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"Diagnóstico integral. Régimen Especial de Jubilaciones y Pensiones en las Universidades Nacionales. Caso: Universidad de Carabobo"

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Diagnóstico integral

Régimen Especial de Jubilaciones y Pensiones en las Universidades Venezolanas

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A continuación presentamos la evolución de nuestro sistema en los últimos años con los impactos legales, sociales y económicos que la afectan en la actualidad y sugiriendo rumbos de acción.1.Régimen pionero en el país generado por pauta OPSU y luchas gremiales.2.Contributivo, universal y de carácter solidario.3.Régimen estable hasta el año 2008.4.Régimen inestable desde el año 2008.5.Acciones contrarias del Ministro Ramírez.6.Gestión financiera positiva.7.Objetivo cumplido.8.Contribución: Garantía Régimen Preexistente.9.Cartera de Inversiones.10.Misión, Visión y Valores.11.Dirección y control de la gestión financiera.12.Conclusiones.

Caso: Universidad de Carabobo

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1. Régimen pionero en el país generado por pauta OPSU y luchas gremiales

Basadas en las pautas que dictó el Consejo Nacional de Universidades (CNU) en el año 1976, las universidades crearon un régimen de jubilaciones y pensiones soportado en el reglamento (estatuto de cada universidad) así como en la actas convenios firmadas entre los profesores y sus respectivas universidades además de las normas de homologación. Posteriormente los empleados y obreros lograron plegarse a este mismo régimen y obtener ese derecho. Previó una figura jurídica para la guarda, custodia, administración e inversión de los fondos financieros que se iban a producir de los aportes tanto de la universidad como de los profesores.

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La naturaleza de esas personas jurídicas permitió crear organizaciones con cierta autonomía y capacidad para acceder al mercado financiero; otorgar préstamos a la comunidad universitaria; comprar bienes inmuebles; títulos valores, bonos, depósitos y otros instrumentos de renta fija o variable en moneda nacional y extranjera, que le permitiera cumplir con su objeto: contribuir con el pago de las jubilaciones y pensiones del personal universitario. Las pautas no indicaron un tipo de figura en particular y en la mayoría del país existen fundaciones, además de asociaciones civiles y sociedades civiles. En el caso de la UC la figura jurídica fue una asociación civil denominada Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (FOPEDIUC)

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2. Contributivo, universal y de carácter solidario

Los fondos financieros de jubilaciones y pensiones del personal docente y de investigación de los profesores recibían inicialmente aportes de capital de dos fuentes: a) aportes de los profesores y b) aportes de la universidad. Sin embargo, tales aportes no fueron uniformes nacionalmente: Cada universidad vía consejo universitario decidió la cuantía de aquéllos. Así observamos como la UNET recibía 1% de aporte de profesores y 1% de aporte patronal; LUZ con 2% de aporte personal y 4% de aporte patronal; la UC con 3% patronal y 3% personal; la UCV con 4% patronal y 4% personal; la ULA que se nutre del 5% de aporte personal y 5% de aporte patronal; y la UDO con 6% personal y 10% patronal. Los aportes de capital fueron procesados en forma regular durante un cuarto de siglo a través de la creación de un sistema propio de las universidades en función de su autonomía. En ese régimen, tanto los profesores activos como los jubilados realizaban esos aportes a capital y cada fondo debía incrementar esos recursos en tanto fondo financiero que era y generar un capital para esa figura jurídica. Con el capital de trabajo y el capital acumulado se generaron ganancias y gran parte de esas utilidades se entregan a la universidad para contribuir, directa o indirectamente, con el pago de jubilaciones y pensiones, objeto principal de estos organismos.

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3. Régimen estable hasta el año 2008

Las universidades nacionales comprendieron y entendieron que manejaban un régimen propio creado desde el año 1976 con las pautas correspondientes dictadas por el CNU y las normativas contempladas para los efectos tanto en la Ley de Universidades y las leyes vigentes para aquel entonces. El proceso consistía en un sistema en el cual tanto profesores activos como jubilados aportaban mensualmente para la creación de un fondo financiero cuyo objeto principal era contribuir a jubilaciones y pensiones. Este sistema se mantuvo inalterable hasta el año 2008 en el cual por una disposición del CNU cesan los aportes de los profesores jubilados e inclusive algunas universidades devolvieron cuatro años de esos aportes (desde la entrada en vigencia de la LOSSS en el año 2003).

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

SECRETARIADO PERMANENTEN° 082, Caracas, 06 de agosto de 2008

• Que las Universidades Nacionales, desapliquen de inmediato los Estatutos de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación, eliminando la obligación del Personal Jubilado de seguir cotizando o contribuyendo con el mencionado fondo, adecuando así el estatuto al mandato de la Ley de Seguridad Social.• Que las Universidades Nacionales, cesen en el descuento por aporte a los Fondos

de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación Jubilados.• Que las Universidades Nacionales acuerden con los Fondos de Jubilaciones y

Pensiones la reforma de los estatutos, de manera que permita reintegrar, tanto a los Profesores, como a la propia Universidad los aportes realizados, a partir de enero de 2003.

En la misma sesión el CNU nombró una comisión para estudiar la magnitud de la modificación de los estatutos y el destino que debía darse a estos fondos. La comisión fue coordinada por el Prof. Antonio Castejón y produjo distintas conclusiones que no fueron llevados al CNU.

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4. Régimen inestable desde el año 2008

Durante 24 años el régimen funcionó absolutamente estable; sin embargo, a finales del año 2002, se sanciona la Ley Orgánica de Sistema de Seguridad Social (LOSSS) y con ella se abre un debate en el país acerca de si es aplicable o no a las universidades.

La disposición CNU del 2008 fue acatada de distintas maneras por las universidades. Sobretodo a lo relativo a la devolución de retenciones hechas a los profesores jubilados después del año 2003. Ello fue porque algunas universidades argumentaron que, en función a su autonomía funcional y al carácter parafiscal de esa contribución, lo dejaban como parte del capital de los respectivos fondos.

Otro grupo devolvió el capital y algunas como la UC y LUZ devolvieron el capital con intereses, aplicando la tasa promedio activa y pasiva con la cual se calcula el pago de las prestaciones sociales.

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La respuesta heterogénea de las universidades a la disposición del CNU del año 2008 dejó abierto el debate acerca de la adscripción de las universidades a la LOSSS. La falta de respuesta por parte de la comisión nombrada para trabajar el futuro de los fondos y la actualización de los estatutos por el Consejo Nacional de Universidades aportó mas incertidumbre, la cual se amplió con la gestión del Ministro Edgardo Ramírez sustituto de Luis Acuña.

La Consultoría Jurídica del CNU cuestionó además la figuras jurídicas que soportaban los fondos. En particular las Asociaciones Civiles, estos organismos son de carácter privado propio de las Cajas de Ahorros e Institutos de Previsión, sin supervisión del Estado, al contrario de las fundaciones cuyos entes fundantes incluyen instituciones públicas y por ende la posibilidad de administrar recursos públicos. Se envió la documentación a este organismo y se quedó que en una sesión del CNU sería tratada la materia para establecer esta política. Lamentablemente con la salida del Ministro Acuña, este informe no llegó a ser considerado. 9

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Comisión Antonio Castejón (SAM-OPSU)

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La comisión Castejón produjo un proyecto que se denominó informalmente SAM-OPSU (publicado en la web). Sugería la creación de un Sistema de Atención al Adulto Mayor (SAM) enmarcado en la LOSSS. Orientando los recursos del régimen preexistente hacia la previsión social de los profesores jubilados, manteniendo el carácter contributivo, universal y solidario y transformando el fondo actual en un fondo voluntario complementario.

Así mismo sugería modificar los estatutos de todos los fondos del país para indicar el nuevo objeto, dejar claro que en caso de desaparecer la figura jurídica los recursos serían utilizados para la previsión social de los profesores universitarios. En este caso, inclusive se podía utilizar sin problemas la figura de Asociación Civil de carácter privado, dado que no se recibirían aportes del estado (lo contrario a la figura de fundación que es la pertinente cuando se administra patrimonio público).

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5. Acciones contrarias del Ministro Ramírez

El Ministro de Educación Universitaria nombrado en el 2010, Edgardo Ramírez manifestó a través de un informe realizado por su asesor jurídico privado y distribuido en el CNU su disposición contraria al funcionamiento de los fondos como parte del régimen de jubilaciones y pensiones. Cuestionando el carácter autonómico de las universidades y su carácter preexistentes ante la LOSSS. Argumentó que éstos regímenes de jubilaciones universitarios no tienen naturaleza legal, válida y por ende, procedió a retener los aportes patronales de los profesores activos pertenecientes a su fondo, en un fideicomiso. Esta disposición no fue aprobada en CNU. Ramírez denunció en la Fiscalía y en la Contraloría General de la República la existencia de estos Fondos y su denuncia fue exclusivamente a los fondos de los docentes pertenecientes a la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERÚ)

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* Basado sólo en lo dejado de percibir.

Impacto en el Fondo de la UC en los aportes dejados de percibir que formaban parte del capital

Cuadro N° 1

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6. Gestión financiera positiva

Pese a lo anterior, la relación de utilidades de los fondos ha sido positiva. A nivel nacional ninguno de los administradores de fondos ha presentado pérdidas; pero sí han tenido menos utilidades y por ende menos contribución al alma máter, dado la disminución de los aportes a capital. Los fondos a nivel nacional han venido cumpliendo su función, no han dejado de contribuir y en muchos casos lo han hecho más allá de los aportes a capital dados por los profesores activos.

Ello se puede observar en el cuadro No. 2 en el cual se aprecia el patrimonio acumulado del Fondo de la UC, los aportes recibidos, la utilidad obtenida y las contribuciones correspondientes. Igualmente se observa el movimiento del patrimonio, con los respectivos aportes a la UC. Es obvio que si se hubiera recibido el capital mencionado (aportes) en el punto 4, la contribución a pensiones y jubilaciones de las universidades nacionales hubiera sido proporcionalmente mayor. En el cuadro No. 3 se observa el rendimiento que de ese capital ha hecho el Fondo de la UC.

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Cuadro N° 2Evolución del Patrimonio del Fondo UC durante el período 2000-2013

(Expresado en Bolívares)

Nota 1: Los aportes y retenciones desde el año 2003 al 2008 fueron llevados al pasivo por motivo de la LOSSS. En el año 2009 fueron reclasificados de nuevo al patrimonio solo los aportes de los profesores activos.

Nota 2: En el año 2013 los montos fueron negativos debido a la reclasificación de los aportes universitarios desde junio 2010 hasta diciembre 2013 a cuentas de orden (aportes universitarios por recibir del ejecutivo nacional)

Nota 3: En el año 2014 los aportes no han sido recibidos (ni de docentes activos, ni de docentes jubilados) pero se mantiene por completo la operatividad del fondo pese a la falta oportuna de aportes de capital.

Nota 4: Los aportes de los profesores jubilados representan un 62% del capital semilla acumulado al año 2013

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Relación de Utilidad / AportesCaso Fondo de la UC

Estos retornos se han dado pese a las pocas opciones en el mercado financiero y la suspensión desde junio de 2010 de los aportes patronales correspondientes a los profesores activos. Aún así, las universidades a través de los fondos han realizado inversiones con criterios de solvencia, liquidez y seguridad que han logrado aumentos razonables de capital superior a cualquier fideicomiso (8 a 10% mercado nacional).

Aportes de capital incrementados y/o salvaguardados

Cuadro N° 3

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7. Objeto cumplido

La contribución entregada por el Fondo de la UC durante los últimos cinco años ha sido el 62,94% de la utilidad. El método utilizado se basa en la estimación de ganancias que hace la administradora de fondo; el monto a otorgar de la contribución del Fondo a la UC desde el año 2008, fecha en la cual se dejaron de percibir los aportes de los profesores jubilados, hasta el año 2009, fue del 70% de la utilidad. A partir del año 2010 se acordó (en virtud de la disminución del capital) que el promedio debía ser, como mínimo, 60% y en los años en los que hubiera utilidades para el período de origen cambiario (devaluación de la moneda), se debía entregar una contribución estimada menor.

En el cuadro No. 4 se observa el porcentaje de contribución del Fondo de la UC a la Universidad de Carabobo con base en la utilidad. Esto quiere decir que, de cada Bs. 100 producidos por el Fondo de la UC, Bs. 62,94 se envían a la universidad para contribuir al pago de jubilaciones y pensiones

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* Año con utilidad cambiaria de origen no realizable.

Contribución decretada por el Fondo a la UC con base en la utilidad

(en miles de bolívares)

Cuadro N° 4

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Propósito del Fondo de la UC (FOPEDIUC)

Artículo 3. El objeto de FOPEDIUC es la guarda, custodia, administración e inversión de un Fondo Financiero constituido por:a)Los aportes del Estado venezolano, por sí o por conducto del presupuesto de la Universidad de Carabobo. b)Los aportes mensuales de los afiliados a FOPEDIUC, en los términos y bajo las condiciones previstas en la ley. c)Los frutos, rentas e intereses y cualquier otro producto de las operaciones que realice. d)Cualesquiera otros ingresos. e)Los demás bienes que adquiera por cualquier título.

Su propósito es contribuir con el pago total o parcial de las jubilaciones y pensiones de los miembros del personal docente y de investigación de la universidad, en los términos previstos en el artículo siguiente, conforme a la ley.

Estatuto vigente

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8. Contribución: Garantía Régimen Preexistente

La nómina del personal docente jubilado (pasiva), desde 2009 en adelante, ha tenido un monto de Bs. 593.738.560,30 y las contribuciones del fondo han sido de Bs. 18.647.700,75, lo cual representa el 3,02% del total (ver cuadro No. 5). El fondo de la UC así como sus profesores activos y jubilados han contribuido a pagar jubilaciones y pensiones y, al hacerlo, está validando el régimen. Pero aún hay más: al cumplir esto se está en concordancia con la CRBV y la Ley de Universidades, validando un sistema pionero y propio de jubilaciones y pensiones de las universidades nacionales.

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Si efectivamente las universidades nacionales entran en el campo de la LOSSS, la contribución que hacen sus docentes y que a la vez hace su fondo financiero a los aportes de jubilaciones y pensiones es garantía del régimen preexistente (Disposición Final 8va. de la LOSSS). Esto último significa que se mantienen los derechos y deberes de los profesores universitarios. Fopediuc, como parte del sistema, ha contribuido con jubilaciones y pensiones y los profesores también han cumplido, lo cual representa para ellos la única garantía para exigir que se mantenga su sistema de jubilaciones y pensiones a futuro. Esto último ha sido validado por las auditorías tanto externas como de la CGR (con diferencias porcentuales).

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Contribución Decretada UC

Cuadro N° 5

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Comparación

Aporte Nómina Pasiva(Expresado en bolívares)

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9. Cartera de Inversiones

El financiamiento ha sido posible gracias al buen manejo de la cartera de inversiones de la administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones. Esta cartera de inversiones está constituida por seis ítems: Inversiones en Préstamos, Inversiones en Bienes Inmuebles, Inversiones en el Mercado Financiero, Efectivo en Bancos Nacionales, Efectivo en Bancos Extranjeros, lo cual da como total Bs. 99.189.555,81 al 31/12/2013. Las inversiones en préstamos constituyen el 37,51% de la cartera de inversiones del Fondo de la UC, formada por préstamos personales (a corto y mediano plazo), hipotecarios (a largo plazo) y de vehículos (a mediano plazo), cada uno con las respectivas garantías, llegando a un monto de Bs. 37.209.275,96. Así como también existen inversiones en inmuebles que representan 26,11%. Otro monto significativo que representa el 30,57% lo constituyen las inversiones en el mercado financiero tanto en dólares como en bolívares; estas inversiones están representadas en Bonos PDVSA, Venglobal, Bonos Corporativos, Bonos del Sur, Fondos Mutuales en Moneda Extranjera, entre otros (ver cuadro No. 6).

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Cuadro N° 6

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Cartera de Inversiones Fondo UC al 31-12-2013

En Bolívares constantes

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9.A Inversiones en Préstamos

Capítulo aparte merecen las inversiones en préstamos que ha venido realizando el Fondo de la UC y los demás fondos de jubilaciones y pensiones del resto del país. Los fondos manejan su cartera de préstamos como una inversión de la cual se espera un retorno razonable. En la actualidad FOPEDIUC ha dado más de 2000 prestamos solidarios a sus afiliados.

Se presta a una tasa ligeramente mayor que la de las cajas de ahorro, incluyendo los gastos administrativos, exigiendo las debidas garantías. En los préstamos a corto plazo es póliza de vida; en los préstamos a mediano plazo es póliza de fidelidad y póliza de vida, según la condición del profesor que solicita el préstamo (activo o jubilado). La principal garantía es que el profesor firma la respectiva autorización de descuentos por nómina para cancelar esta obligación contraída.

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Cuadro N° 7

Préstamos que otorga FOPEDIUCa los profesores de la UC

La cartera de créditos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (Fondo UC) se encuentra distribuida de la siguiente forma, al 31/12/2013 :

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Cuadro N° 8

Destino dado a los préstamos por los profesores de la UC

En general, los profesores han utilizado los préstamos a corto y mediano plazo a los siguientes fines:

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Cuadro N° 9

Relación de préstamos a profesores y patrimonio de FOPEDIUC

Los préstamos a profesores constituyen el 33,44% del patrimonio del Fondo de Jubilaciones y Pensiones y han beneficiado cerca de 2.000 profesores. Esta relación se observa a continuación:

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9.B Inversiones en Mercado Financiero

Los fondos financieros se han sustentado en inversiones del mercado financiero nacional y del mercado internacional. La primera en la actualidad a través de la Bolsa Pública Bicentenaria de Valores y la segunda en el mercado internacional, a través de UBS Financial, una de los mayores sociedades bancarias y financieras internacionales, la cual maneja la cuenta del Fondo de la UC a través de la compra de distintos títulos valores. Cada vez que se liquida un papel a la fecha de vencimiento UBS Financial deposita en una cuenta especial esos recursos. El Fondo de la UC autoriza qué hacer con los mismos (compra de nuevos títulos valores o depósito del efectivo en dólares en la cuenta especial). Estos dólares se registran al valor del costo histórico, es decir a la tasa correspondiente del mercado a la cual fueron comprados y se calcula a Bs. 6,30/$ como cambio oficial, vigente.

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Por esta vía, con la asesoría de UBS Financial, se ha logrado un rendimiento para inversiones en dólares del 5% en promedio anual, aceptable en los tres últimos ejercicios económicos y razonables para rendimiento en divisas a nivel internacional. El total producido por los intereses y dividendos en los últimos años fue de US$ 644.150,74 sobre un capital inicial de US$ 4.237.058,20 para iguales ejercicios. La administración de UBS Financial se maneja con base en las leyes del Tesoro del Gobierno de EE.UU. incluyendo los procesos de control de transparencia y legitimación de capitales.

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Cuadro N° 10

Rendimiento de títulos valores

Nota: El rendimiento de FOPEDIUC se ha visto disminuido debido que a partir del año 2012 se empezó a incrementar la posición de FOPEDIUC en Fondo Mutuales los cuales generan ganancias en precios de mercado y no por renta fija.

en moneda extranjera

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Cuadro N° 11

9. C Inversiones en Bienes InmueblesCon la finalidad de registrar el Valor Razonable al 31 de diciembre de 2013, la Institución, consideró la inflación correspondiente al período enero a mayo (21,20%), tomándolo como disminución del Avalúo según el siguiente detalle:

De acuerdo al resultado obtenido se registró reconociendo el Resultado los cambios en el valor razonable, NIIF para la PYMES Sección 16, Párrafo 16.7

Fuente: Lanz, Jiménez y Asociados (Junio 2014)

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10. Misión, visión y valores de FOPEDIUC

Como consecuencia de la dinámica que ha sacudido a los fondos se realizó un ajuste a su misión, visión y valores, con miras a ampliar a futuro un objeto enmarcado en un concepto más amplio de previsión social, teniendo como base el artículo 86 de la CRBV.

MISIÓN: Colaborar con la protección social del personal docente y de investigación, mediante la administración de un fondo financiero que permita contribuir con la Universidad al pago que ella debe hacer del monto de las jubilaciones y pensiones otorgadas o por otorgar a su personal docente y de investigación; así como contribuir con los programas que desarrolle con fines sociales, conforme a lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para atender las necesidades de servicios médicos, asistenciales y demás beneficios de la seguridad social del precitado personal.

VISIÓN: Ser una institución que contribuya al bienestar colectivo de los docentes universitarios a través de aportes y procedimientos que permitan homologar las pensiones y jubilaciones independientemente del régimen preexistente y en contribuciones en salud y previsión social que contribuyan a mejorar su calidad de vida.

VALORES: Honestidad, Solidaridad, Rentabilidad, Responsabilidad y Transparencia.

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11. Dirección y control de la gestión financiera

Fopediuc es una Asociación Civil manejada por una directiva de cinco miembros, en la cual estatutariamente su presidente es el vicerrector administrativo, quien debe su designación al voto del claustro universitario. Los otros cuatro miembros (secretario, tesorero y dos vocales) también son electos en procesos electorales. Recibe el nombre de Fopediuc - como se vio en paginas anteriores - y maneja el Fondo Financiero de Jubilaciones y Pensiones. Como se explicó anteriormente se cuestiona su carácter de Asociación Civil por parte del MPPPEU desde el año 2008; situación que ha sido tomado en cuenta por la UC máxime cuando en la actualidad es la única en el país.

Existe, además, una junta fiscalizadora electa en la misma oportunidad que la junta directiva, encargada de revisar la gestión semestral y anual de la junta directiva, la cual también es electa. La decisión del año 2008 y la comisión nombrada por el CNU pretendían lograr una figura jurídica homogénea en el país, dado que existen fundaciones, asociaciones civiles y sociedades civiles, y el Ejecutivo había reclamado que debía tenerse una figura coherente.

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Lo anterior planteó una ruta de acción por parte de la Universidad de Carabobo de ajustar su estatuto para incorporar una figura jurídica coherente con los planteamientos del ejecutivo y de la homogeneización del régimen a nivel nacional. Este trabajo está adelantado por una comisión de juristas que presentarán un borrador de estatutos ante las instancias pertinentes.

La gestión financiera del fondo, en los últimos cinco años, ha incluido la respectiva auditoría anual hecha por contadores públicos en libre ejercicio. De igual manera los respectivos informes de la Junta Fiscalizadora realizados año a año, así como la publicación de las memorias y cuentas previamente presentadas al Consejo Universitario, han sido publicadas en la página web oficial de la Universidad de Carabobo.

Pese a su carácter privado por ser Asociación Civil, el fondo ha sido externamente auditado dos veces por la Contraloría General de República y una vez por la Superintendencia de Seguridad Social.

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La Junta Directiva es presidida por el Vicerrector Administrativo. En elecciones abiertas que involucraron tanto los profesores activos como jubilados, se eligieron el Secretario, Tesorero y los Vocales, así como el Presidente de la Junta Fiscalizadora. La última elección se llevó a cabo en el año 2007, tomando posesión en 2008. Están vencidos a la espera de modificación de estatutos ordenadas por el CNU y en grado de avance por el Consejo Universitario.

FOPEDIUC audita anualmente sus estados financieros y tiene supervisión de la Superintendencia de Seguridad Social y control fiscal por parte de la Auditoría Interna de la UC y de la CGR. Desde 2008 publica sus estados financieros auditados en la página web de la UC así como sus respectivas memorias y cuentas. Estas a su vez, han sido dadas a conocer al Consejo Universitario.

La asamblea anual no se lleva a cabo desde el años 2009 por la misma situación de modificación estatutaria ordenada por el CNU. Sin embargo esta previsto hacer una convocatoria especial para el año 2014.

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¿Quieres saber más? “Carta pública a la Comunidad Universitaria: En defensa del régimen contributivo intergeneracional de Jubilaciones y Pensiones. (Declaración de Maracaibo)http://www.slideshare.net/Jubilaciones/comunicacin-pblica-a-la-comunidad-universitaria-36882817

“Comunicado conjunto FAPUV-FONDUNIVE: En Defensa del Régimen Especial de Jubilaciones y Pensiones de las Universidades Nacionales y el Futuro de las Nuevas Generaciones” (Declaración de Mérida)http://es.slideshare.net/Jubilaciones/declaracin-de-mrida

En la página http://www.uc.edu.ve/fopediuc.php se encuentra con detalle el monto con el cual FOPEDIUC ha contribuido con la Universidad. Así como información sobre su funcionamiento, memoria y cuentas, estados financieros auditados, comunicaciones oficiales a partir de 2008 hasta la fecha.