impacto de la ley de medicamentos genéricos

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Impacto de la Ley de Prescripción de Medicamentos por Nombre Genérico (Ley 25.649/02) (Evaluación a 2 años de su sanción) Dra. Andrea Sorter (Trabajo Final Integrador presentado para la Especialización en la Carrera de Sistemas de Salud y Seguridad Social) 1. Introducción El acceso de la población a los medicamentos esenciales para el tratamiento y prevención de las principales enfermedades prevalentes constituye uno de los mayores desafíos para los gobiernos de los países en desarrollo. En nuestro país varios factores contribuyeron a aumentar la dificultad en el acceso a los medicamentos en las últimas décadas (6,7) . La carencia de una política de medicamentos con orientación sanitaria y la desregulación en el ámbito de los medicamentos aplicada en la década de los '90 en el campo de la salud no solo empeoraron el acceso a los mismos sino que dieron lugar a nuevas y mayores fallas de mercado (6,7) . Por otra parte, cabe destacar que los tres subsistemas de salud que se identifican en la Argentina (público, seguridad social y privado) tienen un rol fundamental en el acceso de la población a los medicamentos a través de diferentes formas de subsidio de los mismos. La evolución económica recesiva del país en los últimos años ha determinado el incremento de la población sin cobertura de seguros sociales y/o medicina prepaga como consecuencia de la tasa de desempleo y pobreza (48% de la población) (16,17) , la desfinanciación de la seguridad social, el crecimiento del gasto de bolsillo y la caída del poder adquisitivo de la población. En este marco macroeconómico se produjo una significativa suba en el precio de los medicamentos que crecieron sin pausa durante la convertibilidad y luego de la devaluación. Durante la última década en Argentina los precios de los medicamentos crecieron muy por encima de la inflación (6,7) .

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Análisis del impacto de la Ley 25.649 sobre el mercado de medicamentos en la Argentina. Trabajo final de especialización.

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Page 1: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Impacto de la Ley de Prescripción de Medicamentos por Nombre Genérico (Ley 25.649/02)

(Evaluación a 2 años de su sanción)

Dra. Andrea Sorter

(Trabajo Final Integrador presentado para la Especialización en la Carrera de Sistemas de Salud y Seguridad Social)

1. IntroducciónEl acceso de la población a los medicamentos esenciales para el tratamiento y

prevención de las principales enfermedades prevalentes constituye uno de los

mayores desafíos para los gobiernos de los países en desarrollo.

En nuestro país varios factores contribuyeron a aumentar la dificultad en el

acceso a los medicamentos en las últimas décadas(6,7).

La carencia de una política de medicamentos con orientación sanitaria y la

desregulación en el ámbito de los medicamentos aplicada en la década de los

'90 en el campo de la salud no solo empeoraron el acceso a los mismos sino que

dieron lugar a nuevas y mayores fallas de mercado(6,7).

Por otra parte, cabe destacar que los tres subsistemas de salud que se

identifican en la Argentina (público, seguridad social y privado) tienen un rol

fundamental en el acceso de la población a los medicamentos a través de

diferentes formas de subsidio de los mismos. La evolución económica recesiva

del país en los últimos años ha determinado el incremento de la población sin

cobertura de seguros sociales y/o medicina prepaga como consecuencia de la

tasa de desempleo y pobreza (48% de la población) (16,17), la desfinanciación de

la seguridad social, el crecimiento del gasto de bolsillo y la caída del poder

adquisitivo de la población.

En este marco macroeconómico se produjo una significativa suba en el precio de

los medicamentos que crecieron sin pausa durante la convertibilidad y luego de

la devaluación. Durante la última década en Argentina los precios de los

medicamentos crecieron muy por encima de la inflación(6,7).

Page 2: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

El mercado farmacéutico argentino, casi tan grande como el de Brasil y México

antes de la devaluación, se ha desarrollado tradicionalmente con un gran apego

a las marcas comerciales (tanto entre pacientes como entre médicos) y

automedicación basada en la solicitud de marcas comerciales, con gran

concentración de las ventas en unas pocas marcas.

Es así que en el año 2002, en medio de una de las crisis socioeconómicas más

duras que ha vivido el país, se registra una caída muy importante en el consumo

de medicamentos (-21%, en unidades respecto al mismo período del año

anterior) junto con un incremento de la demanda sobre el sector público y un

severo deterioro del acceso a la salud(6,7)

La principal barrera de acceso a los medicamentos está dada por la forma en

que se financia (10).

En esta etapa de crisis, 7.6 millones de personas no tienen acceso a los

servicios de salud por razones geográficas, económicas, legales, administrativas

y culturales. De los 7.5 millones de personas que recibían gratis los

medicamentos, el 50% pierde la gratuidad por problemas de precios,

financiamiento y disponibilidad.

En el sector privado, casi el 89% los adquiere, el 5.5% los recibe gratis y el 5.6%

no los adquiere, mientras que en el sector público, el 14.1% no los adquiere, el

41% los recibe en forma gratuita y casi el 45% los adquiere.

En Argentina, el 84% de la población bajo la línea de pobreza accede sólo a los

servicios públicos de salud y en el 45% de los casos, los medicamentos que les

son recetados son adquiridos con recursos propios. El medicamento es el bien

de consumo familiar con financiación más regresiva: el precio de los

medicamentos es igual para pobres que para ricos pero su peso en la canasta

de consumo de los pobres es mayor. El 20% de los hogares más pobres emplea

el 78% de los ingresos que destina a salud en la compra de medicamentos,

mientras que el 20% en los hogares más ricos sólo el 41% de los gastos de

salud son destinados a la compra de medicamentos (9). Asimismo, el impacto del

aumento de precio en la atención médica y gastos para la salud fue muy

diferente según los quintiles de ingreso de la población: con un IPC del 31.2%, el

2

Page 3: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

incremento en gastos de saludo fue del 41.5% en el quintil de ingresos más

bajos, mientras fue de sólo el 26.3% en el quintil de ingresos más altos (16).

En este marco declarado de Emergencia Sanitaria Nacional, durante el año 2002

en Argentina se comenzó a implementar desde el Ministerio de Salud de la

Nación, una Política Nacional de Medicamentos centrada en el objetivo de

resguardar el acceso a los medicamentos esenciales para toda la población,

principalmente los sectores más desprotegidos y vulnerables de la sociedad (6,7,10). La Política Nacional de Medicamentos se basa en cuatro ejes (7):

1. Utilización/Prescripción de los medicamentos por su nombre genérico

(Ley 25.649/02)

2. Provisión pública y gratuita de medicamentos esenciales ambulatorios

(Plan REMEDIAR)

3. Selección racional de los recursos a ser financiados con recursos

colectivos (con el Programa Médico Obligatorio de Emergencia y el

Formulario Terapéutico)

4. Desgravación de los insumos críticos importados

Otros aspectos de esta política destinados al mismo fin son: utilización de

precios de referencia para la seguridad social; Protección de programas

prioritarios y negociación conjunta de precios (APS, SIDA, Oncol{ogicos;

Vacunas), Compras centralizadas y producción estatal.

2. Impacto de la Ley de Prescripción de Medicamentos por Nombre Genérico (Ley 25.649/02) a 2 años de su promociónConsiderando que la promulgación y aplicación de esta ley constituye uno de los

pilares de la Política Nacional de Medicamentos del Ministerio de Salud de la

Nación, es esencial evaluar el impacto de promulgación e implementación de la

Ley de Prescripción de Medicamentos por Nombre Genérico (Ley 25.649/02) en el consumo de medicamentos

3

Page 4: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Una ley de las características de la Ley de Prescripción de Medicamentos por

Nombre Genérico (Ley 25.649/02) produce modificaciones profundas en las

distintas áreas del mercado de los medicamentos y finalmente en la salud de la

población, y por lo tanto es menester evaluar su impacto desde múltiples

ángulos:

1. ¿Qué pasó con el acceso de la población a los medicamentos después

de la política de prescripción por nombre genérico desde el punto de vista

económico?

2. ¿Qué pasó en la industria farmacéutica constituida por los laboratorios

medicinales (que producen y/o importan medicamentos) y los agentes

que actúan en la comercialización luego de la sanción de la ley

3. ¿Cuál fue el impacto sobre el consumo?

4. ¿Cuál fue el impacto sobre la dispensa y la prescripción?

El presente trabajo tiene por objetivo analizar el impacto de la Ley de

Prescripción de Medicamentos por Nombre Genérico (Ley 25.649/02) a 2 años

de su promulgación y promoción, para lo cual se procederá a:

1.- Describir los alcances de la Ley de Prescripción de Medicamentos por

Nombre Genérico en todo el país.

2.- Analizar la accesibilidad de la población a los medicamentos antes y

después de la promulgación y promoción de la ley, desde el punto de

vista económico

3.- Identificar los cambios producidos en la prescripción y dispensación a

partir de la ley

- Hábitos prescriptivos

- Sustitución de recetas por parte del farmacéutico

- Conducta de los consumidores

4

Page 5: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

4.- Analizar las estrategias de la industria farmacéutica a partir de la

promulgación de la ley.

3. Marco TeóricoI. Antecedentes legales de la ley Promoción de la Utilización de Medicamentos por su Nombre Genérico en nuestro paísEl primer antecedente en el marco normativo del consumo de medicamentos es

el decreto 9763/64.

Sin embargo, los antecedentes legales más estrechamente vinculados al tema

que nos ocupa pueden dividirse en 4 etapas que culminan en septiembre del

2002 con la promulgación de la Ley Nacional de prescripción de medicamentos

por su nombre genérico

1. Etapa 1: Decreto 150/92 que declara obligatorio el uso de los

nombres genéricos y el Decreto 1490/92 que crea la ANMAT. La

Resolución conjunta Nro. 470 y 268 de 1992 que reglamenta el

decreto anterior

2. Etapa 2: Decretos y reglamentaciones que no reglamentan en sí

mismos prescripción por nombre genérico (Decreto 486/02 y su

prórroga el Decreto 2.724/02)

3. Etapa 3: Resolución Ministerial 326/02

5

Ley 25.649/02

Acceso económico de la población a los medicamentos

Hábitos prescriptivos

Conducta de los consumidores

Estrategias de la Industria Farmacéutica

Sustitución por el

farmacéutico

Page 6: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

4. Etapa 4: Ley Nacional de prescripción de medicamentos por su

Nombre genérico (Nro. 25.649; septiembre 2002)

Decreto 9763/64 (Reglamentación de la Ley Nº 16.463) (12/7/1964)Establece el deber del Estado a través del Ministerio de Asistencia Social y

Salud Pública, en asegurar la pureza de las drogas y la eficacia de los

medicamentos, evitando su uso indebido y generando un marco jurídico a la

industria farmacéutica.

Etapa 1. Obligatoriedad del uso de los nombres genéricos y creación del ANMAT

Decreto 150/92 (23/1/1992) (5)

Adecua las normas legales referidas al registro, elaboración, prescripción,

expendio, comercialización, exportación e importación, con el objeto de

compatibilizar dichas actividades con las reformas estructurales producidas en el

marco de la desregulación.

Establece que la salud de la población debe ser tutelada por el Estado, quien

debe dictar las normas necesarias para cumplir la custodia de tan alto interés

social.

Considera conveniente que la población pueda, una vez prescripto el

medicamento por el profesional en salud, optar libremente por las distintas

especialidades medicinales o farmacéuticas existentes en el mercado y que el

ejercicio de tal libertad es el principal instrumento que impediría la formación de

monopolio y carteles que distorsionan el mercado y el acceso del pueblo a la

salud.

Define Medicamentos, Principio activo o droga farmacéutica, Nombre genérico y

Especialidad medicinal o farmacéutica

El Ministerio de Salud y Acción Social, establecerá y publicará el listado de

medicamentos genéricos autorizados y el listado de especialidades medicinales

6

Page 7: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

registradas y agrupadas según el listado de genéricos autorizados. Dichos

listados incluirán todos principios activos cuyo expendio y consumo se

encuentren autorizados en los países indicados en el anexo I (EEUU, Japón,

Suecia, Suiza, Israel, Canadá, Austria, Alemania, Francia, Reino Unido, Países

Bajos, Bélgica, Dinamarca, España e Italia). Convoca a los interesados en

inscribir especialidades medicinales cuyo expendio y consumo no se encuentre

autorizado en los países indicados en el anexo I, a presentar la información y la

documentación que acredite la eficacia y la inocuidad del producto.

En el artículo 10 se declara obligatorio el uso de los nombres genéricos: a)

En todos los textos normativos, inclusive registros y autorizaciones relativas a la

elaboración, fraccionamiento, comercialización, exportación e importación de

medicamentos. b) En envases, rótulos prospectos o cualquier documento utilizado por la industria farmacéutica para información médica o promoción de las especialidades medicinales con la misma visibilidad que el nombre de fantasía o marca comercial. c) En las adquisiciones que sean

realizadas por o para la Administración Pública Nacional. d) En todas las

prescripciones de profesionales autorizados a prescribir medicamentos, en todo

el territorio nacional, sin excepciones, a partir de los ciento ochenta (180) días

corridos de la publicación del presente.

El artículo 11 establece que los centros de expendio de medicamentos deberán

ofrecer al público las especialidades medicinales que correspondan a cada

nombre genérico prescripto según un listado que deberá estar a disposición del

público indicando los precios de venta, en lugar visible.

Este decreto es reglamentado por la Resolución conjunta 470/92 y 268/92 (5)

Decreto 1490/92 (27/8/1992)Crea dentro del ámbito de la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud y

Acción Social, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y

Tecnología Médica (ANMAT) como Organismo Descentralizado de la

Administración Pública Nacional, dependiendo técnica y científicamente de las

7

Page 8: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

normas y directivas que le imparta la Secretaría de Salud, con un régimen de

autarquía económica y financiera, con jurisdicción en todo el territorio de la

Nación.

Describe su competencia como ente de control y fiscalización sobre la sanidad y

calidad de los productos, substancias, elementos, tecnologías y materiales que

se consumen o utilizan en la medicina, alimentación y cosmética humanas,

vigilancia sobre la eficacia y la detección de los efectos adversos que resulten

del consumo y utilización de los productos, y del contralor de las actividades y

procesos que median o están comprendidos en estas materias.

Etapa 2: Decretos y reglamentaciones que no reglamentan en sí mismos prescripción por nombre genéricoDesde 1992 hasta la promulgación de la Ley Nacional No. 25.649 en el año

2002, hay un período en el cual se aprueban varios decretos y reglamentaciones

pero que no reglamentan en sí mismos prescripción por nombre genérico.

Decreto 486/02(5): El decreto 486 (Declaración de la Emergencia Sanitaria

Nacional), tal como era comentado, parecía que, de por sí, ya habilitaba la

prescripción por nombre genérico. Sin embargo, el Art. 10 del decreto 486, -que

era la norma en cuestión-, no era una norma operativa "per se": lo que hacia era

facultar al Ministerio de Salud para dictar una serie de normas complementarias

tendientes a implementar: a) listado de medicamentos e insumos a ser

adquiridos; b) precios de referencia de insumos y medicamentos críticos; c)

prescripción de medicamentos por su nombre genérico y d) sustitución en la

dispensación del medicamento de marca en la farmacia. Este decreto es

prorrogado por el Decreto 2.724/02

Resolución 163/02: introduce el tema de la prescripción por genérico a través del

reconocimiento de los descuentos, ya que establece que los descuentos

establecidos a favor de los beneficiarios en medicamentos en la modalidad

ambulatoria, sólo serán reconocidos y aplicados por los Agentes del Seguro de

8

Page 9: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Salud respecto de aquellas recetas que se emitan por nombre genérico del

principio activo.

Etapa 3: Resolución 326/02En junio de 2002, el Ministerio de Salud decretó la Resolución 326/02 (5) que

establece que toda receta y/o prescripción médica u odontológica debe

efectuarse expresando el nombre genérico o Denominación Común

Internacional del medicamento que se indique, seguida de forma farmacéutica,

cantidad de unidades por envase y concentración, garantizándose la libre

prescripción de los profesionales de la salud, habilitados para tal fin. Esta

resolución parecía instrumentar las normas complementarias a las que hacia

referencia el Decreto 486; pero la Resolución 326 tenía algunos matices que

nunca trascendieron a la opinión publica ya que planteaba que se podía prescribir utilizando la marca, e incluso negar o vedar la posibilidad de sustitución o reemplazo cuando el médico consideraba que se justificaba la

prescripción por la marca. Según el artículo 2 de esta resolución, existe la

posibilidad de prescribir mediante nombre genérico + marca +”justificación fundada de la prescripción por marca” (de puño y letra, entendiendo la

justificación científicamente fundada). Internacionalmente se recomienda la no

sustitución de marca para el caso de los medicamentos con estrecho margen

terapéutico o pacientes previamente bajo tratamiento con principios activos y

formas farmacéuticas con las que exista riesgo de no equivalencia aún con sus

respectivos ensayos de bioequivalencia.

II. Otras experiencias internacionales en la legislación de genéricos: España, Brasil y México (2)

A diferencia de los que ocurre en EEUU y la mayoría de los países europeos,

España, México y Brasil, al igual que la Argentina, no han tenido ley de

protección de patentes sino hasta recientemente por lo que el concepto de

medicamentos genéricos entendidos como alternativas que se introducen en el

mercado una vez extinguida dicha protección, no es aplicable. En España,

9

Page 10: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

México, Brasil y Argentina existían, previo a las recientes leyes de protección de

patentes, medicamentos de distintos orígenes producidos por laboratorios

nacionales y multinacionales y comercializados con nombre de fantasía o no.

Estos medicamentos siempre debieron probar “equivalencia farmacéutica” (la

composición química y cantidad de droga contenida), pero no debían demostrar

bioequivalencia y eficacia clínica.

En Brasil, México y España, a partir de la ley de genéricos, para que un

medicamento sea considerado genérico requerían un registro especial y debían

realizarse los estudios de bioequivalencia para probar equivalencia para obtener

dicho registro. En Brasil, con posterioridad a la ley de genéricos, se determinó

que algunos productos no requerían hacer estos estudios. En Argentina, no se

requiere de un registro especial como medicamento genérico: Asimismo en

Argentina, la obligatoriedad de los estudios de bioequivalencia fue planteada

posteriormente a la ley y en etapas de acuerdo a las drogas en cuestión con un

amplio margen de tiempo para su finalización en la mayoría de los casos.

Con referencia a la política de prescripción y dispensación de medicamentos, en

España la prescripción por nombre genérico es optativa. Sin embargo, en caso

de receta por marca se puede intercambiar por otra marca (que no está obligada

a probar bioequivalencia in vivo) o por un genérico cuando por “causa legítima

no se disponga” la marca recetada. En caso de receta genérica puede

dispensarse sólo un genérico aprobado como tal (Especialidad Farmacéutica

Genérica). En México, en el ámbito público es obligatoria desde hace muchos

años, la prescripción por nombre genérico y dentro de un listado de esenciales.

En la práctica privada la prescripción puede hacerse por marca, pero debe

consignar el nombre genérico también cuando existen alternativas genéricas

autorizadas como tales (“Genéricos Intercambiables”). La prescripción por marca

no puede sustituirse a menos que el médico lo habilite expresamente.

En Brasil, en el ámbito público, la prescripción genérica devino obligatoria. En el

ámbito privado es optativa, y el médico puede prohibir la sustitución. Si no lo

hace, el farmacéutico puede sustituir pero sólo por el medicamento de referencia

o un genérico aprobado como tal.

10

Page 11: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Cuadro 1: Cuadro comparativo de la legislación de genéricos en España, Brasil, Argentina y México

España México Brasil ArgentinaNormativa Ley 25/1990 y Ley 13/1996 Ley General de Salud

modificada en 1997Ley 9787 de febrero 1999, resolución 391 (ANVISA)

Ley Nº 25.649/02, Parlamentaria, reglamentada por decretos Decreto 987/03 (abril 2003).

Prescripción por nombre genérico

Optativa Obligatoria en el ámbito público para un listado de medicamentos esenciales. Optativa en la práctica privada. Puede prescribirse por marca pero en el caso de existir alternativas genéricas autorizadas como tales (GI: (Genérico Intercambiable) debe consignar también el nombre genérico

Prescripción por genéricos obligatoria en el ámbito público y optativa en el sector privado donde el médico puede oponerse a la sustitución

Prescripción por genéricos obligatoria pudiendo expresar en la receta la marca o nombre comercial con la debida justificación

Sustitución en farmacia

En caso de receta por marca, puede sustituirse por otra marca (que no está obligada a probar bioequivalencia) o por un EFG (especialidad Farmacéutica Genérica) cuando legítimamente no se disponga la marca recetada. En caso de receta genérica sólo puede dispensarse genérico aprobado como tal (EFG)

En caso de receta por marca, no se puede sustituir a menos que el médico lo habilite expresamente. En caso de receta genérica puede dispensarse sólo marca de referencia o GI

En caso de receta por marca el farmacéutico sólo puede sustituir por un genérico aprobado como tal o marca de referencia si el médico no indica explícitamente lo contrario. En la receta genérica puede dispensarse sólo marca de referencia o Genérico aprobado como tal

El farmacéutico es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas, como así también para su sustitución, en cuyo caso deberá suscribir la autorización de sustitución en la prescripción. Si la receta contiene la marca además del nombre genérico, debe aportarse a pedido del adquirente la información sobre todas las especialidades medicinales con el mismo nombre genérico y puede realizarse su reemplazo, siendo necesario consignar la firma del adquirente en carácter de conformidad con el reemplazo efectuado y con la información recibida.

Financiación Precio de referencia para la cobertura pública sólo si el medicamento tiene alternativas EFG

Cobertura de las obras sociales sobre un precio de referencia que incluye los precios de los genéricos

Genéricos Definición Nueva entidad creada por ley. Las alternativas existentes en el mercado deben registrarse como genéricos para ser considerados como tales

No se requiere registro como genéricos para ser considerados como tal

Requisitos No debe llevar nombre de fantasía. Debe establecerse bioequivalencia No debe llevar nombre de fantasía. Pueden ser comercializados antes de realizarse los estudios de bioequivalencia, debiendo presentar los resultados de los mismos en etapas de tiempo variables según la clase de medicamentos

Sigla distintiva

Identificado con la sigla EFG (especialidad farmacéutica genérica)

Identificado con la sigla GI (genérico intercambiable)

Identificado con la letra G (genérico) y una banda amarilla

No identificado particularmente

11

Page 12: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

12

Page 13: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

La experiencia brasileña(8)

En Brasil, se promulga la ley de patentes en 1996 y en 1999 la Ley de Genéricos

(Ley 9.787). A partir de esta ley, en Brasil, los medicamentos se clasifican:

- De referencia: medicamento innovador cuya eficacia y seguridad fueron

comprobadas por estudios clínicos. Generalmente se encuentra hace

tiempo en el mercado y tienen marca comercial conocida. Pueden tener o

no patente.

- Similares (con marca): medicamento que tiene la misma droga, la misma

concentración, forma farmacéutica, vía de administración, posología y

indicación terapéutica del medicamento de referencia o marca, pero no

tiene bioequivalencia comprobada respecto al medicamento de

referencia.

- Genéricos: medicamento que tiene la misma droga, la misma

concentración, forma farmacéutica, vía de administración, posología y

indicación terapéutica del medicamento de referencia (equivalencia

farmacéutica). Posee la misma eficacia, seguridad y calidad que el

medicamento de referencia comprobado por estudios de bioequivalencia,

pudiendo ser intercambiable.

En Brasil, a partir de la ley de Genéricos, existe la posibilidad de intercambio

entre el genérico y el medicamento de referencia. En el ámbito público los

médicos deben prescribir conforme a la Denominación Común Brasileña o

Denominación Común Internacional; en el ámbito privado la prescripción es libre

y el médico puede prohibir el cambio de la prescripción. El farmacéutico puede

cambiar la prescripción de la marca del medicamento por el genérico siempre y

cuando el médico no indique lo contrario.

En el caso de Brasil, los medicamentos genéricos requieren para su registro,

estudios de equivalencia farmacéutica y bioequivalencia in vivo utilizando el

medicamento de referencia definido por ANVISA y realizados en centros

habilitados e inspeccionados por ANVISA y ser producidos según normas de

GMP (Buenas Normas de Manufacturación).

13

Page 14: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Desde la vigencia de la ley hasta el 2002, ANVISA ha detectado diferentes

problemas e implementado medidas tendientes a su solución. El ANVISA analiza

el impacto de la implementación de la política de genéricos desde 3 ángulos

1. Población

2. Mercado

3. País

Desde el punto de vista de la población y el acceso a los medicamentos- La población está más informada acerca de los genéricos, los conoce en

el momento de la compra, solicita al médico la prescripción del genérico y

al farmacéutico la sustitución. Encuesta realizada durante 1 mes a fines

del año 2001, a 2220 consumidores de medicamentos entre 16 y 74 años

interceptados en las farmacias en 236 municipios. Un dato interesante de

esta encuesta es que el 55% de los encuestados reconoce el genérico

por su embalaje con la identificación “G”

- Los médicos aprobaron la eficacia terapéutica y el control de la calidad de

fabricación de los genéricos. El 48% de las recetas son prescripciones de

genéricos. Encuesta realizada a fines de 2002 con 432 médicos de todo

el país.

- Hay genéricos disponibles en 50 clases terapéuticas, con una cobertura

de más del 60% de las prescripciones

- Los genéricos son 45% más baratos con reducción significativa del costo

del tratamiento de las enfermedades crónicas. El análisis toma el costo

anual del tratamiento de la hipertensión e hipercolesterolemia, detectando

una reducción del 60% y 61% en ambos casos comparando el costo

anual de tratamiento con el medicamento de referencia en el 2000 versus

el costo anual de tratamiento con el genérico en el 2002.

14

Page 15: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Respecto al mercado, ANVISA concluye que el genérico actúa como regulador del mercado, ya que genera competencia con igual calidad y menor precio,

induce estrategias de descuento de los medicamentos de referencia, reduce aún

más el precio para acompañar la reducción del medicamento de referencia y

vende más que el medicamento de marca. Analiza la participación en las ventas

totales (% de unidades) del medicamento de referencia versus el genérico en

distintas clases terapéuticas, las estrategias de reducción de los precios de

venta al público de las distintas marcas (2000 versus 2002) y la participación de

los genéricos en el mercado brasileño en unidades y dólares según IMS (octubre

2001 a sept 2002) con un promedio de crecimiento mensual de 7.5%.

Desde el punto de vista del país, ANVISA considera que desarrollo de los

genéricos trajo beneficios para el país al aumentar las inversiones de la industria

nacional en la modernización y ampliación de plantas, surgimiento de centros de

bioequivalencia y generación de empleos principalmente para los farmacéuticos

Alcances de la Ley de Promoción de la Utilización de Medicamentos por su Nombre Genérico (Ley Nº 25.649/02) (5) en todo el paísEl objetivo específico de la Política de Prescripción por nombre genérico es

promover la competencia por el precio y mejorar la calidad de la prescripción.

Las medidas involucradas en esta política y que resumen el contenido de la ley,

son:

- Obligación del médicos y odontólogos de consignar el nombre genérico del medicamento en la prescripción

- Obligación del farmacéutico a dar la información sobre las alternativas comerciales con el mismo principio activo y su habilitación a dispensar la alternativa comercial elegida

- Derecho del consumidor a elegir marca y precio del medicamento recetado según su preferencia

15

Page 16: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Los instrumentos para llevar a cabo esta política son: el Decreto 486/02 y la

Resolución 326/02 (ya descriptos), las leyes provinciales y la Ley 25.649/02

El trasfondo de la ley de prescripción de medicamentos por su nombre genérico

es introducir en un mercado de estructura oligopólica o monopólica como es el

mercado de los medicamentos, mecanismos competitivos entre laboratorios que

resulten en una reducción de la brecha de precios para los distintos principios

activos, al existir la posibilidad de elegir el precio que se está dispuesto a pagar

por el medicamento(9).

Con la Ley, el Estado también avanza en la defensa de los derechos del

consumidor, ya que se permite a la población optar libremente por las distintas

especialidades medicinales existentes en el mercado. Considera que el derecho

a la libre prescripción por parte del profesional médico y odontólogo tiene que

compatibilizarse con el derecho a la libre elección y a la debida información que

debe brindarse al adquirente de los medicamentos y que la libertad de elección

del consumidor resulta un importante instrumento tendiente a prevenir la

formación de monopolios o conductas especulativas que distorsionen el

mercado de medicamentos y dificulten su acceso a la par de tutelar los derechos

de los consumidores.

Ley Nº 25.649/02La Ley de Promoción de la Utilización de Medicamentos por su Nombre

Genérico (Ley Nº 25.649/02) fue sancionada con fuerza de ley por el Senado y

la Cámara de Diputados de la Nación el Agosto 28 de 2002 y promulgada

parcialmente el 18 de septiembre de 2002.

La Ley establece que los médicos y odontólogos están obligados a respetar el

principio de la prescripción por nombre genérico, seguido de la forma

farmacéutica y cantidad de dosis/unidades por envase y concentración,

quedando facultados para expresar en la receta el nombre comercial o de marca

del medicamento, a continuación del nombre genérico.

16

Page 17: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

La ley asimismo establece que el farmacéutico es el único responsable y

capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas, como así

también para su sustitución, en cuyo caso deberá suscribir la autorización de

sustitución en la prescripción. El farmacéutico deberá informar al público sobre

todas las marcas comerciales que contengan el mismo principio activo, con la

misma cantidad de unidades, forma farmacéutica y concentración, y los distintos

precios de esos productos (9).

La ley contempla que en el supuesto caso que la prescripción se realizara con el nombre de la marca además de prescribirse por nombre genérico, si el

adquirente lo solicitara, deberá aportársele la información sobre todas las

especialidades medicinales con el mismo nombre genérico y podrá realizarse su reemplazo, siendo necesario consignar la firma del adquirente en carácter de

conformidad con el reemplazo efectuado y con la información recibida.

También considera que en aquellos casos en que el profesional médico u

odontólogo considere indispensable, podrá consignar el nombre o marca comercial en la receta a continuación del nombre genérico con la debida justificación; si en estos casos el adquirente solicitare otro medicamento con el

mismo nombre genérico y de menor precio, el farmacéutico deberá someter a

decisión del adquirente, la prescripción del profesional y su justificación, a fin de

compatibilizar los derechos y deberes de los profesionales que participan en la

prescripción y dispensa con los derechos de los consumidores.

Alcance de la Ley a nivel nacional Un tema en discusión desde el punto de vista normativo es la aplicación federal

de la normativa vinculada a la prescripción de los medicamentos por su nombre

genérico. Según la modificación de las leyes Ley 17.132 y 17.565 realizadas en

1994 por el Congreso de la Nación, la facultad de reglamentar la actividad

profesional (tanto médicas y odontológicas como farmacéuticas) es de

jurisdicción. Por lo tanto, cuando el Ministerio de Salud de la Nación sanciona la

Ley de Prescripción por el Nombre Genérico, diciéndoles a los profesionales

17

Page 18: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

como deben prescribir, está teniendo injerencia en la regulación de las

actividades profesionales, invadiendo la esfera provincial.

Sin embargo, desde un punto de vista práctico, a septiembre del 2002, de todas

las provincias del territorio nacional, 14 ya tienen ley de prescripción por nombre

genérico cubriendo, según datos del INDEC, al 82% de la población. Cada vez

son más las provincias que sancionan leyes acordes con la Política del Gobierno

Nacional.

4. Analisis de la accesibilidad de la población a los medicamentos antes y después de la promulgación y promoción de la leyMejorar el acceso de la población a los medicamentos de mayor consumo, es

uno de los objetivos primordiales de la política adoptada por el Ministerio de

Salud de la Nación, por lo cual, el análisis de lo ocurrido en este aspecto a partir

de la promulgación de la ley, constituye un aspecto primordial.

En el presente trabajo, se analizará la accesibilidad de la población a los

medicamentos desde el punto de vista económico, es decir, considerando la

capacidad de compra de medicamentos antes y después de la ley.

Una primera aproximación para evaluar de la accesibilidad de la población a los

medicamentos puede hacerse analizando:

1. Impacto en el consumo: Volumen de la venta de medicamentos y

consumo de envases por habitantes

2. Comportamiento de los precios

Sin embargo, un análisis más profundo respecto a la accesibilidad de la

población a los medicamentos deberá realizarse con información más profunda,

actualmente no disponible, como ser censos y estadísticas a gran escala,

respecto al gasto en medicamentos de las instituciones públicas, obras sociales

y pre-pagos, el gasto de bolsillo y principalmente los índices de salud de la

población. En definitiva, lo que hay que evaluar es no solamente si la ley ha

18

Page 19: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

contribuido a reducir significativamente los precios de los medicamentos, sino, si

consecuentemente, ha permitido disminuir el gasto en medicamentos y mejorar

los índices de salud.

1. Impacto en el consumo: Volumen de la venta de medicamentos y consumo de envases por habitante

Según un informe del Ministerio de Salud elaborado a un año de la

promulgación de la ley(7), en mayo 2002, antes de lanzada la ley, el promedio de

envases consumidos cada 10 habitantes era de 5,6 (560 envases cada 1000

habitantes) mientras que a casi un año de promulgada, alcanza casi 8 envases

cada 10 habitantes (800 envases cada 1000 habitantes) (+39%). Informa

asimismo que entre mayo 2002 y mayo 2003 se incrementó el volumen de

unidades vendidas en un 38% y la facturación, en un 61%. Lamentablemente

en el material consultado se citan los datos de IMS, pero, para el cálculo de

envases por habitantes se desconoce el período de los datos de IMS (mes,

trimestre, año fijo, año móvil) así como tampoco la base poblacional tomada.

Estimo que se ha tomado el mes IMS versus el mismo mes del año anterior, lo

cual desde el punto de vista estadístico es poco representativo. No existen en el

material, referencias bibliográficas ni fuentes citadas.

Según datos de IMS (4), la venta de unidades cayó un 4% y la facturación creció

un 29% en el período entre mayo 2002 y mayo 2003. Estos datos no coinciden

con los datos vertidos en el material citado previamente.

Tomando, al igual que el informe, el mes de mayo 2002 y 2003, pero12 meses

móviles, se observa:

Tabla Nro 1: Volumen en unidades y envases por habitante

05/01 05/02 05/03 05/04 05/05Unidades MFT 372,986,449 309,616,189 297,600,704 366,786,139 391,733,288

Envases cada 10 hab 102.86 85.39 82.07 101.15 108.03

Variación -17% -4% 23% 7%

19

Page 20: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS e INDEC

Como el presente trabajo tiene por objetivo analizar el impacto de la ley a los 2

años de su promulgación, se realizó un análisis de las unidades vendidas, la

facturación y la cantidad de envases cada 1000 habitantes, a los 2 años de la

ley sobre la base de los datos IMS de septiembre 2003 y 2004 (4), tomando los

12 meses móviles (MAT) y los datos del censo poblacional 2001 del INDEC

(36.260.130 millones de habitantes) (15).

Analizando estos datos se observa que en los 12 meses que van de septiembre

2001 a septiembre 2002 (período previo a la ley), en el mercado farmacéutico

total el promedio de envases consumidos cada 10 habitantes era de 78.6

mientras a los 2 años de la ley (12 meses que van de septiembre de 2003 a

septiembre de 2004), este promedio es de 104.5 envases cada 10 habitantes,

representando esta cifra un incremento del 33% respecto al 2002. Por otro lado,

el volumen de unidades vendidas a los 2 años de la ley creció un 33% y la

facturación un 63% comparado con el año 2002.

Tabla Nro 2: Volumen en unidades y facturación

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS

El mismo análisis realizado para los productos del mercado ético (90% del

mercado farmacéutico total y el mercado realmente influenciado por la

prescripción), muestra un incremento del 23% de los envases consumidos en

2004 respecto al 2002.

Período MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04Unidades (en millones) MERCADO TOTAL 380 360 285 326 379 MERCADO ETICO 321 303 238 263 293 MERCADO POPULAR 59 58 47 63 85Variación respecto 2002 MERCADO TOTAL 14% 33% MERCADO ETICO 11% 23% MERCADO POPULAR 34% 81%Facturación (en millones de $) MERCADO TOTAL 3,929 3,789 3,617 4,928 5,880 MERCADO ETICO 3,610 3,470 3,319 4,490 5,293 MERCADO POPULAR 319 320 299 439 587Variación respecto 2002 MERCADO TOTAL 36% 63% MERCADO ETICO 35% 59% MERCADO POPULAR 47% 96%

20

Page 21: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Gráfico Nro 1: Envases cada 10 habitantes por año

Envases cada 10 habitantes

0

20

40

60

80

100

120

MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04

MERCADO TOTAL MERCADO ETICO MERCADO POPULAR

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS e INDEC

Ver “Ventas en el Mercado Farmacéutico” en el Anexo I

2) Comportamiento de los preciosConsiderando que el precio de los medicamentos es una de las barreras más

importantes para el acceso a los mismos, y que en definitiva, el objetivo de la

ley, al introducir la posibilidad de que el consumidor elija la marca y el precio, es

generar un mecanismo competitivo, competencia de precios de los

medicamentos entre sí, que resulte en una tendencia a la disminución de los

precios, es fundamental analizar el comportamiento de los precios después de la

sanción de la ley.

En el presente trabajo se han tomado tres informes publicados por el Ministerio

de Salud referidos al comportamiento de los precios. Se analizaron los datos allí

vertidos y se confrontaron con datos obtenidos de IMS y Kairos (Lista de Precio

de Venta al Público mensual de la industria farmacéutica).

I. Analizando el comportamiento de los precios desde la vigencia de la ley, en

un informe de la Unidad de Análisis Económico en Salud publicado por el

Ministerio de Salud (“La Política Nacional de Medicamentos: ¿Qué se hizo? ¿Qué queda por hacer?”) (10), las autoras abordan 4 puntos de análisis

+ 23%

21

Page 22: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

1.Evolución del precio de venta al público promedio y su relación con el Índice

de Precios al Consumidor

2.Reducción del precio público de los medicamentos y de los principios activos

3.Reducción del gasto de bolsillo

4.Estrategias de los laboratorios que impactan sobre el gasto de bolsillo y el

gasto de la seguridad social.

1.Evolución del precio de venta al público promedio y su relación con el Índice

de Precios al Consumidor

Según las autoras, la ley de prescripción por nombre genérico ha tenido distinto

impacto según los distintos principios activos y clases terapéuticas. En un primer

análisis toman el universo de medicamentos disponibles en Argentina, y afirman

que se revirtió la tendencia creciente del precio promedio de venta al público de

los medicamentos que se observaba desde inicios del 2002, pasando a ser

significativamente inferior a la variación experimentada por el Índice de Precios

al Consumidor a partir de la ley.

Ver “Precios de los Medicamentos” en Anexo II

22

Page 23: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Grafico 2: Evolución del Precio de Venta Público promedio y el IPC (*)

Fuente: Elaboración propia sobre la base del informe de la Unidad de Análisis Económico

(*) Incluye los medicamentos existentes en Dic 2002

En el presente trabajo, se considera que los datos presentados en el informe, no

reflejan exactamente la realidad porque toma el promedio de los precios Kairos

(Precio Venta al Público), con lo cual no se considera el peso del volumen de

venta de cada una de las presentaciones (no está ponderado de acuerdo a los

medicamentos de más venta).

En tal sentido, refleja de manera más exacta el análisis de la evolución de los

precios de los medicamentos respecto al IPC, tomando por un lado, sólo los

productos de venta bajo receta (mercado ético, que constituye el 90% del

mercado farmacéutico total y que son los afectados en la Ley) y, por el otro,

tomando el precio promedio IMS de los productos, ya que si bien este parámetro

no es útil para evaluar el gasto de bolsillo, sí lo es para comparar la variación de

los precios de los medicamentos versus IPC, ya que considera los volúmenes de

venta de cada una de las presentaciones.

Variación porcentual mensualIPC y precio promedio del total de medicamentos (Ene 2002-Dic

2002)

-5

0

5

10

15

20

25

30

35

Ene 02 Febre02

Marz02

Abril02

Mayo02

Junio02

Julio02

Ago02

Septi02

Octu02

Novi02

Dici 02

IPC Precio de Venta al Público Promedio

23

Page 24: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

El precio promedio de los medicamentos surge de dividir la facturación de la

venta de droguerías a farmacias libre de impuestos por el número de unidades

vendidas de todas las presentaciones. Es, por lo tanto, el precio de venta de las

droguerías a las farmacias. Si a ese precio se le aplica el 25% que es el margen

de la farmacia y el 21% del IVA, se obtiene el precio de venta al público pero

ponderado en relación con las unidades vendidas. El precio de venta al público

promedio es el precio promedio IMS x 1.5125. Tiene por lo tanto relación directa

con el precio público pero cuando se analiza un conjunto de medicamentos y

presentaciones, ponderar el volumen de cada una de ellas en el total.

Cuadro 1: Precio IMS- Precio Droguería – Precio Público

Tomando el precio promedio IMS, puede observarse un incremento sostenido

del mismo,.

Grafico 3: Precio Promedio IMS en los últimos 5 años

Precio Promedio IMS $

0,02,04,06,08,0

10,012,014,016,018,020,0

MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04

TOTAL ETICO POPULAR

2% 21% 19% 3%

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS 2004

% PrecioPrecio Salida Laboratorio 100.00 Drogueria a Farmacia 16% 116.00 Farmacia a Consumidor 25% 145.00 + IVA 21% 175.45

24

Page 25: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Cuadro 2: Precio Promedio en $ en los últimos 5 años

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS 2004

Cuadro 3: Tasa de crecimiento del Precio Promedio en los últimos 5 años

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS 2004

A dos años de la promulgación de la Ley de Utilización de Medicamentos por el

Nombre Genérico puede observarse que continúa el crecimiento del precio

promedio IMS de los medicamentos principalmente en el mercado ético (5.7%

en los últimos 12 meses), aunque con una tasa menor que en los años

anteriores

También es importante correlacionar la evolución del precio promedio IMS con la

evolución de los precios en general.

Crecimiento Precio Promedio MAT 09/01vs 09/00 MAT 09/02 vs 09/01 MAT 09/03 vs 09/02 MAT 09/04 vs 09/03 MAT 09/04 vs 09/02

TOTAL 2% 21% 19% 3% 22%ETICO 2% 22% 22% 6% 29%POPULAR 3% 16% 8% -1% 7%

Precio Promedio últimos 5 años MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04

TOTAL 10.3 10.5 12.7 15.1 15.5ETICO 11.3 11.5 13.9 17.1 18.0

POPULAR 5.4 5.6 6.4 6.9 6.9

25

Page 26: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Grafico 4: Evolución del precio promedio IMS y del IPC

Ene 02 a Dic 04 (base 100 enero 2002)

90

100

110

120

130

140

150

160

170

Ene02

Abr 02 Juli 02 Octu02

Ene03

Abr 03 Juli 03 Octu03

Ene04

Abr 04 Juli 04 Octu04

IPC Precio Promedio IMS

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS 2004 e INDEC

26

Page 27: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

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Grafico 5: Variación porcentual mensual del precio promedio IMS y del IPC

Variación porcentual mensual

-4%

6%

16%

26%

Ene02

Abr 02 Juli 02 Octu02

Ene03

Abr 03 Juli 03 Octu03

Ene04

Abr 04 Juli 04 Octu04

IPC PP Merc Etico

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS 2004 e INDEC

En este gráfico confirma que se revirtió la tendencia creciente del precio

promedio IMS de los medicamentos que se observaba desde inicios del 2002,

pero no puede afirmarse que este precio pasa a ser significativamente inferior a

la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor

2. Reducción del precio público de los medicamentos y de los principios activos

Otros dos puntos a analizar, son, por un lado la reducción de los precios de

venta público de los medicamentos, entendiéndose por tal a la efectiva

reducción en la lista de precios publicada en Kairos/Manual Farmacéutico, y por

el otro, la reducción de los precios de los distintos principios activos.

Respecto al primer punto, las autoras mencionan que en diciembre de 2002, un

total de 6720 medicamentos poseían precios de venta público inferiores a los

correspondientes de junio del mismo año, y casi 470 medicamentos costaban lo

mismo que en 1998.

27

Page 28: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Analizando los precios de venta al público a partir del Kairos tomando tanto el

mercado ético como el OTC y descartando insumos descartables, se puede

observar que las presentaciones tuvieron el siguiente comportamiento de precios

de venta al público

Cuadro 4: Nro presentaciones que cambiaron su precio venta público

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS 2004 y MF

Respecto a la reducción de los precios de los distintos principios activos, el

informe afirma que también hubo reducción de los precios de distintos principios

activos entre diciembre 2001 y diciembre 2002, considerando el precio promedio

de venta público, señalando que existen diferencias entre los distintos principios

activos y que además si bien esta reducción es ostensible entre los principios

activos de marcas que tienen competencia, no ocurre lo mismo entre los

principios activos con marcas que no la tienen (Insulinas, antirretrovirales, etc),

entre los cuales se registraron aumentos de precio muy superiores a la evolución

de los precios público promedio del conjunto de medicamentos.

Cuadro 4: Análisis comparativo del comportamiento de los precios de los principios activos entre diciembre 2001 y diciembre 2002, considerando PVP promedio

Análisis sobre la base del PVP promedio

Simvastatin - 25%Alprazolam - 26%

CriterioDic 01 a Sep 02

Sep 02 a Sep 03

Sep 03 a Sep 04

Sep 04 a Jun 05

Sep 02 a Sep 04

Mantuvieron PVP 1,147 8,761 10,303 12,012 6,498 Aumentaron PVO 11,962 3,999 4,881 5,126 6,087 Redujeron PVP 138 1,472 542 269 1,647 Total 13,247 14,232 15,726 17,407 14,232

Mantuvieron PVP 9% 62% 66% 69% 46%Aumentarion PVO 90% 28% 31% 29% 43%Redujeron PVP 1% 10% 3% 2% 12%

Nuevas Presentaciones 985 1,494 1,681 2,479

28

Page 29: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Diclofenac - 35%Norfloxacina - 34%Aciclovir - 41%Ac salicílico - 50%Salbutamol - 51%Ranitidina - 55%Paracetamol - 61%Azitromicina - 70%Bromazepam - 72%

Fuente: elaboración propia sobre la base del informe de la Unidad de Análisis Económico en Salud

Nuevamente en este ultimo análisis, habría que tomar el precio promedio IMS

por principio activo, ya que el cálculo a partir del precio promedio de venta

público se distorsiona al no ponderar el volumen de venta de cada presentación

con su respectivo precio.

Tomando entonces el precio promedio IMS corregido con el adicional del 25%

de la farmacia más el 21% del IVA de los 14 principios activos más vendidos, se

observa un comportamiento de precios por principio activo diferente al

mencionado en el informe, en donde las reducciones no son tan significativas e

incluso existen incrementos de precio.

Cuadro 5: Análisis sobre la base de Precio Promedio IMS

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS

Cuadro 6: Análisis sobre la base de Precio Promedio IMS

PRODUCTO Precio Promedio IMS

TOTAL MOLECULAS Sep-01 Sep-02 01 vs 02 Sep-03 03 VS 02 Sep-04 04 VS 03 04 VS 02 PARACETAMOL 6.29 7.22 14.8% 5.74 -20.5% 5.20 -9.4% -28.0% ATORVASTATIN 37.44 41.37 10.5% 36.91 -10.8% 37.27 1.0% -9.9% OMEPRAZOLE 25.70 30.42 18.4% 27.28 -10.3% 26.44 -3.0% -13.1% NORFLOXACIN 16.79 17.70 5.4% 16.05 -9.3% 15.75 -1.9% -11.0% CIPROFLOXACIN 21.45 22.36 4.3% 22.62 1.2% 21.79 -3.7% -2.5% SIMVASTATIN 31.05 34.96 12.6% 36.00 3.0% 32.08 -10.9% -8.2% RANITIDINE 11.88 13.49 13.6% 14.88 10.3% 15.36 3.2% 13.8% AMOXICILLIN 8.94 10.93 22.3% 12.43 13.8% 13.56 9.1% 24.1% SALBUTAMOL 8.68 11.53 32.9% 13.41 16.3% 12.43 -7.3% 7.8% ALPRAZOLAM 7.46 9.11 22.1% 10.60 16.3% 10.53 -0.7% 15.6% CEFALEXIN 13.72 16.92 23.3% 20.39 20.6% 19.95 -2.2% 18.0% ENALAPRIL 9.64 11.55 19.8% 13.97 20.9% 14.41 3.2% 24.8% GLIBENCLAMIDE 7.11 8.86 24.6% 11.08 25.1% 10.94 -1.3% 23.5% BROMAZEPAM 7.38 9.51 28.9% 12.98 36.4% 13.85 6.7% 45.5%PROMEDIO 15.25 17.57 15.2% 18.17 3.4% 17.83 -1.9% 1.5%

29

Page 30: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Fuente: Elaboración propia sobre la base de IMS

3.Reducción del gasto de bolsillo

Respecto a la reducción del gasto de bolsillo, el informe afirma una reducción del

50.5% del gasto de bolsillo en el tratamiento de la hipertensión arterial e

hipercolesterolemia, con una combinación de simvastatina y enalapril (diciembre

2002 versus diciembre 2001), un 41,8% de reducción del gasto de bolsillo para

el tratamiento de un cuadro bronquial agudo con amoxicilina, en el mismo

período, y una reducción del 60.7% en el tratamiento de la gripe con

paracetamol.

Al respecto, cabe mencionar que no es claro cómo son obtenidos los costos de

tratamiento por dos motivos: la utilización de precio público promedio no es

reflejo fiel de los que paga realmente el paciente o la seguridad social por los

tratamientos, y por otro lado, no se aclaran las dosis diarias de tratamiento en el

caso de la hipertensión e hipercolesterolemia.

4.Estrategias de los laboratorios que impactan en el gasto de bolsillo y en el

gasto de la seguridad social

Los laboratorios tuvieron distintas estrategias para no perder sus ventas. El

informe menciona 2 tipos de estrategias que tienen impacto directo o indirecto

en el gasto de bolsillo y en el gasto en medicamentos de la seguridad social:

TOTAL MOLECULAS Sep-01 Sep-02 01 vs 02 Sep-03 02 vs 03 Sep-04 03 vs 04 02 vs 04 PARACETAMOL 9.5 10.9 14.8% 8.7 -20.5% 7.9 -9.4% -28.0% ATORVASTATIN 56.6 62.6 10.5% 55.8 -10.8% 56.4 1.0% -9.9% OMEPRAZOLE 38.9 46.0 18.4% 41.3 -10.3% 40.0 -3.0% -13.1% NORFLOXACIN 25.4 26.8 5.4% 24.3 -9.3% 23.8 -1.9% -11.0% CIPROFLOXACIN 32.4 33.8 4.3% 34.2 1.2% 33.0 -3.7% -2.5% SIMVASTATIN 47.0 52.9 12.6% 54.4 3.0% 48.5 -10.9% -8.2% RANITIDINE 18.0 20.4 13.6% 22.5 10.3% 23.2 3.2% 13.8% AMOXICILLIN 13.5 16.5 22.3% 18.8 13.8% 20.5 9.1% 24.1% SALBUTAMOL 13.1 17.4 32.9% 20.3 16.3% 18.8 -7.3% 7.8% ALPRAZOLAM 11.3 13.8 22.1% 16.0 16.3% 15.9 -0.7% 15.6% CEFALEXIN 20.8 25.6 23.3% 30.8 20.6% 30.2 -2.2% 18.0% ENALAPRIL 14.6 17.5 19.8% 21.1 20.9% 21.8 3.2% 24.8% GLIBENCLAMIDE 10.7 13.4 24.6% 16.8 25.1% 16.5 -1.3% 23.5% BROMAZEPAM 11.2 14.4 28.9% 19.6 36.4% 20.9 6.7% 45.5%PROMEDIO 23.1 26.6 15.2% 27.5 -14.5% 27.0 -1.9% 1.5%

30

Page 31: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

1. Aquellas que modifican el precio que los pacientes realmente pagan en

las farmacias; ya que significan una reducción del precio de venta al

público sin modificar el precio de venta publicado:

- Sistemas de cupones o bonos para acceder en forma gratuita al

medicamento

- Descuentos del 40% en ventas al mostrador para los pacientes sin

cobertura, como por ejemplo el Recetario Solidario

- Bonos y cupones para tratamientos asistidos con entrega de originales

por una determinada cantidad de originales comprados

2. Descuentos especiales a farmacias, droguerías y a la seguridad social del

30, 45 y 50% sobre el precio droguería, que no siempre se trasladan al

precio de venta público pero que influyen sobre el tipo de productos que

se empujarán en el mostrador

II. El documento “Política de Prescripción de Medicamentos por nombre genérico” (9) , elaborado por la Oficina de Prensa del Ministerio de Salud de

la Nación, publicado en internet, afirma que la introducción de mecanismos

competitivos en el mercado a partir de la ley, ha comenzado a dar los

resultados esperados: una tendencia a la disminución de la brecha de

precios para los distintos principios activos. El informe señala que en el mes

de Agosto del 2002 se ha producido una máxima dispersión en los precios

de los medicamentos correspondientes a los 14 principios activos de mayor

consumo (enalapril, ibuprofeno, amoxicilina, clonazepam, alprazolam,

ranitidina, atenolol, atorvastatin, carbamazepina, bromazepam,

simvastatina, diclofenac sódico, amlodipina, glibenclamida). A partir de la

posibilidad de optar por el medicamento más barato, se observa una

reducción en la brecha de los precios de venta al público y

consecuentemente una reducción del impacto del precio de los

medicamentos en el gasto de bolsillo y si bien la dispersión de los precios

para las 146 presentaciones de los 14 principios activos más vendidos

activos evidenció un comportamiento disímil, globalmente se considera que

31

Page 32: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

los resultados son positivos teniendo en cuenta la tendencia creciente de

los precios hasta Agosto 2002.

Gráfico 6: Evolución de la dispersión de precios venta público

60%

24%

16%

Fuente: Elaboración propia sobre la base del informe “Política de Prescripción de Medicamentos por nombre genérico”

Nuevamente en este informe se considera el precio público promedio cuyo

sesgo es el de no considerar el volumen de unidades por cada presentación de

manera tal de poder dar real magnitud a la variación de los precios y su impacto

en el gasto de bolsillo.

III. En un tercer informe, Impacto de la Política Nacional de Medicamentos en el año 2002 (6), se analiza la reducción del gasto de bolsillo tomando como base

la brecha entre la alternativa terapéutica más cara y la más barata para una

misma patología, lo cual genera un ahorro efectivo medible.

Según el informe, uno de los principios teóricos que sustentan la eficacia de la

Política Nacional de Medicamentos es la alta dispersión de precios, es decir la

variación de los precios a que son ofrecidos los mismos principios activos en

idénticas presentaciones (de dosis y cantidad de unidades) en el mercado. Entre

los medicamentos más vendidos la dispersión de precios es altísima. Para

analizar la dispersión de precios hay que considerar cada principios activo, o

medicamento según su nombre genérico, en particular. Para este análisis se

consideraron los 68 productos de mayor consumo (considerados por su nombre

Los precios no se modificaron: el precio más alto y el precio más bajo para la misma presentación no variaron

Aumentó la brecha de precios: 31% por reducción del precio mínimo y 69% por aumento del precio máximo

Disminuyó la dispersión de precios: 59%% por reducción del precio máximo y 41% por aumento del precio mínimo

32

Page 33: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

comercial) que corresponden, en realidad, a 57 medicamentos cuando se los

considera por su nombre genérico y a 2153 especialidades (marca y

presentación). Cuando se considera el nombre genérico de los 68 productos

más vendidos hay un promedio de casi 8 marcas comerciales por cada genérico.

Según este informe, en más de la mitad de esos casos utilizando el nombre

genérico se puede ahorrar no menos de un 54%; es decir, el precio de la

alternativa más barata es de cerca de la mitad o menos que la alternativa más

cara. En el 20% de los casos el ahorro de la alternativa más barata es de 118%

o mayor, es decir, el precio de la alternativa más cara es, por lo menos, más de

dos veces el precio de la más barata.

La reducción del gasto de bolsillo, es uno de los parámetros más difíciles de

evaluar por distintos motivos:

1. Los descuentos que se aplican por obras sociales y pre-pagos a los

beneficiarios de los mismos

2. Los diferentes descuentos que directa o indirectamente se efectúan en el

mostrador, tal como se mencionara anteriormente.

En este sentido, el último informe Impacto de la Política Nacional de Medicamentos en el año 2002 (6), al tomar la brecha de precios entre la

alternativa más cara y la más barata existente en el mercado y al considerar los

principios activos de mayor venta, parece acercarse más a la realidad, sin

embargo, no menciona en detalle lo ocurrido con cada una de ellas y se

desconoce cómo llegan a las conclusiones finales.

En el presente trabajo, se analiza la brecha de precios entre la alternativa más

cara y la más barata existente en el mercado de los principios activos más

vendidos en las patologías de mayor prevalencia, a partir de la sanción de la ley,

considerando que los pacientes pagan el precio de lista sin ningún descuento

como referencia constante. El incremento de esta brecha por una mayor

33

Page 34: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

dispersión entre la alternativa más cara y la más barata, a partir de la ley, genera

un ahorro anual en el gasto de bolsillo.

a. Gasto anual en $ en el tratamiento de la hipercolesterolemia con simvastatina

20 mg por día

Gráfico 5: Tratamiento de la hipercolesterolemia con simvastatina. Medicamento más caro y más barato

Fuente: Elaboración propia sobre la base de Kairos

En este caso, la brecha entre el medicamento más barato y el más caro se ha

mantenido casi sin cambios. Los productos de precio más bajo tuvieron una

reducción importante en el 2003 (-25%) pero incluso aumentaron en el 2004 (+

4%), mientras que las alternativas más caras han descendido inicialmente el

precio y luego se mantuvieron (-19% en 2003; 0% en 2004) y los productos

originales descendieron inicialmente un 45% pero luego aumentaron un 4%. Es

decir que las alternativas más caras y las más baratas movieron sus precios en

forma paralela.

En términos monetarios, la brecha de precios anual fue de $1089.96 antes de la

ley, $ 932.76 entre 2002 y 2003 y $ 913.56 entre 2003 y 2004, con lo cual puede

0200400600800

10001200140016001800Gasto anual en

$

2002 2003 2004

Alternativa más cara 1799,7 1464,3 1464,3

Alternativa más barata 709,8 531,6 550,8

Producto original 1060,2 612,7 637,4

2002 2003 2004

- 61%

- 64%- 62%

34

Page 35: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

concluirse que el ahorro anual real en el tratamiento de la hipercolesterolemia

con simvastatina a partir de la promulgación de la ley es de $176.4 (16%) ($14.7

por mes)

b. Gasto anual en $ en el tratamiento de la hipertensión arterial con enalapril 20

mg por día

Gráfico 6: Tratamiento de la hipertensión arterial con enalapril. Medicamento más caro y más barato

Fuente: Elaboración propia sobre la base de Kairos

En términos monetarios, la brecha de precios anual fue de $635.9 antes de la

ley, $623.2 entre 2002 y 2003 y $ 655.1 entre 2003 y 2004, con lo cual puede

concluirse que el ahorro anual real en el tratamiento de la hipertensión arterial

con enalapril a partir de la promulgación de la ley es de $19.2 (3%) ($1.6 por

mes).

c) Para el atenolol (50 mg por día en la hipertensión arterial), la brecha de

precios anual se redujo siendo de $ 142.9 antes de la ley, $ 133.60 entre 2002 y

0,0100,0200,0300,0400,0500,0600,0700,0800,0900,0Gasto anual en

$

2002 2003 2004

Alternativa más cara 787,0 787,0 818,9

Alternativa más barata 151,1 163,8 163,8

Producto original 787,0 787,0 818,9

2002 2003 2004

- 81%

- 79%- 80%

35

Page 36: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

2003 y entre 2003 y 2004, básicamente porque las alternativas más baratas se

mantuvieron sin cambio y se redujo el precio de las alternativas más caras.

d) Para el alprazolam (0.5 mg por día), la brecha de precios anual fue de $

252.72 antes de la ley, $ 239.16 entre 2002 y 2003 y $ 265.68 entre 2003 y

2004, con un ahorro anual real a partir de la promulgación de la ley de $12.96

(5%) ($1.08 por mes).

El mismo criterio de análisis puede seguirse para bromazepam, cefalexina,

glibenclamida, Ibuprofeno, metformina, norfloxacina, omeprazol, paracetamol,

amoxicilina, ranitidina, salbutamol, que conforman los productos de mayor venta

en el mercado farmacéutico.

5. Identificación de los cambios producidos en la prescripción y dispensación a partir de la ley

Este aspecto incluye tres parámetros a ser tenidos en cuenta y que han sido

investigados por la Comisión Nacional de Programas de Investigaciones

Sanitarias (CONAPRIS) del Ministerio de Salud, que ha otorgado una beca para

la investigación del impacto de la política de Medicamentos Genéricos(11).

Se trata de una investigación conjunta que se lleva a cabo entre organizaciones

no gubernamentales argentinas como Acción del Consumidor (ADELCO),

Asociación de Economía de la Salud (AES), Centro de Implementación de

Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), centros

académicos como la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad

Maimónides, Instituto de Investigación en Ciencias Sociales de la Universidad

del Salvador (IDICSO), Instituto de Investigaciones Gino Germani de la Facultad

de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires (UBA) bajo la

coordinación de Federico Tobar y Lucas Godoy Garraza por parte de la

CONAPRIS- Ministerio de Salud de la Nación. El IDICSO asume el rol de

asistencia técnica durante todas las instancias del proceso de la investigación.

La pregunta que guía la investigación es: ¿Cuales son los efectos de los

36

Page 37: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

cambios recientes en el marco regulatorio nacional y provincial respecto de la utilización del nombre genérico sobre las prácticas de prescripción y dispensación?

Se trata de un estudio de tipo descriptivo y diacrónico. La metodología de

análisis es cuantitativa. La investigación asumió como objetivos determinar la

frecuencia en que se realizan prescripciones por el nombre genérico del

medicamento, y la sustitución en farmacias, identificar variables explicativas de

estos fenómenos y explorar la percepción de pacientes, médicos y profesionales

farmacéuticos respecto de la utilización del nombre genérico de los

medicamentos

Estos aspectos se indagaron (técnica de recolección de datos) mediante tres

encuestas a compradores de medicamentos, a médicos y a profesionales

farmacéuticos. La primera de éstas se realizó en la farmacia al momento de la

compra del medicamento. Previo al consentimiento del comprador, se consignó

tanto el nombre del medicamento prescripto como del medicamento adquirido

finalmente. El relevamiento se realizó a farmacéuticos, pacientes y médicos

sobre una muestra estadísticamente representativa en cuatro jurisdicciones:

Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Provincia de Buenos Aires; Provincia de

Córdoba; provincia de Santa Fe y un segmento territorial constituido por cinco

provincias seleccionadas al azar. La investigación se planteó tres etapas de

campo con una periodicidad trimestral: Diciembre de 2002; Marzo y Junio de

2003. Sobre la base de la información proveniente de tales etapas, se elaboró

un informe para la evolución de las variables durante el año 2003.

La asistencia técnica; supervisión; ingreso de datos y análisis conjunto de

resultados es la actividad a cargo del IDICSO.

El informe fue publicado en diciembre del 2003 por la CONAPRIS con el título El futuro del acceso a los medicamentos en Argentina. Resultados del Estudio Colaborativo Multicéntrico (“Políticas de Medicamentos”(12)) y

analizado por el Doctor Federico Tobar en el artículo “¿Cuánto son usados los medicamentos por su nombre genérico?”

37

Page 38: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Del análisis de los datos del estudio surgen algunos hallazgos significativos:

a. Cambios producidos en la prescripción

Respecto a cuántas recetas se confeccionan por el nombre genérico, según

estos informes, la Política Nacional de Medicamentos de Argentina logró de

forma inmediata que más de la mitad de las recetas sean prescriptas por nombre

genérico. A través de la primera etapa de la encuesta a pacientes se verificó que

la proporción de medicamentos prescriptos por nombre genérico llegó al 57,7%

(prescripción por el nombre genérico sólo más prescripción consignando el

nombre genérico y la marca comercial en la misma receta). En el resto de los

casos, los medicamentos estaban indicados exclusivamente por su marca

comercial. En las dos etapas siguientes, ese porcentaje aumentó, hasta llegar al

71% en la tercera etapa.

Grafico 7: Medicamentos adquiridos según el tipo de receta

Fuente: El futuro del acceso a los medicamentos en Argentina. Resultados del Estudio Colaborativo Multicéntrico

La investigación además permitió corroborar esta tendencia a través de la

consulta a Farmacéuticos. Los datos obtenidos con la encuesta a pacientes

resultaron relativamente consistentes con los derivados de la percepción de los

farmacéuticos. En la primera etapa, los farmacéuticos estimaron que la

proporción de recetas que se confeccionaban prescribiendo por nombre

38

Page 39: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

genérico, es decir, considerando conjuntamente las opciones de prescripción

sólo por el nombre genérico representaba un 55% de las recetas. Luego, las

percepciones continuaron la tendencia observada en la encuesta a pacientes,

llegando al 68%.

Las prescripciones que consignan el nombre genérico fueron más frecuentes en

las provincias de Buenos Aires (27% sólo por nombre genérico y 42%

incluyendo nombre genérico y comercial) y Santa Fe (24% sólo por nombre

genérico y 42% incluyendo nombre genérico y comercial) y en la Ciudad de

Buenos Aires (37% sólo por nombre genérico y 23% incluyendo nombre

genérico y comercial) que en Córdoba y el resto del país. Fue en la Ciudad de

Buenos Aires donde el nombre genérico se consigna exclusivamente con más

frecuencia (37%).

El tipo de prescripción varió según el sistema de cobertura médica del paciente.

La prescripción por nombre genérico fue más frecuente cuando el paciente

declararon poseer cobertura de una Obra Social Nacional (27% de las recetas

sólo por nombre genérico y 35% con ambos nombres) o Provincial (31% de las

recetas sólo por nombre genérico y 33% con ambos nombres) que en aquellos

casos en que fueron afiliados al INSSJP (16% de las recetas sólo por nombre

genérico y 37% con ambos nombres), a una Prepaga (21% de las recetas sólo

por nombre genérico y 34% con ambos nombres), o bien no tuvieron cobertura

(31% de las recetas sólo por nombre genérico y 23% con ambos nombres). A su

vez, hubo mayor frecuencia de prescripción exclusivamente el nombre genérico

en los casos en que el paciente declaró estar afiliado a una Obra Social Nacional

o Provincial y cuando no poseía cobertura alguna.

La prescripción por nombre genérico resultó más frecuente en medicamentos

antihistamínicos, antialérgicos, antibióticos, antiarrítmicos y antianémicos. El

nombre genérico en forma exclusiva se registró con mayor frecuencia en el caso

39

Page 40: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

de broncodilatadores, antianémicos, antihistamínicos, analgésicos y

medicamentos para terapéutica tiroidea.

Los médicos clínicos, los cardiólogos y los pediatras fueron quienes más

prescribieron por el nombre genérico. El 57% de las recetas de los clínicos, el

56% de las de los cardiólogos y el 55% de las de los pediatras fueron recetas

exclusivamente por el nombre genérico o por nombre genérico y marca. Sin

embargo, es muy complejo evaluar los niveles de adhesión a la política según

especialidad del médico ya que las tres especialidades médicas mencionadas

son las que tienen mayor participación en el total de recetas emitidas. Juntas

representan el 60% de las recetas totales y el 34% de las que incluyen el

nombre genérico (solo o junto al nombre comercial). Hay otras especialidades

que registraron una mayor adhesión a la política pero tienen un peso menor

sobre el total de prescripciones. Por ejemplo el 75% de las recetas de alergistas

e inmunólogos y el 72% de las de los hematólogos incluyeron el nombre

genérico. Sin embargo, ambos no totalizan más del 2% de las recetas emitidas.

A su vez el 66% de las recetas de los gastroenterólogos incluyeron el nombre

genérico (solo o junto al comercial), aunque las mismas no representan más del

3% del total de recetas

En otorrinolaringología y oftalmología es donde se preservaron los mayores

niveles de fidelidad a la marca comercial. El 66% de las recetas de los primeros

y el 56% de las de los segundos se emitieron exclusivamente por nombre

comercial. En el resto de las especialidades el comportamiento fue menos

homogéneo.

b. Cambios producidos en la dispensación: conducta del farmacéutico y del

consumidor

Los farmacéuticos encuestados manifestaron que sustituyeron cuando la receta

sólo indicaba marca comercial en un promedio del 27,2% de los casos, mientras

que cuando la receta incluía ambos nombres la cifra ascendía 36,7% de los

casos.

40

Page 41: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Entre los compradores que no sustituyeron, es decir, adquirieron la marca

consignada en la receta (ya sea en forma exclusiva o en conjunto con el nombre

genérico), un 13% afirmó haber realizado una selección respecto a otras

alternativas comerciales. También ocurrió la situación inversa: el 9% de los

compradores encuestados que portaban una receta donde figuraba el nombre

genérico exclusivamente, compraron medicamentos sin seleccionar entre

diferentes alternativas comerciales.

La sustitución dependió en gran medida de cómo fue confeccionada la receta.

Cuando la receta incluye marca comercial y nombre genérico los farmacéuticos

sustituyeron más del doble de las veces que cuando sólo figuraba el nombre

comercial (7,2% de los casos versus 3,1% de los casos). La sustitución

farmacéutica fue relativamente homogénea en todo el país y fue especialmente

infrecuente en la provincia de Córdoba, y menos frecuente en la Ciudad de

Buenos Aires y las provincias de Buenos Aires y Santa Fe que en el resto del

país. Los datos resultaron coherentes con la encuesta a médicos ya que en la

provincia de Córdoba los médicos manifestaron mayor desacuerdo con esta

práctica.

El costo para el paciente fue un factor importante a la hora de decidir la

sustitución. En efecto, la sustitución fue mucho más frecuente cuando el

paciente no contaba con cobertura de seguros de salud (Obra Social o

Prepaga). Además, la sustitución fue algo mayor cuando el paciente declaró

poseer una patología crónica y entre aquellos que adquirían medicamentos con

más frecuencia.

También existen ciertas diferencias relacionadas con el hecho de haber recibido

o buscado información sobre el tema (aunque conocer la ley no resulta un hecho

decisivo) y, en relación con la percepción que el propio paciente tiene de la

calidad de los medicamentos y su relación con la marca comercial.

En cambio, el porcentaje de sustitución no mostró variación en relación con el

género del paciente y tampoco existió una asociación lineal respecto de su nivel

de estudios y por lo tanto resulta improbable su asociación con el nivel de

ingresos del paciente. No obstante, de acuerdo a la percepción de los

41

Page 42: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

farmacéuticos la sustitución se incrementó en aquellas farmacias cuyo público

fue mayoritariamente de nivel socioeconómico bajo.

La sustitución apareció cuando el farmacéutico ofreció una alternativa, aumentó

cuando ofreció varias y aún más cuando asumió una actitud de aconsejar al

paciente. Ello podría explicar la diferencia en el porcentaje de sustitución según

el tipo de receta, ya que pareció más frecuente que el farmacéutico asumiera

una actitud "activa" cuando la receta consignaba el nombre genérico del

medicamento.

De acuerdo a la encuesta a farmacéuticos, la actitud "activa" o "pasiva" estuvo

fuertemente relacionada con la postura del farmacéutico en relación con la ley

de prescripción por nombre genérico: los más favorables, mostraron una

predisposición activa, en tanto quienes más se oponían a la ley tuvieron una

actitud pasiva, pues quedaban a la espera de la demanda de los compradores.

Otros factores, tales como ubicación geográfica, tamaño o tipo de farmacia no

afectaron mayormente la proporción de recetas que se sustituyen.

Las conclusiones parciales de este informe son que la Política Nacional de

Medicamentos implementada a partir del 2002 ha logrado un muy alto impacto

sobre la utilización del medicamento por su nombre genérico. Los niveles de

adhesión obtenidos resultan inéditos tanto por parte de los pacientes como de

los prescriptores y farmacéuticos. Identifica varios factores que explican esta alta

adhesión: las políticas provinciales que permitieron una concordancia entre la

normativa nacional y las correspondientes leyes provinciales; las políticas y

estrategia de los aseguradores, las resoluciones de la Superintendencia de

Servicios de Salud que instrumentan la política para las Obras Sociales

Nacionales, así como las disposiciones similares de algunas Obras Sociales

Provinciales. También identifican que la demora en la adhesión del INSSJP y de

algunas empresas de medicina prepaga ha resultado un factor que

evidentemente demoró la difusión de la utilización de los medicamentos por su

nombre genérico.

42

Page 43: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Respecto a los otros objetivos perseguidos por el estudio, los informes

concluyen que en muchos casos los pacientes no percibieron que la receta que

recibieron indicaba el nombre genérico o que el farmacéutico les ofreciera

alternativas del mismo medicamento genérico. Los pacientes identificaron más la

política con la prescripción por el nombre genérico que por la sustitución por

parte del farmacéutico. De hecho, el uso de la posibilidad de sustitución cuando

es consignada una marca en la receta aparece relativamente bajo. Cuando se

compararon las declaraciones de pacientes y farmacéuticos entre sí, surgió un

sub-registro del acto de sustitución farmacéutica por parte de los pacientes o

una exageración por parte de los farmacéuticos.

Respecto a la adhesión de los pacientes a la política, las variables que

resultaron más decisivas fueron la edad y (aunque en menor medida) nivel de

instrucción relacionado con el conocimiento de la política del paciente: los

pacientes con menor conocimiento en la política son aquellos a quienes menos

se les prescribió por nombre genérico y a quienes menos se les ofreció

sustitución en las farmacias. En tal sentido, concluye el informe que el aumento

de la utilización de los medicamentos por su nombre genérico requiere reducir

asimetrías de información.

En el presente trabajo se analizará paralelamente a los informes publicados

directa o indirectamente por el Ministerio de Salud, los datos arrojados por la

auditoría de recetas Close Up, herramienta que compra la industria farmacéutica

para auditar las prescripciones. Dicha auditoría audita más de 12 millones de

recetas a partir de bases de datos de obras sociales, prepagas y agencias

mandatarias.

Los datos de la auditoría a diciembre 2004 (13)(2 años de la promulgación de la

Ley), muestran que las recetas en las que no se indica marca comercial sino

solamente nombre genérico crecieron más de un 500% a partir de la

promulgación de la ley, aunque constituyen solamente el 2.09% del total de

recetas auditadas.

43

Page 44: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Tabla Nro 3: Análisis del 80% de las recetas auditadas por Close Up(13)

Fuente: Elaboración propia sobre la base de Close Up MAT 12/04

Respecto a la sustitución, la empresa Close Up elaboró un informe sobre el

comportamiento de los productos genéricos a nivel farmacias desde mayo 2004

a abril 2005, que muestra en base a un promedio de 22.000 recetas mensuales

de obras sociales, un promedio del 94.8% de prescripciones sin sustitución,

4,7% de prescripciones en las que se pierde la venta y 0,4% de prescripciones

con sustitución(13).

Rnk 2000Laboratorios MAT 12/2000 MAT 12/2001 MAT 12/2002 MAT 12/2003 MAT 12/2004 Rnk 2004 Crecimiento 2004 vs 2002RECETARIO TOTAL 5.747.350 6.726.622 6.596.926 10.089.527 12.133.712

1 ROEMMERS 8,75 8,66 8,60 8,67 8,90 1 3,49%2 ROCHE 7,00 6,92 6,58 6,07 5,74 2 -12,77%5 GADOR 4,24 4,51 5,12 5,66 5,67 3 10,74%4 BAGO 5,49 5,38 5,30 5,63 5,52 4 4,15%3 PFIZER 5,77 5,73 5,53 4,83 4,44 5 -19,71%9 MONTPELLIER 2,97 2,99 3,19 3,50 3,55 6 11,29%8 IVAX ARGENTINA 3,05 3,04 3,02 3,08 3,03 7 0,33%

13 ELEA 2,61 2,67 2,74 2,88 3,02 8 10,22%10 GLAXO SMITHKLINE 2,94 3,07 3,23 2,93 2,89 9 -10,53%6 NOVARTIS PHARMA 3,50 3,48 3,29 2,99 2,79 10 -15,20%7 AVENTIS PHARMA 3,33 3,12 2,92 2,86 2,68 11 -8,22%

18 CASASCO 1,95 2,02 2,08 2,41 2,66 12 27,88%12 SCHERING PLOUGH 2,79 2,73 2,82 2,79 2,52 13 -10,64%14 PHOENIX 2,46 2,36 2,23 2,28 2,37 14 6,28%77 LAB. NO INDICADO 0,09 0,08 0,31 0,96 2,09 15 574,19%16 BETA 2,06 2,10 2,02 1,90 1,97 16 -2,48%15 BRIST-MYERS SQUI 2,29 2,28 2,07 1,88 1,91 17 -7,73%11 MERCK SHARP & DOH 2,94 2,93 2,45 1,99 1,88 18 -23,27%17 BOEHRINGER ING. 2,04 2,03 1,88 1,89 1,80 19 -4,26%23 ANDROMACO 1,50 1,54 1,70 1,74 1,80 20 5,88%20 LAB.BERNABO 1,63 1,64 1,67 1,64 1,68 21 0,60%33 BALIARDA 0,87 0,95 1,24 1,49 1,65 22 33,06%30 RAFFO 1,01 1,11 1,10 1,23 1,40 23 27,27%24 SIDUS 1,48 1,41 1,37 1,27 1,22 24 -10,95%25 TEMIS LOSTALO 1,38 1,30 1,24 1,16 1,16 25 -6,45%19 WYETH 1,68 1,62 1,57 1,36 1,12 26 -28,66%27 ALTANA PHARMA 1,25 1,27 1,13 1,04 1,10 27 -2,65%29 ALCON ARGENTINA 1,12 1,06 1,04 1,02 1,07 28 2,88%28 SANDOZ 1,17 1,06 1,07 1,14 1,06 29 -0,93%21 ABBOTT 1,60 1,53 1,28 1,15 1,05 30 -17,97%

44

Page 45: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Tabla Nro 4: Análisis de la sustitución de recetas auditadas por Close Up(13)

Fuente: Elaboración propia sobre la base del informe Close Up MAT 04/05

6. Analisis de las estrategias de la industria farmacéutica a partir de la promulgación de la ley Los laboratorios tuvieron desarrollaron distintas estrategias a partir de la

promulgación de la ley para no perder sus ventas.

Por un lado estrategias comerciales que tienen impacto directo o indirecto en

el gasto de bolsillo y en el gasto en medicamentos de la seguridad social:

1. Aquellas que modifican el precio que los pacientes realmente pagan en

las farmacias; ya que significan una reducción del precio de venta al

público sin modificar el precio de venta publicado:

- Sistemas de cupones o bonos para acceder en forma gratuita al

medicamento

- Descuentos del 40% en ventas al mostrador para los pacientes sin

cobertura, como por ejemplo el Recetario Solidario

22,115

94.9%

52.0%

24.0%

18.8%

4.7%

3.5%

1.2%

0.4%

0.3%

0.1%

Prescribe una Marca y se vende esa Marca

Prescribe Genérico solamente

Prescribe Genérico y Marca y le venden otra Marca

Prescribe una Marca y le venden otra Marca

Total Prescripciones Sin Venta

Prescribe Genérico y se pierde venta

Prescribe Marca y se pierde venta

Total Prescripciones Con Sustitución

MUESTRA

Total Prescripciones Sin Sustitución

Prescribe Genérico y Marca

45

Page 46: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

- Bonos y cupones para tratamientos asistidos con entrega de originales

por una determinada cantidad de originales comprados

2. Descuentos especiales a farmacias, droguerías y a la seguridad social del

30, 45 y 50% sobre el precio droguería, que no siempre se trasladan al

precio de venta público pero que influyen sobre el tipo de productos que

se empujarán en el mostrador

Además de las políticas comerciales anteriormente mencionadas y que actúan

principalmente sobre el precio que el paciente realmente paga en la farmacia

(bonos, tratamientos asistidos, etc.) la industria farmacéutica desarrolló otras

estrategias de marketing a partir de la promulgación de la ley para preservar

su facturación:

1.Incorporación de nuevas presentaciones que compiten con las que se encuentran en el mercadoa. Incorporación de envases con un número distinto de unidades

b. Incorporación de presentaciones con nuevas concentraciones.

c. Incorporación de presentaciones en envase hospitalario (o de mayor

tamaño) para distribuir el costo del packaging y permitir el blisteado

d. Incorporación de productos que habían sido dados de baja

e. Incorporación de productos existentes en nuevas formas o

presentaciones para diferenciar el producto

2.Incorporación de laboratorios en la producción de principios activos que hasta mayo del 2002 no existían

46

Page 47: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

7. CONCLUSIONESA 2 años de su implementación resulta fundamental hacer un análisis del

impacto la Ley de Prescripción de Medicamentos por Nombre Genérico

Genérico (Ley 25.649/02), una de las 4 estrategias encaradas por el

Gobierno Nacional para lograr la reducción del gasto de bolsillo y la

reducción del gasto en salud tanto de las entidades públicas como de las

obras sociales y sistemas pre-pagos, y en definitiva favorecer el acceso

económico de la población a los medicamentos.

El presenta trabajo analiza con una perspectiva diferente a publicaciones

recientes, el impacto que ha tenido en el consumo de medicamentos la

Ley 25.649/02, a 2 años de su implementación.

Desde esa perspectiva diferente, el impacto de la ley no es tal como se

intenta mostrar en las publicaciones oficiales.

Respecto al consumo, se han incrementado entre septiembre de 2002 y

septiembre de 2004 tanto la cantidad de envases por habitantes como el

volumen de unidades vendidas y la facturación, de acuerdo a los datos de

IMS. El precio promedio de venta al público revirtió su tendencia creciente

y su variación fue significativamente inferior a la experimentada por el

Índice de Precios al Consumidor, pero el precio promedio IMS (que

tampoco es un fiel reflejo del gasto de bolsillo pero que pondera el

volumen de consumo) se incrementó principalmente en el mercado ético,

alcanzando un 29% en los últimos 24 meses.

Analizando el comportamiento del Precio de Venta al Público por

principios activos y no por productos, se observa que hubo reducción

ostensible entre los principios activos de marcas que tienen competencia,

pero entre los principios activos con marcas que no tienen competencia

(Insulinas, antirretrovirales, etc), se registraron aumentos de precio muy

superiores a la evolución de los precios público promedio del conjunto de

medicamentos.

A su vez, analizando el precio promedio IMS de los 15 principios activos

más vendidos, se observa que las reducciones no son tan significativas e

47

Page 48: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

incluso existen incrementos de precio de principios activos después de

promulgada la ley.

Finalmente, respecto las conclusiones de los trabajos analizados referidas

a la reducción del gasto de bolsillo, nuevamente se insiste en el presente

trabajo que es metodológicamente incorrecto tomar para ello el precio de

venta al público ya que no es el precio que el paciente realmente paga en

mostrador.

Sí se observa que la promulgación de la ley ha tenido un muy alto

impacto en el comportamiento de la industria farmacéutica y en las

conductas de prescriptores, farmacéuticos y consumidores.

Para evaluar seriamente el acceso económico de la población a los

medicamentos, las variables de consumo, precios y gasto de bolsillo son

parámetros insuficientes y se requieren censos y estadísticas a gran

escala del gasto en medicamentos de las instituciones públicas, obras

sociales y pre-pagos.

Además, el gasto en medicamentos como parámetro aislado, no tiene

sentido si no se miden junto con los índices de salud de la población..

Finalmente, deberían con liderarse otros aspectos relacionados con el

consumo de medicamentos y que no son ámbito de la ley:

a. El grave problema de la automedicación, que incrementa el

gasto en medicamento y en muchos casos el gasto en salud.

b. No se ha discutido es la posibilidad de reducir el impuesto al

valor agregado (IVA) a los medicamentos como herramienta

para mejorar el acceso económico

c. El control de calidad de los productos por parte del ente

responsable (ANMAT) y la tarea de farmacovigilancia de los

agentes de salud, no son óptimos en la Argentina. De ninguna

manera, la ley debería promover la existencia de dos tipos de

medicamentos: medicamentos para ricos y medicamentos para

pobres, lo cual no sólo reduce la inequidad, objetivo éste de la

Ley, sino que la profundiza.

48

Page 49: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Anexo I: Ventas en el Mercado Farmacéutico en los últimos años

Ventas del Mercado Farmacéutico Argentino (4) Luego la importante caída de las ventas en unidades registradas en el 2002, se

observa una significativa recuperación en el año 2004 llegando el mercado

farmacéutico total a recuperar las unidades de venta del año 2000 (4)

Gráfico 1: Venta del Mercado Farmacéutico Total en unidades últimos 5 años

Unidades en millones

0

50

100

150

200

250

300

350

400

MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04

ETICO POPULAR

- 5% - 21% 15% 16%

Fuente: Elaboración propia en base a IMS 2004

La recuperación de las ventas está dada principalmente por el crecimiento de la

venta de unidades del mercado ético, que constituye el 77% de las unidades del

MFT. Lo mismo puede observarse en la venta de unidades en los últimos 2 años

(Septiembre 2002-Septiembre 2004)

49

Page 50: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Gráfico 2: Venta del Mercado Farmacéutico Total en unidades últimos 24 meses

Fuente: Elaboración propia en base a IMS 2004

Cuando se analiza la facturación (valores) del MFT, la recuperación fue superior

a la de unidades. También en el caso de los valores, esta recuperación está

dada principalmente por la recuperación del mercado ético por su volumen (90%

de la participación en el MFT)

Gráfico 3: Venta del Mercado Farmacéutico Total en pesos en los últimos 5 años

Valores en millones de $

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04

ETICO POPULAR

- 4% - 5% 36% 19%

Fuente: Elaboración propia en base a IMS 2004

Unidades en millones

0,05,0

10,015,020,025,030,035,040,0

09/02

11/02

01/03

03/03

05/03

07/03

09/03

11/03

01/04

03/04

05/04

07/04

09/04

ETICO POPULAR TOTAL

50

Page 51: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

En los últimos 24 meses (Sep 2002-Sep 2004) se observa un crecimiento

significativo en valores a expensas del mercado ético

Gráfico 4: Venta del Mercado Farmacéutico Total en pesos últimos 24 meses

Valores en millones de $

0,0

100,0

200,0

300,0

400,0

500,0

600,0

09/02

11/02

01/03

03/03

05/03

07/03

09/03

11/03

01/04

03/04

05/04

07/04

09/04

ETICO POPULAR TOTAL

Fuente: Elaboración propia en base a IMS 2004

Cuando se analiza la facturación en dólares, se observa una recuperación del 13% respecto al

2002, año en el cual, por la devaluación y la disminución del consumo, la caída fue de un 52%

51

Page 52: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Gráfico 5: Venta del Mercado Farmacéutico Total en dólares en los últimos 5 años

Valores en millones de USD

0500

1.0001.5002.0002.5003.0003.5004.0004.500

MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04

ETICO POPULAR

- 4% - 52% - 12% 25%

Fuente: Elaboración propia en base a IMS 2004

Gráfico 6: Precio Promedio en los últimos 5 años

Precio Promedio $

0,02,04,06,08,0

10,012,014,016,018,020,0

MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04

TOTAL ETICO POPULAR

2% 21% 19% 3%

Fuente: Elaboración propia en base a IMS 2004

Precio Promedio últimos 5 años MAT 09/00 MAT 09/01 MAT 09/02 MAT 09/03 MAT 09/04

TOTAL 10.3 10.5 12.7 15.1 15.5ETICO 11.3 11.5 13.9 17.1 18.0

POPULAR 5.4 5.6 6.4 6.9 6.9

52

Page 53: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Anexo II: Precio de los medicamentos

Se definen 3 precios diferentes en el mercado farmacéutico

Precio Salida Laboratorio: es el valor con el cual los laboratorios venden a la

cadena comercial (distribuidoras y droguerías).

Precio de Venta al Público: es el precio de lista publicado en Kairos y Manual

Farmacéutico con el cual se vende el medicamento en la farmacia. Surge del

valor de venta de los laboratorios (Precio Salida Laboratorio) al que se le suman

los márgenes de utilidades brutas de los distintos eslabones de la cadena y los

impuestos (IVA).

Precio Promedio IMS: Surge de dividir la facturación de la venta de droguerías

a farmacias libre de impuestos por el número de unidades.

Estructura del precio de los medicamentosEl precio de los medicamentos surge del valor de venta de los laboratorios

(Precio Salida Laboratorio) al que se le suman los márgenes de utilidades brutas

de los distintos eslabones de la cadena y los impuestos (IVA).

Sobre base 100$ de Precio Salida de Laboratorio, la estructura teórica del precio

estaría compuesta de la siguiente manera resultando un precio final (Precio de

Venta al Público, Kairos) de 175$.

53

Page 54: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Gráfico 1: Estructura del precio de los medicamentos.

Fuente: Elaboración propia en base a IMS

Actualmente con los descuentos aplicados desde la iniciación de la cadena

comercial, el precio final es de 150$.

0 25 50 75 100 125 150 175 200

ComposiciónPrecio Real

ComposiciónPrecio Teórica

PSLPSL + IVADrogueríaFarmacia

PVP= 175.45

PVP= 150.52

+ 21%

+ 21%

+ 16%

+ 6%

+ 25%

+ 27%

54

Page 55: Impacto de la Ley de medicamentos genéricos

Sorter Andrea – Sistemas de Salud y Seguridad SocialCohorte 2004-2005

Bibliografía1. Estudios de la Economía Real, El mercado de medicamentos en

Argentina, Fundación ISALUD, Nro 13, Sep 19992. Prescripción y dispensa de medicamentos por nombre genérico,

Legislación Nacional y Provincial, Anexo: legislación internacional. Dra. Claudia Madies, Lic. Pablo Vizzotti, 31/1/2003, Ministerio de Salud de la Nación

3. www.capgen.com.ar 4. IMS Health 2004. PMA Argentina5. http://infoleg.mecon.gov.ar 6. Impacto de la Política Nacional de Medicamentos en el año 2002,

Federico Tobar, Lucas Godoy Garraza, Mauricio Monsalvo, Rodrigo Falbo7. Atención Primaria de la Salud, Boletín PROAPS – Remediar, Año 1 Nro 3,

Sep 20038. Política de Medicamentos Genéricos en Brasil, Agencia Nacional de

Vigilancia Sanitaria (Anvisa)Buenos Aires, Diciembre 2002, 1er congreso Argentino-Brasileño de Medicamentos Genéricos, www.anvisa.gov.br

9. Política de Prescripción de Medicamentos por nombre genérico. Documento elaborado por la Oficina de Prensa del Ministerio de Salud de la Nación (documento publicado en internet sin fecha ni autores)

10. “La Política Nacional de Medicamentos: ¿Qué se hizo? ¿Qué queda por hacer?, de Sonia Tarragona y Catalina de la Puente, informe de la Unidad de Análisis Económico en Salud (UAES) publicado por el Ministerio de Salud (documento publicado en internet sin fecha)

11. Impacto de la política de Medicamentos Genéricos. Estudios Colaborativos Multicéntricos. Disertante: Valeria Coniglio. 1° Jornada de Investigación del IDICSO - 10/Sep/2003.1° Jornada de Investigación del IDICSO, 10/SEP/2003. Facultad de Ciencias Sociales, Universidad del Salvador

12.El futuro del acceso a los medicamentos en Argentina. Resultados del Estudio Colaborativo Multicéntrico “Política de Medicamentos” 2002-2003, Comisión Nacional de Programas de Investigación Sanitaria Ministerio de Salud de la Nación, Diciembre de 2003, Lic. Federico Tobar y Lic. Lucas Godoy Garraza

13.Auditoría Close Up: Informe MAT Diciembre 2004; Informe comportamiento de prescripciones en farmacias Abril 2005

14.Manual Farmacéutico/Kairos15. INDEC, www.indec.gov.ar16.U.I.E.S. Ministerio de Salud de la Nación, en base ECD, 200117.¿Cuánto son usados los medicamentos por su nombre genérico?, Dr

Federico Tobar; Revista Médicos, Nro 26, pág 52

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