guia codelco

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1 Introducción

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Reglamento especial de contratistas

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1Introduccin2Gua de Estndares de Control de Fatalidades Particulares3ndiceGua de Operaciones Ferroviarias..............................................5Gua de Vuelos........................................................................17Gua de Bombeo Agua Barro...................................................27Gua de Estallido de Rocas......................................................35Gua de Control de Oxgeno y Gases Minera Subterrnea.......41Gua de Avalanchas ..................................................................49Gua de Operaciones Portuarias..............................................594Gua de Estndares de Control de Fatalidades ParticularesALCANCEEste estndar especifica requisitos obligatorios en todas las divisiones, faenas y proyectos de la Corporacin y para todas las empresas contratistas y subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.ECF 13G U A D E LGua de Operaciones FerroviariasOBJETIVOSEliminar o controlar los riesgos de accidentes fatales en las actividades u operaciones ferroviarias.6REQUISITOS DE LAS PERSONASAA.1Los operadores de Equipos Ferroviarios, debern estar autorizados de acuerdo a la normativa y portar permanentemente su autorizacin interna.Todo operador antes de ser autorizado a opera equipos ferroviarios, debe ser capacitado/entrenado de forma terica/practica conforme a sus funcio-nes y cargo, a lo menos en:a)Curso especifico de teora del funcionamiento y operacin de equipos ferroviarios.b)Entrenamientoprcticoenterreno,enzonasespecialmentehabilita-das para la actividad.c)Toda etapa de entrenamiento, incluida la insercin a las reas de ope-racin debe contemplar un proceso guiado por un instructor.d)El proceso de capacitacin terico/prctico debe ser evaluado.Todo maquinista debe portar su respectiva autorizacin interna y debe dis-poner de ella cada vez que le sea requerida.Serresponsabilidaddelmaquinistadeequipoferroviario,larenovacin oportuna de su autorizacin interna.La supervisin a cargo, debe mantener un sistema de control sobre la au-torizacin Internas de los maquinistas.A.2Presentar aptitudes tcnicas, fsicas y psicolgicas adecuadas.Todo operador ferroviario debe estar tcnicamente apto conforme al punto A.1.Todo operador ferroviario que considere o estime que sus aptitudes tcni-cas, fsicas y/o psicolgicas estn disminuidas, deber informar de esto a su supervisin directa, de manera inmediata y antes de realizar cualquier tipo de operacin o actividades debe ser reasignado a otras tareas o deri-vado a un centro de atencin mdica, segn corresponda.Todooperadorferroviarioqueporprescripcinmdica,estsometidoa tratamientoconsustanciaslicitasocualquiermedicamentoqueajuicio de un facultativo, altere significativamente sus condiciones psicomotoras, debe informar su condicin a su supervisor directo y debe ser relevado de sus funciones mientras se mantenga en tratamiento. Ningn operador ferroviario podr estar bajo la influencia del alcohol o dro-gas ilcitas. Referencia: Estndar de Salud en el Trabajo.Gua de Operaciones Ferroviarias ECF 13G U A D E L7A.3Tener evaluacin de salud vigente y por lo tanto un certificado de aptitud.Todo operador ferroviario deber previamente someterse a un examen pre-ocupacional y ocupacional de salud por parte de un organismo competente; el cual emitir un certificado de aptitud y vigencia.Todo operador ferroviario deber someterse a una evaluacin psicosenso-metrica rigurosa por un organismo calificado, conforme al Acuerdo de Ho-mologacin de Evaluacin de Salud para Trabajos en la Industria Minera (Codelco y Organismos Administradores de la Ley 16.744).A.5Prohibicin de efectuar en labores ferroviarias actos temerarios o arriesgados tales como:Abandonar el equipo ferroviario con el tren en movimiento.Sacar cualquier parte del cuerpo fuera de las dimensiones del equipo ferro-viario.Caminar por el costado de la va estando un equipo ferroviario en movimien-to.Pasar entre carros de un tren en movimiento.Trasladarse entre los carros de un tren.Cruzar entre los carros de un tren detenido.Trasladarse en escaleras.Abandonar o subir al equipo cuando este se encuentre en movimiento.Conducir vehculos y/o transitar personas por vas frreas (salvo en condi-ciones normales de mantencin o apoyo a la operacin ferroviaria).A.4Realizacin de la inspeccin pre-operacional.Todo operador ferroviario debe efectuar al inicio de su jornada de trabajo, unainspeccinvisualantesdelaoperacinyverificarelestadoybuen funcionamiento del equipo ferroviario (locomotora y carros), por intermedio de una Lista de Verificacin. La inspeccin visual debe incluir como mnimo lo siguiente elementos:-Verificacin de daos y defectos visibles.-Sistema de rodado.-Condicin de barandas y protecciones.-Anomalas mecnicas, elctricas o estructurales que detecte-Prueba de luces y alarmas sonoras o audibles (Pitear)-Sistema de frenos y motor.-Sistema de comunicacin con Central de Despacho y control de trfico ferroviario.-Verificacin de fugas hidrulicas o neumticas.8A.6Prohibicin de obstaculizar la va frrea.Estprohibidoobstaculizar,bloquearointerferirdeformaparcialototal la va frrea en su recorrido o cercanas para la normal circulacin de los equipos ferroviarios. A.7Evaluar las condiciones de los equipos ferroviarios y su entorno antes y durante la operacin e informar condiciones de riesgo operacional.Eloperadorferroviariotienelaobligacindeevaluarelentornodurante la operacin, verificando por ejemplo: zonas de descarrilamiento, zona de colisionesconotrosequiposferroviariosy/ovehculoslivianos/pesados, zonas de cruces no regulados, entre otros. Cualquier otra anomala debe ser informada a la Central de Despacho y control de trfico ferroviario.Si el operador ferroviario observa defectos visibles, fallas o una condicin subestndar en los equipos ferroviarios e instalaciones, debe informar de inmediato a su supervisor o jefe directo, sin perjuicio de las medidas de control que deba tomar, de acuerdo con su responsabilidad y para lo que est autorizado.A.8El operador de equipo ferroviario debe utilizar sus elementos de proteccin personal.Eloperadorferroviariodebeusarenformaobligatorialoselementosde proteccin personal que la organizacin les haya asignado, de acuerdo a la evaluacin de riesgos inherentes de su actividad.Gua de Operaciones Ferroviarias ECF 13G U A D E L9REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINBB.1Contar con un Reglamento para las Operaciones FerroviariasB.2Portar las Hojas de Datos de Seguridad en el Transporte de sustancias peligrosas (HDST).Cuandoseefectueltransportedesustanciaspeligrosassedebedar cumplimiento al Estndar de Control de Fatalidades Nro. 9.B.4Todos los Sistemas de Frenos de los distintos componentes del convoy deben estar conectados y operativos previo al movimiento del mismo.Eloperadorferroviariodebeverificarquetodosloscomponentesdelsis-tema de frenos estn conectados y operativos entre los distintos equipos que componen el convoy. el acople y desacople de las mangueras de los frenos de aire carros y locomotoras en forma manual, previa a liberacin la energa contenida en las mangueras (aire a presin), toda esta operacin se realiza siempre con el tren detenido.B.3Operacin en Patios de Maniobras, Cambios de Vas y Acoples de Carros.El maquinista debe contar con el apoyo del palanquero para efectuar las maniobras de forma segura.El palanquero al momento de guiar las maniobras se ubicar siempre fuera de la lnea de trayecto del Tren, adems el maquinista deber verificar vi-sual y radial la posicin del palanquero.La comunicacin entre el maquinista y el palanquero debe ser clara y preci-sa, a travs de los equipos de comunicacin. Si estos equipos fallasen, se debern utilizar las seales manuales o de luces, en todo caso, el maqui-nista no mover la locomotora o convoy si dichas seales no son claras o uniformes.El maquinista y/o el palanquero, debern acoplar o desacoplar las mangue-ras de freno de aire de los carros y locomotoras en forma manual, previa a liberacin la energa contenida en las mangueras (aire a presin), toda esta operacin se realiza siempre con el tren detenido.10B.5Estibacin de Carga. Toda carga se debe estibar y asegurar conforme a sus dimensiones, peso y forma, para controlar cualquier movimiento o desplazamiento involuntario.Las reas donde se realizan las maniobras de carguo de FFCC deben ser zonas aisladas con control de ingreso.B.7Segregar los ambientes de trabajo u operacin mediante un plan de transito que minimice la interaccin entre los equipos ferroviarios, vehculos y personas.Se debe implementar un Plan de Gestin de Trnsito Ferroviario, vehicular y Peatonal, en todas las reas de operaciones y de servicios que contemple, entre otros estndares:a)Distancias de separacin entre los servicios de ferrocarril, vehicular y las personas.b)Necesidad de implementacin de barreras duras y otras estructuras de demarcacin vial que separen los servicios ferroviarios de peato-nes, vehculos pesados, vehculos livianos.c)Implementacin de Sistemas de semaforizacin y barreras en cruces crticos.d)Alarmas audible y visible de acercamiento o presencia de equipo ferro-viario.e)Lmites de velocidad vehicular y ferroviaria en zonas criticas.f)Iluminacin de vas peligrosas, etc.B.6Contar con sistemas para aislar y bloquear sectores de operacin ferroviaria. (Ej mantenimiento en vas y equipos).Las intervenciones para el mantenimiento mayor de vas deben ser realiza-das, en una ventana o programa de mantenimiento, en donde se detenga al trfico de equipos ferroviarios y la presencia de cuadrillas obligue al Ope-rador Sala de Control a instalar restricciones de velocidad para los equipos ferroviarios y bloqueos necesarios de acuerdo a la situacin.Todo trabajo de mantenimiento en la va frrea, deber prever y disponer de las medidas de seguridad necesarias que impida el contacto de estas personas con el equipo ferroviario que circula. Para ello deber considerar lo siguiente:-Protocolo de Comunicacin.-Protocolo ante Emergencias.-Distancias de seguridad, con respecto al equipo ferroviario.-Factores o condiciones de riesgo del entorno.-Sistemas de identificacin, sealizacin e iluminacin cuando las acti-vidades se realicen sin luz natural.Gua de Operaciones Ferroviarias ECF 13G U A D E L11B.8Realizar Gestin del Cambio frente a modificaciones en el diseo de equipos y procesos crticos.La Administracin de faena o rea, debe considerar los peligros y riesgos asociados con cualquier cambio en los equipos o sistemas Ferroviarios o en sus procesos que pueden afectar la seguridad de los operadores o de otras personas.Se debe efectuar una evaluacin del riesgo antes de hacer cualquier cam-bio y se debe asegurar la implementacin de las medidas de control ne-cesarias para la mitigacin o reduccin de los riesgos asociados con los cambios.B.10 Mantener una Central de Despacho y Control de Trfico Ferroviario.El Operador Sala Control de Ferrocarril es la nica persona responsable de autorizar un movimiento de personas y equipo rodante o de tren en las vas de Ferrocarril.Solamente aquellas personas autorizadas por la administracin del rea, pueden desempearse como Operador Sala Control.Es responsabilidad diaria del Operador Sala Control, controlar el correcto funcionamiento de los sistemas de comunicaciones de voz y data, exigien-do la inmediata reparacin de la anomala detectada, adems debe preve-nir a todo el personal del turno sobre dichas anomalas. El Operador Sala Control debe prevenir a todo el personal del turno, sobre las interferencias que impidan el trfico ferroviario normal.Todas las personas que ingresen al Ferrocarril deben asumir que la prefe-rencia de trnsito por las vas frreas la poseen los trenes.B.9Disponer de un sistema bidireccional de comunicacin en equipos.Todo tren debe disponer de un sistema de comunicacin bidireccional.El sistema bidireccional debe permitir al maquinista y palanquero respon-der con mnima distraccin y esfuerzo.Frentealafalladelacomunicacinbidireccionallaoperacindebeser detenida.B.11 Disponer programa de control de fatiga, somnolencia, alcohol y drogas.La Administracin de faena debe mantener un Sistema o Programa de Con-trol de Fatiga, Alcohol y Drogas, con la finalidad de prevenir, reducir y contro-larlos riesgos de accidentes.Se debe evaluar la implementacin de sistemas o dispositivos tecnolgicos que permitan alertar condiciones de fatiga, de acuerdo a la evaluacin ope-racional.12REQUISITOS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONESCC1.Todos los equiposFerroviarios deben contar sistemas de bloqueo del tipo hombre muerto.Todo equipo ferroviario deber contar con un sistema que lo desactive total o parcialmente en caso de perderse el contacto de quien lo est operando.C.3Cinturn de seguridad.Todo equipo ferroviario deber disponer de cinturones de seguridad.Los cinturones debern ser con mecanismos retrctiles en todos los asien-tos y su uso es obligatorio para todos los ocupantes del equipo ferroviario, mientras se encuentran en la ruta.C.2Las cabinas deben contar con un sistema de alarma de puertas abiertas donde exista el riesgo de cada libre Debe existir un sistema de alarma en los equipos ferroviarios que permita detectar puerta abierta cuando el equipo est en movimiento. Esta alarma debe ser enlazada entre el vagn especfico, el control de despacho y el maquinista.Debe existir sealizacin que prohba abrir puertas de cabinas de locomo-toras, carros punteros y equipos de servicio, con tren en movimiento.C.5Puntos bloqueo que permita aislamiento solo en posicin apagado.Todo equipo ferroviario o locomotora debe tener habilitado un sistema de bloqueo que impida la puesta en marcha u operacin del equipo y que per-mita ser bloqueado con candado y tarjeta de advertencia.Todos los equipos ferroviarios, deben tener los puntos de aislamiento/blo-queo de energas claramente identificados. Cuando no sea posible el aisla-miento, se debe generar un procedimiento de inmovilizacin para el equipo.Refirase al estndar N1 Aislacin, Bloqueo y Permiso de Trabajo.C.4Luces.Todo equipo ferroviario debe contar con una iluminacin adecuada en las operaciones de da y noche. Esto considera luces delanteras y posteriores, tanto para la locomotora y carro culatero.Se debe contar con balizas destellantes estroboscpicas de color azul en la locomotora y en el carro culatero.El carro culatero deber contar con una luz delantera similar al de la loco-motora y deber estar encendida siempre que haga de puntero.El carro culatero deber contar con dos luces inferiores intermitentes de color rojo las cuales debers estar encendidas toda vez que haga de ltimo carro del convoy, para sealar el trmino del ferrocarril.Gua de Operaciones Ferroviarias ECF 13G U A D E L13C.7Seales con Bocina, Pito o Silbato del equipo ferroviario.Todo equipo ferroviario, debe contar o estar provisto de un pitoo silbato.La locomotora deber pitear antes de ponerse en movimiento, ya sea para tirar o empujar.Todo convoy o equipo ferroviario, a lo menos 50 metros antes de un cruce vehicular dependiendo de su velocidad de desplazamiento, debe advertir su presencia mediante la activacin de la bocina y/o pito o silbato.Elpitoosilbatodebesercapazdeescucharsesobreelnivelderuido ambiente,incluyendoelsonidodeotrosequiposomaquinariasquese encuentren cercanos al lugar.C.8Nmeros de identificacin.Todo equipo ferroviario debe llevar nmero de identificacin claramente vi-sible y de fcil lectura. En el interior de la cabina, en un lugar visible que no obstruya la visual, debe haber una etiqueta o rtulo autoadhesivo con el nmero de identificacin del equipo.La ubicacin de la identificacin de carros debe ser en sus costados y en el interior del mismo.C9.Extintor de incendio porttil.Todos los equipos ferroviarios deben tener a lo menos, 02 extintores port-tiles para el control de fuegos (PQS, 12 kg).C.6Escalas de acceso, puntos de apoyo y barandas.Todoequipoferroviariodebecontarconescaleras,escalasquepermitan tres puntos de apoyo.Cuando sea factible se deben implementar accesos mediante escalas que tengan un diseo de 45 con barandas de proteccin. Toda locomotora que tenga escala (vertical) de acceso o emergencia supe-rior a 2 metros de altura, deber estar provista de un sistema o estructura protector de cadas. En su parte superior se debe proteger el acceso me-diante un sistema fijo, ej. Cadenas.Lalocomotoraycarroculaterodebecontarconbarandasdeunaaltura mnima de 1,20 mt y al menos con tres subdivisiones equitativas. 14C10. Condiciones ergonmicas de la cabina de la Locomotora y Carro Culatero.La cabina de los equipos ferroviarios, debe ofrecer condiciones mnimas al operadortalescomo:buenavisibilidadconvidrioprotectordeseguridad, laminado,inastillableyconsiderandorequisitosdesupresindepolvoy ruido.La cabina debe ser cerrada y hermtica contra condiciones ambientales.Ensectoresconriesgosdeestallidoderocassedebenutilizarcabinas blindadas y en sectores con riesgo de cada de materiales se deben utilizar cabinas tipo FOPS.El instrumental y ubicacin de mandos y controles de operacin, debe tener un diseo ergonmico y con instrucciones en idioma espaol.Todas las funciones del equipo deben estar claramente identificadas, ope-rables y de fcil y ergonmico acceso para el operador.Si el equipo ferroviario dispone de pantallas, estas deben ser claras y de fcil comprensin para el operador.C11. Sistema de mantenimiento preventivo.Se debe contar con un sistema de mantenimiento preventivo considerando como mnimo los requerimientos de mantenimiento indicados por el fabri-cante. Esto aplica a equipos, vas frreas e instalaciones.C12. Sistema de control de velocidad.Poseer un sistema de control permanente de velocidad que este enlazado a la Sala de Control de Trfico.C14 Parada de EmergenciaTodos los equipos ferroviarios deben contar con un mecanismo de deten-cin mediante un dispositivo de emergencia.C13 Los tneles de ferrocarril deben contar con zonas de resguardo de personasLos tneles deben contar con estocadas (refugios) a ambos lados de la va que permitan el resguardo del personal ante el desplazamiento de equipos ferroviarios.C15 Dispositivos para controlar equipos ferroviarios no comandadosEn Zonas adyacentes a edificios e instalaciones se deben instalar sistemas o dispositivos para evitar el choque de un convoy o carros sin control. Ejem-plo botaderos ferroviarios, desrrieladores, topes y calzas.Gua de Operaciones Ferroviarias ECF 13G U A D E L15C16 Tipo de Enganches Estndar Los enganches entre los componentes del convoy deben ser estandariza-dos. DefinicionesDa.Maquinista:Responsabledelaoperacindel equipo ferroviario y de los controles del mismo, y de las personasque componen la dotacin del tren.b.Palanquero: Operario de apoyo al maquinistac.OperadoresdeEquiposFerroviarios:Incluyea maquinista, palanquero y ayudantes.d.Equipo Ferroviario: Incluye a todos los equipos que se desplazan sobre las vas frreas.16Gua de Operaciones Ferroviarias ECF 13G U A D E LALCANCEEste estndar especifica requisitos obligatorios en todas las divisiones, faenas y proyectos de la Corporacin y para todas las empresas contratistas y subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco. Se excluyen aerolneas comerciales. Gua de VuelosOBJETIVOSEliminar o controlar accidentes graves y fatales producto de los vuelos en aeronaves de ala fija y rotatoria.ECF 14G U A D E L18REQUISITOS DE LAS PERSONASAA.1Presentar aptitudes tcnicas, fsicas y psicolgicas adecuadas.Todo piloto de aeronave que considere o estime que sus aptitudes tcni-cas, fsicas y/o psicolgicas estn disminuidas, debe informar de esto a su supervisin directa, de manera inmediata y antes de realizar cualquier vuelo, a objeto de ser reasignado a otras tareas o derivado a un centro de atencin mdica, segn corresponda.Todo piloto de aeronave debe estar tcnicamente apto conforme a los pun-tos A.2.Todopilotodeaeronave,queporprescripcinmdica,estsometidoa tratamientoconsustanciaslcitasocualquiermedicamentoqueajuicio de un facultativo, altere significativamente sus condiciones psicomotoras, debe informar su condicin a su supervisor directo y debe ser relevado de sus funciones de piloto, mientras se mantenga en tratamiento. Ningn piloto de aeronave podr estar bajo la influencia del alcohol o dro-gas ilcitas. Referencia: Estndar de Salud en el Trabajo.A.2Los pilotos que operan una aeronave, deben estar capacitados y autorizados de acuerdo a la normativa legal vigente de la Direccin General de Aeronutica Civil (DGAC).Todo piloto de aeronave debe contar con una licencia aeronutica vigente emitida por la DGAC.Todo piloto de aeronave debe someterse y aprobar con la periodicidad que indique la DGAC, un vuelo de estandarizacin segn los estndares esta-blecidos por este organismo. A.3Tener evaluacin de salud compatible con la actividad area.Todos los pilotos de aeronaves deben aprobar con la periodicidad que indi-que la DGAC, un examen de medicina aeroespacial, el cual debe ser prac-ticado por un mdico autorizado por la DGAC, dichos antecedentes estn disponibles en la DGAC.A.4Mantener y portar licencia aeronutica vigente.Todo piloto de aeronaves debe portar de forma permanente la Licencia Aero-nutica vigente al momento de realizar un vuelo.Debe presentar su documentacin cuando sea requerida por personal aero-nutico de la DGAC.Es responsabilidad del piloto la renovacin oportuna de la misma.Gua de Vuelo ECF 14G U A D E L19A.4Mantener y portar licencia aeronutica vigente.TodopilotodeaeronavesdebeportardeformapermanentelaLicencia Aeronutica vigente al momento de realizar un vuelo.Debe presentar su documentacin cuando sea requerida por personal ae-ronutico de la DGAC.Es responsabilidad del piloto la renovacin oportuna de la misma.A.5El piloto de aeronaves debe realizar la planificacin de su vuelo.Todo piloto de aeronaves que deba realizar un vuelo, debe planificarlo ase-gurando lo siguiente:Interiorizarse de las condiciones meteorolgicas (nubosidad, visibilidad ho-rizontal, temperatura, direccin e intensidad del viento, vientos de altura, presin baromtrica, entre otros) del aerdromo de origen y destino, ade-ms del aerdromo de alternativa. Chequear la aeronave, confirmando:-La disponibilidad de horas de vuelo-Mantenimiento al da-Documentacin a bordo de la aeronave, incluyendo certificado de ae-ronavegabilidad -Bitcoras o libro de vuelo.-Chequear la cantidad de combustible suficiente para llegar a aerdro-mo de destino y aerdromo de alternativa.-Realizar la inspeccin de pre vuelo que establece el fabricante de la aeronave, utilizando la cartilla respectiva.-Presentar previo al vuelo, un Plan de Vuelo a la autoridad aeronutica respectiva, para obtener la autorizacin de vuelo.-Calcular y determinar previo al vuelo, el peso, balance (estiba), el cual estar dentro de los lmites establecidos por el fabricante de la aero-nave.A.6Uso obligatorio decinturn de seguridad de la tripulacin y todos los pasajeros.El piloto debe exigir a los pasajeros y tripulacin el uso del cinturn de se-guridad.A.7Entregar a los pasajeros informacin relevante.Elpilotodebeexplicaralospasajeroscmoabrirycerrarlaspuertasy ventanas de la aeronave, el comportamiento de los ocupantes en caso de emergencias, adems de otra informacin relevante.20REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINBB.1Contar con un Programa de Vuelos.Se debe disponer de un programa de vuelos en forma previa, con el objeto de que el piloto pueda realizar la planificacin oportuna de stos.B.2Contar con Plan de Emergencia.Elplandeemergenciadebeconteneralomenoslaatencindeemer-gencias asociadas a lesiones a personas, aterrizajes forzosos, incendios estructurales y de aeronaves, y Explosiones.B.4Se prohbe realizar maniobras de acrobacia.B.3Utilizar exclusivamente la aeronave para lo que fue diseada.La aeronave debe ser utilizada exclusivamente para lo que fue diseada, tales como el transporte de pasajeros y equipaje, extincin de incendios, transporteymontajedeestructurasentreotras.Loanterior,siemprey cuando la aeronave est acondicionada para tal efecto.B.5Se prohbe a todos los pilotos abandonar la aeronave mientras se encuentre el motor funcionando.Todo piloto antes de descender de la aeronave, debe asegurar que el motor este apagado y se encuentre parqueado.Todo piloto debe dejar acuada la aeronave con a lo menos 2 cuas, en las ruedas del tren de aterrizaje.Gua de Vuelo ECF 14G U A D E LA.8Restricciones para el traslado de pasajeros.Se prohibe trasladar pasajeros queestn en manifiesto estado de ebrie-dadPasajeros enfermos y/o accidentados deben contar con la autorizacin delmdicotratante,tantosisetratadeuntrasladoPrimario(elquese efectadesdedondelapersonaestenfermaoaccidentada,previaes-tabilizacin, para ser conducida a un establecimiento asistencial) o de un traslado Secundario (el que se efecta desde un centro asistencial a otro centro asistencial).A.9Experiencia de vuelo de pilotos de helicpteros.Experiencia de vuelo en helicptero, no inferior a 2.500 horas de vuelo.Experiencia en cordillera no inferior a 500 horas de vuelo.Experiencia mnima en material especifico de 100 horas de vuelo.21B.6Contar con un sistema de control de licencias aeronuticas.Debe existir un Sistema establecido para el control de licencias de piloto.B.7Contar con certificacin de aeronaves.La Organizacin debe implementar un sistema de certificacin de aerona-ves que contenga los siguientes elementos:-Certificado de matrcula-Certificado de aeronavegabilidad-Bitcoras de avin, motor y hlice vigentesB.8Al pilotear, se prohbe el uso y/o manipulacin de equipos celulares o de sonido.Est prohibido el uso y/o manipulacin de telfono celular, audfonos para radioscomerciales,reproductoresdeCD,MP3,MP4uotrosequiposde similares caractersticas, durante el vuelo.B.10 Realizar la gestin del cambio frente a modificaciones en el diseo de equipos y procesos crticos, que afecten las tareas de vuelos.Se debe contar con un procedimiento asociado a la Gestin de Cambio.Todamodificacindeactividadesasociadasalosvuelos,queimpliquen cambiosensudiseo,soporteologstica,procedimientos,carga,rutas, meteorologauotrosquepuedanafectarlaseguridaddelaspersonas, requerir de un anlisis de riesgo previo, antes de su implementacin. B.11 Segregar los ambientes de trabajo u operacin minimizando la interaccin entre aeronaves, vehculos y personas.Se debe generar un sistema de control entre los sectores en donde exista interaccin de personas, vehculos y aeronaves, a travs de protocolos de acceso y presencia en plataforma o hangar.B.9Cuando las condiciones meteorolgicas presentes al momento previo de realizar un vuelo, no den garantas mnimas de seguridad para sus tripulantes, ste no debe realizarse.22B.12 Disponer programa de control de fatiga, somnolencia, alcohol y drogas.La Administracin de faena, debe mantener un Sistema Programa de Con-trol de Fatiga, Somnolencia, Alcohol y Drogas, con la finalidad de prevenir, reducir y controlar los riesgos de accidentes.Se debe evaluar la implementacin de sistemas o dispositivos tecnolgicos que permitan alertar condiciones de fatiga de acuerdo a la evaluacin ope-racional. B.13 Contar con plan de mantenimiento preventivo.La organizacin debe contar con un plan de mantenimiento preventivo con-siderando como mnimo los los indicados por el fabricante o representante y los de la DGAC.El mantenimiento debe ser realizado por un Centro de Mantenimiento Aero-nutico (CMA) autorizado por la DGAC.El mantenimiento debe ser realizado por personal tcnico autorizado por la DGAC.B.14 Traslado de Pasajeros enfermos o accidentados (traslados aeromdicos)El operador areo debe dar cumplimiento al Reglamento N 83 del Minis-teriodeSalud,,queregulaelserviciodetransporteareodepersonas enfermas o accidentadas.El operador areo, constituido por personas jurdicas o naturales que rea-licenestetipodeserviciosdeberncontarconlaautorizacinsanitaria previadelaSecretariaRegionalMinisterialdeSalud(SEREMIdeSalud), correspondiente al lugar o domicilio de la entidad titular del giro de la activi-dad y debern acreditar el cumplimientos de requisitos que all se estable-cen, segn el tipo de traslado que se realice.La direccin tcnica de estas empresas deber estar a cargo de un mdico cirujanoqueacreditehaberaprobadouncursodemedicinadeaviacin, certificado por la DGAC.B.15 El operador areo debe contar con su Autorizacin tcnica Operativa y Certificado de Operador Areo (ATO-AOC) y con sus manuales de Especificacin operativay manual de operaciones vigentes, otorgados por la DGAC.B.16 El operador areo debe poseer los Status Report al da de la aeronave, en donde se verifique los procedimientos de mantenimiento efectuados.Gua de Vuelo ECF 14G U A D E L23C.2Certificado de Aeronavegabilidad.Consisteenunmantenimientoespecialqueselerealizaalaaeronave cada dos aos en un Centro de Mantenimiento Areo (CMA), este certifica-do es emitido por parte de la DGAC.Este certificado debe estar vigente y permanecer a bordo de la aeronave.C.3Bitcoras de Avin, motor y Hlice.Bitcora de avin: Con el registro de cantidad de horas de vuelo de la aero-nave.Bitcora de motor: Con el registro de la cantidad de horas de funcionamien-to del motor.Bitcora de Hlice: Con el registro de la cantidad de horas de funcionamien-to de la hlice.Estas bitcoras deben permanecer a bordo de la aeronave.C.4Libro de registro de vuelos.Conelregistrodetodoslosvuelosrealizadosporlaaeronave,enlse consignan los datos del nombre del piloto, aerdromo de origen, aerdromo de destino, nombre de pasajeros, tacmetro de salida y llegada, observa-ciones. Este libro debe permanecer a bordo de la aeronave.C.5Kit de Supervivencia.Consiste en un botiqun que contenga elementos para la atencin de prime-ros auxilios.C.6Extintor.Deben usarse extintores con agente extintor de Anhdrido Carbnico (CO2) con potencial de extincin segn el tipo de aeronave.C.7Cinturones de seguridad para todos los asientos.REQUISITOS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONESCC.1Certificado de MatrculaEste certificado es otorgado por la DGAC a travs del registro de aeronave y debe estar vigente.Este certificado debe permanecer a bordo de la aeronave.24C.8Apoya cabeza en todos los asientos.En todos los asientos de la aeronave cada ocupante debe contar con un cabezal o apoya cabeza.C.9Cuas (al menos 2)Toda aeronave que posea ruedas en el tren de aterrizaje, debe contar con mnimo dos (2) cuas adecuadas al dimetro del neumtico.Deben ser instaladas cada vez que la aeronave quede estacionada en pla-taforma o hangar sin piloto.C.11 Matrcula de identificacin de la aeronave.Todo aeronave debe tener pintado o estampado en las alas (izquierda por abajo, derecha por arriba) y el fuselaje (ambos costados) la matrcula asig-nada a la aeronave por parte de la DGAC.La matrcula debe ser pintada, estampada de color contrastante y reflectiva (Rojo, Negro o Blanco, dependiendo del color del fuselaje).C.13 Luces en buen estado.De navegacin: stas deben estar instaladas en los extremos de ambas alas, de color rojo en el ala izquierda y verde en ala derecha.De aterrizaje: stas deben estar instaladas en la nariz de la aeronave, de color blanca.Faro rotatorio anticolisin: Instalada en la parte superior del timn de direc-cin, de color rojoy de movimiento rotatorio.C.15 Sistema de aeronavegacin.Toda aeronave debe disponer de los siguientes equipos bsicos de aerona-vegacin.-Velocmetro-Altmetro-Indicador de actitud (horizonte artificial)-Indicador de viraje (coordinador de viraje)-Indicador de velocidad vertical-Transponder (dispositivo que hace contacto con radar y que es codifi-cado en cada vuelo por parte de la DGAC)-2 radios comunicacin VHF-2 equipos VOR (Very High Frecuency Omnidirectional Range) para nave-gacin-1 equipo transmisor localizador de emergencia (ELT)C.14 Dispositivo de aeronavegacin.Toda aeronave debe contar con un sistema GPS con la finalidad principal de facilitar la aeronavegacin del piloto.C.12 Limpiaparabrisas en buen estado (cuando posea segn la aeronave).C.10 NeumticosNo deben ser recauchados y deben ser reemplazados de acuerdo a estan-dar del fabricante o frente a daos visibles. Gua de Vuelo ECF 14G U A D E L25C.16 Combustible.El combustible para aeronaves con motor a combustin interna, correspon-de a AVGAS/100-130 Octanos. Para aeronaves de turbo reactores y turbo hlice corresponde el combustible JP/1. No se debe utilizar un tipo de combustible diferente al indicado por el fabri-cante.C.18 Aeronave de antigedad no superior a 13 aos desde la fecha de fabricacinC.19 Lmite de operacin requerida 5.000 Mts. Msl y con capacidad de levantar sobre 500 Kg. algancho de carga o carga interna 500 Kg.XXXC.20 Temperatura lmite de operacin de ISA+10 C, demostrar en tabla respectiva.C.21 La aeronave deber contar con equipo de Oxgeno con mascaras o nariceras para tripulacinC.22 Deber considerar hacha de emergencia, equipo de primeros auxilios, extintor con carga reciente, ELT con activacin en cabina C.23 Al menos 1 telfono satelitalC.24 Dos (02) Handie Talkies VHF/UHF, para mantener enlace entre la tripulacin y pasajeros en tierra (situaciones donde el Pick up es distinto al dropp off).C.17 Master Switch El master switch de las aeronaves se debe mantener apagado en posicin OFF mientras exista la intensin de poner en operacin la aeronave.REQUISITOS DE LAS AERONAVES DE ALA ROTATORIA26C.25 Elementos para enfrentar supervivencia, tales como: linternas, sacos de dormir de alta cordillera, ropa de abrigo, alimentos y agua para 4 personas por al menos 72 horas.C.26 Contar con un surtidor de combustibles autorizado SECEl surtidor debe contar con la autorizacin de la Superintendencia de Elec-tricidad y Combustibles (SEC).Las instalaciones, equipos y sealizacin deben contar con un plan de man-tenimiento preventivo.Gua de Vuelo ECF 14G U A D E LALCANCEEste estndar especifica requisitos obligatorios en todas las divisiones, faenas y proyectos de la Corporacin y para todas las empresas contratistas y subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.Gua de Bombeo Agua BarroOBJETIVOSEliminar o controlar los riesgos de accidentes graves y fatales producto de la ocurrencia de una descarga (bombeo) no controlada de Agua/Barro en minas subterrneas.ECF 15G U A D E L28REQUISITOS DE LAS PERSONASAA.1Presentar aptitudes tcnicas, fsicas y psicolgicas adecuadas.Todo trabajador que considere o estime que sus aptitudes tcnicas, fsicas y/o psicolgicas estn disminuidas, deber informar de esto a su super-visindirecta,demanerainmediatayantesderealizarcualquiertipode trabajo, a objeto de ser reasignado a otras tareas o derivado a un centro de atencin mdica, segn corresponda. Ningn trabajador podr estar bajo la influencia del alcohol o drogas ilcitas. Referencia: Estndar de Salud en el trabajo. Toda persona que ejecute trabajos o tareas en zonas con riesgo de bombeo deber estar tcnicamente apto conforme al punto A.2.A.2Las personas que realicen actividades en zonas con riesgo bombeo agua/barro, deben contar con capacitacin respecto a los riesgos y el control de los mismos.Lacapacitacindeberserdictadaporelreadeoperacionesycontrol produccin mina, y deber considerar los siguientes aspectos:a)Conceptos de Geologa/Litologa.b)Conocimiento matriz de criticidad, contenido de humedad y granulome-tra de mineral en puntos de extraccin y traspaso de mineral.c)Procedimientosvigentesparaelcontroldelriesgodebombeoenla mina.d)La capacitacin debe ser reforzada peridicamente mediante charlas informativas.A.3Conocer las zonas de su rea de trabajo afectados por humedad o peligro de bombeo.Todotrabajadorquerealiceactividadesenlasreasproductivasdela mina, debe informarse de las zonas identificadas con el peligro de bombeo y sus medidas de control.A.4Todas las personas que ejecuten actividades en zonas con humedad, deben estar instruidos de los procedimientos e instructivos especficos asociados. Ningunapersonarealizaractividadesenzonasexpuestasalpeligrode bombeo sin haber sido formalmente instruido en los procedimientos e ins-tructivos especficos. Gua de Bombeo Agua Barro ECF 15G U A D E L29A.5Toda persona que ejecute las actividades de extraccin, traspaso y carguo de mineral hmedo, deber estar instruido y entrenado para actuar en caso de emergencia.Ningunapersonarealizaractividadesoingresarenzonasexpuestasal peligro de bombeo si no conoce como actuar en caso de ocurrencia de este hecho.A.6Las personas autorizadas para realizar extraccin de mineral, en zonas con riesgo de bombeo, debern estar capacitados y entrenados para la operacin especfica de LHD telecomandadoso buzonesoperados adistancia.Todo operador de Equipos LHD telecomandado debe contar con una licen-cia de operacin vigente que lo acredite como tal.A.7Cada trabajador previo al ingreso a un rea o zonas con mineral hmedo, debe ser autorizado por escrito por encargado del rea respectiva.Toda persona que deba ingresar azonas con riesgo de bombeo, debe soli-citar autorizacin de entrada al Supervisor responsable del rea y conforme al requisito A.4.REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINBB.1Mantener una estructura para gestionar el riesgo de bombeo, con roles y funciones definidas.a)Disponerdeorganizacininternaqueauditeycontroleelriesgode bombeo.b)Disponer de un grupo de especialistas mineros y geomecnicos, que realicen el control de la cavidad mina (crter).c)Disponer de un grupo de especialistas gelogos para el control de la humedad y granulometra.d)Disponer de un rea que realice la programacin y control de la produc-cin, considerando lineamientos para la extraccin en zonas hmedas y para el control de ingreso de agua-barro.30B.3Incorporar la evaluacin de riesgos de bombeo y sus medidas de control en las fases tempranas de la elaboracin de proyectos y planes mineros. Todoproyectominerodebeincluirunacaracterizacinhidrogeolgicaque permita determinar el riesgo potencial de Bombeo a que estar expuesto, definiendoe implementando tempranamente las medidas de mitigacin y control.B.2Contar con procedimientos operacionales y de emergencia vigentes, y sistemas de evacuacin para cada rea.Lo procedimientos e instructivos deben considerara lo menos los siguien-tes temas:-Metodologa para la identificacin de puntos de extraccin con peligro de bombeo-Medidas de control para una operacin segura (metodologa operacio-nal) -Preparacin para la operacin: Equipo minero, confinamiento, disponi-bilidad de infraestructura, personal acreditado, sistemas de comunica-cin, otros propios de la operacin.-Monitoreo, Control y Evaluacin del proceso.-Vasde evacuacin yControl de Emergencias.B.4Disponer de estudios hidrogeolgicos actualizados anualmente, por sectores productivos del yacimiento.El estudio debe incluir:-Condicin de superficie: Aerofotogrametra, topografa, hidrologa, cli-matologa, escorrenta superficial, cauces fluviales y otros.-Condicin subterrnea:Estado de niveles sobre zona en extraccin, caracterizacingeotcnica,avancesubsidencia,aforosdedrenaje, otros-Recomendaciones para la operacin.B.5 Contar con estrategias de extraccin de mediano plazo para sectores productivos con presencia de humedad. Estos sectores requieren actualizar los parmetros de seleccin de reser-vasparadefiniralturaextrableanualmenteparaincorporarcondiciones actuales de extraccin de puntos con alta humedad.Gua de Bombeo Agua Barro ECF 15G U A D E L31B.6Contar con programas diarios de extraccin que consideren estrategias especiales para zonas vulnerables al peligro de Bombeo.La programacin diaria de extraccin para los puntos en zonas de alta hu-medad, debecumplir con los siguientes criterios:-Cumplimientoestrategiadeextraccinacordadaparaelmesenel Programa de Produccin Mensual.-Condicin de terreno y estado diario de puntos de extraccin y siste-mas de traspaso de mineral.-Cumplimiento del programa diario.-Anlisis y muestreo de humedad y granulometra.B.7Contar con informacin actualizada de la fuente que influye en la generacin de agua barro (ej. Crter mina El Teniente, inspecciones de subsidencia).Debedisponersedeunprogramadevuelosaerofotogramtricosyotros segn requerimiento a la cavidad mina, adems de un programa de inspec-ciones de subsidencia interior mina. Con esta informacin se deben emitir recomendaciones operacionales para controlar el riesgo de bombeo. B.8Disponer de un sistema de control produccin, para verificar el cumplimiento del programa y estrategia de extraccin.Contar con sistemas para el control de produccin en tiempo real.Reporte de extraccin semanal.Identificacin de desviaciones y acciones correctivas.B.9En caso de realizar movimientos de material en zonas con alta humedad o barro, este debe realizarse con equipos telecomandados.La ubicacin del operador debe sertal que no se exponga a riesgo de bom-beo de otros puntos o del que est extrayendoy siempre hacia una va de evacuacin expedita.El control remoto debe considerar sistemas de televisin que permitan ve-rificar la extraccin de mineral.Cada operador debe contar con sistemas de comunicacin bidireccional.B.10 Realizar un monitoreo sistemtico al estado de los puntos de riesgo de bombeo, incluyendo mediciones de humedad y granulometra.Contar programade inspeccin y levantamiento de la informacin de las variables geominero-metalrgicas para las zonas de humedady carta de muestreo para determinarel porcentaje dehumedad.32Gua de Bombeo Agua Barro ECF 15G U A D E LB.11 Verificar que los puntos de extraccin con presencia de barro se encuentren abocados y/o confinados. No debe haber ningn punto de extraccin o zona con riesgo de bombeo con colgaduras o no abocado, si esto ocurre tal condicin debe ser resuelta de inmediato, confinando la zona, segn instructivos pertinentes.B.12 Verificar que los piques de traspaso y buzones con presencia de agua o barro posean una estrategia de operacin segura. La etapa de verificacin debe ser normada conforme a un procedimiento o instructivo respectivo.Revisar la estrategia de operacin.Despus de aplicar un procedimiento o instructivo a los piques de traspaso y buzonescon presencia de aguas, revisar la estrategia y hacer cambios si es necesario. B.14 Integrar en el plan divisional de emergencias un anexo especfico que regule el actuar en situaciones de Bombeo Agua-Barro.El anexo ante emergencia de bombeo agua-barro debe contener a lo me-nos:-Estar incorporado en el plan de emergencia divisional.-Protocolo de comunicaciones.-Ubicacin de los grupos de trabajo en su interior.-Vas de evacuacin expeditas.-Sealizacin.-Equipos de emergencias.-Roles y responsabilidades.-Programa de simulacros.-Cdigo de aviso.-Planos generales de labores.-Capacitacin y entrenamiento para actuar en caso de emergencia.-Contar una brigada local de rescate, con especializacin en labores de rescate post ocurrencia de bombeo.B.13 El anlisis de riesgo y la autorizacin para la extraccin de zonas con humedad o el ingreso en reas propensas al riesgo de bombeo, debern ser aprobadas por un Superintendente, Director o cargo de responsabilidad similar de Codelco.33REQUISITOS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONESCC.1Verificar el cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo (Plan Matriz) de los equipos que cuenten con sistemas de operacin remota (LHD y buzones) Contar con sistema de comunicacin bidireccional con a lo menos 3 cana-les.Todoslosequiposdebenposeerunsistemaderadiocomunicacintipo Tracking,concanalesindependientesparalaoperacin,mantenciny emergencias, este ltimo, que predomine por sobre el resto de las comuni-caciones del grupo.C.2Aislar o confinar los sectores de extraccin de mineral hmedo con riesgo de una descarga no controlada de agua-barro. Debe definirse de acuerdo a condiciones de terreno y potencialidad del ries-go, cada uno de los sistemas de aislamiento a usar para confinar el sector.DefinicionesDa.Bombeo de Agua/Barro: es la descargaviolenta de agua y barro de una columna licuefactada a travs deinfraestructurascomopuntosdeextraccin, piques de traspaso, buzones y compuertas.b.Matriz de Criticidad: es la clasificacin del peligro de escurrimiento de barro (bombeo) de un punto de extraccin, basada en los dos parmetros definidos como relevantes:-ContenidodeHumedad(%)segnanlisisde laboratorio-Tamao de grano del material (G 25 cm), obtenida de informacin cualitativa de observacin en terreno Ver Informe tcnico SGP-I-016/2010: Definicin de matriz de criticidad para el control de agua barro.34Gua de Bombeo Agua Barro ECF 15G U A D E LALCANCEEste estndar especifica requisitos obligatorios en todas las divisiones, faenas y proyectos de la Corporacin y para todas las empresas contratistas y subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.Gua de Estallido de RocasOBJETIVOSEliminar o controlar accidentes graves y fatales producto de trabajar en operaciones mineras que expongan al personal al riesgo de estallido de rocas.ECF 16G U A D E L36REQUISITOS DE LAS PERSONASAA.1Presentar aptitudes tcnicas, fsicas y psicolgicas adecuadas.Todo trabajador que considere o estime que sus aptitudes tcnicas, fsicas y/o psicolgicas estn disminuidas, deber informar de esto a su super-visindirecta,demanerainmediatayantesderealizarcualquiertipode trabajo, a objeto de ser reasignado a otras tareas o derivado a un centro de atencin mdica, segn corresponda.Ningn trabajador podr estar bajo la influencia del alcohol o drogas ilcitas. Referencia: Estndar de Salud en el trabajo.Toda persona que ejecute trabajos o tareas en zonas con riesgo de estalli-do de roca deber estar tcnicamente apto conforme al punto A.2.A.2Las personas que realicen actividades en zonas con riesgo de estallido de rocas, deben contar con capacitacin respecto a los efectos de los eventos ssmicos en galeras, excavaciones e infraestructura minera.La capacitacin deber ser dictada por un profesional, con aprobacin del rea Geomecnica y deber considerar los siguientes aspectos:Conceptos de Geologa y Geomecnica aplicada.Sismicidad inducida en roca primaria y estallidos de roca.Procedimientos vigentes para el control de los efectos ssmicos y estallidos de roca.La capacitacin debe ser reforzada peridicamente mediante charlas infor-mativas.A.3Cada trabajador antes de ingresar a un rea operativa debe conocer el nivel de riesgo de estallido de rocas y realizar una evaluacin de su lugar de trabajo.El nivel de riesgo de estallido de rocas de su rea de trabajo, debe ser ve-rificado en el mapa de riesgo del respectivo sector, el cual ser actualizado trimestralmente por el rea Geomecnica correspondiente.Al llegar a su lugar de trabajo cada persona deber identificar anomalas relacionadas a la condicin del macizo rocoso y/o fortificacin e informar a su supervisin ante la existencia de stas.Gua de Estallido de Rocas ECF 16G U A D E L37A.4El supervisor a cargo, debe evaluar cada uno de los puntos de trabajo previo a la realizacin de tareas en cada turno.A.5Cada trabajador previo al ingreso a un rea con riesgo de estallido de rocas, debe ser autorizado por escrito por el encargado del rea respectiva.A.6Informar cualquier anomala a los encargados del rea respectiva generadas por la ocurrencia de un evento ssmico.Ante un evento ssmico se deben identificar una o ms de las siguientes condiciones de riesgo, y avisar al encargado del rea:a)Zonas sin fortificacin.b)Zonas con fortificacin fuera de servicio, tales como mallas cortadas, pernos cortados, pernos o cables sin planchuelas o mal instalados.c)Zonasconfortificacinactiva(muroscargados,planchuelassolicita-das, mallas cargadas, agrietamiento o abombamiento de shotcrete)d)Sealesdeactivacindebloquesocuas(aberturadeestructuras, presencia de agua, agrietamiento o fisuras en el shotcrete).e)Falta de acuadura.f)Levantamiento de piso.g)Ruido local entorno a la galera (por ej.: crepitaciones, ruido persisten-te).REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINBB.1Disponer de personal y recursos para gestionar el riesgo de estallido de rocas, con roles y funciones definidas.a)Disponerdeorganizacininternaqueauditeycontroleelriesgode estallido de rocas.b)Disponer de un grupo de especialistas geomecnicos.c)Disponer de un grupo de especialistas gelogos-geotcnicos.d)Disponer de un rea que realice la programacin y control de la produc-cin, considerando los lineamientos geomecnicos.38B.2Contar con reglamento interno de fortificacin, procedimientos de control de efectos ssmicos y de trabajos en zona de transicin.El documento debe contar con a lo menos los siguientes documentos:a)Reglamento interno de fortificacin.b)Procedimiento general para controlar efectos ssmicos en la explota-cin de roca primaria.c)Procedimiento de definiciones de estndares y protocolo para autori-zar ingreso y trabajos en zona de transicin.B.3Disponer de protocolos y estndares de calidad en los desarrollos, construcciones e instalacin de fortificacin. B.5Contar con sistemas automatizados, telecomandados u otros, para realizar operaciones crticas en zonas propensas a estallidos de rocas.B.4Contar y mantener operativo un sistema de monitoreo ssmico y de alerta temprana ante la posible ocurrencia de un estallido de rocas.El sistema debe estar en lnea y disponible en forma permanente para la visualizacin del personal que lo requiera.B.6Incorporar las lecciones aprendidas yefectuar gestin del cambio que facilite el control y mitigacin del riesgo de estallido de rocas, de acuerdolo siguiente:a)Realizaranlisiscausalesdelosestallidosderocasqueseregistren, incorporando las lecciones aprendidas a la planificacin y explotacin de los sectores.b)Realizar y disponer de estudios de ingeniera, que permitan avanzar en el conocimiento y seguimiento del manejo del caving y estallido de rocas.c)Incorporar consideraciones geomecnicos y de riesgo ssmico, en las eta-pas de proyecto, ingeniera, desarrollo, construccin, puesta en marcha y recepcin de todo proyecto minero con riesgo de estallido de rocas.d)Verificar la efectividad de las medidas preventivas/correctivas adoptadas como parte de las acciones de mitigacin de estallido de rocas.e)Se debe contar con un procedimiento asociado a la Gestin de Cambiof)Toda modificacin en actividades, protocolos, materiales e insumos aso-ciados a control de Estallido de Rocas que impliquen cambios que puedan afectarlaseguridaddelaspersonas,requerirdeunanlisisderiesgo previo, antes de su implementacin. Esto, para evitar introducir cualquier cambio que pueda afectar la seguridad de trabajadores y trabajadoras.Gua de Estallido de Rocas ECF 16G U A D E L39B.7Contar con informacin geolgica-geotcnica de detalle, para todos los sectores y niveles en explotacin, con riesgo de estallido de rocas.B.8Contar y Mantener un sistema de monitoreo permanente y operativo de actividad minera (preparacin, extraccin y tronadura).B.9Cuando se realicen actividades de acuadura en zona de alto riesgo de estallido de roca, esta se debe realizar con equipo mecanizado.B.10 El reinicio de actividades en forma posterior a la ocurrencia de un Estallido de Rocas, debe ser autorizada por el Gerente General.B.11 Contar con plan de emergencia especfico, el cual debe incluir:Estar incorporado en el plan de emergencia divisional.Protocolo de comunicaciones.Ubicacin de los grupos de trabajo en su interior.Vas de evacuacin expeditas.Sealizacin.Equipos de emergencias.Roles y responsabilidades.Programa de simulacros.Cdigo de aviso.Planos generales de labores generales.Capacitacin y entrenamiento para actuar en caso de emergencia.Contarunabrigadalocalderescate,conespecializacinenlaboresde rescate post-estallido de rocas.REQUISITOS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONESCC.1Contar con al menos dos accesos a los niveles productivos.40Gua de Estallido de Rocas ECF 16G U A D E LC.2Mantener instalaciones de faenas fuera de zonas con riesgo de estallido de rocas.C.3Los sectores con riesgo de estallido de rocas, deben permanecer con la sealizacin de advertencia de peligro, ingresando slo el personal debidamente autorizado.C.4Contar sistemas de comunicacin bidireccional en zonas con riesgo de estallido de rocas.DefinicionesDa.Estallido de Rocas: Ruptura y proyeccin instantnea delmacizorocoso,asociadaauneventossmico quegeneraprdidadelacontinuidaddelproceso productivo en la operacin minera.b.Eventossmico:Correspondeaunarupturaenel macizo rocoso, caracterizado por una liberacin de energa en forma de ondas.c.Peligrossmico:Eventosssmicosconpotencial deocasionardaosenunadeterminadazona, afectandoalaspersonasy/oalacontinuidad operacional.d.Riesgodeestallidoderocas:Esunamedida deprdidadepotencialesdaos,quecombina elpeligrossmicoconlavulnerabilidaddelos procesosoperacionaleseinfraestructura.Yser medido en tres niveles alto, medio o bajo.e.ZonatransicinZonaqueseencuentraenlas inmediacionesdelfrentedesocavacin,enque elmacizorocosoevidenciaelefectodela concentracin,variacinyrotacindeesfuerzos quegeneraelfrentedesocavacin.Laextensin deestazonaesdiferenteparacadasectoren explotacin.ALCANCEEste estndar especifica requisitos obligatorios en todas las divisiones, faenas y proyectos de la Corporacin y para todas las empresas contratistas y subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco en Minera Subterrnea.Gua de Control de Oxgeno y Gases Minera SubterrneaOBJETIVOSEliminar o controlar accidentes graves y fatales producto del trabajo en operaciones subterrneas con bajas concentraciones de oxgeno la presencia de concentraciones de otros gases que provoquen el desplazamiento del oxgeno en el ambiente.ECF 17G U A D E L42REQUISITOS DE LAS PERSONASAA.1Presentar condiciones ptimas de aptitudes tcnicas, fsicas y psicolgicas. Toda persona que ingrese a labores subterrneas deber estar tcnicamen-te apto conforme al punto 2.Todo trabajador que considere o estime que sus aptitudes tcnicas, fsicas y/o psicolgicas estn disminuidas, deber informar de esto a su super-visindirecta,demanerainmediatayantesderealizarcualquiertipode trabajo, a objeto de ser reasignado a otras tareas o derivado a un centro de atencin mdica, segn corresponda.Cada Divisin deber definir los requisitos de las aptitudes y competencias tcnicas que debe cumplir un trabajador para ejecutar un trabajo o funcin y el cual debe considerar una experiencia mnima en tareas similares, edad y un examen de aptitud previo. (ver artculo 14 cdigo del trabajo).Ningn trabajador podr estar bajo la influencia del alcohol o drogas ilcitas. Referencia: Estndar de Salud en el trabajo.A.2Todas las personas debern tener instruccin de los tipos de gases presentes en labores subterrneas, sus mtodos de deteccin y control.Lacapacitacinsedeberealizarenformapermanentedeacuerdoalos programas de capacitacin, en relacin a los procedimientos y normativas aplicables, la que debe quedar debidamente registrada.La capacitacin debe considerar aspectos tericos y prcticos, en aspectos de mediciones ambientales, uso de equipos,control de condiciones am-bientales y efectos sobre la salud. Se debe aplicar un mtodo de evaluacin con registro que asegure el nivel de entendimiento de la capacitacin. A.3Las personas que usen instrumentos de deteccin de gases y oxigeno debern ser instruidos en su operacin.La capacitacin debe ser evaluada de forma terica y prctica, quedando debidamente registrada.Se debe aplicar un mtodo de evaluacin con registro que asegure el nivel de entendimiento de la capacitacin. Gua de Control de oxgeno y Gases Minera Subterrnea ECF 17G U A D E L43A.4Los supervisores en trabajos de tronadura, en espacios confinados o donde pueda existir deficiencia de oxgeno, deben portar instrumentos medidores.La supervisin es responsable de efectuar y controlar que se efecten los monitoreos de gases nocivos y de ventilacin en las reas afecta al riesgo. El supervisor es responsable de verificar que los trabajadores que realicen mediciones ambientales tengan las competencias para realizar dicha acti-vidad. Los supervisores deben estar debidamente capacitados para efectuar me-diciones ambientales,dicha capacitacin debe quedar debidamente regis-trada.Todo supervisor debe efectuar mediciones ambientales semanales en los lugares donde operan mquinas diesel, de tal forma de garantizar que se cumpla la normativa legal vigente. (art. 133 DS 72).REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINBB.1Realizar la gestin del cambio frente a modificaciones en el diseo de equipos y procesos crticos.Toda vez que se hagan cambios a los sistemas de ventilacin (por ejemplo: agregar galeras o chimeneas, cerrar galeras o chimeneas, agregar o quitar ventiladores, etc.) se debe hacer un anlisis de riesgos que incluya medi-das de control frente potenciales riesgos derivados del cambio y un estudio de equilibrio de caudales asegurando que se cuenta con los caudales de aire suficiente en relacin a los equipos y personas.En anlisis del riesgo de la gestin del cambio debe ser aprobado porel nivel de un Superintendente o Director de Codelco. B.2Contar con Reglamento Interno de Ventilacin Divisional, que incluya gestin de labores abandonadas o discontinuadas que puedan presentar deficiencia de oxgeno. EstereglamentodebedarcumplimientoaloestablecidoenelTtuloIII, Explotacin de Minas Subterrneas, Captulos, Tercero, Cuarto y Quinto del DS 72. Adems debe dar cumplimiento con lo establecido en el Ttulo III, Prrafo I, De la Ventilacin del DS 594.En este Reglamento se deben establecer las responsabilidades de diseo, instalacin,operacinymantencindellossistemasdeventilacin(por ejemplo ventiladores, ductos, mangas, puertas,supresores, otros.). 44Este Reglamento debe especificar la frecuencia de aforos enmarcados en la legislacin vigente. En el reglamento se debe indicar los caudales requerido para la operacin normal de la mina.Se debe indicar la especificacin de los elementos que regulan los flujos de la ventilacin (por ejemplo puertas automticas o manuales, puertas para casodeincendio,puertaspararegularlaventilacin,tapadosdelamas, dumper, otros.)Todapuertadeventilacinmetlicadebeseraccionadaporsistemashi-drulicos.Establecer requisitos de los vehculos y equipos para el ingreso a labores subterrneas, como por ejemplo tipos de combustibles, control de emisin de gases, uso de catalizadores cuando corresponda, etc. Los sistemas de ventilacin principal deben contar con monitoreo en lnea y alarmas en caso de falla. Especificarlasaccionesaseguiranteladisminucinodetencindela ventilacin. Todas las personas deben tener instruccin sobre el uso adecuado y auto-rizado de los sistemas de ventilacin. Se debe establecer normas de ventilacin para tareas de desarrollos de ga-leras ytneles (por ejemplo distancia mnima a las frentes de 30 metros), piques, cavernas y chimeneas. B.3Contar con un Procedimiento especial para ingresar a zonas con deficiencia de oxgeno y para el tratamiento de emergencias.Este procedimiento debe cumplir con lo establecido en el Ttulo III, artculos 92 y 145 del DS 72.El responsable de identificar y de establecer los controles de ingreso a las zonas con deficiencia de oxigeno es el Jefe de Ventilacin o su equivalente delaDivisin,conladebidaautorizacindelosresponsablesdelrea mina, geologa, geotecnia y planificacin minera.Establecer un mtodo y protocolo de verificacin de cierres y apertura de zonas con deficiencia de oxgeno (abandonada o discontinuada) que incluya frecuencia trimestral mnima de control. Elingresoalaboresabandonadasodiscontinuadasendondenoexista ventilacindebeserefectuadoporsupervisoresdelreadeventilacin, servicios y seguridad, adems del apoyo de la brigada de emergencias con equiposderespiracinautnomoseinstrumentosdemonitoreomultiga-ses, si fuera necesario. El ingreso a zonas con probabilidad de deficiencia de oxgeno debe ser de a lo menos 3 personas y deben portar un instrumento de multi gas de a lo menos: Oxgeno, Monxido de Carbono y gas Nitroso.En caso de emergencia en el desarrollo de esta actividad, se debe aplicar el reglamento de emergencia del reaGua de Control de oxgeno y Gases Minera Subterrnea ECF 17G U A D E L45B.4Posterior a las tronaduras, se debe verificar que los contenidos de gases txicos o la concentracin de oxigeno estn dentro de los lmites permisiblespara reanudar las operaciones. El control ambiental se debe efectuar con dos personas a lo menos, utili-zando en todo momento de la tarea, su equipo de chequeo de multigases (monxido, oxgeno y gases nitrosos), calibrado y corregida su alarma, de acuerdo a factor de altura geogrfica. Elingresodepersonalalaslaboresposterioraunatronadura,serde acuerdo a lo establecido en el reglamento de tronadura, considerando a lo menos variables de ventilacin y condiciones estructurales de cajas y techo B.5Contar con un Mapa de Riesgos que indique zonas con deficiencia de oxgeno. El responsable de generar y actualizar el Mapa de Riesgos es al Jefe de Ventilacin o su equivalente en conjunto con la GSSO., en dicho mapa de-ben estar claramente identificadas las labores abandonadas o discontinua-das donde pudiese existir deficiencia de oxgeno. El Mapa de Riesgos se debe actualizar a lo menos una vez al ao o cada vez que existan modificaciones a la ventilacin que generen nuevas zonas con deficiencia de oxgeno o por la actualizacin de las labores abandona-das o discontinuadas. La difusin del Mapa de Riesgos se debe efectuar en las charlas de induc-cin y charlas operativas peridicas de la mina, de manera de asegurar la difusin de sus modificaciones. El mapa de riesgos debe estar publicado en lugares estratgicos de la mina.Todalabordedesarrollo,hundimientooproduccinenquesedetecten gases nocivos por sobre la norma o con deficiencia de oxgeno, deber ser aisladaenformainmediatanopermitiendoelaccesodepersonalhasta que no se regule su nivel de ventilacin, se debe instalar sealizacin que advierta sobre el peligro.B.6Antes de ingresar a chimeneas o piques se debe chequear presencia de gases nocivos y de oxgeno. En cada desarrollo de chimeneas o piques deber contarse con instrumen-tos de medicin de Oxgeno, Monxido de Carbono y Gases Nitrosos a lo menos. 46REQUISITOS DE LOS EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y MATERIALESCC.1Se debe asegurar la calibracin peridica de los instrumentos de medicin.La calibracin de los equipos de chequeo multigases, debe ser de acuerdo a lo establecido por el fabricante y realizado por un organismo autorizado yacreditado,dichacalibracindebequedarregistradaparaverificaciny control.La calibracin debe ser en base a la Norma Chilena respectiva. Cadainstrumentodebemantenerunahojadevidaqueindiquelasca-ractersticas tcnicas de ste, nmero de serie, y fechas de calibracin y mantencin. Esta hoja deber ser completada por la supervisin, dejando una copia en control de acceso para su fiscalizacin.C.2Los equipos diesel debern ser revisados mensualmente, verificandolos niveles de emisin de monxido de carbono y xidos de nitrgeno. Todo equipo y vehculo debe portar un adhesivo o bitcora de registro que evidenciaquecuentaconlaevaluacindeemisindegasesvigentede acuerdoalanormativanacionalvigente(Decreto72,DecretoSupremo 594).Las cabinas de los LHD deben ser presurizadas y con sistema de inyeccin de aire acondicionado y con filtro. La hermeticidad de las cabinas de los LHD deben ser revisados a lo menos en forma semestral. A peticin del operador del equipo, se podr a realizar un control de gases antes de la fecha establecida.C.3En las reas abandonadas o discontinuadas se debe instalar una barrera fsica para evitar el ingreso de personal. El estndar de cierre de labores abandonadas o discontinuadas ser de la siguiente forma:SectoresAbandonados:cierreconmurodeconcretoarmadoomurode bloque, adems de la sealizacin restrictiva de prohibicin de acceso con la leyenda PELIGRO NO PASAR Sector AbandonadoSector Discontinuado: cierre con malla tipo gallinero, adems de la sea-lizacin restrictiva de prohibicin de acceso con la leyenda PELIGRO NO PASAR Sector DiscontinuadoEquipos y Herramientas Porttiles y Manuales ECF 5G U A D E L47C.3Instalar en los frentes de trabajo y accesos sealizacin con los lmites permisibles de gases y oxigeno. Los lmites mximo permisibles para los gases se debe referir a lo menos para el Monxido de Carbono, Dixido de Carbono y xidos Nitrosos los que estn relacionados con el Decreto Supremo 594 y Decreto Supremo 72. ParaelcasodelOxgenolasealizacindeberindicarellmitemnimo para trabajar sin riesgos a las personas establecido en el artculo 144 del Decreto Supremo 72 (19,5% de Oxgeno). Losvaloresmximospermisiblesdebeconsiderarlajornadalaboralyla altura geogrfica. Para el caso de exposicin al Monxido de Carbono, deficiencia de Oxgeno o gases nitrosos el lmite permisible es instantneo, segn lo establecido en el Decreto Supremo 72. Para el resto de los contaminantes deber con-siderarse los lmites permisibles ponderados del Decreto Supremo 594.48Equipos y Herramientas Porttiles y Manuales ECF 5G U A D E LALCANCEEste estndar especifica requisitos obligatorios en todas las divisiones, faenas y proyectos de la Corporacin y para todas las empresas contratistas y subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco y que estn expuestas a riesgos de avalanchas.Gua de AvalanchasOBJETIVOSEliminar o controlar riesgos de accidentes fatales producto del desencadenamiento espontneo o artificial de avalanchas de nieve.ECF 18G U A D E L50REQUISITOS DE LAS PERSONASAA.1Presentar aptitudes tcnicas, fsicas y psicolgicas adecuadas.Toda persona que ingresa a zonas con riesgos de avalanchas debe cumplir lascondicionesdesaludylaaptitudfsicaparaenfrentaryadaptarsea clima riguroso como baja sensacin trmica, altura geogrfica y ambientes de montaa en general. Para ello debe contar con un certificado de salud vigenteotorgadoporunorganismoautorizadoyvalidadoporlaDivisin correspondiente.Toda persona que realiza las actividades de evaluacin, rescate de vctimas atrapadas por avalanchas y control de riesgos de avalanchas, debe tener condiciones de salud y aptitudes psicolgicas que permitan actividades de esfuerzo en montaa, rescate, toma decisiones en ambiente adversos. Todo trabajador que considere o estime que sus aptitudes tcnicas, fsicas y/o psicolgicas estn disminuidas, deber informar a su supervisin direc-ta, de manera inmediata y antes de realizar cualquier tipo de actividades de esfuerzoen zona de montaa con riesgos de avalanchas.Todo conductor de equipo pesado que opere en procesos de limpieza de nieve o trabaje en condicin invernal expuesto a avalanchas y que por pres-cripcin mdica, est sometido a tratamiento con sustancias licitas o cual-quier medicamento que a juicio de un facultativo, altere significativamente sus condiciones psicomotoras, debe informar su condicin a su supervisor directo y debe ser relevado de sus funciones inmediatamente.Ningn trabajador podr estar bajo la influencia del alcohol o drogas ilcitas. Referencia: Estndar de Salud en el trabajo.A.2Las personas que realicen o sean responsables de las operaciones y/o actividades de desencadenamiento preventivo de avalanchasy/o responsable de las obras de instalacin de sistemas de proteccin frente avalanchas de nieve,deben contar conentrenamiento y capacitacin certificada.Debe acreditar aprobacin de :-Cursos de nivologa y control de avalanchas,certificadopor organis-mo reconocido internacionalmente o mnimo 15 aos de experiencia prctica en manejo de seguridad invernal, en labores de nivologa y de control de avalanchas.-Cursos de montaa y esqu de montaa o al menos 5 aos de prctica de estas disciplinas.-Curso de rescate en avalanchas certificado y aprobado por organismo reconocido nacional o internacionalmente -Curso de primeros auxilios en zonas remotas con certificacin por or-ganismo reconocido nacional o internacionalmente.Gua de Avalanchas ECF 18G U A D E L51A.3Las personas expuestas a riesgos de avalanchaso propios de las actividades en alta montaa con dificultades de acceso, deben estar entrenadas y capacitadas respecto a identificar peligros, mtodos de control y conocer las zonas de seguridad resguardo, adems de estar instruidos y entrenados para actuar en caso de emergencias.Deben ser informado de los peligros de montaa invernal en los cursos de induccin de seguridad impartido en la Divisin correspondiente.Deben ser capacitado en acciones de autoproteccin y tcnicas de rescate y supervivencia frente a escenarios de avalanchas.Curso de capacitacin con prctica en terreno de bsqueda de personas atrapadas por avalanchas con sistema de deteccin de vctima ARVA, en sus dos modalidades, emisin y bsqueda.A.4El personal responsable del desencadenamiento preventivo de avalanchas mediante el uso de explosivos debe contar con la licencia de manipulador de explosivo vigente.Rendir examen ante autoridad fiscalizadora (Carabineros de Chile)Renovar segn plazos estipulados por la Ley la licencia otorgada a fin de mantener su vigencia.Acreditar curso de manejo de explosivo dictado por organismo o empresa acreditada para tal actividad.A.5Disponer de los equipos, vestuarios y EPP especficos para el desarrollo de la tarea en zonas de alta montaa invernal.A.6En las labores de terreno en zonas con riesgos de avalancha presente, debe contar con dispositivo ARVA (aparato detector de vctimas de avalanchas) segn estndar especificado en reglamento de operacin invierno y apartir del invierno 2013 complementado con el sistema RECCO.52A.7 Las evaluaciones nivolgicasy labores de terreno en laderas nevadas no debern realizarse con indicies de avalanchas superiores o iguales al nivel 3 de la escala europea de riesgos de avalanchas.No deben ser solicitadas,autorizadas ni ejecutadas labores de evaluacin nivolgicas en laderas o en zonas expuestas a riesgos de avalanchas cuan-do exista una o la combinacin de las siguientes condiciones:Nivel de riesgos de avalanchas igual o superior a 3, evaluado por organismo Divisional responsable de la seguridad invernal.Condiciones de nevadas moderadas a intensas, o se prevea una proximi-daddeprecipitacionestalquenopermitanasegurarqueelpersonalde nivologa pueda regresar al refugio y/o zona segura.Situacionesdevientosytransportedenieveporvientoenlaszonasde medicinque genere un riesgo localizado de avalanchas de placas.Situaciones meteorolgicas adversas que reduzcan la visibilidad a menos de 500 metros.Sensacin trmica igual o inferior a -25Celsius, independiente del grado de proteccin trmica aportada por la vestimenta.En zonas ubicadas bajo la presencia de cornisas, serac, y/o en sendas de avalanchas activas y que no presenten vas de escape o zonas de seguri-dad.A.8Disponer deprocedimientos que establezcan la identificacin de peligro, evaluacin del riesgo y las medidas de control a ser implementadas por el personalen terreno.Todo personal que realiza actividades de: evaluacin nivolgica en terreno, desencadenamientopreventivodeavalanchas,mantencinyreparacin de urgencia o rutinaria de equipos, sistemas o instrumentos asociados a la seguridad invernal ubicados en montaa debe aplicar las herramientas vigentes de control de riesgos tales como HPT, tarjeta verde u otros entre-gados por la administracin Divisional responsable de la seguridad y salud ocupacional.Disponer de un manual de procedimientos para las labores crticas en terre-no, tales como: evaluacin nivolgica en laderas, acceso e intervencin de equipos ubicados en montaa, rescate de vctima de avalanchas, desenca-denamiento preventivo de avalanchas mediante el uso de explosivos in situ y/o a travs de sistemas remotosGua de Avalanchas ECF 18G U A D E L53REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINBB.1Todo trabajadordebe ser informado por la organizacin del riesgo de avalanchas presente en las diferentes reas y labores en superficie, adems de conocer las medidas de proteccin frente a este tipo de peligros.La organizacin debe entregar y asegurar su comprensina todo trabaja-dor, de los siguientes documentos:A.9Disponer de sistemas de comunicaciones redundantes y planes de actuacin implementadosfrente a emergencias por avalanchas y/o frente a accidentes en zonas de alta montaa.El servicio y/o personal que realiza actividades de intervencin en montaa invernal debe disponer de un sistema de respuesta a emergencia que con-sidere los siguientes puntos:a)Autoproteccin y auto-rescate frente a escenarios de avalanchas, dis-poniendodeunsistemaredundanteycomplementarioARVA-RECCO ysuselementosrequeridosparaefectuarbsquedainmediatade vctima, entre otros,disponibilidad in situ de Pala de nieve y sondas especificas, ambas para el rastreo y liberacin de vctimas atrapadas por avalanchas.b)Disponer de dispositivos individuales del tipo ABS System, o similar, a objeto de aumentar la probabilidades de supervivencia en caso de ser afectado por avalanchas.c)Disponibilidad de rescate y atencin inmediata por personal entrena-do.Porlotanto,todaactividaddeintervencinenmontaainvernal debe realizarse siempre con un mnimo de dos personas y nunca con un solo especialista.d)Disponerdeunsistemadecomunicacinrobustayredundantecon cobertura en la zona de intervencin y enlazada con las Unidades de Rescate y/o central de comunicaciones de emergencias perteneciente a la Divisin. Este sistema debe ser probado peridicamente asegu-rando su efectividad.e)Disponer manual de procedimiento de actuacin frente a situaciones de emergencia en montaa invernal que considere los mecanismos de activacin y flujos de comunicaciones, procedimientos de bsqueda y rescate,procedimientodeasistenciaavctimaenterrenoyprocedi-miento de traslado considerando la evacuacin por helicptero u otro medio.f)El sistema de emergencia debe ser probado y ejercitado al menos una vez por semana y debe realizarse un simulacro una vez al mes.54a)Reglamento de operacin invierno antes de la temporada invernal, fe-chadefinida por la administracin. Este reglamento debe establecer responsables e informacin de seguridad especifica del periodo inver-naltalescomo:emisindealertas,lasexigenciasdeequipamiento para todo el personal y equipos que transitan por zonas de montaa en invierno, mapa de ubicacin actualizado de las zonas de riesgos de avalanchas y de refugios o zonas de seguridad. Adems debe contener informacin til para la actuacin frente a la condicin invernal y sus riesgos asociados.b)Cada rea debe dar a conocer y difundir entre sus trabajadores tanto propios como externos (colaboradores) el Plan invierno especfico de su rea. Plan que adems debe estar disponible en la web institucio-nal. c)Antes y durante el periodo invernal la organizacin debe dar a conocer por medios audiovisuales masivos los principales aspectos de seguri-dad asociado al Plan invierno Divisional. Esta informacin debe estar disponible por medio de trpticos y videos institucionales u otro medio, que sean visibles en todos los lugares de encuentro masivos de traba-jadores.B.3La Organizacin debe, disponer de estrategias para la reduccin de la probabilidad de ocurrencia de avalanchas mediante el uso de sistemas o mtodos de control activo de avalanchas tales como;Desencadenamiento preventivo de avalanchas, evitando granacumulacin de nieve en las zonas de arranque de avalanchas que por su magnitud y/o trayectoria puedan generar dao a personas al interior de edificaciones e instalaciones crticas de la empresa, (tasa de control no superior a 50 cm denievenuevacuandolosanclajesnaturaleshansidocubiertosporel manto nivoso).-Para ello debe disponer de personal interno y/o externo especialista en las labores de desencadenamiento preventivo de avalanchas con disponibilidad de 24 horas todos los das comprendido entre el inicio y trmino del periodo invernal (incluyendo fines de semana) y/o mien-tras persista el riesgo de avalanchas fuera del periodo invernal defini-do.B.2Toda empresa que da el servicio de Desencadenamiento Preventivo de Avalanchas mediante la utilizacin de explosivos debe contar el permiso de consumidor habitual de explosivos, otorgado por la autoridad correspondiente.Esta obligatoriedad debe ser exigida en las bases tcnicas de licitacin del servicio de desencadenamiento preventivo de avalanchas.Gua de Avalanchas ECF 18G U A D E L55-El personal y/o servicio responsable del desencadenamiento preventi-vo de avalanchas debe disponer de informacin nivometeorolgica en todo momento durante el periodo invernal a fin de asegurar la mayor efectividad del control de avalanchas.Desencadenamientopreventivodeavalanchasposttormentayenforma previa a las autorizaciones de limpieza y de trnsito en caminos expuestos a sendas de avalanchas con potencial de dao a maquinaras, vehculos o personas que transitan a pie.-Siempre se realizar por medio de los sistemas disponibles un control preventivo de avalanchas,a fin de asegurar zonas y evaluar la estabili-dad del manto de nieve mediante el desencadenamiento preventivo de avalanchas, con la excepcin que el personal de nivologa y responsa-ble de la seguridad invernal disponga lo contrario.-Las zonas que no dispongan medios de proteccin sean estos; activos permanentes(paravalanchas),temporales(GAZEX,CATEX,caones, etc.)osistemaspasivostalescomogalera,diques,deflectoresy/o muros, debern ser controladas mediante el uso de carga activada o lanzada por medio de helicpteros o personal que pueda acceder en forma segura a la zona de inicio de avalanchas. Para la ejecucin de estas labores, cada Divisin que implemente este sistema debe ela-borar un procedimiento especficopara la ejecucin deestas tareas, elquedebeservisadoporelorganismotcnicoresponsabledela seguridad invernal de la Divisin correspondiente.Implementacin de sistemas activos y/o pasivos permanentes tales como muros, deflectores, pantallas y/o barreras paravalanchas en aquellas sen-dasdeavalanchasqueporsumagnitudotrayectoriapuedanafectara edificaciones en la que permanezca personal en su interior.-Toda instalacin existente ya expuesta a riesgo de avalanchay que en suinteriorpermanezcanpersonasduranteelperiodoinvernal,debe implementarsistemas que eviten que esta edificacin sea alcanzada por avalanchas. Para tal efecto se deben disear sistemas que en lo posible deflacten y/o detengan el flujo de energa de la avalancha pre-vista. Estas medidas necesariamente debencomplementarse con la implementacin en la zona de inicio de sistemas activos permanentes tales como para-avalanchas y/o terrazas que reduzcan y/o eliminen la zona de acumulacin de energa potencial. Complementariamente a lo sealado, todas las edificaciones ubicadas en zonas de riesgos de avalanchas deben ser avalanchas-resistente segn los clculos de energa-riesgo residual, estimacin que debe ser evaluada por espe-cialistas expertos reconocidos,para un escenario de 100 aos (pe-riodo de retorno).-Desarrollar un Plan de Intervencin para Desencadenamiento Preventi-vo de Avalanchas (PIDA), por parte de la Organizacin responsable de la seguridad invernal.56B.4Disponer de estrategias para la reduccin de la probabilidad de dao poravalanchas, mediante el uso de sistemas, instalaciones o mtodos de control pasivo temporales y/o permanentes tales como;Sistemasdealertatempranabasadaenelpermanentemonitoreo,esti-maciny difusin oportuna del riesgo de avalanchas para los diferentes sectores expuestos.Planes de evacuacin temprana de instalaciones susceptibles de ser im-pactada por avalanchas, basados en parmetros nivometeorolgicos y re-sistencia constructiva.Diques, cobertizos, tneles o las infraestructuras de proteccin que sean necesarias para proteger;caminos, instalaciones y/o accesos a faenas, queporfrecuenciadeocurrencia,magnitud,exposicinoimposibilidad de implementar otros sistemas, requieran ser protegidas por dispositivos pasivos contra avalanchas.Procedimientos de cierre de caminos y rutas expuestas,vigente mientras elriesgodeavalanchaseaevaluadoyconsideradocomoaceptablepor personal experto. (ndice riesgo de avalancha = 1 2)Disponer de planos y cartas actualizadas de las zonas o sectores suscep-tibles a riesgo de avalanchas, identificacin de sendas de avalanchas y zo-nificacin del riesgo de avalanchas utilizando como referencia la normativa europea.Establecerpermetrosdeseguridadyaislarelreaantesdeefectuarel desencadenamiento preventivo de avalanchas.Protocolos deautorizacin para el ingreso a zonas de alto riesgo de avalan-chas.Procedimientos de control territorial a fin de asegurar que toda instalacin o infraestructuras a ser instalada en superficie cuente conun anlisis de riesgos y autorizacin otorgadapor instancia responsable y calificada. Ninguna instalacin con destino de ocupacin humana, debe ser emplaza-da en una zona de riesgo alta de avalanchas (zona roja), las instalaciones existentes debern contar con sistemas de mitigacin que aseguren que personas no sern afectadas por avalanchas.B.5Disponer de estrategias para la reduccin de la extensin de dao poravalanchas mediante la aplicacin de normativas, uso de sistemas y/ o mtodos que permitan mitigar los daos causados por el impacto de avalanchas,tales como:Sistemaorganizado de bsqueda, rescate y trasladode vctimas atrapa-das por avalanchas mediante la activacin y respuestade personal capa-citado y entrenado para tal efecto.Gua de Avalanchas ECF 18G U A D E L57Sistema de localizacin temprana de vctimas mediante el uso de radares-reflectores (RECCO) complementado con sistema de emisin de 457 MHz para aquellas labores en zonas aisladas o con tiempos de respuesta supe-riores a los 20 minutos.Planes de actuacin frente a emergencias de avalanchas.Normativade construccin en montaa, avalancha-resistente. Para zonas expuestas y susceptibles. Condicin obligatoria para todo proyecto en su-perficie que por su exposicin requiera la proteccin frente a avalanchas.-Cada Divisin debe establecer una normativa de construccin en zo-nas de montaa que considere los siguientes aspectos:a)Altura geogrfica y acumulacin mxima de nieve por tormenta y media de acumulacin de nieve.b)Densidad promedio de nieve para la ubicacin y altitud geogrfica. c)Resistencia mnima al cizalleen cualquiera de sus puntos de 30 KPa.d)Columnasyvigasestructuralessolidariascontechosy/ocubiertas superiores.e)Losflancosexpuestosalflujodeenergadelaavalanchanodeben presentar resistencia a este, por tanto los diseos deben asegurar la continuidad de perfil al talud de la estructura.REQUISITOS DE LOS EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y MATERIALESCC.1El equipo pesado utilizado para el despeje de nieve y depsitos de avalanchas deber cumplir con el ECF 3 y adems estarn premunidos de sistema de calefaccin de las lneas de combustible que evite su congelamiento.C.2Los equipos de control de avalanchas temporales, debern ser instalados siguiendo como mnimo las indicaciones y especificaciones del fabricante. Su eleccin y lugar de emplazamiento ser definido por profesionales expertos calificados. No podrn estar expuestos a impactos de avalanchas, desprendimientos de hielo rocas u otros que puedan dejarlos fuera de servicio. De ser necesario, se debern considerar protecciones que garanticen, a todo evento, su disponibilidad.58C.3Los equipos de control de avalanchas temporales, debern contar con un plan de mantenimiento preventivo considerando como mnimo los requerimientos indicados por el fabricante y con un plan de reparacin segn resulte de inspecciones permanentes, periodicidad mnima anual.C.4Los equipos de registro de variables meteorolgicas y nivolgicas sern de diseo que soporten condiciones meteorolgicas extremas y debern ser mantenidos y calibrados segn directrices del fabricante. Sern controlados con una frecuencia mnima anual en perodo estival.C.5Las instalaciones destinadas a oficinas o albergues de personal, no podrn emplazarse en zonas expuestas a avalanchas y debern estar diseadas de modo soporten los esfuerzos de nieve y vientos segn cota geogrfica definidos para la Divisin.C.6Los sistemas de defensa pasivos debern controlarse anualmente comprobando que no han perdido su geometra. De ser necesario se rectificarn o repararn segn sea el caso. En caso de deteccin de un funcionamiento inesperado o inadecuado, se revisar su diseo. Gua de Avalanchas ECF 18G U A D E LALCANCEEste estndar especifica requisitos obligatorios en todas las divisiones, faenas y proyectos de la Corporacin y para todas las empresas contratistas y subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.Gua de Operaciones PortuariasOBJETIVOSEliminar o controlar accidentes graves y fatales producto del trabajo en Operaciones Portuarias.ECF 19G U A D E L60REQUISITOS DE LAS PERSONASAA.1Estar autorizado para realizar actividades portuarias.El personal que se desempee en tareas de embarques de cobre metlico, concentrado, embarque y desembarque de hidrocarburos y cido sulfrico, debe poseer autorizacin de trabajador portuario Tarjeta de Trabajador Por-tuario entregado por la DIRECTEMAR.El personal que se desempee en la operacin de equipos a flote (lanchas y remolcadores), debe poseer la autorizacin mediante nmero de matrcu-la, entregado por la DIRECTEMAR.Elpersonalqueopereequiposdecomunicacinradiotelefnicosqueno empleen las tcnicas y procedimientos del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Martima (SMSSM), debe contar con la autorizacin de Operador RestringidoRadiotelefonistadelServicioMvilMartimo,otorgadoporla DIRECTEMAR.ElpersonalquesedesempeeentareasdeOficialProteccindeInsta-lacionesPortuarias(OPIP),debecontarconlaautorizacindeOficialde Proteccin Instalaciones Portuarias, otorgado por la DIRECTEMAR.Los buzos deben contar con curso profesional de buceo y autorizacin otor-gada por la DIRECTEMAR.A.2Presentar aptitudes tcnicas, fsicas y psicolgicas adecuadas.Todo trabajador portuario debe estar tcnicamente apto conforme al punto A.1. y A.3Todo trabajador portuario que considere o estime que sus aptitudes tcni-cas, fsicas y/o psicolgicas estn disminuidas, debe informar de esto a su supervisin directa, de manera inmediata y antes de realizar cualquier tipo de operacin o actividades debe ser reasignado a otras tareas o derivado a un centro de atencin mdica, segn corresponda.Todotrabajadorportuarioqueporprescripcinmdica,estsometidoa tratamientoconsustanciaslicitasocualquiermedicamentoqueajuicio de un facultativo, altere significativamente sus condiciones psicomotoras, debe informar su condicin a su supervisor directo y debe ser relevado de sus funciones mientras se mantenga en tratamiento.Ningn operador portuario podr estar bajo la influencia del alcohol o dro-gas ilcitas. Referencia: Estndar de Salud en el Trabajo.Gua de Operaciones Portuarias ECF 19G U A D E L61A.3Tener evaluacin de salud vigente y por lo tanto un certificado de aptitud.Todo trabajador portuario debe previamente someterse a un examen pre-ocupacional y ocupacional de salud por parte de un organismo competente; el cual emitir un certificado de aptitud y vigencia.Dicha evaluacin de salud debe ser conforme al Acuerdo de Homologacin deEvaluacindeSaludparaTrabajosenlaIndustriaMinera(Codelcoy Organismos Administradores de la Ley 16.744).A.4Estar capacitado para realizar actividades portuarias.El personal que se desempee en tareas de operaciones portuarias (em-barques de cobre metlico, concentrado, desembarque de hidrocarburos, embarque y desembarque de cido sulfrico), debe estar capacitado en los Procedimientos Especficos para cada tarea.El personal que se desempee en tareas de desembarque de hidrocarbu-rosyembarqueydesembarquedecidosulfrico,debeposeerelcurso de Manejo de Sustancias Peligrosas y el conocimiento en el Estndar de Control de Fatalidad Nro. 9 y su respectiva aplicacin.Toda persona que intervenga en izaje de cargas debe tener conocimiento en el Estndar de Control de Fatalidad Nro. 7 y su respectiva aplicacin.El personal que se desempee en tareas de operaciones portuarias debe estar capacitado en el Plan de Emergencia aprobado por DIRECTEMAR.El personal que se desempee en tareas de operaciones portuarias debe estar capacitado en el Cdigo I.S.P.S. (International Ship and Port Facility Security Code).REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINBB.1Contar con un Reglamento de Operaciones Portuarias.En puertos de embarque de minerales sean propios o de terceros, se debe contar con un reglamento interno de seguridad, el que debe estar revisado y aprobado por el Servicio Nacional de Geologa y Minera, el cual contendr normas, cuando corresponda, al menos sobre los siguientes puntos:a)Perforacin de pozos terrestres o costa fuera;b)Motores, equipos e instalaciones elctricas;c)Delimitacin de zonas peligrosas;d)Sistemas de alumbrado;e)Uso de material explosivo;f)Sistema de Seguridad de Instalaciones;g)Elementos de proteccin personal;h)Primeros Auxilios;i)Prevencin y control de incendios;j)Procedimiento s en casos de emergencias. Cdigo de seales; yk)Manualdeprocedimientosdeevacuacionesterrestres,encasode tormentas, incendios o maremotos.62B.2Contar con procedimientos que regulen las Operaciones Portuarias y complementen el punto B.1.Contarconprocedimientosespecficosdeintervencinqueincluyanuna completa identificacin de los peligros, evaluacin, determinacin e imple-mentacin de los controles necesarios sobre los riesgos operacionales.B.3Disponer de un sistema bidireccional de comunicacin autorizados por DIRECTEMAR.Todo trabajador portuario que est relacionado directamente con las opera-ciones de embarque o desembarque de carga debe disponer de un sistema de comunicacin bidireccional, adems, debe existir un sistema de comuni-cacin especfico entre el portalonero y el operador de la gra del puerto o de la nave.Lasestacionesbaseyequiposporttilesdecomunicacindebenestar autorizados mediante certificado emitido por la autoridad martima.B.6Realizar la gestin del cambio frente a modificaciones en el diseo de equipos y procesos crticos, que afecten las tareas de operaciones portuarias.Se debe contar con un procedimiento asociado a la Gestin de Cambio.Toda modificacin de actividades portuarias, que impliquen cambios en su diseo, soporte o logstica y que puedan afectar la seguridad de las perso-nas, requerir de un anlisis de riesgo previo, antes de su implementacin. Esto, para evitar introducir cualquier cambio que pueda afectar la seguridad de los trabajadores.B.4Contar un plan de emergencia aprobado por DIRECTEMAR.Contar con plan de simulacros para instalaciones portuarias.Asegurar y exigir la disponibilidad y uso de chalecos salvavidas para todos los trabajadores que aborden las naves.Suspender carguos y transportes por orden de DIRECTEMAR ante condicio-nes climticas adversas y/o situaciones de emergencia.Cumplir con el Cdigo I.S.P.S. (International Ship and Port Facility Security Code).B.5Contar con nombrada autorizada por DIRECTEMAR.Debe estar disponible el listado de todo el personal autorizado que trabaja en embarque y desembarque, tanto en molo como en nave.Gua de Operaciones Portuarias ECF 19G U A D E L63B.7Generar plan de trnsito.SedebeelaborarymantenerunPlandeTrnsitograficadoenunplano fs