etapa contractual de obras publicas - ing. zambrano. 5ta clase

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  • ETAPA CONTRACTUAL DE OBRAS PUBLICAS Ing. Federico Zambrano Olivera

  • MARCO LEGAL Ing. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • MARCO LEGAL La Ley de Contrataciones con el Estado y su Reglamento son normas que deben observarse para los procesos y contratos en la ejecucin de obras pblicas.Por ello se trata de NORMAS ESPECIALES o ESPECFICAS por tanto prevalecen sobre las normas de derecho pblico y privado, adems de tener el carcter imperativo es decir de cumplimiento obligatorio.Razn por la cual las Bases, los documentos que forman el Contrato, el Contrato mismo, las Adendas y todo acuerdo debe necesariamente observar la norma especfica, en consecuencia cualquier pacto en contrario no resulta vlido.

    Ing. Federico Zambrano Olivera A. ESPECIALIDAD DE LA NORMA

  • Slo en el caso de vacos en las Normas de Contrataciones con el Estado resultan aplicables las normas de carcter pblico y privado, en ese orden.

    En los casos que las obras sean financiadas con ms del 60.00 % con fondos de origen no pblico y aquellas sujetas a regmenes especiales establecidas por ley, se regirn por las condiciones establecidas en el Contratos Prestamos, la Ley especfica, en los trminos especiales si lo hubiera y en lo sealado en el Contrato de Ejecucin de Obra, siendo supletoria la aplicacin las Normas de Contrataciones con el Estado.

    Ing. Federico Zambrano Olivera MARCO LEGAL

  • COMENTARIOS

    La Constitucin Poltica del Per seala en su Art. 76 que las obras a ejecutarse con fondos pblicos deben ser obligatoriamente por contrata y Licitacin Pblica.

    La Ley en su Art. 5 establece que la Ley de Contrataciones con el Estado y su Reglamento son normas Especiales y seala la supremaca de stas sobre las normas de carcter pblico y privado. Determinando as el carcter imperativo de la norma.

    Ing. Federico Zambrano Olivera MARCO LEGAL

  • Ing. Federico Zambrano Olivera El Cdigo Civil en sus Art. 1354 y 1356 establecen que el contenido del contrato o la voluntad no deben ser contrario a las normas de carcter imperativo.

    Por ello las Bases y los documentos que conforman el Contrato de Ejecucin de obras pblicas deben respetar la normatividadMARCO LEGAL

  • Ing. Federico Zambrano Olivera Los Contratos de Ejecucin de Obras Pblicas se rigen por Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Legislativo N 1017, modificado por la Ley N29873 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N 184-2008-EF, modificado con D.S. N 021-2009-EF y D.S. N 138-2012-EF.Sin embargo existen normas complementarias que el funcionario pblico tiene la obligacin de cumplir desde la generacin de la necesidad de ejecucin de la obra pasando por la convocatoria, ejecucin, hasta la liquidacin de la misma, como son las normas de la Contralora General de la Repblica que son de conocimiento pblico y de aplicacin obligatoria.

    B. NORMAS DE CONTRATACION MARCO LEGAL

  • Ing. Federico Zambrano Olivera La fuente de financiamiento para la ejecucin de una determinada obra no le quita la calidad de obra pblica, la diferencia est centrada en la aplicacin de la normatividad, que en los casos que las obras sean financiadas con ms del 60.00 % con fondos de origen no pblico se regirn por su propio contrato y supletoriamente la normatividad de contrataciones con el Estado o la norma de carcter general, dependiendo lo que diga el contrato.

    MARCO LEGAL

  • Las Bases y los Contratos deben indicar la normatividad a aplicar.La omisin del sealamiento de la normatividad a aplicar genera serios problemas durante la ejecucin de obra. Podemos agruparlas en:Normas en Especficas, que son de Cumplimiento obligatorio para las partes.Normas Complementarias, que son de cumplimiento obligatorio para la Entidad, pero que el Contratista debe tenerlo en cuenta.Normas Supletorias, que cubre los vacos legales o procedimentales que puedan haberse omitido en las Normas Especficas.Norma en el Convenio con Terceros, se trata de norma de cumplimiento obligatorio para las partes.

    COMENTARIOSMARCO LEGAL Ing. Federico Zambrano Olivera

  • Ing. Federico Zambrano Olivera Los Sistemas de Contratacin son:

    Sistema a suma alzada: definido por las especificaciones tcnicas y planos. Los metrados y presupuesto son referenciales, porque ya estn definidos.

    Sistema de precios unitarios: definido por las partidas y precios unitarios del presupuesto. El metrado es referencial, por que la cantidad no esta definida.

    Sistema mixto de Suma Alzada y Precios Unitario: se presenta cuando parte de la obra est totalmente definida (suma alzada) y la otra parte no est definido el total de metrado a ejecutar (precios unitarios).

    C. SISTEMA DE CONTRATAMARCO LEGAL

  • Ing. Federico Zambrano Olivera COMENTARIOS:

    En el desarrollo de la Ejecucin Contractual es importante que el Sistema de Contratacin este definido y cada una de las partes tenga claro los conceptos por cuanto es el punto de partida para el cumplimiento de las prestaciones y de la solucin de controversias que se puedan derivar.La aplicacin inadecuada del Sistema de Contratacin puede generar MARCO LEGAL

  • Ing. Federico Zambrano Olivera

    Las Modalidades de Ejecucin Contractual son dos:

    LLAVE EN MANO: puede ser desde la elaboracin del expediente tcnico, ejecucin de obra hasta su puesta en servicio.

    CONCURSO OFERTA: puede ser desde la elaboracin del Expediente Tcnico, compra de terreno, ejecucin de obra.

    D. MODALIDADES DE EJECUCION MARCO LEGAL

  • COMENTARIOS:

    La modalidad llave en mano puede incluir el suministro de equipo y su instalacin.

    La modalidad concurso oferta, debe darse cuando se trata de una Licitacin Pblica, la ejecucin de la obra debe iniciarse cuando se encuentre debidamente aprobado el Expediente Tcnico, adems el postor debe acreditar la participacin de un consultor.

    Lo sealado en las Normas son muy generales que permite la libre interpretacin a las partes, que puede trasgredir algunas otras normas de carcter imperativo y pueden derivar en controversias.

    Ing. Federico Zambrano Olivera MARCO LEGAL

  • DEL CONTRATO Ing. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • Se puede definir como contrato de obra:

    El Contrato es el documento conjunto de documentos que establecen una relacin jurdica entre el Contratante y el Contratista.

    El Contrato est regulado por los alcances de la Ley y el Reglamento o dentro de las Normas de los Contratos Especficos.

    Slo en los casos de vaco debe aplicarse de manera Supletoria las normas de derecho pblico o privado, en ese orden.

    A. DEFINICION:Ing. Federico Zambrano Olivera DEL CONTRATO

  • DEL CONTRATO Contrato regulado por los Convenios Especficos y de acuerdo al siguiente orden de prelacin:Contrato especficoAplicacin supletoria de la normatividad sealada en la Ley y Reglamento.Aplicacin supletoria de normas de derecho pblico.Aplicacin supletoria de las Normas de derecho privado.El Contrato debe ser por escrito y debe ser de acuerdo a la proforma contenida en las Bases Integradas, siendo obligacin de las partes perfeccionarlo al suscribirlo bajo responsabilidad y sancin salvo casos presupuestarios.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • B. DEL CONTENIDO, MODIFICACION Y NULIDADEl Contrato est integrado por el Contrato mismo y los documentos que all se mencionan, las Bases Integradas, la Oferta ganadora y los documentos del proceso de seleccin, que sealen obligaciones.Las Bases Integradas est conformada por:Expediente Tcnico con las modificaciones que se indiquen. Bases Inciales con las modificaciones que se indiquen.Consultas y Absolucin de Consultas.Observaciones y Levantamientos de ObservacionesTrminos de referencia.Otros documentos que se mencionen que forman parte de las Bases.

    Ing. Federico Zambrano Olivera DEL CONTRATO

  • El Contrato puede ser modificado pero sin variar las Requisitos mnimos y las originales por la cual se otorg la Buena pro.El Contrato puede ser declarado nulo de oficio por parte de la Entidad por nulidad de los actos derivados del proceso de seleccin, pudiendo el contratista someterlo a conciliacin y/o arbitraje dentro de los 15 das hbiles. La Cesin de Derechos y de Posicin Contractual slo es posible por una norma legal expresa.C. DE LA VIGENCIA Y CULMINACINEl Contrato rige desde su suscripcin y culmina con aprobacin de la liquidacin y se efectu el pago correspondiente.

    Ing. Federico Zambrano Olivera DEL CONTRATO

  • D. DE LAS CLAUSULAS OBLIGATORIASContiene el tema de las Garantas, solucin de controversias, resolucin de contrato por incumplimiento, caractersticas del Residente y Supervisor, adems las caractersticas del cuaderno de obra y las formalidades para la recepcin de obra y liquidacin de contrato.

    Ing. Federico Zambrano Olivera DEL CONTRATO

  • El Contrato debe ser suscrito entre la Entidad y el Contratista, sujetos a la relacin contractual, a travs de personas debidamente autorizadas.El Contratista deber presentar el Certificado Libre de Contratacin, la Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, las Garantas, designacin del Residente de la obra, Calendario de avance de obra Valorizado con el plazo de ejecucin del contrato sustentado con el programa de ejecucin de Obra (PERT-CPM) que considerar la estacionalidad climtica, el calendario de adquisicin de materiales e insumos, el desagregado por partidas de la propuesta para casos de suma alzada, el contrato de consorcio, si correspondiera.Es obligacin de la Entidad entregar un ejemplar al Contratista en el mismo acto de la firma de contrato.

    E. DE LA SUSCRIPCIONDEL CONTRATO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • El Consorcio debe estar debidamente formalizado mediante una promesa de consorcio debidamente legalizado, siendo participe en las proporciones que all se indiquen o en su defecto en partes iguales, sin embargo son responsables solidarios y sujetos a sancin. G. DE LOS PLAZOS Luego de la firma de contrato los plazos se computaran en das calendario, salvo que en el Reglamento se establezca lo contrario, en caso de vaco se aplicar supletoriamente lo dispuesto por los artculos 183 y 184 del Cdigo Civil.

    F. DE LOS CONSORCIOIng. Federico Zambrano Olivera DEL CONTRATO Debe presentar la documentacin dentro de los 7 das de haber quedado consentida la Buena Pro, y debe suscribirlo dentro de los 3 das siguientes.

  • El Contratista podr subcontratar la obra en un mximo del 40 % del mismo, con autorizacin expresa y escrita por parte de la Entidad, debiendo estar el Subcontratista estar inscrito en RNP y no est suspendido o inhabilitado para contratar con el Estado. Manteniendo el Contratista la responsabilidad integral del contrato.I. DE LOS TRIBUTOSSer de responsabilidad los Tributos, gravmenes y otros que se indiquen en el Contrato.

    H. DE LOS SUB CONTRATOS Ing. Federico Zambrano Olivera DEL CONTRATO

  • EXPEDIENTE TECNICO Ing. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • EXPEDIENTE TECNICO El Expediente Tcnico de Obra (ETO) debe contener toda la informacin necesaria que determinen los parmetros para la correcta ejecucin de la obra y los plazos que deben cumplirse.

    A nivel de Contrato la Entidad es la responsable de la correcta formulacin del ETO y la nica responsable de las modificaciones, las mismas que deben contar con la debida aprobacin.

    Algunos Contratos, con financiamiento no Estatal, establecen que el Supervisor determinado funcionario tienen la facultad de autorizar modificaciones al ETO.

    A. DEFINICIONES Ing. Federico Zambrano Olivera

  • El Contratista no debe asumir responsabilidades de la Entidad frente al Expediente Tcnico y sus modificaciones.

    El Expediente Tcnico de Obra est conformado, principalmente, por:Memoria descriptivaEspecificaciones TcnicasPlanos de ejecucin de obraMetrados y el sustento Anlisis de Precios UnitariosPresupuesto ReferencialRelacin detallada de InsumosFrmulas Polinmicas

    Ing. Federico Zambrano Olivera EXPEDIENTE TECNICO

  • Ing. Federico Zambrano Olivera El Inspector / Supervisor y el Contratista deben verificar que el ETO que entregue la Entidad a la firma de Contrato este completo y contenga todas la consultas y observaciones debidamente levantadas.Es necesario tomar conocimiento pleno del Expediente Tcnico de Obra, de parte de los funcionarios involucrados en la obra, la Inspeccin / Supervisin, adems del propio Contratista. Evaluar cada uno de los documentos que conforman el ETO.Evaluar la informacin real proveniente de obra respecto al ETO.B. COMENTARIOSEXPEDIENTE TECNICO

  • Los mayores problemas que se generan en la Ejecucin de Obra se debe a la formulacin del ETOLa Supervisin normalmente opta por una posicin pro Entidad y no va reconocer estas fallas, defectos u omisiones del ETO.La Entidad debe reconocer las fallas, defectos u omisiones en el ETO, de existir, para que tome una adecuada decisin que permita corregirlo y cumplir con los objetivos del contrato. El no reconocimiento oportuno generar indefectiblemente ampliaciones de plazo, adicionales de obra, menores prestaciones y mayores gastos generales, adems del atraso en la culminacin de la obra.

    Ing. Federico Zambrano Olivera EXPEDIENTE TECNICO

  • El contratista utilizar todos los argumentos para lograr las ampliaciones de plazo, adicionales de obra y mayores gastos generales, para no ser penalizado y evitar la resolucin del contrato.Las responsabilidades respecto de las fallas, defectos u omisiones en el ETO no podrn ser evitadas, pero si se puede lograr aminorarlas si se subsanan con la prontitud del caso y con el menor costo posible. Es responsable quien sea responsable.Evitar responsabilizar al Contratista o que ste asuma los mayores costos que se puedan generar por las fallas, defectos u omisiones en el ETO, lo que obligar al Contratista utilizar diversos argumentos para contrarrestar.

    Ing. Federico Zambrano Olivera EXPEDIENTE TECNICO

  • La Entidad debe exigir a la Supervisin que el mas breve plazo presente un Informe respecto al Expediente Tcnico y u Informe comparativo entre el Expediente Tcnico y los datos que se obtenga de la evaluacin de la zona donde se ejecutar la obra.La Entidad debe asumir la responsabilidad de los defectos, fallas u omisiones del Expediente Tcnico, para la solucin a los problemas y evitar que puedan afectar el plazo y eleve costo en forma innecesaria de de la obra, adems que estos deriven en controversias.

    C. RECOMENDACIONES Ing. Federico Zambrano Olivera EXPEDIENTE TECNICO

  • Ing. Federico Zambrano Olivera La Responsabilidad deber determinarse posteriormente, por cuanto los problemas del Expediente Tcnico pueden derivarse por haberse modificado sus condiciones originales.El Contratista debe estar en la capacidad de proponer soluciones a pesar d no ser proyectista, si no por la experiencia que ha logrado su calificacin.El Contratista no debe dejar de registrar estos hechos por cuanto estos se utilizaran para solicitar las mayores prestaciones, ampliaciones de plazo, mayores gastos generales, solucin de controversias y resolucin de contrato.

    EXPEDIENTE TECNICO

  • INICIO DE PLAZO DE EJECUCION DE OBRALa Entidad cumpla con las condiciones siguientes:

    Designacin del Inspector o SupervisorEntrega de Expediente TcnicoEntrega de terrenoEntrega de calendario de entrega de los materiales por parte de la Entidad, si fuera el caso.Entrega del Adelanto DirectoEn el caso de incumplimiento se le reconocer al Contratista daos y perjuicios debidamente acreditado hasta por 7/10000 del monto del contrato.En el caso de cumplimiento de las mencionadas condiciones y si la estacionalidad no permite el inicio la Entidad podr acordar con el contratista la fecha de inicio de ejecucin.

  • CALENDARIOS Ing. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • CALENDARIOS Las Normas de Contrataciones hacen mencin de la Programacin y Calendarios: Programacin de Obra Diagramas GANTT y PERT-CPMEs la secuencia constructiva que se va utilizar en la ejecucin de la Obra.

    En este se aprecia las precedencias de actividades tanto en el tiempo como en la secuencia constructiva.

    A. CONSIDERACIONES Ing. Federico Zambrano Olivera

  • Ing. Federico Zambrano Olivera Tambin puede verse el plazo de ejecucin de las partidas considerando sus tolerancias propias y las tolerancias con respecto a las otras partidas. Adems de la fecha de inicio y termino de cada partida.

    En esta Programacin de Obra se obtiene la Ruta crtica de la misma, que puede ser una o ms.

    CALENDARIOS

  • Ing. Federico Zambrano Olivera Es la Valorizacin de la Programacin de la Obra de acuerdo a las fechas programadas para la ejecucin de las partidas. Nos permite determinar el avance mensual programado que el Contratista est obligado a cumplir, lo mismo que el avance acumulado en un periodo determinado.

    b) Calendario de Avance de Obra Valorizado

    CALENDARIOS

  • Este calendario se elabora tambin teniendo en cuenta la Programacin de Obra, Toma la fecha de ejecucin de una partida y debe preveer el material que utilizar para ejecutarla.Este debe considerar los tiempos o plazos que requiere el material y/o equipo para llegar a obra. El Material y/o equipo puede programarse con bastante anticipacin y en su totalidad esto para aprovechar los costos, transporte, entre otros.

    c) Calendario de Adquisicin de Materiales

    Ing. Federico Zambrano Olivera CALENDARIOS

  • Ing. Federico Zambrano Olivera Este calendario se elabora teniendo en cuenta la Programacin de Obra.Toma la fecha de ejecucin de una partida y debe preveer el equipo que utilizar para ejecutarla.Este debe considerar los tiempos o plazos que requiere el equipo para llegar a obra. El Material y/o equipo puede programarse con bastante anticipacin y en su totalidad esto para aprovechar los costos, transporte, entre otros.

    d. Calendario de Utilizacin de equipos

    CALENDARIOS

  • Ing. Federico Zambrano Olivera El Proceso Constructivo para determinar el Plazo de Ejecucin de Obra es presentado por la Entidad dentro de la documentacin entregado a los postores.

    El Contratista tiene la obligacin de presentar el mismo plazo en su oferta, pero no presenta la Programacin de Obra.

    El Contratista puede establecer su propio proceso constructivo y su Ruta Crtica, en el documento que tiene que presentarlo a la firma de Contrato.

    B. COMENTARIOS CALENDARIOS

  • Ing. Federico Zambrano Olivera Normalmente el Contratista no le da importancia a esta Programacin y a los Calendarios; muchas de las veces no tiene un adecuado proceso constructivo, no guarda concordancia entre la Programacin de Obra y los Calendarios.La programacin lo hace para una situacin ptima y su programacin y el CAOV lo carga ms al centro del plazo contractual, hecho que lo har caer en un supuesto retraso de obra. La Programacin de Obra, el Calendario de Avance de Obra Valorizado y los otros calendarios pasan a ser contractuales cuando se presentan a la firma de Contrato.

    CALENDARIOS

  • Ing. Federico Zambrano Olivera Por lo que estos documentos no pueden ser modificados si no actualizados por las ampliaciones de plazo debidamente aprobadas y en las partidas relacionadas a la causal.

    Sin embargo el Reglamento indica que la elaboracin de los calendarios tienen como base la Programacin de Obra.

    No olvidarse que las condiciones climticas deben ser tomadas en cuenta para la elaboracin de la Programacin de Obra.

    CALENDARIOS

  • Ing. Federico Zambrano Olivera El Contratista debe elaborar su programacin de Obra y sus calendarios con personal de experiencia y que haya visitado la zona de trabajo, antes de ser entregados a la firma de contrato.

    La Programacin no debe ser una campana perfecta, si no debe considerar que las obras al inicio tiene que buscar el equipo que trabajar en la obra, tiene que buscar personal y equipos de precisin, armar campamento, etc.

    La Programacin debe ser orientada a que el mximo de valorizacin se logre casi al final de la obra.

    CALENDARIOS C. RECOMENDACIONES

  • Ing. Federico Zambrano Olivera Esta forma de Programacin es beneficiosa para el Contratista por cuanto no caer en atraso con facilidad y es beneficio para la Entidad por cuanto se limita la aprobacin de ampliaciones de plazo por las holguras.

    En el caso que haya discrepancia entre la Programacin de Obra y los Calendarios, es necesario reformular estos para adecuarlos a la programacin con la autorizacin de la Entidad. CALENDARIOS

  • ADELANTOS DE OBRA Ing. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • ADELANTOS DE OBRACONSIDERACIONES:

    El Reglamento establece que la Entidad podr otorgar Adelantos para la Ejecucin de la obra, siempre que este indicada en las Bases.

    Los Adelantos pueden ser:

    Adelanto Directo: un mximo de 20% del Contrato Original.

    Adelanto para Materiales: un mximo de 40% del Contrato Original. Ing. Federico Zambrano Olivera

  • ADELANTOS DE OBRALa oportunidad de la solicitud de los Adelantos:

    Adelanto Directo: Mximo hasta el octavo da posterior a la firma del contrato de ejecucin de obra. No procede la solicitud fuera de este plazo.

    Adelanto para Materiales:Iniciarse el plazo de ejecucin de obra.Mximo de la fecha indicada en el Calendario de Adquisiciones para materiales. No procede la solicitud fuera de este plazo.Debe considerarse el plazo para el suministro del material por parte de los proveedores.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • ADELANTOS DE OBRAClculo de Adelantos: D.S. N 011.79.VC + modif + ampl +compl.Adelanto Directo: Adelanto Directo= 20.00 % x M.C.O. actualizado a la fecha de solicitud. = 20.00 % x M.C.O. x ( La /Lo)Donde: M.C.O. = Monto del Contrato OriginalLa = ndice unificado 39 de la fecha de la solicitud del adelanto directo.Lo = ndice unificado 39 de la fecha del Presupuesto Referencial

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • ADELANTOS DE OBRAClculo:

    Monto de Contrato: : S/. 100,000.00 sin IGV ndice 39 fecha Referencial:346.97 Enero 2009

    ndice 39 fecha Adelanto:346.69 Junio 2009 A.D.= 20.00% x 100,000.00 x (346.69 /346.97)A.D.= S/. 19,983.86 mas IGV

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • Adelanto para Materiales:

    Para el clculo de este adelanto se debe tener en cuenta el aporte y la incidencia del material dentro de la Frmula Polinmica del presupuesto. Clculo:

    Monto de Contrato: S/. 100,000.00 sin IGV *Fecha de inicio de obra: junio 2009Zona Geogrfica:1 - Tumbes

    ADELANTOS DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • ADELANTOS DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • El Monto de Contrato es igual al monto del saldo por valorizar a la fecha de la Solicitud del Adelanto para Materiales.Los Montos calculados es el mximo a solicitar, pudiendo ser menor la Solicitud de Adelanto.

    Para ambos casos las Solicitudes de Adelantos deben estar acompaados por:Hoja de clculo del Adelanto.ndices unificados referencial y de la fecha de solicitud.FacturaCarta Fianza

    ADELANTOS DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • En el caso de la Solicitud de Adelanto para Materiales debe acompaarse adems:

    Calendario de Adquisiciones de MaterialesOrden de Compra dirigida al proveedor, indicando caractersticas del material, cantidad y precioCotizaciones de los materiales o listado de precios del presupuesto ofertado.Cuando se trata de adquisicin de equipos debe presentarse un expedientillo indicando las caractersticas del equipo, procedencia, propuesta de garanta, debidamente aprobada por el Inspector / Supervisor. ADELANTOS DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • B. COMENTARIOS:

    La forma de solicitar los adelantos est sealada en las normas, sin embargo algunas Entidades o Inspectores / Supervisores manejan su propio criterio, razn por la que puede originarse retrasos en la presentacin y atencin de stas. La devolucin de una Solicitud de Adelanto solo puede operar cuando no se ha cumplido con el plazo para solicitarlo. El levantamiento de la observacin no implica la presentacin de una nueva solicitud, si no de la levantar las observaciones, y as se debe registrar en el cuaderno de obra. Debe tenerse presente el Sistema de contratacin para la solicitud de Adelantos.

    ADELANTOS DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • C. RECOMENDACIONES

    Las solicitudes deben presentarse en su plazo y con la documentacin completa. Pudiendo mencionar que la factura y la Carta Fianza se presentar luego de la aprobacin del Inspector / Supervisor.

    Este aparentemente incumplimiento ayudara al proceso y se lograr mostrar unidad de criterio ante la Entidad afianzadora.

    La evaluacin y aprobacin de las Solicitudes deben realizarse con la prontitud del caso.ADELANTOS DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • El Inspector / Supervisor puede corregir las Solicitudes y presentar lo que considere pertinente, comunicando al Contratista proceda a completar la documentacin. Por lo tanto no es necesario devolver las Solicitudes.El Calendario de Adquisiciones para Materiales puede ser Actualizado cuando exista una Actualizacin del Calendario de Avance de Obra producto de la aprobacin de una Ampliacin de Plazo.

    ADELANTOS DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRA Ing. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • A. Marco LegalEl Art. 194 del Reglamento establece normas generales y en otros artculos se establecen normas especficas, para tratar las consultas, observaciones, ampliaciones de plazo, adicionales, entre otros temas.Comentarios:La norma no establece lmites para registrar hechos en el CO. Por ejemplo en el caso de las discrepancias respecto a las valorizaciones o metrados.Algunos convenios en Contratos de Obra establecen normas y procedimientos que estn obligados a cumplir las partes.

    CUADERNO DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • B. DefinicinEl Reglamento en el Anexo de definiciones seala:18. Cuaderno de Obra:El documento que, debidamente foliado, se abre al inicio de toda obra y en el que el inspector o supervisor y el residente anotan las ocurrencias, ordenes, consultas y las respuestas a las consultas.Comentarios:Es el documento oficial de comunicacin en la obra entre el Residente (que representa al contratista) y el inspector o supervisor (que representa a la Entidad).

    CUADERNO DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • Es el documento mediante el cual el Residente registra hechos importantes, circunstancias que pudieran afectar el desarrollo de la obra , plantea consultas y observaciones, tambin permite que el Supervisor plantee su opinin, de lineamientos y de ordenes sobre diversos temas de la obra, absuelva consultas y observaciones, registre hechos importantes, circunstancias que pudieran afectar el desarrollo de la obra, y plantee requerimientos dentro del marco que le permita el contrato, la Ley y el Reglamento.

    Es el documento bsico e imprescindible que sirve como fuente de informacin para sustentar o denegar reclamos y para la solucin de controversias en todas sus etapas.

    CUADERNO DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • C. Normas Generales:Las normas generales establecidas en el Art. 194 del Reglamento:

    Se apertura en la fecha de entrega del terrenoEl Inspector / Supervisor y el Residente firmaran todas las hojas del cuaderno de obra.El Inspector / Supervisor y el Residente son los nicos autorizados a realizar anotaciones.El cuaderno debe constar de una hoja original y tres (3) copias desglosables, correspondiendo una a la Entidad, otra al contratista y otra al Supervisor / Inspector.

    CUADERNO DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • El original del cuaderno de obra debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, no pudiendo impedirse el acceso al mismo al Inspector / Supervisor.En el caso de impedimento del Contratista al Inspector / Supervisor para acceder al cuaderno de obra, ser causal de aplicacin de multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin por cada da de dicho impedimento.El cuaderno de obra deber ser entregado a la Entidad luego de concluida la obra.

    CUADERNO DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • Las solicitudes que se generen como consecuencia de las anotaciones, debern ser tramitadas directamente por el Contratista a la Entidad, mediante documento escritoEstas solicitudes pueden tener plazos perentorios por lo que es necesario cumplirlos.

    Tener clara la definicin de solicitudes.

    Entre estas solicitudes puede ser defina algn tema del expediente tcnico. Comentarios:Respecto a las normas generales es necesario tener en cuenta lo siguiente:

    Se apertura en la fecha de entrega del terreno.

    En la fecha de entrega de terreno se levanta la denominada Acta de entrega de terreno el mismo que es firmado por los asistentes al acto y tengan alguna representacin para el acto.

    CUADERNO DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRAEl Acta de entrega de terreno puede ser transcrita en el cuaderno de obra por el Residente o el Supervisor o en su defecto pegar una copia de la mencionada acta en la primera hoja del cuaderno de obra. Lo recomendable es la transcripcin para uniformizar los Asientos tanto en su escritura como en su numeracin, que en este caso sera el Asiento N 001.No es indispensable que el Cuaderno este Legalizado, sin embargo algunos contratos o funcionarios de la Entidad lo exigen; es potestativo su legalizacin.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRA

    El Inspector / Supervisor y el Residente deben firmar todas las hojas del cuaderno de obra, esto es a la apertura del mismo, independientemente a que este legalizado o no. De preferencia estas firmas pueden estar ubicadas en la parte superior derecha del cuaderno de obra para que se observe el cumplimiento de la norma. Estas firmas son independientes a las firmas de los Asientos.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRA

    El Inspector / Supervisor y el Residente son los nicos autorizados para hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Es recomendable que el Asiento lo escriban y lo suscriban ellos mismos, debe evitarse que lo escriba un tercero. Si bien es cierto esto ltimo no este normado pero puede ser utilizado como elemento para demostrar la ausencia en obra de cualquiera de ellos.

    Luego de registrarse el asiento debe ser firmado por cualquiera de ellos, el otro debe firmar al costado como constancia de haber tomado conocimiento.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRACualquier registro realizado por personas distintas, no tendr validez legal ni podr ser tomado como una disposicin comunicacin.

    Debe procurarse sacar fotocopia de las hojas de cuaderno de obra que tienen registro de asientos, para evitar que alguna de las parte altere, produzca cambios o sencillamente desaparezca la hoja.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRA

    Las hojas que se puede desglosar son las que corresponden al Contratista y al Inspector /Supervisor, las otras hojas deben continuar glosadas al cuaderno de obra hasta su entrega a la Entidad.

    Ninguna persona debe retirar las hojas, salvo el Residente y el Inspector / Supervisor.

    La permanencia en obra y la custodia estn condicionadas una a otra. Que el cuaderno de Obra permanezca en obra no significa que este sobre una mesa a libre disposicin si no que por seguridad debe estar debidamente guardado. Cuando lo desee el Inspector / Supervisor debe solicitarlo al Residente.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRAEs recomendable que los Asientos en el Cuaderno de Obra, por cualquiera de las partes, deba realizarse en la oficina del Residente obra, de ah no puede ser retirado por el Inspector / Supervisor o su personal.

    Sin embargo cuando existe una relacin de confianza entre el Inspector / Supervisor y el Residente suele darse que el Supervisor retira el cuaderno de obra de la oficina del Residente para hacer sus anotaciones evaluando la documentacin que tiene en su poder y posteriormente lo devuelve. Tambin se estila llevar el cuaderno de obra para sacar las fotocopias de la hoja original esto es para la presentacin de expedientes o informes.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRAEs recomendable no dejar espacios vacos entre el asiento y la firma de quien registra, si se presentara vacos debe rallarse este para evitar registros posteriores a la fecha que ah se indican o se produzcan alteraciones. Del mismo modo debe procurarse no dejar espacios vacos entre la firma del quien registro el asiento anterior y el asiento siguiente.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRALa norma no establece cuando se produce e impedimento por parte del Contratista, ni precisa las consideraciones o metodologa de la aplicacin de la penalidad. Esta situacin de incertidumbre puede utilizarse como medio de presin en manos del Inspector / Supervisor o de la propia Entidad.

    Si en el momento de la convocatoria hasta la firma de contrato no se ha precisado este asunto, es imprescindible que el Contratista solicite establecer la metodologa a aplicarse, la misma que debe ser de mutuo acuerdo, dado que no figura en el contrato.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRA

    La norma no se dice nada sobre la aplicacin de penalidad cuando el Supervisor se lleva el cuaderno de obra, lo retiene y demora su devolucin.

    Ante estos vacos es necesario que el Contratista actu de inmediato, pues puede quedarse sin cuaderno de obra y no se le permita ejercer sus derechos cuanto existen plazos perentorios que pueden cumplirse, por otro lado puede quedarse sin liquidez y ser posible de Resolucin de Contrato.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRAEl cuaderno de obra deber ser entregado a la Entidad luego de concluida la obra

    El Cuaderno de obra se cierra con el ltimo acto de Recepcin de la Obra.

    El Cuaderno de obra, luego de ser cerrado por el Inspector / Supervisor o en su defecto por el Residente, debe procederse a entregar a la Entidad.

    Usualmente el CO se entrega junto con la Liquidacin.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRACONSULTAS / OBSERVACIONES:

    CONSIDERACIONES:Formulacin:Consulta en CO dirigida al Inspector o Supervisor Absolucin directa:Inspector / Supervisor 5 das luego de anotadasDe no ser absuelta, el Contratista tiene 2 das para elevarlo a la Entidad.Luego la Entidad tiene 5 das para absolverla.Original bajo custodia de Residente y en obra.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRAAbsolucin / Opinin de Proyectista:

    Concluida la obra, el original quedar en poder de la EntidadAutorizacin con opinin de proyectista:Inspector / Supervisor tiene 4 das para elevarlo a la Entidad.Proyectista y Entidad tiene 15 das para absolver luego de la comunicacin del Inspector / Supervisor Si el Proyectista no se pronuncia la Entidad deber dar instrucciones al Contratista a travs del Inspector / Supervisor.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRAAmpliacin de Plazo:Si en ambos casos no se absuelve la consulta, el Contratista tendr derecho a ampliacin de plazo correspondiente a la demora, que se computara desde la no ejecucin de los trabajos materia de la consulta empiece afectar la ruta Crtica del programa de ejecucin de obraProyectista:Las Bases establecern los plazos para la absolucin de consulta, para ello el Proyectista planteara su propuesta; el proyectista es responsable de la demora en la absolucin de consulta y la Entidad podr tomar acciones.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRAComentarios:Es necesario diferencias los conceptos de CONSULTAS y OBSERVACIONES.

    Las Consultas se generan por las dudas frente a las incompatibilidades encontradas dentro de los documentos que conforman el Expediente Tcnico y de ste con lo encontrado en el terreno donde se va a ejecutar. Se busca bsicamente la aclaracin de un tema que forma parte del expediente tcnico que permita precisar el trabajo a ejecutar.

    La Observacin se genera por las incompatibilidades tcnicas, defectos, omisiones o errores encontradas dentro de los documentos que conforman el Expediente Tcnico y de ste con lo encontrado en el terreno donde se va a ejecutar, que puedan variar especificaciones tcnicas, metrados, etc.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CUADERNO DE OBRAExiste diferencia en la forma de plantear una consulta y una observacin, del mismo modo el sustento. La Observacin es eminentemente tcnica y sustentado en el Expediente Tcnico, CAOV, GANTT y PERT-CPM.

    Por ello lo que se registre en el cuaderno de obra debe ser claro, preciso y debidamente sustentadoIng. Federico Zambrano Olivera

  • AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano OliveraIng. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • A. CONSIDERACIONES CONDICIN BSICA:

    Causal modifique el Cronograma contractual (Art. de la Ley); modifique la ejecucin de la Ruta Crtica del Programa de Ejecucin de Obra Vigente (Art 200 del Reglamento); afecte la ruta crtica y el plazo adicional resulte necesario para la culminacin de la obra (Art. 201 del Reglamento).

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • COMENTARIOS

    Es necesario tener cuidado en las tres condiciones bsicas para que ocurra una ampliacin de plazo. Cuidado que debe tenerse al momento de Registrar en el cuaderno de obra.

    Se menciona que se modifique la ejecucin de la Ruta Critica. Debemos tener bien claro la definicin de modificacin para determinar si se cumple esta primera condicin.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • La Ruta critica puede modificarse en su ejecucin por los siguientes casos, principalmente:

    Se ampli el plazo de ejecucin de una partida que forma parte de la ruta crtica, ya sea por ejecucin de una obra adicional, por una modificacin o por algn impedimento, mantenindose la misma secuencia de partidas que conforman la ruta crtica.

    Se ampli el plazo de ejecucin de una partida que forma parte de la ruta crtica, ya sea por ejecucin de una obra adicional, por una modificacin o por algn impedimento, variando las partidas y la secuencia de partidas que conforman la ruta crtica.

    Por haberse modificado las condiciones inciales de ejecucin de obra, por ejemplo la topografa, deductivo de obra, o por trabajos de terceros, etc.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • La condicin que el plazo adicional resulte necesario para la culminacin de la obra, aparentemente esta condicin estara por dems, porque si no fuera necesario el plazo no sera una ampliacin de plazo. Puede presentarse esa condicin? , SI; el asunto es que puede mal interpretarse orientarse a que se evalu la considerando el avance real de la obra, lo que entrara en contradiccin con el Art. 41 de la Ley.

    CALENDARIO DE AVANCE DE OBRA:A la firma de Contrato, entre otros documentos el Contratista debe presentar el Calendario de Avance de Obra Valorizado de acuerdo al Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM).

    En el PERT-CPM puede apreciarse la secuencia constructiva, los plazos y las fechas de inicio y termino de cada partida, tolerancia y enlaces entre partidas y la Ruta Crtica.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • La evaluacin de la afectacin de la Ruta Critica se hace sobre el PERT-CPM y GANTT y no se debe tener en cuenta si la obra esta atrasada o adelantada. Comentarios:Tener presente que el PERT-CPM es un Programa de Ejecucin de Obra.

    Se debe tener mucho cuidado con el PERT-CPM y el Calendario de Avance de Obra Valorizado que se entrega a la firma de contrato, porque de su estructura depender la procedencia de las ampliaciones de plazo y los atrasos de avance de obra que se pueda incurrir. Recordar que estos documentos se actualizan a la fecha de inicio de obra y no pueden ser modificados en su secuencia, enlaces de dependencia y plazos, adems de los avances porcentuales peridicos.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • Es en diagrama de GANTT o el PERT-CPM se introduce el plazo de la causal que posiblemente lo afecte y luego se podr apreciar si afecta la ruta crtica y si se posterga la fecha de trmino.

    Si posterga la fecha de trmino si procede la ampliacin de plazo, de lo contrario podra proceder la reprogramacin de la obra. A. CAUSALES:Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista. Atrasos y/o paralizaciones en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadaCuando se apruebe la prestacin adicional de obraDemora en aprobacin del Presupuesto Adicional

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • COMENTARIOS

    Es necesario diferenciar entre circunstancia y causal.

    La o las circunstancias pueden generar una causal. No es posible lo inverso.

    En la causal 1) puede estar incluido las causales 2) y 3), cuando estas no estn debidamente precisadas su origen.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • B. PROCEDIMIENTOS:Registro en cuaderno de obra: Circunstancias que ameritan ampliacin de plazo Desde el inicio y durante la ocurrencia de la causal

    2. Solicitud:Dentro de los 15 das siguientes de concluido el hecho invocado.El Contratista o Representante Legal solicitar, cuantificara y sustentara su solicitud de ampliacin de plazo.Presentado al Inspector o Supervisor.Si el hecho invocado supera el plazo vigente, la solicitud se presenta antes del trmino de ste.Toda solicitud debe efectuarse dentro del plazo vigente de ejecucin de obra, fuera de ste no se admitir las solicitudes.Causales diferentes o distintas fechas, deber tramitarse y resolverse independientemente.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • Debe reiterarse este asiento hasta que cese la causal, para plantear la solicitud de ampliacin de plazo. Este registro puede ser utilizado para las controversias que se pudieran generar y por los atrasos en la obra. Evaluar la fecha de trmino de obra con el posible cese de la causal para registrar este hecho y con conocimiento se plantee la solicitud de ampliacin de plazo antes del trmino del plazo contractual.En el Cuaderno de Obra se registra las circunstancias que ameritan ampliacin de plazo y que origina la causal, indicar la causal (ubicando las circunstancias bajo una determinada causal que figura en el Reglamento).La fecha que termine la causal debe registrarse en el CO reiterando la afectacin del Calendario de Avance de Obra, la Programacin de Obra y la Ruta Crtica.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • El Supervisor / Inspector deber pronunciarse dentro de lo 7 das calendario posteriores de haber recepcionada la Solicitud de Ampliacin de Plazo.La Entidad dentro de los 14 das calendario de recepcionada el pronunciamiento del Supervisor / Inspector deber pronunciarse y notificar su decisin al Contratista.De no emitirse pronunciamiento alguno el plazo quedar ampliado el plazo, bajo responsabilidad de la Entidad.Las comunicaciones de la Entidad deben ser directas al Contratista por cuanto se trata de una modificacin de un aspecto contractual.Se cuestiona que las comunicaciones de la Entidad se hagan a travs de la Supervisin / Inspeccin.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • Comentarios:No hay la obligacin de solicitar la ampliacin de plazo y cuantificar en el CO, por tanto NO DEBE HACERLO, porque con la evaluacin que haga se determinar el plazo requerido. La presentacin y la respuesta de la Entidad de la Solicitud de Ampliacin de Plazo debe ser registrada en el CO.En el caso que el Supervisor no quiera recibir la Solicitud, no este presente o la devuelva por cualquier motivo debe registrarse en el CO. La Solicitud puede entregarse tambin a travs del CO. La utilizacin de otro medio para hacerle llegar la Solicitud debe registrarse en el CO agregando el motivo por que lo utilizo. El Inspector / Supervisor debe recibir la Solicitud y registrarlo en el CO con las observaciones que considere pertinentes pero debe tramitarlo ante la Entidad con su pronunciamiento. No puede negarse a recepcionarlo o devolverlo o denegarlo, porque no esta dentro de su potestad.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • Algunos contratos de obra tiene clausulas especiales al respecto, es necesario cumplir con lo que se seala, pero esto no prohbe registrarlo en el CO. Si hubiera algn vacio recurrir a las normas que el contrato se indique. C. OBLIGACIONESEn 10 dc, da siguiente, el Contratista presentar CAO actualizado y el PERT-CPM, considerando plazo y partidas afectadas

    En 7 d.c., a partir de recepcin documento, el Inspec / Superv eleva a Entidad con reajustes acordados con Residente

    En 7 d.c., da siguiente, Entidad debe pronunciarse, de no hacerlo queda aprobado.

    En el caso de la cuarta causal el Contratista ampliar garantas otorgadas.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • Comentarios:Debe registrarse en el CO la fecha que se hace entrega del CAO actualizado y el PERT-CPM, considerando plazo y partidas afectadas.En el caso de discrepancia entre el Residente y el Inspector / Supervisor debe registrarse las razones de tal discrepancia y sustentarlo tcnicamente.De mantenerse esa discrepancia las partes tienen la libertad de presentarlo a la Entidad, para que esta defina, y de acuerdo a este pronunciamiento debe manifestarse el Contratista, si estima pertinente, a travs del CO y carta a la Entidad debido a que se trata de un tema contractual. De continuar la discrepancia con la Entidad debe registrarse en el CO de obra este hecho para dejar sentada la posicin de las partes y de la aplicabilidad o no del CAO actualizado y el PERT-CPM.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • HECHOS FUERA DE PLAZO CONTRACTUAL

    En este caso se tiene las alternativas principales:

    Que la causal invocada termine luego de plazo Contractual.Comentarios:Se entiende que se ha solicitado una ampliacin de plazo parcial sin fecha fija de trmino de la causal.Al trmino de la causal debe registrarse el hecho en el CO.Debe seguirse las mismas recomendaciones que se aplican para un caso que esta dentro del plazo contractual, desde la reiteracin, la afectacin, las consecuencias y el trmino de la causal

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • 2. Que la causal sea desconocida hasta luego del trmino del plazo contractual.

    Comentarios:Se entiende que esto se puede dar solo cuando se trate de una obra adicional por modificacin del Expediente Tcnico por orden de la Entidad.Resulta cuando se ha terminado el plazo contractual y continuo la obra por responsabilidad del Contratista, se entiende que la partida debi ejecutarse con anterioridad y la causal se hubiera presentado cuando tena que haber ejecutado la partida.No sera prudente registrarlo en cuaderno de obra.

    AMPLIACIONES DE PLAZO Ing. Federico Zambrano Olivera

  • 3. Que la causal sea desconocida hasta luego del trmino del plazo contractual.

    Comentarios:Se entiende que esto se puede dar solo cuando se trate de una obra adicional por modificacin del Expediente Tcnico por orden de la Entidad.Resulta cuando se ha terminado el plazo contractual y continuo la obra por responsabilidad del Contratista, se entiende que la partida debi ejecutarse con anterioridad y la causal se hubiera presentado cuando tena que haber ejecutado la partida.No sera prudente registrarlo en cuaderno de obra.

    AMPLIACIONES DE PLAZO

  • ADICIONALES DE OBRA Ing. Federico Zambrano OliveraIng. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • OBRA ADICIONAL Y PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA

    La Obra Adicional es una prestacin adicional al contrato de obra, , que resulten necesarios y/o indispensables para alcanzar la finalidad del contrato de obra.El Presupuesto Adicional de Obra es el costo de la ejecucin de la Prestacin Adicional de Obra.DEDUCTIVO DE OBRA Y PRESUPUESTO DEDUCTIVOEl Deductivo de Obra es una menor prestacin al contrato de obra que no afecta la finalidad de ste.El Presupuesto Deductivo de Obra es el costo de la menor Prestacin al Contrato de Obra.

    Adicionales de Obra

  • CAUSALESHechos acaecidos que por su naturaleza imprevisible no se tomaron en cuenta antes de la aprobacin del Expediente Tcnico.Hechos fortuitos, impredecibles o de fuerza mayor sucedidos con posterioridad a la firma de contrato.Omisiones y/o errores del Expediente Tcnico de obra.Modificaciones al Expediente Tcnico del Proyecto aprobadas por la Entidad Contratante, cuales quiera sea su origen o motivo.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • ELABORACION DE PRESUPUESTOS ADICIONALES DE OBRA

    La prestacin adicional proviene de defectos, omisiones errores elaboracin del Expediente Tcnico. La Entidad puede disponer que el Contratista mediante la ejecucin de una prestacin adicional de obra a la aplicacin de los Artculos 152 y 153 del Reglamento. La norma establece la obligacin de tramitar y aprobar una prestacin adicional con la anticipacin de 30 das a su ejecucin, plazo que contempla la fase de su formulacin, revisin y aprobacin.

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • ELABORACION DE PRESUPUESTOS ADICIONALES DE OBRA

    No es una Obra Adicional si su ejecucin no es indispensable o necesaria para cumplir con la finalidad del contrato, tal como se precisa en el Punto 1 Ttulo V Directiva N 02-2007-CG / OEACuando un Presupuesto Contratado est conformado por sub presupuestos, deben elaborarse los presupuestos adicionales y deductivos por cada sub presupuesto.Los precios unitarios de los Presupuestos Adicionales de Obra deben tener la misma fecha base del Presupuesto Contratado.

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • CLASIFICACIONLos Presupuestos Adicionales de Obra se clasifican por:El Sistema de Contratacin

    Su OrigenIng. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • SISTEMAS A PRECIOS UNITARIOSPresupuestos Adicionales por Mayores MetradosLas Obras Adicionales por Mayores Metrados se generan cuando el metrado considerado en el Presupuesto Contratado es menor al metrado realmente necesario a ejecutar para cumplir con la finalidad del contrato.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • Presupuestos Adicionales por Obras ComplementariasLas obras adicionales complementarias son aquellas que no se encuentran en el Presupuesto Contratado, pero que es necesaria su ejecucin para cumplir con la finalidad del contrato.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • Metrado adicionalEn el Sistema de Contratacin a Precios Unitarios el metrado adicional proviene de la diferencia entre el metrado obtenido del replanteo de obra y el metrado considerado en el Presupuesto Contratado.

    METRADO PRESUP. ADICIONAL = METRADO REAL METRADO PRESUP. CONTRACTUAL

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • Precios Unitarios (PU)

    El Precio Unitario ser el que corresponda a la partida respectiva que forma parte del presupuesto contratado

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • Gastos generales y utilidadEn el Sistema de Contratacin a Precios Unitarios se establece que los Gastos Generales, teniendo como base o referencia la composicin de los Gastos Generales del Presupuesto Ofertado.La Utilidad la misma incidencia porcentual que tiene la Utilidad en el Presupuesto Ofertado.

    GG DE PTO. ADICIONAL = GG DE PLANILLA DE PTO. CONTRATADO QUE SEAN NECESARIOS

    % UT DE PTO ADICIONAL = % UT DE PTO CONTRATADO

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • Reajuste y formula polinmicaEl Presupuesto Adicional de Obra deber contar con su propia Frmula Polinmica de Reajuste, obtenida de sus propios costos e incidencia y aportes de los elementos que lo componen.

    F.P DE PRESUPUESTO ADICIONAL = PROPIA

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • SISTEMA A SUMA ALZADA

    Presupuestos Adicionales por Mayores MetradosLas Obras Adicionales por Mayores metrados se generan cuando el metrado indicado en los planos y especificaciones tcnicas es menor al metrado realmente necesario a ejecutar para cumplir con el objetivo del contrato.

    Presupuestos Adicionales por Obras ComplementariasLas obras adicionales complementarias son aquellas que no figuran en los planos y especificaciones tcnicas pero es necesaria su ejecucin para cumplir con la finalidad del contrato.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • SISTEMA A SUMA ALZADAPresupuestos Adicionales por Mayores MetradosLas Obras Adicionales por Mayores metrados se generan cuando el metrado indicado en los planos y especificaciones tcnicas es menor al metrado realmente necesario a ejecutar para cumplir con el objetivo del contrato.

    Presupuestos Adicionales por Obras ComplementariasLas obras adicionales complementarias son aquellas que no figuran en los planos y especificaciones tcnicas pero es necesaria su ejecucin para cumplir con la finalidad del contrato.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • SISTEMA A SUMA ALZADA

    Metrado adicionalEn el Sistema de Contratacin a Suma Alzada el metrado Adicional proviene de la diferencia entre el metrado obtenido del replanteo y el metrado total considerado en los planos y especificaciones tcnicas.

    METRADO DE PTO ADICIONAL = METRADO REAL METRADO DE PLANOS Y ESPECIFICACIONES TCNICASIng. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • SISTEMA A SUMA ALZADA

    Precios Unitarios (PU)

    En el Sistema de Contratacin a Suma Alzada, el Precio Unitario ser el que corresponda a la partida respectiva que forme parte del presupuesto referencial, afectado por el factor de relacin y/o precios pactados.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • SISTEMA A SUMA ALZADA

    Gastos Generales y Utilidad

    En el Sistema de Contratacin a Suma Alzada los Gastos Generales y la Utilidad del Presupuesto Adicional de Obra, se obtendrn multiplicando su Costo Directo por la misma incidencia de los Gastos Generales y Utilidad considerados en el Presupuesto Referencial, multiplicado por el factor de relacin.

    GG DE PTO. ADICIONAL = COSTO DIRECTO PTO ADICIONAL x % GG DE PTO REFERENCIAL x FR

    UT DE PTO. ADICIONAL = COSTO DIRECTO PTO ADICIONAL % UT DE PTO REFERENCIAL x FRIng. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • SISTEMA A SUMA ALZADA

    Reajuste y formula polinomicaEl Presupuesto Adicional de Obra deber contar con su propia Formula Polinmica de Reajuste, obtenida de sus propios costos e incidencia y aportes de los elementos que lo componenIng. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • PRESUPUESTOS DEDUCTIVOS DE OBRACLASIFICACIONLos Presupuestos Deductivos de Obra se clasifican en Vinculantes y No Vinculantes.El Presupuesto Deductivo de Obra Vinculante es aquel que se compone de partidas del presupuesto contratado que no se ejecutaran y que son sustituidas por otras partidas de un Presupuesto Adicional de Obra, dndose la particularidad que ambas obras responden a un mismo objetivo o a una misma finalidad y que es necesaria esta sustitucin para cumplir con los objetivos del contrato.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • INCIDENCIA DE PRESUPUESTOS ADICIONALES DE OBRALa incidencia de los Presupuestos Adicionales de Obra se calculan mediante la siguiente frmula:Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • APROBACION, AUTORIZACION DE EJECUCION Y AUTORIZACION DE PAGO DE PRESUPUESTOS ADICIONALES DE OBRALos dispositivos legales vigentes fijan un porcentaje tope de incidencia acumulada de los presupuestos adicionales de obra, respecto al presupuesto contractual original para determinar los requisitos a cumplir previa a la ejecucin y pago de la obra adicional.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • APROBACION, AUTORIZACION DE EJECUCION Y AUTORIZACION DE PAGO DE PRESUPUESTOS ADICIONALES DE OBRALa mencionada comunicacin debe estar firmada por el funcionario que tenga las facultades y competencias para hacerlo y debe constar en el Manual de Organizacin o documento mediante el cual la Mxima Autoridad lo designe. Los pagos de los Presupuesto Adicionales de Obra se realizan mediante valorizaciones, independientes a las Valorizaciones Contractuales u otros Presupuestos Adicionales Se presentan los casos siguientes:Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • APROBACION, AUTORIZACION DE EJECUCION Y AUTORIZACION DE PAGO DE PRESUPUESTOS ADICIONALES DE OBRAPRESUPUESTOS ADICIONALES MENORES O IGUALES AL 15.00%Cuando el porcentaje de la Incidencia Acumulada es menor o igual al tope establecido en los dispositivos legales, la Entidad Contratante es la nica autorizada para aprobar, autorizar la ejecucin y autorizar el pago del Presupuesto Adicional de Obra. Correspondiendo a la mxima autoridad de la Entidad contratante o el Titular del Pliego emitir la Resolucin en la cual se aprueba el presupuesto adicional de obra:Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • APROBACION, AUTORIZACION DE EJECUCION Y AUTORIZACION DE PAGO DE PRESUPUESTOS ADICIONALES DE OBRAPRESUPUESTOS ADCIONALES MAYORES AL 15.00%Cuando el porcentaje de la Incidencia Acumulada supera al tope establecido en los dispositivos legales, la aprobacin del Presupuesto Adicional de Obra corresponde a la Entidad Contratante, en tanto que la autorizacin de ejecucin y la autorizacin de pago corresponden a la Contralora General de la Repblica. Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • RESPONSABILIDAD Y OPORTUNIDAD DE PROCESAMIENTO Y APROBACION DEL PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRALos dispositivos establecen que la Entidad Contratante es la nica facultada para aprobar y modificar el Proyecto y el Expediente Tcnico, resulta entonces que la Entidad Contratante es la responsable de la elaboracin y aprobacin del Expediente Tcnico del Presupuesto Adicional de Obra.Sin embargo, el Art. 207 del Reglamento establece la responsabilidad y la oportunidad del procesamiento del Presupuesto Adicional de Obra es compartida por el Contratista, del Supervisor y la Entidad.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • OBLIGACION DE EJECUCION DE OBRA ADICIONAL APROBADASe puede apreciar que estos artculos sealan claramente que la debida autorizacin genera la obligacin para el contratista de la ejecucin de una obra adicional, teniendo la facultad la Entidad de exigirlo; sin embargo, tienen que cumplirse ciertas condiciones para su aprobacin y la obligacin de ejecucin.Siendo esta una obligacin contractual, el contratista no puede negarse a cumplirla pues de no hacerlo generara la aplicacin de las penalidades que la norma de contrataciones prevee.

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • ANOTACIONES EN CUADERNO DE OBRADetectado o visualizado la posible obra Adicional o Deductivo se debe anotar en el cuaderno de obras los siguientes asientos:Por parte del Ingeniero ResidenteRegistrar la causal que origina la Obra Adicional o Deductivo (por omisin, fallas o error en el proyecto, hecho fortuito, fuerza mayor, modificaciones al proyecto, por estar incompleto, por requerirlo la obra, o devienen de hechos ocultos imposibles de predecir, o por circunstancias impredecibles, etc.) con bastante precisin.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • Registrar la fecha en la que se detecto el hecho.Describir en forma general en qu consiste la obra adicional o deductivo. Indicar lo necesario e indispensable que resulta la ejecucin de la obra adicional para cumplir los objetivos del contrato.

    Comunicar a la Entidad mediante carta, sobre los defectos del proyecto y el origen de las obras adicionales, siempre y cuando la modificacin sea sustancial, de modo que merezca la opinin del proyectista.

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • Adicionales de Obra

    b) Por parte del Inspector / Supervisor:. Registrar en cuaderno de obra la necesidad de la ejecucin de las prestaciones adicionales

    El Inspector/Supervisor debe comunicar a la Entidad sobre la necesidad de elaborar el Expediente Tcnico del Adicional de obra.La Entidad deber de definir la elaboracin del Expediente Tcnico: Entidad, Consultor Externo o el Contratista. Si lo hacen cualquiera de los dos primeros, lo debern coordinar con el Contratista. El Inspector/Supervisor tiene un plazo de 14 d.c. para pronunciarse luego de concluido la elaboracin del Expediente Tcnico y la Entidad tiene 14 d.c. para emitir y notificar la Resolucin sobre la procedencia, debiendo entregar el Expediente Tcnico debidamente aprobado. Adems de comunicar al SNIP.

  • PRESTACIONES MENORES AL 15%

    Procedencia de ejecucin:1. Certificacin de Crdito presupuestario2. Resolucin de aprobacin de Entidad3. Suma de Ptos Adicionales - Suma de Presupuestos Deductivos Vinculados < 15.00% del presupuesto contratado original.

    Procedencia de Pago:1. Autorizacin expresa de la Entidad mediante Resolucin.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • PRESTACIONES MAYORES AL 15%

    Procedencia de ejecucin:1. Certificacin de Crdito presupuestario2. Resolucin de aprobacin de Entidad3. Autorizacin Expresa de la Contralora General de la Repblica para su ejecucin.

    Procedencia de Pago:1. Autorizacin Expresa de la Contralora General de la Repblica para su pago.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • PLAZO DE EJECUCINLuego de la aprobacin con la respectiva resolucin de la Entidad el contratista deber presentar su cronograma de avance de obra y calendario de avance de obra valorizado, los mismos que deben estar integrados al Cronograma y al Calendario Contractual.

    ADELANTOSEl Reglamento establece que slo se podr entregar adelantos previstos en las Bases y estarn referidos al contrato original.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • VALORIZACIONES Y METRADOSEl pago del Presupuesto Adicional de Obra se hace mediante Valorizaciones, bajo los parmetros y procedimientos establecidos para el pago del Presupuesto Contratado.

    GARANTIAS:El Contratista deber presentar la Carta de Fiel Cumplimiento por el mismo Monto del Presupuesto Adicional de Obra, En el caso de aprobacin de una reduccin o deductivo podr reducirse la Carta de Fiel Cumplimiento.

    Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • SOLUCION DE CONTROVERSIAS

    No es materia arbitrable la aprobacin ni la obligacin de ejecucin de una obra adicional.El Contratista puede recurrir a los mecanismos de solucin de Controversias en lo relacionado al monto del Presupuesto Adicional, costos que lo conforman, por el plazo de ejecucin, por la imposibilidad tcnica o legal de ejecucin, entre otros.Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • NORMA DE LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPUBLICARespecto a las causales que se sealan en la presente directiva no se ajustan a la realidad, dado que las situaciones imprevisibles pueden presentarse luego de la formulacin o aprobacin del Expediente Tcnico que se somete a convocatoria. Este vaco que generar la presente norma traer serios problemas, ms an cuando los funcionarios pblicos no tienen la capacidad de interpretar si no de aplicar la norma. Por ello consideramos que el Contratista seguir aplicando la norma anterior en este caso por que encuentra amparado en normas supletorias. Ing. Federico Zambrano OliveraAdicionales de Obra

  • VALORIZACIONES DE OBRAS

    Ing. Federico Zambrano OliveraIng. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • 1. DEFINICIONES:a) Valorizacin: Caso de Contrato de Obra:Es la cuantificacin econmica de un avance fsico en la ejecucin de la obra, realizada en un periodo determinado.(Definiciones: Anexo nico del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.)Caso general:Es la cuantificacin econmica de un elemento conformante del contrato, cuya caractersticas de clculo esta normado en el reglamento.

    VALORIZACIONES DE OBRASIng. Federico Zambrano Olivera

  • b) Conceptos Valorizables:

    Valorizacin de Obra del Contrato Principal Es el monto que debe pagar el Contratante al Contratado por el trabajo ejecutado en un periodo determinado, considerando los reajustes, si se hubieran pactado, las amortizaciones de adelantos, si o hubiere recibido, y otros conceptos que se hubieran pactado.

    Valorizacin de Presupuestos AdicionalesEs el monto que debe pagar el Contratante al Contratado por el trabajo adicional ejecutado en un periodo determinado, considerando los reajustes, si se hubieran pactado.

    Ing. Federico Zambrano OliveraVALORIZACIONES DE OBRAS

  • Valorizacin de Mayores Gastos GeneralesEs el monto que debe pagar el Contratante al Contratado por los gastos que se hubieren generado a este por efecto de ampliacin de plazo o paralizacin de obra, monto que se obtiene de acuerdo a lo establecido en el contrato o reglamento.

    Valorizacin de InteresesEs el monto que debe pagar el Contratante al Contratado por el tiempo que se ha demorado en pagarle las valorizaciones. Monto que se calcula de acuerdo a lo establecido en el contrato o reglamento.

    Ing. Federico Zambrano OliveraVALORIZACIONES DE OBRAS

  • MARCO LEGAL

    La Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por D.L. N 1017 y D.S. N 184-2008-EF, establecen el marco legal del proceso de Valorizaciones.Los artculos N 26 y 27 de la Ley y los artculos 49, 186, 187, 188, 189, 197, 198, 199, 203 y 204 precisan el procedimiento para las Valorizaciones.Tambin sealan la aplicacin del D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, y de los ndices INEI para efectos de clculo de los reajustes a aplicar en los contratos en moneda nacional y se hayan pactado as.

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  • 3. CONTENIDO DE UNA VALORIZACIONLa valorizacin debe tener bsicamente la siguiente estructura:Valorizacin del periodo: VReajuste de la Valorizacin del Periodo: RDeducciones al Reajuste que no corresponde: D

    Valorizacin Bruta (VB): VB = V + R DAmortizaciones de AdelantosAA

    Valorizacin NetaVN = VB AAIGVIGV

    Valorizacin TotalVN + IGV

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  • 4. PROCESO DE VALORIZACION:El proceso administrativo de la valorizacin es el siguiente:Se elabora el ltimo da del periodo de valorizacin establecido en las bases.La valorizacin se efectuar con los metrados realmente ejecutados.Los metrados sern formulados y se efectuar la valorizacin conjuntamente por el Inspector o Supervisor y el Contratista. De no concurrir el Inspector o el Supervisor, el Contratista lo elaborara.

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  • La Valorizacin ser presentada a la Entidad por el Inspector o Supervisor debidamente aprobado por este en un plazo mximo de 5 das, para periodos mensuales y contabilizados desde el primer da til del mes siguiente de la valorizacin.

    En casos de periodos diferentes al mes o a la fecha de la valorizacin, las Bases establecern el procedimiento, para los efectos de plazos de presentacin y pagos.

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  • 5. CONSIDERACIONES PARA LA ELABORACIN DE VALORIZACION:Las siguientes son las consideraciones que debe tenerse presente para la elaboracin de una Valorizacin: 5.1 Consideraciones para Elaboracin de Valorizaciones:Plazo Contractual con fecha de inicio y trmino.Al iniciarse el plazo contractual empieza a correr del periodo de la valorizacin, siendo que el ltimo periodo concluye con la fecha de trmino del Plazo Contractual.

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  • Debe tenerse presente que las ampliaciones de plazo postergan la fecha de termino de obra, por lo tanto las valorizaciones peridicas deben continuar elaborndose y presentndose considerando la fecha de termino de plazo contractual.En los casos que existan atraso en el trmino de la obra debe continuar elaborndose y presentando las valorizaciones considerando el trmino real de obra.La continuidad de periodo de las de valorizaciones se interrumpe cuando se concluye la obra o esta es resuelta por cualquiera de las partes. Concluida la obra o resuelto el contrato el Contratista tiene la oportunidad de presentar su ltima valorizacin considerando que el periodo final ha concluido.

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  • b) Calendario de Avance de Obra ValorizadoA la firma de contrato es obligatorio que el Contratista presente el Calendario de Avance Valorizado (CAOV), concordado con el Cronograma de Avance de Obra PERT-CPM.El CAOV contractual refleja la Programacin de Avance por cada Periodo dentro del Plazo Contractual, y el avance acumulado a cada periodo.Determinada la fecha de Inicio del Plazo Contractual, el Contratista tiene la obligacin de presentar el CAOV actualizado con la fecha de inicio del plazo contractual, tambin concordado con el Cronograma de Avance de Obra PERT-CPM actualizado con la fecha de inicio del plazo contractual.Las Ampliaciones de Plazo concedidas al Contratista, por diversas causales, obligan a sta actualizar el Cronograma de Avance de Obra PERT-CPM y con ello actualizar el Calendario de Avance Valorizado (CAOV).

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  • Resulta entonces que el ltimo Calendario de Avance Valorizado (CAOV) es el vigente y debe ser el que se utiliza para efectos de determinar el grado de avance de obra y para efectos de aplicacin de los reajustes.Durante la ejecucin de la obra el Contratista puede ser obligado a presentar un Calendario de Avance de Obra Valorizado Acelerado por un supuesto retraso de ste en la ejecucin de la obra, este calendario se utiliza para efectos de determinar el grado de avance de obra y NO para efectos de aplicacin de los reajustes.

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  • Del mismo modo la ejecucin de un Presupuesto Adicional debe contar con su propio Cronograma de Avance de Obra PERT-CPM y su Calendario de Avance Valorizado (CAOV). La fecha de inicio del plazo contractual del Adicional de Obra se da con la fecha que se programe su inicio con relacin programa de ejecucin de obra del contrato principal. El reajuste se aplicar en las Valorizaciones del Presupuesto Adicional, siempre que se haya pactado para el Contrato principal.El avance real de ejecucin de obra es comparado con el CAOV vigente, para determinar el grado de avance de obra y la aplicacin del reajuste. Ing. Federico Zambrano OliveraVALORIZACIONES DE OBRAS

  • c) Sistema de ContratacinLa norma establece lo siguiente:

    Sistema a Precios unitarios:

    En el caso de las obras contratadas bajo el sistema de precios unitarios, las valorizaciones se formularn en funcin de los metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por el contratista; a este monto se agregar, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.En las obras contratadas bajo el sistema a precios unitarios se valorizar hasta el total de los metrados realmente ejecutados.

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  • Sistema a Suma alzada:

    En el caso de las obras contratadas bajo el sistema a suma alzada, durante la ejecucin de la obra, las valorizaciones se formularn en funcin de los metrados ejecutados contratados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad del valor referencial. El subtotal as obtenido se multiplicar por el factor de relacin, calculado hasta la quinta cifra decimal; a este monto se agregar, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas. en el caso de las obras bajo el sistema de suma alzada se valorizar hasta el total de los metrados del presupuesto de obra.

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  • d) Adelanto DirectoEl Reglamento establece la posibilidad que la Entidad otorgue Adelanto de Directo en un mximo que establezcan las Bases. Este adelanto puede ser otorgado por nica vez o por partes, en un mismo periodo o en varios periodos.De otorgarse este adelanto directo deber de calcularse la Deduccin de Reajuste que no le corresponde y considerarlo e la valorizacin, caculos y procedimientos que se establece en el D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

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  • e) Adelanto para MaterialesEl Reglamento establece la posibilidad que la Entidad otorgue Adelanto de para Materiales en un monto mximo que se calcule con su incidencia considerado en la formula polinmica y en concordancia con el Calendario de Adquisicin de Materiales entregado a la firma de Contrato y actualizado a la fecha de inicio del plazo contractual.Este adelanto puede ser otorgado por nica vez o por partes, en un mismo periodo o en varios periodos.De otorgarse este adelanto para materiales deber de calcularse la Deduccin de Reajuste que no le corresponde y considerarlo e la valorizacin, caculos y procedimientos que se establece en el D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

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  • f) Pagos efectuadosLa Entidad tiene un plazo para ser efectivo el pago de las valorizaciones, que de no cumplirse el Contratista tendr derecho al pago de intereses legales y de acuerdo al procedimiento establecido en el reglamento, por lo que deber llevarse un Control de pagos de Valorizaciones para hacer solicitar el pago de intereses.g) PenalidadesEl Reglamento establece penalidades por retraso de obra y por otras causales. Esta deber aplicarse de acuerdo a lo establecido en el Reglamento y/o en el Contrato.El monto de la penalidad debe aplicarse en la valorizacin inmediata siguiente.

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  • h) ReajustesEl D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias establecen el procedimiento para el clculo de reajuste de la valorizacin de avance de obra. Las consideraciones a tenerse presente son los siguientes:

    Obra permanentemente adelantada:

    Se produce cuando el avance real acumulado est por encima del avance programado acumulado a un periodo determinado.El Reajuste a cobrar es el que se obtiene directamente de multiplicar el Factor de reajuste (K-1) por el monto valorizado.

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  • Obra Atrasada

    Se produce cuando el avance real acumulado est por debajo del avance programado acumulado a un periodo determinado.El Reajuste Acumulado mximo a cobrar es igual al reajuste acumulado mximo programado al mismo periodo. Basta que la obra entre en atraso en un periodo, as se adelante nuevamente, para aplicar el concepto de Reajuste para una obra atrasada.

    Formula Polinomica:

    Esta se elabora considerando la participacin de los elementos del presupuesto.Es la frmula que permite mantener el equilibrio econmico del presupuesto contratado.

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  • Factor de ReajusteEs el valor que se obtiene de utilizar la Formula Polinomica a una fecha determinada.Para la obtencin del factor de reajuste se utiliza los ndices publicados por INEI.Los detalles y las consideraciones muy especiales se encuentran contenidos en el D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

    Deduccin de reajuste que no corresponde Es el descuento que se hace por el reajuste que se le hace al adelanto otorgado, que por lgica no debe ser reajustado.Las Deducciones de Reajuste que no corresponde concluyen con las amortizaciones de los materiales. Los detalles y las consideraciones muy especiales se encuentran contenidos en el D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

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  • MetradosEl ltimo da del periodo establecido para las valorizaciones el Residente deber registrar en el cuaderno de obra los metrados realmente ejecutados en ese periodo, esto es para ambos sistemas de contratacin.Este metrado debe estar debidamente sustentado con la planilla de metrados, los planos y grficos que sean necesarios que demuestre lo ejecutado, que puede ser adjuntado al asiento de cuaderno de obra o en su defecto presentarlo al Inspector o Supervisor El Inspector o Supervisor debe revisar el metrado alcanzado por el Residente, de encontrarlo conforme lo aprobar y elaboraran la respectiva valorizacin. De no encontrarlo conforme preparara su propio metrado y elaboraran la respectiva valorizacin.

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  • j) Otros costosEl retraso en la ejecucin de la obra por responsabilidad del Contratista es causal para que ste asuma los Costos de Supervisin, el mismo que debe descontar de la valorizacin siguiente.La Resolucin de Contrato por responsabilidad del Contratista puede generar gastos que necesariamente debe ser asumida por ste, por lo que debe procederse a descontar de la ltima valorizacin.

    Ing. Federico Zambrano OliveraVALORIZACIONES DE OBRAS

  • PAGODeber ser cancelada por la Entidad a ms tardar el ltimo da del mes siguiente de la valorizacin.De vencerse el plazo de pago por responsabilidad de la Entidad el Contratista tendr derecho al reconocimiento y pago de intereses legales, de conformidad con los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil.De vencerse el plazo de pago por responsabilidad de la Entidad el Contratista tendr derecho al reconocimiento y pago de intereses legales, de conformidad con los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil.El Contratista para requerir el pago de intereses por demora en el pago de valorizaciones lo har a travs de las valorizaciones contractuales siguientes de ocurrida la demora.

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  • DISCREPANCIAS

    El artculo N 199 del Reglamento establece el procedimiento a seguir cuando se presente discrepancia respecto a la formulacin, aprobacin o valorizacin de los metrados entre el contratista y el inspector o supervisor o la Entidad.Estos dos caminos son: la va de la Liquidacin de Obra donde se evaluara cada tema controversial o en su defecto la va de conciliacin o arbitraje.Esta ltima solo es posible cuando la discrepancia respecto al monto de la valorizacin es igual o superior al 50% del contrato actualizado. Prescribe que la iniciacin de este procedimiento no implica la suspensin del contrato ni incumplimiento de las obligaciones de las partes

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  • RECEPCION DE OBRAIng. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • 1. Recepcin de Obra

    Previo al inicio del plazo de presentacin de la Liquidacin debe necesariamente llevarse a cabo la recepcin de la obra.La razn esencial es que en la Recepcin de obra se determina finalmente el avance fsico o termino de ejecucin de obra.Pueden presentarse diversa circunstancias que pueden determinar la fecha de Recepcin de Obra e inicio del plazo de presentacin de la Liquidacin de Contrato.

    RECEPCION DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • RECEPCION DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • 1.1 Por Termino de Obra

    RECEPCION DE OBRASe presenta cuando el Contratista ha concluido la ejecucin de la obra y el Residente solicita en el cuaderno de obra la Recepcin de la obra. Este acto termina cuando suscriben el Acta de Recepcin los Representantes de la Entidad y el Contratista. Suscrita el Acta el plazo para la presentacin de la Liquidacin empieza desde el da siguiente. En el caso que el Contratista no levante las observaciones, la Entidad proceder dar por vencido el plazo, y levantara las mismas con cargo al Contratista.

    El plazo para la presentacin de la Liquidacin empieza desde el da siguiente.

    Ing. Federico Zambrano Olivera

  • 1.1 Por Termino de Obra

    De presentarse el caso que el Contratista deje constancia de su discrepancia en el Acta de Observaciones, la Entidad debe pronunciarse y si persiste la discrepancia puede llevarlo a la Solucin de Controversias, que puede terminar en un Laudo Arbitral. Entonces queda dos alternativas una que se recepcione la obra con las observaciones o que no se d por recepcionada hasta que el Laudo determine el procedimiento a seguir. El plazo para la presentacin de la Liquidacin empieza desde el da siguiente de los resultados de la decisin que opte la Entidad.

    RECEPCION DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • 1.1 Por Termino de Obra

    La Recepcin Parcial de Obra no se considera como inicio de plazo para la presentacin de la Liquidacin, salvo que sea la ltima Recepcin Parcial. Si fuera lo ltimo indicado el plazo para la presentacin de la Liquidacin empieza desde el da siguiente.

    Comentarios:Art. 210 y 211 del Reglamento.El Acta de Recepcin permite contar con el metrado final de obra y la conformidad de las partidas ejecutadas.

    RECEPCION DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • RECEPCION DE OBRA

  • Procedimiento:El Residente anota en el CO el trmino y solicita la Recepcin.

    El Insp / Superv informar a Entidad el entro de los 5 das posteriores, ratificando o no lo indicado por Residente

    La Entidad: 7 das para designar Comit de Recepcin

    RECEPCION DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • Procedimiento: Inicio de Acto : 20 das siguientes de nombramiento de Comit de Recepcin

    Acto: Verificacin de lo sealado en planos y especificaciones tcnicas

    Efectuar pruebas necesarias de las instalaciones y equipos

    De no existir observaciones, se procede a recepcionar la obra, suscribindose el Acta por miembros del Comit de Recepcin y el Contratista.

    Ing. Federico Zambrano OliveraRECEPCION DE OBRA

  • Observaciones:

    Constar en Acta o Pliego de Observaciones No se recepcionar la obra.Plazo: 1/10 plazo vigente + 5 dcNo se aplicara penalidad ni pago alguno al Contratista por ejecucin de obraSubsanada: solicitar Recepcin de Obra en CO.Insp / Superv verificar en 3 dc siguientesComit y contratista: dentro 7 siguientes verificaran solo el levantamiento de observaciones.

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  • No procede formular nuevas observaciones.Subsanada Observacin: Suscribir el Acta de Recepcin de Obra.De no estar de acuerdo con Observaciones o levantamiento de Observaciones se indicar en el Acta.Comit de Recepcin comunicar en mx. 5 dc la discrepancia a la Entidad.La Entidad debe pronunciarse en 5 dc.

    Observaciones:RECEPCION DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • Retrasos:Si Contratista no inicia el levantamiento de observaciones, vencido el 50 % del plazo, salvo motivos justificados:

    La Entidad dar por vencido el plazo La Entidad subsanar observaciones con cargo a las Valorizaciones pendientes de pago o al Art. 206 Reglamento - Intervencin Econmica.Todo retraso que supere el plazo ser penalizado hasta el tope establecido, constituyendo causal de Resolucin de Contrato por incumplimiento.Retraso sin responsabilidad del Contratista, este plazo de demora se adicionar al de ejecucin y se reconocern GG debidamente acreditados durante la demora.

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  • Ing. Federico Zambrano Olivera

  • CONSIDERACIONES:

    Comit de Recepcin:Conformado por lo menos un representante de la Entidad (Arq. o Ingeniero) y por el Insp/Superv.Vicios Ocultos:De encontrarse vicios o defectos debe comunicar a la Entidad.No es impedimento a la firma del Acta de Recepcin.

    Controversias:Cuando exista discrepancia en el Acto de Recepcin, Plazo: 15 dc siguientesRECEPCION DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • Las partes pueden dar por Resuelto el Contrato en cualquier momento, debindose efectuar la Constatacin Fsica e Inventario, que es en s un Acto de Recepcin de obra por cuanto la obra, en el estado que se encuentre, pasa a responsabilidad de la Entidad.Firmada el Acta de Constatacin Fsica e Inventario por las dos partes o por la parte que asisti al Acto.

    Comentarios:Art. 209, 210 y 211 del Reglamento.El Acta de Constatacin Fsica e Inventario permite contar con el metrado ejecutado de obra, el estado fsico de las partidas ejecutadas y los materiales no utilizados por el Contratista.

    1.2 Por Resolucin de ContratoRECEPCION DE OBRAIng. Federico Zambrano Olivera

  • RECOMENDACIONES:

    El Contratista deber presentar previamente a la Supervisin los planos de replanteo y los metrados ejecutados.La Entidad deber verificar los planos contractuales y los de replanteo y solicitar las autorizaciones de las modificaciones ejecutadas en obra.En el acto de recepcin de obra deben participar los designados, y los posibles invitados solo como tal, sin derecho de voz y voto ante la otra parte.

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  • RECOMENDACIONES: Si la obra no se encuentra conforme se firmara un Acta de Constatacin donde se seale las observaciones, las mismas que deben fundamentarse por quin las hizo.Las observaciones se hacen una sola vez y en el primer acto, posteriormente se puede observar por lo mismo que se observ.La Entidad debe tomar las providencias para hacerse cargo de la obra luego de recepcionada, por cuanto el Contratista debe retirar todo su personal concluido el acto.

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  • Base Legal

    Ley de Contrataciones con el Estado aprobado mediante D.L. N 1017.Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado aprobado mediante Decreto Supremo N 184-2008-EF.Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.Cdigo Civil

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  • LIQUIDACION DE CONTRATOS DE OBRASIng. Federico W. Zambrano OliveraCIP N 23119

  • Procedimientos y Plazos

    El plazo para la presentacin de la Liquidacin por parte del Contratista se inicia desde el da siguiente de concluida la Recepcin de la obra o de haberse efectuado la Constatacin Fsica e Inventario salvo que existan controversias en proceso de solucin. En este ltimo caso se iniciar el plazo al da siguiente de haberse llegado a Acuerdo Total en el proceso de Conciliacin o al da siguiente que el Laudo quede consentido y Ejecutoriado en el proceso de Arbitraje.En el caso que las partes no cumplan con presentar la Liquidacin, el plazo se iniciar cuando cualquiera de las partes presente su Liquidacin.En el proceso de Liquidacin debe cumplirse los siguientes plazos:

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  • Primer Supuesto

    Contratista presenta Liquidacin: 60 d.c. 1/10 plazo ejecucin (mayor)

    Entidad lo Observa: 60 d.c.

    Contratista pronuncia sobre observaciones: 15 d.c.

    Entidad Contratista somete a Solucin de Controversias: Conciliacin o Arbitraje:15 d.h.

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  • Segundo Supuesto

    Contratista presenta Liquidacin: 60 d.c. 1/10 plazo ejecucin (mayor) Entidad presenta su propia Liquidacin:60 d.c.

    Contratista pronuncia sobre Liquidacin:15 d.c.

    Entidad pronuncia sobre observaciones:15 d.c.

    Entidad Contratista somete a Solucin deCon