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EL COBRO DE DERECHOS DE AUTOR EN COLOMBIA Y EL NUEVO RÉGIMEN DE LAS SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA Dr. Felipe García Dr. Juan Carlos Monroy Rodríguez Dr. Eduardo Varela Pezzano Bogotá, martes 23 de octubre de 2012 Hotel Holiday Inn Express, Calle 94 No 11 A - 12 Salón Encenillo. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
EL COBRO DE DERECHOS DE AUTOR EN COLOMBIA Y EL NUEVO RÉGIMEN DE LAS SOCIEDADES DE GESTIÓN
COLECTIVA
• Dr. Felipe García• Dr. Juan Carlos Monroy Rodríguez• Dr. Eduardo Varela Pezzano
Bogotá, martes 23 de octubre de 2012Hotel Holiday Inn Express, Calle 94 No 11 A - 12
Salón Encenillo
Eduardo Varela [email protected]
Abogado del Dept. de Derecho de Autor y Entretenimiento de Cavelier Abogados
Bogotá, 23 de octubre de 2012
INTRODUCCIÓN AL RÉGIMEN DE GESTIÓN Y RECAUDO DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS
Café “Les Ambassadeurs”, París, 1847
(Imagen tomada de TripAdvisor.com)
* Ernest Bourget se rehusó a pagar porque en el Café sonaba una de sus composiciones
* Un año después se creó la Sociedad de Autores, Compositores y Editores de Música (SACEM)
Gestión de los derechos de autor
Ley 23/82, Ley 44/93 y Decreto 3942 de 2010
• Gestión colectiva
• Gestión individual
• Anterior al uso de la obra
• El recaudo no es un impuesto (al menos un ciudadano así lo pensó –C-593/93-).
Gestión de los derechos de autor
GESTIÓN COLECTIVA
Gestión de los derechos de autor
GESTIÓN COLECTIVA
• Formas asociativas de naturaleza civil con personería jurídica
• Objeto social diferente al de otros vehículos societarios
• Ajenas al ánimo de lucro
• Autorización de la DNDA para que funcione
Gestión de los derechos de autor
GESTIÓN COLECTIVA
• Obligación de admitir a cualquier titular de derechos que acredite titularidad de mínimo 1 obra, interpretación, ejecución o fonograma explotado públicamente
• Vigilancia, inspección y control de la DNDA
• DNDA investiga y sanciona a las sociedades de gestión y a los miembros de sus órganos de administración
Gestión de los derechos de autor
TARIFAS EN LA GESTIÓN COLECTIVA
• El reglamento interno de la sociedad especifica la forma como se fijan las tarifas
• Las tarifas son fijadas por la sociedad de gestión y no por el titular de los derechos
• Las tarifas tienen que ser publicadas en su sitio web (¿requisito adicional para constitución?)
• Las tarifas son negociables con los usuarios (proporcional a los ingresos)
Gestión de los derechos de autor
GESTIÓN INDIVIDUAL
Gestión de los derechos de autor
GESTIÓN INDIVIDUAL
• Establecida estatutariamente en el Decreto 3942 de 2010
• Antes algunos abogados pensaban que la gestión colectiva era obligatoria (Sent. C-424 de 2005)
• Ausencia de vigilancia y control por parte de la DNDA
Gestión de los derechos de autor
GESTIÓN INDIVIDUAL
Requisitos para la gestión individual (Artículo 1º, Decreto 3942):
• Acreditar la titularidad del derecho o la representación del titular
• Individualizar el repertorio al momento de cobrar
• Expedir comprobantes de pago
• No estar afiliado a una sociedad de gestión
Gestión de los derechos de autor
VENTANILLA ÚNICA
Ventanilla única para el pago de derechos de autor:
• Creada por el Decreto Anti trámites (19 de 2012)
• Recientemente declarada exequible por la Corte Constitucional (Sent. C-784 de 2012)
Gracias
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