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i30liviatv cai NO 001/2016 CONTRATOADMINISTRATIVO DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL DE LÍNEA Conste por el presente Contrato Administrativo para la prestación de serviciosde consultoría, que celebran por una parte la EMPRESAESTATALDE TELEVISIÓN "BOLIVIA TV", con domicilioestablecidoen la Av. CamachoN° 1485 Edif. La Urbana piso 6 de esta ciudad, representadapor la Lic. SILVANA SALAS FRANCO, con C.1.NO4810702 L.P., en su calidad de Jefe Administrativadelegadade la MáximaAutoridad Ejecutiva,medianteResoluciónAdministrativaN° 215/2015 de 31 de diciembre de 2015 que en adelante se denominará la ENTIDAD; y, por otra parte, la Sra. MIRIAM MAMANI KOYO, con C.I N° 7934311'CBBA.,mayorde edad y hábil por Ley,con domicilioestablecidoen la AvenidaPando- BarrioSantaClarade la ciudad de Cobija - Pando, que en adelante se denominará la CONSULTORA, quienes celebran y suscriben el presente Contrato Administrativo,al tenor de las siguientesclausulas: cLÁUSULA PRIMERA.- (DE LOSANTECEDENTESDEL CONTRATO) LaEmpresaEstatalde Televisión"BolivialV" creadamedianteDecretoSupremoN° 0078 de 15 de abril de 2009, en la que se le otorga la cualidadde EmpresaPúblicaNacionalEstratégica-EPNE, bajo el procedimientoestablecidoen el ReglamentoEspecífico del SistemadeAdministraciónde Bienesy Serviciospara EmpresasPúblicasNacionalesEstratégicas(RE-SABS-EPNE), aprobado mediante Resoluciónde Directorio N° 003/2014 de fecha 20 de Marzo de 2014, inició la contratación de una Consultora Individualde Línea"PERIODISTA" - REGIONAL PANDO. Concluidoel proceso de evaluación, la Responsablede Procesode Contratación Directa (RPCD),en base al Informe de Evaluacióny de Recomendaciónde Consultoría de Línea CL/089/2016 de 04 de enero de 2016, con la Nota CITE: CONTRATACIONES/RPCD/EXT. N° 103/2016de 04 de enerode 2016adjudica la contrataciónde ConsultoríaIndividual de Línea a la Sra. MIRIAM MAMANI KOYO al cumplir con los requisitosmínimosexigidosen los Términosde Referenciapara el cargo de "PERIODISTA", por un monto mensualde Bs. 3.600,00 (Tres Mil Seiscientos00/100 Bolivianos),computablesa partir del 04 de enero hastael 03 de mayode 2016. cLÁUSULA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE) ElpresenteContratosecelebraal amparode lassiguientesdisposiciones: ConstituciónPolíticadel Estado. LeyNO1178,de 20 de julio de 1990,de Administracióny ControlGubernamentales. Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las NormasBásicasdel SistemaAdministraciónde Bienesy Servicios- NB-SABSysusmodificaciones. Leydel presupuestoGeneralaprobadopara la gestióny su reglamentación. ReglamentoEspecíficodel Sistemade Administraciónde Bienesy Servicios,EPNEaprobado mediante Resoluciónde DirectorioN° 003/2014 de fecha 20 de marzode 2014. Otrasdisposicionesrelacionadas. cLÁUSULA TERCERA.-(OBJETO y CAUSA) El objeto y causa del presente contrato es la prestación del Servicio de ConsultoríaIndividual de Línea "PERIODISTA" - REGIONAL PANDO, cuyas característicastécnicasy otras cualidadesse detallan en los Términos de Referenciaque forman parte indisolubledel presentecontrato. La/el Responsable de la Regional de Pando, en adelantedenominadaCONTRAPARTEDEL SERVICIO, será responsable de la supervisióny Coordinaciónde las actividadesde la CONSULTORA,contempladasen el presenteContrato y los Términos de Referencia. cLÁUSULA CUARTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO) Paracumplimientodel presenteContrato,forman parte del mismolossiguientesdocumentos: Términosde Referencia. FormularioÚnicode ContratacionesN° 200-2016. Notade AdjudicaciónCITE:CONTRATACIONES/RPCD/EXT. N0 103/2016de 04 de enero de 2016. CurrículumVitae de la CONSULTORA. CLAUSULAQUINTA.- (OBLIGACIONES y DERECHOSDE LASPARTES) Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato. LaCONSULTORAtendrá los siguientesderechosy obligaciones: 1. Realizarla CONSULTORÍA, objeto del presenteCONTRATO, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenidode acuerdocon losTérminosde Referencia. 2. Cumplircadauna de lascláusulasdel presentecontrato. 3. Desempeñarsus funciones con eficacia, economía,eficiencia, transparencia y licitud, con pleno sometimiento a la ConstituciónPolíticadel Estado,las leyesy el ordenamientojurídico nacional. 4. Cumplir los horarios de trabajo establecidospara su función, cuyo registro es obligatorio, ya sea mediante libro o de maneraelectrónica. 5. Permaneceren el lugar de trabajo durante la jornada laboral. Registrandosus salidas durante el horario de trabajo que debenser autorizadaspor su CONTRAPARTEDEL SERVICIO y registradasen el libro de salidas. 6. Velar por el uso económicoy eficiente de los bienesy materialesdestinadosa su actividad administrativa, debiendo responderpor los mismosen casode pérdida,robo, hurto, extravió o deterioro. 7. A gozarde licenciaso permisospara realizargestionespersonaleso de carácteroficial, por motivosjustificados previa autorizaciónde la CONTRAPARTEDEL SERVICIO, de manera expresay por escrito. La autorizaciónde la licencia está sujeta a compensación. Porsu parte, la ENTIDAD se comprometea cumplir con lassiguientesobligaciones: 1. Apoyar la Consultoríaproporcionandola información necesaria,apoyo logístico referente a condicionesde trabajo e insumos. Página 1 de 4 la Paz: verascc Galvarro entre Rodríguez y léon (Radio Bolívar3er piso) CeI,: 71534251 Cochabamba: Santa Cruz: Tarija: Cobija: Trinidad: Oruro: Chuquisaca: Av. carnacho No. 1485 Edit. La Urbana Piso 6 Teléf.: 591(2) 2203404, (2) 220 2900 Fax: 2204191- 2203973 casilla: 900 Pasaje Mi5a4!l serecnc NO 1148 entre Av. Uyuni y Aniceto Padilla Teléf.: 591 (4) 445 23424 Fax: 445 23424 Av. Santos Dumont, Zona La lomita, 4to Anillo Teléf.: 591(3) 335 60279 Fax: 3569870 Calle Sevilla NO 577 entre Madrid e IngaVi Frente Plazuela Utiondo Tel'.: (591)-66-58858 CeI. (591) 729866824 Calle Bolívar (Anal Teniente Coronel CornejO) Telt.: (591)-3-8424681 Cel.: (591)-72025679 Cipriano 8arace NO 32 entre Av.BoIivaryAlmar. rer. (591)-3-4629627 Calle España NO 148 entre San Alberto '1 Camargo Telf.Fax:(591)-4-6454734

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i30liviatv cai NO 001/2016

CONTRATOADMINISTRATIVO DECONSULTORÍA INDIVIDUAL DE LÍNEA

Conste por el presente Contrato Administrativo para la prestación de serviciosde consultoría, que celebran por una parte laEMPRESAESTATALDE TELEVISIÓN "BOLIVIA TV", con domicilioestablecidoen la Av. CamachoN° 1485 Edif. La Urbanapiso 6 de esta ciudad, representadapor la Lic. SILVANA SALAS FRANCO, con C.1.NO4810702 L.P., en su calidad de JefeAdministrativadelegadade la MáximaAutoridad Ejecutiva,medianteResoluciónAdministrativaN° 215/2015 de 31 de diciembrede 2015 que en adelante se denominará la ENTIDAD; y, por otra parte, la Sra. MIRIAM MAMANI KOYO, con C.I N°7934311'CBBA.,mayor de edad y hábil por Ley, con domicilioestablecidoen la AvenidaPando- BarrioSantaClarade la ciudadde Cobija - Pando, que en adelante se denominará la CONSULTORA, quienes celebran y suscriben el presente ContratoAdministrativo,al tenor de las siguientesclausulas:

cLÁUSULA PRIMERA.- (DE LOSANTECEDENTESDELCONTRATO)LaEmpresaEstatalde Televisión"Bolivia lV" creadamedianteDecretoSupremoN° 0078 de 15 de abril de 2009, en la que se leotorga la cualidadde EmpresaPúblicaNacionalEstratégica-EPNE,bajo el procedimientoestablecidoen el ReglamentoEspecíficodel Sistemade Administraciónde Bienesy Serviciospara EmpresasPúblicasNacionalesEstratégicas(RE-SABS-EPNE),aprobadomediante Resoluciónde Directorio N° 003/2014 de fecha 20 de Marzo de 2014, inició la contratación de una ConsultoraIndividual de Línea"PERIODISTA" - REGIONAL PANDO.

Concluido el proceso de evaluación, la Responsablede Procesode Contratación Directa (RPCD), en base al Informe deEvaluación y de Recomendaciónde Consultoría de Línea CL/089/2016 de 04 de enero de 2016, con la Nota CITE:CONTRATACIONES/RPCD/EXT.N° 103/2016de 04 de enerode 2016adjudica la contrataciónde ConsultoríaIndividual de Líneaa la Sra. MIRIAM MAMANI KOYOal cumplir con los requisitosmínimosexigidosen los Términosde Referenciapara el cargode "PERIODISTA", por un monto mensualde Bs. 3.600,00 (Tres Mil Seiscientos00/100 Bolivianos),computablesa partir del04 de enero hastael 03 de mayode 2016.

cLÁUSULA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE)El presenteContratose celebraal amparo de las siguientesdisposiciones:

• ConstituciónPolíticadel Estado.• LeyNO1178,de 20 de julio de 1990,de Administracióny ControlGubernamentales.• Decreto SupremoN° 0181, de 28 de junio de 2009, de las NormasBásicasdel SistemaAdministraciónde Bienesy

Servicios- NB-SABSy susmodificaciones.• Leydel presupuestoGeneralaprobadopara la gestióny su reglamentación.• ReglamentoEspecíficodel Sistemade Administraciónde Bienesy Servicios,EPNEaprobadomediante Resoluciónde

DirectorioN° 003/2014 de fecha 20 de marzode 2014.• Otrasdisposicionesrelacionadas.

cLÁUSULA TERCERA.- (OBJETOy CAUSA)El objeto y causa del presente contrato es la prestación del Servicio de Consultoría Individual de Línea "PERIODISTA" -REGIONAL PANDO, cuyas característicastécnicasy otras cualidadesse detallan en los Términos de Referenciaque formanparte indisolubledel presentecontrato.

La/el Responsable de la Regional de Pando, en adelantedenominadaCONTRAPARTEDEL SERVICIO, será responsablede la supervisióny Coordinaciónde las actividadesde la CONSULTORA,contempladasen el presenteContrato y los Términosde Referencia.

cLÁUSULA CUARTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTESDELCONTRATO)Paracumplimientodel presenteContrato, forman parte del mismo los siguientesdocumentos:

Términosde Referencia.FormularioÚnicode ContratacionesN° 200-2016.Notade AdjudicaciónCITE:CONTRATACIONES/RPCD/EXT.N0 103/2016de 04 de enero de 2016.CurrículumVitae de la CONSULTORA.

CLAUSULAQUINTA.- (OBLIGACIONES y DERECHOSDE LAS PARTES)Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presentecontrato.

LaCONSULTORAtendrá los siguientesderechosy obligaciones:1. Realizarla CONSULTORÍA, objeto del presenteCONTRATO, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino

convenidode acuerdocon los Términosde Referencia.2. Cumplircadauna de las cláusulasdel presentecontrato.3. Desempeñarsus funciones con eficacia, economía, eficiencia, transparencia y licitud, con pleno sometimiento a la

ConstituciónPolíticadel Estado,las leyesy el ordenamientojurídico nacional.4. Cumplir los horarios de trabajo establecidospara su función, cuyo registro es obligatorio, ya sea mediante libro o de

maneraelectrónica.5. Permaneceren el lugar de trabajo durante la jornada laboral. Registrandosus salidas durante el horario de trabajo

que debenser autorizadaspor su CONTRAPARTEDEL SERVICIO y registradasen el libro de salidas.6. Velar por el uso económicoy eficiente de los bienes y materialesdestinadosa su actividad administrativa, debiendo

responderpor los mismosen casode pérdida, robo, hurto, extravió o deterioro.7. A gozar de licenciaso permisospara realizargestionespersonaleso de carácter oficial, por motivos justificados previa

autorizaciónde la CONTRAPARTEDEL SERVICIO, de manera expresay por escrito. La autorizaciónde la licenciaestá sujeta a compensación.

Porsu parte, la ENTIDAD se comprometea cumplir con lassiguientesobligaciones:1. Apoyar la Consultoríaproporcionando la información necesaria,apoyo logístico referente a condicionesde trabajo e

insumos.

Página 1 de 4la Paz:

verascc Galvarro entreRodríguez y léon (RadioBolívar3er piso)CeI,: 71534251

Cochabamba: Santa Cruz: Tarija: Cobija: Trinidad: Oruro:Chuquisaca:Av. carnacho No. 1485Edit. La Urbana Piso 6Teléf.: 591(2) 2203404,(2) 220 2900Fax: 2204191 - 2203973casilla: 900

Pasaje Mi5a4!l serecnc NO1148 entre Av. Uyuni yAniceto Padilla Teléf.: 591(4) 445 23424Fax: 445 23424

Av. Santos Dumont, ZonaLa lomita, 4to AnilloTeléf.: 591(3) 335 60279Fax: 3569870

Calle Sevilla NO 577 entreMadrid e IngaVi FrentePlazuela UtiondoTel'.: (591)-66-58858CeI. (591) 729866824

Calle Bolívar (AnalTeniente Coronel CornejO)Telt.: (591)-3-8424681Cel.: (591)-72025679

Cipriano 8arace NO 32entre Av.BoIivaryAlmar.rer. (591)-3-4629627

Calle España NO 148 entreSan Alberto '1CamargoTelf.Fax:(591)-4-6454734

i30Liviatv es] NO 001/2016

2. Dar conformidad al servicio de CONSULTORÍA, en un plazo no mayor de 5 días hábiles computables a partir de larecepción de informe.

3. Realizarel pago de la CONSULTORÍA en un plazo no mayor de 10 días hábiles computables a partir de la emisión dela conformidad a favor de la Consultora.

4. Cumplir cada una de las cláusulasdel presente contrato.

cLÁUSULA SEXTA.- (VIGENCIA y PLAZO)La vigencia del presente contrato, se extenderá hasta la realización total del servicio de la CONSULTORÍA y cuando laCONTRAPARTE DEL SERVICIO otorgue la conformidad del servicio.

El plazo de prestación del servicio de la CONSULTORÍA acordado y aceptado por ambas partes correrá a partir del 04 de enerohasta el 03 de mayo de 2016.

cLÁUSULA SEPTIMA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS)LaCONSULTORA realizará la prestación del servicio de CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en las oficinas de BoliviaTV de la ciudad de Cobija-Pandoy/o en los lugares que expresamenteseñale la ENTIDAD.

Cuando la ENTIDAD señale a la CONSULTORA un lugar diferente al establecido en la presente cláusula, lo hará por escrito; yen casode viajes, el costo de los mismos serán cubiertos con recursosde la ENTIDAD. Los pasajes y viáticos diarios para viajesoficiales fuera de la sede de las funciones de la CONSULTORA, así como otros gastos relacionados con el trabajo de laCONSULTORA, serán pagados por la ENTIDAD en forma adicional al monto establecido en este Contrato, de acuerdo a laescalade viáticos y presupuesto aprobados para la EmpresaEstatalde Televisión "Bolivia TV".

cLÁUSULA OCTAVA.- (DEL MONTO, MONEDA Y FORMA DE PAGO)Por la prestación del Servicio de la CONSULTORÍA se pagará la suma mensual de Bs. 3.600,00 (Tres Mil Seiscientos00/100Bolivianos), previa presentación del informe de actividades realizadasbajo supervisión y aprobación de su Contraparte, así comodel Informe Final de actividades de la CONSULTORA, aprobado por la Unidad Solicitante como CONTRAPARTE DELSERVICIO. Los referidos servicios serán financiados bajo la partida 25220 del presupuesto vigente, aprobado para la gestión dela EmpresaEstatal de Televisión BOUVIA TV.

cLÁUSULA NOVENA.- (COMPROMISO DE GARANTIA)A la suscripción del contrato, la CONSULTORA se compromete al fiel cumplimiento del contrato en todas sus partes. En estesentido la CONSULTORA no está obligada a presentar una Garantía de Cumplimiento de Contrato, ni la Entidad a realizar laretención de los pagos parciales por concepto de Garantía de Cumplimiento de Contrato; sin embargo, en caso de que laCONSULTORA, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, se tendrá al mismo como impedido de participar en losprocesosde contrataciones del Estado, en el marco del artículo 43 del Decreto Supremo N° 0181.

cLÁUSULA DECIMA.- (SEGURO INTEGRAL DE PENSIONES)En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010 y Decreto Supremo N° 0778 de 26 de enero de2011, la CONSULTORA, deberá presentar a la Unidad de RecursosHumanosde la ENTIDAD, impostergablemente hasta antesdel pago mensual del mes cotizable, el comprobante de sus aportes al Seguro Integral de Pensiones como requisitoimprescindiblepara el pago del mes cotizable.

cLÁUSULA UNDÉCIMA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS)Correrá por cuenta de la CONSULTORA el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de la suscripción delpresente contrato.

CLÁUSULA DUODÉCIMA.- (RC - IVA)Para el cobro, la CONSULTORA remitirá a la ENTIDAD copia de su declaración jurada trimestral (RC -IVA) correspondiente,conforme establece el Decreto Supremo N° 21531; caso contrario, la ENTIDAD retendrá los montos de obligaciones tributariaspendientes, para su posterior pago al Serviciode Impuestos Nacionales.

cLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (PREVISIÓN)El Contrato sólo podrá ampliarse mediante un Contrato Modificatorio, establecido en el Artículo 26 inc. b) del RE-SABS-EPNEaprobado a través de la Resoluciónde Directorio N° 003/2014 de fecha 20 de Marzode 2014.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (CESIÓN)La CONSULTORA no podrá transferir parcial ni totalmente las obligaciones contraídas en el presente Contrato, siendo de suentera responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo, salvo caso fortuito o fuerzamayor, debidamente justificado y previa autorización de la Contraparte del Servicio.

cLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- (CONFIDENCIALIDAD)Losmateriales producidos por la CONSULTORA así como la información a la que este tuviere acceso, durante o después de laejecución del presente contrato tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros,excepto a la Entidad, a menos que cuente con un pronunciamiento escrito por parte de la ENTIDAD en sentido contrario.

Asimismo la CONSULTORA reconoce que la ENTIDAD es la única propietaria de los productos y documentos produodos por laCONSULTORA, como consecuenciadel presente Contrato.

cLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS)La CONSULTORA se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, exonerándose de estasobligacionesa la ENTIDAD.

cLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- (EXTINCIÓN DEL CONTRATO)Sedará por terminado el vínculo contractual por una de las siguientes causales:

Página 2 de 4La Paz:

veresec Galvarro entreRodríguez y Léon (RadioBolivar 3erpiso)Cel.: 71534251

Cochabamba: Santa Cruz: Oruro:'ranja:

calle Sevilla NO577 entreMadrid e Jngavi FrentePlazuelaUriondoTelf.:(S91)-66-S8858CeI. (591) 729866824

CObija:

calle 80livar (AnalTenienteCoronelCornejo)Telf.: (591}':H424681CeI.: (591)-72025679

Trinidad: Chuquisaca:

Av. camachO No. 1485Edif. La Urbana Piso 6Teléf,: 591(2) 2203404,(2) 220 2900Fax: 2204191- 2203973casilla: 900

Pasaje Misael Saracho N01148 entre Av. Uyuni VAniceto Padilla Teléf.: 591(4) 445 23424Fax: 445 23424

Av. Santos Dumont,. ZonaLa Lomita, 4to AnilloTeléf.: 591(3) 335 60279Fax: 3569870

Cipriano aarace N0 32entre Av. BoIivaryAimar.Telf. (591)-3-4629627

Calle EspañaNO148 entreSanAlberto YCamargoTelf.Fa~: (591)-4-6454734

ooliviatv es] NO 001/2016

1. Por Cumplimiento de Contrato:Tanto la ENTIDAD como la CONSULTORA, darán por terminado el presenteContrato, una vez que ambaspartes hayandadocumplimientoa todas y cada una de las cláusulascontenidasen el mismo, lo cual se hará constar por escrito.

2. Por Resolución del contrato:2.1 A requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles a la CONSULTORA:

a) Por incumplimientoen la realizaciónde la CONSULTORÍA en el plazoestablecido. ,b) Por suspensión en la prestación del servicio de la CONSULTORIA sin justificación por tres (3) dras

consecutivoso seis (6) discontinuos,durante la vigenciadel Contratoc) Por incumplimiento del objeto de contratación de la CONSULTORÍA en lo referente a los términos de

referencia.d) Por recibir tres (3) llamadasde atenciónescritade la ENTIDAD por incumplimientode sus funciones.

2.2 A requerimiento de la CONSULTORA, por causales atribuibles a la ENTIDAD:a) Si apartándosede los términos del Contrato la ENTIDAD pretende efectuar modificacionesa los Términos de

Referencia.b) Por incumplimiento injustificado en los pagoscontra servicio prestado, por más de veinte (20) díascalendario

computadosa partir de la fechadel servicioprestado.e) Por instruccionesinjustificadasemanadaspor la ENTIDAD para la suspensióndel servicio por más de quince

(15) díascalendario.

2.3 Por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o a la CONSULTORA:Si se presentaran situacionesde fuerza mayor o caso fortuito que imposibiliten la prestación del servicioo vayancontra los interesesdel Estado,se resolveráel Contrato.

Ni la ENTIDAD ni la CONTRAPARTE DEL SERVICIO estarán sujetas a demanda judicial o extrajudicial porconceptode daños y perjuicios o a la resolucióndel Contratopor incumplimiento,en el casoy en la medidaen quela demora en el cumplimiento de sus obligacionesen virtud de este Contrato sea consecuenciade un caso deFuerzaMayor.

2.4 Por acuerdo de partes:Precederácuando ambaspartesotorguen su consentimientocon el objetivo de terminar con la Relacióncontractual,bajo lassiguientescondiciones:

a) Que la voluntad del Consultor,sea libre y plena;b) Que la voluntad de la Entidad, se otorgue cuando haya inexistenciade causa de resolución imputable al

Consultor;e) Que la voluntad de la Entidad,se otorgue cuando existan razonesde interés público u otras circunstancias

de carácter excepcionalque hagan innecesariao inconvenientela permanenciadel contrato.d) Queexista un beneficiomutuo entre las partes.

2.5 Procedimiento de Resolución por causas atribuibles a las partes o por fuerza mayor o caso fortuito:De ocurrir una de las causas anteriormente señaladas, cualquiera de las partes deberá notificar a la otra suintenciónde resolverel CONTRATO,estableciendoen forma claray específicala causaen la que se funda.

La primera notificación de intenciónde resolucióndel CONTRATO,deberá ser cursadaen un plazode cinco (S) díashábiles posteriores al hecho generador de la resolución del contrato, especificando la causal de resolución, quedeberáser efectuadamediantecarta dirigida a la ENTIDADo al PROVEEDORsegúncorresponda.

Si la causalargumentadaes subsanada,no prosigue la resolución.Empero, si no existe solucióna la conclusiónenel plazode tres (3) días,se debecursar una segundacarta comunicandoque la resoluciónse ha hechoefectiva.

Cuandose efectúe la resolucióndel contrato se procederáa una llquldadón de saldos deudoresy acreedoresdeambas partes, efectuándoselos pagos a que hubiere lugar, conforme la evaluacióndel grado de cumplimientodelos términos de referencia.

2.6 Procedimiento de Resolución por mutuo acuerdo.Cuandose efectúe la resoluciónpor mutuo acuerdo, ambaspartes deberán suscribir un documento de Resoluciónde Contrato por mutuo acuerdo, el cual deberá contener la siguiente información: partes suscribientes,antecedentes,condicionespara la Resoluciónde Contrato por acuerdomutuo (establecidasen el numeral 2.4 de lapresente cláusula), objeto del documento, alcancesde la Resolución,inexistenciade obligacióny conformidad delas partes.

Cuandose efectúe la resoluciónpor acuerdomutuo se procederáa una liquidaciónde saldosdeudoresy acreedoresde ambas partes, efectuándoselos pagosa que hubiere lugar, conforme la evaluacióndel grado de cumplimientode los términos de referencia.Asimismo,no procederála ejecuciónde garantía de cumplimiento de contrato, ni laejecución de las retenciones por concepto de garantía de cumplimiento de contrato, tampoco procederá lapublicaciónde la CONSULTORA en el SICOEScomo impedidode participar en procesosde contratación.

cLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- (CALIDAD DE LOS SERVICIOS)LaCONSULTORA se comprometea prestar los serviciosde acuerdocon las normasmás elevadasde competenciae integridadética y profesionalsiendo responsablepor los informes que emita, así como por las accionesy omisionesen el ejercicio de lafunción pública conforme lo señalado por la Ley 1178. La CONSULTORA deberá corregir sin demora las observacionesa losserviciosque pudieranser realizadospor la CONTRAPARTE DEL SERVICIO.

Página 3 de 4La Paz: Santa Cruz: Cobija: Chuquisaca:

verascc Galvarro entreRodrigue: y Léon (RadioBolivar~piSO)CeI.: 71534251

Cochabamba: Tarija: Trimdad: Oruro:

v. cemecno No. 1485Edit. La Urbana Piso 6Teler.: 591(2) 2203404,(Z)Z2ilZ900Fax: 2204191-2203973Casilla: 900

Pasaje Misael Saracho NO1148 entre Av. Uyuni yAniceto Padilla Teléf.: 591(4) 445 23424Fax: 44S 23424

Av. Santos Dumont, ZonaLa Lomita, 4to AnilloTeléf.: 591(3) 335 60279Fax; 356 9870

Calle Sevilla NO577 entreMadrid e Ingavl FrentePlazuela UriondoTelf.: (591)-66-58658CeI. (591) 729866824

Calle Bolívar (FinalTeniente Coronel ce-nejo)Telf.: (591)-3-8424681cet: (591}-72025679

Cipriano Barace NO 32entre Av. 80livar y Aimar.Telf. (591}-3-4629627

calle EspañaNO148 entreSanAlberto y CamargoTelf.Fax; (591)·46454734

caí NO 001/2016aoLiviatv

Encasode surgir dudassobre los derechosy obligacionesde las partesdurante la ejecucióndel presentedocumento, las partesacudirán a los términos y condicionesdel contrato, términos de referencia propuesta adjudicada, sometidas a la JurisdicciónCoactivaFiscal.

cLÁUSULA VIGÉSIMA.- (PROPIEDAD DE LOS MATERIALES)Todos los estudios, informes, gráficos, proyectos, archivos, programas de computación u otros materiales preparadospor LaCONSULTORA para la ENTIDAD en virtud de este Contrato, seránde propiedadde la ENTIDAD, prohibiéndoleexpresamenteborrar algúnarchivo institucionaldel equipo asignadoa su cargo, bajo penade iniciar el procesolegal que corresponda.

cLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (EXCLUSIVIDAD)Las partes convienen que durante la vigencia de este Contrato la CONSULTORA no podrá prestar servicios de cualquiernaturalezaa ningunapersonanatural, jurídica o empresa,salvándoselasexcepcionesestablecidasen la Ley.

cLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- (NATURALEZA JURÍDICA)Ambas partes reconocen al presente contrato su naturaleza estrictamente administrativa; en consecuencia,sometido a lasregulacionesde la Leyde Administracióny ControlGubernamentales,Ley NO 1178, por lo tanto, la CONSULTORA no reconocerelación laboral de dependenciacon la ENTIDAD, no estando favorecida con el pago de beneficios sociales, prestación deseguridadsocial,aguinaldosy otros derechosreconocidosen sede laboral.

cLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- (CONSENTIMIENTO)En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento firmamos el presente CONTRATO en tres ejemplares de unmismo tenor y validez, SILVANA SALAS FRANCO Jefe Administrativo de la EmpresaEstatal de Televisión BOUVIATV, enrepresentaciónde la ENTIDAD y la Sra. MIRIAM MAMANI KOYO, en su calidadde CONSULTORA.

Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigente, será registrado ante la ContraloríaGeneral delEstado.

La Paz,04 de enerode 2016.

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( MiriamMamaniKoyoPERIODISTA

CONSULTORA DE LÍNEABOLIVIA TV

Página4de4La paz: Santa Cruz: Cobija: Cnuqursaca:

Velasco Galvano entreRodriguez y Léon (Radio80Iivar 3er piso)Cel.: 71534251

Cochabamba: Tarija: Trinidad: Oruro:Av. camacho No. 1485esr. La Urbana Piso 6Teléf,: 591(2) 2203404,(2) 220 2900Fax: 2204191- 2203973<:asilla: 900

Pasaje Misael Saracho N01148 entre Av. Uyuni yAnic@tOPadilla Teléf.: 591(4)44523424Fax: 44S 23424

Av. Santos Dumont, ZonaLa Lomita, 4to AnilloTl!léf.: 591(3) 335 60279Fax: 3569870

Calle Sevilla N0 571 entreMadrid e Ingavi FrentePlazuelaUriondoTelf.: (591)-66-58858Cel. (591) 729866824

Calle Bolívar (FinalTeniente Coronel Cornejo)Telf.: (591)-3-8424681CeI.: (591)-72025679

Cipriano Barace NO 32entre Av. Bolívar y Aimar.Tel'. (591)-3-4629627

Calle España N0 148 entreSan AlbertO Y cemerccTelf,Fa~: (591)+6454734

:-aoliviatvCOMUNICACiÓN INTERNACITE:CONTRATACIONESN°053/2016

A Dr. Richard Aguilera MontecinosDIRECTORJURíDICONACIONAL

DE Lic. SilvanaSalasFrancoJEFEADMINISTRATIVO

REF. Solicita elaboración de Contrato de la CL/o89/2016 para laContratación de Consultoría Individual de Línea "PERIODISTA"­REGIONAL PANDO

FECHA: La Paz,4 de enero de 2016

Sr. Director:

A través de la presente, tengo a bien remitir el Proceso de Contratación correspondientea la CL/o89/2016, referida a la Contratación de Consultoría de Línea "PERIODISTA" _

REGIONAL PANDO, a efectos de que el Asesor Legal designado proceda a la compulsarevisión del Proceso y la elaboración de Contrato con Mirian Mamani Koyo, conforme lasfunciones establecidas en el Art. 37 del Decreto Supremo No. 181vigente a partir del 15de julio de 2009; para cuyo efecto, se adjunta la carpeta original del Proceso dereferencia .

Sin otro particular, saludo a usted con las consideraciones distinguidas.

c.c. carpetae.e, ContratacionesAdj. Proceso

coLiviatvLa Paz, 4 de enero de 2016

CITE:CONTRATACIONES/RPCD/EXT.W 103/2016

Señora:Mirian Mamani KoyoPando.-

REF.: ADJUDICACiÓN PARA CONSULTORíA DE LíNEA

En cumplimiento del Reglamento Específico de Administración de Bienes y Servicios de laEmpresa Pública Estratégica "Bolivia TV", le comunicamos su contratación por el lapso detiempo computable a partir del 04 de enero al 03 de mayo 2016, como Consultor Individualde Línea para realizar el servicio de "PERIODISTA" - REGIONAL PANDO, de acuerdo a lostérminos de referencia del servicio.

Elmonto mensual a ser cancelado es de Bs.3.600.- (Tres Mil Seiscientos 00/100 Bolivianos), deacuerdo a los días trabajados y previa presentación de los informes de actividades yconformidad de la contraparte del servicio de las tareas desarrolladas, según términos dereferencia.

• Con este particular motivo, saludo a usted atentamente .

SSF/smle.e. Arch

PANDO Santa Cruz Trinidad Cobija

Av. eamachoNo. 1485Edificio la Urbana, piso 6

Fono: 591-2-2203404 , 591-2-2202900Fax: 591-2-2204191 '591-2-2203973

(millaNo. [email protected]

Calle Colombia No. 340Fono:S91-4-4523423Fax: [email protected]

Av. Santos Dumont,20n8 LaMJrita4to IIniao

fono: 591-3-3560279/Fax: 591-1-3089281

Sant"[email protected]

C. EspañaNo.145entre CalleColonNo.710esq.InsaviSan AlbertoyCamargo Fono: 72986824

Fono: 72876250 [email protected]@boliviatv.bo

Cipriano B8raceNo.232Fono: 72840416·72036209

[email protected]

Calle BolivarIfinal Teniente Coronel

Corllejo)fono: 72910033 - 72042170

c:[email protected]

:.aoLiviatv

ADJUDICACiÓNEn atención a la Resolución W 215/2015 de 14 de Diciembre de 2015, que me designa comoResponsable del Proceso de Contratación Directa (RPCD) y el Informe de Evaluación yRecomendación de 4 de enero de 2016, ADJUDíqUESE la:

CONTRATACiÓN DE CONSULTORíA INDIVIDUAL DE LíNEACL/089/2016

"PERIODISTA" - REGIONAL PANDO

A favor de Mirian Mamani Koyo por un monto mensual de BS.3.600.- (Tres Mil Seiscientos

00/100 Bolivianos), servicio que comenzara a partir del 4 de enero al 3 de mayo de 2016, deacuerdo aTérminos de Referencia.

Asimismo por el Área de Contrataciones de Bienes y Servicios, se debe proceder a lanotificación de la adjudicación al postulante y seacon todas las formalidades establecidas enla normativa vigente.

)l_, /jLie as Fr neo

RESPONSABLE DEL PR CESO DE CONTRATACiÓN DIRECTA (RPCD)

LaPaz,4 de enero de 2016.•

e.e,Antecedentese.e, Contrataciones

:.aoliviatv

INFORME DE EVALUACiÓN y DE RECOMENDACiÓNCONTRATACiÓN DE CONSULTORíA DE LíNEA

CLl089/2016"PERIODISTA" - REGIONAL PANDO

A Lic. Silvana Salas FrancoRESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN DIRECTA (RPCD)

DE MIEMBROS DE LA COMISION DE CALIFICACION

REF. EVALUACIÓN DE CURRICULUM DEL PROCESO DE CONSULTORIAINDIVIDUAL DE LÍNEA, PARA LA CONTRATACIÓN DE "PERIODISTA" -REGIONAL PANDO

FECHA: La Paz, 04 de enero de 2016

Lic.: Salas

En sujeción al Decreto Supremo W 0181 y demás disposicionesvigentes, los miembros de la Comisiónde Calificación del presente Proceso de Contrataciónen el ámbito de nuestras competencias, tenemos abien dirigirnos a su Autoridad, a objeto de informar y remitir los antecedentes del Proceso de Contrataciónde Consultoría Individualde Línea, para la contrataciónde un "PERIODISTA" - REGIONALPANDO

1. ANTECEDENTES.-

• Mediante Nota con CITE: REG.PANDOW 384/2015,de fecha 14 de diciembre de 2015, la REGIONALDEPANDO, solicita la Contratación como Consultor de Línea para el Cargo de "PERIODISTA" a MirianMamani Koyo,adjuntando la siguiente documentaciónde respaldo:

.,/ CurrículumVitae de MirianMamaniKoyo.

.,/ Términos de Referenciapara la Contrataciónde Consultor Individual de Línea;

.,/ FormularioÚnico N°200/16 por un monto total de 85.14.400.-

Mediante Certificación EquivalenciaSalarial CITE: GAF/RRHH. 143/2016,de fecha 04 de enero de 2016,el Jefe de RecursosHumanos,certifica la Equivalenciade Cargo para Consultor de Línea:

NIVELSALARIALSALARIOMENSUALCARGO

133.762.­TECNICOVIII

:.caliviatv

2. ANÁLISIS Y REVISiÓN DE LA EXPERIENCIADEL CONSULTORPROPUESTO.

De la verificación del Currículum del postulante y la solicitud de la REGIONAL PANDO, se tiene queMirian MamaniKoyo,CUMPLE con el perfil mínimo requeridoen los Términos de Referencia.

3. PRESUPUESTOASIGNADO PARA CONSULTORíA DE LíNEA.

• MONTOMENSUALA SER TIEMPODE LA PRESTACiÓNN· POSTULANTE FORMULARIOÚNICO CANCELADO POR EL DEL SERVICIO

SERVICIOBS.El plazo de vigencia de laconsultoría tendrá

FormularioÚnico duración a partir del 4 de1 MirianMamani Koyo N° 200/16 8s.3.600.- enero hasta el 03 de

Total - PrecioRef. mayo de 2016, conforme8s.14.400.- solicitud y Términos de

Referencia

De la verificación del Presupuesto y el monto mensual determinado en los Términos de Referencia, seestablece la procedenciade la Contratacióndel Mirian MamaniKoyo, a partir del 4 de enero al 3 de mayode 2016, por un monto mensualde 8s.3.600.-

4. CONCLUSIONESy RECOMENDACIONES:

De la verificación del Currículumdel consultor propuesto,se arriba a las siguientes conclusiones:

Corresponde la Contrataciónde Mirian Mamani Koyo, por contar con los requerimientosmínimos exigidosen los Términosde Referencia.

•Por lo expuesto anteriormente y analizado los aspectos económicos y técnicos, los miembros de laComisión de Calificación, tenemos a bien recomendar a su autoridad la ADJUDICACiÓN del Proceso deContratación de Consultoría de Línea, a favor de Mirian Mamani Koyo, por un monto mensual deBS.3.600.- (Tres Mil Seiscientos 00/100 BOlivianos), a partir del 4 de enero al 3 de mayo de 2016,sugiriendo notificar al postulante la Adjudicación y remitir antecedentes a la Dirección Jurídica Nacionalpara la elaboracióndel Contrato respectivo.

Firman los miembrosde la ComisiónCalificadora:

Copia:antecedentesce. Archivo

~aoLiviatv EMPRESA ESTATAL DE TELEVISION

M E M O RA_N D U MR.P.C.D. W 102/2016

LaPaz,04 de enero de 2016

Señores:

esígnadén Comisión de Calificación CL/o89/2016referida a la Consultoría de Línea para el cargo de"PERIODISTA" - REGIONALPANDO

Sr. Juan José Apaza TiconaRESPONSABLEREGIONALDEPANDO

• Sra.Shirley Montaño LedezmaTECNICOENCONTRATACIONES

Demi consideración:

En mi calidad de Responsable de Proceso de Contratación Directa (RPCD), designada medianteResolución Administrativa W 215/2015de 31 de diciembre de 2015,Decreto Supremo W 181/2009y RESABS EPNEaprobado el 20 de marzo de 2014, se los designa como integrantes de la Comisión deCalificación, debiendo proceder a la calificación del Currículum del Consultor propuesto para laContratación, correspondiente a la CL/o89/2016, referida a la Consultoría de Línea para el cargo de"PERIODISTA" - REGIONALPANDO, verificando el cumplimiento de los Términos de Referencia en elámbito de sus competencias.

• Una vez evaluada la documentación, deberán emitir el Informe de Evaluación correspondiente .

Atentamente,

SSF/smlc.c.Arch.Carpeta de Contrataciones

La Paz: Av. Camacho No. 1485 Edif. La Urbana Piso 6 Teléf.: 591(2) 220 3404 -220 2900 Fax: 2204191-2203973Cochabamba: Calle Colombia No. 340 el 25 de Mayo y España Teléf.: 591 (4) 44523424 Fax: 445 23424

Santa Cruz: Av. Santos Dumont, Zona La Lornita, 4to Anillo Teléf.: 591(3) 3356027 Fax: 3569870

:.aoLiviatv

LaPaz,04 de enero de 2016CITE:RPCDNº 102/2016

•Señora:Shirley Montaño LedezmaTECNICOENCONTRATACIONESPresente.-

Ref.: Autorización de Inicio de Proceso de la Consultoría de Líneapara el cargo de "PERIODISTA"- REGIONALPANDO

Sra.Montaño:

En cumplimiento Art. 15 inciso b) del (RE-SABS-EPNE)Aprobado mediante Resolución de DirectorioNº 003/2014 de 16 Abril de 2014, y la ResoluciónAdministrativa Nº 215/2015 de 31 de diciembre de2015 que me designa como Responsable del Proceso de Contratación Directa (RPCD),autorizo elInicio de Proceso de Contratación de la Consultoría de Línea para el cargo de "PERIODISTA" -REGIONALPANDO, cuya tramitación deberá enmarcarse a las disposiciones legales en vigencia.

Sin otro particular, me despido de usted atentamente .•

SSF/smlc.c. Arch.c.c. Antecedentes

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 215/2015La Paz, 31 de diciembre de 2015 .

VISTOS:

El Decreto Supremo N0 181 de 28 de junio de 2009 Normas Básicasdel Sistema de Administraciónde Bienes y Servicios NB-SABs, El reglamento específico del Sistema de Administración de Bienes yServicios (RE-SABS-EPNE),compatibilizado mediante MEFPjVPCF/DGNGP/UNPE/N°2743/2013 de20 de septiembre de 2013 y Comunicación Interna BOLIVIA TV GCIA.GRAL.N° 179/2015 de 31 dediciembre de 2015, manifestación de la MAE a través de la Hoja de Ruta N°30464 PrimerDestinatario, el Informe Jurídico Cite DIR. JUR.NAL. Nro. 818/2015 de 31 de diciembre de 2015; lanormativa legal en actual vigencia y todo lo demás que convino ver y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N0 0078 de 15 de abril de 2009 aprobado el 30 de abril de 2009,se crea la Empresa Estatal de Televisión denominada "Bolivia TV" constituyéndose como personajurídica de derecho público, de duración indefinida, con patrimonio propio y autonomía de gestiónadministrativa, financiera, legal y técnica, bajo tuición del Ministerio de Comunicación comoEmpresa Pública Nacional Estratégica-EPNE conforme al Decreto Supremo N° 0793 de 15 defebrero de 2.011.Que, la Ley NO.1178de Administración y Control Gubernamentales establece que es deber de todaEntidad Pública y de la Máxima Autoridad Ejecutiva, implementar los sistemas de administración ycontrol gubernamental regulado por la norma administrativa señalada.

Que, mediante Resolución Administrativa N° 124/2.014de 16 de abril de 2014 en cumplimiento alArt. 2.7 de la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales, la Máxima AutoridadEjecutiva de BOLIVIA TV, implanta el Reglamento Específico del Sistema de Administración deBienes y Servicios al interior de BOLIVIA TV.

Que, el Decreto Supremo No. 0181 de 15 de julio de 2009, que aprueba las Normas Básicas delSistema de Administración de Bienes y Servicios modificado por el Decreto Supremo 1497, en suArtículo 32. Inc. c) señala que es responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Enttded.designar o delegar mediante Resolución expresa, para uno o varios procesos de contratación alResponsable del Proceso de Contratación (RPC) y en el inciso f) Suscribir los contratos pudiendodelegar esta función mediante Resolución expresa, en el marco del Articulo 7 de la Ley N° 2341, de23 de abn'l de 2002, de Procedimiento Administrativo; situación que incluso debiera entenderse quealcanza a las modificaciones al contrato.

CONSIDERANDO

Que, el Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios RE-SABS-EPNEde la Empresa Estatal de Televisión BOLIVIA TV aprobado a través de la Resolución de DirectorioN0 003/2014 de fecha 20 de Marzo de 2.014 en su Art. 14 MÁXIMA AUTORIDAD EJECUTIVADEBOLIVIA TV señala en su Inc. c) que entre sus funciones está el designar o delegar medianteResolución Expresa para uno o varios procesos al RPCD(Responsable del Proceso de ContrataciónDirecta).

Que, el referido Reglamento en su Art. 20 RESPONSABLEDEL PROCESODE CONTRATACIÓNdetermina que la MAE mediante Resolución Administrativa podrá designar al Responsable delproceso de Contratación Directa, conforme a lo siguiente:

Jefe Administrativo, como Responsable del Proceso de Contratación Directa (RPCD) paramontos menores o iguales a Bs. 1.000.000 (Un Millón 00/100 Bolivianos).

Que, mediante Comunicación BOLIVIA TV GCIA.GRAL.N°179/2015 de 31 de diciembre de 2.015, laGerente Administrativo Financiero solicita se realice la elaboración de 1;'Resolución Administrativapara la Designación como RPCDpara montos menores o iguales a Bs. 1.000.000 (Un Millón 00/100Bolivianqs) a la Jefe Administrativo Lic. Silvana SalasFranco, para la gestión 2.016.

...

Que, mediante Hoja de Ruta N° 30464, Primer Destinario es remitida a la Dirección JurídicaNacional el Gerente General de la Empresa Estatal de Televisión BOLIVIA TV, instruye la emisiónde la ResoluciónAdministrativa correspondiente a la designación de RPCD.

Que, mediante Informe Jurídico DIR. JUR.NAL. Nro. 818/2015 de 31 de diciembre de 2015, laDirección Jurídica Nacional recomienda la elaboración de la Resolución Administrativa mediante lacual se designe a la Jefe Administrativa Lic. Silvana Salas Franco como Responsablede ProcesodeContratación Directa (RPCD)de la Empresa Estatal de Televisión BOLIVIA TV.

Que, la Ley NO2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002, Art. 7 parágrafo VIseñala: La delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de supublicación en un órgano de prensa de circulación Nacional.

POR TANTO:

La Gerente General de la Empresa Estatal de Televisión "BOLIVIA TV", Lic. Gisela Karina LópezRivas en uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo N00078 de 15 de abril de 2009publicada el 30 de abril de 2009 y Resolución Ministerial N0 075/2015 de 8 de octubre de 2015.

RESUELVE:

PRIMERO.- DESIGNAR a la Jefe Administrativo Lic. Silvana Salas Franco, como ResponsabledelProcesode Contratación Directa (RPCD) para montos menores e iguales a Bs. 1.000.000 (Un Millón00/100 Bolivianos) de la Empresa Estatal de Televisión BOLIVIA TV, cuyas funciones y atribucionesse encuentran establecidas en el Reglamento Específicodel Sistema de Administración de Bienes yServiciosRE-SABS-EPNEde la Empresa Estatal de Televisión BOLIVIA TV; para la gestión 2016.

SEGUNDO.- DELEGAR a la Jefe Administrativo. Lic. Silvana Salas Franco, la función de nombrara la Comisión de Recepción en todos los procesos de contratación bajo su competencia.

TERCERO.- DELEGAR a la funcionaria Lic. Silvana Salas Franco la Suscripción, Resolución y/omodificaciones de Contratos cuyos montos sean menores o iguales a Bs. 1.000.000 (Un Millón00/100 Bolivianos): para la gestión 2016.

CUARTO.- PUBLICAR en un medio de prensa de circulación Nacional, debiendo ejecutar dichadeterminación la Gerencia Administrativa Financiera.

Regístrese, comuníquese y archívese.

2

......aoliviatv

CERTIFICACIONEQUIVALENCIA SALARIAL

CITE: GAFfRR.HH.143f2016

La Unidad de Recursos Humanos

e E R TI F I e A:

Que revisada la Estructura de Cargos y Escala Salarial de Bolivia TV aprobadamediante Resolución Bi Ministerial N° 1/2014 de fecha 29 de Octubre de 2014;la equivalencia de Cargo para Consultor de Línea:

NIVEL SALARIAL 13

SALARIO MENSUAL 3.762.-

CARGO TECNICOSVIII

Escuanto tengo a bien certificar para fines consiguientes.

La Paz, 04 de enero de 20 16

MClB/LMARc.c.Arch

CERTIFICACION PRESUPUESTARIA

Mediante Ley 769 de 17 de diciembre 2015, se aprueba el presupuestoGeneral del Estado gestión 2016, asignándose a la Empresa Estatal deTelevisión Bolivia TV u presupuesto de recursos y gastos por un monto deBsI06.261.501,OO (Ciento Seis Millones Doscientos Sesenta y Un MilDoscientos Uno 00/100 Bolivianos), en la que se incluye la partida 25220"Consultores de Línea", revisado el presupuesto aprobado para la gestión2016, se certifica que, se cuenta con asignación en la partida 25220"Consultores de Línea" de acuerdo a lo siguiente:

Entidad : 526 Empresa Estatal de Televisión Bolivia TV

Programa :10 Administración Central

Actividad : 01 Servicios Televisivos

Fte. Fin. : 2ORecursos Específicos

Org.Financ : 230 Otros Recursos Específicos

Partida Presupuestaria 25220 Consultores de Línea

PRESUPUESTOAPROBADO Bs7.579.030,OO

Por lo que el FU.200-16 adjunto, se encuentra incluido en el presupuestoaprobado para la presente gestión.

Es cuanto certifico para fines consiguientes.

La Paz, 04 de enero de 2016

Av.camacho N"'1485Edificio la Urbane.Ptso 4

Fono:{591}-2·2203404j{S91}-2-2202900FaxJ(S91}-2 -2003973

Casilla Nº900

aolMatv

Cobija, 14 de diciembre de 2015CITE:B.T.V.PANDOW 384/2015

Señora:

Lic.GiselaKarina LópezRivasGERENTEGENERALEMPRESAESTATALDETELEVISIONBOLIVIATV.

Presente.-

Ref. SOLICITUDCONTRATACIONDEUNA PERIODISTA

Demi mayor consideración.-

Mediante la presente y a solicitud expresa de su distinguida Autoridad, hago llegar la presentesolicitud de contratación de una PERIODISTA,como consultor en línea para nuestra regional,ya que es necesario contar con mencionado personal, para que de esta manera se puedaoptimizar el trabajo de nuestra regional.

Eneste sentido solicito la contratación de la señora: MIRlAN MAMANI KOYOcon C.1.7934311Cochabamba, a partir del 04 de Enero de 2016 durante 04 (cuatro) meses. Adjunto a lapresente hoja de vida, Términos de Referenciay Formulario Único de contrataciones.

Sinotro particular me despido deseándole éxito en lasfunciones que desempeña.

Atentamente.

la Paz Cochabamba

PasajeMtseel SerechoN91148entre Av.Uyuni y Aniceto Padilla

Fono/Fa)(:{591)·4··4437029(591)--4-4436895

ccchabambagibonvlatv.bo

UNIDAD SOLICITANTE

FORMULARIO ÚNICOCONTRATACION DIRECTA DE

OBRAS, BIENES, SERVICIOS GENERALES y SERVICIOS DE CONSULTORíA

REGIONAL· PANDO FECHA 14/12/2015

COMPRA DE BIENES CONTRATACION DE SERVICIOS

2

3

[)(]

4

5

6

7

8

9

10

TOTALMONTOSOLICITADO

. Juan Jase Apaza TiconaFUNCIONARIOSOLICITANTE:

JEFEDEUNIDAD(Gerente / Director):

TÉRMINOS DE REFERENCIACONSUL TORIA INDIVIDUAL DE LINEA

"PERIODISTA"

OBJETO DE LA CONSUL TORIA

El objetivo de la consultoría del puesto de PERIODISTA es la de fortalecer el departamento deprensa e implementar informativos regionales.

ALCANCE DEL SERVICIO

~ Fortalecer la línea periodística acorde a los procesos de cambio por el que transita elEstado Plurinacional.

~ Consolidar los ejes temáticos para el trabajo periodístico.~ Realizar un permanente seguimiento a los textos que forman parte de los ejes temáticos.~ Dinamizar el contenido de los informativos locales.~ Estructurar un banco de datos de las temáticas que guían el trabajo periodístico.~ Desarrollar un discurso periodístico descolonizador.~ Promover una práctica informativa veraz, seria, respetuosa de los Derechos Humanos.~ Alentar una información responsable y con alta sensibilidad social.~ Construir en el imaginario colectivo el sentido del bien común.~ Atender las demandas de los diferentes sectores sociales.~ Mantener una relación directa con la jefatura de prensa.~ Establecer una comunicación directa con las entidades públicas y privadas de la región.~ Sugerir y viabilizar las entrevistas diarias.~ Realizar la presentación de los informativos nacionales y regionales.

DOCUMENTOS E INFORMES REQUERIDOS

El consultor deberá presentar mensualmente el informe de actividades durante la vigencia desu contrato hasta el 5 del mes siguiente para la cancelación respectiva de su sueldo, ademásdeberá presentar un informe general dentro de los 5 días concluidos el contrato para el caso decumplimiento del mismo, estos informes serán aprobados por el Responsable Regional Pando.

COORDINACiÓN DEL SERVICIO

El consultor tendrá que coordinar sus actividades bajo la supervisión del Responsable de laRegional Pando.

IDONEIDAD ACADÉMICA, PERFIL y EXPERIENCIA PROFESIONAL

Título de Bachiller en humanidades.Egresadoo Estudiante con Conocimientos en Comunicación Social

Perfil y Experiencia

Experiencia general de trabajo mínima de 6 meses.Experiencia especifica en el rubro de 6 meses.

LUGAR DE TRABAJO

El consultor prestará los servicios en la oficina regional de Bolivia Tv, en la ciudad de Cobija­Pando y se le proporcionará materiales y medios de trabajo.

PRESUPUESTO

El presupuesto fijo e importe asignado es de 3.600.00 (Tres mil Seiscientos 00/100 bolivianos)mensuales. Bolivia TV sólo tiene la obligación de pagar el importe señalado, sin otra obligaciónadicional de ninguna índole, con excepción de los gastos de viaje, transporte, hospedaje yotros gastos que serán autorizados previamente por autoridad competente.

El consultor podrá presentar su nota fiscal o NIT inscrito como Contribuyente Directo Trimestral(RC-IVA CD), caso contrario, Bolivia TV procederá a la retención del impuestocorrespondiente.

OTRAS ASIGNACIONES

En caso de ser necesario, se realizan otras asignaciones que se encuentren autorizadas porla Jefatura Regional (Viáticos, pasajes, refrigerios, etc.)

FORMA DE PAGO

El pago por el servicio de la consultoría será realizado de manera mensual, previapresentación del informe de actividades por parte del Consultor y la conformidad de lacontraparte del servicio.

DURACiÓN DE LA CONSULTORíA

La consultoría tendrá su inicio a partir del 04 de Enero de 2016, y tendrá una duración decuatro (04) meses. Este plazo podrá ser ampliado hasta por dos veces consecutivas previo elcumplimiento de lo siguiente: i) conformidad del servicio por parte de la contraparte; ii) previacomunicación escrita por parte de Bolivia TV conjuntamente el Informe Técnicocorrespondiente por parte de la Regional, y; iii) existencia del presupuesto correspondiente.

CONTRAPARTE DEL SERVICIO

La contraparte del servicio será el Responsable Regional Pando, quien supervisara ycoordinara las actividades del consultor.

CURRICULUM VITAE(HOJA DE VIDA)

NOMBRE COMPLETOOCUPACiÓNLUGAR DE NACIMIENTOFECHADENACIMIENTOCEDULADE IDENTIDAD:DIRECCiÓNACTUALCELULARIDIOMACORREOELECTRÓNICO

Mirian Mamani KoyoPeriodistaCochabamba - Bolivia23 de mayo de 19917934311 CbbaAv. Pando - Barrio Santa Clara60777493Castellano _ [email protected]

COBIJA _ PANDO - BOLIVIA

ESTUDIOSREALIZADOS:

Básico:Intermedio:Medio:Cursos Superiores

Unidad Educativa Obispo Anaya Fey Alegría CochabambaColegio Compañía de Jesús Fe y Alegría CochabambaColegio Compañía de Jesús Fe y Alegría CochabambaEGRESADA DE LA UNIVERSIDAD MA YOR DE SAN SIMON DE LAFACULTAD DE HUMANIDADES y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN -CARRERADE COMUNICACiÓN SOCIAL

TíTULOSOBTENIDOS

- CERTIFICADODEEGRESODE BACHILLEREN HUMANIDADES

-CERTIFICADODE APROBACiÓN DE CULMINClON DE LA CARRERADE COMUNICACIÓN SOCIAL DEUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON _ FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LAEDUCACIÓN

EXPERIENCIALABORAL:

DEPARTAMENTO DE COMUNICACiÓN DE LA FEDERACiÓNSINDICAL UNICA DETRABAJADORESCAMPESINOS DE PANDO

RESPONSABLEDE INFORMACiÓN Y COORDINACION DEACTIVIDADESMARZO 2013.

PRACTICAS EN BOLIVIA TV COCHABAMABAEn el área de prensa

SISTEMA PANDINO DE COMUNICACiÓN CANAL 15 PANDOReportera - Periodista

ASISTENCIA A SEMINARIOS y TALLERES

- XXVII CONGRESO LATINOAMERICANO DE ESTRATEGIASINNOVADORAS EN LA ERA DIGITAL, FECHA DE INICIO 22 DEMAYO 2014 HASTA 24 DE MAYO. ORGANIZADAPOR LA SOCIEDADLATINOAMERICANADE ESTRATEGIA (SLADE)

MUNDO GLOBALlZADO PROBLEMAS TEORICOS DE LACOMUNICACIÓN DE INVESTIGACIÓN CRITICA EN AMARICALATINA, FECHA DE INICIO EL 25 DE SEPTIEMBRE2013 HASTA EL27 DE SEPTIEMBRE, ORGANIZADA POR LA ASOCIACIÓNBOLIVIANADE INVESTIGADORES.(ABOIC)

- EL ROCK EN EL CONTEXTOPOLlTICO Y COMUNICACIONAL,INICODEL TALLER EL 7 DE MARZO DEL 2013, ORGANIZADO POR LAUNIVERSIDADMAYORDE SANSIMON

- V CICLODE ESTUDIOSESPECIALIZADOSI SEMINARIOREGIONALANDINO, I JORNADA NACIONAL DE DOCENTESINVESTIGADORES, XV JORNADA NACIONAL DE JOVENESINVESTIGADORES Y V EXPOCOM, REALIZADOS LOS DIAS 8,9,10DE NOVIEMBRE2012

- TALLER DE CAPACITACIÓN "COMO CUBRIR NOTICIAS ENEMERGENCIAS CON UN ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS"REALIZADO EL 16 DE JULIO 2015, ORGANIZADO POR LAUNIVERSIDAD AMAZONICA DE PANDO Y EL FONDO DEPOBLACIÓNDENACIONESUNIDAS

IDIOMAS

Español - hablo - escriboQuechua - hablo - escribo

Ingles nivel básico

ffiLKOYOCI: 7934311 CBBA

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OIlWAHO .LlGTOJItM,~

TRIBUNALSUPREMO E\.ECTOIW.SBtfO

N° 031~5:41COSTOFORMULARIOBs.1.·

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Lugarde Nacimienlo:~::_~~~~~m:::pala'~ento.. --.5:!::~ - Proviñcfi---- -_C~ha~ocaliaa(r-------. l- , 'Fechade Nacimiento:_~_._ n~o ... o .~~ ~_ ••••••• ' :~OO___ exorem~lQ __ .. _

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, GREGORIA ROYO JUCHAZ. " . .' .. ; / .. .---------.--- o -------ÑOMBRES ---RE[iJ.¡jj5S-i3E'CÁ -MAOR:E-'--

CERTIFICADO DE NACIl\1IENTO

Certi~coque en la OficialíaNo__ 309ti _Libro NO.~__. PartidaNO._l'n _. FolioN-J~ __ ._J Cocbab:nnba Cercado

Del Departamento . - provincia .------- .•.---------. -----

. CoebabsmbaLocahdad ... . .._. ·_·__.._·__·_· ------------.---.

Con fecha d.epartida: Día__}"!__ .._ .... Mes_j~~ .... ._. ._..._._. ...Año 1991

Se halla Inscritoel nacímlento de:

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SBli.t,¡@>lNQM8i~it'#IfiU,~I:>I!t::OFICIAL DE REGISTRO CIVIL

1502

LUCIO GONZALES CARTAGENA

Rector de la IJniversídad Mayor de San Simón

MIRlAN MAMANI KOYO

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BACHILLER EN HUMANIDADES( (\1 \ jI) l'l ü¡·~;

(·\H.:haballlba, 2~ lit- junio lit: :(113

RECTORDI' R(JLAN¡~?L.ÓPEZHERBAS

Sccrcturlo GeneralDr. LUCIO GONl.lILES CARTAGENA

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMONFACULTAD DE HUMANIDADESy CIENCIAS DE LA EDUCACION

CARRERA DE COMUNICACIONSOCIAL

CERTIFICADO

EL SUSCRITO DIRECTOR DE LA CARRERA DE COMUNICACIÓN SOCIALDE LA FACULTAD DE HUMANIDADES y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

C E R T I F 1 e A:

Que, la señorita Mamani Koyo Mirian con C.I. 7934311 Cbbe., concluyó el Plan

de Estudios de la Carrera de Comunicación Social de la Universidad Mayor de San /

Simón, durante la gestión 11/2014. Queda pendiente la conclusión de la Modalidad

de Titulación, a fin de obtener la licenciatura en Comunicación Social.

Es cuanto certIfico en honor a la verdad y para fines que convengan a la Interesada.

Cochabamba, 19 de mayo de 2015

Plaz.¡.¡ela Sucre acera sud - Tel.: 4115669 - 4544106 ínt, 300-301-302- Fax: (591)4233891Casilla: 992 • E-mail: [email protected] - web: www.comunica.umss..edu.bo • Cochabamba • Bolivia

"

• •201'i

SociedadceR ' "T'-F'~C"-. "",,]' ~;~I -: " ! <$If ~tJ;SdLatinoamericana

de Estrategia Valor currlcuíar 30 horas académicas

que: MIRIA MMAMANI KOYO

Ha asistido en calidad de: PARTICIPANTE al

XXVII CONGRESO LATINOAMERICANO DE ESTRATEGIAESTRATE6Il=\S' InJrUO'VRDOR L ERR DI6ITJ'=\L

Efectuado los dias 22 al 24 de Mayo del 2014Cochabamba - Bolivia

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/",,- , Pn:';'sldc~i1lE'",", ,XXVII Conqreso SL.ADF

Ing, R,lrtwo Bustarnante G¡HCld

f?(-ctorUNICEN

~lYlqr: r;-onl¿.~loGUZf"Th1n Di, r¿~n

[)!rector de Carrer¿Ac1rr'¡m5tf dClÓfl e

lnqenicrid (ornc:rCid;UMSS

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Or ,!;duar'do Ddirnd5'so"Pfésíc1eQrc ¡nlf~rnd(¡ondt

SL!\DE

1Conversarorto de Docentes y XVI .h)"l"nadaNa­celebrados en la ciudad de La Paz, los días .25,26 Y27 (le

septiembre, con el allOyo de la Aseciaetén Larinnamcr-ícana de Iuvestiuadores tic In Cmnunica~i6n(ALAIC) y la Asocíación Uolivilllla de Carreras de Comuntcaclon Sodal (ABOCCS), CC!'Hfjca~JInjllU'ti.cill¡lciún (k:

_. . ....._... fv1AMANlK.O_YO M IBlML._ ..En calidad dc:

PARTICIPANIE . .__.__

LA I'AZ.,27 01:;SEI'TIE;\HlRE IH: 2111.1

\---;,. - '~\

~,ft,gr.ESplHanld PlatoSardón

PRESIDENTE DE I.A A50CI.IKIÓNflOUVIAN/\ DE INVESnGADOHES Df U\

COMUNICACiÓN (ABOle¡

loe. Gabri~, Sotomayor Terceros

DIRECTORA DE lA CARRERA ClfNClASDE LA COMUNICACIÓN SOCIAL UMSA

PRE5IDFNT( [l[ LA ASOCIACiÓNlATlNO¡.\MF RICMJA DE INVESTIGADORES

DE LA Cor.AlJNICACIÓN (AlAIC)

Uf. CéseH'Boiano

FACUL TAO DE HUMANIDADES y CIENCIAS DE LA EDUCACiÓNCENTRO DE ESTUDIANTES DE COMUNICACiÓN SOCIAL

Confieren el

y COMUNICA

,O POLITICO

lizóda el Tde marzo, en el A

Humanidades y Ciencias de la Educación~

Cochabamba, marzo de 2013

unicacíón de la Alcaldía

,Il #-4 .;- --e/JIosé ., Choque Mamani

'.. Ejecutivo. CECS-f ARC

<!CertífífaboLaAsociaciónBolivianade Investigadoresde laComunicación (ABOIC)y laUnIversidadCatólica Boliviana "San Pablo" - Regional Cochabamba como organizadoresdel:V Ciclo de Estudios Especializados, I Seminario Regional Andino, I Jornada. Nacionalde Docentes Investigadores, XV Jornada Nacional de Jóvenes Investigadores yV Expocom, celebradosen la ciudad de Cochabamba, losdías 8,9 Y10denoviembre,con el apoyo de la Asociación Latinoamericana de ínvestiqo dores de JoComunicación(ALAIC) y Asociación Bolivianade Carrerasde Comunicación Social(ABOCCS),certifican la participación de:

Mirlan Mamani Ceyo

Encalidad de: Participante

Cochabamba, 101e noviembrede 2012

I

($:~1¿>,".,..~.,_....._'br:,eés~rBolaño

PRESIDENTEDE LA ASOCIACiÓNLATINOAMERICANA DE INVESTIGADORES

DE LACOMUNICACIÓN(AlAIC)

Pinto SardónDE LA ASOCIACiÓN

BOLIVIANA DE INVESylGADORESDE LA COMUNICACION (ABOIC)

Asociación íBoliviana de ¡InYesligadores~1Comunicación I._.......,."._..•_._-_ .._.-._-_ ........... -.•.'_.~

CERTIFICADO DE TRABAJO

CERTIFICA:

Que la señora: MIRlAN MAMANI KOYO con c.I, Nº 7934311Cochabamba, trabajo en este medio de comunicación comoReportera Periodista desde el 15 de Octubre de 2014 hasta lafecha, cumpliendo sus actividades con responsabilidad ypuntualidad.

Esen cuanto certifico en honor a la verdad, para fines consiguientesque convengan al interesado.

Cobija, 30 de Abril de 2015.

LE COMUNI(ACION

DIRECCIÓN: BJ 11 de Oetubre. Av. a de ag<!Sw fono.! 8428420