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DICTAMEN POR EL QUE SE VERIFICA EL CUMPLIMIENTO DE LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LAS Y LOS ASPIRANTES PROPUESTOS AL CONSEJO GENERAL PARA SER DESIGNADOS E INTEGRAR LOS 25 CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE OAXACA, QUE FUNGIRÁN DURANTE EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018. A N T E C E D E N T E S I. Reforma Constitucional del Estado. En la edición extra del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, fechada el 30 de junio del 2015, se publicó el Decreto número 1263, por el que se reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca en materia política electoral. II. Aprobación del Reglamento de Elecciones. En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, celebrada el día 7 de septiembre de 2016, se aprobó el reglamento de Elecciones, el cual dispone los requisitos, procedimiento y criterios para que los organismos públicos Locales Electorales realicen el proceso de selección y nombramiento de los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales Electorales. III. Creación de la Ley Electoral vigente. El 3 de junio de 2017 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el Decreto número 633 de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca por la que se creó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO). IV. Inicio del Proceso Electoral 2017-2018. En sesión especial del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, de 6 de septiembre del 2017, se emitió la declaratoria formal de inicio de actividades del Proceso Electoral Ordinario 2017-2018. V. Aprobación del Reglamento de designación. En sesión extraordinaria del Consejo General, de fecha 6 de septiembre del presente año, se aprobó el acuerdo número IEEPCO-CG-46/2017, por el que se aprueba el Reglamento de designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales Electorales, designados por el Consejo General. VI. Emisión de la convocatoria. En sesión extraordinaria del Consejo General, de fecha 6 de septiembre del presente año, se aprobó el acuerdo número IEEPCO-CG-

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DICTAMEN POR EL QUE SE VERIFICA EL CUMPLIMIENTO DE LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LAS Y LOS ASPIRANTES PROPUESTOS AL CONSEJO GENERAL PARA SER DESIGNADOS E INTEGRAR LOS 25 CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE OAXACA, QUE FUNGIRÁN DURANTE EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018.

A N T E C E D E N T E S

I. Reforma Constitucional del Estado. En la edición extra del Periódico Oficial del

Gobierno del Estado de Oaxaca, fechada el 30 de junio del 2015, se publicó el

Decreto número 1263, por el que se reformó, adicionó y derogó diversas

disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca en

materia política electoral.

II. Aprobación del Reglamento de Elecciones. En sesión extraordinaria del Consejo

General del Instituto Nacional Electoral, celebrada el día 7 de septiembre de 2016, se

aprobó el reglamento de Elecciones, el cual dispone los requisitos, procedimiento y

criterios para que los organismos públicos Locales Electorales realicen el proceso de

selección y nombramiento de los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales

Electorales.

III. Creación de la Ley Electoral vigente. El 3 de junio de 2017 se publicó en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado el Decreto número 633 de la Sexagésima

Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca por la que se creó la Ley de Instituciones y

Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO).

IV. Inicio del Proceso Electoral 2017-2018. En sesión especial del Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, de 6 de

septiembre del 2017, se emitió la declaratoria formal de inicio de actividades del

Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.

V. Aprobación del Reglamento de designación. En sesión extraordinaria del Consejo

General, de fecha 6 de septiembre del presente año, se aprobó el acuerdo número

IEEPCO-CG-46/2017, por el que se aprueba el Reglamento de designación,

sustitución y remoción de las y los integrantes de los Consejos Distritales y

Municipales Electorales, designados por el Consejo General.

VI. Emisión de la convocatoria. En sesión extraordinaria del Consejo General, de fecha 6 de septiembre del presente año, se aprobó el acuerdo número IEEPCO-CG-

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48/2017, por el que se emite la convocatoria para la designación de las y los

integrantes de los Consejos Distritales Electorales que fungirán en el Proceso

Electoral Ordinario 2017-2018.

VII. Modificación de plazos de las convocatorias. En sesión extraordinaria del Consejo

General, de fecha 30 de septiembre del presente año, se modificaron los plazos de

las convocatorias para la designación de las y los integrantes de los Consejos

Municipales y Distritales Electorales que fungirán durante el Proceso Electoral

Ordinario 2017-2018.

VIII. Creación de comisiones y designación de sus integrantes. En sesión

extraordinaria del Consejo General, celebrada el 5 de octubre del presente año, se

aprobó el acuerdo de número IEEPCO-CG-55/2017, por el que se designan a las

Consejeras y Consejeros Presidentes e Integrantes de las Comisiones Permanentes

y Temporales del Consejo General.

IX. Aprobación del acuerdo de la Comisión. En sesión extraordinaria de fecha 10 de

noviembre de 2017, la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y

Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, aprobó el acuerdo número IEEPCO-

COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración

de los 25 Consejos Distritales, para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.

X. Observaciones a las listas. A través del escrito sin número, de fecha 13 de

noviembre, suscrito por el Lic. Edgar Manuel Jiménez García, representante

propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se presentaron observaciones y

comentarios a la Lista de Propuestas de Integración de los Consejos Distritales

Electorales.

CONSIDERANDOS

1. De conformidad con el artículo 114 TER, de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de Oaxaca y, los artículos 5, 9 y 30 de la Ley de Instituciones y

Procedimientos Electorales y del Estado de Oaxaca, el Instituto Estatal, es un

organismo público autónomo local de carácter permanente, profesional en su

desempeño, con personalidad jurídica y patrimonio propio, responsable de vigilar

el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y reglamentarias en materia

electoral, que rige sus funciones por los principios de certeza, legalidad,

independencia, imparcialidad, interculturalidad, máxima publicidad y objetividad;

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corresponsable de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos

electorales; así como de la construcción de ciudadanía, la promoción de la

participación ciudadana y del ejercicio de los derechos político electorales, con

perspectiva de paridad de género.

2. Por Decreto presidencial publicado el 10 de febrero de 2014, el Presidente de la

República promulgó la Reforma Constitucional en materia político electoral, por la

cual se creó el Instituto Nacional Electoral sustituyendo al Instituto Federal

Electoral. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación

el decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos

Electorales, que le otorga las funciones básicas de organizar las elecciones

federales y le faculta para ejercer funciones en el ámbito local, dentro de las

cuales se contemplan las de atracción y asunción sobre la celebración de las

elecciones locales en las entidades federativas de la República Mexicana;

motivado por la necesidad de fortalecer a las Instituciones Electorales Locales

encargadas de la organización, celebración y calificación de las elecciones, en el

entendido de que se cuente con instituciones electorales locales que en la práctica

actúen con imparcialidad e independencia; es decir, que se fortalezcan, para que

la competencia electoral sea legítima, y la ciudadanía incremente su confianza en

las instituciones electorales.

3. En el marco de las refirmas federales de referencia, el Instituto Nacional Electoral

procedió a el 7 de septiembre de 2016, a la aprobación del Reglamento de

Elecciones, el cual dispone los requisitos, procedimiento y criterios para que los

organismos públicos Locales Electorales realicen el proceso de selección y

nombramiento de los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales

Electorales, teniendo presente que en la forma constitucional del 2014 uno de los

objetivos fue mejorar y consolidar las Instituciones Administrativas y

Jurisdiccionales en materia electoral de todas y cada una de las entidades que

integran a la República Mexicana, produciendo escenarios blindados contra la

injerencia de otros Poderes Públicos en los comicios, destacando puntos

importantes entre los que se determinó que fuera el Consejo General del Instituto

Nacional Electoral, el responsable del proceso de nombramiento de las personas

que integrarían los Organismos Públicos; el nombramiento de Consejeros

Presidentes y Consejeros Electorales, evitando que la designación recaiga en

personajes identificados por su cercanía y lealtad a una determinada fuerza

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política de la entidad federativa correspondiente, para lograr que en la decisión de

esos nombramientos, imperen los principios de certeza, legalidad e imparcialidad

que rigen la función electoral.

Por ello, tras la aprobación del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional

Electoral, se estableció el Procedimiento de Designación de Consejeros

Electorales Distritales y Municipales de los Organismos Públicos Locales, en los

artículos 20 al 23 del citado ordenamiento, en el que se determina que el

Organismo Superior de Dirección del Organismo Público Local, deberá emitir una

convocatoria pública con la debida anticipación a la fecha en que los aspirantes a

Consejos Distritales y Municipales deberán presentar la documentación necesaria

que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para ocupar el cargo;

asimismo, establece el procedimiento, las etapas y plazos para la designación de

las y los consejeros distritales electorales.

4. En cumplimiento al Reglamento aprobado por este Instituto y conforme a las bases

establecidas en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, el

Consejo General del Instituto Estatal Electoral, aprobó el acuerdo número

IEEPCO-CG-48/2017, por el que se emite la convocatoria para la designación de

las y los integrantes de los Consejos Distritales Electorales que fungirán durante el

Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.

En la citada convocatoria de fecha 6 de septiembre 2017, se expusieron las

siguientes etapas:

1) Inscripción de las y los candidatos

2) Revisión documental y conformación de expedientes

3) Entrevista

4) Elaboración y observación de las listas de propuestas

5) Integración y aprobación de propuestas definitivas.

En ejercicio de la facultad concedida en el artículo 26 de la Ley de Instituciones y

Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, por el que el Consejo General

puede modificar algún plazo dentro del calendario establecido para el mismo

proceso, si a su juicio, existe imposibilidad material para su cumplimento, y no se

afecta con ello el desarrollo del proceso electoral.

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Y tomando en consideración los datos proporcionados por la Dirección Ejecutiva

de Organización y Capacitación Electoral, se desprendió que al cierre de la etapa

de inscripción de las y los candidatos, era insuficiente el número de aspirantes que

habían presentado dicha solicitud, y por ende, el Consejo General determinó el 30

de septiembre que era preciso tomar las medidas necesarias para asegurar la

adecuada integración de los Consejos Distritales, garantizando con ello, el

adecuado desarrollo del Proceso Electoral Ordinario; por lo que consideró

pertinente ampliar el plazo de la inscripción de aspirantes, y consecuentemente, el

de las etapas posteriores.

Conforme a la modificación de plazos referida, la etapa de inscripción de las y los

candidatos trascurrió del 11 de septiembre al 9 de octubre del presente año,

asimismo, las subsecuentes etapas trascurrieron en los siguientes términos:

• Revisión documental y conformación de expedientes: Del 08 al 12 de

octubre de 2017.

• Publicación de las listas de aspirantes: el 13 de octubre de 2017.

• Examen general de conocimientos: 15 de octubre de 2017.

• Valoración Curricular: del 9 al 16 de octubre.

• Entrevista: Del 20 al 26 de octubre de 2017.

Durante la etapa de inscripción de las y los candidatos, el registro y recepción de

documentos de las y los aspirantes se realizó en las sedes de las 10 Juntas

Distritales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral en Oaxaca, así como en la

sede del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, en los

horarios señalados en la convocatoria.

En la etapa de revisión documental y conformación de expedientes, la Comisión

de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional

Electoral, con el apoyo de las Direcciones Ejecutivas revisaron y verificaron el

cumplimiento de los requisitos Legales de las y los aspirantes, integrando los

expedientes por Distrito y generando una base de datos de los ciudadanos

participantes.

El 15 de octubre del 2017 a las 10:00 horas en la sede del Instituto Tecnológico de

Oaxaca, se aplicó el examen de conocimientos a 205 ciudadanas y 279

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ciudadanos inscritos como aspirantes a integrar los Consejos Distritales. El

examen constó de 50 reactivos de opción múltiple equivalentes al 50% del total de

la evaluación.

Asimismo, en esta etapa se llevó a cabo la valoración curricular de aspirantes,

considerando los criterios de experiencia en materia electoral, grado académico y

trayectoria laboral que en conjunto representa un 15 % del total de la evaluación.

La etapa de entrevista se desahogó por las y los Consejeros Electorales y el

Presidente del Consejo General, representando hasta un 35% de la evaluación

general.

5. Enseguida se expone a detalle el procedimiento que se siguió en cada una de las

etapas referidas en el considerando que antecede:

1) INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS

El desarrollo de esta etapa, se verificó a partir del 06 de septiembre hasta el 9 de octubre

de 2017, en cumplimiento del Acuerdo número IEEPCO-CG-54/2017 por el que se

modifican los plazos de las convocatorias para la designación de las y los integrantes de

los Consejos Municipales y Distritales Electorales que fungirán en el Proceso Electoral

Ordinario 2017-2018, aprobando como período para el registro de las y los aspirantes, del

11 de septiembre al 9 de octubre de 2017, en las sedes de las Juntas Distritales

Electorales del Instituto Nacional Electoral, y del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana.

Es importante señalar que la Convocatoria para la integración de los Consejos Distritales,

fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y se hizo del conocimiento

del Instituto Nacional Electoral.

En esta etapa, la Unidad Técnica de Comunicación Social del Instituto, implementó una

estrategia integral de difusión, con la finalidad de que las y los ciudadanos de todo el

Estado pudieran conocer las bases y requisitos de participación, de esta forma llevó a

cabo una campaña de divulgación masiva a través de publicaciones electrónicas,

infografías y animaciones que circularon en las cuentas de Twitter y Facebook

institucionales, inserciones de prensa en los principales medios de la entidad, y la emisión

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periódica de comunicados de prensa para su repercusión en medios impresos y digitales.

Asimismo, coordinó una serie de entrevistas en los principales medios de comunicación

de cada Distrito Electoral, las cuales contaron con la participación de las y los Consejeros

Electorales del Consejo General del Instituto; finalmente, implementó la programación de

spots de radio y televisión en las emisoras del Estado de Oaxaca especificadas en el

Catálogo Nacional de Radio y Televisión aprobado por el Instituto Nacional Electoral.

Mientras que, con el apoyo de las autoridades municipales, se realizaron voceos en los

aparatos de sonido de las comunidades y se instalaron carteles en espacios públicos de

cada uno de los distritos electorales de la entidad; además, en la sede del Instituto Estatal

Electoral se dispusieron formatos de solicitud de registro que se entregaron a las y los

ciudadanos, a quienes además se les brindó la información y orientación respectiva.

Al final de esta etapa, se contó con un total de 742 solicitudes de registro de aspirantes

para integrar los veinticinco Consejos Distritales Electorales; de los cuales solamente 574

aspirantes concluyeron la fase de inscripción al presentar su solicitud por escrito y

documentación personal; 574 expedientes fueron presentados por 332 hombres y 242

por mujeres.

Lo anterior, se detalla de manera desagregada en el cuadro siguiente:

Distrito Cabecera de Distrito Número de solicitudes recibidas

Género

Mujeres Hombres

01 Acatlán de Pérez Figueroa 17 10 7 02 San Juan Bautista Tuxtepec 30 12 18 03 Loma Bonita 37 19 18 04 Teotitlán de Flores Magón 26 13 13 05 Asunción Nochixtlán 19 8 11 06 Heroica Ciudad de Huajuapan

de León 23 11 12

07 Putla Villa de Guerrero 17 4 13 08 Heroica Ciudad de Tlaxiaco 24 11 13 09 Ixtlán de Juárez 27 8 19 10 San Pedro y San Pablo Ayutla 21 9 12 11 Matías Romero Avendaño 20 4 16 12 Santa Lucía del Camino 56 23 33 13 Oaxaca de Juárez Zona Sur 59 28 31 14 Oaxaca de Juárez Zona Norte 65 28 37 15 Santa Cruz Xoxocotlán 49 19 30 16 Zimatlán de Álvarez 41 15 26 17 Tlacolula de Matamoros 31 15 16 18 Santo Domingo Tehuantepec 27 13 14 19 Salina Cruz 24 6 18

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Distrito Cabecera de Distrito Número de solicitudes recibidas

Género

Mujeres Hombres

20 Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza

23 5 18

21 Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

23 12 11

22 Santiago Pinotepa Nacional 17 8 9 23 San Pedro Mixtepec 20 7 13 24 Miahuatlán de Porfirio Díaz 29 17 12 25 San Pedro Pochutla 17 7 10

2) REVISIÓN DOCUMENTAL Y CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTES

En términos de la BASE QUINTA de la Convocatoria, esta segunda etapa, contempla:

a. La revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos legales de las y los

aspirantes, y la integración de expedientes clasificados por Distrito Electoral.

b. La publicación de la lista de aspirantes que cumplieron con los requisitos.

c. La presentación del examen.

d. La valoración curricular de las y los aspirantes.

e. La publicación de la lista con los folios de las y los aspirantes que pasaron a la

siguiente etapa, y el envío de expedientes al Consejo General para su revisión.

Enseguida, se presenta una descripción de las actividades realizadas en cada uno de los

puntos anteriores.

a. La revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos legales de

las y los aspirantes, y la integración de expedientes clasificados por

Distrito Electoral.

La Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el Instituto

Nacional Electoral del IEEPCO, con apoyo de las Direcciones Ejecutivas de Organización

y Capacitación Electoral, y de Educación Cívica y Participación Ciudadana, dio

cumplimiento a la revisión y verificación de los requisitos legales de las y los aspirantes,

entre el 8 y el 12 de octubre de 2017.

Para el desahogo de esta etapa del proceso, la Comisión de Organización y Capacitación

Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral del IEEPCO, con el apoyo del

personal adscrito a las Direcciones Ejecutivas de Organización y Capacitación Electoral, y

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de Educación Cívica y Participación Ciudadana, conformaron y clasificaron los

expedientes por Distrito Electoral, generando una base de datos de las y los aspirantes.

Es importante destacar, que se revisaron todos y cada uno de los expedientes de las y los

aspirantes, verificando los requisitos cumplidos e integrados en sus expedientes, los

cuales fueron señalados en la Base Segunda de la Convocatoria de Integración de los

Consejos Distritales Electorales, mismos que se detallan enseguida:

REQUISITOS VALORACIÓN

a) Ser  mexicano  o  mexicana  por  nacimiento  y  estar  en  

pleno   goce   y   ejercicio   de   sus   derechos   políticos   y  

civiles,   estar   inscrito   en   el   Registro   Federal   de  

Electores   y   contar   con   credencial   para   votar  

vigente.  

Se acreditó el requisito con la presentación de

documentación fehaciente, consistente en copias

del acta de nacimiento y credencial para votar con

fotografía vigente.

b) Tener   residencia   en   el   distrito   de   que   se   trate,   de  

cuando  menos  dos  años  anteriores  a  la  fecha  de  su  

encargo.    

Se comprobó el requisito con la exhibición del

comprobante de domicilio, y la manifestación

expresa en la solicitud de registro como aspirante,

misma que se fundamenta en los artículos 53 al

59 de la Ley de Instituciones y Procedimientos

Electorales del Estado de Oaxaca, en que se

establecen los requisitos que deben cumplir los

integrantes de los Consejos Distritales y

Municipales.

c) Tener   veinticinco   años   de   edad   o   más   al   día   de   la  

designación  

El requisito se acredita con la presentación del

acta de nacimiento, así como con la expresión

manifiesta en la solicitud de registro como

aspirante, misma que se fundamenta en los

artículos 53 al 59 de la Ley de Instituciones y

Procedimientos Electorales del Estado de

Oaxaca, en que se establecen los requisitos que

deben cumplir los integrantes de los Consejos

Distritales y Municipales.

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d) Contar   con   conocimientos   para   el   desempeño   de   sus  

funciones.    

Son elementos de acreditación, los certificados de

estudios, comprobantes laborales o de

participación en actividades electorales,

publicaciones, u otros documentos con valor

curricular o que permitan identificar que los

aspirantes cuentan con conocimientos para el

desempeño de sus funciones.

e) No  haber  sido  registrada  o  registrado  como  candidata  o  

candidato   a   cargo   alguno   de   elección   popular,   ni   ser   o  

haber   sido   dirigente   nacional,   estatal   o   municipal   de  

algún   partido   político,   en   los   tres   años   inmediatos  

anteriores  a  la  designación.  

Se acredita mediante escrito bajo protesta de

decir verdad, en que manifiesta el cumplimiento

de este y otros requisitos.

f) No  estar   inhabilitada   o   inhabilitado  para   ejercer   cargos  

públicos  en  cualquier  institución  pública  federal  o  local.  

Se acredita mediante escrito bajo protesta de

decir verdad, en que manifiesta el cumplimiento

de este y otros requisitos.

g) No   desempeñar   cargo   de   servidora   o   servidor   público  

con  mando  medio   superior   federal,   estatal   o  municipal  

ni   de   los   poderes   legislativo   y   judicial   federal   estatal,   a  

menos  que  se  separe  del  cargo  un  año  antes  del  día  de  la  

designación.      

Se acredita mediante escrito bajo protesta de

decir verdad, en que manifiesta el cumplimiento

de este y otros requisitos.

h) Gozar  de  buena  reputación  y  no  haber  sido  condenada  o  

condenado  por  delito  alguno,  salvo  que  hubiese  sido  de  

carácter  no  intencional  o  imprudencial.  

Se acredita mediante escrito bajo protesta de

decir verdad, en que manifiesta el cumplimiento

de este y otros requisitos.

b. La publicación de la lista de aspirantes que cumplieron con los

requisitos.

El día 13 de octubre de 2017, se publicó la lista de aspirantes que, al cumplir con los

requisitos señalados, estuvieron en aptitud de presentar el examen de conocimientos, en

esta fase, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, en

cumplimiento de lo dispuesto por su normativa, procuró el respeto a los derechos

humanos de las y los aspirantes y su protección más amplia.

Lo anterior representó que un total de 574 aspirantes, de los que 332 son hombres y 242

mujeres, cuyos expedientes se integraron correctamente, aparecieran en las listas de

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aspirantes que cumplieron con los requisitos y, por lo tanto, estuvieron convocados a

presentar su examen de conocimientos; enseguida se desagrega el número de aspirantes

por Distrito Electoral, que cubrieron los requisitos señalados en la convocatoria, cuyos

expedientes quedaron debidamente integrados.

Distrito Cabecera de Distrito

Número de aspirantes que cubrieron los requisitos para la integración de sus expedientes

01 Acatlán de Pérez Figueroa 13 02 San Juan Bautista Tuxtepec 26 03 Loma Bonita 27 04 Teotitlán de Flores Magón 15 05 Asunción Nochixtlán 16 06 Heroica Ciudad de Huajuapan de León 18 07 Putla Villa de Guerrero 14 08 Heroica Ciudad de Tlaxiaco 21 09 Ixtlán de Juárez 22 10 San Pedro y San Pablo Ayutla 20 11 Matías Romero Avendaño 15 12 Santa Lucía del Camino 43 13 Oaxaca de Juárez Zona Sur 41 14 Oaxaca de Juárez Zona Norte 47 15 Santa Cruz Xoxocotlán 35 16 Zimatlán de Álvarez 30 17 Tlacolula de Matamoros 24 18 Santo Domingo Tehuantepec 20 19 Salina Cruz 21 20 Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza 19 21 Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo 21 22 Santiago Pinotepa Nacional 15 23 San Pedro Mixtepec 17 24 Miahuatlán de Porfirio Díaz 19 25 San Pedro Pochutla 15

c. La presentación del examen

El día 15 de octubre de 2017, se aplicó el examen de conocimientos a las y los

aspirantes; en el lugar y horario definido por la Secretaría Ejecutiva en términos de lo

señalado en la BASE QUINTA, etapa 2 de la Convocatoria, el cual quedó establecido de

10:00 a 12:00 horas, en las instalaciones del Instituto Tecnológico de Oaxaca, con

domicilio en Avenida Ingeniero Víctor Bravo Ahuja número 125, esquina con Calzada

Tecnológico, en la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca.

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Ante la presencia del Secretario Ejecutivo del Instituto, quien además tuvo a su cargo la

elaboración del examen por quedar así señalado en la Convocatoria, se realizó la

apertura de los paquetes que contenían los formatos de examen en blanco, para ser

resueltos por las y los aspirantes, y se procedió a la aplicación del mismo; así, las y los

aspirantes fueron organizados en grupos para resolver sus exámenes simultáneamente,

bajo las instrucciones del personal habilitado del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca.

El examen constó de 50 reactivos de opción múltiple, equivalentes hasta el 50% del total

de la evaluación.

Del total de 574 aspirantes acreditados que cumplieron con los trámites y requisitos

establecidos, se presentaron 484 personas, de las cuales 205 fueron mujeres y 279

fueron hombres, como se desglosa enseguida:

ASPIRANTES PROGRAMADOS PRESENTARON EXAMEN

MUJERES HOMBRES TOTAL SI NO

MUJERES HOMBRES TOTAL MUJERES HOMBRES TOTAL 242 332 574 205 279 484 37 53 90 Enseguida, se realiza el desglose de las y los aspirantes que presentaron el examen, por

Distrito Electoral.

Distrito Cabecera de Distrito

Número de mujeres que presentaron examen

Número de hombres que presentaron examen

Número total de aspirantes que presentaron examen

01 Acatlán de Pérez Figueroa 7 6 13 02 San Juan Bautista Tuxtepec 7 11 18 03 Loma Bonita 11 9 20 04 Teotitlán de Flores Magón 8 6 14 05 Asunción Nochixtlán 7 6 13 06 Heroica Ciudad de Huajuapan de León 6 9 15 07 Putla Villa de Guerrero 4 10 14 08 Heroica Ciudad de Tlaxiaco 9 10 19 09 Ixtlán de Juárez 5 14 19 10 San Pedro y San Pablo Ayutla 7 8 15 11 Matías Romero Avendaño 4 9 13 12 Santa Lucía del Camino 14 25 39 13 Oaxaca de Juárez Zona Sur 16 20 36

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13    

Distrito Cabecera de Distrito

Número de mujeres que presentaron examen

Número de hombres que presentaron examen

Número total de aspirantes que presentaron examen

14 Oaxaca de Juárez Zona Norte 18 22 40 15 Santa Cruz Xoxocotlán 12 16 28 16 Zimatlán de Álvarez 8 18 26 17 Tlacolula de Matamoros 13 9 22 18 Santo Domingo Tehuantepec 7 6 13 19 Salina Cruz 4 13 17 20 Heroica Ciudad de Juchitán de

Zaragoza 4 12 16

21 Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo 9 11 20 22 Santiago Pinotepa Nacional 5 7 12 23 San Pedro Mixtepec 4 9 13 24 Miahuatlán de Porfirio Díaz 11 6 17 25 San Pedro Pochutla 5 7 12

Al término de la aplicación de los exámenes, éstos se depositaron en bolsas que fueron

selladas y firmadas por los Consejeros Electorales, ante la presencia de las y los

funcionarios habilitados para la aplicación de los mismos, acto del cual dio fe el Secretario

Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Los días 16, 17 y 18 de octubre de 2017, el Presidente y los Consejeros Electorales del

Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca,

ante la presencia del Secretario Ejecutivo, quien dio fe de la apertura de los paquetes

contenedores de los exámenes aplicados, realizaron la calificación de los mismos,

asentando la calificación correspondiente.

d. La valoración curricular de las y los aspirantes

Simultáneamente al desarrollo de algunas de las actividades señaladas, y como fue

señalado en la convocatoria respectiva, del 9 al 16 octubre de 2017, se realizó la

valoración curricular de las y los aspirantes, tomando en consideración, criterios que

garantizaran la imparcialidad, independencia y profesionalismo; el puntaje final de la

evaluación curricular, fue la suma de los porcentajes que se detallan:

Criterios de valoración curricular

Criterio Porcentaje

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14    

Experiencia en materia electoral 6%

Grado académico 3%

Trayectoria laboral 6%

Total 15%

La valoración curricular fue realizada por la Comisión de Organización y Capacitación

Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, con el apoyo del personal

adscrito a las Direcciones Ejecutivas de Organización y Capacitación Electoral, y de

Educación Cívica y Participación Ciudadana.

El puntaje máximo obtenido en la valoración curricular, se integró al equivalente

porcentual de la calificación del examen, que como se señaló en el punto

correspondiente, representó hasta un 50% del total de la evaluación, y al porcentaje

alcanzado en la etapa de entrevista que se detallará con posterioridad.

e. La publicación de la lista con los folios de las y los aspirantes que

pasaron a la siguiente etapa, y el envío de expedientes al Consejo

General para su revisión.

Una vez obtenidos los resultados de la valoración curricular y el examen, el 19 de octubre,

se publicó en la página web www.ieepco.org.mx y en los estrados del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, la lista con folios de las y los

aspirantes que aprobaron satisfactoriamente y pasaron a la siguiente etapa.

En términos del artículo 3 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del

Estado de Oaxaca; se procuró la protección más amplia de los derechos humanos de las

y los aspirantes, con base en lo anterior, las 484 personas de las cuales 205 fueron

mujeres y 279 fueron hombres, mismas que presentaron el examen y cuya valoración

curricular se realizó en los términos referidos, fueron aptos para presentarse en la

entrevista que configura la siguiente etapa de la convocatoria señalada.

El 19 de octubre de 2017, se realizó el envío de expedientes al Consejo General, para su

revisión.

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15    

3) ENTREVISTA

La etapa de entrevistas se verificó en los espacios del edificio del Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, con domicilio en la

calle Gardenias número 210 de la Colonia Reforma, Oaxaca de Juárez.

En términos de lo establecido en la base SEXTA de la Convocatoria, los aspirantes se

presentarían en el lugar, fecha y hora definida por la Secretaría Ejecutiva y la fase se

desahogó por las y los consejeros electorales y el Presidente del Consejo General. Cada

aspirante, podría obtener en esta etapa, un porcentaje de calificación equivalente hasta el

35% del total de la evaluación.

La lista de las y los aspirantes convocados a la realización de la etapa de entrevista,

consideró la organización y desahogo de las mismas en grupos de trabajo integrados por

las y los Consejeros Electorales, asimismo, se implementó un esquema de turnos para

hacer más eficiente la realización de esta etapa y aprovechar los horarios de esta

actividad, como enseguida se detalla en las tablas siguientes, las cuales reportan la fecha,

turnos, grupos, y espacios donde se celebraron las entrevistas de las y los aspirantes, así

como la integración de cada grupo de entrevistadores.

Viernes 20 de octubre Turno matutino de 10:00 a 15:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

Viernes 20 de octubre Turno vespertino de 15:00 a 20:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences

No conformado para

No conformado para

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada

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16    

Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

este turno de entrevistas

este turno de entrevistas

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa

 

Sábado 21 de octubre Turno matutino de 10:00 a 14:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

No conformado para este turno de entrevistas

No conformado para

este turno de entrevistas

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa

 

Lunes 23 de octubre Turno matutino de 10:00 a 14:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

 

Lunes 23 de octubre Turno vespertino de 17:00 a 20:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

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17    

 

Martes 24 de octubre Turno matutino de 10:00 a 15:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

Martes 24 de octubre Turno vespertino de 17:00 a 20:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

 

Miércoles 25 de octubre Turno matutino de 10:00 a 15:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

Miércoles 25 de octubre Turno vespertino de 17:00 a 20:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones

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18    

Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

Jueves 26 de octubre Turno matutino de 10:00 a 15:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala

de Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

 

Jueves 26 de octubre Turno vespertino de 17:00 a 20:00 horas

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de

Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de

Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez

Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín

Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez

No conformado para este turno de entrevistas

 

Es importante señalar que el Consejero Presidente del Consejo General del Instituto

Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se integró de manera alternada

a los diferentes grupos que realizaron las entrevistas.

Durante el desarrollo de las entrevistas a las y los aspirantes, se tomaron como criterios

de calificación los siguientes:  

1. Apego a los principios rectores

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19    

2. Idoneidad en el cargo

Este último, se conformó de la valoración de aptitudes en liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad de las y los

aspirantes.

Tales apreciaciones, recibieron en conjunto una calificación máxima global equivalente

hasta el 35% de la evaluación final como ya fue mencionado, y fueron asentadas en

cédulas de entrevista individuales.

Al finalizar esta etapa de la convocatoria, se contó con la valoración de los 471 aspirantes

que acudieron, de los cuales 273 son hombres y 471 mujeres; enseguida se presenta la

desagregación total por género.

ASPIRANTES PROGRAMADOS A ENTREVISTA ACUDIERON A ENTREVISTA

MUJERES HOMBRES TOTAL SI NO

MUJERES HOMBRES TOTAL MUJERES HOMBRES TOTAL 205 279 484 198 273 471 7 6 13 Del total de entrevistas realizadas, se presenta la desagregación por distrito concursado y género. Distrito Cabecera de Distrito Número de

aspirantes entrevistados

Género Mujeres Hombres

01 Acatlán de Pérez Figueroa 13 7 6 02 San Juan Bautista Tuxtepec 18 7 11 03 Loma Bonita 20 11 9 04 Teotitlán de Flores Magón 14 8 6 05 Asunción Nochixtlán 13 7 6 06 Heroica Ciudad de Huajuapan de León 14 5 9 07 Putla Villa de Guerrero 13 4 9 08 Heroica Ciudad de Tlaxiaco 18 8 10 09 Ixtlán de Juárez 18 4 14 10 San Pedro y San Pablo Ayutla 14 7 7 11 Matías Romero Avendaño 12 4 8 12 Santa Lucía del Camino 39 14 25 13 Oaxaca de Juárez Zona Sur 36 16 20 14 Oaxaca de Juárez Zona Norte 39 18 21 15 Santa Cruz Xoxocotlán 27 11 16 16 Zimatlán de Álvarez 25 7 18 17 Tlacolula de Matamoros 22 13 9 18 Santo Domingo Tehuantepec 13 7 6 19 Salina Cruz 17 4 13 20 Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza 16 4 12 21 Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo 17 7 10

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20    

Distrito Cabecera de Distrito Número de aspirantes entrevistados

Género Mujeres Hombres

22 Santiago Pinotepa Nacional 12 5 7 23 San Pedro Mixtepec 12 4 8 24 Miahuatlán de Porfirio Díaz 17 11 6 25 San Pedro Pochutla 12 5 7

4) ELABORACIÓN Y OBSERVACIÓN DE LAS LISTAS DE PROPUESTAS

En términos de la Convocatoria, conforme a la BASE SÉPTIMA, entre el 30 de octubre y

el 10 de noviembre del año en curso, se integraron las listas de propuestas para la

designación de las y los integrantes de los Consejos Distritales, por lo que los integrantes

de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el Instituto

Nacional Electoral a instancia del Presidente de la misma, se reunieron con el Consejero

Presidente del Consejo General y la totalidad de los Consejeros y Consejeras Electorales,

el Secretario Ejecutivo y el Encargado del Despacho de la Dirección Ejecutiva de

Organización y Capacitación Electoral del Instituto Estatal Electoral y de Participación

Ciudadana de Oaxaca para integrar las listas de propuestas de aspirantes a integrar los

25 Consejos Distritales Electorales para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.

Para ello, se tomaron en consideración aquéllos aspirantes que cumplieron con los

requisitos de elegibilidad, que obtuvieron las mejores calificaciones en cada etapa del

procedimiento de selección y que demostraron su apego a los principios rectores de la

función electoral y sobre todo idoneidad para ocupar el cargo, acordando lo conducente

en la Sesión Extraordinaria de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y

Vinculación con el Instituto Nacional Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36,

fracción V, 41, base V apartado C, 116, fracción IV, incisos b) y c), de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 98, párrafos 1 y 2, y 104, párrafo 1, inciso a) e

inciso f) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 25, Base A,

párrafo segundo y tercero, y 114 TER, párrafos primero y segundo, de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 26, 38, fracción VII, 53, 54, 55 y 56 de la

Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca; 20, 21,

22, 23, del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral; y el artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

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21    

En sesión extraordinaria de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y

Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, de fecha 10 de noviembre de 2017, el

Consejero Presidente del IEEPCO, solicitó al Secretario Ejecutivo del Consejo General,

girar instrucciones al encargado de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral para

que, a través del portal electrónico institucional, fueran publicados los resultados de las

fases de evaluación del examen y de valoración curricular realizadas a cada uno de las y

los aspirantes, donde pueden consultarse electrónicamente.

En consecuencia, se aprobó la lista de aspirantes a conformar los 25 Consejos Distritales

Electorales Locales, que fungirán durante el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, y se

ordenó la publicación de las mismas en el portal de internet del Instituto Estatal Electoral y

de Participación Ciudadana de Oaxaca el día 11 de noviembre de 2017, así como notificar

por conducto de la Secretaría Ejecutiva a los partidos políticos con registro y acreditados

ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de

Oaxaca.

Mediante oficio suscrito por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca, se realizó la notificación respectiva a todos los

partidos políticos locales y nacionales con registro y acreditados ante el Consejo General

del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, con el objeto de

que, en el plazo del 11 al 13 de noviembre de 2017, realizaran las observaciones y

comentarios que consideren convenientes respecto de cada uno de las y los aspirantes,

mismos que deberían acompañarse de los elementos objetivos que sustenten o

corroboren sus afirmaciones.

Observaciones de los partidos políticos

En relación con lo señalado en el párrafo anterior, se recibió 1 (una) observación de la

representación del Partido Acción Nacional a una aspirante a integrar los Consejos

Distritales, conforme el siguiente cuadro:

OBSERVACIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS DISTRITO PARTIDO POLÍTICO TOTAL

1 Partido Acción Nacional 1

 

Por conducto de la Secretaría Ejecutiva, se recibió 1 (una) observación y comentarios

respecto a una de las aspirantes a integrar el Consejo Distrital Electoral de Acatlán de

Pérez Figueroa, misma que fue remitida a la Comisión de Organización y Capacitación

Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral.

La observación realizada es la siguiente:  

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22    

OBSERVACIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

ASPIRANTE PARTIDO POLÍTICO QUE

PRESENTA LA OBSERVACIÓN

OBSERVACIÓN

Amparo Villalba

González Partido Acción Nacional Pertenece al Comité Municipal del PRI en

Cosolapa.

 

Resulta importante señalar que, por mandato legal, las observaciones que formulen los

partidos políticos deben acompañarse de los elementos objetivos que sustenten o

corroboren las afirmaciones presentadas; es decir, que requieren de la presentación de

medios de prueba que permitan tener por acreditado de manera objetiva la inobservancia

de alguno de los requisitos previstos en la convocatoria y normativa que la fundamenta.

Incluso, cuando se trata de observaciones en las que se aduce el incumplimiento al perfil

que deben tener los integrantes de los Consejos Distritales del Instituto Estatal Electoral y

de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca, la carga de la prueba corresponde a

quienes afirman que no se satisfacen.

Al respecto, resultan orientadoras la jurisprudencia 17/2001 y la tesis LXXVI/2001, del

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyos rubros y textos se

transcriben: MODO HONESTO DE VIVIR. CARGA Y CALIDAD DE LA PRUEBA PARA ACREDITAR

QUE NO SE CUMPLE CON EL REQUISITO CONSTITUCIONAL.- El requisito de tener

“modo honesto de vivir”, para los efectos de la elegibilidad, constituye una presunción juris

tantum, pues mientras no se demuestre lo contrario se presume su cumplimiento. Por

tanto, para desvirtuarla, es al accionante al que corresponde la carga procesal de acreditar

que el candidato cuyo registro impugnó, no tiene “un modo honesto de vivir” ya que quien

goza de una presunción a su favor no tiene que probar, en tanto que, quien se pronuncia

contra la misma debe acreditar su dicho, con datos objetivos que denoten que el candidato

cuestionado carece de las cualidades antes mencionadas.

Tercera Época:

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-332/2000. Partido de la Revolución

Democrática. 9 de septiembre de 2000. Unanimidad de votos.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-440/2000 y acumulado. Partido Acción

Nacional y Partido de la Revolución Democrática. 15 de noviembre de 2000. Unanimidad

de 6 votos.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-

020/2001. Daniel Ulloa Valenzuela. 8 de junio de 2001. Unanimidad de votos.

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23    

La Sala Superior en sesión celebrada el dieciséis de noviembre de dos mil uno, aprobó por

unanimidad de votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.

Justicia Electoral. Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,

Suplemento 5, Año 2002, páginas 21 y 22.

ELEGIBILIDAD. CUANDO SE TRATA DE REQUISITOS DE CARÁCTER NEGATIVO, LA CARGA DE LA PRUEBA CORRESPONDE A QUIEN AFIRME NO SE SATISFACEN.- En

las Constituciones Federal y locales, así como en las legislaciones electorales respectivas,

tratándose de la elegibilidad de los candidatos a cargos de elección popular, generalmente,

se exigen algunos requisitos que son de carácter positivo y otros que están formulados en

sentido negativo; ejemplo de los primeros son: 1. ser ciudadano mexicano por nacimiento;

2. tener una edad determinada; 3. ser originario del Estado o Municipio en que se haga la

elección o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses, etcétera; en cuanto

a los de carácter negativo podrían ser, verbigracia: a) no pertenecer al estado eclesiástico

o ser ministro de algún culto; b) no tener empleo, cargo o comisión de la Federación, del

Estado o Municipio, a menos que se separe del mismo noventa días antes de la elección;

c) no tener mando de policía; d) no ser miembro de alguna corporación de seguridad

pública, etcétera. Los requisitos de carácter positivo, en términos generales, deben ser

acreditados por los propios candidatos y partidos políticos que los postulen, mediante la

exhibición de los documentos atinentes; en cambio, por lo que se refiere a los requisitos de

carácter negativo, en principio, debe presumirse que se satisfacen, puesto que no resulta

apegado a la lógica jurídica que se deban probar hechos negativos. Consecuentemente,

corresponderá a quien afirme que no se satisface alguno de estos requisitos el aportar los

medios de convicción suficientes para demostrar tal circunstancia.

Tercera Época:

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-160/2001 y acumulado. Partido Acción

Nacional y Partido de la Revolución Democrática. 30 de agosto de 2001. Unanimidad de

votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Jacob Troncoso Ávila.

La Sala Superior en sesión celebrada el quince de noviembre de dos mil uno, aprobó por

unanimidad de votos la tesis que antecede.

Justicia Electoral. Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,

Suplemento 5, Año 2002, páginas 64 y 65.

Lo anterior tiene sentido, dado que en el procedimiento de designación se encuentran

involucrados derechos fundamentales de las y los aspirantes, como lo es el relativo a

tener derecho a las funciones públicas del país, incluidas las electorales, teniendo las

calidades que la ley establezca; de ahí que la restricción de su ejercicio por parte de la

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24    

autoridad administrativa no pueda sustentarse a través de simples apreciaciones o

aspectos subjetivos.

Asumir una posición contraria, implicaría dejar de reconocer el mandato establecido en el

artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que impone a

todas las autoridades del Estado, incluido el Instituto Estatal Electoral y de Participación

Ciudadana de Oaxaca, respecto de la protección de los derechos fundamentales de las

personas.

5) INTEGRACIÓN Y APROBACIÓN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS

Acorde a lo señalado en la BASE SÉPTIMA de la convocatoria, la quinta etapa

corresponde a la integración de las propuestas definitivas, mismas que deben

conformarse del 14 al 20 de noviembre de 2017 y ser sometidas a la consideración del

Consejo General para la designación de los integrantes de cada uno de los 25 Consejos

Distritales, el 25 de noviembre de 2017.

Ante el cúmulo de aspirantes que pueden ser considerados como aptos para integrar

alguno de los 25 Consejos Distritales Electorales, es necesario determinar quiénes

resultan ser idóneos e idóneas para cada cargo, tomando como base la lista provisional

aprobada en la sesión del 10 de noviembre del presente año.

Para ello, se toma en cuenta que únicamente pueden ser designados diez aspirantes para

integrar cada Consejo Distrital Electoral, ello conforme al artículo 53, numeral 3, de la Ley

de Instituciones Políticas y Electorales del Estado de Oaxaca, que dispone que cada

órgano desconcentrado funcionará con una consejera o consejero Presidente, cuatro

consejeras o Consejeros Electorales propietarios, cuatro suplentes y, una Secretaria o

Secretario del consejo.

Para que el Consejo General proceda tras la aprobación de este dictamen a la

designación de las y los integrantes, se procede a estudiar la lista de aspirantes

organizada por Distrito Electoral que fue integrada por la Comisión, así como las

observaciones que fueron presentadas por los partidos políticos.

Dicho esto, en la selección de las propuestas definitivas de aspirantes se toman en

consideración, los criterios orientadores de confirmad con el artículo 22 del Reglamento

de Elecciones del INE, así como el artículo 7 del Reglamento de designación, sustitución

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25    

y remoción de las y los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales Electorales,

designados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación

Ciudadana de Oaxaca, mismos que establecen:

a) Paridad de género;

b) Pluralidad cultural de la entidad;

c) Participación comunitaria o ciudadana;

d) Prestigio público y profesional;

e) Compromiso democrático;

f) Idoneidad;

g) Conocimiento de la materia electoral; y

h) Objetividad e imparcialidad.

En concordancia con lo anterior, el artículo 9, numeral 3, del Reglamento de

Elecciones del Instituto Nacional Electoral, expone que en la valoración de los

criterios se atenderá lo siguiente:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país, en la conformación de las propuestas definitivas, se observaron

los criterios de paridad que forman parte del desarrollo de diversas etapas de los

procesos electorales, y la implementación de acciones afirmativas a favor de las

mujeres, para ello resultan orientadoras las jurisprudencia 3/2015, y 8/2015 del

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto se

transcriben:

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ACCIONES AFIRMATIVAS A FAVOR DE LAS MUJERES. NO SON DISCRIMINATORIAS.- De la interpretación sistemática y funcional de los artículos 1º, párrafo quinto, 4º, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 1 y 4, párrafo primero, de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; 1, 2, 4 y 5, fracción I, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; 1, 2, 3, párrafo primero y 5, fracción I, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; así como de los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sustentados en la Opinión Consultiva OC-4/84, y al resolver los Casos Castañeda Gutman Vs. México, y De las Niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana; se advierte que las acciones afirmativas son medidas especiales de carácter temporal que se adoptan para generar igualdad y no se considerarán discriminatorias siempre que sean razonables, proporcionales y objetivas, y una vez alcanzado el fin para el cual fueron implementadas cesarán. Es por ello que las medidas temporales a favor de las mujeres, encaminadas a promover la igualdad con los hombres, no son discriminatorias, ya que al establecer un trato diferenciado entre géneros con el objeto de revertir la desigualdad existente, compensan los derechos del grupo de población en desventaja, al limitar los del aventajado.

Quinta Época:

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-1080/2013 y acumulados.—Actores: Felipe Bernardo Quintanar González y otros.—Autoridad Responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—21 de octubre de 2013.—Mayoría de seis votos.—Engrose: María del Carmen Alanis Figueroa.—Disidente: Flavio Galván Rivera.—Secretarios: José Alfredo García Solís y Enrique Figueroa Ávila.

INTERÉS LEGÍTIMO. LAS MUJERES LO TIENEN PARA ACUDIR A SOLICITAR LA TUTELA DEL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PARIDAD DE GÉNERO EN LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR.—- La interpretación sistemática, funcional y progresiva sustentada en el principio pro persona, en su vertiente pro actione, de los artículos 1°, 2 y 4, en correlación con el 17, párrafo segundo; 35, fracciones I y II, 41, base I, segundo párrafo y base VI, y 133, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 2, 8, 23, 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 2, 3, 14, 25 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1, 2, 3 y 7 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer; I, II y III, de la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer; 4, inciso j); y 5 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; permite afirmar que cuando se trata de impugnaciones relacionadas con medidas vinculadas al derecho fundamental de paridad de género cualquiera de ellas cuenta con interés legítimo para solicitar su tutela. Esto debido a que la paridad de género produce un impacto colateral en la esfera jurídica de las mujeres, ello genera el interés legítimo para acudir a juicio, tomando en cuenta, en primer lugar, su pertenencia al grupo colectivo a favor del cual se pretende la instauración de la medida alegada; y en segundo, el perjuicio real y actual que genera en las mujeres al pertenecer al grupo que histórica y estructuralmente ha sido objeto de discriminación, incluso cuando la norma no confiere un derecho subjetivo o la potestad directa de reclamarlo. Quinta Época:

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27    

Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-12624/2011 y acumulados.—Actoras: María Elena Chapa Hernández y otras.—Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—30 de noviembre de 2011.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Alejandro Luna Ramos.—Secretarios: Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez y Ángel Eduardo Zarazúa Alvizar. Recurso de reconsideración. SUP-REC-90/2015 y acumulado.—Recurrentes: Leticia Burgos Ochoa y otras.—Autoridad responsable: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco.—29 de abril de 2015.—Mayoría de cuatro votos.—Ponente: Pedro Esteban Penagos López.—Disidentes de la sentencia pero a favor del criterio contenido en la presente jurisprudencia: María del Carmen Alanis Figueroa y Manuel González Oropeza.—Secretario: Víctor Manuel Rosas Leal. Recurso de reconsideración. SUP-REC-97/2015 y acumulado.—Recurrentes: Ma. del Pilar Pérez Vázquez y otras.—Autoridad responsable: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca, Estado de México.—29 de abril de 2015.— Mayoría de cuatro votos.—Ponente: Salvador Olimpo Nava Gomar.— Disidentes de la sentencia pero a favor del criterio contenido en la presente jurisprudencia: María del Carmen Alanis Figueroa y Manuel González Oropeza.— Secretarios: Beatriz Claudia Zavala Pérez y Mauricio I. del Toro Huerta.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

 

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

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28    

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

 

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

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29    

En tanto, que el artículo 7 del Reglamento para la Designación, Sustitución y

Remoción de las y los Integrantes de los Consejos Distritales y Municipales

Electorales, designados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca, expone la consideración adicional de los

criterios de:

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación cuyo texto y rubro se transcribe:

CONSEJEROS ELECTORALES. PARA SU DESIGNACIÓN DEBEN OBSERVARSE LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA, OBJETIVIDAD E

IMPARCIALIDAD (LEGISLACIÓN DE TAMAULIPAS Y SIMILARES).- De la

interpretación sistemática y funcional de los artículos 41, y 116, fracción IV, inciso

b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, fracción II, de

la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 77 y 81 del código electoral

local, se advierte que la función de las autoridades electorales se rige por los

principios de independencia, objetividad e imparcialidad; de ahí que las

designaciones de quienes las integren deben recaer en ciudadanos que, bajo las

reglas generales de la prueba, demuestren, aun presuncionalmente, que cumplen

tales cualidades, con el objeto de obtener mayor certeza de que se conducirán con

base en el estudio objetivo del caso y la aplicación imparcial de la norma, sin

permitir que su conducta o decisión sea influida por factores externos o internos,

que impliquen la inobservancia de esos principios.

Cuarta Época:

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-25/2007.—Actor: Partido

Acción Nacional.—Autoridad responsable: Quincuagésima Novena Legislatura del

Congreso del Estado de Tamaulipas.—28 de marzo de 2007.—Mayoría de cinco

votos.—Ponente: Pedro Esteban Penagos López.—Disidente: Manuel González

Oropeza.—Secretarios: Ernesto Camacho Ochoa, Sergio Arturo Guerrero Olvera,

Eduardo Hernández Sánchez y Claudia Pastor Badilla.

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30    

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-18/2008 y acumulado.—

Actores: Partido del Trabajo y otro.—Autoridad responsable: Congreso del Estado

de Durango.—16 de abril de 2008.—Mayoría de cinco votos.—Ponente: Salvador

Olimpo Nava Gomar.—Disidentes: Flavio Galván Rivera y Manuel González

Oropeza.—Secretario: Carlos Vargas Baca.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-

JDC-1/2010.—Actor: Jorge Luis Benito Guerrero.—Autoridad responsable:

Dirección de Organización Electoral de la Dirección General del Instituto Electoral

del Estado de Puebla.—17 de febrero de 2010.—Mayoría de cinco votos.—

Ponente: María de Carmen Alanis Figueroa.—Disidentes: Flavio Galván Rivera y

Manuel González Oropeza.—Secretario: Carlos Vargas Baca.

En cada una de las etapas del proceso de selección se atendieron los principios de

objetividad e imparcialidad y sin discriminación motivada por origen étnico, género,

condición social, orientación religiosa, preferencias sexuales, estado civil o

cualesquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o

menoscabar los derechos y libertades de las personas. Asimismo, se tomaron en

cuenta los criterios de equidad de género y una composición multidisciplinaria, así

como multicultural, y de manera relevante, la protección más amplia de los

derechos humanos de cada aspirante y el pleno reconocimiento de su dignidad.

En atención al marco normativo referido en los párrafos inmediatos anteriores, se

elaboraron las propuestas definitivas de las y los aspirantes a integrar los

Consejos Distritales Electorales.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, y en cumplimiento a lo establecido en el

38, fracción VII, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado

de Oaxaca; en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral y en la

Convocatoria para Integrar los Consejos Distritales Electorales, una vez que se ha

dado cuenta de cada una de las etapas que conforman el proceso de selección y

designación de las y los integrantes de los 25 Consejos Distritales Electorales del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se presenta el

análisis integral por Distrito Electoral, conformado por las valoraciones individuales

de las y los aspirantes que integran las propuestas definitivas.

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31    

Como podrá observarse, de la propuesta de integración de los 25 Consejos

Distritales, 13 de ellos son encabezados por una persona del sexo masculino, en

tanto que 12 de ellos son encabezados por personas del sexo femenino,

cumpliéndose así con el principio de paridad de género en su vertiente horizontal.

De igual manera es de destacarse que en la integración total de los 25 organismos

desconcentrados existen 131 personas del sexo masculino y 119 personas del

sexo femenino.

Expuesto lo anterior, se procede al análisis de idoneidad que de cada órgano

desconcentrado se realiza, para efecto de concretar en los siguientes apartados la

justificación, así como los elementos que sostienen cada una de las 25 propuestas

de integración en los términos siguientes:

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32    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 01 CON CABECERA EN ACATLÁN DE PÉREZ FIGUEROA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 01 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta VÁZQUEZ CANCINO IRMA

CALLEJA GARIBAY JAVIER

DIEGO ESTRADA ALEJANDRA

VILLALBA GONZÁLEZ AMPARO

GONZÁLEZ GÓMEZ HELADIO

Secretaria GUERRERO ESPINOSA SOLEDAD ESPERANZA

Consejero/a Electoral 1 BELTRÁN CABRERA ROBERTO

Consejero/a Electoral 2 CRUZ NOGALES DOMINGA

Consejero/a Electoral 3 DIEGO ESTRADA GABRIEL

Consejero/a Electoral 4 GARCÍA GARCÍA ERIKA ELIDETH

 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PÉREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: VÁZQUEZ CANCINO IRMA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.5

   

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

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33    

NOMBRE: GUERRERO ESPINOSA SOLEDAD ESPERANZA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86.5

   

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: BELTRÁN CABRERA ROBERTO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.5

       

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: CRUZ NOGALES DOMINGA

SEXO: MUJER

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34    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

73.5

   

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: DIEGO ESTRADA GABRIEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81.5

 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA PROPIETARIA

NOMBRE: GARCÍA GARCÍA ERIKA ELIDETH

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 30

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35    

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

63

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: CALLEJA GARIBAY JAVIER

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

68.5

 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: DIEGO ESTRADA ALEJANDRA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 31

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 24

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN 64

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36    

CURRICULAR Y ENTREVISTA).

   

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: VILLALBA GONZALEZ AMPARO

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

74.5

 

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37    

 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: GONZÁLEZ GÓMEZ HELADIO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

71

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 01.

Como se advierte de la integración del 01 Consejo Distrital Electoral con sede en Acatlán

de Pérez Figueroa, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de los integrantes, se

destaca que la ciudadana propuesta para presidir el Consejo Distrital, cuenta con

conocimientos en Derecho, mismos que están respaldados por estudios y capacitación

cuyas evidencias integran su expediente; además, cuenta con experiencia electoral en

dos procesos electorales locales al haber participado como Consejera Electoral del XXV

Consejo Distrital con sede en Acatlán de Pérez Figueroa en el Proceso Electoral 2012-

2013, y del 01 Consejo Distrital con sede en Acatlán de Pérez Figueroa en el Proceso

Electoral 2015-2016.

Su experiencia también está conformada por sus aportaciones en el Departamento

Jurídico de Tezonapa Veracruz, y por diversas actividades desempeñadas en la Unión

Local de Productores de Caña de Azúcar de 2008 a 2010, entre las que destacan su

participación como auxiliar contable, atención a los productores y abastecedores de caña,

aclaración de cuentas respecto de las retenciones hechas por el ingenio y la unión,

encargada del archivo de expedientes de los productores y abastecedores del ingenio y la

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38    

unión, y la tramitación y obtención de créditos para los productores. Además, fue

Secretaria auxiliar de la Notaría 106 en Cosolapa Oaxaca.

La Ciudadana Irma Vázquez Cancino, manifiesta sentir gusto por la atención al público y

compromiso por cumplir por lo que se le encomienda; su actitud es crítica, emprendedora

y dinámica, motivada por participar y contribuir al desarrollo de su comunidad, así como

fortalecer su desarrollo personal y profesional y conoce del contexto social actual del país,

expresando preocupación por la coyuntura electoral y el impacto de los sismos en el

Estado. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permite

detectar dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la comunicación

interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su

desempeño. Expresa el deseo de desarrollar y ampliar sus conocimientos con

posibilidades de crecimiento laboral en un buen ambiente laboral, así como capacidad

para desarrollar actividades que se le encomienden con excelentes resultados, lealtad

institucional y responsabilidad. Dispone de tiempo y ofrece calidad en el trabajo para

presentar los mejores resultados, mediante un desempeño basado en valores,

experiencia, responsabilidad y respeto.

Mientras que, en referencia a la ciudadana propuesta como Secretaria del Consejo

Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en relación al apego demostrado a los principios

rectores, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad;

cuenta también con experiencia electoral, al haberse desempeñado como Capacitadora

Asistente Electoral ante el entonces Instituto Federal Electoral, en el Distrito Electoral de

Juchitán de Zaragoza, en el proceso federal 2011-2012, y como Presidenta del Consejo

Municipal de Cosolapa durante el Proceso Electoral Ordinario anterior a esta designación,

logrando estabilidad y buen desarrollo de las actividades en un municipio señalado por

anteriores conflictos electorales; destaca su experiencia jurídica en diversas localidades

de la región lo que evidencia un conocimiento del contexto; asimismo, es manifiesta a

través de las razones que la motivan a participar, su preocupación por el país y el

fortalecimiento de la democracia.

La Ciudadana Soledad Esperanza Guerrero Espinosa ha desarrollado su experiencia

además del ámbito electoral, como asesora jurídica del Comisariado Ejidal de Cosolapa

en 2014 y 2015, asesora jurídica en María Lombardo de Caso San, Juan Cotzocón en el

período 2010-2011, auxiliar administrativo de SICCMA Construcciones en Oaxaca de

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39    

Juárez de 2005 a 2006 y auxiliar administrativo en la H. Cámara de Diputados en el año

2000. Manifestó en su exposición de motivos y entrevista, ser una mujer dispuesta a

contribuir al desarrollo de su comunidad, preocupada por la solidaridad de las

instituciones con los damnificados por los sismos, la transparencia en la aplicación de

recursos y la observancia de los principios rectores de las instituciones que participan en

la organización del proceso electoral, considera que su participación en el Consejo

constituye una responsabilidad cívica.

Resulta destacable que la Presidenta y la Secretaria de este órgano colegiado son

mujeres con lo que se ejerce una perspectiva de género, de inclusión en la participación

política y no discriminación, además de una acción afirmativa de género, al estar

conformado por 6 mujeres y 4 hombres.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en actividades de campo, al haberse desempeñado en funciones

como el desarrollo de los censos agropecuarios, económicos, de población y vivienda, así

como su participación en las áreas de geoestadística y entrevistas desarrolladas para el

Instituto Nacional de Estadística y Geografía, lo que evidencia un conocimiento del

contexto de la región y facilidades para llevar a cabo trabajos que implican contacto

directo con personas de diferentes comunidades. Asimismo, es evidente la participación

que han tenido en materia electoral, al desempeñarse como técnicos electorales,

analistas, capacitadoras o capacitadores asistentes electorales, o bien, en áreas de

coordinación electoral, organización electoral. Sobresale que algunos de los perfiles

propuestos ya han participado como consejeras y consejeros en consejos municipales y/o

distritales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca,

circunstancias que denotan interés y vocación por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

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acumulan conocimientos en ámbitos como el diseño y la evaluación de proyectos, la

implementación de estrategias de enseñanza y técnicas de pedagogía, la comprensión de

modelos educativos, el modelo de desarrollo de competencias y el campo de la

sustentabilidad; en tanto, en referencia al estudio y análisis jurídico, litigio estratégico,

defensoría, resolución de conflictos agrarios y familiares e impartición de justicia.

Enseguida, se detalla la experiencia y aptitudes de las consejeras y consejeros

electorales propuestos en esta integración definitiva.

Respecto de Roberto Beltrán García, se destaca que ha participado como Técnico

Electoral del entonces Instituto Estatal Electoral de Oaxaca en el año 1988, asimismo,

participó como Consejero Electoral Propietario en el Consejo Distrital de Acatlán de Pérez

Figueroa en el proceso electoral 2015-2016; participó EN 1991 como Enumerador del

Censo Agropecuario del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, así como del Censo

Económico celebrado en 1994 por el mismo INEGI; también fue Jefe de Entrevistadores

del Conteo de Población y Vivienda en 1995, Responsable del Área de Geoestadística

Básica en 2000, Supervisor de Entrevistadores en 2005; y fue Capacitador Asistente

Electoral en el entonces Instituto Federal Electoral en el año 2006, así como Coordinador

de Capacitación Electoral en el entonces Instituto Estatal Electoral de Oaxaca, en el

distrito XXV de Acatlán de Pérez Figueroa durante 2007. También, participó como

Coordinador Electoral en el IEEO, por el Distrito XXV de Acatlán de Pérez Figueroa en

2010. Y fue Coordinador Electoral de Organización Electoral del IEEO en 2013. En su

exposición de motivos refirió que conoce la orografía de su distrito a la perfección, así

como de las rutas, medios de transporte y medios de comunicación en cada uno de los

municipios que integran el Distrito; así como experiencia para afrontar situaciones de

contingencia y presión; privilegia el diálogo, el orden, la organización y la honestidad en el

ejercicio de la democracia y lealtad institucional.

En tanto, la Ingeniera Dominga Cruz Nogales, manifestó contar con conocimientos

suficientes para un desempeño adecuado de las funciones, disponibilidad de tiempo y

horario para el correcto ejercicio del cargo, capacidad y experiencia acumulada a lo largo

de responsabilidades asumidas en el gobierno federal, estatal y municipal, así como el

conocimiento geográfico del Distrito, así como la convicción de realizar el encargo con

responsabilidad y honestidad requeridos para un proceso electoral legal y transparente.

Como parte de su trayectoria profesional, se ha desempeñado como Inspectora

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41    

Ajustadora Calificada para la Aseguradora Nacional Agrícola y Ganadera S. A.,

Coordinadora Censal Municipal ante el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, en

1991 y 2007; así como Supervisora de Análisis de Captura de 2005 a 2006 en la misma

institución; asimismo, se desempeñó como Técnico Distrital en Difusión y Concertación

del Registro Federal de Electores, prestadora de Servicios Profesionales para la Unión

Local de Productores de Caña de Azúcar del Ingenio El Refugio A. C., así como docente

en el Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario N° 75 y en el Colegio de

Bachilleres del Estado de Oaxaca; también colaboró como extensionista de la Secretaría

de Desarrollo Agropecuario Pesca y Acuacultura.

Por su parte, Gabriel Diego Estrada, también acumula experiencia electoral al haber

participado en 4 procesos electorales locales, desempeñándose como Consejero

Electoral Propietario del Consejo Municipal de San Miguel Soyaltepec en 2004 y 2016;

Consejero Presidente del Consejo Municipal de San Miguel Soyaltepec en 2010 y 2013;

de la valoración hecha durante la etapa de entrevistas se desprende que cuenta con

aptitudes para formar parte del órgano colegiado al apreciarse como una persona

dinámica, competitiva, líder y con experiencia en la organización de procesos electorales;

asimismo, manifestó estar interesado en dar certeza a la ciudadanía a través de su

participación, para que se respete el voto de las comunidades, y el proceso pueda

transcurrir de forma pacífica; dijo contar con experiencia y capacidad para desarrollar el

cargo, al considerarse apto para la toma de decisiones, responsable, comprometido con la

transparencia, eficiente, interesado en velar por la autenticidad y efectividad del sufragio,

coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática, así como

garantizar la participación de las mujeres, vigilar y hacer cumplir los principios de certeza,

legalidad, independencia, imparcialidad, interculturalidad, máxima publicidad y objetividad.

Mientras que, la Ingeniera en Gestión Empresarial Erika Elideth García García, cuenta

con experiencia profesional como Administradora de empresas locales en la zona

Veracruz – Acatlán, y ha sido Coordinadora Técnico Social de la Secretaría de Desarrollo

Social del Estado de Oaxaca, como manifiesta en su currículo. Durante la valoración de

sus aptitudes en la etapa de entrevistas, se le apreció como una persona sociable, de

intereses constantes y con amplio sentido de responsabilidad, con disponibilidad de

tiempos y horarios para el ejercicio de la encomienda institucional, refirió haber

participado como Capacitadora Asistente Electoral en procesos electorales anteriores,

manifestó ser una persona apta para la toma de decisiones, interesada en el bienestar

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común, responsable y comprometida con la transparencia, la eficiente organización de las

actividades electorales, la claridad, equidad y credibilidad de los procesos, comprometida

con la institución para elevar y sostener su prestigio; y manifestó que como integrante del

órgano electoral cumpliría a cabalidad el cargo conferido.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, la formación multidisciplinar, el alto sentido de

compromiso con las instituciones y la democracia; destacan su experiencia,

conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en

el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como un

comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la

transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,

el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como

cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia

acumulada como Consejeras y Consejeros Electorales, Asistentes Electorales,

Capacitadores Electorales, en varios procesos electorales, su capacitación permanente a

través de cursos y congresos.

Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales

propuestos en esta integración, son el sector financiero, desarrollo social, sectores

productivos, desarrollo empresarial, docencia, ámbito jurídico, gerencial, administrativo,

destacando que tal ejercicio lo han desempeñado en el Estado de Oaxaca y otras

entidades, como Veracruz, cuya cercanía a la región influye la dinámica social y

económica.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la

voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por

la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la

educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción

afirmativa de género. Destaca que las figuras de mayor representación son precisamente

mujeres, lo que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de paridad

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43    

y la igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las mujeres y la

ciudadanía en su conjunto.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 01 Consejo Distrital con

sede en Acatlán de Pérez Figueroa, se observó.

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a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país, asimismo se ejerció una acción afirmativa, ya que seis son

mujeres y cuatro hombres quienes integran la propuesta; al respecto, es un

elemento de consideración la jurisprudencia 3/2015, del Tribunal Electoral del

Poder Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto han sido enunciadas en el

cuerpo del presente dictamen.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales, la cercanía geográfica de la

región con poblados del Estado de Veracruz, propicias formas peculiares de

comunicación, usos y representaciones comunes que dan sentido a la identidad.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones ejidales y agrarias,

así como el sector cañero que dinamiza la zona.

 

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

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45    

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

 

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

 

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

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46    

   

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Irma Vázquez Cancino, Soledad Esperanza Guerrero

Espinosa, Roberto Beltrán Cabrera, Dominga Cruz Nogales, Gabriel Diego Estrada, Erika

Elideth García García, Javier Calleja Garibay, Alejandra Diego Estrada, Amparo Villalba

González y Heladio González Gómez, son las personas idóneas para desempeñar

respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretaria y Consejeros Electorales

del Consejo Distrital 01 en Acatlán de Pérez Figueroa.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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47    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 02 CON CABECERA EN SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 02 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejero Presidente MARIANO IBAÑEZ PABLO

ALBINO MARTÍNEZ PEDRO

HUCHIN IBAÑEZ MARGARITA

MARTÍNEZ PASTOR JOSÉ DE JESÚS

MARTÍINEZ RODRÍGUEZ ALEYDA GUADALUPE

Secretaria IGLESIAS JIMENEZ MARÍA GUADALUPE

Consejero/a Electoral 1 ANAYA PAVÓN ARTURO

Consejero/a Electoral 2 AZAMAR SOLIS MARTÍN

Consejero/a Electoral 3 CORTÉS TENORIO VALERIA

Consejero/a Electoral 4 SANTA ANNA ALCALÁ MONTSERRAT

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: MARIANO IBAÑEZ PABLO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: IGLESIAS JIMÉNEZ MARÍA GUADALUPE

SEXO: MUJER

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48    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

95

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: ANAYA PAVON ARTURO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: AZAMAR SOLIS MARTÍN

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: CORTÉS TENORIO VALERIA

SEXO: MUJER

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49    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: SANTA ANNA ALCALÁ MONTSERRAT

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: ALBINO MARTÍNEZ PEDRO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 25.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

74.5

 

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50    

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: HUCHIN IBAÑEZ MARGARITA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

75

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: MARTÍNEZ PASTOR JOSÉ DE JESÚS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

77.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: MARTÍNEZ RODRÍGUEZ ALEYDA GUADALUPE

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 02.

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51    

Como se deriva de la integración del 02 Consejo Distrital Electoral con sede en San Juan

Bautista Tuxtepec, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes;

y se concluye que el ciudadano propuesto para presidir el Consejo Distrital, cuenta con

experiencia previa en materia electoral al haber participado como Secretario del Consejo

Distrital en Tuxtepec en el período electoral ordinario 2015-2016 y haber fungido como

Consejero Municipal en 2013; alcanzó el máximo puntaje durante la fase de entrevistas,

donde se ponderaron el apego a los principios rectores y la idoneidad en el cargo a través

de la expresión de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad.

El ciudadano Pablo Mariano Ibañez, propuesto como Presidente del Consejo Distrital, es

licenciado en Derecho y cuenta con estudios de posgrado en Derecho Constitucional

como se observa en las evidencias académicas que presenta; su experiencia profesional

es de 20 años en el sector jurídico, en que se ha desempeñado como abogado litigante,

encuestador, catedrático y funcionario electoral.

Así también, comprueba capacitación permanente a través de seminarios, talleres,

diplomados y cursos de educación continúa en el ámbito jurídico, el ciudadano propuesto

acredita haber ofrecido conferencias y talleres en materia electoral. Ha participado en el

Diplomado en Gobierno Municipal y Participación Social convocado por el Instituto

Nacional de Desarrollo Social, el Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo

Municipal y la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto Nacional de Desarrollo

Social; cursó el Diplomado en Gobierno Municipal impartido por el Instituto Estatal de

Desarrollo Municipal y el Instituto Estatal de Educación Pública, realizó un período de

servicio social en la Procuraduría General de la República, Delegación Oaxaca.

Adicionalmente, se ha desempeñado como abogado litigante, catedrático de la

Universidad Hispano en la Licenciatura en Derecho y, encuestador en la Secretaría

Federal de Desarrollo Social.

En 2008 fue Secretario Honorario de la Comisión de Vinculación, enlaces y alianzas con

la comunidad, el gobierno y asociaciones civiles del Comité Consultivo para la Atención a

las Lenguas Indígenas en Riesgo de Desaparición del Instituto Nacional de Lenguas

Indígenas y su participación en el Encuentro Binacional sobre Lenguas en Riesgo de

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52    

Desaparición organizado por México North Research Network, así como el primer foro

juvenil “Comunidades indígenas, identidad y preservación”.

También cuenta con instrucción en temas de Gestión Cultural al cursar el Diplomado

Continuo en Gestión Cultural de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de

Oaxaca y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, cuenta con participación en

iniciativas a favor de la preservación de lenguas en riesgo de desaparición, identidades

indígenas y participación de la sociedad civil; en sus aportaciones escritas manifiesta

estar informado sobre las transformaciones sociales y la evolución del sistema electoral

mexicano.

Como parte de su capacitación y participación ciudadana permanentes, ha sido

Dialogante de la mesa inicial de los Diálogos para la Cultura Cívica, convocado por la 01

Junta Distrital Ejecutiva de San Juan Bautista Tuxtepec, asimismo, recibió el curso a

distancia denominado “Los desafíos y las tareas de los municipios en el México actual”

impartido por el Instituto Nacional de Desarrollo Social, entre otros programas

académicos, ha cursado el denominado “Ejercicio de los derechos sociales y abatimiento

de carencias, el papel de la sociedad civil”, “Estrategias de enseñanzas con enfoque

recreativo y constructivista”, “Grafoscopía y documentoscopía”, “El sistema acusatorio

penal para abogados”, el Taller de Derecho Notarial y Registral, el Taller de Derecho

Electoral y el de Derecho Penitenciario, entre otros cursos y distinciones.

Mientras que, en referencia a la ciudadana propuesta como Secretaria del Consejo

Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en comunicación, trabajo en equipo,

negociación, profesionalismo e integridad, liderazgo y apego a los principios rectores. Su

experiencia electoral como Consejera Presidenta del Municipio de Jalapa de Díaz en el

Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, destacó en las valoraciones hechas en la fase de

entrevistas, mientras que su valoración curricular alcanzó el porcentaje máximo al reunir

elementos de formación profesional y académica.

La ciudadana propuesta para participar como Secretaria del Consejo Distrital, la

ciudadana María Guadalupe Iglesias Jiménez, es Licenciada en Derecho y cuenta con

estudios de posgrado en Educación, con actualización permanente a través de cursos,

como los recibidos en materia político electoral, el curso de actualización denominado “el

sistema acusatorio penal para abogados”, el “Taller teórico práctico del Sistema

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Acusatorio Adversarial”, el curso sobre el “sistema de justicia penal acusatorio” y el

diplomado en derecho electoral teórico práctico.

Su desempeño profesional, lo ha realizado en como abogada postulante y como personal

administrativo en un centro educativo, además de haberse desempeñado como

Capacitadora Asistente Electoral del Instituto Nacional Electoral en tres procesos

electorales y como Presidenta del Consejo Municipal de San Felipe Jalapa de Díaz,

también ha participado en diálogos y talleres convocados por el INE.

De su exposición escrita, es posible apreciar su interés por la participación política de las

mujeres y su confianza en las instituciones electorales; mientras que en su entrevista

manifestó ser una persona responsable, con sentido de lealtad institucional, humanista,

orientada a resultados, con capacidad de análisis, empatía, liderazgo y facilidad de

palabra, puntual, responsable y ética.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad. Interesada en el derecho electoral, la

preparación profesional educativa, el ejercicio del derecho y la enseñanza.

En relación al ciudadano Arturo Anaya Pavón, destaca en su perfil que es hablante de

chinanteco, lo que refuerza la composición pluricultural de este órgano colegiado, es

Licenciado en Derecho y Maestro en Ciencias de la Educación, ámbitos en que ha

desempeñado su ejercicio profesional; asimismo, ha desarrollado experiencia en campo,

al participar como Coordinador de Áreas Estadísticas e Informática Básica, y como

Coordinador Municipal ante el Instituto Nacional de Estadística y Geografía; en tanto en el

ámbito electoral, cuenta con experiencia como Jefe de Entrevistadores en los diferentes

municipios de Tuxtepec en 2002, y como Coordinador de Paquetes electorales en el

municipio de Tuxtepec, Supervisor Electoral en Tuxtepec, Capacitador Electoral, y

Capacitador Asistente Electoral; así como Consejero Electoral Presidente del Municipio de

San José Chiltepec en 2013, y Consejero Electoral Presidente del Municipio de San Juan

Bautista Tuxtepec, en 2016; manifestó sentir interés por vivir de cerca, vigilar y participar

en la organización del proceso electoral vigente y ser parte de la historia, con plena

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conciencia de los actos y cambios que se generan ante la expresión de la voluntad de las

y los electores.

En tanto, el Ingeniero Martin Azamar Solís, se ha desempeñado en la iniciativa privada,

principalmente como valuador y supervisor de turno, así como en el servicio público a

través de su participación como Jefe de Departamento en la Secretaría de Pesca,

realizando estudios de factibilidad en los municipios para implementar proyectos

integrales y de recreación; como personal administrativo especializado del Tribunal

Superior de Justicia del Distrito Federal llevando el control y supervisión del personal,

equipos y materiales; como Coordinador de Control Escolar de la Secretaría de Seguridad

Pública del Estado de Puebla, coordinando y supervisando cursos en municipalidades; y

en el ámbito electoral, se ha desempeñado como Auxiliar Electoral del Consejo Distrital

Electoral de Tuxtepec, como apoyo en la instalación y el desarrollo del proceso electoral

que transcurrió en el año 1995. A partir de su valoración escrita y verbal, se encontró que

el ciudadano cuenta con experiencia profesional, misma que acredita con documentación

que integra su expediente. Adicionalmente, presenta evidencias de capacitación en ética

judicial y capacitación en materia electoral.

Mientas que la ciudadana Valeria Cortés Tenorio, es Licenciada en Derecho por la

Facultad de Derecho de la Universidad Euro Hispanoamericana, con experiencia en litigio

en Estrada & Asociados Consultores, como Directora del Departamento Jurídico y como

abogada postulante en el bufete Mora & Asociados Abogados; en su experiencia electoral

destaca haber participado como Consejera Propietaria del 01 Consejo Distrital con

cabecera en Acatlán de Pérez Figueroa, así como Capacitadora Electoral en el Instituto

Estatal Electoral de Veracruz en 2013 y Supervisora en el Plebiscito organizado por el

Instituto Estatal Electoral Veracruzano en 2001. De su valoración verbal y escrita, destaca

el interés y compromiso con imprimir madurez a los procesos de transformación política

del país.

En lo referente a la ciudadana Montserrat Santa Anna Alcalá, cuenta con estudios de

Licenciatura en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México, y carrera

trunca de la Licenciatura en Enseñanza de Idiomas de la Universidad Autónoma Benito

Juárez de Oaxaca; sus conocimientos universitarios se han visto fortalecidos con la

capacitación permanente, como es el caso del Curso de Introducción al Derecho Electoral

Mexicano impartido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,

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concluido en septiembre de 2017. En la administración pública se ha desempeñado como

Asesora de la Regiduría de Cultura, Deporte y Fomento Educativo del Municipio de

Oaxaca de Juárez. Mientras que en el sector privado, ha sido subgerente de una empresa

de servicios en alimentos y coordinadora de operaciones de una empresa de servicios en

tecnologías de la información y administrativa. Manifestó sentir gusto por el trato y

atención a la ciudadanía, apoyar en la gestión de trámites y elaborar dictámenes. Observó

compromiso por sostener un desempeño sobresaliente basado en el trabajo y esfuerzo

bajo los principios rectores de los procesos electorales; imparcialidad e independencia,

comprometida con la democracia y los derechos humanos.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente que la integración propuesta de ciudadanas y

ciudadanos, cuenta con personas del grado en licenciatura, así como con experiencia en

materia electoral, manifestando la disponibilidad, capacidad y responsabilidad y el

compromiso de trabajar en forma conjunta con el Instituto Nacional Electoral; destacan su

experiencia, conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera

profesional en el ámbito electoral, basada en méritos, retos y desafíos profesionales; así

como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la

transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los principios rectores, el

interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como

cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia

acumulada como coordinador electoral, Consejero Electoral Municipal, en varios procesos

electorales, docente, supervisor de entrevistador en el INEGI, asesor Jurídico, destacando

su capacitación permanente a través de cursos, congresos, conferencias y talleres en

materia electoral y en diferentes áreas.

Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales

propuestos en esta integración, son el sector financiero, desarrollo social, sectores

productivos, desarrollo empresarial, docencia, ámbito jurídico, gerencial, administrativo,

destacando que tal ejercicio lo han desempeñado en el Estado de Oaxaca y otras

entidades, como Veracruz, cuya cercanía a la región influye la dinámica social y

económica.

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Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en áreas de estadística y censos al haberse desempeñado en

funciones como la coordinación de las áreas de estadística e informática o la coordinación

municipal de Tuxtepec, o la jefatura de entrevistadores dentro del Instituto Nacional de

Estadística y Geografía, lo que evidencia un conocimiento del contexto de la región y

facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la comprensión integral de la zona.

Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al

desempeñarse como coordinador de paquetes electorales, supervisor electoral,

capacitador electoral, capacitadores asistentes electorales, auxiliares electorales, así

como el desarrollo de plebiscitos en otros Organismos Públicos Locales Electorales.

Sobresale que algunos de los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y

consejeros en consejos municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca, circunstancias que denotan interés y vocación por la

materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos como el desarrollo de procesos, medio ambiente y

participación comunitaria, fomento cultural y educativo, capacitación laboral, gestión de

trámites, administración pública y atención ciudadana en tanto que, en ámbito jurídico,

destaca la experiencia en consultoría, estrategias de litigio.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la ética y la

comprensión de procesos históricos, la comunicación entre autoridades y gobernados, así

como coadyuvar en el desarrollo de procesos electorales y garantizar la participación

política de las mujeres.

En esta integración, la participación de los hombres y las mujeres es equilibrada y

paritaria al asignar igual número de cargos a hombres y mujeres, con sustento en el

principio de paridad e igualdad de oportunidades.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

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que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 02 Consejo Distrital con

sede en San Juan Bautista Tuxtepec, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

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de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

 

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

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del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

 

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Mariano Ibañez Pablo, Iglesias Jimenez María Guadalupe,

Anaya Pavón Arturo, Azamar Solis Martín, Cortés Tenorio Valeria, Santa Anna Alcalá

Montserrat, Albino Martínez Pedro, Huchin Ibañez Margarita, Martínez Pastor José de

Jesús y Martíinez Rodríguez Aleyda Guadalupe, son las personas idóneas para

desempeñar respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretaria y Consejeras

y Consejeros Electorales del Consejo Distrital 02 en San Juan Bautista Tuxtepec.

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* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 03 CON CABECERA EN LOMA BONITA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 03 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidente FERRER VELASCO JOSE LUIS

CORONEL JUAREZ MARIA ELENA

JUAN LUCIO LORENZO

RODRIGUEZ DE JESUS MAYRA JAZMIN

ZENDEJAS ROSALES CESAR

Secretaria FLORES RAFAEL LAURA ESTHER

Consejero Electoral 1 ATENCO VAZQUEZ ROLANDO

Consejero Electoral 2 CONSUEGRA GONZALEZ ARTURO

Consejera Electoral 3 FELIX JIMENEZ BEATRIZ

Consejera Electoral 4 PEREZ PEREZ MARIA DE LOS REMEDIOS

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: FERRER VELASCO JOSE LUIS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91

 

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62    

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: FLORES RAFAEL LAURA ESTHER

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: ATENCO VAZQUEZ ROLANDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

89.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: CONSUEGRA GONZALEZ ARTURO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

89

 

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63    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: FELIX JIMENEZ BEATRIZ

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

90.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: PEREZ PEREZ MARIA DE LOS REMEDIOS

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: CORONEL JUAREZ MARIA ELENA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

76.5

 

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CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: JUAN LUCIO LORENZO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: RODRIGUEZ DE JESUS MAYRA JAZMIN

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

30

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

73.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 03 LOMA BONITA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: ZENDEJAS ROSALES CESAR

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.5

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 03.

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65    

Como se deriva de la integración del 03 Consejo Distrital Electoral con sede en Loma

Bonita, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y se

concluye que el ciudadano José Luis Ferrer Velasco, propuesto para presidir el Consejo

Distrital, cuenta con experiencia previa en materia electoral al haber participado como

Secretario del Consejo Distrital en Loma Bonita, así como técnico de organización

electoral en el Instituto Nacional Electoral en el Proceso Electoral Federal 2014 – 2015, y

capturista en la Junta Distrital del INE; alcanzó un puntaje sobresaliente durante la fase de

entrevistas, donde se ponderaron el apego a los principios rectores y la idoneidad en el

cargo a través de la expresión de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo,

negociación, profesionalismo e integridad.

El ciudadano José Luis Ferrer Velasco, propuesto como Presidente del Consejo Distrital,

cuenta con estudios de licenciatura en Derecho, como se observa en las evidencias

académicas que presenta, asimismo cuenta con experiencia en la administración pública

municipal al haberse desempeñado como Juez Único Municipal ante el H. ayuntamiento

Constitucional de San José Chiltepec, Oaxaca, en el período comprendido entre 2011 y

2013, asimismo, se ha desempeñado como Auxiliar de la Dirección General de

Administración del mencionado municipio de San José Chiltepec; también se desempeñó

como encargado de área y analista de producto en la empresa Fábricas de Papel

Tuxtepec S.A. de C.V.; de su valoración escrita y oral, se apreció que cuenta con el deseo

de participar en la integración del Consejo Distrital, en tanto expresa un sentido de

pertenencia a la región y quiere participar de la democracia, ya que anteriormente ha

tenido buenas experiencias de participación que le incitan a seguir en la ruta de fortalecer

las instituciones del Estado, y trabajar de forma organizada e institucional.

Mientras que, en referencia a la ciudadana propuesta como Secretaria del Consejo

Distrital, la ciudadana Laura Esther Flores Rafael, ésta cumple con el perfil requerido y

destacan sus habilidades comunicativas en lengua chinanteca, elemento valioso para su

desempeño en la zona donde se habla predominantemente esta lengua indígena, y la

conformación pluricultural del órgano electoral. Es Licenciada en Derecho por el Instituto

Educativo de la Cuenca del Papaloapam, con formación complementaria en Juicios

Orales, se desempeña como abogada postulante. Su experiencia profesional se conforma

de su desempeño como capturista de datos en el área de Informátoca de la Secretaría de

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66    

Desarrollo Social con el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, y como auxiliar

contable en el H. Ayuntamiento Constitucional de San Lucas Ojitlán.

Cuenta con experiencia electora previa, como consejera Presidenta del Consejo Municipal

de San Lucas Ojitlán y como Consejera Electoral en el órgano colegiado municipal de

Ayotzintepec, Oaxaca, donde tuvo excelente desempeño en el desarrollo de las funciones

electorales; en su exposición de motivos destacó su entusiasmo por el desarrollo de su

carrera profesional ejerciendo habilidades y adquiriendo nuevos conocimientos, la

facilidad de relacionarse con otras personas, la consecución de objetivos y un fuerte

compromiso con el trabajo, refirió dar buenos resultados gracias a la experiencia variada

con que cuenta, no teme al cambio ya que le representan oportunidades de mejorar. Fue

valorada como una persona adaptable, responsable, y ágil en la toma de decisiones,

dispuesta a implementar cambios y receptiva al aprendizaje continúo.

En lo referente al ciudadano Rolando Atenco Vázquez, cuenta con estudios de

Licenciatura en Administración en Desarrollo Empresarial y capacitación en formación de

emprendedores, calidad total de empresas y servicio al cliente; es hábil en el manejo de

equipo informático y conoce la operación de diversos programas y plataformas de

cómputo; fue percibido en la etapa de entrevistas como una persona con experiencia,

resuelta, audaz, con perfil idóneo para formar parte de esta integración, alcanzó buenas

puntuaciones en todos los rubros evaluados. Como parte de su experiencia laboral,

destaca su participación como Técnico de Organización Electoral en el Instituto Nacional

Electoral y como Enlace de Apoyo Municipal ante el Instituto Nacional de Estadística y

Geografía; asimismo se ha desempeñado en el sector privado como ejecutivo en

instituciones financieras y auxiliar administrativo. En su exposición de motivos dejó clara

su intención de participar nuevamente en un proceso electoral ya que sus experiencias

anteriores en este ámbito han sido satisfactorias, y quiere conocer cómo se desarrolla una

elección local, atendiendo sus lineamientos, reglamentos y principios. Se describe como

una persona dedicada y capaz para realizar las funciones que le encomienden.

Mientras que el ciudadano Arturo Consuegra González, es Maestro en Administración

Educativa y Licenciado en Sistemas Computaciones Administrativos, Técnico en

Electrónica y Técnico Programador Analista; su experiencia electora comprende el cargo

de Supervisor Electoral ante el Instituto Nacional Electoral en el proceso electoral 2015-

2016 y Consejero Electoral Suplente; Supervisor Electoral en el proceso electoral 2014-

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67    

2015; donde adquirió experiencia en la coordinación y supervisión de entrega de

nombramientos a ciudadanos designados como funcionarios de las mesas directivas de

casilla, así como en la impartición y verificación de los cursos, simulacros y prácticas a la

ciudadanía; su experiencia profesional se complementa con actividades docentes en la

Red de Escuelas Universitarias del Sureste, actividades empresariales propias y servicios

profesionales a la Asociación Ganadera de Loma Bonita y a la Estación Aérea Militar

número 8, así como asesorías y consultorías a diversas empresas de la zona, para las

que ha desarrollado soluciones de software, instalación de equipo, e implementaciones

tecnológicas.

En tanto, la ciudadana Beatriz Félix Jiménez, es Licenciada en Contaduría, interesada

en brindar al máximo su apoyo profesional a la institución, priorizando el trabajo en

equipo, la innovación y la implementación de estrategias para el aprendizaje. Considera

que además de la experiencia, es capaz de contribuir a la integración del Consejo

Electoral con conocimientos y técnicas orientadas a la obtención de resultados, objetivos

y metas con misión y visión. En su experiencia profesional, destaca su participación como

instructora comunitaria del Consejo Nacional de Fomento Educativo, en los municipios de

san Lucas Ojitlán, Santiago Yaveo y San Miguel Soyaltepec, por lo que cuenta con

conocimiento de la complejidad socio cultural de la región; en el mismo ámbito fue

asistente educativo del programa de secundaria comunitaria y reforzó sus conocimientos

mediante el curso de fortalezas de la educación desarrollado en Morelia, Michoacán.

En lo referente a su desempeño en el ámbito electoral, fue Supervisora Electoral ante la

22 Junta Electoral del INE en Iztapalapa, Ciudad de México; también se desempeñó como

Consejera Electoral Propietaria del 03 Consejo Distrital Electoral con sede en Loma

Bonita para el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016. Fue percibida en entrevistas como

una persona idónea para integrar el Consejo Distrital, ya que cuenta con experiencia

como funcionaria y amplio conocimiento del Distrito.

En lo que respecta a la ciudadana María de los Remedios Pérez Pérez, destaca que se

desempeñó como Capacitadora Asistente Electoral en dos procesos electorales, siendo

éstos los desarrollados en 2012 y 2016, en ellos se avocó a la capacitación de

funcionarios para el desarrollo óptimo de las funciones electorales en las mesas directivas

de casilla, así como la asistencia el día de la jornada electoral; refiere haber alcanzado el

objetivo de instalación del cien por ciento de las casillas en su área de responsabilidad

electoral, así como la entrega en tiempo y forma de los paquetes ante los consejos

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68    

municipales y distritales. En su exposición de motivos destaca su gusto por la interacción

humana, la comunicación y la credibilidad en los procesos electorales, misma que le gusta

transmitir a los ciudadanos que ha capacitado. Manifiesta sentir gusto por participar en el

fortalecimiento de la democracia y que la ciudadanía pueda comprender que es relevante

participar para generar cambios positivos y aumentar la confianza institucional a partir de

la participación ciudadana. De su entrevista, pudo constatarse que tiene facilidad de

palabra, capacidad para tener grupos de personas a cargo, es receptiva al aprendizaje y

ágil en la toma de decisiones, sabe trabajar bajo presión y tiene disponibilidad de tiempo

para el ejercicio de las funciones electorales.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, que en la integración propuesta se cuenta con

personas que hablan alguna lengua indígena, destacando el grado en licenciatura, con la

experiencia en materia electoral, conocedores del distrito toda vez que se han

desempeñado en diferentes funciones, disponibilidad, capacidad, responsabilidad y el

compromiso de trabajar en equipo como fuente primordial; destacan su experiencia,

conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en

el ámbito electoral, basada en méritos, retos y desafíos profesionales; así como un

comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la

transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los principios rectores, el

interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como

cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia

acumulada como Consejera y Consejero Electoral Distrital, encuestador (INEGI), docente

demostrando la responsabilidad, eficiencia, la honestidad y el profesionalismo en sus

servicios, capacitador asistente electoral, supervisor electoral, voluntario de casilla en la

consulta infantil (IFE), Asesor, capturista de datos, destacando su capacitación

permanente a través de mesas de trabajo, foros, cursos, congresos, conferencias,

reconocimientos, diplomados, seminarios, talleres en materia electoral y en diferentes

espacios.

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69    

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en educación comunitaria, gestión de asociaciones locales y

relaciones públicas, su trabajo en instituciones bancarias y su experiencia en el INEGI, lo

que evidencia un conocimiento del contexto de la región y facilidades para llevar a cabo

trabajos que requieren la comprensión integral de la zona.

Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al

desempeñarse supervisores electorales, y capacitadores asistentes electorales.

Sobresale que algunos de los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y

consejeros en consejos municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca, circunstancias que denotan interés y vocación por la

materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos la administración educativa, presentando incluso

nivel de posgrado en formación académica, tecnología, desarrollo empresarial y

administrativa, contaduría pública y derecho.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por el fortalecimiento de los procesos

electorales, en sus entrevistas se les percibió audaces y motivados por participar.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

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70    

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 03 Consejo Distrital con

sede en Loma Bonita, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

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71    

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

 

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

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72    

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

 

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Ferrer Velasco José Luis, Flores Rafael Laura Esther, Atenco

Vazquez Rolando, Consuegra Gonzalez Arturo, Felix Jimenez Beatriz, Pérez Pérez María

de los Remedios, Coronel Juárez María Elena, Juan Lucio Lorenzo, Rodriguez de Jesus

Mayra Jazmin y Zendejas Rosales Cesar, son las personas idóneas para desempeñar

respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 03 en Loma Bonita.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

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73    

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 04 CON CABECERA EN TEOTITLÁN DE FLORES MAGÓN DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 04 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta ENRIQUEZ FILIO DULCE

GARCIA CHAVEZ EUFEMIA

GARCIA MARTINEZ ARIADNA LISETTE

PARRAGUIRRE HERNANDEZ CRISTO

VALENTE

RAMIREZ ROJAS MOISES  

Secretario MARISCAL ZARATE ANA CRISTINA

Consejera Electoral 1 MORALES ZARATE JOSE LUIS

Consejero Electoral 2 NERI ZUÑIGA FELIPE

Consejera Electoral 3 ROBLES ZARATE ADRIANA

Consejero Electoral 4 VAQUERO MARTINEZ ENRIQUETA

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: ENRIQUEZ FILIO DULCE

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

90.5

 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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75    

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: MARISCAL ZARATE ANA CRISTINA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

75.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: MORALES ZARATE JOSE LUIS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

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76    

NOMBRE: NERI ZUÑIGA FELIPE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: ROBLES ZARATE ADRIANA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: VAQUERO MARTINEZ ENRIQUETA

SEXO: MUJER

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77    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: GARCIA CHAVEZ EUFEMIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

71

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: GARCIA MARTINEZ ARIADNA LISETTE

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

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78    

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

78

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: PARRAGUIRRE HERNANDEZ CRISTO VALENTE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

76.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: RAMIREZ ROJAS MOISES

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

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79    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

75.5

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 04.

Como se deriva de la integración del 04 Consejo Distrital Electoral con sede en Teotitlán

de Flores Magón, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y

se concluye que la ciudadana Dulce Enriquez Filio, propuesta para presidir el Consejo

Distrital, cuenta con experiencia previa en materia electoral al haber participado como

Presidenta del Consejo Distrital Electoral con sede en Teotitlán de Flores Magón en el

proceso inmediato anterior, donde manifestó haber realizado recorridos por los 43

municipios integrantes del Distrito Electoral, así como presidir el desarrollo de las

sesiones y los trabajo relacionados con el cómputo de la elección de diputados locales y

gobernador del Estado; asimismo se desempeñó como Secretaria del Consejo Municipal

de Santa María Tecomavaca en 2013, cuyas funciones fueron la elaboración de actas de

sesiones, convocatorias a sesiones del Consejo y participación en las actividades

ordinarias del órgano electoral; también se desempeñó como Capacitadora Asistente

Electoral en 2009, notificando y capacitando a las y los ciudadanos en sus domicilios para

su participación efectiva en la jornada electoral; fue capacitadora electoral del Instituto

Federal Electoral en el proceso electoral 2008-2009, con funciones similares a las

descritas en el puesto anterior. Participó también como responsable del área de geografía

en el Censo de Población 2000 del Instituto Nacional de Geografía y Estadística.

Complementan su experiencia profesional, los trabajos desarrollados como docente frente

a grupo y como promotora educativa bilingüe, ya que es hablante de mazateco, lo que

añade perspectiva multicultural a la integración de este Consejo Distrital, más aún cuando

se trata de la ciudadana que preside la conformación del mismo. En su exposición refirió

sentirse motivada a conocer más sobre los cambios y reformas que imprimen

particularidades a este proceso electoral donde se tendrán elecciones concurrentes por

primera vez en Oaxaca.

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80    

En tanto, la ciudadana propuesta como Secretaria del mismo Consejo Distrital, la

ciudadana Ana Cristina Mariscal Zárate, es Licenciada en Comercio Internacional, con

estudios complementarios en Políticas Públicas para la Mujer, Perspectiva de Género,

Paridad de Género y elecciones. Adicionalmente, ha tenido participación en el Concurso

Nacional e Internacional de Ensayo en torno a la participación Política de las Mujeres en

México, así como formación en el Programa Emprendedor UPAEP, Diplomado Hardvard

Bussines, Esquemas de Aseguramiento para el Sector Agrícola ante Desastres Naturales,

así como en el seminario “Herramientas de competitividad para empresas exitosas”.

Como parte de su experiencia profesional, ha participado con la Agencia de Desarrollo

Rural Región Pápalos, en la planeación participativa alimentaria de las familias de la zona;

así como Instructora de Zona del Instituto Nacional de Geografía y Estadística,

impartiendo capacitación sobre metodología y procesos del Censo Económico 2014.

También se ha desempeñado en la práctica docente; realizó prácticas en la Secretaría de

Economía elaborando proyecciones arancelarias, y como auxiliar de contabilidad en el

Departamento de Contraloría de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla

campus Tehuacán.

En su experiencia electoral, destaca haberse desempeñado como Consejera Municipal en

San Juan Bautista Cuicatlán, que se suman a sus antecedentes administrativos y

demostrada participación ciudadana en talleres, concursos y diplomados, aptitudes y

habilidades que le hacen idónea para el cargo que se le designa. De su exposición de

motivos y valoración en entrevista destaca el interés por participar en un proceso que

considera importante para el país y la región; su compromiso con la certeza y el

cumplimiento de la voluntad de los electores, el desarrollo de un proceso electoral justo y

transparente, apegado a valores y responsabilidades; asimismo, manifiesta sentirse

satisfecha y motivada por su experiencia electoral previa y la credibilidad en las

instituciones electorales, de la cual ha sido testigo. Refiere que el principio de paridad de

género es un derecho que conceptualmente se inscribe en el derecho a la igualdad

política como principio elemental de la sociedad democrática, por lo que desea promover

la participación de las mujeres a partir de su participación en el Consejo Distrital.

Además, es destacable que Presidenta y Secretaria, son mujeres, con lo que se ejerce

una perspectiva de género, de inclusión en la participación política y no discriminación.

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En lo referente al ciudadano José Luis Morales Zárate, cuenta con estudios de

Licenciatura en Administración de Empresas, y es Técnico en Contabilidad y Sistemas de

Registro; ha colaborado a lo largo de 16 años en Banrural, como auxiliar de contabilidad,

contador de sucursal, así como Jefe del Departamento de Tesorería, lo que da constancia

de su perseverancia y fiabilidad. Asimismo, se desempeñó durante 22 años en el Sector

Salud, donde, entre otras funciones fungió como Administrador de un Centro de Salud; y

como Jefe de zonas de Estadísticas en las Choapas, en el Instituto Nacional de Geografía

y Estadística. Fue Regidor Municipal ante el H. Ayuntamiento de San Juan Bautista

Cuicatlán de 2007 a 2009.

Por lo que hace a su experiencia electoral, ésta se ha nutrido de la participación como

consejero Presidente del Consejo Municipal de Cuicatlán en 2004, Secretario del Consejo

Municipal de Cuicatlán en 2013 y Consejero Propietario del Consejo Municipal de

Cuicatlán en 2016. Mientras que en 2006 se desempeñó como Capacitador Asistente de

la Junta Electoral 02 con sede en Teotitlán de Flores Magón, y como Capacitador

Asistente Electoral en la 02 Junta Electoral de Teotitlán de Flores Magón en 2012. En su

exposición de motivos destaca el interés por participar en unas elecciones concurrentes,

ya que, a partir de su experiencia, considera puede aportar a la planeación y ejecución del

proceso. En su entrevista, se percibió capacidad para manejo de grupos y personal,

interés por garantizar la paridad de género, conocimiento de la región y sus

particularidades socioculturales, disponibilidad de tiempo y lealtad institucional.

Mientras que el ciudadano Felipe Neri Zúñiga, cuenta con estudios de Licenciatura en

Derecho, y formación complementaria a través del Diplomado en Derecho Electoral

impartido por el Centro de Capacitación Judicial Electoral del Tribunal Electoral.

Ha desarrollado su carrera profesional a través de prácticas en la Segunda Actuaría del

Juzgado Quinto de la Civil en la Ciudad de Oaxaca, dependiente del Poder Judicial del

Estado; como Secretario Municipal de Concepción Pápalo, Cuicatlán, trabajador del

Registro Civil adscrito a la Unidad de Oficialías de la Dirección del Registro Civil del

Estado de Oaxaca en Santa María Chilchotla y San Jerónimo Tecóatl; así como

Integrante del Comité de Contraloría Social Municipal de Concepción Pápalo.

De su valoración oral y escrita, pudo apreciarse su interés por el desarrollo democrático

apegado a los principios rectores, deseo de participar en las atribuciones, estructura,

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82    

organización y actuaciones electorales, así como responsabilidad y compromiso por la

aplicación de la normativa.

Por su parte, la ciudadana Adriana Robles Zárate, es máster en Derecho Penal por el

Centro Universitario de Tehuacán Puebla, donde también cursó la Licenciatura en

Derecho. Su formación profesional se sustenta en la experiencia adquirida como Abogada

postulante en un Despacho Jurídico en San Juan Bautista Cuicatlán donde ha litigado en

las áreas de derecho penal, familiar, sucesorio y notarial. Su actualización profesional, le

ha permitido tomar los cursos de “Proceso Electoral Federal”, Medicina Forense Legal y

Preservación del Lugar de los Hechos, Conocimientos de la Ciencia jurídica, Juicios

Orales y Lecciones Especializadas del Sistema Acusatorio Penal.

Asimismo, se ha desempeñado como Consejera Presidenta del Consejo Municipal

Electoral de San Juan Bautista, Cuicatlán para el proceso electoral 2015-2016, como

Consejera Suplente del Consejo Distrital de Teotitlán de Flores Magón, digitalizadora del

programa PREP ante el Instituto Estatal Electoral en el año 2013; y Capacitadora

Asistente Electoral ante el Instituto Nacional Electoral en 2006. Experiencia que se

complementa con su participación como Técnica de Estadística en el Centro de

Información Estadística y Documental para el Desarrollo, y como analista de Información

en el Censo Económico del INEGI, institución donde además se desempeñó como Jefa

de Área en el censo CEMABE.

De su valoración oral y escrita en entrevistas y exposición de motivos, pudo apreciarse

que cuenta con aptitudes de negociación, organización y gestión de recursos humanos y

materiales, dirección y toma de decisiones. Destaca que es bilingüe, con dominio del

idioma inglés y español; capacidades para el trabajo bajo presión, apegada a los valores

de respeto, tolerancia, compromiso y trabajo en equipo.

Respecto a Enriqueta Vaquero Martínez, destaca que es hablante de lengua mazateca,

lo cual permite un mejor desarrollo en las funciones electorales ya que contribuye al

desarrollo cultural de la región. Cuenta con estudios superiores de licenciatura en la

facultad de Humanidades; su experiencia profesional se sustenta en prácticas docentes

en San Lucas Zoquiapam, así como instructora comunitaria del Consejo Nacional de

Fomento Educativo, Asistente Educativo del mismo Consejo en San Martin Toxpalan y

Asesor Pedagógico Itinerante; también se ha desempeñado como Entrevistadora ante el

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Instituto Nacional de Geografía y Estadística; de tales comisiones puede inferirse el

conocimiento que tiene de la región, así como sus particularidades socioculturales; ha

sido también capacitadora bilingüe en la Comisión Federal de Riesgos Sanitarios de la

CDI y el INALI.

En cuanto a su experiencia electoral, se ha desempeñado como Consejera Electoral

Propietaria ante el 04 Consejo Distrital con sede en Teotitlán de Flores Magón; destaca de

su experiencia en este ámbito que cuenta con aptitudes en el área de talento humano,

capacidad de análisis, solución de problemas, y montaje de procesos de personal, así

como su perspectiva de género. Es evidente en su expresión de motivos el deseo y

compromiso por garantizar las funciones institucionales con imparcialidad.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas

con alto grado de responsabilidad y disciplina, destacando la experiencia en materia

electoral, como el deseo de desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral,

basada en la pasión, esfuerzo y preparación; así como un comportamiento sustentado en

valores como el diálogo, la responsabilidad, la transparencia, compromiso, dedicación y la

honestidad. También se manifiesta el apego a los principios rectores, el interés por la

transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como cualidades la

juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia acumulada, como

capacitador electoral, visitador domiciliario, Secretaria Electoral, Consejero Electoral del

Consejo Municipal Electoral, Técnico Electoral, supervisor de entrevistadores, coordinador

Municipal, Coordinador de Zona (INEGI), operador del programa Preliminar (PREP),

enlace administrativo en un Consejo Distrital Electoral, Funcionario de Casilla,

responsable de atención, docente, promotor social, Jefe de brigada (SEDESOL), Gerente

de sucursal y Jefe Administrativo en empresas privadas, destacando su capacitación

permanente a través de diplomados, talleres, colaborador en proyectos educativos y

federales, cursos en materia electoral y en diferentes temas.

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Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en administración y gestión de instituciones, jefes de estadística,

contraloría social, asesoría comunitaria, pedagogía, lo que evidencia un conocimiento del

contexto de la región y facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la

comprensión integral de la zona. Asimismo, resulta evidente la participación que han

tenido en materia electoral, al desempeñarse supervisores electorales, técnicos,

visitadores y capacitadores asistentes electorales.

Sobresale que algunos de los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y

consejeros en consejos municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca, contando incluso con la participación de ex

Presidentes de consejos municipales, circunstancias que denotan interés y vocación por

la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos la administración educativa, presentando incluso

nivel de posgrado en formación académica, tecnología, desarrollo empresarial y

administrativa, contaduría pública y derecho. Además, las y los integrantes, denotan su

interés por el fortalecimiento de los procesos electorales.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

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85    

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 03 Consejo Distrital con

sede en Loma Bonita, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

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c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

 

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

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f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

 

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

   

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Enríquez Filio Dulce, Mariscal Zarate Ana Cristina, Morales

Zarate José Luis, Neri Zúñiga Felipe, Robles Zarate Adriana, Vaquero Martínez Enriqueta,

García Chávez Eufemia, García Martínez Ariadna Lisette, Parraguirre Hernández Cristo

Valente y Ramírez Rojas Moisés, son las personas idóneas para desempeñar

respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretaria, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 04 en Teotitlán de Flores Magón.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

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general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 05 CON CABECERA EN ASUNCIÓN NOCHIXTLÁN DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 05 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejero Presidente CARRIZOSA ROJAS ELOY FUENTES CRUZ ITZEL HERNANDEZ SANCHEZ YURIDIANA LOPEZ CARRASCO JUAN CARLOS LOPEZ LOPEZ VICTOR  

Secretaria ZARATE CRUZ YAZMIN JAZZIVE

Consejera Electoral 1 BEDOLLA BRAVO ELVIA CAROLINA

Consejero Electoral 2 HERNANDEZ SANCHEZ MIRIAM NOEMI

Consejera Electoral 3 SANCHEZ CRUZ MARCELINO

Consejero Electoral 4 SANTIAGO HERNANDEZ JAVIER

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: CARRIZOSA ROJAS ELOY

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

90

 

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90    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: ZARATE CRUZ YAZMIN JAZZIVE

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

92

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: BEDOLLA BRAVO ELVIA CAROLINA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

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91    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: HERNANDEZ SANCHEZ MIRIAM NOEMI

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

82

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: SANCHEZ CRUZ MARCELINO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: SANTIAGO HERNANDEZ JAVIER

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92    

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: FUENTES CRUZ ITZEL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: HERNANDEZ SANCHEZ YURIDIANA

SEXO: MUJER

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ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: LOPEZ CARRASCO JUAN CARLOS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

74.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: LOPEZ LOPEZ VICTOR

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

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94    

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

73.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 05.

Como se deriva de la integración del 05 Consejo Distrital Electoral con sede en Asunción

Nochixtlán, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y se

concluye que el ciudadano Eloy Carrizosa Rojas, propuesto para presidir el Consejo

Distrital, cuenta con experiencia previa en materia electoral al haberse desempeñado

satisfactoriamente en diversos cargos.

Su experiencia electoral está sustentada en su participación como Capacitador Asistente

Electoral y Coordinador Electoral ante la 03 Junta Distrital del INE en el período

comprendido de 2014 a 2016; Presidente del Consejo Municipal en la elección por

Sistemas Normativos Indígenas en San Gabriel Mixtepec en 2013; Presidente del Consejo

Municipal en la elección por Sistemas Normativos Indígenas en San Juan de los Cues en

2013; Presidente del XIII Distrito Electoral de Tlaxiaco en 2010; Capacitador Asistente

Electoral ante el 03 Distrito del IFE, en 2009; Consejero Presidente del Consejo Distrital

de Tlaxiaco en 2007; Presidente del Consejo Municipal de Tlaxiaco en 2007; Capacitador

Asistente Electoral por el 03 Distrito Electoral del IFE en 2006; Consejero Presidente del

Consejo Distrital con sede en Santiago Juxtlahuaca; Consejero Presidente del Consejo

Municipal de Santiago Juxtlahuaca; Supervisor Electoral del 06 Distrito Electoral Federal

en 2003; Consejero Presidente del Consejo Distrital con sede en San Pedro y San Pablo

Teposcolula en 2001; Presidente del Consejo Municipal de San Pedro y San Pablo

Teposcolula en 2001; Secretario del XXI Consejo Distrital con sede en Santiago

Juxtlahuaca en 1998; y Secretario del XVI Consejo Distrital con Sede en Asunción

Nochixtlán en 1995; antecedentes que denotan un claro compromiso con las instituciones

electorales y vocación de servicio en la materia.

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95    

De su exposición de razones, destaca su conocimiento de gran parte del Distrito, así

como las costumbres de los municipios que lo integran; su cercanía con la ciudadanía,

conocimiento del contexto geográfico y económico de la región; así como un alto sentido

de responsabilidad.

En tanto, la ciudadana Yazmin Jazzive Zárate Cruz, propuesta como Secretaria del

mismo Consejo Distrital, destaca que es hablante de la lengua mixteca, lo que fortalece la

integración del órgano colegiado en una región donde la cultura predominante es

precisamente la mixteca; es Licenciada en Derecho, con práctica en asesoría legal en

materia administrativa, civil y penal.

Ha colaborado en el Instituto Nacional de Geografía y Estadística como entrevistadora

agropecuaria, recabando información sobre predios, productores y tenencia de la tierra;

así como capturista de proyectos estadísticos, verificado los datos y su almacenamiento

digital; también como entrevistadora de proyectos estadísticos, haciendo el levantamiento

de la información estadística, recorridos de reconocimiento de áreas y actualización

cartográfica.

En su experiencia electoral, destaca haber sido Consejera Electoral Propietaria ante el

Consejo Municipal de Nochixtlán en el proceso electoral inmediato anterior; y Secretaria

en el Consejo Municipal de Asunción Nochixtlán en 2010. DE estas experiencias, refiere

haber elaborado actas de sesiones, certificar actuaciones, notificar a los representantes

de los partidos políticos, y establecer canales de comunicación entre el Consejo Municipal

y el Distrital, así como hacia el interior del órgano colegiado.

Actualmente, se desempeña como Tesorera del Comité de Obras del paraje Yuxacuixi del

Barrio de la Peña, en Asunción Nochixtlán, donde ha realizado gestiones para la

obtención de servicios públicos y la participación de la comunidad.

Mientras que la Ciudadana Elvia Carolina Bedolla Bravo es Licenciada en Contaduría

Pública egresada de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, Socia fundadora

de la Asociación Civil Cofradía Oaxaqueña para el Desarrollo Social, su formación

académica la complementa con los cursos y talleres que ha tomado, como por ejemplo

“Tutela de los derechos políticos” y “Equidad de género” en el Proceso Electoral Ordinario

2015-2016, impartido por el INE.

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96    

En su experiencia laboral cuenta con experiencia como Jefa de departamento de

contabilidad del Fideicomiso para el Desarrollo Logístico del Estado de Oaxaca (FIDELO),

por lo que demuestra tener capacidad gerencial y de liderazgo, también laboró en la

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca, y Alimentación

(SAGARPA) Elaborando proyectos productivos y asistencia técnica.

En cuanto a su experiencia electoral fue Presidenta del Consejo Municipal Electoral del

Municipio de San Francisco Telixtlahuaca, en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016,

así como Capacitador Asistente Electoral en la 03 Junta Distrital Ejecutiva del IFE,

durante las elecciones Federales del año 2003, y como Asistente Electoral en el Consejo

Municipal Electoral de Huajuapan de León en las Elecciones de 2001, también fue

Presidenta de Mesa Directiva de Casilla durante la Jornada Electoral del día 7 de junio de

2015.

En lo que respecta a la ciudadana Miriam Noemí Hernández Sánchez, se destaca que

es una mujer indígena que expresa gran interés en la inclusión y participación política de

las mujeres, de su valoración oral y escrita se aprecian detalles y antecedentes sobre la

forma como ella ha participado para impulsar el desarrollo de este sector de la sociedad,

como en su experiencia laboral lo refiere, siendo Vocal de DIF en el municipio de Santa

María Chachoapam, también laboró en la Instancia Municipal de la Mujer en el mismo

municipio antes mencionado, desarrollando actividades relativas a la igualdad de género,

como última experiencia laboral mencionó haber trabajado en campañas comunitarias

para el Grupo de Estudios de la Mujer “Rosario Castellanos”.

En cuanto a su experiencia electoral, dijo haber desarrollado diferentes actividades entre

las que destacan su participación como Consejera Electoral en el Municipio de Asunción

Nochixtlán en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, también laboró como

Supervisora Electoral para el Instituto Nacional Electoral (INE), también fungió como

Capacitador Asistente Electoral en tres ocasiones para el Instituto Federal Electoral (IFE).

En tanto, el Ciudadano Marcelino Sánchez Cruz es Licenciado en Administración

egresado del Instituto Tecnológico de Oaxaca, complementa su formación académica con

cursos de calidad y relaciones humanas, impartidos por el Instituto Tecnológico de

Oaxaca.

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97    

En su experiencia laboral refiere haber trabajado como encargado del control de calidad,

en el departamento de edición de la empresa Contanetica S.A. de C.V. Auxiliar

administrativo en Cooperativa Quetzal, en Asunción Nochixtlan, así como auxiliar en el

área de Recursos Humanos en la constructora Virgilio Merlín.

En cuanto a su experiencia electoral detalló haber trabajado como Secretario en el XIII

Consejo Distrital Electoral Local, durante el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013, así

como también refiere haber desempeñado el cargo de Supervisor Electoral, durante el

Proceso Electoral Federal 2011-2012, y como Capacitador Asistente Electoral durante el

Proceso Electoral Federal 2008-2009, también menciona haber sido coordinador de

capacitación durante el Proceso Electoral Ordinario 2010 en el XIV Consejo Distrital

Electoral.

Por su parte, el Ciudadano Javier Santiago Hernández es Licenciado en Derecho por la

Universidad Nacional Autónoma de México. En su trayectoria laboral cuenta con

experiencia electoral como Capacitador Asistente Electoral en la 03 Junta Distrital

Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, también como Asistente Electoral XVI Consejo

Distrital Electoral Local, así como también menciona haber laborado como Jefe Operativo

de Proyectos de Gobierno en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y como

representante de dicha dependencia gubernamental. También llevó a cabo trabajo como

coordinador Municipal de Proyectos Estadísticos para el mismo Instituto.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas

con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que

no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito

electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los

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98    

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,

manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,

experiencia académica y laboral como profesional en Materia Electoral acumulada como

Consejera Presidenta, Consejera Electoral en un Consejo Municipal, Consejero Electoral

en un Consejo Distrital, Capacitador Asistente Electoral, Técnico Electoral, Asistente de

Educación Cívica para promoción del Voto, en las tareas de Capacitación y Educación

Cívica durante el Proceso Electoral Federal, asistente en educación cívica para consulta

infantil (INE), abogada litigante y administradora en sede en Oaxaca en una empresa

privada, destacando su capacitación permanente a través de diplomados, cursos, Taller y

Encuentro Nacionales.

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en derecho, contaduría pública, administración, informática, y

gestión comunitaria, así como el ejercicio de sus trayectorias en diversas zonas de la

región, lo que evidencia un conocimiento del contexto local y facilidades para llevar a cabo

trabajos que requieren la comprensión integral de la zona. Asimismo, resulta evidente la

participación que han tenido en materia electoral, al desempeñarse supervisores

electorales, capacitadores asistentes electorales, coordinadores de capacitación,

asistentes de educación cívica en consultas infantiles y en la promoción del voto, técnicos

electorales, asistentes de consejos distritales, representantes ante las mesas directivas de

casilla y de manera relevante, como Consejeros Electorales, ocupando incluso la

presidencia de algunos órganos electorales municipales; el ejercicio de estas funciones

electorales, permite comprender que las ciudadanas y ciudadanos propuestos para

participar como consejeras y Consejeros Electorales, tienen conocimiento de las

diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan en la preparación,

desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su participación denota

conocimiento, interés y vocación por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos de la administración pública, la gestión de sistemas

de información y el derecho. Además, las y los integrantes, denotan su interés por el

fortalecimiento y la transparencia de los procesos electorales.

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99    

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 05 Consejo Distrital con

sede en Asunción Nochixtlán, se observó:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

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100    

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

 

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

 

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

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101    

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Carrizosa Rojas Eloy, Zarate Cruz Yazmin Jazzive, Bedolla

Bravo Elvia Carolina, Hernández Sanchez Miriam Noemí, Sánchez Cruz Marcelino,

Santiago Hernandez Javier, Fuentes Cruz Itzel, Hernández Sánchez Yuridiana, López

Carrasco Juan Carlos, López López Víctor, son las personas idóneas para desempeñar

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102    

respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 05 en Asunción Nochixtlán.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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103    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 06 CON CABECERA EN LA HEROICA CIUDAD DE HUAJUAPAN DE LEÓN DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 06 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta MARTINEZ CISNEROS MARISOL  

 

CRUZ MARTINEZ EFRAIN RAMIRO

MARQUEZ OROPEZA JOSEFINA

RAMIREZ MENDEZ EDGAR

RODOLFO CINOE

SANJUAN OSORIO SARAHI  

Secretaria GOMEZ GUZMAN LILIANA

Consejera Electoral 1 BAUTISTA BONILLA JUAN VICTOR

Consejero Electoral 2 FLORES MONTESINOS JAIRZINHO

Consejera Electoral 3 GONZALEZ RAMIREZ GERARDO

Consejero Electoral 4 SANCHEZ UC MARIANA

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: MARTINEZ CISNEROS MARISOL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86.5

 

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CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: GOMEZ GUZMAN LILIANA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: BAUTISTA BONILLA JUAN VICTOR

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

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105    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: FLORES MONTESINOS JAIRZINHO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: GONZALEZ RAMIREZ GERARDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 31

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

70

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: SANCHEZ UC MARIANA

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106    

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

77

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: CRUZ MARTINEZ EFRAIN RAMIRO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: MARQUEZ OROPEZA JOSEFINA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 35

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107    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

71.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: RAMIREZ MENDEZ EDGAR RODOLFO CINOE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

82.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: SANJUAN OSORIO SARAHI

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 30

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

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108    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

68.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 06. Como se deriva de la integración del 06 Consejo Distrital Electoral con sede en la Heroica

Ciudad de Huajuapan de León, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los

integrantes; y se concluye que la ciudadana Marisol Martínez Cisneros, propuesta como

Presidenta del Consejo Distrital, cuenta con experiencia previa en materia electoral al

haberse desempeñado como Consejera Electoral propietaria del Consejo Distrital con

sede en la Heroica Ciudad de Huajuapan de León en el Proceso Electoral Ordinario

2015-2016, en esta actuación tuvo a su cargo la organización de un debate entre

candidatos. Durante la etapa de entrevistas fue posible observar liderazgo,

profesionalismo y habilidades comunicativas, además de la experiencia electoral previa

que la hacen idónea para ocupar el cargo, ya que en su valoración oral y escrita expresó

interés en la promoción de una cultura cívica democrática, así como dar certeza al

cumplimiento de la voluntad de los ciudadanos y ciudadanas, al elegir a sus próximos

representantes, velando por el cumplimiento de los principios electorales que dan sentido

y fortaleza a la función electoral. Demostró un alto grado de compromiso y

responsabilidad, así como una actuación apegada a valores, habilidades para el trabajo y

organización.

Su experiencia profesional se complementa con su participación como asesora de crédito

en una empresa de bienes raíces, así como su desempeño en la Subdirección de

Adicciones del H. Ayuntamiento de Huajuapan de León, y su participación en medios

informativos como Igabe Noticias, el diario Marca, Radio Oro y La Poderosa de Tlaxiaco;

fue también conductora del programa radiofónico Vive la Univas y editora de audio y video

en la Universidad José Vasconcelos de Oaxaca; realizó servicio profesional no

remunerado en la sección de Desarrollo Regional y en la Dirección de Agroindustrias y

Comercio Rural de la SEDER, lo que permiten constatar su amplio conocimiento de la

región y del contexto social demográfico de la misma. Ha mantenido una actualización

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109    

permanente a través de cursos como el de Incubación en Línea impartido por el Instituto

Nacional del Emprendedor y el Diplomado en Administración Pública Municipal.

En tanto, la ciudadana Liliana Gómez Guzmán, propuesta como Secretaria del mismo

Consejo Distrital, también cuenta con experiencia en la materia al haberse desempeñado

como Capacitadora Asistente Electoral en el Proceso Electoral Federal 2012; así como en

las funciones de instrucción y asistencia electoral en el proceso de elecciones internas de

partidos políticos, coordinada por el Instituto Nacional Electoral y como capturista adscrita

a la Vocalía de la Secretaría en la l03 Junta Distrital Ejecutiva durante el Proceso Electoral

Local 2015-2016.

Complementan esta experiencia profesional, sus actividades en el Instituto Nacional de

Estadística y Geografía, donde se desempeñó en la aplicación de cuestionarios para el

Censo Económico 2014, su participación como asistente administrativa en la empresa

Solinta S. A. de C. V., y como docente en el Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca.

De su valoración oral y escrita pudo apreciarse que cuenta con un sólido compromiso

institucional, alto sentido de responsabilidad, disciplina, respeto, aprendizaje continuo,

dedicación al trabajo, organización de actividades, disponibilidad de horario y flexibilidad

ante los cambios, así como el deseo por contribuir y fortalecer la vida democrática de

México.

La participación comunitaria de ambas, así como su previa experiencia de trabajo en el

Distrito Electoral en comento, la hacen conocedoras del medio donde realizarán las

funciones electorales propias del proceso electoral vigente, lo cual resulta clave, en tanto

este Distrito se coordinará con 21 consejos municipales distribuidos en la orografía de la

región mixteca, por lo que al ser originarias de la zona, comprenden el contexto y las

expresiones de la cultura de la región.

Además, es destacable que las ciudadanas propuestas como Presidenta y Secretaria del

Consejo Distrital son mujeres, con lo que se ejerce una perspectiva de género, de

inclusión en la participación política y no discriminación, valores que son observados por

el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

En tanto, el Ciudadano Juan Víctor Bautista Bonilla, propuesto como Consejero

Electoral, es egresado de la Licenciatura en Ciencias Empresariales por la Universidad

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Tecnológica de la Mixteca, refiere que su desarrollo profesional se ha centrado

principalmente en las micro finanzas con enfoque rural, desempeñando puestos

gerenciales en las Sociedades Caja Solidaria Nieves SC de AP de RL de CV y Red

Oaxaca SA de CV SFC; en las cuales menciona haberse relacionado con todas las áreas

de dichas organizaciones. En cuanto a su experiencia electoral acredita haberse

desempeñado como Supervisor Electoral donde dio acompañamiento a los Capacitadores

Asistentes Electorales a su cargo, en su Zona de Responsabilidad Electoral.

Por su parte el Ciudadano Jairzinho Flores Montesinos es Licenciado en Derecho relata

tener amplia trayectoria como abogado litigante lo que le será de gran utilidad para llevar

a cabo su encomienda como Consejero Electoral. En su experiencia laboral comentó

haber sido Abogado Litigante en el despacho jurídico “García & García” donde realizó

actividades como defensor en Causas Penales en el Nuevo Sistema Acusatorio

Adversarial (Juicio Oral). Asimismo realizó las actividades de asesoría y Consultoría

Jurídica en el Despacho Jurídico “Guzmán López & Asociados”, además de haber sido

docente en el Centro Universitario “Luis Donaldo Colosio Murrieta” impartiendo materias

referentes a la Licenciatura en Derecho.

En cuanto a su experiencia electoral asume haber sido Consejero Electoral Propietario en

el VI Consejo Distrital Electoral Local con sede en Huajuapan de León durante el Proceso

Electoral Ordinario 2015-2016, de la misma manera asume haber laborado como Técnico,

Asistente y Coordinador Electoral en el XV Distrito Electoral Local, durante las elecciones

locales del 2007, realizando las mismas actividades en el Proceso Electoral Ordinario

2009-2010.

Por lo que respecta al Ciudadano Gerardo Gonzáles Ramírez, éste cuenta con

Licenciatura como Contador Público y Auditor por la Benemérita Universidad Autónoma

de Puebla, refiere haber laborado en la Secretaría de Finanzas de Oaxaca, como

Delegado Fiscal, para los Distritos de San Pedro y San Pablo Teposcolula Y Distrito de

San Juan Bautista Tuxtepec, al mismo tiempo realizando actividades de Contabilidad

privada y gubernamental en Despacho Particular, además de ser Asesor Municipal,

Contable Y Administrativo en los Municipios de Calihualá, Santos Reyes Tepejillo,

Zapotitlán Palmas, Santiago Chazumba, Santiago Miltepec, San Pedro y San Pablo

Tequixtepec, Santo Domingo Tonalá y San Jorge Nuchita, También menciona su interés

en participar como Consejero Electoral Distrital con la idea de poder servir y participar en

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111    

esta encomienda, asegurando que promoverá una cultura cívica y democrática en su

ciudad y Distrito.

Asimismo la Ciudadana Mariana Sánchez Uc, es Licenciada en Ciencias Empresariales,

por la Universidad Tecnológica de la Mixteca, refiere que tiene los conocimientos

necesarios para desempeñar el cargo de Consejera Electoral de forma eficaz y eficiente,

agrega que cuenta con las capacidades requeridas para para desempeñar el cargo con

responsabilidad, honestidad y transparencia; cuidando que cada una de las funciones a

desempeñar sean realizadas en pro del procedimiento electoral.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en el ámbito empresarial, la administración pública y ciencias

políticas, procesos de auditoría y contabilidad, la gestión de sistemas de información, la

docencia y el ámbito jurídico, desarrollando sus trayectorias profesionales y laborales en

instituciones y empresas de la zona, lo que evidencia un conocimiento del contexto local y

facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la comprensión plena de la región y

sus particularidades.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente la formación multidisciplinar de los integrantes

propuestos, el alto sentido de compromiso con las instituciones y la democracia; destacan

su experiencia, la disposición y los conocimientos académicos adecuados, el deseo de

desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos

profesionales; así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así

como su experiencia acumulada como supervisor electoral, Técnico Electoral,

Capacitador Asistente, Secretario, Consejero del Consejo Municipal Electoral, Presidente

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112    

de la Mesa Directiva de Casilla, Secretaria de la Vocalía del Secretario (IFE), Jefe de

Oficina de Seguimiento y Análisis, miembro del servicio Profesional Electoral (IFE),

docente, Presidente Municipal por Sistemas Normativos Internos, Auxiliar contable, su

capacitación permanente a través de diplomados, curso, taller, y conferencias.

Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al

desempeñarse como consejeras y Consejeros Electorales distritales, en la secretaría de

los consejos municipales, así como en la integración de las mesas directivas de casilla, lo

que denota un compromiso con la democracia y las instituciones electorales, dicha

experiencia también permite comprender que las ciudadanas y ciudadanos propuestos

para participar como consejeras y Consejeros Electorales en este distrito, tienen

conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan en la

preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su

participación confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, como las ciencias

empresariales, las ciencias político administrativas, ciencias de la salud, desarrollo

comunitario, contaduría pública, auditoría gubernamental y las ciencias jurídicas.

A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para

participar se fundamenta en la inquietud de propiciar cambios positivos en la percepción

ciudadana respecto de los procesos electorales, así como garantizar la credibilidad en las

instituciones, la transparencia de los procesos de expresión de la voluntad popular a

través del voto y el mantenimiento de la gobernabilidad.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

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113    

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 06 Consejo Distrital con

sede en la Heroica Ciudad de Huajuapan de León, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

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114    

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

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115    

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Martínez Cisneros Marisol, Gómez Guzmán Liliana, Bautista

Bonilla Juan Víctor, Flores Montesinos Jairzinho, González Ramirez Gerardo, Sanchez Uc

Mariana, Cruz Martínez Efraín Ramiro, Marquez Oropeza Josefina, Ramírez Méndez

Edgar Rodolfo Cinoe y Sanjuan Osorio Sarahi, son las personas idóneas para

desempeñar respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretaria, Consejeras y

Consejeros Electorales del Consejo Distrital 06 en la Heroica Ciudad de Huajapan de

León.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

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sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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117    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 07 CON CABECERA EN PUTLA VILLA DE GUERRERO DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 07 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta MERINO GARCIA FRANCISCO CORTES MORALES ABEL REY MENDOZA IBARRA RAMSES PORTILLO SANCHEZ KARINA RAMOS GONZALEZ EDUARDO

Secretaria LEAL SOLANO VICTORIA

Consejero Electoral 1 BERMUDEZ VAZQUEZ ARTURO

Consejero Electoral 2 GRACIDA RODRIGUEZ XOCHITL

Consejera Electoral 3 MACHUCA GARCIA REYNALDO

Consejero Electoral 4 MORALES ESCOBAR CESAR

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: MERINO GARCIA FRANCISCO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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118    

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: LEAL SOLANO VICTORIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: BERMUDEZ VAZQUEZ ARTURO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 25

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

68

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

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119    

NOMBRE: GRACIDA RODRIGUEZ XOCHITL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 35

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 25.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

69.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: MACHUCA GARCIA REYNALDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: MORALES ESCOBAR CESAR

SEXO: HOMBRE

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120    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

75

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: CORTES MORALES ABEL REY

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: MENDOZA IBARRA RAMSES

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 25

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 7

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121    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

58.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: PORTILLO SANCHEZ KARINA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 18.67

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

72.67

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: RAMOS GONZALEZ EDUARDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 28

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: 25.5

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(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

58.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 07. Como se deriva de la integración del 07 Consejo Distrital Electoral con sede en Putla Villa

de Guerrero, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y se

concluye que el ciudadano Francisco Merino García, propuesto para presidir el Consejo

Distrital, es Abogado, Notario y Actuario, según consta en su título otorgado por la

Benemérita Universidad autónoma de Puebla; destaca que es hablante de lengua

amuzga, lo que le hace propicio para ejercer el encargo institucional y fortalece la

composición del Consejo Distrital.

Cuenta con experiencia previa en materia electoral al haberse desempeñado como

Funcionario Electoral Coordinador ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación

Electoral de Oaxaca, para llevar a cabo la elección de concejales municipales de Reyes

Etla; Mazatlán Villa de Flores, Teotitlán; Tepelmeme Villa de Morelos, Coixtlahuaca; San

Sebastián Tecomaxtlahuaca; Santiago Atitlán, Mixe; Tataltepec de Valdés, Juquila; Santo

Domingo Nuxaá Nochixtlán; San Miguel Tlacotepec; San Mateo del Mar, Tehuantepec; así

como Secretario del Consejo Municipal Electoral de San Mateo Peñasco, Tlaxiaco.

Experiencia que se complementa con su participación como Secretario Municipal de San

Pedro Amuzgos, Putla; Secretario Municipal de San Juan Cacahuatepec, Jamiltepec, y

Presidente Municipal Constitucional de San Pedro Amuzgos, Putla; en períodos anteriores

hasta por 7 años a la fecha de la designación. Asimismo, ha impartido las materias de

Introducción al Derecho, Introducción a las Ciencias Sociales e Historia de México en la

Escuela Preparatoria por Cooperación extensión Amuzgos, de San Sebastián Ixcapa;

destaca de su valoración escrita y oral, su compromiso con el desarrollo de procesos

ordenados política y socialmente, el respeto a la dignidad humana, la libertad y los

derechos humanos.

En tanto, la ciudadana Victoria Leal Solano, propuesta como Secretaria del mismo

Consejo Distrital, es Licenciada en Informática y también cuenta con experiencia en la

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123    

materia al haberse desempeñado como Capacitadora Asistente Electoral en el Proceso

Electoral Ordinario anterior, y fortalecen tales capacidades sus experiencias previas como

Representante del INEGI y entrevistadora de proyectos de gobierno, como Jefa de

entrevistadores agropecuarios, Responsable del área en la Encuesta Intercensal de

Población y Vivienda, así como Jefe de campo en los Censos Económicos de 2014, y

responsable de enumeradores del censo de Maestros y Alumnos de Educación Básica y

Especial; y como Responsable de Área del Censo de Población y Vivienda de 2010. De

su valoración oral y escrita destacan su compromiso con la democracia, y el considerar

que el uso de las tecnologías puede facilitar el desarrollo del proceso electoral. Destaca

que es hablante de mixteco, lo que coadyuva al fortalecimiento de una visión pluricultural

en el Consejo Distrital.

La participación ciudadana de ambos integrantes, desde sus diversas áreas

profesionales, con incidencia en la región, pone de manifiesto su comprensión del

contexto local y las expresiones de la cultura de la región, misma que abarca localidades

triquis, mixtecas y costeñas, por lo que el conocimiento de estas particularidades

culturales es relevante.

Además, es destacable que los ciudadanos propuestas como Presidente y Secretaria del

Consejo Distrital son hombre y mujer, con lo que se ejerce una perspectiva de equidad de

género, de inclusión en la participación política y no discriminación, valores que son

observados por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

En tanto el C. Arturo Bermúdez Vázquez, propuesto como Consejero Electoral

Propietario, cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho, por la Universidad

Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca, refiere haber desempeñado como abogado

postulante por tres años en la “Barra Oaxaqueña de Abogados y Pasantes de Derecho del

Estado de Oaxaca”, siendo asesor jurídico del Síndico Municipal de Santa María Ipalapa,

asimismo fue asesor jurídico del Municipio de San Pedro Amuzgos, fungiendo también

como auxiliar administrativo del Consejo Distrital Electoral de Putla Villa de Guerrero, en

el Proceso Electoral Ordinaro 2015-2016, desempeñando varios programas de

operatividad como lo es el Sistema de Información de la Jornada Electoral (SIJE), así

como también apoyó durante el Cómputo Distrital. Para finalizar hace hincapié en que

aportará todo su conocimiento para fortalecer los mecanismos de participación ciudadana

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y el sistema de Partidos Políticos, vigilando y haciendo cumplir sus derechos y

obligaciones como Consejero Distrital.

Por su parte la C. Xóchitl Gracida Rodríguez, propuesta como Consejera Electoral

Propietaria, refiere que cuenta con amplia experiencia electoral ya que ha ocupado cargos

desde que cumplió la mayoría de edad siendo designada como Presidenta de Mesa

Directiva de Casilla durante el Proceso Electoral Ordinario 2001, posteriormente como

Secretaria Administrativa durante el Proceso Electoral Ordinario 2004, también

desempeñó actividades como Técnico en Informática durante el Proceso Electoral

Ordinario 2007, repitiendo el mismo cargo durante el Proceso Electoral Ordinario 2010,

también fungió como Asistente Electoral durante el Proceso Electoral Ordinario 2012-

2013, mecionando además que fue Consejera Electoral Propietaria en el Consejo

Municipal Electoral de Putla Villa de Guerrero durante el Proceso Electoral Ordinario

2015-2016. Al final hace mención que cuenta con la experiencia suficiente para

desarrollar el cargo que se le encomienda, plenamente convencida que la práctica

electoral es la mejor forma de elegir a nuestros gobernantes.

En tanto el C. Reynaldo Machuca García, Licenciando en Ciencias Políticas y

Administración Pública por la Universidad Autónoma del Estado de México. En su

experiencia laboral refiere haber colaborado con el voluntariado del DIF municipal de

Zumpango de Ocampo, Estado de México, así como también brigadista universitario de

servicio social comunitario en la Asociacion Civil “ASBIS”, del Municipio de San José del

Rincon, Estado de México, donde impartió pláticas sobre la importancia del voto, la

democracia, funciones de gobierno y desarrollo local sustentable, En cuanto a su

experiencia electoral menciona haber sido Presidente del Consejo Municipal Electoral, del

Municipio de San Andrés Cabecera Nueva, haciendo hincapié en que en este proceso se

encargó de que la elección se desarrollara en paz y que los ciudadanos votaran el día de

la Jornada Electoral con toda la certeza jurídica que su voto sería respetado.

Por su parte el C. César Morales Escobar, es Licenciado en Educación Primaria, por lo

que acumula una experiencia laboral como docente frente a grupo, desempeñándose en

diferentes escuelas de la región, por lo que conoce el contexto sociocultural de la zona y

las complejidades de su conformación; cuenta con experiencia electoral, al haber

participado como secretario del Consejo Municipal Electoral con cabecera en Putla Villa

de Guerrero, desempeñando las funciones de Oficialía Electoral y certificación de actos

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125    

jurídicos, convocatoria a las sesiones y notificación a los partidos políticos, así como

coadyuvando en la realización de los cómputos municipales. De su exposición verbal y

escrita se desprende un notable interés por fortalecer los procesos democráticos y un

apego a la transparencia, legalidad y un amplio sentido de responsabilidad.  

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente que en la integración se cuenta con personas

que hablan la Lengua Indígena Triqui; asimismo se destaca el grado académico, contando

con la más amplia disposición, el deseo de hacer valer la equidad de género en la

sociedad política, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así

como su experiencia acumulada como Consejero Electoral en un Consejo Municipal

Electoral, Capacitador Electoral, Técnico Electoral, Asistente Electoral, Responsable de

Área (INEGI), levantamiento de Censo General de Población y Vivienda (INEGI),

instructor comunitario del Consejo Nacional de Fomento Educativo, docente, Sindico

Tercero Municipal en San Andrés Chicahuaxtla, Putla, Oaxaca, destacando su

capacitación permanente a través de cursos, Talleres, Congresos Internacionales y

participación en Programas de Liderazgo.

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en asesoría jurídica, la gestión de sistemas de información, en

administración pública y administración, pedagogía y docencia, desarrollando sus

trayectorias profesionales y laborales en instituciones y empresas de la zona, lo que

evidencia un conocimiento del contexto local y facilidades para llevar a cabo trabajos que

requieren la comprensión plena de la región y sus particularidades económicas, políticas,

sociales y culturales.

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126    

Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al

desempeñarse como Secretarios y Consejeros Electorales municipales y distritales,

supervisores electorales, asistentes electorales, brigadistas voluntarios de la importancia y

promoción del voto, la democracia y el desarrollo local sustentable, contando incluso con

integrantes que han obtenido reconocimientos por su participación en el Concurso

Nacional de Testimonios Ciudadanos convocado por el Instituto Federal Electoral, esta

integración plural y diversa manifiesta que los integrantes propuestos tienen conocimiento

de las diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan en la preparación,

desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su participación

confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, como las ciencias

jurídicas, contando incluso con miembros que acreditan estudios de maestría en derecho

constitucional y abogados postulantes, así como docentes de diferentes niveles

educativos, licenciados en ciencias políticas y administración pública y profesionales de la

informática y los sistemas de cómputo.

A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para

participar se fundamenta en la inquietud de incidir en el desarrollo de sus comunidades y

dar garantía del cumplimiento legal de los procesos electorales, garantizar el respeto a las

instituciones electorales y a la voluntad ciudadana.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

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127    

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 07 Consejo Distrital con

sede en Putla Villa de Guerrero, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

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128    

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

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129    

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Merino García Francisco, Leal Solano Victoria, Bermúdez

Vázquez Arturo, Gracida Rodríguez Xóchitl, Machuca Garcia Reynaldo, Morales Escobar

Cesar, Cortes Morales Abel Rey, Mendoza Ibarra Ramses, Portillo Sánchez Karina y

Ramos González Eduardo, son las personas idóneas para desempeñar respectivamente,

el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros Electorales del

Consejo Distrital 07 en la Putla Villa de Guerrero.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

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130    

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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131    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 08 CON CABECERA EN LA HEROICA CIUDAD DE TLAXIACO DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 08 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejero Presidente GONZALEZ BAUTISTA JESUS        

GARCIA NICOLAS IGNACIO

SANCHEZ PEREZ ARCELIA

SANCHEZ ZETA SALVADOR

SOSA MARTINEZ GADDIEL  

Secretario VELASCO SANCHEZ JUAN

Consejera/o Electoral 1 AGUILAR GONZALEZ ISABEL

Consejero/a Electoral 2 ALBERTO NATIVIDAD SANTIAGO

Consejera/o Electoral 3 JUAREZ MORALES MARVEL ASUNCION

Consejera/o Electoral 4 ORTIZ GARCIA GUADALUPE

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: GONZALEZ BAUTISTA JESUS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

95.5

 

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132    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: VELASCO SANCHEZ JUAN

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

90.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: AGUILAR GONZALEZ ISABEL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 30

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

64.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

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133    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: ALBERTO NATIVIDAD SANTIAGO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

89.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: JUAREZ MORALES MARVEL ASUNCION

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

82.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: ORTIZ GARCIA GUADALUPE

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134    

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

67

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: GARCIA NICOLAS IGNACIO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: SANCHEZ PEREZ ARCELIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 30

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(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

60.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: SANCHEZ ZETA SALVADOR

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.67

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.67

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: SOSA MARTINEZ GADDIEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 11

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136    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

76.5

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 08. Como se deriva de la integración del 08 Consejo Distrital Electoral con sede en la Heroica

Ciudad de Tlaxiaco, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes;

y se concluye que el ciudadano Jesús González Bautista, propuesto para presidir el

Consejo Distrital, es Licenciado en Derecho por la Universidad Michoacana de San

Nicolás de Hidalgo.

Cuenta con experiencia previa en materia electoral al haberse desempeñado como

Consejero Electoral ante el 06 Consejo Distrital Electoral Federal del Instituto Nacional

Electoral con sede en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, en los procesos federales 2011-

2012 y 2014-2015, elemento que resulta clave, ya que permite comprender que conoce

las bases de coordinación que existen entre el Instituto Nacional Electoral y los

Organismos Públicos Locales Electorales, asimismo, se ha desempeñado como

Supervisor Electoral en dos procesos electorales federales, los relativos a 2006 y 2009, y

como técnico electoral en dos procesos electorales locales de 2007 y 2013; así como

Asistente Electoral en 2007, ante el organismo electoral local.

Complementan su formación profesional, su desempeño como Auxiliar Jurídico en un

Despacho de Abogados ubicado en Tlaxiaco, así como su trayectoria docente como

profesor de bachillerato en el Colegio superior para la Educación Integral Intercultural de

Oaxaca. Asimismo, se ha desempeñado como Secretario del Síndico de la Agencia

Municipal de Santa Cruz Progreso, Putla Villa de Guerrero, electo por la Asamblea

General de la Comunidad misma que se rige por Sistemas Normativos Indígenas, y como

Topil en la misma comunidad, en cumplimiento del sistema de cargos.

Es hablante de Triqui de la región alta, con lo que se fortalece la composición pluricultural

del órgano colegiado.

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En tanto, el ciudadano Juan Velasco Sánchez, propuesto como Secretario del mismo

Consejo Distrital, es Licenciado en Derecho y también cuenta con experiencia en la

materia al haber sido Secretario del Consejo Municipal Electoral de la Heroica Ciudad de

Tlaxiaco en el Proceso Electoral Ordinario anterior, así como Consejero Presidente del

Consejo Municipal de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco en el Proceso Electoral Local de

2013 y Presidente del Consejo Municipal de Chalcatongo de Hidalgo en 2010; también se

ha desempeñado como Supervisor Electoral en los procesos electorales de 2006 y 2009;

y como capturista del INE en 2015, además de Capacitador Asistente Electoral en el año

2000. Ha obtenido reconocimientos en la capacitación recibida para desempeñarse como

supervisor electoral.

Experiencia que se complementa con su gestión como Analista de Captura en el INEGI,

Supervisor de técnicos de actualización, Analista de Control en los Censos Económicos, y

Responsable de enumeradores ante el mismo Instituto Nacional de Estadística y

Geografía. De su valoración oral y escrita, se desprende que es una persona

comprometida, con un fuerte sentido de lealtad institucional, con vocación electoral, y

habilidades para la organización de actividades complementarias, como debates

electorales y el trabajo de campo en la región que conoce ampliamente.

La participación ciudadana de ambos integrantes, pone de manifiesto su comprensión del

contexto local y sobre todo de las diferentes funciones que se realizan en materia

electoral, tanto en los procesos federales como locales, además de conjugar

conocimientos sobre la organización administrativa y funcional de los institutos

electorales.

En relación a la ciudadana Isabel Aguilar González, propuesta como Consejera

Electoral, es Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa, fue

Subprocuradora del menor, la mujer y la familia en el Ayuntamiento de Tlaxiaco, así como

Jefa de crédito y cobranza en una institución financiera de la región, complementa su

trayectora profesional, su participación como docente en el Colegio de Bachilleres del

Estado de Oaxaca, plantel 50 en Santiago Yosondúa, Tlaxiaco. En lo referente a su

experiencia electoral, refiere haber participado como encargada de Módulo en el Instituto

Federal Electoral en el año 2005; de su valoración oral y escrita se desprende que cuenta

con un alto sentido de honestidad y apego a valores humanos, así como el respeto a los

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principios electorales y el deseo de participar en un proceso transparente y apegado a la

legalidad.

En tanto, Santiago Alberto Natividad, propuesto como Consejero Electoral de este

órgano colegiado, es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa, con

formación complementaria a través de diplomados en Ciencias Penales con

especialización en Criminalística, de Derechos Civiles con especialización en Contratos,

en Derecho Constitucional y Amparo. Se desempeñó como instructor comunitario en el

Consejo Nacional de Fomento Educativo, en Culiacán Sinaloa, así como catedrático en la

Escuela Preparatoria Intercultural “Note Ujia”.

Complementa su trayectoria profesional, el cargo de Verificador en el INEGI, así como

Consejero Electoral Suplente en e l Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral, y se

desempeñó como Asistente Electoral en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, y como

Presidente del Consejo Electoral Municipal en Teozoatlán de Segura y Luna en el

Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.

Mientras que Marvel Asunción Juárez Morales, propuesta como Consejera Electoral, es

Licenciada en Educación Media en el área de Ciencias Sociales.

Laboralmente se ha desempeñado en el ámbito electoral, fungiendo como Capacitadora

Electoral en 1991 y como Secretaria del Comité Municipal Electoral de Santa María

Asunción Tlaxiaco en 1992, así como Consejera Electoral ante el 06 Consejo Distrital

Federal durante el proceso electoral de 1997; Consejera Electoral Propietaria del Consejo

Municipal Electoral en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco durante el Proceso Electoral

Ordinario local de 1998; así como Consejera Electoral Suplente del 06 Consejo Distrital

Federal en Tlaxiaco durante el año 2000; ha participado asimismo como Consejera

Electoral Propietaria del 13 Consejo Distrital Electoral en Tlaxiaco durante el Proceso

Electoral Ordinario local del año 2001. Fue Consejera Electoral Propietaria del Consejo

Distrital Electoral en el Proceso Electoral Ordinario de 2004 en la Heroica Ciudad de

Tlaxiaco; así como Consejera Electoral Propietaria del 08 Consejo Distrital Electoral en

Tlaxiaco, en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.

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139    

Refirió en su valoración oral y escrita un amplio interés por participar y hacer valer los

derechos políticos electorales de las mujeres, así como su apego a la cultura de la

legalidad, transparencia y la democracia.

Finalmente, la ciudadana Guadalupe Ortiz García, es Licenciada en Administración por

el Instituto Tecnológico de Tlaxiaco y se ha desempeñado como residente en el

Aeropuerto Internacional de Oaxaca, así como en servicios de logística y distribución

SAPI, donde fue administradora de nivel de servicios, y en el INEGI como Responsable

de Área en el año 2010. Su experiencia electoral se sustenta en su participación como

Asistente de Consejeros Electorales en el 06 Distrito Electoral Federal.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, que la integración cuenta con personas que

hablan la Lengua Indígena como lo es Triqui, asimismo se destaca el grado académico,

contando con la más amplia disposición, el deseo de hacer valer la equidad de género en

la sociedad política, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo,

la responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así

como su experiencia acumulada como Consejero Electoral en un Consejo Municipal

Electoral, Capacitador Electoral, Técnico Electoral, Asistente Electoral, Responsable de

Área (INEGI), levantamiento de Censo General de Población y Vivienda (INEGI),

instructor comunitario del Consejo Nacional de Fomento Educativo, docente, Sindico

Tercero Municipal en San Andrés Chicahuaxtla, Putla, Oaxaca, destacando su

capacitación permanente a través de cursos, Talleres, Congresos Internacionales y

participación en Programas de Liderazgo.

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en asesoría jurídica, como abogados postulantes, pedagogía y

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140    

docencia, así como contabilidad y ciencias de la salud, desarrollando sus trayectorias

profesionales y laborales en instituciones y empresas de la zona, lo que evidencia un

conocimiento del contexto local y facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la

comprensión plena de la región y sus particularidades económicas, políticas, sociales y

culturales.

Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al

desempeñarse como consejeras y Consejeros Electorales municipales y distritales, ante

los consejos locales y federales, supervisores electorales, responsables de los módulos

del Registro Federal de Electores, asistentes de los Consejeros Electorales, técnicos

electorales y observadores electorales, esta integración plural y diversa manifiesta que los

integrantes propuestos tienen conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y

procedimientos que se observan en la preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones

locales y federales, además, su participación confirma conocimiento, interés y vocación

por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, como las ciencias

jurídicas, subprocuradores en instancias de protección a los menores de edad, las

mujeres y la familia, contabilidad y docencia en diferentes niveles educativos.

A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para

participar tiene qué ver con experiencias anteriores de participación ciudadana, el deseo

de desarrollarse profesionalmente, y de aportar a sus comunidades una participación

informada, transparente y objetiva, con apego a los principios rectores de la democracia.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

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141    

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 08 Consejo Distrital con

sede en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

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142    

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

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143    

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

   

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. González Bautista Jesús, Velasco Sánchez Juan, Aguilar

González Isabel, Alberto Natividad Santiago, Juárez Morales Marvel Asunción, Ortiz

García Guadalupe, García Nicolás Ignacio, Sánchez Pérez Arcelia, Sánchez Zeta

Salvador y Sosa Martínez Gaddiel, son las personas idóneas para desempeñar

respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 08 en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

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144    

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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145    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 09 CON CABECERA EN IXTLÁN DE JUÁREZ DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 09 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejero Presidente HERNANDEZ MARTINEZ ENRIQUE

JERONIMO AVENDAÑO JUAN GABRIEL

JIMENEZ JIMENEZ MARIA

MARTINEZ MONTAÑO

TOMAS

MENDEZ SAN PEDRO FABIOLA  

Secretario MENDEZ GIJON GABRIEL

Consejera/o Electoral 1 CRUZ BAUTISTA ILIANA

Consejera Electoral 2 GRIS DAVILA LILIA

Consejero Electoral 3 PEREZ LUNA MIGUEL ANGEL

Consejero/a Electoral 4 SALINAS HERNANDEZ GERMAN FILIBERTO

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: HERNANDEZ MARTINEZ ENRIQUE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

93.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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146    

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: MENDEZ GIJON GABRIEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

69

 

 

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: CRUZ BAUTISTA ILIANA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

78.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

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147    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: GRIS DAVILA LILIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: PEREZ LUNA MIGUEL ANGEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: SALINAS HERNANDEZ GERMAN FILIBERTO

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148    

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86.33

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: JERONIMO AVENDAÑO JUAN GABRIEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: JIMENEZ JIMENEZ MARIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 37

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149    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: MARTINEZ MONTAÑO TOMAS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: MENDEZ SAN PEDRO FABIOLA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

32

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 7

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150    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 23.67

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

62.67

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 09. Como se deriva de la integración del 09 Consejo Distrital Electoral con sede en Ixtlán de

Juárez, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y se

concluye que el ciudadano Enrique Hernández Martínez, propuesto como Presidente del

Consejo Distrital, cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho, y experiencia en la

rama electoral, en la preparación, vigilancia y desarrollo de procesos electorales al haber

participado con antelación como Secretario del Consejo Municipal Electoral de la Villa de

Etla en 2016, como Consejero Presidente del Consejo Distrital Electoral de Ocotlán de

Morelos en 2013, como Consejero Presidente del Consejo Distrital de Ixtlán de Juárez en

2007 y 2010, como Consejero Presidente del Consejo Municipal de Santa Cruz

Xoxocotlán en 2007, así como Secretario del Consejo Distrital Electoral de Oaxaca de

Juárez Norte en 2004; además ha sido Capacitador Asistente Electoral en 2000, 2003, y

2009, Capacitador Electoral en 1993 y 1994; y Coordinador Electoral en 1992, 1995,

1996, antecedentes que reflejan el conocimiento de los procesos e instituciones

electorales.

En tanto, el ciudadano Gabriel Méndez Gijón, propuesto como Secretario del mismo

Consejo Distrital, también cuenta con conocimientos jurídicos suficientes que le permitan

comprender y desarrollar el cargo con diligencia, ha participado anteriormente como

funcionario integrante de mesas directivas de casilla en 2000 y 2003, así como

capacitador a funcionarios de las mismas en otro proceso electoral. Ha obtenido diplomas

y reconocimientos de capacitación por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así

como por haber cursado un Taller de Criminalística, Juicios Orales, y formar parte del

Consejo de Administración de la empresa Benefixt S. A. de C. V.

Tuvo anotaciones sobresalientes en relación al apego demostrado a los principios

rectores durante su desempeño como tal, por lo que comprende un elemento clave de los

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151    

procesos electorales y que es la instalación de casillas, recepción de la votación, la

clausura de las casillas y el traslado de los paquetes a los consejos, lo cual será clave en

la elección que nos ocupa, ya que al celebrarse concurrente con las elecciones federales,

se requieren habilidades organizativas, de planeación y conocimiento de todos las fases

que dan cuerpo al desarrollo de un proceso electoral, cuenta con aptitudes que le facilitan

el desarrollo de los trabajos a realizarse de forma grupal.

Se ha desempeñado como abogado litigante en un despacho particular y como personal

de la Dirección General de Población, así como de la Secretaría de Desarrollo Social,

fungiendo como coordinador Municipal.

Es hablante de zapoteco, lo que permite una composición multicultural del órgano

electoral y facilita las relaciones interculturales con las comunidades de la zona. Además

de manifestar un amplio conocimiento de la geografía de la región, sus costumbres, rutas

y cultural local.

La participación ciudadana de ambos integrantes, pone de manifiesto su comprensión del

contexto local y sobre todo de las diferentes funciones que se realizan en materia

electoral, tanto en los procesos federales como locales, además de conjugar

conocimientos sobre la organización administrativa y funcional de los institutos

electorales.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

En lo que refiere a la Ciudadana Iliana Cruz Bautista, propuesta como Consejera

Electoral Propietaria, es Licenciada en Administración, ha desarrollado su experiencia

laboral como Jefa de Oficina de la Coordinación de Actualización Docente en el Instituto

Tecnológico del Valle de Oaxaca, así como Jefa de Oficina de Proyectos de Docencia en

el mismo centro educativo, Jefa de Oficina de Control Escolar en el mismo instituto y Jefa

de Oficina de Desarrollo Institucional en el referido centro laboral. Su experiencia en la

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152    

docencia se complementa con su desempeño como profesora de la Universidad

Tecnológica de los Valles Centrales de Oaxaca y de la Universidad Autónoma Benito

Juárez de Oaxaca.

En el ámbito electoral, ha participado como Capacitadora Electoral en el Segundo Distrito

Electoral con sede en Teotitlán de Flores Magón, en el año 2000, y como Consejera

Electoral Propietaria en el Proceso Electoral Ordinario de 2001 en el Consejo Distrital

Electoral con Cabecera en Villa de Etla; también ha sido Consejera Electoral Propietaria

en el Consejo Distrital Electoral de la Villa de Etla en el año 2004; y como Consejera

Electoral Propietaria en el Segundo Consejo Distrital Electoral con cabecera en la Villa de

Etla en el 2007.

Mientras que Lilia Gris Dávila, propuesta como Consejera Electoral Propietaria, es

Licenciada en Contaduría Pública, con experiencia electoral al haber sido presidenta del

Consejo Municipal de San Andrés Zautla, así como el de Santiago Suchilquitongo;

además de Consejera Electoral Suplente del Consejo Distrital con cabecera en Ixtlán de

Juárez, y Supervisora Electoral en el Instituto Federal Electoral, así como Capacitadora

Asistente Electoral y Técnico Electoral en el Instituto Estatal Electoral; Supervisora de

Entrevistadores en el INEGI; además de Censora, y Validadora; además de Evaluadora

de Calidad de la Telesecundaria en San Juan Bautista Jicayán; se ha desempeñado como

Auxiliar Administrativo en una empresa afianzadora; de su valoración oral y escrita se

detectó que tiene facilidad de palabra, capacidad de mando, facilidad de relacionarse y

poder de convencimiento, así como un alto sentido de responsabilidad.

Por su parte, el ciudadano Miguel Ángel Pérez Luna, cuenta con estudios de

Licenciatura en Derecho, su experiencia laboral ha sido en el ámbito electoral,

desempeñándose como Consejero Electoral Propietario del Consejo Municipal Electoral

con cabecera en Villa de Etla, para el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016; Capacitador

Asistente Electoral durante el proceso federal electoral 2011-2012; Capacitador Asistente

Electoral durante el proceso federal 2008-2009; Consejero Presidente del Consejo

Municipal Electoral de Santiago Suchilquitongo en 2007; así como Consejero Electoral

Suplente en el Segundo Consejo Distrital Electoral con cabecera en la Villa de Etla, en

2007; y Supervisor Electoral en el Proceso Electoral Federal 2005-2006; Secretario del

Consejo Municipal electoral con cabecera en Villa de Zaachila en el Proceso Electoral

Ordinario 2004; Capacitador Asistente Electoral en el proceso federal de 2003; así como

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153    

otros cargos de la misma naturaleza desde 1991 ante los órganos federal y local

electorales.

Y el ciudadano Germán Filiberto Salinas Hernández, es hablante de chinanteco por lo

que su participación fortalece una visión plural y multicultural capaz de entablar relaciones

interculturales con las comunidades de la región; cuenta con estudios de licenciatura en

Derecho, así como una trayectoria profesional en el Registro Civil, donde se desempeñó

como Oficial en diferentes zonas del Estado de Oaxaca; fue Coordinador en el Distrito 10

del Comité Distrital del órgano electoral local en 1989, así como Analista en la Dirección

de Recursos Materiales de Gobierno del Estado, y vocal secretario de la quinta junta

distrital ejecutiva en el Distrito Federal Electoral con cabecera en Huautla de Jiménez de

1993 a 1996. Fue Vocal Secretario de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del IFE con cabecera

en Teotitlán de Flores Magón desde 1996 a 2011; y tiene cursos y reconocimientos como

diplomas y constancias en materia electoral. Tiene un nombramiento de titularidad como

miembro del Servicio Profesional Electoral.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas

que hablan la Lengua Zapoteca, destacado la Licenciatura en Derecho, contando con la

más amplia experiencia en materia electoral, así como un comportamiento sustentado en

valores como el diálogo, la responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se

manifiesta el apego a los principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre

de los resultados electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y

los integrantes, así como su experiencia acumulada como especialista de campo (IFE),

Consejera Electoral en un Consejo Distrital, Capacitador Asistente Electoral, Supervisor

de Zona, Capacitador Electoral, Consejero Presidente del Consejo Municipal Electoral,

Responsable de programa (COESIDA), Auxiliar Administrativo, Técnico-Asistente

Electoral, titular del puesto de Vocal de organización Electoral, de junta Distrital en el

Servicio y medalla de plata por los evaluaciones obtenidas (IFE), Administrativo Gerencial

Institucional Jurídico-político y Técnico Instrumental del Servicio Profesional Electoral,

oficial del registro Civil, destacando su capacitación permanente a través de cursos,

diplomados, seminarios,

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154    

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en consultoría jurídica, pedagogía y comercio, ámbitos de

desarrollo profesional que han ejercido en la zona.

Es relevante mencionar que, en esta conformación de consejeras y consejeros, hay

hablantes de diversas variantes dialectales de la lengua zapoteca, lo cual es fundamental

para incidir en la zona, conformada por comunidades indígenas bilingües.

Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al

desempeñarse como consejeras y Consejeros Electorales municipales y distritales,

supervisores electorales, técnicos electorales, capacitadoras y capacitadores asistentes

electorales, asistentes electorales, lo que demuestra que los integrantes propuestos

tienen conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan

en la preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su

participación confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, como las ciencias

jurídicas, subprocuradores en instancias de protección a los menores de edad, las

mujeres y la familia, contabilidad y docencia en diferentes niveles educativos.

A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para

participar tiene qué ver el conocimiento que tienen de la zona, con el cúmulo de previas

experiencias desarrolladas en el ámbito electoral, el deseo de desarrollo personal y

comunitario, y a la preservación de la estabilidad social en la región.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

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155    

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 09 Consejo Distrital con

sede en Ixtlán de Juárez, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

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156    

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

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157    

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Hernández Martínez Enrique, Méndez Gijon Gabriel, Cruz

Bautista Iliana, Gris Davila Lilia, Pérez Luna Miguel Ángel, Salinas Hernández Germán

Filiberto, Jerónimo Avendaño Juan Gabriel, Jiménez Jiménez María, Martínez Montaño

Tomás y Méndez San Pedro Fabiola, son las personas idóneas para desempeñar

respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 09 en Ixtlán de Juárez.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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158    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 10 CON CABECERA EN SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 10 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta MARTINEZ RUIZ BRENDA ITANDEWIT

IGNACIO SIGÜENZA RUTH

IRAIS PACHECO DIAZ LUIS REY

RODRIGUEZ GUZMAN FLORINDA NATALIA

VALDIVIESO PERALTA GUILLERMO

Secretario CRUZ ZARATE HECTOR HUGO Consejero/a Electoral 1 ADRIAN JUAN SANDIBEL Consejero Electoral 2 CASTORELA REYES HIPOLITO

MIGUEL Consejero/a Electoral 3 DIAZ GUTIERREZ MARCOS Consejera/o Electoral 4 JUAREZ PEDRO REYNA REGINA

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: MARTINEZ RUIZ BRENDA ITANDEWIT

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

93

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

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159    

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: CRUZ ZARATE HECTOR HUGO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: ADRIAN JUAN SANDIBEL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 31

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

71.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: CASTORELA REYES HIPOLITO MIGUEL

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160    

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: DIAZ GUTIERREZ MARCOS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: JUAREZ PEDRO REYNA REGINA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 37

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161    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: IGNACIO SIGÜENZA RUTH IRAIS

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 27

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

66

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: PACHECO DIAZ LUIS REY

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

35

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 9

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162    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

72.33

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: RODRIGUEZ GUZMAN FLORINDA NATALIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: VALDIVIESO PERALTA GUILLERMO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 25

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

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163    

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

58.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 10. Como se deriva de la integración del 10 Consejo Distrital Electoral con sede en San Pedro

y San Pablo Ayutla, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes;

y se concluye que la ciudadana Brenda Itandewit Martínez Ruiz, propuesta como

Presidenta del Consejo Distrital, es originaria de la comunidad de San Pedro y San Pablo

Ayutla, por lo que conoce la cultura local de la cabecera, así como de las comunidades

que conforman el Distrito electoral, todas ellas regidas por Sistemas Normativos

Indígenas, lo que fortalece la visión pluricultural en la conformación del Consejo Distrital.

Es licenciada en Ciencias Políticas, por lo que se infiere que cuenta con los conocimientos

teóricos y prácticos para el ejercicio de las funciones electorales.

Ha participado en dos procesos electorales, en el relativo a 2014-2015, participó en la

Junta Distrital del INE con sede en Tlacolula de Matamoros como Supervisora Electoral

en la zona mixe, y de 2015 a 2016 como Secretaria del Consejo Distrital número 10 con

cabecera en San Pedro y San Pablo Ayutla, así como Auxiliar Técnico de la Dirección de

Organización Electoral del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de

Oaxaca.

Ha reforzado su formación con talleres impartidos por el Centro de Capacitación Judicial

Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en materia electoral.

Es además, integrante de la Red de Mujeres por la Igualdad Sustantiva A. C.

Ha sido auxiliar técnico en la organización mixe zapoteca chinanteca omizach, enfocada

en proyectos sociales para las comunidades rurales, de igual forma laboró en la Comisión

Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en la Sierra Norte, como promotora,

encargada de la elaboración de diagnósticos comunitarios. Coordinó programas sociales

en el marco de la Cruzada Nacional contra el Hambre, fungiendo como enlace municipal

de comunidades de la zona mixe alta; asimismo impartió cursos de capacitación a

autoridades municipales, grupos de mujeres y asambleas comunitarias, ante la Secretaría

de Desarrollo Social.

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164    

En tanto, el ciudadano Héctor Hugo Cruz Zárate, propuesto como Secretario del Consejo

Distrital, cuenta con formación de Licenciado en Derecho, y ha participado como

Consejero Electoral Propietario del Consejo Distrital de San Pedro y San Pablo Ayutla en

el proceso electoral 2015-2016, y Consejero Electoral suplente del IV Consejo Distrital de

Tlacolula de Matamoros en el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013, ha sido

coordinador de capacitación del XX Consejo Distrital del IEEPCO en el proceso electoral

2013, y capacitador asistente electoral en el procesos electoral federal 2008-2009; lo que

fortalece la aplicación estricta de le ley y los principios que rigen los procesos electorales.

Es relevante mencionar que se desempeñó como Supervisor de Entrevistadores en la

encuesta intercensal 2015, y como Entrevistador Agropecuario en el programa del Censo

Agropecuario del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Asimismo, se ha desempeñado en el departamento de vivienda del Programa de Apoyo a

Zonas de Atención Prioritaria de la Secretaría de Desarrollo Social; así como en el

programa tu casa de la misma Secretaría; también se desempeñó en el Instituto Estatal

de Educación Pública de Oaxaca, en la Coordinación General de Planeación Educativa y

en la Dirección de Proyectos Educativos, como coordinador de aplicación de evaluaciones

de calidad y logro educativo. De igual forma, laboró en la Coordinación Social del

Municipio de Oaxaca de Juárez, como promotor de cursos en el programa de rescate de

espacios públicos. De su valoración oral y escrita destaca tener un perfil idóneo por contar

con conocimientos y experiencias, sus aptitudes para el trabajo bajo objetivos y

resultados, y un amplio conocimiento del Distrito.

La participación ciudadana de ambos integrantes, pone de manifiesto su comprensión del

contexto local y sobre todo de las diferentes funciones que se realizan en materia

electoral, en una región donde las particularidades culturales, diferencian este Distrito

Electoral de los 24 restantes.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

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165    

En relación a la ciudadana Sandibel Adrián Juan, propuesta como Consejera Electoral,

cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho, se ha desempeñado en la iniciativa

privada, asumiendo responsabilidades administrativas; en tanto su experiencia electoral

se sustenta en su participación como presidenta de la mesa directiva de casilla durante la

jornada electoral del 7 de junio de 2015; también se ha desempeñado como Asistente

Electoral en el 20 Consejo Distrital, durante el proceso electoral 2013 en San Pedro y San

Pablo Ayutla, Mixe. Fue Capacitadora Asistente Electoral en el IFE, en el Proceso

Electoral Federal 2008-2009. En su valoración oral y escrita se le percibe como una

persona honesta, responsable y preocupada por la democracia y la igualdad de

oportunidades entre géneros.

Mientras que el ciudadano Hipólito Miguel Castorela Reyes, cuenta con conocimientos

en materia jurídica, ha sido secretario del Consejo Distrital de Tlacolula de Matamoros en

2015. Acredita haber cursado diferentes programas y diplomados en materia electoral; ha

sido relator en el tema de alcances de los usos y costumbres en el Municipio de Santiago

Choapam en 2013. A partir de su valoración oral y escrita se tiene como una persona

capaz, responsable en el cargo, con evidencias de desempeño satisfactorio e interesado

por la legalidad de los procesos electorales, su transparencia y el apego a los principios

rectores.

En lo que respecta a Marcos Díaz Gutiérrez, es Licenciado en Derecho, hablante de la

lengua mixe, en la variante de Santa María Tlahuitoltepec, elemento que resulta

fundamental para la comunicación entre localidades de la región y que refuerza la

integración multicultural del órgano colegiado. Se ha desempeñado como colaborador en

el área jurídica de la Oficina de Enlace Legislativo, titular del Departamento Jurídico del

Centro de Acompañamiento Comunitario A. C., fundador y representante legal de la

organización Centro de Atención Integral a los Pueblos Originarios, y Jefe del

Departamento de Información, Análisis y Estudios del Módulo de Desarrollo Sustentable

con sede en San Pedro y San Pablo Ayutla, Mixes. También fue Coordinador General de

la Agencia de Desarrollo Rural Bajo Mixe, y Coordinador General del Manual sobre el

Ejercicio de los Derechos Indígenas “Ejercicio Pleno de los derechos de los Pueblos y

Comunidades Indígenas para Fortalecer el Desarrollo Comunitario e Identidad Indígena

en los Municipios de Santiago Choapam”; así como Secretario de la Sindicatura Municipal

de Santa María Tlahuitoltepec.

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166    

Acumula adicionalmente, experiencia electoral como funcionario ante la mesa directiva de

casilla, destaca de su exposición oral y escrita un compromiso por el fortalecimiento de los

pueblos y comunidades indígenas, así como sus derechos a elegir a sus autoridades;

asimismo, cursa un diplomado en la materia.

Y en tanto, Reyna Regina Juárez Pedro es Licenciada en Derecho, fue Capacitadora

Asistente Electoral en el Instituto Federal Electoral en 2006 y 2009; también se ha

desempeñado como abogada litigante de 2007 a 2010; Asistente Electoral en el Instituto

Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca en 2007; y Brigadista de la

Estrategia 100 por 100 de la Secretaria de Desarrollo Social en 2008. Ha impartido cursos

de fomento a la cultura de la denuncia y la legalidad en el Municipio de Oaxaca de Juárez

en 2011; así como Consejera Presidenta del 20 Consejo Distrital Electoral en 2013 y

2016.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, la formación multidisciplinar, el alto sentido de

compromiso con las instituciones y la democracia; destacando que la mayoría hablan la

Lengua materna que es el mixe, la cual facilita el entendimiento con los ciudadanos del

municipio, asimismo su experiencia, conocimientos académicos adecuados, el deseo de

desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos

profesionales; así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así

como su experiencia acumulada como Asesor a los integrantes de las autoridades

municipales en temas de reglas de operación de programas federales y estatales,

Consejero Electoral, Auxiliar Administrativo en un Consejo Distrital, Capacitador Electoral,

Auxiliar de la Segunda Actuaria, Oficial Administrativo, en el Juzgado Civil, Gerente

Administrativo, Encargado de la Zona para alfabetizar a los adultos y Docente, su

capacitación permanente a través de cursos.

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167    

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en el ámbito jurídico y administrativo, principalmente; además

acumulan experiencia a través de su participación en materia electoral, al desempeñarse

como consejeras y Consejeros Electorales municipales y distritales, incluso como

Presidentes y Secretarios de consejos distritales, supervisores electorales, capacitadoras

y capacitadores asistentes electorales, asistentes electorales, e integrantes de las mesas

directivas de casilla; esta integración plural y diversa manifiesta que los integrantes

propuestos tienen conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y procedimientos que

se observan en la preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales,

además, su participación confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, la abogacía, áreas

administrativas y como vocales de comités comunitarios.

A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para

participar tiene qué ver con una identificación de su participación comunitaria, y de

pertenencia a pueblos y comunidades indígenas de la región, así como el interés de

involucrarse en los procesos electorales para dar garantía de su transparencia y rectitud a

través de la aplicación de la ley.

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada, lo que denota el interés

institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la igualdad de oportunidades

para la participación político electoral de las mujeres y la ciudadanía en su conjunto.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aún cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

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168    

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 10 Consejo Distrital con

sede en San Pedro y San Pablo Ayutla, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

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169    

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

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170    

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Martínez Ruiz Brenda Itandewit, Cruz Zárate Héctor Hugo,

Adrian Juan Sandibel, Castorela Reyes Hipolito Miguel, Díaz Gutiérrez Marcos, Juárez

Pedro Reyna Regina, Ignacio Sigüenza Ruth Irais, Pacheco Díaz Luis Rey, Rodríguez

Gázman Florinda Natalia y Valdivieso Peralta Guillermo, son las personas idóneas para

desempeñar respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y

Consejeros Electorales del Consejo Distrital 10 en San Pedro y San Pablo Ayutla.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

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171    

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 11 CON CABECERA EN MATÍAS ROMERO AVENDAÑO, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los

Consejeros Electorales del 11 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de

Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la

siguiente integración:

Cargo Propietario Suplentes Generales *

Consejera Presidenta SANCHEZ LUCAS LUCINA

HERNANDEZ SANCHEZ MAURICIO FERNANDO

PEREZ GOMEZ JOSE

PUENTE ORTIZ CHRISTIAN

TOMINEZ GARCIA JOSE OMAR

Secretario LEYVA SALINAS MOISES

Consejero Electoral 1 GARCIA ARELLANO VILLEGAS JORGE

Consejero Electoral 2 MARTINEZ ALMANZA GERARDO

Consejera/o Electoral 3 RUIZ ALVARADO REBECA ISIDRA

Consejera/o Electoral 4 SANCHEZ GARCIA SONIA

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: SANCHEZ LUCAS LUCINA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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173    

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: LEYVA SALINAS MOISES

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: GARCIA ARELLANO VILLEGAS JORGE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

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174    

NOMBRE: MARTINEZ ALMANZA GERARDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

77.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: RUIZ ALVARADO REBECA ISIDRA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 26

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

69.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: SANCHEZ GARCIA SONIA

SEXO: MUJER

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175    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

78.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: HERNANDEZ SANCHEZ MAURICIO FERNANDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 27

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

64.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: PEREZ GOMEZ JOSE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 15

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176    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: PUENTE ORTIZ CHRISTIAN

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

69

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: TOMINEZ GARCIA JOSE OMAR

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

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177    

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

68.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 11 Como se deriva de la integración del 11 Consejo Distrital Electoral con sede en Matías

Romero Avendaño, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes;

y se concluye que la Ingeniera Lucina Sánchez Lucas, propuesta para presidir el

Consejo Distrital, quien cuenta con experiencia como Validadora en el Instituto Nacional

de Estadística y Geografía, además de la experiencia electoral que acumula al haberse

desempeñado como Capacitadora Asistente Electoral en el Instituto Nacional Electoral,

así como digitalizadora de medios de información y como responsable de módulo en el

área de Registro Federal de Electores. Tuvo la oportunidad de participar en el Concurso

Nacional de Testimonios Ciudadanos sobre el Proceso Electoral Federal 2011-2012, así

como en el Intercambio de experiencias de Supervisores y CAE realizado en 2013 en la

ciudad de México. Asimismo, se ha desempeñado como consejera Presidenta del consejo

municipal de Matías Romero Avendaño en el Proceso Electoral Local anterior, por lo que

cuenta con elementos prácticos que le hacen idónea para el desarrollo de estas funciones

públicas.

Complementan su formación, el trabajo no remunerado que realizó en la Secretaría de

Agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación, en el departamento

administrativo como parte de su servicio social; así como su residencia profesional en la

Comisión Federal de Electricidad. De su valoración oral y escrita, se destaca que desea

participar en la transformación del país a través de su participación ciudadana

comprometida, responsable y transparente, apegada a los principios electorales.

En tanto, el ciudadano Moisés Leyva Salinas, propuesto como Secretario del mismo

Consejo Distrital, es Licenciado en Educación y cuenta con experiencia en la materia

electoral al haber participado como Coordinador de Organización en 2013, técnico

electoral en 2007 y capacitador electoral en el año 2010, entre sus actividades destacan

la capacitación brindada a funcionarios integrantes de las mesas directivas de casilla, así

como la capacitación a los técnicos electorales para el conocimiento pleno de sus

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178    

funciones electorales; esta experiencia y conocimiento del contexto regional lo hacen

propicio para desempeñarse en el encargo institucional.

Complementariamente a esta formación, ha sido docente frente a grupo trabajando con

niños de diferentes contextos sociales, con el interés de generar generaciones críticas,

reflexivas y analíticas. También se ha desempeñado como supervisor de ventas y jefe de

cobranza de empresas estatales. De su valoración oral y escrita se destaca que es una

persona con capacidad para tomar decisiones, que desea mejorar la confianza en las

instituciones y que considera que los consejeros deben mantener una buena imagen de la

institución electoral, así como la necesidad de que la ciudadanía crea en la democracia

como un esquema de mejor convivencia para todos. Exalta su preocupación por la

transparencia de los procesos electorales y el apego a los principios rectores.

La participación ciudadana de ambos integrantes, pone de manifiesto su comprensión del

contexto local y sobre todo de las diferentes funciones que se realizan en materia

electoral, además de conjugar conocimientos en capacitación y organización que son

indispensables en los procesos electorales.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en

sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

El Ciudadano Jorge García Arellano Villegas, acumula experiencia como personal

administrativo del Centro de Atención a Beneficiarios del Programa Sin Hambre, y como

Secretario Municipal Electoral en el Municipio de El Barrio de la Soledad, en el Proceso

Electoral Local 2015-2016; fue Consejero Electoral Propietario en el Municipio de El Barrio

de la Soledad en el proceso 2012-2013, así como Supervisor Electoral en el Proceso

Federal 2011-2012 ante la 05 Junta Distrital del IFE en Santo Domingo Tehuantepec;

participó como Supervisor Electoral en el Proceso Federal 1993-1994 del IFE.

En tanto, el ciudadano Gerardo Martínez Almanza, es Ingeniero en Desarrollo Rural, con

maestría en Ciencias del Desarrollo Rural, por lo que comprende la complejidad

sociocultural de la región; ha participado como docente en la Universidad Filadelfia de

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México, campus Ciudad Alemán, Veracruz; así como Gerente del Fondo de

Aseguramiento Agropecuario, también se desempeñó como docente y director de Plantel

en el Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca. Asistente de Gerencia Estatal de

Siniestros en AgroAsemex, y jefe del Área de Evaluación Socioeconómica de una

institución de educación superior. Fue Consejero del Consejo Distrital de Juchitán, en el

proceso electoral de 2000 y 2007; de su valoración oral y escrita se confirma el apego por

la transparencia y el cumplimiento de los principios rectores.

Por su parte, Rebeca Isidra Ruiz Alvarado, cuenta con estudios de la Licenciatura en

Derecho; ha sido Procuradora Municipal para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia

en el H. Ayuntamiento de Matías Romero Avendaño; asesora jurídica de la Comandancia

Local de la misma localidad; y cuenta con experiencia docente frente a grupo; como parte

de su experiencia electoral, fue presidenta de la mesa directiva de casilla en el proceso

electoral de 2015-2016, por lo que cuenta con conocimientos necesarios para comprender

el desarrollo de la Jornada Electoral, la cual constituye una fase relevante del Proceso

Electoral. Se le percibe como una persona preparada, audaz y comunicativa.

Y Sonia Sánchez García es hablante de lengua indígena de la región del mixe bajo, en la

variante de San Juan Guichicovi; lo que fortalece la composición multicultural del órgano

electoral; cuenta con experiencia laboral como profesora frente a grupo y supervisora de

entrevistadores en el INEGI; Capacitadora Asistente Electoral en el proceso electoral

2005-2006; así como Técnico Electoral en el proceso de 2007; y Capacitadora Asistente

electoral en el Proceso de 2008-2009; asistente electoral en 2010; así como Capacitadora

Asistente Electoral en el proceso 2011-2010. Se desempeñó asimismo como Consejera

Electoral Propietaria en el Distrito de Matías Romero en el Proceso 2012-2013; y

Capacitadora Asistente Electoral en 2014-2015; así como Consejera Electoral Propietaria

en el Consejo Distrital de Matías Romero en el Proceso Electoral Local anterior.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente la experiencia, en conocimientos académicos

adecuados, contando con la carrera profesional, como Técnico Responsable de área

geoestadística, técnico responsable de comunidades apoyadas por el componente

PROAGRO productivo, docente en nivel medio superior, Asesor de la Escuela Normal

Superior, Capacitador Asistente Electoral, Consejero propietario del Consejo Distrital,

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asesor de ensayos para titulación, Jurado Calificador y Asesor Jurídico, además cuentan

con capacitación permanente a través de cursos, talleres, diplomados, encuentro

Regional de Experiencias. Además, cuenta con un comportamiento sustentado en valores

como el diálogo, la responsabilidad, la transparencia y la honestidad. Apegados a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes con

el deseo de desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y

desafíos profesionales; identificándose como personas con amplia experiencia para tomar

decisiones importantes en base a la reflexión y el análisis.

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen sobre todo en el área jurídica y pedagógica, los procesos

económicos y sociales, el desarrollo regional, geoestadística, planeación y evaluación

para el desarrollo, así como gerencia en el sector educativo, con incidencia en

comunidades integrantes del Distrito Electoral en cuestión, lo que evidencia un

conocimiento del contexto local y facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la

comprensión plena de la región y sus particularidades económicas, políticas, sociales y

culturales.

Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al

desempeñarse como Secretarios de consejos municipales, consejeros, esta integración

plural y diversa manifiesta que los integrantes propuestos tienen conocimiento de las

diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan en la preparación,

desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su participación

confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en áreas como la geoestadística, temas migratorios, el fomento

a los sectores productivos y manejo de fondos y financiamientos comunitarios.

A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, participan por la

convicción de aportar al desarrollo de sus comunidades, fortalecer la democracia,

observar los principios rectores de las instituciones electorales, y garantizar que la

voluntad de la ciudadanía sea consistente con los resultados de la contienda.

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181    

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 11 Consejo Distrital con

sede en Matías Romero Avendaño, se observó.

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182    

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

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183    

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Sánchez Lucas Lucina, Leyva Salinas Moises, García

Arellano Villegas Jorge, Martínez Almanza Gerardo, Ruiz Alvarado Rebeca Isidra,

Sánchez García Sonia, Hernández Sánchez Mauricio Fernando, Pérez Gómez José,

Puente Ortiz Christian y Tominez García José Omar, son las personas idóneas para

desempeñar respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y

Consejeros Electorales del Consejo Distrital 11 en Matías Romero Avendaño.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

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184    

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

 

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185    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 12 CON CABECERA EN SANTA LUCÍA DEL CAMINO DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 12 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta CORTES RAMIREZ BRISELDA

BAUTISTA SOLAR OMAR LENNIN

BENITEZ VAZQUEZ FELIPE

JIMENEZ HERNANDEZ MARIA ELENA

MACIAS GONZALEZ SILVIA JUDITH  

Secretario CONTRERAS MARTINEZ GABRIEL EVODIO

Consejera/o Electoral CHACON VILLARREAL ITZEL

Consejera/o Electoral GASPAR MARTINEZ CAMELIA

Consejero/a Electoral GONZALEZ AGUILAR ISAI DE JESUS

Consejera Electoral HERNANDEZ SALAZAR EDITH MARGARITA

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: CORTES RAMIREZ BRISELDA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

94

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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186    

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: CONTRERAS MARTINEZ GABRIEL EVODIO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

95.5

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: CHACON VILLARREAL ITZEL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

96

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

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187    

NOMBRE: GASPAR MARTINEZ CAMELIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86.5

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: GONZALEZ AGUILAR ISAI DE JESUS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

89

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: HERNANDEZ SALAZAR EDITH MARGARITA

SEXO: MUJER

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188    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: BAUTISTA SOLAR OMAR LENNIN

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

94.5

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: BENITEZ VAZQUEZ FELIPE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 11

Page 189: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

189    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

94.5

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: JIMENEZ HERNANDEZ MARIA ELENA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

90.5

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: MACIAS GONZALEZ SILVIA JUDITH

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

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190    

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 12. Como se advierte de la integración del 12 consejo distrital electoral con sede en Santa

Lucia del Camino, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las personas

propuestas, se destaca que la ciudadana propuesto para presidir el consejo distrital,

cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes para ocupar el cargo propuesto,

mismos que están respaldados por estudios y capacitación cuyas evidencias integran su

expediente dentro de las más destacadas como pasante de la licenciatura en derecho se

encuentra que se ha desempeñado como consejera electoral del Distrito Electoral federal

09 en los procesos 2012, 2015, y local 2016; fue coordinadora de organización electoral

en consejo distrital en el año 2013, fue técnica electoral en 2013 y asistente electoral en el

2010, así como capacitadora asistente electoral 2008-2009 en el anterior Instituto Federal

Electoral. Por si ello no fuera menor se añade que la seleccionada cuenta con experiencia

como docente.

Mientras que, en referencia al ciudadano propuesto como secretario del consejo distrital

es pasante de la licenciatura en derecho, tuvo anotaciones sobresalientes en relación con

el apego demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría

electoral. Cuenta con experiencia electoral, al haberse desempeñado dos veces como

consejero electoral suplente, coordinador de capacitación electoral en el año 2013,

capacitador asistente electoral en 2010 y 2012, además ha participado como funcionario

de elecciones municipales de sistemas normativos indígenas.

En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y

experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad.

La propuesta como consejera propietaria Itzel Chacón Villareal es Licenciada en

Derecho y cuenta con un diplomado por el Universidad Autónoma Benito Juárez de

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191    

Oaxaca. Cuenta con una amplia experiencia en material electoral desde 2007. Año en la

que fue asistente electoral en el Instituto Electoral Local. En 2010 fue consejera

propietaria en el consejo distrital de Ocotlán de Morelos. Fue consejera electoral

propietaria de distrito electoral federal en 2012, 2015 y en el proceso local 2016.

Respecto a la propuesta como consejera Camelia Gaspar Martínez es Licenciada en

derecho y tiene estudios de maestría en derecho. Sobresale por su compromiso con la

comunidad y la multiculturalidad ya que fue parte de las fundadoras de la Red Nacional de

Abogadas Indígenas y Ixmucame A.C. Ha coordinado proyectos como el seminario

permanente de autoridades de la Sierra Sur y Cohesión Social Oaxaca: mujeres

ejerciendo sus derechos como parte del convenio marco de cooperación México-Unión

Europea. Además, cuenta con múltiples diplomados, cursos y participaciones

relacionadas con la materia electoral y la igualdad de género. Por mencionar algunos:

diplomado “Sistemas Normativos Indígenas: Procesos Electorales y Resolución de

Conflictos” CIESAS, participación en el grupo de acción focalizada “Democracia, respeto

de los derechos humanos y formación ciudadana en el espacio de la comunalidad”,

ponente en el taller “Paridad de género en el proceso electoral 2016”. Además de que su

nombramiento favorece la multiculturalidad del órgano ya que habla zapoteco.

Respecto a la propuesta de consejero propietario Isaí de Jesús González Aguilar es

licenciado en derecho. Cuenta con experiencia en materia electoral, ya que manifiesta

haber realizado sus prácticas profesionales en el tribunal electoral del estado. Asimismo,

fue consejero electoral propietario en el consejo distrital de Santa Lucia del Camino en

2016. También cursó el diplomado en derecho electoral impartido por la UABJO en 2017.

La propuesta como consejera propietaria Edith Margarita Hernández Salazar cuenta con

Licenciatura en Derecho, así como dos Maestrías, una en Derecho Constitucional y otra

en Derecho y Política Electoral. Además, curso un diplomado en derecho electoral en

2017. Destaca su trabajo docente en la Universidad Autónoma Benito Juarez de Oaxaca

donde también ha sido coordinada académica de la faculta de derecho y ciencias

sociales. Cuenta con experiencia en materia electoral ya que en 2013 se desempeñó

como secretaria del consejo distrital de Ixtlán de Juárez. Destaca su compromiso con la

protección de la ciudadanía y con la comunidad ya que se desempeñó como defensora de

oficio.

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192    

Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que

tienen en actividades de campo, al contar con un ex consejeros y consejeras electorales

de órganos desconcentrados en los procesos 2010, 2013 y 2016; asistentes electorales;

una defensora pública de oficio; miembros docentes, y una trabajadora social; además de

que entre las cualidades de las personas seleccionadas sobresalen perfiles en constante

capacitación e investigación de la materia política electoral como lo acreditan sus

currículos.

Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con cinco licenciados y

licenciadas en Derecho y tres pasantes de la mima licenciatura y una contadora; nutriendo

al conjunto de aspirantes una licenciada en trabajo social y maestra en educación

humanista. Esta suma de disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en

la toma de sus decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la

especialización en la materia.

 

Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al

desempeñarse como consejeras y Consejeros Electorales distritales, en la secretaría de

los consejos municipales, lo que denota un compromiso con la democracia y las

instituciones electorales, dicha experiencia también permite comprender que las

ciudadanas y ciudadanos propuestos para participar como consejeras y Consejeros

Electorales en este Distrito, tienen conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y

procedimientos que se observan en la preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones

locales y federales, además, su participación confirma conocimiento, interés y vocación

por la materia.

En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con

personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y

talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como

referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de

la docencia.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la

voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por

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193    

la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la

educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del consejo distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del consejo distrital resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción

afirmativa de género. Destaca que la figura de la presidencia es ocupada por una mujer,

lo que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la

igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las mujeres y la

ciudadanía en su conjunto.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración.

Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir

la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por

su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un

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194    

elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena

medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se

identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la

zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social

en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo de campo

en diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro

de la organización de las elecciones locales.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la

designación de las y los integrantes del 13 Consejo Distrital con sede en Santa Lucia del

Camino, se observó:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país, asimismo se ejerció una acción afirmativa, ya que seis son

mujeres y cuatro hombres quienes integran la propuesta.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes

que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos

cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando

como funcionarios y una observadora electoral. Incluso se cuenta con dos

integrantes que hablan la lengua indígena Zapoteco.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

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195    

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la

capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera

de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población

de nuestra entidad.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la

administración gubernamental como desde el sector privado.

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196    

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto

con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que

anteceden este apartado.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por lo anterior, los CC. Cortes Ramírez Briselda, Contreras Martínez Gabriel Evodio,

Chacón Villarreal Itzel, Gaspar Martínez Camelia, González Aguilar Isaí de Jesús,

Hernández Salazar Edith Margarita, Bautista Solar Omar Lennin, Benítez Vázquez Felipe,

Jiménez Hernández María Elena, Macías González Silvia Judith, son las personas

idóneas para desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y

Consejeros Electorales del Consejo Distrital 12, ya que además de haber acreditado

satisfactoriamente cada una de las etapas del proceso de designación, cuentan con una

sólida formación académica, amplia experiencia profesional, aunado a que son personas

que demostraron contar con las habilidades de liderazgo, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el

presente Dictamen Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

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197    

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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198    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 13 CON CABECERA EN OAXACA DE JUÁREZ (SUR) DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 13 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejero Presidente CRUZ BAZAN MAURO

CRUZ ENRIQUEZ ARISBETH

ORTEGA BRAVO MARYCARMEN

OLMEDO LOPEZ GERARDO DE JESUS

JIMENEZ ARANGO DANIEL  

Secretario EPIFANIO ANDRES FRANCISCO

Consejero/o Electoral BELEN JACINTO NICACIO

Consejero/a Electoral RAMIREZ AZCONA JESUS

Consejera/o Electoral RAMIREZ PEREZ MARIANNEE

Consejera/o Electoral VILLA DIAZ SUE-LYNN JUDITH

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: CRUZ BAZAN MAURO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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199    

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: EPIFANIO ANDRES FRANCISCO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

92

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: BELEN JACINTO NICACIO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

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200    

NOMBRE: RAMIREZ AZCONA JESUS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

82

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: RAMIREZ PEREZ MARIANNEE

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

82.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: VILLA DIAZ SUE-LYNN JUDITH

SEXO: MUJER

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201    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.67

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.67

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: CRUZ ENRIQUEZ ARISBETH

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

72

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: ORTEGA BRAVO MARYCARMEN

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36

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202    

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

77

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: OLMEDO LOPEZ GERARDO DE JESUS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

82

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: JIMENEZ ARANGO DANIEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

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203    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.33

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 13. Como se advierte de la integración del 13 consejo distrital electoral con sede en Oaxaca

de Juárez Zona Sur, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las personas

propuestas, se destaca que el ciudadano Mauro Cruz Bazan propuesto para presidir el

Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes para ocupar el

cargo propuesto, mismos que están respaldados por estudios y capacitación cuyas

evidencias integran su expediente dentro de las más destacadas se encuentra que se ha

desempeñado en seis ocasiones como consejero Presidente de los cuales cuatro lo ha

sido de un Consejo Distrital y dos de Consejo Municipal Electoral.

Así mismo, en materia electoral se ha desempeñado en dos ocasiones Como Consejero

integrante de órganos desconcentrados, y en una ocasión como Secretario de Consejo

Distrital en Santiago Juxtlahuaca, además de haber sido funcionario electoral en

elecciones municipales por el régimen de sistemas normativos internos.

Con lo cual suma más de 19 años de experiencia como servidor público electoral. En

concordancia con lo anterior, el ciudadano Mauro Cruz Bazán demostró habilidades para

el trabajo en equipo y negociación como se advierte de sus cedulas individuales de

entrevistas.

Mientras que, en referencia al ciudadano propuesto como Secretario del Consejo Distrital,

el Licenciado Francisco Epifanio Andrés tuvo anotaciones sobresalientes en relación al

apego demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría

electoral pues cuenta con experiencia electoral, al haberse desempeñado como

capacitador asistente electoral en el proceso federal 2015, y contar experiencia en el

ejercicio de su profesión como contador público y pasante de la licenciatura en Derecho.

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204    

Demuestra probidad y liderazgo en la función pública pues además de la experiencia en

materia electoral también se ha desempeñado como actuario fiscal en el Servicio de

Administración Tributaria SAT, enlace administrativo en la Dirección de Tránsito del

Estado, y contador del Consejo Nacional de Fomento Educativo. Aunado a lo anterior

también sobresale aptitudes de comunicación y sensibilidad en trabajos en equipo al

haberse desempeñado como Profesor de Telesecundaria, y jefe de oficia en el Tribunal

Electoral del Estado de Oaxaca. Finalmente de su exposición de razones, destaca su

conocimiento técnico operativo como abogado y en áreas contables, así como un alto

sentido de responsabilidad.

En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y

experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad.

En lo especifico, Nicacio Belen Jacinto propuesto como Consejero Electoral es

Licenciado en Derecho y tiene experiencia en materia electoral al haberse desempeñado

como Secretario de Consejo Municipal en Oaxaca de Juárez en el proceso 2013, además

de mostrar interés en su capacitación como profesional de la materia al haber asistiendo a

seminarios y conferencias en materia electoral., demostrando compromiso democrático e

interés en la participación de procesos electorales.

Por su parte, Jesus Ramirez Azcona quien también es Licenciado en Derecho es

propuesto como consejero propietario al contar con experiencia como Director de

proximidad social en la Policía Vial Estatal y como Director de Supervisión y Vigilancia

interna en la Secretaría de Seguridad Publica, lo que nutre al órgano desconcentrado al

brindar experiencias de trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en funciones

públicas de alta responsabilidad, así como probidad en el apego a los principios rectores.

En la propuesta sobresale el perfil de la ciudadana Mariannee Ramirez Perez, quien es

pasante de la licenciatura en derecho y en materia electoral demuestra con documentales

haberse desempeñado como secretaria de Consejo Municipal en San Jacinto Amillas en

el pasado proceso 2016, así como Capacitadora Asistente Electoral en la elección federal

de 2015 y en la consulta ciudadana de 2015.

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205    

En lis mismos términos, la Licenciada en Derecho Judith Sue-Lynn Villa Díaz propuesta

como Consejera Propietaria ha ocupado cargos electorales como Consejera de Consejo

Municipal y Presidenta de Mesa Directiva de Casilla. Además de tener como experiencia

como asesora municipal y profesional Dictaminadora en la Secretaría del Trabajo y

Previsión Social.

Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que

tienen en actividades de campo, al contar con un ex Secretario del Consejo Municipal de

Oaxaca en el proceso 2013, Secretaria de Consejo Municipal en el proceso 2016,

Capacitadores Asistentes Electorales en los procesos 2015 federal y 2016 local; una

funcionara y observadora electoral en elecciones municipales de sistemas normativos

indígenas, así como la participación de un docente, sin que pase desapercibido la

experiencia de un integrante como Presidenta de Mesa Directiva de Casilla.

Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con cinco licenciados y

licenciadas en Derecho y tres pasantes de la mima licenciatura, nutriendo al conjunto de

aspirantes un contador público y una pasante de ingeniería en sistemas computacionales.

Esta suma de disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en la toma de

sus decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la especialización en

la materia.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en

consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron

idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a

ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.

Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los

Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas

con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que

no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito

electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los

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206    

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,

manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,

experiencia académica y laboral.

En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con

personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y

talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como

referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de

la docencia como lo demuestran un integrante.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la

voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por

la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la

educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del consejo distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.

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207    

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración.

Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir

la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por

su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un

elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena

medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se

identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la

zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social

en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo de campo

en diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro

de la organización de las elecciones locales.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la

designación de las y los integrantes del 13 Consejo Distrital con sede en Oaxaca de

Juárez, Zona Sur, se observó:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país. El órgano tendrá cuatro son mujeres y seis hombres quienes

integran la propuesta.

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208    

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes

que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos

cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando

como funcionarios y una observadora electoral. Incluso se cuenta con un hablante

de Zapoteco.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la

capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera

de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población

de nuestra entidad.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

Page 209: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

209    

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la

administración gubernamental como desde el sector privado.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto

con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que

anteceden este apartado.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Cruz Bazán Mauro, Epifanio Andrés Francisco, Belén Jacinto

Nicacio, Ramírez Azcona Jesús, Ramírez Pérez Mariannee, Villa Díaz Sue-Lynn Judith,

Cruz Enriquez Arisbeth, Ortega Bravo Marycarmen, Olmedo López Gerardo de Jesús y

Jiménez Arango Daniel, son las personas idóneas para desempeñar el cargo de

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210    

Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros Electorales del Consejo

Distrital 13, ya que además de haber acreditado satisfactoriamente cada una de las

etapas del proceso de designación, cuentan con una sólida formación académica, amplia

experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las

habilidades de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e

integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las

constancias que obran en sus expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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211    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 14 CON CABECERA EN OAXACA DE JUÁREZ (NORTE) DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 14 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta MENDEZ SANCHEZ XOCHITL ELIZABETH

BAUTISTA VELASCO HORIOLDO

CRUZ RAMIREZ DULCE MARIA

GONZALEZ ZARATE LUIS ANTONIO

PEREZ SANDOVAL BEATRIZ  

Secretaria MELCHOR GONZALEZ LILIANA

Consejero Electoral 1 GOMEZ CUEVAS FERNANDO RODOLFO

Consejera Electoral 2 GUTIERREZ HERNANDEZ LAURA

Consejero Electoral 3 RUIZ ORTEGA GIL

Consejera Electoral 4 TOMAS VASQUEZ GLORIA

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: MENDEZ SANCHEZ XOCHITL ELIZABETH

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83

 

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212    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: MELCHOR GONZALEZ LILIANA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

89

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: GOMEZ CUEVAS FERNANDO RODOLFO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

Page 213: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

213    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: GUTIERREZ HERNANDEZ LAURA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: RUIZ ORTEGA GIL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: TOMAS VASQUEZ GLORIA

Page 214: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

214    

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: BAUTISTA VELASCO HORIOLDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: CRUZ RAMIREZ DULCE MARIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 49

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215    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: GONZALEZ ZARATE LUIS ANTONIO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

69.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: PEREZ SANDOVAL BEATRIZ

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

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216    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 14. Como se advierte de la integración del 14 Consejo Distrital Electoral con sede en Oaxaca

de Juárez Zona Norte, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las

personas propuestas.

Se destaca que la ciudadana Xochitl Elizabeth Méndez Sánchez propuesta para presidir

el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos en Derecho, mismos que están

respaldados por estudios y capacitación cuyas evidencias integran su expediente como

licenciada en Derecho; además, cuenta con experiencia al haberse desempeñado en el

sector público como Jefa de departamento, Jefa de unidad, Subprocuradora municipal de

la Procuraduría de la Defensa del Menor y Asesora en el Sistema DIF Oaxaca.

Así mismo ha fungido como delegada contralor en diversas entidades del gobierno

estatal, mientras que en sector privado se ha desempeñado profesionalmente como

abogada litigante en las áreas del derecho público; manifestó en las entrevistas tener

experiencia por la atención al público, responsabilidad y compromiso en los cargos

desempeñados; su actitud es crítica, emprendedora y dinámica, motivada por participar y

contribuir al desarrollo de su comunidad.

La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permite detectar

dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la comunicación, liderazgo y

trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su desempeño, además de estar en

constante capacitación en materia electoral al encontrarse actualmente cursando

diplomado en derecho electoral.

Mientras que, en referencia a la ciudadana Liliana Melchor González propuesta como

Secretaria del Consejo Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en relación al apego

demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría electoral

Page 217: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

217    

pues cuenta con experiencia electoral, al haberse desempeñado como Secretaria del

Consejo Distrital en la misma circunscripción durante el proceso 2016, además fue

Consejera Electoral Propietaria en el Consejo Distrital de la ciudad de Ejutla de Crespo

durante el proceso 2013 y Asistente Capacitadora Electoral en el Consejo Municipal de

Oaxaca de Juárez en el 2007.

Demuestra probidad y liderazgo en la función pública aunado a que ha generado

publicaciones en temas afines a la agenda política del Estado, lo que genera certidumbre

sobre su interés en el cumplimiento de los principios de la materia electoral y el

seguimiento a la función pública.

En tanto, las propuestas de Consejeros Electorales, toman en consideración las

habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron buenas

apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y experiencias en

la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e

integridad.

Por una parte, el Licenciado en Ciencias Políticas Fernando Rodolfo Gomez Cuevas

quien es propuesto como Consejero Propietario además de ser Docente de licenciatura se

ha desempeñado como Consejero Electoral en el Distrito de Ejutla de Crespo y cuenta

con experiencia gubernamental al haber fungido como Jefe de oficia en el Instituto Estatal

de Educación para Adultos y Jefe de Unidad en el Congreso del Estado.

No menos importante señalar que demuestra compromiso por la función pública y solidez

en su formación profesional al contar con un diplomado del Sistema Electoral Mexicano.

En el mismo tenor, Laura Gutiérrez Hernández quien es Licencia en Administración de

Empresas tiene una amplia trayectoria laboral que le permite ejercer la función aun

cuando no ha desempeñado un cargo en la materia electoral, pero que demostró

conocimientos teóricos y habilidades de comunicación y trabajo en equipo en las

entrevistas realizadas.

De su exposición de razones, destaca su conocimiento y habilidades para trabajar en

órganos colegiados, conocimiento del contexto político de la capital del Estado, así como

un alto sentido de responsabilidad.

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218    

Gil Ruiz Ortega quien ocupará un lugar dentro del consejo como Consejero Propietario

es Licenciado en Derecho y ha sido Consejero Presidente de Consejo Distrital en 2004,

Consejero Electoral Suplente en 2002 y Consejero Electoral Propietario en la elección de

2007.

Además de ser Docente en nivel medio y superior, fue gerente en tres ocasiones de

empresas de iniciativa privada, nutriendo con su experiencia al trabajo equipo y

negociación.

Por otro lado, la ciudadana Gloria Tomas Vásquez es Licenciada en Derecho y ha sido

consejera en dos ocasiones, como Propietaria en el proceso del 2013 y Presidenta del

Consejo Municipal de Soledad Etla en 2016.

Por otro lado cuenta con una licenciatura en Lenguas Extranjeras y estudios de Maestría

en Derecho Privado. Se ha capacitado en materia electoral como lo demuestra con sus

constancias de cursos y seminarios y demostró en las entrevistas apego a los principios

rectores y liderazgo.

Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que

tienen en actividades de campo, al haberse desempeñado en funciones como Consejeros

Electorales en los procesos 2016, 2015, 2013, 2010, 2007, y 2004, haber fungido como

auxiliares de consejos municipales y capacitadoras asistentes electorales en el proceso

2016. Incluso se cuenta con la participación de una aspirante que se desempeñó como

actuaría y Secretaria en el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, demostrando

suficiencia en el conocimiento y vasta experiencia electoral en el área juridicial.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en

consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron

idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a

ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.

Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los

Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas

con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que

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219    

no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito

electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,

manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,

experiencia académica y laboral.

Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con 6 Licenciados y

Licenciadas en Derecho, una pasante de la Licenciatura en Ciencias Sociales y Estudios

Políticos, una Licenciada en Administración de Empresas y uno en Ciencias Políticas, así

como un Ingeniero Agrónomo que además de ser docente se ha desempeñado como

Capacitador Asistente Electoral en los procesos 2015 federal y 2016 local. Esta suma de

disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en la toma de sus

decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la especialización en la

materia.

En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con

personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y

talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como

referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de

la docencia como lo demuestran dos integrantes o en el litigio estratégico como lo prueba

la Presidenta que se propone.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la

voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por

la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la

educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción

afirmativa de género. Destaca que las figuras de mayor representación son precisamente

mujeres, lo que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de paridad

y la igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las mujeres y la

ciudadanía en su conjunto.

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220    

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del consejo distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración.

Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los integrantes, para nutrir la

actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por su

trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un

elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena

medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se

identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la

zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social

en la capital del estado.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

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221    

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la

designación de las y los integrantes del 14 Consejo Distrital con sede en Oaxaca de

Juárez, Zona Norte, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país, asimismo se ejerció una acción afirmativa, ya que seis son

mujeres y cuatro hombres quienes integran la propuesta.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes

que dan sentido a la identidad.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la

capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera

de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población

de nuestra entidad. Además de contar con un hablante de la lengua indígena

Zapoteco.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

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222    

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la

administración gubernamental como desde el sector privado.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto

con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que

anteceden este apartado.

Page 223: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

223    

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Méndez Sánchez Xóchitl Elizabeth, Melchor González Liliana,

Gómez Cuevas Fernando Rodolfo, Gutiérrez Hernández Laura, Ruiz Ortega Gil, Tomas

Vásquez Gloria, Bautista Velasco Horioldo, Cruz Ramírez Dulce María, González Zarate

Luis Antonio, Pérez Sandoval Beatriz, son las personas idóneas para desempeñar el

cargo de Consejera Presidenta, Secretaria, Consejeras y Consejeros Electorales del

Consejo Distrital 14, ya que además de haber acreditado satisfactoriamente cada una de

las etapas del proceso de designación, cuentan con una sólida formación académica,

amplia experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con

las habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen

Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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224    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 15 CON CABECERA EN SANTA CRUZ XOXOCOTLÁN, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.

Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 15 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejero Presidente CURIEL GARCIA FLORIBERTO

AGUILAR SANCHEZ ELIZABETH PAULA

GUZMAN VALDIVIA HABACUC

SOSA GUTIERREZ ISABEL

VASQUEZ GARCIA GERMAN

Secretaria SANTIAGO SANCHEZ BETHSAIDA

Consejero/a Electoral 1 GARCIA GARCIA LUIS MARIO

Consejero Electoral 2 LOPEZ TOLENTINO GUSTAVO

Consejera Electoral 3 MARTINEZ GARCIA ELSA

Consejero Electoral 4 MARTINEZ HERNANDEZ JOSE

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: CURIEL GARCIA FLORIBERTO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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225    

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: SANTIAGO SANCHEZ BETHSAIDA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

90.33

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: GARCIA GARCIA LUIS MARIO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

Page 226: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

226    

NOMBRE: LOPEZ TOLENTINO GUSTAVO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

89.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: MARTINEZ GARCIA ELSA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: MARTINEZ HERNANDEZ JOSE

SEXO: HOMBRE

Page 227: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

227    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

95

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: AGUILAR SANCHEZ ELIZABETH PAULA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

86.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: GUZMAN VALDIVIA HABACUC

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 9

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228    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: SOSA GUTIERREZ ISABEL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: VASQUEZ GARCIA GERMAN

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: 26

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229    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 15. Como se advierte de la integración del 15 Consejo Distrital Electoral con sede en Santa

Cruz Xoxocotlán, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las personas

propuestas, se destaca que el ciudadano Curiel Garcia Floriberto propuesto para

presidir el órgano desconcentrado, cuenta con conocimientos y experiencias

sobresalientes para ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por

estudios y capacitación cuyas evidencias integran su expediente dentro de las más

destacadas como pasante de la Licenciatura en Derecho se encuentra que se ha

desempeñado como funcionario electoral desde el año 2000 fungiendo como Capacitador

Asistente Electoral del otrora Instituto Federal Electoral en 2000 y 2001; técnico electoral

en 2003; coordinador electoral y Secretario del consejo municipal en 2004; Secretario de

consejo distrital y municipal en 2007; técnico electoral en 2009, consejero Presidente de

consejo distrital en 2010 y en el proceso 2013; supervisor electoral de la elección federal

2015, consejero Presidente de consejo local en la circunscripción propuesta en 2016,

sumando más de 17 años de experiencia en cargos públicos en los diferentes institutos

electorales. Por si ello no fuera sobresaliente además cuenta con experiencia en trabajos

de elecciones municipales en sistemas normativos indígenas.

Mientras que, en referencia a la ciudadana   Santiago Sanchez Bethsaida propuesta

como Secretaria del Consejo Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en relación al

apego demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría

electoral pues como pasante de la Licenciatura en Derecho cuenta con experiencia

electoral, al haberse desempeñado como consejera electoral en el consejo distrital de la

misma circunscripción propuesta en el pasado Proceso Electoral Local de 2016, además

de mostrar interés por su especialización en la materia al contar con un diplomado en

derecho electoral así como diversas constancias en cursos y talleres de actualización.

En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron

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230    

buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y

experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad.

Respecto a la propuesta de consejero propietario Luis Mario García García, es técnico

en computación y cuenta con experiencia en materia electoral. Se ha desempeñado como

coordinador de consejos municipales en el IEEPCO durante el 2013, así como

capacitador asistente electoral en 2015, en la que obtuvo un reconocimiento por su

trabajo. Asimismo, durante 2016 fue responsable de bodega electoral en el consejo

distrital de Santa Cruz Xoxocotlán.

El propuesto a consejero propietario Gustavo López Tolentino es licenciado en derecho.

Cuenta con experiencia electoral tanto en órganos administrativos como jurisdiccionales.

En 2009 fue capacitador asistente electoral en el IFE. En 2010 coordinador adscrito a

dirección de organización electoral del IEEPCO. En 2011 fue actuario en el tribunal

electoral del poder judicial de Oaxaca. En 2015 fue supervisor electoral en INE. En 2016

fue secretario del consejo distrital en Matías Romero Avendaño. En 2017 se desempeñó

como secretario de estudio y cuenta en el tribunal electoral en el estado.

Respecto a la propuesta a consejera Elsa Martínez García es Licenciada en Derecho,

también, tiene estudios de maestría en derecho y ciencia penales. Cuenta con 17 años de

experiencia en materia electoral. Del 2000 a 2010 se desempeñó como auxiliar del jefe

del departamento de recursos humanos en la IFE. De 2010 a 2014 como secretaria

particular del delegado de la junta local del INE Oaxaca. Durante 2016 y 2017 fue

secretaria del titular de la dirección ejecutiva de capacitación electoral y educación cívica

en las oficinas centrales del INE.

El propuesto como consejero José Martínez Hernández es pasante de la licenciatura en

derecho. Cuenta con experiencia electoral desde 2004 y ha participado en varios consejos

electorales como presidente. En ese año fue secretario del consejo distrital de San Pedro

Mixtepec. En 2007 fue presidente del mismo consejo. En 2010 fue presidente del consejo

distrital con cabecera en Santiago Pinotepa Nacional. En 2013 fue presidente del consejo

distrital de Teotitlán de Flores Magón.

En 2014 fue presidente del consejo electoral municipal de San Miguel Tlacamama durante

el proceso electoral extraordinario en dicho municipio. Asimismo, fue técnico

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231    

especializado en el IEEPCO desde 2010 hasta el 2017. También cuenta con experiencia

en el orden electoral federal al ser capacitador asistente electoral en 2009. También como

funcionario del IEEPCO tuvo experiencia con la multiculturalidad del estado al ser

responsable de municipios que se rigen por sistemas normativos indígenas.

Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que

tienen en actividades de campo, al contar con cuatro personas que se han destacado

como capacitadores asistentes electorales en los procesos federales 2015, 2012 y 2009;

además se encuentra entre los integrantes un responsable de bodega electoral,

coordinador de consejos municipales, así como un funcionario con experiencia en la

organización de elecciones municipales de sistemas normativos internos. Por otro lado, se

cuenta con experiencias de consejeras y consejeros que se han desempeñado

anteriormente en esos cargos en las elecciones de 2004, 2007, 2010, 2013 y 2016;

además de que entre las cualidades de las personas seleccionadas sobresalen perfiles en

constante capacitación e investigación de la materia política electoral como lo acreditan

sus currículos.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en

consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron

idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a

ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.

Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los

Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas

con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que

no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito

electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,

manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,

experiencia académica y laboral.

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232    

Sobresale que en la conformación se cuenta con cuatro licenciados y licenciadas en

Derecho y cuatro pasantes de la mima licenciatura y una en ciencias políticas; nutriendo

al conjunto de aspirantes un técnico en computación, una docente y coordinadora de

universidad que cuenta con artículos publicados en la materia.

En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con

personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y

talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como

referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de

la docencia.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la

voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por

la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la

educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del consejo distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del consejo distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.

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233    

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción

afirmativa de género. Destaca que la figura de la secretaría es ocupada por una mujer, lo

que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la

igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las mujeres y la

ciudadanía en su conjunto.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración.

Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir

la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por

su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un

elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena

medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se

identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la

zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social

en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo en

diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro de

la organización de las elecciones locales.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la

designación de las y los integrantes del 15 Consejo Distrital con sede en Santa Cruz

Xoxocotlán, se observó:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

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234    

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país, asimismo se cuenta con cuatro son mujeres y seis hombres

quienes integran la propuesta.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes

que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos

cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando

como funcionarios coadyuvantes en la organización de dichas elecciones. Incluso

se cuenta con una integrante que habla la lengua indígena Zapoteco del Itsmo y

otro que habla Chatino.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la

capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera

de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población

de nuestra entidad.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

Page 235: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

235    

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la

administración gubernamental como desde el sector privado.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto

con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que

anteceden este apartado.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

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236    

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Curiel García Floriberto, Santiago Sánchez Bethsaida, García

García Luis Mario, López Tolentino Gustavo, Martínez García Elsa, Martínez Hernández

José, Aguilar Sánchez Elizabeth Paula, Guzmán Valdivia Habacuc, Sosa Gutiérrez Isabel,

Vásquez García Germán, son las personas idóneas para desempeñar el cargo de

Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros Electorales del Consejo

Distrital 15, ya que además de haber acreditado satisfactoriamente cada una de las

etapas del proceso de designación, cuentan con una sólida formación académica, amplia

experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las

habilidades de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e

integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las

constancias que obran en sus expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

Page 237: ENGROSE - DICTAMEN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS - DICTAMEN … · COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración de los 25 Consejos Distritales,

237    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 16 CON CABECERA EN ZIMATLÁN DE ÁLVAREZ, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 16 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejero Presidente ANTONIO RODRIGUEZ VICTOR

GARCIA MORALES ROCIO

LUNA SANCHEZ ANGEL DAVID

OJEDA SARMIENTO EUFROSINA

PEREZ ARAGON ADIEL ABINADAC  

Secretario MORALES HERRERA YADIN ALCIBIADES

Consejero/a Electoral 1 ARELLANO AMAYA EDUARDO ERNESTO

Consejera/o Electoral 2 FERNANDEZ JARQUIN FABIOLA

Consejera Electoral 3 LOPEZ CARREÑO LUZ MARIA

Consejero/a Electoral 4 RODRIGUEZ BAUTISTA ONESIMO HUGO

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: ANTONIO RODRIGUEZ VICTOR

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91

 

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238    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: MORALES HERRERA YADIN ALCIBIADES

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

94

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: ARELLANO AMAYA EDUARDO ERNESTO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

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239    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: FERNANDEZ JARQUIN FABIOLA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: LOPEZ CARREÑO LUZ MARIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: RODRIGUEZ BAUTISTA ONESIMO HUGO

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240    

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91.33

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: GARCIA MORALES ROCIO

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: LUNA SANCHEZ ANGEL DAVID

SEXO: HOMBRE

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241    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: OJEDA SARMIENTO EUFROSINA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 31

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

71.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: PEREZ ARAGON ADIEL ABINADAC

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

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242    

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 16. Como se advierte de la integración del 16 consejo distrital electoral con sede en Zimatlán

de Álvarez, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las personas

propuestas, se destaca que la ciudadano Antonio Rodriguez Victor propuesto para

presidir el consejo distrital, cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes para

ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por estudios y capacitación

cuyas evidencias integran su expediente dentro de las más destacadas como Contador

Privado, se ha desempeñado como Consejero Secretario de Consejo Distrital Local en

2001, 2004 y 2007, así como Secretario del Consejo Distrital Local de Santiago

Juxtlahuaca en 2010 y 2013. Asimismo, se desempeñó como Capacitador Asistente

Electoral en 2012 en el IFE y como Supervisor Electoral en 2015 con el INE.

Mientras que, en referencia al ciudadano  Morales Herrera Yadin Alcibiades propuesto

como Secretario del Consejo Distrital cuenta con una Licenciatura en Lenguas Extranjeras

y cursa una Maestría en Educación Crítica de Lenguas. Cuanta con una Amplia

experiencia en el órgano electoral local ya que dentro de esta institución se ha

desempeñado como Asistente Electoral en 2004, como Consejero Secretario del Consejo

Municipal de Santa Gertrudis en 2007, Capacitador Electoral en el Consejo Distrital de

Ocotlán de Morelos en 2007, Consejero Electoral Propietario en el Consejo Distrital de

Ocotlán de Morelos en 2013 y Consejero Electoral Propietario en el Consejo Distrital de

San Juan Bautista Tuxtepec. Además que su designación promueve la interculturalidad ya

que él habla Mazateco.

En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y

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243    

experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad.

Respecto al propuesto como consejero propietario Eduardo Ernesto Arellano Amaya

cuenta con licenciatura en economía agrícola, maestría en desarrollo rural regional y

doctorado en desarrollo regional y tecnológico. Ha sido docente en prestigiosas

universidades estatales y conferencista en encuentros internacionales. Si bien no cuenta

con experiencia en materia electoral su perfil es considerado valioso, no sólo por su

solidez académica, sino por su conocimiento del contexto social del estado, lo cual queda

evidenciado por sus investigaciones que ha realizado. Además de tener conocimiento en

estadística lo cual fortalece la conformación en su conjunto del consejo propuesto.

La propuesta como consejera propietaria Fabiola Fernández Jarquín es Licenciada en

Odontología con especialidad en ortodoncia. Cuenta con experiencia en materia electoral.

En 2012 fue capacitador asistente electoral en el IFE. En 2013 fue seleccionada como

suplente en el consejo distrital de Ocotlán de Morelos. En 2016 fue consejera propietaria

en el consejo distrital de Zimatlán de Álvarez. Sobresale su compromiso social al

participar en la brigada dental en apoyo al hospital misión tarahumara en Guachochi,

Chihuahua. Ha participado como investigadora de campo con varias encuestadoras

especializadas en temas electoral como Berumen y Probabilística.

Respecto a la propuesta como consejera propietaria Luz María López Carreño es

licenciada en derecho. Desde 1998 cuenta con experiencia en materia electoral ya que en

dicho año se desempeñó como técnica electoral en el IEEPCO, puesto que volvió a tener

en 2001. Fue supervisora electoral en el IFE en el 2003. Se desempeñó como

coordinadora electoral en el consejo distrital de Oaxaca de Juárez en 2004. Fue consejera

electoral propietaria en el consejo distrital federal de Oaxaca en 2006 y 2009. Fue

asistente electoral en el IEEPCO en 2007.

El propuesto como consejero electoral propietario Onésimo Hugo Rodríguez Álvarez es

licenciado en derecho. Cuenta con experiencia en materia electoral. Fue secretario del

consejo municipal en San Pablo Huixtepec en 2004 y 2016. En 2010 y 2013 fue consejero

propietario en el mismo órgano desconcentrado. Asimismo, presentó constancia de

cursos en materia electoral.

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244    

Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que

tienen en actividades de campo, al contar con un hombre y dos mujeres que ya han

ocupado una Consejería de algún órgano desconcentrad local o federal. Tres han sido

Docentes y uno Conferencista. Las dos propuestas como consejeras han sido

Capacitadoras Asistentes Electorales y una Supervisora Electoral; además de que entre

las cualidades de las personas seleccionadas sobresalen perfiles en constante

capacitación e investigación de la materia política electoral como lo acreditan sus

currículos.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en

consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron

idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a

ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.

Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los

Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas

con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que

no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito

electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,

manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,

experiencia académica y laboral.

Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con dos licenciado y licenciada

en Derecho y un Contador Privado; nutriendo al conjunto de aspirantes un Doctor en

Ciencias en Desarrollo Regional y Tecnológico, un licenciado en lenguas extranjeras, una

licenciada en odontología. Esta suma de disciplinas permite generar la integración de un

órgano plural en la toma de sus decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido

común y la especialización en la materia.

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245    

En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con

personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y

talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como

referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de

la docencia.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas relacionadas con los procesos

electorales lo que permite dar certeza de la voluntad ciudadana, y un notable interés por

recuperar el prestigio institucional, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así

como coadyuvar en la difusión de la educación cívica, la cultura democrática y garantizar

la participación de las mujeres.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del consejo distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del consejo distrital resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración.

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246    

Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir

la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por

su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un

elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena

medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se

identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la

zona de la circunscripción y pueden dar testimonio de su compromiso social. No obstante

que en varios casos se cuenta con trabajo de campo en diferentes circunscripciones del

estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro de la organización de las elecciones

locales.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la

designación de las y los integrantes del 16 Consejo Distrital con sede en Zimatlán de

Álvarez, se observó:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país, asimismo seis son hombres y cuatro mujeres quienes integran la

propuesta.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes

que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos

cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando

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247    

como funcionarios y una observadora electoral. Incluso se cuenta con un

integrante que habla Mazateco

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional que se suman al trabajo en beneficio de la población de nuestra

entidad.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

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248    

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la

administración gubernamental como desde el sector privado.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto

con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que

anteceden este apartado.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Antonio Rodríguez Víctor, Morales Herrera Yadin Alcibiades,

Arellano Amaya Eduardo Ernesto, Fernández Jarquin Fabiola, López Carreño Luz María,

Rodríguez Bautista Onésimo Hugo, García Morales Roció, Luna Sánchez Ángel David,

Ojeda Sarmiento Eufrosina y Pérez Aragón Adiel Abinadac, son las personas idóneas

para desempeñar el cargo de Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 16, ya que además de haber acreditado

satisfactoriamente cada una de las etapas del proceso de designación, cuentan con una

sólida formación académica, amplia experiencia profesional, aunado a que son personas

que demostraron contar con las habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como se evidencia y

sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las constancias que obran en sus

expedientes.

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249    

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género

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250    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 17 CON CABECERA EN TLACOLULA DE MATAMOROS, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 17 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta GOMEZ ESTEBAN GABRIELA

ALVARADO RUIZ MARIA DE JESUS

LOPEZ BAUTISTA DAVID RAMON

PABLO ROSALES CAROLINA

RODRIGUEZ SANTIAGO SOLEDAD  

Secretaria JAVIER GONZALEZ CINTHYA ITANDEHUI

Consejero Electoral GASPAR LEYVA OCTAVIA

Consejero Electoral MARTINEZ MENDEZ URIEL ELIHU

Consejera Electoral MARTINEZ GARCIA SERGIO RAMIRO

Consejera Electoral VELAZQUEZ ARELLANO LOIDA BRAASSI

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: GOMEZ ESTEBAN GABRIELA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

92

 

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251    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: JAVIER GONZALEZ CINTHYA ITANDEHUI

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: GASPAR LEYVA OCTAVIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

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252    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: MARTINEZ MENDEZ URIEL ELIHU

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

95

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: MARTINEZ GARCIA SERGIO RAMIRO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: VELAZQUEZ ARELLANO LOIDA BRAASSI

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253    

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: ALVARADO RUIZ MARIA DE JESUS

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: LOPEZ BAUTISTA DAVID RAMON

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 46

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254    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: PABLO ROSALES CAROLINA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

89

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: RODRIGUEZ SANTIAGO SOLEDAD

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

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255    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 17. Como se advierte de la integración del 17 Consejo Distrital Electoral con sede en

Tlacolula de Matamoros, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las

personas propuestas, se destaca que la ciudadana Gabriela Gómez Esteban, propuesta

para presidir el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes

para ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por estudios y

capacitación cuyas evidencias integran su expediente; es Licenciada en Administración y

Maestra en Administración de Empresas, tiene además tres diplomados en planes y

negocios, habilidades gerenciales y administración de servicios de salud, se ha

desempeñado como Auxiliar de la Vocalía de Capacitación de Junta Distrital del otrora

Instituto Federal Electoral en el año 2005, ejecutiva comercial senior de la Unión de

Crédito Concreces; Catedrática de Ciencias Administrativas y Sociales; Consultora

Externa de CNI Consultores; Jefa de Departamento en las Secretaría de Administración, y

Vialidad y Trasporte, ambas del Gobierno del Estado de Oaxaca; Jefa de Departamento

de Modernización Administrativa en la Dirección de Planeación y Desarrollo de servicios

de Salud de Oaxaca, que suman más de 10 años en cargos de mando medio. Es

relevante destacar que fue finalista en el Concurso de Oposición al Cargo de Consejera

Electoral del OPLE Oaxaca, ante el Instituto Nacional Electoral.

Mientras que, en referencia a la ciudadana Cinthya Itandehui Javier González,

propuesta como Secretaria del Consejo Distrital Electoral, tuvo anotaciones

sobresalientes en relación al apego demostrado a los principios rectores durante su

desempeño como funcionaría electoral pues cuenta con experiencia electoral al haberse

desempeñado como Capacitadora Asistente Electoral en el proceso federal 2012;

secretaria de Consejo Municipal en el proceso local 2016; docente de Centro de Estudios

Tecnológicos, Industrial y de Servicios. Además profesionalmente cuenta con una

licenciatura en gobierno y administración pública así como estudios de maestría y

dirección de proyectos productivos.

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256    

En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y

experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad.

En referencia a la ciudadana Octavia Gaspar Leyva, es Licenciada en Derecho, fue Jefa

de Entrevistadores del INEGI, Secretaria Particular en el Municipio de Tlacolula de

Matamoros, también se desempeñó como Capacitadora Asistente Electoral en el Proceso

Electoral Local 2004; y Capacitadora Asistente Electoral en el Proceso Electoral Local

2005-2006; así como en el relativo a 2011-2012; ha sido abogada litigante en un

despacho jurídico particular. En más de su experiencia electoral destaca su participación

como Consejera Electoral Propietaria ante el 04 Consejo Distrital Electoral de Tlacolula de

Matamoros en el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013, así como Consejera Distrital de

la 04 Junta Distrital Ejecutiva del INE en el Proceso Electoral Federal 2014-2015, y fue

Consejera Electora de la 04 Junta Distrital Ejecutiva del INE en el Proceso Electoral Local

2015-2016.

En tanto, que Uriel Elihu Martínez Méndez, cuenta con estudios de Licenciatura en

Derecho, y de Licenciatura en Administración, así como Maestría en Administración;

cuenta con experiencia profesional como docente en la Facultad de Contaduría y

Administración, así como en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UABJO; se

ha desempeñado como Jefe de Departamento de Desarrollo Académico del Instituto

Tecnológico Superior de San Miguel El Grande y Director del Bachillerato Integral

Comunitario número 36 de El Carrizal Santa Cruz, Zenzontepec; así como Director de la

Unidad de Estudios Superiores de Alotepec, en Santa María Alotepec, Mixes.

En relación a su experiencia electoral, fue Capacitador Asistente Electoral en el Proceso

Electoral Federal 2005 – 2006; Asistente Electoral en el Proceso Local en 2007;

Capacitador Asistente Electoral en el Procesos Electoral Federal 2008-2009; Capacitador

Asistente Electoral en el Proceso Electoral Federal 2011-2012; y fue Consejero Suplente

en el 17 Consejo Distrital de Tlacolula de Matamoros en el Proceso 2015-2016.

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257    

Por su parte, el ciudadano Sergio Ramiro Martínez García, ha participado en el ámbito

electoral como Supervisor Electoral en la 04 Junta Distrital Ejecutiva con sede en

Tlacolula de Matamoros, en el Proceso Electoral Federal 2005-2006. También ha sido

Capacitador Asistente Electoral en el Proceso Electoral Federal 2011-2012, ante la 04

Junta Distrital Ejecutiva; así como Supervisor Electoral en la 04 Junta Distrital Ejecutiva

con sede en Tlacolula de Matamoros, en el Proceso Electoral Federal 2014-2015. Fue

Secretario del Consejo Municipal de San Jerónimo Tlacochahuaya en el Proceso Electoral

Local 2015-2016.

Y en referencia a la ciudadana Loida Braassi Velázquez Arellano, se ha desempeñado

en el ámbito electoral como Capacitadora Asistente Electoral ante la 08 Junta Distrital

Ejecutiva del INE en el Proceso Electoral Local 2015-2016, y posteriormente fue

designada como Supervisora Electoral en el mismo proceso. Manifiesta en su exposición

oral y escrita, estar comprometida con los procesos electorales, se aprecia entusiasta y

colaborativa.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente la formación multidisciplinar, destacando que se

cuenta con personas que hablan la Legua Indígena Mixe, contando con el compromiso

con las instituciones y la democracia; destacan su experiencia para el desarrollo pleno

eficiente y eficaz, conocimientos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera

profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como

un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la

transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,

el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como

cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia

acumulada como Funcionaria de la Mesa Directiva de Casilla, Secretaria, Consejera

Electoral en el consejo Municipal y Distrital en diferentes Procesos Locales, Capacitador

Asistente Electoral, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Contable, Docente en el nivel

Superior, Coordinador de Trabajo de campo en el Programa de evaluación (INEA),

Coordinador Comunitaria “Iniciativa UNICEF”, Presidente del Jurador en Examen

Profesional, Ponencia en “Encuentro Internacional, Asesor de ensayo para la obtención

del Título, su capacitación permanente a través de cursos, seminarios, Talleres, Congreso

Nacional y Foros.  

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258    

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en actividades de campo, al contar con un ex consejeros y

consejeras electorales de órganos desconcentrados en los procesos federales 2005,

2009, 2012 y locales 2007, 2010, 2013 y 2016; asistentes electorales; capacitadores

electorales de procesos federales; funcionarios de mesa directiva de casilla; miembros

docentes, de los cuales uno imparte clase de lengua materna Zapoteco; además de que

entre las cualidades de las personas seleccionadas sobresalen perfiles en constante

capacitación e investigación de la materia política electoral como lo acreditan sus

currículos.

Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con 2 Licenciados y

Licenciadas en Derecho y dos licenciadas en administración y muestra de administración

de empresas, una licenciada en gobierno y administración pública; una licenciada en

contaduría pública y dos licenciados en ciencias de la educación y ciencias políticas;

nutriendo al conjunto de aspirantes un médico veterinario de quien destaca su trayectoria

electoral como Consejero Electoral, supervisor y capacitador asistente electoral desde el

año 2005. Esta suma de disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en

la toma de sus decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la

especialización en la materia.

En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con

personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y

talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como

referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de

la docencia y en específico a la instrucción bilingüe en Zapoteco.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la

voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por

la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la

educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

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259    

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar.

Por otra parte, la integración del Consejo Distrital privilegia la heterogeneidad de

disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de lado que sus conocimientos en

materia electoral fueron probados con los resultados objetivos en el examen de

conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión de términos,

procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un elemento de

la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción

afirmativa de género al conformarse de 7 mujeres y 6 hombres, lo que denota el interés

institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la igualdad de oportunidades

para la participación político electoral de las mujeres y la ciudadanía en su conjunto.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración.

Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir

la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por

su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un

elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena

medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se

identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la

zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social

en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo de campo

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260    

en diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro

de la organización de las elecciones locales.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la

designación de las y los integrantes del 17 Consejo Distrital con sede en Tlacolula de

Matamoros, se observó:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país, asimismo se ejerció una acción afirmativa, ya que siete son

mujeres y tres hombres quienes integran la propuesta.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes

que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos

cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando

como funcionarios y una observadora electoral. Incluso se cuenta con un maestro

bilingüe de lengua Zapoteco, un hablante de zapoteco del sur y otro lengua Mixe.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la

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capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera

de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población

de nuestra entidad.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la

administración gubernamental como desde el sector privado.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

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elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto

con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que

anteceden este apartado.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Gómez Esteban Gabriela, Javier González Cinthya Itandehui,

Gaspar Leyva Octavia, Martínez Méndez Uriel Elihu, Martínez García Sergio Ramiro,

Velázquez Arellano Loida Braassi, Alvarado Ruiz María de Jesús, López Bautista David

Ramón, Pablo Rosales Carolina, Rodríguez Santiago Soledad, son las personas idóneas

para desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretaria, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 17, ya que además de haber acreditado

satisfactoriamente cada una de las etapas del proceso de designación, cuentan con una

sólida formación académica, amplia experiencia profesional, aunado a que son personas

que demostraron contar con las habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como se evidencia y

sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las constancias que obran en sus

expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe el

presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas como

consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general de

suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

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263    

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 18 CON CABECERA EN SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los Consejeros Electorales del 18 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la siguiente integración:

Cargo Propietario Suplentes Generales *

Consejero Presidente HERNANDEZ ESPINOZA FRANCISCO JAVIER

LEYTO ARGANDOÑA CESAR

LORENZANA PASCUAL ANA ITZEL

LUIS JARQUIN JOSE

SANCHEZ CONTRERAS ROSALBA

Secretario AGUILAR RAMIREZ RUBEN

Consejero Electoral MARIN SANCHEZ ALMA DELIA

Consejero Electoral MORENO RODRIGUEZ EDUARDO JAVIER

Consejero Electoral SORIANO REYES ROSA ELVA

Consejero Electoral SOSA RUIZ ABEL

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: HERNANDEZ ESPINOZA FRANCISCO JAVIER

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

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265    

NOMBRE: AGUILAR RAMIREZ RUBEN

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: MARIN SANCHEZ ALMA DELIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

65

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: MORENO RODRIGUEZ EDUARDO JAVIER

SEXO: HOMBRE

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266    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: SORIANO REYES ROSA ELVA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

78.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: SOSA RUIZ ABEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

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267    

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

93.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: LEYTO ARGANDOÑA CESAR

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

77.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: LORENZANA PASCUAL ANA ITZEL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

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268    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

77.33

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: LUIS JARQUIN JOSE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: SANCHEZ CONTRERAS ROSALBA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

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269    

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

78

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 18 Como se advierte de la integración del 18 Consejo Distrital electoral con sede en Santo

Domingo Tehuantepec, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las

personas propuestas, se destaca que el ciudadano Francisco Javier Hernández

Espinoza, propuesto para presidir el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y

experiencias sobresalientes para ocupar el cargo propuesto, mismos que están

respaldados por estudios y capacitación cuyas evidencias integran su expediente dentro

de las más destacadas como Pasante de Contaduría Pública, se ha desempeñado dentro

del IEEPCO como Auxiliar Electoral en 1995, como Secretario en el Consejo Municipal de

Santa Lucia del Camino en 1998. En 2007, 2009 fue Consejero Electoral Propietario en el

Consejo Municipal de Santo Domingo Tehuantepec y en el Consejo Distrital con cabecera

en el mismo municipio. En el 2016 se desempeñó como Secretario del Consejo Distrital

de Salina Cruz y en 2017 fue Consejero Propietario en el Consejo Municipal de Santa

María Xadani en la elección extraordinaria que se celebró en dicho municipio. Además,

dentro del Instituto Federal Electoral se desempeñó como Técnico Electoral y Capacitador

Electoral en 1994 y 1998, respectivamente. Su nombramiento favorece la multiculturalidad

ya que habla Zapoteco.

Mientras que, en referencia al ciudadano Rubén Aguilar Ramírez, propuesto como

Secretario del Consejo Distrital cuenta con Estudios Técnicos en Informática y

Licenciatura Trunca en Informática. El ciudadano ha sido dos veces Presidente del

Consejo Municipal de San Pedro Huamelula en 2010 y 2016. Además de desempeñarse

en el IFE como Capacitar Asistente Electoral en 2009. Actualmente, señala haber sido por

asamblea comunitaria de San Pedro Huamelula como parte de la Contraloría Social. Su

nombramiento favorece la multiculturalidad ya que habla Chontal.

En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración

las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y

experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad.

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270    

En lo referente a la ciudadana Alma Delia Marín Sánchez, tiene estudios de Licenciatura

en Contaduría, se ha desempeñado como prestadora de servicios en el ámbito

administrativo desde 1980 a la fecha. De su valoración oral y escrita se aprecia interés por

el conocimiento de los procesos electorales, el ejercicio del derecho al voto, la

participación ciudadana y de la mujer. Se le percibe como una mujer dinámica, entusiasta

y comprometida con las funciones institucionales del organismo, al manifestar

disponibilidad de tiempo, esfuerzos y una sólida actitud de servicio.

En tanto, el ciudadano Eduardo Javier Moreno Rodríguez, cuenta con estudios de

Licenciatura en Ciencias Políticas, por lo que tiene conocimientos sobre la práctica

electoral y los sistemas democráticos. Acumula en su experiencia laboral el haber

colaborado como profesor en el Instituto Nicola Tesla en Santo Domingo Tehuantepec,

como Enlace del Instituto de la Mujer Oaxaqueña en el Municipio de Santa María la

Asunción; fue designado como Consejero Presidente del Consejo Municipal Electoral de

Santo Domingo Tehuantepec en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.

Por su parte, la ciudadana Rosa Elva Soriano Reyes, cuenta con estudios de

Licenciatura en Derecho, ha sido abogada litigante en un despacho jurídico particular; se

ha desempeñado como catedrática en la Escuela de Bachilleres del Istmo; asimismo, ha

sido Directora de la Escuela de Bachilleres del Istmo.

Su experiencia electoral se sustenta en su actuación como Secretaria del Consejo Distrital

Electoral con cabecera en Santo Domingo Tehuantepec, en el Proceso Electoral Ordinario

2015-2016. También ha sido Consejera Electoral Suplente en el Consejo Municipal

Electoral de Santo Domingo Tehuantepec, en el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013,

por lo que cuenta con conocimientos amplios en la materia.

En lo correspondiente al ciudadano Abel Sosa Ruiz, propuesto como Consejero Electoral

Propietario, cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho; su participación electoral ha

sido evidente desde el año 1994, cuando se desempeñó como Capacitador Asistente

Electoral; así como Coordinador de Organización Electoral en el Proceso Electoral

Federal de 1994; Secretario del Consejo Distrital del Sexto distrito Local con cabecera en

Santo Domingo Tehuantepec en la elección de 1995; Presidente de Mesa Directiva de

Casilla en el Municipio de Mazatlán de Villa de Flores en elecciones extraordinarias de

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271    

1996; fue responsable de módulo del Programa de Credencial para Votar con Fotografía

en el Distrito 05 con cabecera en Tehuantepec; ha sido Consejero Presidente del 18

Consejo Distrital de San Juan Bautista Tuxtepec en 1998; y de manera más reciente ha

colaborado como Consejero Presidente del 06 Consejo Distrital Electoral con cabecera en

Santo Domingo Tehuantepec en el Proceso Electoral Ordinario del año 2013.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente la experiencia electoral, destacando que se

cuentan con la disponibilidad de tiempo y horarios, además de tener la convicción y ganas

de trabajar, contando con el compromiso con las instituciones y la democracia; destacan

su experiencia para el desarrollo pleno eficiente y eficaz, conocimientos adecuados, el

deseo de desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y

desafíos profesionales; así como un comportamiento sustentado en valores como el

diálogo, la responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También son manifiestos el

apego a los principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los

resultados electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los

integrantes, así como su experiencia acumulada como Presidente del Consejo Municipal

Electoral, Consejera Electoral en 05 Distrito Electoral Federal, Consejera Electoral en el

Consejo Distrital Electoral en varios Procesos Electorales Ordinario Locales, así como

Extraordinario, Capacitador Asistente (IFE), Asistente Electoral (IEEO), abogando

Litigante, Docente y Capacitador Electoral, su capacitación permanente a través de

cursos, Talleres y Diplomados.  

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la

experiencia que tienen en actividades de campo, al contar con dos hombres y una mujer

que ya han ocupado una Consejería de algún órgano desconcentrado local o federal. Uno

de los propuestos como Consejeros ha sido siete veces Consejero Presidente de un

Consejo Distrital del IEEPCO. Una de las Consejeras propuestas fue Secretaria en el

Consejo Distrital de Santo Domingo Tehuantepec en 2016. Un Consejero Electoral

propuesto fue Consejero Presidente del Consejo Municipal de Santo Domingo

Tehuantepec. Además uno de ellos tiene experiencia como docente.

Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con una y un pasantes en

derecho; un pasante en Ciencias Políticas y una Licenciada en Contaduría. Esta suma de

disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en la toma de sus

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272    

decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la especialización en la

materia.

En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con

personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y

talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como

referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y otro a través de la

docencia.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas relacionadas con los procesos

electorales lo que permite dar certeza de la voluntad ciudadana, y un notable interés por

recuperar el prestigio institucional, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así

como coadyuvar en la difusión de la educación cívica, la cultura democrática y garantizar

la participación de las mujeres.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

Con la integración de este consejo, se observa una perspectiva de equidad de género y

de igualdad de oportunidades, de inclusión en la participación política y no discriminación,

valores que son observados por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana

de Oaxaca.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

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273    

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración.

Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir

la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que, por

su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un

elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena

medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se

identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la

zona de la circunscripción y pueden dar testimonio de su compromiso social. No obstante,

que en varios casos se cuenta con trabajo de campo en diferentes circunscripciones del

estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro de la organización de las elecciones

locales.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la

designación de las y los integrantes del 18 Consejo Distrital con sede en Tehuantepec, se

observó:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

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274    

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes

que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos

cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando

como funcionarios y una observadora electoral. Incluso un integrante habla

Zapoteco y otro Chontal.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional que se suman al trabajo en beneficio de la población de nuestra

entidad.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

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275    

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la

administración gubernamental como desde el sector privado.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto

con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que

anteceden este apartado.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Hernández Espinoza Francisco Javier, Aguilar Ramírez

Rubén, Marín Sánchez Alma Delia, Moreno Rodríguez Eduardo Javier, Soriano Reyes

Rosa Elva, Sosa Ruiz Abel, Leyto Argandoña Cesar, Lorenzana Pascual Ana Itzel, Luis

Jarquin José, Sánchez Contreras Rosalba, son las personas idóneas para desempeñar el

cargo de Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros Electorales

propietarios y suplentes, son las personas idóneas para desempeñar el cargo.

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276    

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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277    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 19 CON CABECERA EN SALINA CRUZ, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 19 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración: Cargo Propietario Suplentes Generales *

Consejero Presidente CANSECO VELASQUEZ JAIME CONSTANTINO

FLORES HERNANDEZ CARLOS

MENDOZA HERNANDEZ ROCIO

PEREZ LEON RAMIRO

ZUNO SANCHEZ FELIPE

Secretaria HERNANDEZ ESPINOSA ZAIRA GABRIELA

Consejera/o Electoral CISNEROS LOPEZ GENESIS ABIGAIL

Consejera Electoral MARTINEZ CRUZ LILIANA ARELIS

Consejero Electoral SANTANA MORENO JUAN CARLOS

Consejero Electoral VELAZQUEZ VERA CHRISTIAN

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: CANSECO VELASQUEZ JAIME CONSTANTINO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

92.5

 

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278    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: HERNANDEZ ESPINOSA ZAIRA GABRIELA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

90.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: CISNEROS LOPEZ GENESIS ABIGAIL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

76

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

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279    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: MARTINEZ CRUZ LILIANA ARELIS

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: SANTANA MORENO JUAN CARLOS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

75

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: VELAZQUEZ VERA CHRISTIAN

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280    

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: FLORES HERNANDEZ CARLOS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

75.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: MENDOZA HERNANDEZ ROCIO

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 28

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281    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

63

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: PEREZ LEON RAMIRO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

77

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 19 SALINA CRUZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: ZUNO SANCHEZ FELIPE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

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282    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 19.

Como se advierte de la integración del 19 Consejo Distrital Electoral con sede en Salina

Cruz, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de los integrantes, se destaca que el

ciudadano Canseco Velásquez Jaime Constantino, propuesto para presidir el Consejo

Distrital, cuenta con evidentes conocimientos en Materia Electoral, mismos que están

respaldados por las evidencias integran su expediente; además, cuenta con experiencia

electoral en seis procesos electorales federales, pertenece al Servicio Profesional

Electoral del Instituto Nacional Electoral, en el que obtuvo la titularidad de la plaza de

Coordinador del otrora Instituto Federal Electoral y conoce del contexto social actual del

país. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permite

detectar, con habilidades para la comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en

equipo, profesionalismo e integridad en su desempeño, capacidad de negociación e

integridad.

Mientras que, en referencia a la ciudadana Hernández Espinoza Zaira Gabriela,

propuesta como Secretaria del Consejo Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en

relación al apego demostrado a los principios rectores, liderazgo, comunicación, trabajo

en equipo, negociación, profesionalismo e integridad; cuenta también con experiencia

electoral, al haberse desempeñado como Capacitadora Electoral y Coordinadora del

PREP, durante el Proceso Electoral Ordinario 2010, logrando estabilidad y buen

desarrollo de las actividades; destaca su espíritu por la preocupación imperante de

integrar los órganos electorales de la entidad misma que busca fortalecer la cultura de la

democracia, con la participación en la formación de la voluntad política, a través de

elecciones libres periódicas y secretas.

De la misma forma, la ciudadana propuesta para ocupar el cargo de Secretaria del

Consejo Distrital, cuenta con experiencia en materia electoral, por así acreditarse con las

constancias que acompañó a su hoja de vida, por haberse desempeñado como

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283    

capacitador electoral en el Proceso Electoral Ordinario 2010, en este Instituto, así mismo

cuenta con elementos que acreditan la más alta calificación en el examen de

conocimientos, contar con excelentes notas en la entrevista realizada, al haber

demostrado en la citada etapa, notas importantes en Liderazgo en equipo; Comunicación;

Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, cuanta con estudios a

nivel profesional, además de tener vocación en la materia electoral, desde el año dos mil

siete, la ciudadana propuesta, cuanta con las aptitudes y conocimientos necesarios para

el cargo que es propuesta, como propietaria.

En tanto, la ciudadana, Cisneros López Génesis Abigail, propuesta como Consejera

Electoral propietaria, resulta idónea, en razón de las siguientes consideraciones, en el

examen de conocimientos, obtuvo notas sobresalientes, mismas que en la etapa de

entrevistas se reforzaron sus notas con lo siguiente; resalta su espíritu de Liderazgo en

equipo; la excelente Comunicación derivado de sus estudios de licenciatura en Ciencias

de la Comunicación; Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad,

cuanta con estudios a nivel profesional, además de tener espíritu de estudio y superación

al permanecer en constante capacitación, en cursos y diplomados, con lo que el perfil y la

diversidad de su de estudios a nivel profesional la hace idónea para integrar un cuerpo

multidisciplinario para el que es propuesta.

En tanto, la ciudadana, Martínez Cruz Liliana Arelis, propuesta como Consejera

Electoral propietaria, resulta idónea, en razón de lo siguiente, en el examen de

conocimientos, obtuvo sobresaliente actuación, así mismo, destaca su espíritu de

superación constante al permanecer en constante preparación al tener estudios de

posgrado, cuenta además con diversos cursos y diplomados, en la etapa de entrevistas,

resultó con notas sobresalientes en los rubros siguientes: alto apego a los principios

rectores, cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación,

Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, cuanta con experiencia en

materia electoral al haberse desempeñado como en el Proceso Electoral Ordinario 2015-

2016, como consejera propietaria en el Distrito 19, con cabecera en Salina Cruz, Oaxaca,

de lo cual se concluye que es idónea para el cargo que es propuesta.

De la misma forma, el ciudadano, Santana Moreno Juan Carlos, propuesto como

Consejero Electoral propietario, resulta idóneo, en razón de lo siguiente, en el examen de

conocimientos, obtuvo actuación sobresaliente, así mismo, en la etapa de entrevistas,

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284    

resultó con notas sobresalientes tiene un alto apego a los principios rectores de la

materia, cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación,

Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, cuanta con experiencia en

materia electoral al haberse desempeñado en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016,

como consejero Electoral propietario en el Municipio de San Blas Atempa, Oaxaca, de lo

cual se concluye que es idóneo para el cargo que es propuesto.

Así mismo, el ciudadano, Velásquez Vera Christian, propuesto como Consejero Electoral

propietario, resulta idóneo, en razón de lo siguiente, en el examen de conocimientos,

obtuvo actuación sobresaliente, así mismo, en la etapa de entrevistas, resultó con notas

importantes pues tiene un alto apego a los principios rectores de la materia, cuenta con

elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación, Trabajo en equipo,

Negociación y Profesionalismo e integridad, cuenta con estudios de licenciatura en

derecho y ciencias sociales, es de resaltar que cuanta con experiencia en materia

electoral al haberse desempeñado en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, como

consejero Electoral suplente en el 19 Distrito Electoral con cabecera en Salina Cruz, y

haberse desempeñado como representante de un candidato independiente a la asamblea

legislativa del Distrito Federal, en el año 2014, de lo cual se concluye que es idóneo para

el cargo que es propuesto.

De esta forma las propuestas de suplentes a Consejeras y Consejeros Electorales, se

toman en consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes

obtuvieron buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y

demostraron idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo,

comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad

Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros, la experiencia que

tienen en actividades de campo, Capacitador electoral, Coordinador del Programa de

Resultados Electorales Preliminares, en procesos anteriores en diversos años,

Actividades directivas y gerenciales, asesor jurídico y en las entrevistas practicadas se

evidencia un conocimiento del contexto de la región y facilidades para llevar a cabo

trabajos en equipo, que implican liderazgo y cuentan con elementos de habilidades

relacionadas con contacto directo con personas de comunidades diversas. Asimismo, es

evidente la participación que han tenido en materia electoral. Sobresale que algunos de

los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y consejeros en consejos

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285    

municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de

Oaxaca, circunstancias que denotan interés y vocación por la materia.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos del ramo de las ciencias sociales, tales como la

Abogacía como litigante, o asesores jurídicos, comunicación Social, docencia, conciliador

de quejas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, actividades todas las que

requieren la realización de estrategias de enseñanza y técnicas de pedagogía, la

comprensión de modelos educativos, el modelo de desarrollo de competencias de campo,

en tanto, en referencia al estudio y análisis jurídico, litigio estratégico, defensoría,

resolución de conflictos consumidor y empresas, para dirimir controversias en conciliación

Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales

propuestos en esta integración, son el sector financiero, desarrollo social, sectores

productivos, desarrollo empresarial, docencia, ámbito jurídico, gerencial, administrativo,

destacando que sus actividades las han desarrollado en el Estado de Oaxaca, lo que

favorece el conocimiento de la región y el entorno social.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la

voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por

la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la

educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.

Con la integración de este consejo, se observa una perspectiva de equidad de género y

de igualdad de oportunidades, de inclusión en la participación política y no discriminación,

valores que son observados por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana

de Oaxaca.

Es de señalar que la diversidad de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

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286    

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 19 Consejo Distrital con

sede en Salina Cruz, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

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287    

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

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288    

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Canseco Velásquez Jaime Constantino, Hernández Espinosa

Zaira Gabriela, Cisneros López Genesis Abigail, Martínez Cruz Liliana Arelis, Santana

Moreno Juan Carlos, Velázquez Vera Christian, Flores Hernández Carlos, Mendoza

Hernández Rocío, Pérez León Ramiro y Zuno Sánchez Felipe, son las personas idóneas

para desempeñar el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros

Electorales propietarios y suplentes del Consejo Distrital 19 en Salina Cruz.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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289    

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290    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 20 CON CABECERA EN LA HEROICA CIUDAD DE JUCHITÁN DE ZARAGOZA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 20 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración: Cargo Propietario Suplentes Generales *

Consejero Presidente LOPEZ VILLATORO RUBEN

CELAYA SANTIAGO ALBERTO

LOPEZ GOMEZ ENRIQUE

LUIS JIMENEZ JOSE DE JESUS

TELLO GALEANA MAGDA NAYELI

Secretaria AGUILANDO BERNAL LORENA

Consejero Electoral ORDOÑEZ BENITEZ ULISES

Consejera/o Electoral PEREZ GUTIERREZ NOEMI VIRGINIA

Consejero Electoral TOBILLA LOPEZ JESUS CIRILO

Consejera Electoral URBIETA VAZQUEZ ELVIRA

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: LOPEZ VILLATORO RUBEN

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87.5

 

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291    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: AGUILANDO BERNAL LORENA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

74.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: ORDOÑEZ BENITEZ ULISES

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

75

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

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292    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: PEREZ GUTIERREZ NOEMI VIRGINIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

75

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: TOBILLA LOPEZ JESUS CIRILO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: URBIETA VAZQUEZ ELVIRA

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293    

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: CELAYA SANTIAGO ALBERTO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: LOPEZ GOMEZ ENRIQUE

SEXO: HOMBRE

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294    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: LUIS JIMENEZ JOSE DE JESUS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: TELLO GALEANA MAGDA NAYELI

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 28

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295    

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

66.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 20 Como se advierte de la integración del 20 Consejo Distrital Electoral con sede en la

Heroica Cuidad de Juchitán de Zaragoza, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes

de todas las personas propuestas, se destaca que el ciudadano Rubén López Villatoro,

propuesto para presidir el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y experiencias

sobresalientes para ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por

estudios y capacitación cuyas evidencias integran su expediente; es Licenciado en

Economía, docente de universidad con diplomado en gestión directiva y diploma del

programa de actualización directiva de la Secretaria de Educación Pública, además de

contar con experiencia como director de plantel en cinco municipios de la región del Istmo.

Además de haber sido jefe zona del Instituto Nacional de Geografía Electoral que le

permite conocer la diversidad de nuestro estado, aunado a ser hablante de la lengua

Zapoteco, además de sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo,

negociación, profesionalismo e integridad en el desempeño del cargo.

Ahora bien respecto de la ciudadana Lorena Aguilando Bernal, propuesta como

Secretaria del Consejo Distrital Electoral, tuvo anotaciones sobresalientes en relación al

apego demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría

electoral pues cuenta con experiencia electoral al haberse desempeñado como Consejera

Electoral en dos Procesos Electorales Federales y haber trabajado como capturista y

operadora de equipo tecnológico en la junta distrital del Instituto Federal Electoral, por lo

que sus habilidades como licenciada en informática se han nutrido de experiencias,

manifiesta asumir compromiso por cumplir por lo que se le encomienda; su actitud es

crítica, emprendedora y dinámica, motivada por participar y contribuir al desarrollo de su

comunidad. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas,

permiten detectar dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la

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comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en

su desempeño.

Respecto del ciudadano Ulises Ordoñez Benítez, propuesto como Consejero Propietario

para integrar el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes

para ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por estudios y

capacitación cuyas evidencias integran su expediente, es Médico Cirujano, sobresale su

experiencia en Materia Electoral ya que ha participado en diversos Procesos Electorales

Locales, donde ya ha desempeñado el cargo por el que se postuló, en tanto es de

reconocer sus conocimientos teóricos y prácticos que tiene en esta materia, ya que ha

contribuido en la democracia de nuestro país desde 1998, mismo que por su trayectoria

resulta idóneo para el cargo, ya que a lo largo de su experiencia en materia electoral han

sufrido muchas reformas, lo que es motivo de análisis y aprendizaje y que mejor, así

también que demostró liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad en el desempeño del cargo. Además de manifestar estar en

la mejor disposición y entrega a su cargo siempre rigiéndose con responsabilidad y

estricto apego a las leyes, pugnando por una elección transparente.

Ahora bien de la ciudadana Noemí Virginia Pérez Gutiérrez, propuesta como Consejera

Propietaria para integrar el Consejo Distrital, es pasante de la Licenciatura en Derecho,

tuvo anotaciones sobresalientes en relación al apego demostrado a los principios rectores

durante su desempeño como funcionaría electoral pues cuenta con experiencia electoral

por su participación en dos Procesos Electorales uno Ordinario y otro Extraordinario,

logrando estabilidad y buen desarrollo en sus actividades, donde además ha brindado

asesoría jurídica desempeñándose como Consejera Electoral Propietaria, donde ha

adquirido conocimientos tanto teórico como práctico, aunado a que le entiende a la lengua

Zapoteco. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas,

permiten detectar dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la

comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en

su desempeño, asimismo, es manifiesto a través de las razones que la motivan a

participar, su preocupación por el país y el fortalecimiento de la democracia.

Respecto del Ciudadano Jesús Cirilo Tobilla López, propuesto como Consejero

Propietario para integrar el Consejo Distrital, es Licenciado en Derecho, quien cuenta con

experiencia necesaria y requerida en Materia Electoral, ya que ha participado en tres

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Procesos Electorales, donde se ha desempeñado en diversos cargos, que lo han dotado

de conocimientos teóricos, prácticos, adecuados y sólidos en esta materia, además de

que ha ocupado diversos cargos públicos a nivel federal y estatal, también se ha

desempeñado como docente a nivel Licenciatura, todo esto está respaldado por estudios

y capacitación cuyas evidencias integran su expediente; sin lugar a dudas personas como

estas son las que se necesitan para contribuir al fortalecimiento de la democracia,

asimismo su personalidad permite detectar dinamismo en su forma de conducirse, con

habilidades para la comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo,

profesionalismo e integridad en su desempeño.

Ahora bien respecto de la ciudadana Elvira Urbieta Vázquez, propuesta como Consejera

Propietaria para integrar el Consejo Distrital, Licenciada en Administración cuenta con los

conocimientos y experiencias sobresalientes para ocupar el cargo propuesto, derivado de

que ha participado en tres Procesos Electorales Locales y Federales, donde se ha

desempeñado como Funcionaria de Casilla, Consejera Electoral Distrital y Municipal y

Secretaria, logrando estabilidad y buen desarrollo de las actividades; mismos cargos que

le han brindado los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para desenvolverse en

el cargo. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permiten

detectar dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la comunicación

interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su

desempeño, asimismo es manifiesto a través de las razones que la motivan a participar,

su preocupación por el país y el fortalecimiento de la democracia.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, la formación multidisciplinar, el alto sentido de

compromiso con las instituciones y la democracia; destacan su experiencia,

conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en

el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como un

comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la

transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,

el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como

cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia

acumulada como Consejeras y Consejeros Electorales, Asistentes Electorales,

Capacitadores Electorales, en varios procesos electorales, su capacitación permanente a

través de cursos y congresos.

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298    

Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que

tienen en actividades de campo, al contar con un ex consejeros y consejeras electorales

de órganos desconcentrados; asistentes electorales; capacitadores electorales de

procesos federales; miembros docentes; además de que entre las cualidades de las

personas seleccionadas sobresalen perfiles con experiencia en medios del Instituto

Nacional de Migración y de la dirección de prevención y readaptación social del reclusorio

de Matías Romero.

Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con 2 licenciados en Derecho;

una licenciada en economía, otra en informática, dos más en contaduría pública;

nutriendo al conjunto de aspirantes un médico cirujano de quien destaca su trayectoria

electoral como Consejero Electoral desde el año 1998. Esta suma de disciplinas permite

generar la integración de un órgano plural en la toma de sus decisiones, que privilegie

cuando sea el caso el sentido común y la especialización en la materia.

En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con

personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y

talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como

referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de

la docencia.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la

voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por

la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la

educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.

Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

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299    

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada, estaca que la figura de la

secretaría es ocupada por una mujer, lo que denota el interés institucional por hacer

prevalecer la igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las

mujeres y la ciudadanía en su conjunto.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración.

Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir

la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por

su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un

elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena

medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se

identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la

zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social

en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo de campo

en diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro

de la organización de las elecciones locales.

En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones

del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

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300    

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la

designación de las y los integrantes del 20 Consejo Distrital con sede en Juchitán de

Zaragoza, se observó:

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes

que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos

cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando

como funcionarios y una observadora electoral. Incluso el Presidente y 6 miembros

del consejo son hablantes del Zapoteco.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la

capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera

de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población

de nuestra entidad.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

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entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la

administración gubernamental como desde el sector privado.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto

con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que

anteceden este apartado.

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302    

g) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación de rubro: “CONSEJEROS ELECTORALES. PARA SU

DESIGNACIÓN DEBEN OBSERVARSE LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA,

OBJETIVIDAD E IMPARCIALIDAD (LEGISLACIÓN DE TAMAULIPAS Y

SIMILARES)”. Por la cual se advierte que la función de las autoridades electorales

se rige por los principios de independencia, objetividad e imparcialidad; de ahí que

“las designaciones de quienes las integren deben recaer en ciudadanos que, bajo

las reglas generales de la prueba, demuestren, aun presuncionalmente, que

cumplen tales cualidades, con el objeto de obtener mayor certeza de que se

conducirán con base en el estudio objetivo del caso y la aplicación imparcial de la

norma, sin permitir que su conducta o decisión sea influida por factores externos o

internos, que impliquen la inobservancia de esos principios”.

Por todo lo anterior, los CC. López Villatoro Rubén, Aguilando Bernal Lorena, Ordoñez

Benítez Ulises, Pérez Gutiérrez Noemí Virginia, Tobilla López Jesús Cirilo, Urbieta

Vázquez Elvira, Celaya Santiago Alberto, López Gómez Enrique, Luis Jiménez José de

Jesús, Tello Galeana Magda Nayeli, son las personas idóneas para desempeñar el cargo

de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros Electorales, propietarios y

suplentes del Consejo Distrital 20 de la Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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303    

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304    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 21 CON CABECERA EN LA HEROICA CIUDAD DE EJUTLA DE CRESPO, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.

Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 21 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta HERNANDEZ VASQUEZ REBECA

ARANGO GOMEZ JUAN JOSE

JUAREZ SANTANA RAMIRO

LEYVA ESTEVA ROSALBA

LOPEZ MENDOZA LETICIA  

Secretario ORTIZ SANTOS MIGUEL ANGEL

Consejera Electoral CARMONA MENDOZA JOSE LUIS

Consejero Electoral DIAZ VASQUEZ SOLEDAD MARIA

Consejera Electoral REYES LOPEZ ELFEGO OSWALDO

Consejero Electoral RUIZ CONTRERAS DEISI BETHSAIDA

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: HERNANDEZ VASQUEZ REBECA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.67

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

92.67

 

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305    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: ORTIZ SANTOS MIGUEL ANGEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

82

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: CARMONA MENDOZA JOSE LUIS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

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306    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: DIAZ VASQUEZ SOLEDAD MARIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: REYES LOPEZ ELFEGO OSWALDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: RUIZ CONTRERAS DEISI BETHSAIDA

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307    

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: ARANGO GOMEZ JUAN JOSE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

80.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: JUAREZ SANTANA RAMIRO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 45

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308    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: LEYVA ESTEVA ROSALBA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

74.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: LOPEZ MENDOZA LETICIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

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309    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 21. Correspondiente a la integración de este Consejo Distrital Electoral se llevó a cabo

mediante una evaluación imparcial, objetiva y cumpliendo los parámetros indicados en la

Ley para este proceso. Las y los aspirantes de han sido tomados como propuesta para la

integración del Consejo cumplieron en más de un rubro con los parámetros indicados. Es

por ello que las personas que han sido consideras a ocupar los cargos de este Consejo

cuentan con experiencia tanto en materia electoral, sino también en varios ámbitos que

permitirán integrar un consejo más plural.

Uno de los retos actuales más importantes de nuestra sociedad es poder brindarles más

espacios a las mujeres, fundamentalmente en la toma decisiones que tengan relación con

el espacio en el que habitan; tomando en cuenta esta condición es notorio indicar que en

este consejo se encuentra conformado en partes iguales los cargos requeridos con

hombres y mujeres, de igual forma es importante destacar que el cargo de Presidenta de

este Consejo se ha propuesto a una mujer ya que es la persona con mejor puntuación y

ha hecho notar en cada uno de los pasos de este proceso que cuenta con la preparación

y las cualidades para fungir su cargo con profesionalismo. Aunado con la figura de

Secretario del Consejo, en la cual se ha propuesto a una persona que también cuenta con

un buen resultado de este proceso, además de haber demostrado en este proceso que

cuenta con los conocimientos y aptitudes propias para desempeñar correctamente sus

funciones.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales propietarios destacan

también por los resultados obtenidos en el proceso de selección, así también por su

experiencia en los ámbitos electorales, también en sus habilidades y aptitudes, así

también tuvieron buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores y

demostraron, haciendo una valoración integral de todos estos parámetros, que son las

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personas idóneas para cumplir con lo dispuesto en la normatividad electoral así como con

las funciones requeridas para el cargo.

Respecto a la Ciudadana Hernández Vásquez Rebeca, quien se ha propuesto para

fungir el cargo de Presidenta de este Consejo Distrital, es Licenciada en Derecho, ha sido

Supervisora Electoral en más de una ocasión con el INE, así también se ha desempeñado

como Coordinadora de Capacitación y ha estado en varios procesos locales, también

cuenta con conocimientos de la región ya que se ha desempeñado como Jefe de

Encuestadores en el INEGI. También se ha desempeñado como Consejera Electoral en

más de una ocasión, de igual forma ha sido profesora a nivel secundaria y ha sido

designada también como Presidenta Municipal en el H. Ayuntamiento de San Martín

Huamelulpam, ha participado en cinco proceso electorales en la entidad, además se ha

capacitado constantemente en diversos temas tanto en materia electoral como en apoyo a

sectores vulnerables de la población, teniendo así el perfil más idóneo para poder

desarrollar las actividades encomendadas de manera profesional, así también en las

entrevistas demostró tener las aptitudes y conocimientos necesarios para poder

desenvolverse correctamente en el cargo.

En el caso del ciudadano Ortiz Santos Miguel Ángel, propuesto como Secretario de este

Consejo, tiene estudios a nivel Licenciatura en Derecho, se ha desempeñado como

Ejecutor en el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Ejutla, así también se ha

desempeñado en más de una ocasión como Consejero Electoral en Consejos Municipales

y Distritales, de igual forma en su entrevista dejó notar su amplio conocimiento en materia

electoral a raves de dos proceso electorales en la entidad, además de contar con las

aptitudes interpersonales para poder llevar a cabo sus funciones de manera objetiva y

correcta.

Respecto del ciudadano Carmona Mendoza José Luis, propuesto como consejero

electoral propietario, al respecto es de resaltar que se ha desempeñado en diversos

cargos en el ámbito federal y local, en múltiples procesos electorales, desempeñándose

como Asistente electoral, capacitador asistente, supervisor electoral, coordinador de

capacitación y Consejero suplente del 9 Consejo Distrital, con cabecera en San Pedro

Mixtepec, en la etapa de entrevistas, obtuvo notas importantes de alto apego a los

principios rectores de la materia, cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en

equipo; Comunicación, Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, así

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311    

como consejero Presidente del Consejo de Villa de Tututepec de Melchor Ocampo de

teniendo acreditada una experiencia electoral, lo cual lo hace idóneo para el cargo que es

propuesto.

Respecto de la ciudadana Díaz Vásquez Soledad María, propuesta como consejera

electoral propietaria, es de resaltar que se ha desempeñado cuenta con experiencia en

materia electoral, pues cuanta con tres procesos electorales en la entidad, en diversos

cargos resaltando Asistente electoral, Consejera propietaria del 21 Consejo Distrital, con

cabecera en Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo, del mismo modo en la etapa de

entrevistas, obtuvo notas importantes de alto apego a los principios rectores de la materia,

cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación, Trabajo en

equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, así como consejero Presidente del 21

Consejo de Ejutla de Crespo, de teniendo acreditada una experiencia electoral, lo cual lo

hace idóneo para el cargo que es propuesto.

En relación con el ciudadano Reyes López Elfego Oswaldo, propuesto para el cargo de

Consejero Electoral, cuanta con nivel de estudios de licenciatura en derecho, acredita

experiencia en materia electoral, en un proceso electoral en particular el 2015-2016, en el

que se desempeñó como consejero electoral propietario del Consejo Municipal Electoral

de Soledad Etla, tiene entre otros diversos cursos de diversas materias en materias como

grafoscopio, contabilidad gubernamental, sistemas anticorrupción y ley de disciplina

financiera, lo que demuestra su alta responsabilidad con la profesionalización y

desempeño de las actividades que le son encomendadas lo que lo hace idóneo para el

cargo que es propuesto.

Así mismo, la ciudadana Ruiz Contreras Deisi Bethsaida, propuesta como consejera

electoral, cuenta con estudios de licenciatura en derecho, lo que le permite tener el

conocimiento de las normas en la materia, así mismo cuanta con tres proceso electorales,

dentro de los que se desempeñó como Consejera Presidenta del Consejo Municipal de

Ejutla de Crespo, capacitador asistente electoral, y consejera electoral propietaria del 21

Consejo Distrital con sede en Ejutla de Crespo, en la etapa de entrevistas

correspondieron notas importantes de alto apego a los principios rectores de la materia,

cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación, Trabajo en

equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, en razón de lo cual resuelta idónea

para ocupar el cargo de Consejera Electoral para el que es propuesta.

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312    

Respecto de las y los ciudadanos propuestos como consejeros electorales suplentes, es

de resaltar que esta integración de suplentes cuanta con amplia experiencia en la materia

electoral pues en conjunto acumulan un total de once proceso que van desde un proceso

electoral hasta cinco procesos electorales, con diversos cargos que van desde presidente

de la mesa directiva de casilla, hasta presidente de un Consejo Municipal Electoral, la

integración como Consejeros Suplentes cuenta con una diversidad de perfiles académicos

que hacen en su caso un órgano multidisciplinario que permite contar con diversidad de

ideas y genera un sano debate, de la misma forma cuentan en la etapa de entrevistas

ellos alcanzaron notas sobresalientes de apego a los principios rectores de la materia,

cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación, Trabajo en

equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, por lo cual esta integración propuesta

como consejeros suplentes es idónea para integrarse en su caso a las actividades del

órgano desconcentrado.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 21 Consejo Distrital con

sede en la Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

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313    

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

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314    

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Hernández Vásquez Rebeca, Ortiz Santos Miguel Ángel,

Carmona Mendoza José Luis, Díaz Vásquez Soledad María, Reyes López Elfego

Oswaldo, Ruiz Contreras Deisi Bethsaida, Arango Gómez Juan José, Juárez Santana

Ramiro, Leyva Esteva Rosalba y López Mendoza Leticia, son las personas idóneas para

desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario y Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 21, cuentan con una sólida formación académica, amplia

experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las

habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen

Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 22 CON CABECERA EN SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 22 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta TOLEDO ESPINOSA JUANITA RIOLAXHE

 

 

GALLARDO ROMERO ITZEL BERENICE

GUZMAN RUIZ ROSALVINA

MENDOZA GARCIA JORGE JUSTINO

NAVARRETE PEÑA SERGIO  

Secretario GALINDO SANTIAGO SAUL OTNIEL

Consejero Electoral BAÑOS TOSCANO ELOINA MARIA

Consejera Electoral CERVANTES HERNANDEZ LUIS MANUEL

Consejero Electoral GARNICA LOPEZ HERAUTL YUREN

Consejera Electoral RODRIGUEZ SERRANO JUANA

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: TOLEDO ESPINOSA JUANITA RIOLAXHE

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

96

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316    

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: GALINDO SANTIAGO SAUL OTNIEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

97

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: BAÑOS TOSCANO ELOINA MARIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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317    

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: CERVANTES HERNANDEZ LUIS MANUEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: GARNICA LOPEZ HERAUTL YUREN

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 29

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

68

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

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318    

NOMBRE: RODRIGUEZ SERRANO JUANA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: GALLARDO ROMERO ITZEL BERENICE

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

74

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: GUZMAN RUIZ ROSALVINA

SEXO: MUJER

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319    

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

73.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: MENDOZA GARCIA JORGE JUSTINO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: NAVARRETE PEÑA SERGIO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 9

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320    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

89

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 22. Como se advierte de la integración del 22 Consejo Distrital Electoral con sede en Santiago

Pinotepa Nacional, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de los integrantes, se

destaca que la ciudadana Juanita Riolaxhe Toledo Espinosa propuesta para presidir el

Consejo Distrital, cuenta con evidentes conocimientos en Materia Electoral, mismos que

están respaldados por las evidencias integran su expediente.

Además, cuenta con experiencia electoral en diversos proceso electorales locales y

federales, desde el año dos mil diez, ha desempeñado diversos cargos que van desde

Asistente Electoral, Consejera Presidenta del Consejo Municipal Electoral de Santiago

Pinotepa Nacional en el proceso 2013, así como Consejera Electoral en el ámbito Distrital

en el proceso federal 2015, lo que denota que cuenta con excelentes conocimientos en

materia electoral, en la entrevista y apreciación de su perfil permite advertir que cuenta

con destacadas habilidades de liderazgo, Comunicación, Trabajo en Equipo, Negociación

y Profesionalismo e integridad.

Demostro interés en la profesionalización dado que anexa a su currículo reconocimiento

por impartir conferencia en ciudadanía con equidad, participó en el taller Elección con

libertad ciudadana y tiene reconocimiento por participar como panelista de articulación

Afrodecendiente en los contextos local, nacional e internacional.

Por su parte, el Licenciado en Derecho Saul Otniel Galindo Santiago, quien es

propuesto para ocupar la secretaría del consejo ha sido Secretario del Consejo Distrital en

San Pedro Mixtepec en el 2007, Técnico Electoral del otrora Instituto Nacional Electoral

en 2006; presidente de mesa directiva de casilla y tres veces presidente de Consejo

Municipal Electoral.

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321    

Por otro lado está probado su compromiso institucional al haber desempeñado el cargo de

auxiliar jurídico de Junta Distrital Ejecutiva en Pinotepa Nacional en 2014 y analista en el

Instituto Estatal Electoral del Estado de Guerrero en 2016.

Por su parte Eloina Maria Baños Toscano quien es propuesta como Consejera

Propietaria es Licenciada en Derecho y tiene entre otras experiencias laborales la de

haber sido Secretaria de Consejo Distrital en la misma circunspección propuesta. En el

ámbito gubernamental se ha desempeñado como auxiliar en el área jurídica en la

Procuraduría Agraria y demuestra interés por su profesionalización al estar en contantes

talleres en materia electoral.

Luis Manuel Cervantes Hernández quien es seleccionado como consejero propietario es

Arquitecto de profesión y demostró en sus entrevistas los más altos puntajes en el apego

a los principios rectores y trabajo en equipo que le permiten desempeñarse en el cargo

propuesto, en el ámbito gerencial se ha desempeñado como coordinador de supervisión

integral, vigilancia y control para el sector privado en clínicas hospitales, demostrando

habilidades de liderazgo.

El licenciado en Derecho Yuren Garnica López ha sido en dos ocasiones consejero

electoral propietario en los distritos de Asunción Nochixtlán y San Pedro Pochutla en 2013

y 2016. Demostró habilidades de negociación, planeación y ejecución de programas lo

cual esta robustecido con su experiencia como abogado de la empresa de trasporte ADO,

gerente de departamento legal SAJ y, supervisor de promotoras en la empresa Install-

Mark.

Por otro lado, la ciudadana Juana Rodríguez Serrano se desempeñó como Consejera

Electoral en el pasado proceso electoral 2016 en Santiago Pinotepa Nacional, fue

capturista del programa de resultados preliminares PREP en el proceso 2010, mientras

que el área pública ha sido asistente en la subdelegación de servicios educativos.

Demostró participación comunitaria con sus participaciones en foros y conferencias

realizadas por el Instituto Nacional Electoral. Así como trabajo comunitario en

representación de comunidades afrodescendientes y voluntaria de la Biblioteca

Pescadores de Conocimiento.

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322    

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, se toman en

consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron

idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que

tienen en actividades de campo, tales como Técnico Electoral; Capturista del Programa

de Resultados Electorales Preliminares, Consejero Secretario del Consejo Municipal

Electoral, Consejero Presidente del Consejo Municipal Electoral; Consejero Electoral de

un Consejo Distrital Electoral y Consejero Presidente de un Consejo Distrital Electoral en

diversos proceso electorales desde el año 2009 a la fecha federales y locales,

Actividades directivas y ejecutivas y gerenciales, que van desde abogado litigante, asesor

jurídico Gerencia de Sucursal, Docente, Auxiliar y en las entrevistas practicadas se

evidencia un conocimiento del contexto de la región y facilidades para llevar a cabo

trabajos en equipo, que implican liderazgo y cuentan con elementos de habilidades

relacionadas con contacto directo con personas de comunidades diversas. Asimismo, es

evidente la acumulada participación que han tenido en materia electoral. Sobresale que la

mayoría de los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y consejeros en

consejos municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de Participación

Ciudadana de Oaxaca, o del Instituto Nacional Electoral circunstancias que denotan

interés y vocación por la materia.

En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en

consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron

buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron

idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a

ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.

Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los

Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas

con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que

no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito

electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la

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323    

responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los

principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados

electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,

manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,

experiencia académica y laboral.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos del ramo de las ciencias sociales, tales como la

Abogacía como litigante, o asesores jurídicos, comunicación Social, docencia,

actividades todas que como se ha dicho denotan vocación de servicio a las instituciones

electorales las que requieren la realización y desarrollo de estrategias de enseñanza y

técnicas de pedagogía, la comprensión de modelos educativos, el modelo de desarrollo

de competencias de campo, en tanto, en referencia al estudio y análisis jurídico, litigio

estratégico, defensoría, resolución de conflictos consumidor y empresas, para dirimir

controversias en conciliación.

Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales

propuestos en esta integración, son el sector Informático, Administración y Derecho con

actividades gerenciales, administrativas, destacando que sus actividades las han

desarrollado en el Estado de Oaxaca, lo que favorece el conocimiento de la región y el

entorno social.

Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los

procesos electorales, la comunicación e información a la ciudadanía que permita dar

certeza de la voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio

institucional, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la

difusión de la educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las

mujeres.

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada al tener cinco mujeres y cinco

hombres. Lo que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de

paridad y la igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las

mujeres y la ciudadanía en su conjunto.

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324    

Es de señalar que la diversidad de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aún cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión

de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual permite calificar un

elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 22 Consejo Distrital con

sede en Santiago Pinotepa Nacional, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

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325    

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

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326    

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, Los Cc. Toledo Espinosa Juanita Riolaxhe, Galindo Santiago Saul

Otniel, Baños Toscano Eloina Maria, Cervantes Hernandez Luis Manuel, Garnica López

Herautl Yuren, Rodríguez Serrano Juana, Gallardo Romero Itzel Berenice, Gúzman Ruiz

Rosalvina, Méndoza García Jorge Justino y Navarrete Peña Sergio, son las personas

idóneas para desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y

Consejeros Electorales del Consejo Distrital 22, cuentan con formación académica,

experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las

habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen

Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

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327    

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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328    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 23 CON CABECERA EN SAN PEDRO MIXTEPEC DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.

Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 23 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta RAMOS HERNANDEZ BLANCA ITZEL

FIGUEROA MENDEZ EZEQUIEL

MEJIA RUIZ ERMINIO

MENDEZ OJEDA JAIME ENRIQUE

PADILLA SANTOS XOCHILTH YAREMI  

Secretario CERVANTES DOLORES ROBERTO

Consejero Electoral CASTELAN GARCIA LAURA EDTIH

Consejera Electoral DIAZ MIJANGOS EDUARDO DANIEL

Consejera Electoral ESCAMILLA GONZALEZ YEDANY

Consejero Electoral SANCHEZ SANCHEZ JAVIER

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: RAMOS HERNANDEZ BLANCA ITZEL

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

96

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

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329    

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: CERVANTES DOLORES ROBERTO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: CASTELAN GARCIA LAURA EDTIH

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

93.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: DIAZ MIJANGOS EDUARDO DANIEL

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330    

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

82.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: ESCAMILLA GONZALEZ YEDANY

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 35

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: SANCHEZ SANCHEZ JAVIER

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 45

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331    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 21.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

77.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: FIGUEROA MENDEZ EZEQUIEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 35

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

67.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: MEJIA RUIZ ERMINIO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 23

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

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332    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

64

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: MENDEZ OJEDA JAIME ENRIQUE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 29

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

62.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: PADILLA SANTOS XOCHILTH YAREMI

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

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333    

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

76

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 23.

Este Consejo Distrital Electoral fue integrado mediante parámetros institucionales los

cuales dictan evaluar a los aspirantes de manera objetiva, valorando sus conocimientos y

aptitudes a fin de corroborar que sean aptos para desempeñar sus funciones, en este

caso podemos notar que las personas que son propuestas para Presidente y Secretario

son, sin duda alguna, las personas con mejor desempeño en este proceso, ya que se ve

reflejado en el puntaje obtenido en cada uno de los rubros, dejando notar su amplia

experiencia en materia personal, además de su preparación profesional.

En el caso de los cargos anteriormente mencionados, es necesario mencionar que la

figura de Presidente del Consejo se ha considerado a la Ciudadana Ramos Hernández

Blanca Itzel Ramos cuenta con Licenciatura en Derecho además de estudios de

Maestría en Ciencia de la Educación. Las constancias que obran en su expediente dan

cuenta de su capacidad para el desarrollo de las funciones encomendadas.

En 2013 se desempeñó como coordinadora de capacitación electoral en la zona costa

dentro de la dirección ejecutiva de capacitación electoral, educación cívica y servicio

profesional electoral del IEEPCO. Como funcionaria de este instituto, se ha desempeñado

como secretaria del Consejo Municipal Electoral en el Municipio de Ixtlayutla que se rige

por Sistemas Normativos Internos. Ha cursado diversos cursos en materia electoral entre

los que resaltan: curso “sistemas de medios de impugnación” impartido por el tribunal

electoral del estado, curso “registro de candidatas y candidatos de los partidos políticos y

al principio de paridad de género en el proceso electoral 2015-2016.”, actualmente curso

un diplomado en derecho electoral.

En el caso del Ciudadano Roberto Cervantes Dolores, propuesto como Secretario del

Consejo, es importante mencionar que ha participado en más de una ocasión en

Procesos Electorales, tanto Federales como Locales, además de contar con una

trayectoria en el ámbito de la educación teniendo así la capacidad para poder fungir su

función con profesionalismo.

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334    

Cuenta con una licenciatura en educación. Ha sido consejero presidente del consejo

municipal de San Pedro Mixtepec en 2016. Además de consejero del órgano distrital del

IEEPCO con cabecera en Pochutla. De igual forma, ha participado como Capacitador-

Asistente Electoral en 2015 con el INE y como técnico electoral en 2010 con el IEEPCO.

Ha desempeñado otras actividades en campo con el INEGI, además de estar al frente de

un grupo como docente.

En ambos casos es importante mencionar que al ser entrevistados fueron visualizados

como personas dinámicas, emprendedoras, orientadas a cumplir objetivos y motivadas en

la participación y contribución al desarrollo de su comunidad, ya que en han ostentado

cargos que nos permiten ver que se encuentran interesados y ocupados en ésta. Así

mismo podemos mencionar que el criterio de paridad de género se ha cumplido, de igual

forma la combinación de estas personas conjuga juventud y madurez, lo cual enriquece

este proceso al mezclar sus experiencias e ideas desde cada una de sus perspectivas.

Respecto a la propuesta como consejera propietaria Laura Edith Castelan García es

pasante en la Licenciatura en Derecho. Cuenta con experiencia en materia electoral ya

que se ha desempeñado como consejera electoral en el consejo distrital de San Pedro

Mixtepec en 2016 y como supervisora electoral en el INE en 2015. Además de que se ha

actualizado en materia electoral al tomar el curso “introducción al derecho electoral”

impartido por el TEPJF. Además, sobresale por su compromiso con la comunidad ya que

señala pertenecer a una Asociación Civil que trabaja en beneficioso de niños y niñas con

autismo.

El propuesto como consejero propietario Eduardo Daniel Díaz Mijangos cuenta con una

licenciatura en contaduría pública. Cuenta con experiencia en materia electoral tanto en el

ámbito local como federal. Fue consejero electoral propietario de consejo distrital en 2016,

así como capacitador asistente electoral en el INE en 2010 y 2015. Además, fue

supervisor electoral en 2012 con esta última institución.

Respecto a la propuesta como consejera propietaria Yedany Escamilla González es

pasante de la licenciatura en diseño gráfico. Cuenta con experiencia en materia electoral

ya que se desempeñó como consejera electoral propietaria del consejo distrital con

cabecera en San Pedro Mixtepec.

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335    

Además, de ser asistente electoral en el IEEPCO en 2013. Se desempeñó en el área de

comunicación social de la agencia municipal de Puerto Escondido, lo que puede ayudar

en la interacción y el flujo de información desde el consejo distrital con la ciudadanía y

fortalecer el principio de máxima publicidad.

El propuesto como consejero electoral Javier Sánchez Sánchez es pasante técnico en

computación fiscal contable. Cuenta con amplia experiencia en materia electoral. En 2001

se desempeñó como asistente electoral en el IEEPCO. En 2004, 2007 y 2010 fue

coordinador de organización en un consejo distrital de la misma institución. En 2013 fue

consejero propietario en el consejo distrital local con cabecera en Teotitlán de Flores

Magón. En 2016 fue secretario del consejo municipal de San Pedro Mixtepec. Así, se

desprende que ha participado con el órgano electoral local durante los últimos 6 procesos

electorales locales.

Respecto a las personas propuestas como Consejeros Electorales Propietarios y

Suplentes cuentan también con experiencia en materia electoral, en procesos electorales,

así como diversos cargos en los que se han desarrollado con profesionalismo, no

obstante es importante mencionar que de igual forma se dado lugar a la interculturalidad,

principio rector en el Instituto, así también se cumplió el criterio de paridad de género,

conformando así un Consejo más plural, capacitado, dinámico, objetivo, con personas que

se han desenvuelto en el terreno político-electoral en el Estado, en su región o municipio;

la unión de todo esto nos permite visualizar un equipo muy profesional y apto para llevar

este proceso a cabo de manera correcta y apegado a los lineamientos. Éstas personas

han demostrado en su evaluación que constantemente se han estado capacitando en la

materia electoral, demostrando así que podrán fungir con su función de manera

profesional y correcta; la apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas

realizadas permiten detectar dinamismo en la forma de conducirse con habilidades para la

comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en

su desempeño.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 23 Consejo Distrital con

sede en San Pedro Mixtepec, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

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336    

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

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337    

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Ramos Hernandez Blanca Itzel, Cervantes Dolores Roberto,

Castelan Garcia Laura Edtih, Diaz Mijangos Eduardo Daniel, Escamilla Gonzalez Yedany,

Sanchez Sanchez Javier, Figueroa Mendez Ezequiel, Mejia Ruiz Erminio, Mendez Ojeda

Jaime Enrique y Padilla Santos Xochilth Yaremi, son las personas idóneas para

desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y Consejeros

Electorales, cuentan con una sólida formación académica, amplia experiencia profesional,

aunado a que son personas que demostraron contar con las habilidades gerenciales de

liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad,

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338    

como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las constancias

que obran en sus expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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339    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 24 CON CABECERA EN MIAHUATLAN DE PORFIRIO DÍAZ, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.

Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 24 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejera Presidenta CRUZ MARTINEZ LORENA

ARAGON MARTINEZ OSWALDO

GONZALEZ ORTIZ LEONCIO

JAVIER

HERNANDEZ RODRIGUEZ EDILIA EMILIA

MARTINEZ HERNANDEZ

ANGELICA MARIA  

Secretario SANTOS CORTES ENRIQUE

Consejera/o Electoral CRUZ LAGUNAS JUDITH

Consejero Electoral HERNANDEZ AQUINO KENIA NAIROVI

Consejera Electoral REYES SILVA ERICA YESENIA

Consejero/a Electoral RUIZ LOPEZ JHONY HAFIT

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA

NOMBRE: CRUZ MARTINEZ LORENA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

90

 

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340    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO

NOMBRE: SANTOS CORTES ENRIQUE

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

84

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: CRUZ LAGUNAS JUDITH

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

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341    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: HERNANDEZ AQUINO KENIA NAIROVI

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

85.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: REYES SILVA ERICA YESENIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

91

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: RUIZ LOPEZ JHONY HAFIT

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342    

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

87.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: ARAGON MARTINEZ OSWALDO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

76.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: GONZALEZ ORTIZ LEONCIO JAVIER

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 29

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343    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

71

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: HERNANDEZ RODRIGUEZ EDILIA EMILIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

83

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: MARTINEZ HERNANDEZ ANGELICA MARIA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

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344    

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

78.5

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 24. Como se advierte de la integración del 24 Consejo Distrital Electoral con sede en

Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de los

integrantes, se destaca que la ciudadana Lorena Cruz Martínez, propuesta para presidir

el Consejo Distrital, cuentan con la experiencia necesaria en Materia Electoral, para poder

desempeñar tan importante encargo, ya que cuenta con experiencia electoral en tres

Procesos Electorales Locales, donde se desempeñó como Capacitadora Asistente

Electoral hasta Consejera Electoral Propietaria, logrando estabilidad y buen desarrollo en

sus actividades, lo que la hace idónea al cargo ya que posee los conocimientos teóricos y

prácticos en la materia desarrollados en los diferentes encargos, mismos que están

respaldados por las evidencias que integran su expediente, es importante destacar que es

originaria y vecina del referido Distrito, lo que significa que conoce su región y los

problemas que atraviesa, además de manifestar los deseos del desarrollo de una cultura

cívica dentro de su comunidad, de pugnar por un Proceso de elección transparentes,

sentir gusto por el compromiso a adquirir, motivada por participar y contribuir al desarrollo

de su comunidad, y al fortalecimiento de la democracia permite detectar dinamismo en su

forma de conducirse, con habilidades de liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e

integridad en su desempeño.

En tanto del Ciudadano Enrique Santos Cortés propuesto como Secretario del Consejo

Distrital, es de manifestarse que tuvo anotaciones sobresalientes derivado de su

experiencia adquirida a lo largo de su participación en diversos Procesos Electorales

Locales y Federales, donde asumió diversos cargos desde Capacitador Asistente

Electoral hasta Supervisor Electoral, logrando con esto estabilidad y buen desarrollo en

cada una de sus actividades, quien se desarrolló con mucha responsabilidad y

compromiso enfrentando sus anteriores cargos con estricto apego a las disposiciones

reglamentarias, lo que lo hace ser la persona idónea para asumir el cargo esto por los

conocimientos teóricos y prácticos que ha adquirido en la Materia Electoral que se

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345    

requieren para el desempeño de su cargo, mismos que están respaldados por las

evidencias que integran su expediente, quien manifiesta asumir compromisos que dan la

pauta para las relaciones humanas, asimismo apega su actuación a los principios

rectores, liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e

integridad en su desempeño.

Ahora bien respecto de la Ciudadana Judith Cruz Lagunas, propuesta como Consejera

Electoral Propietaria para integrar el Consejo Distrital, destaca que cuenta con la

experiencia necesaria y requerida en Materia Electoral, para poder desempeñar su cargo,

esto derivado de los diversos Procesos Electorales Locales y Federales de los que ha

formado parte, donde ha participado como Consejera Electoral Presidenta, Propietaria e

inclusive como Secretaria, en los Órganos Desconcentrados Municipales y Distritales,

logrando con ello estabilidad y buen desarrollo en cada una de sus actividades realizadas,

rigiéndose siempre con responsabilidad, por lo que es idónea al cargo ya que posee los

conocimientos teóricos y prácticos en la materia desarrollados, logrando con ello

sobresalir ante los perfiles propuestos, mismos que están respaldados por las evidencias

que integran su expediente, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad en el desempeño del cargo,

algo muy importante es que se encuentra en constante actualización en materia electoral,

derivado que desde el año 1990 hasta el Proceso pasado ha participado de manera

activa, además de originaria y vecina del Distrito de Miahuatlán de Porfirio Díaz, lo que

favorece el conocimiento de la región y el entorno social.

Respecto de la Ciudadana Kenia Nairovi Hernández Aquino, propuesta como Consejera

Electoral Propietaria para integrar el Consejo Distrital, destaca que es Titulada de la

Licenciatura en Derecho por lo que acumula conocimientos en la rama de las ciencias

sociales, esto quiere decir que sus conductas son dirigidas a la observancia de normas

que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos, cuenta con la

experiencia de dos Procesos Electorales Locales, donde se desenvolvió siempre con

responsabilidad, además de ser originaria y vecina del Distrito por el que contiende, lo que

significa que conoce los problemas de la región y el entorno social, denotan su interés por

contribuir a la democracia, destacando sus principios rectores, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, liderazgo, profesionalismo e integridad en el desempeño del cargo,

mismos que están respaldados por las evidencias que integran su expediente, además de

manifestar querer contribuir y erradicar la ideología de que solo se les permita el acceso a

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346    

esos cargos a los hombres, y que es tiempo de que las mujeres poco a poco empiecen a

acceder a esos cargos públicos.

En tanto de la Ciudadana Erica Yesenia Reyes Silva, propuesta como Consejera

Propietaria para integrar el Consejo Distrital sobresale que es Licenciada en

Administración Municipal, originaria del Municipio de Miahuatlán de Porfirio Díaz, quien

conoce y ha convivido de una manera muy directa con los Municipios que integran el

Distrito por el que participa, esto significa que conoce los problemas de su entorno social,

además de gozar de un excelente prestigio con motivo de los diversos cargos que ha

desempeñado, dirigiéndose siempre con responsabilidad, misma que participa de manera

activa en cursos, foros, seminarios, diplomados y conferencias, lo que amplía su

trayectoria profesional y experiencia teórica en la materia, su actitud es crítica,

emprendedora y dinámica, motivada por participar y contribuir al desarrollo de su

comunidad, y manifiesta conocer del contexto social actual que enfrenta el país. La

apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permiten detectar

dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la comunicación

interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su

desempeño.

Respecto del Ciudadano Jhony Hafit Ruiz López, propuesto como Consejero Propietario

para integrar el Consejo Distrital, se destaca que el ciudadano propuesto para integrar el

Consejo Distrital, cuentan con la experiencia necesaria y requerida en Materia Electoral,

para poder desempeñar su cargo, derivado de que ha participado en diversos Procesos

Electorales Locales de los que ha sido parte, donde se desempeñó como Consejero

Presidente y Propietario de un Órgano Desconcentrado Municipal y Distrital, logrando con

ello estabilidad y buen desarrollo en cada una de sus actividades realizadas, rigiéndose

siempre con responsabilidad y apego a las disposiciones reglamentarias, por lo que es

idóneo al cargo ya que posee conocimientos tanto teóricos como prácticos en materia

electoral, logrando con ello sobresalir ante los perfiles propuestos, mismo que manifiesta

pugnar por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales. La apreciación de

su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permiten detectar dinamismo en su

forma de conducirse, con habilidades para la comunicación interpersonal, liderazgo y

trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su desempeño.

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347    

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente, la formación multidisciplinar, el alto sentido de

compromiso con las instituciones y la democracia; destacan su experiencia,

conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en

el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como un

comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la

transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,

el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como

cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia

acumulada como Consejeras y Consejeros Electorales, Asistentes Electorales,

Capacitadores Electorales, en varios procesos electorales, su capacitación permanente a

través de cursos y congresos.

Destaca en esta integración de Consejeras y Consejeros, la experiencia que han tenido

en Materia Electoral, como Capacitador Asistente Electoral, Consejera y Consejero

Presidente y Secretario en el ámbito Municipal y/o Distrital, en procesos anteriores en

diversos años, Actividades Directivas y Gerenciales, Asesor Jurídico y en las entrevistas

practicadas se evidencia un conocimiento del contexto de la región y facilidades para

llevar a cabo trabajos en equipo, que implican liderazgo y cuentan con elementos de

habilidades relacionadas con contacto directo con personas de comunidades diversas.

Asimismo, es evidente la participación que han tenido en materia electoral, logrando

estabilidad y buen desarrollo de las actividades; destaca su espíritu por la preocupación

imperante de integrar los órganos electorales de la entidad misma que busca fortalecer la

cultura de la democracia, con la participación en la formación de la voluntad política, a

través de elecciones libres periódicas y secretas. Sobresale que algunos de los perfiles

propuestos ya han participado como consejeras y consejeros en los consejos municipales

y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca,

circunstancias que denotan interés y vocación por la materia, además es de resaltar que

los ciudadanos y ciudadanas propuestas cuentan con conocimientos en materia de

Derecho y Ciencias Sociales.

En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias

profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que

acumulan conocimientos en ámbitos del ramo de las ciencias sociales, tales como la

Abogacía como litigante, administración y docencia, además de actividades todas en las

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348    

que requiere asumir responsabilidad y compromiso, lo cual han desarrollado con un alto

grado de profesionalismo y ética.

Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales

propuestos en esta integración, docencia, ámbito jurídico, gerencial, destacando que sus

actividades las han desarrollado en el Estado de Oaxaca, lo que favorece el conocimiento

de la región y el entorno social, además denotan su interés por áreas como la

transparencia de los Procesos Electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita

dar certeza de la voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio

institucional, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la

difusión de la educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las

mujeres.

En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción

afirmativa de género, al tener seis mujeres y cuatro hombres. Lo que denota el interés

Institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la igualdad de oportunidades

para la Participación Político Electoral de las Mujeres y la Ciudadanía en su conjunto, en

esta integración se ve reflejado el trabajo que se ha hecho en conjunto por pugnar por una

participación efectiva de las mujeres al acceso de los cargos públicos.

Es de señalar que la diversidad de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los

integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia

que deberán observar en el proceso electoral en curso, aún cuando algunos de ellos no

cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de

una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre

positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital

privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de

lado que sus conocimientos en Materia Electoral fueron probados con los resultados

objetivos en el examen de conocimientos, entrevistas los cuales demuestran el nivel de

comprensión de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta

permite calificar un elemento de la evaluación integral.

La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia

electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable

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349    

desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos

que abarcan las labores de los Consejos Electorales.

Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al

contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y

aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y

aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la

pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los

integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 24 Consejo Distrital con

sede en Miahuatlán de Porfirio Díaz, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

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350    

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

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351    

 

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. Cruz Martínez Lorena, Santos Cortes Enrique, Cruz Lagunas

Judith, Hernández Aquino Kenia Nairovi, Reyes Silva Erica Yesenia, Ruiz López Jhony

Hafit, Aragón Martínez Oswaldo, González Ortiz Leoncio Javier, Hernández Rodríguez

Edilia Emilia y Martínez Hernández Angélica María, son las personas idóneas para

desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 24, cuentan con una sólida formación académica, amplia

experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las

habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen

Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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352    

ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 25 CON CABECERA EN SAN PEDRO POCHUTLA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de

las y los Consejeros Electorales del 25 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal

Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la

Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,

proponen la siguiente integración:

Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *

Consejero Presidente GARCIA GARCIA MARCOS AMADOR CASTREJON VIRGEN LUNA GARCIA EDILMA PEDRO PEREZ OSCAR GABINO RAMIREZ MARTINEZ ABDIEL

 

Secretaria CORTES CASTILLO BELGICA

Consejera Electoral ALTAMIRANO PACHECO MICHELLE

Consejera Electoral BUSTAMANTE HERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES

Consejero Electoral CUEVAS MENDOZA ARISANDI

Consejero Electoral PEREZ VELAZQUEZ ALFREDO

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE

NOMBRE: GARCIA GARCIA MARCOS

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

88

 

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353    

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA

NOMBRE: CORTES CASTILLO BELGICA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

81

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: ALTAMIRANO PACHECO MICHELLE

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 1

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

78.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

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354    

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

NOMBRE: BUSTAMANTE HERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

79.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: CUEVAS MENDOZA ARISANDI

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 23.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

73.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

NOMBRE: PEREZ VELAZQUEZ ALFREDO

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355    

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

70

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: AMADOR CASTREJON VIRGEN

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 27

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 4

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 25

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

56

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE

NOMBRE: LUNA GARCIA EDILMA

SEXO: MUJER

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 26

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356    

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

61.5

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: PEDRO PEREZ OSCAR GABINO

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 24

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5

PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

58

 

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE

NOMBRE: RAMIREZ MARTINEZ ABDIEL

SEXO: HOMBRE

ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34

CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 4

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PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:

(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27

CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:

(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).

65

 

Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 25. Como se contempló en la integración del Consejo Distrital Electoral, los aspirantes a éste

fueron evaluados de manera integral y objetiva, teniendo como resultado que las figuras

de Presidente y Secretaria cuentan con una amplia experiencia en materia electoral,

además de contar con formación profesional en el tema.

Es importante mencionar que las figuras anteriormente mencionadas, se cuenta con una

combinación muy importante, ya que no sólo se visualiza con el criterio cumplido de

paridad de género, sino que también nos encontramos ante dos personas que obtuvieron

las calificaciones más altas de este distrito, no obstante y no menos importante es

necesario decir que se conjuga una persona joven y otra de mayor edad, enriqueciendo

así las experiencias que desde su perspectiva pueden brindar. Estas personas cuentan

con una amplia experiencia en procesos electorales, así también son visualizadas como

personas dinámicas, emprendedoras, orientadas a cumplir objetivos y motivadas en la

participación y contribución al desarrollo de su comunidad ya que son conscientes del

contexto social de la misma.

Cabe hacer mención que el C. García García Marcos, propuesto como Consejero

Presidente, se ha desempeñado como Jefe de Actuarios en el Tribunal Electoral del

Estado de Oaxaca en el 2016, ha sido Asesor Jurídico, también se ha desempeñado

como docente a nivel medio superior, así mismo tuvo anotaciones sobresalientes en

relación al apego demostrado hacia los principios rectores, comunicación, trabajo en

equipo, negociación, profesionalismo e integridad; contando también con la experiencia

electoral de manera Local. Destaca su experiencia jurídica, logrando estabilidad y buen

desarrollo de las actividades. Es manifiesto a través de las razones que lo motivan a

participar, su preocupación por el país y el fortalecimiento de la democracia.

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358    

Por lo que se refiere a la C. Cortés Castillo Bélgica como Secretaria del Consejo

Distrital, se encuentra cursando la Licenciatura en Derecho, no obstante, cuenta con los

conocimientos en materia electoral, toda vez que ha sido Capacitadora-Asistente Electoral

en varios Procesos Electores Federales, Asistente Electoral en procesos Locales y

también ha fungido como Consejera Presidenta del Consejo Municipal, lo cual hace

evidente un conocimiento en el contexto de la región y facilidades para llevar a cabo un

trabajo de campo, asimismo es evidente la participación que ha tenido en materia

electoral, circunstancia que denota un interés y vocación por la materia.

En lo que respecta a la ciudadana Michelle Altamirano Pacheco, obtuvo excelentes

valoraciones en la etapa de entrevista y calificaciones sobresalientes en su examen,

manifiesta ser transexual, por lo que su integración al Consejo Distrital es congruente con

los valores de inclusión, respeto, tolerancia y no discriminación ejercidos por este órgano

electoral. En su exposición de motivos manifestó interés en participar en los espacios de

participación ciudadana con el objetivo de visibilizar a la comunidad de la diversidad

sexual, y dar una voz incluyente a la sociedad mexicana, con el mensaje a la sociedad

mexicana, de formar parte de una comunidad que busca ser respetada, participativa y que

sirva a su país, ya que durante años ha sido excluida y marginada. Ha participado en

talleres de derechos humanos y promoción de la diversidad sexual.

En torno a María de los Ángeles Bustamante Hernández, ha sido Consejera Electoral en

el Consejo Distrital de San Pedro Pochutla, ha cursado diplomados, y obtenido

reconocimientos y constancias por su constante capacitación y participación ciudadana.

Se ha desempeñado como asesora jurídica en municipios que se rigen por Sistemas

Normativos Indígenas, y auxiliar jurídica en el corporativo jurídico denominado “La Razón

del Derecho”. Se ha desempeñado como académica obteniendo reconocimientos por su

buen desempeño.

En lo referente a Asirandi Cuevas Mendoza, es Licenciado en Derecho, y se ha

desempeñado como ejecutivo de crédito en instituciones financieras, auxiliar litigante en

Corporativo EMARGLO, notificador de la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca. En su

experiencia electoral acumula cargos de Asistente Electoral en el 08 Distrito Electoral

Loca en el proceso 2010; así como Secretario del Consejo Distrital del 24 Consejo Distrital

con sede en Matías Romero Avendaño en 2012-2013; fue Consejero Electoral Propietario

del 25 Consejo Distrital Electoral con cabecera en San Pedro Pochutla en 2015-2016.

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359    

En tanto, Alfredo Pérez Velázquez, se ha desempeñado como Capacitador Asistente

electoral en el año 2003, y como Capacitador Asistente Electoral en 2005-2006;

Consejero Electoral Propietario ante el Consejo Distrital de San Pedro Pochutla 2010, y

Consejero Electoral ante el Consejo Distrital de San Pedro Pochutla en 2012, y Consejo

Distrital de San Pedro Pochutla en 2016. Se ha desempeñado como Capacitador Electoral

en 2007, y Asistente Electoral en 2004.

Así también podemos mencionar, en el caso específico de las figuras de Consejeras o

Consejeros Electorales Propietarios y Suplentes, cuentan también con una vasta

experiencia en procesos electorales, tanto Federales como Locales, sin embargo también

es importante mencionar que hay aspirantes que a pesar de no contar con mucha

experiencia lograron posicionarse con un buen puntaje final derivado de su capacidad y

sus competencias individuales. Así también cabe destacar que en este listado también

encontramos cumplido el criterio de paridad de género, teniendo así un proceso

equitativo. Éstas personas han demostrado en su evaluación que constantemente se han

estado capacitando en la materia electoral, demostrando así que podrán fungir con su

función de manera profesional y correcta; la apreciación de su personalidad a partir de las

entrevistas realizadas permiten detectar dinamismo en la forma de conducirse con

habilidades para la comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo,

profesionalismo e integridad en su desempeño.

Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros

Suplentes Generales, son principalmente la experiencia electoral, destacando su

experiencia Electoral acumulada como Asistente Electoral, Técnico Electoral, Secretaria,

Asistente y Coordinador en áreas administrativas, asimismo contando con el deseo de

participar y contribuir en el Proceso Electoral, contando con el compromiso con las

instituciones y la democracia; destacan su experiencia para el desarrollo pleno eficiente y

eficaz, conocimientos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en el

ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como un

comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la

transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,

el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como

cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, además de su capacitación

permanente a través de cursos y seminarios.

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360    

Se consideró el criterio de edad y de experiencia en la confirmación planteada, al

contemplar a elementos con años de experiencia profesional y aquellos con menor tiempo

de actuación profesional, cuentan con conocimientos y actitudes para formar parte de este

órgano desconcentrado, fortaleciendo la pluralidad de su integración, y aprovechando la

experiencia de otros elementos para nutrir su propia actuación en el proceso electoral

vigente.

Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 25 Consejo Distrital con

sede en San Pedro Pochutla, se observó.

a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres

como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva

a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la

igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía

de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y

disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y

pública del país.

b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia

en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,

lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,

provienen de una diversidad de contextos locales.

c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de

expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de

contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas

y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre

asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene

cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la

dinámica regional y su participación en la vida democrática.

d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan

las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos

en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con

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361    

reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los

aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó

en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se

presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido

considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio

público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio

público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con

datos objetivos.

e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los

integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación

de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y

bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva

del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema

democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos

elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los

expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante

señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con

quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de

su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las

comunidades, instituciones y el servicio público.

f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los

conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia

electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos

que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las

elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación

integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la

incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo

del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y

conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.

g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.

h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como

referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder

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Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de

este dictamen.

Por todo lo anterior, los CC. García García Marcos, Cortes Castillo Belgica, Altamirano

Pacheco Michelle, Bustamante Hernandez María de los Ángeles, Cuevas Méndoza

Arisandi, Perez Velazquez Alfredo, Amador Castrejon Virgen, Luna Garcia Edilma, Pedro

Pérez Oscar Gabino y Ramírez Martínez Abdiel, son las personas idóneas para

desempeñar el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros

Electorales del Consejo Distrital 25, ya que además de haber acreditado

satisfactoriamente cada una de las etapas del proceso de designación, cuentan con una

sólida formación académica, amplia experiencia profesional, aunado a que son personas

que demostraron contar con las habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación,

trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como se evidencia y

sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las constancias que obran en sus

expedientes.

* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe

el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas

como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general

de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en

específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la

eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser

sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista

general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.

Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la

persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.

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363    

LISTA DE RESERVA

Ante las posibles eventualidades que pudieran tener lugar en cualquiera de los órganos

desconcentrados de este Instituto y que origine una vacante dentro de alguno de los

cargos establecidos en el presente dictamen, se estima necesario que aunado a la lista de

personas seleccionadas como Suplentes Generales, pueda darse el caso de que se

necesite de más ciudadanos o ciudadanas para conformar íntegramente un Consejo

Distrital y no pierdan validez sus actos.

En esos casos, una vez agotada la lista de prelación de cada Consejo Electoral, se

deberá optar por la selección de alguna ciudadana o ciudadano según sea el género del

lugar que deba ocuparse, de entre aquellas personas que a pesar de no estar referidas en

el presente dictamen, hubieren satisfecho puntualmente cada una de las etapas del

procedimiento de selección.

Es decir, cualquiera de las personas que hubieren cubierto a cabalidad todas las etapas

del proceso podrá ser nombrada en suplencia de un integrante del órgano descentrado.

Finalmente, dado que cada nombramiento recae en personas idóneas según el lugar que

ocupen dentro de un Consejo Distrital, cuando sea el caso, al realizar una sustitución o

bien para integrar una persona a alguno de los 25 Consejos, El Consejo General en el

acuerdo que llegue aprobar deberán observar los criterios de: a) paridad de género,

optando por una persona del mismo género del que estuviera vacante; b) pluralidad

cultural de la entidad, privilegiando a las personas que pudieran abonar con su perfil al

fortalecimiento de cada órgano desconcentrado en este criterio; c) participación

comunitaria o ciudadana, verificando que la persona tenga experiencia o demuestre

interés en fortalecer los lazos entre las instituciones y la ciudadanía; d) prestigio público y

profesional, observando que el perfil seleccionado sea de una persona estacada o

reconocida por su desempeño y conocimientos; e) compromiso democrático, analizando

que la persona este muestre responsabilidad con la función que se le llegue a

encomendar; f) conocimientos en la materia, privilegiando a los perfiles que hubieren

demostrado altos conocimientos a través de las evaluaciones practicadas; g) Objetividad

e imparcialidad, que por regla general están demostradas presuncionalmente, con el

objeto de obtener mayor certeza de que se conducirán con base en el estudio objetivo del

caso y la aplicación imparcial de la norma, sin permitir que su conducta o decisión sea

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364    

influida por factores externos o internos, que impliquen la inobservancia de esos

principios.

PARTICIPACIÓN DE PERSONAS MENORES DE 25 AÑOS.

El artículo 54, numeral I, fracción III, de la Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos

Electorales del Estado de Oaxaca, establece que el Consejero Presidente o Presidenta y

las y los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales y Municipales deberán tener

25 años de edad o más, al día de la designación.

Bajo esa lógica la convocatoria emitida por este Consejo General, fue expedida con los

requisitos del referido artículo 54. Sin embargo para garantizar la participación de todas y

todos los interesados, fueron recibidas las solicitudes de aquellas personas sin exclusión

por razón de su edad.

Incluso, el 26 de octubre del presente año el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca

aprobó sentencia en el juicio ciudadano con clave JDC/119/2017, a favor de la ciudadana

Perla Margarita Carreño Guadalupe, en la cual se inaplicó en el caso concreto el artículo

54, numeral 1, fracción III, y se ordenó al Consejo General de este Instituto se procediera

a registrar a la referida ciudadana como aspirante, siempre que cumpliera con el resto de

requisitos legales.

Bajo esa lógica durante el proceso de selección, y en cada una de las etapas

programadas conforme a los plazos de la convocatoria, le fue permitida su participación

en las mismas condiciones que el resto de aspirantes.

Incluso, es de resaltar que en entre las personas seleccionas para ocupar algún cargo se

encuentran ciudadanos y ciudadanas que por la suma de sus experiencias, conocimiento

así como las habilidades demostradas, fueron nominadas para integrar alguno de los

Consejos Distritales Electorales, pues como se razonó en cada caso particular y como

consta en las conclusiones para la conformación colegiada de los 25 Distritos, sus perfiles

resultaron idóneos para ser nombrados integrantes de un órgano colegiado.

Dichas personas son las siguientes:

No.

DISTRITO / CABECERA DISTRITAL

CARGO

NOMBRE

FECHA DE

NACIMIENTO

EDAD

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1 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA

BUSTAMANTE HERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES

29/sep/1995 22

2 08 H. CD. DE TLAXIACO

CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE

SANCHEZ PEREZ ARCELIA

25/ago/1994 23

3 25 SAN PEDRO POCHUTLA

CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE

AMADOR CASTREJON VIRGEN

1/ago/1993 24

4 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO

CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO

REYES LOPEZ ELFEGO OSWALDO

21/may/1993 24

5 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ

CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE

MARTINEZ HERNANDEZ ANGELICA MARIA

15/abr/1993 24

Lo anterior fue sostenido en beneficio de las personas menores de edad, pues a pesar de

no contar con los 25 años cumplidos como lo establece la ley de la materia, este órgano

colegiado pondera en su beneficio la interpretación que les resulta más favorable a la luz

de la obligación que impone el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, por el cual todas las autoridades del Estado están sujetas a realizar un juicio

de valor pro persona, es decir, a la luz de los principios de la Constitución así como de los

tratados internaciones a permitir que todas las ciudadanas y ciudadanos del país gocen

en plenitud del ejercicio de sus derechos, dentro de los cuales se encuentra el derecho de

acceder a cargos públicos sin distinción alguna.

Además de que sus perfiles nutren significativamente a la integración plural de cada

órgano descentrado, y que en suma con el resto de integrantes de cada Consejo Distrital

generan cohesión para el desempeño de sus funciones.

Para ello, se tiene como base constitucional el artículo 34 de la Constitución Federal

concede el derecho a la ciudadanía de poder ser nombrado para cualquier empleo o

comisión del servicio público, teniendo las cualidades que establezca la ley.

Así mismo, se funda la inclusión de los perfiles anotados, con base en el artículo 23,

apartado 1, inciso c) de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establece:

1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y

oportunidades:

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366    

c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones

públicas de su país.

En el mismo tenor, los artículos 3, 25 y 26 de Pacto Internacional de Derechos Civiles y

Políticos, establecen que los Estados partes del Pacto, están comprometidos a garantizar

a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos, por

lo que todos los ciudadanos y ciudadanas gozarán, sin ninguna distinción y sin

restricciones indebidas, de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las

funciones públicas de su país.

Por ello, para este Instituto se considera que las restricciones legales deben ser

proporcionales, idóneas y necesarias para justificar la negativa de participación pública, lo

que en el caso no ocurre, puesto que las personas referidas a pesar de no contar con los

25 años de edad a la fecha de su designación como integrantes de un Consejo Distrital,

ello no es un obstáculo que pueda ser superado en su beneficio para garantizar en mayor

medida sus derechos civiles y políticos.

Es decir, se privilegió que todas las personas pudieran participar en las etapas del

proceso de selección y que fuera en la integración de propuestas definitivas cuando se

valorara su idoneidad al cargo propuesto, sin que fuera un obstáculo la restricción por su

edad, pues como puede advertirse en las conclusiones de cada Consejo Distrital cuentan

con las aptitudes, conocimientos, experiencias y destrezas para nutrir significantemente a

los órganos desconcentrados.

Además de que como fue razonado por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en la

sentencia del juicio JDC/119/2017, el requisito de la edad mínima es “desproporcionado e

irracional”, haciendo alusión a que tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como

la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación han compartido

el criterio de que la reglamentación de los derechos políticos deben respetar los principios

de legalidad, necesidad y proporcionalidad en una sociedad democrática y que las

restricciones deben satisfacer una necesidad social imperiosa orientada a satisfacer un

interés público imperativo, lo que en el caso no ocurriría al limitar la participación por

razón de su edad.

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367    

CONCLUSIONES FINALES

En cada una de las etapas del proceso de selección se atendieron los principios de

objetividad e imparcialidad y sin discriminación motivada por origen étnico, género,

condición social, orientación religiosa, preferencias sexuales, estado civil o cualesquier

otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los

derechos y libertades de las personas. Asimismo, se tomaron en cuenta los criterios de

equidad de género y una composición multidisciplinaria y cuando la integración lo

permitiera se consideró una composición multicultural.

Así, se procedió en primer término a la valoración de la idoneidad de las personas

aspirantes de manera individual como lo demuestran los resultados obtenidos en cada

una de las etaás, evaluaciones y examen analizados y, posteriormente, se realizó un

análisis en conjunto, atendiendo a la suma de sus perfiles, desde una visión colectiva y

pertinente a las necesidades de los consejos distritales, por lo que se determinó a las

personas que deben ser designadas como Consejera o Consejero Presidente, Consejeras

y Consejeros Electorales propietarios y los cuatro consejeros o consejeras suplentes, así

como a las Secretarias o Secretarios de los Consejos Distritales Electores.

Por otra parte, la determinación de las y los aspirantes propuestos para su designación,

es resultado de un procedimiento en el que se verificó con oportunidad el cumplimiento de

los requisitos legales, la aprobación de un examen de conocimientos en materia electoral,

la valoración curricular y el desempeño y aptitudes demostradas en las entrevistas, así

como la verificación de que cuentan con un perfil apto para desempeñar el cargo

respectivo.

El procedimiento que toma la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y

Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, es incluyente, porque participaron en

igualdad de condiciones tanto mujeres como hombres, para procurar la paridad de

género; también, se revisó si alguna de las personas aspirantes provenía de una

comunidad indígena o es hablante de alguna lengua de las regiones, para incluir la

perspectiva multicultural en la integración.

Igualmente, se sostiene que el procedimiento de designación fue transparente porque los

resultados de cada etapa se difundieron ampliamente en la página de internet del Instituto

Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

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368    

Resaltando que, los ciudadanos y ciudadanas aspirantes que participaron en la etapa de

aplicación de un examen general de conocimientos, valoración curricular y entrevista,

cuentan con características y atributos muy particulares que, en principio, podrían generar

la convicción de que resultan aptos para ser designados como integrantes de los consejos

distritales electorales, salvo casos excepcionales.

Ello, partiendo de que en relación con las y los aspirantes que llegaron a la etapa de

valoración curricular y entrevista, se advirtió que algunos cuentan con estudios a nivel

licenciatura en diversas disciplinas. Lo que evidencia que, algunas y algunos aspirantes

gozan de una formación profesional. Así mismo, cuentan con conocimientos en materia

electoral, lo que se constató con el resultado que obtuvieron en el examen de

conocimientos en materia electoral y de la valoración curricular.

Es conveniente precisar que los resultados obtenidos en el examen de conocimientos

generales en materia electoral, no convierten a los aspirantes en idóneos al cargo; es

decir, que el hecho de que algún aspirante obtuviera las mejores calificaciones en el

examen, de ninguna manera constituye requisito suficiente para que la sola calificación

bastara y de forma automática fuera designado, en tanto que dichos resultados

únicamente garantizaron los conocimientos en la materia, mismos que se sumaron a la

evaluación de otros criterios ya explicados.

Por lo que, si bien es evidente que las y los aspirantes que avanzaron en cada una de las

etapas, conformaron un conjunto de personas que, en principio, todas ellas pudieran

considerarse aptas para ser designadas como integrantes; lo cierto es que, ante el cúmulo

de aspirantes mujeres y hombres que pueden calificarse como aptos, fue necesario

determinar cuáles resultaron las y los más idóneos para ser designados.

Esto debido a que, en cada Distrito Electoral, solamente es factible designar a diez

personas, ya que la conformación legal de los mismos establece la designación de una

Consejera o Consejero Presidente y cuatro Consejeras o Consejeros Electorales

Propietarios e igual número de suplentes así como una Secretaria o Secretario del

Consejo.

Lo anterior es así, ya que ante la circunstancia de que varias personas pretenden ocupar

un mismo cargo, lógicamente no podría sostenerse que, a pesar de que todas y todos los

aspirantes tienen un perfil apto, materialmente todas y todos deban ser designados para

ocupar un mismo cargo.

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369    

En efecto, en el caso, aun cuando de la revisión de sus perfiles se obtuvo que todas y

todos los aspirantes cuenten con determinadas cualidades y habilidades, lo cierto es que

es necesario seleccionar solamente a diez personas por Consejo.

Así pues, la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el

Instituto Nacional Electoral, de conformidad con lo establecido en los artículos 9, 22 y 23

del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral y el artículo 7 del

Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los

Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, procedió al estudio de

los expedientes de las y los ciudadanos a los que se les habrá de conferir la tarea de

contribuir a la expresión ciudadana del Instituto Estatal Electoral y de Participación

Ciudadana de Oaxaca, como lo es, el participar en la toma de decisiones, que implica una

obligación y compromiso asumido por este órgano administrativo electoral para lograr que

en el Estado de Oaxaca tengamos elecciones auténticas, libres y legítimas.

Ante tales circunstancias, esta Comisión de Organización y Capacitación Electoral y

Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, pondera los criterios establecidos,

conforme a lo siguiente:

a) Paridad de Género

Como podrá observarse, de la propuesta de integración de los 25 Consejos Distritales, 13

de ellos son encabezados por una persona del sexo masculino, en tanto que 12 de ellos

son encabezados por personas del sexo femenino, cumpliéndose así con el principio de

paridad de género en su vertiente horizontal. De igual manera es de destacarse que en la

integración total de los 25 organismos desconcentrados existen 131 personas del sexo

masculino y 119 personas del sexo femenino.

Para los efectos del criterio de Paridad de Género, se privilegió asegurar la participación

igualitaria de mujeres y hombres como parte de una estrategia integral orientada

garantizar la igualdad sustantiva a través del establecimiento de las mismas condiciones,

trato y oportunidades para el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía de los derechos

humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y disminuir las brechas de

desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y pública del país.

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En mérito de lo expuesto, la perspectiva de género se utilizó como herramienta para

asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres como parte de una estrategia

integral orientada a garantizar la igualdad sustantiva a través del establecimiento de las

mismas condiciones, trato y oportunidades para el reconocimiento, goce, ejercicio y

garantía de los derechos humanos.

En este sentido, la paridad de género como criterio de valoración para la conformación de

los Consejos Distritales Electorales permitió eliminar prácticas discriminatorias y disminuir

las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y pública del

estado. Ello, reconociendo que implementar acciones que favorezcan la participación de

mujeres y hombres en condiciones de igualdad, tanto en la gestión de funciones públicas,

como en la toma de decisiones fundamentales, resulta indispensable para el ejercicio

pleno de la ciudadanía y el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo.

Lo anterior, acorde a una política institucional construida desde una perspectiva de género

y de derechos humanos en cumplimiento a lo establecido en el artículo primero

constitucional; las obligaciones contraídas por el Estado Mexicano, primordialmente, a

través de la suscripción de diversos tratados internacionales.

b) Pluralidad Cultural de la Entidad

Para los efectos del criterio de pluralidad cultural de la entidad, se entenderá como el

reconocimiento de la convivencia e interacción de distintas expresiones culturales y

sociales en una misma entidad. Con base en lo anterior se debe tomar en consideración

que en México tenemos un marco jurídico que sustenta el reconocimiento, valoración y

promoción de la pluralidad o diversidad cultural y esto se encuentra considerado como un

activo importante de la humanidad; cada persona tiene derecho a que su cultura sea

respetada tanto por otras personas, como por las autoridades.

Lo diverso o plural se define en relación consigo mismo y en relación con los otros, con

los diferentes. En este sentido, todos los pueblos indígenas y comunidades de México son

diversos y esa diversidad es la que constituye la fuente de riqueza y pluralidad cultural

esencial de la humanidad.

De ahí que, la incorporación de la pluralidad cultural de la entidad como criterio de

valoración para la conformación de los Consejos Distritales Electorales sea indispensable

para dar cumplimiento a los principios de igualdad y no discriminación, así como el

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respeto y reconocimiento a la pluralidad cultural consagrados en los artículos primero y

segundo Constitucional.

Desde esta perspectiva, la inclusión de la pluralidad cultural de la entidad como criterio de

valoración para la conformación de los Consejos Distritales, parte del reconocimiento de

la necesidad de incorporar la cultura como un elemento estratégico indispensable para

garantizar que la gestión de lo público y la toma de decisiones fundamentales favorezca el

ejercicio pleno de la ciudadanía, el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo.

Este criterio debe entenderse de manera global, es decir, además de la pertenencia a un

grupo indígena, también sus vínculos con las distintas expresiones culturales y sociales

de la entidad.

c) Participación Comunitaria o Ciudadana

Por lo que respecta al criterio de participación comunitaria o ciudadana, se entiende como

las diversas formas de expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una

diversidad de contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas

organizativas y operativas que inciden en la gestión y/o intervienen en la toma de

decisiones sobre asuntos de interés público.

Estas pretenden impulsar, a través de la actuación individual u organizada de las y los

ciudadanos, el desarrollo social y la democracia participativa, a través de la identificación

de intereses comunes que requieren de una acción conjunta en la que se despliegan por

un lado las acciones de gobierno y por el otro las iniciativas de la sociedad.

Considerada como la expresión del interés y compromiso por ser parte activa de la vida

comunitaria, pondera el grado de involucramiento y participación de las y los aspirantes

en procesos de toma de decisiones o de participación en sus contextos locales, tales

como centros de trabajo, escuelas o comunidades; destacando que su interés en

aprovechar espacios y oportunidades de desarrollo personal y comunitario, los hacen

perfiles mayormente aptos para afrontar el desafío que supone un proceso electoral.

d) Prestigio Público y Profesional

Para los efectos del criterio de prestigio público y profesional, se entenderá como aquel

con que cuentan las personas que destacan y/o son reconocidas por su desempeño y

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372    

conocimientos en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción

por ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,

entidad o comunidad.

Así entonces, para efectos de la valoración de este criterio se contempló a las ciudadanas

y ciudadanos cuya experiencia e integridad permitirán presumir que mantendrán su

convicción ética y comprometida en cualquier espacio, de manera clara y pública. Esta

forma de proceder favorece la confianza en su actuar.

En consideración a lo anterior, se realizó la propuesta de las y los Presidentes, las y los

Secretarios, y las y los Consejeros Distritales Electorales propietarios y suplentes, con la

determinación de que deben actuar y distinguirse por su certeza, legalidad, independencia

imparcialidad y objetividad, y con ello salvaguardar los derechos e intereses legítimos de

las y los ciudadanos, a efecto de privilegiar los intereses colectivos que tienen como

finalidad el bien común, fundado en principios y obligaciones universales que deben servir

de guía para la reflexión, la comprensión moral y la actuación pública.

e) Compromiso Democrático

Para los efectos del criterio de compromiso democrático, se ponderó la participación

activa en la reflexión, diseño, construcción, desarrollo e implementación de procesos y/o

actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y bienestar común del

país, la región, entidad o comunidad desde una perspectiva del ejercicio consiente y pleno

de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, bajo

los principios que rigen el sistema democrático, es decir igualdad, la libertad, el pluralismo

y la tolerancia.

En virtud de lo anterior, y como consta en los expedientes de las ciudadanas y

ciudadanos designados, su trayectoria profesional y experiencia en materia político-

electoral, ilustran que han participado en procesos electorales locales y/o federales, en su

caso, demostrando un alto compromiso con la sociedad. Por lo que se consideran que

han participado activamente en la reflexión, diseño, construcción, desarrollo e

implementación de procesos y/o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida

pública y bienestar común de la entidad desde una perspectiva del ejercicio consciente y

pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,

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bajo los principios que rigen el sistema democrático, es decir la igualdad, la libertad, el

pluralismo y la tolerancia.

f) Conocimiento de la Materia Electoral

Por lo que respecta al criterio de conocimiento de la materia electoral, deben converger,

además del manejo de las disposiciones constitucionales y legales un conjunto de

disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos que puedan enfocarse directa o

indirectamente a la actividad de organizar las elecciones, tanto en las competencias

individuales como para la conformación integral de cualquier órgano colegiado.

g) Idoneidad

Por este criterio se permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las

actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia, de tal manera que no

solo se ponderan los conocimientos académicos sino que se otorga puntaje a la

experiencia y a la participación previa en procesos electorales o esquemas de

participación ciudadana análogos.

h) Objetividad e imparcialidad

Para la consideración de este criterio, se tomó como referencia lo señalado en la

Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyo

rubro y texto señalan:

CONSEJEROS ELECTORALES. PARA SU DESIGNACIÓN DEBEN OBSERVARSE LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA, OBJETIVIDAD E IMPARCIALIDAD (LEGISLACIÓN

DE TAMAULIPAS Y SIMILARES).- De la interpretación sistemática y funcional de los

artículos 41, y 116, fracción IV, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 20, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 77 y 81

del código electoral local, se advierte que la función de las autoridades electorales se rige

por los principios de independencia, objetividad e imparcialidad; de ahí que las

designaciones de quienes las integren deben recaer en ciudadanos que, bajo las reglas

generales de la prueba, demuestren, aun presuncionalmente, que cumplen tales

cualidades, con el objeto de obtener mayor certeza de que se conducirán con base en el

estudio objetivo del caso y la aplicación imparcial de la norma, sin permitir que su conducta

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o decisión sea influida por factores externos o internos, que impliquen la inobservancia de

esos principios.

Cuarta Época:

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-25/2007.—Actor: Partido Acción

Nacional.—Autoridad responsable: Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del

Estado de Tamaulipas.—28 de marzo de 2007.—Mayoría de cinco votos.—Ponente: Pedro

Esteban Penagos López.—Disidente: Manuel González Oropeza.—Secretarios: Ernesto

Camacho Ochoa, Sergio Arturo Guerrero Olvera, Eduardo Hernández Sánchez y Claudia

Pastor Badilla.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-18/2008 y acumulado.—Actores:

Partido del Trabajo y otro.—Autoridad responsable: Congreso del Estado de Durango.—16

de abril de 2008.—Mayoría de cinco votos.—Ponente: Salvador Olimpo Nava Gomar.—

Disidentes: Flavio Galván Rivera y Manuel González Oropeza.—Secretario: Carlos Vargas

Baca.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-

1/2010.—Actor: Jorge Luis Benito Guerrero.—Autoridad responsable: Dirección de

Organización Electoral de la Dirección General del Instituto Electoral del Estado de

Puebla.—17 de febrero de 2010.—Mayoría de cinco votos.—Ponente: María de Carmen

Alanis Figueroa.—Disidentes: Flavio Galván Rivera y Manuel González Oropeza.—

Secretario: Carlos Vargas Baca.

En mérito de lo expuesto, las ciudadanas y ciudadanos designados, cumplen a cabalidad

con el conocimiento en la materia electoral, ya que este requisito, no solo se refiere a

haber desempeñado funciones de índole electoral en el pasado, sino se refiere a acreditar

en mayor o menor medida la realización de actividades relacionadas con la obtención de

algún grado o condición que le otorgue experiencia.

Desde luego, lo anterior implica que no existe una obligación por parte del Consejo

General de hacer un ejercicio de ponderación de candidatos con la finalidad de escoger al

de mayor perfil o al de mayor experiencia, si no que se establece el imperativo de revisar

el cumplimiento de los requisitos legales exigibles para ocupar los cargos.

De las documentales aportadas por las ciudadanas y ciudadanos designados, se

desprende el ejercicio diversas disciplinas y funciones con una clara vinculación a la

materia electoral, así como el ejercicio profesional y continuo de distintas experiencias y

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actividades tanto en lo que respecta a la experiencia en materia electoral como en la

docente o profesional, por lo que se trata de personas que destacan y/o son reconocidas

por su desempeño y conocimientos en materia político-electoral, dada su convicción por

ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio del Estado de Oaxaca.

Una vez realizado lo anterior, el Consejo General considera que las y los ciudadanos

seleccionador resultan idóneos, ya que además de haber acreditado cada una de las

etapas del proceso de designación, cuentan con demostrable formación académica y

experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las

habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,

profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen

Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.

Finalmente, por analogía tal como lo ha señalado la Sala Superior del Tribunal Electoral

del Poder Judicial de la Federación al resolver el juicio ciudadano SUP-JDC-2501/2014 y

acumulados, si bien es cierto que la Comisión de Vinculación con Organismos Electorales

Locales del Instituto Nacional Electoral cuenta con cierta discrecionalidad a efecto de

determinar a partir de la evaluación de los currículos de los aspirantes, quiénes accederán

a la siguiente etapa, dicha discrecionalidad no es absoluta, ni arbitraria, pues se acota a

partir de los controles establecidos previamente.

Es decir, de conformidad con el principio de legalidad electoral, todos los   actos y

resoluciones electorales se deben sujetar invariablemente a lo previsto en la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las disposiciones legales aplicables. Por

ello, los actos y las resoluciones de la materia deben cumplir con las exigencias

constitucionales de fundamentación y motivación, como se ha desarrollado en el cuerpo

del presente Dictamen.

En el mismo sentido, la Jurisprudencia 62/2002, aprobada por el Tribunal Electoral del

Poder Judicial de la Federación, cuyo rubro es PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

SANCIONADOR ELECTORAL. DEBE REALIZARSE CONFORME A LOS CRITERIOS

DE IDONEIDAD, NECESIDAD Y PROPORCIONALIDAD, especifica que las disposiciones

contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, están encaminadas a salvaguardar a los gobernados de los actos arbitrarios

de cualquier autoridad, y pone de relieve el principio de prohibición de excesos o abusos

en el ejercicio de facultades discrecionales

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376    

En el caso concreto del presente Dictamen Integral, para hablar de idoneidad debe darse

la concurrencia de elementos o circunstancias que acrediten que determinadas personas

son aptas para conseguir un fin pretendido, teniendo ciertas probabilidades de eficacia en

el desempeño del cargo, bajo este criterio, la valoración se debe limitar a lo objetivamente

necesario.

En consecuencia, las personas que se proponen para ser designadas como integrantes

de un Consejo Distrital Electoral, son el resultado del procedimiento antes especificado,

en el que se verificó el cumplimiento de los requisitos legales.

Sirve para lo anterior, el hecho de que fueron seleccionadas 119 mujeres de los 250

aspirantes propuestos en los siguientes términos:

Cargo Hombres Mujeres

Presidencias 13 12

Secretarías 12 13

Propietarios(as) 50 50

Suplentes(as) 56 44

Así mismo, para la conformación atendiendo al principio de multiculturalidad se tomaron

en cuenta que 54 de los seleccionados manifestaron hablar una lengua indígena, en una

composición de 1 hablante de amuzgo, 2 de chatino, 4 de chinanteco, 1 de chontal, 6

hablantes de mazateco, 4 hablantes de lengua mixe, 1 hablante de lengua mixe de la

región del mixe bajo, 6 hablantes de lengua mixteca, 1 hablante de mixteco de la región

alta, 1 hablante de triqui, 1 hablante de triqui de la zona alta, 19 hablantes de zapoteco, 1

hablante de zapoteco en la variante del Istmo, 1 hablante de zapoteco en la variante

dialectal del Sur, 1 hablante de zapoteco en la variante de Petapa y 3 hablantes de otras

lenguas indígenas que no fueron especificadas.

En lo que hace a la conformación generacional se estima una composición conformada

por 64 personas en un rango de edad de 20 a 30 años, 107 personas designadas que se

encuentran en un rango de edad de 31 a 40 años, 47 personas en un rango de 41 a 50

años, 22 personas en un rango de edad de 51 a 60 años, y 10 personas mayores a 61

años, lo que hace una integración total de 250 personas designadas como integrantes de

los 25 Consejos Distritales Electorales.

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377    

ATENCIÓN A LAS OBSERVACIONES EXTRAORDINARIAS PRESENTADAS POR EL

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

En términos de lo establecido por la base SÉTIMA. ETAPA 4) de la Convocatoria para la

integración de los Consejos Distritales Electorales y en cumplimiento del proceso descrito

en el Reglamento para la Designación, Sustitución y Remoción de las y los integrantes de

los Consejos Distritales y Municipales Electorales, designados por el Consejo General del

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca; del 11 al 13 de

noviembre se verificó el plazo para realizar las observaciones y comentarios que

consideren convenientes respecto de cada uno de las y los aspirantes, mismos que

deberían acompañarse de los elementos objetivos que sustenten o corroboren sus

afirmaciones. En este período, se recibió la observación descrita en el apartado de

Observaciones de los Partidos Políticos, el cual forma parte del cuerpo de este dictamen;

el plazo referido, además fue notificado a través de oficios emitido por la Secretaría

Ejecutiva, y dirigidos a cada una de las representaciones de los partidos políticos

acreditados ante este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Habiéndose agotado el plazo para la presentación de Observaciones de los Partidos

Políticos, el 22 de noviembre 2017, se recibió el escrito sin número, por el que el

Representante Propietario del Partido Verde Ecologista de México, acreditado ante el

Consejo General del Instituto, licenciado Reynaldo Reyes Martínez, presenta al

Presidente del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación

Ciudadana de Oaxaca, un listado de observaciones relativas a las y los aspirantes

seleccionados, cuyos nombres y conclusiones de designación formaron parte del

Dictamen que contiene las propuestas definitivas formuladas por la Comisión de

Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el INE, para la integración de los

25 Consejos Distritales, que fungirán en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.

El documento de observaciones, recibido de forma extemporánea a la etapa de

Observaciones de los Partidos Políticos, señala que “una vez revisado el proyecto de

acuerdo se procede a notificar las observaciones relativas a las y los aspirantes

seleccionados, en base al no cumplimiento de certeza, legalidad, objetividad e

imparcialidad en la selección por parte de la comisión de selección de los consejeros

distritales”.

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Enseguida, se presenta el contenido del escrito de observaciones presentado por la

representación del Partido Verde Ecologista de México en el escrito de referencia.

OBSERVACIONES EXTRAORDINARIAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

FECHA PARTIDO POLÍTICO

QUE PRESENTA LAS OBSERVACIONES

EXTRAORDINARIAS

TRANSCRIPCIÓN DE LAS OBSERVACIÓNES PRESENTADAS

22 de noviembre de

2017

Partido Verde

Ecologista de México

1. La selección de los aspirantes a consejeros en los distritos 06, 14, 16, 21, 23 y 24, respectivamente presentan las siguientes anomalías:

a) No fueron consideradas las calificacioneos para calificar de APTO / NO APTO a los aspirantes a ocupar los cargos de consejeros distritales.

b) Se presume “preferencia” por algunos participantes por el cargo citado anteriormente ya que aun con bajas calificaciones fueron nombrados y sin embargo otros con bajas calificaciones no fueron nombrados.

c) No existen criterios definidos de por qué se seleccionaron a ciertos ciudadanos que están en igualdad de calificaciones con otros que no fueron seleccionados y además no de FUNDA ni MOTIVA en cada distrito tal circunstancia por lo que se presume opacidad durante el proceso.

d) Existe una observación emitida por los consejeros GUSTAVO MIGUEL MEIXUEIRO NAJERA Y CARMELITA SIBAJA OCHOA, en donde SE SUGIERE REVISAR EL DESEMPEÑO EN EL PROCESO ELECTORAL ANTERIOR de la C. HERNANDEZ VASQUEZ REBECA y se solicita a los mismos emitan una aclaración a la sugerencia de la que hacen mención. Sin embargo, en tal expediente no hay evidencia de la información solicitada por los propios consejeros.

e) Se solicitó un informe completo de la lista con calificaciones de cada distrito, así como la lista de resultados de evaluación integral y hasta esta fecha aún no se me hace entrega, incumpliendo con esto la claridad del proceso y solo se muestra una gran opacidad del mismo proceso.

f) Se realizaron observaciones y se solicita un informe completo de como fue el proceso de selección final, toda vez que existe un opaco criterio para la selección final, incurriendo con esto el artículo 36 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Se solicita mediante oficio y con las pruebas o evidencias documentales, el motivo de la selección como consejeros electorales de las personas que no cuentan con la calificación necesaria para ocupar dicho cargo, toda vez que existen otras que cumplen con los requisitos para ocupar el mismo y no fueron incluidos en las listas finales, de acuerdo al siguiente listado:

 

Enseguida,   se   insertan   las   tablas   que   conforman   el   listado   mencionado,   y   que   aparecen  

exactamente  como  fueron  presentadas  en  el  escrito  de  referencia:  

 

DISTRITO  06  

Heroica  Ciudad  de  Huajuapan  de  León  

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ASPIRANTE   CALIF.   EXP.  ELECT.   SELECCIONADO   CALIF   EXP.  ELECT.  

CON   SIN   CON   SIN  

CESAR  FIGUEROA  MENDOZA   80.5   O     GONZALEZ  RAMIREZ  GERARDO   70     O  

PEREZ  FONSECA  ERIK   75.5   O     SAN  JUAN  OSORIO  SARAÍ  

CON  2  HOJAS  DE  CÉDULA  DE  VALORACIÓN  

1.-­‐  GARCIA  LOPEZ  ANGEL  FERMIN  

2.-­‐  JACINTO  HERNANDEZ  FRANCISCO  ASEL  

68.5     O  

 

DISTRITO  14  

Oaxaca  de  Juárez  

ASPIRANTE   CALIF.   EXP.  ELECT.   SELECCIONADO   CALIF   EXP.  ELECT.  

CON   SIN   CON   SIN  

MENDEZ  DE  LOS  SANTOS  RAUL   85   O     GONZALEZ  ZARATE  ANTONIO   69   O    

CASAS  REYES  HUGO  ERNESTO   91   O       68.5     O  

RAMOS  BOHORQUEZ  JUAN  JOSE   84.4   O       68.5     O  

BAUTISTA  RAMOS  ALMA  DEYSI   85   O       68.5     O  

 

DISTRITO  16  

Zimatlán  de  Álvarez  

ASPIRANTE   CALIF.   EXP.  ELECT.   SELECCIONADO   CALIF   EXP.  ELECT.  

CON   SIN   CON   SIN  

MIGUEL  HERNANDEZ  LUCIO   90   O     GARCIA  MORALES  ROCIO   79.5   O    

        OJEDA  ZARMIENTO  EUFROCINA  

71.5   O    

 

DISTRITO  21  

Ejutla  de  Crespo    

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ASPIRANTE   CALIF.   EXP.  ELECT.   SELECCIONADO   CALIF   EXP.  ELECT.  

CON   SIN   CON   SIN  

        HERNANDEZ  VASQUEZ  REBECA  

OBSERVACIÓN  LOS  CONSEJEROS  GUSTAVO  MEIXUEIRO  Y  CARMELITA  SIBAJA,  SUGIEREN  REVISAR  SU  DESEMPEÑO  EN  EL  PROCESO  ELECTORAL  ANTERIOR.  

92.6   O    

 

DISTRITO  23  

San  Pedro  Mixtepec    

ASPIRANTE   CALIF.   EXP.  ELECT.   SELECCIONADO   CALIF   EXP.  ELECT.  

CON   SIN   CON   SIN  

CRUZ  CHACON  CESAR  PABLO   95   O            

 

DISTRITO  24  

Miahuatlán  de  Porfirio  Díaz    

ASPIRANTE   CALIF.   EXP.  ELECT.   SELECCIONADO   CALIF   EXP.  ELECT.  

CON   SIN   CON   SIN  

CANSECO  CERVANTES  GABRIEL  JESUS  

88.5   O     ARAGON  MARTINEZ  OSWALDO   76.5   O    

        GONZALEZ  ORTIZ  LEONCIO  JAVIER  

71   O    

 

Durante la sesión extraordinaria urgente de fecha 22 de noviembre de 2017; fue

aprobado, entre otros asuntos, el engrose del presente dictamen con la inclusión del

punto que se describe, a lo que resulta pertinente, aportar algunos elementos que aportan

mayores elementos de referencia, a las observaciones presentadas, los cuales se

presentan a continuación:

Como fue referido en los apartados 2) y 3) de este dictamen, relativos a la Revisión

Documental y Conformación de Expedientes, así como a la Entrevista, cada etapa de las

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señaladas en estos apartados, representó un porcentaje del total de la evaluación, como

se desglosa en la tabla siguiente:

Fase de Evaluación Porcentaje Máximo de

Evaluación

Examen de conocimientos 50%

Valoración curricular 15%

Entrevista 35%

Calificación Global 100%

Por lo que, las calificaciones obtenidas en el examen de conocimientos, no representan la

totalidad de la evaluación general de cada aspirante, ya que esta se conforma de la suma

de porcentajes obtenidos en cada etapa de la evaluación global.

Asimismo, el elemento de experiencia no es determinante, ya que conforma un criterio de

los que se tomaron en consideración en la fase de valoración curricular, como ya fue

desglosado, y representa hasta el 6% de la calificación global.

Mientras que la etapa de entrevista, en la cual los aspirantes pudieron alcanzar puntajes

promedio de hasta el 35% de la evaluación general, tomó en consideración elementos

diferentes a los acreditados mediante el examen de conocimientos y la valoración

curricular, enfocándose en la valoración de cada aspirante en torno al apego demostrado

a los principios rectores, y su idoneidad en el cargo, basada en la apreciación de aptitudes

en liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad.

Asimismo, destaca que como fue señalado en la base SÉPTIMA de la Convocatoria, y

con apego al artículo 15 del Reglamento para la Designación, Sustitución y Remoción de

las y los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales Electorales, designados por

el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca;

las observaciones de las listas propuestas, cuya presentación pudieran considerar

convenientes los representantes de los partidos políticos, deberán acompañarse de

elementos objetivos que sustenten o corroboren sus afirmaciones, por lo que la

presunción de preferencia, no constituye un elemento de tal naturaleza.

Mientras que en ejercicio de la transparencia institucional y apego al principio de Máxima

Publicidad que rige el actuar de las autoridades electorales, han sido publicadas las listas

de resultados de cada una de las etapas del proceso de evaluación y selección, en el

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apartado denominado Integración de los Consejos Distritales y Municipales Electorales,

localizado en la página web www.ieepco.org.mx, para su consulta pública y permanente.

Al tiempo que se ha garantizado la protección más amplia de los derechos humanos de

cada aspirante.

En lo que concierne a los criterios de selección de las y los aspirantes, éstos se plantean

en las conclusiones para la conformación colegiada de cada distrito, destacando las

principales habilidades y aptitudes de los integrantes, así como la valoración conjunta de

la integración de cada Consejo Distrital, de esta manera se expusieron con claridad, cada

uno de estos elementos, como son: la paridad de género, procurando acciones

afirmativas en favor de las mujeres, como una medida de carácter temporal tendiente a

reducir las desigualdades y procurar un acceso igual a las oportunidades para ambos

géneros; asimismo, se consideró el criterio de pluralidad cultural de la entidad, motivada

en el reconocimiento de la convivencia en interacción de distintas expresiones culturales,

el dominio de una lengua indígena, el conocimiento de las prácticas locales comunitarias,

además de la comprensión del entorno social, geográfico y económico de las regiones;

también se tomó en cuenta el criterio de participación comunitaria o ciudadana, a través

de las diversas formas de expresión social, iniciativas y prácticas de que dieron muestra

los aspirantes, procurando una diversidad de enfoques complementaria para dar

cumplimiento a las funciones del órgano electoral; en lo concerniente al criterio de

prestigio público y profesional, el dictamen fue reiterativo en expresar la buena fe

institucional, así como la presunción iuris tantum de que cada aspirante es poseedor de

tal prestigio público y profesional, y que en caso de que alguien pudiera oponerse a esta

presunción, tendría la obligación de probarlo con elementos objetivos.

Otro de los criterios considerados fue el compromiso democrático de cada aspirante,

evaluado principalmente, en sus exposiciones escritas y entrevistas realizadas, donde

dieron muestra de su grado de participación en el diseño, la construcción, desarrollo e

implementación de procesos o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida

pública y el bienestar común de sus entornos. Por lo que respecta al criterio de

conocimiento de la materia electoral, este dictamen tomó en consideración los elementos

documentales y testimoniales de experiencia en procesos electorales previos, la

realización de plebiscitos, consultas, colaboración en instituciones electorales, áreas de

registro de electores y todo tipo de actividades relacionadas con el ámbito electoral, ya

que estas experiencias han permitido a los aspirantes, desarrollar un conjunto de

habilidades, procedimientos, experiencias y conocimientos aplicables al proceso electoral

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vigente; mientras tanto, el criterio de Idoneidad, permitió priorizar los perfiles más aptos

para el desarrollo de las actividades, considerando una combinación de sus evaluaciones

parciales y la evaluación total, con sus aptitudes, conocimientos, experiencia, género y

los criterios anteriormente descritos. Finalmente, el criterio de objetividad e imparcialidad,

observado en las propuestas de ciudadanas y ciudadanos que integrarán los 25 Consejos

Distritales, tomó como referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal

Electoral del Poder Judicial de la Federación, en alusión a que las ciudadanas y

ciudadanos propuestos en el listado definitivo que se integra en el dictamen, se

conducirán con base en el estudio objetivo del caso y la aplicación imparcial de la norma,

sin permitir que su conducta o decisión sea influida por factores externos o internos.

En complemento a lo anteriormente referido, es pertinente señalar que tomando como

criterio orientador la Tesis LXXVI/2001. “ELEGIBILIDAD. CUANDO SE TRATA DE

REQUISITOS DE CARÁCTER NEGATIVO, LA CARGA DE LA PRUEBA

CORRESPONDE A QUIEN AFIRME NO SE SATISFACEN”; la carga probatoria de

aquellos elementos, que se señalan como no considerados para la inclusión o exclusión

de algunas personas en la propuesta definitiva, corresponde a quien afirma que no

satisfacen ciertos requisitos o consideraciones, aportar los medios de convicción

suficientes para demostrar tal circunstancia.

En otro tenor, respecto de las anotaciones generadas por Consejeros y Consejeras del

Consejo General para revisar el desempeño de aspirantes en el proceso electoral

anterior, en nada contraviene la racionalidad de la decisión asumida, pues por el contrario,

refleja el estudio que de cada caso hicieron dichos Consejeros y Consejeras, lo cual

según fuera el caso abona a un estudio integral de las propuestas, que como se ha

referido, fueron evaluadas objetivamente y es a través de sus cualidades mostradas que

se propusieron a las y los aspirantes como un conjunto de personas idóneas para cada

órgano colegiado.

Finalmente, es dable precisar que el artículo 22 del Reglamento de Elecciones del

Instituto Nacional Electoral, el cual establece los criterios orientadores para la designación

de los consejeros electorales de los consejos distritales y municipales de los Organismos

Públicos Locales, establece en su párrafo 4, que el acuerdo de designación

correspondiente, deberá acompañarse de un dictamen mediante el cual se pondere la

valoración de los requisitos en el conjunto del consejo distrital o municipal como órgano

colegiado, y que pudiendo haberse hecho esa valoración en el conjunto de cada consejo

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distrital, como señala la normativa; se realizó un análisis detallado, pormenorizado e

individual de las y los integrantes de cada órgano colegiado

En suma, como fue ponderado en las conclusiones individuales generadas para cada uno

de los 25 Consejos Distritales Electorales, así como lo expuesto en las conclusiones

finales del presente Dictamen, la decisión en la elección de las propuestas así como la

discrecionalidad con la que cuenta este órgano colegiado para integrar cada órgano

colegiado se encuentra acotado por la observancia de todos los criterios establecidos en

la legislación, sin que los resultados obtenidos en alguna de las etapas hagan en forma

automática “idónea” a una persona.

Por el contrario, en la prosecución de cada etapa fueron medidos aptitudes,

conocimientos y experiencias que en suma perfilan a una persona como apta para

desamparo un cargo. Pero la idoneidad para forma parte de un órgano plural, no depende

de sus resultados individuales, pues ello llevaría al absurdo de que los puntajes más altos

según fuera el caso y el género de la persona, lo que en forma automática lo convierta en

una propuesta, por el contrario, su interacción con el resto de perfiles que se proponen en

cada Consejo destaca la idoneidad de la propuesta como una suma de cualidades en un

órgano plural.

Así, contrario a lo argumentado por el Partido Verde Ecologista de México si existieron

criterios objetivos para las evaluaciones así como criterios para la calificación de

idoneidad, los cuales fueron compartidos en cada etapa con los partidos políticos sin que

en su momento fueran objetados o señalados de discrecionales, pues justamente es la

suma de sus perfiles lo que se ponderó en la selección de las personas enlistadas en el

presente Dictamen para cada Consejo Distrital Electoral.

Por los motivos y consideraciones expuestos, la Comisión de Organización y Capacitación

Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral del Instituto Estatal Electoral y

de Participación Ciudadana de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto por los artículos

116, fracción IV, incisos b) y c), de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 98, párrafos 1 y 2, y 104, párrafo 1, inciso a), de la Ley General de

Instituciones y Procedimientos Electorales; así como 9, 22 y 23 del Reglamento de

Elecciones del Instituto Nacional Electoral; 25, Base A, párrafos tercero y cuarto, y 114

TER, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano

de Oaxaca, el Estado de Oaxaca; 30; 31; 38, fracción VII, y 53, de la Ley de Instituciones

y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, el artículo 7 del Reglamento para la

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designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los Consejos Distritales y

Municipales Electorales designados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y

de Participación Ciudadana de Oaxaca; y en cumplimiento a la Convocatoria para la

designación de las ciudadanas y los ciudadanos que integrarán los Consejos Distritales

Electorales, que fungirán en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, emite el siguiente:

DICTAMEN PRIMERO. La Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el

Instituto Nacional Electoral, determina que las personas enlistadas en el cuerpo del

presente dictamen, cumplieron los requisitos legales en cada etapa de la Convocatoria y

son aptos e idóneos para integrar los 25 Consejos Distritales Electorales del Instituto

Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca para el Proceso Electoral

Ordinario 2017-2018.

SEGUNDO. Notifíquese al Consejo General con el propósito de que sea puesta a

consideración de sus integrantes la designación de las y los integrantes de los 25

Consejos Distritales Electorales.

Así lo resolvieron, el Consejero Presidente y las Consejeras Electorales integrantes de la

Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional

Electoral, en la sesión extraordinaria celebrada en la Ciudad de Oaxaca de Juárez,

Oaxaca, el día 22 de noviembre del 2017, ante el Secretario Técnico.

________________________________________________

LIC. WILFRIDO LULIO ALMARAZ SANTIBÁÑEZ PRESIDENTE DE LA COMISIÓN

______________________________________ LICDA. RITA BELL LÓPEZ VENCES

CONSEJERA ELECTORAL INTEGRANTE

________________________________________ MTRA. CARMELITA SIBAJA OCHOA

CONSEJERA ELECTORAL INTEGRANTE

_____________________________________ ARQ. ALBERTO EDGAR JIMÉNEZ

SECRETARIO TÉCNICO