iii seminario de derecho constitucional

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III SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL | Jesús Abad Surichaqui Ramírez III SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL NUEVAS TENDENCIAS PARA LA REFORMULACIÓN DEL SISTEMA CONSTITUCIONAL TEMA: Nuevos planteamientos para una verdadera descentralización del Estado PONENTE: Hamilton Estacio Flores Para hablar del afán de regionalización en el Perú debemos remontarnos a épocas ancestrales, puesto que durante el Tahuantinsuyo nuestra patria estuvo constituida por 4 regiones; especialmente Huánuco perteneció al Chinchaysuyo. En 1532 se produce la ruptura del tejido social del Tahuantinsuyo, ocasionado sangre, destrucción y muerte en nuestro territorio hasta la llegada del virrey Toledo, el cual sienta a Lima como la capital del Perú, así también se nombra al Callao como Provincia Constitucional; dejando controversia, ya que no es la única Provincia Constitucional. La Independencia del Perú no tiene lugar un 28 de julio de 1821, sino en el primer grito de libertad en el territorio y simplemente lo que hoy se celebra es la jura de la Independencia Criolla. En 1820 se forma el Primer Congreso Constituyente y tres años más tarde se elabora una Constitución a pesar de la fuerte presencia del federalismo. Esta entidad tuvo como fin revisar a los cuatro años de vigencia de la Constitución, ver las características del Estado para brindar avisos de calidad e institucionalidad; lo cual no se concreta hasta el momento. Durante estos años nuestra patria ha tenido diversas Constituciones, unas más revolucionarias que otras, y así llegamos a la Constitución de 1979 que es un referente por la concurrencia al pacto social de todas las convicciones ideológicas de ese tiempo. Se puede decir que la Constitución del 93 es una carta, ya que una Constitución nace del poder soberano de la voluntad popular, mientras que las cartas nacen como consecuencia de la decisión y voluntad del gobernante y

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Page 1: III Seminario de Derecho Constitucional

III SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL | Jesús Abad Surichaqui Ramírez

III SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONALNUEVAS TENDENCIAS PARA LA REFORMULACIÓN DEL

SISTEMA CONSTITUCIONALTEMA: Nuevos planteamientos para una verdadera descentralización del EstadoPONENTE: Hamilton Estacio Flores Para hablar del afán de regionalización en el Perú debemos remontarnos a épocas

ancestrales, puesto que durante el Tahuantinsuyo nuestra patria estuvo constituida por 4 regiones; especialmente Huánuco perteneció al Chinchaysuyo.

En 1532 se produce la ruptura del tejido social del Tahuantinsuyo, ocasionado sangre, destrucción y muerte en nuestro territorio hasta la llegada del virrey Toledo, el cual sienta a Lima como la capital del Perú, así también se nombra al Callao como Provincia Constitucional; dejando controversia, ya que no es la única Provincia Constitucional.

La Independencia del Perú no tiene lugar un 28 de julio de 1821, sino en el primer grito de libertad en el territorio y simplemente lo que hoy se celebra es la jura de la Independencia Criolla.

En 1820 se forma el Primer Congreso Constituyente y tres años más tarde se elabora una Constitución a pesar de la fuerte presencia del federalismo. Esta entidad tuvo como fin revisar a los cuatro años de vigencia de la Constitución, ver las características del Estado para brindar avisos de calidad e institucionalidad; lo cual no se concreta hasta el momento.

Durante estos años nuestra patria ha tenido diversas Constituciones, unas más revolucionarias que otras, y así llegamos a la Constitución de 1979 que es un referente por la concurrencia al pacto social de todas las convicciones ideológicas de ese tiempo.

Se puede decir que la Constitución del 93 es una carta, ya que una Constitución nace del poder soberano de la voluntad popular, mientras que las cartas nacen como consecuencia de la decisión y voluntad del gobernante y sobre todo de aquel que concentra todos los poderes como en los tiempos de Fujimori.

Durante el gobierno del presidente Alejandro Toledo se da un avance notable al proceso de regionalización en el Perú.

Centralización: reunir en un punto geográfico la economía, los poderes, la cultura, la decisión.

Desconcentración: es cuando el ejecutivo decide encargar y encomendar, creando autoridades autónomas para que ejecuten determinadas obras por encargo del ejecutivo; son dependientes del ejecutivo.

Descentralización: transferencia de poder central a otras instancias. Regionalización: es la unión de dos o más departamentos contiguos con vínculos

sociológicos, económicos e históricos promovida por la ciudadanía, alcaldes y presidentes regionales.