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GACETA OFICIAL Octubre de 2014 1 GACETA OFICIAL PARLAMENTO ANDINO XLV PERIODO ORDINARIO OCTUBRE DE 2014 INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS SESIONES REGLAMENTARIAS SEPTIEMBRE PLENARIA - DECLARACIÓN DE IBARRA: “POR LA PAZ, EL DESARROLLO Y LA INCLUSION”………………………………………………………….. 3 - DECLARACIÓN EN APOYO AL PROYECTO YACHAY, CIUDAD DEL CONOCIMIENTO DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR……… 7 - DECISIÓN No. 1332: “ELECCIÓN DEL VICEPRESIDENTE DE LA REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA COLOMBIANA DEL PARLAMENTO ANDINO PARA EL PERIODO 2014 – 2015”…… 9 - DECISIÓN No.1333: “CONFORMACIÓN DE LAS COMISIONES PERMANENTES DEL PARLAMENTO ANDINO”…………………… 11 - DECISIÓN No.1334: “POR UNA SOLUCIÓN EFICAZ A LOS CASOS DE NIÑAS Y NIÑOS DE ALGUNOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA QUE VIVEN EN ALBERGUES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA IMPEDIDOS DE RETORNAR A SU PAÍS”……………… 13 - DECISIÓN No. 1335: “PARA LA CONFORMACIÓN DEL FRENTE PARLAMENTARIO CONTRA EL HAMBRE DEL PARLAMENTO ANDINO”…………………………………………………………………. 15

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GACETA  OFICIAL                                                                                                                                                          Octubre  de  2014                1      

 

 

GACETA OFICIAL PARLAMENTO ANDINO XLV PERIODO ORDINARIO

OCTUBRE DE 2014

INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS SESIONES REGLAMENTARIAS SEPTIEMBRE

PLENARIA

- DECLARACIÓN DE IBARRA: “POR LA PAZ, EL DESARROLLO Y LA INCLUSION”………………………………………………………….. 3

- DECLARACIÓN EN APOYO AL PROYECTO YACHAY, CIUDAD DEL CONOCIMIENTO DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR……… 7

- DECISIÓN No. 1332: “ELECCIÓN DEL VICEPRESIDENTE DE LA REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA COLOMBIANA DEL PARLAMENTO ANDINO PARA EL PERIODO 2014 – 2015”…… 9

- DECISIÓN No.1333: “CONFORMACIÓN DE LAS COMISIONES PERMANENTES DEL PARLAMENTO ANDINO”…………………… 11

- DECISIÓN No.1334: “POR UNA SOLUCIÓN EFICAZ A LOS CASOS DE NIÑAS Y NIÑOS DE ALGUNOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA QUE VIVEN EN ALBERGUES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA IMPEDIDOS DE RETORNAR A SU PAÍS”……………… 13

- DECISIÓN No. 1335: “PARA LA CONFORMACIÓN DEL FRENTE

PARLAMENTARIO CONTRA EL HAMBRE DEL PARLAMENTO ANDINO”…………………………………………………………………. 15

GACETA  OFICIAL                                                                                                                                                          Octubre  de  2014                2      

 

 

PROYECTOS DE INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO

PRESENTADOS A SER DEBATIDOS PROYECTO DE DECISIÓN No. 006-10-2014: “PARA IMPULSAR LA CONSTRUCCIÓN DE LA NORMATIVA REGIONAL QUE REGULE Y FOMENTE EL TURISMO COMUNITARIO EN LA REGIÓN ANDINA”- AUTORES: PARLAMENTARIA ANDINA SILVIA SALGADO ANDRADE- PARLAMENTARIO ANDINO ROBERTO GÓMEZ ALCIVAR …………….. 17 PROYECTO DE DECISIÓN NO. 007-10-2014: “APORTES DEL CONOCIMIENTO Y TECNOLOGÍAS ANCESTRALES A LA ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO” AUTORA: PARLAMENTARIA ANDINA HILARIA SUPA HUAMÁN PRESIDENTA COMISIÓN TERCERA ..

PROYECTO DE DECISIÓN NO. 008-10-2014: “SEMINARIO REGIONAL SOBRE “DISCRIMINACION RACIAL, PREVENCION Y ERRADICACION”- “AUTORA: PARLAMENTARIA ANDINA HILARIA SUPA HUAMÁN PRESIDENTA COMISIÓN TERCERA ………………………………………… 40

PROYECTO DE DECISIÓN NO. 009 – 11- 2014: ‘EL APOYO DEL PARLAMENTO ANDINO A LA CONFERENCIA DE LAS PARTES DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO – COP’……………………………………………………………….. 56

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DECLARACIÓN DE IBARRA: POR LA PAZ, EL DESARROLLO Y LA INCLUSIÓN

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en el marco del XLV Periodo Ordinario de Sesiones, realizado en la ciudad de Ibarra, República del Ecuador a los 29 días del mes septiembre de 2014, con la participación de autoridades locales de Ecuador y Colombia, representantes de organizaciones sociales, así como de organismos multilaterales.

CONSIDERANDO

Que, el Artículo 104 del Acuerdo de Cartagena señala que para lograr la integración física de la Comunidad Andina se desarrollarán proyectos necesarios a fin de facilitar el tráfico fronterizo entre los Estados Miembros, pudiendo establecer entidades o empresas de carácter multinacional, cuando ello sea posible y conveniente para facilitar la ejecución y administración de dichos proyectos; Que, el Artículo 126 del Acuerdo de Cartagena establece que los Países Miembros de la Comunidad Andina emprenderán acciones para impulsar el desarrollo integral de las regiones de frontera e incorporarlas efectivamente a las economías nacionales y subregionales andinas; Que, de acuerdo al literal d) del Artículo 93 del Reglamento General, el Parlamento Andino contempla las Declaraciones como instrumentos mediante los cuales la Plenaria o la Mesa Directiva, expresan una determinada posición sobre asuntos relacionados con los objetivos del Parlamento Andino, el proceso de integración y demás temas de interés; Que, las fronteras constituyen espacios de encuentro, intercambio e integración natural entre sociedades separadas por su demarcación política, a través de las cuales se organiza el tránsito de personas, el comercio y otros flujos socio económicos; Que, la promoción y profundización del modelo de descentralización administrativa, financiera y política a través de la transferencia de recursos y competencias del gobierno central a los gobiernos locales y regionales, se convierte en una herramienta indispensable para acercar la administración pública a la ciudadanía con el fin de atender y suplir las necesidades básicas y las justas demandas sociales de la comunidad; Que, la gestión de las autoridades locales y departamentales para establecer mecanismos de integración fronteriza, sumada a las políticas públicas emprendidas por los gobiernos centrales y la política de integración de fronteras impulsada desde la Comunidad Andina a través de sus Decisiones (459, 501 y 502), de las Asambleas Fronterizas organizadas por el Parlamento Andino y de los programas de financiamiento en proyectos de frontera impulsados por la CAF y la Cooperación Internacional; han permitido avanzar en la definición y conformación de las Zonas de Integración Fronteriza en los

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Países Andinos para generar la integración y el desarrollo fronterizo sostenible entre los Estados y favorecer a las colectividades locales, potenciando sus capacidades productivas, comerciales y culturales; Que, el Parlamento Andino a través de las Asambleas Fronterizas, ha jugado un papel fundamental en la integración y fortalecimiento de iniciativas económicas, sociales y culturales conjuntas binacionales; logrando articularlas y legitimar la participación de la sociedad civil local como referentes principales para la definición de políticas de frontera, diseñadas desde los gobiernos centrales y los gobiernos autónomos descentralizados; Que, en los últimos años, los Gobiernos de Colombia y Ecuador han desarrollado importantes iniciativas conjuntas para resolver los problemas de frontera, siendo uno de los principales el Plan de Desarrollo Binacional Fronterizo para la Prosperidad y el Buen Vivir Ecuador-Colombia, el cual actualmente está en marcha considerando cuatro ejes transversales como son: participación incluyente, prácticas de buen gobierno, fortalecimiento institucional y perspectiva intercultural; además, establece una institucionalidad binacional, la cual está a cargo de su implementación eficiente y la evaluación continua de sus resultados; Que, el Parlamento Andino como órgano supranacional, en su calidad de representante de los pueblos andinos promueve la democracia participativa y el uso de los mecanismos de participación ciudadana como instrumentos para la inclusión social y la consecución del bien común. Por los considerandos expuestos y de conformidad a las disposiciones Reglamentarias, la Plenaria del Parlamento Andino,

DECLARA ARTÍCULO PRIMERO: Manifestamos nuestro apoyo a la implementación y promoción de procesos de descentralización administrativa, financiera y política en los países de la subregión, que llevan adelante los gobiernos centrales, regionales y locales, debido a que de esta forma se generan políticas públicas eficientes, pertinentes y el buen uso de los recursos públicos en beneficio de los ciudadanos andinos. ARTÍCULO SEGUNDO: Manifestamos nuestra voluntad para trabajar de manera conjunta con los Gobiernos Autónomos Descentralizados -GAD´s de la República del Ecuador, así como con las entidades territoriales descentralizadas de la República de Colombia, con el fin de contribuir a la consecución de mejores condiciones de vida, la participación activa de la ciudadanía en la democracia y la construcción de paz, como acciones estructurales para lograr una mejor integración regional, en la zona de frontera colombo-ecuatoriana. ARTÍCULO TERCERO: Reconocemos que las zonas de frontera son el núcleo de la integración regional y requieren ser priorizadas para la gestión del

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Sistema Andino de Integración, especialmente para enfrentar las problemáticas asociadas a la movilidad humana, la seguridad, los derechos humanos, la infraestructura, la educación y el acceso a los servicios públicos.

ARTÍCULO CUARTO: Asumir el tema de la movilidad humana y la inclusión, el desarrollo y la paz en la zona de frontera, como una prioridad en el diseño e implementación de las políticas públicas locales, la cual deberá constar en los respectivos Planes y Presupuestos Anuales Institucionales de los Gobiernos Autónomos Descentralizados y demás instituciones y Carteras de Estado participantes con competencias en temas de frontera. ARTÍCULO QUINTO: Reconocemos que el desarrollo local es un pilar fundamental para avanzar en la construcción de la paz y la reconciliación de las comunidades que han sido víctimas del conflicto armado en Colombia. En consecuencia, ratificamos nuestro compromiso de promover el diseño de planes, programas y proyectos de inversión social que generen desarrollo, inclusión y cohesión económica y social, de forma articulada entre los actores y sectores sociales, económicos, políticos, a nivel local, regional y nacional, con el apoyo de la cooperación internacional y de los organismos multilaterales, ARTÍCULO SEXTO: Acordamos promover con los poderes legislativos nacionales, así como en foros interparlamentarios, el desarrollo legislativo especializado para atender las problemáticas de las zonas de frontera, garantizando que las mismas fomenten procesos de inclusión económica y social y el desarrollo de los ciudadanos como una prioridad para la profundización del proceso andino de integración. ARTÍCULO SÉPTIMO: Apoyamos el Plan de Desarrollo Binacional Fronterizo para la Prosperidad y el Buen Vivir Ecuador-Colombia, en el que participaremos proponiendo la inclusión de temas relevantes que no hayan sido considerados, en su implementación y ejecución. ARTÍCULO OCTAVO: Impulsar que la zona fronteriza colombo ecuatoriana constituya un primer espacio andino de encuentro, intercambio e integración social y cultural entre ecuatorianos, colombianos y ciudadanos de terceros países, dando prioridad al ser humano como el centro del proceso de integración que lleva adelante el Parlamento Andino. ARTÍCULO NOVENO: Nos comprometemos a realizar la “Asamblea Fronteriza para el Desarrollo, la Inclusión Social y la Paz entre Ecuador y Colombia”, que fue aprobada por la Plenaria del Parlamento Andino mediante Decisión 1317, en la cual esperamos generar un espacio de diálogo social, político, económico y cultural que contribuya a identificar iniciativas para la generación de desarrollo e inclusión en las zonas de frontera. Publíquese y notifíquese. Dada y firmada en la ciudad de Ibarra, República del Ecuador a los 29 días del mes septiembre de 2014.

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JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ SAÚL LIMBERT GARABITO Presidente Primer Vicepresidente LUIS FERNANDO DUQUE GARCÍA SILVIA SALGADO ANDRADE Segundo Vicepresidente Tercer Vicepresidente

EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Secretario General

Representación Parlamentaria de Bolivia

RUBÉN ROJO PARADA

MARTÍN QUISPE JULIAN MARIO CHOQUE GUTIÉRREZ FIDEL SURCO CAÑASACA Representación Parlamentaria de Colombia MAURICIO GÓMEZ AMÍN GERMÁN HOYOS GIRALDO CARLOS EDWARD OSORIO AGUIAR OSCAR DARÍO PÉREZ PINEDA JUAN CARLOS RESTREPO ESCOBAR IVÁN LEÓNIDAS NAME

Representación Parlamentaria de Ecuador CECILIA CASTRO MÁRQUEZ PATRICIO ZAMBRANO RESTREPO PEDRO DE LA CRUZ ROBERTO GÓMEZ ALCIVAR Representación Parlamentaria de Perú HILARIA SUPA HUAMÁN LUIS ALBERTO ADRIANZÉN Representación Parlamentaria de Chile MARISOL TURRES CHISTIAN URIZAR TUCAPEL JIMÉNEZ FERNANDO MEZA

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DECLARACIÓN

EN APOYO AL PROYECTO YACHAY, CIUDAD DEL CONOCIMIENTO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida del 29 de septiembre al 2 de octubre, en el marco de su XLV Periodo Ordinario de Sesiones, en la ciudad de Ibarra, Ecuador:

CONSIDERANDO Que, para los Países Miembros de la Comunidad Andina, como Estados sociales, democráticos y constitucionales, la educación es reconocida como un derecho fundamental para el desarrollo de todo ser humano como un medio para alcanzar la libertad, la justicia, la igualdad y la prosperidad que tanto anhelan nuestros pueblos; Que, YACHAY que en kichwa significa conocimiento, es un proyecto del gobierno del Ecuador, que busca la planificación de una ciudad sustentada en pilares de innovación tecnológica y negocios intensivos en el saber. Donde se espera que converjan el mejor talento humano, infraestructura de punta y las mejores ideas en aplicaciones científicas para alcanzar el ‘Buen Vivir’. Que, a nivel internacional existen 6 ciudades del conocimiento: dos en Estados Unidos, una en Japón, una Francia, una en Corea del Sur, una China, las cuales tienen por objeto desarrollar capacidades en la sociedad, dirigidas a incrementar la base tecnológica nacional, promover el desarrollo de capital humano y conocimientos en ciencia y tecnología, así como fortalecer la economía social del conocimiento. Su economía se basa en el conocimiento, así como el desarrollo de un ambiente favorable para su creación y difusión. Que, la ciudad del conocimiento Yachay se visualiza como “una empresa referente en la región en el desarrollo y gestión de una ciudad del conocimiento con prioridad en la investigación, innovación y producción de conocimiento contribuyendo de esta manera a la riqueza del país y teniendo como base la economía del conocimiento.” Que, el eje principal de Yachay es la implementación de la Primera Universidad de Investigación y Tecnología Experimental en la región, la cual contará con el apoyo de institutos privados y públicos de investigación, empresas y centros de transferencia de tecnología, así como la comunidad agroindustrial y agrícola del Ecuador. Que, este ambicioso proyecto del Estado ecuatoriano puede llegar a configurarse en la red y el parque industrial tecnológico más importante de conocimiento para América Latina, permitiendo la promoción de investigación científica, la generación de conocimiento sustentado en un amplio talento humano y la rigurosidad académica, contribuyendo a un cambio en la matriz productiva y el desarrollo de redes nacionales e internacionales de

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conocimiento, aportando de manera vital al fortalecimiento de la integración andina, suramericana y latinoamericana. Por los considerandos expuestos y en uso de sus atribuciones conforme a lo prescrito en el Reglamento General, la Plenaria del Parlamento Andino,

DECLARA Artículo Primero: Reconocemos la importancia de la Empresa Pública YACHAY E.P. creada mediante Decreto Ejecutivo 1457; por el Gobierno del Presidente Rafael Correa Delgado, como un proyecto de vital importancia, no sólo para Ecuador sino para la región andina y para América Latina. Especialmente, porque al enmarcarse en la búsqueda del ‘Buen Vivir’ o Sumak Kawsay se configura como una propuesta con altos niveles de inclusión de la población y de desarrollo de capital humano. Una ciudad donde el conocimiento, la innovación y la difusión de la tecnología son los pilares fundamentales para un desarrollo armónico, equitativo y sostenible. Artículo Segundo: Reconocemos que la Ciudad del Conocimiento, Yachay, se constituye en una trascendental estrategia para la democratización del conocimiento. Lo cual la convierte en una herramienta efectiva para minimizar la inequidad y las brechas sociales, políticas y económicas que aquejan a la región. Artículo Tercero: Exhortamos a los gobiernos de los Países Miembros de la Comunidad Andina, a replicar el modelo impulsado por el gobierno ecuatoriano y a que desarrollen proyectos de ciudades del conocimiento. Para lo cual, el Parlamento Andino se pone a disposición de los gobiernos como un puente para la transferencia de conocimiento y ‘buenas prácticas’ en la implementación de este tipo de ciudades. Notifíquese y publíquese, Dada y firmado en la ciudad de Ibarra, Ecuador, el día 1 del mes de Octubre de 2014. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ SAÚL LIMBERT GARABITO Presidente Primer Vicepresidente LUIS FERNANDO DUQUE GARCÍA SILVIA SALGADO ANDRADE Segundo Vicepresidente Tercer Vicepresidente

EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Secretario General

GACETA  OFICIAL                                                                                                                                                          Octubre  de  2014                9      

 

 

Representación Parlamentaria de Bolivia MARTÍN QUISPE JULIAN RUBÉN ROJO PARADA FIDEL SURCO CAÑASACA MARIO CHOQUE GUTIÉRREZ Representación Parlamentaria de Colombia GERMÁN HOYOS GIRALDO CARLOS EDWARD OSORIO AGUIAR OSCAR DARÍO PÉREZ PINEDA IVÁN LEÓNIDAS NAME

JUAN CARLOS RESTREPO ESCOBAR Representación Parlamentaria de Ecuador CECILIA CASTRO MÁRQUEZ PATRICIO ZAMBRANO RESTREPO PEDRO DE LA CRUZ ROBERTO GÓMEZ ALCIVAR Representación Parlamentaria de Perú HILARIA SUPA HUAMÁN LUIS ALBERTO ADRIANZÉN MERINO

DECISIÓN No. 1332

ELECCIÓN DEL VICEPRESIDENTE DE LA REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA COLOMBIANA DEL PARLAMENTO ANDINO PARA EL

PERIODO 2014-2015 La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el marco de su XLV Periodo Ordinario de Sesiones, llevado a cabo en la ciudad de Ibarra República del Ecuador, a los veintinueve (29) días del mes de Septiembre del año 2014,

CONSIDERANDO Que de conformidad al artículo 31 del Reglamento General del Parlamento Andino, la Plenaria es el Órgano supremo de conducción y toma de decisiones del Parlamento Andino; Que de conformidad a lo descrito en el artículo 25 del Reglamento General: “El Parlamento Andino en Sesión Plenaria, elegirá de entre sus miembros a los Vicepresidentes que representarán cada uno de los Países miembros, distintos al del Presidente, quienes conformarán la Mesa Directiva. Los Vicepresidentes se elegirán, de manera sucesiva por país, en orden alfabético y numérico, por un periodo de un año. Cuando medie falta absoluta del Vicepresidente, quien lo reemplace completara el periodo institucional”.

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Que en marco de las Sesiones Reglamentarias del mes de Septiembre en el marco del XLV Periodo Ordinario se procedió a la posesión y juramentación de la Representación Parlamentaria Colombiana designada tanto por el Senado de la República como por la Cámara de Representantes del Honorable Congreso de la República de Colombia, Que durante esta misma sesión la Representación Parlamentaria Colombiana ha dado a conocer ante la Plenaria el acuerdo unánime establecido por la Representación en relación a la elección de su Vicepresidente, siendo designado el Parlamentario Luis Fernando Duque García como Segundo Vicepresidente de la Representación antes señalada, Que de conformidad a lo consagrado en la disposición transitoria Décima Primera del Reglamento General se establece que: “ Mientras todos los países miembros no hayan elegido a sus representantes mediante votación secreta y universal, el Parlamento Andino respetará los acuerdos a que hayan llegado a mayoría de los miembros de una Representación Parlamentaria, en materia de elección de sus dignatarios; Por los Considerandos antes expuestos, y en el uso de sus atribuciones reglamentaria la Plenaria del Parlamento Andino.

DECIDE ARTÍCULO PRIMERO.- Elegir al ciudadano andino LUIS FERNANDO DUQUE GARCÍA Parlamentario Andino por la República de Colombia, como Segundo Vicepresidente del Parlamento Andino para el Periodo Institucional de 2014-2015. ARTÍCULO SEGUNDO.- Comunicar la presente Decisión a través de la Secretaria General, a las Misiones Diplomáticas, Organismos Internacionales, Parlamentos Regionales, Supranacionales, Organismos del Sistema Andino de Integración, Directivas de los Congresos de la Sub región, y demás autoridades. Notifíquese y publíquese. Dado en la ciudad de Ibarra República del Ecuador, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año 2014. P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

GACETA  OFICIAL                                                                                                                                                          Octubre  de  2014                11      

 

 

DECISIÓN No. 1333

CONFORMACIÓN DE LAS COMISIONES PERMANENTES DEL PARLAMENTO ANDINO

La Plenaria del Parlamento Andino reunida reglamentariamente en el marco de su XLV Periodo Ordinario de Sesiones, llevado a cabo en la ciudad de Ibarra República del Ecuador, los días 29, 30 de septiembre, 01 y 02 de octubre del año 2014.

CONSIDERANDO Que el Reglamento General del Parlamento Andino establece que las comisiones son Órganos colegiados permanentes a través de los cuales se ejercen las tareas básicas de análisis, evaluación, propuesta, control y armonización legislativa, en el ámbito de las atribuciones contempladas en el Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena, así como en temas y asuntos que son de interés común para el fortalecimiento del Proceso Andino de Integración; Que a su vez el Reglamento General del Parlamento Andino establece que la conformación de las comisiones está determinada por un Parlamentario Titular de cada país miembro y sus integrantes serán nombrados por la Plenaria o en su receso por la Mesa Directiva, previo acuerdo entre las Representaciones Parlamentarias Nacionales; Por los considerandos antes expuestos, y en el uso de sus atribuciones reglamentaria la Plenaria del Parlamento Andino.

DECIDE ARTÍCULO ÚNICO.- Aprobar la conformación e integración de las cinco Comisiones Permanentes del Parlamento Andino para el Periodo 2014-2015, las mismas que quedaron constituidas de la siguiente manera: COMISIÓN PRIMERA: DE POLÍTICA EXTERIOR Y RELACIONES PARLAMENTARIAS

NOMBRES PAÍS CARGO

Germán Darío Hoyos Giraldo Colombia Presidente Fidel Surco Cañasca Bolivia Vicepresidente

Pedro De La Cruz Ecuador Miembro Rafael Rey Rey Perú Miembro

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COMISIÓN SEGUNDA: DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y COMUNICACIÓN

NOMBRES PAÍS CARGO

Patricio Zambrano Restrepo Ecuador Presidente Saúl Garabito Condori Bolivia Vicepresidente

Javier Reátegui Rosselló Perú Miembro Luis Fernando Duque García Colombia Miembro

COMISIÓN TERCERA: DE SEGURIDAD REGIONAL Y DESARROLLO

SUSTENTABLE

NOMBRES PAÍS CARGO Hilaria Supa Huamán Perú Presidente

Cecilia Castro Márquez Ecuador Vicepresidente Ruben Dario Rojo Parada Bolivia Miembro Oscar Darío Pérez Pineda Colombia Miembro

COMISIÓN CUARTA: DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO

NOMBRES PAÍS CARGO

Mario Choque Gutiérrez Bolivia Presidente Mauricio Gómez Amín Colombia Vicepresidente Roberto Gómez Alcívar Ecuador Miembro

Hildebrando Tapia Samaniego Perú Miembro COMISIÓN QUINTA: DE ASUNTOS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

NOMBRE PAÍS CARGO Carlos Edward Osorio Aguiar Colombia Presidente

Luis Alberto Adrianzén Perú Vicepresidente Silvia Salgado Andrade Ecuador Miembro

Martín Quispe Julián Bolivia Miembro Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Ibarra República del Ecuador al primer (01) día del mes de octubre del año 2014. P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General

GACETA  OFICIAL                                                                                                                                                          Octubre  de  2014                13      

 

 

DECISIÓN No.1334

POR UNA SOLUCIÓN EFICAZ A LOS CASOS DE NIÑAS Y NIÑOS DE ALGUNOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA QUE VIVEN EN ALBERGUES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA IMPEDIDOS DE RETORNAR A SU

PAÍS La Plenaria del Parlamento Andino reunida reglamentariamente en el marco de su XLV Periodo Ordinario de Sesiones, llevado a cabo en la ciudad de Ibarra República del Ecuador, los días 29, 30 de septiembre, 01 y 02 de octubre del año 2014.

CONSIDERANDO

Que, uno de los objetivos del Parlamento Andino es velar por el respeto de los derechos humanos y la calidad de vida de la población andina, en el marco de los objetivos e instrumentos de la integración subregional y de la comunidad internacional en esta materia; Que, entre los propósitos del Parlamento Andino está: Velar por el respeto de los Derechos Humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes sobre la materia para todas las Partes Contratantes, y Contribuir al afianzamiento del sistema democrático, de la paz y la justicia internacional y al derecho de la libre autodeterminación de los pueblos; Que, dentro de los Derechos del Niño se encuentra el derecho a la educación “Todo niño tiene derecho a recibir una educación, a disfrutar de una vida social y a construir su propio futuro. Este derecho es esencial para su desarrollo económico, social y cultural”; Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su Artículo 13, numeral 2 expresa que “Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”; Que, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, en su Artículo 17 “Protección a la Familia” indica que: La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado; y que en su Artículo 19 se refiere a “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”; Que, desde el 1 de octubre del 2013, más de 53.000 menores no acompañados han sido aprehendidos en la frontera de Estados Unidos con México, la mayoría procedente de Centroamérica; Que, de los más de cuatro mil menores que se encuentran albergados en Estados Unidos, el 90% proceden de Honduras, Guatemala y El Salvador;

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Que, 626 niños ecuatorianos que viajaron de manera ilegal a Estados Unidos para reunirse con sus padres, han sido capturados y viven en albergues, privados de su libertad, sin poder retornar a su país, esperando un pronunciamiento de las autoridades migratorias norteamericanas que resuelva su situación, el cual se puede tardar hasta 3 años, tiempo en el cual no podrán ejercer su derecho a desarrollarse de manera plena, en un ambiente socialmente adecuado y junto a su familia; Que, en Texas y Arizona, epicentro de la crisis, los centros de detención y bases militares están saturados y los menores permanecen hacinados a la espera de que las autoridades abran el proceso para devolverlos a su país; Que, el artículo 30 de la Carta Social Andina señala que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección y a los cuidados necesarios para su bienestar; Que, el artículo 32 de la Carta Social Andina establece que los Países Miembros deben promover y fortalecer acciones conjuntas contra la trata y el tráfico de niños, niñas, adolescentes y jóvenes; y Que, el artículo 34 de la Carta Social Andina señala que los Países Miembros proveerán asistencia inmediata e indispensable a niños, niñas y adolescentes, cuando ésta no les pueda ser brindada por sus progenitores o familiares cercanos, hasta que cese la situación de abandono del menor o la posibilidad de riesgo para su salud o su integridad. Por los considerandos antes expuestos, y en el uso de sus atribuciones reglamentarias la Plenaria del Parlamento Andino.

DECIDE

ARTÍCULO PRIMERO.- Solicitar al Departamento de Seguridad Nacional, así como a las demás autoridades migratorias de los Estados Unidos, hacer una revisión de los múltiples casos de niños y niñas latinoamericanos que se encuentran viviendo en albergues en ese país. De igual forma, requerir que se les preste la asesoría jurídica pertinente y la designación de un defensor público, para que en el menor tiempo posible se pueda determinar una solución a su problema y puedan reunirse con sus padres o retornar a su país de origen, garantizando la protección de sus derechos humanos, los cuales priman sobre otros derechos. ARTÍCULO SEGUNDO.- Instar a las Embajadas de los países latinoamericanos en Estados Unidos para que soliciten al Congreso de ese país, la revisión de la Ley de 2008 (Acta de reautorización para la protección de víctimas de tráfico ilegal), con el fin de que, dicha norma permita que los niños, niñas y adolescentes latinoamericanos que se encuentran en los Estados Unidos de forma ilegal, puedan retornar a su país y obtener la protección del Estado de su nacionalidad.

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ARTÍCULO TERCERO.- Requerir a las Embajadas de los Países Miembros de la Comunidad Andina, ocuparse debidamente de los casos de niñas, niños y adolescentes de su respectiva nacionalidad que vivan en albergues esperando una solución a su situación migratoria, con el fin de implementar las acciones necesarias para la defensa de los derechos de estos ciudadanos. ARTÍCULO CUARTO.- Encomendar a la Comisión V “De Asuntos Sociales y Desarrollo Humano” del Parlamento Andino, hacer el seguimiento a las acciones ejecutadas para el cumplimiento de esta Decisión. Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Ibarra, República del Ecuador al primer (01) día del mes de octubre del año 2014. P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General

DECISIÓN No. 1335

PARA LA CONFORMACIÓN DEL FRENTE PARLAMENTARIO CONTRA EL HAMBRE DEL PARLAMENTO ANDINO

La Plenaria del Parlamento Andino reunida reglamentariamente en el marco de su XLV Periodo Ordinario de Sesiones, llevado a cabo en la ciudad de Ibarra República del Ecuador, los días 29, 30 de septiembre, 01 y 02 de octubre del año 2014.

CONSIDERANDO

Que, de acuerdo al literal b) del artículo 93, Capitulo II, del Reglamento General, el Parlamento Andino contempla las Decisiones como “instrumentos determinativos relativos a temas comprendidos en el ámbito de los objetivos y las competencias del Parlamento Andino se adoptan por mayoría simple. Podrán ser propuestas por las Comisiones, así como directamente por un Parlamentario con el apoyo de otros miembros que representen por lo menos a otros dos países miembros”. Que, la creación de los frentes parlamentarios es parte de un esfuerzo que comenzó en el Primer Foro del Frente Parlamentario Regional Contra el Hambre (FPH) realizado en Sao Paulo, Brasil, el 4 y 5 de marzo de 2010, durante el cual los legisladores de la región acordaron constituir frentes parlamentarios en cada país de América Latina y el Caribe. Que, la conformación Frente Parlamentario contra el Hambre, del Parlamento Andino, que agrupará a los países andinos: Colombia, Perú, Bolivia y Ecuador, posibilitaría generar un trabajo de fortalecimiento institucional del Parlamento Andino y el desarrollo de los principios de solidaridad e integración andina.

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Que, la conformación del Frente Parlamentario contra el Hambre, del Parlamento Andino, permitirá aunar esfuerzos para la implementación de actividades políticas y sociales que contribuyan a erradicar el hambre y la desnutrición en los países del área Andina, en el contexto de la Agricultura Familiar Campesina y comunitaria, la Soberanía y Seguridad Alimentaria. Que, en el año 2.000, la Organización de las Naciones Unidas, junto con los 189 países miembros, dentro de la Agenda para el Desarrollo, han determinado los Objetivos del Milenio y han consensuado en ubicar como un objetivo primario, el erradicar la pobreza extrema y el hambre hasta el año 2.015. Que la Plenaria del Parlamento Andino, reunida en el marco del XX Periodo Extraordinario de Sesiones, realizada en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, el 28 de Enero del 2014, aprobó la Declaración con motivo del reconocimiento “2014 Año Internacional de la Agricultura Familiar Campesina” , expresa su decisión de “Desarrollar los compromisos que ha asumido el Parlamento Andino a través de sus instrumentos de pronunciamiento en temas relacionados con la Soberanía Alimentaria, la protección del medio ambiente y la protección social, establecidos en las Recomendaciones No. 215 “Seguridad Alimentaria en la Comunidad Andina”, No. 222 “Implementar en la Región Andina Políticas Publicas diferenciadas a favor del desarrollo sostenible de los sistemas agrarios basados en la unidad familiar campesina”. Que, el Parlamento Andino tiene como uno de sus objetivos básicos, promover y orientar el proceso de integración andino en coordinación con otros órganos del Sistema Andino de Integración. Que, entre los objetivos del Parlamento Andino, también está el velar por el respeto de los derechos humanos y la calidad de vida de la población andina, en el marco de los objetivos instrumentos de la integración subregional; Por los considerandos antes expuestos, y en el uso de sus atribuciones reglamentaria la Plenaria del Parlamento Andino.

DECIDE ARTÍCULO PRIMERO- Constituir el Frente Parlamentario contra el Hambre del Parlamento Andino, el cual estará integrado por un Parlamentario Andino designado por cada una de las Representaciones Parlamentarias Nacionales por un periodo de un año. ARTÍCULO SEGUNDO- Instar a los Países Miembros de la Comunidad Andina, a desarrollar un trabajo conjunto con la FAO, como Secretaria Técnica del Frente Parlamentario Contra el Hambre de América Latina y Caribe, para la implementación de talleres temáticos en la construcción de propuestas innovadoras, que faciliten normativas que den soluciones al problema del hambre, pero sobre todo combatan la pobreza, que se produzcan alimentos, pero respetando a la naturaleza y al ser humano.

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ARTÍCULO TERCERO- Encargar al Frente Parlamentario Contra el Hambre del Parlamento Andino, avanzar en el debate y elaboración de propuestas de instrumentos de pronunciamiento, especialmente para impulsar Leyes Marco en temas de soberanía y seguridad alimentaria, que rescaten las formas armónicas de producción y convivencia de las comunidades campesinas e indígenas como poseedoras de saberes ancestrales, y en las que se incluyan criterios de solidaridad, interculturalidad, y complementariedad. Dichas propuestas serán sometidas a debate y aprobación de la Plenaria del Parlamento Andino. ARTÍCULO CUARTO- Coordinar con los Frentes Parlamentarios contra el Hambre de los Poderes Legislativos de los Países Miembros de la Comunidad Andina, así como de terceros países. Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Ibarra República del Ecuador al primer (01) día del mes de octubre del año 2014. P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

PROYECTOS DE INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO PRESENTADOS A SER DEBATIDOS

PROYECTO DE DECISIÓN No. 006-10-2014: “PARA IMPULSAR LA CONSTRUCCIÓN DE LA NORMATIVA REGIONAL QUE REGULE Y FOMENTE EL TURISMO COMUNITARIO EN LA REGIÓN ANDINA”- “AUTORES: PARLAMENTARIA ANDINA SILVIA SALGADO ANDRADE- PARLAMENTARIO ANDINO ROBERTO GÓMEZ ALCIVAR FUNDAMENTACIÓN El Turismo es un servicio a la ciudadanía encaminado a promocionar los atractivos naturales, culturales, históricos, arquitectónicos, comerciales, etc., de un determinado territorio y a la vez constituye una herramienta fundamental para el desarrollo económico de los Estados, que involucra al sector privado, público, no gubernamental, y de cooperación internacional y beneficia a los ciudadanos que viven en el país, región o zona en el cual se encuentra ubicado dicho atractivo turístico.

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En la región andina, el turismo ha reflejado un marcado crecimiento en la última década, mostrando un incremento continuo que registra un crecimiento promedio anual de 10%. En el año 2011 la Comunidad Andina recibió 6´143.000 de turistas extranjeros, reflejando un crecimiento de la recepción de turistas del 9% con respecto al año 2010 y se generó un ingreso de 5 778 millones de dólares, 11% más que en 2010. 1 De manera desagregada, todos los Países Miembros han registrado tendencias crecientes en sus flujos de turistas con respecto a 2010: Bolivia 3%, Colombia 7%, Ecuador 9% y Perú 13% (Secretaría General de la Comunidad Andina, 2012). El turismo receptor intracomunitario evoluciona favorablemente, con una tasa de crecimiento promedio anual del 7 por ciento. El año 2011 la Comunidad Andina registró un total de 1 millón 103 mil visitas intracomunitarias, lo que representó un 18 por ciento del total de visitas internacionales. La participación porcentual de los Países Miembros como receptores presenta a lo largo de la década variaciones poco significativas, con excepción del caso de Perú, que el año 2011 recibió 31 por ciento de colombianos incrementando en 10 puntos el porcentaje recibido en el año 2002. 2 A nivel de los Países Miembros las visitas intracomunitarias registradas durante el 2011 son las siguientes: • Bolivia recibió 132 mil visitas intracomunitarias, de los cuales el 82 por ciento son peruanos. • Colombia recibió 194 mil visitas intracomunitarias, de los cuales el 56 por ciento son ecuatorianos. • Ecuador recibió 416 mil visitas intracomunitarias, de los cuales el 64 por ciento son colombianos. • Perú recibió 361 mil visitas intracomunitarias, de los cuales el 44 por ciento son residentes en el Ecuador.3 Entre las modalidades turísticas existe el Turismo Comunitario que constituye una alternativa al turismo convencional y que permite tener una experiencia vivencial a los turistas, aprovechando la riqueza cultural y de biodiversidad que poseen los pueblos andinos y a su vez genera un impacto económico directo a las comunidades. El Ecuador es uno de los países pioneros en el desarrollo de la actividad de Turismo Comunitario en la región andina. Hace casi 30 años, esta actividad cobró fuerza con la conformación de la Federación Plurinacional de Turismo Comunitario FEPTCE, la cual en la actualidad agrupa a más de 100 miembros a nivel nacional. En el año 2006, la FEPTCE logro que el estado ecuatoriano reglamente por primera vez la actividad de Turismo Comunitario.

                                                                                                               1   COMUNIDAD   ANDINA   Informe   Estadístico   de   Turismo   2012,   Secretaría   General   de   la   Comunidad  Andina  (SGCAN)  Pág.  8    2  Ibídem,  Pág  13  3  Ibídem,  Pág  14  

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En el 2010, se desarrollo el Reglamento para los Centros Turísticos Comunitarios publicado en el Registro Oficial 154. Acorde al reglamento de Turismo Comunitario de Ecuador este se define como “un modelo de gestión en el que la comunidad local aprovecha el patrimonio natural y/o cultural de la región en la que se asienta para desarrollar y ofrecer un servicio turístico caracterizado por la activa participación comunitaria en la planificación y ejecución de acciones conducentes a potenciar el desarrollo sostenible de la población mediante la reinversión de los beneficios derivados de la actividad turística”. Es así que el Gobierno ecuatoriano ha incluido el tema del turismo como uno de sus sectores estratégicos de promoción económica y eje transversal para el cambio de la matriz productiva. Esto se refleja en el Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017, en el cual el impulso al sector turístico consta como parte de los siguientes objetivos:

Objetivo Actividad para alcanzarlo 5.1. Promover la democratización del disfrute del tiempo y del espacio público para la construcción de relaciones sociales solidarias entre diversos

y. Potenciar la red nacional de museos del Estado Central, como mecanismos articuladores de la política pública en los territorios, dinamización de prácticas museales, innovación tecnológica, aporte a la educación formal y no formal y fortalecimiento de destinos turísticos.

5.4. Promover las industrias y los emprendimientos culturales y creativos, así como su aporte a la transformación de la matriz productiva

p. Incorporar los patrimonios a la cadena del valor del turismo. q. Articular a las poblaciones y los actores locales a la gestión del patrimonio en la industria turística con énfasis en la economía popular y solidaria. r. Impulsar la modernización de la empresa de ferrocarriles y la rehabilitación integral del sistema ferroviario ecuatoriano para el fomento de la actividad turística s. Potenciar la contribución de la red ferroviaria patrimonial de uso turístico al bienestar económico de pueblos y comunidades asociadas a la gestión integral de los patrimonios

8.9. Profundizar las relaciones del Estado con el sector popular y solidario

k. Fomentar el turismo comunitario y el turismo social

10.3. Diversificar y generar mayor valor agregado en los sectores prioritarios que proveen servicios

g. Impulsar al turismo como uno de los sectores prioritarios para la atracción de la inversión nacional y extranjera. h. Posicionar el turismo consiente como

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concepto de vanguardia a nivel nacional e internacional para asegurar la articulación de la intervención estatal con el sector privado y popular y desarrollar un turismo ético, responsable, sostenible e incluyente.

12.2. Impulsar la construcción de un nuevo multilateralismo democrático, sobre la base de relaciones solidarias, soberanas y pacíficas entre los Estados.

c. Salvaguardar en las negociaciones comerciales los sectores de servicios estratégicos como telecomunicaciones, transportes, financieros y turísticos de manera que no exista provisión local que pueda ser desplazada y se garantice la transformación de la matriz productiva. f. Promocionar a nivel internacional la oferta de servicios ecuatorianos dando énfasis a los sectores priorizados como el turismo, transporte y logística, servicios ambientales y software.

En el caso de Perú, el Turismo Comunitario ha sido impulsado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo desde el 2007 por lo cual ha sido institucionalizada esta práctica en el país. En el año 2008 se generó el documento “Lineamientos para el Desarrollo del Turismo Comunitario en el Perú” mediante el cual el estado propone un marco jurídico para el fomento, la operación y el desarrollo del Turismo Comunitario en el país. En estos lineamientos el Turismo Rural Comunitario se define como: “El Turismo Rural Comunitario en el Perú es toda actividad turística que se desarrolla en el medio rural, de manera planificada y sostenible, basada en la participación de las poblaciones locales organizadas para el beneficio de la comunidad, siendo la cultura rural un componente clave del producto”. En el caso de Bolivia, también es destacable que en septiembre de 2012 se promulgó este martes la Ley General del Turismo conocida como "Bolivia te espera", una nueva norma que tiene base comunitaria y establece que el Estado es el principal protagonista y prevé una inversión de US$19 millones para los próximos cinco años, para promocionar atractivos turísticos del país, como el salar de Uyuni, el lago Titicaca, el parque nacional Madidi, Tiwanaku y Los Yungas, de La Paz. La normativa también obliga a los medios de comunicación a promover acciones de fomento y difusión orientados a consolidar las identidades plurinacionales a partir del turismo de inclusión social. El parágrafo I, del artículo 29, destaca que "los medios de comunicación nacionales, deberán promover acciones de fomento y difusión orientados a consolidar las identidades plurinacionales a partir de un turismo de inclusión social, a través del posicionamiento de la "Marca País" y la oferta turística nacional integral". En cuanto al Turismo Comunitario, esta norma lo define como toda inversión que realizan las comunidades urbanas y rurales, naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas para la

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prestación de servicios turísticos, bajo las distintas formas de organización económica, las cuales deben alcanzar la armonía y el desarrollo sustentable de sus comunidades. El mismo acápite, en su inciso “g”, habla de las modalidades entre las que se encuentra el turismo comunitario. Con relación al “Modelo de Turismo de Base Comunitaria”, el inciso “h” explica que se trata de un “modelo dinámico de gestión, en el marco del desarrollo sustentable del turismo, que nace y se gestiona de la base comunitaria urbana, rural, naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas…’”. La República de Colombia desarrolló un documento preliminar en julio del 2012 sobre los “Lineamientos de Política para el Desarrollo del Turismo Comunitario en Colombia”. Este documento preliminar incorpora al sector privado como aliado de la operación de turismo comunitario he incorpora a las comunidades campesina y rurales como proveedoras de servicios de turismo. Sin embargo, cabe señalar que la actividad de Turismo Comunitario en la Región Andina se desarrolla en desigualdad de condiciones, esto además que la interpretación de “Turismo Comunitario” difiere entre los países de la región andina. Bajo lo anteriormente expuesto, es necesidad que la comunidad andina genere políticas públicas conjuntas y estandarizadas, además de un marco jurídico que impulse y fomente el Turismo Comunitario Andino que permita a su vez el desarrollo económico de la Región.

PROYECTO DE DECISIÓN No. 006-10-2014: “PARA IMPULSAR LA CONSTRUCCIÓN DE LA NORMATIVA REGIONAL QUE REGULE Y FOMENTE EL TURISMO COMUNITARIO EN LA REGIÓN ANDINA”

La Plenaria del Parlamento Andino en el marco de las Sesiones Reglamentarias del mes de … de su … Periodo Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de …, República de …, durante los días …

CONSIDERANDO

Que, el Turismo es un servicio a la ciudadanía encaminado a promocionar los atractivos naturales, culturales, históricos, arquitectónicos, comerciales, etc., de un determinado territorio y a la vez constituye una herramienta fundamental para el desarrollo económico de los Estados; Que, dentro del comercio de servicios a nivel de la Comunidad Andina, el turismo representa el 50%. Que, entre las modalidades turísticas existe el Turismo Comunitario que constituye una alternativa al turismo convencional y que permite tener una experiencia vivencial a los turistas, aprovechando la riqueza cultural y de

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biodiversidad que poseen los pueblos y a su vez genera un impacto económico favorable y directo a las comunidades; Que, la Decisión 463 en la cual se desarrolla “El Régimen para el Desarrollo e Integración del Turismo en la Comunidad Andina” establece como uno de los objetivos principales de la Comunidad Andina la armonización de las normas necesarias para la conformación de un mercado turístico común andino, que permitan establecer un marco legislativo en los Países Miembros que favorezca el Turismo Rural Comunitario de forma integrada y en igualdad de condiciones; Que, en el 2001 se firmó la “Declaración de Otavalo sobre Turismo Comunitario Sostenible, Competitivo y con Identidad Cultural” en la cual se exhortó a los organismos públicos, privados, ONG´s y de Cooperación Internacional a promover, apoyar y garantizar el ejercicio del turismo comunitario; Que, en el 2003 Bolivia, Ecuador y Perú firman la Declaración de San José, la cual contiene diez mandatos para el desarrollo del Turismo Rural Comunitario; Que, el Programa Estadístico Comunitario 2008-2013 creado por la Decisión 700, entre sus acciones estadísticas relacionadas con el turismo establece la elaboración de cuentas satélites, así como también constituir un sistema estadístico comunitario relativo al turismo andino para atender de manera eficaz las necesidades del sector; Que, la Decisión 768 “Sistema de Información de Estadísticas de Turismo de la Comunidad Andina” estableció los lineamientos para contar con un sistema de información sobre las estadísticas de turismo a nivel comunitario y elaborar periódicamente la cuenta satélite de turismo; Que, el Parlamento Andino ha aprobado las Decisiones 890, 891, 896, 966 y 967 para impulsar y promocionar el Turismo en la Región Andina en coordinación con el Comité Andino de Autoridades Turísticas y organizaciones internacionales como la Organización Mundial de Turismo, a través de proyectos tales como la certificación de sostenibilidad turística, la ruta virtual andina, la cartilla de turismo andino, la creación de cuentas satélites de turismo, la promoción del turismo social, la creación de circuitos turísticos, la promoción de paquetes turísticos comunitarios y la armonización de la legislación en materia de turismo en los Países Miembros de la Comunidad Andina; Que, el Comité Andino de Autoridades de Turismo (CAATUR) aprobó el 14 de enero del 2011 la “Agenda para el Desarrollo del Turismo 2011-2015” cuyo objetivo principal es convertir la subregión en un macro-destino turístico en el mundo; Que, la Decisión 1263 del Parlamento Andino aprueba el desarrollo del Encuentro de Turismo Rural Comunitario estableciendo además la creación de un marco político para el Turismo Comunitario, encuentro que hasta la actualidad aún no se ha llevado a cabo;

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Que, el Parlamento Andino aprobó la Recomendación No. 217 mediante la cual se realizan recomendaciones a los Países Miembros de la Comunidad Andina para el fomento del Turismo Intracomunitario, a través de la creación de un Plan Estratégico de Integración y Desarrollo Turístico y una marca común andina que les permita armonizar la oferta turística y generar productos y servicios en conjunto, atractivos para los mercados internacionales; Que, el artículo 43 literal a del Acuerdo de Cartagena señala entre las atribuciones del Parlamento Andino: “Participar en la promoción y orientación del proceso de la integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana”; Que, el artículo 43 literal f del Acuerdo de Cartagena otorga al Parlamento Andino la atribución de participar en la generación normativa del proceso mediante sugerencias - a los órganos del sistema - de proyectos de normas sobre temas de interés común para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina; En uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General,

DECIDE

ARTÍCULO PRIMERO.- Impulsar la construcción de la “Norma Andina de Turismo Comunitario” que permita con la participación activa de organizaciones sociales comunitarias a nivel local y autoridades gubernamentales de los Países Miembros, construir una norma que regule, fomente y promocione el Turismo Comunitario en la Región Andina y constituya una propuesta de armonización legislativa que sea tratada en los Parlamentos Nacionales de los Países Miembros. ARTÍCULO SEGUNDO.- Designar a los Honorables Parlamentarios, Roberto Gómez Alcívar y Silvia Salgado Andrade, Parlamentarios Andinos por la República de Ecuador y al Instituto de Altos Estudios para la Integración y el Desarrollo Legislativo - IDL, la elaboración del proyecto de hoja de ruta para la construcción de la “Norma Andina de Turismo Comunitario”, para que sea revisado y aprobado por esta Plenaria. ARTÍCULO TERCERO.- Delegar a la Comisión IV “De Asuntos Económicos, Control, Presupuesto y Turismo” para que realicen los contactos institucionales y las reuniones preliminares con las autoridades nacionales y con las comunidades rurales, campesinas, indígenas, mestizas o afrodescendientes de los países miembros de la CAN, que les permita recoger aportes e insumos para la construcción de una propuesta de “Norma Andina de Turismo Comunitario”. ARTÍCULO CUARTO.- Delegar a los Parlamentarios Roberto Gómez y Silvia Salgado para que en coordinación con la Comisión IV “De Asuntos Económicos, Control, Presupuesto y Turismo”, en cumplimiento de la Decisión

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1263 del Parlamento Andino, organicen y realicen el Encuentro de Turismo Rural Comunitario que servirá de base para la construcción de la “Norma Andina de Turismo Comunitario”. Notifíquese y publíquese. Dado y firmado en la ciudad de …, República de … a los … días del mes de … de 201 P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General

PROYECTO DE DECISIÓN NO. 007-10-2014: “APORTES DEL CONOCIMIENTO Y TECNOLOGÍAS ANCESTRALES A LA ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO” “AUTORA: PARLAMENTARIA ANDINA HILARIA SUPA HUAMÁN PRESIDENTA COMISIÓN TERCERA

Sustentación

El cambio climático, viene afectando al ecosistema alto andino y sus impactos están afectando la vida de las personas especialmente en el Altiplano, donde las comunidades campesinas indígenas constatan los cambios en los principales signos del tiempo y ven cómo se afecta la producción agropecuaria. Las secuelas del cambio climático, produce variación del paisaje biocultural. Por ejemplo es sabido que los andes peruanos se encuentran entre las regiones más vulnerables al cambio climático (IPCC 2007).

A la vez que las Comunidades Campesinas andinas sufren las consecuencias del cambio climático, también son actores estratégicos para los planes y políticas de conservación de la biodiversidad, agrobiodiversidad, seguridad alimentaria y cambio climático. Además las comunidades en los andes son agrocéntricas y han heredado una serie de tecnologías ancestrales como por ejemplo el uso de un calendario ceremonial espiritual y agro-festivo.

En base a las experiencias que han ido desarrollando los pueblos indígenas, la presente propuesta pretende proteger y articular las tecnologías ancestrales para la mitigación y prevención de los impactos del cambio climático en la región andina.

Además la ciencia actual no colisiona con los conocimientos y tecnologías ancestrales, ambas pueden complementarse; estas tecnologías se vienen usando y han posibilitado la sobrevivencia de muchos pueblos que hoy hacen frente por ejemplo a desastres, inundaciones, carencia de alimentos y otros.

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Expertos en saberes ancestrales afirman que con sus conocimientos de agricultura limpia y economía rural sostenible, se podrían reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero4.

Así lo manifiesta Pacha Kanshai de la comunidad del macizo andino colombiano Yanakuna: “El ser humano necesita en la actualidad volver nuevamente a la sincronización con el planeta tierra, todos se preguntan qué se debe hacer para resolver los conflictos en el planeta y la respuesta está en los saberes ancestrales que nos sacarán de estos apuros”. Durante el Primer Congreso de Sabiduría Ancestral y Agroecología –realizado en el Centro de Convenciones de Palmira y organizado, entre otras instituciones por la UN en Palmira– diferentes culturas indígenas del país, se reunieron para compartir sus conocimientos y debatir sobre el ya mencionado cambio climático.

“Se necesita un poco de conocimiento de ecología y, fundamentalmente, los conocimientos tradicionales de las comunidades que han logrado vivir y mantener durante millones de años sin destruir, creando una relación armónica con el ambiente. A través de prácticas como selección e semillas y manejo de los bosques, podemos tener un nuevo sistema de producción” que mitigue el cambio climático, señalò Pacha Kanshai.

Tecnologías ancestrales de adaptación al cambio climático en la región andina

Elizabeth Bravo (Recopiladora), en su artículo “Ciencia y tecnología de los pueblos indígenas amazónicos”5 presenta una recopilación parcial del sistema de conocimientos y tecnologías que han sido desarrollados por algunos pueblos amazónicos, entre ellos:

1. Manejo de los bosques y uso del espacio 1.1. La práctica común: tala y quema 1.2. Las chacras 1.3. El sistema del pueblo Ka'apor 1.4. Los Yurimahua en Perú 1.5. El sistema de los Kayapó del Brasil 2. Los jardines selváticos 2.1. Los indígenas Chácobo 3. Manejo de bosques inundados 3.1. El sistema en el delta del Amazonas

                                                                                                               4  En art. “Prácticas ancestrales, una salida para mitigar cambio climático”. Palmira, Nov. 01 de 2012 - Agencia de Noticias UN. En http://www.agenciadenoticias.unal.edu.co/ndetalle/article/practicas-ancestrales-una-salida-para-mitigar-cambio-climatico.html

 5  En http://www.prodiversitas.bioetica.org/nota84.htm  

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3.2. El sistema de los Bora- Perú 4. Manejo altitudinal del territorio 4.1. Los Machiguenga del Perú 4.2. Los Yanomami de Venezuela 4.3. Los Amuesha del Perú 5. Los productos del huerto 5.1. El cultivo de maíz entre los Amahuaca-Perú 5.2. Cultivos del pueblo Tukano - Colombia 5.3. El pueblo Kuikurú de Brasil 5.4. Cultivos del huerto entre los Kayapó - Brasil 5.5. Cultivos en el huerto indígena de la Amazonía Colombiana 6. Manejo de plagas y enfermedades. 7. Medicina Herbolaria 7.1. Plantas medicinales del pueblo Quichua del Napo 7.2. Plantas medicinales utilizadas por el pueblo Kayapó 7.3 Plantas medicinales utilizadas por los Chacabo-Bolivia 8. Extractivismo de productos no-maderables del bosque 8.1. Extractivismo de insectos 8.1.1. Amazonía Colombia 8.1.2. Los Asháninka del Perú 8.1.3. Los Tukuma del Brasil 8.1.4. Los Aguaruna del Perú 8.2. Comercialización de productos no maderables en Iquitos 8.3. Consumo de hongos 8.4. El extractivismo de las palmas 8.4.1. Palmiche - Euterpe chaunostachys 8.4.2. Ungurahua - Jessenia bataua 8.4.3. Aguaje o morete - Mauritia flexuosa 8.4.4. Palma de fibra Aphandra natalia 8.4.5. El chontaduro - Bactris gasipaes 9. Manejo forestal 9.1. Comunidades chiquitanas de Lomerio-Bolivia 9.2. Manejo forestal entre los Kayapó 10. Regeneración natural 10.1. Amazonía Central del Perú 10.2. Manejo de la sucesión ecológica por el pueblo Quichua 10.3. Manejo de la sucesión ecológica entre los Kikuru

En Perú, según el Inventario nacional de andenes (monumentales graderías, o antiguas terrazas), realizado por Agrorural en el 2012, en 11 regiones del país existen más de 340 mil hectáreas de andenes, de las cuales 250 mil se encuentran en uso y 80 mil están abandonadas. La mayoría de andenes son aprovechados por familias que cuentan con pequeñas extensiones de terrenos. Se destaca la importancia de la conservación de esta infraestructura inca. Por

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ejemplo la Asociación Peruana de Gastronomía promueve el proyecto “Adopta un anden”. (El Comercio, 19 de octubre, 2014).

El documento “Contribución del conocimiento y tecnologías tradicionales a la adaptación al cambio climático en las montañas en América Latina” de Juan Torres (Soluciones Prácticas, Apuntes de InvestigAcción N°2, Julio-Setiembre 2014), recoge una serie de prácticas indígenas muy valiosas en torno a: Gestión del agua y el suelo como los Waru waru en Puno y los andenes; Fortalecimiento de la agrobiodiversidad; Herramientas de planificación agrícola como los calendarios solares, los Sistemas de producción y Técnicas de postproducción como el procesamiento de granos y tubérculos en los Andes.

Políticas Públicas y tecnologías ancestrales en la región andina

El autor Mario Melo Cevallos en el marco del proyecto “El Clima Cambia, Cambia Tu También”, producto de una investigación, elaboró el “Documento descriptivo, analítico y comparativo de las políticas públicas sobre cambio climático en Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia y su relación con el conocimiento tradicional” (Noviembre 2013) donde recoge normas, leyes e institucionalidad en el campo del conocimiento y tecnologías tradicionales y su relación con el cambio climático. En términos generales, los estudios nacionales reportan una muy débil articulación entre políticas públicas sobre cambio climático y conocimiento tradicional, pese a que en el marco jurídico internacional existe un amplio reconocimiento de los derechos de las comunidades locales sobre dicho conocimiento. Bolivia

Bolivia, en los últimos 20 años, ha atravesado un proceso de radical liberalismo económico; hasta cambios profundos que han pasado por la efervescencia social y desmontaje el Estado en la mitad de la década del 2000, donde destaca el quehacer de Evo Morales en el poder y la realización de la Asamblea Constituyente, y aprobación de la nueva Constitución Política del Estado. La nueva Constitución aún se caracteriza por una visión extractivista en las políticas públicas bolivianas. Bolivia suscribió la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), en el marco de la Conferencia de Río de 1992, y la ratificó en 1994. Bolivia (2006) elaboró su Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien y elabora la Estrategia Nacional de Implementación de la Convención de Cambio Climático. Se observa que los temas de valorización de los conocimientos tradicionales no están en las políticas de cambio climático y solo tienen reconocimiento legal

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formal en el marco de políticas públicas de relevancia en materia de cambio climático (v.g. Ley del Medio Ambiente 1333, Convenio 169). En los 2000, se incrementaron en el país (sequías, inundaciones, temperaturas extremas, etc.). En ese contexto, se ejecuta el Plan Quinquenal del PNCC y se construye el Mecanismo Nacional de Adaptación al Cambio Climático. En el ámbito de la mitigación, Bolivia mantiene una posición favorable a los mecanismos financieros de mercado como el Mecanismo de Desarrollo Limpio y el comercio internacional de bonos de carbono, contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo (2006). A fines de la década del 2000, e inicios de la siguiente, los temas de cambio climático ocuparon un lugar central en la agenda política del país. El presidente Evo Morales, manifiesta que es central la interpelación a las causas estructurales del cambio climático y la demanda a los países desarrollados a reducir sus GEI en sus fuentes domésticas y no a través de los mecanismos financieros de mercado. Bolivia mantiene un liderazgo y visibilidad internacional a través del presidente Morales en los temas de cambio climático y esto se demuestra en la realización de la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra (Cochabamba, abril 2010). Un momento importante en la vida de Bolivia se constituy4e en octubre de 2012, cuando se aprueba la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para vivir bien No. 300, que establece una nueva institucionalidad para el cambio climático, a la cabeza de la Autoridad Plurinacional de la Madre Tierra. La Constitución Política del Estado de 2009 reconoce, de modo expreso, el derecho de los pueblos indígenas originarios campesinos y la necesidad de que se respeten, valoren y promocionen sus saberes y conocimientos tradicionales; así como el correlativo deber del Estado de proteger estos conocimientos. La articulación de políticas de cambio climático y conocimientos tradicionales (v.g. el Sistema Integral de Información Agroclimática para la Gestión del Riesgo y la Seguridad Alimentaria con Soberanía —SIAGERSA— y el Programa Biocultura). En el ámbito de la mitigación, el país mantiene una posición favorable a los mecanismos financieros de mercado como el Mecanismo de Desarrollo Limpio y el comercio internacional de bonos de carbono, lo que se patentiza en el Plan Nacional de Desarrollo (2006). Ecuador Mario Melo Cevallos (Ibid), recoge las políticas ambientales a nivel global, sobre cambio climático y en temas ambientales vinculados con el desarrollo sostenible. La ONG CEDENMA, dedicada a la defensa de la naturaleza y el

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medio ambiente, y a la promoción del desarrollo sustentable, impulsó el debate sobre el cambio climático y conocimiento tradicional. Ecuador en Río-92 asumió compromisos con impactos en la realidad nacional al generarse la institucionalidad y normas jurídicas que concretaban las nuevas políticas, creándose en 1993 la Comisión Asesora Ambiental de la Presidencia de la República (CAAM), para realizar una sistematización de experiencias y esfuerzos orientados a la conservación ambiental en el país (1994). La nueva Constitución en octubre de 2008 contiene tres pilares fundamentales, en relación a la naturaleza, la diversidad cultural y los derechos vinculados a ellas: el buen vivir o sumak kawsay, el reconocimiento de derechos a la naturaleza y el carácter plurinacional del Estado ecuatoriano, estableciendo dicha Constitución en su Artículo 414 en cuanto a cambio climático, la adopción de medidas adecuadas y transversales para la mitigación del mismo, mediante la limitación de las emisiones de gases de efecto invernadero, la deforestación y la contaminación atmosférica. Ecuador ha diseñado la Línea Estratégica Adaptación al Cambio Climático que tiene como finalidad reducir la vulnerabilidad social, económica y ambiental frente a los impactos del cambio climático, siendo su objetivo general, crear y fortalecer la capacidad de los sistemas social, económico y ambiental, para afrontar los impactos del cambio climático y formularon un Plan Nacional de Adaptación. La Constitución vigente de Ecuador en su Artículo 25, reconoce el derecho de las personas a gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso científico y de los saberes ancestrales y el derecho colectivo de las nacionalidades, pueblos, comunas y comunidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano y el pueblo montubio. Prohibiendo en su Artículo 57, numeral 12, toda forma de apropiación sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas; sin embargo, ni los planes de desarrollo para el Buen Vivir ni la declaratoria de Política Nacional sobre Cambio Climático, se refieren a los conocimientos tradicionales en relación al cambio climático. De otra parte, la Estrategia Nacional sobre Cambio Climático, incorpora en el Programa de Desarrollo y Transferencia de Tecnología, una línea de recuperación y desarrollo que comprende la identificación de tecnologías y/o prácticas ancestrales y el desarrollo de nuevas tecnologías que facilitan la implementación de actividades mitigación y adaptación para cada sector priorizado, señalándose que la recuperación de tecnologías y/o prácticas ancestrales es particularmente importante para la gestión de la adaptación. Algunos organismos de la sociedad civil han venido trabajando en ese sentido, así: Ecociencia, en el marco del Proyecto El Proyecto El Clima Cambia, Cambia Tú También, ha realizado un esfuerzo de documentación y acompañamiento de la experiencia de las comunidades de las parroquias rurales de San Andrés y San Juan, en la provincia de Chimborazo, con el fin de posibilitar un diálogo de saberes e incidencia política, utilizando la evidencia

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recogida para generar políticas públicas e instrumentos jurídicos que fortalezcan las actividades de adaptación de las comunidades y pueblos indígenas. La sistematización de Iniciativas de Cambio Climático en Ecuador, desarrollado por el Proyecto GEF/PNUD/MAE, recoge esfuerzos nacionales ya desarrollados y en curso, que en total representan 34 planes nacionales y sectoriales, 25 iniciativas, 50 proyectos y 270 estudios relacionados directa e indirectamente con los diferentes componentes del cambio climático, de los cuales 9 iniciativas, 17 proyectos y 185 estudios se refieren específicamente a la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático. Respecto a los estudios que se encuentran en ejecución, cabe mencionar que están relacionados con la agricultura, el clima, las finanzas, los recursos hídricos, los glaciares, la biodiversidad, la salud, la gestión de riesgos, etc; destacándose que la mayoría de 26 estudios son ejecutados por instituciones públicas, con financiamiento que en gran parte proveniente de la cooperación internacional.

Colombia

Desde finales de la década del ochenta, la economía de Colombia ha marcado una significativa diversificación para superar el modelo mono exportador del café, por uno que incluye múltiples productos primarios, mediante el auge de industrias extractivas (minerales e hidrocarburos), manufacturas y prestación de servicios. Todo a partir de la implementación del modelo económico neoliberal impulsado por el Consenso de Washington de 1989. La Constitución de 1991, en la práctica, concreta y afianza la preponderancia de un modelo capitalista y neoliberal, con algunos rasgos sociales. En la actualidad, la economía del país se encuentra en un proceso dirigido a alcanzar mejores niveles de competitividad, lo cual se acompaña de la flexibilización de la normatividad ambiental y la no definición de salvaguardas socioambientales. Colombia al igual que los países de la región está inmersa en las políticas y modelos neoliberales y tiene un poder judicial constitucional independiente, que en muchas ocasiones opera a favor de las minorías que buscan la protección de las riquezas culturales y ambientales de la nación. Sobre el cambio climático, la toma de decisiones concretas ha tenido sustento en los compromisos adquiridos por Colombia a nivel internacional. A partir de la ratificación de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), que entró en vigor el 21 de marzo de 1994, el Estado colombiano ha acogido las directrices en esta materia y ha avanzado en el desarrollo del marco normativo nacional. En el 2002, se creó la Oficina Colombiana para la Mitigación del Cambio Climático en el Ministerio de Ambiente, la misma pasó a ser el Grupo de

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Mitigación de Cambio Climático (GMCC) como parte del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Algunas organizaciones de la sociedad civil, con experticia en materia de cambio climático y áreas prioritarias para la conservación, decidieron formar la Mesa REDD en febrero de 2009 con el objeto de apoyar y dar insumos técnicos en el marco del proceso de construcción participativa de la estrategia nacional REDD. Además, participaron en la realización conjunta de talleres de información y diálogo temprano con pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas. Para enfrentar el cambio climático y evitar futuros desastres, el gobierno nacional determinó la Estrategia Nacional para la Articulación de Políticas y Acciones en materia de Cambio Climático en Colombia, mediante el documento del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES 3700) de julio de 2011. El objetivo primordial de esa política pública es crear un arreglo institucional, el Sistema Nacional de Cambio Climático, que permita la inclusión de las variables de cambio climático en la toma de decisiones de las autoridades, sectores y territorios; esto con el fin de reducir la vulnerabilidad del país y contribuir a un escenario futuro de desarrollo económico sostenible.

Lastimosamente las recomendaciones y estrategias formuladas por la Mesa prácticamente se quedaron en la mesa, por no tener la capacidad de articularse con sectores gubernamentales. Esta organización, que no es un espacio gubernamental, es la primera instancia que incluye de alguna forma a las comunidades étnicas en materia de cambio climático.

Perú

Lima, Perú será sede de la Cumbre Climática de la ONU, COP20, del 1 al 12 de diciembre de 2014 y se espera la presencia de jefes de Estado y delegaciones de todos los países del mundo en un total aproximado de 12 mil personas.

En 1993, el Perú suscribió la CMNUCC y el Ministerio del Ambiente se convirtió —a partir de su creación— en el punto focal de la Convención. También se creó la Comisión Nacional de Cambio Climático (CNCC), con el objetivo de coordinar la aplicación de dos tratados internacionales: la Convención sobre Cambio Climático y el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono. La comisión se convirtió en el Grupo Técnico de Carácter Consultivo, integrado por representativos sectores de la sociedad civil y del gobierno.

La Ley General del Ambiente de 2005 y la creación del Ministerio del Ambiente constituyeron un hito importante en la historia de la institucionalidad ambiental, se crearon obligaciones constitucionales, junto a los compromisos internacionales en materia ambiental y de los recursos naturales, sobre la base de un sistema de gestión ambiental con un enfoque integrado y multisectorial.

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El Ministerio de Agricultura (MINAG, 2008) constituyó el Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático (GTTSAC) y validó el Plan Nacional de Gestión y Adaptación al Cambio Climático en el Sector Agrario Periodo (2012-2021) como instrumento de planificación formulado de manera participativa y consensuada con los gobiernos regionales. En 2009, MINAM publicó la Política Nacional del Ambiente, que fija los lineamientos de política nacional y promueve la adopción de medidas preventivas de adaptación y mitigación al cambio climático. En lo referente a la mitigación y adaptación al cambio climático, establece entre sus lineamientos de política que: el enfoque preventivo debe incluir las particularidades de las diversas regiones del país, con énfasis en la situación y accionar espontáneo de adaptación de las comunidades campesinas y pueblos indígenas. Sobre los conocimientos tradicionales señala que se debe fomentar el respeto, la recuperación y la conservación de los conocimientos tradicionales asociados a la diversidad biológica, así como la distribución equitativa de los beneficios que se deriven de su aprovechamiento. En el 2009, se aprobó la Agenda de Investigación Científica de Cambio Climático (AIC CC), para guiar las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico de los gobiernos regionales y las instituciones de investigación del país. Sobre los conocimientos tradicionales, se establece una matriz de líneas de investigación con sus indicadores y metas de generación de ciencia, tecnología e innovación. En el Eje Temático 1, sobre la Predicción del Cambio Climático, se establece: el rescate de conocimientos tradicionales sobre predicción del clima, para el desarrollo de modelos predictivos que generen escenarios futuros y mejoren el entendimiento de los mecanismos y procesos que condicionan el cambio climático en áreas críticas del territorio nacional. En relación al aporte de los conocimientos tradicionales, esta agenda ha propuesto fortalecer la Red de Observación Sistemática de Hidrometeorología, enlazándola con un sistema de observaciones locales de los cambios observados por parte de comunidades o pobladores. A la fecha, se cuenta con un proyecto de inversión pública desarrollado para financiar parte de esta Red.

Existe la Ley 27811, régimen común de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos. Desde el 2010, MINAM cuenta con un Plan de Acción de Adaptación y Mitigación frente al Cambio Climático.

En 2011, se publica una de las más importantes herramientas de política pública en el Perú: el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado Plan Bicentenario.

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Comisión Tercera sobre Seguridad Regional y Desarrollo Sustentable del Parlamento Andino y en coordinación con la Asociación Savia Andina Pukara de Puno, Perú, se realizó la Mesa de Trabajo denominada "Cambio Climático y Saberes ancestrales" el 21 de febrero (2012) en el Congreso de la República.

El trabajo propició acuerdos como la necesidad de mayor articulación, donde cada sector especialmente el de agricultura y ambiente trabajen la complementariedad del conocimiento tradicional con el conocimiento oficialmente difundido y asumido que basan la relación del hombre con la naturaleza. Se expusieron experiencias de Agrorural del Ministerio de Agricultura, por ejemplo la recuperación de la técnica de los Andenes una alta tecnología usada por los incas y que en el momento actual tienen grandes resultados. También las mujeres de la región Piura expusieron sus experiencias en el reciclaje y cuidado de árboles, del uso de alimentos orgánicos. Mientras la representante del Instituto Nacional de Innovación Agrícola, INIA, abordó la experiencia piloto sobre el árbol del algarrobo, del zapote y su adaptación a la costa, sierra y selva. Fue valioso conocer experiencias que desarrollan proyectos iniciales de adaptación al cambio climático en base a la recuperación y puesta en valor del conocimiento tradicional relacionado con el cambio climático y conservación de la biodiversidad. Algunos resultados de investigaciones científicas, hechas en la zona norte de la región Puno, muestran la pertinencia del conocimiento tradicional en la predicción del clima y la situación futura del cultivo dentro de una campaña agrícola, los mismos que afianzan las medidas de adaptación en el manejo de cultivos, al tiempo de constituir un mecanismo de prevención temprana ante las variaciones del clima.

Sin embargo, se observa la escasa valoración del conocimiento tradicional en los sectores estratégicos del país. Por tanto urge valorar mejor el conocimiento tradicional en su real magnitud en un marco de interculturalidad.

La Mesa de trabajo tuvo por objetivo, recoger y proponer algunos lineamientos políticos y técnicos para incorporar los conocimientos ancestrales en las estrategias nacionales y regionales de adaptación al cambio climático y que a la vez sean parte de la agenda común de las organizaciones indígenas. Hubo una serie de acuerdos, entre otros:

• Compartir información sobre ecosistemas altonadinos, especialmente los bofedales, que tienen capacidad para capturar carbono.

• A través de la red de monitoreo del cambio climático, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENAMHI), se compromete a seguir informando a todo el país y en forma especial a las poblaciones indígenas.

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• Las poblaciones indígenas y sus organizaciones necesitan ser informadas y reflexionar sobre los efectos que trae vivir modernamente, especialmente sobre los cambios que vivencia el ser humano.

• Recuperar el autogobierno comunal. • Recuperar el sistema alimentación autónoma basada en la propia

producción local de la comida, conducente a la soberanía alimentaria de las poblaciones. Asimismo recuperar la medicina holística tradicional de las poblaciones indígenas.

• Fortalecer los sistemas tradicionales de intercambio de productos, como el trueque, y otras formas de reciprocidad.

• Fortalecer la justicia comunal indígena en base al “derecho consuetudinario” implícita en las poblaciones indígenas.

• Generar espacios de intercambio de experiencias en adaptación al cambio climático, especialmente entre los abuelos/abuelas con las nuevas generaciones. Igualmente dar a conocer estos saberes a toda la población, mostrando casos concretos, por todos los medios disponibles.

• Compartir las propuestas de buen vivir, vida plena u otras alternativas que han generado las diversas organizaciones indígenas en el Perú.

• En el ámbito de la diversidad biológica, fortalecer las capacidades de las organizaciones indígenas en el manejo de los conocimientos tradicionales ligados a la conservación de la biodiversidad. Exigir al estado el acatamiento del artículo (8j) del convenio de diversidad biológica. Asimismo exigir el cumplimiento de la ley 27811, régimen común de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos.

• En el sector educación posicionar el saber ancestral en espacio curricular y el proceso de gestión educativa. Incidiendo a que otras áreas del ministerio de educación también reflejen la importancia del saber local.

• En agricultura cuidar la madre tierra evitando el uso de los agroquímicos y los transgénicos.

• Compartir los cuatro mil saberes registrados en saberes campesinos de los Andes. El Proyecto Andino de Tecnologías Campesinas (PRATEC) está presta compartir los saberes registrados.

• Incorporar a las poblaciones indígenas del país en la Comisión Nacional sobre Cambio Climático. Se demanda de una mayor articulación del Ministerio del Ambiente con las poblaciones indígenas.

• Instar al estado a la propiciación de una mayor cultura preventiva. • Mayor socialización del Plan de Gestión de Riesgos y Adaptación al

Cambio Climático en el Sector Agrario periodo 2012 -2021 (PLANGRACC-A) del Ministerio de Agricultura.

• Transversalizar el tema del cambio climático entre todos los sectores del estado. Reconociendo y promoviendo el enfoque intercultural en el tratamiento.

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Leyes y normas andinas El reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas, tribales y campesinos en relación a sus conocimientos tradicionales se encuentra explícitamente dispuesto dentro de la normatividad andina, a través de la Decisión 391 de 1996 de la Comunidad Andina, que se enfoca en aspectos económicos o de régimen de acceso a los conocimientos y prácticas asociadas a los recursos genéticos y sus derivados, en cuyo Artículo 7 señala: “Los Países Miembros, de conformidad con esta Decisión y su legislación nacional complementaria, reconocen y valoran los derechos y la facultad para decidir de las comunidades indígenas, afroamericanas y locales, sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales asociados a los recursos genéticos y sus productos derivados”. El Convenio de la Diversidad Biológica de 1992 ha considerado una mayor amplitud en el reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales sobre el conocimiento tradicional de los pueblos indígenas, en particular a través de lo dispuesto en el artículo 8 “j”. La Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU (2007), aunque no es un instrumento vinculante en el derecho internacional, en su artículo 31 señala:

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales.

2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.

La Carta Social Andina, en sus Capítulos 10 sobre Ambiente y Desarrollo sostenible y Capitulo 13 sobre Pueblos indígenas y originarios recoge en algunos artículos relativos a los derechos de los pueblos indígenas, sus conocimientos y tecnologías ancestrales, su territorio y sus aportes a la mitigación y adaptación al cambio climático. Artículo 58. Los Países Miembros orientarán las acciones conjuntas de coordinación de políticas y estrategias comunitarias que permitan mejorar la gestión ambiental y de desarrollo sostenible, tomando como referencia la Agencia Ambiental Andina que recoge como ejes temáticos de la Decisión 523 sobre Biodiversidad, la Decisión 713 sobre Prevención y Atención de Desastres, que al mismo tiempo trata la problemática del cambio climático, la

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Decisión 763 sobre el manejo integrado de Recursos Hídricos, el Convenio 169 de la OIT sobre Consulta Previa y otras normativas internacionales.

Artículo 59. Los Países Miembros impulsarán el desarrollo de actividades que se centren en la investigación e información para la gestión, protección, comunicación y educación ambiental, el fortalecimiento de capacidades institucionales en gestión ambiental y en los patrones de producción y consumo sostenible en armonía con la naturaleza.

Artículo 81. Los Países Miembros respetan y garantizan el derecho a la diversidad cultural, religiosa, lingüística, educativa y de desarrollo económico de los pueblos indígenas u originarios, sin perjuicio de garantizarles y facilitarles, de igual modo, el libre acceso a los avances científicos y tecnológicos respetando sus propias opciones de desarrollo y su integridad étnica y cultural.

Artículo 82. Los Países Miembros reconocen su carácter multiétnico, multilingüe y pluricultural, estableciendo mecanismos para fortalecer y difundir los valores de sus pueblos indígenas u originarios y de representación histórica.

Artículo 85. Los países Miembros fomentarán la participación directa y activa de los pueblos indígenas, originarios y de su presencia histórica en el planeamiento, decisión y ejecución de políticas públicas, programas y proyectos de desarrollo humano que puedan afectarlos directamente; así como la ejecución de programas de formación profesional de aplicación general y en programas educativos.

Artículo 86. Los Países Miembros fomentaran la creación de mecanismos idóneos que garanticen el derecho a la propiedad de los pueblos indígenas u originarios sobre las tierras que tradicionalmente ocupan, estableciendo mecanismos especiales para la solución de sus controversias en concertación y consulta previa con las autoridades tradicionales y organizaciones legalmente constituidas de los pueblos indígenas de la subregión.

Los Países Miembros aplicarán y ejecutarán los compromisos asumidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como reconocerán el derecho a la autodeterminación de los pueblos garantizando la unidad nacional.

Artículo 88. Exhortar a los Gobiernos de la subregión a adoptar la Declaración de los derechos de la Madre Tierra formulada por la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climáticos y los Derechos de la Madre Tierra (2012).

Sin embargo no existen o son débiles las políticas sobre adaptación al cambio climático y conocimientos tradicionales.

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Es endeble la relación entre los documentos de política pública generados por los Estados y los conocimientos ancestrales de las comunidades locales a las estrategias de adaptación al cambio climático.

PROYECTO DE DECISIÓN NO. 007-10-2014: “APORTES DEL CONOCIMIENTO Y TECNOLOGÍAS ANCESTRALES A LA ADAPTACIÓN Y

MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO” “AUTORA: PARLAMENTARIA ANDINA HILARIA SUPA HUAMÁN PRESIDENTA COMISIÓN TERCERA

La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el Marco del XLV Período Ordinario de Sesiones, en la ciudad de Bogotá, los días ____ del mes _____ de 2014,

CONSIDERANDO QUE

El cambio climático, viene afectando al ecosistema alto andino y sus impactos están afectando la vida de las personas especialmente en el Altiplano, donde las comunidades campesinas indígenas constatan los cambios en los principales signos del tiempo y ven cómo se afecta la producción agropecuaria. Las secuelas del cambio climático, produce variación del paisaje biocultural.

Los andes peruanos se encuentran entre las regiones más vulnerables al cambio climático (IPCC 2007).

Las Comunidades Campesinas andinas sufren las consecuencias del cambio climático, y también son actores estratégicos para los planes y políticas de conservación de la biodiversidad, agrobiodiversidad, seguridad alimentaria y cambio climático. Además las comunidades en los andes son agrocéntricas y han heredado una serie de tecnologías ancestrales como por ejemplo el uso de un calendario ceremonial espiritual y agro-festivo, los andenes, la crianza del agua y otros.

La presente propuesta pretende proteger y articular las tecnologías ancestrales para la mitigación y prevención de los impactos del cambio climático en la región andina.

La ciencia actual no colisiona con los conocimientos y tecnologías ancestrales, ambas pueden complementarse; estas tecnologías tradicionales se vienen usando y han posibilitado la sobrevivencia de muchos pueblos que hoy hacen frente por ejemplo a desastres, inundaciones, carencia de alimentos y otros.

Expertos en saberes ancestrales afirman que con sus conocimientos de agricultura limpia y economía rural sostenible, se podrían reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero. Así lo manifiesta Pacha Kanshai de la comunidad del macizo andino colombiano Yanakuna: “El ser humano necesita en la actualidad volver nuevamente a la sincronización con el planeta tierra, todos se preguntan qué se debe hacer para

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resolver los conflictos en el planeta y la respuesta está en los saberes ancestrales que nos sacarán de estos apuros”.

“Se necesita un poco de conocimiento de ecología y, fundamentalmente, los conocimientos tradicionales de las comunidades que han logrado vivir y mantener durante millones de años sin destruir, creando una relación armónica con el ambiente. A través de prácticas como selección e semillas y manejo de los bosques, podemos tener un nuevo sistema de producción” que mitigue el cambio climático, señalò Pacha Kanshai.

Los pueblos indígenas enfrentan nuevas amenazas a sus derechos y soberanía permanente sobre sus territorios y recursos. Los estados por la vía de los regímenes comerciales y ambientales, van inclinando la discusión y cerrando los espacios de opciones de protección, al incluir en los TLC y Acuerdos Comerciales regulaciones relativas a los conocimientos tradicionales, biodiversidad y acceso a recursos genéticos. Todos esos mecanismos tienden a incluir los conocimientos tradicionales y el patrimonio cultural y ambiental indígena bajo regímenes propietarios.

La reivindicación de “derechos propietarios intelectuales indígenas” basa los derechos de los pueblos indígenas de amparar sus derechos soberanos sobre sus tierras, recursos y territorios bajo instituciones jurídicas de propiedad. Que existe legislación internacional y regional sobre cambio climático y derechos indígenas, pero aún son débiles las referentes al reconocimiento y protección de los conocimientos de las tecnologías ancestrales y sus aportes a la mitigación y adaptación del cambio climático. Se observa que la articulación entre políticas de adaptación al cambio climático y conocimientos tradicionales en los cuatro países ha sido escasa. Hay estudios realizados que analizan los procesos de construcción de políticas públicas sobre cambio climático y conocimientos tradicionales en Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia, y han identificado logros, retos pendientes y proponen mejoras en estos procesos. Aún existe débil institucionalidad para el registro, sistematización y transparencia de la información pública respecto a las inversiones en cambio climático, especialmente en períodos anteriores al último quinquenio. Las realidades y estudios nacionales han aplicado un conjunto de recomendaciones respecto a la problemática de las políticas de cambio climático y conocimientos tradicionales, y han realizado propuestas de articulación, seguimiento y evaluación. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, la Plenaria del Parlamento Andino.

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DECIDE Artículo Primero El Parlamento Andino, haciendo uso de los mecanismos adecuados reconoce y protege los derechos de las comunidades y su conocimiento tradicional. Promoverá la comprensión de la vulnerabilidad al cambio climático de los indígenas y las poblaciones marginadas y protegerá los derechos de propiedad intelectual colectivas e individuales provenientes de los conocimientos tradicionales. Artículo Segundo El Parlamento Andino realizará una sistematización o Estado de la Cuestión de la información regional existente en materia de cambio climático y conocimientos tradicionales la cual se compartirá con los Estados y se divulgará. Artículo Tercero El Parlamento Andino creará una Base de datos sobre iniciativas públicas y de la sociedad civil, en cuanto a la articulación de temas de cambio climático y conocimientos tradicionales en la región. Artículo Cuarto Encomendar al Parlamento Andino realizar comunicaciones con las autoridades gubernamentales competentes en cada uno de los países para que impulsen el diseño e implementación de políticas que contemplen el rescate y la aplicación de conocimientos tradicionales en la adaptación y mitigación del cambio climático. Artículo Quinto El Parlamento Andino promoverá la elaboración de una Norma Regional para la protección de los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales de las comunidades indígenas, afroamericanas y locales. Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Santa Marta, Colombia a los …días del mes de octubre de 2014 P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General

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PROYECTO DE DECISIÓN NO. 008-10-2014: “SEMINARIO REGIONAL SOBRE “DISCRIMINACION RACIAL, PREVENCION Y ERRADICACION”- “AUTORA: PARLAMENTARIA ANDINA HILARIA SUPA HUAMÁN PRESIDENTA COMISIÓN TERCERA

I.- JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO El tema de Discriminación Racial es un fenómeno persistente que lesiona la dignidad humana y lejos de erradicarse o disminuir, está creciendo pese a que muchos Estados lo prohíben constitucionalmente e incluso lo sancionan penalmente en atención al Principio de Igualdad, siendo preocupante la creciente discriminación racial en los países de la región, constituyendo uno de los mayores problemas que afronta la sociedad, por cuanto impide que las relaciones entre sus ciudadanos se den dentro del marco de la igualdad, con respeto a la diferencia y diversidad.

Según la información obtenida del Latinobarómetro, el 20% de la región se siente discriminada por algún motivo, así Bolivia alcanza el 33%, Perú el 28%, Chile el 21%, Colombia el 19% y Ecuador el 16%; sin embargo la discriminación percibida es mayor que la discriminación directa, pues de un total de 100 ciudadanos, 45 afirman ser discriminados y en este sentido, Bolivia alcanza el 52%, Colombia el 49%,Perú el 47%, Ecuador el 37% y Chile el 34%. Asimismo, del análisis por sexo, existe mayor percepción de discriminación en las mujeres que en los hombres, reflejándose en América Latina al 2011, un 47% para mujeres y un 44% para hombres, alcanzando a ese mismo año la discriminación por raza, un 43% para Bolivia, un 39% para Perú 39%, un 35% para Colombia, un 30% para Ecuador y un 23% para Chile. 6

Pese a los esfuerzos legislativos e institucionales para luchar contra este problema, existen pocos procedimientos administrativos o judiciales iniciados por motivos de discriminación racial, debido a que tiene características particulares como la dificultad para ubicar claramente a discriminados y discriminadores o la interiorización de la discriminación por sus propias víctimas, así como la presencia de una discriminación generalizada “de todos contra todos”, constituyendo otra dificultad el hecho de que las personas no denuncian haber sido objeto de discriminación étnica o racial, debido a diversos factores vinculados con la vergüenza de denunciarlos, la negación y normalización del racismo, el desconocimiento de los mecanismos de denuncia, la percepción de las autoridades con temor y desconfianza y ausencia de una cultura de intolerancia o de sanción social frente a la discriminación, sumándose la complicación para obtener pruebas para demostrar la existencia de actos discriminatorios.

                                                                                                               

6 Fuente: Latinobarómetro 2009 – 2011. Banco de datos en línea: www.latinobarometro.org.

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Los grupos vulnerables son los pueblos afrodescendientes y poblaciones indígenas, trabajadores inmigrantes, los pobres, los homosexuales, los ancianos y las mujeres, grupos étnicos minoritarios, mencionándose que los pueblos indígenas buscan la aprobación de una declaración universal que reconozca sus derechos, incluyendo el hecho de mantener sus propios estilos de vida, culturas y tradiciones, el derecho de mantener sus propias estructuras económicas, el derecho de administrar sus propias tierras y recursos naturales

Discriminación con enfoque de Género.

Es claro que todos los seres humanos tienen derecho a la igualdad de tratos y oportunidades, suponiendo este derecho que personas en situaciones similares no deben ser discriminadas o excluidas sin importar el género al que se pertenezca, pero es importante dar un enfoque diferencial de género teniendo en cuenta las diversidades e inequidades en nuestra realidad con el propósito de brindar una adecuada atención y protección de los derechos, considerando el sistema de relaciones que se establecen entre hombres y mujeres en una sociedad particular, con base en las características, roles, referentes de valor y oportunidades que el grupo social asigna a cada uno, identificándose diferencias y relaciones determinadas culturalmente, susceptibles de ser transformadas y no particularidades biológicas determinadas por el sexo, advirtiéndose que a lo largo de la historia las mujeres han sufrido diferentes tipos de violencia y discriminación en todos los países del mundo y en todas las culturas.

La Secretaria General de las Naciones Unidas definió la violencia contra la mujer como una forma de discriminación y una violación de los derechos humanos que causa sufrimientos indecibles, cercena vidas y deja a incontables mujeres viviendo con dolor y temor en todos los países del mundo, impidiendo que alcance su plena realización personal, restringiendo su crecimiento económico, pudiéndose frenar cuando se elimine la discriminación, promoviendo la igualdad y el empoderamiento de la mujer y velando por el pleno ejercicio de sus derechos humanos, siendo preocupante el hecho de que no existen leyes firmes que castiguen la violencia contra la mujer como clara violación a sus derechos fundamentales, ni programas que permitan la prevención y la ayuda a las víctimas, pero se admite internacionalmente que las mujeres son las más afectadas por los conflictos armados modernos puesto que en muchos se aprovechan de su condición y son sometidas a violaciones y tratos inhumanos, sumado a que tienen que enfrentar problemas de desplazamiento y reclutamiento forzado.7

Constituye un problema frente a la discriminación, la poca participación de las mujeres en las decisiones que las afectan y la falta de oportunidades que tienen en el mundo, tanto en el ámbito personal y político, siendo otro problema, la desigualdad económica entre hombres y mujeres, puesto que en

                                                                                                               7Nota informativa basada en el documento titulado "Examen y evaluación de la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing: informe del Secretario General" (E/CN.6/2000/PC/2).

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algunos países existen trabajos en los cuales hombres y mujeres realizan exactamente el mismo, pero las mujeres reciben un menor reconocimiento económico y en muchos casos éstas no pueden acceder a cargos directivos o puestos altos por el simple hecho de ser mujer.

Al respecto, el Banco Interamericano de Desarrollo en el año 2009 realizó estudios y demostró que los hombres en América Latina ganan un 17% más que las mujeres con iguales edades y niveles de educación y en los países de la Comunidad Andina la situación varía dependiendo del país; por ejemplo Perú se encuentra por encima del promedio con un 19.4%, mientras que Ecuador y Colombia se encuentran por debajo del promedio con un 16.4% y un 7.1% respectivamente; sin embargo, Bolivia fue el único país Latinoamericano donde las mujeres con iguales niveles de educación y edad que los hombres ganan el 1.8% más que los hombres. También señalan la poca importancia y participación que se les da a las mujeres en la planificación de los presupuestos nacionales, omitiéndose en la mayoría de veces sus necesidades y prioridades específicas, yendo así en contra de la igualdad de género, existiendo además diferencias a nivel de educación, salud, tenencia de la tierra, mercado laboral, etc, por lo que el Racismo y Discriminación deforma los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas, pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades étnicas, el derecho a la vida, resultando imperante la acción de los Estados de la Región para atacar toda manifestación de discriminación y racismo, respetándose las normas y principios de equidad en la prestación de servicios de salud, el acceso a la vivienda, a la formación, capacitación y educación en todos los niveles, así como al empleo, a la justicia a través de una tutela efectiva por parte de los administradores de justicia, respetando el debido proceso. 8

El racismo y las formas conexas de discriminación e intolerancia continúan siendo un problema serio que debe ser encarado con urgencia, por lo que siempre será válido un planteamiento para la identificación de aspectos relacionados con la prevención, sanción y erradicación del racismo y de la discriminación racial, así como la identificación de grupos específicos que son objeto de discriminación o formas particulares de discriminación, mencionándose la discriminación por motivo de religión, cultura o lengua, grupos vulnerables como los pobres, los homosexuales, los ancianos y las mujeres, que están claramente relacionados con la cuestión del racismo por ser temas que se ubican dentro del dominio general de la protección de los derechos humanos.

                                                                                                               8III Cumbre Social Andina. Tema “Mujer”.

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II.- ANTECEDENTES.

A nivel regional, los Estados parte a través de sus Constituciones Políticas y otras legislaciones, reflejan el Principio de Igualdad entre Hombres y Mujeres, respetando los derechos humanos. Así tenemos:

BOLIVIA: Artículo 11, numeral I de la Constitución: El Estado adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres.

Artículo 15, numeral II de la Constitución: Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual, psicológica, tanto en la familia como en la sociedad.

Artículo 45, numeral V de la Constitución: Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión intercultural, y gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodos pre y post natal.

El Estado promoverá la incorporación de las mujeres al trabajo, y garantizará la misma remuneración que a los hombres por un trabajo de igual valor, tanto en el ámbito público como en el privado. (Comunidad Andina, disponible en:

Artículo 45, numeral VI de la Constitución: Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, su situación de embarazo, su edad, sus rasgos físicos o su número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad de las mujeres en estado de embarazo hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad. 9

COLOMBIA: Artículo 2 de la Constitución.- “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo y en su artículo 13 dice “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.”

Artículo 40, literal 7 de la Constitución.- “Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede acceder al desempeño de funciones y cargos

                                                                                                               9 Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.

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públicos, salvo los colombianos, por nacimiento o por adopción, que tengan doble nacionalidad. La ley reglamentará esta excepción y determinará los casos a los cuales ha de aplicarse. Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública” y en el Articulo 42 un apartado establece que “Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme a la ley.”

Artículo 43 de la Constitución.- “La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviera desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.”10

                                                                                                               10  Constitución de Colombia de 1991.

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ECUADOR:

Artículo. 11, Numeral 2 de la Constitución: “Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades, Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género…. La ley sancionará toda forma de discriminación”.

Artículo 35 de la Constitución.- Hace referencia a los derechos de aquellos grupos en condición de vulnerabilidad tales como las mujeres embarazadas, niñas, niños adolescentes y demás, a los que el Estado se compromete a prestar especial protección.

Artículo 43 de la Constitución: “El Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia los derechos a:

1. No ser discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral.

2. La gratuidad de los servicios de salud materna. 3. La protección prioritaria y cuidado de su salud integral y de su vida

durante el embarazo, parto y posparto. 4. Disponer de las facilidades necesarias para su recuperación después del

embarazo y durante el periodo de lactancia”10.11

Capitulo IV. Derechos de las Comunidades, Pueblos y Nacionalidades de la Constitución: Define que las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible y reconoce sus derechos colectivos. En tal sentido el Estado se compromete a garantizar la aplicación de estos derechos colectivos sin discriminación alguna, en condiciones de igualdad y equidad entre mujeres y hombres.

La Comisión de la Mujer, El Niño, La Juventud y La Familia del Congreso Nacional logró la aprobación de las siguientes leyes en pro de la mujer ecuatoriana:

• “Reforma a la Ley de Elecciones: Ley de Cuotas que establece un porcentaje del 30% y hasta el 50% de mujeres en listas de candidatos y candidatas, en orden alternado y secuencial.

• Ley reformatoria a la ley del servicio civil y carrera administrativa para equidad en cargos públicos entre hombres y mujeres

• Ley de la salud sexual y reproductiva • Reformas a la normativa de las Fuerzas Armadas para el ingreso

equitativo de hombres y mujeres”.12

                                                                                                               11 Constitución de la República de Ecuador.

12 http://www.asambleanacional.gov.ec/documentos/Constitucion-2008.pdf).

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• PERÚ:

Artículo 1 de la Constitución: La defensa de la persona humana y el respeto por su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado.

Artículo 2 de la Constitución: Toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, NADIE debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

El Artículo 6 de la Constitución: Establece que es obligación del Estado crear condiciones adecuadas para la atención de la madre, antes, durante y después del parto, con especial cuidado para la adolescente madre.13

El Código Civil establece la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer y establece que la sociedad conyugal es representada por cualquiera de los dos cónyuges, en tanto que el Código Penal ha avanzado en la protección a la mujer en cuanto a los delitos de violación sexual siendo perseguidos de oficio los violadores, pudiendo la mujer casada denunciar a su marido por violación.14

La Ley 26260 sobre Violencia Familiar y su Reglamento, tiene el objetivo de erradicar la violencia familiar y plantea desarrollar campañas de difusión de los derechos de la mujer, establecer mecanismos eficaces para las víctimas de violencia familiar, instituir las Comisarías de Mujeres, promover la creación de hogares temporales de refugio para las víctimas de la violencia y demás disposiciones en pro de la protección a la mujer maltratada. 15

El Código de los Niños y Adolescentes, reconoce que la obligación de la atención al niño y al adolescente se extiende a la madre y al niño mismo. 16

Ley 28983 sobre Igualdad de Oportunidades, constituye la primera ley en el país que reconoce los derechos sexuales y reproductivos.17

III.-CONTEXTUALIZACION INTERNACIONAL. Los organismos internacionales han venido manifestando su preocupación por el problema de la discriminación racial en general y han recomendado medidas para su eliminación, efectuando diversas actividades. Cabe señalar lo siguiente:

Las Naciones Unidas se ha ocupado de la discriminación racial desde su fundación y la prohíbe en todos los instrumentos principales de derechos humanos, estableciendo obligaciones para los Estados, recomendando a tarea de erradicarla del ámbito público y privado, teniendo presente el Principio de                                                                                                                13 Constitución Política del Perú de 1993. 14 Código Civil y Código Penal del Perú. 15 Texto Único Ordenado de protección Frente a la Violencia Familiar –Ley No. 26260 y su Reglamento el D .S. No. 002-98-JUS. 16 Nuevo Código de los Niños y Adolescentes. Ley No. 27337 17 Ley de Igualdad de Oportunidades Entre Mujeres y Hombres – Ley No. 28983.

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Igualdad, que exige a los Estados adoptar medidas especiales para eliminar las condiciones que causan la discriminación racial o que contribuyen a perpetuarla.

La Conferencia Mundial contra el Racismo en el año 2001, elaboró un programa integral para combatir el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y lo hizo a través de la Declaración y Programa de Acción de Durban, que en abril de 2009 mediante la Conferencia de Examen de Durban, examinaron el progreso mundial para superar el racismo, concluyendo en que aún queda mucho por hacer, siendo el logro más importante de la conferencia, la renovación del compromiso internacional con el programa de trabajo contra el racismo.

En la Declaración de Durban reconocen a la xenofobia contra los extranjeros y en particular los inmigrantes, refugiados y asilados, como una de las fuentes principales del racismo contemporáneo, oportunidad en que llaman la atención sobre las nuevas manifestaciones de racismo, discriminación racial, xenofobia e intolerancia conexa, pero no especifican cuáles son esas nuevas formas.

La Organización de los Estados Americanos, con fecha 05 de junio de 2013, adoptó la Convención Interamericana Contra El Racismo, La Discriminación Racial y Formas. Conexas De Intolerancia y La Convención Interamericana Contra Toda Forma De Discriminación E Intolerancia, que tiene como méritos principales reafirmar, actualizar y perfeccionar alguna de las nociones consagradas en la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial de la ONU del 1965, consolidando y especificando para las Américas el contenido democrático de los principios de la igualdad jurídica y de la no discriminación.18

                                                                                                               18 (http://www.parlamentoandino.org/csa/documentos-de-trabajo/informes-ejecutivos/34-mujer.html)  

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DESDE UN ENFOQUE DE GENERO  La situación de las mujeres varía de país en país y depende de un gran número de variables y aspectos culturales y legales. La condición jurídica de la mujer a nivel internacional ha tenido cambios significativos a través del tiempo, donde los hechos históricos han contribuido al desarrollo, promoción y respeto de los derechos humanos de las mujeres, existiendo pronunciamientos en ese sentido, en diferentes acuerdos y tratados internacionales, aprobados por la Asamblea de Naciones Unidas y ratificados por innumerables países, destacando en el tema de mujer lo siguiente:

Declaración Universal de Derechos Humanos: En su preámbulo establece que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y en su Artículo 16 señala que los hombres y mujeres, a partir de la edad madura, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y a disfrutar de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo.

Carta de las Naciones Unidas: Reafirma la fe en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y en su artículo 8 instaura el compromiso de que la Organización no establecerá restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad y en cualquier carácter en las funciones de sus órganos principales y subsidiarios.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Establece en el Artículo 3 el compromiso a asegurar a los hombres y a las mujeres igual título a gozar de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el Pacto y en su artículo 10 hace referencia a conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto. Durante dicho período, a las madres que trabajen se les debe conceder licencia con remuneración o con prestaciones adecuadas de seguridad social.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Establece en su artículo 3, que los Estados Partes se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el presente Pacto y en su artículo 23, reconoce los derechos del hombre y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen edad para ello, reconociendo que el matrimonio no podrá celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes y a que los Estados Partes tomarán las medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y responsabilidades de ambos esposos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo. En el artículo 26 establece que todas las personas son iguales ante la ley y que tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, señalan que la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección

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igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer: Reafirma el principio a la no discriminación por razón de sexo, los Estados que ratifican el Convenio tienen la obligación de consagrar la igualdad de género en su legislación nacional, derogar todas las disposiciones discriminatorias en sus leyes, y promulgar nuevas disposiciones para proteger contra la discriminación contra la mujer, debiendo establecer tribunales e instituciones públicas para garantizar a las mujeres una protección eficaz contra la discriminación, adoptando medidas para eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer practicada por personas, organizaciones y empresas.

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará”: En su artículo 1 define la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada” y el artículo 2 se refiere a “los actos de violencia contra la mujer tales como: a) La violencia física, sexual y sicológica que se produzca en la familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer, los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la familia y la violencia relacionada con la explotación; b) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada dentro de la comunidad en general, inclusive la violación, el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros lugares, la trata de mujeres y la prostitución forzada; c) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra” 19

                                                                                                               19  http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html

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Finalmente, la actual CARTA SOCIAL ANDINA, en cuanto a “Mujer y Equidad de Género” en sus Artículos 18 a 21, resalta la igualdad de todas las personas ante la ley, garantizándolo en todos sus ámbitos, señalando que los países miembros promoverán la participación política de la mujer en todos los espacios de la vida pública, estableciendo que deberán diseñar estrategias para generar un espacio para las mujeres en todos los niveles del Estado para el logro de la igualdad entre hombres y mujeres. Asimismo, precisan que toda forma de discriminación está prohibida cualquiera sea su origen, por lo que sus países miembros, incorporarán en sus legislaciones los compromisos asumidos en la Convención Sobre La Eliminación de todas Formas de Discriminación Contra La Mujer, La Convención de Belem Do Pará y las recomendaciones de la OIT, sobre los derechos laborales de las mujeres, emitiendo o reformando las normas pertinentes, a fin de erradicar cualquier forma de violencia o discriminación contra la mujer.20 IV.- EXPERIENCIAS. Para la eliminación de la discriminación racial, la ONU realiza diversas actividades por intermedio de su oficina de Derechos Humanos: Apoya al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CEDR); Apoya al Relator Especial sobre las Formas Contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia; Colabora con el Experto Independiente en cuestiones de las minorías; Apoya al Grupo de Trabajo de Expertos sobre las Personas de Ascendencia Africana; Apoya la lucha contra el racismo y la intolerancia; Fortalece la capacidad nacional para eliminar el racismo por medio de la prestación de servicios de asesoría; Realizan estudios e investigaciones sobre el racismo, asistiendo a los mecanismos intergubernamentales y de expertos que se ocupan de la situación de grupos de víctimas; Participan con la sociedad en general para establecer asociaciones, crear conciencia y movilizar en favor de medidas antidiscriminatorias, como las leyes, las políticas y los programas. En julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas creó ONU MUJERES, destacando en su lucha por la igualdad de género, empoderamiento de la mujer, eliminación de la discriminación en contra de las mujeres y niñas, logro de la igualdad entre las mujeres y los hombres, como socios y beneficiarios del desarrollo, los derechos humanos, las acciones humanitarias y la paz y la seguridad, brindando asistencia programática y técnica a entidades intergubernamentales y a los Estados Miembros para la formulación de políticas, estándares y normas mundiales que guíen el tema de mujer, haciendo presencia en Latinoamérica y el Caribe promoviendo los derechos de las mujeres y la participación, con especial énfasis en el fortalecimiento de las instituciones para proteger y promover estos derechos, apuntando a lograr la autonomía económica de la mujer, la lucha en contra de                                                                                                                20  Carta Social Andina. Aprobada por la Plenaria del parlamento Andino mediante la Decisión 1302 del 26 de Julio de 2012 en el marco del XVIII Periodo Extraordinario de Sesiones celebrado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia.

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la violencia, la propagación del VIH y el SIDA, y la promoción de la justicia de género en la gobernabilidad democrática, además de trabajar con las redes de mujeres indígenas y afrodescendientes.

Bolivia: ONU MUJERES y el Instituto de Formación Femenina Integral (IFFI) de Cochabamba ha movilizado y capacitado a miembros de organizaciones locales de mujeres para aportar una perspectiva de género en las políticas públicas locales que promuevan la igualdad de género y la prestación de servicios para las mujeres víctimas de la violencia.

Ecuador: ONU MUJERES apoyó los esfuerzos para reformar el sistema ancestral de la justicia indígena en las comunidades Kichwas de la provincia de Imbabura, con el fin de responder mejor a los casos de violencia contra las mujeres. Como resultado fue creado por las mujeres indígenas un conjunto de “Reglas para una buena convivencia” que está siendo actualmente utilizado por las comunidades. Adicionalmente, ONU MUJERES apoyó los esfuerzos para redactar una constitución ecuatoriana más incluyente y democrática en temas como los derechos reproductivos, la protección contra la violencia de género y la igualdad de género en los procesos electorales, el mercado de trabajo y la educación.

Perú: Después del conflicto armado interno que vivió este país, en donde la violación fue rampante, los grupos de mujeres en conjunto con ONU MUJER, lograron que la Comisión de Verdad y Reconciliación reconozca la violación como método de guerra sistemático, adicionalmente han unido esfuerzos para garantizar la aplicación de estas normas.

Colombia: Debido al conflicto interno que azota al país y que ha causado un estimado de dos a tres millones de personas desplazadas, ONU MUJERES ha colaborado con ACNUR en una evaluación de género de la política nacional sobre las personas desplazadas, como resultado se formularon recomendaciones a las Naciones Unidas y a el Gobierno acerca de los medios para proteger a las mujeres refugiadas.

La organización de los Estados Americanos – OEA, como organismo regional respecto al tema de mujer, realiza un trabajo muy comprometido con el fin de asegurar la igualdad de los derechos sociales, políticos y económicos de las mujeres de todo el hemisferio y ha tomado una posición de liderazgo en el apoyo a movimientos de defensa de la mujer en las Américas y para ello cuenta con la Comisión Interamericana de Mujeres - CIM, convertido en el principal foro de debate y de formulación de políticas sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género en las Américas.

La Comisión Interamericana de Mujeres - CIM, intensifica la participación integral de la mujer en el desarrollo económico, político, social y cultural de los pueblos; propone soluciones e insta a los gobiernos a la igualitaria participación de la mujer en todas las esferas; promueve la movilización, capacitación y organización de la mujer para lograr su participación igualitaria en posiciones de liderazgo y propone que en el proceso de planificación, organización y

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ejecución de programas de desarrollo se ofrezcan de manera permanente los medios necesarios para hacer efectiva tal participación y representación.

La Organización de Mujeres de las Américas – OMA, realiza actividades con el fin de sensibilizar a los países iberoamericanos de las necesidades y problemas de las mujeres y niños y reúne a la comunidad diplomática en Washington D.C., con el fin de recaudar fondos a través de la realización de actividades culturales y sociales para apoyar diversas instituciones de caridad que desarrollen programas a favor de la mujer. 21

Teniendo en cuenta todo lo señalado en el presente proyecto, es importante que desde el Parlamento Andino se plantee la problemática sobre Discriminación Racial, Prevención y Erradicación en un Seminario Regional, donde se pueda reafirmar los principios de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, efectuando planteamientos donde se tenga que recordar que todos los seres humanos nacen iguales en dignidad y en derechos y donde se tenga que proponer a los Estados de la Región, que incorporen una perspectiva de género en la formulación y preparación de medidas de prevención, educación y protección encaminadas a la erradicación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia a todos los niveles, a fin de poder hacer frente con eficacia a las distintas situaciones de las mujeres y los hombres. Asimismo, desde dicho escenario se hace necesario plantear la necesidad de que los Estados de la Región, garanticen a través de políticas públicas, la protección de los derechos humanos y la no discriminación a mujeres y hombres, respecto de quienes deberá velar mediante dichas políticas, el desarrollo de sus capacidades a nivel individual y colectivo; por lo que se plantea la siguiente Decisión para ser puesta en consideración de los y las honorables parlamentarios y parlamentarias andinos. Lima, 17 de Octubre de 2014

                                                                                                               

21 http://www.parlamentoandino.org/csa/documentos-de-trabajo/informes-ejecutivos/34-mujer.html

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PROYECTO DE DECISIÓN NO. 008-10-2014: “SEMINARIO REGIONAL SOBRE “DISCRIMINACION RACIAL, PREVENCION Y ERRADICACION”-

“AUTORA: PARLAMENTARIA ANDINA HILARIA SUPA HUAMÁN PRESIDENTA COMISIÓN TERCERA

La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el Marco del XLV Periodo Ordinario de Sesiones, en la ciudad de Santa Martha – Colombia, realizada durante los días 29 de Octubre al 01 de Noviembre de 2014.

CONSIDERANDO

Que, el Parlamento Andino de conformidad al Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena goza de las siguientes atribuciones citadas en el literal a): “Participar en la promoción y orientación del proceso de integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana, b): “Examinar la marcha del proceso de la integración y el cumplimiento de sus objetivos, requiriendo para ello información periódica a los órganos e instituciones del Sistema” y d) Sugerir a los órganos e instituciones del Sistema las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional del Sistema. Que, una de la funciones del principales Parlamento Andino, establecidas por su Tratado Constitutivo en el Capítulo III, literal c), es “velar por el respeto de los derechos humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes sobre la materia para todas las Partes Contratantes” y conforme al literal h), es “contribuir al afianzamiento de la paz y justicia internacionales”.

Que, el tema de Racismo y Discriminación es un fenómeno persistente que lesiona la dignidad humana y lejos de erradicarse o disminuir, pese a que muchos Estados lo prohíben constitucionalmente o lo sancionan penalmente en atención al Principio de Igualdad, por lo que tal crecimiento constituye un problema para la sociedad, porque impide que las relaciones entre sus ciudadanos se den dentro del marco de la igualdad, con respeto a la diferencia y diversidad.

Que, pese a esfuerzos legislativos e institucionales para luchar contra este problema, existen pocos procedimientos administrativos o judiciales iniciados por motivos de discriminación racial, debido a que tiene características particulares como la dificultad para ubicar claramente a discriminados y discriminadores o la interiorización de la discriminación por sus propias víctimas, así como la presencia de una discriminación generalizada “de todos contra todos”, constituyendo otra dificultad el hecho de que las personas no denuncian haber sido objeto de discriminación étnica o racial, debido a diversos factores vinculados con la vergüenza de denunciar tales hechos, la negación y normalización del racismo, el desconocimiento de los mecanismos de denuncia, la percepción de las autoridades con temor y desconfianza y ausencia de una cultura de intolerancia o de sanción social frente a la

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discriminación, sumándose la complicación para obtener pruebas para demostrar la existencia de actos discriminatorios.

Que, todos los seres humanos tienen derecho a la igualdad de tratos y oportunidades y este derecho supone que personas en situaciones similares no deben ser discriminadas o excluidas sin importar el género al que se pertenezca; sin embargo, los grupos vulnerables son los pueblos afrodescendientes y poblaciones indígenas, trabajadores inmigrantes, los pobres, los homosexuales, los ancianos y las mujeres, grupos étnicos minoritarios. Que, es importante dar al tema de la Discriminación Racial, un enfoque diferencial de género con el propósito de brindar una adecuada atención y protección de los derechos, dando cuenta del sistema de relaciones que se establecen entre hombres y mujeres en una sociedad particular, con base en las características, roles, referentes de valor y oportunidades que el grupo social asigna a cada uno y en ese sentido, identificar diferencias y relaciones determinadas culturalmente, susceptibles de ser transformadas y no particularidades biológicas determinadas por el sexo, advirtiéndose que a lo largo de la historia las mujeres han sufrido diferentes tipos de violencia y discriminación, en todos los países del mundo y en todas las culturas.

Que el Racismo y Discriminación deforma los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas, pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades étnicas, el derecho a la vida, resultando imperante la acción del Estado para atacar toda manifestación de discriminación y racismo, respetándose las normas y principios de equidad en la prestación de servicios de salud, el acceso a la vivienda, a la formación, capacitación y educación en todos los niveles, así como al empleo, a la justicia a través de una tutela efectiva por parte de los administradores, respetando el debido proceso.

Que, el racismo y las formas conexas de discriminación e intolerancia debe ser encarado con urgencia, por lo que siempre será válido un planteamiento para la identificación de aspectos relacionados con la prevención, sanción y erradicación del racismo y de la discriminación racial, así como la identificación de grupos específicos que son objeto de discriminación o formas particulares de discriminación ya sea por motivo de religión, cultura o lengua, grupos vulnerables como los pobres, los homosexuales, los ancianos y las mujeres, que están claramente relacionados con la cuestión del racismo por ser temas que se ubican dentro del dominio general de la protección de los derechos humanos. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, la Plenaria del Parlamento Andino,

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DECIDE

Artículo Primero: Encomendar a la Secretaría General del Parlamento Andino realizar un Seminario Regional sobre “DISCRIMINACION RACIAL, PREVENCION Y ERRADICACION” que propicie entre los países de la región, un intercambio de experiencias y conocer las políticas públicas para la protección de los derechos humanos y la no discriminación a mujeres y hombres, respecto de quienes deberán velar por el desarrollo de sus capacidades a nivel individual y colectivo. Artículo Segundo: Que, el Parlamento Andino plantee en dicho escenario la problemática sobre la Discriminación Racial, reafirmándose los principios de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, con planteamientos que recuerden que todos los seres humanos nacen iguales en dignidad y en derechos y donde se tenga que proponer a los Estados de la Región, que incorporen una perspectiva de género en la formulación y preparación de medidas de prevención, educación y protección encaminadas a la erradicación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia a todos los niveles, a fin de poder hacer frente con eficacia a las distintas situaciones de las mujeres y los hombres. Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Santa Marta - Colombia a los … días del mes de Octubre de 2014. P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

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PROYECTO DE DECISIÓN NO. 009 – 11- 2014: ‘EL APOYO DEL PARLAMENTO ANDINO A LA CONFERENCIA DE LAS PARTES DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO

CLIMÁTICO – COP’  La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el marco del XLV Período Ordinario de Sesiones, en la ciudad de Santa Marta, los días 29, 30, 31 de Octubre de 2014.

CONSIDERANDO Que, el impacto negativo del ser humano en el calentamiento del sistema climático es inequívoco. Por ejemplo, muchos de los cambios observados en las últimas décadas, no tienen correlato en los periodos de tiempo anteriores. En este sentido, la atmósfera y el océano se han venido calentando, por lo cual las cantidades de nieve y el hielo han disminuido, el nivel del mar se ha elevado, y las concentraciones de gases de efecto invernadero han aumentado. Que, las emisiones acumuladas de Dióxido de Carbono y otros gases invernadero determinaran en gran medida el calentamiento medio de la superficie global durante el siglo XXI. Estos cambios persistirán por siglos, incluso si las emisiones de CO! se detuvieran completamente; por lo tanto, el Cambio Climático y la disminución del calentamiento global representan un reto y un compromiso para todos los países del mundo. Que, la región Andina es una de las áreas más vulnerables a los impactos negativos del Cambio Climático debido a su altísima biodiversidad, así como la amplia presencia de ecosistemas vitales para el ciclo hídrico y su extrema sensibilidad a variaciones en el clima. Esta vulnerabilidad se ve expresada en aspectos relacionados con la inequidad y pobreza estructural, presión demográfica, migración campo-ciudad; baja inversión en infraestructura; sobre explotación de los recursos naturales; alta deforestación; cambio de uso del suelo; baja inversión en planificación, prevención de riesgos; insuficiencia de conocimiento sobre las necesidades de adaptación local; escasa participación en el proceso de toma de decisiones, y la falta de información suficiente y adecuada sobre el impacto del Cambio Climático sobre la agricultura y la provisión de agua, que están afectando especialmente a las poblaciones indígenas y comunidades locales. Que, entre el 1 y el 12 de diciembre en la ciudad de Lima, Perú, se llevará a cabo la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático – COP20 y la Décima Conferencia de las partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto – CMP10. Que, la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC) tiene como finalidad impedir la interferencia ‘peligrosa’ del ser humano en el sistema climático y los ecosistemas; por medio de la estabilización de

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las emisiones de gases de efecto invernadero en un nivel que elimine el impacto negativo sobre el ambiente. Este idóneo “nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible” (CMNUCC, 1992) Que, el Protocolo de Kyoto es un tratado filial de la CMNUCC donde se estipulan medidas jurídicamente vinculantes para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. La hoja de ruta de este protocolo fue adoptada en la Décimo Tercera Conferencia de las Partes y la Tercera Reunión de las partes en diciembre de 2007. Que, uno de los principales objetivos y finalidades de la COP20 es la construcción de un documento donde se estipulen los principios básicos para un acuerdo global sobre disminución de emisiones que será negociado en el año 2015 en el marco de la COP21 en Paris, Francia. Este borrador inicial debe ser muy ambicioso en materia de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, tanto en los países desarrollados como en aquellos en vía de desarrollo; igualmente, en las metas de adaptación climática de los países, y en las posibilidades de financiamiento de proyectos como la capitalización del Fondo Verde. Igualmente, debe presentar un acuerdo que sea dinámico, que se pueda adaptar al cambio en las circunstancias sin la necesidad de demorados procesos de negociación Que, los países miembros de la Comunidad Andina, en la Declaración de Santa Cruz de la Sierra en mayo de 2007, reconocieron esta vulnerabilidad de los ecosistemas andinos frente al Cambio Climático, las actividades económicas y extractivas insostenibles y por políticas inadecuadas de desarrollo. Por esta razón, asumieron el compromiso de implementar políticas públicas para la conservación de los ecosistemas en peligro, especialmente paramos, glaciales y el bosque andino., que generan importantes servicios ambientales como la regulación, almacenamiento y descontaminación del agua, así como el procesamiento de Dióxido de Carbono en la producción de Oxigeno. Que el Parlamento Andino y su Comisión Tercera sobre ‘Seguridad y Desarrollo Sostenible’ han priorizado el Cambio Climático como uno de sus principales temas de trabajo. Especialmente, porque sus impactos negativos afectan directamente a las poblaciones más vulnerables y con menos recursos en la región andina. La Plenaria del Parlamento Andino, en uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General,

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DECIDE Artículo Primero: Saludar al gobierno y pueblo peruano por la organización y realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático – COP20 y a todos los gobiernos y sociedad civil participantes. Comprometerse en el apoyo a los gobiernos nacionales para desarrollar mecanismos de diálogo ciudadano cuyo objetivo sea divulgar y socializar con los diferentes sectores sociales el acuerdo borrador que será aprobado en la Lima en el marco de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático – COP20, y que será debatido y negociado en el año 2015 en Paris en la COP21. Para esto, el Parlamento Andino realizará durante el 2015, consultas y foros de participación ciudadana con el objeto de incluir y complementar el documento borrador con las observaciones e intereses de la ciudadanía. Artículo Segundo: Desarrollar un estudio en los países miembros de la Comunidad Andina sobre el impacto de las emisiones de gases invernaderos para la región, evaluando las metas nacionales que han sido definidas por los gobiernos y elaborará un proyecto de Ley Comunitaria que coordine a nivel subregional las políticas públicas y estrategias para la reducción de los impactos negativos del Cambio Climático. Artículo Tercero: Comprometerse en la realización de un trabajo de acercamiento, capacitación y promoción de las ‘Buenas Prácticas’ y las tecnologías ancestrales usadas por las comunidades amazónicas, indígenas y originarias. Considerando que la lucha contra el cambio climático y la protección de la Amazonía deben contar con una amplia participación de las comunidades locales; entonces, en el año 2015 el Parlamento Andino realizará una Conferencia Amazónica para la Lucha contra el Cambio Climático, donde se recogerán los intereses y los modelos de protección ambiental de estas comunidades para ser llevados a la reunión de la COP21 en Paris. A partir de esto, el Parlamento facilitará que las poblaciones de la región amazónica y andina se conviertan en una voz activa en la protección de los ecosistemas y no simplemente en observadores pasivos. Artículo Cuarto: Poner a disposición de los gobiernos latinoamericanos toda nuestra capacidad técnica e institucional para apoyar el trabajo y la conformación de grupos de negociación regionales con miras a la Vigésimo Primera Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático a ser celebrada en Paris, Francia en 2015. Considerando que la amplia diversidad en América Latina genera problemas de coordinación, el Parlamento Andino se compromete con los gobiernos a apoyarlos como un espacio pluralista para el debate político y una importante herramienta para facilitar la construcción de intereses comunes.

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En este sentido, resaltamos nuestro compromiso para fortalecer en el trabajo conjunto con los países de la región, así como liderar el diálogo político, la cooperación y la coordinación interinstitucional con otros bloques regionales, para lograr un frente latinoamericano que defienda, posicione y legitime los intereses en materia de Cambio Climático y desarrollo sostenible de la región. Artículo Quinto: Felicitar a los gobiernos de los Países Miembros de la Comunidad Andina por los esfuerzos que vienen realizando y exhortarlos a continuar con la importante lucha para disminuir el calentamiento global y encontrar fuertes energéticas alternativas que sean mucho más amigables con los ecosistemas y con la salud humana. Notifíquese y Publíquese.

P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General