ii. nivel normativo 1. objetivos objetivos...

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Plan Director de Desarrollo Urbano 2005 - 2015 CI Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán, Sinaloa; MEXICO 99 II. NIVEL NORMATIVO Este capítulo tiene como propósito identificar todas las disposiciones que normarán el desarrollo urbano de la Ciudad de Mazatlán y a partir del resumen de las necesidades que se registren, establece los objetivos y las conclusiones del diagnóstico–pronóstico. 1. OBJETIVOS A) Objetivos Generales Ordenar y regular el desarrollo urbano de la Ciudad de Mazatlán. De no llevarse a cabo una organización administrativa del medio urbano, la Ciudad crecerá sin orden, autorizándose edificaciones o fraccionamientos habitacionales en zonas no aptas para dichos desarrollos; por lo que es necesario realizar una revisión integral a los Reglamentos de construcción vigentes, asociado con modificaciones y reformas de conformidad a los cambios suscitados en materia urbana para poder contar con una legislación que refleje mayor claridad en las normas y establezca una estructura simple en sus procedimientos, facilitando a los usuarios los trámites correspondientes de una manera más rápida. Por otra parte la organización urbana es esencial en la actualidad, para evitar que se siga concentrándose la mayoría de la población en el centro urbano, deteriorando con esto la infraestructura con la que cuenta, es decir que se le dé auge a los subcentros urbanos de la ciudad, el de la Col. Benito Juárez, Col. López Mateos y Flores Magón; distribuyendo el equipamiento y los servicios a sus habitantes, a partir de ello, se tiene una urbanización con desarrollo equilibrado, que conecta a la ciudad como la red de servicios e infraestructura que se necesita. Dictar las medidas necesarias para el establecimiento de adecuadas reservas, usos y destinos del suelo. El programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Mazatlán, se ocupa de su ordenamiento y regulación en el proceso de la planeación territorial; para lo cual se apoya en los siguientes instrumentos de planeación: Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Mazatlán 2005-2007 Carta Urbana de Zonificación 1997 Carta Urbana de Vialidades 1997 La siguiente tabla se deriva del Programa Nacional de Desarrollo Urbano y en ella se sintetiza la relación de compatibilidad de usos y destinos del suelo para los centros de población.

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Plan Director de Desarrollo Urbano 2005 - 2015

CI Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán, Sinaloa; MEXICO 99

II. NIVEL NORMATIVO

Este capítulo tiene como propósito identificar todas las disposiciones que normarán el desarrollo urbano de la Ciudad de Mazatlán y a partir del resumen de las necesidades que se registren, establece los objetivos y las conclusiones del diagnóstico–pronóstico.

1. OBJETIVOS

A) Objetivos Generales

Ordenar y regular el desarrollo urbano de la Ciudad de Mazatlán.

De no llevarse a cabo una organización administrativa del medio urbano, la

Ciudad crecerá sin orden, autorizándose edificaciones o fraccionamientos habitacionales en zonas no aptas para dichos desarrollos; por lo que es necesario realizar una revisión integral a los Reglamentos de construcción vigentes, asociado con modificaciones y reformas de conformidad a los cambios suscitados en materia urbana para poder contar con una legislación que refleje mayor claridad en las normas y establezca una estructura simple en sus procedimientos, facilitando a los usuarios los trámites correspondientes de una manera más rápida.

Por otra parte la organización urbana es esencial en la actualidad, para evitar que

se siga concentrándose la mayoría de la población en el centro urbano, deteriorando con esto la infraestructura con la que cuenta, es decir que se le dé auge a los subcentros urbanos de la ciudad, el de la Col. Benito Juárez, Col. López Mateos y Flores Magón; distribuyendo el equipamiento y los servicios a sus habitantes, a partir de ello, se tiene una urbanización con desarrollo equilibrado, que conecta a la ciudad como la red de servicios e infraestructura que se necesita.

Dictar las medidas necesarias para el establecimiento de adecuadas reservas,

usos y destinos del suelo.

El programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Mazatlán, se ocupa de su ordenamiento y regulación en el proceso de la planeación territorial; para lo cual se apoya en los siguientes instrumentos de planeación:

Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Mazatlán 2005-2007 Carta Urbana de Zonificación 1997 Carta Urbana de Vialidades 1997

La siguiente tabla se deriva del Programa Nacional de Desarrollo Urbano y

en ella se sintetiza la relación de compatibilidad de usos y destinos del suelo para los centros de población.

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Planear y regular la conservación, mejoramiento y crecimiento del centro de

población.

Promover la conservación y el buen funcionamiento del centro de población, se obtiene del apego a las leyes de la planeación urbana. La revisión constante en el desarrollo de la ciudad sobre los usos y de su compatibilidad, resume la integración de todos los servicios de infraestructura y equipamiento urbano.

El pronóstico de las nuevas zonas para el crecimiento, actualiza la

compatibilidad con las áreas urbanizadas, por la organización espacial determinada por el plan, corresponden en su mayoría a la identificación de concentraciones de las actividades comerciales, recreativas, educativas, de salud, de servicios etc. Definir el área urbana actual, la necesaria para el crecimiento futuro y de la

protección ecológica.

Conforme a la Ley de Desarrollo de Centros Poblados del Estado de Sinaloa indica que para sus efectos la planeación es la realización de estudios, formulación de proyectos y determinación de normas para una mejor organización y coordinación de las funciones de la vida urbana, a fin de que los centros poblados del Estado de Sinaloa, se desarrollen racional. Funcional, estéticamente y en condiciones salubres que satisfagan las necesidades de sus habitantes y comprende:

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I.- La catalogación y evaluación de los recursos y el inventario y avalúo de la propiedad pública y privada, con el objeto de lograr su mejor aprovechamiento. II.- La realización de estudios tendientes a:

a. La creación ampliación y mejoramiento de los centros poblados. b. La formulación de planos reguladores y programas para el

desarrollo integral de los centros poblados. c. Determinación de las inversiones que propicien o generen el

mayor desarrollo y beneficio de la colectividad; y d. La fundación y fomento de nuevas zonas de habitación y la

mejoría de las existentes;

III.- El señalamiento de zonas: a. Habitacionales, industriales, comerciales, administrativas y

artesanales; b. Turísticas, recreativas y de espacios abiertos, y c. De circulación y comunicaciones, estacionamientos, cementerios

e instalaciones de servicio público.

IV.- El establecimiento y protección de: a. Areas de belleza natural y parques estatales naturales de

conservación de los factores ecológicos existentes; b. Zonas o edificaciones que sean de interés histórico o posean

características arqueológicas, arquitectónicas, turísticas o urbanísticas especialmente valiosas; y

c. Arbolado y espacios verdes existentes.

V.- La reglamentación de: a. Uso de bienes inmuebles públicos o privados, cuando se afecte el

interés social y el desarrollo de centros poblados; b. Preparación, reforma, conservación y construcción de

edificaciones de toda clase; y c. Despliegue de publicidad de cualquier tipo, realizada en la vía

pública, edificios o predios urbanos por medio de anuncios móviles o fijos, temporal o permanente.

VI.- El estudio, coordinación y elaboración de proyectos de:

a. La red de vías públicas y la apertura, construcción, rectificación y ampliación de las mismas:

b. Introducción, ampliación y mejoramiento de servicios públicos de agua potable, negra, pluvial, de riego, redes mixtas de desagüe, de conducción de energía eléctrica, y de combustible y de comunicaciones y transportes; y

c. Centros cívicos, escolares, culturales y asistenciales.

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B) Objetivos Particulares

En el Plan Director de Desarrollo Urbano de Mazatlán ( PDDUM ), se establecen objetivos principales basados en los siguientes principios: - El ser Congruente, que sirva como instrumento técnico – jurídico, sujeto a los

objetivos, al carácter político y estrategias de los niveles nacional, estatal y municipal en relación a las condicionantes locales, y con obligatoriedad para los sectores público, social y privado.

- La Concurrencia, que se genera con carácter institucional con base en la

concertación, apoyo y sanción de los gobiernos federal, estatal y municipal y de las entidades y dependencias de la administración pública.

- La Coordinación, para que la permanencia y eficacia del PDDUM, resulte de

acuerdo a la relación y participación del sector social y sector privado; además de las consultas a los reglamentos y leyes, que coordinan y administran las acciones inducidas a grupos, asociaciones y clubes organizados para la generación del bien común.

- La Eficiencia y Operación, porque el detectar la problemática actual, determina

la estrategia y crea la conjunción de acciones entre los sectores públicos, así las autoridades competentes pondrán en marcha estudios, obras y servicios contenidos en este documento propiciando el reordenamiento y el desarrollo urbano sustentado.

El Desarrollo del Plan y su ejecución se describe en los siguientes objetivos

generales: A) Establecer el proceso y dinámica de planeación permanente desde la

formulación, legalización, operación y las modificaciones necesarias a los planes, reglamentos y/o labores de la Planeación urbana.

B) Diseñar y aplicar sistemas y mecanismos que posibiliten la eficaz

participación de los sectores social y privado en acciones convenidas e inducidas por los gobiernos y entidades de la administración pública mediante la ordenación y regulación de sus acciones.

C) Renovar los mecanismos e instrumentos para la optimización de los

recursos en el seno de las entidades de la administración pública, para su eficiencia en las labores y servicios del desarrollo urbano, actualizando las estrategias de acuerdo a las nuevas condicionantes de evolución y desarrollo de la ciudad.

D) Continuar y establecer la cobertura de los programas y acciones a

población de menor rango y nivel de servicio, según el ordenamiento

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territorial y los sistemas de ciudades tomando como marco de referencia los niveles superiores de planeación.

E) Inducir acciones para alcanzar el propósito de ciudad - proyecto.

F) Distribuir la población y sus actividades, tanto en el espacio urbano

como en el tiempo.

G) Mejorar y preservar las condiciones del medio ambiente en el área actual y futura.

H) Establecer los programas y acciones como un programa dinámico

permanente de planeación.

I) Coordinar y conciliar las acciones de los sectores público y privado para su integración y desarrollo.

J) Propiciar una mejor relación entre costo y beneficio en el uso de recursos

y un óptimo costo y el logro de objetivos para transformar la realidad.

K) Promover la participación ciudadana en la solución de los problemas de carácter urbano y social de intervención inmediata.

L) Promover la realización de acciones de planeación de zonas prioritarias

mediante los planes que involucren un sector o zona en particular. Para cada uno de los siguientes rubros, se proponen objetivos específicos que sirven de guía en el Plan Director de Desarrollo Urbano de la ciudad de Mazatlán.

C) RUBROS

SUELO

Normar el crecimiento urbano de los asentamientos humanos del área existente y de reserva, así como las zonas no consolidadas dentro del espacio urbano.

Vigilar y proteger las zonas inundables, las zonas de escurrimientos

pluviales y las zonas inestables, incluyendo aquellas de riesgo o con problemática especial.

Utilizar de manera plena y racional el suelo urbano, tanto ocupado como

el de uso futuro.

Evitar la especulación con el suelo contiguo al área urbana mediante la definición de políticas y estrategias.

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Satisfacer con prontitud y eficiencia las demandas de suelo urbano en

función de las necesidades presentes y futuras a corto, mediano y largo plazo.

Ampliar y facilitar el acceso al suelo urbano a los estratos de bajos

ingresos, a base de regular su mercado y su valor.

Fomentar las acciones de mejoramiento y atención ala vivienda, en especial a las áreas marginadas para hacer posible el acceso a los servicios de las acciones de urbanización.

Acondicionar zonas en lugares estratégicos para los grupos de escasos

recursos, evitando desequilibrio en el desarrollo urbano.

Distribuir la población en el territorio para dotarla de servicios básicos, de infraestructura, equipamiento y vivienda, elevando con ello su nivel de vida.

Regular la tenencia de la tierra ejidal dentro del centro de población

incorporando su desarrollo al proceso de crecimiento sujetándose a las disposiciones legales vigentes.

Controlar las modalidades de expansión física del área urbana,

ajustándolas a las condiciones del medio natural, considerando la posibilidad de ampliación de la infraestructura, evitando el crecimiento sobre superficies no aptas.

Orientar el desarrollo industrial adecuándolo a las condiciones

socioeconómicas de la ciudad de Mazatlán, Sinaloa en su entorno natural evitando las afectaciones por contaminación al medio ambiente.

Lograr a corto plazo saturar las áreas existentes en el área urbana actual,

evitando la expansión urbana en zonas de recarga acuífera o de gran valor ecológico, o zonas de riesgo e inestables.

Determinar de las reservas de la Ciudad de Mazatlán, así como las etapas

de ocupación del suelo a corto mediano y largo plazo, vigilando la observancia total a los usos compatibles del suelo.

VIVIENDA

Mejorar las condiciones de la vivienda existente.

Reducir a corto y mediano plazo el déficit de vivienda.

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Promover y facilitar el desarrollo de la vivienda en modalidades de renta, venta, renta con opción a compra, unifamiliar y multifamiliar.

Disminuir los altos índices de hacinamiento y prever las demandas de la

población futura de modo que existan alternativas de habitación accesibles a los diferentes estratos socioeconómicos.

Conciliar las políticas de vivienda con las metas federales y estatales

planteadas por el centro de población.

Mejorar la imagen de la vivienda, de la calle, del barrio y la colonia.

Promover el interés por el desarrollo de la vivienda de interés medio y económica en las instituciones de crédito con los desarrolladores y los grupos sociales.

INFRAESTRUCTURA

Promover la participación social en la construcción de la infraestructura,

mediante programas de autogestión o mediante derrama de los costos de urbanización.

Programa de Atención Ciudadana ( PAC ) Fondo de Aportación de Infraestructura Social ( FAIS ) Fortalecimiento Municipal ( FORTAMUN ) Programa Peso a Peso ( PAP ) Programa de Empleo Temporal Programa de Aportación de Materiales a cambio de Mano de Obra

Beneficiar con los servicios de agua potable, alcantarillado, drenaje pluvial, energía eléctrica, pavimentación y transporte a la mayor población y en especial a la de menos recursos económicos.

Utilizar la infraestructura como elemento de apoyo y estímulo al

ordenamiento y expansión de la ciudad. Adecuar los instrumentos jurídicos, financieros y administrativos para que las plusvalías generadas por las obras se reinviertan en beneficio de la comunidad

EQUIPAMIENTO URBANO

Dotar a la ciudad del equipamiento y servicios particularmente en los sectores con mayor densidad de población, evitando los motivos de viajes por razones de abasto y alimentos.

Utilizar el equipamiento y los servicios como factores de ordenamiento

urbano.

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Considerar la estructura de estacionamientos como equipamiento básico

en los centros y subcentros de la ciudad.

Estimular y promover la creación de centros de barrio con servicios básicos de primera necesidad.

VIALIDAD Y TRANSPORTE

Definir claramente la estructura vial primaria que articule la red de la Carretera Internacional acceso norte y sur con las zonas industriales, turísticas y comerciales de la ciudad.

Crear un sistema vial secundario que distribuya el tráfico en el interior de

la Ciudad, que conecte el Libramiento Urbano con las áreas habitacionales.

Crear una red vial que facilite racionalmente la distribución del

transporte colectivo y lo conserva al alcance de la economía de los usuarios.

Fomentar los medios de transporte más eficientes para las condiciones

topográficas y de las vialidades de la Ciudad.

Coordinar con los niveles superiores de gobierno las obras viales y los sistemas de enlace regional con las propuestas del programa de desarrollo urbano.

IMAGEN URBANA

Aplicar un sistema de reglamentación que oriente los desarrollos futuros y rehabilite los elementos actuales con el fin de mantener una fisonomía ordenada congruente con la nueva imagen “ Mazatlán nuevo milenio ”.

Mantener claramente diferenciado los distintos usos del suelo y las

actividades urbanas.

Fomentar la armonía entre los sistemas constructivos, las condiciones económicas de los habitantes y las condiciones escenográficas de la Ciudad.

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MEDIO AMBIENTE

Orientar y regular el crecimiento físico del centro de población de modo que no invada las áreas de conservación ecológica.

Prevenir y evitar la contaminación del aire, el suelo y el agua.

Regular los sitios de transferencia de basura y las zonas de

confinamiento.

Clarificar y controlar las zonas industriales para distribuirlas en el área urbana según su grado de riesgo.

Aplicar la reglamentación en materia de equilibrio ecológico y la

protección al ambiente para el municipio de Mazatlán.

Respetar la vocación del suelo, alentando su aprovechamiento racional.

Proteger la flora y la fauna propios del medio y evitar su extinción.

Promover la protección a los cuerpos de agua evitando la contaminación de las aguas friáticas.

Mejorar, incrementar y conservar los lugares de atractivo turístico.

RIESGOS Y VULNERABILIDADES

Controlar los asentamientos humanos, en zonas de riesgo, inestables y vulnerables por riesgos químicos.

Promover la reubicación de instalaciones de riesgo existentes en la

ciudad.

Promover la desocupación en zonas en peligro de desprendimiento de altas pendientes o cauces de arroyos y cauces pluviales.

Zonificar las áreas de riesgos dentro de la estructura urbana.

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2. NORMAS Y CRITERIOS DE DESARROLLO URBANO

Analizar todas las normas vigentes que incidan en el desarrollo urbano;

A) NORMAS DE USOS DEL SUELO

La orientación de los usos del suelo en forma congruente con los objetivos particulares del Plan Director de la Ciudad de Mazatlán, se aplican las tablas de valoración, que actualizan y clasifican las zonas homogéneas del centro de población, determinando de esta forma la densidad específica para cada predio en estudio.

El procedimiento para el cálculo de las densidades es según los siguientes pasos: 1. Localizar la ubicación del predio e identificar el sector al cual pertenece.

2. Identificar las políticas y usos de suelo asignados por el Programa de Desarrollo

Urbano del Centro de población.

3. Identificar el Uso del Suelo designado a la manzana.

4. Aplicar las tablas de valoración del equipamiento urbano, de infraestructura, de configuración topográfica y de grado de riesgo, con el que se determinara el uso potencial del predio.

5. Realizar la adhesión de los cuatro rangos obtenidos de las tablas de valoración,

para determinar así el rango en el que se calificará el predio dentro de la tabla de “Densidades Ponderadas”.

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VALORACION DE EQUIPAMIENTO URBANO

La valoración del equipamiento urbano estará determinada en función a los tipos de equipamiento, ya sea básico o complementario definidos en la siguiente tabla:

Normatividad

a. El Equipamiento básico se encontrará a un radio no mayor de 250 mts, para los elementos de educación básica.

b. El equipamiento básico se encontrará a un radio no mayor de 400 mts, para

el elemento de transporte público. c. El Equipamiento complementario se encontrará a un radio no mayor de

1,500 mts. Para todos los elementos. d. El equipamiento que estuviera localizado fuera de los radios anteriormente

señalados, no será tomado en cuenta para elaborar la valoración.

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VALORACION DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA Para realizar la valoración de servicio de infraestructura, es fundamental conceptuar que para tomar en cuenta un servicio de infraestructura complementario se debe considerar primero la dotación de todos los servicios de infraestructura básica.

Normatividad: a. Se regirá sólo en servicios existentes

VALORACION DE LA CONFIGURACION TOPOGRAFICA La valoración de la configuración topográfica estará determinada en función de las pendientes del terreno y se realizará por medio de los rangos determinados en el diagnóstico dentro de los siguientes tipos de pendientes:

Pendientes de 0 % a 2 % Tienen problemas en cuanto al tendido de redes de drenaje superficial y subterráneo por tener que agregar el terraplén para provocar el desnivel, por lo que se incrementan los costos. Pendientes del 5 % al 15 % Este tipo de pendientes resultan óptimas para el desarrollo de vivienda e inadecuada para la industria donde se incrementan los costos pues presentan dificultades con el trazado de caminos.

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Pendientes del 15 % al 35 % Estos terrenos son inadecuados para la urbanización. Las pendientes mayores al 35%, no son aptas para uso urbano y principalmente se promoverán para implementar usos de preservación ecológica.

VALORACION DEL MEDIO FISICO La valoración del Medio Físico estará determinada por el tipo de suelo en el que se encuentra localizado el predio a analizar.

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CALCULO DE LA DENSIDAD Está referida al diseño de lotes y servicios, conjuntos verticales o su combinación por lo que se deberá considerar los siguientes aspectos:

1. Número de miembros por familia; este se obtiene del análisis socioeconómico de la población por atender.

2. Superficie destinada a vivienda; se obtiene de la cuantificación de los lotes destinados a vivienda.

3. Número de vivienda por lote; en este rubro deberá considerarse el tipo de habitación que se establezca.

Normatividad:

1. Vivienda unifamiliar = lote mínimo de 99 m2. 2. Coeficiente de ocupación. 3. Coeficiente de utilización. 4. Densidad domiciliaria 5 habitantes 5. Número de habitantes por cuarto: 2 personas

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INTENSIDAD DE OCUPACION DEL SUELO

La intensidad de ocupación del suelo se define principalmente por medio de dos indicadores, el coeficiente de ocupación del suelo (COS) y el coeficiente de utilización (CUS). Mediante la intensidad de ocupación del suelo se aprecia la relación que existe entre el suelo ocupado y la edificación realizada, con ello se valoriza que tan subutilizado o sobre utilizado se encuentra el suelo.

Coeficiente de ocupación del suelo

COS = AO /AT ( Area ocupada / Area total del terreno ).

Coeficiente de utilización del suelo

CUS = AC /AT ( Área construida total / Área total del terreno ).

En base a lo anterior, se deberá diseñar la estrategia para optimizar el uso del suelo dentro de la mancha urbana actual, atendiendo la política de consolidación aplicada a la Ciudad de Mazatlán por el Programa de Desarrollo Urbano. ESQUEMA CALCULO DE COEFICIENTES COEFICIENTE DE OCUPACION DEL SUELO ( COS ) COEFICIENTE DE UTILIZACION DEL SUELO ( CUS )

AT

AOCOS = AO / AT AO = AREA OCUPADA AT = AREA TOTAL DEL TERRENO

AT

CUS = AC / AT AC = AREA CONSTRUIDA TOTAL AT = AREA TOTAL DEL TERRENO A1 + A2 + A3 = AC

A1A2A3

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CRITERIOS PARA CAMBIOS DE USO DEL SUELO

El cambio de uso de suelo se analizará de acuerdo a los lineamientos y normatividad de compatibilidad existente; en la forma en que indique el programa de Desarrollo Urbano de la ciudad de Mazatlán, Sinaloa y sujeto a la colaboración de la Dirección de Planeación del Desarrollo Urbano y Ecología, sólo en caso de apelación o interés social, se requerirá al consenso popular.

La dotación de los servicios públicos de infraestructura no será una limitante

para la propuesta de consolidación de servicios básicos, siempre y cuando el propio inversionista o patronato pueda generar la infraestructura necesaria para su desarrollo.

B) NORMAS DE EQUIPAMIENTO URBANO

En este apartado las decisiones que reglamentan el Plan Director generan objetivos base que orientan las acciones en beneficio de una mejor interrelación entre el Equipamiento Urbano existente y el programado para un futuro próximo; a continuación se extiende un listado de los mismos.

Abatir el déficit actual en los diferentes rubros del equipamiento urbano acorde

a las normas mínimas para equipamiento urbano. Prever la satisfacción de equipamiento oportunamente para la población

esperada conforme a los plazos del Plan. Conjuntar las diversas instalaciones de equipamiento con vivienda cuando sea

compatible con espacios recreativos para motivar la convivencia social. Revitalizar las áreas urbanas existentes degradadas utilizando como factor de

desarrollo el equipamiento urbano. Asegurar un inventario completo de equipamiento vigente de manera sistemática

y permanente. Promover el interés y el compromiso de los diferentes involucrados en cada área

de equipamiento urbano para su ubicación congruente con el plan. Prevenir la obsolescencia y rehabilitar de los equipamientos que por motivos de

su maduración quedan en desuso. Resolver la insuficiencia de estacionamientos en las instalaciones existentes y

asegurarlos en las nuevas. Que se sostenga un mantenimiento continuo en los inmuebles de los diferentes

servicios. Asegurar una relación eficaz entre los diferentes equipamientos y la vialidad. Asegurar la complementación entre los equipamientos y las demás funciones

urbanas.

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C) NORMAS DE INFRAESTRUCTURA

LEY DE AGUA POTABLE

Según la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa declara en su planeación que las obras destinadas al servicio público de abastecimiento de agua de los centros poblados y asentamientos humanos, es decir, su captación, regularización, potabilización, desalación, fluorización, conducción y distribución así como las de alcantarillado y las necesarias para la prevención y control de la contaminación de las aguas y para el tratamiento de las aguas residuales en la entidad, y que no sean de jurisdicción federal, se realizarán de acuerdo con las necesidades del propio servicio, sujetándose a las leyes y reglamentos aplicables.

La Comisión Municipal de Desarrollo de Centros Poblados y las dependencias

encargadas de las obras públicas en el Municipio, deberán comunicar con anticipación a la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, todo lo relacionado con sus programas de pavimentación y regeneración de calles y banquetas, con el objeto de coordinar los trabajos de introducción y rehabilitación de las redes de agua potable y alcantarillado.

Están obligados a conectarse y abastecerse de agua potable y alcantarillado en los lugares en que existan dichos servicios; Así todos los propietarios o poseedores de predios edificados, no edificados, ya sea que tengan giros mercantiles e industriales o de compraventa con reserva de dominio y predios propiedad de la Federación, del Estado o del Municipio, debe solicitarse la instalación de la toma y descarga respectiva cuando se carezca de este servicio.

Para cada predio, giro o establecimiento, se requiera una toma y descarga por separado, conectadas directamente de las redes de distribución de agua potable y atarjeas de alcantarillado, respectivamente, pero en el caso de un edificio que tenga instalada una toma de agua pase al régimen de propiedad en condominio, las Juntas podrán autorizar que se siga surtiendo de dicha toma, eximiéndose con la instalación de aparatos medidores individuales.

Las tomas de agua potable y descargas de alcantarillado serán instaladas al frente de los predios correspondientes con su aparato medidor fuera de la construcción.

Para modificar la instalación de los servicios de agua potable y alcantarillado, los usuarios deberán solicitar, previamente, el cambio de lugar de la toma o de la descarga, o bien así para realizar alguna derivación se permiten surtirse provisionalmente en el caso de edificación, o utilizar con giros comerciales; siempre y cuando exista la autorización del propietario o poseedor del predio, giro o establecimiento que pretenda derivar los servicios.

Las instalaciones interiores de un predio, conectadas directamente con las tuberías de

los sistemas de agua potable y alcantarillado, no podrán tener conexión con tuberías para el abastecimiento de agua obtenida por medio de pozos construidos en el interior del predio.

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En los fraccionamientos habitacionales se deben realizar como obras mínimas de urbanización, las siguientes:

a. Obras para el abastecimiento del agua potable y red de suministro, con sus correspondientes tomas domiciliarias, hidratantes y cabezales de las redes;

b. Las obras para la descarga de las aguas negras, red de alcantarillado o drenaje y descargas domiciliarias;

c. Obras para la descarga de las aguas pluviales y red de drenaje pluvial; y, d. Red de riego de camellones y parque en los términos y condiciones adecuados a

cada tipo de fraccionamiento en su caso. LINEAMIENTOS DE LA CFE

El servicio de electrificación está cubierto en un 90 %, de su totalidad y en cuanto al

alumbrado público, este también se encuentra presente en toda la ciudad con excepción de las nuevas colonias en proceso de edificación.

Para el abastecimiento de la energía eléctrica la Dirección de Servicios Públicos a través del Departamento de Alumbrado Público es el encargado de supervisar la documentación en cuestión de las indicaciones y normatividad establecidas; a cabo de ello extenderá la autorización en conjunto con la Comisión Federal de Electricidad.

El diseño y las obras de urbanización deben cumplir los requisitos que marca el instructivo para uso de edificación o de fraccionamientos, (capítulos 62, y 63) del reglamento de construcción vigente para la ciudad de Mazatlán, Sinaloa.

D) NORMAS Y CRITERIOS PARA LA VIALIDAD

Tablas de velocidad, derechos de vía, secciones mínimas de banquetas, etc.

La problemática que presenta el tránsito, la vialidad y el transporte se encuentra estrechamente vinculada a la urbanización, en virtud de la concentración económica y demográfica que, en el caso de la ciudad de Mazatlán, ha provocado una sobre demanda con respecto a las vías de comunicación por la distribución de la población y la configuración de las diferentes zonas y centros urbanos en la ciudad.

La red vial básica se ha ido extendiendo conforme al crecimiento de la mancha urbana y ante la existencia de planes donde existan criterios planificados, se dan algunos casos en que algún desarrollo o fraccionamiento obstruye o altera el trazo de la vialidad básica, provocando con ello que la red vial deje de ser una malla integral. De igual manera, la amplitud o anchura en número de carriles es determinada por la disponibilidad de espacio o por el trazo geométrico, urbano o arquitectónico que el diseñador le imprime, sin tomar en cuenta que su funcionalidad prevea la respuesta a volúmenes vehiculares con crecimientos esperados.

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Además, por la incorporación de nuevas zonas urbanizadas y debido a la falta de estacionamientos públicos, se incrementan las necesidades de dispositivos de control de tráfico.

Para el diseño y la dosificación de la vialidad es indispensable determinar la calidad del servicio que presta o que prestará cierto tramo o componente de una arteria vial. Se comprende por capacidad, el número máximo de vehículos por unidad de tiempo que razonablemente puede esperarse que pasen por un tramo de una arteria vial, en uno o dos sentidos, bajo las condiciones imperantes del camino y del tránsito.

Los derechos de vía de la red troncal, se establecen de acuerdo a las necesidades

presentes y futuras del transporte, haciendo que el ancho permita cambio de secciones. VIAS CARRETERAS

Las vías carreteras que comunican la región son: México-Mazatlán-Nogales ( Carret.

Fed. no. 15 ) y la carretera Durango-Mazatlán ( Carret. Fed. no. 40 ) que conecta con la primera a través del pueblo de Villa Unión, más al norte existe otro acceso carretero a la ciudad, a través del camino Habal-Cerritos, que conecta a las avenidas Cerritos, Sábalo y Del Mar, formando un eje turístico de la Ciudad.

La Carretera México-Mazatlán-Nogales, es de alta velocidad de 100 km/hora con

derecho de vía de 100 mts. y paralela a esta circulación que recorre la región de oriente a poniente a la altura del Libramiento carretero se ha propuesto un segundo paso carretero, que evita el congestionamiento de vehículos en las zonas desarrolladas con el uso habitacional. VIALIDAD PRIMARIA

Este tipo de vialidad, es de velocidad media de 60 km/hora con prioridad de circulación que conectan la Ciudad de norte a sur y de oriente a poniente. El derecho de vía de esta circulación es de 35.0, 40.0 y 60.0 mts. de ancho y se identifica en las diferentes secciones de tipo “D”,“E” y “F”, con un mínimo de banqueta de 3.00 mts. y áreas jardinadas de amortiguamiento de 2.00 mts.

El área de los cruceros de esta circulación entre sí, se ha determinado para que en un

futuro puedan construirse pasos a desnivel, según el aforo vehícular. Este tipo de red circulatoria se permite el tránsito de transporte de pasajeros urbanos,

formando una red de 500 mts. de distancia, obteniendo mayor eficiencia en el servicio de transporte, estableciendo los paraderos con esa misma distancia, y las especificaciones en los pavimentos deben ser consideradas para el tipo de cargas de tipo tráfico pesado y constante.

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VIALIDAD SECUNDARIA

Las vialidades de tipo secundarias conservan una velocidad máxima de 40 km/hora establecida en una retícula, con dirección de norte-sur y oriente-poniente, identificadas como secciones de tipo “B” y “C” con el derecho de vía de 20 y 30 mts de ancho.

Estas vialidades tienen 4 y 6 carriles en circulación, con mínimo de banqueta de 2.00

mts. y de áreas jardinadas de 1.50 mts. en este tipo de vialidad se permite también el sistema de transporte público de autobuses, en forma restringida.

VIALIDAD TERCIARIA En este tipo de vialidades, se prevé una sección mínima de 12.0 mts y con una velocidad máxima de 30 km/hora, con un mínimo de banqueta de 2.00 mts y área jardinada de 1.0 mts. este tipo de vialidad se identifica como sección de tipo “A”.

SECCION AVENIDA 12.00SECCION A

12.00

8.002.00 2.00

SECCION AVENIDA 20.00

16.00

20.00

2.00

SECCION B

2.00

SECCION AVENIDA 35.00

3.00

SECCION C

5.0012.00

35.00

3.0012.00

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SECCION AVENIDA 40.00

3.00

40.00

14.50 5.00

SECCION D

14.50 3.00

SECCION ESECCION AVENIDA 50.00

17.503.00 9.00

50.00

3.0017.50

SECCION AVENIDA 60.00SECCION F

21.00

60.00

21.003.00 12.00 3.00

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E) NORMAS DE AREAS VERDES Y NIVELES DE CONTAMINACIÓN

Establecer los m2 por habitante de área verde al año meta Señalar los índices máximos de contaminación atmosférica, de ruido, etc.

En lo que respecta a las áreas verdes de la ciudad, el Reglamento de Construcción

establece en el artículo no.43 las normas a seguir para la creación y conservación de las mismas.

Arborización y áreas verdes, es la colocación, plantación, siembra y cultivo de

elementos vivos de la flora, dispuestos para el embellecimiento del desarrollo urbano y para la preservación ecológica, adecuándose a las condiciones siguientes:

I. La clase de árboles a plantar será la que disponga Servicios Públicos a través del

departamento de Parques y Jardines. II. La distancia mínima a que deben plantarse es de 4.00 (cuatro) metros entre sí. De

2.00 (dos) mts. De los postes de instalaciones de energía eléctrica, de teléfonos, de alumbrado público, de hidrantes, de rejillas pluviales, de registros, de alcantarillado o similares. De 1.00 (uno) metros a cada lado de rampas de cocheras o de servicio.

III. No se permite sembrar árboles de gran talla bajo las líneas de conducción de

electricidad o similares. IV. Cualquier asunto relacionado con la tala, poda y remoción de árboles que afecten

banquetas, instalaciones o propiedades privadas, se tratará de acuerdo a las disposiciones del Reglamento de Protección del Medio Ambiente para el Municipio de Mazatlán, Sinaloa.

V. El mantenimiento y conservación de la arborización en la banqueta es

responsabilidad del Propietario o usuario del lote o construcción contiguos. VI. Esta prohibida la colocación e instalación de anuncios, logotipos o de cualquier

señal o mensaje en los árboles, jardines o camellones jardinados. VII. En los fraccionamientos y conjuntos de habitación de nueva creación, las áreas

verdes deben equiparse de acuerdo a las disposiciones de Servicios Públicos a través del Departamento de Parques y Jardines, para dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley.

Las condiciones atmosféricas que son favorables a lo largo del año, permiten que se

mantenga una calidad de aire muy aceptable, en sí, la Ciudad representa un nivel óptimo atmosférico, sin considerar el caso exclusivo de la Planta Termoeléctrica, que arroja al aire azufre producto de la combustión del combustóleo, el cual en algunas ocasiones se observa constantemente por la falta de vientos dominantes que dispersen estos contaminantes.

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En lo que respecta a la calidad del agua del medio natural, que se encuentra en los esteros y salidas al mar, se puede considerar no muy aceptable, puesto que se encuentran además de grasas y aceites, restos orgánicos en suspensión, vertientes de aguas calientes en conjunto con las descargas de las instalaciones de industrialización de alimentos y del uso sanitario de las instalaciones, en su conjunto han perjudicado la fauna y flora marina.

Los arroyos que tiene la Ciudad, funcionan como drenes naturales, y son en la mayoría

de los casos utilizados como drenaje sanitario o basureros, teniendo como consecuencia un deterioro ambienta o foco de contaminación para las zonas de vivienda.

III. NIVEL ESTRATEGICO

Para alcanzar los objetivos de este Plan, es necesario formular una estrategia general en el corto, mediano y largo plazo, Por ejemplo, el elemento principal de la estrategia consiste en la distribución general de los usos, destinos y reservas, para el territorio del área urbana de la Ciudad de Mazatlán, comprendidos en una zonificación primaria. La posterior formulación de los planes parciales de desarrollo urbano apoyados y derivados de este Plan, permitirá el establecimiento de una zonificación secundaria, la cual incluirá los criterios y lineamientos específicos para los usos del suelo a nivel de predio o manzana.

REGLAMENTACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN URBANA

El siguiente reglamento promueve la normatividad y utilización de los espacios urbanos, aplicando los factores que inciden en el uso y destino según sus características, integrando tablas de consulta que permiten conocer la ocupación y utilización del suelo.

REGLAMENTACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN URBANA DE LA CIUDAD DE MAZATLÁN, SINALOA 2005-2015

PRIMERO

CAPITULO PRIMERO. Planteamiento general y sus disposiciones

Artículo 1. – El Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo tiene por objeto establecer el conjunto de normas técnicas y de procedimiento, para formular y administrar el Plan y Regulación del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de Mazatlán Sinaloa y sus disposiciones son de orden público e interés social, su objetivo se centra en:

I.- Clasificar de manera general las áreas, predios y corredores urbanos de la ciudad para así normar y regular los usos del suelo;

II.- Vigilar los cambios de uso del suelo;

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III.- Determinar los usos y destinos de predios y edificaciones en función del grado de impacto que provocan sobre el medio ambiente; IV.- Establecer los patrones de ocupación (COS) y utilización del suelo (CUS);

V.- Definir y normar las densidades de población por cada tipo de zona en la ciudad de Mazatlán, Sinaloa; y

VI.- Determinar las normas técnicas de control a que deberán sujetarse los diferentes usos del suelo, indicando los rangos de compatibilidad de los usos permitidos en cada zona.

Artículo 2. - Toda acción en zonas y predios que lleve al cambio de suelo rural a urbano, o en el suelo urbano al cambio en su utilización, las subdivisiones de terrenos y fincas, así como todas las obras de urbanización y edificación que se realicen en el Centro de Población, quedan sujetas a cumplir con lo estipulado en el presente reglamento, siendo obligatoria su observancia tanto para las entidades públicas, como por los particulares; Los estudios, dictámenes o acuerdos para autorizar los diferentes usos del suelo en zonas y predios, deberán de ser compatibles con lo dispuesto en el Plan Director de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Mazatlán Sinaloa (Actualización de Zonificación), además, ningún uso del suelo se podrá llevar a cabo sin que previamente se obtenga la licencia correspondiente, y se cumplan los requisitos que establece y demás disposiciones legales que sean aplicables. Artículo 3. - El Ayuntamiento a través de la Dirección de Planeación del Desarrollo Urbano y Ecología establecen la zonificación de la ciudad, aplicará las disposiciones de este reglamento, estando facultado para formular normas específicas cuando así se requieran, conforme las condiciones de su territorio y el desarrollo de los asentamientos humanos observando las disposiciones de la Ley y los convenios de coordinación celebrados conforme los programas nacional, estatal y regional de desarrollo urbano. Artículo 4. - Los supuestos y casos que no estén previstos en este reglamento, serán resueltos por el H. Ayuntamiento.

CAPITULO SEGUNDO.

Sobre las zonas de usos, destinos, clasificación, definición y tipos básicos.

Artículo 5. - La clasificación de zonas y predios se establece en función de los condicionantes que resulten de las características del medio físico y natural, y transformando las que según su índole requieren de grado de control o participación institucional, para obtener o conservar la adecuada relación ambiental, así como para normar la acción urbanística que en dichas zonas se pretenda realizar en caso de ser

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factible. Las zonas se encuentran señaladas en los planos del Plan Regulador de Zonificación Urbana de la Ciudad. Artículo 6. - Para cumplir los objetivos del Plan de Desarrollo Urbano del Estado y de los programas parciales, se establece la siguiente clasificación de zonas, según su índole ambiental y el tipo de control que al respecto se requiera, aumentándose y especificando, puntualmente a las establecidas en la citada ley para obtener una mayor clasificación y clarificar mejor los diversos usos y sus variantes:

6. I. ZONAS URBANIZADAS de acuerdo a las políticas de densificación: Son las zonas ocupadas por las instalaciones necesarias para la vida normal de centro de población, que cuentan con su incorporación municipal o con la aceptación del Ayuntamiento. Estas áreas podrán ser objeto de acciones de mejoramiento y de renovación urbana. Las zonas urbanizadas se subdividen en los siguientes grupos en relación a su densidad de población y que establece La Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa:

a.- Densidad alta (hasta 400 hab. /Ha) b.- Densidad media alta (hasta 300 hab. /Ha) c.- Densidad media (hasta 200 hab. /Ha) d.- Densidad media baja (hasta 100 hab. /Ha)

e.- Densidad baja (hasta 50 hab. /Ha) 6.2- ZONAS INDUSTRIALES: Están integradas por los siguientes grupos: a.- INDUSTRIA LIGERA Y TALLERES FAMILIARES: comprende actividades dedicadas al trabajo artesanal normalmente familiar; el propósito es el de promover y proteger el desarrollo de las actividades manufactureras que causen molestias o nocividad y que por su carácter puedan establecerse colindantes a las zonas de habitación, cuya superficie de trabajo no exceda los100 metros cuadrados, el número de empleados de cinco, y cuyos movimientos de carga no rebasen el uso y almacenamiento de materiales inflamables y explosivos. Este tipo de establecimientos son pequeños talleres de bordados y tejidos, cerámica, calzado o piel exceptuando tenerías, ebanistería, productos alimenticios caseros, orfebrería, o similares.

b.- INDUSTRIA MEDIANA: Comprende los establecimientos cuyo impacto referente a ruidos, olores, humos y polvos en las zonas adyacentes, y cuyo riesgo de incendio y explosión pueden controlarse y reducirse mediante normas de operación especiales; también es generadora de trafico de carga.

c.- LA INDUSTRIA PESADA: por su parte se establecerán en áreas que cuenten con las vías de comunicación y servicios propios; debido a las posibilidades de explotación, incendio, derrumbes, o cuyos casos de transformación impliquen peligro de contaminación del aire, agua o por desechos sólidos. Estas zonas en lo particular deberán atender a la legislación ambiental vigente en materia de contaminación al medio natural y cumplir con los estudios técnicos y requerimientos pertinentes a la compatibilidad y uso de suelo dispuesto en este reglamento y reglamentos aplicables en materia urbana.

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d.- LA INDUSTRIA PORTUARIA: se encuentra ubicada en terrenos federales donde existen bases Navales militares cuyas instalaciones y áreas colindantes deberán respetar las normas, limitaciones y restricciones al Uso del Suelo que señale la Secretaría de Marina, basándose en las leyes y reglamentos aplicables a la materia. 6.3- USO TURÍSTICO: En ellos estarán contenidos todos los usos referidos a la recreación. Comprende los establecimientos cuyos lotes sean destinados a alojamiento del tipo temporal y a instalaciones o edificaciones para actividades recreativas, de esparcimiento o de descanso. Subdividiéndose en: a.- TURÍSTICO INTEGRAL: Comprende los establecimientos urbanos cuyos lotes sean destinados a alojamiento del tipo temporal y a instalaciones o edificaciones para actividades recreativas, de esparcimiento o de descanso y centros de recreación. Sus características. b.- TURÍSTICO CAMPESTRE: Con condiciones similares al Turístico Integral pero en los límites urbanos o en áreas de Fomento Ecológico, Reserva Ecológica, Preservación Agrícola, Comunidades Rurales o Parques Urbanos.

6.4.- COMERCIALES Y DE SERVICIOS: La ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa contempla estos giros como Fraccionamientos para Usos Mixtos (Sección V Art. 144), pero es de suma importancia incluirlos en una mayor clasificación para contemplar por separado las especificaciones que este tipo de instalaciones dedicadas al comercio y a la prestación de servicios, requieren:

a.- COMERCIO b.- SERVICIOS 6.5- VIALIDADES: Su objetivo es establecer jerarquías de las diferentes

vialidades e interconectar el conjunto de unidades territoriales urbanas, permitiendo la circulación de las personas y bienes por la ciudad.

Por la forma misma de la ciudad la intensidad de uso en la trama urbana nos va otorgando prioridades y reservas. Su uso estará condicionado al tramo por el que esta circulando. Está formado por Vialidades Primarias que corren principalmente a través de los ejes Noroeste-Sureste y Norte-Sur, formando una traza Urbana del tipo Mixto desde la clasificada como malla ramificada hasta el trazo rectilíneo admitiendo corredores Comerciales de intensidades diversas que clasificamos de la siguiente manera:

a.- CORREDOR DE COMERCIO Y SERVICIOS DE INTENSIDAD ALTA b.- CORREDOR DE COMERCIO Y SERVICIOS DE INTENSIDAD MEDIA c.- CORREDOR DE COMERCIO Y SERVICIOS DE INTENSIDAD BAJA

6.6.- EQUIPAMIENTO URBANO: Comprende las instalaciones para alojar las funciones requeridas como satisfactores de necesidades comunitarias. Se consideran como usos condicionados, requiriendo para su aprobación, la revisión de su localización, la determinación de las características del uso propuesto y su compatibilidad con los usos

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circundantes asegurándose de que no cause perjuicio a los vecinos. Se integra por los siguientes grupos:

a.- EQUIPAMIENTO URBANO VECINAL: Jardín Vecinal. Comprende instalaciones de servicios básicos a la comunidad que reúnan las siguientes características: satisfacer las necesidades esenciales para el bienestar social de los vecinos de una zona habitacional y que no sean generadores de impactos negativos a las zonas habitacionales en la que se encuentren ubicados;

b.- EQUIPAMIENTO URBANO DE BARRIO: Centro de Barrio. Corresponde instalaciones de servicios que pueden apoyar una zona más amplia de la ciudad. Su localización deberá cuidar que no se produzcan impactos negativos.

c.- EQUIPAMIENTO URBANO ZONAL: CENTRO VECINAL: Comprende instalaciones de servicios a la comunidad que satisfacen necesidades para el bienestar social de una amplia zona de la ciudad; su localización deberá cuidar que no se produzcan impactos negativos, especialmente ruido y tráfico, a las zonas habitacionales vecinas;

d.- EQUIPAMIENTO URBANO REGIONAL: Centro Regional: comprende las instalaciones que prestan servicios de alcance regional y poseen una infraestructura especial, así como una extensa superficie a fin de desarrollar su actividad, generando condiciones adversas o restricciones a las zonas circunvecinas;

e.- ZONAS DE PARQUES URBANOS: Son las zonas de protección a cauces, cuerpos de agua y a zonas con valor paisajístico: las requeridas para la regulación y el control de los cauces en los escurrimientos y vasos hidráulicos tanto para su operación natural, como para los fines de explotación agropecuaria como de suministro a los asentamientos humanos; estas zonas se subdividen en;

1.- Zonas de protección a cuerpos de agua: las relacionadas con las aguas nacionales, en los términos de la Comisión Nacional del Agua.; 2.- Zonas de protección a cauces: las relacionadas con el cauce de una corriente, de manera continua, en los términos de la Ley de Aguas Nacionales; y 3.- Zonas de protección a escurrimientos: las relacionadas con el cauce de una corriente, de manera intermitente, en los términos de la Comisión Nacional del Agua. Para establecer dichas zonas de protección en los cuerpos de agua, cauces y escurrimientos se estará a lo establecido en la Ley. Para lo cual el H. Ayuntamiento solicitará a la Comisión Nacional del Agua el dictamen respectivo. Estas zonas son del dominio de la nación y de

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utilidad pública, estando bajo jurisdicción federal según lo estipulado por la Ley Federal de Aguas, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Así mismo, estas zonas de amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las leyes de la materia

6.7. ZONAS DE PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN Y MEJORAMIENTO:

a.- ZONAS DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN HISTÓRICO PATRIMONIAL: Las zonas cuya fisonomía y valores, tanto naturales como culturales, forman parte de un legado histórico que requiere de su preservación, según las leyes en la materia. Las zonas de protección histórico patrimonial se subdividen son: Zonas de Protección al Patrimonio Histórico: las zonas donde se localizan varios monumentos arqueológicos inmuebles, o en que se presuma su existencia; o varios monumentos artísticos asociados entre sí, con espacios abiertos o elementos topográficos cuyo conjunto revista valor estético en forma relevante; o varios monumentos históricos relacionados con un suceso nacional o las que se encuentren vinculadas a hechos pretéritos de relevancia para el país. Es decir, comprenden monumentos por ministerio de la Ley y por lo tanto están bajo la protección de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos y el control del Instituto Nacional de Antropología e Historia. b.- ZONAS DE FOMENTO ECOLÓGICO: las zonas donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad humana y que por razones de carácter ambiental y equilibrio ecológico deben conservarse, permitiendo la intervención humana en forma condicionada y el H Ayuntamiento promoverá sean decretadas como zonas naturales protegidas. En éstas zonas se deberán respetar lo establecido en las Leyes Federal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, y en la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado, estando bajo el control de las autoridades competentes, así mismo, las zonas de amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las mencionadas leyes. c.- ZONAS NATURALES DE PRESERVACIÓN ECOLÓGICA: las relativas a las tierras, aguas y bosques que por sus características naturales o paisajistas deberán preservarse para mantener el equilibrio ambiental. Por lo tanto podrán ser materia de protección como reservas ecológicas, mediante las modalidades y limitaciones que determinen las autoridades competentes, para realizar en ellas sólo los usos y aprovechamiento socialmente necesarios, de acuerdo a lo estipulado en las Leyes Generales y Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Artículo 7. - Los estudios, dictámenes o acuerdos para autorizar los diferentes usos del suelo en zonas y predios, deberán ser compatibles con lo dispuesto en el Plan de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa; cumplir con los requisitos y procedimientos que señalan en

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este Reglamento y demás reglamentos aplicables en materia urbana. Ningún uso del suelo se podrá asignar sin que previamente se obtenga la licencia correspondiente, y se cumplan los requisitos que establecen este reglamento y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 8. - La Dirección de Planeación del Desarrollo Urbano y Ecológico al expedir el dictamen de usos y destinos, así como el dictamen de traza, uso y destino, deberá estipular con claridad la clasificación de zonas en el predio en cuestión, indicando en los casos que proceda el control institucional, que la propia Dependencia tramitará en un plazo no mayor de una semana, los dictámenes específicos y lineamientos a respetar, cuando esto sea requisito por la índole ambiental del mencionado predio. En tanto las dependencias federales o estatales no expidan los dictámenes y lineamientos que precisen las afectaciones del predio, no deberá continuar el procedimiento de autorización municipal, quedando suspendidos los plazos previstos en la Ley. En caso de que las instituciones especializadas requieran de estudios específicos o información adicional, la Dirección de Desarrollo Urbano lo solicitará al interesado y los remitirá a las mismas. Artículo 9. Una vez obtenidos los criterios de control y manejo ambiental de parte de las instituciones especializadas, la Dirección de Desarrollo Urbano los tomará en cuenta para elaborar el dictamen de que se trate y lo hará llegar al interesado, para poder continuar con los trámites antes mencionados. Artículo 10. En todos los tipos de planes, la clasificación de zonas se indicará dentro de los planos que los integran, delimitando el lugar en cuestión independientemente del tipo de zona que se señale, según lo estipulado. La clasificación de zonas será la siguiente

10.1 ZONAS HABITACIONALES: Tanto Unifamiliar como Plurifamiliar H05 Densidad baja ( 50 Hab/Ha) H1 Densidad media baja ( 100 Hab/Ha) H2 Densidad media ( 200 Hab/Ha) H3 Densidad media alta ( 300 Hab/Ha)

H4 Densidad alta (400 Hab/Ha) 10.2 ZONAS INDUSTRIALES: PI Industria Portuaria: Cualquier instalación taller bodega Equipo oficina o servicio que se encuentre dentro del área del muelle fiscal y de la Armada militar. IL Industria Ligera (De bajo riesgo) IM Industria Mediana (De mediano impacto) IP Industria Pesada (De alto impacto) TF Industria Familiar (Taller Familiar) AI Agroindustrias 10.3. ZONA TURÍSTICA: (Recreación) T Turismo

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TI Turístico integral TC Turístico campestre 10.4. ZONAS COMERCIALES Y DE SERVICIOS C Comercio CB Comercio de Intensidad Baja CM Comercio de Intensidad Media CA Comercio de intensidad Alta S Servicios SB Servicios intensidad baja SM Servicios intensidad media SA Servicios intensidad alta

10.5. EQUIPAMIENTO URBANO (EU)

JV Jardín Vecinal (hasta 2,000 Hab.) CV Centro de Barrio (hasta 5,000 Hab.) CB Centro Zonal (hasta 20,000 Hab.) CR Centro Urbano Regional (hasta 100,000 Hab. PU Parques urbanos

10.6. ÁREAS DE PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN Y MEJORAMIENTO ECOLÓGICO.

PA Protección Ambiental PU Parques Urbanos PH Zonas de protección al patrimonio histórico FE Fomento ecológico RE Reserva ecológica PA Preservación Agrícola CR Comunidades rurales

CAPITULO TERCERO Delimitaciones en el Uso del suelo, tipos básicos de zonas.

Artículo 11. - Para formular la zonificación urbana, se aplicará la técnica urbanística que consiste en la subdivisión territorial en distintos tipos de zonas identificando y determinando los aprovechamientos predominantes permitidos en las mismas, de conformidad con los objetivos del plan de ordenamiento territorial correspondiente. Artículo 12. -Los límites de zonas que se establecen en los Planos de Zonificación se interpretará según lo siguiente:

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I.- Cuando una línea divisoria de zona se señale dentro de una calle o vía pública existente o en proyecto, deberá coincidir con el eje de la calle;

II. Cuando una línea divisoria de zona se señale siguiendo límites de lotes o predios

existentes o en proyecto, deberá coincidir precisamente con esos límites;

III.- Cuando una línea divisoria de zona se señale por el medio de las manzanas existentes o en proyecto, corriendo en forma paralela a la dimensión más larga de la manzana, el límite se considerará precisamente al centro de la manzana, a menos que se especifique una dimensión precisa en la reglamentación específica;

IV.- Cuando una línea divisoria de zona se señale a través de las manzanas corriendo en forma paralela a su dimensión más corta, o cabecera de manzana, el límite se considerará precisamente a una distancia de treinta metros de dicha cabecera de manzana, a menos que se especifique una dimensión precisa; y

V.- Cuando una división de zonas se determine por una calle de proyecto, el trazo

de la calle deberá corresponder a lo señalado en el Plan. Cuando la calle se establece sobre veredas, caminos o derechos de paso existentes, el límite será el eje rectificado de estas vías. VI.- Los casos no previstos en cuanto a los límites de las zonas, serán resueltos por la Dirección, con base en lo dispuesto en este Reglamento y demás disposiciones de la materia aplicables. Artículo 13. - Cuando en los Planos de Zonificación los límites de zonas dividan un predio, el propietario podrá optar entre:

I.- Asimilar al tipo de zona de la fracción mayor, la fracción menor, si ésta no sobrepasa los quinientos metros cuadrados de superficie y no tiene frente a la vía pública;

II.- Asimilar al tipo de zona de la fracción mayor una franja de la fracción menor,

que no exceda de quince metros de ancho; y III.- Mantener toda la fracción menor sometida al tipo de zona que le corresponde.

CAPITULO CUARTO

De los objetivos de la zonificación. Artículo 14. - En las zonas habitacionales se procurará la calidad ambiental y el bienestar de la comunidad, a través de los siguientes objetivos:

I.- Proteger las áreas habitacionales contra la excesiva concentración de habitantes, regulando la densidad de población y la intensidad de la edificación en cada zona específica, señalando la mínima dotación de espacios abiertos, dentro de estas zonas con

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objeto de asegurar espacios para el descanso y la recreación, que posibiliten un medio ambiente más deseable para la vida urbana;

II.- Procurar un acceso adecuado de sol, luz, y aire a los espacios inferiores

habitables y salvaguardar la privacidad de ellos a través del control de separación y altura de sus construcciones;

III.- Proteger las zonas habitacionales contra explosiones, emanaciones tóxicas y

otros riesgos producidos por usos del suelo incompatibles, así como contra ruidos excesivos, vibraciones, humos, malos olores y otras influencias nocivas;

IV.- Proteger las zonas habitacionales contra el tráfico pesado ocasionado por usos

incompatibles y contra el congestionamiento vial producido por exceso de autos estacionados en las calles;

V.- Proteger el carácter de las áreas identificadas por su valor fisonómico tradicional

e histórico, en las cuales la escala de las edificaciones debe ser controlada de una manera acorde con su contexto;

VI.- Permitir libertad en el diseño arquitectónico individual, que produzca una

deseable diversidad de formas de la edificación, sin afectar las edificaciones circundantes; y VII.- Permitir la inclusión de ciertos usos de equipamiento urbano, como servicios

educativos, religiosos, recreativos, de salud, comerciales de primera necesidad y otros similares, los cuales normalmente desarrollan su actividad propia en una forma más eficiente dentro de las zonas habitacionales, y no generan impactos negativos al medio ambiente.

Artículo 15. -Para las zonas de comercio se fomentarán su funcionamiento en atención a los siguientes objetivos:

I.- Permitir que la población realice los intercambios comerciales necesarios para el desarrollo económico de la comunidad, en espacios que ofrezcan accesibilidad y comodidad;

II.- Alentar a la población a que realice sus actividades comerciales dentro de zonas

y locales adecuados para tal fin; III.- Asegurar un armónico desarrollo de las actividades en compatibilidad con los

usos existentes en el sitio, sin llegar a causar impactos negativos al lugar, principalmente en el aspecto vial;

IV.- Proteger el carácter de ciertas áreas identificadas por su valor fisonómico

tradicional e histórico, en las cuales la escala de las edificaciones debe ser controlada de una manera acorde con su contexto; y

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Artículo 16. - Para las zonas de servicio se impulsará su establecimiento de acuerdo a los siguientes objetivos:

I.- Permitir que la población obtenga los servicios necesarios para el desarrollo

económico y social de la comunidad; II.- Evitar que su ubicación provoque impactos negativos a las vías por generación

de viajes; III.- Proteger el carácter de ciertas zonas identificadas por su valor fisonómico

tradicional e histórico, en las cuales la escala de las edificaciones debe ser controlada de una manera acorde con su contexto; y

Artículo 17. - Para las zonas industriales se preverá su instalación de conformidad con los siguientes objetivos:

I.- Dotar al área urbana del espacio suficiente, su localización y clasificación deben ser adecuadas en todos los tipos de actividades industriales propias del área y necesarias para el desarrollo económico de la comunidad;

II.- Asegurar los espacios destinados para estas actividades, así como proteger las

áreas habitacionales de las industrias con áreas de mitigación, separando las industrias de riesgo;

III.- Proteger las características del contexto urbano, restringiendo las actividades

industriales que involucran peligros de fuego, explosión, emanaciones tóxicas, humos y polvos, ruidos excesivos y cualquier otro tipo de contaminación del medio ambiente, ubicando las instalaciones en áreas limitadas adecuadas para su actividad y bajo estrictas normas de control; y

IV.- Permitir que las actividades que no presentan algún tipo de impacto negativo al

medio ambiente y que son importantes para la economía familiar de la población, puedan ubicarse dentro de ciertas zonas habitacionales y comerciales.

Artículo 18. - Para los usos en los corredores se atenderá a los siguientes objetivos: I.- Todas las vías que estén clasificadas dentro del sistema vial primario y

secundario serán consideradas como corredores; II.- La característica de los usos del suelo que se den en dichos corredores estará

determinada por la necesidad de contar con accesos ágiles para el desplazamiento de sus productos y por la generación de viajes que produzcan; y

III.- Los usos predominantes en dichos corredores serán los comerciales y de

servicio, así como el equipamiento especializado, pudiéndose establecer, además, el uso habitacional y la industria.

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Artículo 19. - Las zonas de parque son espacios naturales reforestados que tienen como funciones básicas las de ser lugares para esparcimiento y recreación de la población, así como también las de ser pulmones ecológicos que permitan purificar el aire contaminado de las áreas urbanas.

SEGUNDO GRUPO DE USOS Y DESTINOS.

CAPITULO PRIMERO.

De la utilización de los grupos de usos y destinos

Artículo 20. - Los usos o actividades a los que se destinarán los predios y las edificaciones, serán clasificados en diferentes grupos de usos considerando:

I. -Los usos o actividades a los que se destinarán los predios que nos se enlisten en

los grupos de usos mencionados en el artículo 10 de este Reglamento, La Dirección los ubicará en el grupo con el que guarden mayor similitud en sus funciones; y

II.- Los usos o actividades que por su giro generen impactos negativos al entorno

quedarán sujetos al dispuesto por este Reglamento y demás disposiciones que sean aplicables.

Artículo 21. - Los usos o actividades que se permiten en cada una de las zonas a que se refiere el artículo 10 de este Reglamento tendrán las siguientes modalidades:

l.- Uso predominante: Es aquel que se caracteriza de manera principal en una zona; II.- Uso compatible: Es aquel que tiene posibilidad de coexistir con los usos

predominantes de la zona, atendiendo a las combinaciones que se señalan en este Reglamento.

Artículo 22. - Para ejercer las normas del presente reglamento, y en su caso autorizar las actividades contenidas en los diferentes grupos de usos del Suelo, se han agrupado en una tabla donde se describen sus características y rangos de aplicación de cada uso de suelo.

a.- CONTROL DE USOS (H)

HABITACIONAL: Comprende los diversos tipos de vivienda unifamiliar y Plurifamiliar sujetos a normas apropiadas de intensidad para cada tipo, esto NO incluye la casa de huéspedes u hosterías familiares. VIVIENDA UNIFAMILIAR: Su clasificación estará relacionada directamente al tamaño del lote y el N° de Viviendas que puedan ser ejecutadas por

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Hectárea. Ya que el factor de Uso por vivienda, y la correspondiente densidad, en Mazatlán está considerado como 4.01 hace variar las densidades. Ver TABLA DE USOS DEL SUELO correspondiente. a.1- H0.5 DE BAJA DENSIDAD, ( 50 Habitantes por Ha.) a.2- H1 DENSIDAD MEDIA-BAJA ( 100 Habitantes por Ha.) a.3- H2 DENSIDAD MEDIA ( 200 Habitantes por Ha.) a.4- H3 DENSIDAD MEDIA-ALTA ( 300 Habitantes por Ha.) a.5- H4 DENSIDAD ALTA ( 400 Habitantes por Ha.) VIVIENDA PLURIFAMILIAR: Su clasificación es similar a la de la Vivienda Unifamiliar y dependerá directamente del tamaño del lote y las características que se observan en la TABLA DE USOS DEL SUELO y LA CARTA DE USOS DEL SUELO a.6- H4P DENSIDAD EN GENERAL

b.- DEL EQUIPAMIENTO URBANO (EU), Cada célula de población que cuente con las características que se enumeran a continuación debe contar con los elementos de equipamiento que se nombran en cada Control de Uso. De no contar con estos elementos como mínimo deben ser implementados y en ninguno de los casos podrá ser menor de 3.00 metros por habitante.

Control de Uso. De Equipamiento urbano vecinal:

b.1- JARDÍN VECINAL (JV): comprende las instalaciones de los servicios que reúnan las siguientes características:

1.- Satisfacer las necesidades interiores de los vecinos de un centro vecinal, que tenga un mínimo de 2000 habitantes, pudiendo localizarse adecuadamente en dicha zona;

2.- Desarrollar sus actividades de manera eficaz en la zona habitacional, sin que se vea afectada por impactos nocivos producidos por industrias o servicios generales; y

3.- Que no generen impactos negativos importantes a las zonas habitacionales vecinas, para lo cual deberán adoptar las normas del Sistema Normativo de Equipamiento Urbano emitidas por la Secretaría de Desarrollo social. 4.- Debe contar con espacios verdes abiertos y recreativos, juegos infantiles plazoletas y la posibilidad de un Jardín de Niños así como permitir el comercio vecinal (CB), su área de influencia y de servicio. Tiene un radio de influencia la Unidad Vecinal.

Control de uso. Equipamiento urbano barrial:

b.2- CENTRO DE BARRIO (CB): Comprende los siguientes servicios:

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1.- Satisfacer las necesidades complementarias de los vecinos de una zona barrial

que tenga 5,000 habitantes 2.- Desarrollar sus actividades de manera eficaz sin que se vea afectada por

impactos nocivos producidos por industrias o servicios generales. 3.- Debe contar con áreas verdes y comercio de barrio.

4.- Debe nacer de la aprobación del proyecto y de la ubicación que al área de donación del fraccionamiento se le haya dado con objeto de que se una a la correspondiente área de donación del fraccionamiento contiguo y sumar áreas y beneficios para los vecinos.

5.- El Equipamiento requerido en Centro de Barrio es: Zonas verdes, Escuela de Capacitación, Escuela Primaria, Iglesia, Comercio Medio (CM) y Plaza Cívica. Su radio de influencia es la Unidad Barrial.

Control de Uso. Equipamiento Urbano Zonal:

b.3 CENTRO URBANO ZONAL (UZ): Comprende las instalaciones de los servicios que reúnan las siguientes características:

1.- Satisfacer necesidades complementarias de los vecinos de una zona barrial que tenga un mínimo de 20,000 habitantes; y;

2.- Tener una intensidad de atracción poblacional y de viajes sin causar impactos negativos de la zona donde se localicen, para lo cual deberán adoptar las normas del Sistema Normativo de Equipamiento Urbano emitidas por la Secretaría de Desarrollo Social y Humano. 3.- Los locales que complementan este Equipamiento adicionales a los observados en el B.1 y B.2, son: Centros para el desarrollo de la comunidad, Guarderías infantiles, Escuela Secundaria, Centro de idiomas, Fonoteca, hemeroteca, clínica, Consultorio Médico, Central de Autobuses Urbanos, Estación de Bomberos, asilo de ancianos, Velatorio y Funeraria, Casa Cuna, Academias, teatro, Sanitarios, Unidad Médica, C. Dental. Caseta de Vigilancia.

Control de Uso. Equipamiento Urbano Regional:

b.4 CENTRO URBANO REGIONAL (UR): Comprende las instalaciones de los servicios que reúnan las siguientes características:

1.- Satisfacer las necesidades de un área amplia de la ciudad que cuente con un

mínimo de 100,000 habitantes y;

2.- Desarrollar sus actividades de una manera eficaz sin que el entorno se afecte por sus impactos negativos; y

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3.- Que no generen impactos negativos a las zonas vecinas, para el cual se deberá

presentar un estudio de impacto ambiental, así como vial, que considere los aspectos relativos a tráfico, soleamiento, estacionamiento y residuos líquidos; y los demás que establezcan las leyes y reglamentos relativos, así como las normas del Sistema Normativo de Equipamiento Urbano, emitidas por la Secretaría de Desarrollo Social y Humano.

4.- El equipamiento requerido: Universidad, Auditorio, Centro de Cultura, Museo

de sitio y regional, Clínica, Hospital de especialidades, Hospital General, Correos, Administración Pública, Administración Municipal, Centros de Integración Juvenil, Orfanatorio, Centros de Reunión, Aeropuerto, Estación del Ferrocarril, Puerto, Central de Abastos, Terminal de Autobuses Foránea.

c.- CONTROL DE USO TURÍSTICO: Son todos aquellos en los que sus lotes se destinan a alojar instalaciones o edificaciones para actividades recreativas, de esparcimiento o de descanso y comprenderán los siguientes tipos: c.1- TURISMO INTEGRAL (TI): Son aquellos a los que sus lotes se destinan a alojamiento temporal o mixto, a centros de recreación y a comercios y servicios turísticos. DE BAJA INTENSIDAD: (TIB) Condohotel, Hotel de Servicio, Motel de Paso, Trailer Para, Villas, Casa de Huéspedes. DE MEDIA INTENSIDAD: (TIM) Albergues, Casa de Huéspedes Hotel, Misión, Fraternidad. DE ALTA INTENSIDAD: (TIA) Mesones y Hoteles.

c.2- TURISMO CAMPESTRE (TC): Son aquellos lotes que se destinan a alojamiento temporal o mixto, a centros de recreación y servicios turísticos fuera de la traza urbana de la ciudad, pudiendo ser enclavados en áreas de Reserva Ecológica (RE), Fomento Ecológico (FE). Es requisito que el establecimiento legal de este tipo de Turismo sea conformado en el régimen de condominio.

d.- CONTROL DE USO COMERCIAL. (C)

d.1.- COMERCIOS DE INTENSIDAD BAJA (CB): comprende los

establecimientos comerciales con las siguientes características:

1.- Satisfacen necesidades de consumo cotidiano de los vecinos de una zona habitacional;

2.- Poseen un área de servicios; y;

3.- No generan impactos negativos importantes a las zonas habitacionales

vecinas.

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- Norma de intensidad: hasta 15 personas activas. - Dimensión Máxima del predio: 240 m2. - Servicio de carga y descarga: Hasta camioneta de 3 ton. -Cajones de estacionamiento determinados por el Reglamento de Construcciones del Municipio de Mazatlán. 4.- Deben ser ubicadas en área de Jardín Vecinal: Tiendas de abarrotes, farmacias, papelerías, Cyber’s, mercerías, etc... Y todo comercio de los denominados de Bajo impacto.

d.2.- COMERCIO DE INTENSIDAD MEDIA (CM): comprende los establecimientos de tipo comercial con las siguientes características:

1.-Ofrecen una amplia variedad de productos a los residentes de las zonas habitacionales cercanas;

2.- Tiene un área de servicio; y

3.- No generan impactos negativos a las zonas vecinas.

- Norma de Intensidad: hasta 100 personas activas - Dimensión máxima del predio: 1500 m2 - Servicio de carga y descarga: hasta camioneta de 3 ton. - Cajones de Estacionamiento según Reglamento de Construcciones

Mazatlán. 4.- Los locales comerciales que entran en esta clasificación son:

- Cerveza y licores, chatarra, Calzado, Blancos, Carnicería, Línea Blanca, Aparatos Eléctricos, Mueblería, Mercería, Panadería, Pinturas, Ferretería, Tlapalería, Pollería, Rosticería, Vidrios y espejos, Ropa, Viveros.

d.3 COMERCIOS DE INTENSIDAD ALTA (CA): comprenden los establecimientos que sirven a una parte considerable de la ciudad, y son los grandes establecimientos comerciales que reúnen las siguientes características:

1.- Prestan servicios a la región,

2.- No deben localizarse en áreas comerciales y de servicios locales, dado que generan cantidades de tráfico peatonal y vehicular; y

3.- Para este grupo de usos que causen impactos negativos deberán realizar

un estudio de impacto ambiental y vial. - Norma de Intensidad: más de 100 personas activas - Dimensión del predio: Más de 1501 m2 - Servicio de carga y descarga: Trailer (transporte Pesado) - Cajones de Estacionamiento según Reglamento - Construcciones de Mazatlán.

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4.- Los locales Comerciales que entran en esta clasificación son: Materiales para Construcción, Tiendas Departamentales, Agencias de Autos, Ferreterías, Equipos Hidráulicos, Cristalerías, Herrerías, Agencias de Motocicletas, Centros Comerciales, Comercios de autoservicio.

e.- CONTROL DE USO SERVICIOS (S):

e.1.- SERVICIOS DE INTENSIDAD BAJA (SB): Comprende los

establecimientos que prestan servicios dentro de una zona y no generan impactos negativos al entorno.

- Norma de intensidad: hasta 15 personas activas - Dimensión máxima del predio: 400 m2 - Servicio de carga y descarga: hasta una camioneta de 3 ton.

Los servicios que entran en esta clasificación son: Pasteles, Zapaterías, Oficinas de Profesionales, Conservas, elaboración de anuncios y rótulos, Asociaciones Civiles Pueden ser integradas a la casa habitación en superficies no mayores a 50 m2. e.2.- SERVICIOS DE INTENSIDAD MEDIA (SM): Comprende los establecimientos que prestan servicios dentro de una o varias zonas del municipio, debiendo realizar un estudio de impacto ambiental y vial.

- Norma de intensidad: hasta 100 personas activas - Dimensión máxima del predio: 1600 m2 - Servicio de carga y descarga: hasta camioneta de 3 ton. - Son Servicios que pueden integrarse a esta clasificación: Lavanderías, Oficinas

Privadas, Imprentas, Offset, Pensiones de autos, Baños públicos, Artículos para el Hogar, Servicios de lubricación automotriz, Taller Mecánico, Tintorería, Salón de Fiestas, Bodega de Productos de bajo riesgo, Boliches, Discotecas, Oficinas Corporativas, Laminado vehicular, Mudanzas, Constructoras, Restaurantes y Bares, Protección y seguridad policíaca.

e.3- SERVICIOS DE INTENSIDAD ALTA (SA): Comprende los establecimientos que prestan servicios a la región y generan impactos negativos e incompatibles con los usos habitacionales. Para este grupo los usos que causen impactos negativos deberán realizar un estudio de impacto ambiental y vial.

- Norma de intensidad: más de 100 personas activas - Dimensión del predio: más de 1601 m2 - Servicio de carga y descarga: Hasta Trailer -Se integran a esta intensidad los siguientes Servicios: Centros Financieros, Centrales Televisoras, Espectáculos para Adultos, Radiodifusoras, Centros Nocturnos, Almacenamiento de Productos Químicos, Centrales de Autobuses foráneos y urbanos, Reparación de Autobuses, Trailers y similares, Reparación y distribución de Maquinaria.

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f.- CONTROL DE USO INDUSTRIAL (I):

f.1- TALLER FAMILIAR (IF): (zapato, sombrero y escobas) - Norma de intensidad: hasta 5 personas activas - Dimensión máxima del predio: 120 m2 - Servicio de carga y Descarga: Hasta camioneta de 3 ton.

f.2- INDUSTRIA PORTUARIA (IP): Las zonas portuarias y bases navales militares cuyas instalaciones y áreas colindantes deberán respetar las normas, limitaciones y restricciones al Uso del suelo que señale la Secretaría de Marina, basándose en las leyes y reglamentos aplicables a la materia.

f.3 INDUSTRIA LIGERA (IL): Son aquellas actividades de producción cuyos impactos nocivos en las zonas adyacentes sean mínimos y puedan controlarse y reducirse mediante la aplicación de normas ambientales y viales, y se clasifican de la siguiente manera:

1.- Actividades Artesanales 2.- Establecimientos Menores 3.- Establecimientos Manufactureros - Norma de Intensidad: hasta 50 personas activas - Dimensión máxima del predio: 600 m2 - Servicio de carga y descarga: Hasta camioneta de 3 ton.

f.4- INDUSTRIA MEDIANA Y AGROINDUSTRIA (IM): son todas aquellas actividades de producción que generan impactos medios controlables y que pueden ser mitigados a través de la normatividad ambiental y vial. Dichos establecimientos deben tener una localización específica y concentrada, y su proceso requiere de edificios cerrados.

- Norma de Intensidad: hasta 100 personas activas - Dimensión máxima del predio: 2000 m2 - Servicio de carga y descarga: hasta Trailer

f.5- LA INDUSTRIA PESADA (IP): se clasifica como aquella actividad de producción que deberá contar con una infraestructura para soportar maquinaria pesada o de transformación que causen impactos ambientales severos, y éstos reducirse mediante la aplicación de la normatividad ambiental y vial. La ubicación de este tipo de industria será fuera de los límites del área susceptible para el desarrollo urbano planteados en el plan de ordenamiento territorial, además, requerirán crear una zona de transición o de amortiguamiento entre las zonas colindantes; Así mismo deberá cumplir con los estudios técnicos y de evaluación de impacto ambiental dictaminado por las autoridades correspondientes.

g.- CONTROL DE USO

g.1- PARQUE URBANO (PU).- Comprende aquellas zonas de uso público, constituidas en los centros de población para obtener y preservar el equilibrio de los ecosistemas urbanos y los elementos de la naturaleza, de manera que se proteja un

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ambiente sano, el esparcimiento de la población y valores artísticos, históricos y de belleza natural que se signifiquen en la localidad.

g.2.- RESERVA ECOLÓGICA (RE).- Las áreas tienen como propósito preservar los ambientes naturales dentro del municipio para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población y mantener su equilibrio ecológico reuniendo las siguientes características:

a) Son zonas de gran valor e importancia de recursos naturales existentes en el municipio;

b) Es la zona de mitigación en la transición del uso urbano y el medio natural.

Los usos de reserva ecológica se agruparan de la siguiente manera: a) Alto grado de conservación: 1.- Parques naturales 2.- Reservas de vida silvestre 3.- Cotos Cinegéticos 4.- Campamentos temporales con fines recreativos o científicos: b) Aprovechamiento Natural Controlado 1.-Bosques y su forestación 2- Agrícola no extensivo 3.- Pecuario en confinamiento 4.- Piscícolas 5.-Granjas de horticultura

c).- Instalaciones o edificaciones restringidas que no requieran de una infraestructura mínima:

1.- Cabañas 2.- Albergues 3.- Hoteles

g.3.- PRESERVACIÓN AGRÍCOLA. (PA) Este grupo de usos comprende aquellas actividades que están relacionadas con el aprovechamiento del suelo en especial para la actividad agrícola; atendiendo las características siguientes:

c) El uso del suelo debe ser compatible con su vocación natural y no debe alterar el equilibrio ecológico del entorno;

d) Los usos productivos del suelo deben evitar prácticas que provoquen la erosión,

degradación o modificación de las características topográficas con efectos adversos; Y

e) La realización de proyectos agroindustriales debe incluir acciones equivalentes de

regeneración.

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g.4.- FOMENTO ECOLÓGICO (FE): Este grupo de usos y destinos comprende aquellas actividades que fomenten la conservación de las áreas arboladas, estableciendo el control de los procesos de explotación de bosques que garanticen la recuperación y reforestación de las zonas sujetas a presiones por parte de las actividades humanas.

TERCERO

DE LAS LICENCIAS

CAPITULO PRIMERO

Del objeto de las licencias

De las licencias de uso del suelo

Artículo 23. - La Dirección podrá emitir, previo al trámite de alguna licencia de uso del suelo, una certificación de uso, en donde se indiquen los usos permitidos o el destino asignado tanto en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa como en éste Reglamento. La certificación de uso de suelo es un documento informativo y no constituye una autorización de uso de suelo. Los requisitos que deberá cubrir el solicitante como mínimo serán los siguientes: I.- Solicitud por escrito en la forma anexa donde se solicite la certificación de uso, en ella debe estar considerado los siguientes datos:

a.- La ubicación y superficie del predio, b.- La descripción de la actividad a desarrollar en el predio y

nombre y domicilio del solicitante para oír y recibir notificaciones. II.- Croquis de localización del predio. III.- Llenar la forma correspondiente

Artículo 24. - En materia de control del desarrollo urbano, la Dirección expedirá las

siguientes licencias:

l.- Licencia de alineamiento y número oficial; y II.- Licencia de uso del suelo.

Artículo 25. - Para la realización de obras públicas y privadas, así como para la utilización o uso de predios, es obligatorio obtener previamente las licencias a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 26 - Las licencias antes señaladas tendrán una vigencia limitada de un año, a partir de la fecha de expedición.

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Artículo 27. - Cualquier otro trámite posterior respecto de las licencias ya otorgadas, se deberá presentar ante la Dirección los documentos originales y una copia de los mismos.

Artículo 28. - La licencia de uso del suelo tiene como finalidad regular la compatibilidad de usos de acuerdo con lo establecido en La Ley de Desarrollo Urbano del estado de Sinaloa, de los Planes de Ordenamiento Territorial, en las Declaratorias correspondientes y en la Zonificación establecida en este reglamento.

Artículo 29. - La autoridad federal, estatal o municipal podrá autorizar obras o actividades en apego a lo establecido por este Reglamento y por la Ley de Desarrollo Urbano del estado de Sinaloa en sus declaratorias de usos y destinos. Artículo 30. - Para obtener ésta licencia el solicitante deberá:

I.- Presentar solicitud de la licencia de uso del suelo, en el formato que proporcione la Dirección, debidamente requerida;

II.- Presentar título que acredite la propiedad debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Cuando no se tenga el título antes mencionado, el solicitante deberá presentar los documentos legales con los que acredite el justo titulo para solicitar la licencia;

III.- Resolución de la manifestación de impacto ambiental emitida por la Dirección de Medio Ambiente y Ecología, para los usos donde sea requerido;

De las certificaciones de usos, destinos y políticas de ordenamiento territorial.

CUARTO

DE LAS NORMAS TÉCNICAS DE ZONIFICACIÓN.

CAPITULO PRIMERO

De los objetivos de las normas Técnicas de Zonificación

Artículo 31. - Los objetivos de las Normas de Zonificación son los siguientes:

I.- Facilitar la consulta de las normas tanto por la ciudadanía en general, como por las autoridades competentes encargadas de aplicar este Reglamento; y

II.- Facilitar la adecuación de normas que pierdan vigencia generadas por nuevas condiciones urbanas, dadas por la misma inercia del crecimiento urbano y rural.

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CAPITULO SEGUNDO

De las normas de Construcción y compatibilidad general para las zonas

Artículo 32. – La Dirección de Planeación Desarrollo Urbano y Ecología determinará las características de los edificios y la ubicación en que estos deban autorizarse según sus diferentes géneros y usos, para lo cual tomará en cuenta lo dispuesto en la ley, en el Reglamento de Construcciones de Mazatlán y en los instrumentos de Planeación. Artículo 33.- Dentro de los instrumentos de planeación se establecen las bases para la determinación de coeficientes destinados a fijar la ocupación de los predios. Para los casos no previstos se enumeran los conceptos en los que se establece el grado de aprovechamiento, el cual está expresado por el coeficiente de Ocupación del Suelo (COS), entendiéndonos por este el número de metros cuadrados construidos por metro cuadrado de terreno, Y el coeficiente de utilización del suelo (CUS) que corresponde al número de metros cuadrados construidos que puede alcanzar la suma de las superficies construidas en todas las plantas por cada metro cuadrado de terreno. La TABLA DE COMPATIBILIDADES tiene como fin expresar los coeficientes de aprovechamiento particulares para cada zona, sus géneros y tipos, así como características y especificaciones de cada una de las clasificaciones a las que se refiere el presente Reglamento. Cualquier situación que no quede expresada en la Ley o en la particularidad de este Reglamento debe adecuarse a las normas impuestas por el Reglamento de Construcciones de la Ciudad y Municipios de Mazatlán Sin. Y el Reglamento de Construcción del Centro Histórico. Los datos relativos al número de cajones se encuentra expresado en el Artículo 120 Capítulo XIV del Reglamento de Construcciones del Municipio de Mazatlán. La tabla tiene como función principal la de la consulta rápida, y la determinación de las clasificaciones generales desde Habitación, Turismo, Comercios, Servicios, Industria y Zonas de Reserva Ecológica. En ella observamos los cálculos de las intensidades de construcción de las distintas áreas y su correspondiente factor de utilización del suelo CUS, COS. Anexo al presente se integra un documento que complementa el total de la información requerida, dicha TABLA DE USOS DEL SUELO se anexa a la CARTA URBANA como complemento final de la Zonificación.

Obsérvese que la vivienda está relacionada directamente al N° de viviendas por

Hectárea y no por la densidad, ya que el factor de uso es de 4.01 Hab/vivienda.

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Artículo 34.- Independientemente al (CUS) y al (COS) aplicable al proyecto a realizar, la Dirección de Planeación especificará su altura en función de la ubicación del predio, autorizándose el número de niveles de construcción que se permitan y que dependerán del tipo de vía y la densidad de la zona. Artículo 35. - Las vías clasificadas como vías primarias y secundarias al cruzar por los perímetros de la zona de protección de monumentos, no podrán ser desarrollados en más de 4 niveles de construcción. Artículo 36. - No se autorizará ningún uso diferente al habitacional, en las viviendas que estén dentro del régimen de condominio, a menos que los usos sean compatibles, en función de lo que establece el presente Reglamento. Artículo 37. - Cuando dentro de la vivienda se pretenda desarrollar un uso compatible, sólo se autorizará el 25% de la superficie del lote tipo, cuando este sea factible en todo el fraccionamiento y de un 35% cuando el lote se ubique en la vía principal del fraccionamiento. Artículo 38. - Para obtener la licencia de uso del suelo en bodegas para la venta o renta, sin un uso predeterminado, se deberán manifestar los usos potenciales que se podrían establecer en los mismos, a fin de establecer las compatibilidades y que la Dirección determine el número de cajones de estacionamiento necesarios; el uso final solo podría ser uno o varios de los manifestados. Artículo 39. - Las vías consideradas como corredores tanto primarios como secundarios, son aquellas cuya sección es igual o mayor a 20 mts. de sección, y que están señaladas en la Carta Síntesis. Artículo 40. - La compatibilidad de usos a lo largo de los corredores serán respetando la clasificación que hemos estado manejando y que es al siguiente: COMERCIO ( C ) : bajo (CB), medio (CM) y alto (CA). SERVICIOS ( S ) : intensidad baja (SB), media (SM) ya alta (SA). INDUSTRIA ( I ) : Ligera ( IL )y media ( IM ). Su compatibilidad general y la licencia de Uso del Suelo se aplicará en forma particular, ya que la planeación se realizó en relación a los corredores urbanos y estos pueden variar en sus compatibilidades de un calle a otra. Ver CARTA URBANA.

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CAPÍTULO QUINTO

Normas adicionales al reglamento de construcciones del Municipio de Mazatlán, aplicables a zonas urbanas y de reserva. Consideraciones generales:

Artículo 41.- A LA VIVIENDA: La vivienda es uno de los elementos urbanos más directos para lograr el mejoramiento de la calidad de vida de los pobladores de la ciudad, por ello los proyectos que se presenten para su aprobación deben observar los siguientes requisitos que se aplican sólo para fraccionamientos donde ha sido incluida la construcción y venta de vivienda. VIVIENDA H.3 H.4

a.- La traza debe estar regida por el eje térmico de la ciudad en todos sus lotes. Estipulando el eje Oriente-Poniente para dirección de calles con una desviación máxima de 15°. b.- Puede justificarse una desviación mayor a base de estudios de orientación y gráficas de soleamiento donde se proyecten volados o salientes en el proyecto de la casa tipo y que impidan la entrada de los rayos solares. c.- La dirección de los Vientos Dominantes en la ciudad tienen una tendencia al Nor-Oeste mismo que coincide con el eje térmico propuesto y que debe ser considerado como obligatorio en la elección de la orientación que se le dará al fraccionamiento. De existir alguna variación en la dirección del viento provocada por algún umbral o una ubicación especial, debe anexarse el estudio correspondiente para justificar el cambio. d.- Los camellones no pueden ser consideradas como área de donación. Las banquetas cubrirán las características de las normas observadas en el Art.79 del Reglamento de Construcciones del Municipio de Mazatlán. Y no están incluidas en el ancho de las calles.

Artículo 42.- AL COMERCIO Y SERVICIOS: a.- Los giros comerciales posibles en área de Equipamiento Urbano del Jardín Vecinal y Centro de Barrio (JV) (B.1) b.- Los establecimientos de Bajo impacto, mismos que pueden ser ubicados en áreas de Centro de Barrio o Centro Zonal: Abarrotes (sin venta de bebida alcohólica). Accesorios para vestir. Aparatos ortopédicos. Aparatos domésticos y línea blanca Artesanías . Artículos de belleza y aseo persona. Artículos para decoración de interiores. Artículos usados de uso domésticos Artículos religiosos Artículos de piel Artículos de plástico Artículos deportivos Artículos médicos Artículos musicales Artículos de decoración y ornamentos para el hogar Bazar Boletos de lotería, Boticas Cajas de cartón compra y venta Cenadurías sin meseros sin venta de bebida alcohólica Discos, casetes de audio y video Dulcerías. Empaques al menudeo Envasado de aguas purificadas y de manantial. Enseres menores para el hogar Equipo de aire acondicionado para el hogar u oficina Equipo fotográfico y similares

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Equipos de telefonía celular y de comunicación Equipo médico y de laboratorio al menudeo. Expendio de café tostado Expendio de nieves y paletearías. Expendio de huevos. Expendio de pan Farmacias Florerías y plantas naturales Fruterías. Grasas, aceites y lubricantes al menudeo. Hielo expendio (no elaboración). Herramientas (Menudeo) Juguetería. Lácteos al menudeo. Lámparas y candiles Librería Material eléctricos al menudeo. Materiales para diseño y pinturas artísticas. Maquinas de coser (reparación y venta). Mercerías y boneterías Mini súper (sin venta de bebidas alcohólicas). Miscelánea. Mueblería. Muebles y accesorios para baño. Muebles y artículos de oficina. Papelerías. Pisos y acabados para el hogar Productos naturistas farmacias). Perfumes, cosméticos y similares. Refrescos y aguas purificadas al mayoreo. Refaccionarías y accesorios automotrices al menudeo. Regalos y curiosidades. Relojería. Revistas y periódicos. Ropa, boutique, lencerías. Sellos metálicos y de goma. Semillas. Sombreros al menudeo y medio mayoreo. Suelas de venta al menudeo y medio mayoreo. Telas, cortinas y persianas. Tlapalerías y ferreterías al menudeo. Toldos, rótulos e impresiones por computadora. Venta de motocicletas. Verdulería. Viveros. Zapaterías. Abarrotes (sin venta de bebida alcohólica). Agencia de mudanzas (vehículo hasta 3 toneladas). Agencia funeraria Agencia de viajes. Alquiler de toldos, sillas, mesas, mantelería, vajillas p / fiesta. Alquiler de aparatos de sonido y luces para fiesta. Alquiler de prendas de vestir. Ambulancias y traslado de enfermos. Bancos. Cafeterías (sin venta de bebida alcohólica).Cajas de ahorro. Capillas de velación (sin servicio de cremación) Casa de empeño. Casa de cambio Cancelería y aluminio. Centro de fotocopiado. Cerrajería Confección de ropa (no en serie) Consultorio médico (solo consultas). Consultorio de nutriólogos, psicólogos. Estacionamiento particular (hasta 15 autos) Estéticas. Fotocopiado y servicio de oficina. Galería de arte. Inmobiliarias. Instalación de parabrisas. Instalaciones y venta de canceles. Jardinería y fumigaciones para el hogar. Mantenimiento de t.v., video caseteras y similares. Oficinas y despachos de servicios profesionales. Ópticas. Peluquerías y barberías Predicción del futuro y servicio esotérico en general. Profesores particulares. Restaurantes y fondas sin servicio de meseros sin bebida a Alcohólica. Reparación de bicicletas. Reparación de calzado. Reparación de equipo de cómputo. Reparación de maquinas de escribir. Reparación de equipo domestico y eléctrico. Salón de belleza. Salón de depilado. Sastrería y reparación de ropa. Servicio de afiladura Servicio de enfermería a domicilio Servicio de fontanería para casa habitación Servicio de instalación eléctrica para casa habitación. Servicio de meseros. Tapicerías y reparación de muebles y asientos. Tiendas de mascotas. Tintorerías (solo entrega y recepción). Veterinarias. Video club Vidrierías Vulcanizadoras y reparación de llantas y cámaras. Expendio de jugos y licuados. Tabaquería Pastelería Servicio de Internet, Alquiler de juegos inflables. De las condiciones de ocupación de Reservas y áreas Ecológicas

Artículo 43. - Las edificaciones de equipamiento urbano que se construyan en las zonas de Reserva Ecológica, deberán sujetarse a las normas siguientes:

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I.- El coeficiente de ocupación del suelo (COS) no será mayor de 0.30 y, en consecuencia, la superficie de desplante del edificio no ocupará más del 30% de la superficie total del lote;

II.- El coeficiente de utilización del suelo (CUS) no será mayor de 0.6 y, por lo tanto, la superficie construida máxima permitida deberá ser dos veces el área de desplante;

III.- La altura máxima de las edificaciones será de dos niveles completos;

IV.- Se deberá dejar un área ajardinada del 35% de la superficie total del lote;

V.- Las bardas de las colindancias del predio no podrán tener una altura mayor de 3.00 mts. Y a partir de la misma solo se permitirá la instalación de alambrado;

VI.- Se tendrá un zona disponible para estacionamiento mínimo de 4 cajones en cada vivienda; y

VII.- La densidad máxima será de 22 hab. / Ha. Artículo 44. - Los usos compatibles con ésta zona será el siguiente: ZONA CATEGORÍA USOS PERMITIDOS POR GRUPO RE Predominante Reserva ecológica Compatible Habitacional unifamiliar. Fomento Ecológico Artículo 45: Los lotes y las edificaciones que se construyan en las zonas de Preservación Agrícola deberán sujetarse a las normas siguientes:

I.- La altura máxima de las edificaciones no será mayor de 5.00 mts; y II.- La densidad máxima será de 11 hab. /Ha.

Artículo 46. - Los usos compatibles con ésta zona será el siguiente: ZONA CATEGORÍA USOS PERMITIDOS POR GRUPO RA Predominante Preservación agrícola Compatible Habitacional unifamiliar Reserva forestal Fomento ecológico Artículo 47. - Los lotes y las edificaciones que se construyan en las zonas de Fomento Ecológico se sujetarán a las normas siguientes:

I.- La altura máxima de las edificaciones no será mayor de 5.00 mts.; y

II.- La densidad máxima será de 11 hab./ha. Artículo 48. - Los usos compatibles con esta zona será el siguiente:

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ZONA CATEGORÍA USOS PERMITIDOS POR GRUPO FE Predominante Fomento Ecológico Compatibles. Habitacional unifamiliar Preservación agrícola Artículo 49. - Los predios identificados como sitios arqueológicos; Se sujetará a las normas que disponga el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) en cuanto a su zona de aprovechamiento y al uso de sus edificaciones. Artículo 50. - Los usos compatibles con ésta zona será el siguiente:

CATEGORÍA USOS PERMITIDOS Compatible Habitacional hasta Densidad Media Comercio Intensidad baja Servicios de intensidad baja Equipamiento Urbano De las normas para zonas de Parque Urbano: Artículo 51.- Son aquellas zonas de uso público construidas en los centros de población que tienen por objeto equilibrar los ecosistemas urbanos con la naturaleza. De manera que protejan el patrimonio histórico y natural de la ciudad. Propiciando áreas de recreación y esparcimiento en un ambiente sano. Los lotes y edificaciones que se construyan en las zonas áreas destinadas para parques deberán sujetarse a las normas siguientes.

I.- La clasificación del tipo de parque estará en función de la cobertura de servicio, que se pretenda dar al mismo;

II.- Se deberá dejar zona para estacionamientos vehiculares, en función del proyecto integral que se tenga, considerando lo señalado en artículo 108 del presente reglamento;

III.- No se permitirá la construcción de viviendas o conjuntos habitacionales al interior de los parques;

IV.- La infraestructura será mínima, siendo obligatorio el reciclaje de los residuos que sean generados dentro de los parques; y

V.- Las únicamente destinadas a equipamiento urbano, deberán de respetar las normas establecidas por el sistema Normativo de Equipamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL).

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Artículo 52. – Los usos compatibles con ésta zona será el siguiente: ZONA CATEGORÍA USOS PERMITIDOS POR GRUPO PU predominante Parque Urbano Compatible Reserva ecológica Fomento ecológico.

SEXTO

DE LA ADMINISTRACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO

CAPITULO PRIMERO

Instrumentación:

Artículo 53.- Mecanismos de Instrumentación: Para permitir que entre en vigencia y sea verdaderamente operativo el Reglamento de Zonificación debe definirse a través de los siguientes mecanismos: a.- Participación ciudadana b.- Aprobación del cabildo c.- Determinación y administración de pagos d.- Sanciones. Artículo 54.- Es necesario diseñar acciones que nos permitan incluir la participación ciudadana como se expresa en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa en el Título Sexto, Capítulo II Sección III De las comisiones Municipales. Ya que ningún programa de zonificación podría subsistir sin la participación de la ciudad. Artículo 55.- El Cabildo a través de su comisión de Urbanismo gestionó aprobación y el envío de su iniciativa al Congreso del Estado Artículo 56.- De los costes y pago de derechos por concepto de Uso del Suelo Artículo 57.- Sanciones: El Cabildo a través de la comisión de Urbanismo propondrá las sanciones correspondientes a las infracciones que se generen en torno al mal empleo de la presente.

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TENENCIA DEL SUELO

La información relativa a la tenencia de la vivienda, evidencía que en la ciudad de

Mazatlán, las mayores proporciones de vivienda propia en desarrollo, se localizan en las zonas ubicadas en la zona Norte y Noreste de la ciudad. Ello significa que en las áreas más antiguas como en el Centro y sus alrededores, se presentan las menores proporciones de vivienda habitada por sus propietarios.

Con el fin de organizar el uso del suelo, se ejecutan diversos tipos de actividades, para reconocer y proporcionar a la población un espacio libre de cualquier conflicto en su propiedad.

El Municipio de Mazatlán, ejecuta programas de intervención en la elaboración de trámites, como lo son: escrituración en terrenos propiedad del Municipio, levantamientos topográficos, deslindes, registros de colonias, asignación de propiedades, invasiones, en general, se encarga de la regularización del uso del suelo de todas las colonias populares de la Ciudad. Actualmente, participa en la promoción de líneas de acción en la construcción de vivienda, proyecto que surge como una respuesta a las necesidades de vivienda en población de escasos recursos económicos y el problema de invasión, que periódicamente se presenta en la Ciudad. VALORES DEL SUELO CATASTRALES Y COMERCIALES VALORES CATASTRALES La información de valores catastrales se definió en base a la información proporcionada por la Dirección de Catastro Municipal, dicha información contiene el decreto expedido por el Gobierno del Estado de Sinaloa. La tabla de valores catastrales unitarios no se presenta en este documento, por lo que se deberá consultar el “DECRETO QUE ESTABLECE LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO Y DE LAS CONSTRUCCIONES DEL M UNICIPIO DE MAZATLAN” que entró en vigor el día 1° de Enero del 2006.

Artículo primero: El presente decreto entro en vigor el dia 1º de Enero del 2006y debera publicarce en el Diario Oficial del Estado de Sinaloa. Artículo segundo: En las demás poblaciones de este Municipio el M2 de suelo tendrá un valor mínimo de $ 10.00 y un máximo de $15.00 que será el que se aprobó para el año del 2005.

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Artículo tercero: A los predios rústicos no productivos para efecto de pago del impuesto predial se le aplicará la tabla de valores de construcción vigente y el terreno tendrá un valor de $ 20.00 el M2 hasta los primeros 500 mts. A cada lado del eje de la carretera correspondiente y un valor de $10.00 el M2 a la superficie restante. Artículo cuarto: El valor de construcción por M2 que rige a partir del 1° de Enero del 2006 en este Municipio de Mazatlán, serán los siguientes:

VALORES POR METRO CUADRADO DE CONSTRUCCION

TIPO CLAVE VALOR UNITARIO $PROVISIONAL P 470.00ANTIGUA 1 A1 2,130.00ANTIGUA 2 A2 2,550.00MODERNA 1 M1 1,580.00MODERNA 2 M2 2,290.00MODERNA 3 M3 2,750.00MODERNA 4 M4 3,785.00MODERNA 5 M5 5,200.00ESPECIAL 1 E1 1,250.00ESPECIAL 2 E2 1,560.00ESPECIAL 3 E3 2,600.00ALBERCA 1 ALB1 2,400.00ALBERCA 2 ALB2 3,640.00

El factor de comercialización a la construcción en el Municipio de Mazatlán, será, en la cabecera municipal Mazatlán de 1.00, Villa Unión de 0.75, El Roble de 0.70, El Walamo de 0.65, Siqueros de 0.60, y en las demás poblaciones será de 0.50 .

Los valores por metro cuadrado de construcción estarán sujetos a los deméritos que establece el “Instructivo de Valuación de Construcciones en el Estado de Sinaloa”. Con fundamento en los artículos 2, 5, 8, 9, fracción III, 10 fracción VI, 14 fracciones VI, VIII, IX, XIII, XIV y XXI, 22, 23, 29, 31, 32, 33 y 55 de la Ley de Catastro del Estado de Sinaloa y 17, 18 y 22 del Reglamento de la Ley de Catastro del Estado de Sinaloa, se emiten las presentes tablas de valores catastrales para la ciudad de Mazatlán, Villa Unión, El Roble y El Walamo y Siqueros. 1. DELIMITACION DEL CENTRO DE POBLACION

Delimitar el centro de población. El límite del centro de población para la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa es el espacio

territorial en el que las autoridades del Municipio, del Estado y de la Federación ejercerán de manera concurrente y coordinada y en el ámbito de sus respectivas

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jurisdicciones y competencias, sus atribuciones para la planeación y regulación de la conservación, mejoramiento y crecimiento del área urbana.

La información correspondiente a este apartado se documentará con el plano del

límite de población, donde se explican los vértices y colindancias respectivas.

2. POLITICAS DE DESARROLLO URBANO

Establecer las diferentes modalidades de crecimiento ( por expansión, por densificación, etc.); políticas de mejoramiento, política de conservación, ( en zonas naturales, históricas, etc.)

Ante una población de 400,835 habitantes para el año 2015, los incrementos

planeados en materia territorial son inferiores a los que el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Mazatlán del año 1991 incluía, a pesar de que un mayor número de habitantes lo habitaban. Y encontramos que a pesar de eso los límites de la traza urbana proyectada han sido invadidas porque existen gran cantidad de terrenos susceptibles de crecimiento que se encuentran dentro del planteamiento general pero que se han dejado en “engorda” (1,758 Ha) generando grandes vacíos de desarrollo y provocando una ciudad cada vez más grande a la que hay que llevar los servicio más lejos y que termina por invadir la zona de Conservación Ecológica.

Sin embargo hemos propuesto una nueva franja de crecimiento y una nueva franja

de Conservación Ecológica que también será invadida mientras los terrenos de posible desarrollo no sean empleados. La ubicación de esta nueva franja de Reserva Ecológica y los nuevos umbrales que nos permitan un desarrollo controlado y acorde con la ciudad pronosticada podemos observarlos en los PLANOS PZ-2 Y PZ-3

Las tendencias de crecimiento son claras, ya que en la parte Sureste encontramos

una zona de serranía con pendientes cuyos porcentajes van muy por encima del 15% que impiden la construcción de vivienda popular. Este representa una limitación muy importante para el crecimiento y obliga a que sean las zonas que se encuentran al Este y al Noreste de la mancha urbana las portadoras del crecimiento de este tipo de desarrollos; vivienda, comercio y servicios de alta y media alta intensidad.

En la región Norte, Nor-noreste será el lugar donde estará ubicada la vivienda

media, media baja y de baja intensidad así como el motor económico que representa el Turismo y que con obviedad ocuparán la franja costera al Norte.

Existe otra zona de fuerte desarrollo turístico que se encuentra

ubicado en la zona de la Isla de la Piedra, en la parte costera del lado Sur, que colindando con la desembocadura del río Presidio pero que queda fuera del área conurbada de la ciudad.

La industria tanto pesquera como de apoyo al turismo estará ubicada

sobre los corredores primarios del acceso sur (Corredor Industrial Mazatlán-Villa

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Unión) o en el parque industrial “ Alfredo T. Bonfil” que a pesar de tener más de treinta años de establecido, aún presenta gran cantidad de lotes baldíos.

Las áreas de crecimiento en cuanto a comercios y servicios complementarios han

sido planeadas sobre los corredores primarios y secundarios, sin atrevernos a definir ninguna de las áreas de la ciudad con ninguna clasificación ya que lo único que lograríamos sería la especulación pues los elegidos terrenos por el simple hecho del Uso del Suelo otorgado, obtendrían una plusvalía importante.

Así podemos encontrar un pronóstico de crecimiento donde: Vivienda cuenta con el mayor crecimiento llegando a 247.53 Ha 46.08% Equipamiento le sigue con 148.52 Ha 27.54% Industria con 91.59 Ha 17.05% Vialidades que estarán repartidas a lo largo de 49.51 Ha 9.22% Cumpliendo con un gran total de: 537.15 Ha Ver resultados en Plano PZ-2 correspondiente al envolvente de la

ciudad y el PZ-3 a umbrales y limitaciones. En el primero se representa el crecimiento pronosticado.

REGLAMENTACIÓN:

Con objeto de que exista una verdadera operatividad del proyecto, hemos querido realizarlo dentro de un formato que permita una reglamentación capaz de darle carácter legal. Mientras esto no suceda el proyecto no tiene vigencia, no tiene aplicación.

Este formato empleado sale un poco del esquema que el desarrollo del Proyecto presenta, por esa razón ha sido sacado del mismo y colocado dentro de los elementos complementarios. ANEXO UNO.

RESULTADOS GRÁFICOS:

Los planos que se anexan tienen por objeto fundamentar los estudios que se han elaborado con la mira de realizar la Carta de Zonificación Urbana que representa nuestro objetivo final. Y que se entregan tanto impresos como en CD para su empleo, desarrollo y control.

PLANO PZ-1: Corresponde a un plano sencillo de ubicación de Mazatlán. ¿Quiénes somos? ¿Dónde estamos?

PLANO PZ-2: Mancha Urbana de la Ciudad de Mazatlán, estado actual con su Reserva Ecológica planeada a 10 años.

PLANO PZ-3: Plano del medio físico donde podemos observar los umbrales de crecimiento, esa información nos permite determinar, tanto la Topografía como las posibles inundaciones y la contaminación ambiental factores que impiden el crecimiento de la ciudad. En lo relativo a las inundaciones, aunque los asentamientos ya existen, debe tajantemente prohibirse.

PLANO PZ-4: Para el presente estudio dividimos la ciudad en AGEB’s ( Ver datos demográficos en punto 3.4.1) con objeto de hacer medibles las

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estadísticas del INEGI, el área de la ciudad y su población. Los resultados se encuentran en este PLANO que anexamos, igualmente, impresos y manipulables en un CD con objeto de su estudio, adecuación al medio y su posterior control.

PLANO PZ-5: Este plano contiene la ubicación del Equipamiento Urbano con de la ciudad, donde es posible detectar cada uno de sus elementos y ubicarlos dentro de un radio de influencia que nos permita, en un futuro, pronosticar excesos y deficiencias en la ciudad.

PLANO PZ-6: En él hemos vaciado las áreas verdes existentes en la ciudad, pero la principal intención es localizar particularmente los proyectos puntuales que proponemos para el futuro crecimiento de la ciudad.

PLANO PZ-7: Este representa nuestro objetivo final, en él están vaciadas las conclusiones a nuestro estudio. Su operatividad está plasmada en un plano dividido en dos partes para un más sencillo manejo. Por el lado posterior al mismo encontraremos: dictámenes, explicaciones para uso de la carta, la tabla de Usos del Suelo y complementos al Reglamento de Construcciones.

PLAN REGULADOR DE ZONIFICACIÓN URBANA

MEMORIA DE EJECUCIÓN: Delimitación de la Mancha Urbana: SÍMBOLO El primer elemento de control es delimitar la población, el lugar donde se va a

realizar el estudio y que inicia la delimitación de la Mancha Urbana empieza por el lado Sur-oriente, oriente, numerando cada punto que nos parece importante de puntualizar. Así nos pareció oportuno la delimitación a partir del Faro (1) y continuas paralelo al muelle y al canal de navegación por la avenida Emilio Barragán en su cruce con Paseo Centenario, las avenidas Miguel Alemán, Gutiérrez Nájera y convirtiéndose en Gabriel Leyva Solano cruzar por la avenida General Ignacio Pesqueira. Al entroncar con la nueva avenida Munich seguir por ella hasta la avenida Pino Suárez donde continuamos por el Canal de navegación-estero de Urías en la zona Industrial a través de las zonas AZ BZ y CZ hasta llegar al acceso sur de la Carretera Internacional.

Continuamos por la línea periférica cruzando las intersecciones con corredores primarios Acapulco, Circunvalación, Bahía de Kino, Higueras del Conchi, Munich, Santa Rosa, Fco. González Bocanegra, Fco. I. Madero hasta entroncar con la Carretera Internacional, Maxipista

Marcamos el límite Nor-oriente y su liga con la zona Norte a través del libramiento llegamos al cruce con la avenida Cristóbal Colón seguir con el Boulevard de la Pradera, el Paseo Pacífico y el Libramiento Dos hasta la avenida de la Bahía y el Ferrocarril para terminar con la avenida del Delfín y el entronque Habal-Cerritos y finalmente el camino al Estero de la Escopama.

Ahí iniciamos con la zona Nor-Poniente que une el entronque Habal-Cerritos y lo que hemos llamado zona ZD (zona del hotel el Delfín y Oceánica) para continuar a través del corredor Sábalo cerritos hasta su cambio de nombre con Paseo Marina Mazatlán misma que recorre en todo su desarrollo la Marina Mazatlán y

1

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terminar en la avenida Sábalo Cerritos hasta el entronque con circuito El Campeador (El Cid).

En ese punto terminamos con la zona e implementamos la zona Sur-Poniente que inicia en ese cruce y continuar con la av. Camarón sábalo pasando a un lado de la zona ZF (Zona Dorada), hasta la Rafael Buelna y la avenida Del Mar con el límite de la calle Gutiérrez Nájera donde inicia el Paseo Claussen hasta el Paseo Olas Altas, circunvalación y terminar con el Paseo del Centenario.

Es clara la intención de desarrollar el control de Zonas de la ciudad a través de sus corredores, misma clasificación que no contradice la relación que existe con las zonas ni con las mismas clasificaciones.

AL SUR-ORIENTE, ORIENTE CORREDORES:

1 FARO DEL CRESTON - CALLE JOEL MONTES CAMARENA Y PASEO DEL

CENTENARIO

2 AV. EMILIO BARRAGAN CON PASEO DEL CENTENARIO

3 AV. MIGUEL ALEMÁN CON AV. EMILIO BARRAGAN

4 AV. M. GUTIERREZ NÁJERA CON AV. EMILIO BARRAGAN

5 AV. GABRIEL LEYVA SOLANO CON AV. GENERAL IGNACIO PESQUEIRA

6 AV. JUAN PABLO II CON AV. GABRIEL LEYVA SOLANO

7 AV. PROLONGACION MUNICH CON AV. PINO SUAREZ

8 RASTRO MUNICIPAL CON ESTERO DE URÍAS Y CALLE AMADO NERVO

9 DERECHO DE VÍA DEL FFCC CON CALLE AMADO NERVO

10 LADO SUR DE LA COLONIA SIRENA CON EL DERECHO DE VIA DEL

FFCC Y CARRETARA INTERNACIONAL AL SUR.

11 CARRETERA INTERNACIONAL AL SUR CON LIBRAMIENTO PERIFÉRICO

12 LIBRAMIENTO PERIFÉRICO CON LA AV. ACAPULCO

13 LIBRAMIENTO PERIFÉRICO CON CIRCUNVALACIÓN ESTERO URÍAS

(MUNICH)

14 LIBRAMIENTO PERIFERICO Y BAHÍA DE KINO

15 LIBRAMIENTO PERIFÉRICO CARRETERA FEDERAL A LAS HIGUERAS

DEL CONCHI

16 LIBRAMIENTO PERIFERICO CON AV. MUNICH

17 LIBRAMIENTO PERIFERICO CON SANTA ROSA

18 LIBRAMIENTO PERIFÉRICO CON FRANCISCO GONZALEZ BOCANEGRA

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Plan Director de Desarrollo Urbano 2005 - 2015

CI Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán, Sinaloa; MEXICO 163

19 LIBRAMIENTO PERÍFERICO CON PAR VIAL FRANCISCO I. MADERO-SAN

JORGE-SAN ALEJANDRO

20 LIBRAMIENTO PERIFERICO CON CARRETERA INTERNACIONAL AL

NORTE Y MAXIPISTA AL NORTE

ZONAS; ZA ZONA FEDERAL MUELLES API ZB ZONA DE LA COLONIA CASA REDONDA ZC ZONA FEDERAL INDUSTRIAL ZD ZONA FEDERAL TURÍSTICA PLAYA EL DELFÍN ZE ZONA FEDERAL TURÍSTICA CERRITOS ZF ZONA DORADA ZG ZONA DEL BOSQUE DE LA CIUDAD ZH ZONA DEL CENTRO HISTÓRICO ZI ZONA DE PASEO DEL GOLFO ZJ ZONA DE LA PRESA SANTA ROSA NOR-ORIENTE

21 LIBRAMIENTO PERIFERICO CON AVENIDA CRISTOBAL COLÓN

22 LIBRAMIENTO PERIFERICO CON BOULEVARD DE LA PRADERA

23 LIBRAMIENTO PERIFÉRICO CON MAR DE CORTEZ Y AV. ANTONIO

LOPEZ SAENZ

24 AV. ANTONIO LOPEZ SAENZ Y AV. DE LA BAHÍA

24’ AV. DEL DELFÍN Y AV. DE LA BAHÍA

25 AV. DEL DELFÍN CON CARRETERA ENTRONQUE HABAL CERRITOS

25’ AV. DEL DELFÍN CON CAMINO AL ESTERO ESCOPAMA.

NOR-PONIENTE

26 CALZADA SÁBALO CERRITOS CON ZONA ZD Y CAMINO AL ESTERO

ESCOPAMA.

26’ CARRETERA ENTRONQUE HABAL CERRITOS CON CALZADA SÁBALO

CERRITOS Y ZONA ZD.

27 BOULEVARD MARINA MAZATLÁN Y SÁBALO CERRITOS

28 BOULEVARD MARINA MAZATLÁN Y AV. CAMARÓN SÁBALO.

29 AV. CAMARÓN SÁBALO CON CIRCUÍTO EL CAMPEADOR.

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Plan Director de Desarrollo Urbano 2005 - 2015

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SUR-PONIENTE

30 AV. CAMARÓN SÁBALO CON AV. RAFEL BUELNA Y AV.

DEL MAR.

31 AV. DEL MAR CON AV. MANUEL GUTIERREZ NÁJERA Y

PASEO CLAUSSEN.

32 PASEO CLAUSSEN Y CALLE JABONERÍA.

33 PASEO CLAUSSEN CON ANGEL FLORES Y PASEO OLAS

ALTAS.

34 PASEO OLAS ALTAS CON CALLE CIRCUNVALACIÓN Y

PASEO DEL CENTENARIO.

PROYECTOS PUNTUALES: Mazatlán como todo lugar en crecimiento presenta la posibilidad de crear gran

cantidad de Proyectos observándolo como un momento por demás oportuno para puntualizarlos. Así tenemos como prioritarios:

A) Central de Autobuses (PP-1):

La ciudad muestra una gran debilidad ante la falta del servicio que representa una Central de Autobuses Foráneos y su construcción nos permitiría obtener los siguientes beneficios:

* Crea un fuerte polo de desarrollo que desde ahora puede ser planeado. * Elimina el monopolio que representa el beneficio de las compañías que pueden desarrollarse en la actual. * Elimina contaminación ambiental, tráfico, ruido y aglomeraciones al impedir que los autobuses entren casi al centro de la ciudad. * Mejora el servicio al usuario final ya que puede escoger entre varios. * Permite la posibilidad de crear una central de autobuses locales ya que representa será ubicada al extremo de la ciudad. * La ubicación precisa propuesta para el nuevo edificio es la intersección del corredor Juan Pablo II y el Libramiento. * Menor recorrido de autobuses al aprovechar la nueva vialidad Juan Pablo II, operando por ella al entrar y salir por ella hasta Luis Donaldo Colosio que haría el papel de libramiento hasta que el correspondiente sea realizado.

B) Parque Ecológico Presa de... (PP-2) : (zona “J”)

Contar con áreas de desarrollo ecológico beneficia a cualquier ciudad, más cuando ha crecido anárquicamente sin un orden que le sugiera la creación de áreas verdes, conformándose con las que ya tiene o que sienta que es suficiente con sus playas.

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Plan Director de Desarrollo Urbano 2005 - 2015

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Afortunadamente aún podemos encontrar áreas que permiten estos desarrollos, principalmente al ir subiendo por la avenida Santa Rosa y entroncar con el Corredor Libramiento Tres (Av. Jacarandas) existe una presa de no gran envergadura y que está rodeada de gran cantidad de árboles y que representa 75.32 Ha. Ideal para un parque Urbano donde podríamos dar cabida a ferias permanentes y, si así pudiese presentarse, hasta un zoológico, Mazatlán lo necesita.

C) Parque Urbano Paseo Claussen: (PP-3) (zona “K”) Frente a lo que era el Hospital en el tramo C-3 de la CARTA URBANA estamos

proponiendo la creación de un Parque Urbano. Se trata de un área de poca profundidad llena de piedra que fácilmente puede ganársele al mar. Sin ser necesario que se rellene a la misma altura que la calle puede crearse un espacio por demás importante para la recreación ya que el Paseo Claussen se ha convertido en un espacio donde tanto el turista como el Mazatleco lo visitado frecuentemente. La importancia para ampliar estos espacios de recreación es probada, al observar la excelente acogida que la gente muestra cada semana con esa zona en especial.

D) Área comercial Zona Dorada: (PP-4) (zona “F”)

Para esta zona que representa el mayor comercio del puerto, proponemos. La realización de un Plan Parcial de Desarrollo donde logre acondicionarse sus cualidades al espacio que en potencia presenta. En principio hacerlo como si fuera una entidad aislada, con una puerta de acceso y una zona peatonal importante haciendo desaparecer las banquetas y creando un área homogénea que pudiese hacernos sentir en un espacio amplio, con mayor libertad de acción. Condicionar el acceso vehicular ubicando estacionamientos estratégicos en el empleo de la calle de La Laguna como transito alternativo y que la gente agradablemente recorra a pie la zona.

E) Plan Parcial Playa Norte: (PP-5)

La Playa Norte representa un espacio de gran valía para la ciudad, su extraordinaria belleza y la tranquilidad de sus aguas le permitiría convertirse en un polo de desarrollo importante. La plusvalía que su ubicación por si sola tiene está muy lejos de lo que las construcciones que en ella se encuentran pueden llegar a tener, desperdiciando valores y recursos que el Mazatleco pudiese obtener por el simple cambio de Uso del Suelo. Por ello estamos proponiendo la realización de un Plan Parcial de la zona con objeto de conjugar esfuerzos e intereses tanto a los habitantes como a las cooperativas de pescadores para encontrar un desarrollo diferente que beneficie a todos.

Por lo pronto se está dictando un Uso del Suelo Turístico-Comercial con

condiciones favorables para la inversión, permitiendo desarrollos libres sin condiciones. Lo único que se establece como condicionado es un porcentaje de áreas libre y un alineamiento.

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F) Reforestación: (PP-6)

Dentro de la Mancha Urbana encontramos diversas áreas de gran altura o que presentan una topografía donde la construcción representa un costo fuera del esquema que en esa zona puede realizarse. Por ello y con la intención de buscar un equilibrio en el déficit que en áreas verdes tiene Mazatlán, proponemos su reforestación, aumentando las áreas que se encuentra dentro de la zona de Conservación Ecológica, en lugares que presentan la misma topografía complicada de la que se ha hablado.

G) Frente de Mar e Imagen Urbana: (PP-7) Podríamos plantear gran cantidad de proyectos, Mazatlán tiene un sin fin de lugares

donde muy fácilmente puede acondicionarse proyectos. Desde el empleo de los esteros que lo circundan (Yugo, Escopama, etc...) en la Zona del Nuevo Mazatlán, como equipamientos de gran interés para la sección turística (Mercado de Comida, Teatro al aire libre, etc...) y que en un Plan Parcial pudiese ser ubicado. Por lo pronto algo con premura es la arborización de la zona de la Avenida del Mar, sobre todo en la zona norte donde se observa casi siempre desértico a falta de sombras. Sabemos que no cualquier vegetal soporta la brisa salada del mar, pero las palmas cocoteras son suficientes para hacer atractiva la playa al mismo tiempo que se cambiaría la Imagen Urbana.

H) Desarrollo río en Paseo del Golfo: (Zona ZI)

Existe una agradable zona verde en torno a un pequeño riachuelo que estamos

tomando desde la av. Cristóbal Colón hasta cruzar la Avenida de la Marina. Existe la posibilidad de un proyecto turístico ya sea de alto impacto (tipo ecológico) como también un área especial donde pudiesen ser ubicados restaurantes y servicios en torno a ese pequeño riachuelo.

I) Ampliación del Acuario Mazatlán: (Zona ZG)

Desde hace años se realizaron varios proyectos que incluían la ampliación del

acuario a base de la realización de un delfinario. Tal vez ahora sea el momento de realizarlo ya que se esperan inversiones importantes en la ciudad que lo ampararían.

CARTA URBANA:

Este plano corresponde a la respuesta final del estudio realizado. En él se ha vaciado lo que operativamente se requiere, concebido para incluir la información que la ciudad requiere, debe ser vendido al público en general para su correcta aplicación.

Para un mejor manejo lo hemos dividido en dos partes ya que si lo realizamos en una menor escala se tendrían problemas de apreciación. El plano consta en su anverso de un plano donde se especifican a base de colores y símbolos los diversos usos del suelo que han sido aprobados. Lo acompaña un cuadro de datos con la explicación de las simbologías y sus colores y la explicación de uso del mismo. Complementándose con las normas sobre vivienda y una serie de conceptos básicos que respaldan este estudio.

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En la Tabla de Control de Uso del Suelo se propone la clasificación y definiciones de los elementos que están incluidos en ella y un instructivo de uso.

CONCLUSIONES: Dentro del Plan Director de Desarrollo Urbano de Sinaloa El Proyecto de

Zonificación Urbana de Mazatlán está completo en su planteamiento general, pero esto no quiere decir que esté terminado ya que su operatividad depende de la participación de las fuerzas y los resultados que de él puedan irse obteniendo. La Carta Urbana es dinámica y es imposible dar un uso del suelo vigente a lo largo de la vida de la ciudad, ya que depende de muchos factores la decisión de su crecimiento.

Debe existir una participación que continuará vigente a lo largo de consultas, nuevas

iniciativas e inversiones que nos permitan corregir y complementar los caminos que se necesita tomar para lograr definir un proyecto como el que necesita Mazatlán.

3. ADMINISTRACION URBANA

La Estructura actual de la Administración pública estatal y municipal tiene

definidas las atribuciones, organización y procedimientos administrativos y técnicos, para poner en operación este Plan Director de Desarrollo Urbano de acuerdo a la estrategia señalada para cada uno de los subcomponentes del desarrollo urbano: El Municipio de Mazatlán cuenta con instrumentos para su desarrollo urbanístico, como la Dirección de Planeación de Desarrollo Urbano, el Municipio tiene expedido un reglamento de construcciones aplicado por dicha dirección para controlar la edificación pública y privada; esto permite que a nivel municipal se realicen tanto los planes generales de ordenamiento como los controles urbanísticos necesarios. En la organización administrativa estatal, la estructura gubernamental comprende como auxiliares directos del ejecutivo estatal a siete secretarías: de Gobierno, de gestiones y representación, de administración, de desarrollo económico, de hacienda pública y tesorería, de Educación pública y cultura, y de planeación y desarrollo. Para una buena administración urbana se recomienda:

Que en materia de urbanización se establezca una estrecha coordinación entre las labores desarrolladas por los organismos federales, el Gobierno del Estado y el Ayuntamiento, y que esta tarea la realice la Dirección de Planeación del Desarrollo Urbano de la Ciudad de Mazatlán.

La instalación de una Comisión de Desarrollo y que tenga como principal

objetivo promover el desarrollo de la región.

Que el progreso del Centro de población se rija por este Plan Director de Desarrollo Urbano, en el que incida la participación activa de la población.

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Plan Director de Desarrollo Urbano 2005 - 2015

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La Comisión debe contar con un presupuesto propio para administrar y realizar

estudios y proyectos y ejecutar programas, así como la posibilidad de obtener recursos para promover obras de servicio público y la obtención

A) Planeación B) Suelo Urbano Y Vivienda C) Infraestructura D) Vialidad Y Transporte E) Equipamiento Y Mobiliario Urbano F) Imagen Urbana G) Emergencias Urbanas H) Participación De La Comunidad

Dentro del gobierno, las dependencias encargadas de organizar, promover y coordinar la participación de la ciudadanía son:

Programa de Atención Ciudadana Dirección del D.I.F. Programa de Peso a Peso Dirección de Bienestar Social Urbano Dirección de Bienestar Social Rural Dirección de Planeación del Desarrollo Urbano y Ecología Dirección de Obras Públicas Dirección de Servicios Públicos

Además de estos programas y dependencias, el Municipio de Mazatlán se encarga de

promover en sesiones de Cabildo y convocatorias a otras instituciones que intervienen a fin de apoyar los procesos de solución de problemas a los que se enfrenta el Municipio de Mazatlán; ya que es en el mismo donde se encuentran representados los diversos sectores de la población, así como la ejecución de obras de urbanización y la prestación de servicios sociales.

METAS

Reestructurar el marco jurídico–administrativo acorde con las necesidades actuales de la Ciudad, para poder alcanzar el desarrollo urbano deseado.

Generar una estructura municipal que pueda absorber y atender las demandas de

obra y servicio público, consecuencia del desarrollo urbano generado en nuestra entidad.

Crear y definir manuales que definan los sistemas y procesos adecuados para

realizar el trabajo, coordinando las funciones y obligaciones específicas de cada una de las áreas que componen el Ayuntamiento.

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Preparar los sistemas administrativos adecuados para poder atender la demanda que genere el proceso de desarrollo urbano.

Contar con la participación activa de la población en la resolución de la

problemática existente en la entidad.

Crear un sistema de comunicación institucional que facilite al proceso de desarrollo generado por el desarrollo urbano del Municipio.

Capacitación técnica administrativa permanente y actualización constante en

materia de desarrollo urbano.

Respetar el sistema operativo que impulse y lleve a cabo la realización de los objetivos planteados por los programas.

ADMINISTRACIÓN DEL DESARROLLO URBANO En primer término la Ciudad debe estar en correcta administración, revisando el territorio físico que planea los límites de la Mancha Urbana, ejecutar los lineamientos o la estructura jurídico-administrativa del Gobierno, así como el análisis y revisión de los llamados mecanismos vigentes para la concertación y coordinación de acciones de los tres niveles de Gobierno. Es en este punto donde reside la importancia de que las autoridades de nuestra Ciudad, implementen programas de acción tendientes a lograr una adecuación de la estructura y funciones de gobierno para facilitar y aprobar los sistemas de planeación sobre objetivos fijados, siendo estos, responsables directos del desarrollo armónico de la población. ANTECEDENTES

La Fundamentación de las facultades en que basa sus funciones están enmarcadas en ordenamientos de distintos niveles de competencia que inciden en la administración municipal; es decir, las obligaciones y facultades del municipio no se contemplan únicamente en normas municipales o estatales; sino también en preceptos de ámbito federal, los cuales son:

Reglamento Interno del Ayuntamiento Decreto No. 132 que otorga competencia y facultades a los ayuntamientos para

aplicar las leyes de la materia en el ámbito de catastro y control urbano. Reglamento de la Dirección de Catastro. Planes de Desarrollo Urbano de administraciones anteriores. Programas Estatales de Desarrollo Urbano.

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CAPACIDAD ECONOMICA La capacidad económica del Ayuntamiento se basa en las atribuciones que la ley de ingresos municipales y la ley de hacienda municipal le otorgan, sin embargo, el presupuesto destinado para la ejecución de obras y servicios resulta insuficiente en la mayoría de los casos, debido principalmente a los altos costos de construcción.

METAS POLITICAS

Llevar a cabo la adecuación del marco jurídico municipal a las necesidades actuales del desarrollo urbano de nuestro municipio.

Reglamentar a la administración y utilizar al máximo los servicios municipales.

Acoplar la estructura orgánica del Ayuntamiento a las necesidades reales del

desarrollo urbano.

Definir claramente los deberes y obligaciones de cada uno de los puestos clave dentro de la estructura orgánica del ayuntamiento para eficientizar sus funciones, optimizando el tiempo.

Determinar los procesos necesarios para administrar, conservar y mantener las

obras públicas municipales, logrando que siempre permanezcan funcionando adecuadamente y dando un buen servicio a la población.

Determinar la forma adecuada de aprovechar al máximo la capacidad de los

servicios públicos existentes y prever el crecimiento de los mismos para absorber la demanda generada, por el crecimiento urbano constante.

Determinar los procedimientos adecuados dentro de la administración interna

del ayuntamiento para eficientizar sus servicios a la comunidad demandante de los mismos.

Establecer mecanismos para la captación de los recursos económicos necesarios

para desarrollar la obra pública, para cubrir la demanda de la población; ejerciendo además un estricto control presupuestal, aplicado eficientemente al gasto público.

Utilizar al máximo las fuentes financieras de organismos públicos y privados

para obtener con ello los recursos necesarios y absorber parte del gasto indispensable para resolver algunos de los problemas más urgentes.

Generar mecanismos que permitan recuperar las inversiones ocasionadas por la

generación de obras y dotación de servicios a la ciudad.

Establecer la organización de la comunidad para que participe activamente en ele desarrollo urbano de nuestro Municipio.

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Continuar con el vínculo de libre comunicación entre el Ayuntamiento y los

demás niveles de Gobierno; evitando el burocratismo avanzado y cubriendo parte de las necesidades de la población.

Capacitación permanente de las autoridades municipales y promotores sociales

de desarrollo urbano. 4. ETAPAS DE DESARROLLO URBANO

Las etapas de desarrollo urbano propuestas en el Plan a corto plazo, se

constituyen por las acciones prioritarias que dan origen a los programas y Subprogramas que correspondan al período de 2005-2015.

La etapa a Mediano Plazo comprende las acciones hasta el año 2005, y la etapa a Largo Plazo, comprende las acciones hasta el año 2010. Las tres etapas y sus acciones deberán estar contenidas en el Nivel Programático y Corresponsabilidad.

Las Etapas de Desarrollo Urbano propuestas en este plan, indican las acciones por realizar en tiempo estimado.

o La Etapa a Corto plazo se constituye por las acciones prioritarias que dan

origen a los programas y subprogramas que correspondan al período 2005 – 2007.

o La Etapa a Mediano plazo corresponde las acciones hasta el 2010 y

o La etapa a Largo plazo comprende las acciones a realizar hasta el año del

2015. Las tres etapas y sus acciones están contenidas en el nivel programático en

corresponsabilidad del Plan Director.

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NIVEL PROGRAMATICO Y DE RESPONSABILIDAD

a) Programa de Desarrollo Urbano y Corresponsabilidad En este nivel se integra en forma programática las acciones, obras y servicios que deberán realizarse en el corto, mediano y largo plazo, para cumplir con la estrategia planteada. Además, se identifica la participación y responsabilidad que les corresponderá asumir al sector público, federal, estatal y municipal, así como a los sectores privados y social en tanto actores y copartícipes en el desarrollo urbano del área urbana de la Ciudad de Mazatlán.

Describir los propósitos de los programas: Contribuir a elevar los niveles de bienestar de la población en general Sentar bases para el crecimiento equilibrado, mediante la adquisición de

suelo necesario Contribuir a elevar la eficiencia de la ciudad actual y articular su

crecimiento, mediante la construcción de ejes viales

Para este fin los planes urbanos de la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa dan la pauta a seguir o que zonas a desarrollar. PLANES URBANOS

El Sistema de Planeación Urbana instrumentado por el Gobierno del Estado, plantea como una forma de actualización de los Planes de Desarrollo Urbano de los Centros Poblados, generar Planes Sectoriales, definiendo el tema de acuerdo a la prioridad de la problemática presentada.

PLAN DE ESTRUCTURA VIAL

El Plan Sectorial de Vialidad, es un instrumento de planeación operativo que plantea las propuestas viables de los antecedentes de planeación, así como las aportaciones del Ayuntamiento y de las dependencias responsables en la materia; se apoya en la Tabla de Normas de la Estructura Vial, como elemento estructural del mismo, en el que se definen nombre, secciones y características de circulación de las vialidades existentes y en proyecto.

Esta estrategia se plantea como un instrumento ágil y operativo que sirve de base al Ayuntamiento en la expedición de alineamiento, así como ofrecer una información amplia y oportuna a la ciudadanía acerca de las acciones que permitan aumentar la eficiencia y cobertura de la estructura vial de la ciudad.

El Plan de vialidad actual, se aprobó por el sector social a través del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano y Ecología y por el H. Cabildo, el 27 de noviembre de 1996 y el 20 de febrero de 1997, respectivamente.

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ESQUEMA DE LA ESTRUCTURA VIAL

Se establece el esquema de vialidad de toda la mancha urbana y de las vialidades propuestas, conformando así la estructura vial general, definiéndose en vialidades de accesos, estructurales, primarias y secundarias, considerándose las vialidades determinadas por los antecedentes de planeación e integrándose aquellas que reúnen las condiciones de funcionamiento, longitud y secciones que determinan las Normas Básicas de la Estructura Vial.

CLASIFICACIÓN DE VIALIDADES

La circulación en la Ciudad, se genera principalmente siguiendo los accidentes topográficos del suelo y considerando la traza actual, por esta morfología y las características de sus actividades, la ciudad se establece una red de vías que surgen del Sudeste al Noroeste.

El uso de esta red facilita la comunicación de las diferentes zonas, el desplazamiento

de las diferentes rutas de transporte publico, el diseño y derecho de vía de las secciones, rigen el desarrollo coordinando, proporciona en las zonas el desarrollo su accesibilidad y el doblamiento, estructura el uso y destino del suelo.

La estructura vial se establece la función de las conveniencias de la circulación

presentes y futuras. El área urbana existente deberá revisarse y en su caso ajustarse para evitar ajustaciones a las construcciones.

El sistema estructural de la ciudad se reestructura para dar un mejor servicio de

comunicación.

VIALIDAD Vialidades Regionales Vialidades locales Vialidades de Acceso Vialidades Primarias Vialidades Secundarias Vialidades Peatonales

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La problemática que presenta el transito, la vialidad y el transporte se encuentra estrechamente vinculada a la urbanización, en virtud de la concentración económica y demográfica que, en el caso de la ciudad de Mazatlán, ha provocado una sobre demanda con respecto a las vías de comunicación por la distribución de la población y la configuración de las diferentes zonas y centros urbanos de la ciudad. La red vial básica se ha ido extendiendo conforme al crecimiento de la mancha urbana y ante la existencia de planes donde existan criterios planificados, se dan algunos casos el que algún desarrollo o fraccionamiento obstruye o altera el trazo de la vialidad básica, provocando con ello que vial deje de ser una malla integral. De igual manera, la amplitud o anchura el número de carriles es determinada por la disponibilidad de espacio o por el trazo geométrico, urbano o arquitectónico que el diseñador le imprime, sin tomar en cuenta que su funcionalidad prevea la respuesta a volúmenes vehiculares con crecimientos esperados. Además por la incorporación de nuevas zonas urbanizadas y debido a la falta de estacionamientos públicos, se incrementan las necesidades de dispositivos de control de tráfico. Para el diseño y la dosificación de la vialidad es indispensable determinar la calidad del servicio que presta o que presentara cierto tramo de una arteria vial. Se comprende por capacidad y el número máximo de vehículos por unidad de tiempo que razonablemente puede esperarse que pasen por un tramo de una arteria vial, en uno o dos sentidos, bajo las condiciones imperantes del camino y del transito. Los derechos de vía de la red troncal, se establecen de acuerdo a las necesidades presentes y futuras del transporte, haciendo que el ancho permita cambio de secciones VIALIDADES REGIONALES -Definición: Son aquellas que comunican a la ciudad con otras ciudades del municipio o de la región convirtiéndose en vialidades primarias al entrar a la mancha urbana, estructurando éstas a la ciudad. También pueden cumplir la función de corredores urbanos. -Caminos Federales:

El municipio de Mazatlán cuenta con una extensión de 642.8 Km. en caminos, de

los cuales existen 221.0 Km. pavimentados y 93.8 revestidos, y el resto son de tercería de un total de 16,512.2 Km. que conforman las vialidades en el ámbito regional, lo que representa el 3.89% del total de caminos para el municipio de Mazatlán. Los caminos federales que convergen a la ciudad de Mazatlán es en particular la carretera internacional México-Nogales , conocida como carretera México 15 en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la cual es la principal vialidad regional de comunicación en el Municipio, ya que las otras vías de comunicación pasan a ser vialidades locales.

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-Maxipista Mazatlán-Culiacán:

Esta autopista pertenece a la red de carreteras federales bajo una concesión por 17 años 6 meses a la iniciativa privada “Operadora Mexicana de Autopistas Concesionadas” (O.M.A.C.). Misma que presta los servicios de seguro viajero y usuario, con cobertura amplia, medico gratuito, comunicación telefónica gratuita, servicios sanitarios, lonchería, primeros auxilios, éstos últimos ubicados en las casetas de la misma, la cual consta de una longitud de 226 kilómetros conectando con la ciudad de Culiacán, con un aforo vehicular de carga y pasaje observado en la siguiente gráfica. VIALIDADES LOCALES -Definición: Estas pueden tomar el nombre de caminos vecinales o de terracería los cuales se pueden comunicar por centros o poblaciones rurales a ciudades y municipios. -Caminos Vecinales o de Terracería:

Los caminos vecinales con que cuenta actualmente el municipio de Mazatlán están conformados por todas la vialidades que comunican al municipio con sus alrededores, existiendo 328.0 km. de caminos de terracería, mismos que interceptan a su vez con la carretera federal México 15 mediante cruceros, como el Habal -La Noria, Villa Unión-Concordia y así sucesivamente, en donde éstas vialidades vecinales y en sus casos de terracería conectan con todas las poblaciones aledañas. Dentro del mapa podemos observar los caminos vecinales que sirven de vialidades a dicho municipio. VIALIDADES DE ACCESO -Definición: Son las vialidades que acceden a la ciudad y se integran a la estructura vial. -Características: - Sección de circulación: 3.50 mts. mínimo por carril. - Sección de banqueta: 2.25 mts. mínimo - Sección de área verde: 0.75 mts. mínimo - Sección de camellón: 3.00 mts. mínimo - Velocidad Máxima Admisible: 60 Km./hr. - Mezcla de tránsito: permitido

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- Estacionamiento en vía pública: condicionada - Rutas de camiones: condicionada -Vialidades Existentes: Al Norte: -Carretera 15 México-Nogales -Av. Ejercito Mexicano -Av. Sábalo Cerritos Al Sur: -Carretera 15 México-Nogales -Av. Gabriel Leyva Al Poniente: -Av. Rafael Buelna VIALIDADES ESTRUCTURALES

Av. Sábalo-Cerritos Paseo Costero (Camarón Sábalo- Av. Del Mar- Paseo Claussen- Olas Altas)

Entronque Habal-Cerritos Av. De La Marina

(Entronque Av. Del Delfín- Av. Circunvalación Playas) Av. Coronel Medina Av. Bicentenario Juárez

(Entre Av. La Marina Y Av. Cristóbal Colon) Av. Rafael Buelna Av. De La Marina

(Entre Av. Bicentenario Juárez Y Av. Insurgentes) Av. Insurgentes

(Entre Av. Del Mar Y Av. Ejercito Mexicano) Av. Insurgentes

(Entre Carretera Internacional Al Norte Y Calzada Gabriel Leyva) Av. Benemérito De Las Américas

(Entre Av. Insurgentes Y Calle Pesqueira – Rotarismo) Av. Juan Carrasco

(Entre Calle Pesqueira Y Calzada Ignacio Zaragoza) Av. Aquiles Serdán

(Entre Calzada Ignacio Zaragoza Y Av. Miguel Alemán) Av. Santa Rosa

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(Entre Av. Oscar Perez Escobosa Y Libramiento Luis Donaldo Colosio) Av. Santa Rosa – Av. Revolución

(Entre Libramiento Luis D. Colosio Y Av. Insurgentes) Libramiento Luis D. Colosio – Av. Bahía De Puerto Viejo

(Entre Carretera Internacional Al Norte – Carretera Internacional Al Sur) Av. Manuel J. Clouthier

(Desde El Libramamiento Luis D. Colosio Hasta I.T.E.S.M.) Av. Gabriel Leyva

(Entre Carretera Internacional Al Sur Y Calzada Gral. Ignacio Zaragoza) Av. Rotarismo – Av. Pesqueira

(Entre Av. Gabriel Leyva Solano Y Av. Del Mar) Calzada Manuel Gutiérrez Najera Calzada Ignacio Zaragoza

(Entre Av. Gabriel Leyva Solano Y Paseo Claussen) Av. Miguel Alemán

(Entre Paseo Olas Altas y Av. Emilio Barragán) Carretera Internacional Al Sur Av. Las Torres

(Entre Av. Cristóbal Colon Y Av. Manuel J. Clouthier) Av. Gardenias

(Entre Av. Manuel J. Clouthier Y Av. Acapulco) Av. Del Mar

(Entre Av. Rafael Buelna Y Av. Gutiérrez Najera)

VIALIDADES EN PROYECTO DE LA ESTRUCTURA VIAL

La definición de las vialidades en proyecto, responde a una planeación estratégica, en la que se consideran: El área susceptible de desarrollo urbano determinada en el Plan Sectorial de Zonificación; las vialidades estructurales y primarias y las secciones de las vialidades existentes que permitan proyectar la estructura vial que satisfaga las demandas de la población actual y proyectada.

Las vialidades en proyecto que determina el Plan Director de Desarrollo Urbano, se basan en las acciones inmediatas en vialidades, que determina el Estudio Integral de Vialidad y Transporte en conjunto con las aportaciones de la Dirección de Planeación de Desarrollo Urbano y Ecología del Ayuntamiento de Mazatlán, reuniendo las condiciones descritas en el párrafo anterior. Las Vialidades en Proyecto son:

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ESTRUCTURALES EN PROYECTO

Prolongación Av. del Delfín ( entre Entronque Habal-Cerritos y Av. Alfonso G. Calderón )

Libramiento Jacarandas Poniente - Libramiento Jacarandas ( entre Av. del Delfín y Av. Manuel J. Clouthier )

Libramiento Periférico ( entre Carretera Internacional al Norte y Carretera Internacional al Sur )

Prolongación Av. Santa Rosa ( entre Av. Manuel Gómez Morin y Libramiento Periférico )

VIALIDAD PRIMARIA

Este tipo de vialidad, es de velocidad media de 60 km/hora con prioridad de circulación que conecta la Ciudad de norte a sur y de oriente a poniente. El derecho de vía de esta circulación es de 35.0, 40.0 y 60.0 mts. de ancho y se identifica en las diferentes secciones de tipo “D”, “E” y “F”, con el mínimo de banqueta de 3.00 mts. Y áreas jardinadas de amortiguamiento de 2.00 mts. El área de los cruceros de esta circulación entre si se ha determinado para que en un futuro puedan construirse pasos a desnivel, según el aforo vehicular. Este tipo de red circulatoria se permite el transito de transporte de pasajeros urbanos formando una red de 500 mts. de distancia, obteniendo mayor eficiencia en el servicio de transporte, estableciendo los paraderos con esta misma distancia, y las especificaciones el los pavimentos deben ser consideradas para el tipo de cargas de tipo trafico pesado y constante.

Incluye caminos para una velocidad de 60 Km/hora con prioridad de circulación; conectan la ciudad a través de ejes Sureste a Noroeste y de Norte a Sur. El derecho de vía de esta circulación es de 30 y 40 metros en las áreas de crecimiento a futuro.

El sitio de los cruceros de estas circulaciones deberá preservarse para que se puedan diseñar en un futuro los entronques requeridos; en las primeras etapas estos cruceros pueden funcionar, ya que el aforo de transito los aceptan. VIALIDADES PRIMARIAS

Av. Lomas De Mazatlán –Bicentenario Juárez Av. Del Delfín (Entre Vialidad Proyecto “E” Y Carretera Internacional Al Norte) Av. Cristóbal Colon (Entre Av. Rafael Buelna Y Av. De Los Deportes) Av. Leonismo Internacional (Entre Av. Rafael Buelna Y Av. De Los Deportes)

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Av. Río Chachalacas (Entre Carretera Internacional Al Norte Y Av. Circunvalación Estero Oriente) Av. Juan Pablo II (Entre Av. De Las Torres Y Av. Circunvalación Estero Oriente) Av. Oscar Pérez Escobosa (Entre Carretera Internacional Al Norte Y Av. Manuel J. Clouthier) Av. Acapulco (Entre Carretera Internacional Al Sur Y Libramiento Periférico) Av. Río Piaxtla – Av. Agustín Melgar (Entre Av. Del Mar Y Av. Mercurio) Av. Circunvalación Estero – Poniente (Entre Calle Pesqueira Y Av. Insurgentes) Av. Circunvalación Estero – Oriente (Entre Av. Insurgentes Y Av. Gabriel Leyva) Av. Circunvalación Ferrocarril (Entre Carretera Internacional Al Norte Y Av. Juan Pablo II)

VIALIDADES PRIMARIAS EN PROYECTO

Libramiento 4 (Entre Av. Oscar Pérez Escobosa Y Av. Camarón Sábalo)

Prolongación Av. Del Delfín (Entre Vialidad No. 4 Y Vialidad E En Proyecto)

Av. Alfonso G. Calderón (Entre Calle De La Tizona Y Libramiento Jacarandas)

Prolongación Av. Munich 72 (Entre Av. Bicentenario Juárez Y Libramiento Periférico)

Prolongación Av. Reforma (Entre Av. De Los Deportes Y Av. Benemérito De Las Américas)

Circunvalación Estero De Urías (Entre Av. Gabriel Leyva Solano Y Libramiento Periférico)

Av. Isla De La Piedra Av. E

VIALIDAD SECUNDARIA Las vialidades de tipo secundarias conservan una velocidad máxima de 40 km/hora establecida en una retícula, con dirección de norte sur y oriente poniente, identificadas como secciones de tipo “B” y “C” con derecho de vía de 20 y 30 mts. de ancho. Estas vialidades tienen de 4 y 6 carriles de circulación con un mínimo de banqueta de 2.00 mts. y de áreas jardinadas de 1.50 mts. el este tipo de vialidad se permite también el sistema de transporte publico de autobuses en forma restringida.

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Estas rutas se consideran a media con un promedio de 40 Km/hora y se unen como elementos de liga con la estructura vial primaria, el derecho de vía es de 20 y 25 mts en las zonas de crecimiento a futuro.

VIALIDADES SECUNDARIAS Av. Coronel Medina

(Entre Av. Rafael Buelna Y Av. Revolución) Av. Venados – Delfines

(Entre Av. De Las Torres Y Av. Oscar Pérez Escobosa) Av. De Los Venados (Entre Av. Insurgentes Y Libramiento Luis Donaldo Colosio) Av. De Los Deportes – Av. Universidad (Entre Carretera Internacional Al Norte Y Av. Del Mar) Av. Cerro Del Tepeyac (Entre Av. Oscar Pérez Escobosa Y Libramiento Periférico) Av. Eje 2 (Entre Av. Manuel J. Clouthier – Av. Prolongación – Av. Munich 72) Av. Del Sol (Entre Av. Manuel J. Clouthier Y Libramiento Periférico) Av. 20 De Noviembre – Av. Mutualismo (Entre Av. Mercurio Y Av. Agustín Melgar) Av. Emilio Barragán

(Entre Av. Miguel Alemán Y Paseo Del Centenario) Av. Puerto De Veracruz – Puerto De Manzanillo

(Entre Gabriel Leyva Solano Y Av. Puerto Peñasco) Av. Salvador Robles Quintero

(Entre Av. De Las Américas Y Av. Santa Rosa) Av. Cristóbal Colon

(Entre Av. Rafael Buelna Y Av. Revolución) Calle Mercurio

(Entre Av. Juan Pablo II Y Calle Principal) Prolongación Circunvalación Estero De Urías

(Entre Av. Gabriel Leyva Y Av. Circunvalación Estero Oriente)

VIALIDADES SECUNDARIAS EN PROYECTO

Eje No. 1 (Entre Libramiento Periférico Y Av. Delfines – Venados)

Eje No. 2 A (Entre Eje No.1 Y Prolongación Av. Munich 72)

Av. Puerto De Manzanillo (Entre Av. Puerto De Mazatlán Y Circunvalación Estero De Urías)

Av. Ladrillera (Entre Libramiento Periférico Y Carretera Internacional Al Sur)

Circuito Isla De Venados Av. F

(Entre Canal De La Navegación Y Circuito Isla De Venados)

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Av. G (Entre Canal De Navegación Y Circuito Isla De Venados)

Av. H (Entre Canal De La Navegación Y Circuito Isla De Venados)

Av. I (Entre Canal De La Navegación Y Circuito Isla De Venados)

Av. J (Entre Av. Isla De La Piedra Y Av. Isla De Venados)

Av. K (Entre Av. Isla De La Piedra Y Av. Isla De Venados)

Av. L (Entre Av. Isla De La Piedra Y Av. Isla De Venados)

Av. A (Entre Carretera Internacional Al Sur Y Av. E)

Av. B (Entre Carretera Internacional Al Sur Y Av. E)

Av. C (Entre Carretera Internacional Al Sur Y Av. El Castillo)

Av. D (Entre Carretera Internacional Al Sur Y Eje A)

Av. 4 (Entre Av. D Y Av. E)

Par Vial Vías De Ferrocarril VIALIDAD TERCIARIA En este tipo de vialidades se prevé una sección mínima de 12.0 mts y con una velocidad máxima de 30 km/hora, con un mínimo de banqueta de 2.00 mts y área jardinada de 1.0 mts este tipo de vialidad se identifica como sección de tipo “a”.

EL CENTRO URBANO (CU): Se encuentra delimitado por las siguientes vialidades: Al Norte: Av. Gral. Ignacio Zaragoza.

Al Sur: Av. Miguel Alemán Al Este: Av. Gral. Antonio Rosales Al Oeste: Calle Belisario Domínguez.

LOS CORREDORES URBANOS (C): permiten una gran densidad de uso, además de una gran mezcla de funciones urbanas, se ubicaron colindantes a las siguientes vialidades:

Av. Ejercito Mexicano

(Desde Av. Insurgentes Hasta Limite De Crecimiento Al Norte) Benemérito De Las Américas

(Desde Av. Insurgentes Hasta Av. Pesqueira)

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Av. Juan Carrasco (Desde Av. Pesqueira Hasta Av. Aquiles Serdán)

Av. Gutiérrez Najera (Desde Av. Del Mar Hasta Calzada Gabriel Leyva)

Av. Miguel Alemán (Desde Paseo Olas Altas Hasta Av. Miguel Alemán)

Av. Ignacio Zaragoza (Desde Calzada Gabriel Leyva Hasta Paseo Clausen)

Av. Aquiles Serdán (Desde Av. Gutiérrez Najera Hasta Av. Alemán)

Av. Emilio Barragán (Desde Av. Gutiérrez Najera Hasta Acceso A Puertos Mexicanos)

Calz. Gabriel Leyva (Desde Av. Gutiérrez Najera Hasta Paso A Desnivel De Carret. Int. Al Sur)

Av. Rotarismo (Desde Av. Del Mar Hasta Av. Juan Carrasco)

Av. Pesqueira (Desde Av. Juan Carrasco Hasta Calzada Gabriel Leyva)

Calle Río Piaxtla (Desde Av. Del Mar Hasta Calle Internacional)

Av. Insurgentes (Desde Calzada Gabriel Leyva Hasta Av. Del Mar)

Av. Rafael Buelna (Desde Av. Internacional Norte Hasta Calzada Camarón Sábalo) Av. De Las Américas (Desde Calle Gral. José Aguilar Barraza Hasta Calle Mercurio)

Av. Internacional (Desde Av. México 68 Hasta Calzada Gabriel Leyva) Av. Luis Donaldo Colosio (Desde Carretera Internacional Al Norte Hasta Carretera Internacional Al Sur) Av. De La Marina (Desde Av. Insurgentes Hasta Av. Francisco Solís) Av. Manuel J. Clouthier (Desde Av. Luis Donaldo Colosio Hasta El Instituto Tecnológico De Estudios

Superiores De Monterrey) Av. Camarón Sábalo

(Desde Av. Circuito De La Marina Hasta Av. Rafael Buelna. Paseo Claussen

(Desde Av. Gutiérrez Najera Hasta Calle Ángel Flores) Av. Del Mar

(Desde Av. Rafael Buelna Hasta Av. Gutiérrez Nájera).

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CORREDORES URBANOS: Definición:

Estos son considerados por las vialidades en las que se concentran actividades de carácter comercial, turístico y de servicios así mismo pueden tomar el papel de vías primarias sirviendo como conexión de las diferentes zonas de la ciudad. CORREDORES URBANOS DE LA CIUDAD: - Libramiento Luis D. Colosio - Av. Insurgentes - Calz. Gabriel Leyva - Av. Ejército Mexicano - Av. Juan Carrasco - Carretera Internacional salida norte y sur - Av. Manuel Gutiérrez Nájera - Av. Ing. Manuel M. Clouthier - Av. Miguel Alemán CORREDORES TURÍSTICOS: Estos son muy similares a los corredores urbanos, la diferencia consiste en su concentración de actividades turísticas y comerciales, así mismo sin dejar de cumplir su función de vialidad primaria dentro de la Ciudad, en términos generales. -Corredores Turísticos de la Ciudad: - Paseo del Centenario - Paseo Olas Altas - Paseo Claussen - Av. del Mar - Av. Camarón Sábalo - Av. de la Marina - Av. Sábalo-Cerritos - Calz. Rafael Buelna

SECCIONES MÍNIMAS DE LA ESTRUCTURA VIAL

Las secciones mínimas son determinadas de acuerdo a las Normas Básicas de la Estructura Vial determinadas en el Programa Nacional de Desarrollo Urbano 1990-1994, el objetivo de determinar secciones mínimas es permitir al Ayuntamiento contar con un elemento operativo que se pueda implementar a través de la expedición de alineamientos.

* La Tabla de Normas Básicas de la Estructura Vial se describe posteriormente.

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CARACTERÍSTICAS DE CIRCULACIÓN DE LA ESTRUCTURA VIAL EXISTENTE

Se determinan características de velocidad máxima, estacionamiento en vía pública y mezcla de tráfico, de acuerdo al Departamento de Tránsito del Municipio, éstas se determinan con modalidades de permitido (P), prohibido (X) y Condicionado (C). La modalidad de condicionado se sujeta a especificaciones del Departamento de Tránsito.

* Las características de circulación de la estructura vial existente se determinan en el plano de vialidades, así mismo la publicación en el Diario oficial del día 7 de Julio de 1997.

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PLAN DE ORDENAMIENTO VIAL

Para alcanzar los objetivos del Plan, es necesario formular una estrategia general en el corto, mediano y largo plazo; de la estructura vial para mejorar las comunicaciones de las vías:

Vialidad Periférica Vialidades Regionales Vialidades Locales Vialidades de Acceso Vialidades Primarias Vialidades Secundarias Vialidades Terciarias

En este nivel se tienen que plantear las estrategias que a nivel particular las zonas

conflictivas de las vialidades serán necesarias y suficientes, para lograr objetivos de mínimo costo, que impactaran directamente la seguridad y la capacidad vial.

Dadas las condiciones más urgentes se plantearían algunas correcciones geométricas de las intersecciones de mayor incidencia en la capacidad y en la seguridad de las vialidades primarias, que aun la ausencia de cultura vial mejorarían velocidades, comodidades y sobre todo el nivel de servicio de los tramos que se encuentran entre dichas intersecciones.

Además los tiempos de recorrido tanto del transporte publico, como del transporte individual privado se propondrán segmentarse en una red básica que permita visualizar mediante un algoritmo el árbol de mayor incidencia y uso por parte de todos los ciudadanos que se transportan en la vialidad primaria. CORRECCIONES GEOMETRICAS A continuación se describen los lugares que en base a los inventarios y otros estudios tendrán las siguientes correcciones geométricas, que cuidando de los movimientos peatonales, de los factores de equipamiento y valor arquitectónico existentes pueden ser los de mayor incidencia para mejorar el nivel de servicio de la vialidad primaria.

EL PRIMER CUADRO (CENTRO HISTORICO Y PERIFERICA)

De mas alta Incidencia

A.- Intersección Juan Carrasco, Aquiles Serdán y Av. Zaragoza. A1.- Miguel Alemán y Emilio Barragán. A2.- Av. Alemán y Aquiles Serdán. A3.- Antonio Rosales y Mariano Escobedo A4.- Av. Pesqueira con las intersecciones Leyva y en sistema con la Juan Pablo II.

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DE LA ZONA DE TRANSICION Y SOBRE LA AV. DEL MAR

De la Zona Turística y la Zona Residencial hasta los linderos del primer cuadro.

B.- Paseo Claussen y Belisario Domínguez. B1.- Paseo Claussen con Av. México y Benito Juárez. B2.- Av. Del Mar y Río San Lorenzo. B3.- Av. Del Mar y Río Piaxtla. B4.- Av. Del Mar y Av. De los Deportes. B5.- Av. Rafael Buelna y Av. Del Mar. B6.- Av. Rafael Buelna y Av. Reforma.

ZONA PERIFERICA HABITACIONAL

C.- Jacarandas (San Joaquín) con Libramiento Clouthier. C1.- Revaloración de la intersección no realizada de Av. Las Torres y Libramiento Clouthier. C2.- Intersección del Libramiento Colosio y la actual traza de la Av. Juan Pablo II. C3.- Av. De las Américas y Av. Insurgentes. C4.- Insurgentes y Carretera Internacional. C5.- Av. De las Américas y Av. Internacional. C6.- Paso Ferroviario de la Santa Rosa – Sistema de Intersecciones contiguas. C7.- Juan Pablo II con Av. Insurgentes. C8.- Juan Pablo II con Av. Río Piaxtla (linderos con el Estero del Infiernillo).

ZONA DORADA

D.- Av. Del Mar y Av. Lomas de Mazatlán. D1.- Av. De la Marina y Av. Del Mar. En particular las correcciones van a ser dirigidas a: 1.-Corrección de Isletas. 2.- Radios de Giros. 3.- Obstáculos para la visualización. 4.- Pendientes. 5.- Número de Carriles.

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ÁRBOL DE MAYOR INCIDENCIA Y ÁRBOL MÍNIMO A continuación se describe un conjunto de intersecciones que operaron como nodos y partes de una red. Particularmente se busco establecer los tiempos de Viaje *ponderados que los usuarios en vehículos motorizados en vialidades primarias emplean de manera intensa y que son parte de un análisis inicial para la toma de decisiones. De principio se construyo una estructura llamada matriz de la red básica, de la que se parte para obtener una red más pequeña pero más importante; a esta última se le llama árbol mínimo. Detallándose los elementos que el algoritmo de la técnica de investigación de operaciones muestran para la obtención de un camino colector de Uso Natural de los viajeros, que determine así mismo, las secciones, intersecciones y zonas Urbanas que para el sistema de transporte tienen mayor relevancia. El llamado Árbol Mínimo representa en términos prácticos los tiempos mínimos de viaje que conectan a todos los Nodos; de tal manera que un arco entre nodo y nodo no tienen dirección, sino un promedio aproximado del tiempo en minutos en los dos sentidos originales de viaje. En la figura anexa (red) se generan los valores que el algoritmo antes mencionado se requiere, advirtiendo que tal vez muchas intersecciones que no fueron incluidas en el primer análisis queden implicadas y que posteriormente puedan integrarse a un análisis de mayor tamaño y de mayor escala. MATRIZ DE LA RED BÁSICA

* NOTA: Es una matriz matemática de una red equivalente; la red equivalente proviene del Sistema Red Vial.

El propósito de esta matriz es generar el árbol mínimo “natural” de los viajes urbanos;

tanto de transporte público como de transporte privado.

DEFINICIÓN DE LAS ZONAS DE TRÁNSITO URBANO DESDE EL PUNTO DE VISTA DE TRANSPORTES

ZONA A.- 1er cuadro (Centro Histórico) y Periférica al C.B.D. Esta zona se caracteriza como el casi todas las ciudades mexicanas por tener un trazo de

vialidades colectoras y locales, que se ha combinado con algunos intentos de vialidad primaria y cuyos centros de atracción y generación de viajes son fundamentalmente Servicios Públicos, sucursales de los mas importantes comercios y sobre todo el vestigio y arquitectura cultural mas antigua; el término de C.B.D. se refiere a la Zona Central de Negocios (Central Bussiness District).

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ZONA B.- La zona de transición y las intersecciones principales sobre las Avenidas de Mazatlán.

Se le llama de transición, porque se encuentra intermedia entre las zonas generadoras de

viajes (Periférica Habitacional y Zona Dorada), y que tienen una mezcla particular de Zona Comercial, de algunos Servicios Públicos importantes y de la Zona Primaria Residencial que existían en Mazatlán. En esta Zona también algunas Vialidades Primarias definen el Uso del Suelo, con mayores facilidades de Estacionamiento que la zona A y mejor control de las operaciones de tránsito.

Otro aspecto de la Zona B es su vocación tradicional de eventos, que en el caso

particular de Mazatlán determina su funcionalidad logística. ZONA C.- Zona Periférica Habitacional. Esta zona esta caracterizada por algunos Centros Comerciales muy bien definidos,

antiguas áreas de transferencia interurbanas (tanto de pasajeros como de carga), inmersas en un Uso Habitacional mayoritario, y con un crecimiento “explosivo de fraccionamientos y necesidades de infraestructuras compartidas con Zonas Federales.

ZONA D.- Zona Dorada y Zonas de Expansión de Alta Densidad Económica. Esta Zona esta caracterizada por Fraccionamientos, Servicios y Comercios conviviendo

con la Zona Hotelera de mayor nivel, se tomaron algunos nodos de esta zona porque en el Corto y Mediano Plazo tendrá necesidades muy fuertes de Infraestructura Urbana y Vial. Tanto Vialidad Primaria; como Secundaria tienen algunos defectos operativos que en determinados momentos arruinan la circulación de los vehículos.

* No tienen aceras por los estacionamientos * Graves problemas de inundación * Defectos Urbanísticos * Defectos de Imagen * Ambulantaje.

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MODELO DE PRONÓSTICO DEL PARQUE VEHICULAR

A continuación se describe la validación y construcción de un modelo de pronostico del crecimiento del parque vehicular, a partir de datos oficiales e inferencias, que aun con un error estadístico, deben ser próximos a las condiciones reales de la tendencia el el municipio de Mazatlán. VALIDACIÓN

Se establece una serie de tiempo entre los años de registro (y/o estimación) y los vehículos totales exhibidos, para los años que se tienen el la tendencia (de 1983 al 2004); para lo cual se necesita calcular el coeficiente de correlación entre la variable “Tiempo” y la variable “Parque Vehicular”.

R = n∑XiYi – (∑Xi) (∑Yi)

√ (n∑Xi² - (∑Xi)² (n∑Yi² - (∑Yi)²)

Al coeficiente de correlación r también se le conoce “r de Pearson”.

El la tabla anterior se describen los datos Xi e Yi; que arrojaron como resultado:

r = 0.9910

Lo que significa que con una probabilidad y certeza alta el error de desviación de las 2 variables es pequeño; por lo mismo, y según la teoría de regresión y correlación el Modelo matemático de Pronostico tendrá validez. MODELO DE PRONÓSTICO Después de haber validado la correlación, procederemos a construir un modelo de Tendencia, que por una parte podría en corto plazo validar algunos pronósticos del parque vehicular del municipio de Mazatlán y por otra parte, saber que inconstante y brusca puede ser la curva real respecto de la ajustada. La curva ajustada se aproximo al modelo exponencial clásico y se obtuvieron los siguientes resultados: Exponencial clásico: Y = Ke + ∞ Xi Incógnitas de regresión y7o parámetros:

¿K = ? ¿∝ = ?

Aplicando la Teoría de Regresión y correlación: K = 20,777.86

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∝ = +0.06693

Por lo tanto:

Yi = (20,777.86) e (0.06693) Xi= e 0.6693 X1

Que al compararse con la curva de datos reales minimizo el error y la dispersión

estadística. Lo anterior se desarrollo en la tabla anterior.

Observar que el modelo suaviza el efecto muy drástico entre 1995 y 2002; debido al no registro de vehículos de tendencia extranjera.

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NIVEL INSTRUMENTAL 1. PARTICIPACIÓN DE GOBIERNO

Establecer la forma en que los tres niveles de gobierno se conjuguen acciones para

tratar de controlar y encauzar el crecimiento de tal manera que dentro de sus respectivas áreas exista la congruencia para el logro de tal fin. Este nivel, establece los mecanismos para su vigencia y operación indicando acciones, actos, procedimientos y responsabilidades de ejecución del Plan

a) Coordinar la participación de los tres niveles de Gobierno b) Concretar las acciones de los sectores público, privado y social, que incidan en

el desarrollo urbano c) Instrumentar acuerdo de concertación con los grupos sociales

d) Formular instrumentos administrativos, mediante los cuales la participación

organizada de la comunidad contribuya a fortalecer el control sobre los órganos operativos.

2. INSTRUMENTOS POR ACCIONES A) ACCIONES DE SUELO PROGRAMAS DE ORDENAMIENTO E INDUCTORES DE CRECIMIENTO TERRITORIAL

Objetivo General: Integrar el desarrollo urbano y rural del municipio de Mazatlán, consolidando la saturación de la ciudad y orientando su crecimiento futuro hacia un esquema lineal que responda a su comunicación y relación regional; fortaleciendo al mismo tiempo al desarrollo de las comunidades rurales y de otras ciudades de la región. Objetivos Específicos:

Zonificación del territorio: Determinar los usos, destinos y reservas del

territorio del Municipio de Mazatlán, para asegurar el equilibrio ecológico del campo con la urbanización, mejorando los sistemas para la adquisición y administración de las reservas territoriales.

B) ACCIONES DE VIVIENDA

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Objetivo General: Desarrollar el adecuado asentamiento de la población, atendiendo las necesidades de cada barrio y comunidad, fortaleciendo la pertenencia, la identidad y el arraigo de la población en sus lugares de origen. Objetivos Específicos:

Uso y densidad del municipio: Establecer normas de usos del suelo y densidades de población en coherencia con la dinámica urbano-rural, con el fin de aprovechar o mejorar el suelo, la infraestructura y los servicios existentes.

Vivienda y comunidad: Lograr que cada núcleo familiar en el Municipio de Mazatlán cuente con una vivienda digna, preservando áreas para el equipamiento necesario para la calidad de vida de los habitantes.

C) ACCIONES DE INFRAESTRUCTURA

Consolidación e infraestructura: Consolidar las actuales áreas de asentamiento y crecimiento futuro en la Ciudad y las comunidades rurales, a partir de la expansión en zonas aptas para el desarrollo, utilizando la dotación de la infraestructura como uno de los desalentadores para los asentamientos irregulares.

Infraestructura y servicios urbanos: Asegurar la atención en términos de redes de infraestructura y servicios para cada barrio urbano y asentamiento rural, programando las acciones y obras a través de programas de acción.

Medios de comunicación: Potencializar los medios de comunicación, como instrumentos de educación no formal, la adquisición de cultura y el desarrollo de valores de población.

D) ACCIONES DE VIALIDAD

Estructura vial: Organizar los ejes viales con relación a su uso e importancia, estableciendo nuevos sistemas de orientación, que comuniquen a la ciudad de forma interna y en relación con otras comunidades, además de la planeación de la estructura vial necesaria a futuro, creando así, un sistema óptimo de movilidad municipal.

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Transporte: Crear un sistema de Transporte Público, que responda a las necesidades de la nueva estructura vial, con la reestructuración de las rutas de transporte actuales, caracterizándolas por modelos diferentes de vehículos o colores, además de la correlación de los sistemas de transporte urbano y foráneo, para desmotivar el uso del transporte motorizado particular.

Zonas industriales: Reforzar y consolidar el Parque Industrial “Alfredo B. Bonfil” y desarrollar las zonas industriales aisladas, y promover nuevas, en coordinación con los organismos de asociación, a fin de crear alternativas para la diversificación industrial.

E) ACCIONES DE EQUIPAMIENTO URBANO

Núcleos de equipamiento: Dotar el equipamiento regional y local a los núcleos de población, de forma que polaricen las actividades de cada zona, evitando los grandes traslados a un solo centro urbano, una división de sectores, para descentralizar el equipamiento y los servicios.

Reservas territoriales y equipamiento: Dotar el equipamiento de acuerdo a las necesidades y demandas, localizándolo en el sistema vial primario para una mejor atención y acceso de la población, respetando el uso del suelo y la preservación de los espacios verdes y de esparcimiento, sin olvidar lineamientos y áreas de estacionamiento para una mejor calidad de vida.

Recreación, deporte y salud: Dotar a toda la población municipal de elementos adecuados para el esparcimiento, el deporte y la salud. El equipamiento médico asistencial y recreativo deportivo de nivel regional, local y de barrio.

F) ACCIONES DE IMAGEN URBANA Objetivo General: Crear un paisaje humanizado, que dé identidad a cada zona, donde las actividades de la sociedad, reflejen y complementen sus valores y cultura. Objetivos Específicos:

Patrimonio construido: Preservar y aumentar el Patrimonio urbano

arquitectónico de la ciudad y las comunidades, a través de su reciclaje y revitalización, normando a su vez sobre la calidad del diseño de los nuevos elementos.

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Límites de zonas: Normar el desarrollo para cada barrio y comunidad, definiendo sus límites e imagen tipológica, y estableciendo límites claros para la ciudad en integración con su medio natural.

Imagen en vialidades: Introducir en los sistemas viales primario y secundario, normativas de diseño del paisaje que jerarquice e identifique en su uso e importancia, reforzando principalmente las zonas de peatones.

Nodos urbanos: Reforzar las características de plazas y parques, así como en

zonas peatonales y banquetas que ligan, a fin de permitir un mayor disfrute de los habitantes de cada barrio y comunidad.

Hitos urbanos: Crear y reforzar las vistas y los remates visuales en elementos construidos que sirvan para la orientación en la ciudad, reforzando las características de los edificios y elementos naturales que sirven de referencia, creando nuevos elementos de identificación en los nodos y cruceros de los sistemas viales.

G) ACCIONES DE MEDIO AMBIENTE

Administrativos Participación de la Comunidad

Objetivo General: Consolidar el desarrollo municipal, equilibrando el uso de los recursos naturales y los procesos productivos, en esquemas que promuevan el mejoramiento ecológico y del medio ambiente, en equilibrio con toda la región. Objetivos Específicos:

Agua: Potencializar fuentes alternativas de abastecimiento que aseguren el servicio futuro, desarrollando una nueva cultura y tecnologías para la optimización y reciclaje del agua, para evitar la falta de este líquido en época de verano.

Ecología: Promover una cultura ecológica, preservando los elementos naturales de la ciudad, desarrollando los asentamientos humanos en conjunto con espacios de tipo recreativo y de áreas verdes, mejorando las zonas en deterioro y de preservación.

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H) ACCIONES DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD

Administrativos Jurídicos

Objetivo General: Desarrollar procesos de información y de gestoría, sobre la mala planeación, para que la participación social conozca y tome las decisiones adecuadas y la visión a largo plazo; que de perspectiva a la planeación y convierta a la ciudadanía en soporte de la continuidad de acciones y el interés continuo. Objetivos Específicos:

Administración: Fortalecer la operatividad del Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad, generando un organismo que permita la investigación, la planeación y el diseño futuro del Municipio de Mazatlán, en fundamento de la participación de la ciudadanía.

Comunicación: Crear un foro de decisiones de planeación de corto plazo, como cuerpo ciudadano fundamental para la comprensión de la problemática social y como grupo informado del desarrollo municipal en contacto con la ciudadanía.

Planeación continua: Consolidar el siguiente plan como instrumento de desarrollo en el largo plazo, evitando el deterioro y falta de continuidad en el cuerpo estratégico que lo fundamenta por efecto de actualizaciones parciales y fragmentadas de la idea original.

Sociedad: Fortalecer la cultura de participación, autogestión y libre agrupación para el desarrollo entre los diferentes miembros y estratos de la sociedad del municipio.

FORMACION Y CULTURA Objetivo General: Desarrollar sistemas y mecanismos que faciliten el acceso a la educación y la cultura de toda la población; fortaleciendo los valores cívicos, humanos y de respeto al medio ambiente, ampliando las oportunidades para el desarrollo de las capacidades individuales. Objetivos Específicos:

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Educación formal: Ofrecer los medios de educación formal demandados por la población, abatir el analfabetismo y aumentar los años promedio de escolaridad, asegurando un alto nivel en la calidad de la formación integral del ser humano.

Educación no formal: Desarrollar en la sociedad una vocación hacia la adquisición del conocimiento, la preservación de la identidad, la conservación del patrimonio cultural y el desarrollo de las ciencias y artes, promoviendo el fortalecimiento de valores congruentes con una visión de desarrollo urbanístico.

Formación para el trabajo: La población económicamente activa deberá tener acceso a sistemas de capacitación para el trabajo y la elevación de la productividad, a través de convenios entre las empresas, el gobierno y los centros académicos, mejorando al mismo tiempo las condiciones de empleo y salario.

ECONOMIA Y ARRAIGO Objetivo General: Fortalecer la industria existente y promover la diversificación de las actividades productivas del municipio, como soporte fundamental del desarrollo; basados en el espíritu de trabajo de la sociedad, la capacidad y experiencia empresarial; y la infraestructura comercial, educativa y de servicios. Objetivos Específicos:

Vocación productiva de la región: Definir la vocación hacia el tipo y escala

de la agricultura, industria, comercio y servicios, para fortalecer potencialidades existentes en los sector productivo, el entorno ecológico y ambiental deseado, coordinado con el Gobierno estatal, y el sistema de municipios de la región y su área de influencia.

Empleo, capacitación y productividad: Impulsar la creación de empleos a través del fortalecimiento industrial y la productividad, ligada a la calidad total y la capacitación para el trabajo.

Producción rural: Impulsar el desarrollo y arraigo campesino a través de inversiones que impulsen la producción para la generación de empleos y eviten la migración.

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3. PROGRAMACION

ACCIONES PRIORITARIAS A CORTO Y MEDIANO PLAZO PARA LA CIUDAD DE MAZATLAN, SINALOA

Planeación y Suelo Urbano

PROGRAMAS PARCIALES DE MEJORAMIENTO Y CRECIMIENTO, DISEÑO Y PROYECTOS EJECUTIVOS PARA HABILITAR DIVERSOS SECTORES DE LA CIUDAD.

REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRA EN LAS COLONIAS DE:

FLORES MAGON, EMILIANO ZAPATA, OBRERO INDUSTRIAL, LAZARO CARDENAS, ESTERO E INDEPENDENCIA. EN VILLA UNION: COL. SIXTO OSUNA Y RAUL OSUNA BURGUEÑO.

PROGRAMA DE ADQUISICION DE RESERVAS TERRITORIALES.

PROGRAMA DE FINANCIAMIENTOS ACCESIBLE PARA LA ADQUISICION DE LOTES.

PROGRAMA DE NOMENCLATURA Y NUMERO OFICIAL.

PLAN PARCIAL DE LAS ZONAS CERRITOS-MARMOL Y URIAS-VILLA

UNION.

PLAN DE ORDENAMIENTOS ECOLOGICOS.

Vivienda

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA PRECARIA EN LAS COLONIAS DEL ORIENTE DE LA CIUDAD, COMO: URIAS, RAFAEL BUELNA, LA SIRENA. DIAZ ORDAZ, FRANCISCO I. MADERO, MAZATLAN I, II Y III ENTRE OTRAS.

PROGRAMA DE DOSICFICACION DE LOTES CON SERVICIOS PARA

VIVIENDA PROGRESIVA EN ZONAS DE RESERVAS TERRITORIALES REGULARIZADAS.

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PROMOVER Y FACILITAR EL DESARROLLO DE LA VIVIENDA EN MODALIDAD DE RENTA, VENTA, RENTA CON OPCION A COMPRA, UNIFAMILIAR Y MULTIFAMILIAR.

MEJORAR LA IMAGEN DE LA VIVIENDA, EN LA CALLE, EL BARRIO Y LA

COLONIA.

PROGRAMA DE AUTOCONSTRUCCION

Infraestructura

REHABILITACION DE LINEAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO.

PROGRAMAS DE CONCIENTIZACION PARA EL USO DEL AGUA POTABLE.

CONEXIÓN AL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LAS COLONIAS DE VALLE DEL EJIDO, COLOSIO SI, RENATO VEGA, HACIENDA DE URIAS Y VALLES DE URIAS ENTRE OTRAS.

SISTEMA DE EVALUACION DE FUGAS DE AGUA Y REHABILITACION DE

TOMAS DOMICILIARIAS.

AMPLIACION DEL ALUMBRADO PUBLICO EN VIALIDADES PRIMARIAS, PRINCIPALMENTE EN: AV. DE LA MARINA, AV. CLOUTHIER, AV. REVOLUCION Y CIRCUNVALACION.

REHABILITACION DE LAS VIALIDADES PRIMARIAS, CONCRETAMENTE

EN: CIRCUNVALACION FERROCARRIL Y RAFAEL BUELNA.

DOSIFICACION DE BOTES DE BASURA SOBRE LAS VIALIDADES ESTRUCTURALES Y AREAS DE RECREACION.

PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE RUTAS PARA LA RECOLECCION DE

BASURA.

INSTALACION DEL DRENAJE PLUVIAL DE LA CIUDAD.

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Medio Ambiente

PROGRAMA DE SANEAMIENTO DEL ESTERO DEL INFIERNILLO.

CONSERVACION Y PRESERVACION DE AREAS VERDES Y CERROS DENTRO DEL LÍMITE DEL CENTRO DE POBLACION.

PREVENCION DE BASUREROS CLANDESTINOS.

PROGRAMA DE REFORESTACION EN LOS SECTORES DE LA CIUDAD.

PROGRAMA DE CAMPAÑAS PARA LA EDUCACION AMBIENTAL PARA LA

POBLACION.

PREVENIR Y EVITAR LA CONTAMINACION DEL AIRE, EL SUELO Y EL AGUA.

CLARIFICAR Y CONTROLAR LAS ZONAS INDUSTRIALES PARA

DISTRIBUIRLAS EN EL AREA URBANA SEGÚN SU GRADO DE RIESGO.

APLICAR LA REGLAMENTACION EN MATERIA DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO.

PROMOVER LA PROTECCION A LOS CUERPOS DE AGUA EVITANDO LA

CONTAMINACION DE LOS MANTOS FREATICOS.

Vialidad y Transporte

REMODELACION DE ENTRONQUES CONFLICTIVOS.

CONTINUIDAD DE VIAS PRINCIPALES.

SEÑALIZACION DE RUTAS DE TRANSPORTE URBANO.

CREACION DEL SISTEMA VIAL SECUNDARIO QUE DISTRIBUYA EL TRAFICO EN EL INTERIOR DE LA CIUDAD, QUE CONECTE EL LIBRAMIENTO URBANO CON LAS AREAS HABITACIONALES.

COORDINAR CON LOS OTROS NIVELES DE GOBIERNO, LAS OBRAS VIALES

Y LOS SISTEMAS DE ENLACE REGIONAL CON LAS PROPUESTAS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO.

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Equipamiento y Servicios

REUBICACION DE CENTRAL CAMIONERA.

CONSTRUCCION DE UN BASURERO MUNICIPAL

CONSTRUCCION DE UN CEMENTERIO MUNICIPAL.

DOTACION DE AREAS RECREATIVAS Y DEPORTIVAS EN LAS ZONAS DE VIVIENDA PRECARIA.

CONSTRUCCION DE UNA CENTRAL DE ABASTOS.

CONSTRUCCION DE UN ORFANATO Y HOGAR PARA INDIGENTES.

CREACION DE BIBLIOTECAS, UNIDADES MEDICAS DE PRIMER CONTACTO,

GUARDERIAS, OFICINAS DE CORREOS Y CENTROS SOCIALES.

ESTIMULAR Y PROMOVER LA CREACION DE CENTROS DE BARRIO CON SERVICIOS BASICOS DE PRIMERA NECESIDAD.

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GLOSARIO Glosario de términos empleados: (no han sido incluidos los que se contemplan en la ley de desarrollo urbano del estado de sinaloa) Administración: la planeación, instrumentación, promoción, ejecución, control y evaluación de las acciones que en el ámbito público y en materia de protección, preservación, restauración y desarrollo se realicen en las áreas verdes, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas, así como la coordinación de la investigación científica, monitoreo ambiental, capacitación y asesoría técnica que respecto a dichas áreas y sus elementos se lleven a cabo. Administración pública: conjunto de órganos, centrales, desconcentrados y paraestatales, conforme a la ley orgánica que expida la asamblea legislativa, la cual distribuirá los negocios del orden administrativo. Aguas residuales: son las provenientes de actividades domésticas, industriales, comerciales, agrícolas, pecuarias o de cualquier otra actividad que, por el uso de que han sido objeto, contienen materia orgánica y otras sustancias químicas que alteran su calidad original. Alineamiento: la delimitación sobre un predio en él frente a la vía pública, que define la posición permisible del inicio de la superficie edificable; Ambiente: el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados. deberá entenderse también como medio ambiente Anunciante: la persona física o moral que utiliza los servicios de publicidad para difundir o publicitar productos, bienes, servicios o actividades Anuncio: toda expresión gráfica o escrita emitida por cualquier medio que señale, promueva, muestre o difunda al público cualquier mensaje relacionado con la producción, compra y venta de bienes, con la prestación de servicios y con el ejercicio de actividades lícitas reguladas por la ley Áreas de valor ambiental: las áreas verdes en donde los ambientes originales han sido modificados por las actividades antropogénicas y que requieren ser restauradas o preservadas, en función de que aún mantienen ciertas características biofísicas y escénicas, las cuales les permiten contribuir a mantener la calidad ambiental de la ciudad Áreas naturales protegidas: los espacios físicos naturales en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por actividades antropogénicas, o que requieren ser preservadas y restauradas, por su estructura y función para la recarga del acuífero y la preservación de la biodiversidad. son áreas que por sus características

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ecogeográficas, contenido de especies, bienes y servicios ambientales y culturales que proporcionan a la población, hacen imprescindible su preservación Área verde: toda superficie cubierta de vegetación, natural o inducida Asamblea: asamblea legislativa del municipio de Mazatlán Autorización de impacto ambiental: autorización otorgada por la secretaría del medio ambiente como resultado de la presentación y evaluación de un informe preventivo, manifestación o estudio de impacto ambiental o de riesgo, según corresponda cuando previamente a la realización de una obra o actividad se cumplan los requisitos establecidos en esta ley para evitar o en su defecto minimizar y restaurar o compensar los daños ambientales que las mismas puedan ocasionar. Barrancas: depresión geográfica que por sus condiciones topográficas y geológicas se presentan como hendiduras y sirven de refugio de vida silvestre, de cauce de los escurrimientos naturales de ríos; riachuelos y precipitaciones pluviales, que constituyen zonas importantes del ciclo hidrológico y biogeoquímico. Causa de fuerza mayor: acontecimiento de la naturaleza u ocasionado por el hombre, imprevisible o inevitable, que pone en peligro la vida e integridad de las personas y sus bienes. Centro histórico: núcleo original del municipio de Mazatlán donde se han asentado históricamente, los poderes político, económico, y social, dejando testimonios físicos que representan el patrimonio histórico del país, sujeto a las normas de los programas de desarrollo urbano y de la ley federal sobre monumentos y zonas arqueológicas, artísticas e históricas. Centro urbano: núcleo principal de atracción dentro del área urbana, caracterizado por la presencia de las instituciones de gobierno, de la administración y los servicios públicos. Centro de verificación: local determinado por las autoridades competentes y autorizado por éstas, para llevar a cabo la medición de emisiones contaminantes con el equipo autorizado, provenientes de los vehículos automotores en circulación. Clasificación del suelo: la división de la superficie del municipio en urbana y de conservación. Código civil: código civil vigente en el municipio. Coeficiente de ocupación del suelo: la relación aritmética existente entre la superficie construida en planta baja y la superficie total del terreno. Coeficiente de utilización del suelo: la relación aritmética existente entre la superficie total construida en todos los niveles de la edificación y la superficie total del terreno.

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Compensación: el resarcimiento del deterioro ocasionado por cualquier obra o actividad en un elemento natural distinto al afectado, cuando no se pueda restablecer la situación anterior en el elemento afectado. Condiciones particulares de descarga: aquellas fijadas por la secretaría que establecen respecto del agua residual límites físicos, químicos y biológicos más estrictos que las normas oficiales mexicanas y las normas ambientales para el municipio de Mazatlán, respecto de un determinado uso, usuario o grupo de usuarios o de un cuerpo receptor de jurisdicción local, de acuerdo con esta ley. Consejo: consejo asesor de desarrollo urbano y vivienda. Conservación: el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones, de detección, rescate, saneamiento y recuperación, destinadas a asegurar que se mantengan las condiciones que hacen posible la evolución o el desarrollo de las especies y de los ecosistemas propios de el municipio de Mazatlán. Contaminación: la presencia en el ambiente de toda sustancia que en cualquiera de sus estados físicos y químicos al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural, altere o modifique su composición y condición natural, causando desequilibrio ecológico. Contaminación visual: alteración que impide la contemplación y disfrute armónico del paisaje natural, rural y urbano, ocasionando impactos negativos importantes en la percepción visual, por la distorsión o cualquier forma de transformación del entorno natural, histórico o urbano, que deteriore la calidad de vida de las personas. Contingencia ambiental o emergencia ecológica: situación eventual y transitoria declarada por las autoridades competentes cuando se presenta o se prevé con base en análisis objetivos o en el monitoreo de la contaminación ambiental, una concentración de contaminantes o un riesgo ecológico derivado de actividades humanas o fenómenos naturales que afectan la salud de la población o al ambiente de acuerdo con las normas oficiales mexicanas. Control: inspección, vigilancia y aplicación de las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este ordenamiento. Corredor urbano: espacios con gran intensidad y diversidad de uso del suelo que se desarrollan en ambos lados de vialidades y que complementan y enlazan a los diversos centros urbanos con los subcentros y centro de la ciudad. Corresponsable: es la persona física auxiliar de la administración pública, con autorización y registro de la secretaría, que cuenta con los conocimientos técnicos adecuados para responder en forma conjunta con el director responsable de obra o autónoma, en las obras donde otorgue su responsiva, en todos los aspectos técnicos relacionados con el ámbito de su intervención profesional, relativos a la seguridad

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estructural, al diseño urbano y arquitectónico y a las instalaciones, que deberá cumplir con lo establecido en la ley, el reglamento y demás disposiciones aplicables. Crecimiento: la expansión de los límites de las zonas ocupadas con edificios, instalaciones y redes que integran la infraestructura y el equipamiento urbano de los centros de población; la expansión de los límites de los centros de población. Crecimiento urbano: es la expansión de los límites de las áreas ocupadas con edificios, instalaciones y redes que integran la infraestructura y el equipamiento urbano de los centros de población. Cuerpo receptor: la corriente, depósito de agua, el cauce o bien del dominio público del distrito federal en donde se descargan, infiltran o inyectan aguas residuales. Daño ambiental: toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo inferido al ambiente o a uno o más de sus componentes. Declaratorias de usos, destino y reservas: son los actos de derecho público, que corresponde autorizar al ayuntamientos y publicar el ejecutivo estatal, a fin de clasificar las zonas y predios de un centro de población, determinando los usos permitidos, prohibidos y condicionados y sus normas de utilización, a las que se sujetará el aprovechamiento público, privado y social de los mismos. Demarcación territorial: cada una de las partes en que se divide el territorio del distrito federal para efectos de la organización político-administrativa. Densidad máxima: el término utilizado para determinar la concentración máxima de habitantes o viviendas permisible en una superficie determinada del centro de población; en este reglamento se aplica sobre hectárea bruta de terreno. Derecho de vía: franja de terreno de anchura variable, cuyas dimensiones mínimas y máximas fija la autoridad correspondiente, que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una línea eléctrica, una línea de infraestructura, una vialidad o una instalación especial. Desarrollo sustentable: el proceso evaluable mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de conservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. Desarrollo urbano: proceso que, mediante la aplicación de los principios y técnicas hace posible la elevación del nivel de vida de la población urbana, utilizando para ello el ordenamiento territorial; la determinación de los usos del suelo; la asignación consecuente de los recursos fiscales; la promoción de la inversión pública, social y privada; la mejoría de los servicios públicos; la sistematización del mantenimiento de la infraestructura urbana y su ampliación al ritmo de las nuevas necesidades y demandas; el mantenimiento y

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conservación del patrimonio cultural, artísticos e histórico; la participación de la población urbana en los procesos de planeación y administración de la ciudad y la previsión del futuro por medio del sistema de plantación democrática. Destinos: los fines públicos a los que se prevean dedicar determinados predios propiedad del municipio. Dictamen: resultado de la evaluación técnico–jurídica emitida por la autoridad competente, respecto de un asunto sometido a su análisis. Dirección de desarrollo urbano: la dependencia técnica y administrativa que señale el gobierno municipal, competente para expedir los dictámenes, autorizaciones y licencias previstos en la ley de desarrollo urbano. Director responsable de obra: es la persona física auxiliar de la administración pública, autorizada y registrada por la secretaría, que se hace responsable de la observancia de la ley, del reglamento y demás disposiciones aplicables, en el acto en que otorga su responsiva relativa al ámbito de su intervención profesional. Disposición final: acción de depositar permanentemente los residuos en sitios y condiciones adecuadas para evitar daños a los ecosistemas y al ambiente. Ecocidio: la conducta dolosa determinada por las normas penales, consistente en causar un daño grave al ambiente por la emisión de contaminantes, la realización de actividades riesgosas o la afectación de recursos naturales, en contravención a lo dispuesto en la presente ley o en las normas oficiales ambientales mexicanas. Ecosistema: la unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí y de éstos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados. Educación ambiental: el proceso permanente de carácter interdisciplinario, orientado a la formación de una ciudadanía que reconozca valores, aclare conceptos y desarrolle las habilidades y actitudes necesarias para una convivencia armónica entre seres humanos, su cultura y su medio biofísico circundante. Elementos del paisaje urbano: los espacios públicos abiertos, los bienes del dominio público y del dominio privado del distrito federal, los espacios abiertos, las construcciones, edificaciones y sus fachadas, la publicidad exterior, el espacio aéreo urbano, el subsuelo urbano, el mobiliario urbano, los espacios destinados a la edificación, pisos, banquetas y pavimentos, las instalaciones provisionales para puestos callejeros, ferias, circos o espectáculos, así como el paisaje natural que lo rodea y las secuencias, perspectivas y corredores visuales. Emisiones contaminantes: la generación o descarga de materia o energía, en cualquier cantidad, estado físico o forma, que al incorporarse, acumularse o actuar en los seres vivos, en la atmósfera, agua, suelo, subsuelo o cualquier elemento natural, afecte negativamente su composición o condición natural.

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Empresa publicitaria: persona física o moral que ejerce como actividad la comercialización de espacios publicitarios para exhibir, promover, difundir y publicar productos, bienes o servicios a través de un anuncio y que se ostenta como titular de la licencia. Entorno urbano: conjunto de elementos naturales y construidos que conforman el territorio urbano, y que constituyen el marco de referencia y convivencia de los habitantes y visitantes, determinado por las características físicas, costumbres y usos, que se relacionan entre sí. Equipamiento urbano: conjunto de edificaciones, elementos funcionales, técnicas y espacios, predominantemente de uso público, en los que se realizan actividades complementarias a las de habitación y trabajo, o se proporcionan servicios de bienestar social y apoyo a la actividad económica, social, cultural y recreativa. Espacio abierto: área física urbana sin edificios; superficie de terreno en la que los programas determinan restricciones en su construcción, uso o aprovechamiento, señalando prioritariamente, plazas, explanadas, fuentes y cuerpos de agua y parques y jardines. Espacio urbano: el volumen ubicado, determinado, condicionado y desarrollado sobre el suelo urbano. es el ámbito donde existen, edificaciones o que es susceptible de ser edificado. Estatuto: estímulos: las medidas jurídicas, administrativas, fiscales y financieras que aplicarán las autoridades competentes para promover y facilitar la participación de los sectores público, social y privado en la elaboración, modificación, ejecución y evaluación de los programas. Estructura urbana: conjunto de componentes, tales como el suelo, la vialidad, el transporte, la vivienda, el equipamiento urbano, la infraestructura, el mobiliario urbano, la imagen urbana, el medio ambiente, entre otros, que actúan interrelacionados y que constituyen la ciudad. Estructura vial: conjunto de calles intercomunicadas, de uso común y propiedad pública, destinadas al libre tránsito de vehículos y peatones, entre las diferentes áreas o zonas de actividades. Puede tener distinto carácter en función de un medio considerado: local, urbano, regional y nacional. Estudio de riesgo: documento mediante el cual se dan a conocer, con base en el análisis de las acciones proyectadas para el desarrollo de una obra o actividad, los riesgos que éstas representan para los ecosistemas, la salud o el ambiente, así como las medidas técnicas preventivas, correctivas y de seguridad, tendientes a mitigar, reducir o evitar los efectos adversos que se causen al ambiente, en caso de un posible accidente durante la realización u operación normal de la obra o actividad de que se trate.

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Expansión urbana: el crecimiento de los centros de población que implica la transformación de suelo rural a urbano, modificando el aprovechamiento y el régimen de propiedad de áreas y predios, así como la introducción o mejoramiento de las redes de infraestructura. Fauna silvestre: las especies animales que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo sus poblaciones menores, que se encuentran bajo control del hombre, así como los animales domésticos, que por abandono se tornen salvajes y por ello sean susceptibles de captura y apropiación. Flora silvestre: las especies vegetales, así como los hongos, que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente en el territorio nacional y en las zonas que la nación ejerce derechos de soberanía y jurisdicción. Flora y fauna acuáticas: las especies biológicas y elementos biogenéticos que tienen como medio de vida temporal, parcial o permanente las aguas en el territorio nacional y en las zonas sobre las que la nación ejerce derechos de soberanía y jurisdicción. Fuentes fijas: los establecimientos industriales, mercantiles y de servicio y los espectáculos públicos que emitan contaminantes al ambiente, ubicados o realizados, según corresponda, en el municipio de Mazatlán. Imagen objetivo: lo que un programa pretende lograr en su ámbito espacial y temporal de validez. Imagen urbana: resultado del conjunto de percepciones producidas por las características específicas, arquitectónicas, urbanísticas y socioeconómicas de una localidad, más las originadas por los ocupantes de este ámbito físico-territorial, en el desarrollo de sus actividades habituales, en función de las pautas de conducta que los motiva. tanto la forma y aspectos de la traza urbana, tipo de antigüedad de las construcciones así como las particularidades de barrios, calles, edificios o sectores y elementos históricos y artísticos de una localidad, son elementos entre otros, que dan una visión general o parcial de sus características. Impacto ambiental: modificación del ambiente, ocasionado por la acción del hombre o de la naturaleza. Impacto urbano: es la influencia o alteración causada por alguna obra pública o privada, que por su funcionamiento, forma o magnitud rebase las capacidades de la infraestructura o de los servicios públicos del área o zona donde se pretenda ubicar; afecte negativamente el espacio, imagen o paisaje urbano, y/o la estructura socioeconómica; al generar fenómenos de especulación inmobiliaria o de bienes y servicios; signifique un riesgo, para la salud, la vida o los bienes de la comunidad; o que signifique su desplazamiento o expulsión paulatina, o para el patrimonio cultural histórico, arqueológico o artístico de la ciudad. Infraestructura urbana: las redes y sistemas de organización y distribución de bienes y servicios, incluyendo su equipamiento para el buen funcionamiento de la ciudad.

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Laboratorio ambiental: aquellos que acrediten contar con los elementos necesarios para analizar contaminantes en el aire, agua, suelo, subsuelo, materiales o residuos Ley: la ley de desarrollo urbano del estado de Sinaloa. Ley general: ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente. Manejo: conjunto de actividades que incluyen, tratándose de recursos naturales, la extracción, utilización, explotación, aprovechamiento, administración, preservación, restauración, desarrollo, mantenimiento y vigilancia; o tratándose de materiales o residuos, el almacenamiento, recolección, transporte, alojamiento, recursos, tratamiento, reciclaje, incineración y disposición final. Manifestación de construcción: es la declaración, bajo protesta de decir verdad, del propietario o poseedor del inmueble o predio y, en su caso, del director responsable de obra y los corresponsables, en la que manifiestan su responsabilidad de observar los requisitos legales, previo a construir, ampliar, reparar o modificar una obra y asumen la obligación de cumplir técnica y jurídicamente con las disposiciones legales aplicables, haciéndose sabedores de las penas en que incurren los falsos declarantes dicha manifestación surtirá efectos a partir de su registro ante la autoridad competente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable al suelo urbano. Manifestación de impacto ambiental: el documento presentado por el solicitante a la dirección de medio ambiente y ecología municipal, en el que se señalan los efectos que produce la modificación del medio ambiente de una zona determinada, por la acción del hombre o la naturaleza. Manifestación de impacto vial: el documento presentado por el solicitante a la dirección de desarrollo urbano y de transito municipal en el que se señalan los efectos que produce la generación, atracción y combinación de viajes de vehículos, dentro del sistema municipal. Materiales y residuos peligrosos: las substancias, compuestos o residuos y sus mezclas, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables o biológicas infecciosas, representan un riesgo para el ambiente, de conformidad con las normas oficiales mexicanas aplicables. Medidas de mitigación: aquellas condiciones que deben cumplir las personas físicas o morales, que construyan, amplíen, reparen o modifiquen una obra con el fin de prevenir, mitigar o compensar las alteraciones o afectaciones al entorno urbano, a la vialidad, a la estructura socioeconómica, la infraestructura y/o la imagen urbana. Medidas de seguridad: las encaminadas a evitar los daños que puedan causar las instalaciones, construcciones y obras, tanto públicas como privadas. Mejoramiento: el incremento de la calidad del ambiente.

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Mobiliario urbano: todos aquellos elementos urbanos complementarios, que sirven de apoyo a la infraestructura y al equipamiento, que refuerzan la buena imagen de la ciudad como: fuentes, bancas, botes de basura, macetas, señalamientos, nomenclatura, etc. por su función pueden ser: fijos (permanentes) y móviles (temporales). Modificación del uso del suelo: procedimiento formal solicitado al cabildo municipal a través de la dirección de planeación del desarrollo urbano y ecología, para realizar un cambio parcial o total del algún uso previamente establecido a un inmueble. Normas ambientales: las que emita la autoridad competente en ésta materia, en función de las atribuciones que esta ley y otros ordenamientos legales le confiere. Normas de ordenación: las que regulan la intensidad, la ocupación y formas de aprovechamiento del suelo y el espacio urbano; así como las características de las edificaciones, las construcciones, la transferencia de potencialidades de desarrollo urbano, el impacto urbano y las demás que señala esta ley; dichas normas se establecerán en los programas general. Normas oficiales: las normas oficiales mexicanas aplicables en materia ambiental. Obras de urbanización: todas aquellas acciones materiales de adecuación espacial necesarias a realizar en el suelo rústico para convertirlo en urbanizado, integrándole los elementos requeridos para edificar; o bien, en el suelo urbanizado para mejorar con el mismo fin o para permitir el desempeño de otras funciones en el centro de población. Ordenamiento de los centros de población: el conjunto de dispositivos que tienden a lograr el desarrollo físico integral de los mismos, mediante la armónica relación y jerarquización de sus elementos, de acuerdo a los planes de ordenamiento territorial. Ordenamiento ecológico: la regulación ambiental obligatoria respecto de los usos del suelo fuera del suelo urbano, del manejo de los recursos naturales y la realización de actividades para el suelo de conservación y barrancas integradas a los programas de desarrollo urbano. Parques: las áreas verdes o espacios abiertos jardinados de uso público, ubicados dentro de suelo urbano o dentro de los límites administrativos de la zona urbana de los centros de población y poblados rurales en suelo de conservación, que contribuyen a mantener el equilibrio ecológico dentro de las demarcaciones en que se localizan, y que ofrecen fundamentalmente espacios recreativos para sus habitantes. Parques urbanos: las áreas verdes, naturales o inducidas de uso publico, constituidas dentro del suelo urbano. Participación social y privada: todas las formas de intervención de los sectores social o privado en el proceso de planeación, mejoramiento y conservación.

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Patrimonio cultural urbano: conjunto de elementos y bienes inmuebles que expresan los valores y forma de vida materiales y espirituales del distrito federal, y que sean declarados tales, por disposición de la ley o por declaratoria específica de las autoridades en materia de cultura, a petición ciudadana o por vía de las autoridades en materia urbana. Planeación del ordenamiento territorial: el proceso permanente y continuo de formulación, programación, presupuestación, ejecución, control, fomento, evaluación y revisión del ordenamiento territorial. Plan de ordenamiento territorial de la zona conurbada intermunicipal: es el conjunto de normas y disposiciones para ordenar, regular y planear la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población en el espacio territorial de interacción de estos centros de población de los dos municipios, así como para determinar las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios con objeto de mejorar la estructura urbana, proteger al medio ambiente, regular la propiedad en los centros de población y fijar las bases para la programación de acciones, obras y servicios de infraestructura y equipamiento urbano. Planeación y programación de los centros de población: el conjunto de actividades tendientes a lograr de una manera racional, los satisfactores indispensables para el buen funcionamiento de los centros de población del municipio. Polígono de actuación: superficie delimitada del suelo que se determina en los programas, a solicitud de la administración pública o de los particulares para llevar a cabo las acciones determinadas en esta ley, permitiendo la realización de proyectos urbanos mediante la re-localización de usos de suelo y destinos, así como el intercambio de potencialidades del desarrollo urbano. Predio: el bien inmueble que no forma parte de un desarrollo. Prestadores de servicios ambientales: prestador de servicios de impacto ambiental es la persona que elabora informes preventivos, manifestaciones o estudios de impacto ambiental o de riesgo por cuenta propia o de terceros y que es responsable del contenido de los mismos. Prevención: el conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el deterioro del ambiente. Procuraduría: la procuraduría ambiental y del ordenamiento territorial del municipio de Mazatlán. Programa general: es el que determina la estrategia, política, acciones y normas de ordenación del territorio. Programa general de desarrollo: el que contiene las directrices generales del desarrollo social, económico, político y cultural del distrito federal, de conformidad con el estatuto.

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Programa parcial: el que establece la planeación del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial, en áreas específicas. los programas parciales tienen un carácter especial adaptado a las condiciones particulares de algunas áreas. Programas anuales de desarrollo urbano: los que establecen la vinculación entre los programas, los programas sectoriales y el presupuesto de egresos del municipio para cada ejercicio fiscal; corresponden a los sectores del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial definido en las fracciones anteriores. Programas sectoriales: los que determinan la estrategia, política y acciones generales de los diversos sectores del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial, las reservas territoriales, agua potable, drenaje, transporte y vialidad, vivienda, medio natural y equipamiento urbano. Protección ambiental: conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y prevenir y controlar su deterioro. Protección ecológica: el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinados a mejorar el ambiente y a prevenir y controlar su deterioro. Recurso natural: el elemento natural susceptible de ser aprovechado en beneficio del hombre. Registro de manifestación de construcción: es el acto de la autoridad competente en virtud del cual registra la manifestación de construcción, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable, surtiendo los efectos legales. para efectos del otorgamiento de créditos en materia de edificación, este registro se equipara a la licencia de construcción. Relleno sanitario: obra de ingeniería para la disposición final de residuos sólidos que no sean peligrosos, ni potencialmente peligrosos que se utilizan para que se depositen, esparzan, compacten a su menor volumen práctico posible y se cubran con capas de tierra al término de las operaciones diarias; todo bajo protecciones técnicas aprobadas. Relotificación: es la agrupación de inmuebles comprendidos; en un polígono de actuación sujeto a desarrollo o a mejoramiento urbanos, para su nueva división, y en su caso una relocalización de los usos de suelo dentro del polígono, ajustada a los programas. Reparación del daño ambiental o ecológico: el restablecimiento de la situación anterior y, en la medida en que esto no sea posible, la compensación o el pago del daño ocasionado por el incumplimiento de una obligación establecida en esta ley o en las normas oficiales. Reservas: las áreas o predios de la ciudad o centro de población que serán utilizados para su crecimiento.

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Reservas territoriales: las zonas de un centro de población que serán utilizadas para su futuro crecimiento y se integren al dominio privado de la federación, el estado o el municipio; restauración: conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales. Restauración del equilibrio ecológico: conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales. Restricción: limitación o afectación que se impone en los planes y programas de desarrollo urbano, las normas de ordenación y los planos oficiales de alineamiento y derechos de vía, al uso o aprovechamiento de un predio, para el cumplimiento de los objetivos y estrategias de los programas. Riesgo: todo evento que de ocurrir puede poner en peligro la integridad o la vida de las personas, sus bienes o el ambiente. Riesgo ambiental: peligro al que se expone el ecosistema como consecuencia de la realización de actividades riesgosas. Secretaría: secretaría del medio ambiente del gobierno del municipio de mazatlán Servicios ambientales: aquellos derivados de los ecosistemas o sus elementos, cuyos valores o beneficios son económicos, ecológicos o socioculturales y que inciden directamente en la protección y mejoramiento del medio ambiente, propiciando una mejor calidad de vida de los habitantes y que justifican la necesidad de desarrollar acciones para promover la preservación, recuperación y uso racional de aquellos elementos relevantes para la generación de estos servicios en beneficio de las generaciones presentes y futuras. Suelo: tierra, territorio superficial considerado en función de sus cualidades productivas, así como de sus posibilidades de uso, explotación o aprovechamiento; se le clasifica o distingue, según su ubicación, como suelo urbano y suelo de conservación. Suelo urbanizable: aunque cuyas características lo hacen susceptible de aprovechamiento en la fundación o crecimiento de los centros de población, sin detrimento del equilibrio ecológico, por lo que se señalará para establecer las correspondientes provisiones y reservas. Suelo urbano a zonas de recarga de mantos acuíferos: la clasificación establecida el la ley de desarrollo urbano, incluidas las áreas verdes dentro de los límites administrativos de la zona urbana de los centros de población y poblados rurales localizados en suelo de conservación que establece el programa general de ordenamiento ecológico. Suelo urbanizado: aquel donde habiéndose ejecutado las obras de urbanización, cuenta con su incorporación o reincorporación municipal.

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Tratamiento: acción de transformar las características de los residuos. Traza urbana: estructura básica de una ciudad o parte de ella, en lo que se refiere a la vialidad y demarcación de manzanas o predios limitados por la vía publica. Representación grafica de los elementos mencionados para un medio urbano existente o en proyecto. Usos: los fines particulares a que podrán dedicarse determinadas zonas o predios de la ciudad o centro de población. Uso del suelo: propósito que se le da a la ocupación o empleo de un terreno. Uso mixto: la combinación de varios usos del suelo compatibles entre sí. Utilización de suelo: la conjunción de usos y destinos del suelo. Verificadores ambientales: los prestadores de servicio de verificación de emisiones contaminantes autorizados por la secretaría. Vialidad: conjunto de las vías o espacios geográficos destinados a la circulación o desplazamiento de vehículos y peatones; distinguiéndose generalmente en el medio urbano como vialidad vehicular, vialidad peatonal y vialidad especial, destinada esta ultima a la circulación de vehículos especiales. en cuanto a la extensión territorial considerada puede ser: local, urbana, suburbana, regional, estatal y nacional. Vivienda de interés popular: la vivienda cuyo precio de venta al público es superior a 15 salarios mínimos anuales, vigentes y que no excede de 25 salarios mínimos anuales. Vivienda de interés social: la vivienda cuyo precio máximo de venta al público es de 15 salarios mínimos anuales. Vocación natural: condiciones que presenta un ecosistema para sostener una o varias actividades sin que se produzcan desequilibrios ecológicos. Zona de amortiguamiento: el área o conjunto de predios o construcciones que bordean a las líneas divisorias de zonas o predios y que están compuestas por usos compatibles que van aminorando los impactos entre dos o más zonas de usos. Zona de equipamiento urbano: las que se determinen en todo estudio de compatibilidad urbanística, conforme las normas de los reglamentos de zonificación, para proveer los fines que requiera la comunidad. Zonas de protección: las zonas que se establecen de acuerdo al valor de los monumentos y a la concentración de los mismos en un área determinada. Zonas de recarga de mantos acuíferos: las zonas en predios no construidos que por su ubicación reciben una precipitación pluvial superior a la media para el distrito federal y que por las características de suelo y subsuelo son permeables para la captación de agua de

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lluvia que contribuye a la recarga de los mantos acuíferos. Zonas y predios de conservación ecológica: las tierras, aguas y bosques en estado natural que por sus características de valor científico, ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Zonificación: la determinación de las zonas que integran y delimitan un centro de población; sus aprovechamientos predominantes y las reservas, usos y destinos, así como la delimitación de las áreas de conservación, mejoramiento y crecimiento del mismo.