-560

*Las labores de mantención de la ruta Y-560, motivo del seguimiento de esta ficha, tienen

por objetivo asegurar las condiciones de conservación bajo las cuales este impacto fue

evaluado como de baja magnitud.

Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente:

Se verificará la ejecución del Plan de Conservación de la Ruta Y-560, consistente en:

Mantenimiento Rutinario:

Retiro de basuras

Limpieza manual de la faja bajo tuición de Vialidad

Remoción de derrumbes menores

Limpieza sistemas de drenaje

Limpieza, reacondicionamiento y reemplazo de señales verticales

Limpieza, reacondicionamiento y reemplazo de barreras de seguridad, etc.

Mantención de guardaganados.

Se llevará un registro permanente de la ejecución de las actividades antes descritas,

documento que formará parte integrante del informe semestral enviado a la autoridad.

Reperfilado simple y/o reperfilado con compactación

Esta operación se refiere a los trabajos señalados en 7.306.1 del volumen 7 del Manual de

Carreteras de la Dirección de Vialidad. Estos trabajos se efectuarán cada año, de manera

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total o parcial sobre el tramo comprendido entre Ponsomby (KM 0.00) y Punta Lackwater

(Km 47.5) dependiendo del estado en que se encuentre y consistieran en:

Reperfilado simple: se podrá hacer hasta en tres oportunidades sumando entre ellas un

total de 100 (KM) anuales, las que se realizarán en los sectores establecidos conjuntamente

con personal de la inspección técnica de la dirección Vialidad.

Reperfilado con compactación: se hará en los sectores que exista carpeta y en la

oportunidad que se determine la inspección técnica realizada conjuntamente con la

Dirección de Vialidad.

En ambos casos la unidad de medida será el Km de obra ejecutada y será informada

semestralmente.

Recebo periódico

Esta operación se refiere a los trabajos necesarios para reconformar la capa de rodadura

del camino, incluyendo cunetas a una condición lo más parecida en cuanto a dimensiones y

características primitivas de diseño, para lo cual se considera adicionar material para

reemplazar el que se hubiere perdido, según se indica en 7.306.4 del Volumen N°7 del

Manual De Carreteras de la Dirección de Vialidad.

Esta operación se hará en los sectores en que la capa de rodadura haya perdido su

configuración geométrica, y presente un evidente riesgo para la transitabilidad de los

usuarios.

Estos sectores podrán ser definidos por el Titular y/o solicitados por la inspección técnica

realizada por la Dirección de Validad.

La unidad de medida será el km de ruta recebada y será informada semestralmente a la

autoridad.

Método a utilizar o acciones de seguimiento: Inspección semestral en coordinación con

personal de la Dirección General de Vialidad.

Ubicación de los puntos de control: Ruta Y-560, entre Ponsomby (km 0.00) y Punta

Lackwater (km 47.5).

Duración y frecuencia de medición: Revisión de la ejecución del Plan de Conservación de

la Ruta -560, entre Ponsomby y Punta Lackwater (Km. 47.5), mediante inspecciones en

terreno realizadas en coordinación con la Dirección General de Vialidad con una frecuencia

semestral, en fecha a convenir con la autoridad sectorial (DGV)

Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos: Los trabajos de

conservación deberán permitir mantener el nivel de servicio de la Ruta-Y-560.

Plazo y frecuencia de entrega de informes: Los trabajos de conservación se desarrollarán

anualmente a contar de la etapa de construcción y hasta el término de la etapa de

operación. Se presentará un informe semestral, hasta el término de la operación de Mina

Invierno.

Organismo fiscalizador: Dirección General de Vialidad y Autoridad ambiental de la

Región de Magallanes y Antártica Chilena”.

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PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

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Sin perjuicio de lo anterior las acciones y/o monitoreos del considerando 7.1.5. de la RCA

N°25/2011 ha sido suspendidas, mientras permanezca el cese temporal de las faenas y

operaciones del proyecto vinculadas a la extracción de estéril, carbón y su embarque mediante

las instalaciones portuarias, tal y como fue presentado mediante la Consulta de Pertinencia de

Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental “Ajustes Adicionales en Planes de

Seguimiento Ambiental”, ingresada al sistema e-Pertinencia el día 11 de junio de 2020, bajo el

ID: PERTI-2020-6816, tal como se transcribe a continuación:

“Respecto de la RCA N°025/2011, “Proyecto Mina Invierno” en el sentido de suspender las

acciones y/o monitoreos que se indican, mientras permanezca el cese temporal de las faenas y

operaciones del proyecto vinculadas a la extracción de estéril y carbón:

iii) Ajustar el “Actividades de Conservación de la Ruta Y-560”, a que se refiere el

considerando 7.1.5.”

Adicionalmente, se incorpora lo señalado en el Resuelvo N°2 de la Resolución Exenta N°860 del

15 de noviembre de 2011, que resuelve el Recurso de Reclamación (PAC) Proyecto Mina

Invierno. En dicha Resolución se introducen modificaciones a la RCA N°25/2011, incorporando

considerandos adicionales al permiso ambiental del Proyecto.

En este sentido se incorpora el Considerando 10.10 el cual señala lo siguiente:

“10.10.- El Titular deberá realizar un estudio de impacto vial en la ruta Y-50. Asimismo, el

Titular deberá implementar las actividades de conservación de la Ruta Y-560, establecidas

en el Considerando 7.1.5., a la Ruta Y-50. Al respecto, se aclara que dicha medida de

conservación de ambas rutas será de cargo del Titular”.

Además, mencionar que este reporte comprende los periodos de enero a junio del año 2020.

3. OBJETIVOS

El presente informe tiene como objetivo presentar y dar seguimiento a los compromisos

relacionados con el componente ambiental “Medio Humano”, de acuerdo a lo señalado en los

Considerandos 7.1.5 y 8.24, de la Resolución Exenta N°25/2011, y en el Resuelvo N°2 de la

Resolución Exenta N°860 del 15 de noviembre de 2011, y en los cuales se establece reportar

las actividades de conservación de la ruta Y-560 y la ruta Y-50, en coordinación con la Dirección

Regional de Vialidad, y asegurar las condiciones de conservación bajo las cuales el impacto en

la alteración del servicio de ruta fue evaluado como de baja magnitud.

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4. MATERIALES Y MÉTODOS

4.1 Descripción del Área de Estudio

Las actividades de conservación se desarrollan en la ruta Y-560 (entre Ponsomby, Km 0.00)

Punta Lackwater, Km 47.5) y en la ruta Y-50, en el tramo utilizado por vehículos del Proyecto,

sectores que corresponden a caminos de uso público para la Región de Magallanes, enrolados

por la Dirección de Vialidad.

El acceso por vía terrestre a la zona del Proyecto desde la localidad de Río Verde, se realiza

cruzando el canal Fitz Roy mediante un balseo existente en el sector de Ponsomby. Una vez

realizado el cruce se continúa por la ruta Y- 560, la cual conecta este sector con la parte sur de

la Isla Riesco. Dicha ruta corresponde a un camino de ripio que corre paralelo a la costa del

canal Fitz Roy y posteriormente del Seno Otway, conectando las distintas propiedades de esa

parte de la isla. Desde el punto de balseo hasta el área del Proyecto, existe una distancia

aproximada de 40 km.

La rama sur de la ruta Y-560 se inicia en Punta Stokes (Km 0), sector Balseadero Rio Verde

(Ponsomby), desarrollándose hasta el km 1 en cota algo mayor al 0 m.s.n.m. En la proximidad

del km 1 se eleva a terrenos aterrazados sobre cota 50, bastante planos. El camino ocupa estas

explanadas hasta el sector de la estancia El Trébol, emplazada alrededor del km 18 de la Ruta.

A partir de este punto, el camino vuelve a bajar a cotas cercanas a la costa, alrededor de los 20m.

Su punto final se ubica en el km 51,272, en las inmediaciones del Río Picot. El camino sirve,

principalmente, a las necesidades de las estancias existentes en la Isla. En período estival, es

utilizado por algunos buses con turistas que visitan la isla por el día, y adicionalmente por

vehículos particulares que transportan a quienes practican pesca deportiva en el Río Grande.

En la isla no existen sectores urbanos, y la mayor concentración de viviendas se da en las

cercanías del balseadero, donde se observan unas cuatro a cinco viviendas en un sector de

aproximadamente 1 km. La geometría en planta del camino existente posee en sus sectores más

restrictivos, curvas de Radio 30 m., 40 m., 60 y 65 m; que teóricamente se ajustan a diseños para

velocidades de proyecto bajo los 45 km/h. No obstante, en general los radios predominantes

son sobre 250 m. En rasante, el camino existente posee pendientes relativamente suaves. Los

sectores restrictivos pueden caracterizarse de la manera siguiente: 1,7 kilómetros de camino

poseen pendientes longitudinales mayores a 8 % y de éstos, 0,95 kilómetros poseen una

pendiente de 9% o más. La pendiente máxima de la ruta es de 11,6%.

Respecto del saneamiento de la ruta, se puede indicar que existen 49 tubos en distinto estado

de conservación, de diámetros entre 0,25 m. y 0,8 m.

En cuanto a la ruta Y-50, ésta posee un total de 41 km desde el desvío hacia Rio Verde hasta el

cruce Posomby(Canal Fitz Roy). Esta ruta, dentro de las modificaciones de Res. Exenta

N°056/2020, desde febrero del 2020 se ha suspendido su mantención rutinaria a una

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mantención esporádica siempre y cuando se requiera. Dejando este documento como último

reporte donde se incluirá los resultados de la mantención en la ruta Y-50.

4.2 Ubicación de los puntos o sitios de muestreo, medición, análisis y/o control

En la Figura 1, se muestra la ubicación de la ruta Y-560 y la ruta Y-50, junto con los tramos en

los cuales se aplican las actividades de conservación. Además, a modo de referencia, en la Tabla

1 se indican las coordenadas UTM de ubicación de los puntos de inicio y final de las rutas Y-560

e Y-50, correspondientes a los tramos en lo que se aplican las labores.

Es importante mencionar que, a partir del 25 de enero de 2019, la empresa Constructora Salfa

S.A, inició la ejecución del Proyecto “Camino básico por conservación, ruta Y-502, Cruce Ruta 9

N (Cabeza de Mar)-Río Pérez, km 0 al km 8,5, Provincia de Magallanes, Región de Magallanes y

de la Antártica Chilena”. Según esto, a partir de la fecha señalada, la conservación del tramo

presente entre el km 0 y el km 8,5 de la ruta Y-50 (Y-502), se encuentra a cargo de la empresa

contratista Constructora Salfa S.A. Sin perjuicio de lo anterior, Mina Invierno continúo con su

programa de conservación en el tramo mencionado (km 0 al km 8,5) hasta mitad de abril de

2019, aproximadamente. Posterior a esa fecha, la conservación de la ruta Y-50 fue realizada

desde el km 8,5 al km 40. En el Anexo A se incluyen la carta Ord. N° 11 del 20.06.2019 y la

Resolución DV XII N°021 del 14.12.2018 que adjudica el Proyecto a la constructora Salfa S.A.

Figura 1 Ruta Y-560 e Y-50 y los tramos a conservar.

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Tabla 1 Coordenadas de referencia para la ruta Y-560 e Y-50 (UTM WGS84. Huso 19S).

Ruta Km Este (m) Norte (m)

Ruta Y-560 Km 0 332.913 4.163.329

Km 47,5 319.107 4.132.494

Ruta Y-50 Km 0 364.933 4.148.005

Km 40 333.495 4.163.333

4.3 Parámetros

Los parámetros utilizados para caracterizar el estado y la evolución de las variables

ambientales, según lo establecido en los Considerandos 7.1.5 y 8.24 de la Resolución Exenta

N°25/2011, son los siguientes:

Tabla 2 Parámetros a evaluar

Parámetros a evaluar

✓ Mantenimiento rutinario

• Retiro de basuras • Limpieza manual de la faja bajo tuición de Vialidad • Remoción de derrumbes menores • Limpieza sistemas de drenaje • Limpieza, reacondicionamiento y reemplazo de señales verticales • Limpieza, reacondicionamiento y reemplazo de barreras de seguridad, etc. • Mantención de guardaganados.

✓ Reperfilado simple y/o reperfilado con compactación

✓ Recebo periódico.

Dada la suspensión temporal de las faenas y operaciones del proyecto vinculadas a la extracción

de estéril, carbón y su embarque mediante las instalaciones portuarias, las frecuencias de

mantención de la tabla 2 han sido modificado por la Resolución exenta N°056/2020 “Ajustes de

medidas de conservación de rutas Y-560 Y Y-50”. Las medidas ajustadas se detallan en la

siguiente Tabla 3 Parámetros ajustado a la nueva ResoluciónTabla 3. Tabla 3 Parámetros ajustado a la nueva Resolución

Parámetros a evaluar

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✓ Mantenimiento mensual

• Retiro de basuras • Limpieza manual de la faja bajo tuición de Vialidad

✓ Mantenimiento semestral

• Limpieza, reacondicionamiento y reemplazo de señales verticales • Limpieza, reacondicionamiento y reemplazo de barreras de seguridad, etc.

✓ Mantenimiento cuando se requiera

• Remoción de derrumbes menores • Limpieza sistemas de drenaje • Mantención de guardaganados. • Reperfilado simple y/o reperfilado con compactación • Recebo periódico

4.4 Metodología de muestreo, medición, análisis y/o control

Para dar cumplimiento a las actividades de conservación de las rutas Y-560 e Y-50 se ejecutan

periódicamente las actividades señaladas en el acápite anterior y que son desarrolladas en

forma permanentemente por el equipo de Mina Invierno.

Adicionalmente a las actividades rutinarias, de forma semestral se realizan actividades de

mantenimiento específicas acordadas y coordinadas con la Dirección de Vialidad del Ministerio

de Obras Públicas, para las cuales se reporta el estado de cumplimiento del mes anterior y el

cronograma en ejecución durante el mes en desarrollo.

Es importante destacar que con fecha 13 de diciembre de 2019 fue ingresada una consulta de

pertinencia al SEIA “Ajuste de medidas de conservación de Rutas Y-560 e Y-50” el cual tiene por

objetivo el ajuste de las medidas de conservación de las rutas Y-560 e Y-50 ante la paralización

temporal de Mina Invierno debido al fallo del tribunal ambiental durante el 2019, además del

incremento en el uso por otras industrias y las mejoras realizadas por la Dirección de Vialidad

en tramos antes mencionados.

La consulta de pertinencia fue respondida mediante Res. Exenta 056/2020 del 28 de Enero

2020, la cual resuelve que los ajustes y medidas no requieren el ingreso al SEIA. Por lo tanto,

este informe de seguimiento se verá reflejado los ajustes y/o modificaciones al plan de

conservación de las Rutas.

4.5 Materiales y equipos utilizados

Para llevar a cabo las actividades de conservación de la ruta Y-560 e Y-50 se utilizaron los

siguientes materiales y equipos.

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Tabla 4 Materiales y equipos utilizados Materiales y Equipos

En caso de realizarse una mantención simple:

✓ Motoniveladora

✓ Camiones aljibe

En caso de realizarse una mantención con

reperfilado:

✓ Retroexcavadora

✓ Motoniveladora

✓ Camiones Aljibe

4.6 Fechas de muestreo, medición, análisis y/o control de cada parámetro

Las actividades fueron desarrolladas durante los meses de enero a junio del año 2020.

5. RESULTADOS

En la Tabla 4, se presenta un cuadro resumen con el porcentaje de cumplimiento de las

actividades rutinarias efectuadas en el primer semestre del año 2020 en las rutas Y-560 e Y-50.

Tabla 5 Resumen cumplimiento primer semestre de 2020.

Actividad Frecuencia

Ejecución Cumplimiento

semestral

En

ero

Fe

bre

ro

Ma

rzo

Ab

ril

Ma

yo

Jun

io

Mantenimiento

rutinario

Retiro de basuras Mensual ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ 100%

Limpieza manual de

la faja Mensual ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ 100%

Remoción de

derrumbes menores

Cuando se

requiera Cumplido

Limpieza de

sistemas de drenaje

Cuando se

requiera Cumplido

Limpieza.

reacondicionamiento

de señales verticales

Semestral ✓ 100%

Limpieza.

reacondicionamiento Semestral ✓ 100%

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Actividad Frecuencia

Ejecución Cumplimiento

semestral

En

ero

Fe

bre

ro

Ma

rzo

Ab

ril

Ma

yo

Jun

io

de barreras de

seguridad.

Mantención de

guardaganados

Cuando se

requiera Cumplido

Reperfilado simple /

Reperfilado con

compactación

Cuando se

requiera Cumplido

Recebo periódico Cuando se

requiera Cumplido

Adicionalmente, se presenta un cuadro resumen del cumplimiento asociado a las actividades

acordadas con la Dirección de Vialidad para el primer semestre del 2020, tanto en la ruta Y-560

(ver Tabla 6) como en la ruta Y-50 (ver Tabla 7). Cabe señalar que estas actividades son

informadas a la Dirección de Vialidad de manera mensual mediante el envío de una carta con el

estado de avance del mes anterior y las actividades en ejecución al momento del envío de la

misma (se adjunta en Anexo B las cartas junto con los cronogramas de cumplimiento y

ejecución).

Tabla 6 Resumen del cumplimiento acordado con Dirección de Vialidad para la ruta Y-560.

Meses Actividad Cumplimiento

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

2020

Señaléticas tubos de drenajes Cumplido km 0.00 al

20.00

Mantención y limpieza señaléticas Cumplido km 20.00 al

40.00

Recebos: se trabajó de acuerdo a requerimiento por

tramos

Cumplido km 10.00 al

20.00

Km 16.000 a 16.300 camino angosto por socavación de

la marea. Km 15.400 al 15.500 en las mismas

condiciones y Km 46.00-47.00-52.00

Se mantiene en alerta.

Se prestó apoyo sector de atraque Isla Riesco

Ponsomby. (Retro excavadora) Cumplido

Se mantuvo mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías

de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo

retroexcavadora

Cumplido km 00.00 al

20.00

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

14

Tabla 7 Resumen del cumplimiento acordado con Dirección de Vialidad para la ruta Y-50.

Actividad 1er. semestre 2020 Cumplimiento

Durante estos meses, en la ruta Y-50 se trabajó en limpieza de drenes

Enero y Febrero: Cumplido Km 8,5 al km 20.00

Se mantuvo reperfilado simple Enero y Febrero: Cumplido km 10.00 al km 40.00

Control de talud Km 30 al 42 Cumplido

Se trabajó en mantenimiento de la ruta, canalización de aguas según condiciones climáticas donde lo requiera. Uso de motoniveladora y retroexcavadora.

Enero yFebrero: Cumplido Km 8,5 al km 20.00

*NOTA: a través de la Res. Exenta 56/2020, SEA permite suspensión de la mantención de la ruta

Y-50 mientras Mina Invierno se encuentre en condición de paralización temporal de la faena.

En el Anexo C se presentan las fotografías que respaldan la mantención de las rutas mediante

la inspección visual realizada por el inspector de obras.

6. DISCUSIONES

De acuerdo a los resultados de las actividades de conservación de rutas desarrolladas en el

primer semestre 2020, se puede evidenciar la realización de las actividades de mantenimiento

rutinario, reperfilado, y recebo periódico, dando cumplimiento a los Considerandos 7.1. y 8.24

de la RCA 25/2011, además de cumplir con los lineamientos señalados en las Resolución Exenta

N°860 del 15 de noviembre de 2011 y Resolución Exenta N°056 del 28 de Enero de 2020.

Del mismo modo, en cuanto a las actividades acordadas semestralmente para el caso de la ruta

Y-560 con la Dirección de Vialidad, éstas fueron llevadas a cabo de manera exitosa, logrando

cumplir con la mantención de las señaléticas en tubos de drenaje, riego de ruta, recebos, apoyo

sector de atraque Isla Riesco Ponsomby, mantención y limpieza de otras señaléticas, y

mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto.

Cabe mencionar que, al comparar el cumplimiento de las actividades de conservación en las

rutas, se puede evidenciar 100% de cumplimiento en las actividades de mantenimiento

rutinario desde el año 2017. Por otra parte, la paralización temporal de la mina invierno, ha

impactado directamente en las frecuencias de mantención sobre todo en la mantención de la Y-

50 ya que redujo su mantención de esta ruta, las actividades realizadas solo fueron en el periodo

Enero a Febrero.

así como también se evidencia total cumplimiento de las actividades de reperfilado y recebo

periódico (Ver Tabla 7 ).

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

15

También, en la Tabla 8 y Tabla 9, se evidencia cumplimiento total de las actividades acordadas

con Dirección de Vialidad desde el año 2017 para la ruta Y-560 y la ruta Y-50, respectivamente.

Tabla 7 Resumen cumplimiento actividades rutas Y-560 e Y-50 2017 al primer semestre 2020

Actividad Frecuencia 2017 2018 2019 2020

1er semestre

2do semestre

1er semestre

2do semestre

1er semestre

2do semestre

1er semestre

Mantenimiento rutinario

Retiro de basuras Diario *Mensual

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

Limpieza manual de la faja

Semanal *Mensual

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

Remoción de derrumbes menores

Quincenal *Cuando se requiera

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

Limpieza de sistemas de drenaje

Quincenal *Cuando se requiera

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

Limpieza. reacondicionamiento

de señales verticales

Mensual *Semestral

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

Limpieza. reacondicionamiento

de barreras de seguridad.

Mensual *Semestral

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

Mantención de guardaganados

Permanente *Cuando se requiera

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

Reperfilado simple/ Reperfilado con compactación

Permanente y de acuerdo a requerimiento *Cuando se requiera

Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido

Recebo periódico De acuerdo a requerimiento *Cuando se requiera

Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido

Nota: (*) Frecuencias ajustadas a partir del enero 2020, según Resolución Exenta N°056 del 28 de Enero de 2020.

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

16

Tabla 8 Resumen cumplimiento acordado con Dirección de Vialidad para la ruta Y-560 año 2017 al año 2020

Actividad 2017 2018 2019 2020

1er semestre

2do semestre

1er semestre

2do semestre

1er semestre

2do semestre

1er semestre

Señaléticas tubos de drenajes

Enero: Cumplido Km 10.00 al 20.00 Febrero, marzo, abril, mayo, junio: Cumplido Km 00.00 al 20.00

Cumplido Km 0.00 al 20.00

Cumplido Km 0.00 al 20.00

Cumplido Km 0.00 al 20.00

Cumplido Km 0.00 al 20.00

Cumplido Km 0.00 al 20.00

Cumplido Km 0.00 al 20.00

Mantención y limpieza señaléticas

Enero: Cumplido Km 00.00 al 30.00 Febrero, marzo, abril, mayo, junio: Cumplido Km 20.00 al 40.00

Julio: Cumplido Km 00.00 al 40.00 Agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre: Cumplido Km 20.00 al 40.00

Enero: Cumplido Km 00.00 al 40.00 Febrero, marzo, abril, mayo, junio: Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Riego de ruta: Regadío frente de estancias con equipo de poyo, camión agüero de 30.000 lts.

Cumplido de acuerdo a condiciones climáticas

Cumplido de acuerdo a condiciones climáticas

Cumplido de acuerdo a condiciones climáticas

Cumplido de acuerdo a condiciones climáticas

Cumplido de acuerdo a condiciones climáticas

Cumplido de acuerdo a condiciones climáticas

Cuando se requiera

Recebos: se trabajó de acuerdo a requerimiento por tramos

Enero: Cumplido Km 00.00 al 30.00 Febrero: Cumplido Km 00.00 al 42.00 Marzo, abril, mayo, junio: Cumplido Km 10.00 al 20.00

Cumplido Km 10.00 al 20.00

Cumplido Km 10.00 al 20.00

Cumplido Km 10.00 al 20.00

Cumplido Km 10.00 al 20.00

Cumplido Km 10.00 al 20.00

Cumplido Km 10.00 al 20.00

Km 16.000 a 16.300 camino angosto por socavación de la marea. Km 15.400 al 15.000 en las mismas condiciones y Km 46.00-47.00 52.00

Enero, mayo, junio: Actualmente en las mismas condiciones. Se mantiene en alerta. Febrero, marzo, abril: Se mantiene en alerta

Julio: Actualmente en las mismas condiciones. Se mantiene en alerta. Agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre: Se realizaron las reparaciones. Se mantiene en alerta

Enero: Actualmente en las mismas condiciones. Se mantiene en alerta. Febrero, marzo, abril, mayo, junio: Se realizaron las reparaciones. Se mantiene en alerta

Actualmente en las mismas condiciones. Se mantiene en alerta.

Se mantiene en alerta.

Se mantiene en alerta.

Se mantiene en alerta.

Se prestó apoyo sector de atraque Isla Riesco

Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido

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Tabla 9 Resumen del cumplimiento acordado con Dirección de Vialidad para la ruta Y-50 año

2017 al año 2020

Actividad 2017 2018 2019 2020

1er semestre 2do semestre 1er semestre 2do semestre 1er semestre 2do semestre 1er semestre

Durante estos meses, en la ruta Y-50 se trabajó en limpieza de drenes

Enero: Cumplido Km 00.00 al 30.00 Febrero: Cumplido Km 20.00 al 40.00 Marzo, Abril, Mayo, Junio: Cumplido Km 00.00 al 20.00

Julio: Cumplido Km 00.00 al 40.00 Agosto a Diciembre: Cumplido Km 00.00 al 30.00

Enero a mayo: Cumplido Km 00.00 al 30.00 Junio: Cumplido Km 00.00 al 20.00

Cumplido Km 00.00 al 20.00

Enero, Febrero, Marzo, Abril: Cumplido km 00.00 al km 30.00 Mayo: Cumplido km 8,5 al km 30.00 Junio: Cumplido km 8,5 al km 20.00

Cumplido km 8,5 al km 20.00

Cumplido Enero y Febrero: 10.00 al km. 20.00

Reperfilado simple

Enero, Marzo, Abril, Mayo, Junio: Cumplido Km 00 al 40.00 Febrero: Cumplido Km 10.00 al 20.00

Cumplido Km 00 al 40.00

Cumplido Km 00 al 40.00

Cumplido Km 00 al 40.00

Enero, Febrero, Marzo, Abril: Cumplido km 00.00 al km 40.00 Mayo, Junio: Cumplido km 8,5 al km 40.00

Cumplido km 8,5 al km 40.00

Cumplido Enero y Febrero: 10.00 al km. 20.00

Control de talud Km 30 al 42

Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido Cumplido

Se trabajó en mantenimiento de la ruta, canalización de aguas según condiciones climáticas donde lo requiera. Uso de motoniveladora

Enero: Cumplido Km 10.00 al 20.00 Febrero: Cumplido Km 00.00 al 20.00 Marzo, Abril, Mayo, Junio: Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio: Cumplido km 20.00 al km 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 20.00 al 40.00

Ponsomby. (Retro excavadora)

Se mantuvo mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora

Enero, marzo, abril, mayo, junio: Cumplido Km 00.00 al 20.00 Febrero: Cumplido Km 20.00 al 40.00

Cumplido Km 00.00 al 20.00

Cumplido Km 00.00 al 20.00

Cumplido Km 00.00 al 20.00

Cumplido Km 00.00 al 20.00

Cumplido Km 00.00 al 20.00

Cumplido Km 00.00 al 20.00

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

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Actividad 2017 2018 2019 2020

1er semestre 2do semestre 1er semestre 2do semestre 1er semestre 2do semestre 1er semestre

y retroexcavadora.

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

19

7. CONCLUSIONES

De acuerdo a los resultados de las actividades de conservación de rutas desarrolladas en el

primer semestre de 2020, se puede establecer que se da cumplimiento a las actividades de

mantenimiento rutinario, reperfilado, y recebo periódico, tanto en la ruta Y-560 como en la ruta

Y-50. Del mismo modo, se puede observar que el cumplimiento de estas actividades desde el

año 2017 se ha desarrollado a cabalidad, como también se evidencia cumplimiento total de las

actividades acordadas con Dirección de Vialidad, tanto en el periodo reportado como en

periodos anteriores, para ambas rutas. Las actividades de conservación desarrolladas durante el primer semestre de 2020 han permitido mantener el nivel de servicio de las rutas Y-560 e Y-50. Además, dada la paralización temporal de las operaciones del proyecto vinculadas a la extracción de estéril, carbón y su embarque mediante las instalaciones portuarias, se ven visto disminuidas el uso de ambas carreteras, llevando a cabo ajustar estas medidas a través de la Resolución Exenta 056/2020, estas medidas se desarrollaron cumpliendo el programa de conservación detallado en la resolución antes mencionada. Considerando lo anterior, se puede establecer que se da cumplimiento a los Considerandos 7.1.5 y 8.24 de la RCA 25/2011, además de cumplir con los lineamientos señalados en la Resolución Exenta N°860 del 15 de noviembre de 2011. Además, señalar que este documento será el último informe de seguimiento del “Plan de Conservación Ruta Y-560 e Y-50” ya que la Resolución Exenta de 24 de julio del 2020 y Resolución Exenta 056/2020 suspende la mantención de las rutas Y-560 y Y-50 respectivamente.

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

20

8. REFERENCIAS

Resolución de Calificación Ambiental N°25 del 21 de febrero de 2011 “Proyecto Mina

Invierno”.

Resolución Exenta N°860 del 15 de noviembre de 2011 “Resuelve Recurso de

Reclamación (PAC), Proyecto Mina Invierno.

Resolución Exenta N°223 del 26 de marzo de 2015. Superintendencia del Medio

Ambiente.

Resolución Exenta N°056 del 28 de enero de 2020 “Ajustes de medidas de conservación

de rutas Y-560 e Y-50”.

Resolución Exenta del 24 de Julio de 2020 “Ajustes adicionales en planes de seguimiento

ambiental”.

9. ANEXOS Anexo A: Ord. N° 11 del 20.06.2019 y Resolución DV XII N°021 del 14.12.2018

Anexo B: Cartas enviadas a Dirección de Vialidad.

Anexo C: Registro fotográfico de las actividades efectuadas durante el primer semestre

del 2020.

Anexo D: Responsables del muestreo, análisis y elaboración de informe de seguimiento

ambiental.

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PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 E Y-50 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

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ANEXO A Carta Ord. N°11 y Resolución DV XII N°021

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ANEXO B Cartas enviadas a Dirección de Vialidad primer semestre 2020.

Punta Arenas, 7 de abril de 2020

MIn 115-20-04

Señor

Francisco Orozco López

Director Regional Vialidad

Región de Magallanes

Croacia 722 – Piso 4

Presente

Ref.: ORD. N°1356 del 12 de septiembre de 2011.

De nuestra consideración:

En conformidad a Ordinario de la referencia, hacemos llegar a Ud. el Programa Mensual

de Conservación en la Ruta Y-560, asociada a la RCA de Mina Invierno en Isla Riesco,

correspondiente al cumplimiento del mes de febrero 2020. Junto a él se adjunta un Informe de

las actividades realizadas en rutas Y-50 e Y-560 durante dicho mes.

A su vez, enviamos el Cronograma de Mantenimiento Ruta contemplado para el mes de

marzo 2020, a la fecha, ya ejecutado.

Sin otro particular, saluda atentamente,

Marcos Harismendy Lobos

Especialista Control y Seguimiento Ambiental

Mina Invierno S.A.

DISTRIBUCION:

- Director Regional de Vialidad, Sr. Francisco Orozco Lopez

- Municipalidad de Río Verde, Sra. Tatiana Vásquez

- Oficina Provincial Vialidad Magallanes

- Superintendencia Medio Ambiente

- Archivo Mina Invierno.

REGISTRO FOTOGRAFICO EN RUTA Y-50 FEBRERO 2020

Se realizaron durante el mes de febrero de 2020 las inspecciones visuales y las mantenciones que se ejecutan de acuerdo a lo establecido en la RCA 25/2011 y Res. Exenta 860/2011.

RUTA Y-50

Inspección visual y mantenimiento del 01 de febrero 2020 realizada por Minera Invierno.

MINA INVIERNO

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.

Rece

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.

Actividad 1Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERAA. Ruta Y-560

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajó de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera Km. 16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

Se prestó apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQUERIMIENTO Cuando lo requiera

Se mantuvo mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO RUTA Y-50

Nota: Se mantiene servicio con equipos propios.

1.- Durante el mes de febrero en la ruta Y-50 se trabajó en limpieza de Drenes. -

2. Se mantuvo reperfilado simple. Km. 8.70 al 40.00 .3. Control de talud. Km.30 al 42 Cuando lo requiera

4. Se trabajó en mantenimiento de la ruta, canalización de aguas según condiciones climáticas donde lo requiera. Cuando lo requiera

CRONOGRAMA CUMPLIMIENTO DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE FEBRERO 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE REQUIERACUANDO SE REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE ABRIL A SEPTIEMBRE)

MINA INVIERNO

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ados

Repe

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impl

e/R.

con

com

pact

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Rece

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dico

.

Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERAA. Ruta Y-560 MENSUAL

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajará de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km. 16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

A espera de apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQURIMIENTO Cuando lo requiera

Mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO RUTA Y-50

Nota: De acuerdo a Res. Exenta 056/2020 "Respuesta a Consulta de Pertinencia" enviada mes de Enero 2020, dada la paralización temporal no se contempla aplicar el programa para la Ruta Y-50.

1.- Durante el mes de Marzo en la ruta Y-50 se trabajará en limpieza de Drenes. No contempla

2.Reperfilado simple. No contempla3. Control de talud. Km.30 al 42 No contempla

4. Se trabajará en mantenimiento de la ruta, canalización de aguas según condiciones climáticas donde lo requiera. No contempla

CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE MARZO 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE ABRIL A SEPTIEMBRE)CUANDO SE REQUIERA

Punta Arenas, 02 de julio de 2020

MIn 122-20-07

Señor Francisco Orozco López Director Regional Vialidad Región de Magallanes Croacia 722 – Piso 4 PRESENTE Ref.: ORD. N° 1356 DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2011. De nuestra consideración: En conformidad a Ordinario de la referencia, hacemos llegar a Ud., el Programa Mensual de Conservación en la Ruta Y-560, asociada a la RCA de Mina Invierno en Isla Riesco, correspondiente al cumplimiento del mes de marzo 2020. A su vez, también le enviamos el Cronograma de Mantenimiento Ruta contemplado para el mes de abril 2020, a la fecha en ejecución. Finalmente, se hace mención que la conservación de rutas se está realizando de acuerdo a las adecuaciones que se aplicaron a este plan de conservación, dado el estado actual de Mina Invierno (empresa en proceso de paralización temporal), indicando que las modificaciones propuestas no requieren hacer ingreso al SEIA. Además, por Res. Exenta N°0131 del 23 de enero de 2020, de SERNAGEOMIN, y complementada por Res. Exenta N°0453 del 10 de marzo de 2020 del mismo Servicio que aprueban el “Plan de Cierre Temporal Faena Mina Invierno”, el cual se inicio a partir del mes de abril 2020. Sin otro particular, saluda atentamente,

Marcos Harismendy Lobos Especialista Control y Seguimiento Ambiental MINA INVIERNO S.A. MHL DISTRIBUCION:

- Director Regional de Vialidad, Sr. Francisco Orozco López - Municipalidad de Río Verde, Sra. Tatiana Vásquez - Oficina Provincial Vialidad Magallanes - Superintendencia Medio Ambiente

- Archivo Mina Invierno.

MINA INVIERNO

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Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERA

A. Ruta Y-560

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajó de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km.  16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

Se prestó apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQUERIMIENTO Cuando lo requiera

Se mantuvo mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

CRONOGRAMA CUMPLIMIENTO DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE MARZO 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE REQUIERA

CUANDO SE

REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA

SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE

ABRIL A SEPTIEMBRE)

MINA INVIERNO

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Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERA

A. Ruta Y-560 MENSUAL

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajará de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km.  16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

A espera de apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQURIMIENTO Cuando lo requiera

Mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE ABRIL 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE

REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA

SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE

ABRIL A SEPTIEMBRE)CUANDO SE REQUIERA

Punta Arenas, 02 de julio de 2020

MIn 123-20-07

Señor Francisco Orozco López Director Regional Vialidad Región de Magallanes Croacia 722 – Piso 4 PRESENTE Ref.: ORD. N° 1356 DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2011. De nuestra consideración: En conformidad a Ordinario de la referencia, hacemos llegar a Ud., el Programa Mensual de Conservación en la Ruta Y-560, asociada a la RCA de Mina Invierno en Isla Riesco, correspondiente al cumplimiento del mes de abril 2020. A su vez, también le enviamos el Cronograma de Mantenimiento Ruta contemplado para el mes de mayo 2020, a la fecha en ejecución. Finalmente, se hace mención que la conservación de rutas se está realizando de acuerdo a las adecuaciones que se aplicaron a este plan de conservación, dado el estado actual de Mina Invierno (empresa en proceso de paralización temporal), indicando que las modificaciones propuestas no requieren hacer ingreso al SEIA. Además, por Resolución Exenta N°0774 del 27 de abril de 2020, de SERNAGEOMIN, que aprueba el “Plan de Cierre Temporal Parcial de la faena minera “Complejo Portuario Isla Riesco”, el cual se inició a partir del mes de mayo 2020. Sin otro particular, saluda atentamente,

Marcos Harismendy Lobos Especialista Control y Seguimiento Ambiental MINA INVIERNO S.A. MHL DISTRIBUCION:

- Director Regional de Vialidad, Sr. Francisco Orozco López - Municipalidad de Río Verde, Sra. Tatiana Vásquez - Oficina Provincial Vialidad Magallanes - Superintendencia Medio Ambiente

- Archivo Mina Invierno.

MINA INVIERNO

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Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERA

A. Ruta Y-560

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajó de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km.  16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

Se prestó apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQUERIMIENTO Cuando lo requiera

Se mantuvo mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

CRONOGRAMA CUMPLIMIENTO DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE ABRIL 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE REQUIERA

CUANDO SE

REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA

SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE

ABRIL A SEPTIEMBRE)

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Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERA

A. Ruta Y-560 MENSUAL

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajará de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km.  16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

A espera de apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQURIMIENTO Cuando lo requiera

Mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE MAYO 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE

REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA

SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE

ABRIL A SEPTIEMBRE)CUANDO SE REQUIERA

Punta Arenas, 03 de julio de 2020

MIn 124-20-07

Señor Francisco Orozco López Director Regional Vialidad Región de Magallanes Croacia 722 – Piso 4 PRESENTE Ref.: ORD. N° 1356 DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2011. De nuestra consideración: En conformidad a Ordinario de la referencia, hacemos llegar a Ud., el Programa Mensual de Conservación en la Ruta Y-560, asociada a la RCA de Mina Invierno en Isla Riesco, correspondiente al cumplimiento del mes de mayo 2020. A su vez, también le enviamos el Cronograma de Mantenimiento Ruta contemplado para el mes de junio 2020, a la fecha en ejecución. Finalmente, se hace mención que la conservación de rutas se está realizando de acuerdo a las adecuaciones que se aplicaron a este plan de conservación, dado el estado actual de Mina Invierno (empresa en proceso de paralización temporal), indicando que las modificaciones propuestas no requieren hacer ingreso al SEIA. Además, el “Plan de Cierre Temporal Faena Mina Invierno” y Plan de Cierre Temporal Faena “Complejo Portuario Isla Riesco” continúan de acuerdo a cronogramas aprobados. Sin otro particular, saluda atentamente,

Marcos Harismendy Lobos Especialista Control y Seguimiento Ambiental MINA INVIERNO S.A. MHL DISTRIBUCION:

- Director Regional de Vialidad, Sr. Francisco Orozco López - Municipalidad de Río Verde, Sra. Tatiana Vásquez - Oficina Provincial Vialidad Magallanes - Superintendencia Medio Ambiente

- Archivo Mina Invierno.

MINA INVIERNO

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Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERA

A. Ruta Y-560

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajó de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km.  16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

Se prestó apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQUERIMIENTO Cuando lo requiera

Se mantuvo mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

CRONOGRAMA CUMPLIMIENTO DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE MAYO 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE REQUIERA

CUANDO SE

REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA

SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE

ABRIL A SEPTIEMBRE)

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Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERA

A. Ruta Y-560 MENSUAL

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajará de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km.  16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

A espera de apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQURIMIENTO Cuando lo requiera

Mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE JUNIO 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE

REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA

SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE

ABRIL A SEPTIEMBRE)CUANDO SE REQUIERA

Punta Arenas, 02 de julio de 2020

MIn 125-20-07

Señor Francisco Orozco López Director Regional Vialidad Región de Magallanes Croacia 722 – Piso 4 PRESENTE Ref.: ORD. N° 1356 DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2011. De nuestra consideración: En conformidad a Ordinario de la referencia, hacemos llegar a Ud., el Programa Mensual de Conservación en la Ruta Y-560, asociada a la RCA de Mina Invierno en Isla Riesco, correspondiente al cumplimiento del mes de junio 2020. A su vez, también le enviamos el Cronograma de Mantenimiento Ruta contemplado para el mes de julio 2020, a la fecha en ejecución. Finalmente, se hace mención que la conservación de rutas se está realizando de acuerdo a las adecuaciones que se aplicaron a este plan de conservación, dado el estado actual de Mina Invierno (empresa en proceso de paralización temporal), indicando que las modificaciones propuestas no requieren hacer ingreso al SEIA. Además, el “Plan de Cierre Temporal Faena Mina Invierno” y Plan de Cierre Temporal Faena “Complejo Portuario Isla Riesco” continúan de acuerdo a cronogramas aprobados. Sin otro particular, saluda atentamente,

Marcos Harismendy Lobos Especialista Control y Seguimiento Ambiental MINA INVIERNO S.A. MHL DISTRIBUCION:

- Director Regional de Vialidad, Sr. Francisco Orozco López - Municipalidad de Río Verde, Sra. Tatiana Vásquez - Oficina Provincial Vialidad Magallanes - Superintendencia Medio Ambiente

- Archivo Mina Invierno.

MINA INVIERNO

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Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERA

A. Ruta Y-560

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajó de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km.  16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

Se prestó apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQUERIMIENTO Cuando lo requiera

Se mantuvo mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

CRONOGRAMA CUMPLIMIENTO DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE JUNIO 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE REQUIERA

CUANDO SE

REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA

SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE

ABRIL A SEPTIEMBRE)

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Actividad 1

Fecha De… MENSUAL MENSUAL SEMESTRAL SEMESTRAL CUANDO SE REQUIERA

A. Ruta Y-560 MENSUAL

Señaléticas tubos de drenajes LO QUE CORRESPONDA. Cuando lo requiera

Mantención y limpieza señaléticas DE ACUERDO A REQUERIMIENTO. Cuando lo requiera

De acuerdo a condiciones climáticas .

Recebos: Se trabajará de acuerdo a requerimiento por tramos. DE ACUERDO A CONDICIONES CLIMÁTICAS Cuando lo requiera

Km.  16.000 al 16.300. camino angosto por socavación de la marea. kilómetro 15.400 al 15.500 en las mismas condiciones y Km.46.00-47.00 52.00 se mantiene en alerta.

A espera de apoyo sector de atraque Isla Riesco Ponsomby DE ACUERDO A REQURIMIENTO Cuando lo requiera

Mantenimiento de drenaje zanjas-tuberías de chorrillos desde Ponsomby a Puerto. Apoyo retroexcavadora Cuando lo requiera

CRONOGRAMA DE MANTENIMIENTO RUTA Y- 50. Y-560 MES DE JULIO 2020. ISLA RIESCO

CUANDO SE

REQUIERA

CUANDO SE REQUIERA Y EN FORMA

SECTORIZADA, PERIODO INVERNAL (DE

ABRIL A SEPTIEMBRE)CUANDO SE REQUIERA

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

ANEXO C Res. Exenta de respuesta consultas de pertinencia del SEA

1/10

REPUBLICA DE CHILE

SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA

RESOLUCIÓN EXENTA

MAT: RESPUESTA A CONSULTA DE

PERTINENCIA “AJUSTES ADICIONALES EN

PLANES DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL”

PUNTA ARENAS

VISTOS:

1.- Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S.

Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema

de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley Nº19.880, publicada en el D.O. el 29 de Mayo

de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de 2002, que establece las bases

de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración

del Estado; en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido,

coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales

de la Administración del Estado; en la Resolución Toma de Razón N° 119046/19/2018, del

Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 05 de marzo de 2018, que nombra al Director

Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Magallanes y de la Antártica

Chilena y en la Resolución Nº7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija

Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

2.- El Oficio Ordinario DJ N°131456 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación

Ambiental de fecha 12 de septiembre de 2013, que imparte instrucciones sobre las consultas

de pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.- La Resolución Exenta Nº291/2009 de la Comisión de Regional del Medio Ambiente de

Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 21 de febrero de 2009, que aprobó el Estudio de

Impacto Ambiental (EIA) del “Proyecto Portuario Isla Riesco” de la Sociedad Minera Isla

Riesco S.A.

4.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Modificación Proyecto Portuario Duque de

Alba” al “Proyecto Portuario Isla Riesco”, a través del Oficio Ordinario N°424 de fecha 27 de

septiembre de 2011.

5.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Modificación Proy Portuario Sistema de

Chancado y Piscina de Decantación” al “Proyecto Portuario Isla Riesco”, a través del Oficio

Ordinario N°539 de fecha 22 de diciembre de 2011.

6.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Reemplazo Planta de Tratamiento de Aguas

Servidas” al “Proyecto Portuario Isla Riesco”, a través de la carta N°089 de fecha 26 de

diciembre de 2012.

7.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Cambio Sistema de Suministro de Agua” al

“Proyecto Portuario Isla Riesco”, a través de la carta N°073 de fecha 24 de abril de 2013.

8.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Reconstitución de Poste de Amarre Proyecto

Portuario Isla Riesco” al “Proyecto Portuario Isla Riesco”, a través de la Resolución Exenta

N°203/2014 de fecha 05 de agosto de 2014.

2/10

9.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Recepción de Naves de Mayor Registro” al

“Proyecto Portuario Isla Riesco”, a través de la Resolución Exenta N°289/2014 de fecha 21

de octubre de 2014.

10.- La Resolución Exenta Nº004/2015 del Servicio de Evaluación de Magallanes y Antártica

Chilena, de fecha 13 de enero de 2015, que reconoce como titular del “Proyecto Portuario Isla

Riesco” a Portuaria Otway Ltda.

11.- La Resolución Exenta Nº025/2011 de la Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica

Chilena, de fecha 21 de febrero de 2011, que aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA)

del “Proyecto Mina Invierno” de Minera Invierno S.A.

12.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Conservación Ruta Y-50, Río Verde” al

“Proyecto Mina Invierno”, a través de la carta N°47 de fecha 26 de febrero de 2011.

13.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Modificación Acopio Temporal Biomasa y

Recalendarización PMF” al “Proyecto Mina Invierno”, a través del Oficio Ordinario N°118

de fecha 16 de marzo de 2012.

14.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Aumento Dotación Etapa Construcción” al

“Proyecto Mina Invierno”, a través del Oficio Ordinario N°158 de fecha 16 de abril de 2012.

15.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Optimización de Instalaciones Temporales,

Personal Mina Invierno” al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución Exenta

N°273/2013 de fecha 26 de septiembre de 2013

16.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Modificación Metodología Translocación

Puyes” al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución Exenta N°036/2014 de fecha

20 de febrero de 2014.

17.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Modificación de Drenaje Laguna Mediana,

Canal de Desvío N°3” al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución Exenta

N°050/2014 de fecha 12 de marzo de 2014.

18.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Recalendarización de Planes de Reforestación

en Rodales que se Indican” al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución Exenta

N°290/2016 de fecha 08 de noviembre de 2016.

19.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Recalendarización de Planes de Reforestación

en Rodales que de Indican, año 2017” al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución

Exenta N°266/2017 de fecha 04 de julio de 2017.

20.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Ajuste en Revestimiento de Canales de Desvío”

al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución Exenta N°312/2017 de fecha 04 de

agosto de 2017.

21.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Habilitación de Bodega para Manejo Transitorio

de Residuos Peligrosos y de Oficina Tipo Container” al “Proyecto Mina Invierno”, a través de

la Resolución Exenta N°331/2018 de fecha 10 de octubre de 2018.

22.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Ajuste de Medidas de Conservación de Rutas

Y-560 e Y-50” al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución Exenta

N°056/2020/4586 de fecha 28 de enero de 2020.

3/10

23.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Ajustes en Planes de Seguimiento Ambiental”

al “Proyecto Portuario Isla Riesco” y al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución

Exenta N°141/2020/936 de fecha 13 de abril de 2020.

24.- El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha

pronunciado sobre la consulta de pertinencia “Corte o Trozado de Neumáticos Usados Previo

a su Despacho a Disposición Final” al “Proyecto Mina Invierno”, a través de la Resolución

Exenta N°20201210118 de fecha 23 de junio de 2020.

25.- La Consulta de Pertinencia de Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

“Ajustes Adicionales en Planes de Seguimiento Ambiental”, presentada por don Guillermo

Hernández Rodríguez en representación de Portuaria Otway Ltda. y Minera Invierno S.A.,

ingresada al sistema e-Pertinencia el día 11 de junio de 2020, bajo el ID: PERTI-2020-6816.

CONSIDERANDO:

1.- Que mediante la Consulta de Pertinencia del día 11 de junio de 2020, don Guillermo

Hernández Rodríguez, en representación de Portuaria Otway Ltda. y Minera Invierno S.A.,

solicita un pronunciamiento sobre la pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de

Impacto Ambiental “Ajustes Adicionales en Planes de Seguimiento Ambiental” y que consiste

en suspender los planes de seguimiento y por consiguiente, la presentación de los reportes o

informes a la autoridad ambiental en lo que se refiere a:

1.1.- Respecto de la RCA N°291/2009, que califica favorablemente el proyecto portuario Isla

Riesco, en el sentido de suspender la acción y/o monitoreos que se indican, mientras

permanezca el cese temporal de las faenas y operaciones del proyecto vinculadas a la

extracción de estéril, carbón y su embarque mediante las instalaciones portuarias:

i) Ajustar el monitoreo de “Calidad de Aire – PM10”, que se refiere el considerando

8.2.1.

ii) Ajustar el monitoreo de “Calidad de Aire – NOX” que se refiere el considerando

8.2.2.

iii) Ajustar el monitoreo de “Calidad de Aire – SO2” que se refiere el considerando

8.2.3.

iv) Ajustar el monitoreo de “Paisaje” que se refiere el considerando 8.2.11.

v) Ajustar el monitoreo de “Calidad del Efluente de la Piscina de Acumulación

Decantación” que se refiere el considerando 8.2.5.

1.2.- Respecto de la RCA N°025/2011, “Proyecto Mina Invierno” en el sentido de suspender las

acciones y/o monitoreos que se indican, mientras permanezca el cese temporal de las faenas

y operaciones del proyecto vinculadas a la extracción de estéril y carbón:

i) Ajustar el “Control de Emisiones de Material Particulado y Gases por Tránsito

Vehicular y Operación de Equipos”, a que se refiere el considerando 7.1.2.

ii) Ajustar el “Sistema de Gestión de Tránsito”, a que se refiere el considerando 7.1.4.

iii) Ajustar el “Actividades de Conservación de la Ruta Y-560”, a que se refiere el

considerando 7.1.5.

iv) Ajustar el “Conservación de Suelo”, a que se refiere el considerando 7.1.9.

v) Ajustar el “Reglamento Interno de Conducta”, a que se refiere el considerando

7.1.14.

vi) Ajustar el “Plan de Difusión del Proyecto”, a que se refiere el considerando 7.1.15.

vii) Ajustar el “Medida de Manejo respecto de Actividades Económicas Locales”, a

que se refiere el considerando 7.1.16.

viii) Ajustar el “Plan de Vigilancia Geoquímica”, a que se refiere el considerando 8.5.

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ix) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental de los Niveles de Agua Subterránea”, a

que se refiere el considerando 8.8.

x) Ajustar el “Programa Ambiental 3: Programa de Mejoramiento de Humedales”, a

que se refiere el considerando 8.13.3.

xi) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental de Trabajadores”, a que se refiere el

considerando 8.14.

xii) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental de Paisaje”, a que se refiere el

considerando 8.15 de la RCA N°025.

xiii) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental del Estado de la Vegetación en Torno al

Rajo”, a que se refiere el considerando 8.19.

xiv) Ajustar la “Medida sobre Proyección de los Canales Operacionales”, a que se

refiere el considerando 8.2.1.

xv) Ajustar el “Plan de Seguimiento Ambiental del Componente de Patrimonio

Cultural”, a que se refiere el considerando 10.1.

xvi) Ajustar el “Segumiento o Evaluación Paleontológica ”, a que se refiere el

considerando 10.2.

xvii) Ajustar el “Control de Emisión de Material Particulado por Movimiento de

Materiales”, a que se refiere el considerando 7.1.1.

xviii) Ajustar el “Protección de la Calidad de las Aguas”, a que se refiere el considerando

7.1.7.

xix) Ajustar el “Mitigación Visual del Proyecto”, a que se refiere el considerando

7.1.17.

xx) Ajustar el “Participación en Mesas de Trabajo”, a que se refiere el considerando

7.1.24.

xxi) Ajustar el “Plan de Vigilancia de Variables Meteorológicas”, a que se refiere el

considerando 8.1.

xxii) Ajustar el “Plan de Vigilancia de Calidad de Aire”, a que se refiere el considerando

8.2.

xxiii) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental de Calidad de Agua Subterránea”, a que

se refiere el considerando 8.7.

xxiv) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental de Caudales en Cursos Superficiales”, a

que se refiere el considerando 8.9.

xxv) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental de Espejo de Agua en Laguna Larga”, a

que se refiere el considerando 8.10.

xxvi) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental de Revestimiento con Cobertura Vegetal

de los Canalaes”, a que se refiere el considerando 8.17.

xxvii) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental de Socavación Tramo Final Chorrillo

Invierno 2: Período de Construcción y hasta 3 años de Terminada la Etapa de

Operación”, a que se refiere el considerando 8.20.

xxviii) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambiental para Alerta Temprana Calidad de Agua”,

a que se refiere el considerando 8.22.

xxix) Ajustar el “Plan de Vigilancia Ambienal para Control Arrastre de Sólidos”, a que

se refiere el considerando 8.26.

xxx) Ajustar la “Medida de Verificación de los Niveles de Material Particulado

Sedimentable (MPS)”, a que se refiere el considerando 10.6.

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2.- Que, el “Proyecto Portuario Isla Riesco”, aprobado ambientalmente mediante RCA

N°291/2009 consiste en la extracción de carbón sub - bituminoso desde el Yacimiento

Invierno, desde donde será transportado mediante camiones hacia el stock que forma parte de

las instalaciones portuarias ubicadas en Punta Lackwater, para su almacenamiento y posterior

embarque.

3.- Que, el Oficio Ordinario N°424, se pronunció sobre cambios al proyecto original, indicando

que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en la construcción de un duque de alba

adicional en el extremo oeste del cargador de barcos.

4.- Que, el Oficio Ordinario N°539, se pronunció sobre cambios al proyecto original, indicando

que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en asociar los chancadores secundarios a la

ubicación de los chancadores primarios.

5.- Que, la carta N°089, se pronunció sobre cambios al proyecto original, indicando que no están

obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de consideración. En síntesis,

los cambios consisten en reemplazo de la planta de tratamiento de aguas servidas por una fosa

séptica de menor capacidad.

6.- Que, la carta N°073, se pronunció sobre cambios al proyecto original, indicando que no están

obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de consideración. En síntesis,

los cambios consisten en incorporar un sistema de abastecimiento de agua mediante un flujo

constante y canalizado desde el Río cañadón hasta las instalaciones de Servicio del Puerto.

7.- Que, la Resolución Exenta N°203/2014, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en reconstruir un poste de amarre siniestrado.

8.- Que, la Resolución Exenta N°289/2014, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en el aumento de la capacidad de las naves

a recepcionar.

9.- Que, el “Proyecto Mina Invierno”, aprobado ambientalmente mediante RCA N°025/2011

consiste en la extracción de carbón sub-bituminoso desde el Yacimiento Invierno, desde donde

será transportado mediante camiones hacia el stock que forma parte de las instalaciones

portuarias ubicadas en Punta Lackwater, para su almacenamiento y posterior embarque.

10.- Que, la Carta N°47, se pronunció sobre cambios al proyecto original, indicando que no están

obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de consideración. En síntesis,

los cambios consisten en la realización de actividades de conservación en la Ruta Y-50.

11.- Que, el Oficio Ordinario N°118, se pronunció sobre cambios al proyecto original, indicando

que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en modificar la forma de manejo para el

suelo vegeta y biomasa y la recalendarización del programa de tala.

12.- Que, el Oficio Ordinario N°158, se pronunció sobre cambios al proyecto original, indicando

que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en el aumento de dotación de personal en la

etapa de construcción y el aumento del período de construcción.

13.- Que, la Resolución Exenta N°273/2013, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en mantener instalaciones, utilizadas durante

la etapa de construcción, para la etapa de operación.

14.- Que, la Resolución Exenta N°036/2014, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en modificar la metodología de

translocación de puyes.

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15.- Que, la Resolución Exenta N°050/2014, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en reemplazar el canal de desvío N|3 por un

canal operacional y reemplazar la obra de vaciado de la laguna mediana por un sistema de

vaciado mediante bombeo mecánico.

16.- Que, la Resolución Exenta N°290/2016, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en modificar el calendario de corta y

reforestación contemplada en el Plan de Manejo de Obras Civiles.

17.- Que, la Resolución Exenta N°266/2017, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en modificar nuevamente el calendario de

corta y reforestación contemplada en el Plan de Manejo de Obras Civiles.

18.- Que, la Resolución Exenta N°312/2017, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en modificar el revestimiento de los canales

de manejo de aguas superficiales.

19.- Que, la Resolución Exenta N°331/2018, se pronunció sobre cambios al proyecto original,

indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen cambios de

consideración. En síntesis, los cambios consisten en la instalación y operación de una oficina

y una bodega tipo container.

20.- Que, la Resolución Exenta N°056/2020/4586, se pronunció sobre cambios al proyecto

original, indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen

cambios de consideración. En síntesis, los cambios consisten en no continuar aplicando el

programa de conservación de la Ruta Y-50 y ajustar las medidas diseñadas para la Ruta Y-560

y ante la eventualidad de que la operación minera retome su nivel de actividad, se volverán a

retomar las actividades de conservación de rutas.

21.- Que, la Resolución Exenta N°141/2020/936, se pronunció sobre cambios a los proyectos

originales, indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen

cambios de consideración. En síntesis, los cambios consisten en:

a) Respecto del “Proyecto Portuario Isla Riesco”, ajustar el plan de monitoreo sobre “Ruido

- Medición de emisiones sonoras (NPS) en receptores producto de la operación del

sistema”, ajustar el plan de monitoreo sobre “Sedimentos”, ajustar el plan de monitoreo

sobre “Biota Marina Comunidades Submareales e intermareales - Diversidad de especies”,

ajustar el plan de monitoreo sobre “Calidad del Agua de Mar” y ajustar el plan de

monitoreo sobre “Calidad del Agua del Río Cañadón”.

b) Respecto del “Proyecto Mina Invierno”, ajustar el “Plan de Vigilancia Acústica” y ajustar

el “Plan de Vigilancia ambiental de recuperación de la cubierta vegetal”.

22.- Que, la Resolución Exenta N°20201210118, se pronunció sobre cambios a los proyectos

originales, indicando que no están obligados a someterse al SEIA dado que no constituyen

cambios de consideración. En síntesis, los cambios consisten en incorporar a la actividad de

despacho de neumáticos usados, el corte o trozado en faena para facilitar el manejo y traslado

a disposición final.

23.- Que de acuerdo a lo establecido por la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio

Ambiente, y el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los proyectos

o actividades listados en el artículo 10 de la citada ley y detallados en el artículo 3° del aludido

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, sólo podrán ejecutarse o

modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.

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24.- Que, por su parte, el Reglamento Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en su artículo

2 letra g), define modificación de proyecto o actividad como la “Realización de obras, acciones

o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad. Se entenderá que

un proyecto sufre cambios de consideración cuando:

g.1. Las partes, obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o

actividad constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del presente Reglamento;

g.2. Para los proyectos que se iniciaron de manera previa a la entrada en vigencia del sistema

de evaluación de impacto ambiental, si la suma de las partes, obras o acciones tendientes a

intervenir o complementar el proyecto o actividad de manera posterior a la entrada en

vigencia de dicho sistema que no han sido calificados ambientalmente, constituye un proyecto

o actividad listado en el artículo 3 del presente Reglamento.

Para los proyectos que se iniciaron de manera posterior a la entrada en vigencia del sistema

de evaluación de impacto ambiental, si la suma de las partes, obras y acciones que no han

sido calificadas ambientalmente y las partes, obras o acciones tendientes a intervenirlo o

complementarlo, constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del presente

Reglamento;

g.3. Las obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad

modifican sustantivamente la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del

proyecto o actividad; o

g.4. Las medidas de mitigación, reparación y compensación para hacerse cargo de los

impactos significativos de un proyecto o actividad calificado ambientalmente, se ven

modificadas sustantivamente.

25.- En el caso de concurrir cualquiera de las condiciones antes señaladas, debe entenderse que las

obras, acciones o medidas complementarias importan “cambios de consideración” al proyecto

en ejecución, y como tal corresponde a una “modificación de proyecto” que debe someterse

en forma obligatoria al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

26.- Que, sobre la base de la información tenida a la vista y los criterios expresados anteriormente,

es posible concluir, respecto de las modificaciones al “Proyecto Portuario Isla Riesco”, lo

siguiente:

26.1.- Respecto del criterio si las obras, partes y acciones tendientes a complementar el proyecto

no constituyen un proyecto listado en el artículo 3º del Reglamento del Sistema de

Evaluación de Impacto Ambiental, según lo establecido en el literal g.1 de su artículo 2°,

es posible señalar lo siguiente:

26.1.1.- En relación a la tipología, la modificación propuesta de ajustar los planes de

seguimiento ambiental no se relaciona con ninguno de los literales del artículo 3º del

reglamento y, por tanto, no les aplica el criterio establecido en la letra g.1 del artículo

2° de dicho reglamento.

26.2.- En relación al segundo criterio expuesto en el literal g.2 del artículo 2° del RSEIA, relativo

a los proyectos que se iniciaron de manera posterior a la entrada en vigencia del SEIA, si

la suma de las partes, obras y acciones que no han sido calificadas ambientalmente y las

partes, obras o acciones tendientes a intervenirlo o complementarlo, constituyen un

proyecto o actividad listado en el artículo 3° del RSEIA, se puede señalar que las

modificaciones resueltas identificadas en los considerandos 3 al 8 y 21, no se relacionan

entre sí por lo que no es aplicable el criterio establecido en el literal g.2 del artículo 2 del

RSEIA.

26.3.- En relación al criterio expuesto en el literal g.3 del artículo 2° del RSEIA, relativo a que, si

las obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad

modifican sustantivamente la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales

del proyecto o actividad original, es posible señalar lo siguiente:

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26.3.1.- En relación a la propuesta de ajustar los planes de seguimiento ambiental, no

modifican la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del

proyecto ya evaluado en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental, ya que

los cambios propuestos descritos en los numerales i) al iv) del considerando 1.1 del

presente acto, corresponden a materias operativas del proyecto portuario que

obedecen a una situación transitoria, que se dejarán sin efecto, una vez que se

reactive la situación normal del proyecto portuario, retomando las medidas originales

exigidas para la ejecución del proyecto.

26.3.2.- En relación a la propuesta de ajustar el plan de monitoreo identificado en el numeral

v) del considerando 1.1 del presente acto, éste debe mantenerse, puesto que es dable

entender que, pese al cese temporal de las operaciones, en el lugar destinado al

acopio de carbón se mantenga un remanente del mineral susceptible de provocar los

impactos o efectos que se pretenden evitar con el monitoreo y seguimiento allí

establecido.

26.4.- En relación al cuarto criterio expuesto en el literal g.4 del artículo 2° del RSEIA, relativo a

si las medidas de mitigación, reparación y compensación para hacerse cargo de los impactos

significativos de un proyecto o actividad calificado ambientalmente, se ven modificados

sustantivamente, se puede señalar que éstas no se ven alteradas con las modificaciones

propuestas identificadas en los numerales i) al iv) del considerando 1.1 del presente acto,

pues ellas se mantendrán en cuanto se retome la operación del proyecto y continuaran de

acuerdo a lo establecido en su RCA.

27.- Que, sobre la base de la información tenida a la vista y los criterios expresados anteriormente,

es posible concluir, respecto a las modificaciones al “Proyecto Mina Invierno”, lo siguiente:

27.1.- Respecto del criterio si las obras, partes y acciones tendientes a complementar el proyecto

no constituyen un proyecto listado en el artículo 3º del Reglamento del Sistema de

Evaluación de Impacto Ambiental, según lo establecido en el literal g.1 de su artículo 2°,

es posible señalar lo siguiente:

27.1.1.- En relación a la tipología, la modificación propuesta de ajustar los planes de

seguimiento ambiental no se relaciona con ninguno de los literales del artículo 3º del

reglamento y, por tanto, no les aplica el criterio establecido en la letra g.1 del artículo

2° de dicho reglamento.

27.2.- En relación al segundo criterio expuesto en el literal g.2 del artículo 2° del RSEIA, relativo

a los proyectos que se iniciaron de manera posterior a la entrada en vigencia del SEIA, si

la suma de las partes, obras y acciones que no han sido calificadas ambientalmente y las

partes, obras o acciones tendientes a intervenirlo o complementarlo, constituyen un

proyecto o actividad listado en el artículo 3° del RSEIA, se puede señalar que las

modificaciones resueltas identificadas en los considerandos 10 al 22, no se relacionan entre

sí por lo que no es aplicable el criterio establecido en el literal g.2 del artículo 2 del RSEIA.

27.3.- En relación al criterio expuesto en el literal g.3 del artículo 2° del RSEIA, relativo a que, si

las obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad

modifican sustantivamente la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales

del proyecto o actividad original, es posible señalar lo siguiente:

27.3.1.- En relación a la propuesta de ajustar los planes de seguimiento ambiental, no

modifican la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del

proyecto ya evaluado en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental, ya que

los cambios propuestos descritos en los numerales i) al xvi) del considerando 1.2 del

presente acto, corresponden a materias operativas del proyecto portuario que

obedecen a una situación transitoria, que se dejarán sin efecto, una vez que se

reactive la situación normal del proyecto minero, retomando las medidas originales

exigidas para la ejecución del proyecto.

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27.3.2.- En relación a la propuesta de ajustar los planes de monitoreo identificados en los

numerales xvii) al xxx) del considerando 1.2 del presente acto, deben mantenerse

puesto que obedecen a partes y obras del proyecto minero que seguirán en operación,

o siendo susceptibles de continuar generando los efectos o riesgos ambientales que

se buscan evitar, controlar manejar y/o monitorear con los planes y medidas de

seguimiento allí establecidas, y sin que el titular justifique adecuadamente la

posibilidad de su suspensión temporal.

27.4.- En relación al cuarto criterio expuesto en el literal g.4 del artículo 2° del RSEIA, relativo a

si las medidas de mitigación, reparación y compensación para hacerse cargo de los impactos

significativos de un proyecto o actividad calificado ambientalmente, se ven modificados

sustantivamente, se puede señalar que éstas no se ven alteradas con las modificaciones

propuestas en los numerales i) al xvi) del considerando 1.2 del presente acto, ya que éstas

se mantendrán durante la operación del proyecto.

28.- Que, en virtud de lo precedentemente expuesto,

RESUELVO:

1.- Que las modificaciones al Estudio de Impacto Ambiental del “Proyecto Portuario Isla

Riesco” identificadas en el considerando 1.1, numerales i), ii), iii) y iv) e informadas

mediante la Consulta de Pertinencia ingresada al sistema e-Pertinencia el día 11 de junio de

2020, bajo el ID: PERTI-2020-6816 no tienen obligación de someterse al Sistema de

Evaluación de Impacto Ambiental reglado por la Ley N°19.300 y su respectivo Reglamento.

2.- Que las modificaciones al Estudio de Impacto Ambiental del “Proyecto Mina Invierno”

identificadas en el considerando 1.2, numerales i), ii), iii), iv), v), vi), vii), viii), ix), x), xi),

xii), xiii), xiv), xv) y xvi) e informadas mediante la Consulta de Pertinencia ingresada al

sistema e-Pertinencia el día 11 de junio de 2020, bajo el ID: PERTI-2020-6816 no tienen

obligación de someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental reglado por la Ley

N°19.300 y su respectivo Reglamento.

3.- Que la modificación al Estudio de Impacto Ambiental del “Proyecto Portuario Isla Riesco”,

identificada en el considerando 1.1, numeral v) e informada mediante la Consulta de

Pertinencia ingresada al sistema e-Pertinencia el día 11 de junio de 2020, bajo el ID: PERTI-

2020-6816 requiere ingreso obligatorio al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para

su evaluación ambiental en forma previa a su ejecución, en consideración a lo expuesto en la

parte considerativa de la presente resolución.

4.- Que la modificación al Estudio de Impacto Ambiental del “Proyecto Mina Invierno”,

identificada en el considerando 1.2, numerales xvii), xviii), xix), xx), xxi), xxii), xxiii), xxiv),

xxv), xxvi), xxvii), xxviii), xxix) y xxx) e informadas mediante la Consulta de Pertinencia

ingresada al sistema e-Pertinencia el día 11 de junio de 2020, bajo el ID: PERTI-2020-6816

requiere ingreso obligatorio al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para su

evaluación ambiental en forma previa a su ejecución, en consideración a lo expuesto en la

parte considerativa de la presente resolución.

5.- Se hace presente que el presente acto no es susceptible de modificar, aclarar, restringir o

ampliar las resoluciones de calificación ambiental relacionadas con el proyecto o actividad

original, ni tampoco tiene el mérito de resolver la evaluación ambiental de una modificación

al mismo, sino tan solo determina que los cambios a que se refiere la consulta no deben ser

sometidos necesariamente a evaluación de impacto ambiental, por no ser de consideración.

6.- Se hace presente que lo resuelto en este acto no exime al titular de la actividad de la

obligación de solicitar los permisos sectoriales que le sean aplicables y de cumplir con todo

lo dispuesto en la normativa ambiental y sectorial vigente.

7.- Que el presente pronunciamiento se formula en base a las condiciones y características del

proyecto informadas por el solicitante, por lo que cualquier modificación del mismo que

implique alcanzar alguna de las condiciones exigidas por la legislación ambiental vigente

para el ingreso obligatorio al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, lo dejará sin

efecto y deberá ser objeto de un nuevo análisis.

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8.- Que proceden en contra de la presente resolución los recursos administrativos establecidos

en la Ley N°19.880, esto es, los recursos de reposición y jerárquico, ambos regulados en el

artículo 59 de la misma Ley. El plazo para la interposición de dichos recursos es de 5 días

hábiles contados de la notificación del presente acto, sin perjuicio de la interposición de otros

recursos que se estimen procedentes.

ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.

JOSÉ LUIS RIFFO FIDELI

DIRECTOR REGIONAL

SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

ESC/COB

Distribución

- Señor Guillermo Hernández Rodríguez, Mina Invierno S.A., [email protected],

[email protected]

C.C.:

- Superintendencia del Medio Ambiente

- Oficina Partes SEA

- Archivo SEA (ID: PERTI-2020-6816)

INFORME DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

PLAN DE CONSERVACIÓN RUTA Y-560 PRIMER SEMESTRE AÑO 2020

ANEXO D Responsables del muestreo, análisis y elaboración de informe de seguimiento ambiental.

Responsables del muestreo, análisis y elaboración de informe de seguimiento ambiental

Responsables

Informe de seguimiento ambiental

Mina Invierno

Gerencia de Sustentabilidad y Gestión

Departamento de control y seguimiento ambiental

Actividades de muestreo, medición, análisis y/o control

Labores de mantención de la Ruta Y-560 e Y-50

Mina Invierno

Gerencia de Operaciones