estudio de integraciÓn paisajÍstica sector residencial

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Sector Residencial “Horta Baixa” en Turís (Valencia). ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Director del E.I.P.: José Andrés Sanchis Blay Ingeniero Técnico Agrícola (nº colegiado 1.284) Licenciado en Ciencias Ambientales Promotor: URBANIZADORA MIRATUR, SL Febrero de 2.008

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Page 1: ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Sector Residencial

ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICASector Residencial “Horta Baixa”

en Turís (Valencia).

ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

Director del E.I.P.:José Andrés Sanchis BlayIngeniero Técnico Agrícola (nº colegiado 1.284)Licenciado en Ciencias Ambientales

Promotor:

URBANIZADORA MIRATUR, SL

Febrero de 2.008

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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ÍNDICE.

1 DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN. ......................................................................................... 7

1.1 OBJETO DE LA ACTUACIÓN ........................................................................................... 7

1.2 ANTECEDENTES ............................................................................................................. 8

1.2.1 PROMOTOR ........................................................................................................... 8

1.2.2 ÁMBITO DE LA ACTUACIÓN ................................................................................... 8

1.2.3 EDIFICACIONES CONSOLIDADAS ........................................................................... 9

1.2.4 INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES .......................................................................... 9

1.2.5 PLANEAMIENTO DE APLICACIÓN Y CONDICIONES URBANÍSTICAS ..................... 11

1.2.6 FICHAS PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA VIGENTE ............................. 12

1.3 PROPUESTA DE ORDENACIÓN. .................................................................................... 13

1.3.1 INTRODUCCIÓN ................................................................................................... 13

1.3.2 JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN ................................................................... 13

1.3.3 CARACTERÍSTICAS DE LA ORDENACIÓN .............................................................. 15

1.3.4 CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA. ...................................................................................................................... 18

2 ÁMBITO DE ESTUDIO. .......................................................................................................... 25

2.1 DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO. .................................................................. 26

2.2 CARACTERISTICAS DEL AMBITO DE ESTUDIO .............................................................. 27

2.2.1 USOS DEL SUELO ................................................................................................. 32

2.2.2 RELIEVES .............................................................................................................. 36

2.2.3 VEGETACION Y FLORA ......................................................................................... 39

2.2.4 AREAS DE INTERES PARA LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA. ................... 42

2.2.5 PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO, ARQUITECTÓNICO Y ETNOLÓGICO. ................. 43

3 NORMAS, PLANES, ESTUDIOS Y PROYECTOS DE CARÁCTER TERRITORIAL, URBANÍSTICO, AMBIENTAL QUE SEAN DE APLICACIÓN. ..................................................................................... 47

4 NORMAS DE CARÁCTER PAISAJÍSTICO QUE LE SON DE APLICACIÓN. ................................. 50

4.1 IDENTIFICACIÓN DE LAS UNIDADES DE PAISAJE. ........................................................ 51

4.2 IDENTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS PAISAJÍSTICOS. ................................................... 53

4.3 VALORACÍON DE LA CALIDAD PAISAJÍSTICA. ............................................................... 54

4.4 FIJACIÓN PROVISIONAL DE LOS OBJETIVOS DE CALIDAD PAISAJÍSTICA ...................... 56

4.5 FICHAS DE UNIDADES DE PAISAJE. .............................................................................. 58

4.6 FICHAS DE RECURSOS PAISAJÍSTICOS .......................................................................... 68

5 PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA ...................................................................................... 87

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5.1 RESULTADOS DE LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA. ........................................................... 88

5.2 CONCLUSIONES ........................................................................................................... 91

6 ALCANCE Y CONTENIDO DEL ESTUDIO ................................................................................ 92

7 JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DETERMINACIONES CONTENIDAS EN LOS INSTRUMENTOS DE PAISAJE QUE LE SON DE APLICACIÓN. ........................................................ 93

8 VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA ............................................................... 95

8.1 FRAGILIDAD DEL PAISAJE. ........................................................................................... 95

8.2 RESULTADO DEL ANÁLISIS DE FRAGILIDAD DEL PAISAJE. ........................................... 95

9 VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL ......................................................................... 97

9.1 PUNTOS DE OBSERVACIÓN Y ANÁLISIS DE LAS CUENCAS VISUALES. ......................... 97

9.2 ANÁLISIS DE LA VISIBILIDAD. RESULTADO DE LA INTEGRACIÓN VISUAL. ................. 111

10 RESULTADOS Y CONCLUSIONES DE LA VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y VISUAL. ...................................................................................................................................... 113

11 MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PROPUESTAS Y PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN. ....... 117

12 ÍNDICE PLANOS .............................................................................................................. 120

ÍNDICE DE ILUSTRACIONES:

Ilustración 1 De la ordenación pormenorizada del sector .................... 17 Ilustración 2 Localización ........................................................................................................... 25 Ilustración 3 Cuenca visual de la actuación (Ámbito de estudio) ............................................... 26 Ilustración 4 Ortofoto del ámbito de la actuación ...................................................................... 27 Ilustración 5: Usos y aprovechamientos actuales del suelo. ....................................................... 33 Ilustración 6. Unidades fisiográficas de la zona de estudio. ....................................................... 36 Ilustración 7 Unidades de vegetación ......................................................................................... 40 Ilustración 8. Localización de la zona ZEPA-LIC Sierra de Martés Muela de Cortés en el TM de Turís. ............................................................................................................................................ 42 Ilustración 9. Suelo forestal y montes de utilidad pública cerca del ámbito de estudio. ........... 43 Ilustración 10 Unidades de paisaje. ............................................................................................ 53 Ilustración 11 Recursos paisajísticos. .......................................................................................... 54 Ilustración 12 Enlace a la participación pública de la web del ayuntamiento ............................ 87 Ilustración 13 Página web con la participación pública. ............................................................. 88 Ilustración 14 Mapa de Visibilidad. ........................................................................................... 111 Ilustración 15 Leyenda del mapa de visibilidad. ....................................................................... 111

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ÍNDICE DE FOTOGRAFÍAS:

Foto 1 Cultivos localizados en del área de actuación. .................................................................. 9 Foto 2: Vista de los cultivos del área del sector. ......................................................................... 28 Foto 3: Carretera CV-50 el linde este del Sector, junto a la zona industrial. .............................. 28 Foto 4 Vista de la intersección de las carreteras CV-415 y CV-50 desde el área de estudio. ..... 29 Foto 5: Red eléctrica de media tensión en el área de estudio. ................................................... 29 Foto 6: Red telefónica en el ámbito de actuación. ..................................................................... 30 Foto 7. Red de gas ciudad en el interior de la zona de estudio. ................................................. 30 Foto 8. Instalación de riego por goteo presente en el área. ....................................................... 31 Foto 9. Canal de riego en el área de actuación. .......................................................................... 31 Foto 10: Cultivos de secano en el área de actuación. ................................................................. 33 Foto 11: Campo de olivos en la zona de estudio ........................................................................ 34 Foto 12.Campo de naranjo en producción junto a campos de viñas y almendros ..................... 34 Foto 13: Parcelas con campos de naranjo abandonados situadas en área de ámbito de estudio. ..................................................................................................................................................... 35 Foto 14. Parcela yerma en el ámbito de estudio. ....................................................................... 35 Foto 15: Pendiente de terreno entre las unidades fisiográficas ................................................. 37 Foto 16. Pendiente de los taludes de la carretera respecto a la zona de actuación. ................. 37 Foto 17. Abancalamientos en pendiente dentro del área. ......................................................... 38 Foto 18. Paraje de la Fonteta del Poll ......................................................................................... 46 Foto 19 Vista del punto de observación 1. ................................................................................ 101 Foto 20 Vista del punto de observación 2. ............................................................................... 103 Foto 21 Vistas des del punto de observación 2. ....................................................................... 103 Foto 22 Vista del punto de observación 3. ................................................................................ 106 Foto 23 Vista des del punto de observación 3. ........................................................................ 106 Foto 24 Vista del punto de observación 4. ................................................................................ 108 Foto 25 Vista des del punto de observación 4. ......................................................................... 108

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MEMORIA INFORMATIVA.

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1 DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN.

1.1 OBJETO DE LA ACTUACIÓN A fecha 2 de noviembre de 2007, se emite el Informe Jurídico para informar de la solicitud del inicio del procedimiento de concurso para el desarrollo y ejecución, por gestión indirecta, del programa de desarrollo de la actuación integrada del Sector Residencial Horta Baixa. Incluyendo en este informe las Bases Particulares del citado sector industrial. Con la finalidad de que sean aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Turís.

El desarrollo de la actuación integrada del Sector Residencial Horta Baixa, está previsto en el Plan General que se está tramitando, el cual ha sido informado favorablemente al Concierto Previo por parte del Director General de Urbanismo y Ordenación Territorial el 16 de diciembre de 2002 y que está aprobado provisionalmente en fecha 25 de mayo de 2007.

Recibida la solicitud del inicio del procedimiento de concurso para el desarrollo y ejecución, por gestión indirecta, del programa de desarrollo de la actuación integrada del Sector Residencial Horta Baixa, al amparo del artículo 130.2 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre de 2.005 y el artículo 281 del Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística Valenciana, se encargó la elaboración de informes técnicos sobre la viabilidad de la propuesta.

Estos informes técnicos de viabilidad informan sobre:

1.- Adecuación de la iniciativa al planeamiento general del municipio de Turís o a sus Directrices de Ordenación del Territorio.

2- Suficiencia de los servicios públicos existentes en el municipio de Turís para atender a los nuevos desarrollos pretendidos, o la suficiente previsión a futuro de esos servicios.

3.- Oportunidad temporal del desarrollo urbanístico del ámbito propuesto, en relación con otras actuaciones ya iniciadas o de ejecución preferente.

Cabe destacar que estos informes de viabilidad de la actuación integrada son preceptivos pero no vinculantes. I que el sentido, tanto del informe técnico de viabilidad como del jurídico, fue favorable.

Las bases particulares reguladoras de la gestión indirecta del Programa para el Desarrollo de la Actuación Integrada del Residencial Horta Baixa se redactan conforme a los criterios establecidos en el artículo 131 de la Ley Urbanística Valenciana y 286 del Reglamento de ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, desarrollando las Bases Generales Reguladoras de la Gestión Indirecta, publicadas en el Anexo II del Decreto 67/2006, del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

El ámbito de la presente actuación corresponde a una zona de suelo que no cuenta con ordenación pormenorizada, porque se trata de una zona clasificada como suelo no urbanizable en el planeamiento municipal vigente, cuya clasificación y calificación se pretende modificar, mediante el correspondiente Plan Parcial de modificación de la ordenación estructural, de conformidad con la Sección 4ª del Capítulo V del Título II de la Ley 16/2005, de Urbanística

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Valenciana. Es por ello, que junto con la alternativa técnica se debe presentar el Estudio de Integración Paisajístico, según el artículo 48.4.a del Decreto 120/1006, del Reglamento de Paisaje.

1.2 ANTECEDENTES

1.2.1 PROMOTOR El promotor responsable de llevar a cabo la actuación integrada es la empresa:

URBANIZADORA MIRATUR, S.L.

CIF: B-97.673.420

C/ San Vicente nº 16, 3º piso puerta 2

46.002 Valencia

1.2.2 ÁMBITO DE LA ACTUACIÓN El sector cuya programación se propone corresponde al Sector Residencial Horta Baixa del Concierto Previo del Plan General de Turís que se está tramitando, y se caracteriza por los siguientes lindes:

Norte: PQL-3 Fuente del Poll y suelo no urbanizable común.

Sur: Carretera provincial CV-415 y la carretera CV-50.

Este: Carretera CV-50.

Oeste: PQL-3 Fuente del Poll y carretera provincial CV-415.

El ámbito a programar deberá comprender los citados terrenos y aquellos necesarios para la correcta conexión e integración. La superficie aproximada contenida en las fichas del plan general en tramitación, de toda la actuación urbanística es aproximadamente de 663.209 m²s, sin computar en esa superficie la cesión prevista en el artículo 13.6 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje.

El ámbito a programar deberá comprender los citados terrenos y aquellos necesarios para la correcta conexión e integración. La superficie aproximada, contenida en las fichas del plan general en tramitación, de toda la actuación urbanística es de 113.945 m², sin computar en esa superficie la cesión prevista en el artículo 13.6 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje.

En el área de actuación se puede observar un mosaico de colores debido a los diversos cultivos que se encuentran, puesto que existe una alternancia entre cultivo de secano, y cultivo de regadío. Aunque en el primero de los cultivos predomina la viña y en el segundo los cítricos, se encuentran otras variedades de estos tipus de cultivos. Y en todos los casos hay campos en producción y otros en proceso de abandono.

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Además, se encuentran en toda el área de estudio vegetación arvense, y las formaciones nitrófilas y halonitrófilas asociadas a otro tipo de ambientes como bordes de camino, terrenos baldíos, etc. , vegetación ruderal y viaria. La vegetación de este tipo encontrada en la zona corresponde a vegetación de origen antropogénico o nitrófila, que surge como alteración de los ecosistemas vegetales por la actividad del hombre.

Foto 1 Cultivos localizados en del área de actuación.

1.2.3 EDIFICACIONES CONSOLIDADAS En las Bases Particulares, que se adjuntan al informe jurídico como Anexo I, propuestas para la aprobación por el Ayuntamiento de Turís, no se especifica la presencia de Edificaciones Consolidadas dentro del sector que se está considerando y tampoco se redacta ninguna Base concreta para el tratamiento de dichas edificaciones en caso de que existieran.

Pero dentro del ámbito de estudio se localizan diversas naves industriales que se van a incorporar y a mantener cuando se defina la ordenación pormenorizada dentro del sector.

1.2.4 INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES Respecto a las infraestructuras existentes en el sector, en las Bases Particulares definidas para el mismo se especifica que se debe conectar e integrar adecuadamente la urbanización con las redes de infraestructuras de energía, comunicaciones y servicios públicos existentes, debiendo para ello:

Aportar informes de las administraciones sectoriales cuyas competencias resulten afectadas por la actuación (carreteras, red ferroviaria, dominio público hidráulico, dominio público marítimo-terrestre y otros)

Presentar, en su caso, estudios e informes favorables para realizar las conexiones con las correspondientes compañías suministradoras (luz, agua, gas, telefonía y otras).

Además, en caso de ser necesarias, se debe incluir la construcción de las obras complementarias en el Proyecto de Urbanización.

Todos estos documentos, solicitados en las bases particulares que han de regir el concurso para la aprobación y adjudicación del Programa de Actuación Integrada del Sector Industrial

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Sur de Turís, publicadas en el DOCV número 5663 el día 19/12/2007, acompañan al documento del PAI presentado.

Imagen: Ortofoto y delimitación del sector de actuación.

La descripción general de las infraestructuras existentes en el ámbito de actuación y su entorno próximo dichas infraestructuras es la siguiente:

Red viaria: Comenzando por el linde Sur del sector, éste se apoya en dos elementos de la red viaria primaria, como son las carreteras CV-415 y CV-50, mientras que el extremo Este del ámbito limita también con la vía CV-50.

Por otra parte, el límite Oeste del sector linda con la infraestructura viaria (glorieta) existente, intersección entre las carreteras CV-415 y vial de la Fonteta del Poll, que constituye una de las principales entradas al núcleo urbano de Turís (Avenida de las Cortes Valencianas). Finalmente, el límite Norte está determinado por el nuevo trazado (a ejecutar a cargo del sector) de la carretera de conexión del casco urbano de Turís con la CV-50 (vial de la Fonteta del Poll).

Todos y cada uno de los límites del Sector están formados por infraestructuras viarias de la Red Primaria, por lo que su delimitación se ajusta al criterio de sectorización establecido en los art. 47 y 54 de la LUV.

Red de agua: existe una red de agua potable, procedente del suministro del casco urbano, que abastece al polígono industrial existente en el límite sur del sector.

Red de residuales: la canalización de residuales de una parte del casco urbano, a la que se le une las redes existentes del polígono industrial actual, atraviesa el ámbito hasta llegar a la depuradora EDAR TURIS-2 .

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Red de energía eléctrica: existen diversas líneas eléctricas aéreas de media tensión que discurren por los alrededores del ámbito de actuación, y que sirven para abastecer a las industrias ya asentadas en la zona. Igualmente podemos localizar distintos centros de transformación de energía eléctrica en las proximidades del actual polígono industrial.

Red de telefonía: al igual que en el caso de la energía eléctrica existen diversas líneas aéreas que discurren por los alrededores del sector, y que sirven para dar servicio a las industrias existentes en la zona.

Red de gas: existe un gaseoducto que transcurre por el término municipal de Turís y que afecta puntualmente en su recorrido a nuestro sector.

Se trata de un gaseoducto de ENAGAS denominado salida VS-7 Ramal a Cheste y Red de Cheste-Chiva-Buñol-Alborache-Turís. Ingresa al ámbito desde el sur por la zona de la Teixería en dirección hacia la carretera CV-50 y al acceso al casco urbano, para abastecer a varias industrias del polígono industrial (Porcelanas artísticas de Turís, Almazara Molino Motrotón); se dirige luego hacia La Baronía de Turís, hacia la Granja Fortuna y hacia la industria Cerámicas Vidal Beneyto.

El trazado establece una servidumbre de un ancho de 5 metros a cada lado del eje de la conducción en los cuales es necesaria la autorización para la realización de cualquier tipo de trabajo de arada, plantación o edificación aunque sea de carácter temporal.

1.2.5 PLANEAMIENTO DE APLICACIÓN Y CONDICIONES URBANÍSTICAS Turís cuenta con Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas definitivamente el 18 de diciembre de 1990. Habiendo optado el Ayuntamiento por la redacción de un nuevo Plan General, que sería el instrumento de planeamiento que vendría a sustituir las citadas Normas, se inició el trámite obteniendo informe favorable al Concierto Previo por parte del Director General de Urbanismo y Ordenación Territorial el 16 de diciembre de 2002. En fecha 25 de mayo de 2.007, se aprobó provisionalmente el mismo. En la actualidad todavía no se ha aprobado definitivamente el Plan General.

En el planeamiento vigente el suelo está clasificado como suelo no urbanizable no protegido, por lo que la propuesta de programación deberá plantear la modificación de la clasificación del suelo. mediante el correspondiente Plan Parcial de modificación de la ordenación estructural, de conformidad con la Sección 4ª del Capítulo V del Título II de la Ley 16/2005, de Urbanística Valenciana.

Por ello junto con la alternativa técnica deberá presentarse:

a) Plan Parcial modificativo de la ordenación estructural, reclasificando suelo no urbanizable común en suelo urbanizable.

b) Documento de Justificación de la Integración Territorial, artículo 74 de la Ley Urbanística Valenciana.

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c) Estudio de Impacto Ambiental (Ley 2/89 de la Generalitat Valenciana de Impacto Ambiental. Decreto 162/90, de 15/10, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el reglamento de ejecución de la Ley 2/89. Orden de 3 de enero de 2005 de la Conselleria de Territorio y Vivienda).

d) Solicitud de Cédula Territorial de Urbanización.

f) Estudio acústico, según exigencias del artículo 25 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica, y el Decreto 104/2006, de 14 de julio, del Consell, de planificación y gestión en materia de contaminación acústica.

g) Estudio de integración paisajístico, según el artículo 48.4.a del Decreto 120/2006, del Reglamento del Paisaje.

h) Proyecto de urbanización.

1.2.6 FICHAS PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA VIGENTE Los parámetros urbanísticos que se tomarán son los establecidos en la ficha de gestión del Plan General, el cual se encuentra en tramitación, habiendo sido informado favorablemente al Concierto Previo por parte del Director General de urbanismo y Ordenación Territorial el 16 de diciembre de 2002 y que está aprobado provisionalmente en fecha 25 de mayo de 2007. Por lo tanto dichos parámetros son los que se exponen a continuación:

Denominación: Sector Residencial Horta Baixa

Superficie del Sector: Aproximadamente 113.945 m2s

Clasificación: Suelo urbanizable

Zona de Ordenación Urbanística: Vivienda Adosada (ADO)

Aprovechamiento Tipo: 0,4534m2t/m2s

Red primaria Interior: Viario (PRV-4a)

Red Secundaria: A determinar por el Plan Parcial.

Condiciones de desarrollo:

o El sector se desarrollará mediante el preceptivo Programa de Actuación Integrada, siendo, en principio, su gestión indirecta.

o El Programa asegurará la conexión e integración del sector con las redes de infraestructuras, comunicaciones y servicios públicos existentes.

o Se integra en el sector la red viaria local primaria de conexión de la CV-50 con el continuo urbano PRV-4ª.

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Condición particular: uso Educativo-cultural (ED).

1.3 PROPUESTA DE ORDENACIÓN.

1.3.1 INTRODUCCIÓN El sector cuya programación se propone corresponde al Sector Residencial Horta Baixa del Concierto Previo del Plan General de Turís que se está tramitando.

No existe una ordenación pormenorizada del sector Residencial Horta Baixa, sino que además, en el planeamiento vigente el suelo de este sector está clasificado como suelo no urbanizable de uso común, por lo que el objeto del programa es el desarrollo y ejecución del programa de actuación integrada que se especifica en las bases particulares, en las que se regulan las condiciones de carácter técnico, jurídico, económico y administrativo, para la selección de una propuesta de programa de actuación integrada y de un urbanizador para el desarrollo urbanístico de la actuación.

1.3.2 JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN Según la Base VII. Criterios y objetivos urbanísticos y territoriales de las propuestas de planeamiento a formular, de las bases particulares reguladoras del Programa para el Desarrollo de la Actuación Integrada relativa al Sector Residencial Horta Baixa:

El Sector delimitado no cuenta con ordenación pormenorizada, porque se trata de una zona clasificada como suelo no urbanizable en el planeamiento municipal vigente, por tanto, las proposiciones que presenten los interesados para el desarrollo de la actuación deberán tener en cuenta las condiciones de desarrollo siguientes:

a) Condiciones generales:

El establecimiento de las mejores soluciones técnicas en orden a una adecuada y óptima ordenación urbanística y arquitectónica, así como solucionar problemas de tránsito viario, accesibilidad e infraestructuras. En virtud de lo cual se considera conveniente disponer de manera ordenada, secuencial y proporcionada, tanto las tipologías edificatorias como los usos previstos en el sector, atendiendo a criterios de localización física (topográfica u otros condicionantes), integración paisajística y protección ambiental (impactos visuales, contaminación acústica, actividades molestas), relación con el casco urbano existente, red viaria y accesos (rodados, peatonales, carril-

La mejor forma, localización, ordenación y distribución de las zonas verdes y suelos dotacionales públicos. Se valorará positivamente la utilización y disposición de especies vegetales autóctonas y elementos propios del entorno en las zonas verdes y espacios públicos de manera que se compatibilice la integración paisajística con una adecuada utilización de los recursos hídricos y, además, se facilite el futuro

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mantenimiento de dichos espacios ajardinados. Asimismo deben articularse soluciones en el perímetro del ámbito propuesto que garanticen una adecuada transición del suelo urbanizado hacia los terrenos protegidos, utilizando preferiblemente elementos y áreas de amortiguación.

b) Condiciones específicas:

Función territorial: para el desarrollo del Sector se deberá obtener el suelo dotacional necesario y ejecutar la ronda entre sectores, así como obtener parte de la zona de protección de la conexión del Sector con la futura Autovía CV-50. Deberá contemplar un acceso único para la futura actuación del DIC de la bodega La Baronía de Turís y el Sector Horta Baixa, resolviéndose mediante rotonda ubicada en la nueva vía de acceso al casco desde la VV-3061, a distancia adecuada que establezca el órgano competente de la carretera atendiendo a su incidencia sobre ésta y la CV-50.

No se admitirán accesos rodados desde carreteras fuera de los permitidos por la Administración tutelar de la vía de que se trate.

Uso característico o global: Se establece como uso característico o global el industrial y como zonificación el de industrial aislada (artículo 91 del Reglamento de Zonas de Ordenación Urbanística de la Comunidad Valenciana, aprobado por Orden de 26 de abril de 1999, del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte.

Reserva de suelo dotacional público: la ordenación pormenorizada establecerá una reserva de suelo dotacional público destinada a equipamiento educativo-Cultural de

Secuencia de desarrollo del Sector: Conforme a lo dispuesto en el proyecto de Plan General de Turís, en el medio plazo se considera plausible el desarrollo del Sector HORTA BAIXA, dado su inmediato acceso a las infraestructuras viarias.

Además, según el artículo 159 del ROGTU (en referencia al art.68 de la LUV), indica que debe acreditarse que «la solución propuesta constituye una unidad funcional bien integrada y conectada con las áreas colindantes».

En primer lugar, la actuación propuesta constituye en sí misma una unidad funcional, ya que resuelve íntegramente los servicios urbanísticos requeridos para su funcionamiento.

Y en segundo lugar, desde el punto de vista de la integración y conexión con las áreas colindantes, se analizan las siguientes cuestiones:

Desde el punto de vista de la accesibilidad viaria con el entorno, el Sector tendrá dos conexiones a carreteras de titularidad supramunicipal. En ambos casos, el acceso se realizará a través de una glorieta, según las especificaciones de los órganos competentes de las vías. Por un lado, se construirá una nueva rotonda en la carretera (Fonteta del Poll) que conecta el casco urbano de Turís con la CV-50, cuyo titular es la Consellería de Infraestructuras y Transportes, contemplando un acceso único para la futura actuación del DIC de la Bodega La Baronía de Turís y el Sector Horta Baixa. Por

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otro lado, se ejecutará una nueva rotonda en la carretera de Diputación de Valencia CV-415 que resolverá la intersección en T existente para la entrada al casco urbano de Turís a través de la C/. La Barra.

Se construirá un nuevo tramo de la carretera (Fonteta del Poll) que conecta el casco urbano de Turís con la CV-50. Esta actuación, a cargo del sector supone una mejora de las condiciones actuales de su trazado, pues pretende eliminar dos curvas cerradas que la hacen peligrosa. Se trata de la red primaria viaria designada en el Plan General en tramitación, y tiene una superficie de 5.496,88 m2.

El sector estará rodeado de tres vías de comunicación. Se han tomado las medidas para proteger los futuros usos residenciales del impacto visual y acústico de estas infraestructuras. Por ejemplo, en el límite con la carretera CV-415 se aprovecha la diferencia de cota entre la carretera y las rasantes de la nueva urbanización para incluir en una pequeña franja ajardinada (que no computa como zona verde) una mota que ayuda a reducir los impactos de la vía.

Por otra parte el nuevo sector, se proyecta como continuación del suelo residencial urbano y urbanizable. En efecto, es colindante por el extremo oeste con el suelo urbano residencial (glorieta que supone el inicio de la Avenida Cortes Valencianas), y también es colindante en todo su límite suroeste con el suelo urbanizable residencial definido en la Revisión del Plan General (en tramitación): Sectores La Trillaora y La Costera Blanca. Por tanto, el nuevo sector va a contribuir a la interrelación entre las distintas zonas de ordenación, creando un núcleo residencial coherente con las expectativas de crecimiento ordenado del municipio.

El casco urbano de Turís se encuentra próximo a su total consolidación, y es necesario crear nuevos sectores residenciales (como el de Horta Baixa) en su entorno para atender la demanda del crecimiento de población (aproximadamente 1.000 habitantes en los últimos 5 años, según datos de la Generalitat Valenciana).

Se ha respetado el paso bajo la CV-50 de un camino agrícola, sólo apto para peatones, ciclistas, y pequeños vehículos agrícolas. Además, se han realizando las operaciones de borde necesarias.

Finalmente, se va a obtener una parcela (que pertenecerá a la Red Primaria de Equipamiento Público) de Reserva de Red Viaria, colindante con la CV-50.

1.3.3 CARACTERÍSTICAS DE LA ORDENACIÓN Según la Base VIII. Objetivos de edificación privada (art. 131.2.e) Ley Urbanística Valenciana:

1.- El principal objetivo de la edificación privada residencial del presente Sector consiste en encauzar y dar cobertura a la demanda residencial adosada unifamiliar, junto al casco urbano y con dotaciones adecuadas.

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2.- Las condiciones de las parcelas edificables, el volumen y forma de los edificios, las condiciones estéticas de la edificación, así como la reserva de aparcamientos, se establecerán en el Plan Parcial que ordene el Sector que necesariamente deberá respetar el sistema de ordenación, la tipología edificatoria y el uso global determinados en el proyecto de Plan General aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento de Turís.

3.- En principio no se considera oportuno establecer la obligación de simultanear la urbanización y la edificación.

La ordenación pormenorizada se define a partir de un eje principal que vincula las dos rotondas de acceso al ámbito. A partir de este eje, se diseña una trama viaria que sigue un trazado regular, con alineaciones paralelas y perpendiculares a una parte del eje principal, buscando siempre unas pendientes favorables para el desagüe por gravedad tanto de las aguas residuales como de las pluviales.

En la definición de la ordenación se ha tenido en cuenta la complejidad de la orografía del terreno, que se concreta en una zona (situada al oeste del sector) que se encuentra más elevada que el resto del ámbito, del que se separa por medio de un talud. Se ha diseñado una solución que encaja muy bien con las cotas naturales del terreno, huyendo de actuaciones más traumáticas (grandes movimientos de tierra) que implicarían una afección mucho más dura sobre el medio. Por este motivo, se mantiene (y se somete a un proceso de reforestación) el talud, y se ordena la zona oeste del ámbito de una forma independiente al resto, pero integrándose a él a través de su enlace con el eje principal de la urbanización.

El sector está concebido, por su situación, como una ampliación del casco urbano de Turís. Se trata de una actuación de baja densidad dotada de todos los servicios y equipamientos. Se ubica al este de la población, limitando con tres viales importantes: la CV-415, la CV-50, y la desviación de la anterior que accede a la zona urbana de Turís (en esta última carretera, se realiza una regularización del trazado para eliminar dos curvas cerradas). Se plantean dos accesos al sector; uno desde la carretera CV-415 (en la misma ubicación de una intersección existente, se construirá una rotonda), y otro desde la vía que une la CV-50 y el núcleo urbano.

Cabe reseñar que en la zona noroeste del sector se encuentra ubicada la Fonteta el Poll, de ineludible interés cultural y lugar de reunión para los habitantes de Turís en las fiestas de Pascua. Este enclave se trasladará en la futura urbanización, integrándose en una zona verde diseñada a imitación de las antiguas eras.

El Sector Residencial Horta Baixa abarca una superficie total de 124.479,67 m2, que incluye las zonas de afección de las distintas carreteras que circundan la actuación. Desde el punto de vista de los usuarios, se configura un itinerario peatonal y verde que rodea a todo el sector, contribuye a aislarlo de las infraestructuras viarias y disminuye el impacto de las mismas (tanto visual como acústico) sobre el área residencial, teniendo en consideración por tanto la mejora de la calidad de vida y de las condiciones óptimas para el desarrollo del uso residencial.

El Sector Residencial Horta Baixa tiene un Índice de Edificabilidad Bruta de 0,45. Este parámetro permite ordenar manzanas de 40 m de profundidad, pensadas para parcelas de 120 m2 (6 x 20 m) de superficie en las que se podrá edificar un total de 248 viviendas unifamiliares

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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en hilera, con una disposición de Planta Baja + 1ª Planta + Atico (máximo: 50% de ocupación), con una edificabilidad de unos 138,8 m2t.

En estas manzanas, las parcelas dispondrán de zona libre privada (patios delanteros y traseros), de manera que las viviendas estarán retranqueadas respecto de las alineaciones de fachadas. Estas 248 viviendas se distribuirán en un total de 13 manzanas.

La vivienda adosada será la mayoritaria dentro del sector, pero también se reserva una manzana (M6) para la construcción de viviendas de protección pública. En concreto, en esta manzana (tipología de edificación abierta plurifamiliar) se podrá materializar hasta el 30% de la edificabilidad total del sector, estimándose unas 148 viviendas protegidas de 100 m2t construido.

También se reserva una parcela de 5.571,97 m2 para equipamiento educativo cultural (ED), a disposición del Excmo. Ayuntamiento de Turís.

El sector se va a dotar de varias superficies verdes destinadas a proporcionar al enclave todo aquello que una zona de estas características necesita (suelo destinado a uso mayoritariamente residencial). Se crearán amplias zonas de jardines, parterres y de descanso, así como itinerarios que invitan al paseo relajado de sus residente y visitantes. Todas estas zonas estarán equipadas convenientemente con el mobiliario urbano que se define en el proyecto de urbanización.

Ilustración 1

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18

Se definen dos principales zonas verdes ajardinadas, las llamadas SJL-1 y SJL-2. La primera tiene, a su vez, dos zonas bien diferenciadas: una llamada ERAS, y otra llamada TALUD. Además de estas dos zonas, El resto de zonas verdes se localizan en el perímetro del sector (colindantes con las carreteras existentes), y ejercen una doble función: barrera óptica y sonora frente al tráfico.

Además de la avenida principal que vertebra la ordenación pormenorizada del sector (tendrá un ancho de 18 metros, y está diseñada como vía de doble sentido con mediana central), se definen otros viales interiores con anchuras entre 10 y 18 m. Estos viales se adecuan a los estándares dispuestos por el ROGTU en los art. 130 y 131, que establecen en sectores

la anchura mínima para viales de sentido único es de 12 m, y de 16 m para los de doble sentido, admitiéndose (sólo en sectores residenciales) que hasta un 25% de la red viaria tenga un dimensiones mínimas inferiores en un 20% (es decir, pasar de 12 m de an

La urbanización contempla todos los servicios necesarios: energía eléctrica, centros de transformación, teléfono, gas, agua potable, evacuación de aguas pluviales y residuales, etc.

1.3.4 CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA.

Cumplimiento de los estándares aplicables en sectores residenciales en el Sector

En el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística se definen en el artículo 208, las reservas de suelo dotacional en actuaciones de uso dominante residencial (en referencia a los artículos 40, 52 y 63 de la Ley Urbanística Valenciana):

1.- Reserva de suelo con destino dotacional público.

La reserva de suelo dotacional público, sin contar el viario, deben superar los 35 m2 por cada 100 m2t potencialmente edificable de uso residencial.

Edificabilidad residencial 49.268,75 m2t

Suelo dotacional (EQ+ZV) mínimo 17.244,1 m2s

Según la ordenación propuesta la superficie de suelo dotacional destinada a equipamiento y zonas verdes es la siguiente, cumpliendo con los estándares exigidos en el artículo 208 del ROGTU:

Superficie equipamiento (EQ) 5.571,97 m2s

Superficie de zonas verdes (ZV) 21.740,12 m2s

Suelo dotacional (EQ+ZV) 27.312,09 m2s > 17.244,1 m2s (ROGTU)

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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Como se puede observar la ordenación pormenorizada definida en el Plan Parcial propuesto para la actuación en este sector supera los mínimos exigidos en el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

2.- Zonas verdes y Equipamiento

Deben destinarse a zonas verdes al menos, 15 m2 por cada 100 m2t potencialmente edificable de uso residencial y deben destinarse a equipamientos, al menos, 10 m2 por cada 100 m2t potencialmente edificable de uso residencial.

La edificabilidad terciaria computará sólo a efectos de zonas verdes, incrementándose la reserva resultante para uso residencial a razón de 5 metros cuadrados de zona verde adicionales por cada 100 metros cuadrados construidos de uso terciario ubicados en parcela de uso exclusivo y 3 metros cuadrados de zona verde por cada 100 metros cuadrados de uso terciario, cuando éste se ubique en bajos de edificios de uso dominante residencial.

Edificabilidad residencial 49.268,75 m2t

Zonas verdes (ZV) mínimo 7.390,31 m2s

Equipamiento (EQ) mínimo 4.926,875 m2s

Según la ordenación propuesta la superficie de suelo dotacional destinada a equipamiento y zonas verdes es la siguiente, cumpliendo con los estándares exigidos en el artículo 208 del ROGTU:

ZONAS VERDES SUPERFICIE

SJL1 9.551,39 m2

SJL2 12.188,73 m2

TOTAL 21.740,12 m2

EQUIPAMIENTO SUPERFICIE

EQ 1 5.571,97 m2

EQ 2 y 3 71,28 m2

EQ 5.643,25 m2

Superficie zonas verdes (ZV) 21.740,12 m2s > 7.390,31 m2s (ROGTU)

Superficie equipamiento (EQ) 5.571,97 m2s > 4.926,875 m2s (ROGTU)

3.- Áreas de juegos

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En los jardines se dispondrá de un área específica de juegos de niños por cada tramo completo de 5.000 m2 de superficie total de jardines. En los parques, la proporción mínima será de un área específica de juego de niños por cada 20.000 metros cuadrados completos de dotación de parque público. Las condiciones dimensionales y funcionales serán las definidas en este Reglamento.

Las dos Zonas Verdes (SJL-1 y SJL-2) cumplen las condiciones exigidas a los Jardines (superficie mínima de 1.000 m2 y posibilidad de inscribir un círculo de 25 m de diámetro). En la SJL-1 (9.551,39 m2) se han diseñado dos áreas de juego específicas para niños (juegos modulares espaciales, columpios, etc), sobre un pavimento de seguridad. En el caso de la SJL-2 (12.188,73 m2), toda la zona ajardinada se articula alrededor de un camino peatonal, con un total de 7 plazas (3 amplias, y 4 de dimensiones más reducidas) en las que se podrá incluir, también, juegos de niños.

4.- Viales

La anchura mínima de los viales será la que se indica en la tabla siguiente, en función del uso global, la intensidad de la edificación y el carácter de la vía:

Uso Vial de único sentido Vial de doble sentido

Residencial

IEB>0,60m2t/m2s 16 m 20 m

0,60m2t/m2s>IEB>0,30m2t/m2s 12 m 16 m

IEB<0,30m2t/m2s 10 m 12 m

Terciario 16 m 20 m

Industrial 18 m 24 m

La red viaria proyectada se compone del viario de tránsito propiamente dicho y las zonas destinadas a aparcamiento. En el diseño de la red se ha buscado el mayor equilibrio entre el trazado y el relieve natural del terreno, evitando grandes movimientos de tierra.

A pesar de la gran complejidad que se presenta en un principio en este trabajo (debido a la complicada topografía del ámbito), se ha ajustado el proyecto de urbanización para reducir pendientes tratando de respetar en lo posible las cotas ya existentes. Finalmente, todos los viales tienen pendiente máxima del 6%, excepto en un tramo de una de las calles del sector, que tiene un 6,5% (está trazada sobre un terreno natural muy inclinado. Aunque en los proyectos de nueva construcción se debe diseñar con máximo del 6% (para el nivel adaptado), se justifica esta excepción porque existirá un itinerario con nivel adaptado (con pendientes que cumplen esta condición) a través de una zona verde (SJL-2) que precisamente se encuentra colindante con esta calle.

Todos los viales, incluso los dos que serán peatonales, aseguran el paso de los vehículos de emergencia, teniendo siempre una anchura de paso libre igual o superior a los 5 m. Las áreas

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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peatonales (tanto los viales así definidos, como las zonas de tránsito peatonal del sector: aceras y zonas verdes) están separadas del tránsito rodado.

En sectores de uso dominante residencial se admitirá que, un 25% de la superficie viaria total, tenga dimensiones mínimas inferiores en un 20% a las establecidas en el cuadro anterior para calles de nivel de distribución local o de importancia relativa menor.

Se ha diseñado un recorrido perimetral de carril - bici, que permite su conexión con la estructura de caminos rurales colindantes. Este carril (anchura de 2 m) tendrá una longitud total de 1.305 m. Se proyecta con pavimento que recibirá un tratamiento, terminado en color rojo que dotará a su superficie de un menor deslizamiento.

5.- Reserva mínima de aparcamientos

Los aparcamientos en vía pública se encuentran en los propios viales dispuestos en cordón o en batería a uno o ambos lados de la calzada con acceso directo a la misma.

La reserva de plazas de aparcamiento diferenciará entre plazas de aparcamiento privadas, situadas en el interior de las parcelas privadas, y plazas de aparcamiento públicas, dispuestas en los viales públicos o en zonas específicas de aparcamiento público. Por cada 100 m2t, o fracción, residencial se exigirá como mínimo, 1 plaza de aparcamiento privada y 0,5 plazas de uso público, en red viaria, reservas específicas o subsuelo.

Número de plazas mínimas:

49.268,74 m2 t *(tm

plazas2100

5,0) = 247 plazas.

En la ordenación propuesta se han colocado 247 plazas (todas ellas en cordón). Además, el sector debe contar con 493 plazas de aparcamiento de uso público. Las parcelas destinadas a la tipología edificatoria de viviendas en hilera (248 en total) tienen un patio delantero con una superficie mínima de 30 m (5 m de retranqueo x 6 m de fachada mínima). Esta superficie es adecuada para destinarla al aparcamiento de, al menos, un vehículo. Por otro lado, tanto si se edifica de manera unitaria como si se realizan promociones de viviendas adosadas, cabe la posibilidad que las plazas de aparcamiento privado se puedan disponer en sótano. En estos casos de exigirá (en las normas urbanísticas) al menos una plaza por cada 100 m2, o fracción, de edificabilidad residencial. La manzana destinada a viviendas de protección pública también tendrá aparcamientos privados en sótano, con al menos una plaza por cada 100 m2, o fracción, de edificabilidad residencial. De esta manera, se dará cumplimiento a las dotaciones mínimas de aparcamiento público privado.

Para el cálculo de plazas de aparcamiento se ha supuesto una longitud de 4,50 m para las plazas dispuestas en cordón y un ancho de 2,40 m para las dispuestas en batería, en cumplimiento de lo establecido en el ROGTU.

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6.- Edificabilidad Terciaria

Según el Artículo 208 del ROGTU, todos los sectores de uso residencial deben contar con un mínimo de edificabilidad terciaria. El Plan podrá optar por fijar un índice de edificabilidad terciaria al respecto, o bien regular en su normativa la compatibilidad de los usos terciarios que se prevean en el sector con el uso residencial dominante. Este mínimo de edificabilidad terciaria no podrá destinarse al uso de alojamientos turísticos sujetos a su reglamentación administrativa sectorial.

Según se establece en las Bases Particulares, el Sector Horta Baixa tendrá como uso característico o global el residencial. Por tanto, no se destina una parte de la edificabilidada a otros usos no residenciales. Ahora bien, según se establece en el apartado 6 del art. 208 del ROGTU, el sector debe tener un mínimo de edificabilidad terciaria, pero este Plan Parcial opta por no fijarlo, y sí regular la compatibilidad entre los usos residencial y terciario en las Normas Urbanísticas. En concreto, se prevé que la edificabilidad residencial en las plantas bajas de las viviendas (tipología ADO) y/o manzanas (tipología de Edificación Abierta Plurifamiliar) sea compatible con el uso terciario (aunque no podrá destinarse al uso de alojamientos turísticos sujetos a su reglamentación administrativa sectorial).

En resumen, a modo de tabla:

Zona verde 21.740,12 19,60% 71.728,48

Equipamientos 5.571,97 5,02% 64,68%

39.173,74

35,32%

Necesarias

Existentes

SD % (m2/m2t)

SD-RV-AV % (m2/m2t)

ZV % (m2/m2t)

EQ % (m2/m2t)

RV+AV % (m2/m2t)

- 17.244,06 7.390,31 4.926,87 -

63.399,35 27.312,09 21.740,12 5.571,97 36.087,26

- 0,55 0,44 0,11 -

Red viaria (Incluso RP

Incluida)

247

JUSTIFICACIÓN DE LAS DOTACIONES DE RED SECUNDARIA

Plazas de aparcamiento públicas

PLAN PARCIAL

0,35 m2s/m2t 0,10 m2s/m2t -

0,56 m2s/m2t

-

Aprovechamiento Tipo (Coef. de Corrección: 0,9 - 1)

0,35 m2s/m2t 0,15 m2s/m2t

Sup. Área de Reparto

Densidad (viviendas/Ha)

REGLAMENTO

IEB (m2t/m2s)

Red Primaria Incluida

Nº máximo de viviendas

40,05%

0,3883

124.479,67

109.486,10

396

247

36,2Superficie del

Sector

44.416,39

CUADRO RESUMEN DE PARÁMETROS

110.902,22

Superficie Computable del Sector

Edificabilidad Residencial (m2t)

0,451.416,12

49.268,75

49.268,75

Suelo Público afecto a su destino

(CV-415)

Índice de Edificabilidad Bruta (m2t/m2s)

Edificabilidad Bruta (m2t)

Índice Edificabilidad Residencial (m2t/m2s)

Dotaciones Públicas

Suelo con Aprovechamiento

Lucrativo

0,45

13.577,45Red Primaria Adscrita (CV-50)

8.329,13

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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7.- Suelo destinado a viviendas sujetas a algún régimen de protección pública.

Según la disposición transitoria octava del ROGTU, en tanto que el planeamiento municipal no cuente con el correspondiente estudio de necesidades de vivienda al que se refiere la disposición adicional sexta de la LUV, se establecerá el porcentaje correspondiente de edificabilidad residencial para vivienda protegida.

En el caso del municipio de Turís, como municipio incluido en la zona A, ese porcentaje se establece en un 25%.

Techo residencial sector 49.268,75 m2t

Techo vivienda protegida 12.317,2 m2t

Red Secundaria Descripción Superficie (m2) Red Primaria Descripción

Superficie (m2)

S.JL.1 9.551,39 Adscrita 13.577,45

S.JL.2 12.188,73 SUBTOTAL 13.577,45

SUBTOTAL 21.740,12 P.RV. Incluida 1 5.496,88

S.RD.1 5.571,97 P.RV. Incluida 2 2.832,25

SUBTOTAL 5.571,97 SUBTOTAL 8.329,13Z.V. no

computable 6.698,83 21.906,58

S.RV. 29.388,43

SUBTOTAL 36.087,26 2 Uds.

63.399,35 71,28

ZONAS VERDES

TOTAL Red Secundaria

RED VIARIA

EQUIPAMIENTOS

Equip. Privado - SID (CTs)

Superficie

RED VIARIA

RESERVA

TOTAL Red Primaria

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Manzana Zona de Ordenación Superficie (m2)

IEN=IEI (m2t/m2s)

Edificabilidad (m2t)

Nº Viviendas

M1 ADO 3.243,15 1,07 3.470,17 25

M2 ADO 2.227,42 1,00 2.227,42 16

M3 ADO 1.243,62 0,89 1.106,82 8

M4 ADO 3.049,54 1,09 3.324,00 24

M5 ADO 1.637,04 0,89 1.456,97 10

M6 EDA 5.133,12 2,88 14.783,39 148

M7 ADO 1.994,08 0,97 1.934,26 14

M8 ADO 4.024,40 1,07 4.306,11 31

M9 ADO 3.148,31 1,07 3.368,69 24

M10 ADO 861,92 0,97 836,06 6

M11 ADO 2.022,66 1,00 2.022,66 15

M12 ADO 3.307,37 0,97 3.208,15 23

M13 ADO 2.113,55 1,00 2.113,55 15

M14 ADO 5.096,28 1,00 5.096,28 37

39.102,46 49.254,53 396

m2t / viv138,8 ADO100 EDA

TOTALES

APROVECHAMIENTO LUCRATIVO

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2 ÁMBITO DE ESTUDIO.

El sector cuya programación se propone corresponde al Sector Residencial Horta Baixa del Concierto Previo del Plan General de Turís que se está tramitando, y se caracteriza por los siguientes lindes:

Norte: PQL-3 Fuente del Poll y suelo no urbanizable común.

Sur: Carretera provincial CV-415 y la carretera CV-50.

Este: Carretera CV-50.

Oeste: PQL-3 Fuente del Poll y carretera provincial CV-415.

El presente Sector presenta un área total de 110.902 m2. La zona en cuestión se encuentra comprendida entre las siguientes coordenadas:

Coordenadas UTM (Proyección ED 1950 30N):

X= 697.799 Y=4.363.284 y X=698.446 Y=4.362.766

Ilustración 2 Localización

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2.1 DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO. Por otra según el reglamento de paisaje el ámbito del estudio de integración paisajística está constituido por la cuenca visual, o territorio que puede ser observado desde la actuación, este se representara en un plano a escala 1/20.000 (plano 7 del presente estudio), sobre el que se marcarán los umbrales de nitidez a 500, 1.500 y 3.500 m de distancia desde la misma.

A estos efectos, se entiende por cuenca visual aquella parte del territorio desde donde es visible la actuación y que se percibe espacialmente como una unidad definida generalmente por la topografía y la distancia. La Cuenca Visual puede contener a su vez una parte de una Unidad de Paisaje, una Unidad completa o varias Unidades de Paisaje.

A continuación se incorpora imagen del ámbito de estudio considerado.

Ilustración 3 Cuenca visual de la actuación (Ámbito de estudio)

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Ilustración 4 Ortofoto del ámbito de la actuación

2.2 CARACTERISTICAS DEL AMBITO DE ESTUDIO El Plan Parcial se desarrolla, tal como se puede observar en el plano nº 1, en una zona situada al noreste del casco urbano de Turís (Valencia), por la que discurre por su parte este la carretera CV-50 y por el oeste la carretera CV-415, que separa el área de actuación del casco urbano de Turís.

Se trata de una zona dedicada al mayoritariamente al cultivo de secano (algarrobo, almendro y viña) aunque también existen parcelas dedicadas al cultivo de regadío (naranjo), existiendo zonas donde se aprecia un abandono de los cultivos (Ver foto).

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Foto 2: Vista de los cultivos del área del sector.

Foto 3: Carretera CV-50 el linde este del Sector, junto a la zona industrial.

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Foto 4 Vista de la intersección de las carreteras CV-415 y CV-50 desde el área de estudio.

Existen en la zona de estudio redes de infraestructura eléctrica de media tensión, así como líneas de cableado telefónico. También existen en el área postes que indican la presencia de la red de gas ciudad.

Al tratarse de parcelas dedicadas a la actividad agrícola encontramos en el área, infraestructuras relacionadas con los sistemas de riego, tanto por sistema de goteo como canales para el riego a manta.

Foto 5: Red eléctrica de media tensión en el área de estudio.

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Foto 6: Red telefónica en el ámbito de actuación.

Foto 7. Red de gas ciudad en el interior de la zona de estudio.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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Foto 8. Instalación de riego por goteo presente en el área.

Foto 9. Canal de riego en el área de actuación.

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2.2.1 USOS DEL SUELO Este análisis de los usos de suelo de Turís está basado en digitalización de los mismos sobre la base catastral de rústica y las ortofotos 1:5000 del ICV del vuelo del año 2000, con el apoyo de visitas de campo.

Tal como se puede ver en la siguiente tabla, de unas 8.050 ha superficiales (según el catastro de rústica) que tiene el término municipal de % del término estaría ocupados por usos urbanísticos, ya sea residencial o industrial; y más de 4.000 ha, casi el 54%, estaría dedicado a usos agrícolas. También hay que destacar la superficie forestal con más del 26% del término municipal.

USOS SUPERFICIE (ha)

Cultivos 4.291,00 Regadío 2.413,00 Secano 1.878,00 Terreno forestal 2.167,00 Urbano 820,11 Residencial 7.25,70 Industrial 94,42 Otros usos 771,89 TOTAL 8.050,00

Tabla 1. Usos de suelo en Turís.

Las zonas forestales son mayoritariamente de matorral con una cobertura arbórea de pino.

En cuanto a los usos agrícolas destacar que la mayoría son viñas, ocupando prácticamente 1320 ha del término municipal. También existen plantaciones de cítricos (1.268 ha), frutales (600 ha) y olivos (237 ha).

está dedicado al cultivo tanto de secano como de regadío. El cultivo de secano es mayoritario en el área, extendiéndose sobre todo al sur del sector, siendo la viña, los algarrobos y los almendros los más importantes. Los cultivos de regadío ocupan una extensión superficial menor, concentrándose en el norte del área y siendo en su mayoría cítricos (ver ilustración y plano nº 4).

Algunos de los cultivos mencionados anteriormente se encuentran en estado de abandono, así como algunas parcelas las constituyen eriales.

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Ilustración 5: Usos y aprovechamientos actuales del suelo.

Tal como se puede observar en las siguientes fotos los cultivos de secano de la zona son muy variados, encontrándose viñas, algarrobos, almendros y olivos (ver foto 10 y 11).

Foto 10: Cultivos de secano en el área de actuación.

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Foto 11: Campo de olivos en la zona de estudio

En la zona este del ámbito de estudio encontramos menos abundantemente campos de naranjos, algunos de ellos en estado de abandono.

Foto 12.Campo de naranjo en producción junto a campos de viñas y almendros

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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Foto 13: Parcelas con campos de naranjo abandonados situadas en área de ámbito de estudio.

Tal y como se pude apreciar en la siguiente fotografía, también existen la zona de actuación parcelas yermas, que a lo largo de los años se han convertido en eriales.

Foto 14. Parcela yerma en el ámbito de estudio.

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2.2.2 RELIEVES

Respecto a la orografía del término municipal de Turís, el relieve es ondulado y tiene una media de 300 metros. Entre las elevaciones de mayor altura destaca: la sierra del Castellet con 342 metros, la sierra de Canyamer con 330 metros, la sierra del Portell (357m.), la montaña del Calahuet (356 m) y los Molets con una altura de 342 metros.

En la zona de actuación se distinguen dos unidades fisiográficas, dando lugar a un relieve ondulado y con una pendiente comprendida entre el 2%-8% en gran parte del área de estudio, quedando una franja con un relieve llano (pendiente menor al 2%) en sur del área de actuación (Ver ilustración y plano nº 6).

Ilustración 6. Unidades fisiográficas de la zona de estudio.

Entre ambas unidades fisiográficas existe una zona de tránsito con pendiente elevada, dando lugar a un considerable desnivel del terreno, y pon tanto a grandes movimientos de tierras en la ejecución de la actuación. También cabe destacar, los desniveles generados por los taludes de la carretera CV-415 que delimita la zona, encontrándose elementos para el desagüe de las aguas en los mismos.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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Foto 15: Pendiente de terreno entre las unidades fisiográficas

Foto 16. Pendiente de los taludes de la carretera respecto a la zona de actuación.

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Foto 17. Abancalamientos en pendiente dentro del área.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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2.2.3 VEGETACION Y FLORA

2.2.3.1 VEGETACIÓN POTENCIAL Según Rivas-Martínez (1987) se entiende como vegetación potencial la comunidad estable que existiría en un área dada como consecuencia de la sucesión geobotánica progresiva si el hombre dejase de influir y alterar los ecosistemas vegetales . Unido a este concepto aparece el de serie de vegetación, entendido como el conjunto de formaciones vegetales relacionadas, en las cuales se incluyen todas las etapas de sustitución y degradación de una formación considerada como cabecera de serie, generalmente arbórea y que constituiría la vegetación potencial del territorio . Teniendo en cuenta estos conceptos, se puede interpretar que la vegetación potencial de un territorio se correspondería con la cabecera de la serie de vegetación existente en el mismo.

Para la descripción de la vegetación potencial de la zona se utilizará la clasificación de Rivas Martinez, expuesta en la memoria del Mapa de Series de Vegetación de España, publicado por el Instituto Nacional de Conservación de la Naturaleza (ICONA, 1987).

Así pues, la tipología biogeográfica del área estudiada será la siguiente:

Reino: Holártico Región: Mediterránea Subregión: Mediterránea Occidental Superprovincia: Mediterráneo-Iberico-Levantina Provincia: Catalana-Valenciano Balear Subprovincia: Valenciana Sector: Setabense Subsector: Valenciano

Desde el punto de vista bioclimático, el término municipal de Turís se encuentra en el piso bioclimático Mesomediterráneo de ombroclima predominantemente seco, que se corresponde con una formación vegetal durilignosa, y una etapa madura de las series climatófilas de bosque sempervirente.

La asociación vegetal clímax de la zona se denomina Querco-cocciferae-Pistacieto lentisco sigmetum, cuyo estrato arbóreo de las etapas maduras queda constituido por coscojas (Quercus coccifera), olivos (Olea europaea var. sylvestris) y lentiscos (Pistacia lentiscus).

En las zonas no cultivadas del piso Mesomediterráneo pueden observarse series degradativas de los carrascales termófilos Rubio-Quecetum rotundifoliae.

2.2.3.2 VEGETACIÓN ACTUAL El área de actuación como ya se ha comentado en apartados anteriores, se dedica principalmente al cultivo de secano, basándose en la viña (Vitis vinífera). También encontramos una zona dedicada al cultivo de cítricos, concretamente los pertenecientes al grupo de las navel y del mandarino (Citrus aurantium var.sinensis)

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Como formaciones asociadas a estos cultivos en producción o en proceso de abandono, encontramos en toda el área de estudio vegetación arvense, y por otro lado las formaciones nitrófilas y halonitrófilas asociadas a otro tipo de ambientes como bordes de camino, terrenos baldíos, etc., vegetación ruderal y viaria.

La vegetación de este tipo encontrada en la zona corresponde a vegetación de origen antropogénico o nitrófila, que surge como alteración de los ecosistemas vegetales por la actividad del hombre.

Para profundizar en el estudio de la vegetación de la zona, se distinguirán tres unidades (ver la siguiente ilustración):

1. Unidad de vegetación Nitrofila-arvense.

2. Áreas sin vegetación o vegetación arvense

3. Vegetación riparia con vegetación arvense-nitrofila.

Ilustración 7 Unidades de vegetación

Unidad de vegetación nitrofila-arvense:

Esta unidad se corresponde con las zonas asociadas a los cultivos agrícolas, pero que no se encuentran directamente cultivadas. Se presentan en zonas no cultivadas y en los márgenes de cultivos y caminos. Las formaciones vegetales presentes se corresponden por una parte con las comunidades arvenses (formaciones anuales) que colonizan los campos de cultivo y por otro lado las formaciones con mayor carácter ruderal que se establece en los márgenes de campos y carreteras.

Las especies de vegetación arvense dominante en el área pertenecen a las familias de crucíferas y gramíneas.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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En los bordes de camino con frecuencia se encuentran formaciones vegetales anuales que se corresponden con las siguientes formaciones Aristidio coerulescentis-Hyparrhenietum hirtae, Inulo viscosae-Oryzopsietum miliceae y Plantagini albicantis-Stiptum parviflorae.

En esta unidad también encontramos la vegetación de los cultivos, que poseen unas características de manejo de intensidad media o baja que permiten el desarrollo de muy diversas especies de flora silvestre, desde especies de matorral que permanecen en setos y en zonas no roturadas, hasta otras especies arvenses y rupestres asociadas más claramente a la presencia del propio cultivo, y ya mencionadas en la unidades de vegetación anteriores.

El tipo de cultivo más abundante en el área de estudio es la vid (Vistis vinifera).

También existen parcelas de cultivo de cítricos, que está conformada por un estrato arbóreo de Citrus ssp, .y un manto herbáceo de carácter nitrófilo, formando la asociación denominada Citro-Oxalidetum pedis-caprae (O. Bolós, 1975).

A continuación aparece la composición florística de la asociación Citro-Oxalidetum pedis-caprae

ESTRATO ARBOREO ESTRATO HERBÁCEO ASOCIADO Citru ssp. Oxalis prescapae, Fumaria sp, Senecio vulgaris, Calendula arvensis, Verónica polita,

Malva sylvestris, Convoluvus arvensis, Euphorbia helioscopio, Arisarum vulgare, Diplotaxis erucodie, Eragrostis barrelieri, Sonchus olearaceus.

Áreas sin vegetación o vegetación arvense

Se presenta en zonas urbanizadas, caminos y carreteras, donde normalmente no existe vegetación y en el caso de existir se corresponden por una parte con las comunidades arvenses (formaciones anuales)

Unidad de vegetación riparia:

La vegetación de ribera es de tipo azonal, relativamente independiente del clima general del territorio.

El cauce del barranco a su paso por el área de estudio, está ocupado por zarzas y zonas con un cañaveral con escasa diversidad. Encontrándose mezclada con un manto herbáceo de carácter nitrófilo,

Las formaciones vegetales presentes en el área de estudio, no recogen especies de interés ni reguladas. Por tanto, la flora del ámbito de estudio no presenta una importancia significativa que vaya más allá que la del propio cultivo como tal. Respecto a la vegetación nitrófila de carácter arvense y rupestre, su importancia ecológica reside en ser plantas colonizadoras, y su adaptabilidad para vivir en ambientes de condiciones muy alteradas.

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42

Por lo mencionado anteriormente, se puede concluir que las comunidades vegetales del ámbito de estudio no son relevantes y su conservación o integración en la ordenación del sector carece de valor.

2.2.4 AREAS DE INTERES PARA LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA.

2.2.4.1 MUELA DE

En base a la Directiva 92/43/CEE, conocida como la directiva de hábitats, que recoge la 79/409/CEE conocida como la directiva de aves, la Comunidad Valenciana designó una lista de

) y que pasan a formar parte de la Red Natura 2000 automáticamente. El objetivo general de la Directiva 79/409/CEE es asegurar la protección eficaz de todas las aves que viven en estado silvestre en los estados miembros, mediante la protección, conservación, restauración y creación de los hábitats necesarios para que sus poblaciones puedan persistir a lo largo del tiempo, así como mediante la regulación de las prácticas de captura y del comercio de aquellas especies que tradicionalmente han sido consideradas como cinegéticas.

Sierra de Martés Muela de Cortés, con una superficie . Parte del área de esta zona ZEPA, tal

como se puede observar en la siguiente ilustración, se encuentra dentro del término municipal de Turís, más concretamente al sur de éste, no afectando al área de actuación.

Ilustración 8. Localización de la zona ZEPA-LIC Sierra de Martés Muela de Cortés en el TM de Turís.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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En el área de estudio no se encuentran espacios de interés para la conservación de la naturaleza, tales como Espacios naturales protegidos, LICs, ZEPAS, Zonas Húmedas, Microreservas u otros.

2.2.4.2 OTRAS ÁREAS DE INTERÉS. MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA. No hay en la zona de estudio ni el término municipal de Turís

El sector norte del área de actuación se encuentra limitando con suelo forestal según el Inventario Forestal de la Comunidad Valencial.

Ilustración 9. Suelo forestal y montes de utilidad pública cerca del ámbito de estudio.

2.2.5 PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO, ARQUITECTÓNICO Y ETNOLÓGICO. El patrimonio cultural valenciano es una de las principales señales del pueblo valenciano y el testimonio de su contribución a la cultura universal. Los bienes que lo integran constituyen un legado patrimonial de inapreciable valor, cuya conservación y enriquecimiento corresponde a todos los valencianos y especialmente a las instituciones y los poderes públicos que lo representan.

La ley trata de fomentar el aprecio general del patrimonio cultural, a través de educación y la información, como el medio más eficaz de asegurar la colaboración social en su protección y conservación.

Entendemos que el patrimonio susceptible de protección no es solamente el arquitectónico, sino también todos aquellos aspectos de índole arqueológica, agrícola, territorial, etc. que forman parte de la memoria histórica de una colectividad. La Ley del Patrimonio Histórico Español declara que el patrimonio histórico está formado por los inmuebles y objetos muebles

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de interés artístico, histórico, paleontológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico.

Para el siguiente inventario nos basaremos en los datos de la Direcció General de Patrimoni Cultural Valencia de la Consellería de Cultura, Educació i Esports (datos extraídos de su página web www.cult.gva.es Área de Patrimonio cultural).

Ha de tenerse en cuenta que la información respecto al patrimonio cultural se encuentra en constante actualización.

En la actualidad en el término municipal de Turís hay numerosos yacimientos arqueológicos, elementos arquitectónicos y etnológicos, tales como:

Listado de yacimientos arqueológicos:

o Alquería. Núcleo Urbano de Turís: al Libro del Repartimiento aparece la donación de la

alquería de Turís, en la Vall de Alcalá el 23 de abril de 1238 a Gombáu Entesa. En 1241, la

iglesia de Valencia concede a Gombáu Entesa " el tercio delmo del Castillo de Turís". Al

censo de 1510 aparecen registradas 110 casas.

o Alto del Collado de los Barracones: poblado del Bronce Valenciano que se sitúa en el

"Monte de la Carencia", al este del yacimiento ibérico. Se trata de un pequeño morrote de

346 m.s.n.m., que controla el paso por el norte y el sur de la Sierra. En superficie se

recuperaron fragmentos cerámicos hechos a mano, sílex, molinos, etc.

o Calabarra: asentamiento romano en llano. En la superficie esta la Masía de Calabarra,

perteneciente a los Condes de Trenor. En los alrededores aún puede recogerse material

cerámico disperso.

o Campillo: poblado en llano. Sin restos de estructuras.

o Campillo II: posible villa romana en llano. Sin restos de estructuras

o Carencia: asentamiento localizado en la parte alta del Turon de la Carencia, a 379 m.s.n.m.

Poblado ibérico, la acrópolis de la cual, totalmente amurallada, empieza alrededor del siglo

IV aC. Después de sufrir un incendio o una destrucción, este poblado se romanizo

siguiendo el poblado hasta la época medieval.

o Ciscar: Posible villa romana. Sin restos de estructuras.

o El Canyamar: asentamiento romano situado en la parte baja del Carrascal, al sur del

Olivereta del Canyamar. Se recuperó una moneda de

sepulcral con una inscripción latina donde se puede

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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leer CAESIA-HSE. Actualmente. Debido a las tareas agrícolas aún se observan fragmentos

cerámicos romanos, fundamentalmente de ánforas.

o El Castellet: pequeña elevación situada al noroeste de la conocida como Sierra del Catellet,

con una altura de 345 m.s.n.m, en la cual además de un pequeño asentamiento del Bronce

Valenciano, aparecen por encima restos constructivos de una fortificación de la época

mediaval, de la cual aún persisten estructuras.

o El Llano: poblado en llano de difícil adscripción cronológica por falta de datos.

o El Llano II: villa romana sin restos de estructuras.

o El Llano III: villa romana sin restos de estructuras.

o El Montrotón: pequeño poblado del Bronce Valenciano que se asienta sobre una pequeña

elevación de 332 m.s.n.m en la cual se han recogido desde antiguo abundantes fragmentos

de cerámica, sin decorar, molinos de piedra braquiformes y escasos restos contractivos

debido a la erosión.

o Huerto de Fundio o Fandetx: en los alrededores del Molino de la Cueva aparecieron en

1877 una cabeza de mármol blanco de un o una joven coronado. Podría ser una

representación de Baco.

o La Devesa: poblado o villa en llano, sin restos de estructuras.

o ra: villa romana con abundante cantidad de material en superficie pero sin restos

de estructuras. El yacimiento se extiende a la parcela superior (de algarrobos) y a la viña

situada en la parte izquierda del camino.

o pequeña elevación con la cima llana, que tiene una altura de

329 m.s.n.m. y en la cual se ubica un pequeño poblado que podría adscribirse a la cultura

del Bronce Valenciano, según las cerámicas recogidas en superficie.

o Masía de Cortixelles: yacimiento romano en llano, cercano al yacimiento de Calabarra y

que, actualmente, linda con el Mas de Cortixelles. Ambas masías, antes villas romanas,

controlan el paso de antigua vereda que ahora se encuentra en peligro de desaparecer

debido a la intensa urbanización rústica de la zona.

o Pavia: en un campo de algarrobos se recogieron en superficie un gran número de

fragmentos cerámicos bastante erosionados.

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Listado de Etnología:

Respecto a los elementos etnológicos del término municipal de Turís, considerados como bienes inmuebles de la Comunidad Valenciana, cabe destacar que tan sólo se encuentran catalogados como tales, retablos cerámicos de las siguientes imágenes:

La Purísima

San Miguel

San Cristóbal

Aunque en el término municipal Turís existen bastantes bienes culturales de carácter arquelógico, en la zona ámbito del presente estudio no se tiene constancia de ningún yacimiento arqueológico o paleontológico, o de elemento alguno etnológico (Ver plano nº 24). En el caso de que se localizará alguno, se paralizará la obra para su estudio y valoración, debiéndose poner en conocimiento del Ayuntamiento en un plazo de 48 horas.

Cabe reseñar que en la zona oeste del sector se encuentra ubicada la Fonteta el Poll, lugar de peregrinaje en las fiestas de Pascua. Este enclave se protegerá en la futura urbanización, y se integrará en una zona verde (Ver foto).

Foto 18. Paraje de la Fonteta del Poll

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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3 NORMAS, PLANES, ESTUDIOS Y PROYECTOS DE CARÁCTER TERRITORIAL, URBANÍSTICO, AMBIENTAL QUE SEAN DE APLICACIÓN.

URBANISMO, ORDENACIÓN TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL

Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Patrimonio Cultural

Valenciano.

Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones (BOE nº 89, de 14

de abril de 1998).

Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y

programas en el medio ambiente (BOE nº 102, de 29 de abril de 2006).

Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para

contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats

naturales y de la fauna y flora silvestres (BOE nº 310, de 28 de diciembre de 1995).

Real Decreto 1193/1998, de 12 de junio, por el que se modifica el Real Decreto

1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a

garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitat naturales y de la

fauna y flora silvestre (BOE nº 151, de 25 de junio de 1998).

Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales

Protegidos de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 2.423, de 09 de enero de 1995).

Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección

del Paisaje (DOGV nº 4.788, de 2 de julio de 2004).

Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, del Suelo No

Urbanizable (DOGV nº 4900, de 10 de diciembre de 2004).

Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana

(DOGV nº 5.167, de 31 de diciembre de 2005).

Ley 9/2006, de 5 de diciembre, reguladora de campos de golf en la Comunidad

Valenciana (DOGV nº 5.403, de 7 de diciembre de 2006)

Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de

Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (DOGV nº 5.264bis, de 23 de mayo de

2006).

Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento

de Paisaje de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 5.325, de 16 de agosto de 2006).

Orden de 8 de marzo de 1999, de la Conselleria d'Obres Públiques, Urbanisme i

Transports, por la cual se declaran de necesaria observación en la redacción de los

planes urbanísticos o territoriales que se formulen en el ámbito de la Comunidad

Valenciana determinadas cartografías temáticas y estudios integrados del Sistema de

Información Territorial publicados por esta Conselleria.

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48

Orden de 15 de febrero de 2000, del conseller d'Obres Públiques, Urbanisme i

Transports, por la cual se amplían las cartografías temáticas declaradas de necesaria

observación en la redacción de los planes urbanísticos o territoriales que se formulen

en la Comunidad Valenciana, por Orden de 8 de marzo de 1999 de esta Conselleria.

Plan general de Turís, que se está tramitando, informado favorablemente al Concierto Previo por parte del Director General de Urbanismo y Ordenación Territorial el 16 de diciembre de 2.002 y que está aprobado provisionalmente en fecha 25 de mayo de 2.007.

IMPACTO AMBIENTAL

Directiva 97/11/CE del Consejo de 3 de marzo de 1997 por la que se modifica la

Directiva 85/337/CEE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados

proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (DOCE nº L 73 de 14 de marzo

de 1997).

Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001

relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el

medio ambiente (DOCE nº L 197, de 21 de junio de 2001).

Directiva 2003/35/CE, de 26 de mayo de 2003, por la que se establecen las medidas

para la participación del público en la elaboración de determinados planes y

programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modifican las Directivas

85/337/CEE y 96/61/CE

Ley 2/1989 de la Comunidad Valenciana, de 3 de marzo de 1989, de Impacto

Ambiental (DOGV nº 1021, del 1 de marzo de 1989).

Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de

28 de junio, de evaluación de impacto ambiental (BOE nº 111, de 9 de mayo 2001).

Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y

programas en el medio ambiente.

RDL 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (BOE nº 155, de

30 de junio de 1986).

RD 1131/1988, de 30 de Septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la

ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio de Evaluación de

Impacto Ambiental. (BOE nº 239, de 5 de Octubre de 1988).

RDL 9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986,

de 28 de junio, de EIA (BOE nº 241, de 7 de octubre 2000).

Decreto 162/1990 de la Comunidad Valenciana, de 15 de octubre de 1990,

Reglamento de la Ley de 3 de Marzo de 1989, de impacto ambiental (DOGV nº 1412,

de 30 de octubre de 1990).

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

49

Decreto 32/2006, de 10 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se modifica

el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se

aprobó el Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de la

Generalitat, de Impacto Ambiental.

ORDEN de 3 de enero de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda por la que se

establece el contenido mínimo de los estudios de impacto ambiental que se hayan de

tramitar ante esta Conselleria. (DOGV nº 4922, de 12 de enero de 2005)

OTROS

Ley 2/2006, de 5 de mayo. Ley de prevención de la contaminación y calidad ambiental

(DOGV nº 5256, de 11 de mayo de 2006).

Ley 3/1989, de 2 de mayo, de Actividades Calificadas de la Comunidad Valenciana

(DOGV nº 1057, de 4 de mayo de 1989).

Ley 38/1972 de Protección del Ambiente Atmosférico, de 22 de diciembre (BOE nº

309, de 26 de Diciembre de 1.972.) Modificada por Ley 16/2002, de 1 de julio, de

prevención y control integrados de la contaminación

Real Decreto 314/2006, de 17de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de

Edificación (BOE nº 74, de 28 de marzo de 2006).

Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, de la Generalitat, de Prevención de la

Contaminación y Calidad Ambiental. Desarrolla la Ley 2/2006 (DOGV nº 5350)

Orden ITC/2581/2006, de 28 de julio, por la que se definen los patrones nacionales de

las unidades derivadas, del sistema internacional de unidades, de capacidad eléctrica,

concentración de ozono en aire, flujo luminoso, impedancia en alta frecuencia,

resistencia eléctrica, ruido electromagnético en alta frecuencia, tensión eléctrica,

actividad (de un radionucleido), kerma (rayos x y ), dosis absorbida, ángulo plano,

densidad de sólidos, fuerza, presión, volumen, atenuación en alta frecuencia,

humedad e intervalo de medida de alta tensión eléctrica (superior a 1000 V) (BOE nº

186, de 5 de agosto de 2006).

Norma básica NBE-CA-88, sobre condiciones acústicas en los edificios.

Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido.

En las bases particulares de aplicación al Sector Residencial Horta Baixa, en concreto la Base VI. Parámetros Urbanísticos (articulo 131.2.c de la Ley Urbanística Valenciana) es donde se especifican estos parámetros a cumplir y seguir para el desarrollo del programa y que se han tomado de las fichas de gestión del Plan General en tramitación.

Además, se han de seguir los objetivos definidos en la Base VII. Criterios y objetivos urbanísticos y territoriales (art. 131.2.d) Ley Urbanística Valenciana) y en la Base VIII. Objetivos de edificación privada (art. 131.2.e) Ley Urbanística Valenciana.

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4 NORMAS DE CARÁCTER PAISAJÍSTICO QUE LE SON DE APLICACIÓN.

Al no existir un Estudio de Paisaje del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Llíria, las únicas normas de aplicación de carácter paisajístico son las de aplicación directa del capítulo I del Reglamento de Paisaje.

CAPÍTULO I

NORMAS DE APLICACIÓN DIRECTA

Artículo 18. Normas de aplicación directa

1. Las construcciones habrán de adaptarse al ambiente en que se sitúen. No se admitirán actuaciones individuales que distorsionen el cromatismo, la textura y las soluciones constructivas de los edificios o del conjunto en el cual se ubiquen.

2. No se permitirá que la situación o dimensiones de los edificios, los muros, los cierres, las instalaciones, el depósito permanente de elementos y materiales o las plantaciones vegetales rompan la armonía del paisaje rural o urbano tradicionales, o desfiguren su visión.

3. En el suelo no urbanizable, sin perjuicio de la aplicación de las normas anteriores, serán, además, normas de aplicación directa para las construcciones y edificaciones las siguientes:

a) Las edificaciones en suelo no urbanizable deberán ser acordes con su carácter aislado, armonizando con el ambiente rural y su entorno natural, conforme a las reglas que el planeamiento aplicable determine para integrar las nuevas construcciones en las tipologías tradicionales de la zona o más adecuadas a su carácter.

b) No podrán levantarse construcciones en lugares próximos a carreteras, vías pecuarias u otros bienes de dominio público, sino de acuerdo con lo que establezca la legislación específicamente aplicable.

4. En el medio rural, además de la aplicación de las normas del apartado anterior serán normas de aplicación directa las siguientes:

a) No podrán realizarse construcciones que presenten características tipológicas o soluciones estéticas propias de las zonas urbanas, salvo en los asentamientos rurales que admitan dicha tipología.

b) Se prohíbe la colocación y mantenimiento de anuncios, carteles y vallas publicitarias, excepto los que tengan carácter institucional o fin indicativo o informativo, con las características que fije, en su caso, la administración competente o, tratándose de dominio público, cuente con expresa autorización demanial y no represente un impacto paisajístico.

c) Las nuevas edificaciones deberán armonizar con las construcciones tradicionales y con los edificios de valor etnográfico o arquitectónico que existieran en su entorno inmediato. Además, deberán tener todos sus paramentos exteriores y cubiertas terminadas, empleando formas, materiales y colores que favorezcan una mejor integración paisajística, sin que ello suponga la renuncia a lenguaje arquitectónico alguno.

Por otra parte, tampoco se han caracterizado las unidades de paisaje y recursos paisajísticos del ámbito de estudio. Por esto se han definido unas unidades de paisaje y unos recursos

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

51

paisajísticos de manera que permitan identificar y caracterizar el paisaje del entorno y los conflictos que pueda generar este Programa sobre los mismos.

4.1 IDENTIFICACIÓN DE LAS UNIDADES DE PAISAJE. El estudio de las unidades de paisaje a las que se refiere el artículo 34 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana permite la comprensión y visualización de la estructura y el funcionamiento general del territorio y de la diversidad paisajística de cada uno de los ámbitos del planeamiento territorial, de modo que las unidades de paisaje expresan los grandes conjuntos paisajísticos existentes en cada uno de los ámbitos territoriales.

Las unidades de paisaje son porciones del territorio homogéneas, con un mismo carácter, es decir, están caracterizadas por un conjunto de elementos que contribuyen a que un paisaje sea diferente de otro, y no por ello mejor o peor. Así, las unidades de paisaje en los estudios de paisaje se basan, principalmente, en los elementos que estructuran el territorio (las montañas, los ríos o la red de caminos) y en su organización (suelo agrícola, forestal o urbano), pero considerando al mismo tiempo que este paisaje cuenta con unas dinámicas determinadas que han contribuido a modelar su imagen actual (procesos irreversibles de urbanización de primera y segunda residencia, transformaciones agrícolas...) y con una tradición cultural y una historia particular.

El carácter de la unidad dependerá, pues, de la combinación de formas del relieve (montaña, valles, llanos...), cubiertas del suelo (cultivos, zonas urbanizadas, bosques de ribera...), organización del espacio, dimensión histórica (estructuras paisajísticas seculares y modernas...), percepción (textura, colores, formas...), o de las relaciones que se establecen entre la población y su paisaje.

Así pues, la unidad de paisaje entendida como una parte del territorio caracterizada por una combinación específica de componentes paisajísticas de índole ambiental, cultural y estética y de dinámicas claramente reconocibles que le confieren una idiosincrasia diferenciada del resto del territorio. La definición de las unidades se basa en elementos paisajísticos perdurables en el tiempo, para asegurar que los catálogos tengan un período de vigencia elevado. Las variables paisajísticas que sirven para delimitar las unidades de paisaje en el caso de Llíria, son:

Los factores fisiográficos y, en especial, el relieve.

Los usos y las cubiertas del suelo, cuyo estudio permite identificar la disposición

espacial característica de cada paisaje.

La dimensión histórica del paisaje, es decir el factor humano como principal agente

transformador del paisaje desde una perspectiva histórica. El paisaje es un reflejo de

las formas y estructuras paisajísticas que hemos heredado, como por ejemplo los

patrones urbanos (forma y dimensiones del núcleo), la estructura parcelaria y de la

propiedad, las tipologías de asentamiento en el territorio (dispersión o concentración

poblacional), la distribución histórica de determinadas actividades productivas

(bancales, industriales o actividades extractivas), las infraestructuras hidráulicas

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.

52

(embalses, red de canales y de riego), o la red de caminos antiguos u otras

infraestructuras de comunicación y transporte.

La estructura del paisaje, analizada desde la ecología del paisaje.

El estudio de visibilidades. Este aspecto es muy importante para la definición de las

unidades de paisaje, ya que la observación y comprensión del paisaje está fuertemente

condicionada por la existencia de unos ciertos puntos de observación y de recorridos

visuales (hitos topográficos, núcleos urbanos, vías de comunicación,...), que son los

que en mayor medida contribuyen a la percepción del paisaje.

Detección de dinámicas recientes y tendencias inmediatas.

El sentimiento de lugar. El paisaje es mucho más que un conjunto de componentes

naturales, estéticos o el resultado de unos factores históricos y socioeconómicos que

han intervenido sobre el territorio.

La cantidad y diversidad de variables paisajísticas que pueden utilizarse para la caracterización del paisaje constituye, de entrada, una seria dificultad metodológica. En este sentido, la metodología que se utiliza para caracterizar los paisajes parte de tres premisas fundamentales:

que sea sencilla,

que se sirva de la mayor información disponible posible

y que sea útil para el planeamiento territorial, urbanístico.

Para el caso de Turís se basa en la siguiente información:

Ortofotos.

Cartografía de usos de suelo, obtenida a partir de las ortofotos, basas cartográficas existentes y trabajo de campo.

Relieve, obtenido como integración de varias fuentes: Cartografías temáticas, topográficos a escala 1:2000, y modelos digitales de elevación basados en las informaciones anteriores.

Plan Forestal de la Comunidad Valenciana.

Cartografía de espacios naturales protegidos.

Para la integración de la información anterior se han utilizado herramientas SIG.

Las unidades de paisaje obtenidas, tal como se puede observar en la siguiente ilustración, son:

Zonas agrícolas (mosaico de cultivos diversos)

Zonas Forestales

Zonas Industriales

Zonas urbanas (casco urbano de Turís)

Zonas urbanas (2ª residencias)

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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Ilustración 10 Unidades de paisaje.

4.2 IDENTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS PAISAJÍSTICOS. Para este punto, nos hemos basado en el apartado b) del artículo 35 del Reglamento del Paisaje según el cual, los elementos que por su interés cultural y patrimonial o con algún grado de protección pudieran verse afectados de alguna manera, deberán catalogarse.

Por este motivo, incluimos los siguientes elementos:

ALT DEL COLLADO DELS BARRACONS

CALAHUET

CERÁMICA

CÍSCAR

EL CANYAMAR

EL CASTELLET

EL MONTROTÓN

LA MISTERA

Recursos de carácter cultural identificados a partir del proceso de participación pública:

FONT DEL POLL

En cuanto a los recursos de valor visual y/o ambiental en base al apartado a) y c) del artículo 35 del Reglamento del Paisaje según el cual, se han detectado lo siguientes elementos que por su interés ambiental y visual, con algún grado de protección pudieran verse afectados de alguna manera, estos son:

La red de barrancos de Turis (Dominio público hidráulico)

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Vistas desde la CV-50

Ilustración 11 Recursos paisajísticos.

4.3 VALORACÍON DE LA CALIDAD PAISAJÍSTICA. En la actualidad hay un creciente reconocimiento de la calidad estética del entorno natural y de la importancia del paisaje como recurso.

alor estético de un paisaje, depende mucho de la interpretación del que lo percibe, de ahí la dificultad de la valoración de la calidad de un paisaje.

Podemos decir que se entiende por calidad de un paisaje «el grado de excelencia de éste, su mérito para no ser alterado o destruido o de otra manera, su mérito para que su esencia y su estructura actual se conserve» (BLANCO, 1979). El paisaje como cualquier otro elemento tiene un valor intrínseco, y su calidad se puede definir en función de su calidad visual intrínseca, de la calidad de las vistas directas que desde el se divisan, y del horizonte escénico que lo enmarca, es decir, es el conjunto de características visuales y emocionales que califican la belleza del paisaje.

Por otra parte el reglamento de paisaje en su artículo 37 determina que el valor del paisaje vendrá dado por sus razones ambientales, sociales, culturales o visuales, junto a las preferencias de la población y la visibilidad de las distintas unidades y recursos de paisaje.

Por todo esto se plantean tres tipos de métodos de valoración desde el punto de vista técnico de la calidad del paisaje, estos son:

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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Métodos directos: La valoración se realiza a partir de la contemplación de la totalidad

del paisaje.

Métodos indirectos: La valoración se realiza a través del análisis de:

o Componentes del paisaje

o Categorías estéticas por medio de sistemas de agregación con o sin

ponderación y métodos estadísticos de clasificación.

Métodos mixtos: Que valoran directamente, realizando después un análisis de los

componentes para averiguar la participación de cada uno en el valor total.

Para la valoración de la calidad del paisaje en este estudio, y por las características físicas de la zona, se aplica para su valoración un método de valoración a través de los componentes del paisaje.

Ilustración: Modelo de calidad del paisaje

Los componentes son:

Fisiografía

La calidad fisiográfica de la unidad del paisaje se valora en función de dos aspectos, el desnivel y la complejidad topográfica. Este criterio pretende asignar una mayor calidad

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unidades más abruptas, frente a las que corresponden a valles abiertos dominados por formas llanas.

Vegetación y usos del suelo

La vegetación y los usos del suelo son un factor fundamental para evaluar la calidad de paisaje por ser un elemento extensivo a todo el territorio. Se han tenido en cuenta la diversidad de formaciones, ya que es muy diferente desde el punto de vista paisajístico en este territorio la calidad de una zona con mezclas irregulares de varias formaciones. En segundo lugar la calidad visual de cada formación, en la que se considerará mejor aquella que se acerque más a la vegetación natural, o aquellos usos que, dado su carácter tradicional, estén ya integrados en el entorno.

Presencia de agua

La presencia de láminas de agua en un paisaje constituye un elemento de indudable valor

paisajístico. Se valora la presencia de agua que se percibe en el conjunto de la unidad, no

aquella que aunque esté no es un elemento dominante en la misma.

Grado de Humanización o antropización.

La abundancia en el paisaje de estructuras artificiales supone una disminución de la calidad del paisaje. Para medir la distribución de esta variable en el territorio se han utilizado los parámetros de proximidad de carreteras y proximidad de la población.

La integración de estos aspectos se obtiene mediante combinación de las clases de calidad de cada uno de los aspectos que forman el modelo de calidad visual del paisaje. El resultado de la aplicación del modelo permite establecer cinco clases de calidad en la valoración del territorio.

Por otra parte, en punto 7 del artículo 37 del Reglamento de Paisaje dice que caso deberá atribuirse el máximo valor a los paisajes que ya están reconocidos por una figura de la legislación en materia de

Por lo que considerando, todos los recursos paisajísticos determinados tienen otras protecciones de carácter cultural y/o ambiental, se les ha reconocido a todos ellos el máximo valor paisajístico.

4.4 FIJACIÓN PROVISIONAL DE LOS OBJETIVOS DE CALIDAD PAISAJÍSTICA

Al no existir estudio de paisaje vigente en el municipio de Llíria, se han determinado unos objetivos de calidad paisajística provisional, que según el artículo 38 del Reglamento de Paisaje para cada Unidad de Paisaje y Recurso Paisajístico se fijará un objetivo de calidad paisajística,

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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a partir del valor paisajístico otorgado conforme a lo establecido en punto anterior. Los objetivos de Calidad Paisajística de acuerdo a este Reglamento, serán uno de los siguientes objetivos:

a) Conservación y mantenimiento del carácter existente.

b) Restauración del carácter

c) Mejora del carácter existente a partir de la introducción de nuevos elementos o la gestión de los existentes.

d) Creación de un nuevo paisaje.

e) Una combinación de los anteriores.

Considerando que todos los recursos paisajísticos, a excepción de las vitas desde la CV-50 y la Fonteta del Poll tienen algún tipo de protección cultural-patrimonial, el principal objetivo de calidad paisajística será el de conservación y mantenimiento del carácter existente.

Los Objetivos Provisionales de Calidad Paisajística previstos para los distintos recursos y unidades de paisaje son los que se reflejan en las siguientes fichas.

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4.5 FICHAS DE UNIDADES DE PAISAJE. A continuación se adjuntan las fichas correspondientes a cada una de las Unidades de Paisaje definidas en el presente documento.

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4.6 FICHAS DE RECURSOS PAISAJÍSTICOS

RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 1 Nº DE HOJA 1/2

DENOMINACIÓN: ALT DEL COLLADO DELS BARRACONS

TIPO: Poblado

EMPLAZAMIENTO: 701800 4360799 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 1 Nº DE HOJA 2/2

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN:

Poblado del Bronce Valenciano que se sitúa en el "Monte de la Carencia", al este del yacimiento ibérico. Se trata de un pequeño espolón de 346 m.s.n.m., que controla el paso por el norte y sur de la Sierra. En superficie se recuperaron aún fragmentos cerámicos a mano, sílex, molinos, etc.

FOTOGRAFÍAS:

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Conservación y mantenimiento del carácter existente.

OBSERVACIONES:

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 2 Nº DE HOJA 1/2

DENOMINACIÓN: CALAHUET

TIPO: Poblado ibérico

EMPLAZAMIENTO: 697899 4363585 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 2 Nº DE HOJA 2/2

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN:

Sobre un cerro que tiene una superficie bastante llana está este poblado ibérico pequeño. Tiene una muralla de piedras y sillares alrededor el yacimiento a una cota de 297 metros. En el interior hay un gran muro que discurre por gran parte del poblado. Por detrás está cortado por un campo de vides. Al sudeste se ve La Carencia y al sur el pueblo de Turís que está muy próximo. La fuente del Poll también está próxima.

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Conservación y mantenimiento del carácter existente.

OBSERVACIONES:

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 3 Nº DE HOJA 1/1

DENOMINACIÓN: CERÁMICA

TIPO: Dispersión de materiales

EMPLAZAMIENTO: Puntos dispersos por todo el término municipal

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN: Dispersión de puntos donde se han localizado cerámica romana, ibérica e ibero-romana.

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Conservación y mantenimiento del carácter existente.

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 4 Nº DE HOJA 1/2

DENOMINACIÓN: CÍSCAR

TIPO: Villa

EMPLAZAMIENTO: 699600 4363399 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 4 Nº DE HOJA 2/2

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN: Posible villa romana. Sin restos de estructuras.

FOTOGRAFÍAS:

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Conservación y mantenimiento del carácter existente.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 5 Nº DE HOJA 1/2

DENOMINACIÓN: EL CANYAMAR

TIPO: Asentamiento

EMPLAZAMIENTO: 699900 4363099 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 5 Nº DE HOJA 2/2

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN:

Asentamiento romano situado en la parte baja del Carrascal, al sur del poblado del Bronce Valenciano del Aligustre del Canyamar. Se recuperó una moneda de plata republicana y un tosco "cipo" sepulcral con inscripción latín donde se puede leer: CAESIA-HSE. Fue incluida por Sanchis Sivera a su Repertorio (nº 414). Actualmente, debido a las tareas agrícolas aún se observan fragmentos cerámicos romanos, fundamentalmente de ánforas.

FOTOGRAFÍAS:

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Conservación y mantenimiento del carácter existente.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 6 Nº DE HOJA 1/3

DENOMINACIÓN: EL CASTELLET

TIPO: Poblado y castillo

EMPLAZAMIENTO: 696261 4361441 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 6 Nº DE HOJA 2/3

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN:

Pequeño cerro al noroeste de la conocida como Serra del Castellet, con una altura de 345 m.s.n.m. El castillo fue levantado sobre un asentamiento del Bronce Valenciano. Turís fue conquistado en el año 1238. El 23 de abril de este año fue donada la alquería de Turís a Gonzalo de Entenza, natural de Tortosa. En el mismo libro consta otra donación: "A Pere Garcés de Deça, l'alquería de Serra, en la vall d'Alcalá, junt a Torís, amb forns però sense molins". La alquería de Serra se supone a los pies del castillo. La baronía de Turís fue comprada posteriormente por Juan I de Gandía casado con doña María Enríquez, prima del rey Fernando II de Aragón y V de Castilla, en tiempos del rey Católico. Este segundo duque de Gandía, general del ejército de la iglesia bajo el papado de Alejandro VI, asesinado en Roma en 1497. La fortaleza se sitúa sobre un alargado cerro, al sudoeste de la población. Consta de un recinto externo, muy amplio que debió albergar la antigua puebla. Quedan restos de largos lienzos de cortina, con quiebros y algunos restos de torres, como la del ángulo nordeste. Sobre el anterior se encuentra el recinto principal, que se adapta al cerro, con una gran torre al sur y torres intermedias de tapial, al este, bajo la torre principal. Las cortinas están dañadas. Se conserva la torre del homenaje, de mampostería, que se encuentra en la zona más alta. Es rectangular, con tres pisos y terraza almenada.

FOTOGRAFÍAS:

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CATÁLOGO DE RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 6 Nº DE HOJA 3/3

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD:

Conservación y mantenimiento del carácter existente.

OBSERVACIONES:

Declarado Bien de Interés Comunitario

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 7 Nº DE HOJA 1/2

DENOMINACIÓN: EL MONTROTÓN

TIPO: Poblado

EMPLAZAMIENTO: 696700 4360699 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 7 Nº DE HOJA 2/2

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN:

Pequeño poblado del Bronce Valenciano que se asienta sobre una pequeña elevación de 332 m.s.n.m en la que se han recogido desde antiguo abundantes fragmentos de cerámica a mano, sin decorar, molinos de piedra barquiformes y escasos restos constructivos debidos a la erosión a la visita de expoliadores.

FOTOGRAFÍAS:

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Conservación y mantenimiento del carácter existente.

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 8 Nº DE HOJA 1/1

DENOMINACIÓN: LA MISTERA

TIPO: Asentamiento rural

EMPLAZAMIENTO: 698328 4360900 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN:

En unas pequeñas lomas junto a la carretera Turís-Montroy hay mucha dispersión cerámica de época ibérica. Parece tratarse de uno asentamiento rural ibérico. Junto a este, pero más al sur, hay restos de materiales cerámicos y constructivos pertenecientes a una villa romana. Sobre una pequeña loma más alejada y a una cota de 231 m noticias orales informan de la presencia de huesos humanos.

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Conservación y mantenimiento del carácter existente.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL Y/O PATRIMONIAL

Nº FICHA 9 Nº DE HOJA 1/1

DENOMINACIÓN:

TIPO: Poblado

EMPLAZAMIENTO: 699850 4363399 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN: Pequeño cerro con cima llana, que tiene una altura de 329 m.s.n.m. y en el que se ubica un pequeño poblado que podría adscribirse a la cultura del Bronce Valenciano, según las cerámicas recogidas en superficie.

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD MUY ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Conservación y mantenimiento del carácter existente.

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RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Tipo recurso: DE INTERÉS CULTURAL

Nº FICHA 10 Nº DE HOJA 1/1

DENOMINACIÓN: FONT DEL POLL

TIPO: Fuente

EMPLAZAMIENTO: 698.103- 4.363.185 UTM

DELIMITACIÓN Y SITUACIÓN:

DESCRIPCIÓN Y CARACTERIZACIÓN: Es una antigua fuente, lugar de peregrinaje en las fiestas de Pascua. Muy valorada por los habitantes del municipio.

VALOR PAISAJÍSTICO: CALIDAD ALTA

OBJETIVOS DE CALIDAD: Creación de un nuevo paisaje.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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MEMORÍA JUSTIFICATIVA

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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5 PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA

El plan de participación ciudadana se acompaña en el anejo 2 del presente estudio.

Este plan se ha publicado en la web del ayuntamiento de Turís y en la página web http://turis.epyma.es , dando la posibilidad a participar al público interesado, mediante encuestas y/o escritos dirigidos al ayuntamiento, contestados online y/o remitidos por email al equipo redactor del presente estudio de integración paisajística.

El anunció de esta participación pública y sus resultados se realizaron mediante edicto del ayuntamiento que se adjunta en los anejos de este estudio.

Ilustración 12 Enlace a la participación pública de la web del ayuntamiento

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Ilustración 13 Página web con la participación pública.

5.1 RESULTADOS DE LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA. 1) ¿Es usted residente en Turís? Sí 7 No 2 2) ¿Conoce la zona donde se pretenden desarrollar los sectores industriales de CISCAR Norte y Sur, y el residencial de HORTA BAIXA? Sí 9 No 0

3) Considera que la calidad ambiental/paisajística actual de la zona es:

3.1) Zona Ciscar: Muy Baja 7 Baja 1 Media 0 Alta 1 Muy Alta 0 NS/NC 0

3.2) Horta Baixa: Muy Baja 7 Baja 1 Media 0 Alta 1 Muy Alta 0 NS/NC 0

4) ¿Existe en la zona o en las proximidades algún elemento a destacar por sus características paisajísticas (visuales), ambientales y/o culturales, a destacar?

Sí 8 No 1 NS/NC 0

5) Si ha contestado "Sí" en la pregunta anterior, diga cuales y valórelos paisajísticamente:

Recurso: La Fonteta del Poll

Valor Recurso: Muy Bajo 0 Bajo 0 Medio 0 Alto 8 Muy Alto 0

6) Valoración de las unidades de paisaje del entorno de los sectores (ver plano nº 4 del Plan de Participación Pública):

Unidad 1: Casco urbano de Turís

Muy Bajo 7 Bajo 0 Medio 2 Alto 0 Muy Alto 0 NS/NC 0

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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Unidad 2: Polígono Industrial

Muy Bajo 8 Bajo 1 Medio 0 Alto 0 Muy Alto 0 NS/NC 0

Unidad 3: Zona Agrícola

Muy Bajo 7 Bajo 1 Medio 0 Alto 1 Muy Alto 0 NS/NC 0

Unidad 4: Zonas forestales

Muy Bajo 2 Bajo 5 Medio 1 Alto 0 Muy Alto 1 NS/NC 0

PREGUNTAS SOBRE LOS SECTORES INDUSTRIALES:

7) ¿Cree usted que Turís necesita más suelo industrial? Sí 8 No 1 NS/NC 0

8) ¿Sabía que estos sectores son suelo urbanizable en el Concierto Previo de Turís?

Sí 8 No 1 NS/NC 0

9) ¿Considera que la ubicación del nuevo suelo industrial, junto al industrial ya existente en la actualidad, y próximo a la principal vía de comunicación de Turís (Carretera CV-50)?

Es la idónea 8 Es correcta 0 Existen zonas mejores 0 NS/NC 1

10) ¿Donde deberían ubicarse las zonas verdes de las nuevas zonas industriales?

o Distribuidas en pequeños jardines por toda la zona industrial. 1

o En la periferia, junto a la CV50, mejorando la imagen externa de la zona industrial y las vistas

desde la carretera y el casco urbano de Turís hacia la zona industrial. 8

o Es indiferente. 0

11) La vegetación a utilizar en las zonas verdes debería ser:

Praderas 1 Vegetación autóctona 5 Indiferente 3

12) ¿Considera que la actuación urbanística produce una alteración sustancial del paisaje existente en la actualidad?

Sí 1 No 8 NS/NC 0

PREGUNTAS SOBRE EL SECTOR RESIDENCIAL HORTA BAIXA:

13) ¿Sabía que este sector es suelo urbanizable en el Concierto Previo de Turís?

Sí 7 No 2 NS/NC 0

14) ¿Estaría dispuesto a residir en este sector?

Sí 8 No 0 NS/NC 1

15) ¿Conoce la existencia de la "Font del Poll" en el entorno de este sector?

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Sí 9 No 0

16) ¿Considera que esta fuente se tendría que recuperar y/o mantener?

Sí 9 No 0 NS/NC 0

17) Si ha contestado "Sí" en la pregunta anterior, diga cuáles son sus preferencias:

o Dejar la fuente en su ubicación actual junto a la carretera. 1

o Reproducir la fuente en una zona verde del nuevo sector, que facilite el acceso y disfrute de la

misma. 8

o Le es indiferente mientras siga existiendo la fuente. 0

18) ¿Prefiere que las zonas verdes del sector sean tipo pradera, o que contengan zonas de juegos, sendas y caminos para el disfrute de las mismas?

o Prefiero zonas verdes a base de praderas. 0

o Prefiero zonas verdes con áreas de juego, sendas, caminos, etc 8

o NS/NC (No sabe/No contesta) 0

19) ¿Debe existir una zona verde entre los edificios y las carreteras que rodean el sector?

o Sí, que mejore la integración paisajística y vistas del sector, y actúe de amortiguamiento del

ruido de la carretera. 9

o No, las zonas verdes deben estar en la zona interior del sector. 0

o NS/NC (No sabe/No contesta). 0

20) ¿Aprovecharía esta zona verde para la ubicación de un carril bici?

Sí 9 No 0 NS/NC 0

21) ¿Prefiere que las zonas verdes del sector contengan vegetación autóctona o cualquier tipo de vegetación?

o Vegetación Autóctona. 5

o Cualquier tipo de vegetación. 4

o NS/NC 0 22) ¿La ordenación se debe adaptar en lo posible a la topografía del terreno?

Sí 9 No (Nivelar todo el sector) 0 NS/NC 0

23) ¿Considera que la actuación urbanística produce una alteración sustancial del paisaje existente en la actualidad?

Sí 1 No 8 NS/NC 0

24) ¿Considera que en el sector residencial Horta Baixa, además de las tipologías previstas en las bases particulares (viviendas unifamiliares adosadas), se deben incluir nuevas tipologías, que en cumplimiento de la normativa vigente posibiliten la inclusión de VPO en dicho sector?

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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Sí 8 No 1 NS/NC 0

25) Si ha contestado "Sí" en la pregunta anterior, ¿limitaría las alturas a Planta baja + 3 alturas, para que no destacaran demasiado visualmente sobre los adosados previstos en el resto del sector?

Sí 8 No 0 NS/NC 0

26) Sugerencias y comentarios: No ha habido respuestas.

5.2 CONCLUSIONES Aunque la participación ha sido baja, se puede destacar de la misma las siguientes conclusiones:

que el valor paisajístico del ámbito de estos sectores se considera bajo

que están bastante de acuerdo con la ordenación prevista,

que la preferencia son las zonas verdes con mayor diseño y utilidad, con áreas de juego, caminos, etc.

, que se debería recuperar y trasladar a una zona verde del nuevo sector

La colocación de zona verdes perimetrales que actúen de amortiguación y mejora de la calidad del entorno.

Que estas actuaciones no crearan grandes impactos paisajísticos.

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6 ALCANCE Y CONTENIDO DEL ESTUDIO

La justificación del ámbito adoptado para el ámbito de este Estudio de Integración Paisajística, es el abarcar abarcará, el plan y las Unidades de Paisaje afectadas por la cuenca visual de la actuación tanto en su fase de construcción como de explotación.

A estos efectos, se entiende por cuenca visual aquella parte del territorio desde donde es visible la actuación y que se percibe espacialmente como una unidad definida generalmente por la topografía y la distancia. La Cuenca Visual puede contener a su vez una parte de una Unidad de Paisaje, una Unidad completa o varias Unidades de Paisaje.

Tal como se puede observar en el punto 2 del presente estudio y en el plano 8 se ha considerado como ámbito de estudio aquella zona que este dentro de la cuenca visual del Plan, dentro de un radio de 3500 m de distancia, ya que ha distancias superiores la actuación será poco apreciable y se confundirá con el resto del continuo, el actual zona industrial y casco urbano de Turís.

En el análisis de la cuenca visual se ha modelizado el ámbito de estudio suponiendo una altura de vegetación de 0 m. Esta circunstancia hace que el ámbito se sobredimensione de manera que quede del lado de la seguridad. Esto es debido a que la vegetación, y fundamentalmente en las zonas cultivadas que tiene un altura mayor que el potencial observador, esta actúa en gran manera de barrera visual, lo que implica que la zona de impacto visual sería considerablemente menor.

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN .

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7 JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DETERMINACIONES CONTENIDAS EN LOS INSTRUMENTOS DE PAISAJE QUE LE SON DE APLICACIÓN.

Turís cuenta con Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas definitivamente el 18 de diciembre de 1990. Habiendo optado el Ayuntamiento por la redacción de un nuevo Plan General, que sería el instrumento de planeamiento que vendría a sustituir las citadas Normas, se inició el trámite obteniendo informe favorable al Concierto Previo por parte del Director General de Urbanismo y Ordenación Territorial el 16 de diciembre de 2002. En fecha 25 de mayo de 2.007 se aprobó provisionalmente el mismo. En la actualidad todavía no se ha aprobado definitivamente el Plan General.

En la ordenación pormenorizada a definir en el Programa se debe cumplir la legislación vigente, destacando entre ella:

LEY 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. [2004/6916] (Diari Oficial número 4788 de fecha 02.07.2004).

LEY 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.

Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanísticas.

Decreto 120/2006, de 11 de agosto, Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana.

Por una parte, la redacción de las bases particulares reguladoras de la gestión indirecta del Programa para el Desarrollo de la Actuación Integrada se basa en los artículos 131 de la LUV y 286 del ROGTU. Por lo que, se ha de ajustar la ordenación pormenorizada del sector a dicha legislación.

Por otra parte, también se han de respetar las normas de aplicación directa recogidas en el TÍTULO II NORMAS DE INTEGRACIÓN DEL PAISAJE EN EL MEDIO, más concretamente en los siguientes artículos:

Artículo 18. Normas de aplicación directa.

Artículo 19. Alcance de la Normas de Integración Paisajística.

Artículo 20. Integración en la topografía y vegetación.

Artículo 21. Visualización y acceso al paisaje.

Artículo 22. Paisaje urbano.

Destacar, sobre todo, el cumplimiento de los siguientes parámetros:

Las construcciones se adaptarán en todo momento al ambiente en que se sitúen, no admitiéndose actuaciones individuales que distorsionen el cromatismo, la textura y las soluciones constructivas de los edificios o del conjunto en el cual se ubiquen.

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No se permite que la situación o dimensiones de los edificios, los muros, los cierres, las instalaciones, el depósito permanente de elementos y materiales o las plantaciones vegetales rompan la armonía del paisaje rural o urbano tradicionales, o desfiguren su visión.

Prohibición en la colocación y mantenimiento de anuncios, carteles y vallas publicitarias, excepto los que tengan carácter institucional o fin indicativo o informativo, con las características que fije, en su caso, la administración competente o, tratándose de dominio público, cuente con expresa autorización demanial y no represente un impacto paisajístico.

Las actuaciones proyectadas se adecuan a la pendiente natural del terreno tanto del perfil edificado como del parcelario, de la red de caminos y de las infraestructuras lineales.

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8 VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

La valoración de la Integración paisajística de este proyecto se basará en el análisis de la capacidad o fragilidad del paisaje del entorno de la actuación para acomodar los cambios que esta produzcan en el mismo.

8.1 FRAGILIDAD DEL PAISAJE. La Fragilidad Visual se puede definir como de un territorio al cambio cuando se desarrolla un uso sobre él; es la expresión del grado de deterioro que el paisaje

(CIFUENTES, 1979).

Este concepto es similar al de y opuesto, en cambio, al de que es la aptitud que tiene un paisaje de absorber visualmente

modificaciones o alteraciones sin detrimento de su calidad visual. Según lo señalado, a mayor fragilidad o vulnerabilidad visual corresponde menor capacidad de absorción visual y viceversa.

Mientras que la calidad visual de un paisaje es una cualidad intrínseca del territorio, no ocurre así con la fragilidad: tal y como se ha definido, depende, en principio, del tipo de actividad que se piensa desarrollar. El espacio visual puede presentar diferente vulnerabilidad según se trate de una actividad u otra, y este hecho es muy relevante cuando se trata de realizar un estudio sobre un territorio de extensión reducida. En este caso habría que especificar su fragilidad para cada una de las actividades posibles.

En este caso se trata de un estudio donde la superficie del territorio es reducida y el planeamiento tiene como objetivo proporcionar una valoración que nos permita identificar los posibles impactos y medidas correctoras que implicarán el paisaje.

Los factores utilizados para la valoración de la fragilidad del paisaje son la vegetación y usos del suelo, la pendiente, fisiografía, forma y tamaño de la unidad de paisaje y la distancia a la red vial y núcleos de población.

También se ha considerado la singularidad o escasez de los elementos del paisaje del entorno de la actuación.

8.2 RESULTADO DEL ANÁLISIS DE FRAGILIDAD DEL PAISAJE.

La zona de estudio presenta una fragilidad paisajística media-baja para el uso proyectado, esta es debida fundamentalmente a las características del área y de usos de la zona, que hacen que aunque esta sea visible desde los puntos de observación, sea un continuo de lo existente en la actualidad, dada la proximidad del casco urbano de Turís y del polígono industrial existente.

Si consideramos la características de la zona, de una calidad paisajística media-baja, sin elementos singulares de paisaje, en algunos puntos bastante deteriorada por el gran abandono de los cultivos, la capacidad de transformación de esta zona es alta, y su grado de sensibilidad al uso que se pretende implantar es bajo.

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En resumen podemos concluir, respecto a la integración paisajística, que el área se encuentra degradada por el abandono de los cultivos, los vertidos existentes en la zona, y teniendo en cuenta los resultados de este análisis de la fragilidad visual se deduce que el área del presente estudio es apta para el uso que se quiere implantar, y que la unidad paisajística sobre la cual se va a desarrollar tiene capacidad de transformarse y absorber los cambios que se produzcan.

Por esto podemos que clasificar el impacto paisajístico que se producirá como leve.

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9 VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL

En este punto se valoran los impactos paisajísticos desde el punto de vista del observador, en función de la visibilidad de la actuación. Donde se valorará las posibles características de los usos que se pretende implantar en el ámbito de este estudio, considerando fundamentalmente el volumen, forma, proporciones respecto al entorno, además del posible bloqueo de vistas a recursos paisajísticos.

Para esto se seleccionara una serie de puntos de observación desde los cuales se analizará la integración paisajística y los impactos de la actuación.

9.1 PUNTOS DE OBSERVACIÓN Y ANÁLISIS DE LAS CUENCAS VISUALES.

Por las características del ámbito de estudio, que viene marcado por estar encajado en una zona ondulada y orientación norte, junto con los resultados de la cuenca visual del sector industrial Sur, SUZI, de Turís, se han considerado pertinente diferenciar entre puntos principales y puntos secundarios.

Se definen como puntos de observación principales:

Carretera CV-50.

Casco urbano de Turís.

Carretera CV-415.

Carretera de acceso a Turís des de la CV-50.

Carretera de acceso a Turís des de la CV-415.

Y como puntos de observación secundarios:

Urbanización.

Además, se podría considerar otro punto de observación, el cual actualmente no existes, pero que corresponde con la nueva Ronda de Circunvalación de la CV-50 a la altura de Turís, que cuando esté construida bordeará el sector por su lado este.

Para la estimación de los observadores potenciales de estos puntos de observación, se considera, por un lado, para el caso del casco urbano de Turís estos serán sus habitantes, mientras que para las carreteras se han consultado los datos de tráfico de las mismas facilitado por la Conselleria de Infraestructuras y Transporte. Y por último, para el punto de observación secundario se considera que los potenciales observadores son sus residentes.

Se han representado gráficamente las cuencas visuales de estos cinco puntos de observación, como se puede observar en el plano 15.

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Además, para cada uno de los puntos de observación se ha elaborado una ficha según los criterios definidos por el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana y que resume las características que a continuación se señalan.

Mapa: De los puntos de observación del sector. Fuente: Vía Michelin.

A continuación, se pasa a analizar cada uno de los puntos principales de observación que se han enumerado anteriormente, de ellos cabe decir, que se trata de puntos dinámicos, puesto que coinciden con la trayectoria descrita al recorrer las diferentes carreteras.

Punto de observación principal 1: Carretera CV-50 (Lliria - Tavernes de la Valldigna).

Tramo, a su paso por Turís, de la carretera CV-50, que forma parte de la red básica de carreteras de la Generalitat Valenciana.

Se ha definido como uno de los puntos de observación principales, puesto que tienen un número de observadores potenciales, valor que viene representado por el tráfico de la carretera, que corresponde con las siguientes cifras:

2013 vehículos/día, en el tramo comprendido desde la CV-405 hasta la CV-415.

4374 vehículos/día, en el tramo comprendido desde la CV-415 hasta la CV-424.

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Además, la visibilidad des de la carretera hacia el ámbito de la actuación prevista es máxima y lo delimita por su extremo oeste, recorriendo el sector paralelamente de norte a sur.

Desde este punto de observación se puede apreciar que la zona de actuación se encuentra en una zona de terrenos ondulados.

Por último, cuando se desarrolle la actuación entre la carretera y el sector quedará una franja de reserva de red viaria, respetando la servidumbre marcada por la normativa carreteras, y otra de zona verde.

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Ficha del punto de observación 1.

Foto 19 Vista del punto de observación 1.

Punto de observación principal 2: Casco Urbano de Turís.

Este punto de observación, se ha considerado como principal por el número de observadores potenciales, que son todos los habitantes de Turís, es decir, 5556 personas según la base estadística del INE 2005.

Desde este punto será visible el ámbito de actuación, puesto el casco urbano se encuentra situado en una zona más elevada. Aunque no será visible todo el sector, por las características propia del término municipal de Turís, cuyo terreno es ondulado. Como resultado de esta peculiaridad el sector será visible desde ciertos puntos del casco urbano y desde cierta altura, pudiendo darse puntos en los que no sea visible el sector, otros desde los que lo sea parcialmente y otros desde los que se pueda observar todo.

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Ficha del punto de observación 2.

Foto 20 Vista del punto de observación 2.

Foto 21 Vistas des del punto de observación 2.

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Punto de observación principal 3: Carretera CV-415 (Silla-Alborache).

Este es el tercero de los puntos principales de observación considerados junto con los dos anteriores.

Se considera la carretera CV -415, que pertenece a la red local de carreteras de la Generalitat Valenciana, que atraviesa la localidad de Turís, de oeste a este y sigue por el actual polígono industrial en dirección a Montserrat, Torrent i Picassent. Además, se cruza perpendicularmente con la actual carretera CV-50, recorriendo el sector industrial Sur por la zona norte del mismo.

Recorriendo esta carretera desde el casco urbano hacia la zona de actuación, se aprecia que existen puntos desde los que se observa parte del sector y otros desde los que solamente se ve el horizonte, esto se debe a las características del terreno ondulado. Una vez en el actual polígono industrial se observa el sector con una visibilidad máxima y a distancia cero.

El número de observadores potenciales está definido por la IMD (Intensidad Media Diaria) de esta carretera, que según la información publicada por la GVA, en su página web es:

Tramo Alborache Turís: 1795 vehículos / día.

Tramo Turís intersección con la CV-416: 2414 vehículos / día.

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Ficha del punto de observación 3.

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Foto 22 Vista del punto de observación 3.

Foto 23 Vista des del punto de observación 3.

Punto de observación secundario 4: Carretera de acceso a Turís des de la CV-50.

Este punto de observación se define como secundario por su menor importancia relativa respecto al resto de puntos de observación, que se han considerado como principales.

El número de observadores potenciales desde este punto de observación se reduce a los habitantes de Turís, que la pueden utilizar para acceder a la localidad desde la carretera CV-50.

Cuando se llega a esta carretera en sentido a Turís el sector industrial Sur se queda a la espalda del observador, por tanto la visibilidad del mismo es nula. Pero, cuando se circula en sentido contrario, es decir, desde Turís hacia la carretera CV-50, al salir de Turís la propia CV-50 actúa como barrera visual impidiendo ver el sector industrial Sur. A medida que el observador se acerca a la carretera CV-50, aumenta la visibilidad del sector, aunque por las características del terreno donde se encuentra su visión no es completa.

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Por tanto, se puede decir, que la visibilidad desde este punto de observación secundario hacia el sector industrial Sur es de media a baja.

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Ficha del punto de observación 4.

Foto 24 Vista del punto de observación 4.

Foto 25 Vista des del punto de observación 4.

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Punto de observación secundario 5: Carretera de acceso a Turís des de la CV-415.

Este punto de observación se define como principal por su importancia equivalente a la del resto de puntos que se han considerado como principales.

El número de observadores potenciales desde este punto de observación se considera que está determinado por la IMD de la misma, cifrada en unos 2414 vehículo/día.

Del mismo modo que en el caso anterior, cuando se llega a esta carretera en sentido a Turís el sector industrial Sur se queda a la espalda del observador, por tanto la visibilidad del mismo es nula. Pero, cuando se circula en sentido contrario, es decir, desde Turís hacia la carretera CV-415, al salir de Turís la carretera se eleva sobre la CV-50 , por tanto a medida que el observador se acerca a la carretera CV-50, aumenta la visibilidad del sector industrial Sur.

Por tanto, se puede decir, que la visibilidad desde este punto de observación principal hacia el sector industrial Sur es de media.

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Ficha del punto de observación 5.

La suma de todos los puntos de observación da como resultado la clasificación del ámbito de estudio en función de su grado de visibilidad, tal y como se puede observar en el plano 15 del presente estudio.

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9.2 ANÁLISIS DE LA VISIBILIDAD. RESULTADO DE LA INTEGRACIÓN VISUAL.

Tal como se observa en el plano 15 de visibilidad total del ámbito de estudio, la zona donde está ubicado el sector industrial Sur, es una zona que en conjunto se puede considerar de visibilidad media alta, resultado de la valoración de la visibilidad.

Ilustración 14 Mapa de Visibilidad.

Ilustración 15 Leyenda del mapa de visibilidad.

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Además, la principal característica del terreno donde va a ubicarse el futuro suelo residencial, es su ondulación. Esto, desde el punto de vista de la visibilidad, le da un signo distintivo respecto de una zona completamente llana, que es que según el punto desde donde se observe se pueden ver todos los elementos situados sobre el terreno o prácticamente ninguno.

Por otra parte, la actuación prevista es muy acorde con el entorno, puesto que lo que se pretende es la ampliación del casco urbano partir del límite actual de éste.

Además, muchos de los terrenos que van a ser ocupados por la nueva ordenación del sector, son de cultivos, tanto de secano como de regadío, que estos momentos se encuentran abandonados.

Según la ordenación pormenorizada propuesta se dará continuidad a las calles existentes en el límite del sector y la edificación, que se podrá construir dentro de las manzanas que resultan de la alineación de las nuevas calles, tendrá las mismas características que las ya existentes, es decir, serán viviendas adosadas.

Por todos estos motivos, se puede decir que la urbanización del sector residencial Horta Baixa de Turís no bloqueará las vistas hacia recursos paisajísticos de valor alto o muy alto.

En resumen, se puede decir que el impacto visual es leve, frente al estado actual de la zona, con una calidad de paisaje baja-media, pues el sector se ubica sobre campos de cultivos, algunos de ellos abandonados. En consecuencia, después de la urbanización de los mismos tendrán unas características similares al entorno, mejorando la situación actual, tanto del ámbito del sector, como del polígono industrial que existe en la actualidad.

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10 RESULTADOS Y CONCLUSIONES DE LA VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y VISUAL.

Las conclusiones de este estudio de integración paisajística y análisis de los impactos paisajísticos son:

La zona delimitada para el desarrollo de la actuación integrada del Sector Residencial

Horta Baixa, es en la actualidad mayoritariamente un conjunto policromático,

compuesto por campos destinados a diferentes cultivos, entre los que se alternan los

de secano y los de regadío, la mayoría de los cuales se encuentran en estado de

abandono.

Es una zona que no cuenta con ordenación pormenorizada, porque se trata de una

zona clasificada como suelo no urbanizable en el planeamiento municipal vigente.

Que la tipología edificatoria a construir en el sector es de vivienda adosada y que se

integrará en el entorno, con volúmenes, alturas y formas similares.

Está bordeada por suelo urbano, por infraestructuras de transportes y por zonas de

suelo no urbanizable.

La zona presenta para esta actuación una fragilidad visual baja, lo que implica que los

impactos paisajísticos previstos son de carácter leve.

Para conseguir una mayor integración en la red de infraestructuras de transporte que

rodean el sector, en la ordenación pormenorizada se plantea dejar una franja de

reserva de red viaria y otra de zona verde, junto a la anterior, para suavizar la

transición entre los distintos usos de suelo.

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MEMORIA NORMATIVA

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11 MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PROPUESTAS Y PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN.

Aunque en general la actuación mejorará el paisaje del entorno, se deberán tener en cuenta las siguientes medidas de integración paisajística:

El tipo de edificación debe ser preferentemente adecuado al paisaje y al entorno

urbanístico, evitando materiales como grandes acristalamientos, que produzcan

reflejos de luz y no armonicen con el entorno.

Los cerramientos de las parcelas solo podrán tener un cuerpo macizo inferior a dos

metros, de manera que este no actúe de pantalla visual. Los materiales de este macizo

serán acordes por su textura y color al entorno. Nunca se podrá superar una altura

máxima 2,5m del cerramiento.

Con el objetivo de impedir un aumento de los niveles lumínicos en el entorno, ya que

este tipo de contaminación puede producir un deterioro paisajístico y ambiental del

entorno, se justifica que se regule la utilización de luminarias y el diseño del

alumbrado público. Para ello se colocarán luminarias, siguiendo los siguientes criterios

generales:

o Evitar la emisión de luz por encima de la horizontal, sobretodo en el

alumbrado de viales y calles.

o Utilizar lámparas de Vapor de Sodio, que tienen un consumo de entre un 50 y

un 60% inferior respecto de las de mercurio y lumínicamente contaminan

menos. No usar luminarias de tipo globo sin pantalla, puesto que

desaprovechan más del 50% de la electricidad que consumen al dispersar

tanta luz.

o Utilizar sistemas de regulación de flujo lumínico que permitan reducir la luz, y

por tanto el consumo, durante las horas de baja actividad en las calles. Utilizar

sistemas de encendido como células fotoeléctricas de gran calidad o relojes

astronómicos para asegurar que el alumbrado no permanezca encendido en

las horas que hay luz natural.

Las zonas verdes se plantaran con vegetación autóctona y/o integrada en el entorno, y

en la medida de lo posible se aprovecharan las especies existentes en el ámbito del

sector.

Se dotará el viario perimetral de arbolado, con la finalidad de conseguir una mayor

integración, entre el medio natural y el área urbana. De modo que, no se generen

problemas de borde y la transición entre la zona urbanizada i la no urbanizada sea la

adecuada. Para este perímetro arbolado se utilizaran en lo posible las especies

existentes en el sector como olivos y algarrobos.

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La accesibilidad y la ausencia de barreras arquitectónicas en las calles, parques y

jardines, ha de ser una realidad, para conseguir mayor calidad de vida.

Para el arbolado urbano situado en las aceras será obligatoria la construcción de

alcorques. Las dimensiones de estos estará en proporción con el ancho de la acera.

Además el porte arbolado también dependerá de su tamaño.

Se recuperara la Fonteta del Poll trasladándola a una zona verde del sector

Se construirá una mota en la zona verde colindante a la carretera CV-415 que actúe de

pantalla acústica y mejor el borde paisajístico de este sector.

En Valencia a 18 de enero de 2008

Fdo: José A. Sanchis Blay.

Licenciado en Ciencias Ambientales Ingeniero Técnico Agrícola (nº colegiado 1.284)

Especialista Universitario en Ordenación del Territorio y Medioambiente

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ANEJO PLANOS

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12 ÍNDICE PLANOS

Plano nº 1 Localización

Plano nº 2 Ortofoto

Plano nº 3 Topográfico.

Plano nº 4 Topográfico.

Plano nº 5 Usos del suelo.

Plano nº 6 Fisiografía y relieve.

Plano nº 7 Ámbito de estudio. Cuenca visual.

Plano nº 8 Unidades paisaje

Plano nº 9 Recursos paisajísticos.

Plano nº 10 Cuenca visual del punto de observación 1.

Plano nº 11 Cuenca visual del punto de observación 2.

Plano nº 12 Cuenca visual del punto de observación 3.

Plano nº 13 Cuenca visual del punto de observación 4.

Plano nº 14 Cuenca visual del punto de observación 5.

Plano nº 15 Mapa visibilidad.

Plano nº 16 Planeamiento vigente

Plano nº 17 Plan general en trámite

Plano nº 18 Ordenación propuesta

Plano nº 19 Ordenación propuesta sobre ortofoto

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ANEJO 2: PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA.

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