extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

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Universidad Fermín Toro Escuela de Derecho Derecho Penal Parte Especial SAIA A 2016 Sección C Facilitador Participante Abog. Luis Paredes. Extorsión, Secuestro, Apropiación Indebi Y la Usurpación TRUJILLO, ENERO DE 2017

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Page 1: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

Universidad Fermín ToroEscuela de DerechoDerecho Penal Parte Especial SAIA A 2016 Sección C

Facilitador ParticipanteAbog. Luis Paredes.

Extorsión, Secuestro, Apropiación IndebidaY la Usurpación

TRUJILLO, ENERO DE 2017

Page 2: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

La Extorsión

Lesión a la propiedad que hace el sujeto

activo al pasivo mediante la agresión, restricción y/o ofensa

en contra de la libertad. Comp Soler y Fontán

Tipificado en el Código Penal

Venezolana en el art. 459

consiste en constreñir al sujeto pasivo a enviar, depositar o poner en

disposición del culpable dinero cosas de valor,

títulos o documentos que produzcan algún efecto

jurídico

La Victima emplaza el bien patrimonial por acción propia por la

coacción ejercida por el victimario

Medios de Comisión

La intimidación: es la amenaza para lograr una prestación de

tipo patrimonial, vence la

voluntad de la victima

Simulación de órdenes de autoridad: empleo de

simulación de autoridad para

intimidar

La acción Penal

Page 3: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

La Extorsión

Constituida por la persona Coaccionada y por las

cosas muebles

Se consuma cuando la cosa mueble entra en la orbita de disponibilidad

del sujeto activo. Admite tentativa y

frustración

Con la amenaza e intimidación se

persiga o exija un bien patrimonial de

la victima

Antijuricidad

Objeto Material

Objeto Jurídico

Ofende la libre determinación del sujeto pasivo y la propiedad de

éste

Es un delito doloso, que consiste en la conciencia y voluntad de coaccionar al

sujeto pasivo a llevar a cabo la entrega de los bienes patrimoniales

propios

Culpabilidad

ConsumaciónHay tentativa cuando un

tercero impide que se ponga en orbita de disponibilidad la

cosa mueble

Hay extorsión frustrada cuando un tercero impide

que el sujeto activo consolide el apoderamiento de la cosa

mueble

Page 4: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

El Secuestro

Lesión en contra de la persona que priva de libertad a la persona secuestrada, es un delito permanente,

peligroso, complejo y de daño. El secuestro

se prolonga en el tiempo que ofende dos bienes jurídicos: el de la libertad del sujeto pasivo y la propiedad que el sujeto activo

obtiene por restitución de la libertad del

secuestrado

Tipificado en el Código Penal

Venezolana en el art. 460 y 461

Consiste en secuestrar o privar ilegalmente de la

libertad al sujeto pasivo con el objetivo de obtener un

bien “rescate” para restituir la libertad. Es un delito que

es consumado ininterrumpidamente. ofende la libertad y la propiedad del

secuestrado

Este es un delito de acción pública

Medios de Comisión

Todos los medios idóneos que el secuestrador se vale para obtener un rescate a cambio de la libertad del sujeto pasivo, esto puede ser el

Engaño, violencia física y moral entre otros

La acción Penal

Page 5: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

El Secuestro

Se consuma cuandoel secuestrador priva de libertad

al secuestrado, y se sigue consumando

ininterrumpidamente mientras el agente tenga aprendido al sujet, aun cuando el sujeto activo no consiga el rescate

Secuestro propiamente dicho: De 20 a 30 años con una media de 25

años de presidio Secuestro por causar alarma: de

10 a 20 años con una media de 15 años de presidio

Cooperadores del Secuestro:de 8 a 14 años con una media de

11 años de presidioSecuestro con fines políticos o

canje: de 12 a 24 años con una media de

18 años de presidio

Penalidad

Objeto Jurídico

Ofende la libertad y la propiedad del secuestrado

Es un delito doloso, que supone en el sujeto pasivo la intención de lograr un

lucro ilícito

Culpabilidad

El culpable o culpables no obtendrán beneficios procesales ni medidas

alternas de cumplimiento de la pena

Consumación

Es mixto, integrado por la persona secuestrada y el

rescate

Objeto Material

Sujeto Activo:

indiferente

Sujeto Pasivo: Indiferente; bien de la

propiedad a quien se pide,

bien de la libertad a quien

se priva la libertad

Page 6: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

La Estafa

Es una conducta engañosa, con animo

de lucro injusto, propio o ajeno, que,

determinando un error en una o varias

personas , les induce a realizar un acto de

disposición, que trae como consecuencia

perjuicio a su patrimonio o el de u

tercero

Tipificado en el Código Penal

Venezolana en el art. 462, 463, 464 y 465

Existe estafa agravada al haber cometido el delito infundiendo temor de un peligro al sujeto pasivo o

hace vulnerable los interés de un colectivo o la

administración pública

La penalidad de la estafa agravada no es mayor a la que acarrea la estafa simple, pero

aumente si existen agravantes especificas

Naturaleza de la Acción Penal

Estafa agravada

La Estafa y otros fraudes

Es un delito perseguible de oficio

Page 7: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

La Estafa y otros fraudes

Se consuma cuando el estafador o agente obtiene el provecho injusto con perjuicio

ajeno, admite el grado de tentativa mas no de frustración

Sujetos

Objeto Jurídico

Es el interés del Estado en la tutelo de los bienes

patrimoniales, contra engaños realizados con el fin de

alcanzar un provecho injusto, antijurídico

Es un delito doloso, donde el agente induce a alguno

en error a través de artificios o engaños, para lograr un provecho para si

o un tercero

Culpabilidad

La penalidad para el delito de la estafa oscila en una media

mínima de 4 meses y una media máxima de 3 años

Consumación

Es mixto, integrado por la persona engañada y los

objeto materiales que son obtenidos por el agente

Objeto Material

Sujeto Activo: indiferente, sin confundirse el

autor de la inducción a error y el

beneficiario del provecho

injusto

Sujeto Pasivo: Indiferente; persona que sufre el error causad por el artificio del

agente

Penalidad

Page 8: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

La Estafa

Es una conducta por el cual el agente se apropia de la cosa ajena que le fue

confiada, en beneficio propio o de otro

Tipificado en el Código Penal

Venezolana en el art. 466, 467, 468 y 469

Naturaleza de la Acción Penal

Apropiación Indebida

Es un delito de acción privada, perseguible por

acusación de la parte agraviada

El sujeto pasivo entrega al sujeto activo la cosa

mueble para un fin determinado o para que luego le sea restituida,

éste (agente) no cumple con tal deber

adueñándose de la cosa mueble.

La acción Penal

Tipos de Apropiación Indebida

• El abuso de la Firma en blanco

• La apropiación indebida calificada

• Las apropiaciones indebidas menores

Page 9: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

La apropiación Indebida

Se consuma cuando agente se apodera de la cosa mueble

Sujetos

Objeto Jurídico

El bien jurídico de la propiedad

Es un delito doloso, donde el agente posterior o

subsiguiente de la recepción de la casa ajena

se apodera de esta

Culpabilidad

La penalidad para de este delito oscila en una media mínima de 67 días y una media máxima de 3 años

Consumación

La cosa Mueble ajena

Objeto Material

Sujeto Pasivo: Indiferente;

Propietario de la cosa

Penalidad

Sujeto Activo: Tenedor

legitimo de la cosa mueble (Depositario,

comodatario)

Page 10: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

La Estafa

Es una conducta por el cual el agente se apropia, altera o remueve la cosa

inmueble ajena en beneficio propio

Tipificado en el Código Penal

Venezolana en el art. 471, 471-A, 472

Naturaleza de la Acción Penal

La Usurpación

Es un delito de acción pública

El sujeto activo remueve o altera los linderos o limites de la cosa inmueble ajena, con el fin

de adueñarse total o parcialmente de tal inmueble o

sacar provecho de él. Hay remoción de linderos cuando son cambiados de lugar y hay

alteración cuando son modificados

La acción Penal

Tipos de usurpación

• Desviación de las aguas• Las Invasiones a

terrenos ajenos• Perturbación de la

posesión pacifica

• Figuran en la legislación venezolana como agravantes

Page 11: Extorsión, estafa, apropiación indebida y las usurpaciones

Se consuma con la remoción o alteración de los linderos o limites, aunque el agente no

haya logrado el fin que perseguía. Es posible en este

delito la tentativa

Sujetos

Objeto Jurídico

El bien jurídico de la propiedad

El sujeto ha de obrar con el propósito de apropiarse del inmueble ajeno por tanto

es un delito de tipo doloso

Culpabilidad

La penalidad para de este delito oscila entre uno y diez

años de prisión

Consumación

La cosa inmueble ajena

Objeto Material

Penalidad

Sujeto Activo: indiferente

Sujeto Pasivo: Indiferente;

Propietario o el tenedor

de la cosa inmueble,