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El Voto Joven Hacia una Ampliación Integral de Derechos Políticos de las y los Jóvenes Sergio Alejandro Balardini Noviembre 2014

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Acerca del Voto de las y los jóvenes de16 y 17 años, sus derechos políticos y condiciones de ejercicio.

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Page 1: El voto joven en Argentina

El Voto JovenHacia una Ampliación Integral de

Derechos Políticos de las y los Jóvenes

Sergio Alejandro BalardiniNoviembre 2014

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Ley 26.774 (31de octubre de 2012)

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1: Los argentinos que hubiesen cumplido la edad de dieciséis (16) años, gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República.

ARTICULO 3: Son electores los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis (16) años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho (18) años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley.

Artículo 125: No emisión del voto. Se impondrá multa de pesos cincuenta ($ 50) a pesos quinientos ($ 500) al elector mayor de dieciocho (18) años y menor de setenta (70) años de edad que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección.

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Obligatorio; pero sin sanción

Es decir, en rigor, no iguala de modo idéntico con los mayores de 18 años, reconociendo cierto tránsito y condiciones de

contexto diversas.

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Algunos datos

En esta primera ocasión, los jóvenes debieron efectuar una renovación de documentos para poder votar; en las siguientes elecciones, los nuevos votantes no deberán realizar este paso, ya que estarán inscriptos por la justicia:

Realizó los trámites un 60% de los jóvenes (750 mil jóvenes del universo entre 16 y 17años: 1.386.878).(pero para las PASO la Justicia alcanzó a integrar a 592.344 jóvenes, un 43% de la franja de edad)

Más de 380 mil jóvenes de 16 y 17 años ejercieron su voto en las elecciones de agosto (35%), mientras que en octubre lo hicieron más de 480 mil (44%).

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El impacto en cifras

El impacto es sobre el grupo de edad (100%) y no sobre la representación política (2%)

Padrón total: 30.530.323

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Contexto de Época : una sociedad diferente

Cada 18 meses se duplica el conocimiento. Cambios en la familia y en las instituciones (dispositivos de

autoridad). Las iniciaciones son más tempranas. Mayor autonomía de la familia y los adultos. Fronteras porosas y permeables entre las generaciones. Prolongación de la vida y modificación en las características del

recorrido existencial. Nativos paritarios. Reconocimiento y presencia de la dimensión generacional en los

debates, y planes y programas. El tiempo de los derechos (niñez, juventud, mujer, orientación

sexual, adultos mayores, etc.). (Norberto Bobbio) El cambio es permanente (‘sociedad prefigurativa’; Margaret Mead). De la ruptura ideológico-política de los 60, a la ruptura

tecnológico-cultural del nuevo siglo.

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Duplicación del conocimiento

MIT (Massachussets Institute of Technology)

Generaciones de y en una época de vértigo

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Nueva época Nuevas instituciones

Experiencias de voto joven, se desarrollan en los últimos años en una diversidad de países con diferente régimen político. La última experiencia: en la Consulta por la Independencia de Escocia votaron desde los 16 años.

En la región, esa proporción es mayor. Y variada, por ej., en Uruguay votan autoridades partidarias

desde los 14 años. En Argentina, diversas instituciones han abierto la

participación política a los jóvenes, antes de la sanción de la ley nacional, con diferente éxito: voto desde los 16 en elecciones locales, presupuesto participativo, a la par que se retonificaron los canales de participación juvenil.

Durante 2013 y 2014, la mayoría de las provincias argentinas sancionaron sus propias leyes de “voto joven”.

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Nuevas legalidades y concepciones Convención de derechos de los niños. (UNICEF;

1989): el nuevo paradigma de derechos. Ley Integral de Protección de Derechos de las

Niñas, Niños y Adolescentes (26.061; 2005) Artículo 24, consagra el derecho a “Participar y

expresar libremente su opinión en los asuntos que les conciernan y en aquellos que tengan interés”; y que “sus opiniones sean tenidas en cuenta conforme a su madurez y desarrollo”, en todos los ámbitos en que se desenvuelvan, “entre ellos, al ámbito estatal, familiar, comunitario, social, escolar, científico, cultural, deportivo y recreativo”

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Concepciones de y sobre el sujeto

Para cualquier debate, es clave como concebimos al sujeto y que lugar le asignamos en la estructura social:

Es importante no naturalizar ni esencializar su condición.

Sujetos de Derecho. Sujetos de presente y no de futuro. Actores y productores. Desarrollo moral y cognitivo. Reconocimiento de un rol activo en lo familiar, social,

cultural y económico. Generación más informada.

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Campaña desde los jóvenes

La “campaña” incluyó una muy creativa e informal reelaboración de los spots del gobierno, por parte de los mismos jóvenes (cientos, a favor y en contra): desde parodias hasta argumentaciones muy variadas.

Fuerte replicación y viralización. Enorme cantidad de material diverso

producido por las y los propios jovenes, subido a las redes sociales.

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Cuestiones a considerar

Ley como punto de partida y no de llegada. Idea de proceso y no de producto acabado. Generación de condiciones de contexto (principal: la escuela,

pero también la comunicación y las instituciones políticas). Reconocimiento y respeto a la pluralidad y diversidad. Función formativa: Promoción del compromiso y la

participación. Estímulo a la autonomía frente al “voto hereditario”. Niveles y no etapas; es decir, activar en paralelo y no

serialmente. Ventanas de oportunidad y no prioridades excluyentes. (José Nun; Revista “punto de vista”; 1984)

Mayor visibilidad y presencia de la agenda juvenil (nuevos y viejos derechos y su concreción).

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Elecciones 2015

Primera elección presidencial (y ejecutiva en general) para los electores de 16 y 17 años.

Mucho más atractiva que las elecciones legislativas o las de orden local.

Es previsible una mayor participación de las y los jóvenes.

Exigencia de más y mejores dispositivos de comunicación, simulacros, convocatorias, etc.

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Futuros desafíos

Ajustar la vida partidaria para dar lugar a los derechos políticos de los jóvenes entre 16 y 17 años (autoridades partidarias).

Avanzar sobre la posibilidad de ser elegible (no sólo elector) reasignando los requisitos etarios en las diferentes jurisdicciones y cargos (sumamente variadas y arbitrarias).

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¡Muchas gracias por su atención!

Sergio BalardiniCorreo electrónico:

[email protected]:

@sbalardini Documentos:

www.slideshare.net/sbalardini Blog: Subjetividades y tecnocultura:

www.jovenesytics.blogspot.com