el nuevo siglo clasificados judiciales de 2020 licencias ......9 hours ago · cc:51911894, licencia...

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CLASIFICADOS JUDICIALES 22 EL NUEVO SIGLO JUEVES 1 DE OCTUBRE DE 2020 LICENCIAS CURADURIA URBANA 1 Arq. ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-19-4298 Expedición: 17/07/2020 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 3 A 6 B 55 (ACTUAL) con chip(s) AAA0033ERBS y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C371411 en el lote 016 (CAT), manzana 003203, de la urbanización SAN JAVIER (Localidad La Candelaria).. PARA UNA (1) EDI- FICACIÓN EN CUATRO (4) PISOS DESTINADA A VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO VIS. PLANTEA ONCE (11) UNIDADES DE VIVIENDA. ES VALIDA PARA DEMOLICION TOTAL DE CONFORMIDAD CON ANTEPROYECTO APROBADO POR EL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO Y CULTURA MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 0884 DE 17 DE DICIEMBRE DE 2019. PLANTEA LA COMPENSACION DEL 100% LOS ES- TACIONAMIENTOS EXIGIDOS AL FONDO COMPENSATORIO DE ESTACIONAMIENTOS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO-IDU DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCIÓN N° 004821 DE 25 DE AGOSTO DE 2019 Titular(es): RAMIREZ HERRERA JULIAN ANDRES con CC 80115398- / RAMIREZ PACHECO HECTOR ENRIQUE con CC 19285934- / HERRERA DE RAMIREZ MARTA CECILIA con CC 51708076-. Construc- tor responsable: PUENTES PUENTES ANDRES ADRIAN con CC 1022368942 Mat: A1192014-1022368942 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedi- miento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 1 Arq. ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA CURADORA Expediente: 11001-1-19-4298 Expedición: 25/09/2020 La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 3 A 6 B 55 (ACTUAL) con chip(s) AAA0033ERBS y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C371411 en el lote 016 (CAT), manzana 003203, de la urbanización SAN JAVIER (Localidad La Candelaria).. PARA UNA (1) EDI- FICACIÓN EN CUATRO (4) PISOS DESTINADA A VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO VIS. PLANTEA ONCE (11) UNIDADES DE VIVIENDA. ES VALIDA PARA DEMOLICION TOTAL DE CONFORMIDAD CON ANTEPROYECTO APROBADO POR EL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO Y CULTURA MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 0884 DE 17 DE DICIEMBRE DE 2019. PLANTEA LA COMPENSACION DEL 100% LOS ES- TACIONAMIENTOS EXIGIDOS AL FONDO COMPENSATORIO DE ESTACIONAMIENTOS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO-IDU DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCIÓN N° 004821 DE 25 DE AGOSTO DE 2019 Titular(es): RAMIREZ HERRERA JULIAN ANDRES con CC 80115398- / RAMIREZ PACHECO HECTOR ENRIQUE con CC 19285934- / HERRERA DE RAMIREZ MARTA CECILIA con CC 51708076-. Construc- tor responsable: PUENTES PUENTES ANDRES ADRIAN con CC 1022368942 Mat: A1192014-1022368942 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedi- miento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-1-01 CURADURIA URBANA 2 Arq. MAURO BAQUERO CASTRO CURADOR Referencia: 11001-2-20-0146 Expedición: 28-sep-20 El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Adminis- trativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: SALAMANCA BURGOS ANDRES STEVEN - POSEEDOR CC:1014212532, RECONOCIMIENTO DE LA EXIS- TENCIA DE EDIFICACIONES Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, mediante acto ad- ministrativo 11001-2-20-2055 del 28sep-20 para el predio ubicado en la KR 108 A 68 C 57 (ACTUAL): SE RECONOCE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN DESARROLLADA EN DOS (02) PISOS DE ALTURA PARA EL USO RESIDENCIAL. LA MODALIDAD DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y DEMOLICIÓN PARCIAL DEL AREA CONSTRUIDA DEL PATIO PARA CUMPLIR CON HABITABILIDAD, CONSTITUYEN OBRAS DE ADECUACIÓN NORMATIVA. SIMULTÁNEAMENTE SE OTORGA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE AMPLIACIÓN DEL TERCER PISO, REMATE DEL PUNTO FIJO Y LA MODIFICACION DE LA EDIFICACIÓN RECONOCIDA, QUEDANDO EL PROYECTO DE LA SIGUIENTE MANERA: UNA EDIFICACION EN TRES (03) PISOS DE ALTURA, DESTINADA A TRES (03) UNIDADES DE VIVIENDA (NO V.I.S). Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la pre- sente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 2 Arq. MAURO BAQUERO CASTRO CURADOR Referencia: 11001-2-20-0546 Expedición: 29-sep-20 El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Conten- cioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: HERNANDEZ RAMIREZ FELIPE - PROPIETARIO (POSEEDOR) CC:80821587 / HERNANDEZ RAMIREZ PABLO- PROPIETARIO (POSEEDOR) CC:1019050499, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, mediante acto administrativo 11001-2-20-2065 del 29-sep-20 para el predio ubicado en la CL 71 A 15 19 (ACTUAL): PARA AMPLIACIÓN DEL REMATE DEL PUNTO FIJO Y MODIFICA- CIONES INTERNAS, REFORZAMIENTO Y DEMOLICIONES PARCIALES EN LOS PISOS 1 Y 2, QUEDANDO EL PROYECTO DE LA SIGUIENTE MANERA: UNA (01) EDIFICACION EN DOS (02) PISOS DE ALTURA DESTINADA A CUATRO (04) UNIDADES DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR (NO V.I.S). LOS DEMAS ASPECTOS CONTENIDOS EN LA LICENCIA DE CONSTRUCCION No. 1392 del 15-05-1954, SE MANTIENEN. Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la pre- sente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 2 Arq. MAURO BAQUERO CASTRO CURADOR Referencia: 11001-2-20-0940 Expedición: 29-sep-20 El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: ALVIS BENAVIDES JUAN CARLOS EN CALIDAD DE POSEEDOR CC:79529227 / CLODOMIRO ALVIS SOACHA EN CALIDAD DE POSEEEDOR CC:17025020 / OMAIRA ALVIS BENAVIDES EN CALIDAD DE POSEEDOR CC:51911894, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, mediante acto administrativo 11001-2-20-2067 del 29-sep-20 para el predio ubicado en la TV 72 C BIS 44 3 S (ACTUAL) / CL 44 S 72 C 75 (ACTUAL): PARA UNA EDIFICACIÓN EN TRES (3) PISOS DE ALTURA, DESTINADA AL USO DOTACIONAL EQUIPAMIENTO COLEC- TIVO EDUCATIVO FORMAL DE ESCALA VECINAL, CON DOS (2) ESTACIONAMIENTOS PRIVADOS Y UN (1) DEPÓSITO. Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la pre- sente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-2-01 CURADURIA URBANA 4 Arq. ADRIANA LÓPEZ MONCAYO CURADORA PUBLICACIÓN 4194160 La Curadora Urbana No.4 de Bogotá D.C., ARQ. ADRIANA LÓPEZ MONCAYO , en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997, su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 415 de 2015 ,y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expedición del acto administrativo que para el expediente en referencia este despacho expidió el Acto Administrativo número 11001- 4-20-3207 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: RESUELVE: Otorgar RECONOCIMIENTO DE LA EDIFICACIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de DEMOLICIÓN PARCIAL, AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, PROPIEDAD HORIZONTAL, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RECO- NOCIMIENTO en el predio urbano, estrato: 3 localizado en la dirección KR 82 BIS 71 58 Actual - Chip:AAA0062TNCX - Matrícula Inmobiliaria:50C1028778 de la localidad de Engativá-Se reconoce una (1) edificación en dos (2) pisos, destinada a tres (3) unidades de vivienda; las modificacio- nes, la demolición parcial y el reforzamiento constituyen las obras de adecuación normativa. Se concede Licencia de construcción en la modalidad de ampliación para adicionar un piso y cerramiento de antejardín. El proyecto queda así: una edificación de tres (3) pisos, para cuatro (4) unidades de vivienda multifamiliar (no vis), con dos (2) cupos de parqueo para residentes. Se aprueba los planos de alinderamiento y cuadro de áreas que contiene la información para someter el edificio “Vivienda Multifamiliar” al régimen de propiedad horizontal, de conformidad con lo establecido en la Ley 675/2001. Titulares: NIETO CASTRO JOSE URIEL / NIETO ALVARADO MYRIAM JEANNETTE / NIETO ALVARADO DORIS AMANDA, Constructor Responsable JOSE CAMILO CHAVES ANGULO CC 19150722. Urbanización: LA CLARITA PRIMER SECTOR, Manzana: 85 Lote(s): 5Se informa a los terceros interesados que contra el presente acto adminis- trativo procede recurso de reposición ante esta Curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación , dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la presente publicación. *P1-3-01 NOTARIAS DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes el causante FABIO SALAMANCA GARCÍA, PRIMERO: quien falleció El día 01 de abril de 2008 en la ciudad de Bogotá, quien se Identificara en vida con la Cédula de Ciudadanía Número 19.497.789 expedida en Bogotá, siendo Bogotá el Lugar de su último domicilio y asiento Principal de sus Negocios. Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y seis (0036) de fecha veintiocho (28.) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil. setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintinueve (29) de septiem- bre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTA HAY UN SELLO *J2-1-01 DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes la causante MARÍA CONCEPCIÓN SALAMANCA GARCÍA, PRIMERO: quien falleció El día 14 de septiembre de 2003 en la ciudad de Bogotá, quien se identificara en vida con la Cédula de Ciudadanía Número 41.721.305 expedida en Bogotá, siendo Bogotá el Lugar de su último domicilio y asiento Principal de sus Negocios. Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y siete (0037) de fecha veintiocho (28 ) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. del año dos mil veinte El presente EDICTO se fija hoy veintinueve (29) de septiem- bre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTA HAY UN SELLO *J2-2-01 DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C.. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes la causante SARA MARÍA MUÑOZ R DE TOVAR (ANTES SARA MARÍA MUÑOZ RONQUILLO), quien falleció El dia 07 de Diciembre del año 2013, en la ciudad de Bogotá, quien se Identificara en vida con la Cédula de Extranjería Número 5.255 expedida en Bogotá, siendo Bogotá el Lugar de su último domicilio y asiento Principal de sus Negocios, Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y ocho (0038) de fecha veintinueve (29) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy treinta (30) de septiembre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTÁ HAY UN SELLO *J2-3-01 DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes el causante PABLO EMILIO PATIÑO CAÑAS, quien falleció El dia 02 de Septiembre del año 2019, en la ciudad de Bogotá, quien se Identificara en vida con cedula de ciudadanía número 152.367 expedida en Bogotá, siendo Bogotá el Lugar de su último domicilio y asiento Principal de sus Negocios, Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y nueve, (0039) de fecha veinti- nueve (29) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy treinta (30) de septiembre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTÁ HAY UN SELLO *J2-3-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA NOTARIA 5a DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ANDRES HIBER AREVALO PACHECO EDICTO EL NOTARIO QUINTO (5°) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de Liquidación de Herencia y sociedad conyugal de JUAN ANTONIO GARCIA GARCIA (Q.E.P.D.) quien se identificó con cédula de ciudadanía número 207.398 de Cogua. , el último domicilio del causante y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá D.C., quien falleció en Bogotá, D.C., el día veinticuatro (24) de febrero de dos mil veinte (2020), igualmente informa que fue aceptado el trámite respectivo en esta notaría, mediante acta número cero treinta y tres (033) de fecha veintinueve (29) de septiembre dos mil veinte (2020), se ordena la publicación en un periódico y en una radiodifusora de amplia circulación y audiencia local. EN CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO TERCERO (3o) DEL DECRETO NOVECIENTOS DOS (902) DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO (1.988), ORDENASE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN UN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY VEINTINUEVE (29) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020), A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MANANA (8:30 A.M.). NANCY AREVALO PACHECO NOTARIA QUINTA (5) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. HAY UN SELLO *J2-4-01 NOTARÍA SETENTA Y UNO (71) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. JANETH PATRICIA RODRIGUEZ AYALA LA SUSCRITA NOTARIA SETENTA Y UNA (71) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (E) EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a inter- venir, dentro del trámite notarial de liquidación de Herencia y de la sociedad conyugal del causante LUIS ADRIANO PULIDO DOMINGUEZ, quien (es) en vida se identificó (aron) con la(s) cédula de ciudadanía número 19.350.164 de Bogotá, quien (es) falleció (eron) el día once (11) de diciembre de 2018 en la ciudad de Bogotá D.C., siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. se les informa que deben hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número cero quince (015) de fecha veinticinco (25) de septiembre de 2020, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su divulgación por una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en el lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija a los veintiocho (28) días del mes de Septiembre de 2020, siendo las ocho y treinta de la mañana (8:30 A. M.). ADRIANA MARGARITA GUERRERO MARTINEZ NOTARIA SETENTA Y UNO (71) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ - ENCARGADA HAY UN SELLO *J2-5-01 La Notaria Cuarenta y Ocho (48) (E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de MARIA OTILIA ARIAS MORENO fallecida (os) en la ciudad de Bogotá D.C., el día 30 de mayo de 2020, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien(es) se identificó (aron) en vida con C.C. No. 20.223.874 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN, fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 17 de septiembre de 2020 Hora: 07:45 AM. : NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTÁ D.C. (E) DIANA PATRICIA MARTINEZ PULGARIN Resolución 7371 del 09 de septiembre de 2020. HAY UN SELLO *R1-1-01 NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTA D.C. EDICTO EMPLAZATORIO La Notaria Cuarenta y Ocho (48) (E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de FABIOLA BETANCUR DE TORO fallecida (os) en el municipio de Girardot, el día 05 de septiembre de 2006, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien(es) se identificó (aron) en vida con C.C. No. 20.328.501 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN, fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local, Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 25 de septiembre de 2020 Hora: 08:30 AM NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTÁ D.C. (E) DIANA PATRICIA MARTINEZ PULGARIN Resolución 7371 del 09 de septiembre de 2020. HAY UN SELLO *R1-2-01 EDICTO EMPLAZATORIO La Notaria Cuarenta y Ocho (48) (E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de CARMEN ROSA RAMIREZ GONZALEZ fallecida (os) en la ciudad de Bogotá D.C., el día 05 de marzo de 2020, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien(es) se identificó (aron) en vida con C.C. No. 41.656.790 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN, fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señala- dos en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cuales- quiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 31 de agosto de 2020 Hora: 09:00 AM. NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTÁ D.C. (E) DIANA PATRICIA MARTINEZ PULGARIN Resolución 6585 del 20 de agosto de 2020. HAY UN SELLO *R1-3-01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEXTA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE LA SUCESION DE LA CAUSANTE: GEORGI- NA VARON DE SANCHEZ (Q.E.P.D), QUIÉN EN VIDA SE IDENTIFICO CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 28.512.182 EXPEDIDA EN IBAGUÉ (TOLIMA), Y FALLECIÓ EL DÍA CATORCE (14) DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015) EN LA CIUDAD DE IBAGUE (TOLIMA), HABIEND SIDO EL MUNICIPIO DE IBAGUÉ SU ÚLTIMO DOMICILIO, INICIADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 71 DE FECHA VEINTIOCHO (28) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020), SE ORDENA LA publicación de este Edicto en un periódico de Circulación Nacional y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º. del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintinueve (29) de Septiembre del AÑO DOS MIL VEINTE (2020), siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.). LA NOTARIA TERESA DE JESUS ALDANA ORTIZ NOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE IBAGUE HAY UN SELLO *I2-2-01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA VEINTITRES DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite de liquidación de herencia de los causantes cónyuges entre sí, MARIA LUCIA CASTILLO DE BOGOTA C.C. 20.078.996 fallecida el 3 de Enero de 2.019 y ALFONSO BOGOTA C.C. 91.476 fallecido el 24 de Mayo de 2.020 en Bogotá D.C. El trámite fue admitido mediante Acta No. 40 de fecha 24 de Septiembre de 2.020 Se ordena publicación de éste Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las reformas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se fija el presente Edicto en lugar visible de ésta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, hoy 25 de Septiembre de 2.020 a las 8 a.m. ANA CAROLINA DIAZGRANADOS BONIVENTO Notaria Veintitrés de Bogotá encargada Resolución 7475 de 25 de Septiembre de 2.020 Supernotariado y Registro HAY UN SELLO *V1-1-01 Notaria Unica del Circulo de Guatavita EL SUSCRITO NOTA- RIO UNICO DEL CIRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión de el (a) los Causante (s): JOSE ELISEO VARGAS MORALES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 1.154.176 de Sogamoso (Boy.)., fallecido el día 20 de Septiembre de 1990, en Villavicencio (Meta), y AMANDA VASQUEZ PATIÑO (DE VARGAS AL MOMENTO DEL FALLECIMIENTO), quien en vida se identificó con la cé- dula de ciudadanía No. 24.106.727 de Sogamoso (Boy.)., y quien falleció el día 22 de Diciembre de 2014, en Sogamoso (Boy.)., cuyo último domicilio y/o asiento principal de los negocios, de ambos fue el municipio de SOPO (Cund.). Aceptado el trámite en ésta Notaria, mete ACTA Nro: 054 de fecha : VEINTICINCO (25) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la Publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL, y en la Radio- difusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy: VEINTICINCO (25) DE SEPTIEMBRE de 2020 Siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.). EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA HAY UN SELLO *V1-2-01 EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión de el (a) los Causante (s) CONSUELO TORRES NAVARRETE, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 20.491.410 de Chocontá (C/marca), fallecida el día 24 de Febrero de 2020, en Bogotá, D.C., cuyo último domicilio y/o asiento principal de los negocios, fue el municipio de SOPO (Cund.). Aceptado el trámite en ésta Notaria, mete ACTA Nro: 055 de fecha : VEINTICINCO (25) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la Publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL, y en la Radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy: VEINTICINCO (25) DE SEPTIEMBRE de 2020 Siendo las Ocho de la mañana ( 8:00 a.m.). EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA HAY UN SELLO *V1-3-01 NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con dere- cho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante LAURA ALEJANDRA HERNANDEZ ACOSTA quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 1.118.557.548 de Yopal, quien falleció en BOGOTA D.C., el día 27 DE JULIO DE 2020, cuyo Ultimo domicilio fue la ciudad de Aguazul Casanare, donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respec- tivo en esta Notaría, mediante Acta No. 059 / de fecha 29 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 29 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Único de Aguazul HAY AUN SELLO *V1-4-01 NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLA- ZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la pu- blicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante SALOMON ROMERO, quien se identificaba con la cédula No C.C. 5.872.152 Quien falleció en la ciudad de Aguazul-Casanare el 23 de septiembre de 2017; Cuyo último domicilio fue la ciudad de Aguazul Casanare, donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 060 / de fecha 29 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 29 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul HAY UN SELLO *V1-5-01 NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante FRANCISCA FONSECA, quien se identificaba con la cédula No C.C 23.724.631, quien falleció en la ciudad de Bogotá el 04 de enero de 2011, quien tuvo su última residencia y asiento principal de sus negocios la ciudad de Aguazul., donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 061 / de fecha 29 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul HAY UN SELLO *V1-6-01 NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNI- CO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA:A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante HECTOR BELISARIO, quien se identificaba con la cédula No C.C 1.081.661, quien falle- ció en la ciudad de Mani-Casanare el 04 de septiembre de 2020, quien tuvo su última residencia y asiento principal de sus negocios la ciudad de Aguazul., donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 062 de fecha 29 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy 29 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul HAY UN SELLO *V1-7-01 EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación herencial DE LA CAUSANTE, MARIA LUCIA SAENZ GALEANO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41.489.751, siendo, según solicitud, en la ciudad de San Francisco, Estados Unidos, su último domicilio y asiento principal de sus negocios en el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el tramite respectivo en esta notaria, mediante acta número ochenta y dos (82) del veintinueve (29) de septiembre del dos mil veinte (2020), se ordena la publi- cación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radiodifusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 del decreto 902 de 19 además, su fijación en lugar visible de la notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy treinta (30) de septiembre del dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana. El Notario NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO HAY UN SELLO *H1-1-01 REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA SEGUNDA DE IBAGUE Calle 9 NO. 3-50 PBX 5153505 EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE IBAGUE EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante JOSE CIRO CORTES MOYA, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 2.383.260 de Santa Isabel, quien falleció en Bogotá, el veintiuno (21) de marzo del año dos mil once (2011), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué, y CARMEN JULIA VALENCIA DE CORTES, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 2.383.260 de Santa Isabel, en Ibagué, el siete (07) de junio del año dos mil veinte (2020), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 54 de fecha 30 de septiembre de 2.020, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una radio difusora local, en cumpli- miento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989 Artículo 3o, además de su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy primero (01) de octubre de dos mil veinte (2.020) a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) El Notario CESAR AUGUSTO ALVARADO GAITAN Notario Segundo de Ibagué HAY UN SELLO *I2-3-01 EDICTO LA NOTARIA SETENTA Y TRES (73) DE BOGOTA, D.C. - ENCARGADA De conformidad con el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1.988. EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la Liquidación de Herencia de la causante ELVIA MARIA MENDOZA DE PEDRAZA quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 23.921.956, quien tuvo su último domicilio en Bogotá, D.C., para que lo haga valer dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes a la publicación y cuyo trámite de Liquidación de Herencia se inicia mediante Acta numero ochenta y siete (87) del diecisiete (17) de Septiembre de dos mil veinte (2020). Se fija este edicto en lugar público de la Notaría: El diecisiete (17) de Septiembre del año dos mil veinte (2020). NOHELIA GARCIA BAUTISTA NOTARIA SETENTA Y TRES (73) DE BOGOTA, D.C. - ENCARGADA HAY UN SELLO *R1-4-01 NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. NOTARIA EDICTO LA NOTARIA CUARENTA (40) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante ESTHER JULIA CAS- TILLO DE RODRIGUEZ, identificada en vida con la cédula de ciudadanía 41.424.959 expedida en Bogotá D.C,, quien falleció en esta dudad, el día treinta y uno (31) de julio de dos mil dieciséis (2016), siendo su último domicilio y asiento principal de Sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número CERO CUARENTA Y CINCO (045) del ocho (08) de septiembre de dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy nueve (09) de septiembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (08:00) de la mañana. NELCY ESPERANZA LÓPEZ PÁEZ NOTARIA CUARENTA (40) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *R1-5-01

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Page 1: EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs de 2020 LICENCIAS ......9 hours ago · cc:51911894, licencia de construcciÓn para obra NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, mediante acto administrativo

clasificados JUdicialEs22 EL NUEVO SIGLO jueves 1 de octubre de 2020

LICENCIAS

CURADURIA URBANA 1Arq. ARQ. RUTH CUBILLOS

SALAMANCACURADORA

Expediente: 11001-1-19-4298 Expedición: 17/07/2020

La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 3 A 6 B 55 (ACTUAL) con chip(s) AAA0033ERBS y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C371411 en el lote 016 (CAT), manzana 003203, de la urbanización SAN JAVIER (Localidad La Candelaria).. PARA UNA (1) EDI-FICACIÓN EN CUATRO (4) PISOS DESTINADA A VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO VIS. PLANTEA ONCE (11) UNIDADES DE VIVIENDA. ES VALIDA PARA DEMOLICION TOTAL DE CONFORMIDAD CON ANTEPROYECTO APROBADO POR EL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO Y CULTURA MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 0884 DE 17 DE DICIEMBRE DE 2019. PLANTEA LA COMPENSACION DEL 100% LOS ES-TACIONAMIENTOS EXIGIDOS AL FONDO COMPENSATORIO DE ESTACIONAMIENTOS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO-IDU DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCIÓN N° 004821 DE 25 DE AGOSTO DE 2019 Titular(es): RAMIREZ HERRERA JULIAN ANDRES con CC 80115398- / RAMIREZ PACHECO HECTOR ENRIQUE con CC 19285934- / HERRERA DE RAMIREZ MARTA CECILIA con CC 51708076-. Construc-tor responsable: PUENTES PUENTES ANDRES ADRIAN con CC 1022368942 Mat: A1192014-1022368942 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedi-miento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 1Arq. ARQ. RUTH CUBILLOS

SALAMANCACURADORA

Expediente: 11001-1-19-4298 Expedición: 25/09/2020

La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 3 A 6 B 55 (ACTUAL) con chip(s) AAA0033ERBS y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C371411 en el lote 016 (CAT), manzana 003203, de la urbanización SAN JAVIER (Localidad La Candelaria).. PARA UNA (1) EDI-FICACIÓN EN CUATRO (4) PISOS DESTINADA A VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO VIS. PLANTEA ONCE (11) UNIDADES DE VIVIENDA. ES VALIDA PARA DEMOLICION TOTAL DE CONFORMIDAD CON ANTEPROYECTO APROBADO POR EL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO Y CULTURA MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 0884 DE 17 DE DICIEMBRE DE 2019. PLANTEA LA COMPENSACION DEL 100% LOS ES-TACIONAMIENTOS EXIGIDOS AL FONDO COMPENSATORIO DE ESTACIONAMIENTOS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO-IDU DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCIÓN N° 004821 DE 25 DE AGOSTO DE 2019 Titular(es): RAMIREZ HERRERA JULIAN ANDRES con CC 80115398- / RAMIREZ PACHECO HECTOR ENRIQUE con CC 19285934- / HERRERA DE RAMIREZ MARTA CECILIA con CC 51708076-. Construc-tor responsable: PUENTES PUENTES ANDRES ADRIAN con CC 1022368942 Mat: A1192014-1022368942 Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedi-miento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

*P1-1-01

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-20-0146

Expedición: 28-sep-20El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Adminis-trativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: SALAMANCA BURGOS ANDRES STEVEN - POSEEDOR CC:1014212532, RECONOCIMIENTO DE LA EXIS-TENCIA DE EDIFICACIONES Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, mediante acto ad-ministrativo 11001-2-20-2055 del 28sep-20 para el predio ubicado en la KR 108 A 68 C 57 (ACTUAL): SE RECONOCE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN DESARROLLADA EN DOS (02) PISOS DE ALTURA PARA EL USO RESIDENCIAL. LA MODALIDAD DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y DEMOLICIÓN PARCIAL DEL AREA CONSTRUIDA DEL PATIO PARA CUMPLIR CON HABITABILIDAD, CONSTITUYEN OBRAS

DE ADECUACIÓN NORMATIVA. SIMULTÁNEAMENTE SE OTORGA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE AMPLIACIÓN DEL TERCER PISO, REMATE DEL PUNTO FIJO Y LA MODIFICACION DE LA EDIFICACIÓN RECONOCIDA, QUEDANDO EL PROYECTO DE LA SIGUIENTE MANERA: UNA EDIFICACION EN TRES (03) PISOS DE ALTURA, DESTINADA A TRES (03) UNIDADES DE VIVIENDA (NO V.I.S).Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la pre-sente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-20-0546

Expedición: 29-sep-20El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Conten-cioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: HERNANDEZ RAMIREZ FELIPE - PROPIETARIO (POSEEDOR) CC:80821587 / HERNANDEZ RAMIREZ PABLO- PROPIETARIO (POSEEDOR) CC:1019050499, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, mediante acto administrativo 11001-2-20-2065 del 29-sep-20 para el predio ubicado en la CL 71 A 15 19 (ACTUAL): PARA AMPLIACIÓN DEL REMATE DEL PUNTO FIJO Y MODIFICA-CIONES INTERNAS, REFORZAMIENTO Y DEMOLICIONES PARCIALES EN LOS PISOS 1 Y 2, QUEDANDO EL PROYECTO DE LA SIGUIENTE MANERA: UNA (01) EDIFICACION EN DOS (02) PISOS DE ALTURA DESTINADA A CUATRO (04) UNIDADES DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR (NO V.I.S). LOS DEMAS ASPECTOS CONTENIDOS EN LA LICENCIA DE CONSTRUCCION No. 1392 del 15-05-1954, SE MANTIENEN.Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la pre-sente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-20-0940

Expedición: 29-sep-20El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: ALVIS BENAVIDES JUAN CARLOS EN CALIDAD DE POSEEDOR CC:79529227 / CLODOMIRO ALVIS SOACHA EN CALIDAD DE POSEEEDOR CC:17025020 / OMAIRA ALVIS BENAVIDES EN CALIDAD DE POSEEDOR CC:51911894, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, mediante acto administrativo 11001-2-20-2067 del 29-sep-20 para el predio ubicado en la TV 72 C BIS 44 3 S (ACTUAL) / CL 44 S 72 C 75 (ACTUAL): PARA UNA EDIFICACIÓN EN TRES (3) PISOS DE ALTURA, DESTINADA AL USO DOTACIONAL EQUIPAMIENTO COLEC-TIVO EDUCATIVO FORMAL DE ESCALA VECINAL, CON DOS (2) ESTACIONAMIENTOS PRIVADOS Y UN (1) DEPÓSITO.Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la pre-sente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

*P1-2-01

CURADURIA URBANA 4Arq. ADRIANA LÓPEZ MONCAYO

CURADORAPUBLICACIÓN 4194160

La Curadora Urbana No.4 de Bogotá D.C., ARQ. ADRIANA LÓPEZ MONCAYO , en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997, su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 415 de 2015 ,y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expedición del acto administrativo que para el expediente en referencia este despacho expidió el Acto Administrativo número 11001-4-20-3207 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: RESUELVE: Otorgar RECONOCIMIENTO DE LA EDIFICACIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de DEMOLICIÓN PARCIAL, AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, PROPIEDAD HORIZONTAL, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, RECO-NOCIMIENTO en el predio urbano, estrato: 3 localizado en la dirección KR 82 BIS 71 58 Actual - Chip:AAA0062TNCX - Matrícula Inmobiliaria:50C1028778 de la localidad de Engativá-Se reconoce una (1) edificación en dos (2) pisos, destinada a tres (3) unidades de vivienda; las modificacio-nes, la demolición parcial y el reforzamiento constituyen las obras de adecuación normativa. Se concede Licencia de construcción en la modalidad de ampliación para adicionar un piso y cerramiento de antejardín. El proyecto queda así: una edificación de tres (3) pisos, para cuatro (4) unidades de vivienda multifamiliar (no vis), con dos (2) cupos de parqueo para residentes. Se aprueba los planos de alinderamiento y cuadro de áreas que contiene la información para someter el edificio “Vivienda Multifamiliar” al régimen de propiedad horizontal, de conformidad con lo establecido en la Ley 675/2001. Titulares: NIETO CASTRO JOSE URIEL / NIETO ALVARADO MYRIAM JEANNETTE / NIETO ALVARADO DORIS AMANDA, Constructor Responsable JOSE CAMILO CHAVES ANGULO CC 19150722. Urbanización: LA CLARITA PRIMER SECTOR, Manzana: 85 Lote(s): 5Se informa a los terceros interesados que contra el presente acto adminis-trativo procede recurso de reposición ante esta Curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación , dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la presente publicación.

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NOTARIASDANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes el causante FABIO SALAMANCA GARCÍA, PRIMERO: quien falleció El día 01 de abril de 2008 en la ciudad de Bogotá, quien se Identificara en vida con la Cédula de Ciudadanía Número 19.497.789 expedida en Bogotá, siendo Bogotá el Lugar de su último domicilio y asiento Principal de sus Negocios. Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y seis (0036) de fecha veintiocho (28.) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil. setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintinueve (29) de septiem-bre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTA

HAY UN SELLO *J2-1-01

DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes la causante MARÍA CONCEPCIÓN SALAMANCA GARCÍA, PRIMERO: quien falleció El día 14 de septiembre de 2003 en la ciudad de Bogotá, quien se identificara en vida con la Cédula de Ciudadanía Número 41.721.305 expedida en Bogotá, siendo Bogotá el Lugar de su último domicilio y asiento Principal de sus Negocios. Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y siete (0037) de fecha veintiocho (28 ) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. del año dos mil veinte El presente EDICTO se fija hoy veintinueve (29) de septiem-bre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C.JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTA

HAY UN SELLO *J2-2-01

DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C.. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes la causante SARA MARÍA MUÑOZ R DE TOVAR (ANTES SARA MARÍA MUÑOZ RONQUILLO), quien falleció El dia 07 de Diciembre del año 2013, en la ciudad de Bogotá, quien se Identificara en vida con la Cédula de Extranjería Número 5.255 expedida en Bogotá, siendo Bogotá el Lugar de su último domicilio y asiento Principal de sus Negocios, Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y ocho (0038) de fecha veintinueve (29) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy treinta (30) de septiembre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTÁ

HAY UN SELLO *J2-3-01

DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C.EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de presentar el trabajo de partición y adjudicación de los bienes el causante PABLO EMILIO PATIÑO CAÑAS, quien falleció El dia 02 de Septiembre del año 2019, en la ciudad de Bogotá, quien se Identificara en vida con cedula de ciudadanía número 152.367 expedida en Bogotá, siendo Bogotá el Lugar de su último domicilio y asiento Principal de sus Negocios, Para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y nueve, (0039) de fecha veinti-nueve (29) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy treinta (30) de septiembre del año dos mil veinte (2.020), siendo las 08:00 a. m. El Notario Quince (15) Encargado de Bogotá D.C. JORGE ORLANDO BARRIOS GUERRERO NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTÁ

HAY UN SELLO *J2-3-01

REPÚBLICA DE COLOMBIA NOTARIA 5a DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ANDRES HIBER AREVALO PACHECO EDICTO EL NOTARIO QUINTO (5°) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de Liquidación de Herencia y sociedad conyugal de JUAN ANTONIO GARCIA GARCIA (Q.E.P.D.) quien se identificó con cédula de ciudadanía número 207.398 de Cogua. , el último domicilio del causante y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá D.C., quien falleció en Bogotá, D.C., el día veinticuatro (24) de febrero de dos mil veinte (2020), igualmente informa que fue aceptado el trámite respectivo en esta notaría, mediante acta número cero treinta y tres (033) de fecha veintinueve (29) de septiembre dos mil veinte (2020), se ordena la publicación en un periódico y en una radiodifusora de amplia circulación y audiencia local. EN CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO TERCERO (3o) DEL DECRETO NOVECIENTOS DOS (902) DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO (1.988), ORDENASE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN UN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY VEINTINUEVE (29) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020), A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MANANA (8:30 A.M.). NANCY AREVALO PACHECO NOTARIA QUINTA (5) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C.

HAY UN SELLO *J2-4-01

NOTARÍA SETENTA Y UNO (71) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.JANETH PATRICIA RODRIGUEZ AYALA LA SUSCRITA NOTARIA SETENTA Y UNA (71) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (E) EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a inter-venir, dentro del trámite notarial de liquidación de Herencia y de la sociedad conyugal del causante LUIS ADRIANO PULIDO DOMINGUEZ, quien (es) en vida se identificó (aron) con la(s) cédula de ciudadanía número 19.350.164 de Bogotá, quien (es) falleció (eron) el día once (11) de diciembre de 2018 en la ciudad de Bogotá D.C., siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. se les informa que deben hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número cero quince (015) de fecha veinticinco (25) de septiembre de 2020, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su divulgación por una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en el lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija a los veintiocho (28) días del mes de Septiembre de 2020, siendo las ocho y treinta de la mañana (8:30 A. M.). ADRIANA MARGARITA GUERRERO MARTINEZ NOTARIA SETENTA Y UNO (71) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ - ENCARGADA

HAY UN SELLO *J2-5-01

La Notaria Cuarenta y Ocho (48) (E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de MARIA OTILIA ARIAS MORENO fallecida (os) en la ciudad de Bogotá D.C., el día 30 de mayo de 2020, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien(es) se identificó (aron) en vida con C.C. No. 20.223.874 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN, fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 17 de septiembre de 2020 Hora: 07:45 AM. : NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTÁ D.C. (E) DIANA PATRICIA MARTINEZ PULGARIN Resolución 7371 del 09 de septiembre de 2020.

HAY UN SELLO *R1-1-01

NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTA D.C. EDICTO EMPLAZATORIO La Notaria Cuarenta y Ocho (48) (E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de FABIOLA BETANCUR DE TORO fallecida (os) en el municipio de Girardot, el día 05 de septiembre de 2006, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien(es) se identificó (aron) en vida con C.C. No. 20.328.501 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN, fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local, Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 25 de septiembre de 2020 Hora: 08:30 AM NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTÁ D.C. (E) DIANA PATRICIA MARTINEZ PULGARIN Resolución 7371 del 09 de septiembre de 2020.

HAY UN SELLO *R1-2-01

EDICTO EMPLAZATORIO La Notaria Cuarenta y Ocho (48) (E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de CARMEN ROSA RAMIREZ GONZALEZ fallecida (os) en la ciudad de Bogotá D.C., el día 05 de marzo de 2020, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien(es) se identificó (aron) en vida con C.C. No. 41.656.790 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN, fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señala-dos en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cuales-quiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 31 de agosto de 2020 Hora: 09:00 AM. NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTÁ D.C. (E) DIANA PATRICIA MARTINEZ PULGARIN Resolución 6585 del 20 de agosto de 2020.

HAY UN SELLO *R1-3-01

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEXTA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIÓDICO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE LA SUCESION DE LA CAUSANTE: GEORGI-NA VARON DE SANCHEZ (Q.E.P.D), QUIÉN EN VIDA SE IDENTIFICO CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 28.512.182 EXPEDIDA EN IBAGUÉ (TOLIMA), Y FALLECIÓ EL DÍA CATORCE (14) DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015) EN LA CIUDAD DE IBAGUE (TOLIMA), HABIEND SIDO EL MUNICIPIO DE IBAGUÉ SU ÚLTIMO DOMICILIO, INICIADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 71 DE FECHA VEINTIOCHO (28) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020), SE ORDENA LA publicación de este Edicto en un periódico de Circulación Nacional y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º. del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintinueve (29) de Septiembre del AÑO DOS MIL VEINTE (2020), siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.). LA NOTARIA TERESA DE JESUS ALDANA ORTIZ NOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE IBAGUE

HAY UN SELLO *I2-2-01

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA VEINTITRES DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite de liquidación de herencia de los causantes cónyuges entre sí, MARIA LUCIA CASTILLO DE BOGOTA C.C. 20.078.996 fallecida el 3 de Enero de 2.019 y ALFONSO BOGOTA C.C. 91.476 fallecido el 24 de Mayo de 2.020 en Bogotá D.C. El trámite fue admitido mediante Acta No. 40 de fecha 24 de Septiembre de 2.020 Se ordena publicación de éste Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las reformas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se fija el presente Edicto en lugar visible de ésta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, hoy 25 de Septiembre de 2.020 a las 8 a.m. ANA CAROLINA DIAZGRANADOS BONIVENTO Notaria Veintitrés de Bogotá encargada Resolución 7475 de 25 de Septiembre de 2.020 Supernotariado y Registro

HAY UN SELLO *V1-1-01

Notaria Unica del Circulo de Guatavita EL SUSCRITO NOTA-RIO UNICO DEL CIRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión de el (a) los Causante (s): JOSE ELISEO VARGAS MORALES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 1.154.176 de Sogamoso (Boy.)., fallecido el día 20 de Septiembre de 1990, en Villavicencio (Meta), y AMANDA VASQUEZ PATIÑO (DE VARGAS AL MOMENTO DEL FALLECIMIENTO), quien en vida se identificó con la cé-dula de ciudadanía No. 24.106.727 de Sogamoso (Boy.)., y quien falleció el día 22 de Diciembre de 2014, en Sogamoso (Boy.)., cuyo último domicilio y/o asiento principal de los negocios, de ambos fue el municipio de SOPO (Cund.). Aceptado el trámite en ésta Notaria, mete ACTA Nro: 054 de fecha : VEINTICINCO (25) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la Publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL, y en la Radio-difusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy: VEINTICINCO (25) DE SEPTIEMBRE de 2020 Siendo las Ocho de la mañana (8:00 a.m.). EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-2-01

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión de el (a) los Causante (s) CONSUELO TORRES NAVARRETE, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 20.491.410 de Chocontá (C/marca), fallecida el día 24 de Febrero de 2020, en Bogotá, D.C., cuyo último domicilio y/o asiento principal de los negocios, fue el municipio de SOPO (Cund.). Aceptado el trámite en ésta Notaria, mete ACTA Nro: 055 de fecha : VEINTICINCO (25) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020). Se ordena la Publicación de éste EDICTO en un PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL, y en la Radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy: VEINTICINCO (25) DE SEPTIEMBRE de 2020 Siendo las Ocho de la mañana ( 8:00 a.m.). EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-3-01

NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANAREEMPLAZA: A todas las personas que se crean con dere-cho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante LAURA ALEJANDRA HERNANDEZ ACOSTA quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 1.118.557.548 de Yopal, quien falleció en BOGOTA D.C., el día 27 DE JULIO DE 2020, cuyo Ultimo domicilio fue la ciudad de Aguazul Casanare, donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respec-tivo en esta Notaría, mediante Acta No. 059 / de fecha 29 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 29 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Único de Aguazul

HAY AUN SELLO *V1-4-01

NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLA-ZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la pu-blicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante SALOMON ROMERO, quien se identificaba con la cédula No C.C. 5.872.152 Quien falleció en la ciudad de Aguazul-Casanare el 23 de septiembre de 2017; Cuyo último domicilio fue la ciudad de Aguazul Casanare, donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 060 / de fecha 29 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles.El presente EDICTO se publica hoy: 29 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul

HAY UN SELLO *V1-5-01

NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante FRANCISCA FONSECA, quien se identificaba con la cédula No C.C 23.724.631, quien falleció en la ciudad de Bogotá el 04 de enero de 2011, quien tuvo su última residencia y asiento principal de sus negocios la ciudad de Aguazul., donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 061 / de fecha 29 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles.El presente EDICTO se publica hoy: ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul

HAY UN SELLO *V1-6-01

NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNI-CO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA:A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante HECTOR BELISARIO, quien se identificaba con la cédula No C.C 1.081.661, quien falle-ció en la ciudad de Mani-Casanare el 04 de septiembre de 2020, quien tuvo su última residencia y asiento principal de sus negocios la ciudad de Aguazul., donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 062 de fecha 29 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy 29 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul

HAY UN SELLO *V1-7-01

EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación herencial DE LA CAUSANTE, MARIA LUCIA SAENZ GALEANO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41.489.751, siendo, según solicitud, en la ciudad de San Francisco, Estados Unidos, su último domicilio y asiento principal de sus negocios en el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el tramite respectivo en esta notaria, mediante acta número ochenta y dos (82) del veintinueve (29) de septiembre del dos mil veinte (2020), se ordena la publi-cación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radiodifusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 del decreto 902 de 19 además, su fijación en lugar visible de la notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy treinta (30) de septiembre del dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana. El Notario NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO

HAY UN SELLO *H1-1-01

REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA SEGUNDA DE IBAGUE Calle 9 NO. 3-50 PBX 5153505 EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE IBAGUE EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante JOSE CIRO CORTES MOYA, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 2.383.260 de Santa Isabel, quien falleció en Bogotá, el veintiuno (21) de marzo del año dos mil once (2011), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué, y CARMEN JULIA VALENCIA DE CORTES, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 2.383.260 de Santa Isabel, en Ibagué, el siete (07) de junio del año dos mil veinte (2020), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 54 de fecha 30 de septiembre de 2.020, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una radio difusora local, en cumpli-miento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989 Artículo 3o, además de su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy primero (01) de octubre de dos mil veinte (2.020) a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) El Notario CESAR AUGUSTO ALVARADO GAITAN Notario Segundo de Ibagué

HAY UN SELLO *I2-3-01

EDICTO LA NOTARIA SETENTA Y TRES (73) DE BOGOTA, D.C. - ENCARGADA De conformidad con el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1.988. EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la Liquidación de Herencia de la causante ELVIA MARIA MENDOZA DE PEDRAZA quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 23.921.956, quien tuvo su último domicilio en Bogotá, D.C., para que lo haga valer dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes a la publicación y cuyo trámite de Liquidación de Herencia se inicia mediante Acta numero ochenta y siete (87) del diecisiete (17) de Septiembre de dos mil veinte (2020). Se fija este edicto en lugar público de la Notaría: El diecisiete (17) de Septiembre del año dos mil veinte (2020). NOHELIA GARCIA BAUTISTA NOTARIA SETENTA Y TRES (73) DE BOGOTA, D.C. - ENCARGADA

HAY UN SELLO *R1-4-01

NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. NOTARIA EDICTO LA NOTARIA CUARENTA (40) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante ESTHER JULIA CAS-TILLO DE RODRIGUEZ, identificada en vida con la cédula de ciudadanía 41.424.959 expedida en Bogotá D.C,, quien falleció en esta dudad, el día treinta y uno (31) de julio de dos mil dieciséis (2016), siendo su último domicilio y asiento principal de Sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número CERO CUARENTA Y CINCO (045) del ocho (08) de septiembre de dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy nueve (09) de septiembre de dos mil veinte (2020), a las ocho (08:00) de la mañana. NELCY ESPERANZA LÓPEZ PÁEZ NOTARIA CUARENTA (40) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

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23EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEsjueves 1 de octubre de 2020

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada del causante MIGUEL ANTONIO CUERVO GONZALEZ, quien en vida se identificó con la cé-dula de ciudadanía número 17.023.203 expedida en Bogotá, quien falleció en la ciudad de Bogotá, el día diecinueve (19) de Febrero del año dos mi cuatro (2004), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veintisiete (27) de Agosto del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número OCHENTA Y SEIS (86) de fecha veintiocho (28) de Agosto del año dos mil veinte (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de recono-cida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaría de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy treinta y uno (31) de Agosto del año dos mil veinte (2020), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. - ENCARGADA –

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NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada del causante GERMAN ALFONSO MELO BOHORQUEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 79.490.735 expedida en Bogotá, quien falleció en la ciudad de Bogotá, el día ocho (8) de Abril del año dos mil veinte (2020), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veintitrés (23) de Septiembre del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número ciento siete (107) de fecha veinticuatro (24) de Septiembre del año dos mil veinte (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. – ENCARGADA

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NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada de los causantes LUIS FELIPE URIBE VEGA y MARIA DEL CARMEN CORTES DE URIBE, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 5.880 expedida en Bogotá y 20.350.101 expedida en Alban, quienes fallecieron en la ciudad de Bogotá, los días veintinueve (29) de Mayo del año dos mil siete (2007) y die-ciocho (18) de Abril del año dos mil catorce (2014), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veinticuatro (24) de Septiembre del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número ciento ocho (108) de fecha veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil veinte (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy veintiséis (26) de Septiembre del año dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. - ENCARGADA

HAY UN SELLO *S1-3-01

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada del causante JOSE VICENTE RODRI-GUEZ CARRILLO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 134.746 expedida en Bogotá y quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C., el día dieciséis (16) de Julio del año mil novecientos noventa y cinco (1995), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la

ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veinticuatro (24) de Septiembre del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número ciento nueve (109) de fecha veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil veinte (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy veintiséis (26) de Septiembre del año dos mil veinte (2020) siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. - ENCARGADA –

HAY UN SELLO *S1-4-01

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLA-ZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la he-rencia intestada de los causantes JOSE GUSTAVO GUEVARA ACUÑA y BLANCA LEONOR PEÑA DE GUEVARA, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 36.283 y 20.135.711 las dos expedida en Bogotá, quienes fallecieron en la ciudad de Bogotá y New York, Staten Island- Estados Unidos, los días veinticuatro (24) de Febrero del año dos mil doce (2012) y siete (7) de Febrero del año dos mil catorce (2014) respectivamente, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veinticuatro (24) de Septiembre del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número ciento diez (110) de fecha veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil veinte (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy veintiséis (26) de Septiembre del año dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. – ENCARGADA-

HAY UN SELLO *S1-5-01

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE CHIA (CUNDINAMARCA) ENCARGADO EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el derecho de intervenir en el trámite de liquidación notaría de la sucesión INTESTADA de la causante JAIRO IVAN ACOSTA ROMERO, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 80.375.340 expedida en Gacheta, fallecido el día: DOCE (12) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE (2.020) en el municipio de Tenjo (Cundinamarca), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en el municipio de Chía (Cundinamarca), para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación y la emisora LUNA STEREO, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número CERO CUARENTA Y OCHO (048) de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinte (2.020). Para efectos del Artículo 490 del Código General del Proceso y del numeral 2º. del Artículo 3º. De Decreto 902 de 1.988, modificado por el decreto 1729 de 1.989, se ordena fijar el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Secretaría de la Notaría, por el término de Diez (10) días. Hoy a los veinti-nueve (29) días del mes de septiembre de dos mil veinte (2.020). LUIS AELXANDER ARIAS BETANCOURT NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE CHIA CUNDINAMARCA ( E ) Según Resolución No. 07077 de fecha 02 de septiembre de 2020 emitida por la S.N.R.

HAY UN SELLO *CH1-1-01

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA VEINTITRES DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite de liquidación de herencia del causante CESAR AUGUSTO PARRA RODRIGUEZ C.C. 79.137.448, fallecido el 4 de Diciembre de 2.018 en Bogotá D.C. El trámite fue admitido mediante Acta No. 42 de fecha 29 de Septiembre de 2.020 Se ordena publicación de éste Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las reformas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se fija el presente Edicto en lugar visible de ésta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, hoy 30 de Septiembre de 2.020 a las 8 a. m. ESTHER BONIVENTO JHONSON Notaria Veintitrés de Bogotá D.C.

HAY UN SELLO *V1-8-01

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada de los causantes LUIS ERNESTO BARON ACUÑA y JUSTINA CULMA DE BARON, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 61.434 y 20.118.162 las dos expedidas en Bogotá, quienes fallecieron en la ciudad de Bogotá, los días ocho (8) de Abril del año mil novecientos noventa y nueve (1999) y treinta (30) de Enero del año dos mil diecinueve (2019), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día diez (10) de Septiembre del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número noventa y siete (97) de fecha once (11) de Septiembre del año dos mil veinte (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta dudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy doce (12) de Septiembre del año dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. – ENCARGADA –

HAY UN SELLO *S1-6-01

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA VEINTITRES DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite de liquidación de herencia del causante JOSE ORDNASIL RIVERA HERNANDEZ C.C. 2.853.138, fallecido el 12 de Julio 2.018 en Bogotá D.C. El trámite fue admitido mediante Acta No. 43 de fecha 29 de Septiembre de 2.020 Se ordena publicación de éste Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las reformas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se fija el presente Edicto en lugar visible de ésta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, hoy 30 de Septiembre de 2.020 a las 8 a.m. ESTHER BONIVENTO JHONSON Notaria Veintitrés de Bogotá D.C.

HAY UN SELLO *V1-9-01

NOTARÍA CUARTA (4ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CA-RRERA 8 N° 17-30 TELÉFONOS: 7519617 -7519602 EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se Consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA HERENCIA del señor LUIS ALBERTO ESPITIA RODRIGUEZ quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía Número 11.381.463. Quien Falleció en BOGOTÁ D.C., COLOMBIA el Día Dieciséis (16) de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017) y Siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Respectivo de la LIQUIDACION DE LA HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Mediante Acta Número ciento treinta y cuatro (134) del Día treinta (30) del Mes de Septiembre del Año Dos Mil Veinte (2020). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En Cumplimiento de lo previsto en el Artículo Tercero (3°) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Visible de la Notaría por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se Fija Hoy treinta (30) del Mes de Septiembre del Año Dos Mil Veinte (2020). EDUARDO MONGUI ORTIZ NOTARIO CUARTO (4°) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Quien firma designado por Resolución-N° 6823 del 27 de Agosto del año 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro.

HAY UN SELLO *R1-6-01

EDICTO EMPLAZATORIO NOTARIA TREINTA Y UNO DE BOGOTÁ D.C. Como lo disponen los Decretos 902 de 1988 y 1729 de 1989, EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la SUCESION de: MIGUEL FONSECA PEREZ C.C 2.904.061 ESTER GONZALEZ ALDANA C.C 20.121.426 Quienes en vida tuvieron su último domicilio en esta ciudad de Bogotá, D.C., sucesión cuya tramitación ha sido solicita-da a esta Notaría. Para los efectos señalados en la ley, se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO en lugar público, y se ordena su publicación en un periódico de amplia circulación y en una emisora de la localidad. CONSTANCIA DE FIJACIÓN Se FIJA el presente Edicto Emplazatorio en la secretaría de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, para los efectos del numeral 2, artículo 3 del decreto 902 de 1.988. BOGOTA, D.C. 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020 IVA FELIPE AGUIRRE GARCIA NOTARIO TREINTA Y UNO (E) DE BOGOTÁ D.C.

HAY UN SELLO *R1-7-01

NOTARIA CUARTA CIRCULO NOTARIAL DE TUNJA. EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CIRCULO DE TUNJA. EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de herencia del causante de JOSE GUILLERMO LOPEZ MORA, identificado con cedula de ciudadanía número 17.101.921, expedida en Bogotá, quien fallecido en la ciudad de Bogotá D.C, el veintidós (22) de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro (1974), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Tunja, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico. Trámite aceptado en La Notaria Cuarta (4) de Tunja mediante acta No 063 de fecha, treinta (30) de septiembre del año dos mil veinte (2020), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988 y demás normas concordantes, ordena lo siguiente: Publicar este edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en una emisora y su fijación en lugar visible de la Notaria, en que se adelante el trámite, en este caso en la Notaría Cuarta de Tunja por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija en la cartelera principal de La Notaria (4) Cuarta de Tunja hoy treinta (30) de septiembre de año dos mil veinte (2020) siendo las 8:00 am. JULIO ALBERTO CORREDOR ESPITIA Notario Cuarto del Círculo de Tunja.

HAY UN SELLO *S5-1-01

REPÚBLICA DE COLOMBIA EDICTO El Notario Primero del Círculo de Tunja EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a concurrir a la liquidación de la sucesión intestada de la causante ANA ROSA GOMEZ (Q.E.P.D), quien se identifico en vida con Cedula de Ciudadanía numero 23.275.521 de Tunja. El suscrito Notario acepta la solicitud y documentación anexa para llevar a cabo el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 042 del 25 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se ordena, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988, lo siguiente: La publicación de este, en un periódico de circulación nacional, La difusión por una vez en una emisora local si la hubiere, y La fijación en un lugar visible de esta Notaria, por el término de diez (10) días hábiles a partir de esta fecha. En la Cartelera principal de la Notaria Primera del Círculo de Tunja, se fija el presente Edicto hoy 30 SEP 2020, siendo las 08:00 a.m., por el término correspondiente. El Notario Primero, HERNÁN MONTAÑA RODRIGUEZ

HAY UN SELLO *S5-2-01

NOTARÍA 4 TUNJA EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CIRCULO DE TUNJA EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de herencia de la causante RAQUEL TOCA DE REYES, identificada con la cédula de ciudadanía número 23.271.815 expedida en Tunja (Boyacá), fallecida en la ciudad de Tunja, el día cuatro (04) de agosto del año dos mil dieciocho (2018), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Tunja (Boyacá), dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico. Trámite ACEPTADO en ésta Notaría mediante acta No. 059 de fecha 28 de septiembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988 y demás normas concordantes, ordena lo siguiente: Publicar este edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en una radiodifusora local y su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy 28 de septiembre de 2020 siendo las 8:00 am en la cartelera principal de esta Notaría. JULIO ALBERTO CORREDOR ESPITIA Notario Cuarto de Tunja

HAY UN SELLO *S5-3-01

NOTARIA 4 TUNJA EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CIRCULO DE TUNJA EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a in-tervenir en el trámite notarial de la liquidación de herencia de la causante NIDIAN MERY MUÑOZ REINA, identificada con la cédula de ciudadanía número 24.218.231 expedida en Ventaquemada (Boyacá), fallecida en la ciudad de Tunja, el día quince (15) de octubre del año dos mil quince (2015), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Tunja (Boyacá), dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico. Trámite ACEPTADO en ésta Notaría mediante acta No. 061 de fecha 28 de septiembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988 y demás normas concordantes, ordena lo siguiente: Publicar este edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en una radiodifusora local y su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy 28 de septiembre de 2020 siendo las 8:00 am en la cartelera principal de esta Notaría. JULIO ALBERTO CORREDOR ESPITIA Notario Cuarto de Tunja

HAY UN SELLO *S5-4-01

NOTARÍA 4 TUNJA EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CIRCULO DE TUNJA EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de herencia del causante EFREN DE JESUS MUÑOZ PRIETO, identificado con la cédula de ciudadanía número 6.757.685 expedida en Tunja (Boyacá), fallecido en la ciudad de Bogotá D.C., el día veinticuatro (24) de junio del año dos mil diecinueve (2019), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Tunja (Boyacá), dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico. Trámite ACEPTADO en ésta Notaría mediante acta No. 060 de fecha 28 de septiembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988 y demás normas concordantes, ordena lo siguiente: Publicar este edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en una radiodifusora local y su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy 28 de septiembre de 2020 siendo las 8:00 am en la cartelera principal de esta Notaría. JULIO ALBERTO CORREDOR ESPITIA Notario Cuarto de Tunja

HAY UN SELLO *S5-5-01

REMATEREPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO DISTRITO JUDICIAL DE ARAUCA JUZGADO CIVIL DEL CRCUITO DE ARAUCA AVISO DE REMATE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ARAUCA-ARAUCA HACE SABER Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR con radicado No. 81-001-31-03-001-2016-00033-00, seguido por la señora DAIRA MERCEDES CASTAÑEDA GRANADA, mediante apoderado judicial, contra ELISA DEL CARMEN CISNEROS, este juzgado mediante auto interlocutorio de fecha 02 de Septiembre de 2020, se fijó para el día 13 de Octubre de 2020 a las 10:00 a.m. para llevar acabo la diligencia virtual de REMATE del bien inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 410-5732 de la oficina de instrumentos públicos de Arauca-Arauca, ubicado en la calle 23 No. 14-38-40-42 del Barrio unión de la ciudad de Arauca, bien avaluado en la suma de QUINIENTOS DOS MILLO-NES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CIEN PESOS ($502.524.100.oo), bien que se encuentra bajo custodio del secuestre PRUDENCIO ELISEO TOVAR CISNEROS, Dirección Urbanización el Moriche, Casa 1, Manzana 1, Celular 315-2160609 Arauca – Arauca. Se advierte que esta es la primera licitación. La licitación principiara al primer minuto de establecer la conexión virtual, y no se cerrara sino después de transcurrido una hora desde el comienzo, siendo postura admisible la que cubra el 70% del valor comercial ($351.766.870.00). Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero a nombre del Juzgado Civil del Circuito de Arauca el 40% del avaluó del respectivo bien ($201.009.640.oo) en la cuenta de depósitos Judiciales No. 81-001-20-31-001-2016-00033-00 del Banco Agrario de Colombia de esta ciudad y deberá allegar la consignación al correo electrónico de este juzgado [email protected] dentro de los 5 primeros días a la fecha anunciada o dentro de la hora conforme al Artículo 452 del C.G.P. suministrando los respectivos datos de contacto (Dirección, teléfono, correo electrónico, etc) y las ofertas deben presentarse en sobre encriptado, facilitando la clave al primer mi-nuto de finalizada la hora de la audiencia para abrirlo, so pena de tenerla por no presentada.Dicha audiencia se llevara a cabo de manera VIRTUAL, mediante la plataforma LIFESIZE, para lo cual la secretaria se comunicara previamente con las partes e intervinientes para informarles el ID o código de reunión por donde se hará la respectiva conexión y en su defecto, concretar una herramienta tecnología o plataforma distinta, de manera que, se le previene a los sujetos procesales que estén pendientes mínimo 30 minutos antes de la sesión (Art. 7 Decreto 806 de 2020). NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE, JAIME POVEDA ORTIGOZAJuez 2 a.s.c. No. 271

*C4-2-01

LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA, a través de la SECRETARÍA GENERAL Y DESARROLLO INSTITUCIONAL, notifica por EDICTO, que el señor CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ RUBIO, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía No.1.190.796, falleció el día 01 de Septiembre de 2020, según Re-gistro Civil de Defunción No. 5247924 expedido por la Registraduria Nacional del Estado Civil, quien era pensionado a cargo del Depar-tamento de Arauca. Que la señora INES AMELIA QUENZA DE RO-DRIGUEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 24.238.376, solicita en su condición de cónyuge, le sea reconocida y sustituida la Pensión de Sobreviviente, según lo contemplado en el artículo 49 de la Ley 100 de 1993, reglamentado por el Decreto No. 1730 del 27 de agosto de 2001. Quienes crean tener igual o mejor derecho a la Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez del fallecido, deben hacerlo saber a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del PRIMER AVISO, en la oficina del Fondo Depar-tamental de Pensiones Públicas de Arauca. Se ordena además la fijación del edicto en un lugar visible de esta Secretaría, en virtud de lo establecido en la Ley 44 de 1980, modificada por la Ley 1204 de 2008. Dado en Arauca a los 17 días del mes de septiembre de 2020, BETTY XIOMARA QUENZA VALDERRAMA, Secretaria General y Desarrollo Institucional, elaboró ELIZABETH PELAYO PARADA, Técnico Operativo Fondo de Pensiones.

LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA, a través de la SECRETARÍA GENERAL Y DESARROLLO INSTITUCIONAL, notifica por EDICTO, que el señor VICTOR JULIO PACAVITA PA-RRA, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.921.559, falleció el día 30 de Agosto de 2020, según Registro Civil de Defunción No. 91414332 expedido por la Registraduria Nacional del Estado Civil, quien era pensionado a cargo del departamento de Arauca. Que la señora MARTHA YAMILE URIBE URIZA, identi-ficada con la cédula de ciudadanía No. 41.552.631, solicita en su condición de cónyuge, le sea reconocida y sustituida la Pensión de Sobreviviente, según lo contemplado en el artículo 49 de la Ley 100 de 1993, reglamentado por el Decreto No. 1730 del 27 de agosto de 2001. Quienes crean tener igual o mejor derecho a la Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez del fallecido, deben hacerlo saber a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del PRIMER AVISO, en la oficina del Fondo Depar-tamental de Pensiones Públicas de Arauca. Se ordena además la fijación del edicto en un lugar visible de esta Secretaría, en virtud de lo establecido en la Ley 44 de 1980, modificada por la Ley 1204 de 2008. Dado en Arauca a los 17 días del mes de septiembre de 2020, BETTY XIOMARA QUENZA VALDERRAMA, Secretaria General y Desarrollo Institucional, elaboró ELIZABETH PELAYO PARADA, Técnico Operativo Fondo de Pensiones.

AVISOINVERSIONES CASAGOMEZ HACE SABER: Que, por medio del presente Edicto se NOTIFICA a los clien-tes del proyecto EL DORADO, que INVERSIONESCASAGO-MEZ, R/L: GERARDO ALFONSO GOMEZ CUEVAS, procederá de acuerdo a la normatividad vigente en el artículo 203 de la ley 1437 de 2011, y de la misma manera se les informa a los clientes que firmaron la promesa contrato privado de compraventa de lote sobre planos que una vez agotado todos los procedimientos jurídicos y legales para que se acercaran a conciliar o buscar un acuerdo entre las partes por tal motivo, nos vemos en la necesidad de terminar unilateralmente el contrato debido al incumplimiento de los compradores en el no pago de las cuotas y de no realizar presencia ni vía personal ni por ningún medio, por tal motivación se realiza la citación a los siguientes clientes: AZUCENA PEÑA, JUAN DOMINGO ALVAREZ, FILIBERTO AQUILINO BENITEZ GONZALEZ, MELKIN ADOLFO DIAZ CORONADO, JUAN VERU ORTIZ, KAREN JULIETH VERA SANTIAGO, WILLIAM ALFONSO CORREA PEÑA, EDGAR RODRIGUEZ WILCHEZ, WILMER ALEXIS ALVAREZ LEAL, JOSE LUIS TOVAR PARALES, DIANA MARCELA GIRALDO MARTINEZ, MONICA DAYANA SALCEDO BEJARANO, LUIS EDUARDO MONTES GALLEGO, HAROLD TOVAR PARALES, CESAR JAIMES, ZACHA ISABEL VELEZ CARVAJAL, YANIRA MANOSALVA, DORIS DELGADO, LIDDY JELENITH PRIETO PEREZ, CLARA ESPERANZA ALVARADO MORENO, JIMY PINZON MONTOYA, IRIS MORENO VILLADIEGO, BRAYAN ANDRES IBARRA POSSO, INES TERESA ARIAS MORA, JHONNNY ALBARRACIN CABEZA, MANUEL ALEJANDRO ORJUELA, ALICIA PEÑA PEÑA, YULY ANDREINA PEÑA PEÑA, MARIA JOSEFA MEDINA TORRES, FELIX ALONSO JERONIMO OROPEZA, ADRIANA CUBURUCO, OLMEDO GARCIA RUIZ, MIGUEL MONCADA MONSALVE, YESID ROMERO RAMOS, INGRID TORRES, FREDY FABIAN RAMIREZ, DIANA CARO-LINA ASCANIO SANTOS, DIEGO CASTAÑO OSORIO, LUIS HERNANDO SILVA PAEZ, JOSE MIGUEL ROJAS PINZON, LUZ ISBELIA ACONCHA, LUIS IDOLFO PADILLA LOPEZ, JOSE JOHANNE ACEVEDO LIZARAZO, KEVIN MERCADO, JUAN ERNESTO MARTINEZ ALFONSO, CAROLINA RODRIGUEZ AYA-LA, KARINA ALVAREZ VALDERRAMA, LUZ EMILIA ALVAREZ VALDERRAMA, DEIBER SANCHEZ ROMERO, GABRIEL JOSE BENITEZ MADARRIAGA, YENNY LEIDYS RAMIREZ AGUDELO, YURI MILAIDY ALVAREZ, ERIKA CARO VARGAS, GONZALO GONZALEZ TORRES, LEIDIS LILIANA PACHECO ANDRADE, NIXON CANTOR, ANA MIGDALIA LOPEZ, INGRID KATHERINE GUARIN VEGA, GIVELLY ANDREA BAEZ, JOSE LUIS RINCON BAUTISTA, REINEL ASCANIO, VICTOR MANUEL HERRERA, ALDRIN HELI RODRIGUEZ LUNA, AUDENYS CENTENO MEJIA, LISETH MILENA ROJAS PEREZ, MARIA LUCILA LUNA, ELIAS JABBA VASQUEZ, WILLIAM HERRERA URREA, ADRIANA MARYELLY QUENZA PADILLA, ANA SILVIA BAUTISTA JIMENEZ, TATIANA CORDERO CASTILLO, PEDRO IVAN MELO ORTIZ, LUZ ELENA HERNANDEZ VILLABONA, MIGUEL ANGEL CASTRO GOMEZ. Se fija este edicto en un lugar público de la Oficina INVERSIONES CASAGOMEZ, ubicada en la Carrera 24ª No. 23 – 85 Barrio 7 de Agosto y en un diario de amplia circulación, por el termino de tres (3) día hábiles, hábiles contados a partir del día primero (01) de octubre de 2020, a las ocho de la mañana (08:00 a.m.).

*C4-1-01

DISCULPAS PUBLICAS

JAVIER HERNADO RUBIO ANTIA Y JAIME CASTILLO PAIBA, mayores de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Ibagué, manifestamos a la opinión pública que nos encontra-mos profundamente arrepentidos por los hechos que dieron origen al proceso penal que se adelantó en el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE IBAGUE bajo el radicado 73001 6000 000 2017 00 132 por los delitos de Fraude procesal y otros, pedimos perdón públicamente a la ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD “ADRES”, a la administración de justicia y a la sociedad en general, con el compromiso de no repetición y de presentar un comportamiento ejemplar frente al ordenamiento jurídico y la comunidad.

*I2-1-01

LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA, a través de la SECRETARÍA GENERAL Y DESARROLLO INSTITUCIONAL, notifica por EDICTO, que el señor PARMENIO DE JESUS LOPEZ MESA, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía No. 8.221.82, falleció el día 01 de Septiembre de 2020, según Registro Civil de Defunción No. 09728364 expedido por la Registraduria Nacional del Estado Civil, quien era pensionado a cargo del depar-tamento de Arauca. Que la señora MARIA ESTHER GUERRA CHA-VARRIA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 21.374.322, solicita en su condición de cónyuge, le sea reconocida y sustituida la Pensión de Sobreviviente, según lo contemplado en el artículo 49 de la Ley 100 de 1993, reglamentado por el Decreto No. 1730 del 27 de agosto de 2001. Quienes crean tener igual o mejor derecho a la Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez del fallecido, deben hacerlo saber a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del PRIMER AVISO, en la oficina del Fondo Depar-tamental de Pensiones Públicas de Arauca. Se ordena además la fijación del edicto en un lugar visible de esta Secretaría, en virtud de lo establecido en la Ley 44 de 1980, modificada por la Ley 1204 de 2008. Dado en Arauca a los 17 días del mes de septiembre de 2020, BETTY XIOMARA QUENZA VALDERRAMA, Secretaria General y Desarrollo Institucional, elaboró ELIZABETH PELAYO PARADA, Técnico Operativo Fondo de Pensiones.

A V I S O

El liquidador de la sociedad AKEBONO INVERSIONES S.A.S., EN LIQUIDACIÓN, sociedad comercial identificada con el NIT. 900.758.537-1, sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de la Republica de Colombia, domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C., en cumplimiento en lo dispuesto en el Código de Comercio avisa que: (i) La Asamblea General de Accionistas en su reunión efectuada el 24 de junio de 2020 aprobó la disolución y posterior liquidación de la sociedad y (ii) que dicha decisión fue inscrita ante la Cámara de Comercio de Bogotá el 18 de agosto del 2020.

Fdo,

José Alejandro Monroy DueñasLiquidador

AKEBONO INVERSIONES S.A.S., EN LIQUIDACIÓN