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Servicio de Arenado

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Page 1: Información Sobre Servicio de Arenado
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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S. A.

BASES DEL PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU

CONTRATACION DEL SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACI ONES TALARA

SEGUNDA CONVOCATORIA I N D I C E

Página BASES ADMINISTRATIVAS 2 1. GENERALIDADES 2 2. DE LOS POSTORES 2 3. MARCO LEGAL 2 4. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL 2 5. RECURSOS FINANCIEROS 2 6. VALIDEZ DE LA OFERTA 2 7. PLAZO DE EJECUCION 2 8. GARANTÍAS 2 9. CONDICIONES DEL PROCESO 3 10. SISTEMA DE CONTRATACION 5 11. EVALUACION DE PROPUESTAS 5 12. METODOLOGIA DE EVALUACION 6 13. PUNTAJE PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA 6 14. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 6 15. RECURSOS DE APELACION Y REVISION 6 16. CONTRATO 6 17. FORMA DE PAGO 8 18. SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL 8 19. PERSONAL DE EL CONTRATISTA 9 20. PAGO AL PERSONAL DE EL CONTRATISTA 9 21. PENALIDAD POR MORA 9 22. SEGUROS 9 23. INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL CON PETROPERU 10 24. DISTINCION RESPECTO A LA INTERMEDIACION LABORAL 10 25. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL 10 26. RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO Y EFECTOS 10 27. CAMBIO DOMICILIO LEGAL 10 28. CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LA POLITICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA 11

INFORMACION Y DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION DE PETROPERU S.A.

FORMATO Nº 1 MODELO DE DECLARACIÓN JURADA CON DATOS DEL POSTOR 12 FORMATO Nº 1-A IMPEDIMENTOS PARA SER POSTORES Y/O CONTRATISTAS DE PETROPERU S.A. 13 FORMATO Nº 2 DATOS DEL POSTOR SOBRE CONSTITUCION DE EMPRESA 14 FORMATO Nº 3 DECLARACIÓN JURADA DEL INGENIERO RESIDENTE 15 FORMATO Nº 3A DECLARACIÓN JURADA DEL INSPECTOR 16 FORMATO Nº 4 PROMESA DE CONSORCIO 17 FORMATO Nº 5 MODELO DE CARTA PROPUESTA ECONOMICA 18 FORMATO Nº 5-A MODELO DE PRESUPUESTO DETALLADO 19 FORMATO Nº 6 CARTA DE PRESENTACION DEL PERSONERO O POSTOR 22 FORMATO Nº 7 FORMATO DE CONTROL DE HORAS HOMBRE TRABAJADAS POR CONTRATO 23 FORMATO Nº 8 CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN 24 FORMATO Nº 9 MODELO DE CARTA FIANZA BANCARIA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 25 ANEXO Nº 1 FACTORES DE EVALUACIÓN 26 ANEXO Nº 1-A DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA DEL POSTOR, EL INGENIERO 29 RESIDENTE Y EL INSPECTOR ANEXO Nº 2 PROFORMA CONTRATO 30 ANEXO Nº 3 BASES TÉCNICAS 35 ANEXO Nº 3A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 40 ANEXO Nº 3B RELACIÓN DE EQUIPOS MINIMOS REQUERIDOS 44 ANEXO Nº 3C NORMAS, PROCEDIMIENTOS Y ESTANDARES DE INGENIERÍA 45 ADJUNTO Nº 1 POLITICA INTEGRADA DE GESTION DE LA CALIDAD, AMBIENTE, SEGURIDAD Y 117 SALUD OCUPACIONAL ADJUNTO Nº 2 CONDICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN 118

AMBIENTAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS Y ADQUISICIONES EN OPERACIONES TALARA.

ADJUNTO Nº 3 CÒDIGO DE INTEGRIDAD DE PETROLEOS DEL PERÙ – PETROPERU S. A 122 ADJUNTO Nº 4 POLÍTICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN DE PETROLEOS 125

DEL PERÙ – PETROPERU S. A

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 2

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

BASES ADMINISTRATIVAS

CONTRATACIÓN POR COMPETENCIA MAYOR N° CMA-0002-201 1-OTL/PETROPERU SEGUNDA CONVOCATORIA

(Nº INTERNO CMA-0620065-2011–MTNT/OTL) “ SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACI ONES TALARA ”

1. GENERALIDADES Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., en adelante PETROPERU, con RUC 20100128218, domiciliado en Calle 400 acceso Portón Nº 5 del Área Industrial - Refinería Talara convoca la contratación del SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA , que se realizará en proceso por Competencia Mayor en los términos y condiciones que se detallan en las presentes Bases Administrativas y Técnicas (Anexo Nº 3).

2. DE LOS POSTORES Los postores que deseen participar en el presente proceso, deberán registrarse (ver Formato Nº 8) , en la oportunidad indicada en el cronograma del proceso y haber adquirido las presentes Bases; para cuyo efecto deberán contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, como Proveedor de Servicios, siendo responsables de que su inscripción en el RNP se encuentre vigente durante su participación en el proceso de selección hasta la suscripción del contrato.1

Al momento del registro como participante, deberá dejar constancia escrita de la razón social con la que participará en el proceso, precisando el RUC, domicilio legal, teléfono, fax y correo electrónico al que se remitirán las comunicaciones pertinentes si así lo solicitan, sin perjuicio de la notificación en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE. La Notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalment e, siendo responsabilidad del participante y postor, el perma nente seguimiento del proceso de contratación a través del SEACE, medio por el cual será oficial y leg almente notificado ; así como también es de su responsabilidad, la revisión de la información que será enviada a su correo electrónico que consignó al momento de su inscripción.

3. MARCO LEGAL � Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., aprobado por Resolución Nº 523-

2009-OSCE/PRE; aprobado el 11-12-2009, en adelante el Reglamento. Los postores y las propuestas deberán cumplir con todas las disposiciones de las Bases Administrativas y Técnicas, así como con las disposiciones legales vigentes, aplicables al presente Servicio.

4. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL El Monto Estimado Referencial para la ejecución del servicio es RESERVADO. En caso el monto total de la mejor oferta supere el Monto Estimado Referencial (Reservado), el otorgamiento de la Buena Pro estará sujeto a la aprobación de PETROPERU.

5. RECURSOS FINANCIEROS Recursos propios de PETROPERÚ.

6. VALIDEZ DE LA OFERTA El Plazo mínimo de validez de oferta será hasta la firma del contrato.

7. PLAZO DE EJECUCION Plazo máximo de ejecución del servicio es de mil noventa y cinco (1095) días calendario (tres añ os calendario), o hasta completar el monto contratado, lo que ocurra primero.

8. GARANTÍAS El Contratista ganador deberá presentar la siguiente garantía:

Garantía de Fiel Cumplimiento .- Debe tener un importe equivalente al 10% del monto contractual, incluido IGV. y una vigencia hasta un mes posterior de la conformidad de la recepción de la prestación. En el caso que fuese renovado el plazo del Contrato, la Garantía de Fiel Cumplimiento deberá también ser renovada por un término igual al señalado para el cumplimiento del mismo.

Se aceptará garantía con una vigencia de un año, renovable por un periodo similar y por el10% del monto total contractual, según el numeral 8 del Anexo Nº 1 del Reglamento de Contrataciones de Petroperú. La garantía se otorgará mediante Carta Fianza la que será de carácter incondicional, solidaria, irrevocable, de realización automática, y sin beneficio de excusión, al solo requerimiento de PETROPERU, bajo responsabilidad de las Entidades que las emiten. (Formato N° 9).

La garantía sólo se ejecutará en los siguientes casos:

8.1 Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. Contra esta ejecución, el contratista no tiene derecho a interponer reclamo alguno. Una vez culminado el contrato, y siempre que no existan deudas a cargo del contratista, el monto ejecutado le será devuelto a éste sin dar lugar al pago de intereses.

1 De conformidad con la Resolución N° 798-2010-TC-S2 del Tribunal de Contrataciones del Estado, se conc luye que es un requisito indispensable para ser considerado postor hábil, el mantener vige nte ininterrumpidamente, la inscripción en el RNP; desde el momento en que el proveedor efectúa su registro como Participante en la entidad , hasta la suscripción del respectivo contrato.

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 3

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

8.2 La garantía de fiel cumplimiento se ejecutará, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad

resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de la garantía corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado.

8.3 Igualmente, la garantía de fiel cumplimiento se ejecutará cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista., Esta ejecución será solicitada por un monto equivalente al citado saldo a cargo del contratista.

La mencionada garantía deberá ser emitida por entidad sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar considerada en la última lista de Bancos Extranjeros de Primera Categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva.

Devolución de Garantía: La garantía será devuelta una vez que la recepción de la prestación a cargo del Contratista esté aprobada por PETROPERU.

PÓLIZAS DE SEGURO: PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL COMPREN SIVA

• El Contratista deberá contratar una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General Comprensiva (Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual) que cubra los daños a terceros (bienes y personas), y al medio ambiente, hasta por la suma asegurada de US$ 300,000.00.

• La Póliza de Seguro deberá incluir a PETROPERU S.A. como Asegurado Adicional y Tercero Beneficiario, incluido su personal.

• El Contratista deberá mantener vigente la póliza de seguro durante el plazo señalado en el contrato de servicios. Asimismo, deberá remitir a PETROPERU S.A. una copia de la póliza de seguro y el(los) comprobante(s) de pago que acrediten la cancelación de la prima; y cualquier otro documento relacionado a lo anterior, para su revisión y conformidad.

• La Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General deberá contener una disposición que obligue a la aseguradora a notificar por escrito a PETROPERU S.A., en el plazo más breve, de cualquier modificación de los términos y condiciones o del incumplimiento por parte del Contratista en el pago de la prima.

• Si ante la eventualidad de un siniestro, la póliza de seguro resultase insuficiente o no pueda ejecutarse por cualquier motivo atribuible al Contratista, éste asumirá directamente el pago de la indemnización a terceras personas, así como a PETROPERU S.A. y a su personal por los daños ocasionados como consecuencia del referido siniestro.

• La póliza de seguro deberá ser emitida por una Compañía de Seguro sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros.

• La vigencia de esta póliza debe ser hasta 60 días después del vencimiento del Contrato.

El contratista deberá considerar en sus gastos generales, los respectivos gastos financieros de la Carta Fianza y la Póliza de Seguro desde la firma del Contrato.

9. CONDICIONES DEL PROCESO

9.1 Las consultas a las Bases serán formuladas por los participantes que se hayan registrado por escrito a la siguiente dirección:

- Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. Operaciones Talara. Refinería Talara - Oficina de Trámite Documentario - Calle 400 - Portón Nº 5 Talara-Piura-Perú. Referencia: Competencia Mayor Nº CMA- -2011-OTL/PETROPERÚ. Atención: Órgano Ad - Hoc.

- O al Telefax: (073) 28-4352. - O al E-mail: [email protected]

El plazo para la presentación de consultas se indica en el aviso de convocatoria publicado en el SEACE. Las respuestas a las consultas se notificarán a través del SEACE en la fecha indicada en el aviso de convocatoria.

9.2 Las respuestas a las consultas formarán parte de las presentes Bases y se integrarán a éstas en la fecha indicada en aviso de convocatoria publicado en el SEACE.

9.3 El proceso de contratación podrá ser declarado desierto por las causales a que se contrae el numeral 12 del Reglamento. Asimismo, podrá cancelarse el proceso de contratación hasta antes del otorgamiento de la buena pro, según las causales previstas en el numeral 13 del Reglamento. El proceso de contratación podrá ser declarado nulo por las causales a que se contrae el numeral 14 del Reglamento.

9.4 PETROPERU podrá postergar las etapas del proceso, incluso hasta momentos previos a la realización del acto respectivo; las nuevas fechas serán dadas a conocer por los mismos medios en que se efectuó la convocatoria. En caso de que el día señalado en el cronograma resulte no laborable para PETROPERU, e l acto se efectuará al día hábil siguiente, dejándose constancia de esta circunstancia en el acta.

9.5 El acto público de presentación de propuestas se realizará en el lugar, fecha y hora señalados en el aviso de convocatoria publicado en el SEACE.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

Forma de Presentación: En dos sobres cerrados: Sobre 1: Propuesta Técnica y Sobre 2: Propuesta Económica, indicando el número y objeto del proceso y el nombre del postor.

SOBRE Nº 01 Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. OPERACIONES TALARA COMPETENCIA MAYOR Nº CMA- 0002 -2011-OTL/PETROPERU

SEGUNDA CONVOCATORIA “SERVICIO DE ”

PROPUESTA TÉCNICA

<Nombre del Postor> <RUC>

SOBRE Nº 02 Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. OPERACIONES TALARA COMPETENCIA MAYOR Nº CMA- 0002 -2011-OTL/PETROPERU

SEGUNDA CONVOCATORIA “SERVICIO DE ”

PROPUESTA ECONÓMICA

<Nombre del Postor> <RUC>

Acreditación de Representante.- Para los actos públicos de Presentación de Propuestas (Sobres Nº 1 y N° 2), Apertura Sobre Nº 1, Apertura Sobre Nº 2 y Otorgamiento de la Buena Pro, las personas naturales concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Órgano Ad-Hoc mediante Carta Poder simple, las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado, acreditado con carta poder simple. según modelo Formato Nº 6 . Una persona natural no podrá representar a más de un postor.

9.6 Contenido de las propuestas. Las propuestas serán presentadas en original y una copia y deben estar foliadas y firmadas por el postor o su representante legal o apoderado.

CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA La propuesta técnica deberá contener, cuando menos, los siguientes documentos: a) De presentación obligatoria:

- Declaración Jurada de Datos del Postor según modelo del Formato Nº 1 y 1-A (*)(**). - Datos del Postor sobre Constitución de Empresa según Formato Nº 2. Para el caso de Personas

Naturales, deberán presentar copia de Ficha RUC de la empresa (*)(**). - Declaración Jurada del Ingeniero Residente (Responsable), según Formato Nº 3 . El Ingeniero

propuesto debe estar colegiado y habilitado por el CIP, de la especialidad Civil, Mecánica, Mecánico Eléctrico, Industrial o Químico y con experiencia comprobada mínima de cuatro (04) años en trabajos de mantenimiento de plantas industriales, y/o mantenim iento de tanques de almacenamiento de hidrocarburos de una capacidad mí nima 80,000 barriles, y/o mantenimiento–reparación–instalación de líneas míni mo de 4” diámetro. Dicha experiencia mínima solicitada deberá ser acreditada con copia simple de Certificados de Trabajo.

- Declaración Jurada del Inspector (Ingeniero o Técnico calificado), según Formato Nº 3A . El Inspector propuesto deberá contar con certificación NACE o SSPC Nivel I, y con experiencia comprobada mínima de tres (03) años en trabajos de arenado y pintura industrial. Dicha experiencia mínima solicitada deberá ser acreditada con copia simple de Certificados de Trabajo.

- Declaración Jurada de presentar la relación del Personal técnico que intervendrá en el servicio, indicando sus respectivos oficios, calificación, años de experiencia y documentado, antes de iniciar el Servicio.

- Declaración Jurada de la propiedad de los equipos mínimos indicados en el Anexo 3-B, en caso contrario el compromiso de alquiler o compra de los equipos para ejecutar el Servicio.

- Declaración Jurada de compromiso de suministro de pintura de una marca homologada por PETROPERU S.A., para este servicio.

MUY IMPORTANTE, la omisión de alguno de los documentos enunciados causará la descalificación de la propuesta.

b) De ser el caso: - Promesa de Consorcio, de acuerdo a la normativa en materia de Contrataciones del Estado, cuando

corresponda, Formato Nº 4 .

c) Para efectos de evaluación: - Documentación que acredite los factores de evaluación establecidos, según Anexos Nº 1 y 1-A.

(*) En caso de consorcio la documentación será presenta da de acuerdo a lo dispuesto en las Directivas Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE y Nº 003-2003/CONSUCODE/PRE, sobre consorcios, cuando corresponda .

(**) Se debe tener en cuenta que, estos documentos debe n ser presentados por cada integrante del consorci o.

CONTENIDO DEL SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica deberá contener la oferta económica y el detalle de Precios Unitarios expresado en Dólares Americanos , de acuerdo al modelo de presentación indicado en los Formatos Nº 5 y 5A .

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

9.7 Todos los documentos que contengan información esencial sobre las propuestas se presentarán en idioma español o, en su defecto, acompañados de traducción por un traductor público juramentado, salvo el caso de la información complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en idioma Ingles. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Toda información entregada por el postor en su propuesta tendrá carácter de declaración jurada.

9.8 En mérito al principio de presunción de veracidad, PETROPERU admitirá la información y documentación presentada por los postores en sus propuestas en el proceso de contratación, reservándose el derecho de verificar la validez y veracidad de las mismas. De advertirse información falsa o inexacta se descalificará al postor, sin que ello pueda dar derecho a los postores a demandar pérdidas o intereses por los gastos en que hubieran incurrido, como consecuencia de la preparación y presentación de las ofertas, de la constitución de garantías o de cualquier otro concepto; e informándose al OSCE para la iniciación del procedimiento administrativo sancionador. Esta presunción de veracidad también es aplicable en la etapa contractual o ejecución del servicio.

PRESUNCION DE VERACIDAD .- Mediante este Principio, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta Ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario. De acuerdo con este principio, se establece un nivel de confianza entre PETROPERU (administración pública) con los postores (administrados) con quienes se relaciona durante su participación en los procesos de contratación. Este principio se basa en suponer que el postor (administrado) dice la verdad (en tanto no se descubra lo contrario), cuando presenta documentos e información para obtener un pronunciamiento pertinente. La exigencia de presentación de “Declaraciones Juradas” durante el proceso de contratación, conforme lo dispone la Ley de la materia, sustituyen la fiscalización previa de los documentos e información declarados, pero la Administración, por Ley, se encuentra obligada a realizar una FISCALIZACIÓN POSTERIOR; por lo que en virtud de este principio, PETROPERU se reserva el derecho de comprobar la veracid ad de la información presentada por los postores durante los procesos de contratación y el cumplimiento de la normatividad sustantiva; estando facultado a apl icar las sanciones pertinentes en caso la información presentada no sea veraz. Esta facultad se extiende a la etapa de ejecución de l Servicio en la que el Contratista está obligada a presentar documentación. *Verificada la ocurrencia de fraude o falsedad en la prueba documental o en la declaración jurada , la exigencia respectiva será considerada como no satisfecha y sin efecto alguno, y PETROPERU pondrá en conocimiento del Tribunal del OSCE para la iniciación del procedimiento administrativo sancionador y/o correspondiente proceso penal (Delitos contra la Fe Pública) tipificado en el Código Penal, así como para la adopción de las medidas que conforme a Ley conduzcan a declarar la nulidad del acto o proceso administrativo de que se trate, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes que pudiera iniciar PETROPERU para las indemnizaciones a que hubiere lugar

9.9 El acto público de presentación de propuestas se inicia cuando el Órgano Ad-Hoc llama a cada uno de los participantes para que hagan entrega de sus propuestas. El Órgano Ad-Hoc abrirá los sobres que contienen la Propuesta Técnica de cada postor y verificará que los documentos presentados sean los solicitados por las Bases, de no ser así, el Órgano Ad-Hoc devolverá la propuesta teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso, tal circunstancia quedará anotada en el Acta del proceso en presencia del Notario Público, quien mantendrá la propuesta en su poder hasta que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

9.10 PETROPERU, podrá solicitar a los postores documentos aclaratorios, siempre que ello no constituya modificación de su propuesta técnico – económica. Se entiende por modificación, la variación de precios, condiciones de pago, financiamiento, requerimientos técnicos mínimos, plazo de entrega exigido en las bases u ofertado por los postores y otras condiciones que hubieran sido determinantes durante la evaluación de propuestas. La facultad de solicitar aclaraciones respecto de la propuesta técnica se podrá ejercer durante la etapa de evaluación técnica y hasta antes de la apertura del sobre económico. En el caso de la propuesta económica se podrá solicitar aclaración durante la etapa de evaluación económica y hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro. El postor tendrá un plazo no mayor a dos (02) días hábiles para presentar las aclaraciones solicitadas, contados desde el día siguiente de la notificación.

9.11 Los defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados, que no modifiquen el alcance de la propuesta serán subsanados por el postor en el plazo de dos (02) días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación para que el postor lo subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto.

10. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El sistema de contratación es a Precios Unitarios .

11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS El Órgano Ad-Hoc evaluará las propuestas que cumplan con lo especificado en las Bases, considerando los criterios y parámetros de evaluación detallados en los numerales subsiguientes.

Las propuestas técnicas serán descalificadas cuando : • No cumplan los Requerimientos Técnicos Mínimos (Bases Técnicas).

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

• No incluyan la documentación requerida como obligatoria indicada en el numeral 9.6 de estas Bases. • Contengan información discrepante con los folletos, instructivos, catálogos o similares, que no permitan

determinar si la propuesta cumple los Requerimientos Técnicos Mínimos (Bases Técnicas). • Contengan información falsa o inexacta. • No alcancen el puntaje mínimo requerido para acceder a la evaluación económica, cuando corresponda.

Las propuestas económicas serán descalificadas cuan do:

• Presenten errores no subsanables, salvo que se configure el supuesto previsto en el numeral 29 del Anexo N° 1 del Reglamento.

• Cuando no señalen cualquiera de los datos referidos a cantidad, precio unitario, unidad de medida, subtotal, gastos generales y utilidad, de ser el caso, o modifiquen las cantidades u omitan alguna(s) de las partidas previstas en las Bases.

12. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN 12.1 Sólo se evaluarán las propuestas que hayan cumplido con la TOTALIDAD de los Requerimientos Técnicos

Mínimos (RTM) y de las especificaciones técnicas requeridas. La propuesta que no cumpla con lo indicado será desestimada.

12.2 La evaluación de las propuestas se realizará en dos etapas. La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta conforme a los factores, criterios y puntajes establecidos en las Bases, y la segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta.

12.3 Evaluación técnica: Los factores de evaluación están definidos en el Anexo Nº 1 y 1-A. 12.4 La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de

menor monto. Al resto de propuestas se le asignará puntaje de forma inversamente proporcional. 12.5 Tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se califican sobre cien (100) puntos. El puntaje

total será la suma ponderada de las evaluaciones técnica y económica, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje de la evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje de la evaluación económica del postor i c1 = 0.60 Coeficiente de ponderación de la evaluación técnica c2 = 0.40 Coeficiente de ponderación de la evaluación económica

La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga mayor puntaje total.

13. PUNTAJE PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN E CONÓMICA Para acceder a la evaluación económica, el postor deberá obtener ochenta (80) puntos como mínimo en la evaluación técnica.

14. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

14.1. PETROPERU otorgará la Buena Pro a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total, según lo establecido en las presentes Bases.

14.2. En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden:

a) A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje Técnico. b) A través del sorteo, en el mismo acto.

14.3. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificada a todos los postores en la misma fecha del acto público, sin admitirse prueba en contrario. Adicionalmente, se publicará en el SEACE y de ser el caso a través de los otros medios en que se efectuó la convocatoria.

14.4. El registro del otorgamiento de la Buena Pro incluirá el acta y el cuadro comparativo detallado con los resultados de la evaluación.

15. RECURSOS DE APELACIÓN Y REVISIÓN Los postores podrán interponer los recursos de apelación y revisión, según lo establecido en los Numerales 7.9 al 7.16 del Reglamento, de acuerdo a lo siguiente:

15.1 Los postores podrán presentar recursos de apelación ante PETROPERÚ después de otorgada la Buena Pro. El plazo para su interposición es de ocho (08) días hábiles siguientes a la notificación de la Buena Pro a través del SEACE.

15.2 Al momento de la presentación del recurso de apelación los postores adjuntarán una Carta Fianza irrevocable, solidaria, incondicional y de realización automática, por el 1% del Monto Estimado Referencial a favor del OSCE, y deberá tener un plazo mínimo de vigencia de treinta (30) días calendario, debiendo ser renovada hasta el momento que se agote la Vía Administrativa. Dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada en el SEACE la resolución que resuelve el recurso de apelación, podrá interponerse recurso de revisión ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. Vencido el plazo máximo de diez (10) días hábiles sin que PETROPERÚ registre en el SEACE su resolución, el postor apelante tendrá por denegado su recurso y podrá interponer recurso de revisión contra la denegatoria ficta ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. PETROPERÚ elevará todo lo actuado al

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 7

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

Tribunal de Contrataciones del Estado, incluyendo la Carta Fianza, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, luego de haber recibido el requerimiento del Tribunal. Cuando se declare infundado o improcedente el recurso se ejecutará la Carta Fianza

16. CONTRATO 16.1. Para la suscripción del Contrato (según proforma del Anexo Nº 2 ) el Contratista ganador de la Buena Pro

deberá entregar:

� Constancia vigente de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado, expedida por el OSCE (en el caso de Consorcio, de cada uno de los integrantes).

� Fotocopia Simple de: (en el caso de Consorcio, de cada uno de los integrantes). a) Registro Único de Contribuyente del Postor (RUC) VIGENTE a la fecha del proceso. b) Documento de identidad VIGENTE del Postor o de su Representante Legal, o del Apoderado del

Consorcio, según corresponda.

� Documento Original de: a) Constancia de “Vigencia de Poder” del Representante Legal que suscribirá el Contrato; el mismo

que deberá tener una antigüedad no mayor a tres (3) meses, contados desde la fecha de su expedición por la correspondiente Zona Registral de SUNARP. En el poder otorgado al representante legal, deberá indicarse literalmente, la facultad para suscribir Contratos y otros actos administrativos derivados de los procesos de contratación en el que participa el postor .

* Si durante la etapa de ejecución contractual el poder del representante legal haya sido revocado, extinguido, o se haya cambiado al representante legal o apoderado común (consorcio), se deberá hacer de conocimiento a PETROPERÚ.

b) Contrato de Consorcio con firmas legalizadas ante Notario Público de los representantes legales de los postores que se consorcian, cuando corresponda , de acuerdo con los dispuesto en la Directiva Nº 003-2003/CONSUCODE/PRE.

� Constancia de Inscripción en el REMYPE, (Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa), cuando corresponda.

� Garantía de Fiel Cumplimiento (De acuerdo al numeral 8 de las presentes Bases). � Póliza de Seguro: Póliza de Responsabilidad Civil General Comprensiva (De acuerdo al numeral 8 de las

presentes Bases).

Antes de iniciar el Servicio, el contratista ganado r de la buena pro, deberá presentar al Administrado r del Contrato, los siguientes documentos: • Copia de la Constancia, VIGENTE, de Inscripción (Ficha Registral) del Registro Público de Hidrocarburos. • La relación de los trabajadores que estarán a cargo de la ejecución del Servicio contratado, debidamente

identificados con DNI y con sus respectivas firmas; la misma que deberá ser igual a la relación de trabajadores para quienes se tramitó/tramitará ante la Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental-USPA la autorización correspondientes para ingresar a la Refinería Talara.

• Copia del DNI y foto tamaño carnet del personal propuesto por el contratista para la ejecución del servicio. • Declaración Jurada de Antecedentes Penales del personal propuesto por el contratista para la ejecución

del servicio. • Original de Certificado de Antecedentes Policiales (vigente) del personal propuesto por el contratista para

la ejecución del servicio, expedido por la Comisaría del Sector. • Original de Certificado Médico donde se indique la realización del examen médico al personal propuesto

para la ejecución del servicio; y con el que se acredita el estado físico y mental de cada trabajador. Este documento deberá tener una antigüedad no mayor a seis meses, contados a partir del inicio del servicio.

• Copia del CONTRATO o PÓLIZA de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo SCTR (* ), suscrito con ESSALUD o con una COMPAÑÍA DE SEGUROS, acreditando la contratación de las coberturas de salud de sus trabajadores a cargo de la ejecución del Servicio; al que adjuntarán copia de/los comprobantes de pago de los aportes/prima, mensual , según corresponda, acreditando la vigencia de las coberturas de salud de cada uno de sus trabajadores que ejecutarán del Servicio.

• Copia del CONTRATO o PÓLIZA de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo suscrito con la OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL – ONP o con una COMPAÑÍA DE SEGUROS, acreditando la contratación de la cobertura de invalidez y sepelio de cada uno de sus trabajadores a cargo de la ejecución del Servicio, al que adjuntarán copia de/los comprobantes de pago de los aportes/prima, mensual , según corresponda, acreditando la vigencia de las coberturas de pensiones de cada uno de sus trabajadores que ejecutarán la obra.

• Certificado de Habilidad Profesional VIGENTE del Ingeniero Residente, emitido por el CIP.

Vigencia: La vigencia para tener derecho a las coberturas de salud o pensiones del SCTR, lo da el pago mensual, obligatorio, que debe hacer el CONTRATISTA a ESSALUD o Compañía de seguros con quien celebró el contrato anual por este seguro de alto riesgo.

(*) De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 19° de la Ley 26790, el Anexo Nº 05 y los Artículos 82°, 83° y 84° de su Reglamento, aprobado por D.S. No.009-97-SA y modificado por el D.S. No.003-98-SA, las refinerías de petróleo están consideradas como actividades de alto riesgo; por lo que, los contratistas y subcontratistas que destacan su personal a las instalaciones de Operaciones Talara, están obligados a contratar para este personal, las pólizas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) con las correspondientes coberturas para las prestaciones de salud y para la de invalidez y sepelio

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16.2. Dentro de los tres (3) días hábiles de consentida la Buena Pro, PETROPERU deberá citar al contratista

ganador de la Buena Pro otorgándole un plazo de 07 días hábiles para entregar la garantías y demás documentos indicados en el numeral precedente. Este plazo podrá ser ampliado hasta en 05 días hábiles , a solicitud el CONTRATISTA y previa aprobación de PETROPERÚ, siempre que medie una causa justificada para otorgar dicha aplicación. Por ningún motivo los plazos podrán ser mayores al de la validez de la(s) oferta(s) de la(s) propuesta(s) ganadora(s).

16.3. El Incumplimiento de lo estipulado en el numeral anterior, en el plazo establecido, originará la pérdida de la Buena Pro, y PETROPERU ejecutará y tramitará el honramiento de las garantías correspondientes, procediéndose a consignar este hecho en la Base de Datos de Contratistas Calificados de PETROPERU, aplicándose la sanción que corresponda según Reglamento de Gestión de Base de Datos de Contratistas Calificados de PETROPERU, informándose al Tribunal de Contrataciones de este hecho.

16.4. Una vez cumplido con lo indicado en el numeral 16.2 de las Bases, PETROPERU suscribirá el Contrato respectivo; sí dentro del plazo de 5 días hábiles el contratista ganador de la Buena Pro no suscriba el contrato; de no presentarse perderá la Buena Pro, procediéndose seguidamente, según lo indicado en el numeral anterior. PETROPERU podrá ampliar el plazo, pero por ningún motivo será mayor al de validez de la oferta de la propuesta ganadora.

16.5. En los casos mencionados en los numerales 16.3 y 16.4 de las Bases, PETROPERU podrá optar por adjudicar la buena pro al postor que ocupó el siguiente lugar de acuerdo a lo previsto en el Reglamento y siguiendo el mismo procedimiento.

17. FORMA DE PAGO:

PLAZO PARA LOS PAGOS: EL Contratista presentará valorizaciones mensuales por el Servicio efectuado en dicho periodo. No se otorgará adelantos por este servicio. PETROPERU efectuará el pago a los 10 días posteriores a la correcta presentación de la factura y previa conformidad de los servicios prestados. Dichos pagos tendrán el carácter de pagos a cuenta. Para tal efecto, los encargados de emitir la conformidad de recepción de servicios, deberán hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser éstos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice puntualmente. El contratista consignará obligatoriamente en su factura el número y descripción del contrato. La factura no será tramitada si no cumple con estos requisitos. El contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en los Artículos 1244º, 1245º Y 1246º del Código Civil en caso de retraso en el pago, contado desde la oportunidad en que éste debió efectuarse.

CONDICIONAMIENTO DEL PAGO DE LAS VALORIZACIONES El Contratista deberá realizar el pago de todos los beneficios sociolaborales (establecidos por ley) de sus trabajadores a través de una Entidad Financiera. El pago de las valorizaciones parciales y/o final estará supeditado a la acreditación previa por parte del contratista del pago de los sueldos, salarios y demás beneficios sociales que de acuerdo a la legislación laboral vigente le corresponden a sus trabajadores que intervienen en el servicio. Es obligación de El Contratista, Provisionar fondos para realizar los pagos laborales mensuales, puntuales y sin dilación, de sus trabajadores a cargo de la ejecución del Servicio; eximiendo de esta responsabilidad a PETROPERU. A efectos de que sea posible la acreditación del pago de los derechos laborales y demás beneficios sociales de los trabajadores, el contratista deberá presentar adjunto a su factura los siguientes documentos:

a) Copia de la Planilla de Remuneraciones de los Trabajadores, que acredite el pago de sus sueldos y demás beneficios laborales y previsionales ( salud y pensiones).

b) Las boletas de pago de todo el personal comprendido en el servicio, con indicación expresa del pago por concepto de sueldo o salario y demás beneficios y contribuciones sociales que señala la normatividad vigente y que se deriven de la propuesta del contratista.

c) Las constancias de pago por concepto de aportaciones a ESSALUD, SPP o el Sistema Nacional de Pensiones, CTS y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) u otra obligación que exista o se cree, del personal que presta el servicio al contratista.

d) Copia de la CONSTANCIA del depósito bancario, mensua l, realizado ante una Entidad Financiera bajo la normativa de la Superintendencia de Banca y Seguros; con cuyo documento el Contratista deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, respecto al pago de los beneficios socio-laborales de sus trabajadores que realizan el Servicio contratado.

En caso de que el contratista no cumpla con adjuntar a su valorización la documentación antes indicada, la valorización le será devuelta, y el plazo para la aprobación de la misma por la dependencia correspondiente, empezará a contabilizarse desde la fecha de subsanación de las observaciones formuladas, siendo de su responsabilidad el oportuno pago de su personal

INFORMACIÓN PARA BENCHMARKING El contratista deberá adjuntar a sus facturas la información respecto al número de horas trabajadas en el servicio. Esta información se presentará en el formato de control de horas hombre trabajadas por contrato, distribución, costo, que se adjunta para tal efecto. Debe incluirse a supervisores, personal secretarial en las horas que corresponden al trabajo contratado y todo el personal que ejecuta directamente el trabajo. En este mismo formato deberá reportarse el desagregado de los montos facturados es decir aquello que corresponden a mano de obra, materiales y otros incluyendo los gastos generales y utilidad (Ver Formato Nº 7).

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18. SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL

El CONTRATISTA está obligado a cumplir y hacer cumplir a su personal las “Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU” contenidas en el Manual 040 vigente, el cual forma parte de las Bases y que deberá considerar para su estructura de costos. Sin embargo el hecho de que PETROPERU le imparta indicaciones al respecto, no lo libera de la obligación de adoptar todas las medidas de seguridad y protección ambiental necesarias, que son de exclusiva responsabilidad y cargo. El CONTRATISTA se obliga a respetar todos los dispositivos y normas l egales vigentes que norman la protección y conservación del medio ambiente ; por lo tanto, es responsable legal y económicamente si al ejecutar la prestación a su cargo afecte y contamine el medio ambiente y PETROPERU sea pasible de sanción con alguna multa. El pago de la multa en referencia será trasladado a EL CONTRATISTA . El hecho que PETROPERÚ le imparta instrucciones respecto a la Protección Ambiental, no exime al CONTRATISTA de su total responsabilidad en lo que se refiere a adoptar las medidas pertinentes para preservar el medio ambiente. Adicionalmente, de requerirse el uso de plásticos, papeles o cartones para la ejecución del servicio, estos deberán cumplir con lo indicado en el D.S. Nº 011-2010-MINAM artículo 4º numeral 4.1.5 a) y numeral 4.1.5 b), que establecen utilizar obligatoriamente plásticos, papeles, cartones con un porcentaje de material reciclado y bolsas de plástico biodegradables.

19. PERSONAL DE “EL CONTRATISTA”

El contratista proporcionará para la ejecución de los trabajos el personal, los equipos, las herramientas, etc., por su cuenta y responsabilidad, asumiendo todas las responsabilidades inherentes a su personal, el cual dependerá exclusivamente de él y respecto del cual PETROPERU no tiene relación laboral alguna.

20. PAGO AL PERSONAL DE “EL CONTRATISTA”

El Contratista es el único responsable del pago íntegro de los sueldos, beneficios, vacaciones, gratificaciones, compensación por tiempo de servicios (CTS), aportes al SNP ó SPP y demás beneficios sociales en general, sin excepción alguna, correspondientes a cada uno de los trabajadores que ésta decidió contratar, a efectos de cumplir con el objeto del contrato que suscribió el Contratista con PETROPERU no responsabilizándose PETROPERU por ninguno de estos conceptos. Los pagos a su personal y demás obligaciones sociales, deberán ser efectuados por el contratista dentro de los plazos establecidos en la legislación vigente para cada uno de ellos. Dichos pagos serán de cargo del contratista, no siendo transferibles a PETROPERU; teniendo el contratista la obligación de provisionar los montos de acuerdo a los costos y porcentajes de su propuesta económica. PETROPERU cancelará las valorizaciones que corresponda, previa acreditación de haber realizado el pago a su personal y obligaciones sociales. El Contratista tiene la obligación de presentar a PETROPERU, todos los documentos que acrediten los pagos a sus trabajadores que laboren en forma fija o eventual en la prestación del Servicio. Asimismo, en caso lo requiera PETROPERU, el contratista facilitará el acceso a las planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, a través de uno ó más Supervisores de PETROPERU, para verificar el cumplimiento de las obligaciones con su personal y la seguridad social.

CONDICIÓN PARA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, PETROPERU requerirá vía notarial, el cumplimiento de la obligación contractual a cargo de El contratista. De persistir el incumplimiento, PETROPERÚ remitirá carta notarial resolviendo el contrato, procediendo la ejecución de las garantías otorgadas por el contratista. También se considera como incumplimiento de las obligaciones contractuales, el retraso injustificado en el pago de las remuneraciones y demás beneficios sociales a cargo de “EL CONTRATISTA”, de acuerdo a la estructura de costos presentada en su propuesta económica.

21. PENALIDAD POR MORA

En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, PETROPERU aplicara al CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, o de ser el caso, del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse o de la prestación parcial en el caso de ejecución periódica. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato 0.25 x Plazo en días

El plazo en días se aplicará al total de días calend ario de la etapa. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad (10% del monto contractual), PETROPERU podrá resolver el contrato por incumplimiento.

22. SEGUROS

El Contratista es responsable de cualquier daño que pueda sufrir el personal a su cargo, que interviene en la ejecución del servicio, para lo cual debe contar con los seguros pertinentes, que establecen las leyes y el contrato, quedando liberado PETROPERU de cualquier responsabilidad. El personal del contratista deberá estar inscrito obligatoriamente en el Seguro Complementario Trabajo de Riesgo (SCTR), tanto en la cobertura de salud (ESSALUD o EPS) como en la cobertura de pensión por invalidez, sobrevivencia y sepelio (ONP y Empresas de Seguro debidamente acreditadas), para lo cual deberán contar con las respectivas pólizas de seguro. Estas pólizas deberán tener validez para todas las áreas involucradas en el contrato.

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Es obligación del contratista presentar, antes de iniciar la ejecución del contrato, copia de la póliza del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) emitida por la ONP o una compañía de Seguros y copia de la Ficha de Afiliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Salud, emitida por ESSALUD o EPS.

23. INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL CON PETROPERU

Las partes contratantes dejan constancia expresa que el contrato suscrito es de naturaleza civil, y por tanto no existe relación laboral entre PETROPERU y “EL CONTRATISTA”; tampoco existe relación contractual ni laboral alguna, entre PETROPERU y el personal de “El Contratista” y/o subcontratista si lo hubiera; precisándose que, el personal de “El Contratista” depende exclusivamente de éste.

24. DISTINCIÓN RESPECTO A LA INTERMEDIACIÓN LABORAL El presente contrato no constituye UN CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN LABORAL , no siendo aplicable lo dispuesto en la Ley N° 27626 (Ley que regula la act ividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores) y el Decreto Supremo N° 003-2002-TR (Reglamento de Intermediación Laboral ).

25. SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CO NTRACTUAL. Las controversias que surjan entre las partes, desde la suscripción del Contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminación del contrato. En caso el contrato, sea resuelto o PETROPERU declare su nulidad, el plazo para interponer arbitraje será de quince (15) días hábiles de notificada tal decisión. Este plazo es de caducidad . Si las partes optaran por el procedimiento de conciliación de manera previa al arbitraje, éste deberá iniciarse dentro de un plazo de caducidad de quince (15) días hábiles siguientes de emitida el Acta de no Acuerdo Total o Parcial para resolver las diferencias no resueltas. El arbitraje será de derecho y será resuelto por un árbitro único o tribunal arbitral, según acuerdo de las partes El procedimiento de conciliación deberá iniciarse ante un Centro de Conciliación acreditado por el Ministerio de Justicia. En los procedimientos de conciliación y arbitraje será de aplicación lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado. En ese sentido, serán de aplicación lo establecido en los artículos 214º al 234º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobados por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente.

* La conciliación se desarrollara ante un Centro de Conciliación acreditado por el Ministerio de Justicia, con sede en la Ciudad de Piura, por su cercanía con el lugar de ejecución del Contrato (Refinería Talara) , el arbitraje será institucional, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE y de acuerdo con su Reglamento.

* Para la designación del/los arbitro/árbitros, las partes acuerdan cursarse previamente comunicación escrita con el fin de poder analizar y evaluar que el monto de los gastos arbitrales no les resulte oneroso.

26. RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO Y EFECTOS

La recepción y conformidad del Servicio estará a cargo de la Unidad Mantenimiento de Plantas - Superintendencia Mantenimiento ; quien, conjuntamente con el contratista, suscribirán el “Acta de Recepción”, correspondiente. La conformidad requiere del informe del funcionario responsable del área usuaria, quién verificará (DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LA PRESTACION), la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, debiendo realizar las pruebas que fueran necesarias. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, y se dará al contratista un plazo (prudencial de dos (2) a diez (10) días calendario para su subsanación, en función a la complejidad del bien o del servicio). Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, PETROPERU podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes y/o servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso PETROPERU no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicando las penalidades que correspondan. La recepción conforme por PETROPERU no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos. Efectos de la conformidad.- Luego de haberse dado la conformidad a la prestación se genera el derecho al pago del contratista. Efectuado el pago, culmina el contrato y se cierra el expediente de contratación respectivo. Toda recomendación o controversia derivada del contrato inclusive los vicios ocultos se resolverá mediante conciliación y/o arbitraje, en los plazos previstos en cada caso.

27. CAMBIO DOMICILIO LEGAL De acuerdo a lo dispuesto por los artículos 39° y 4 0° del Código Civil, el cambio de domicilio se real iza por el traslado de la residencia habitual a otro lugar. El deudor deberá comunicar al acreedor el cambio de domicilio señalado para el cumplimiento de la prestación obligacional, dentro de los treinta días de ocurrido el hecho, bajo responsabilidad civil y/o penal a que hubiere lugar.

El deudor y los terceros ajenos a la relacion obligacional con el acreedor, están facultados para oponer ante éste el cambio de su domicilio.

La oponibilidad al cambio de domicilio se efectuará mediante comunicación indubitable; el cual deberá ser una carta notarial; caso contrario, en caso de no poner en conocimiento de la otra parte este cambio domiciliario, se tendrá por válido para efectos del presente contrato, el domicilio consignado en la introducción del mismo.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

28. CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LA POLITICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION Y DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION DE PETROPERU S.A. El contratista deberá cumplir con la Política Corporativa, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Información de PETROPERU, guardar confidencialidad y reserva de la información a la que acceda en virtud del presente contrato y reportar de inmediato cualquier irregularidad de seguridad de la información detectada. No mantener el riguroso cuidado de los activos de información de PETROPERU otorgados para su uso, ni avisar a tiempo de fallas en los mismos al área de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la dependencia donde suministra servicios, es considerado un incumplimiento de la Política Corporativa, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Información de PETROPERU. (Adjunto Nº 4).

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FORMATO Nº 1

MODELO DE DECLARACION JURADA CON DATOS DEL POSTOR

Lugar, de del 2012

Señores Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. Talara. - Ref.: COMPETENCIA M AYOR N° CMA- 0002 -2011-OTL/PETROPERU

“SERVICIO DE ………..……………………………………………….……” Estimados Señores: (Indicar Razón Social),……………………………………………, con RUC Nº ……………………………. y domicilio fiscal en………………………………………………………., correo electrónico …………., teléfono y/o fax Nº ………………; representada por el Sr.………………………………………………..………., identificado con DNI. Nº……………………..con domicilio en…………………………………….,declaro bajo juramento lo siguiente: a) No tengo impedimento para participar en el proceso de contratación ni para contratar con el Estado¹

b) No he participado en la elaboración (Expediente Técnico/Términos de Referencia/Especificaciones Técnicas)

previos que dan origen al proceso de (adquisición o contratación) y sirvieron de base para el objeto del contrato, salvo en el caso de los contratos de supervisión.

c) Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de contratación,

d) Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efecto del proceso de contratación

e) Me comprometo a mantener mi oferta hasta (Firma del contrato/emisión de la Orden de Compra/Orden de Trabajo a Terceros, según corresponda); y,

f) Conozco las sanciones que estipula el Reglamento de Gestión de Base de Datos de Contratistas de Petroperú², la normativa en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Ley Nº 27444.

g) Mi número de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores del OSCE, como proveedor es …………………….

1 De acuerdo al numeral 7.7 del Reglamento de Contrataciones de PE TROPERU S.A., están impedidos de ser postores y/o contratistas, las personas (naturales o jurídicas) referidas en el artículo 10º de la Ley de Contrataciones del Estado . 2 El Reglamento de Gestión de Base de Datos de Proveedores de PETROPERU S.A., todavía no se encuentra implementado. Por otro lado, de acuerdo a lo establecido en el numeral 16.1 del Reglamento de Contrataciones de PETROPERU S.A., la

inscripción en la Base de Datos de Proveedores Calificados de PETROPERU S.A., no será condición para participar como postor en los procesos de contrataciones hasta su implementación.

Asimismo, declaro bajo juramento ser una, cuando corresponda ³ :

PEQUEÑA EMPRESA MICROEMPRESA

3 En caso requiera acceder a los Beneficios de la Ley 28015 deberá presentar su constancia de Inscripción en REMYPE, previa a la firma de contrato. __________________________________ (Nombre/ Razón Social) POSTOR Ruc / DNI Firma del Representante Legal

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FORMATO N° 1-A

IMPEDIMENTOS PARA SER POSTORES Y/O CONTRATISTAS DE PETROPERU S.A.: ART ÍCULO 10º

Artículo 10º.- Impedimentos para ser postor y/o con tratista. - Cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes como postores y/o contratistas en todo proceso de contratación pública: Literales a), b), c),- Hasta doce (12) meses después de haber dejado el ca rgo : El Presidente y los Vicepresidentes de la República, los Congresistas de la República, los Ministros y Viceministros de Estado, los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los Organismos Constitucionales Autónomos; En el ámbito regional: los Presidentes, Vicepresidentes y los Consejeros de los Gobiernos Regionales. En el ámbito de su jurisdicción: los Vocales de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y Regidores; Literales d).- En la Entidad a la que pertenecen, los titulares de instituciones o de organismos públicos del Poder Ejecutivo, los directores, gerentes y trabajadores de las empresas del Estado , los funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos, según la ley especial de la materia; Literal e).- En el correspondiente proceso de contratación, las personas naturales o jurídicas que tengan intervención directa en la determinación de las características técnicas y valor referencial, elaboración de Bases, selección y evaluación de ofertas de un proceso de selección y en la autorización de pagos de los contratos derivados de dicho proceso, salvo en el caso de los contratos de supervisión; Literal f).- En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado d e consanguinidad y segundo de afinidad; Literal g).- En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas en las que aquellas tengan o hayan tenido una participación superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria Literal h), i), j).- (…) Literal K ).- Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales formen o hayan formado parte, en los últimos doce (12) meses de impuesta la sanción, de personas jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el Estado; o que habiendo actuado como personas naturales hayan sido sancionadas por la misma infracción; conforme a los criterios señalados en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento. Para el caso de socios, accionistas, participacionistas o titulares, este impedimento se aplicará siempre y cuando la participación sea superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social y por el tiempo que la sanción se encuentre vigente; “Artículo 237º. ‐‐‐‐ Impedimentos Adicionalmente a los impedimentos establecidos en el artículo 10º de la Ley, se encuentran impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas aquellas personas naturales o jurídicas a través de las cuales una autoridad, funcionario público, empleado de confianza, servidor público o proveedor pretenda eludir su condición de impedido valiéndose de cualquier modalidad de reorganización societaria y/o la utilización de testaferros para participar en un proceso de selección.”

NOTA.- Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo se tendrán por no presentadas. Los contratos celebrados en contravención de lo dispuesto por el presente artículo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar de los funcionarios y servidores de la Entidad contratante y de los contratistas que celebraron dichos contratos.

GRADOS DE PARENTESCO DEL TRABAJADOR DE PETROPERU: CONSANGUINIDAD O AFINIDAD

Primer grado de consanguinidad • PADRES • HIJOS

Primer grado de afinidad • SUEGROS • HIJOS DEL CONYUGE • YERNO/ NUERA

Segundo grado de consanguinidad • ABUELOS • HERMANOS • NIETOS

Segundo grado de afinidad • ABUELOS DEL CONYUGE • CUÑADOS

Tercer grado de consanguinidad • TIOS • SOBRINOS

Cuarto grado de consanguinidad • PRIMOS HERMANOS • TIOS ABUELOS

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 2

DATOS DEL POSTOR SOBRE CONSTITUCION DE EMPRESA DENOMINACION O RAZÓN SOCIAL…………………………………………………………………………………………. TIPO DE EMPRESA O SOCIEDAD1:………………………………………………………………………………………… Nº RUC…………………………………………………………………………………………………………………………… DOMICILIO FISCAL2…………………………………………………………………………………………………………… INSCRITA EN LOS REGISTROS PÚBLICOS DE …………………………………………según consta en la Ficha(electrónica)Nº………………………..Asiento Nº…………………… desde………………(fecha). INSCRITA EN EL REMYPE a) SI B) NO Código OBJETO SOCIAL DE CONSTITUCIÓN 3…………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………………………………………………………… …..…………………………………………………………………………………………………………………………....……. FECHA INICIO DE SUS ACTIVIDADES COMERCIALES….……………………………………………………………….. DOMICILIO COMERCIAL…..…………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………………………… REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA (DNI)………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………………………………………………… Según Poder Inscrito en la Ficha ……………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………………………… _______________________ (Nombre/ Razón Social) POSTOR Ruc / DNI Firma del Representante Legal 1 Señalar si se trata de una Sociedad Anónima, Sociedad Anónima Cerrada, Sociedad Anónima Abierta, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, u otra. 2 Lugar en que se hará llegar cualquier notificación y que se entiende es el domicilio contractual. 3 Referido a la contratación que se está convocando. � NOTA: La presente declaración Jurada no es aplica ble a las Personas Naturales que estén concursando,

quienes acreditarán su actividad comercial con documentos de validez tributaria.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 3

FORMATO DECLARACION JURADA INGENIERO RESPONSABLE (RESIDENTE)

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FORMATO Nº 3A

FORMATO DECLARACION JURADA INSPECTOR (INGENIERO O TECNICO CALIFICADO)

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 4

PROMESA DE CONSORCIO

(Esta Declaración Jurada, sólo se incluirá cuando sea pertinente)

Lugar,..…... de.................... del 2012

Señores PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA Ciudad.- Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA- 0002 -2011-OTL/ PETROPERU SERVICIO DE ………………………………………………………….………………..……… Estimados Señores: Por la presente, nos dirigimos a ustedes para hacer de su conocimiento que las empresas que representamos hemos acordado constituir un Consorcio para intervenir en el proceso de la referencia, y nos comprometemos a cumplir con las disposiciones de la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE y el Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., bajo las siguientes condiciones:

Nombre del Consorcio Representante legal del Consorcio Nombre

DNI Domicilio legal común E-mail del Consorcio

El nombre de las empresas que forman el consorcio y su participación porcentual en este acto es como sigue:

Nombre de la Empresa Representante Legal Participación (%) Obligaciones Nombre DNI

TOTAL 100%

Representante Legal del Postor “A” Representante Legal del Postor “B” Nombre y Firma Nombre y Firma

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 5

MODELO DE CARTA PROPUESTA ECONOMICA

Lugar, de del 2012.

Señores PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA Presente.- Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA- 0002 -2011-OTL/ PETROPERU SERVICIO DE …………………………………………………...………………….…………

De nuestra consideración: El presente tiene por objeto presentarles nuestra propuesta, para proporcionar el servicio de la referencia, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases.

Nuestra propuesta a Precios Unitarios incluye los costos y gastos directos e indirectos que debamos realizar para el debido cumplimiento del servicio, materia de esta contratación.

El Monto Total de la propuesta es de US$ ...………….................... (En números y letras) Incluye IGV.

Adicionalmente se adjunta el presupuesto detallado de acuerdo al modelo del Formato Nº 5 A. Atentamente Nombre de la Empresa / Consorcio…………………………………………………. Nombre y firma del representante legal: …………………………………………… Nº Propuesta: …………………………………..

Nota- El monto total ofertado deberá incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y costos laborales conforme a la legislación vigente; así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 5-A

PRESUPUESTO DETALLADO

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERAC IONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

NOTAS.

1.- Definición de Unidades:

M2 = Metros cuadrados de una superficie.

EA = Unidad (Each) o vez.

HR = Horas transcurridas.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

- El SUB TOTAL es producto de la CANTIDAD por el PRECIO UNITARIO. - EL “COSTO DIRECTO” es la sumatoria de los SUB TOTALES. - El porcentaje (%) de los GASTOS GENERALES , que necesariamente deberá ser indicado con 2 decimales

aplicando redondeo, es el resultado de dividir el valor de (GASTOS GENERALES / COSTO DIRECTO) x 100. - El porcentaje (%) de la UTILIDAD , que necesariamente deberá ser indicado con 2 decimales aplicando redondeo, es

el resultado de dividir el valor de la (UTILIDAD / COSTO DIRECTO) x 100. - El TOTAL SIN IGV , es la suma del COSTO DIRECTO + GASTOS GENERALES + UTILIDAD. - El IGV se obtiene del TOTAL SIN IGV x 0.18. - El TOTAL GENERAL es la suma del TOTAL SIN IGV + IGV. Nombre y firma del Representante Legal: ........................................................

Nombre de la Compañía: .............................................................................….

Verificación de las Operaciones Aritméticas.- Debido a que el proceso de contratación es bajo el sistema de contratación a precios unitarios , PETROPERU S. A., verificará las operaciones aritméticas de la estructura de costos de la propuesta que obtenga el primer lugar en el orden de prelación y, de existir alguna incorrección aritmética, las corregirá a fin de consignar el monto correcto y de ser el caso, asignarle el lugar en el orden de prelación que le corresponde. Dicha corrección se realizará siguiendo los siguientes criterios:

• Los Sub Totales, deberán ser expresados con dos decimales, el resultado que se obtenga de multiplicar el costo unitario – que podrá ser expresado con más de dos decimales – de cada actividad por la cantidad prevista para cada partida, deberá ser redondeado a la segunda cifra decimal; de esta manera, el costo de cada partida constituye un subtotal.

• Si el Sub Total de una partida contiene más de dos (2) decimales, se efectuará el redondeo, siendo que si el primer decimal siguiente es igual o superior a 5, el valor será incrementado en un centésimo. Si se usa la hoja de cálculo “Microsoft Excel”, en la celda correspondiente a “Sub-total” se utilizará la sintaxis: “=redondear([Cantidad]*[Precio Unitario];2)” .

• El Costo Directo será expresado con dos decimales, siendo la sumatoria de los Sub Totales debidamente redondeados a dos decimales.

Se aclara que las cantidades y los precios unitarios , no están sujetas a modificación o corrección algu na.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 6

CARTA DE PRESENTACIÓN DEL PERSONERO O POSTOR

Lugar, …….. de .......................... del 2012 Señores Petróleos del Perú, PETROPERU S.A. Presente.- Referencia: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA-0002-2011 -OTL/PETROPERU

“ SERVICIO DE ..................................................................................................” Estimados Señores: Por intermedio del presente documento presentamos al Sr., ...................................., con DNI.

Nº........................, C.E.................................., para que en representación de la

Empresa/Consorcio.........................................................actúe de Personero para efectos de los actos Públicos del

Proceso de Contratación de la referencia.

Nombre y Firma del Representante Nombre, DNI y Firma del Personero. Legal de la Empresa/Consorcio

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 7

FORMATO DE CONTROL DE HORAS HOMBRE TRABAJADAS POR C ONTRATO

OTT/CONTRATO PROCESO DE CONTRATACION

DESCRIPCIÓN

CONTRATISTA

SUPERVISOR CONTRATISTA:

SUPERVISOR PETROPERU

NOMBRE TRABAJADOR OF

DIAS DEL MES DE: /2012 TOTAL HORAS HORAS TRABAJADAS

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 RE

SB

TO

TOTALES DEL MES Y AL FINAL DEL SERVICIO

DISTRIBUCION DE COSTOS DE LOS MONTOS FACTURADOS / SIN IGV

EN SOLES S/. EN DOLARES US$

MANO DE OBRA

MATERIALES

OTROS (ESPECIFICAR)

TOTAL

NOTA: EN CASO EL SERVICIO SE REALICE EN MAS DE UN MES / DEBE ADICIONARSE UN RESUMEN AL FINAL DEL SERVICIO.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 8

CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN

1. DATOS GENERALES

PROCESO DE CONTRATACIÓN Nº _________________________________________________________

SERVICIO DE ……………………………………………………………………………………………………………..

FECHA DE REGISTRO: ___________________________________________________________________

HORA DE REGISTRO: ___________________________________________________________________

2. DATOS DE LA EMPRESA QUE PARTICIPA DEL PROCESO DE CONTRATACI ÓN:

RAZON SOCIAL: ________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________

RUC: __________________________________________________________________________________

DIRECCION:____________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________

TELEFONOS: ___________________________________________________________________________

FAX: __________________________________________________________________________________

EMAIL (*): ______________________________________________________________________________

(*) EN CASO QUE DESEE SER NOTIFICADO ELECTRÓNICAMENTE. DEBERÁ MANTENERSE ACTIVA DURANTE EL

DESARROLLO DEL PROCESO A EFECTO DE LAS NOTIFICACIONES QUE DEBAN REALIZARSE.

3. REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA:

NOMBRE: ______________________________________________________________________________

TELEFONO: ____________________________________________________________________________

FAX: __________________________________________________________________________________

E-MAIL: ________________________________________________________________________________

4. PERSONA QUE REALIZA EL REGISTRO:

NOMBRE: _____________________________________________________________________________

TELEFONO: ____________________________________________________________________________

FAX: __________________________________________________________________________________

E-mail: ________________________________________________________________________________

--------------------------------------------------------------------------------------------------

NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA REGISTRANTE

NOTA: En caso que el participante no consigne correctamente la dirección, teléfono, Fax o E-mail de la Empresa, no será responsabilidad del Órgano Ad hoc, la no recepción de algún documento del proceso.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

FORMATO Nº 9 FORMATO SUGERIDO

MODELO DE CARTA FIANZA BANCARIA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Lugar,…….de……………. de 2012 Señores PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA Talara.- De nuestra consideración: Por la presente, otorgamos una fianza irrevocable, solidaria, incondicional, de realización automática y con renuncia expresa al beneficio de excusión, a favor de ustedes garantizando a ………………………...,por la suma de US$..................................... (indicar monto en letras), correspondiente al diez por ciento (10%) del monto contractual, a fin de garantizar EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DERIVADO DEL PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU, Segunda Convocatoria, para la Contratación del SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA . Esta fianza garantiza, ante Petróleos del Perú, PETROPERU S.A. el cumplimiento por (nombre del contratista ) de todas y cada una de las obligaciones que le corresponden según el Contrato mencionado en el párrafo anterior. Por efecto de este compromiso el Banco asume con su afianzado las responsabilidades en que éste llegara a incurrir. Queda entendido, que esta fianza no podrá exceder en ningún caso y por ningún concepto la suma de US$...……………………………., siendo su plazo de vigencia hasta el …………………………………………. Esta fianza puede ser renovada, a solicitud de la parte interesada y previa confirmación por escrito. Es expresamente entendido por nosotros, que esta fianza será ejecutada por ustedes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1898º del Código Civil vigente, indicándonos posteriormente el monto que debemos pagarles. Toda demora de nuestra parte de honrar la presente Fianza a favor de Uds., devengará Tasa Máxima de Interés Compensatorio y tasa Máxima de Interés Moratorio permitidos por dispositivos legales para personas ajenas al sistema financiero. Los intereses y gastos serán calculados a partir de la fecha de la notificación del requerimiento del pago a que se refiere el párrafo anterior. Nombre y firma(s) autorizada (s) de la Entidad Bancaria.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

ANEXO Nº 1

CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

Sólo se evaluarán las propuestas que han cumplido con la TOTALIDAD de los Requerimientos Técnicos Mínimos (RTM) y de las especificaciones técnicas requeridas. La propuesta que no cumpla con lo indicado será desestimada.

La evaluación de las propuestas se realizará en dos (2) etapas. La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta, y la segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta. Las propuestas técnicas y económicas se evalúan asignándoles puntajes de acuerdo a los factores y criterios de evaluación y calificación que se establecen a continuación:

1 EVALUACIÓN TÉCNICA. (Sobre Nº 01) Máximo: 100 puntos FORMA DE ACREDITAR:

* Art. 23 Anexo Nº 1 del Reglamento de Contrataciones de PETROPERU S.A

A.- Experiencia del Postor en la Actividad (EP) (50 puntos) - El puntaje se asignará de acuerdo al monto facturado por trabajos de: mantenimiento industrial en general,

que incluya trabajos de pintado de equipos o estruc turas metálicas diversas (incluyendo tanques de almacenamiento de hidrocarburos y sus derivados), e n Plantas Industriales , considerando los trabajos ejecutados en los últimos diez (10) años a la fecha de la presentación de propuestas, con un máximo de diez (10) trabajos.

- Tratándose de contratos en ejecución, se validará únicamente la experiencia efectivamente adquirida a la fecha de presentación de propuestas, (Según Directiva Nº 007-2008/CONSUCODE/PRE).

- Los trabajos serán acreditados de la siguiente manera:

1. Copia simple del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio (Acta de Recepción), donde se especifique claramente el período de ejecución y el monto ejecutado; en caso algún contrato no cuente con la respectiva conformidad de culminación (Acta de Recepción), no se considerará válido. O en su defecto con;

2. Copia simple de los comprobantes de pago cancelados (la cancelación será acreditada documental y fehacientemente para lo cual bastará con adjuntar los Boucher de depósito o reporte de estados de cuenta donde pueda verificarse el pago efectuado, o que la cancelación por parte de la entidad Bancaria o de la Institución a cargo del cumplimiento de la prestación conste en el mismo comprobante).

- Sólo se considerarán en la evaluación, la relación de documentos indicados en el Anexo 1-A, en donde se especifique claramente el período de ejecución de la prestación. En los casos de contratos de ejecución periódica deberán adjuntar, además del contrato respectivo, la presentación de los comprobantes de pago cancelados que sustenten los montos efectivamente ejecutados (Según Directiva Nº 007-2008/CONSUCODE/PRE.

- Sólo se considerará en la evaluación, la experiencia acreditada que corresponda a las actividades que conforman el Objeto Social declarado en el Formato Nº 2.

Ítem Criterio Técnico Parámetro PUNTAJE

A

Experiencia del postor en la Actividad

Monto Facturado Incluido IGV.

Mayor o igual a US$ 500,000.00 50

Menor a US$ 500,000.00 Regla de Tres Simple

B

Experiencia en la Especialidad del Ingeniero Residente (Responsable).

Nº en Años Cinco (05) años o más. 15

Mas de cuatro (04) años hasta menor a cinco (05) años. 10

Experiencia en la Especialidad del Inspector.

Nº en Años Cuatro (04) años o más.

15

Mas de tres (03) años hasta menor a cuatro (04) años. 10

C Buen Desempeño del Postor. (*)

Postores que no incurrieron en resolución contractual, incumplimiento plazo de entrega, entrega del bien, servicio u obra con vicios ocultos, presentación de documentos falsos o inexactos, desista de la buena pro, no suscriba el contrato o se niegue a recibir la orden de compra.

20

Postores que incurrieron en resolución contractual, incumplimiento plazo de entrega, entrega del bien, servicio u obra con vicios ocultos, presentación de documentos falsos o inexactos, desista de la buena pro, no suscriba el contrato o se niegue a recibir la orden de compra.

0

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

- El contratista es responsable de que la descripción de los trabajos y/o partidas consignadas en los contratos y/o comprobantes de pagos presentados, sean lo suficientemente claras para que pueda ser calificada la experiencia que se pretende acreditar. Si PETROPERU lo estima conveniente podrá solicitar aclaraciones a los postores según lo estipula el numeral 18 del Anexo 1 del Reglamento de Contrataciones de PETROPERU aprobado por Resolución Nº 523-2009-OSCE/PRE.

- No se aceptarán otros documentos distintos a los solicitados, estos documentos deben cumplir con las siguientes características: ser legibles, fecha, razón social del postor y descripción detallada de la prestación, caso contrario no se tomarán en cuenta para la evaluació n Técnica .

- En caso de documentos sustentatorios con montos en Nuevos Soles (S/.), se utilizará el tipo de cambio publicado en la página Web de la SUNAT, tomando como base la fecha del documento presentado.

PARA EL CASO DE CONSORCIOS

Para los casos en que los postores se presenten como consorcios y/o acrediten trabajos realizados como parte de un consorcio, se aplicará lo siguiente:

Acreditación de Experiencia de Postores que se presenten en Consorcio:

- De conformidad con la Directiva Nº 003-2003/CONSUCODE/PRE y para efectos de acreditar experiencia, sólo será válida la documentación presentada por la parte o partes del consorcio que ejecutarán las obligaciones establecidas en el objeto de la convocatoria. En ese sentido, la evaluación de la experiencia se realizará sobre la base de la sumatoria de la experiencia individual obtenida por cada uno de los integrantes que figuren en la promesa de consorcio con la obligación de ejecutar el servicio.

Acreditación de Experiencia de Postores que presenten contratos ejecutados como miembros de otros Consorcios:

- En el caso que el postor presente copia simple de los comprobantes de pago cancelados o en su defecto, copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio, POR TRABAJOS REALIZADOS EN CONSORCIO, deberá presentar adicionalmente el Contrato de Consorcio donde indique el porcentaje de participación y obligaciones del postor tuvo en dicho consorcio.

- Para efecto de la evaluación se tendrá en cuenta el porcentaje de participación que tuvo el consorciante en el contrato en evaluación, ponderando el monto del contrato por dicho porcentaje. En caso que el Contrato de Consorcio no indique el porcentaje de participación, se considerará que el porcentaje de su participación fue equitativo. En ningún caso, se considerará la experiencia por contratos en donde los consorciantes no ejecutaron las obligaciones descritas en el objeto de la convocatoria.

B. Experiencia en la Especialidad del Ingeniero Res idente (Responsable) (EIR): (15 puntos) - El Ingeniero propuesto debe estar titulado, colegiado y habilitado por el CIP, de la especialidad: Mecánico,

Mecánico Eléctrico, Industrial, Civil o Químico, con experiencia acreditada mínima de cuatro (04) años como ingeniero residente y/o supervisor, (adjuntar copia de Título Profesional).

- El Puntaje se asignará de acuerdo al número de años trabajados como Ingeniero residente y/o supervisor en trabajos de: mantenimiento de plantas industriales, y/o mantenim iento de tanques de almacenamiento de hidrocarburos de una capacidad mínima 80,000 barril es, y/o mantenimiento–reparación–instalación de líneas mínimo de 4” diámetro.

- La experiencia del Ingeniero Residente será sustentada de la siguiente manera:

1. Copia simple de los Certificados de Trabajo, expedidos por las empresas donde laboró, y que precise el trabajo que realizó en el período correspondiente, consignando el nombre del Ingeniero propuesto.

- En caso que los Certificados de Trabajo sean otorgados por el mismo postor, adicionalmente, deberán acreditar la experiencia del Ingeniero propuesto, con copia simple de sus Boletas de Pago o Recibos por Honorarios. No se aceptarán Curriculums o Declaraciones Juradas para acreditar algún trabajo.

Experiencia en la Especialidad del Inspector (INS) (15 puntos)

- El Puntaje se asignará de acuerdo al número de años trabajados como Inspector en trabajos de: arenado y pintura industrial, mantenimiento de plantas indust riales, y/o mantenimiento de tanques de almacenamiento de hidrocarburos, y/o mantenimiento –reparación–instalación de líneas mínimo de 4” diámetro.

- La experiencia del Inspector será sustentada de la siguiente manera:

1.- Copia simple de los Certificados de Trabajo, expedidos por las empresas donde laboró, y que precise el trabajo que realizó en el período correspondiente, consignando el nombre del Inspector propuesto.

En caso que los Certificados de Trabajo sean otorgados por el mismo postor, adicionalmente, deberán acreditar la experiencia del Inspector propuesto, con copia simple de sus Boletas de Pago o Recibos por Honorarios. No se aceptarán Curriculums o Declaraciones Juradas para acreditar algún trabajo

No se aceptarán otros documentos distintos a los solicitados, estos documentos deben cumplir con las siguientes características: ser legibles, indicar fecha, razón social del posto r y descripción detallada de la prestación, caso contrario no se tomarán en cuenta para la eval uación Técnica.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

C. Buen Desempeño del Postor en Anteriores Re laciones Contractuales (DP) (20 puntos) - No se asignará puntaje a los contratistas, que incurrieron en resolución contractual, incumplimient o plazo de

entrega, entrega del bien, servicio u obra con vici os ocultos, presentación de documentos falsos o inexactos, desistió de la buena pro, no suscribió e l contrato o se haya negado a recibir la orden de compra, efectuados con Operaciones Talara - Petroperú S.A. La relación de estos contratistas se encuentra publicada en la página Web de Petroperú en el (Link: http:// www.petroperu.com.pe/portalweb/Main.asp?Seccion=450), asimismo será extensiva si su presentación es como parte integrante de un consorcio. Sin ser limitantes y sin perjuicios de las actualizaciones que se pudieran efectuar hasta el momento de la evaluación de las propuestas.

PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACION TECNICA (PT)

El puntaje de la Evaluación Técnica (PT) del postor está dado por la sumatoria de los puntajes parciales, de acuerdo a lo siguiente:

PT = EP + EIR + INS + DP

NOTAS.-

a) Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.

b) El Órgano Ad-HOC procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por ellos. Los sobres cerrados, sellados y firmados serán entregados al Notario Público, en calidad de custodia, para que sean conservadas hasta la fecha en que se proceda a abrir las propuestas de los sobres económicos.

c) No se tendrá acceso a las propuestas económicas sino hasta que la evaluación técnica haya concluido. 2 EVALUACIÓN ECONÓMICA. (Sobre Nº 02) Máximo: 100 puntos

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se le asignará puntaje de forma inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Puntaje Económico (PEi) = 100 x (Propuesta Económica de Monto o precio más bajo)

(Propuesta Económica del postor “i”)

El puntaje de la propuesta económica será calculado hasta el tercer decimal.

3 CÁLCULO DEL PUNTAJE TOTAL

El puntaje total será el promedio ponderado de las evaluaciones técnica y económica, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje de la evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje de la evaluación económica del postor i c1 = 0.60 Coeficiente de ponderación de la evaluación técnica c2 = 0.40 Coeficiente de ponderación de la evaluación económica

El puntaje total será calculado hasta el tercer deci mal y la Buena Pro será otorgada a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

ANEXO Nº 1-A

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD

Nº DE

TRABAJO EJECUTADO

FOLIO

DESCRIPCIÓN

TIPO DEL

DOCUMENTO

NÚMERO DEL DOCUMENTO

TIPO

MONEDA

MONTO CON IGV

FECHA DEL

DOCUMENTO

1

2

3

4

5

10

TOTAL

US$

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD DEL INGENIERO RESIDENTE (RESPONSABLE).

Nº DE

TRABAJO EJECUTADO

FOLIO

DESCRIPCIÓN

TIPO DEL

DOCUMENTO

NÚMERO

DEL DOCUMENTO

FECHA DEL

DOCUMENTO

TIEMPO DE

EXPERIENCIA

1

2

3

4

5

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD DEL INSPECTOR.

Nº DE

TRABAJO EJECUTADO

FOLIO

DESCRIPCIÓN

TIPO DEL

DOCUMENTO

NÚMERO

DEL DOCUMENTO

FECHA DEL

DOCUMENTO

TIEMPO DE

EXPERIENCIA

1

2

3

4

5

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

ANEXO Nº 2

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento el Contrato que celebran de una parte Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., con Registro Único de Contribuyente (RUC), Nº 20100128218, con domicilio en el Área Industrial de PETROPERU, calle 400 entrada por el Portón Nº 5 Talara, a quien en adelante se le denominará PETROPERU, debidamente representada por el Señor, (Ingeniero)……………………………………., Gerente de Operaciones Talara, debidamente identificado con DNI Nº …………...., según Poder inscrito en la Partida Nº ………, en el Asiento …., del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; y de la otra parte, la Empresa de......................con RUC Nº ...............con domicilio legal en .................................debidamente representada por su Señor .................... (Gerente, Administrador), con DNI Nº.................., según poder inscrito en el Asiento.......fojas........Ficha....., del Registro de Personal Jurídicas de la Oficina Registral (Zona Registral Nº) de Registros Públicos de la ciudad de................., (**cuando se trate de consorcio ), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA ”, en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:

(**)y de la otra parte, el CONSORCIO…...................... debidamente representado por su Apoderado Común, don……………………., identificado con DNI……………, señalando domicilio legal en ........................................según Contrato de Consorcio celebrado por ante Notario Público de la ciudad de …………., señor doctor ……………………, de fecha…….., a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes: CLAUSULA PRELIMINAR - ANTECEDENTES. PETROPERU es una Empresa del Estado del Sector Energía y Minas, cuyo objeto social es el de llevar a cabo actividades de hidrocarburos, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos. PETROPERU mediante publicación en el SEACE, con fecha.......... convocó el proceso por Competencia Mayor Nº CMA- -2011-OTL/PETROPERU para la contratación del servicio materia del presente contrato. En Acto Público la apertura de Sobres de Propuestas se llevó a cabo en el……………….., los días......................... Efectuada las Evaluaciones Técnicas y Económicas, resultó ganador de la Buena Pro el CONTRATISTA…………; según consta en el Acta N°……. de Otorgamiento de Buena Pro, de fecha……. de……….…. de 2012, la cual fue publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, el……. de 2012.

El CONSORCIO…………. , se encuentra conformado por las siguientes personas naturales/jurídicas: la empresa “xxxxxx” representado por don……………., según poder inscrito en el Asiento .......fojas........Ficha....., del Registro de Personal Jurídicas de la Oficina Registral (Zona Registral N°) de Registros Públicos de la ciudad de........... ......, y la empresa “xxxxxx” representado por don……………., Asiento .......fojas........ficha....., del Registro de Personal Jurídicas de la Oficina Registral (Zona Registral N°) de Registros Públicos de la ciudad de.................

CLAUSULA PRIMERA - GENERALIDADES. El presente Contrato se rige por el Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., aprobado por Resolución Nº 523-2009-OSCE/PRE, en adelante el REGLAMENTO; y, supletoriamente por las demás normas que resulten de aplicación al servicio contratado. Forman parte del Contrato, las Bases Integradas del Proceso de Competencia Mayor Nº CMA- - 2011-OTL/PETROPERU (que contiene consultas y observaciones con sus correspondientes absoluciones; declaraciones juradas suscritas por el Contratista, etc.); la Propuesta Técnica y Económica presentada por EL CONTRATISTA; y toda la información que el contratista presentó con su propuesta, la misma que tiene carácter de declaración jurada.

CLAUSULA SEGUNDA - OBJETO DEL SERVICIO. Por el presente documento, PETROPERU contrata a EL CONTRATISTA para que, preste el “SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA ” a ejecutarse de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas de las Bases Integradas del proceso, y en estricto cumplimiento con la normatividad legal vigente aplicable para la realización de este tipo de servicio. EL CONTRATISTA ejecutará el servicio con sujeción a lo dispuesto en las Bases en las que se basó para formular su propuesta (técnica y económica), en virtud a las cual se le otorgó la Buena Pro; las que firmadas en su integridad constituyen parte del presente Contrato.

CLAUSULA TERCERA - PLAZO. El plazo de ejecución del servicio será de mil noventa y cinco (1095) días calendario (tres añ os calendario), o hasta completar el monto contratado, lo que ocurra primero. La ejecución contractual se computa en días calendario desde el día siguiente de formalizado el contrato o desde el día que se cumplen las condiciones establecidas en la Bases para ello.

CLAUSULA CUARTA - FORMA DE PAGO. El Servicio a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Contrato asciende a la suma de US$. ..………………………..…………. (poner en letras…………………………..) PETROPERU pagará a EL CONTRATISTA el precio pactado contra valorizaciones mensuales por Servicios efectivamente prestados y previa conformidad de las mismas. (Según numeral 17 de las Bases Integradas).

El monto del presente contrato comprende: pago al personal profesional que preste el servicio, personal técnico y/o de apoyo contemplados en las leyes laborales y previsionales; materiales; equipos, tributos; impuestos; seguros; transporte y todo cuanto de hecho y de derecho sea necesario para el cabal cumplimiento del objeto del contrato; imprevistos de cualquier naturaleza y demás gastos.

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El procedimiento para la aprobación de las facturas antes de ser presentadas en las Oficinas de Tramite Documentario (TD) se encuentra establecido en el Numeral 17 de las Bases Integradas; concluido la aprobación y después de su presentación en TD. serán abonadas a los 10 (diez) días calendario posterior a su correcta presentación.

CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES Son Obligaciones del CONTRATISTA:

5.1 Ejecutar las prestaciones a su cargo y a satisfacción de PETROPERU, en estricta observancia de las Bases Técnicas (Anexo N° 3) y demás consideraciones que se encuentran contempladas en las Bases Administrativas y el presente Contrato, así como mantener la calidad de las mismas durante la vigencia de éste.

5.2 Garantizar que la ejecución del servicio se realice con personal permanente durante la ejecución de los trabajos, los que deberán estar correctamente vestidos con la ropa de trabajo de acuerdo a las normas de seguridad exigidas por PETROPERU. Este personal deberá cumplir con el perfil que presentó EL CONTRATISTA en su propuesta técnica.

5.3 Cumplir con las disposiciones municipales y gubernamentales vigentes que normen el desarrollo del Servicio. Mantener en absoluta confidencialidad cualquier información o documentación que por razones del servicio pudiera llegar a conocimiento de su personal que se encuentra a cargo de la ejecución del trabajo, así como de toda información o documentación que le provea PETROPERU.

5.4 Provisionar fondos para realizar los pagos laborales mensuales, puntuales y sin dilación, de sus trabajadores a cargo de la ejecución del servicio; eximiendo de esta responsabilidad a PETROPERU.

5.5 Cumplir con el pago los beneficios laborales, previsionales y otros derivados de la relación laboral que mantiene EL CONTRATISTA con su personal contratado; así como el pago de seguros, tributos y demás obligaciones, de acuerdo al Régimen Laboral General del D.S. N° 003-9 7-TR y hacer entrega de las correspondientes Boletas de Pago a cada uno de los trabajadores.

5.6 Contratar para todo su personal a cargo de la ejecución del servicio, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), tanto la póliza para la cobertura de salud como la cobertura de invalidez y sepelio.

5.7 Mantener libro de planillas, y demás documentos exigidos en el numeral 17 de las Bases Integradas, durante la vigencia del contrato.

5.8 Garantizar que su personal observe correcta disciplina y prácticas de buena conducta en el desarrollo de sus actividades en la ejecución del Servicio, a fin de evitar conflictos internos de tipo personal y laboral, que vaya en desmedro del propio Servicio o de la buena imagen de la Entidad. PETROPERU, al se notificado de estas conductas, se reserva el derecho de pedir la separación de algún trabajador de EL CONTRATISTA por indisciplina y que no guarde la compostura adecuada o realice actos contra la moral o buenas costumbres.

5.9 Responder por cualquier daño que pudiera sufrir en su salud (accidente y/o enfermedad profesional) su personal que interviene en la ejecución del servicio; para lo cual, tiene que contar con los seguros pertinentes, quedando liberado PETROPERU de cualquier responsabilidad.

5.10 Asumir el cumplimiento de los dispositivos legales vigentes que regulan las actividades del servicio contratado y demás normas que le sean de su aplicación.

5.11 Estar impedido de asumir obligaciones pecuniarias, adquirir créditos o realizar adquisiciones a nombre de PETROPERU.

5.12 Dar las facilidades y acceso a uno ó más Supervisores de PETROPERU para que hagan la verificación de sus planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, para constatar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con su personal.

5.13 Conocer, y cumplir en lo que corresponda, las Condiciones Mínimas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, que se encuentran en el Adjunto N° 2 de la s Bases Integradas

5.14 Conocer, y cumplir en lo que corresponda, los Principios Básicos del Código de Integridad de PETROPERU S.A. que se encuentran en el Adjunto N° 3 de las Bases In tegradas

5.15 Conocer, y cumplir en lo que corresponda, la Política Corporativa de Seguridad de la Información de PETROPERU S.A. que se encuentra en el Adjunto N° 4 de las Bases Integradas.

Son Obligaciones de PETROPERU

5.16 El Administrador del Contrato gestionará ante la Unidad Seguridad Industrial y Protección Ambiental (USPA), los pases de los trabajadores presentados por EL CONTRATISTA que estarán a cargo de la ejecución del servicio y cuentan con el correspondiente Seguro Complementario de Riesgo, vigente, para que puedan ingresar a las instalaciones de PETROPERU.

5.17 Dar acceso a las instalaciones de la Refinería Talara, al personal de EL CONTRATISTA que estará a cargo de la ejecución del servicio y cuente con la debida autorización.

5.18 Proporcionar a EL CONTRATISTA la información pertinente relacionada con el objeto del Contrato.

5.19 Supervisar y exigir a EL CONTRATISTA y a su personal, que durante la ejecución del contrato se encuentre adecuadamente vestido con la ropa e implementos de trabajo, en buen estado para su uso, .

5.20 Exigir a EL CONTRATISTA dar estricto cumplimiento a las normas contenidas en el Manual 040, “Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU”, vigente, que le ha sido entregado por PETROPERU.

5.21 Exigir a EL CONTRATISTA dar cumplimiento a la “Condiciones Mínimas de Seguridad en el Trabajo y Protección ambiental establecidas en el Adjunto N° 2, de las Bases Integradas .

5.22 Dar la correspondiente autorización y oportunidad al intercambio, coordinación y diálogo entre el personal de PETROPERU y el personal de EL CONTRATISTA, para la realización de los trabajos del servicio contratado durante la ejecución del contrato.

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5.23 Aprobar las valorizaciones presentadas por EL CONTRATISTA, previa acreditación y presentación de constancia de no adeudar pago de remuneraciones alguna a sus trabajadores, así como presentar constancias de haber pagado/aportado a los regímenes previsionales (salud y pensiones) de su personal a cargo del servicio.

5.24 Cumplir, y hacer cumplir en lo que corresponda, los Principios Básicos del Código de Integridad de PETROPERU S.A. que se encuentran en el Adjunto N° 3 de las Bases Integradas

5.25 Cumplir, y hacer cumplir en lo que corresponda, la Política Corporativa de Seguridad de la Información de PETROPERU S.A. que se encuentra en el Adjunto N° 4 de las Bases Integradas.

CLAUSULA SEXTA – PAGOS LABORALES AL PERSONAL DE EL CONTRATIST A EL CONTRATISTA se obliga a realizar en forma mensual, el pago íntegro, de los sueldos, beneficios laborales, previsionales y demás beneficios sociales y laborales en general, sin excepción alguna, así como la entrega de las “boletas de pago”, mensuales, correspondientes a cada uno de los trabajadores que contrató para la ejecución de los trabajos para cumplir con el objeto del contrato, no responsabilizando a PETROPERU por ninguno de estos conceptos; para tal efecto, se obliga a provisionar los montos correspondiente s para realizar los pagos laborales mensuales, sin dilación; y sin condicionar esta obligación hasta que PETROPERU cumpla con pagar sus valorizaciones por la ejecución de los trabajos realizados, conforme ha sido establecido en el numeral 17 de las Bases Integradas. PETROPERU aprobará las valorizaciones presentadas por EL CONTRATISTA, previa acreditación y constancia de no adeudar pago de sueldos y de las obligaciones previsionales a su personal.

Si PETROPERU es requerido por la Autoridad Zonal de Trabajo para que EL CONTRATISTA realice pagos laborales a sus trabajadores, EL CONTRATISTA se comprometa a dar las facilidades el acceso a uno ó más Supervisores de PETROPERU SA para que hagan la verificación de las planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, para constatar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con su personal

CLAUSULA SEPTIMA – SEGUROS EL CONTRATISTA, previo a la ejecución del contrato y como requisito para realizar la Programación de su personal, deberá entregar a PETROPERU: • Póliza o Contrato del Seguro Complementario de Traba jo de Riesgo con las correspondientes coberturas de

salud y pensión de invalidez o sepelio, y copia de los comprobantes de pago de la póliza o aportes men suales que acrediten la vigencia de las coberturas , para salvaguardar los derechos del personal que deberá realizar la prestación a cargo de EL CONTRATISTA, de acuerdo a lo establecido en el numeral 22 de las Bases Integradas del Proceso de Contratación; y, en aplicación a lo dispuesto por el Artículo 19° de la Ley 26790, el Anexo N ° 05 y los Artículos 82°, 83° y 84° de su Reglamento, aprobado por el D.S. No.009-97-SA y modificado por el D.S. No.003-98-SA, en el que se señala que: Las Refinerías de Petróleo por estar consideradas como actividades de alto riesgo dentro del Código CIIU, deben exigir a los contratistas y subcontratistas que destacan a su personal a realizar trabajos en sus instalaciones la contratación de este seguro, del presente Proceso de Contratación.

CLAUSULA OCTAVA - ATENCION MÉDICA EL CONTRATISTA, deberá contar permanentemente y vigente, con la cobertura de salud derivada del Seguro Complementario de Riesgo, conforme a lo estipulado en la Cláusula Séptima del presente Contrato, para la atención médica de sus trabajadores cuando el caso lo requiriera.

Adicionalmente, debe asegurarse de tener a su alcance las facilidades que le permitan evacuar a su personal que requiera tratamiento médico de emergencia o especializado en caso de presentarse la contingencia; para este efecto, deberá hacer coordinaciones y mantener comunicación con las entidades prestadoras de salud o centros asistenciales con quienes tiene contratado dicha cobertura de salud.

PETROPERU no asumirá gasto alguno por la atención médica que requiera el personal de EL CONTRATISTA; sin embargo, se reserva el derecho de supervisar el caso a través de sus profesionales de la Salud de Operaciones Talara o a través de otros medios que estime por conveniente. EL CONTRATISTA deberá cumplir con las estipulaciones de la presente cláusula y con las recomendaciones que pudieran impartir los profesionales de la salud y por orden de ésta, en caso de presentarse una emergencia, urgencia en salud.

CLAUSULA NOVENA - GARANTIA. El CONTRATISTA entrega a PETROPERU como Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la Carta Fianza Nº……….. emitida por el Banco …………………………..., por US$. ...……….… Dólares Americanos, equivalente al 10% del monto contractual con vigencia hasta la conformidad la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA; la misma que tiene la calidad de solidaria, irrevocable, de carácter incondicional, de realización automática y sin beneficio de excusión, al solo requerimiento de PETROPERU. De extenderse el Contrato, la Carta Fianza será renovada en los mismos términos y monto. En caso EL CONTRATISTA sea una micro o pequeña empresa, podrá optar, que como garantía de fiel cumplimiento, PETROPERU retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato conforme a lo establecido en la Ley N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y sus modificatorias y complementarias. CLAUSULA DÉCIMA - NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AM BIENTAL. El CONTRATISTA está obligado a cumplir y hacer cumplir a su personal las “Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU” contenidas en el Manual 040, vigente, el cual forma parte de las Bases y que deberá considerar para su estructura de costos. Sin embargo el hecho de que PETROPERU le imparta indicaciones al respecto, no lo libera de la obligación de adoptar todas las medidas de seguridad y protección ambiental necesarias, que son de su exclusiva responsabilidad y cargo.

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El CONTRATISTA se obliga a respetar todos los dispositivos y normas l egales vigentes que norman la protección y conservación del medio ambiente ; por lo tanto, es responsable legal y económicamente si al ejecutar la prestación a su cargo afecte y contamine el medio ambiente y PETROPERU sea pasible de sanción con alguna multa. El pago de la multa en referencia será trasladado a EL CONTRATISTA . El hecho que PETROPERÚ le imparta instrucciones respecto a la Protección Ambiental, no exime al CONTRATISTA de su total responsabilidad en lo que se refiere a adoptar las medidas pertinentes para preservar el medio ambiente. Adicionalmente, de requerirse el uso de plásticos, papeles o cartones para la ejecución del servicio, estos deberán cumplir con lo indicado en el D.S. Nº 011-2010-MINAM artículo 4º numeral 4.1.5 a) y numeral 4.1.5 b), que establecen utilizar obligatoriamente plásticos, papeles, cartones con un porcentaje de material reciclado y bolsas de plástico biodegradables.

CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA - TRIBUTACION. EL CONTRATISTA asumirá, como de su exclusiva responsabilidad, el pago de todos los tributos creados o por crearse, que de acuerdo a Ley le corresponda pagar y que graven la prestación del servicio contratado.

CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA - INSPECCIONES. EL CONTRATISTA reconoce y acepta el derecho que tiene PETROPERU de estar presente en el lugar de ejecución de trabajos en cualquier momento e inspeccionar, examinar y aprobar los equipos, materiales y personal calificado, utilizados por EL CONTRATISTA, así como los procedimientos de trabajos realizados conforme al presente Contrato. EL CONTRATISTA dará a PETROPERU las facilidades y el acceso permanente al lugar de ejecución de los trabajos. PETROPERU tiene el derecho, de inspeccionar permanentemente la correcta ejecución del Servicio y el cumplimiento de todos los aspectos materia del contrato. Las recomendaciones dadas por PETROPERU serán materia de ejecución inmediata por parte de EL CONTRATISTA.

CLAUSULA DECIMO TERCERA - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. PETROPERU y EL CONTRATISTA, en concordancia con lo establecido en el Art. 1315° del Código civil, convienen en definir como caso fortuito o de fuerza mayor, aquellos actos o hechos que, afectando la normal ejecución del presente Contrato, estén fuera del control racional de las partes contratantes y que no pueden ser previstos, o que si previstos, no pueden ser evitados, siempre que tales hechos no acontezcan por negligencia de la parte que la invoca o de sus dependientes.

Con carácter enunciativo más no limitativo, se consideran casos fortuitos o de fuerza mayor los que deriven de acciones militares, invasiones, guerra civil, catástrofes naturales, etc.

De perdurar la situación de caso fortuito o fuerza mayor por un período mayor de tres (3) días continuos o diez (10) días acumulados, que hiciese aconsejable la resolución del presente Contrato, será de aplicación lo dispuesto por los artículos 1371º del Código Civil. En tal supuesto, deberá resolverse el contrato de mutuo acuerdo, para lo cual la parte perjudicada comunicará a la otra, mediante carta notarial.

CLAUSULA DECIMO CUARTA – PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR Y D E TRANSFERIR EL CONTRATISTA no subcontratará a otra empresa parte de las prestaciones a su cargo sin la correspondiente autorización expresa de PETROPERU. Eventualmente PETROPERÚ sólo podría autorizar la subcontratación de actividades especializadas distintas al objeto principal del presente servicio.

EL CONTRATISTA no podrá ceder ni transferir parcial o totalmente el presente Contrato sin la autorización previa y por escrito de PETROPERU.

CLAUSULA DECIMO QUINTA – CONTRATISTA INDEPENDIENTE. Las partes de mutuo acuerdo, dejan clara y expresa constancia que con la suscripción del presente contrato administrativo para la ejecución del SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA , no existe ninguna relación laboral entre PETROPERU y EL CONTRATISTA, ni entre PETROPERU y el personal de EL CONTRATISTA independiente y/o subcontratistas si los hubiera.

EL CONTRATISTA cumplirá fielmente con todas las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes, y suministrará los respectivos certificados de cumplimiento que dispongan tales leyes, reglamentos o disposiciones vigentes. EL CONTRATISTA conviene en liberar y eximir a PETROPERU de la responsabilidad en cuanto esté originada por la falta de cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes aplicables a él.

CLAUSULA – DECIMO SEXTA SOLUCION DE CONTROVERSIAS Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieren a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante conciliación y/o arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE y de acuerdo con su Reglamento. El procedimiento de solución de controversias se encuentra establecido en el Numeral 25 de las Bases Integradas del presente proceso de contratación.

CLAUSULA DECIMO SETIMA - RESOLUCION DEL CONTRATO. Cualquiera de las partes puede resolver el contrato por incumplimiento de la otra. Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor de quince (15) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato.

PETROPERU S.A., podrá resolver el Contrato cuando EL CONTRATISTA: • Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido

requerido para corregir tal situación. • Haya acumulado el monto máximo de la penalidad; y, • Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal

situación.

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Asimismo, es causal de resolución de contrato, el incumplimiento de las obligaciones socio-laborales de los trabajadores, así como el incumplimiento de la presentación de la Carta Fianza renovada y/o ampliada; en virtud de lo dispuesto por el numeral 10.11 Reglamento de Contrataciones de PETROPERU.

Podrá resolverse el contrato por mutuo acuerdo, cuando se encuentre plenamente acreditado la causal de caso fortuito o fuerza mayor establecida en la Cláusula Décimo Tercera del presente contrato.

CLAUSULA DECIMO OCTAVA - RECEPCION Y CONFORMIDAD DE LA PREST ACION Y EFECTOS La recepción y conformidad del Servicio estará a cargo de la Unidad Mantenimiento de Plantas – Superintendencia Mantenimiento; quien, conjuntamente con el contratista, suscribirán el “Acta de Recepción” correspondiente.

Para la recepción se seguirá el procedimiento establecido en el Numeral 26 de las Bases Integradas del presente proceso de contratación.

CLAUSULA DECIMO NOVENA – PENALIDAD POR MORA En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, PETROPERU aplicara al CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. La aplicación de la penalidad y el procedimiento, se encuentra establecidas en el Numeral 21 de las Bases Integradas. CLÁUSULA VIGÉSIMA - CUADERNO DE SERVICIO En la fecha de inicio del servicio, se abrirá el Cuaderno del Servicio, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el(los) Administrador(es) designado(s) por PETROPERÚ, y por el Administrador residente del CONTRATISTA. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Servicio. El Cuaderno de Servicio debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la Entidad, la otra a EL CONTRATISTA y la tercera al Administrador de PETROPERÚ. Concluida la ejecución del Servicio, el original quedará en poder de la Entidad. El Cuaderno de Servicio debe permanecer físicamente en el área donde se administra el contrato. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA - CAMBIO DOMICILIO LEGAL. Cualquiera de las partes, tendrá derecho a cambiar de domicilio. Sin embargo, para que este cambio tenga la validez legal para efectos del Contrato , la parte interesada deberá poner en conocimiento de la otra parte contratante mediante carta notarial dentro de los treinta días calendario de ocurrido el hecho; caso contrario, se tendrá por válido la dirección consignada en la parte introductoria del contrato, a donde se remitirán todas las notificaciones generadas durante la ejecución del Contrato.

Las partes convienen, que las notificaciones a cursarse entre ellas serán consideradas como válidamente dirigidas en la dirección consignada en la parte introductoria del presente contrato, y entregadas al destinatario con documento de cargo de recepción. Cualquiera de las partes contratantes podrá elevar este Contrato a Escritura Publica, corriendo los gastos que este origine a cargo de quien lo solicite. Las partes suscriben dos (2) ejemplares del presente contrato, correspondiendo, el primero a PETROPERÚ y el segundo al CONTRATISTA.

Se suscribe el presente contrato en la ciudad de Talara, a los…….. días del mes de……………………. del año……………

Por PETROPERU Por el CONTRATISTA

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ANEXO Nº 3

BASES TÉCNICAS

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ANEXO 3-A

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ANEXO Nº 3-B

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ANEXO Nº 3-C

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 61

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 62

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 63

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 64

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 65

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 66

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 67

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 69

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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PROCESO COMPETENCIA MAYOR Nº. CMA-0002-2011-OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CMA-0620065-2011-MTNT/OTL) 70

“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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ADJUNTO Nº 1

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ADJUNTO Nº 2

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“SERVICIO TRIANUAL DE ARENADO CONVENCIONAL Y PINTURA EN OPERACIONES TALARA”

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ADJUNTO Nº 3

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ADJUNTO Nº 4