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1 Modelo 100 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Agencia Tributaria

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    Modelo 100

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FSICAS

    Agencia Tributaria

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    PROGRAMA 1 MANEJO DEL PROGRAMA ................................................................................................... 1

    NOVEDADES DEL PADRE 2015 ............................................................................. 1 UTILIZACIN DEL PROGRAMA ........................................................................... 2 OPCIONES DEL MEN ............................................................................................ 5 APARTADOS QUE PERMITEN CUMPLIMENTACIN MLTIPLE ................. 10

    REQUISITOS MNIMOS ....................................................................................................... 11

    OBLIGACIN DE DECLARAR 12

    CUESTIONES GENERALES 14 IDEAS PREVIAS .................................................................................................................... 14

    CONTRIBUYENTES POR EL IRPF ....................................................................... 14 RENTAS EXENTAS DEL ARTCULO 7 DE LA LEY .......................................... 16 OTRAS RENTAS NO SOMETIDAS AL IMPUESTO ............................................ 22 PERIODO IMPOSITIVO Y DEVENGO DEL IMPUESTO (arts. 12 y 13 Ley) ...... 28

    TRIBUTACIN INDIVIDUAL O CONJUNTA .................................................................... 29 UNIDAD FAMILIAR (ART. 82 LEY) ..................................................................... 29 OPCIN POR LA TRIBUTACIN CONJUNTA (Art. 83 Ley) ............................. 29 NORMAS APLICABLES EN LA TRIBUTACIN CONJUNTA (ART. 84 LEY) .......................................................................................................................... 30

    DECLARACIN POR EL IRPF ............................................................................................. 31 FORMA DE PRESENTACIN DE LAS DECLARACIONES ............................... 31 PLAZO DE PRESENTACIN DE LAS DECLARACIONES ................................ 33 LUGAR DE PRESENTACIN E INGRESO .......................................................... 33 DESPLAZADOS EVENTUALES ............................................................................ 36 FRACCIONAMIENTO DEL PAGO ........................................................................ 37 PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA MEDIANTE DOMICILIACIN BANCARIA .............................................................................................................. 37 PAGO MEDIANTE ADEUDO EN CUENTA ......................................................... 38 PAGO EN EFECTIVO .............................................................................................. 38 FORMAS ESPECIALES DE PAGO (ESTARN DISPONIBLES A TRAVS DE INTERNET TAMBIN CON NMERO DE REFERENCIA) ......................... 39 DOCUMENTACIN QUE DEBE INCLUIRSE EN EL SOBRE ............................ 40 QUIN DEBE FIRMAR LA DECLARACIN ....................................................... 41 ETIQUETAS IDENTIFICATIVAS .......................................................................... 42

    PROCEDIMIENTO DE SUSPENSIN DEL INGRESO DE LA DEUDA TRIBUTARIA .. 42 SUSPENSIN PROVISIONAL DEL INGRESO (art. 97.6 Ley) ............................ 42 SOLICITUD DE SUSPENSIN DEL INGRESO .................................................... 44

    NORMATIVA ......................................................................................................................... 45 NORMATIVA ESTATAL ........................................................................................ 45 OTRAS NORMAS CITADAS .................................................................................. 46 NORMATIVA AUTONMICA .............................................................................. 46

    SERVICIOS DE AYUDA ....................................................................................................... 49

    CAPTURA DE DATOS 50 TIPO DE CAPTURA DE DATOS .......................................................................................... 50 CUMPLIMENTACIN DE DATOS DESDE LA DECLARACIN INDIVIDUAL DE CADA CONTRIBUYENTE .................................................................................................... 50

    DATOS PERSONALES Y FAMILIARES 51 DATOS PERSONALES ........................................................................................... 51 HIJOS Y OTROS DESCENDIENTES ..................................................................... 53 ASCENDIENTES MAYORES DE 65 AOS O DISCAPACITADOS ................... 60 COMUNIDAD AUTNOMA DE RESIDENCIA HABITUAL .............................. 62

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    INCORPORACIN DE DATOS FISCALES 65 INCORPORACIN DE DATOS FISCALES ......................................................................... 65 CLAVES .................................................................................................................................. 66

    CUMPLIMENTACIN IRPF 83 DATOS IDENTIFICATIVOS ................................................................................................. 83

    DATOS IDENTIFICATIVOS ................................................................................... 83 DATOS ADICIONALES DE LA VIVIENDA HABITUAL .................................... 87 ASIGNACIN TRIBUTARIA A LA IGLESIA CATLICA ................................. 89 ASIGNACIN DE CANTIDADES A ACTIVIDADES DE INTERS GENERAL CONSIDERADAS DE INTERS SOCIAL .......................................... 89 FECHA Y FIRMA .................................................................................................... 90

    RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL .................................................................. 90 RENDIMIENTOS NTEGROS (art. 17 Ley)............................................................ 90 RENTAS EN ESPECIE (art. 42 Ley) ....................................................................... 93 RENTAS ESTIMADAS Y OPERACIONES VINCULADAS ............................... 100 REDUCCIONES DEL RENDIMIENTO NTEGRO (art. 18 Ley) ........................ 101 RENDIMIENTO NETO DEL TRABAJO: GASTOS DEDUCIBLES (art. 19 Ley) ......................................................................................................................... 104 REDUCCIN POR OBTENCIN DE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO (art. 20 ley) ...................................................................................................................... 105 REDUCCIN POR MOVILIDAD GEOGRFICA (DT 6) ................................. 105 IMPUTACIN TEMPORAL. ................................................................................. 106 CUMPLIMENTACIN ......................................................................................... 107

    RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO................................................................. 116 INDIVIDUALIZACIN Y ATRIBUCIN DE LAS RENTAS ............................ 116 INGRESOS NTEGROS DEL CAPITAL MOBILIARIO (art. 21 Ley) ................. 116 RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO A INTEGRAR EN LA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO ...................................................................... 117 RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO A INTEGRAR EN LA BASE IMPONIBLE GENERAL ........................................................................................ 132

    RENDIMIENTOS DERIVADOS DE INMUEBLES ........................................................... 133 IMPUTACIN DE RENTAS INMOBILIARIAS. SUPUESTOS EN LOS QUE PROCEDE LA IMPUTACIN (art. 85 Ley) .......................................................... 133 INDIVIDUALIZACIN (art. 85.2 Ley) ................................................................. 134 RENTA IMPUTADA (art. 85.1 Ley) ...................................................................... 134 MUNICIPIOS CON VALOR CATASTRAL REVISADO 2005-2015 .................. 135 DERECHOS DE APROVECHAMIENTO POR TURNO DE BIENES INMUEBLES (art. 85.3 Ley) .................................................................................. 202 RENDIMIENTOS DE CAPITAL INMOBILIARIO .............................................. 202

    RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONMICAS .................................................... 213 CUESTIONES GENERALES ................................................................................ 213 RGIMEN DE ESTIMACIN DIRECTA. MODALIDAD NORMAL Y MODALIDAD SIMPLIFICADA ............................................................................ 220 RGIMEN DE ESTIMACIN OBJETIVA (EXCEPTO ACTIVIDADES AGRCOLAS, GANADERAS Y FORESTALES) ................................................. 243 ACTIVIDADES AGRCOLAS, GANADERAS Y FORESTALES EN ESTIMACIN OBJETIVA .................................................................................... 264

    REGMENES ESPECIALES ................................................................................................ 279 RGIMEN ESPECIAL DE ATRIBUCIN DE RENTAS ..................................... 279 IMPUTACIONES DE AGRUPACIONES DE INTERS ECONMICO Y UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS (art. 48 a 52 LIS) ............................ 283 IMPUTACIONES DE RENTAS POSITIVAS EN EL RGIMEN DE TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL ................................................ 285 IMPUTACIONES DE RENTAS POR CESIN DE DERECHOS DE IMAGEN . 289

    GANANCIAS Y PRDIDAS PATRIMONIALES .............................................................. 293 CONCEPTOS GENERALES.................................................................................. 293 REGLAS ESPECIALES DE CLCULO ............................................................... 305 TRANSMISIN DE ELEMENTOS PATRIMONIALES AFECTOS ................... 312

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    INSTITUCIONES DE INVERSIN COLECTIVA ............................................... 316 CUMPLIMENTACIN .......................................................................................... 319

    BASE IMPONIBLE GENERAL Y BASE IMPONIBLE DEL AHORRO ........................... 344 BASE IMPONIBLE GENERAL (art. 48 Ley) ........................................................ 344 COMPENSACIONES DE PARTIDAS NEGATIVAS EN LA BASE IMPONIBLE GENERAL ........................................................................................ 345 BASE IMPONIBLE DEL AHORRO (art. 49 Ley) ................................................. 346 COMPENSACIONES DE PARTIDAS NEGATIVAS EN LA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO ................................................................................. 347 REGLAS DE COMPENSACIN EN TRIBUTACIN CONJUNTA (art. 84.3 y 4 Ley) ...................................................................................................................... 348

    BASE LIQUIDABLE GENERAL Y BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO ...................... 348 REDUCCIN POR TRIBUTACIN CONJUNTA (art. 84.2 Ley) ....................... 348 REDUCCIONES POR APORTACIONES Y CONTRIBUCIONES A SISTEMAS DE PREVISIN SOCIAL. REGIMEN GENERAL ( Art. 51 Ley) .... 349 REDUCCIN ADICIONAL POR APORTACIONES A SISTEMAS DE PREVISIN SOCIAL DEL CNYUGE (art. 51.7 Ley) ........................................ 354 APORTACIONES A SISTEMAS DE PREVISIN SOCIAL CONSTITUIDOS A FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD ( ART. 53 y D.A. 10 Ley) . 358 RGIMEN ESPECIAL DE APORTACIONES A LA MUTUALIDAD DE PREVISIN SOCIAL DE DEPORTISTAS PROFESIONALES (D.A. 11 Ley) .. 360 REDUCCIONES POR APORTACIONES A PATRIMONIOS PROTEGIDOS DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS (art. 54 Ley) ...................................... 362 PENSIONES COMPENSATORIAS AL CNYUGE Y ANUALIDADES POR ALIMENTOS (art. 55 Ley) ..................................................................................... 364 DETERMINACIN DE LA BASE LIQUIDABLE GENERAL............................ 365 DETERMINACIN DE LA BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO ..................... 365

    ADECUACIN DEL IMPUESTO A LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES: MNIMO PERSONAL Y FAMILIAR ........................................................ 366

    MNIMO PERSONAL Y FAMILIAR (art. 56 Ley) ............................................... 366 MNIMO DEL CONTRIBUYENTE (art. 57 Ley) ................................................. 366 MNIMO POR DESCENDIENTES (art. 58 Ley) ................................................... 366 MNIMO POR ASCENDIENTES ( Art. 59 Ley ) .................................................. 369 MNIMO POR DISCAPACIDAD (Art.60 Ley ) .................................................... 369

    CUOTA NTEGRA ............................................................................................................... 371 GRAVAMEN DE LA BASE LIQUIDABLE GENERAL (arts. 63 y 74 Ley) ....... 371 RENTAS EXENTAS EXCEPTO PARA DETERMINAR EL TIPO DE GRAVAMEN .......................................................................................................... 377 ANUALIDADES POR ALIMENTOS A FAVOR DE LOS HIJOS (arts. 64 y 75 Ley) ......................................................................................................................... 378 GRAVAMEN DE LA BASE LIQUIDABLE DEL AHORRO (arts. 66 y 76) ....... 378

    DEDUCCIONES GENERALES DE LA CUOTA NTEGRA ............................................. 379 DEDUCCIN POR INVERSIN EN VIVIENDA HABITUAL .......................... 379 DEDUCCIN POR INVERSIONES EN EMPRESAS DE NUEVA O RECIENTE CREACIN ........................................................................................ 379 DEDUCCIN POR ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL ...................... 379 POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL, CANTIDADES PENDIENTES DE DEDUCCIN QUE SE APLICAN EN ESTE EJERCICIO .... 380 POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDA: CANTIDADES PENDIENTES DE DEDUCCIN QUE SE APLICAN EN ESTE EJERCICIO ............................. 380 DEDUCCIONES POR DONATIVOS Y OTRAS APORTACIONES ................... 380 OTRAS DEDUCCIONES GENERALES DE LA CUOTA NTEGRA ................. 381 DEDUCCIONES EN ACTIVIDADES ECONMICAS ........................................ 381 DEDUCCIN POR RENDIMIENTOS DERIVADOS DE LA PRODUCCIN DE BIENES CORPORALES EN CANARIAS (art. 26 Ley 19/94) ....................... 382 DEDUCCIN POR DOTACIONES A LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS (art. 27 Ley 19/1994, de 6 de julio) .............................................. 382

    DEDUCCIONES AUTONMICAS DE LA CUOTA .......................................................... 383 CUOTA LQUIDA Y CUOTA RESULTANTE DE LA AUTOLIQUIDACIN ................ 383

    CUOTA LQUIDA (arts. 67 y 77 Ley) ................................................................... 383

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    INCREMENTO DE LA CUOTA LQUIDA POR PRDIDA DEL DERECHO A DETERMINADAS DEDUCCIONES DE EJERCICIOS ANTERIORES (art. 59 Rgl.) .................................................................................................................... 383 DEDUCCIN POR DOBLE IMPOSICIN INTERNACIONAL (art. 80 Ley) .... 386 RETENCIONES Y DEMS PAGOS A CUENTA (art. 79 Ley) ........................... 388 DEDUCCIN POR MATERNIDAD (art. 81 Ley) ................................................ 389 DEDUCCIONES FAMILIARES ............................................................................ 391 DEDUCCIN POR DESCENDIENTES CON DISCAPACIDAD A CARGO (Art. 81 bis) ............................................................................................................. 391 DEDUCCIN POR ASCENDIENTES CON DISCAPACIDAD A CARGO (Art. 81 bis) ............................................................................................................. 394 DEDUCCIN POR FAMILIA NUMEROSA (Art. 81 bis) ................................... 396 DEDUCCIN POR ASCENDIENTE, SEPARADO LEGALMENTE O SIN VNCULO MATRIMONIAL CON DOS HIJOS SIN DERECHO A PERCIBIR ANUALIDADES POR ALIMENTOS (Art. 81 bis) ............................................... 398

    CUOTA DIFERENCIAL Y RESULTADO DE LA DECLARACIN ................................ 399 IMPORTE DEL IRPF 2015 QUE CORRESPONDE A LA COMUNIDAD AUTNOMA DE RESIDENCIA ................................................................................................................. 400 REGULARIZACIN DE DECLARACIONES ANTERIORES .......................................... 400

    DECLARACIN COMPLEMENTARIA: ERRORES U OMISIONES EN PERJUICIO DE LA HACIENDA PBLICA ......................................................... 400 ERRORES U OMISIONES EN PERJUICIO DEL CONTRIBUYENTE .............. 405

    CUMPLIMENTACIN IRPF. ANEXO A1 - A2 - A3. DEDUCCIONES GENERALES DE LA CUOTA 406

    DEDUCCIN POR INVERSIN EN VIVIENDA HABITUAL (RGIMEN TRANSITORIO) ................................................................................................................... 406

    ADQUISICIN O REHABILITACIN DE LA VIVIENDA HABITUAL (DT 18 LEY IRPF Y DT 12 REGLAMENTO) .............................................................. 406 CONSTRUCCIN O AMPLIACIN DE VIVIENDA HABITUAL ................... 410 --CUMPLIMENTACIN ....................................................................................... 412 OBRAS DE INSTALACIN O ADECUACIN DE LA VIVIENDA HABITUAL DE DISCAPACITADO ..................................................................... 412

    DEDUCCIN POR INVERSIONES EN EMPRESAS DE NUEVA O RECIENTE CREACIN (Apartado 1 art. 68 Ley 35/2006) ..................................................................... 414 DEDUCCIN POR ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL, (aplicable solo para contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad a 1 de enero de 2015, si la base imponible es inferior a 24.107,20 euros anuales.) (Art. 68.7 Ley) ........................................ 416 DEDUCCIONES POR DONATIVOS Y OTRAS APORTACIONES. ................................ 417

    APORTACIONES A ACTIVIDADES PRIORITARIAS DE MECENAZGO CON LMITE DEL 15 POR CIENTO DE LA BASE LIQUIDABLE (art. 68.3 Ley) ......................................................................................................................... 417 DONATIVOS CON LMITE DEL 10 POR 100 DE LA BASE LIQUIDABLE (art. 68.3 Ley) .......................................................................................................... 417 CUOTAS DE AFILIACIN Y APORTACIN A PARTIDOS POLTICOS, FEDERACIONES, COALICIONES O AGRUPACIONES ELECTORALES ...... 418

    DEDUCCIONES POR INVERSIONES Y GASTOS DE INTERS CULTURAL (art. 68.5 Ley) ................................................................................................................................ 419 DEDUCCIN POR RENTAS OBTENIDAS EN CEUTA O MELILLA ............................ 425 DEDUCCIN POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDA: CANTIDADES PENDIENTES DE DEDUCCIN ........................................................................................ 429 RGIMEN ESPECIAL DE LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS ........ 431

    DOTACIONES A LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS (art. 27 Ley 19/1994, de 6 de julio, redaccin R.D. Ley 12/2006) .................................. 431 .-CUMPLIMENTACIN ........................................................................................ 433

    DEDUCCIONES POR INCENTIVOS Y ESTMULOS A LA INVERSIN EMPRESARIAL (Art.68.2 Ley)........................................................................................... 436

    CONDICIONES Y REQUISITOS GENERALES DE APLICACIN .................. 436 I.RGIMEN GENERAL (arts. 35 a 44 TRLIS) ...................................................... 436

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    DEDUCCIN POR INVERSIN EN ELEMENTOS NUEVOS DEL INMOVILIZADO MATERIAL O INVERSIONES INMOBILIARIAS AFECTAS A ACTIVIDADES ECONMICAS .................................................... 454 II. RGIMEN ESPECIAL PARA INVERSIONES EN CANARIAS (art. 94 Ley 20/1991) .................................................................................................................. 456

    CUMPLIMENTACIN IRPF. ANEXO B1- B2- B3- B4- B5. DEDUCCIONES AUTONMICAS 461

    ANDALUCIA ....................................................................................................................... 461 PARA LOS BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS FAMILIARES (Art. 10 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre) .................................................................. 461 PARA LOS BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS A VIVIENDAS PROTEGIDAS (art. 5 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre) ......................... 463 POR INVERSIN EN VIVIENDA HABITUAL QUE TENGA LA CONSIDERACIN DE PROTEGIDA Y POR LAS PERSONAS JVENES (art. 6 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre) .................................................. 463 POR CANTIDADES INVERTIDAS EN EL ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL (art. 7 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre) ............................. 465 POR INVERSIN EN LA ADQUISICIN DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES COMO CONSECUENCIA DE ACUERDOS DE CONSTITUCIN DE SOCIEDADES O AMPLIACIN DE CAPITAL EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES ( art.15 bis D. Legislativo 1/2009) ............ 465 POR ADOPCIN DE HIJOS EN EL MBITO INTERNACIONAL (Art.11 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre) .................................................................. 467 PARA CONTRIBUYENTES CON DISCAPACIDAD (art.12 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre) ..................................................................................... 467 PARA PADRE O MADRE DE FAMILIA MONOPARENTAL Y, EN SU CASO, CON ASCENDIENTES MAYORES DE 75 AOS (art. 13 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre) .................................................................. 468 POR ASISTENCIA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD (art.14 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre) .................................................................. 468 POR AYUDA DOMSTICA (Art.15 D. Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre). ............................................................................................................. 469 PARA TRABAJADORES POR GASTOS DE DEFENSA JURDICA DE LA RELACIN LABORAL (Art. 15 ter. Decreto Legislativo 1/2009) ........................ 470 POR OBRAS EN VIVIENDA (cantidades satisfechas en el ejercicio 2012 pendientes de deduccin en los 4 aos siguientes por exceder en 2012 de la base anual mxima de deduccin) (Disposicin final undcima Ley 18/2011) ............... 470 PARA CONTRIBUYENTES CON CNYUGES O PAREJAS DE HECHO CON DISCAPACIDAD (Art. 12 bis Decreto Legislativo 1/2009) ......................... 471

    ARAGN .............................................................................................................................. 472 POR EL NACIMIENTO O ADOPCIN DEL TERCER HIJO O SUCESIVOS (art.110.2 y 110.3 R.D Leg.1/2005, modif. Ley 8/2007) ........................................ 472 EN ATENCIN AL GRADO DE DISCAPACIDAD DE ALGUNO DE LOS HIJOS ...................................................................................................................... 473 POR ADOPCIN INTERNACIONAL DE NIOS (art. 110.4 R.D.Leg.1/ 2005) 473 POR EL CUIDADO DE PERSONAS DEPENDIENTES (art. 110.5 R.D.Leg.1/2005) ...................................................................................................... 474 POR DONACIONES CON FINALIDAD ECOLGICA Y EN INVESTIGACIN Y DESARROLLO CIENTFICO Y TCNICO (art.110.6 R.D.Leg.1/2005) ...................................................................................................... 474 POR ADQUISICIN DE VIVIENDA HABITUAL POR VCTIMAS DEL TERRORISMO (Art.110.7 R.D.Leg.1/2005) .......................................................... 475 POR INVERSIN EN ACCIONES DE ENTIDADES QUE COTIZAN EN EL SEGMENTO DE EMPRESAS EN EXPANSIN DEL MERCADO ALTERNATIVO BURSTIL (Art.110.8 R.D.Leg.1/2005) .................................. 476 POR INVERSIN EN ADQUISICIN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES DE NUEVAS ENTIDADES O DE RECIENTE CREACIN. (Art. 10.3 Ley 3/2012) .................................................. 476

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    POR ADQUISICIN O REHABILITACIN DE VIVIENDA EN NCLEOS RURALES O ANLOGOS.(Art.10.4 Ley 3/2012) ................................................ 477 POR ADQUISICIN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR. (Art.110-11, RD Legislativo 1/2005 introducido por el art. 1.8 Ley 10/2012) ........ 478 POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL VINCULADO A DETERMINADAS OPERACIONES DE DACIN EN PAGO (Art. 110-12 RD Legislativo 1/2005 introducido por el Art.1.9 de la Ley 10/2012) .......................... 480 POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA SOCIAL (DEDUCCIN DEL ARRENDADOR) (art. 110-13 RD Legislativo 1/2005 introducido por el Art. 1.10 de la Ley 10/2012) ........................................................................................... 480 PARA MAYORES DE 70 AOS (Art. 110-14, RD Legislativo 1/2005 introducido por el art. 1-11 de la Ley 2/2014) ......................................................... 481 POR GASTOS EN PRIMAS INDIVIDUALES DE SEGUROS DE SALUD. (Art. 110-15, RD Legislativo 1/2005 introducido por el art. 1-12 de la Ley 2/2014) .................................................................................................................... 481 POR NACIMIENTO O ADOPCIN DEL PRIMER Y/O SEGUNDO HIJO EN POBLACIONES DE MENOS DE 10.000 HABITANTES. (Art. 110-16, RD Legislativo 1/2005 introducido por el art. 1-13 de la Ley 2/2014) .......................... 482 POR GASTOS DE GUARDERA EN HIJOS MENORES DE 3 AOS ............... 482 POR DETERMINADAS SUBVENCIONES Y/O AYUDAS OBTENIDAS A CONSECUENCIA DE LOS DAOS SUFRIDOS POR LAS INUNDACIONES ACAECIDAS EN LA CUENCA DEL RIO EBRO ................................................ 483

    PRINCIPADO DE ASTURIAS ............................................................................................. 484 POR ACOGIMIENTO NO REMUNERADO DE MAYORES DE 65 AOS (art. 3 Decreto Legislativo 2/2014) .......................................................................... 484 POR ADQUISICIN O ADECUACIN DE LA VIVIENDA HABITUAL PARA CONTRIBUYENTES CON DISCAPACIDAD (Art. 4 Decreto Legislativo 2/2014) .................................................................................................. 484 POR ADQUISICIN O ADECUACIN DE VIVIENDA HABITUAL PARA CONTRIBUYENTES CON LOS QUE CONVIVAN SUS CNYUGES, ASCENDIENTES O DESCENDIENTES CON DISCAPACIDAD (Art. 5 Decreto Legislativo 2/2014) .................................................................................... 485 POR INVERSIN EN VIVIENDA HABITUAL QUE TENGA LA CONSIDERACIN DE PROTEGIDA (Art. 6 Decreto Legislativo 2/2014) ......... 486 POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL (Art. 7 Decreto Legislativo 2/2014) .................................................................................................. 486 POR DONACIN DE FINCAS RSTICAS A FAVOR DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (Art. 8 Decreto Legislativo 2/2014) .............................................. 487 POR ADOPCIN INTERNACIONAL DE MENORES (Art. 9 Decreto Legislativo 2/2014) .................................................................................................. 487 POR PARTOS MLTIPLES O POR DOS O MS ADOPCIONES CONSTITUIDAS EN LA MISMA FECHA (Art. 10 Decreto Legislativo 2/2014) .................................................................................................................... 488 PARA FAMILIAS NUMEROSAS (Art. 11 Decreto Legislativo 2/2014) .............. 489 PARA FAMILIAS MONOPARENTALES (Art. 12 Decreto Legislativo 2/2014) . 489 POR ACOGIMIENTO FAMILIAR DE MENORES (Art. 13 Decreto Legislativo 2/2014) .................................................................................................................... 490 POR CERTIFICACIN DE LA GESTIN FORESTAL SOSTENIBLE (Art. 14 Decreto Legislativo 2/2014) .................................................................................... 491 POR GASTOS DE DESCENDIENTES EN CENTROS DE 0 A 3 AOS (Art. 14 bis Decreto Legislativo 2/2014) ......................................................................... 492

    ILLES BALEARS ................................................................................................................. 494 POR DETERMINADAS INVERSIONES DE MEJORA DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA VIVIENDA HABITUAL. (Art. 3 Decreto Legislativo 1/2014) .................................................................................................. 494 POR GASTOS DE ADQUISICIN DE LIBROS DE TEXTO (Art. 4 Decreto Legislativo 1/2014) .................................................................................................. 495 POR GASTOS DE APRENDIZAJE EXTRAESCOLAR DE IDIOMAS EXTRANJEROS (Art. 4 bis Decreto Legislativo 1/2014) ...................................... 496

  • 8

    POR DONACIONES A DETERMINADAS ENTIDADES DESTINADAS A LA INVESTIGACIN, EL DESARROLLO CIENTFICO O TECNOLGICO, O LA INNOVACIN. (Art. 5 Decreto Legislativo 1/2014) .................................. 497 POR DONACIONES, CESIONES DE USO O CONTRATOS DE COMODATO Y CONVENIOS DE COLABORACIN EMPRESARIAL. (Art. 5 bis Decreto Legislativo 1/2014) ........................................................................... 497 POR GASTOS EN PRIMAS DE SEGUROS INDIVIDUALES DE SALUD (Art. 6 Decreto Legislativo 1/2014) ........................................................................ 498 POR INVERSIN EN LA ADQUISICIN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES DE NUEVAS ENTIDADES O DE RECIENTE CREACIN. (Art. 7 Decreto Legislativo 1/2014) .............................. 499 POR DONACIONES A DETERMINADAS ENTIDADES QUE TENGAN POR OBJETO EL FOMENTO DE LA LENGUA CATALANA (Art. 5, quater Decreto Legislativo 1/2014) .................................................................................... 500 POR DONACIONES, CESIONES DE USO O CONTRATOS DE COMODATO Y CONVENIOS DE COLABORACIN, RELATIVOS AL MEZENAZGO DEPORTIVO. (Art. 5 ter Decreto Legislativo 1/2014) ................. 501 PARA DECLARANTES CON DISCAPACIDAD FSICA, PSQUICA O SENSORIAL O CON DESCENDIENTES CON ESTA CONDICIN. (Art. 6 Decreto Legislativo 1/2014) .................................................................................... 501

    CANARIAS ........................................................................................................................... 502 POR DONACIONES CON FINALIDAD ECOLGICA (art. 3 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril) .......................................................................................................... 502 POR DONACIONES PARA LA REHABILITACIN Y CONSERVACIN DEL PATRIMONIO HISTRICO DE CANARIAS (art. 4 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril)............................................................................................................... 503 POR CANTIDADES DESTINADAS POR SUS TITULARES A LA RESTAURACIN, REHABILITACIN O REPARACIN DE BIENES INMUEBLES DECLARADOS DE INTERS CULTURAL (art. 6 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril) ............................................................................................. 504 POR GASTOS DE ESTUDIOS (art. 7 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril, modif. Ley 13/2009) ........................................................................................................... 504 POR TRASLADAR LA RESIDENCIA HABITUAL A OTRA ISLA DEL ARCHIPILAGO PARA REALIZAR UNA ACTIVIDAD POR CUENTA AJENA O UNA ACTIVIDAD ECONMICA (art. 8 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril) ........................................................................................................................ 505 POR DONACIONES EN METLICO A DESCENDIENTES O ADOPTADOS MENORES DE 35 AOS PARA LA ADQUISICIN O REHABILITACIN DE SU PRIMERA VIVIENDA HABITUAL (art. 9 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril) ........................................................................................................................ 506 POR NACIMIENTO O ADOPCIN DE HIJOS (art. 10 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril) ................................................................................................................... 507 POR CONTRIBUYENTES CON DISCAPACIDAD Y MAYORES DE 65 AOS (art. 11 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril) ....................................................... 508 POR GASTOS DE GUARDERA (art. 12 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril)............ 509 POR FAMILIA NUMEROSA (Art. 13 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril) ................. 510 POR INVERSIN EN VIVIENDA HABITUAL (Art. 14 D. Leg. 1/2009, modif. Ley 11/2011) ........................................................................................................... 511 POR OBRAS DE ADECUACIN DE LA VIVIENDA HABITUAL POR RAZN DE DISCAPACIDAD (Art.14 ter D. Leg. 1/2009, de 21 de abril, modif. Ley 11/2011) ................................................................................................ 511 POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL (Art. 15 D. Leg. 1/2009, de 21 de abril) ................................................................................................................... 511 POR CONTRIBUYENTES DESEMPLEADOS (Art. 16 Bis D. Leg. 1/2009, de 21 de abril)............................................................................................................... 512 POR OBRAS DE REHABILITACIN O REFORMAS DE VIVIENDAS (CANTIDADES PENDIENTES DE DEDUCCIN POR EXCEDER DE LA BASE MXIMA ANUAL DE DEDUCCIN EN EL EJERCICIO 2012) (Art. 14 bis D. Leg. 1/2009, de 21 de abril, redacc. Ley 11/2011) ................................... 512

    CANTABRIA ........................................................................................................................ 514

  • 9

    POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL POR JVENES, MAYORES Y CON DISCAPACIDAD (Art. 2.1 D.Leg.C.A 62/2008) ................. 514 POR CUIDADO DE FAMILIARES (Art. 2.2 D.Leg. C.A 62/2008) ..................... 515 POR OBRAS DE MEJORA. IMPORTE GENERADO EN 2013 Y/O 2014 PENDIENTES DE APLICACIN. (ART. 2. Leg. CA 62/2008, redaccin dada por Art 9.1 Ley 10/2012) ......................................................................................... 516 POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDAS (Art. 2.3 DL 68/08) ....................... 516 POR DONATIVOS A FUNDACIONES O AL FONDO CANTABRIA COOPERA (Art. 2.4 D.Leg. C.A 62/2008) ............................................................. 517 POR ACOGIMIENTO FAMILIAR DE MENORES (Art.2.5 D.Leg. C.A 62/2008) .................................................................................................................. 518 POR INVERSIN EN LA ADQUISICIN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES DE NUEVAS ENTIDADES O DE RECIENTE CREACIN (ART. 9.1 LEY 10/2012) ............................................... 519 POR GASTOS DE ENFERMEDAD (Art. 3.7 DL 62/2008, introducido por art. 10.4.3 Ley 10/2013) ................................................................................................ 520

    CASTILLA - LA MANCHA ................................................................................................. 521 POR EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO, IMPORTE GENERADO EN 2012 (PENDIENTE DE APLICACIN) QUE SE APLICA EN ESTE EJERCICIO (Art. 7 bis Ley 9/2008) ............................................................................................ 521 POR NACIMIENTO O ADOPCIN DE HIJOS. (Art. 1 Ley 8/2013 de 21 de noviembre)............................................................................................................... 521 POR DISCAPACIDAD DEL CONTRIBUYENTE (Art. 4 Ley 8/2013 de 21 de noviembre)............................................................................................................... 522 POR DISCAPACIDAD DE ASCENDIENTES O DESCENDIENTES (Art. 5 Ley 8/2013 de 21 de noviembre) ............................................................................. 522 POR CONTRIBUYENTES MAYORES DE 75 AOS (Art. 6 Ley 8/2013 de 21 de noviembre) .......................................................................................................... 523 POR CUIDADO DE ASCENDIENTES MAYORES DE 75 AOS (Art. 6. Ley 8/2013 de 21 de noviembre) .................................................................................... 523 POR CANTIDADES DONADAS PARA LA COOPERACIN INTERNACIONAL AL DESARROLLO Y A LAS ENTIDADES PARA LA LUCHA CONTRA LA POBREZA, LA EXCLUSIN SOCIAL Y LA AYUDA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD. (Art. 10 Ley 8/2013 de 21 de noviembre)............................................................................................................... 524 POR FAMILIA NUMEROSA (Art. 2 Ley 8/2013 de 21 de noviembre) ................ 525 POR DONACIONES CON FINALIDAD EN INVESTIGACIN Y DESARROLLO CIENTFICO E INNOVACIN EMPRESARIAL. (Art. 11 Ley 8/2013 de 21 de noviembre) ............................................................................. 525 POR GASTOS EN LA ADQUISICIN DE LIBROS DE TEXTO Y EN LA ENSEANZA DE IDIOMAS (Art. 3 Ley 8/2013 de 21 de noviembre) ................ 526 POR ACOGIMIENTO FAMILIAR NO REMUNERADO DE MENORES. (Art. 7 Ley 8/2013 de 21 de noviembre) .......................................................................... 528 POR ACOGIMIENTO NO REMUNERADO DE MAYORES DE 65 AOS Y/O CON DISCAPACIDAD. (Art. 8 Ley 8/2013 de 21 de noviembre) ................. 528 POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL PARA CONTRIBUYENTES MENORES DE 36 AOS. (Art. 9 Ley 8/2013 de 21 de noviembre)............................................................................................................... 529

    CASTILLA Y LEN ............................................................................................................ 530 PARA CONTRIBUYENTES AFECTADOS POR DISCAPACIDAD (Art.6 decreto Legislativo CA 1/2013) .............................................................................. 530 POR LA ADQUISICIN DE VIVIENDAS POR JVENES EN NCLEOS RURALES (Art. 7 Decreto Legislativo CA 1/2013) ............................................... 531 POR CANTIDADES DONADAS A FUNDACIONES DE CASTILLA Y LEN Y PARA LA RECUPERACIN DEL PATRIMONIO HISTRICO, CULTURAL Y NATURAL (Art. 9 Decreto Legislativo CA 1/2013) .................... 533 POR CANTIDADES DONADAS PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIN, EL DESARROLLO Y LA INNOVACIN (Art. 9 Decreto Legislativo CA 1/2013) ........................................................................................... 534

  • 10

    POR CANTIDADES INVERTIDAS EN LA RECUPERACIN DEL PATRIMONIO HISTRICO, CULTURAL Y NATURAL (Art. 9 Decreto Legislativo CA 1/2013) ........................................................................................... 534 POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL PARA CONTRIBUYENTES MENORES DE 36 AOS (Art. 7.3 Decreto Legislativo CA 1/2013) .................... 535 POR INVERSIN EN INSTALACIONES MEDIOAMBIENTALES Y DE ADAPTACIN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN VIVIENDA HABITUAL (Art. 7.2 Decreto Legislativo CA 1/2013) .......................................... 536 POR ADQUISICIN DE VIVIENDA DE NUEVA CONSTRUCCIN PARA RESIDENCIA HABITUAL. (Disposicin Transitoria 5 D.L. 1/2008) .................. 537 DEDUCCIN PARA EL FOMENTO DE EMPRENDIMIENTO (Art. 8 Decreto Legislativo CA 1/2013, modificado por art. 1.2 Ley 11/2013) ............................... 538 PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO DE LOS JVENES Y DE LAS MUJERES Y DE AUTNOMOS CON ABANDONO DE LA ACTIVIDAD POR CAUSA DE LA CRISIS ECONMICA. IMPORTES PENDIENTES DE APLICACIN ......................................................................................................... 539 DEDUCCIONES. IMPORTE GENERADO EN 2012 2013 y 2014 PENDIENTE DE APLICACIN. ........................................................................... 540 POR FAMILIA NUMEROSA (Art. 3, Decreto Legislativo CA 1/2013)................ 540 POR NACIMIENTO O ADOPCIN DE HIJOS (Art. 4 Decreto Legislativo CA 1/2013) .................................................................................................................... 541 POR PARTOS MLTIPLES O ADOPCIONES SIMLTANEAS (Art. 4 bis Decreto Legislativo C.A 1/2013) ............................................................................. 543 POR PARTOS MLTIPLES O ADOPCIONES SIMULTNEAS PRODUCIDOS EN EL AO 2013 Y/O 2014. ....................................................... 545 POR CUIDADO DE HIJOS MENORES (Art. 5 Decreto Legislativo C.A 1/2013) .................................................................................................................... 545 POR PATERNIDAD (Art. 5.3 decreto Legislativo CA 1/2013) ............................. 547 POR GASTOS DE ADOPCIN (Art. 4.3 Decreto Legislativo CA 1/2013) .......... 547 POR CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR (Art. 5.2. bis Decreto Legislativo C.A 1/2013). ...................................................... 548

    CATALUA ......................................................................................................................... 551 POR NACIMIENTO O ADOPCIN DE UN HIJO (Art. 1 Ley C.A. 21/2001) .... 551 POR DONACIONES A ENTIDADES QUE FOMENTAN EL USO DE LA LENGUA CATALANA (art. 14 Ley C.A 21/2005, modif. Ley 16/2008) .............. 552 POR DONATIVOS A ENTIDADES QUE FOMENTEN LA INVESTIGACIN CIENTFICA Y EL DESARROLLO Y LA INNOVACIN TECNOLGICOS ( Art.14 Ley C.A 21/2005, modif. Ley 16/2008) ..................................................... 553 POR ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL (art.1.1 Ley C.A 31/2002 modificada por Ley 5/2007 de 4 de julio) ............................................................... 553 POR EL PAGO DE INTERESES DE PRSTAMOS PARA LOS ESTUDIOS DE MSTER Y DE DOCTORADO (art.1.3 Ley C.A 31/2002, de 30 de diciembre modificada por la Ley 7/2011)) .............................................................. 555 PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE QUEDEN VIUDOS (art.1 Ley C.A 7/2004) .................................................................................................................... 555 POR REHABILITACIN DE LA VIVIENDA HABITUAL (Art. 3 D. Ley C.A 1/2008 modificada por Ley 16/2008) ...................................................................... 555 POR DONACIONES A DETERMINADAS ENTIDADES EN BENEFICIO DEL MEDIO AMBIENTE, LA CONSERVACIN DEL PATRIMONIO NATURAL Y DE CUSTODIA DEL TERRITORIO (Art. 34 Ley C.A 16/2008) . 556 POR INVERSIN POR UN NGEL INVERSOR POR LA ADQUISICIN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES DE ENTIDADES NUEVAS O DE CREACIN RECIENTE (Art. 20 Ley C.A 26/2009 modificada por la Ley 7/2011 y por la Ley 2/2014 de 27 de enero) ............................................................ 556 POR INVERSIN EN ACCIONES DE ENTIDADES QUE COTIZAN EN EL SEGMENTO DE EMPRESAS EN EXPANSIN DEL MERCADO ALTERNATIVO BURSTIL (Art. 21 Ley C.A 26/2009 modificada por la Ley 7/2011) .................................................................................................................... 557

    EXTREMADURA ................................................................................................................. 558

  • 11

    POR ADQUISICIN O REHABILITACIN DE VIVIENDA HABITUAL PARA JVENES Y PARA VCTIMAS DEL TERRORISMO (Art. 8 Decreto Legislativo 1/2013) .................................................................................................. 558 POR TRABAJO DEPENDIENTE (Art. 4 Decreto Legislativo 1/2013) ................. 559 POR CUIDADO DE FAMILIARES CON DISCAPACIDAD (art.7 decreto Legislativo 1/2013) .................................................................................................. 560 POR ACOGIMIENTO DE MENORES (Art.6 Decreto Legislativo 1/2013) .......... 561 POR PARTOS MLTIPLES (Art. 5 Decreto Legislativo 1/2013) ......................... 562 POR COMPRA DE MATERIAL ESCOLAR (Art. 9 Decreto Legislativo 1/2013) .................................................................................................................... 562 POR INVERSIN EN LA ADQUISICIN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES COMO CONSECUENCIA DE ACUERDOS DE CONSTITUCIN O AMPLIACIN DE CAPITAL EN SOCIEDADES MERCANTILES. .................................................................................................... 563 POR GASTOS DE GUARDERA PARA HIJOS MENORES DE 4 AOS. (Introducido por Ley 2/2014) .................................................................................. 564 PARA CONTRIBUYENTES VIUDOS (Introducido por Ley 2/2014) .................. 564 POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL PARA CONTRIBUYENTES MENORES DE 36 AOS (Introducido por Ley 1/2015) ... 565 POR ADQUISICIN O REHABILITACIN DE SEGUNDA VIVIENDA EN EL MEDIO RURAL. (Introducido por Ley 1/2015) ............................................... 566

    GALICIA ............................................................................................................................... 567 POR NACIMIENTO O ADOPCIN DE HIJOS. (Art. 67.Dos Ley 11/2013) ....... 567 POR FAMILIA NUMEROSA (Art. 5.3 Decreto legislativo 1/2011) ..................... 568 POR CUIDADO DE HIJOS MENORES (Art. 5.5 Decreto legislativo 1/2011) ..... 569 POR CONTRIBUYENTES CON DISCAPACIDAD DE EDAD IGUAL O SUPERIOR A 65 AOS, QUE PRECISEN AYUDA DE TERCERAS PERSONAS (Art. 5.6 Decreto legislativo 1/2011 .................................................. 570 POR GASTOS DIRIGIDOS AL USO DE NUEVAS TECNOLOGAS EN LOS HOGARES GALLEGOS (Art. 5.8 Decreto legislativo 1/2011) ............................ 570 POR ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL (Art. 5.7 Decreto legislativo 1/2011) ................................................................................................... 571 POR ACOGIMIENTO FAMILIAR DE MENORES (Art. 5.4 Decreto legislativo 1/2011) ................................................................................................... 572 CREACIN POR INVERSIN EN LA ADQUISICIN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES EN ENTIDADES NUEVAS O DE RECIENTE CREACIN ........................................................................................ 572 POR INVERSIN EN LA ADQUISICIN DE ACCIONES O PARTICIPACIONES SOCIALES EN ENTIDADES NUEVAS O DE RECIENTE CREACIN Y SU FINANCIACIN (Art. 5.10 Decreto legislativo 1/2011) .................................................................................................................... 574 POR INVERSIN EN ACCIONES DE ENTIDADES QUE COTIZAN EN EL SEGMENTO DE EMPRESAS EN EXPANSIN DEL MERCADO ALTERNATIVO BURSATIL. (Art. 5.11 Decreto legislativo 1/2011) .................. 575 POR DONACIONES CON FINALIDAD EN INVESTIGACIN Y DESARROLLO CIENTFICO O INNOVACIN TECNOLGICA (Art. 5.12 decreto Legislativo 1/2011) ..................................................................................... 576 POR INVERSIN EN INSTALACIONES DE CLIMATIZACIN Y AGUA CALIENTE EN LA VIVIENDA HABITUAL, QUE EMPLEEN ENERGIAS RENOVABLES (Art. 5 13 Decreto Legislativo 1/2011) ........................................ 577

    COMUNIDAD DE MADRID ............................................................................................... 578 POR NACIMIENTO O ADOPCIN DE HIJOS (art. 4 Decreto Leg. C.A. 1/2010) .................................................................................................................... 578 POR ADOPCIN INTERNACIONAL DE NIOS (art. 5 Decreto Leg. C.A 1/2010) .................................................................................................................... 579 POR ACOGIMIENTO FAMILIAR DE MENORES (art. 6 Decreto Leg. C.A. 1/2010) .................................................................................................................... 579 POR ACOGIMIENTO NO REMUNERADO DE PERSONAS MAYORES DE 65 AOS Y/O CON DISCAPACIDAD (art. 7 Decreto Leg. C.A. 1/2010) ........... 580

  • 12

    POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL POR MENORES DE 35 AOS. (art. 8 Decreto Leg. C.A 1/2010) ........................................................... 581 POR GASTOS EDUCATIVOS (Art.11 Decreto Leg. C.A 1/2010) ....................... 581 PARA FAMILIAS CON DOS O MS DESCENDIENTES E INGRESOS REDUCIDOS (Art.14 Decreto Leg C.A 1/2010) .................................................... 583 POR INVERSIN EN LA ADQUISICIN DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES DE NUEVAS ENTIDADES O DE RECIENTE CREACIN (Art.15 Decreto Leg. C.A 1/2010). ................................ 584 PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO DE JVENES MENORES DE TREINTA Y CINCO AOS (Art.16 Decreto Leg. C.A 1/2010) ............................ 585 POR INVERSIONES REALIZADAS EN ENTIDADES COTIZADAS EN EL MERCADO ALTERNATIVO BURSTIL (Art. 17 Decreto Leg. C.A 1/2010).... 585

    REGIN DE MURCIA ......................................................................................................... 586 POR INVERSIN EN VIVIENDA HABITUAL POR JVENES DE EDAD IGUAL O INFERIOR A 35 AOS (INCLUIDO EL RGIMEN TRANSITORIO) (art. 1. uno D. Leg. 1/2010) ........................................................ 586 POR DONATIVOS PARA LA PROTECCIN DEL PATRIMONIO HISTRICO DE LA REGIN DE MURCIA (art. 1.dos D.Leg. C.A. 1/2010) ..... 588 POR GASTOS DE GUARDERA PARA HIJOS MENORES DE 3 AOS (art. 1.tres D.Leg. C.A 1/2010) ...................................................................................... 588 POR INVERSIN EN INSTALACIONES DE RECURSOS ENERGTICOS RENOVABLES (Art.1 cinco D.Leg. C.A 1/2010) .................................................. 589 POR INVERSIONES EN DISPOSITIVOS DOMSTICOS DE AHORRO DE AGUA (art.1.cuatro D.Leg. C.A 1/2010) ............................................................... 590 POR INVERSIN EN LA ADQUISICIN DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES DE NUEVAS ENTIDADES O DE RECIENTE CREACIN ........................................................................................ 591 POR INVERSIONES REALIZADAS EN ENTIDADES COTIZADAS EN EL MERCADO ALTERNATIVO BURSATIL ............................................................ 592

    LA RIOJA .............................................................................................................................. 593 POR EL NACIMIENTO Y ADOPCIN DEL SEGUNDO O ULTERIOR HIJO (art. 2.a Ley C.A. 7/2014) ........................................................................................ 593 POR INVERSIN EN ADQUISICIN DE VIVIENDA HABITUAL PARA JVENES (art.2. c) Ley C.A. 7/2014) .................................................................... 594 POR ADQUISICIN O REHABILITACIN DE SEGUNDA VIVIENDA EN MEDIO RURAL (art.2.d) Ley C.A. 7/2014) ........................................................... 595 POR INVERSIN EN REHABILITACIN DE LA VIVIENDA HABITUAL (Art.2 b) Ley C.A 7/2014) ....................................................................................... 596

    COMUNITAT VALENCIANA ............................................................................................ 601 POR NACIMIENTO, ADOPCIN O ACOGIMIENTO FAMILIAR (art.4.uno.a) Ley C.A 13/97) ................................................................................... 601 POR NACIMIENTO O ADOPCIN MLTIPLES (art. 4.uno.b) Ley C.A 13/97) ...................................................................................................................... 603 POR NACIMIENTO O ADOPCIN DE HIJOS CON DISCAPACIDAD (art. 4.uno.c) Ley C.A 13/97) .......................................................................................... 603 POR FAMILIA NUMEROSA (Art.4.uno.d Ley C.A. 13/97) ................................. 605 POR LAS CANTIDADES DESTINADAS A LA CUSTODIA NO OCASIONAL EN GUARDERIAS Y CENTROS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIN INFANTIL DE HIJOS O ACOGIDOS PERMANENTES MENORES DE TRES AOS (art. 4.uno e) Ley C.A 13/1997) .............................. 607 POR CONCILIACIN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR (Art.4 Uno f) Ley C.A 13/97) ............................................................................................ 608 PARA CONTRIBUYENTES CON UN GRADO DE DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33 POR CIENTO, DE EDAD IGUAL O SUPERIOR A 65 AOS. (art.4.uno.g) Ley C.A. 13/97) ..................................................................... 610 POR ASCENDIENTES MAYORES DE 75 AOS O MAYORES DE 65 QUE SEAN PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Art. 4.uno h) Ley C.A 13/97, redacc. Ley C.A. 13/97) .......................................................................................... 610

  • 13

    POR LA REALIZACIN POR UNO DE LOS CNYUGES DE LA UNIDAD FAMILIAR DE LABORES NO REMUNERADAS EN EL HOGAR (art.4.uno.i) Ley C.A. 13/97) ................................................................................... 612 POR PRIMERA ADQUISICIN DE SU VIVIENDA HABITUAL POR CONTRIBUYENTES DE EDAD IGUAL O INFERIOR A 35 AOS. (art.4.uno.k) Ley C.A. 13/97) .................................................................................. 613 POR ADQUISICIN DE VIVIENDA HABITUAL POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD (art.4.uno.l) Ley C.A 13/97). .................................................... 614 POR CANTIDADES DESTINADAS A LA ADQUISICIN O REHABILITACIN DE VIVIENDA HABITUAL PROCEDENTES DE AYUDAS PBLICAS. (art.4.uno.m) Ley C.A. 13/97) .......................................... 615 POR ARRENDAMIENTO DE UNA VIVIENDA POR ACTIVIDADES EN DISTINTO MUNICIPIO. (art.4.uno.) Ley C.A 13/97) ......................................... 615 POR ARRENDAMIENTO DE LA VIVIENDA HABITUAL (art. 4.uno.n) Ley C.A. 13/97) .............................................................................................................. 617 POR CANTIDADES DESTINADAS A INVERSIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE FUENTES DE ENERGA RENOVABLES EN LA VIVIENDA HABITUAL (Art.4.uno o) Ley C.A 13/97) ........................................ 619 POR DONACIONES CON FINALIDAD ECOLGICA (art.4.uno.p) Ley C.A. 13/97) ...................................................................................................................... 620 POR DONACIONES DE BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO (art.4.uno.q.1) Ley C.A. 13/97) .............................. 621 POR CANTIDADES DONADAS PARA LA CONSERVACIN, REPARACIN O RESTAURACIN DE BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO (art.4.uno.q.2) Ley C.A. 13/97) .... 622 POR CANTIDADES DESTINADAS POR SUS TITULARES A LA CONSERVACIN, REPARACIN Y RESTAURACIN BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO (art.4.uno.q.3) Ley C.A. 13/97) ............................................................................... 623 POR DONACIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA LENGUA VALENCIANA (art.4.uno.r) Ley C.A. 13/97) ........................................................ 624 POR CONTRIBUYENTES CON DOS O MS DESCENDIENTES (Art.4. Uno t) Ley C.A 13/97) .................................................................................................... 625 POR CANTIDADES PROCEDENTES DE AYUDAS PBLICAS CONCEDIDAS POR LA GENERALITAT EN EL MARCO DE LO DISPUESTO EN LA LEY 6/2009 DE 30 DE JUNIO, DE LA GENERALITAT DE PROTECCIN A LA MATERNIDAD (Art. 4 Uno u) Ley C.A 13/1997) ...... 625 POR ADQUISICIN DE MATERIAL ESCOLAR (Art.4 Uno v) Ley C.A. 13/1997) .................................................................................................................. 626 POR OBRAS DE CONSERVACIN Y MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL............................................................................................................. 627 POR DONACIONES DE IMPORTES DINERARIOS RELATIVOS A OTROS FINES CULTURALES (Art.4.1.s Ley 13/1997) .................................................... 628

  • 1

    PROGRAMA

    MANEJO DEL PROGRAMA

    NOVEDADES DEL PADRE 2015

    El Programa de Ayuda a la Declaracin de Renta (PADRE) 2015 ha sido desarrollado completamente en java para posibilitar su utilizacin en todos aquellos entornos operativos que dispongan de la correspondiente Mquina Virtual Java (JVM).

    La adopcin de esta medida se debe a dos razones fundamentales. En primer lugar a las obligaciones impuestas por la normativa legal (deberes de las administraciones pblicas con los ciudadanos, establecidos en la Ley 11/2007, de acceso electrnico de los ciudadanos a los servicios pblicos), pero tambin como respuesta a las solicitudes recibidas por parte de colectivos cada vez ms numerosos de usuarios de ordenadores equipados con sistemas operativos diferentes a los dominantes en el mercado.

    El nuevo diseo constructivo del programa ha permitido acometer algunas modificaciones que venan siendo solicitadas por los usuarios o inducidas por los avances tecnolgicos experimentados en los ltimos aos. Algunas de las ideas principales han consistido, en todo caso, en incrementar la usabilidad y accesibilidad del programa.

    As, se han realizado cambios de tipo procedimental, como el que supone la nueva filosofa de captura de datos sobre cada una de las declaraciones individuales de la unidad familiar (declarante, cnyuge y hasta 4 posibles hijos con rentas) en vez de realizar la cumplimentacin sobre la declaracin correspondiente a la unidad familiar.

    Como resumen de las novedades principales:

    - La cumplimentacin de los datos personales y familiares se realizar introduciendo los datos correspondientes no slo al contribuyente sino tambin, en su caso, al cnyuge, descendientes y ascendientes.

    - Las pantallas de recogida de datos que muestra el programa se corresponden, prcticamente en su totalidad, con los apartados (conceptos tributarios) contenidos en el modelo oficial de declaracin del IRPF (modelo D-100) publicado en el BOE, eliminando la presentacin de las pginas completas del modelo.

    - Con carcter general, la captura de los datos econmicos y dems necesarios para

    confeccionar la declaracin se realizar necesariamente desde modalidad de declaracin individual de cada contribuyente. No obstante, si desea optar por la declaracin conjunta de su unidad familiar, el programa generar la declaracin conjunta a partir de los datos introducidos en las declaraciones individuales.

    - En la captura de los datos econmicos, cuando existan rentas comunes a ambos cnyuges, cada uno de ellos deber reflejar la parte de la misma que le corresponde.

  • 2

    - En el procedimiento de descarga e incorporacin de datos fiscales desde el sistema de datos de la Agencia Tributaria se ha incluido, entre otros cambios, la descarga de los datos identificativos y personales (datos no econmicos). La nica condicin es haber presentado declaracin del IRPF en el ejercicio 2014.

    Otras novedades son:

    - Ayuda a la navegacin en formato texto (lista de conceptos tributarios) o imgenes de las pginas del modelo con los apartados realzados.

    - Posibilidad de seleccionar el estilo de presentacin (look&feel) de los paneles.

    - Posibilidad de modificar la gama de colores de fondo que usa el programa.

    - Configuracin del visor de archivos PDF

    UTILIZACIN DEL PROGRAMA

    El Programa de Ayuda a la Declaracin de Renta para Renta 2015, es un producto informtico elaborado por la Agencia Tributaria para facilitar la confeccin de la declaracin del IRPF a aquellos contribuyentes que lo deseen.

    ALMACENAMIENTO de los datos para su posterior revisin (mximo 50 declaraciones).

    EXPORTACIN / IMPORTACIN de declaraciones del ejercicio 2015 para permitir el intercambio de declaraciones entre ordenadores personales.

    RESUMEN de los resultados de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta segn el tipo de tributacin: INDIVIDUAL o CONJUNTA.

    GENERACIN de un fichero con la informacin necesaria para presentar su declaracin por va telemtica mediante la opcin contemplada para este fin en la pgina WEB de la Agencia Tributaria (http://www.agenciatributaria.es).

    DESCARGA de un fichero con los datos fiscales y personales (stos ltimos exclusivamente para contribuyentes que hayan presentado declaracin del IRPF 2014), generado a partir de la informacin que la AEAT posee del contribuyente. Estos datos podrn ser incorporados directamente a su declaracin. La descarga del fichero puede realizarse de dos formas: - Por medio de una conexin con internet y la existencia de un certificado de firma

    electrnica admitido por la AEAT (por ejemplo, el expedido por la FNMT)

    - Por medio de una conexin con internet y la inclusin del nmero de referencia de alguno de los productos fiscales expedidos por la AEAT para el ejercicio 2015 (por ejemplo, el borrador o los datos fiscales recibidos por correo).

    EL PROGRAMA NO CONTEMPLA EL SIGUIENTE SUPUESTO:

    Aplicacin de MDULOS REDUCIDOS de Actividades Empresariales en Estimacin Objetiva por Signos, ndices o Mdulos, en virtud de Autorizacin Administrativa.

  • 3

    ALTA Y CUMPLIMENTACIN DE DECLARACIONES

    El programa de ayuda posibilita la cumplimentacin de la declaracin correspondiente al IRPF (Modelo PADRE).

    Al tratar de crear una nueva declaracin se presentar un ndice con las existentes.

    Para dar de alta una declaracin deber asignarse un nombre y pulsar el botn etiquetado como "Nueva Declaracin". Para la cumplimentacin se podr elegir entre "Incorporar datos fiscales y personales", "Cumplimentar incorporando datos personales Renta 2014 o Cumplimentar sin incorporar datos personales Renta 2014".

    Si lo que se desea es revisar una de las declaraciones ya creadas, deber seleccionarla en la lista y pulsar a continuacin el botn etiquetado como "Abrir Declaracin".

    El botn etiquetado como "Duplicar" permite crear una copia de la declaracin.

    El botn etiquetado como "Renombrar" permite modificar el nombre de la declaracin.

    El botn etiquetado como "Borrar" permite eliminar el nombre de la declaracin.

    Las opciones/botones Exportar" e Importar" facilitan el intercambio de declaraciones de Renta entre distintos ordenadores personales. Para ello en el ordenador de origen" se deben Exportar las declaraciones oportunas, y posteriormente importarlas en el ordenador de destino". En ambos ordenadores debe estar instalado el Programa PADRE 2015, no siendo compatibles estas opciones con el Programa para Entidades Colaboradoras.

    El programa de ayuda ha sido diseado conforme a los criterios ms extendidos de usabilidad y accesibilidad, procurando que sea posible utilizarlo por usuarios NO informticos. Para ello, se incluye una ayuda (Ver Manejo del programa"), una sencilla barra de herramientas formada por iconos grficos autoexplicativos (apuntando con el ratn durante unos segundos, se muestra un texto descriptivo de la accin asociada al icono), y una entrada de datos sobre paneles que representan los conceptos tributarios recogidos en los apartados del modelo oficial.

    El programa nicamente solicita la cumplimentacin de las casillas de datos imprescindibles, calculando las acumulativas y resultantes de forma inmediata.

    Algunos de los datos econmicos se consignan tecleando directamente su importe. En otros, se facilita su cumplimentacin desglosando el dato en sus posibles componentes. Al acceder a alguno de estos datos se presentar, en la parte derecha de la casilla, un icono representando una ventana. Pulsando con el ratn en dicho icono o mediante la pulsacin de cualquier carcter en el campo en s, aparecer la ventana correspondiente para proceder a la cumplimentacin de datos.

    Los datos que se encuentran codificados o tabulados contarn para su introduccin con la ayuda de una lista desplegable. Al acceder a estos campos, en su parte derecha, aparecer el

    icono tpico ( ) para estas listas.

    La lista se podr desplegar mediante una pulsacin de ratn en su icono.

    Se facilita tambin la posibilidad de rellenar rpidamente la informacin pulsando la tecla correspondiente al primer carcter del valor deseado.

    En las listas aparecer siempre un elemento que permite borrar la informacin introducida con anterioridad.

  • 4

    Si Vd. tiene dudas acerca de la naturaleza del dato que va a cumplimentar o desea consultar la informacin fiscal asociada al mismo, pulse F1 y aparecern en pantalla los textos de ayuda asociados. Una vez finalizada una consulta, cierre la Ayuda para volver a la pantalla de cumplimentacin.

    MUY IMPORTANTE. En caso de unidades familiares, la captura de datos y el clculo de las casillas resultantes se realizar para cada una de las declaraciones individuales de los distintos miembros de la unidad familiar, aplicndose las reducciones y lmites correspondientes. El programa generar automticamente la liquidacin correspondiente a la declaracin conjunta de la unidad familiar, que puede consultar mediante la opcin Modalidad del panel identificativo, situado debajo de la barra de herramientas y sobre el panel principal de recogida/consulta de datos, o bien visualizar el resumen de resultados, donde aparece la cuota resultante para cada una de las declaraciones (Men Ver Resumen de Resultados o el icono correspondiente en la barra de herramientas).

    TECLAS ESPECIALES:

    F1 Pulsando esta tecla en las casillas de datos, aparece en sobreimpresin un texto de ayuda conteniendo informacin fiscal relativa a la casilla que se est cumplimentando

    Tecla "Suprimir" Permite eliminar el contenido de un campo

    Botn derecho del ratn. Presenta distintas opciones de men de frecuente utilizacin.

    DATOS PERSONALES Y FAMILIARES

    Previamente a la cumplimentacin de la declaracin deber de seleccionar el tipo de captura de datos que desea realizar.

    Deber marcar necesariamente una "X" en cualquiera de los siguientes supuestos:

    - Contribuyentes fallecidos en el ao 2015, en un da distinto al 31 de diciembre. - Contribuyentes cuyo cnyuge es no residente y no contribuyente del IRPF.

    Tambin podr marcar una "X" si desea introducir nicamente sus propios datos econmicos sin incluir los del resto de la unidad familiar. En este caso, el programa no realizar clculos sobre cul de las modalidades de tributacin (individual o conjunta) es ms favorable, ni admitir la posibilidad de solicitar la suspensin del ingreso de la deuda tributaria, en una cuanta igual o inferior a la devolucin a la que tenga derecho su cnyuge por este impuesto. Si no opta por esta opcin pulse exclusivamente "Aceptar". La cumplimentacin de los datos personales y familiares se realiza sobre un asistente que consta de cuatro pasos (o pestaas) para cumplimentar los datos que correspondan:

    Datos personales y familiares

    Hijos y otros descendientes

    Ascendientes mayores de 65 aos o discapacitados

    Comunidad Autnoma de residencia habitual

  • 5

    La pantalla de datos personales contiene campos que determinan si la declaracin corresponde a una Unidad Familiar o a un declarante individual. Estos campos son: Estado Civil (a 31-12-2015) Tiene hijos menores de edad o incapacitados judicialmente Dependiendo de los datos consignados en los referidos campos, el programa considerar que se trata de un contribuyente individual o de una unidad familiar. Estos datos no podrn modificarse posteriormente. Si desea hacer algn cambio se deber generar una nueva declaracin. Una vez cumplimentados estos datos desaparece esta pantalla. Se puede acceder a ella en el men Ver Datos personales, o pulsando el icono correspondiente de la barra de herramientas.

    RESUMEN DE DECLARACIONES

    Si la declaracin corresponde a una unidad familiar en la que obtienen ingresos varios de sus miembros, o si se trata de un declarante individual y simplemente desea consultar el resultado de su declaracin, puede utilizar esta opcin que se encuentra en el men Ver Resumen de resultados o pulsando el botn correspondiente de la barra de herramientas. Se presenta un resumen del resultado de la declaracin comparando entre los dos tipos de declaraciones a elegir: conjunta de la unidad familiar o individual de cada uno de sus miembros y pudiendo comprobar por tanto cul es la ms favorable.

    ERRORES Y AVISOS PENDIENTES

    Podr realizarse una comprobacin del estado de la declaracin en el men Herramientas Errores y avisos pendientes o pulsando el icono correspondiente de la barra de herramientas

    que nos presentar igualmente una lista con los avisos y errores encontrados

    Si durante esta revisin se encontrara algn tipo de error, no se permitir la generacin del fichero para presentacin telemtica).

    Haciendo una doble pulsacin de ratn sobre el error o aviso deseado, el cursor se posicionar sobre el campo que produce el error para poder revisar los datos introducidos.

    Si no se presenta ningn error en la lista, podr realizar la presentacin, no obstante es conveniente que revise los avisos que se le presentan.

    OPCIONES DEL MEN

    Para facilitar el uso de la aplicacin, se dispone en todo momento de una lista de opciones en la parte superior de la ventana que permite la realizacin de distintas acciones.

    Esta lista de opciones, en adelante men del sistema, presenta distintas alternativas dependiendo del lugar del programa en el que se encuentre.

  • 6

    Men Archivo Esta opcin posibilita la realizacin de actividades relacionadas con la creacin, edicin o impresin de las declaraciones.

    Nueva Declaracin Es la opcin a utilizar para crear una nueva declaracin.

    Abrir Se abandona la declaracin actual para abrir una nueva. El programa preguntar si desea guardar la declaracin actual si no hubiera sido guardada o si se hubieran realizado modificaciones.

    Declaraciones recientes Muestra una lista con el nombre de las ltimas declaraciones abiertas (hasta 5).

    Eliminar Borra la declaracin seleccionada.

    Cerrar Cerrar la declaracin actual.

    Importar declaracin Permite incorporar a la base de datos de Renta 2015 declaraciones almacenadas en ficheros con extensin.ren previamente exportadas.

    Esta opcin slo est disponible desde la ventana principal del programa. Se debe cerrar cualquier declaracin abierta y situarse en la ventana "ndice de Declaraciones."

    Exportar declaracin Permite extraer de la base de datos de Renta 2015 una o varias declaraciones para almacenarlas en ficheros con extensin .ren

    Esta opcin slo est disponible desde la ventana principal del programa. Se debe cerrar cualquier declaracin abierta y situarse en la ventana "ndice de Declaraciones."

    Duplicar Realizar una copia de la declaracin seleccionada.

    Renombrar Cambiar el nombre de la declaracin seleccionada.

    Guardar Guarda la declaracin actual.

    Vista previa Presenta un resumen de la declaracin seleccionada aunque no se hayan cumplimentado los datos obligatorios de la declaracin.

    Si desea imprimir varias declaraciones de una misma Unidad Famililar, deber seleccionar previamente cada una de ellas en la opcin Modalidad.

    La copia impresa resultante es slo un borrador de la declaracin y no puede utilizarse para su presentacin.

    Configurar Visor PDF

  • 7

    Presenta una ventana que le permite seleccionar un programa de tratamiento de ficheros PDF Adobe. Si selecciona alguno, Renta 2015 lo utilizar automticamente al generar el fichero.

    Presentacin Telemtica Permite generar un fichero, con la informacin de la declaracin actual, en el formato necesario para su presentacin va Internet.

    En un procedimiento posterior podr transmitir dicho fichero a la sede de la A.E.A.T., siempre que disponga de acceso a Internet (direccin web http://www.aeat.es), utilizando para ello la opcin contemplada a tal efecto en dicha pgina web.

    Introduccin Presenta la pantalla de introduccin del programa.

    Salir Cierra la declaracin actual y sale de la aplicacin previo aviso en el caso de que se hubiesen modificado datos de la declaracin.

    Men Editar La seleccin de esta opcin despliega un submen con opciones para facilitar la edicin de la informacin.

    Cortar, Copiar, Pegar Facilitan la posibilidad estndar de manipulacin de datos para copiarlos o moverlos de un concepto a otro de tipo similar. Preferencias Idioma Permite seleccionar el idioma que desee de entre los disponibles. Apariencia Esta opcin le muestra los perfiles grficos (LookAndFeel) instalados en el sistema, pudiendo seleccionar el que mejor se adapte a sus caractersticas. Se recomienda el perfil BajaVisin para aquellas personas que tengan dificultades de visin.

    Elegir color Permite cambiar el color de fondo en las pantallas de la declaracin. Navegador Permite elegir el navegador que desea utilizar

    Men Modalidad La seleccin de esta opcin despliega un submen que posibilita la seleccin de los distintos miembros de cada unidad familiar.

    Utilice esta opcin para seleccionar la declaracin que desee cumplimentar, consultar o imprimir.

    Declaracin conjunta

  • 8

    En el caso de declaraciones correspondientes a una Unidad Familiar (Ver concepto de Unidad Familiar en el apartado Cuestiones Generales-Tributacin individual o conjunta, en el presente manual de ayuda), se habilitar esta opcin. Utilice esta opcin para visualizar los datos correspondientes a la Declaracin conjunta. No se permite la captura de datos en esta modalidad. Declarante En el caso de declaraciones individuales, se habilitar esta opcin y ser la que se utilice para la introduccin de informacin. En el caso de declaraciones correspondientes a una Unidad Familiar, mediante la seleccin de esta opcin se cumplimentarn o visualizarn los datos correspondientes nicamente al declarante.

    Cnyuge En el caso de unidades familiares, se habilitar esta opcin para cumplimentar o visualizar los datos correspondientes nicamente al cnyuge.

    Hijo 1 En el caso de unidades familiares con hijos, se habilitar esta opcin para cumplimentar o visualizar los datos correspondientes nicamente al primer hijo.

    Hijo 2 En el caso de unidades familiares con hijos, se habilitar esta opcin para cumplimentar o visualizar los datos correspondientes nicamente al segundo hijo.

    Hijo 3 En el caso de unidades familiares con hijos, se habilitar esta opcin para cumplimentar o visualizar los datos correspondientes nicamente al tercer hijo.

    Hijo 4 En el caso de unidades familiares con hijos, se habilitar esta opcin para cumplimentar o visualizar los datos correspondientes nicamente al cuarto hijo.

    Men Herramientas Seleccionar apartados de la declaracin Esta opcin le permite seleccionar los apartados de la declaracin que desee cumplimentar. Es til para facilitar la cumplimentacin de una declaracin, al mostrar nicamente los apartados necesarios en cada caso.

    Calculadora Permite el acceso directo a una calculadora con las operaciones bsicas.

    A esta calculadora se acceder tambin pulsando la combinacin de teclas Ctrl+L en cualquiera de los datos de la aplicacin, permitiendo devolver resultados en el caso de datos numricos.

    Errores y avisos pendientes

  • 9

    Tras seleccionar esta opcin se realiza una verificacin general de los datos introducidos en la declaracin.

    Se presentan en una lista los avisos o los errores localizados permitiendo su revisin mediante una doble pulsacin con el ratn sobre el error o aviso deseado.

    Podr imprimir una lista de errores y avisos encontrados pulsando el botn "Imprimir Errores".

    Men Ver Mediante esta opcin se despliega un submen que posibilita la realizacin de actividades relacionadas con la visualizacin de las declaraciones.

    Barra de Herramientas Si se tiene marcada esta opcin de men, se presentar, inmediatamente por debajo del men del sistema, un conjunto de iconos que representan las opciones de uso ms frecuente del men y facilitan su ejecucin.

    Aumentar fuente Esta opcin permite hacer ms grande el tamao de la letra, mejorando as la visualizacin de los paneles. Disminuir fuente Esta opcin permite hacer ms pequeo el tamao de la letra. Descripcin Permite crear y/o modificar una nota descriptiva de la declaracin actual. Datos personales Presenta una ventana con distintas pestaas en las que deber cumplimentar sus datos personales (Estado civil, ao de nacimiento, comunidad autnoma de residencia habitual, etc.) y los datos correspondientes a ascendientes, descendientes y discapacitados que originen derecho al mnimo por descendientes u otras reducciones de la base. Resumen de resultados Presenta una ventana donde se visualiza la cuota resultante de la declaracin/es de acuerdo con los datos introducidos. Mostrar apartados de la declaracin Utilice esta opcin para facilitar la cumplimentacin. Se trata de un rbol con todos los contenidos del modelo (si se elige la opcin "por lista") o bien una visualizacin de las pginas que contienen los distintos apartados que componen la declaracin (si se elige la opcin "por pginas"). Esta funcin sirve para acceder directamente a cada uno de los apartados sin tener que navegar por todas las pginas de la declaracin. Tambin le indicar, en cualquier momento durante la cumplimentacin de una declaracin, en qu apartado se encuentra.

    Datos fiscales y personales incorporados Si ha utilizado el asistente de incorporacin de datos fiscales y personales, podr, mediante esta opcin, consultar las listas con los conceptos trasladados.

  • 10

    Datos fiscales y personales no incorporados Si ha utilizado el asistente de incorporacin de datos fiscales y personales, podr, mediante esta opcin, consultar las listas con los conceptos NO trasladados. Ir a pgina Primero Presenta el primer panel de la declaracin en curso. Anterior Presenta, en su caso, el panel anterior de la declaracin seleccionada.

    Siguiente Presenta, en su caso, el siguiente panel de la declaracin seleccionada. ltimo Presenta el ltimo panel de la declaracin seleccionada.

    Men Certificado de Usuario Obtencin del certificado Mediante esta opcin se accede a la pgina de internet desde la cual se muestra informacin sobre qu son, y cmo se obtienen los Certificados de Usuario.

    Men Ayuda Temas de ayuda Permite acceder a informacin relacionada con este Programa AEAT en la Web Posibilidad de acceso a diferentes opciones existentes en la Web de la AEAT, relacionadas con este programa:

    Normativa aplicable

    Preguntas ms frecuentes

    Pgina principal de la AEAT

    Actualizar versin

    Acerca de RENTA2015

    APARTADOS QUE PERMITEN CUMPLIMENTACIN MLTIPLE

    Para introducir un nuevo apartado pulse el botn Alta Registro

  • 11

    Las casillas aparecern en blanco para introducir los datos correspondientes. A la izquierda se

    indica el nmero de orden del apartado que se va a cumplimentar o visualizar

    Para visualizar el ltimo apartado pulse

    Para visualizar el primer apartado pulse

    Para visualizar los apartados anteriores o posteriores pulse o

    Pulse para borrar el apartado que se est visualizando.

    Pulse para visualizar esta ayuda

    Cuando sea necesario, el programa imprimir las correspondientes hojas complementarias.

    REQUISITOS MNIMOS

    ORDENADOR PERSONAL con la siguiente configuracin

    - Mquina virtual Java 1.6 - 512 Mb de memoria RAM mnima (Se recomienda 1024 Mb) - Windows, Mac OS X, Linux - Espacio mnimo en disco duro de 50 MB para la instalacin inicial y posterior

    funcionamiento del programa

    - Pantalla con resolucin 1024x768 ppp. (Se recomienda 1280x1024) - Teclado espaol - Impresora DE INYECCIN o LSER con resolucin mnima de 300 DPI, para

    poder imprimir los archivos generados (Adobe PDF).

  • 12

    OBLIGACIN DE DECLARAR

    CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A DECLARAR (art. 96 Ley) En general, los contribuyentes por el IRPF estn obligados a presentar y suscribir declaracin por este Impuesto, con los lmites y condiciones reglamentariamente establecidos. No obstante, no tienen obligacin de declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributacin individual o conjunta: a) Rendimientos ntegros del trabajo (incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos,

    as como las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos) que no superen los siguientes importes:

    22.000 euros anuales si proceden de un nico pagador.

    Tambin se aplica este mismo lmite cuando los rendimientos del trabajo procedan de ms de un pagador, si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuanta, no superan en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales. El lmite ser tambin de 22.000 euros, cuando se trate de contribuyentes cuyos nicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas a que se refiere el artculo 17.2.a) y la determinacin del tipo de retencin aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial establecido reglamentariamente. Para ello el pensionista con dos o ms pagadores, deber de haber solicitado la determinacin del tipo de retencin por medio del modelo 146.

    12.000 euros anuales en los siguientes supuestos:

    - Cuando procedan de ms de un pagador (salvo la excepcin prevista en el punto

    anterior). - Cuando se perciban pensiones compensatorias del cnyuge. - Cuando se perciban anualidades por alimentos que no estn exentas (estn exentas

    las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de decisin judicial). - Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no est obligado a retener de

    acuerdo con lo previsto reglamentariamente (v. art. 76 Rgl. IRPF)

    - Cuando se perciban rendimientos ntegros del trabajo a tipo fijo de retencin del artculo 80.1. 3 y 4 del reglamento del Impuesto.

  • 13

    b) Rendimientos ntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas,

    de depsitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversin, premios por la participacin en concursos o juegos, etc.), sometidos a retencin o ingreso a cuenta, con el lmite conjunto de 1.600 euros anuales. Cuando la base de retencin no se haya determinado en funcin de la cuanta a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversin colectiva no podr imputarse como ganancia patrimonial sometida a retencin o ingreso a cuenta a efectos de los lmites excluyentes de la obligacin de declarar.

    c) Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos ntegros de capital mobiliario no sujetos a

    retencin derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisicin de viviendas de proteccin oficial o de precio tasado, con el lmite conjunto de 1.000 euros anuales. Cuando el contribuyente no hubiera sido titular de los inmuebles que generan rentas inmobiliarias imputadas durante la totalidad del ao 2015 (por haberlo adquirido o transmitido en dicho ejercicio), el valor catastral (o, en su defecto, el valor de adquisicin) se prorratear a estos efectos en funcin del nmero de das del ao 2015 durante los cuales el contribuyente haya sido titular del mismo.

    Excepcin a la obligacin de declarar En ningn caso estarn obligados a declarar (salvo a efectos de lo previsto en el apartado siguiente) los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos ntegros del trabajo, del capital o de actividades econmicas, as como ganancias patrimoniales, con el lmite conjunto de 1.000 euros anuales y prdidas patrimoniales de cuanta inferior a 500 euros. Obligacin de declarar para practicarse determinadas deducciones o reducciones Estn obligados a declarar en todo caso los contribuyentes que tengan derecho a practicarse las siguientes deducciones o reducciones, cuando ejerciten tal derecho: Aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de

    pensiones, planes de previsin asegurados o mutualidades de previsin social, planes de previsin social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible.

    Deduccin por inversin en vivienda.(Rgimen transitorio) Deduccin por doble imposicin internacional ATENCIN: Para determinar la obligacin de declarar es importante tener en cuenta lo siguiente: - Obtencin de otro tipo de rentas:

    Estn obligados a declarar en todo caso los contribuyentes que perciban cualquier otro tipo de rentas o bien superen los importes o lmites mximos indicados.

  • 14

    - Rentas exentas:

    No se tomarn en consideracin las rentas exentas del impuesto (como, por ejemplo, las pensiones de la Seguridad Social por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, las becas pblicas para cursar estudios, las anualidades por alimentos recibidas de los padres por decisin judicial.

    - Tributacin conjunta:

    Ninguna de las cuantas o lmites sealados anteriormente se incrementar o ampliar en caso de tributacin conjunta de unidades familiares.

    CUESTIONES GENERALES

    IDEAS PREVIAS

    CONTRIBUYENTES POR EL IRPF Son contribuyentes por el IRPF (art. 8 Ley): a) Las personas fsicas que tengan su residencia habitual en territorio espaol. b) Las personas fsicas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por alguna de las

    circunstancias previstas en la letra B) de este apartado. A) RESIDENCIA HABITUAL EN TERRITORIO ESPAOL (art. 9 Ley) Se entender que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio espaol cuando se d cualquiera de las siguientes circunstancias: 1- Permanencia durante ms de 183 das

    Cuando permanezca ms de 183 das, durante el ao natural, en territorio espaol. Para determinar este perodo de permanencia en territorio espaol hay que tener en cuenta lo siguiente:

    - No se descontarn las ausencias espordicas, salvo que el contribuyente acredite su

    residencia fiscal en otro pas.

  • 15

    - No se computarn las estancias temporales en Espaa que sean consecuencia de las

    obligaciones contradas en acuerdos de colaboracin cultural o humanitaria, a ttulo gratuito, con las Administraciones pblicas espaolas.

    En el supuesto de pases o territorios de los calificados reglamentariamente como paraso fiscal, la Administracin tributaria podr exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 das en el ao natural.

    2- Base de sus intereses econmicos en Espaa

    Cuando radique en Espaa el ncleo principal o la base de sus actividades o intereses econmicos, de forma directa o indirecta.

    3- Presuncin en caso de residencia del cnyuge e hijos menores

    Se presumir, salvo prueba en contrario, que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio espaol cuando, de acuerdo con los criterios anteriores, residan habitualmente en Espaa el cnyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aqul.

    B) CONTRIBUYENTES QUE TIENEN SU RESIDENCIA HABITUAL EN TERRITORIO

    EXTRANJERO 1- Funcionarios y titulares de cargo o empleo oficial en el extranjero Se considerarn contribuyentes por el IRPF las personas de nacionalidad espaola, su cnyuge no separado legalmente e hijos menores de edad que tuviesen su residencia habitual en el extranjero, por su condicin de: a) Miembros de misiones diplomticas espaolas, comprendiendo tanto al jefe de la misin,

    como a los miembros del personal diplomtico, administrativo, tcnico o de servicios de la misma.

    b) Miembros de las oficinas consulares espaolas, comprendiendo tanto al jefe de las mismas

    como al funcionario o personal de servicios a ellas adscritos, con excepcin de los vicecnsules honorarios o agentes consulares honorarios y del personal dependiente de los mismos.

    c) Titulares de cargo o empleo oficial del Estado espaol como miembros de las delegaciones

    y representaciones permanentes acreditadas ante organismos internacionales o que formen parte de delegaciones o misiones de observadores en el extranjero.

    d) Funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial que no tenga

    carcter diplomtico o consular. No ser de aplicacin lo dispuesto en el nmero anterior: - Cuando las personas a que se refiere este apartado no sean funcionarios pblicos en activo

    o titulares de cargo o empleo oficial y tuvieran su residencia habitual en el extranjero con anterioridad a la adquisicin de cualquiera de las condiciones enumeradas en el mismo.

  • 16

    - En el caso de los cnyuges no separados legalmente o hijos menores de edad, cuando tuvieran su residencia habitual en el extranjero con anterioridad a la adquisicin por el cnyuge, el padre o la madre, de las condiciones enumeradas en este apartado.

    2- Cambio de residencia a un paraso fiscal No perdern la condicin de contribuyentes por este Impuesto las personas fsicas de nacionalidad espaola que acrediten su nueva residencia fiscal en un pas o territorio calificado reglamentariamente como paraso fiscal. Esta regla se aplicar en el perodo impositivo en que se efecte el cambio de residencia y durante los cuatro perodos impositivos siguientes. Residentes que no se consideran contribuyentes Cuando no proceda la aplicacin de normas especficas derivadas de los tratados internacionales en los que Espaa sea parte, no se considerarn contribuyentes, a ttulo de reciprocidad, los nacionales extranjeros que tengan su residencia habitual en Espaa, cuando esta circunstancia fuera consecuencia de alguno de los supuestos establecidos en el apartado 1 anterior.

    RENTAS EXENTAS DEL ARTCULO 7 DE LA LEY Conforme establece el artculo 7 de la Ley del Impuesto, estn exentas las siguientes rentas: 1- Ayudas e indemnizaciones Las prestaciones pblicas extraordinarias por actos de terrorismo y las pensiones derivadas

    de medallas y cond