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Descargo de Traducción al Español Este documento ha sido traducido al español para la correspondencia con nuestras familias. Se han hecho esfuerzos razonables para proporcionar una traducción exacta del texto del documento; Sin embargo, el texto oficial es la versión en inglés del documento. Cualquiera discrepancia o diferencia creada en la traducción no son sujetas y no tienen efectos legales para propósitos de cumplimiento o ejecución. Si surge cualquier duda relacionada con la exactitud de la información contenida en el documento en español, por favor consulte la versión en inglés del documento, que es la versión oficial del documento. Disclaimer for Spanish Translations This document has been translated into Spanish for the accessibility of our families. Reasonable efforts have been made to provide an accurate translation of the text of the document; however, the official text is the English version of the document. Any discrepancies or differences created in the translation are not binding and have no legal effect for compliance or enforcement purposes. If any questions arise related to the accuracy of the information contained in the Spanish document, please refer to the English version of the document which is the official version of the document.

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Descargo de Traducción al Español Este documento ha sido traducido al español para la correspondencia con nuestras familias. Se han hecho esfuerzos razonables para

proporcionar una traducción exacta del texto del documento; Sin embargo, el texto oficial es la versión en inglés del documento. Cualquiera discrepancia o diferencia creada en la traducción no son sujetas y no tienen efectos legales para propósitos de

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INDICÉ MISIÓN DEL DISTRITO ESCOLAR DE BELOIT ...................................................................................... 5 DIRECTORIO DE LAS ESCUELAS Y LA ADMINISTRACIÓN ..................................................................... 7 DIRECTORIO DEL PROCESO EN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN ............................................................ 8 CALENDARIO ESCOLAR DEL DISTRITO 2017-2018 ............................................................................... 9 SU PARTICIPACIÓN COMO PADRE .................................................................................................... 10

Trabajando Juntos Como un Equipo ................................................................................................................ 10 La Comunicación con los Padres ...................................................................................................................... 10

INSCRIBIENDO SU ESTUDIANTE ...................................................................................................... 10 Cambios de Domicilio ...................................................................................................................................... 11 Cambios en la Familia (Estado Civil, Tutela, Nombre, etc.) ............................................................................. 11 Solicitud de Transferencia Entre Escuelas del Distrito .................................................................................... 11 Cambios de Número de Teléfono .................................................................................................................... 11

ASISTENCIA ESCOLAR - PROCEDIMIENTO AL NIVEL DEL HOGAR/FAMILIA .......................................... 11 CÓDIGO DE CONDUCTA Y DISCIPLINA PARA ESTUDIANTES ............................................................... 12 CÓDIGO DE VESTIR ESTUDIANTIL ................................................................................................... 13 ARTICULOS PERSONALES ................................................................................................................ 13 SEGURIDAD .................................................................................................................................... 13

Simulacros: Incendio, Tornado, y Otras Emergencias ..................................................................................... 13 Tratamiento Médico de Emergencia e Información ........................................................................................ 13 Información de Cierres de Escuelas por Emergencia ...................................................................................... 13 Enfermedades Transmisibles - Cierres de Escuelas ......................................................................................... 14

PROGRAMACIONES ......................................................................................................................... 14 Alumnos Avanzados ......................................................................................................................................... 14 Programa de Inmersión de Doble Idiomas ...................................................................................................... 14

CUOTAS, MULTAS Y RECARGOS PARA ESTUDIANTES ......................................................................... 15 TRANSPORTE ESCOLAR ................................................................................................................... 15 SERVICIOS DE COMIDAS/ALIMENTACION ......................................................................................... 16 RECURSOS DE COMPUTADORA - TECNOLOGÍA ................................................................................. 16 SERVICIOS DE SALUD ESCOLAR ....................................................................................................... 16

Exámenes Físicos y Dentales y Exámenes de los Ojos para Kínder ................................................................. 16 Medicamentos ................................................................................................................................................. 17 Educación para Confinados en Casa ................................................................................................................ 17 Lesión/Enfermedad de Emergencia ................................................................................................................. 17 Los Piojos de la Cabeza .................................................................................................................................... 17 Examen de la Visión y la Audición ................................................................................................................... 17 Inmunización/Vacunas..................................................................................................................................... 18

AVISOS ANUALES PARA LOS PADRES Y ESTUDIANTES ....................................................................... 18 Estándares Académicos del Estudiante ........................................................................................................... 19 Informe de Obligación Educativa Escolar ........................................................................................................ 20 Opciones Educativas ........................................................................................................................................ 24 Evaluaciones Del Estudiante ............................................................................................................................ 24 No A La Discriminación del Estudiante ............................................................................................................ 25 Acomodación Religiosa Del Estudiante ........................................................................................................... 26 Educación Para Estudiantes Sin Hogar (Niños Y Jóvenes) ............................................................................... 27 La Privacidad del Estudiante ............................................................................................................................ 27 Crecimiento y Desarrollo Humano .................................................................................................................. 29 Programas Para Estudiantes Con Necesidades de la Educación Especial ....................................................... 29 Programa de Becas de Necesidades Especiales............................................................................................... 30 Programa Título I ............................................................................................................................................. 30

Pg. 3

Programa para Estudiantes Aprendiendo el Idioma Inglés (ELL por sus siglas ingles) .................................... 31 Programa de Educación Para El Empleo .......................................................................................................... 31 Servicios de Planificación Académica y de Carrera Para los Estudiantes ........................................................ 31 Asistencia Estudiantil ....................................................................................................................................... 32 Uso o Posesión de Dispositivos de Comunicación Electrónica ........................................................................ 32 Política en Contra la Intimidación (bullying) del Estudiante ............................................................................ 32 Inspección de los Armarios (locker) ................................................................................................................. 33 Programa de Opciones Juveniles ..................................................................................................................... 33 Registros de Estudiantes / Datos del Directorio .............................................................................................. 33 Acceso a los Registros de Estudiantes por Reclutador .................................................................................... 34 Información sobre enfermedad Meningocócica ............................................................................................. 34 Aviso de Recursos de Prevención de Suicidios ................................................................................................ 35 Programas de Nutrición Infantil E Información de Comida Gratuita y de Precio Reducido ............................ 35 Notificación de la Política de los Costos/Precios de da Comida ...................................................................... 36 Notificación de la Política del Bienestar Escolar .............................................................................................. 36 Planes del Asbesto (amianto) .......................................................................................................................... 36 Ley VI de la Educación Primaria y Secundaria ................................................................................................. 36 Acoso Estudiantil ............................................................................................................................................. 37

POLITICAS DEL DISTRITO ............................................................................................................... 39 443/447 - CÓDIGO DE CONDUCTA Y DISCIPLINA PARA ESTUDIANTES............................................................ 40 443.5 - USO DE TELÉFONOS CELULARES POR EL ESTUDIANTE ........................................................................ 52 SERIES 300 ▬ EDUCATIVAS/ENSEÑANZAS ...................................................................................................... 54

341.1 Educación Para El Empleo ...................................................................................................................... 54

341.12 Educación Profesional (Carrera) .......................................................................................................... 55

341.31 Crecimiento y Desarrollo Humano ...................................................................................................... 56

342.1 Programas Para Estudiantes Con Necesidades de la Educación Especial ............................................. 56

342.10 Regla 1: Directrices del Programa Educativo para Estudiantes Sin Hogar .......................................... 58

343.41 Regla 1 - Directrices del Programa Opciones Para Jóvenes ................................................................. 61

345.1 - Sistema de Calificaciones ..................................................................................................................... 63

345.1 Regla 1: Rango de Clasificación de Grado/Clase (Nivel Secundaria) ................................................... 64

345.4 - Promoción y Retención........................................................................................................................ 64

345.4 Rule 1: Criterios De Promoción ............................................................................................................ 65

346 Regla 1- Directrices Del Programa De Evaluación .................................................................................... 67

347 Regla 1- Directrices Para el Mantenimiento y Confidencialidad de los Registros Estudiantiles .............. 69

368 Regla 1: Directrices Para El Uso Responsable de los Recurso de Tecnología/Computadoras .................. 74

SERIES 400 ▬ ESTUDIANTES ........................................................................................................................... 75

411.1 Hostigamiento y Acoso Sexual de Estudiantes ...................................................................................... 75

411.1 Regla 1: Hostigamiento/Acoso Sexual de Estudiantes–Procedimientos Administrativos ................... 77

411.2: Acoso/Hostigamiento Racial de Estudiantes ....................................................................................... 79

411.2 Regla 1: Acoso Racial de Estudiantes -Procedimientos Administrativos .............................................. 79

411.3: Acoso/Hostigamiento Estudiantil ........................................................................................................ 81

411.3 Regla 1 -Acoso/Hostigamiento Estudiantil – Procedimientos Administrativos ..................................... 81

431 Regla 1: Procedimientos de Asistencia Escolar Para Los Estudiantes...................................................... 83

443.1: Vestimenta Escolar .............................................................................................................................. 89

Pg. 4

443.1 Regla 1: Código de Vestir para las Escuelas Primarias .......................................................................... 90

443.1 Regla 2: Código de Vestir Para Las Escuelas Intermedias y Secundaria ............................................... 90

443.2: Conducta de Los Estudiantes en Los Autobuses Escolares .................................................................. 91

443.2 Regla1: Reglas Para Pasajero del Autobús Escolar ............................................................................... 92

443.2 Regla 2: Procedimientos de Disciplina de Autobuses Escolares ........................................................... 93

443.72: En Contra La Intimidación (Bullying) .................................................................................................. 94

445: Entrevistas a los Estudiantes .................................................................................................................. 96

446: Inspecciones de Estudiantes .................................................................................................................... 96

446.1: Inspección del Armario Escolar (Locker) ............................................................................................. 97

453.32: Control y Tratamiento de Los Piojos y Liendres (Huevos) En Las Escuelas ....................................... 97

470: Cuotas, Multas y Recargos Para Estudiantes .......................................................................................... 99

470 Regla: 1 Directrices Para Las Cuotas/ Multas/Recargos de Estudiantes .................................................. 99

491: Estudiantes De Padres Divorciados, Legalmente Separados o Padres No Casados ............................ 103

FORMA DE AFIRMACIÓN/RECONOCIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA ........................................ 104

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MISIÓN DEL DISTRITO ESCOLAR DE BELOIT

LA MISIÓN DEL DISTRITO ESCOLAR DE BELOIT Comprometido a la excelencia, y fortalecido y enriquecido por la diversidad, es preparar a cada estudiante a competir, contribuir y prosperar como un ciudadano admirable, en el mundo que

cambia rápidamente, por medio de la involucración de los estudiantes en programas relevantes, vastos y variados de alta calidad, en asociación con las familias, las escuelas, comunidad y vecindades.

VISIÓN

Ser un distrito escolar de elección en la comunidad y vecindades.

LEMA Pensando más allá del presente.

CREENCIAS

Cada individuo es único, tiene valor y puede ser un estudiante exitoso.

Respetar y apreciar nuestra diversidad fortalece y enriquece a nuestra comunidad.

La honestidad, la integridad y una mente dispuesta son esenciales para crear confianza.

Todo el mundo es responsable de sus decisiones y acciones.

La experiencia familiar es una influencia vital en el desarrollo de un niño.

La educación es una responsabilidad compartida entre estudiantes, familias, educadores y la

comunidad en general.

El trabajo duro expande las oportunidades a lo largo de la vida.

Lograr la excelencia en un mundo cambiante requiere un progreso continuo.

Las expectativas más altas conducen a un mayor rendimiento.

El servicio y la compasión por otros conducen al crecimiento personal y una comunidad más fuerte.

La educación es esencial para una comunidad sana y una América fuerte.

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DIRECTORIO DE LAS ESCUELAS Y LA ADMINISTRACIÓN Superintendente de las Escuelas: Dr. Tom Johnson 608-361-4054 Asistentes Superintendente: Administración, Operación, y Asuntos de Equidad Darrell Williams 608-361-4030 Currículo, Instrucción y Tecnología Anthony Bonds 608-361-4033 Directores Ejecutivos: Servicio de Negocio Jamie Merath 608-361-4015 Recurso Humano Deetra Sallis 608-361-4010 Educación Especial y Servicios Estudiantiles Emily Pelz 608-361-4099

ESCUELAS PRIMARIAS Converse Gaston 1602 Townline Avenue 1515 W. Grand Avenue Secretaria: Missy Polglaze - 608-361-2105 Secretaria: Pamela Zimmerman - 608-361-2305

Hackett Merrill 625 Eight Street 1635 Nelson Avenue Secretaria: vacante - 608-361-2405 Secretaria: Paula Hunt - 608-361-2605

Robinson Todd 1801 Cranston Road 1621 Oakwood Avenue Secretaria: Amanda Bennett - 608-361-2805 Secretaria: Mary McNulty - 608-361-4205

ESCUELAS INTERMEDIAS/ SECUNDARIA Aldrich Intermediate School Fruzen Intermediate School 1859 Northgate Drive 2600 Milwaukee Rd Grados 4to-6to: Amy Montour - 608-361-3602 Grados 4to-6to: Deb Peterson -608-361-2006 Grados 7mo-8vo: Diane Lovaas - 608-361-3606 Grados 7mo-8vo: Corina Hill - 608-361-2005 Cunningham Intermediate School McNeel Intermediate School 910 Towline Avenue 1524 Frederick St. Grados 4to-6to: Ashley Soderberg - 608-361-2204 Grados 4to-6to: Meghan Lund -608-361-3802 Grados 7mo-8vo: Anderia Barnett - 608-361-2205 Grados: 7mo-8vo: Donna Anderson - 608-361-3806

Beloit Memorial High School (BMHS-sigla en ingles) 1225 Fourth Street Deb Edmonds- 608-361-3005 EDUCACIÓN ALTERNATIVA Beloit Learning Academy Roy chapman Andrews Academy 1033 Woodward Avenue 1225 Fourth Street Oficina: Karen Battist - 608-361-4305 Oficina: Deb Edmonds - 608-361-3005

HORAS - Jornada Escolar 2017-2018 7:50 a 2:55 – Pre-Kínder (4K) a 3er Grado 8:35 a 3:41 – 4to a 8vo Grado 8:00 a 3:20 – 9no a 12avo Grado

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DIRECTORIO DEL PROCESO EN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN El Distrito Escolar de Beloit cumple con todas las leyes federales, estatales y locales que prohíben la discriminación, contra los estudiantes, basada en su membresía en cualquiera clase protegida. El Distrito Escolar de Beloit fomenta la resolución informal de quejas e inquietudes a través de la comunicación con el maestro o director de la escuela de su hijo. Un procedimiento formal de resolución de quejas está disponible si una resolución no puede lograrse a nivel de la escuela. Los siguientes miembros del personal del distrito han sido designados para coordinar el cumplimiento con estos requisitos: Servicios de Comida, Transporte, Impuestos fiscal, Presupuesto, Tecnología, y Preguntas Financieras:

Jamie Merath, Directora Ejecutiva de Servicios de Negocios Teléfono: 608-361-4015 Correo Electrónico: [email protected]

Edificios, Terrenos, Servicios de Custodia y Mantenimiento: Sean Winter, Coordinador de Servicios de los Edificios Teléfono: 608-361-4085 Correo Electrónico: [email protected] Preguntas sobre el Personal, Titulo VI, Discriminación por la Edad, Titulo IX, Acoso Sexual y Titulo XI: Deetra Sallis, Directora Ejecutiva de Recurso Humano Teléfono: 608-361-4010 Correo Electrónico: [email protected] Equidad y Asuntos Multiculturales:

Darrell Williams, asistente Superintendente de Operación, y Equidad Teléfono: 608-361-4030 Correo Electrónico: [email protected]

Cambios entre escuelas del Distrito, Inscripción Abierta, Educación Especial, Salud Escolar, Acoso Sexual, Seguridad y Protección, Servicios Estudiantiles, Cumplimiento con Las Leyes Federales 504 Que Exigen Adaptaciones Razonables Para Personas Con Discapacidades:

Emily Pelz, Directora Ejecutiva del Servicio Estudiantil Teléfono: 608-361-4099 Correo Electrónico: [email protected]

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CALENDARIO ESCOLAR DEL DISTRITO 2017-2018

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SU PARTICIPACIÓN COMO PADRE Trabajando Juntos Como un Equipo La educación de un niño tiene mejor éxito cuando hay una fuerte asociación entre el hogar y la escuela, una asociación que prospera con la comunicación. Su participación en el equipo puede incluir:

Anime a su niño a que ponga una alta prioridad en la educación y trabajar con su hijo diariamente para lograr lo máximo en las oportunidades educativas que la escuela ofrece. Asegúrese que su hijo venga a la escuela cada día preparado, descansado y listo para aprender.

Familiarizarse con todas las actividades escolares y programas académicos, incluyendo programas especiales ofrecidos por el Distrito. Hable con el consejero o director si tiene preguntas acerca de las opciones y oportunidades disponibles para su hijo.

Vigile el progreso académico de su hijo utilizando los recursos disponibles del distrito, tales como el acceso al sistema Skyward para Familia. Contacte a los maestros, administradores y Departamentos de Servicios Estudiantiles para vigilar e intervenir en caso de que su hijo presenta dificultades académicas, sociales o emocionales.

Sea un voluntario en la escuela. Para más información, póngase en contacto con la escuela de su hijo. Participe en las organizaciones de padres (PTA, PTO, RPO, etc.) Ofrézcase a servir como un representante de padres al nivel del distrito o a nivel de la escuela en

comités de planeación, ayudando en el desarrollo de las metas educativas y planes para mejorar el rendimiento estudiantil. Para más información, póngase en contacto con el director de su hijo.

Asista a las reuniones del Consejo de Educación para aprender más sobre las operaciones del Distrito. (Las reuniones se celebran el cuarto martes de cada mes).

La Comunicación con los Padres El propósito de nuestro sistema de comunicación escolar es para informar a los padres, de manera puntual y constructiva, el progreso de su hijo en la escuela. El progreso se informa a través del año escolar con informes escritos enviados a casa al final de cada semestre y entregado a los padres en las conferencias de padres y maestros. Por favor, no dude en ponerse en contacto con el maestro cuando usted tiene una pregunta acerca del progreso de su hijo. Las mejores horas para comunicarse con los maestros es 7:30 -8 a.m. y 3:00-4:00 pm. Puede dejar mensajes con la secretaria de la escuela. El distrito tiene muchas maneras de comunicar la información a los padres. Algunos de estos incluyen:

Nuestro sitio en la red: www.BeloitSchools.net Medio Social: Facebook @SchoolDistrictBeloit y Twitter @BeloitSchools

Notificación por teléfono o Correo electrónico PeachJar: Sistema de folletos electrónicos (folletos se mandan a su correo electrónico) Página Red/Web de la escuela Boletines de la escuela Skyward (sistema electrónico escolar) Canal 96 Acceso por cable Medios de comunicación locales: tales como el periódico Beloit Daily News, estaciones de radio; WCLO

radio (1230 AM), WGEZ radio (1490 AM), Noticiero Stateline News y La Voz de Beloit.

INSCRIBIENDO SU ESTUDIANTE La inscripción de estudiantes se hace en la Oficina Central de Inscripción en el Centro de Educación Kolak ubicada en 1633 Keeler Ave., Beloit, WI. El número de teléfono de la Oficina Central de Inscripción es 608-361-4171 y está abierto de lunes a viernes de 8:00 am - 4:00 pm durante el año escolar. Por favor llame para el horario de verano. Los documentos necesarios para inscribirse son:

El Certificado/Acta Original de Nacimiento Prueba de Domicilio (Recibo de luz/gas, cable TV, arrendamiento, etc.)

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Identificación con foto del Padre/Madre/Guardián Registro de Inmunización/Vacunas del estudiante

Cambios de Domicilio Los cambios de dirección/domicilio se pueden hacer en la Oficina Central de Inscripción. Prueba de residencia es necesaria para los cambios de domicilio. Cambios en la Familia (Estado Civil, Tutela, Nombre, etc.) Los cambios en la información de la familia pueden hacerse en la Oficina Central de Inscripción. Favor de traer todos los documentos legales/judicial necesarios para cambios de guardián, cuidador/tutoría, o de nombre. Para obtener información adicional, consulte la Política 491 del distrito.

Solicitud de Transferencia Entre Escuelas del Distrito Por favor venga a la Oficina Central de Inscripción para presentar una solicitud de transferencia entre escuelas del Distrito si desea que su estudiante asista a una escuela que no es su escuela de área de residencia. Por favor refiérase a la política 432 Regla 2 para información adicional. Cambios de Número de Teléfono Por favor notifique a la secretaria de la escuela de su estudiante, o la Oficina Central de Inscripción del cambio en su número de teléfono (s).

ASISTENCIA ESCOLAR - PROCEDIMIENTO AL NIVEL DEL HOGAR/FAMILIA Todos los padres o guardianes de los estudiantes tienen que notificar a la escuela el motivo de la ausencia el mismo día de la ausencia o entre las 24 horas después de la ausencia. Usted puede ser contactado para verificar la ausencia. Maneras de notificar la ausencia a la escuela:

Una llamada a la línea automática de ausencia escolar Acceso a la portada Skyward de la Familia Mande un correo electrónico al correo de asistencia escolar Mande una nota escrita En Persona, visite la secretaria de asistencia escolar

La notificación de la ausencia tiene que incluir:

Su nombre • El nombre de su estudiante Fecha de la ausencia • Razón por la ausencia Un número de teléfono donde a usted se le puede llamar

Las ausencias se excusan si son por motivo de enfermedad del estudiante, enfermedad considerable de la familia, o un fallecimiento en la familia. Esas excusas de ausencias que no son por enfermedad o pedido de permiso serán revisados por el director de la escuela. A las familias se les aconseja a hacer las citas médicas y dentales fuera de horario escolar cuando es posible. Si su estudiante necesita salir temprano de la escuela para una cita, le pedimos que usted mande una nota escrita en la mañana, entre al edificio a la hora de recoger su estudiante para anotar que su hijo estará fuera de escuela, y regrese al estudiante a la escuela lo más pronto posible. Usted puede ver la asistencia/ausencia de su estudiante en cualquier momento usando la red en la portada Skyward Family Access a través de la página web del Distrito. Para obtener el código al Acceso de Familia, contacte la oficina de la escuela para obtener información del registro, cuenta y guía de usuario. Por favor, inmediatamente, avise cualquier error en el registro de ausencia a la secretaria de asistencia de la escuela. Los estudiantes ausente sin ausencia excusada o ausentes debido a una enfermedad durante el día no pueden asistir a un evento de la escuela en la tarde o en la noche. Usted recibirá una llamada telefónica cada día que su

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hijo se considere ausente, sin excusa, en una clase o en la escuela. Por favor, llame inmediatamente para corregir cualquier error. Usted recibirá una carta si su hijo ha estado ausente, sin excusa, todo o parte de dos 2 días. Esto es para darle un “aviso “que nosotros no hemos recibido su notificación o de que su hijo puede estar faltando a clases sin su conocimiento. Por favor, llame de inmediato para corregir los errores. La política del distrito no permite salida temprana frecuente solicitada por los padres. Cuando un estudiante ha estado ausente todo o parte de cinco (5) o más días de escuela, el padre/ guardián será notificado por escrito. La carta solicitará una reunión entre el padre/guardián y el director para identificar las barreras que están manteniendo al niño fuera de la escuela y acordar estrategias para aumentar la asistencia del niño. Si su hijo continúa en un patrón de ausencias injustificadas (absentismo escolar), existe la posibilidad de que usted o su hijo (a) sean referidos a la corte por una citación de absentismo por ley estatal. Los estudiantes que cumplen con la definición de "ausente habitual" (estudiantes que han perdido todo o parte de 5 días sin excusa en un semestre) pueden estar sujetos a la pérdida de privilegios escolares y/o el acceso a los eventos escolares no académicos y actividades basado en el plan de asistencia escolar. Se espera que todos los estudiantes lleguen a tiempo a clase. No traiga a su hijo a la escuela antes de la hora que se ofrece supervisión. Las investigaciones muestran que el ausentismo crónico afecta significantemente la calidad de educación que su hijo recibe y la probabilidad de que el estudiante abandone la escuela secundaria. Nuestra meta es que el 100% de nuestros estudiantes triunfen y se gradúen. Usted puede aportar en la educación de su hijo asegurándose de que asista a la escuela diariamente y a tiempo.

CÓDIGO DE CONDUCTA Y DISCIPLINA PARA ESTUDIANTES El Distrito Escolar de Beloit cree que la disciplina positiva es un elemento necesario y proporciona a todos los estudiantes un ambiente de aprendizaje saludable. La política 443/447, Código de Conducta y Disciplina del Distrito Escolar de Beloit, describe las expectativas de comportamiento universales para todos los estudiantes y el personal. La seguridad y protección de nuestros estudiantes es la mayor prioridad del Distrito. Para que nuestros entornos escolares reflejen estándares de buena ciudadanía, autodisciplina y respeto, debemos asegurarnos de que nuestros estudiantes sigan el Código de Conducta y muestren un comportamiento positivo dentro y fuera del salón de clases. Por lo tanto, es importante que revise esta Política y discuta su contenido con su hijo. Al hacerlo, reforzará las expectativas de la escuela y ayudará al Distrito a lograr nuestras metas para mejorar el logro estudiantil y crear entornos escolares seguros y de apoyo. También pedimos a los padres que trabajen con los maestros, directores y el personal escolar en la resolución de conflictos y en la creación de una cultura escolar positiva. Cuando se determina que una violación del Código de Conducta ha ocurrido, el administrador de la escuela va a imponer las medidas disciplinarias apropiadas, de cual incluirá la Intervención y Apoyo de la Conducta Positiva, consecuencias disciplinarias, o ambas. Se mantendrá un registro de disciplina de cada estudiante que comete una violación. Si un estudiante continúa violando el Código de Conducta, se aplicarán las consecuencias disciplinarias progresivas apropiadas y / o se harán intervenciones más intensivas. Los estudiantes y sus padres deben leer la Política de Conducta 443/447, y firmar la Página de afirmación/conocimiento. Para obtener más información, consulte la Política 443/447 del Código de Conducta y Disciplina del Estudiante, en la sección de Políticas de este manual.

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CÓDIGO DE VESTIR ESTUDIANTIL Por favor refiérase a la Política 443.1 Regla 1 para el código de vestir de las escuelas primarias y Política 443.1 Regla 2 para código de vestir de las escuelas intermedias y la secundaria en la sección de políticas del distrito al final de este manual.

ARTICULOS PERSONALES Por favor, escriba el nombre de su hijo en la ropa apropiada, como abrigos, botas, guantes, etc. Esto nos ayuda a evitar la confusión cuando surge una pregunta sobre el dueño de tales artículos. Su hijo no debe traer juguetes, como muñecas, carritos de juguete, aparatos electrónicos de juego, etc. a la escuela. La escuela no asume la responsabilidad por artículos perdidos o robados.

SEGURIDAD El Consejo de Educación es responsable de proveer un ambiente educativo que reconoce la seguridad y el bienestar de los estudiantes. El personal de la escuela es responsable por la seguridad de los estudiantes matriculados en su escuela durante las horas designadas o cuando están involucrados en las actividades patrocinadas por la escuela.

Simulacros: Incendio, Tornado, y Otras Emergencias Cada año académico escolar, los estudiantes, maestros y otros empleados del distrito participarán en ejercicios de procedimientos de emergencia. Cada edificio escolar tiene que hacer un mínimo de los siguientes simulacros de emergencia:

Simulacros de incendio una vez al mes Simulacros de tornado una vez al año Simulacros de cierre total o parcial de la escuela dos veces al año Revisar la mochila dos veces al año

Tratamiento Médico de Emergencia e Información Si un estudiante tiene una emergencia médica en la escuela o en una actividad relacionada con la escuela cuando el padre no se puede localizar, la escuela tiene que tener por escrito el consentimiento de los padres para darle el tratamiento médico de emergencia. A los padres se les pide cada año que completen una tarjeta de emergencia y una forma de autorización médica-dental para incluir la información médica. Por favor, asegúrese que la información de contacto y médico de emergencia es completada, correcta y actualizada siempre. Infórmele a la escuela o la oficina de salud de cualquier cambio de información. Por favor, llene la tarjeta de emergencia y las formas de información de salud y regréselas a la escuela inmediatamente. ¡Esta información es extremamente importante! Necesitamos los nombres y números de teléfono de familiares y amigos que se pueden contactar si el padre no se puede localizar.

Información de Cierres de Escuelas por Emergencia Debido a emergencias, el distrito escolar puede determinar que es apropiado cerrar, empezar tarde o cerrar temprano las escuelas. En caso de condiciones climáticas severas, antes que el día escolar comience, nosotros trataremos de tomar la decisión y notificarles por los medios de comunicación no más tardar de las 6:00 am., si las escuelas se cierran por cualquier razón. Nosotros notificáremos la información por los medios de comunicación siguientes:

Nuestro sitio en la red/internet Facebook y Twitter Las familias con número de teléfono y correo electrónico recibirán notificación vía mensajero escolar

electrónico Skyward (sistema de comunicación) Estaciones de radio local: WGEZ-1490AM o WCLO-1230AM

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Los padres de los niños de escuela primarias deben hacer arreglos previos para el cuidado infantil para sus hijos en los días cuando la escuela está cerrada por razones de emergencia. Las escuelas no dejaran salir (despedirán) a los estudiantes mientras existen un tornado, tormentas, o similares condiciones climáticas severas. Como padre, usted tiene el derecho de venir a la escuela y recoger a su hijo o mantener su hijo en su casa.

Enfermedades Transmisibles - Cierres de Escuelas Cualquier estudiante con una fiebre (calentura) de 100° o más alta no debe asistir a la escuela. Si el estudiante se manda a casa de la escuela con una fiebre, él o ella no deben regresar a la escuela hasta cuando no tenga fiebre por 24 horas. En un evento de una pandemia de enfermedad transmisible, el Distrito Escolar de Beloit tomará la instrucción del Departamento de Salud del Condado de Rock de cuando es necesario cerrar la escuela. Se les aconsejan a los padres o guardianes tener un plan fijo de cuidado para los niños cuando es necesario cerrar las escuelas o en caso de que su hijo se enferme y necesite quedarse en casa durante un período de tiempo prolongado.

PROGRAMACIONES Alumnos Avanzados El talento existe en todas las poblaciones. Los estudiantes que son dotados y / o talentosos necesitan experiencias de aprendizaje que les permite que se desarrollen y crezcan a un ritmo conforme a sus habilidades. Estos estudiantes son mejor servidos a través de servicios integrados continuos en la programación educativa que responda a las necesidades del niño completo. Los componentes del Programa para Alumnos Avanzados incluyen:

Maestros altamente preparados Currículo riguroso en los grados de K-12 Evaluaciones para orientar la instrucción Respuesta para la intervención e instrucción Currículo e instrucción diferenciada Desarrollo de alumnos como estudiantes autónomos Identificación del estudiante para ajustarlo al programa Instrucción de paso flexible, incluyendo oportunidades de aceleración Guía para satisfacer las necesidades únicas, sociales, y emocionales del estudiante Asociación entre la casa, la escuela y la área de la comunidad

Si usted tiene preguntas sobre el Programa para Estudiantes Avanzados, por favor visite el sitio de web del distrito en https://www.sdb.k12.wi.us/Domain/98 o llame a nuestros maestros de recursos al 608-361-4187 para más información. Programa de Inmersión de Doble Idiomas El Programa de Inmersión de Dos Idiomas (DLI por su sigla inglés) está disponible en los grados Pre-Kínder (4K), Kínder (5K), primero, segundo, y tercero en las escuelas Hackett, Robinson y Todd y para los grados Cuarto y Quinto en todas las escuelas intermedias (Aldrich, Cunningham, Fruzen, y McNeel). El Distrito planea agregar un nivel de grado cada año a medida que los estudiantes progresan a través del programa, al final, con destacados graduados de la Escuela Secundaria Beloit Memorial, como elegibles para el Sello Bilingüe del Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin. El programa de doble inmersión lingüística es una opción para las familias que desean que sus estudiantes sean competentes en inglés y español, independientemente de su primer idioma. El mismo contenido de nivel de grado se enseña en las aulas de doble idioma, la mitad del día se enseña en español y la otra mitad en inglés. La segunda lengua se enseña a través del contenido, y no como contenido; Los estudiantes adquieren el segundo idioma a medida que aprenden el contenido.

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Aunque los estudiantes pueden ingresar al programa al comienzo del primer grado, se recomienda altamente, que las familias comiencen el programa en 4K (Pre-Kínder) o Kínder, si es posible. Las familias presentan una solicitud para el programa a finales de invierno o principios de la primavera. Se da la prioridad a las familias que ya tienen hermanos en el programa o si su área de asistencia son las escuelas Hackett, Robinson o Todd; Pero las familias que viven en las áreas de asistencia de Converse, Gaston o Merrill pueden solicitar un formulario de transferencia escolar dentro del distrito como parte de la aplicación del Programa de Lenguaje Doble. Las familias son notificadas a mediados/finales de la primavera sobre el estado de su aplicación.

CUOTAS, MULTAS Y RECARGOS PARA ESTUDIANTES El Distrito Escolar de Beloit provee un programa integral de educación para los estudiantes. En ciertas clases como el arte, tecnología industrial, economía de familias y consumidor, los estudiantes tienen que pagar costos adicionales para los materiales utilizados en los proyectos que los estudiantes se llevan a casa, consumen y/o pruebas para obtener un certificado. El Distrito proporcionara equipo de protección al alumno como es requerido para la seguridad del estudiante (por ejemplo, los lentes de protección es un equipo de protección). A los estudiantes se les pueden requerir que paguen el precio de admisión para los boletos de una excursión especial y el transporte. El estudiante que pierde, deteriore o destruya cualquier libro, equipos u otra propiedad del Distrito estará obligado a pagar el costo total de remplazarlo o el daño de tal propiedad.

Cuotas Generales de las Escuelas: Escuelas Primaria (Pre-Kínder a 3er Grado) = $25.00 por año Escuelas Intermedia (4to a 8vo Grado) = $35.00 por año Escuela Secundaria (9no a 12vo Grado) = $38.00 por año Usted puede ser elegible para recibir las cuotas escolares a precio reducido o gratis. Por favor complete el Formulario de Ingresos del Hogar y el Formulario de Consentimiento de Exención de Cuotas y entréguelo en la escuela de su hijo. Las cuotas escolares apoyan los programas académicos. La colección de cuotas se aplicara de manera retrocedida (los cuentas más viejas primero y se aplicará a las cuotas estudiantiles, multas o sobrecargos antes de ser aplicado a las cuotas atléticas y/o de actividad). Es la intención del Consejo de Educación que NINGÚN estudiante se le permita participar en cualquier o todas las actividades extra-curriculares y de deporte/atletismo hasta que se paguen las cuotas debidas. Las cuotas del año anterior se acumulan de un año al otro año. Se seguirán haciendo intentos para colectar las cuotas durante el plazo de la carrera escolar del estudiante. Las cuotas morosas se acumulan y seguirán al estudiante hasta la escuela intermedia y a la escuela secundaria. El estudiante no se le permite participar en cualquier actividad co-curricular de la secundaria hasta que se paguen las cuotas, se establece un plan de pago, o las cuotas se excluyen o se reducen. Los estudiantes del último año de secundaria con cuotas morosa no se le permitirá participar en las ceremonias de graduación y no se concederá privilegios de señoría (estudiante de 12 grado). Una vez que el nivel de las cuotas morosa pendientes lleguen a $1,000 por familia, el Distrito se reserva la opción de solicitar el pago a través de la corte en reclamos menores o a través de una agencia de cobros.

TRANSPORTE ESCOLAR El programa de transporte del Distrito Escolar de Beloit funciona dentro de los reglamentos establecidos por el Departamento de Instrucción Pública y la ley estatal. La seguridad de los estudiantes, la economía de la operación, y la eficacia del programa en general son las preocupaciones primordiales del programa de transporte. Todos los estudiantes de Pre-Kínder a 3er Grado que residen a una distancia a pie (caminando) de una o más millas a su escuela de residencia, y estudiantes de 4to a 8vo Grado que residen a una distancia de dos millas o más, serán elegibles para el transporte en autobús desde su lugar de residencia a la escuela y de regreso a su

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lugar de residencia (esto no se aplica a las transferencias solicitadas por los padres). Dicho transporte es proporcionado por el Distrito, sin costo adicional para los estudiantes. Los estudiantes con discapacidades, necesidades médicas, estudiantes de escuelas privadas, y estudiantes que viven en zonas determinadas de peligro se les ofrecen transporte en conformidad con la ley estatal. El Consejo de Educación ha entrado en un acuerdo de contrato con una empresa privada para el transporte en autobús de los estudiantes, tanto en el programa regular y de todas las actividades extracurriculares. Por favor lea las políticas 443.2 Regla 1, 443.2 Regla 2 y 443.2.3.

SERVICIOS DE COMIDAS/ALIMENTACION SE OFRECE, DIARIAMENTE, DESAYUNO Y ALMUERZO GRATUITO a todos los estudiantes. Podemos ofrecer esto a través de la Provisión de Comunidad Elegible del gobierno federal, que permite a las áreas de bajo recursos ofrecer comidas gratis a todos en vez de obtener una solicitud individual. Los estudiantes pueden traer su propio almuerzo o participar en el programa de comidas gratuita comenzando el Martes, 05 de septiembre 2017.

Las compras de comidas individuales, segunda comidas, así como la leche comprada por separado cuesta ($.30 cada uno) deben ser pagadas por adelantado. Las familias pueden hacer pagos de servicio de comida a través de Skyward Family Access. Los padres pueden pagar por más de un estudiante en una sola transacción. Debido a la Ley de Healthy Hunger-Free Kids, usted habrá notado un cambio en los menús del almuerzo que incluye más granos, frutas y verduras. Por favor, recuerde que el Distrito anima la elección de alimentos saludables y tomar agua. No se permiten envases de vidrio en el comedor.

RECURSOS DE COMPUTADORA - TECNOLOGÍA Para preparar a los estudiantes a una sociedad cada vez más tecnológica, el Distrito ha hecho una inversión sustancial en equipo de tecnología computarizada para propósitos educativos. El uso de estos recursos está restringido a los estudiantes que trabajan bajo la supervisión de un maestro y solamente para los propósitos aprobados. Los estudiantes y sus padres están obligados a leer el Uso de Tecnología Responsable, Política 368 Regla 1, y firmar la página de Acuerdo del Uso Responsable de la Tecnología del uso aceptable de estos recursos. También los padres se les requieren firmar el Acuerdo de los Dispositivo Tecnológicos/Digital del Manual para Padres de Dispositivos Digitales. Las violaciones de este acuerdo pueden resultar en la pérdida de privilegios y otra acción disciplinaria. Los estudiantes y sus padres deben estar conscientes de que las comunicaciones electrónicas, correo electrónico (e-mail), y el uso de las computadoras del Distrito no es privado y pueden ser monitoreados/vigilados por el personal del Distrito.

SERVICIOS DE SALUD ESCOLAR La Oficina de Salud Escolar es parte del Departamento de Servicios Estudiantiles. Los directores de las escuelas y/ o los maestros hacen recomendaciones a la enfermera de la escuela sobre preocupaciones de salud del estudiante. Preguntas acerca de los procedimientos relacionados con la salud pueden ser dirigidas a la Secretaria de Servicios Estudiantiles 608-361-4024. Las políticas de salud del Distrito Escolar de Beloit se pueden acceder en el sitio web del distrito en http://www.sdb.k12.wi.us/. Exámenes Físicos y Dentales y Exámenes de los Ojos para Kínder Todos los estudiantes que ingresan al Kínder, Cuarto y Noveno Grado, y los estudiantes nuevos al distrito se les recomiendan hacerse un examen físico y dental. Estos informes tienen que dárselo a las escuelas donde estos informes forman parte del registro de salud permanente del estudiante. Los formularios están disponibles en la mayoría de oficinas de salud y dentales en el área de Beloit, la enfermera de la escuela, o en la Oficina de Salud Escolar. Además, un examen ocular realizado por un optometrista o médico con licencia se solicitará a los estudiantes entrando en 4K (pre-kínder) y/o KG (kínder). El formulario de examen de la vista completado debe ser entregado a la enfermera de la escuela. Los formularios de examen

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de los ojos están disponibles a través de los médicos del área, la Oficina de Salud Escolar, y la enfermera de la escuela.

Medicamentos En los casos en que se necesita administrar medicamentos durante el día escolar, se requiere autorización por escrito del padre / guardián y la orden de prescripción del proveedor de atención médica. Los padres / guardianes deben traer el medicamento a la oficina de salud de la escuela en el envase original de la prescripción de la farmacia. El medicamento sin receta debe estar en el paquete original del fabricante con todas las advertencias y direcciones de administración intactas. En ciertas circunstancias, los estudiantes pueden llevar medicamentos con ellos para tomar durante la escuela si se recibe autorización por escrito del padre/tutor y el proveedor de atención médica. Los medicamentos recetados y los formularios de consentimiento de medicamento sin receta, se pueden acceder en nuestro sitio web en https://www.sdb.k12.wi.us/Page/1547. Las preguntas relacionadas con los procedimientos de medicación en la escuela pueden ser dirigidas a la enfermera de la escuela o al Director de Salud Escolar al 608-361-4024. La política de medicamentos del Distrito Escolar de Beloit se puede acceder en el sitio web del distrito en http://www.sdb.k12.wi.us.

Educación para Confinados en Casa Esta instrucción especializada está disponible para los estudiantes en los grados Kínder a 8vo que, debido a la enfermedad, estarán ausentes por más de 30 días consecutivos, y 14 días para los estudiantes de 9 a 12 grados. Los formularios de solicitud están disponibles llamando a la Oficina de Salud Escolar al 608-361-4024 o contacte la enfermera de su escuela.

Lesión/Enfermedad de Emergencia En caso de una enfermedad o lesión durante el día escolar, el estudiante será referido a la oficina de salud. La oficina de salud puede estar equipada con una enfermera o un asistente de salud que administrará el tratamiento de primeros auxilios según lo aprobado por la Oficina de Salud Escolar y el Asesor Médico del Distrito. La escuela debe tener en el archivo la tarjeta de emergencia del alumno y un formulario de autorización médico-dental firmado por el padre / guardián. Esta información es necesaria para asegurar la seguridad de su hijo en la escuela. Cuando los estudiantes se enferman o se lesionan durante el día escolar, se harán todos los intentos para notificar a los padres / guardianes. Si el padre / guardián no está disponible, se le notificará al contacto de emergencia, según fue proveído por el padre/guardián. El padre o guardián o contacto de emergencia arreglará el transporte a casa.

Los Piojos de la Cabeza Por favor refiérase a la Política 453.32 para obtener información sobre el control y tratamiento de los piojos y liendres en las escuelas en http://www.sdb.k12.wi.us. Los síntomas de piojos de la cabeza pueden incluir:

Picazón persistente, a menudo con rasguños infectados o erupción en el cuero cabelludo. La presencia de liendres, que son pequeños huevos de color plateado unidas a las hebras del cabello

individuales y son muy difíciles de eliminar. Las glándulas linfáticas inflamadas en el cuello o las axilas. Esto ocurre en los casos graves. La presencia de piojos vivos. Los piojos son insectos rastreros que son del tamaño de una semilla de

sésamo/ajonjolí o más pequeño. Los piojos tiene 6 patas y son normalmente de color gris-blanco a caqui. Los piojos no saltan, ni vuelan o transmiten enfermedades.

Examen de la Visión y la Audición El Distrito Escolar de Beloit ofrecerá chequeo rutinario de la vista para todos los estudiantes en Tercer Grado. Un miembro del personal o padres/guardián puede referir a un estudiante en cualquier grado debido a una sospecha de problemas con la visión/audición. A los padres se les contactará cuando el examen rutinario no lo pasan. Por favor comuníquese con la enfermera de la escuela para las preguntas del chequeo y proceso de la visión/audición que se hace en la escuela.

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Inmunización/Vacunas Los estudiantes inscritos en el Distrito Escolar de Beloit son obligados a seguir la Ley de Inmunización del Departamento de Salud de Wisconsin. El estatuto de Wisconsin 252.04 requiere que todos los estudiantes hasta el grado 12° tengan el número de vacunas requeridas para su nivel de grado. Cualquier estudiante que no cumple con los requisitos de inmunización puede ser excluido. Estos requisitos pueden ser exentos solo por motivos de la salud, religiosos o convicciones personales. Los estudiantes tienen 30 días después de comenzar la escuela para proporcionar la documentación apropiada de las vacunas o la exención firmada. Solamente, los estudiantes que están participando en la escuela virtual/vía la red, y no participan en ninguna clase o actividades extracurriculares en un edificio escolar, no son sujetos a la ley de inmunización estudiantil. Por favor contacte la enfermera escolar sobre los requisitos de inmunización estudiantil. Vea, a continuación, los requisitos de inmunización.

AVISOS ANUALES PARA LOS PADRES Y ESTUDIANTES Cada año escolar, los distritos escolares son obligados por leyes federales y estatales a publicar avisos informando a los padres y estudiantes de las políticas del distrito escolar. A continuación, encontrara descrita cada aviso requerido.

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Estándares Académicos del Estudiante ¿Qué son los estándares académicos? Los estándares académicos del Distrito identifican lo que los estudiantes deben saber y ser capaces de hacer dentro de un área o tema de contenido determinado. Los estándares sirven como objetivos y guías para la instrucción en el aula y el aprendizaje del estudiante. Los estándares también ayudan a los padres y estudiantes a entender mejor las expectativas del Distrito sobre el aprendizaje de los estudiantes. Los estándares académicos proporcionan una base crítica y un marco para los planes sucesivos del plan de estudios del Distrito y para las evaluaciones a los estudiantes en cada área de contenido. Sin embargo, los estándares no son un currículo real. El plan de estudios que las escuelas del Distrito implementan en las diversas áreas de contenido siguen siendo flexible y adaptable, y hay muchas técnicas diferentes de instrucción y actividades que podrían ser consistentes con los estándares académicos del Distrito. Dicho de otra manera, los estándares académicos intentan identificar y enfocarse en los aspectos más esenciales y fundamentales del aprendizaje de los estudiantes, pero no tratan de describir todo lo que puede o debe ser enseñado. Mucho se deja a la discreción de los que desarrollan los planes de estudio y los maestros. Además, la adopción y el uso de los estándares académicos por parte del Distrito no deben confundirse con las pruebas estandarizadas de los estudiantes. Aunque el Distrito implementa varios mandatos de pruebas estatales y federales y también implementa varias evaluaciones seleccionadas localmente para los estudiantes, los estándares académicos del Distrito no imponen el uso de ninguna prueba o evaluación estandarizada específica ¿Por qué el Distrito tiene estándares académicos? La ley estatal requiere que todos los distritos escolares, escuelas chárter y ciertas escuelas privadas adopten estándares académicos en matemáticas, ciencias, lectura y escritura, geografía e historia. Además, la Junta Escolar y el equipo administrativo del Distrito creen que la identificación e implementación de un conjunto de estándares académicos en todo el Distrito en diversas áreas de contenido es altamente beneficioso para el personal, los estudiantes y los padres. ¿Cuáles son los estándares académicos que estarán vigentes durante este año escolar? La ley estatal requiere que el Distrito proporcione a los padres y guardianes de todos los estudiantes inscritos un aviso de los estándares académicos en matemáticas, ciencias, lectura y escritura, geografía e historia que han sido adoptados por la Junta Escolar y que estarán vigentes durante cada año escolar. En conformidad, a continuación se listan las normas académicas del Distrito que estarán vigentes en estas áreas de contenido específico para este año escolar. Se proporcionan enlaces electrónicos a la versión detallada de las normas aplicables siempre que estén disponibles. A medida en que un padre o guardián desea revisar una copia de cualquiera de las normas en un formato alternativo, comuníquese con Anthony Bonds, Superintendente Asistente de Enseñanza y Aprendizaje al 608-361-4033.

Área de contenido/Material

Los Estándares Académicos del Distrito pare el años escolar 2017-2018

Artes del Lenguaje Inglés (incluye lectura y escritura)

El Distrito ha adoptado los Estándares Estatales Comunes para las Artes del Lenguaje Inglés, como anteriormente fue adaptado en Wisconsin por el Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin. Los estándares del Distrito incluyen: • Estándares para Artes del Lenguaje Inglés y Alfabetización en Historia / Estudios Sociales, Ciencias y Materias Técnicos en grados K-5; • Estándares para Artes del Lenguaje Inglés y Alfabetización en Historia / Estudios Sociales, Ciencias y Materias Técnicos en grados 6-12; • Estándares para la Alfabetización en Todos los Materias para los grados K-5; y • Estándares para la Alfabetización en Todos los Materias para los grados 6-12 Una copia completa de estas normas se puede localizar y revisar en esta dirección de Internet: http://dpi.wi.gov/sites/default/files/imce/common-core/pdf/ela-stds-app-a-revision.pdf

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Matemáticas El Distrito ha adoptado los Estándares Estatales Comunes para Matemáticas, como anteriormente fue adaptado en Wisconsin por el Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin. Los estándares del Distrito incluyen: • Normas para el contenido matemático • Normas para la práctica matemática Una copia completa de estas normas se puede localizar y revisar en esta dirección de Internet: http://dpi.wi.gov/sites/default/files/imce/common-core/pdf/common-core-mathstandards.pdf

Ciencia El Distrito ha adoptado los Estándares Científicos de Próxima Generación. Una copia completa de los Estándares Científicos de Próxima Generación se puede localizar y revisar en esta dirección de Internet: http://www.nextgenscience.org/next-generation-science-standards

Estudios Sociales (incluye geografía e historia)

El Distrito ha adoptado los Estándares Académicos Modelo de Wisconsin para Estudios Sociales. Las cinco cadenas de los estándares de los estudios sociales abarcan la historia, la geografía, la ciencia de conducta, la economía y la ciencia política. Los estándares del modelo incluyen estándares de contenido y estándares de rendimiento. Una copia completa de estas normas se puede localizar y revisar en esta dirección de Internet: http://cal.dpi.wi.gov/cal_ssstandards

¿El distrito ha seleccionado e implementado estándares académicos en otras áreas de contenido? El Distrito revisa las normas estatales de Wisconsin, los estándares de otros estados y los estándares de organización profesional mientras desarrolla estándares locales para el Distrito; El Distrito desarrolla estándares a nivel local para apoyar el aprendizaje de nuestros estudiantes. ¿A quién puedo contactar para obtener más información sobre los estándares académicos del Distrito? Si tiene alguna pregunta sobre este aviso, comuníquese con Anthony Bonds, Superintendente Asistente de Enseñanza y Aprendizaje al 608-361-4033. Este aviso se declara de conformidad con la Sección 120.12 (13) de los estatutos estatales.

Informe de Obligación Educativa Escolar Según la Sección 115.38 (2) de los estatutos estatales, las juntas escolares deben notificar, antes del 1° de enero, a los padres / guardianes de cada estudiante inscrito en el distrito de su derecho a solicitar un informe de desempeño de la escuela y del Distrito Escolar. El reporte debe ser distribuido a los padres / guardianes que lo soliciten antes del 1° de mayo de cada año. Además, cada escuela pública que mantiene un sitio de Internet debe mostrar un enlace al informe de competencia educativo de la escuela en la página de inicio dentro de los 30 días después de que DPI publicó el informe de Obligación Educativa Escolar. El Distrito Escolar de Beloit, a través del Departamento de Instrucción Pública (DPI por su sigla inglés), proporciona datos que cubren el desempeño académico, los resultados de las pruebas estatales y otros datos de desempeño y participación de los estudiantes. Esta información se puede encontrar en el sitio web del Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin en: https://apps2.dpi.wi.gov/sdpr/spr.action. La información de la cartilla de informe de la escuela/distrito se puede encontrar en: http://reportcards.dpi.wi.gov/ y en el sitio web del distrito. Distrito Escolar de Beloit 2015–2016 Resumen de Informe de la Escuela

Escuela Calificación en Total Rango en Total

Converse Elementary 85.5 Significantemente Excede las Expectativas

Todd Elementary 66.6 Cumple con las Expectativas

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McNeel Intermediate 63.6 Cumple con las Expectativas

Robinson Elementary 61.4 Cumple con pocas Expectativas

Gaston Elementary 60.6 Cumple con pocas Expectativas

Aldrich Elementary 58.5 Cumple con pocas Expectativas

Beloit Memorial High School 58.2 Cumple con pocas Expectativas

Merrill Elementary 53.5 Cumple con pocas Expectativas

Hackett Elementary 54.8 Cumple con pocas Expectativas

Beloit Learning Academy Rango Alternativo Progreso Satisfactorio

Beloit Virtual School Rango Alternativo Progreso Satisfactorio

Cunningham Intermediate 59.8 Cumple con pocas Expectativas

Fruzen Intermediate Rango Alternativo Progreso Satisfactorio

Roy Chapman Andrews Academy Charter Rango Alternativo Progreso Satisfactorio

Distrito 58.4 Cumplió

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Opciones Educativas Hay muchas opciones educativas disponibles para sus hijos que residen en el Distrito Escolar de Beloit, incluyendo la elección de nuestra seis escuelas primarias (4Pre-kinder a 3ro), cuatro escuelas intermedias (grados 4°-8vo), y la escuela preparatoria Beloit Memorial (grados 9-12), la Academia de Aprendizaje de Beloit (aprendizaje alternativo, grados 6-12), Academia Roy Chapman Andrews (aprendizaje basado en proyectos grados 6-12) y la escuela virtual de nuestro distrito. El Estado de Wisconsin también ofrece a las familias la opción de la inscripción abierta en un distrito escolar público diferente, escuela privada (local: OLA y Rock County Christian), o la educación en el hogar. A continuación, citamos algunos de los programas específicos de educación ofrecidos a los estudiantes elegibles que están matriculados y asisten a las escuelas del Distrito que incluyen:

• Educación especial para la primera infancia (para estudiantes con necesidades especiales que tienen al menos 3 años de edad pero que aún no están en edad escolar)

• Educación especial para estudiantes con discapacidades • Educación Para dotados y talentosos • Educación para Estudiantes Aprendiendo el idioma inglés • Inmersión de doble lenguaje (DLI), grados K-5 • Programas de Educación Profesional y Técnica (CTE) • Programa individualizado y modificaciones curriculares • Programa (s) de educación alternativa • Educación para estudiantes en Riesgo (por ejemplo, estudiantes identificados en riesgo de no graduarse

de la escuela secundaria) • Programación escolar de verano

Los estudiantes que están matriculados en el Distrito Escolar de Beloit, tienen la opción educativa para asistir, tiempo parcial, a una institución educativa que no es una escuela del Distrito Escolar de Beloit incluye lo siguiente:

• Programa de Opciones de Cursos de la cual; ofrece oportunidades para solicitar la aprobación de tomar hasta 2 cursos a la vez en otra

institución educativa; está sujeto a los requisitos de elegibilidad estatales y locales, incluye la limitación de que los cursos

deben satisfacer un requisito de graduación de la escuela secundaria; y incluye ciertas oportunidades de doble crédito aprobadas por el Distrito, que el Distrito ofrece en

asociación con una institución de educación superior. • Programa de Opciones Juveniles de la cual;

ofrece oportunidades para solicitar la aprobación de tomar cursos en ciertas instituciones de educación superior; y

• está disponible solamente para los estudiantes que están matriculados en los grados 11 y 12.

Evaluaciones Del Estudiante El Sistema de Evaluación Estudiantil de Wisconsin (WSAS por su sigla inglés) es un programa completo a nivel estatal. El objetivo primordial de la evaluación es mejorar y ser responsable del aprendizaje de los estudiantes proporcionando a los interesados la información necesaria para la mejora continua de las normas académicas y los objetivos curriculares adoptados por la Junta Directiva. Además, la información de evaluación ayuda a los maestros, administradores de instrucción, la Junta de Educación y la comunidad a comprender la calidad de la educación en el Distrito Escolar de Beloit en lo que se refiere al crecimiento y logros estudiantiles. El desempeño de los estudiantes en estas evaluaciones se informa en categorías de competencia y se usa para determinar la responsabilidad a nivel de escuela, distrito y estado. Puede encontrar más información sobre estas evaluaciones en el siguiente sitio web: http://oea.dpi.wi.gov/assessment

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La Opción para Padres de Exclusión en las Pruebas Estatales: Los resultados de las evaluaciones estatales se informan al Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin con el propósito de comunicar la competencia de la escuela y el distrito escolar. Bajo la ley estatal actual, a los padres se les permite optar a excluir a sus hijos a tomar las pruebas estatales. Por favor entienda, si usted elige optar a su hijo a no tomar las pruebas del estado, su puntuación será informado como un "estudiante no evaluado" al calcular el logro general de los estudiantes en el Distrito Escolar de Beloit. Si un padre escoge optar a su hijo (a) a no tomar las pruebas del estado, el padre debe preparar una solicitud por escrito (no enviar por correo electrónico) para que el estudiante sea excluido y presentar la solicitud al director del edificio. Tenga en cuenta que las solicitudes de exclusión son válidas sólo para el año escolar en curso. Debe completar una nueva solicitud de exclusión cada año. Para más información, por favor vea la página de Enseñanza, Aprendizaje e Innovación en el Sitio Web del Distrito Escolar.

No A La Discriminación del Estudiante El Distrito Escolar de Beloit no discrimina a los alumnos en base a sexo, raza, origen nacional, ascendencia, credo, embarazo, estado matrimonial o parental, sin hogar, orientación sexual o discapacidad física, mental, emocional o de aprendizaje en sus programas o actividades, incluyendo oportunidades de educación de profesión y técnica. El Distrito Escolar de Beloit considerará las solicitudes de acomodación razonable de las creencias religiosas sinceramente sostenidas de un estudiante con respecto a todos los exámenes y otros requisitos académicos.

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El Distrito Escolar no discrimina en el empleo en base a la edad, raza, color, origen nacional, sexo, discapacidad, credo, estado civil, ascendencia, registro de arresto o registro de convicción u orientación sexual o pertenencia a la guardia nacional, fuerza de defensa estatal, o cualquier componente de reserva de las fuerzas militares de los Estados Unidos o el Estado de Wisconsin, o cualquier otra base protegida por la ley. Se proveerán acomodaciones o excepciones razonables a las personas con discapacidades de acuerdo con las leyes estatales y federales. Las excepciones a esta política sólo pueden hacerse de acuerdo a las leyes estatales y federales. Las preguntas o quejas relacionadas con la interpretación o aplicación de esta política serán remitidas y procesadas de acuerdo con los procedimientos establecidos. Copias de esta política también estarán disponibles para los estudiantes, padres, solicitantes de empleo y empleados. Las consultas referentes a las leyes y regulaciones mencionadas arriba pueden ser referidas a: Centro de Educación de Kolak, 1633 Keeler Avenue, Beloit, WI 53511. Asistentes Superintendente: Administración, Operación, y Asuntos de Equidad Darrell Williams 608-361-4030 Anthony Bonds 608-361-4033 Asuntos de Equidad: Dr. Darrell Williams Asistentes Superintendente de Administración, Operación, y Equidad (608) 361-4030 E-mail: [email protected] Kolak Education Center, 1633 Keeler Avenue, Beloit, WI 53511 Currículo (Plan de Estudio) y Evaluaciones: Anthony Bonds Asistente Superintendente de Currículo, Instrucción y Tecnología (608) 361-4033 Email: [email protected] Kolak Education Center, 1633 Keeler Avenue, Beloit, WI 53511 Educación Especial y Sección 504 (Cumplimiento con la provisión del Acta McKinney-Vento de Educación para Niños y Jóvenes Sin Hogar y las leyes federales que exigen adaptaciones razonables para alumnos con discapacidades): Emily Pelz, Directora Ejecutiva del Servicio Estudiantil Teléfono: 608-361-4099 Correo Electrónico: [email protected]

Acomodación Religiosa Del Estudiante La Junta de Educación desea cooperar con aquellos padres que desean proveer instrucción religiosa para sus hijos, pero también reconoce su responsabilidad de imponer los requisitos de asistencia escolar del Estado. La Junta Educativa permitirá que los estudiantes, con permiso escrito de los padres, estén ausentes de la escuela durante las horas escolares requeridos por lo menos sesenta (60) minutos pero no más de 180 minutos por semana para obtener instrucción religiosa fuera de la escuela. El estudiante tiene que estar correctamente registrado y una copia de tal registro tiene que estar en el archivo con el director. El supervisor de la instrucción religiosa debe reportar mensualmente al Distrito los nombres de los estudiantes que asisten a la instrucción semanal. El Distrito no asumirá ninguna responsabilidad por un estudiante mientras asiste a la instrucción religiosa ni proporcionará transporte para tal instrucción. No se permitirá ninguna solicitud de asistencia a la instrucción religiosa en las instalaciones del Distrito. Ningún miembro del personal deberá alentar ni desalentar la participación en ningún programa de instrucción religiosa.

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Las ausencias por vacaciones religiosas consistentes con el credo del estudiante o creencias sinceramente sostenidas serán excusadas siempre y cuando la notificación por escrito sea proporcionada por el padre o guardián del estudiante o por el estudiante adulto. De conformidad con la Política 431 Regla 1 de la Junta Educativa, que declara que los estudiantes que están ausentes de la escuela, sea que la ausencia fue excusada o no excusada, se les permitirá hacer el trabajo del curso y exámenes perdidos durante la ausencia cuando regresan a la escuela. Los estudiantes que faltan a la escuela para fiestas religiosas o para instrucción religiosa se les permitirán hacer el trabajo de curso y exámenes. En el nivel secundario, es responsabilidad del estudiante ponerse en contacto con sus maestros para determinar qué trabajo de curso y exámenes se deben entregar/hacer. Póngase en contacto con el director de su escuela si tiene preguntas. 118.155, Estatuto de Wisconsin

Educación Para Estudiantes Sin Hogar (Niños Y Jóvenes) La Acta de Educación McKinney-Vento para Niños y Jóvenes sin Hogar asegura que los niños sin hogar tengan el mismo acceso a la misma educación pública gratuita y apropiada, como los otros niños y jóvenes. Los niños/jóvenes que carecen de una residencia fija, regular o adecuada, comparte la vivienda debido a dificultades económicas, viven en refugios, hoteles o lugares públicos se les dan el derecho de inscripción inmediata y la coordinación del transporte escolar. El Coordinador para Niños y Jóvenes sin Hogar se asegurara de que:

Los niños y jóvenes sin hogar son identificados voluntariamente por el personal escolar y por medio de la coordinación con otras entidades y agencias.

Los niños y jóvenes sin hogar se matriculan y tienen una oportunidad completa e igual de tener éxito en las escuelas del distrito

Las familias sin hogar y los niños/jóvenes reciben servicios educativos de los cuales son elegibles y se referirán a otros servicios apropiados.

Los padres/guardianes de un niño/joven sin hogar, no acompañado, sean informados de las oportunidades educativas y beneficios relacionados disponibles para ellos, y se les proporciona oportunidades propias de participar en la educación del niño/joven.

Se difunde un aviso público de los derechos educativos de los niños/jóvenes sin hogar en lugares públicos como escuelas, sitios de comidas, refugios y otros lugares frecuentados por familias de bajos ingresos.

Cumplimiento de todas las políticas y procedimientos y delegar las disputas de inscripción Los padres/guardianes de un niño/joven sin hogar y jóvenes no acompañados son informados de

todos los servicios de transporte, incluyendo el transporte a la escuela o el origen o a la escuela seleccionada.

Coordinación de servicios entre el Distrito Escolar de Beloit y otros proveedores de servicios a familias sin hogar.

Se proporciona asistencia a niños/jóvenes que no tienen las vacunas o registros médicos/inmunización, para obtener vacunas o registros médicos necesarios.

Los niños/jóvenes no estarán segregados debido a su condición de personas sin hogar. Los programas para niños / jóvenes sin hogar se coordinan con otros programas federales y locales.

El personal de Servicios Estudiantiles puede ayudar con los servicios para asegurar que los niños sin hogar tengan la oportunidad de participar completamente en las actividades escolares. Por favor refiérase a la Política 342.10, Regla 1 y comuníquese con Robin Stuht, Coordinador de Niños y Jóvenes Sin Hogar, al 608-361-4355 para más información. La Privacidad del Estudiante La Junta de Educación respeta los derechos de privacidad de los padres y sus hijos. Ningún estudiante será obligado, como parte del programa escolar o del plan de estudios del Distrito, sin el consentimiento previo por escrito, del estudiante (si es un adulto o un menor emancipado) o, si es un menor no emancipado, de sus padres a ser sujeto o participar en cualquier encuesta, análisis o evaluación que revele información sobre su:

A. Afiliaciones políticas o creencias del estudiante o de sus padres;

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B. Problemas mentales o psicológicos del estudiante o de su familia C. Comportamiento o actitudes sexuales; D. Comportamiento ilegal, antisocial, delata culpabilidad o degradante; E. Evaluaciones críticas de otros individuos con quienes los encuestados tienen parentesco familiares

cercanas; F. Relaciones privilegiadas y análogas reconocidas legalmente, como las de abogados, médicos y

ministros; G. Las prácticas religiosas, afiliaciones o creencias del estudiante o de sus padres; o H. Ingresos (que no sean los requeridos por la ley para determinar la elegibilidad para participar en un

programa o para recibir asistencia financiera bajo tal programa). El Superintendente se asegurará de que se establezcan procedimientos para que los padres puedan inspeccionar cualquier material creado por un tercer afiliado usada en conjunto con cualquier encuesta, análisis o evaluación antes de que la escuela administre o distribuya la encuesta al estudiante. El padre/madre tendrá acceso a la encuesta/evaluación dentro de un período de tiempo razonable después de que la solicitud sea recibida por el director del edificio. De acuerdo con los derechos de los padres, la Junta Directiva dirige a los administradores de edificios y programas a:

A. Notificar por escrito, de forma oportuna, a los padres de cualquier encuesta, análisis o evaluación que pueda revelar cualquier información identificada en A-H descritos arriba, y que permita a los interesados solicitar la oportunidad de inspeccionar la encuesta, el análisis, o evaluación; Y al administrador para organizar la inspección antes de iniciar la actividad con los estudiantes;

B. Permitir a los padres la opción de excluir a su estudiante de la actividad; C. Los datos recopilados de una manera resumida que no permita hacer una conexión entre los datos y el

estudiante individual o pequeños grupos de estudiantes; D. Tratar la información identificada en A-H arriba como cualquier otra información confidencial de

acuerdo con las políticas de la junta escolar. Además, los padres tienen el derecho de inspeccionar, bajo petición, cualquier material de instrucción utilizado como parte del plan de estudios del estudiante. Los padres tendrán acceso al material de instrucción dentro de un período de tiempo razonable después de que el director de la escuela reciba la solicitud. El término ‘material de instrucción’ significa el contenido educativo que se proporciona a un estudiante, independientemente de su formato, incluyendo materiales impresos y representativos, materiales audiovisuales y materiales en formatos electrónicos o digitales (como materiales accesibles a través de Internet). El término no incluye pruebas o evaluaciones académicas. Para la privacidad de los estudiantes cuyos padres solicitan que no participen en la encuesta, los arreglos se harán antes del período de tiempo en que se dará la encuesta, para que los estudiantes vayan a un lugar supervisado bajo la supervisión de un miembro del personal y al estudiante se le proporcionará una actividad alternativa. La Junta no permitirá la recopilación, divulgación o uso de la información personal recopilada de los estudiantes con el propósito de comercializar o vender esa información (o de proporcionar esa información a otros para ese propósito). El Superintendente es regido a notificar directamente a los padres de los estudiantes inscritos en el Distrito del contenido esencial de esta regla al menos anualmente al comienzo del año escolar y dentro de un período de tiempo razonable después de cualquier cambio sustancial en esta norma. Además, el Superintendente es regido a notificar a los padres de estudiantes del Distrito, al menos anualmente al comienzo del año escolar, de las fechas específicas o aproximadas durante el año escolar cuando la administración de cualquier encuesta de un tercer asociado contiene un o más de los elementos descritos en A-H arriba están programados o se espera que sean programados. Para los propósitos de esta política, el término "padre" incluye a un guardián legal u otra persona en paréntesis (tal como abuelo o padrastro con quien el niño vive, o una persona legalmente responsable del bienestar del niño).

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Crecimiento y Desarrollo Humano Los padres recibirán un aviso de lo que se enseñará en el grado de su hijo. La información incluirá un formulario de opción a no participar. Mientras que a ningún niño se le requiere tomar el plan de estudios de Crecimiento y Desarrollo Humano (HGD por su sigla en inglés), estos estudiantes seguirán recibiendo instrucción básicas de la fisiología e higiene por estatutos estatales 118.01 (2) (d) 2c y 8. Para más información sobre cómo los padres pueden inspeccionar el plan de estudios de HGD y materiales de instrucción, por favor contacte a Jacqueline Jolly en 361-4187. Programas Para Estudiantes Con Necesidades de la Educación Especial El Distrito Escolar de Beloit provee una educación pública gratuita y apropiada en el ambiente menos restrictivo y servicios relacionados necesarios a todos los niños con discapacidades inscritos en el distrito, como lo requiere la Ley de Educación de Individuos con Discapacidades (IDEA por su sigla ingles), las disposiciones de la Sección 504 de la Acta de Rehabilitación 1973 y la Acta de Estadounidenses con Discapacidades. Para los estudiantes elegibles a los servicios bajo IDEA, el distrito seguirá el proceso de identificación, evaluación, colocación y proveerá los servicios a niños identificados con una discapacidad. Los estudiantes pueden ser discapacitados dentro del significado de la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación aun cuando no requieran servicios de acuerdo con IDEA. Para aquellos estudiantes que no son elegibles a los servicios bajo IDEA, pero debido a una discapacidad como se define en la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, necesitan o se cree que necesitan acomodaciones especiales, el distrito seguirá los procedimientos de identificación y evaluación y proporcionará un plan de acomodaciones si el proceso de evaluación determina que un plan de acomodaciones es necesario. A solicitud, el Distrito Escolar de Beloit está obligado a evaluar a un niño para ser elegible a los servicios de educación especial. Una solicitud de evaluación se conoce como una referencia. Cuando el distrito recibe una referencia, el distrito nombrará un equipo del Programa de Educación Individual (IEP por su sigla ingles) para determinar si el niño tiene una discapacidad y si el niño necesita servicios de educación especial. El distrito localiza, identifica y evalúa a todos los niños con discapacidades que están matriculados por sus padres en escuelas privadas (incluyendo religiosas), escuelas primarias y secundarias ubicadas en el distrito escolar. Las categorías de discapacidad son: autismo, otros problemas de salud, discapacidad intelectual, discapacidad del habla o del lenguaje, trastorno emocional, lesión cerebral traumática, discapacidad auditiva, discapacidad visual, discapacidad de aprendizaje, retraso significativo del desarrollo, discapacidad ortopédica. Un médico, una enfermera, un psicólogo, un trabajador social, o un administrador de una agencia social que razonablemente cree que un niño traído a él o ella para sus servicios es un niño con una discapacidad tiene el deber legal de referir al niño, incluyendo un niño sin hogar, al Distrito escolar donde el niño reside. Antes de referir al niño, la persona que hace la referencia debe informar al padre del niño que la referencia será hecha. Otros, incluyendo los padres, que razonablemente creen que un niño es un niño con una discapacidad, incluyendo un niño sin hogar, también pueden referir al niño, al distrito escolar donde el niño reside. Las referencias deben ser por escrito e incluir la razón por la cual la persona cree que el niño es un niño con una discapacidad. Una referencia puede hacerse contactando a Emily Pelz, Directora Ejecutiva de Servicios Estudiantiles del Distrito Escolar de Beloit, al 608-361-4099, por correo electrónico a [email protected], o escribiéndole al 1633 Keeler Ave, Beloit WI 53190. Todos los niños son evaluados en su idioma principal. El Distrito Escolar de Beloit ofrece programas especiales y servicios relacionados para los estudiantes elegibles de 3 a 21 años. El Distrito se asegurará de que todos los servicios de apoyo y relacionados para estudiantes con discapacidades estén diseñados para satisfacer sus necesidades únicas y prepararlos para el

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empleo y la vida independiente. Los estudiantes con discapacidades matriculados en escuelas privadas o parroquiales en el Distrito pueden participar y tener acceso a los programas de educación especial y servicios relacionados del Distrito de acuerdo con las leyes estatales y federales. La programación de los estudiantes se basa en un programa individual de educación (IEP por su sigla en inglés) desarrollado por un equipo. Todos los niños que reciben la educación especial y/o servicios relacionados deben tener un "Programa de Educación Individual" (IEP) desarrollado anualmente para satisfacer sus necesidades específicas educativas. Los planes de acomodaciones de la Sección 504 también se revisan anualmente. Los padres tienen que participar en el proceso. Todos los programas de educación especial del Distrito estarán bajo la dirección y supervisión del Director Ejecutivo de Servicios Estudiantiles. Para más información, comuníquese con la Oficina de Servicios Estudiantiles al 608-361-4027. El Distrito Escolar de Beloit factura el sistema de Medicaid de Wisconsin por varios servicios dados a estudiantes de la educación especial que tienen una tarjeta médica. Estos servicios pueden incluir consejería, habla y lenguaje, terapia ocupacional, fisioterapia, atención médica y ayuda con actividades de la vida diaria. Si su hijo tiene alguno de los servicios mencionados arriba en su IEP y tiene una tarjeta médica, la facturación se hará. Por favor llame al 608-361-4024 si tiene alguna pregunta. El Manual del Procedimiento de Educación Especial se actualizará continuamente para su uso en el Distrito, el cual describe las políticas y procedimientos específicos relacionados con la educación especial y los servicios relacionados. Dicho manual deberá cumplir con los requisitos de la ley estatal y federal y ser adoptado por la Junta. Todas las políticas y procedimientos de educación especial están de acuerdo con el Modelo de Política de Educación Especial de Wisconsin.

Programa de Becas de Necesidades Especiales El Programa de Becas de Necesidades Especiales (SNSP, por sus siglas en inglés) le permite a un estudiante con discapacidades, que cumple con ciertos requisitos de elegibilidad, recibir una beca financiada por el estado para asistir a una escuela privada participante. El Programa de Becas de Necesidades Especiales se rige por el Estatuto de Wisconsin 115.7915 y el Código Administrativo de Wisconsin, Capítulo PI 49. Esta notificación sirve para informar a los padres y tutores de estudiantes con discapacidades que el Estado de Wisconsin ha establecido el Programa de Becas de Necesidades Especiales. El Estado de Wisconsin ha establecido el Programa de Becas de Necesidades Especiales para estudiantes con discapacidades. Bajo este programa de becas y como se especifica en la ley estatal, un niño con una discapacidad a quien se le ha negado la oportunidad de asistir a un distrito escolar no residente, bajo el programa de inscripción abierta de tiempo completo, puede ser elegible para recibir una beca del Departamento de Instrucción Pública (DPI por sus siglas inglés) que le permite al niño asistir a una escuela privada elegible que está participando en el Programa de Becas de Necesidades Especiales. Este es un programa administrado por el estado. Un padre o guardián que esté interesado en el Programa de Becas de Necesidades Especiales debe verificar independientemente las escuelas privadas participantes y los términos específicos, criterios de elegibilidad y procedimientos de solicitud del programa de becas con el DPI. El Programa de Becas de Necesidades Especiales se define adicionalmente bajo el estatuto de Wisconsin Wis. Stat. §115.7915. Información adicional sobre el programa debe estar disponible en el sitio web del Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin - Programa de Becas de Necesidades Especiales.

Programa Título I El Título I de la ley No Child Left Behind de 2001 requiere que las agencias educativas locales notifiquen a los padres de los niños en las escuelas del Distrito Título I: las escuelas Converse, Gaston, Hackett, Merrill, Robinson, Todd, Aldrich, Fruzen, Cunningham y McNeel al comienzo de cada año escolar observan su derecho a solicitar información con respecto a las cualificaciones profesionales de los maestros de los estudiantes y de los para-profesionales que brindan apoyo al niño.

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Póngase en contacto con el director de su escuela o diríjase al sitio web del Departamento de Instrucción Pública en: www.dpi.state.wi.us/dpi/dlsis/tel/lisearch.html. Allí puede escribir el nombre del maestro de su hijo y verá para qué están acreditados. Además, usted puede encontrar: si el maestro ha cumplido con los requisitos del estado y los criterios de licencia para los niveles de grado y áreas temáticas en las que el maestro proporciona instrucción; Si el maestro está enseñando en estado de emergencia o provisional que con la calificación del estado o los criterios de licencia se han exentado; El grado de bachillerato el maestro y cualquier otra certificación de grado o título en posesión del maestro, y el campo de disciplina de la certificación o título; Si el niño recibe servicios de para-profesionales las cualificaciones de este. Programa para Estudiantes Aprendiendo el Idioma Inglés (ELL por sus siglas ingles) El Distrito Escolar de Beloit presta servicios, tiempo completo, a sus Estudiantes aprendiendo el Idioma Inglés en las escuelas Aldrich, Converse, Cunningham, Fruzen, Gaston, Hackett, McNeel, Memorial, Merrill, Robinson y Todd. El programa de ELL en cada escuela se estructura alrededor de las siguientes nociones:

El idioma inglés se enseña a través del contenido, no como contenido Los estudiantes serán incorporados colocándolos en clases regulares durante todo o la mayor parte del

día escolar El lenguaje es una herramienta para el aprendizaje y el aprendizaje se refleja en y por el lenguaje La programación se basa en el entendimiento de que los factores de desarrollo, la orientación

lingüística, el nivel de interacción social, la base cultural y el tiempo son factores importantes en el aprendizaje del niño.

Se anima a los estudiantes a mantener y desarrollar su idioma principal. Las escuelas animan estos proporcionando acceso a materiales (libros, por ejemplo) en sus idiomas de origen, utilizando el idioma del hogar como apoyo para acceder el contenido o para expresar el aprendizaje, y mediante la implementación del curso secundario "Español para hispanohablantes". El Distrito Escolar de Beloit ve el multilingüismo y el multiculturalismo como un lucro que se debe estimular o y mantener entre sus estudiantes. Los enfoques utilizados se basan en los estatutos del estado de Wisconsin que utilizan la siguiente definición: “Programa de educación bilingüe-bicultural significa un programa diseñado para mejorar la comprensión y la capacidad de hablar, leer y escribir en el idioma Inglés, de un alumno limitado en el idioma inglés, para que el alumno sea capaz de realizar un trabajo ordinario en inglés ".

Programa de Educación Para El Empleo El distrito ofrece un programa integral de educación para el empleo que ofrece oportunidades de estudio centrados en la carrera para los estudiantes. El conocimiento de carrera/empleo se enseña en los grados elementales que conduce a la exploración de carrera en nuestras escuelas intermedias. Los estudiantes de secundaria participan en los programas de planificación y preparación de la carrera. Los estudiantes en los grados 6-12 participan en nuestro programa de Planificación Académica y Carrera (ACP). Además de esto, los estudiantes también son capaces de obtener créditos transferibles y avanzados a través de nuestros acuerdos expresados con las instituciones postsecundarias. Otras oportunidades incluyen Entrenamiento/ Preparación Juvenil, cooperación de trabajo y estudio, Opciones Juveniles, y oportunidades para obtener certificaciones de industria. Múltiples eventos de preparación para la carrera se llevan a cabo durante todo el año. Según sea necesario, el distrito publicará, en el sitio web del distrito, su Plan de largo plazo de la Educación para el Empleo junto con su revisión anual cuando esté disponible.

Servicios de Planificación Académica y de Carrera Para los Estudiantes Para cumplir con la sección PI26.03 (1) (b) 1 del Código Administrativo de Wisconsin, el Distrito Escolar de Beloit informará a los padres cada año de los servicios académicos y de planificación de carrera requeridos por el estado que su hijo recibe en los grados 6-12. El Distrito también actualizará a los padres varias veces durante el año sobre la planificación de su hijo y brindará oportunidades para que ellos participen en el proceso. Este programa de Planificación Académica y Carrera (ACP por sus siglas ingles) proporcionará al estudiante un apoyo anual individualizado para completar y actualizar su plan académico y de carrera, acceso a una herramienta de software de planificación académica y de carrera y conexiones con el personal de la

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escuela para asistencia con el desarrollo e implementación del plan individual del estudiante. Los estudiantes que reciben servicios de educación especial tendrán su plan académico y de carrera puesto a disposición por su equipo de programa de educación individualizado para ayudar en la planificación de servicios de transición.

Asistencia Estudiantil La asistencia regular a la escuela es esencial para el éxito escolar. A los padres/guardianes se les anima a que sus hijos asistan a la escuela todos los días. Los estudiantes pueden ser excusados por los padres/guardianes solo por las razones descritas en la Sección 118.15 de los Estatutos de Wisconsin y/o como está escrito en la reglas de la Junta Mesa Directiva 431 REGLA 1. Los estudiantes que llegan tarde o con tardanza sin excusa a la escuela serán tratados como absentismo cuando un patrón se vuelve hábito o excesivo. Si el estudiante está ausente, se requiere notificación de padres o guardianes al personal de la escuela. Los estudiantes serán excusados de la escuela por las siguientes razones con el conocimiento y aprobación del padre o guardián legal del estudiante:

• Enfermedad personal (una excusa médica puede ser requerida por más de tres días consecutivos de enfermedad)

• Enfermedad grave o muerte en la familia • Observancia religiosa • Carreteras intransitables o condiciones climáticas extremas • Requisito de estar presente en la corte • Citas Medicas • Visitas a la universidad • Casos especiales a discreción del director

Un padre/guardián debe notificar la ausencia a la escuela, la mañana de la ausencia, o presentar una nota para cada ausencia escolar. El absentismo habitual puede aportar a la posible intervención del departamento de servicios humanos del condado, policía local y/o tribunal del condado. Los padres tienen el derecho de solicitar modificaciones en el programa o en el plan de estudios conforme al estatuto 118.15 (1) (d) del Estado. Las respuestas a estas solicitudes deben ser enviadas al director del edificio para su consideración. Una copia de la política del Procedimiento de Asistencia Estudiantil (431 REGLA 1) está disponible en la sección de políticas de este Manual. Las preguntas relacionadas con esta política deben dirigirse al director de la escuela.

Uso o Posesión de Dispositivos de Comunicación Electrónica La Junta de Educación del Distrito Escolar de Beloit cree que el uso de teléfonos celulares por parte de los estudiantes durante el día escolar normal puede ser perjudicial para el ambiente educativo. Por lo tanto, los estudiantes que traen los teléfonos celulares a la escuela deben seguir y cumplir con las condiciones establecidas en la política 443.5, que se encuentra en la sección de políticas de este Manual. Los estudiantes y sus padres deben leer la Política de Uso del Teléfono de la Estudiante y firmar la Página de Afirmación.

Política en Contra la Intimidación (bullying) del Estudiante El Distrito Escolar de Beloit se compromete a proteger a sus estudiantes, empleados y solicitantes de admisión del acoso, hostigamiento o discriminación por cualquier motivo y de cualquier tipo. La Junta de Educación cree que todos los estudiantes y empleados tienen derecho a una experiencia escolar segura, equitativa y libre de acoso. La intimidación, el acoso o la discriminación no serán tolerados y serán una causa justa de acción disciplinaria. La política del distrito se interpretará y aplicará de manera consistente con todas las leyes estatales y federales aplicables. La intimidación puede implicar, pero no se limita a: provocaciones no deseadas, amenazas, intimidación, acoso, intimidación/acoso cibernético, violencia física, robo, hostigamiento basado en la pertenencia a una categoría protegida, humillación pública, destrucción de la propiedad escolar o personal, exclusión social incluyendo Incitación y / o coacción, y rumores o difusión de falsedades. Se prohíbe la conducta que represente intimidación, acoso o discriminación, según se define en la política del distrito 443.72. La política Anti-intimidación se encuentra en la sección de políticas de este Manual.

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Inspección de los Armarios (locker) Los armarios para los estudiantes se utilizarán única y exclusivamente para el almacenar ropa exterior, calzado y materiales relacionados con la escuela. El casillero escolar asignado a un estudiante es propiedad del Distrito Escolar de Beloit. En ningún momento el Distrito Escolar de Beloit renuncia a su control exclusivo de tales armarios. Un casillero puede ser inspeccionado cuando se determina necesario o apropiado sin previo aviso, sin el consentimiento del estudiante, y sin una orden de judicial. La inspección la puede hacer el administrador del distrito, un director del edificio, un subdirector, un empleado de la escuela designado específicamente por el administrador del distrito o el director del edificio, un oficial intermediario policíaco o agente policial u otro funcionario de la agencia a petición o en conjunto con las autoridades escolares. Consulte la política 446.1 en la sección de políticas de este manual para obtener más información sobre las inspecciones de casilleros. Programa de Opciones Juveniles Los estudiantes del Distrito Escolar de Beloit matriculados en los grados 11 y 12 serán elegibles para participar en el Programa de Opciones Juveniles de acuerdo con la ley estatal y los procedimientos establecidos del Distrito. El Programa de Opciones Juveniles ofrece a los estudiantes elegibles la oportunidad de tomar cursos en colegios técnicos e instituciones de educación superior mientras están en la escuela secundaria. Una "institución de educación superior" es una institución dentro del sistema de la Universidad de Wisconsin, una universidad tribalmente controlada o una institución privada sin fines de lucro de educación superior ubicada en este estado. Para obtener información sobre la elegibilidad y los procedimientos para aplicar, consulte la Política 343.41 Programa y Política de Opciones para Jóvenes 343.41 REGLA 1 para el Programa de Opciones para Jóvenes. Los Estudiantes y familias también pueden comunicarse con los Consejeros de Orientación Escolar para obtener más asistencia.

Registros de Estudiantes / Datos del Directorio El Distrito Escolar de Beloit recopila y mantiene información sobre sus estudiantes con el propósito de ayudar a los estudiantes, sus padres / guardianes y el Distrito en el logro de sus metas educativas. Los registros del estudiante serán acumulados, mantenidos y tramitados de acuerdo con las leyes estatales y federales y los procedimientos establecidos del Distrito. Los datos del directorio incluirán nombres, direcciones, números de teléfono, fecha / lugares de nacimiento, concentración de estudio, participación en actividades y deportes oficialmente reconocidos, peso y peso de miembros de equipos atléticos, fechas de asistencia, fotografías, grados / premios recibidos, y los nombres de las escuelas anteriores más recientemente atendidas por los estudiantes. La Ley Federal de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (FERPA, por sus siglas en inglés) y la ley estatal requieren que los datos de directorio del estudiante sean dados a conocer por el Distrito a cualquiera que lo solicite a menos que un padre o guardián objete, por escrito, a que tal información se divulgue. Los padres también pueden optar a no divulgar la información de sus estudiantes a los reclutadores militares. Los padres y guardianes tienen catorce (14) días escolares después de esta notificación para escribir al Superintendente de sus objeciones. Excepciones de la divulgación: Oficiales / Empleados del distrito escolar (incluyendo maestros que tienen intereses educativos legítimos); Los funcionarios de otro distrito escolar en el que el estudiante desee inscribirse pueden recibir registros sin consentimiento (ya sea que tengamos el consentimiento de los padres para enviar o no, debemos enviar los registros en 5 días hábiles); La escuela puede revelar información relacionada con la ayuda financiera; Los expedientes educativos pueden ser divulgados a través de peticiones por orden judicial o citación judicial; Proveedores de atención médica o personal médico de emergencia si es necesario para proteger la salud/seguridad del estudiante u otros; La información de directorio si la escuela ha cumplido con las reglas de notificación / política escrita de FERPA.

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Bajo FERPA, los padres y guardianes tienen el derecho de inspeccionar y revisar los expedientes educativos del estudiante. La solicitud de inspección de dichos registros se concederá en un plazo razonable, pero en ningún caso, este plazo será más de 45 días después de la solicitud. La inspección solicitada se hará en presencia de una persona cualificada para explicar e interpretar los registros del estudiante. El estudiante o padre/guardián se le dará, con previa solicitud por escrito, una copia de los registros del estudiante y un resumen escrito de la interpretación por personas calificadas. Los padres tendrán la oportunidad de una audiencia para desafiar el contenido de los archivos escolares de su hijo, para: (a) asegurar que los registros no sean erróneos, sinuosos o de otra manera violan la privacidad u otros derechos de los estudiantes; (b) Una oportunidad para corregir o eliminar cualquier información inexacta, sinuosa o inadecuada que contenga.

Acceso a los Registros de Estudiantes por Reclutador La ley federal requiere que el Distrito proporcione a los reclutadores militares y a las instituciones de educación superior los nombres, direcciones y números telefónicos de los estudiantes a menos que el estudiante o el padre o guardián le haya ordenado al Distrito, por escrito, que no divulgue esta información.

Información sobre enfermedad Meningocócica Las autoridades de salud pública recomiendan que los adolescentes y estudiantes universitarios estén inmunizados contra una infección bacteriana, potencialmente fatal, llamada enfermedad meníngea, un tipo de meningitis. La enfermedad meningocócica es una infección bacteriana rara pero potencialmente mortal que puede causar hinchazón grave del cerebro y de la médula espinal (meningitis) o una infección sanguínea grave (septicemia- meningococo). La enfermedad meningocócica afecta a 3,000 estadounidenses cada año; Casi el 30 por ciento de estos casos se encuentran entre adolescentes y estudiantes universitarios. Hasta el 83 por ciento de todos los casos entre los adolescentes y estudiantes universitarios se puede prevenir mediante la inmunización, la forma más eficaz de prevenir esta enfermedad. Hay una vacuna meningocócica que protege contra cuatro de las cinco cepas de bacteria que causan la enfermedad meningocócica en los EE.UU. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) y otras organizaciones líderes médicas recomiendan que todos los niños de 11 a 12 años de edad se vacunen con la vacuna conjugada contra el meningococo (MCV4). Se recomienda una inyección de refuerzo para los adolescentes a los 16 años de edad para continuar brindando protección cuando su riesgo de enfermedad meningocócica es más alto. Los adolescentes que recibieron MCV4 por primera vez a la edad de 13 a 15 años necesitarán una única dosis de refuerzo a los 16 a 18 años de edad. Si un adolescente no recibió la vacuna, debe preguntarle al médico sobre cómo obtenerla ahora, especialmente si están a punto de mudarse a una residencia universitaria o cuarteles militares. Informe de la Enfermedad Meningocócica La enfermedad meningocócica es a menudo mal diagnosticada como algo menos grave porque los síntomas al comienzo, son similares a las enfermedades virales comunes. Los síntomas de la enfermedad meningocócica pueden incluir fiebre alta, dolor de cabeza severo, cuello rígido, náuseas, vómitos, sensibilidad a la luz, confusión, debilidad/cansancio y/o erupción cutánea. Los adolescentes y los estudiantes universitarios están en mayor riesgo de enfermedad meningocócica en comparación con la población general, representando casi el 30 por ciento de todos los casos de EE.UU. cada año. La enfermedad meningocócica puede diagnosticarse erróneamente como algo menos grave, ya que los primeros síntomas como fiebre alta, dolor de cabeza intenso, náuseas, vómitos y rigidez del cuello son similares a los de las enfermedades virales comunes. La enfermedad puede progresar rápidamente y puede causar la muerte o incapacidad permanente dentro de las 48 horas de los síntomas iniciales.

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La enfermedad meningocócica se propaga a través del contacto directo con secreciones respiratorias y / o orales de personas infectadas (por ejemplo, besar o compartir recipientes para beber). Puede desarrollarse y propagarse rápidamente por todo el cuerpo, por lo que el diagnóstico y tratamiento temprano son muy importantes. Incluso con un tratamiento inmediato, la enfermedad puede matar a una persona joven sana después de los primeros síntomas. De los que sobreviven, hasta el 20 por ciento puede sufrir discapacidades permanentes, incluyendo daño cerebral, sordera y amputaciones de extremidades. Se cree que los factores de estilo de vida comunes entre los adolescentes, los estudiantes universitarios y el personal militar aumentan el riesgo de contraer una enfermedad meningocócica. Estos factores de estilo de vida incluyen situaciones de vivir concentrado (por ejemplo, dormitorios, campamentos para dormir), fumadores activos o pasivos y hábitos de dormir irregulares. Los adolescentes deben evitar compartir utensilios para comer y beber del mismo recipiente, ya que las infecciones pueden propagarse a través de este tipo de contacto próximo. Para obtener más información sobre la enfermedad meningocócica, información sobre la vacuna y recursos de salud pública, visite los siguientes sitios web. Por favor contacte a nuestra Directora de Salud Escolar, Tammy Flanders, con cualquier pregunta al 608- 361-4024.

American Academy of Family Physicians (Academia Americana de Médicos de Familia) http://www.aafp.org/news/health-of-the-public/20100722stopmeningitis.html

American Academy of Pediatricians (Academia Americana de Pediatras) https://www.healthychildren.org/English/health-issues/conditions/head-neck-nervous-system/Pages/Meningitis.aspx?nfstatus=401&nftoken=00000000-0000-0000-0000-000000000000&nfstatusdescription=ERROR%3a+No+local+token

CDC - Meningitis - Additional Information https://www.cdc.gov/meningococcal/index.html

CDC - Meningitis Fact Sheet (hojas de datos de la Meningitis) https://www.cdc.gov/meningitis/

CDC - Vaccine Recommendations (Recomendaciones de Vacunas) http://www.cdc.gov/vaccines/hcp/acip-recs/vacc-specific/mening.html

Center for Disease Control (Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) http://www.cdc.gov/

National Meningitis Foundation http://www.nmaus.org/

Wisconsin Public Health Departments & Contact Info (Departamento de Salud Pública de Wisconsin) https://www.dhs.wisconsin.gov/lh-depts/counties.htm

Aviso de Recursos de Prevención de Suicidios De acuerdo a la sección 115.365 (3) de los estatutos del estado, cada Junta Escolar, anualmente, debe informar a su personal profesional de los recursos disponibles del DPI y otras fuentes sobre la prevención del suicidio. La información que describe los recursos y servicios de prevención del suicidio y cómo el personal puede acceder a ellos, están disponibles en el sitio web de DPI en https://dpi.wi.gov/sspw/mental-health/youth-suicide-prevention. Programas de Nutrición Infantil E Información de Comida Gratuita y de Precio Reducido Todos los estudiantes matriculados en el Distrito Escolar de Beloit son elegibles para recibir en la escuela un desayuno y el almuerzo saludable y GRATIS todos los días del año escolar 2017-18. Su (s) hijo (s) podrá participar en estos programas de comida sin tener que pagar una cuota o presentar una solicitud de comida. Esto es posible a través de la provisión de Elegibilidad Comunitaria (CEP) de los Programas Nacionales Escolares de Almuerzo y Desayuno.

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IMPORTANTE: Las familias todavía tienen que llenar un Formulario de Ingreso del Hogar y un Formulario de Consentimiento de Exención de Cuota para recibir una exención de las cuotas escolares generales, de deportes y de actividades. Las exenciones de cuotas son para las cuotas del año actual solamente. La información en el Formulario de Ingreso del Hogar determinará si las cuotas escolares de su estudiante pueden ser exentas. El Formulario de Ingresos del Hogar también es muy importante ya que ahora se usará para determinar la elegibilidad de nuestro distrito para otros fondos como Título 1, SAGE/AGR, E-rate, ayuda para pobreza alta, ayuda debido a la disparidad/escasez y otros programas en el distrito. Cada hogar en el Distrito recibirá en el correo una Forma de Ingreso del Hogar (una forma por hogar). Por favor complete este formulario y regréselo a la Oficina de Negocios al Centro de Educación de Kolak, Business Office, 1633 Keeler Avenue, Beloit, WI 53511 antes del registro. El Formulario de Consentimiento para la Exención de Cuota (una forma por estudiante) estará disponible durante el registro. Los formularios también están disponibles en la página de los Estudiantes, en la escuela de su hijo, o llamando al 608-361-4007.

Notificación de la Política de los Costos/Precios de da Comida Todos los estudiantes matriculados en el Distrito Escolar de Beloit son elegibles para recibir en la escuela un desayuno y el almuerzo saludable y GRATIS todos los días del año escolar 2017-18. Su (s) hijo (s) podrá participar en estos programas de comida sin tener que pagar una cuota o presentar una solicitud de comida. Esto es posible a través de la Provisión de Elegibilidad Comunitaria (CEP) de los Programas Nacionales Escolares de Almuerzo y Desayuno.

Notificación de la Política del Bienestar Escolar El Distrito Escolar de Beloit promueve escuelas saludables apoyando el bienestar, la buena nutrición y la actividad física regular como parte del ambiente de aprendizaje en total. El Distrito apoya un ambiente saludable donde los niños aprenden y participan en prácticas de estilo de vida positivo, y provee un ambiente de aprendizaje integral para desarrollar y practicar hábitos de bienestar por vida. Mediante el apoyo y la promoción de una buena nutrición y la actividad física, las escuelas contribuyen al estado de salud básico de los niños, optimando el rendimiento de los estudiantes. Los distritos escolares que participan en programas de nutrición infantil subvencionados por el gobierno federal (por ejemplo, el Programa Nacional de Almuerzos Escolares, el Programa de Desayuno Escolar y el Programa de Comidas Después de la Escuela) fueron obligados a establecer políticas locales de bienestar escolar para el año escolar 2006-2007. La Política de Bienestar del Distrito (761) fue formalmente aprobada por la Junta de Educación en julio de 2005.

Planes del Asbesto (amianto) El Distrito Escolar de Beloit vigila con atención las instalaciones de seguridad, eficiencia y estética, incluyendo la actualización de los planes de inspección del asbesto. Estos planes pueden ser revisados poniéndose en contacto con Sean Winters, Coordinador de Servicios de instalaciones al 608-361-4085.

Ley VI de la Educación Primaria y Secundaria Con el fin de cumplir con su objetivo de proporcionar oportunidades educativas para todos los estudiantes del Distrito Escolar de Beloit, la Junta de Educación participará en los programas incluidos en la Ley Federal de Mejorar las Escuelas de los Estados Unidos. La junta reconoce la importancia de la participación de los padres y maestros en estos programas y, por lo tanto, proporcionará oportunidades apropiadas para que los padres y maestros se involucren en el diseño e implementación de los proyectos Título I, II, IV y VI del distrito. Las actividades específicas para la participación de padres y maestros en los proyectos Título I, II, IV y VI del Distrito serán desarrolladas por los beneficiarios de los fondos del Título. Las actividades de planificación de programas se informarán anualmente a la Junta.

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Todos los programas y servicios proporcionados para los estudiantes de Título I serán por lo menos comparables a aquellos proporcionados en áreas que no reciben fondos del Título I. Asimismo, el Distrito garantizará la equivalencia en maestros, administradores, personal auxiliar, materiales del plan de estudios y suministros de instrucción entre las escuelas o los niveles de grado dentro del Distrito. Los padres pueden solicitar las calificaciones profesionales y las certificaciones en el salón de clases de su hijo. Se puede acceder a los datos del informe de desempeño escolar a través del sitio web del distrito (www.beloitschools.net) o por escrito a: Oficina de Relaciones Comunitarias, Kolak Education Center, 1633 Keeler Avenue, Beloit, WI 53511.

Acoso Estudiantil El Distrito Escolar de Beloit deberá mantener un ambiente de aprendizaje que está libre de cualquier forma de acoso, por razón de sexo, raza, religión, origen nacional, ascendencia, creencia, embarazo, estado civil o paternal, orientación sexual o físico, mental, emocional o discapacidad de aprendizaje. Por lo tanto, el Distrito no tolerará tales formas de comportamiento y tomará todas las medidas necesarias y apropiadas para eliminar, hasta e incluye la disciplina de los delincuentes. Es esencial que el personal y los estudiantes tengan una comprensión clara de las conductas que corresponden a la definición de "acoso". Para propósitos de la política, el "acoso" se refiere a la práctica/acción de cualquier tipo de conducta que interfieren sustancialmente con el desempeño escolar de un estudiante o crea un ambiente intimidatorio, hostil u ofensivo en la escuela. Cualquier estudiante que crea que él/ella ha sido sometido al acoso por parte de otro estudiante, empleado u otro adulto debe informar el incidente, en conformidad con los procedimientos de denuncia establecidos por el Superintendente. Estos procedimientos deberán incluir un medio para que el estudiante pueda apelar las decisiones ante el Superintendente y el Consejo de Educación. Además, el Superintendente hará un procedimiento alternativo que se desarrollarán para los estudiantes con necesidades especiales y estudiantes pequeños. Es la intención del Distrito de crear una atmósfera donde las quejas y presuntas acusaciones serán tratadas de manera justa y rápida. Las personas que denuncian incidentes de acoso serán protegidos contra las retaliación o las represalias, incluyendo pero no limitado a, la intensificación del hostigamiento, evaluación académica injusta, las amenazas, el trato académico diferente, el sarcasmo o comentarios no deseados o hasta por sus compañeros. Cualquier individuo que participa en una conducta de represalia contra el denunciante será sujeto a acción disciplinaria. Acoso Estudiantil Procedimientos Administrativos A. Diseminación de la Política/Norma

1. Cada estudiante o padre(s) /guardián del estudiante recibirá una copia de la política/norma del acoso/hostigamiento estudiantil y las normas administrativas cada año. Las reglas, incluyendo el procedimiento de quejas también se darán a cualquier persona que desee presentar una queja.

2. La norma/política de acoso estudiantil y las normas administrativas se revisará anualmente con los

estudiantes y empleados.

3. Discusiones sobre el hostigamiento estudiantil se incluirán en un nivel apropiado para la edad a través del programa de orientación del desarrollo del Distrito y en actividades de orientación de los estudiantes.

B. Procedimiento de Queja

Es importante que estos procedimientos respeten y promuevan los derechos de todos los interesados, incluyendo la protección de los intereses de privacidad personal y la protección de la reputación de todas las personas preocupadas e involucradas. En fin de garantizar los procedimientos justos y para proteger estos intereses, todas las personas se les animan a mantener estos asuntos confidenciales. Todas las oficinas de investigaciones y revisiones deben mantener estas cuestiones en la más estricta

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confidencialidad posible a fin de protegerse de la divulgación innecesaria, por inadvertencia/descuido, o prematura divulga de la información relativa a los cargos pendientes o investigaciones. Los estudiantes que creen haber sido víctimas de hostigamiento, o los padres/guardianes que creen que su hijo es víctima de hostigamiento, debe informar inmediatamente sus preocupaciones al director, trabajador social, consejero, maestro o persona designada. Si un empleado adulto que no sea el director recibe la queja, el empleado deberá remitir la queja al director para su revisión y para tomar las medidas necesarias.

Todas las quejas serán tomadas en serio y estarán sujetos a una revisión intensiva y una investigación inmediata por el director o la persona designada que recibe la queja. Los siguientes procedimientos se utilizarán:

1. Si las discusiones informales no causan emprender los procesos disciplinarios formales, por petición

del demandante, a las personas ofensoras se les puede pedir que expliquen su conducta o comportamiento a su director o su designado.

2. Las quejas pueden presentarse en forma verbal o por escrito al director o a la persona designada. La

queja debe incluir una declaración específica de la presunta conducta, incluyendo (si es posible) detalles adicionales, tales como hora, fecha, lugar y circunstancias de cada incidente alegado.

3. El director o la persona designada deberán hacer una determinación inicial de la queja, que deberá incluir la investigación de la queja; notificar a la persona que ha sido acusado del hostigamiento; permitir una respuesta a la acusación; organizar una reunión; y responder a la queja. Dado que el Distrito toma estas denuncias muy en serio, estas estarán sujetas a una revisión e investigación inmediata. El Administrador de Asuntos Académicos y Equidad será llamado inmediatamente cuando una queja se ha presentado. El director o la persona designada deberán presentar un informe por escrito al demandante después de finalizar la investigación inicial.

4. Si cualquiera de las personas no está satisfecha con el informe del director o personal designada, una

apelación por escrito puede ser presentado al Superintendente o persona designada indicando la naturaleza del desacuerdo. La apelación debe ser presentada dentro de 15 días de calendario después de recibir la decisión. El Superintendente o persona designada deberá hacer una reunión con todas las personas en la demanda para revisar los temas presentados en la apelación. El Superintendente o designado debe dar una respuesta por escrito explicando los resultados y disposición de la apelación dentro de 10 días después de la fecha que la apelación fue presentada, o de 10 días después de la reunión, o de cual fecha sea más tarde.

5. Si cualquiera de las personas no está satisfecha con la decisión de la apelación, la(s) persona(s) que no

está satisfecha puede presentar una solicitud de revisión formal al Consejo de Educación. La apelación debe ser presentada dentro de 10 días después de recibir la decisión anterior. El Consejo llevará a cabo una audiencia dentro de 30 días después de la solicitud de revisión formal de la decisión anterior.

6. Si una persona no está satisfecha con la decisión del Consejo, otra apelación dentro de 30 días se podrá

hacer al Superintendente Estatal de Instrucción Pública. Además, una apelación puede hacerse en cualquier momento a la:

Office of Civil Rights Chicago Office, US Dept. of Education 500 West Madison St. Suite 1475 Chicago, Illinois 60661 Teléfono: (312) 730-1560 Teléfono: (312) 886-8434

C. Disposiciones Especiales para Estudiantes Pequeños y los Estudiantes con Necesidades Especiales

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Debido a las posibles dificultades con establecer las fechas, las horas y el comportamiento, los estudiantes más pequeños y los estudiantes con necesidades especiales que han sido o pueden haber sido hostigado se les proporcionará servicios de asesoramiento que se considera adecuado para su edad y/o su condición de discapacidad. La condición de discapacidad de un estudiante se tomará en cuenta en cualquier acción disciplinaria que puede ocurrir como resultado de hostigamiento racial.

POLITICAS DEL DISTRITO Todas las políticas de la junta directiva pueden encontrarse en la red http://www.sdb.k12.wi.us/board.

Estimadas familias, El Distrito Escolar de Beloit cree que la disciplina positiva es un elemento necesario y proporciona a

todos los estudiantes un ambiente de aprendizaje saludable. El Código de Conducta del Distrito Escolar

de Beloit describe las expectativas universales para todos los estudiantes y el personal. Nos complace

presentarle el Código de Conducta. Este folleto detalla los derechos, reglas y responsabilidades de todos

los estudiantes que asisten en el Distrito Escolar de Beloit.

La seguridad y bienestar de nuestros estudiantes es de máxima importancia. Para hacer que nuestros

ámbitos escolares sean los que reflejen valores de buena ciudadanía, autodisciplina y respeto, nosotros

debemos asegurarnos de que nuestros estudiantes sigan el Código de Conducta y muestren un

comportamiento positivo dentro y fuera del aula. Por lo tanto, es importante que revise este impreso y

discuta su contenido con sus hijos. Al hacerlo, reforzará las expectativas de la escuela y nos ayudará a

lograr nuestras metas de mejorar el éxito estudiantil y crear entornos escolares seguros y de apoyo.

También pedimos a los padres que trabajen con los maestros, directores y personal de las escuelas sobre

la resolución de conflictos y crear una cultura positiva escolar.

Después de revisar el Código de Conducta, firme la hoja de consentimiento adjunta al final del manual y

haga que su hijo lo devuelva a la escuela. Este formulario debe regresar a la escuela de su hijo (a) no más

tardar del 08 de septiembre de 2017.

Gracias por su participación, trabajando juntos realizaremos un ambiente escolar que es seguro y de

apoyo

La administración del Distrito Escolar de Beloit

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443/447 - CÓDIGO DE CONDUCTA Y DISCIPLINA PARA ESTUDIANTES El comportamiento y el código de conducta de los estudiantes que asisten a las escuelas públicas en el Distrito Escolar de Beloit deberán reflejar las normas de la buena ciudadanía, la moral alta, la autodisciplina, la responsabilidad a sus propias acciones y el respeto hacia los demás. La disciplina positiva es un elemento necesario y proporciona a todos los estudiantes un ambiente de aprendizaje saludable. El Consejo de Educación, la administración y la facultad se adhieren a la filosofía de que todos los estudiantes que tienen el deseo de asistir a la escuela se les darán la oportunidad. Todos los estudiantes serán ayudados en todo lo posible para lograr el éxito escolar. Un código de conducta disciplinario será establecido y se incluye en esta dicha política (443/447) del Consejo Directivo. Al igual que otras políticas del Consejo, el código de conducta se revisará y/o se actualizará anualmente. El código de conducta no tiene la intención de intimidar a la mayoría de los estudiantes que observen las normas y reglamentos establecidos. Sin embargo, una infracción por un estudiante puede cambiar el clima escolar e interfiere con el aprendizaje en el aula, la escuela y/o dentro del Distrito. Los estudiantes que se niegan a comportarse según estas reglas estarán sujetos a los procedimientos administrativos y legislativos bajo el funcionamiento de las políticas del Consejo. El Consejo apoya las políticas de mandato del Estado sobre la discriminación, el acoso, la intimidación y AOAD (Alcohol y Otros Abusos de Drogas) y también se adhiere fuertemente al código de conducta en referencia a las armas, las amenazas y el comportamiento agresivo contra los estudiantes y el personal. Además, cualquier infracción que parece tener connotaciones de pandillas recibirán consecuencias más severas, e incluyendo, una recomendación de expulsión o tiempo prolongado de expulsión. El procedimiento debido so se les proporcionará a todos los estudiantes como es requerido por ley. El Distrito Escolar de Beloit no discriminarán en los estándares y reglas de conducta, incluyendo el acoso, o medidas disciplinarias, incluyendo la suspensión y expulsión, basado en el sexo, raza, origen nacional, color, ascendencia, credo, embarazo, religión, estado civil o situación de los padres, orientación sexual o física, mental, emocional o discapacidad de aprendizaje o incapacidad. Las quejas de discriminación serán tratadas en acuerdo con los procedimientos de demanda establecidas. REFERENCIA (REF) LEGAL: s.s. 118.13 120.13 (1) 120.44 PI 9, Código Administrativo de Wisconsin REF RELACIONADA: 112 REGLA 2 Procedimientos de Quejas de Discriminación Estudiantil 411.1 Acoso Sexual Estudiantil 411.2 Acoso Racial Estudiantil 411.3 Acoso Estudiantil 443.4 Consumo de Alcohol y o el Uso de Otras Sustancias Controladas por el Estudiante 443.4 REGLA 1 Regulaciones de Ejecución del Consumo de Alcohol y o Uso de Otras Sustancias

Controladas por el Estudiante 443.72 En Contra el Hostigamiento (Anti-Bullying) APROBADO: 03 de agosto 1976 REVISADO: 23 de julio 2013 22 de abril 2014 24 de febrero 2015

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CÓDIGO DE CONDUCTA

El comportamiento y la conducta de los estudiantes en el Distrito Escolar de Beloit deben reflejar las normas de buena ciudadanía, la disciplina propia, responsabilidad a sus propias acciones y el respeto hacia los demás. Nuestra visión para la disciplina es sistemáticamente enfocada a la prevención y la educación, esforzándonos en proveer a los estudiantes conocimientos y habilidades a través de la implementación de Intervenciones de Comportamiento Positivas y Apoyos. La disciplina positiva es un elemento necesario y proporciona a todos los estudiantes un ambiente de aprendizaje saludable. El Consejo de Educación, la administración y la facultad se adhieren a la filosofía de que todos los estudiantes que tienen el deseo de asistir a la escuela se les darán la oportunidad. Todos los estudiantes serán ayudados en todo lo posible para lograr el éxito escolar.

I. Propósito del Código de Conducta: El propósito principal del Código de Conducta es identificar para todos los estudiantes, sus padres, tutores, guardianes legales y miembros del personal, los siguientes:

A. Qué tipo de comportamiento de los estudiantes constituirá una mala conducta del estudiante,

B. Las clases de consecuencias disciplinarias que pueden aplicarse por la mala conducta del estudiante,

C. Las infracciones que requieren contacto a la policía (aunque la policía se puede llamar por cualquiera

infracción),

D. Qué clase de mala conducta del estudiante puede resultar en una recomendación de expulsión.

El Código de Conducta se aplica a todos los estudiantes, todas las escuelas, y todos los programas alternativos de educación y los sitios alternativos de educación en el Distrito Escolar de Beloit. Se aplica en todas las propiedades del distrito escolar, incluyendo las aceras, áreas de juegos, recreo, y estacionamientos, en todas las actividades del distrito escolar, no importa la ubicación de esas actividades, y para toda transportación patrocinado por el distrito escolar. El Código de Conducta se ejecuta en cumplimiento con todas las leyes del estado y federales.

II. Jurisdicción para el Uso del Código de Conducta: Los administradores empleados por el Distrito Escolar

de Beloit tienen la autoridad legal para imponer sanciones disciplinarias cuando un estudiante participa en mala conducta de la siguiente naturaleza:

A. Repetidamente no obedece o se niega a obedecer las reglas de la escuela;

B. Sabiendo que está comunicando o hace que se comunique cualquier amenaza o información falsa

sobre un intento, intento presunto que se está haciendo,

C. Participando en una conducta mientras está en la escuela o bajo la supervisión de una autoridad escolar que pone en peligro, la propiedad, la salud o seguridad de otras personas, que incluye hacer amenaza a la salud o seguridad de una persona o hacer una amenaza a dañar la propiedad;

D. Participando en conducta inapropiada mientras no esté en la escuela ni bajo la supervisión de una

autoridad de la escuela donde pone en peligro la propiedad, la salud, o la seguridad de otros en la escuela o bajo la supervisión de una autoridad de la escuela;

E. Poniendo en peligro la propiedad, salud, o seguridad de cualquier empleado o miembro del consejo directivo del distrito escolar donde el estudiante esté matriculado, que incluye hacer una amenaza a la salud o seguridad de una persona o amenazando a dañar la propiedad; y

F. Un alumno que tiene al menos 16 años de edad, si el alumno repetidamente participa en conducta

mientras está en la escuela o bajo la supervisión de las autoridades de la escuela que interrumpe la habilidad de las autoridades escolares en mantener orden o una ambiente educativo en la escuela o en una actividad supervisada por una autoridad de la escuela y que tal conducta no se encuentra dentro de ningún motivo para una audiencia de expulsión;

G. La posesión de un arma de fuego, tal como se define en 18 USC 921 (a) (3) mientras está en la escuela o

bajo la supervisión de una autoridad de la escuela;

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H. Por cualquiera otra razón, proveído por la ley.

Los administradores empleados por el Distrito Escolar de Beloit tienen la autoridad legal para imponer consecuencias disciplinarias cuando un estudiante participa en mala conducta que viola las reglas del Distrito Escolar de Beloit.

III. Disciplina - Definiciones Relacionadas: Las siguientes definiciones aplican al Código de Conducta: Contacto Físico Agresivo con un Miembro del Personal - El uso intencional o no intencional de la fuerza física directa contra o que afecta un miembro del personal o cualquier otro adulto que legítimamente ejercita autoridad bajo la supervisión de la autoridad escolar. Incluye, pero no es limitado a, empujando y golpeando.

Uso Intencional de la Fuerza - Situaciones donde un estudiante:

(1) deliberadamente inicia el uso de fuerza directamente contra un miembro del personal o de otro adulto por cualquier motivo;

(2) intencionalmente se resiste físicamente a la dirección de un adulto hasta el punto donde el adulto se

lesiona o donde había un riesgo directo y sustancial de daño corporal al adulto; o

(3) utiliza la fuerza contra un miembro del personal o de otro adulto por un acto hecho con la intención de usar fuerza contra otra persona en circunstancias en que se podía razonablemente anticipar que el uso intencional de la fuerza puede afectar a un miembro del personal u otro adulto.

Alcohol – Posesión, Uso o Bajo la Influencia – Como definido en la Política 443.4 del Consejo de Educación, poseyendo, consumiendo o asistiendo a la escuela o cualquier otra actividad escolar bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Alcohol – Distribución, Intención de Distribuir, Participación en Cualquier Parte de Una Transacción que Involucra el Alcohol - Como definido en la Política 443.4 del Consejo de Educación, intercambiando, distribuyendo, vendiendo, regalando; o poseer con la intención de intercambiar, distribuir, vender, regalar alcohol o una sustancia que se representa como el alcohol . Incendio intencional - Dañar intencionalmente o intentar dañar cualquier propiedad escolar o personal por el uso del fuego o elemento incendiario. Petardos, voladores, cohetes, fuegos artificiales, fósforos y encendedores se incluyen en esta categoría si se trata de factores en un incendio perjudicial. Acoso (Bullying) - Como se define en la política 443.72 del Consejo de Educación, acosar incluye acoso cibernético y persecución cibernética. Engaño, Mentira, Falsificación, Plagio - Injustamente, indebidamente o ilegalmente aumenta la calificación del trabajo o tarea de un individuo o la calificación del curso. La siguiente es una lista de comportamientos que pueden constituir la deshonestidad académica. El Consejo de Educación es consciente de que las nuevas formas de hacer plagiás y otras formas de deshonestidad pueden surgir y por lo tanto, espera que cada estudiante interprete los requisitos de honestidad académicos y la integridad ampliamente, en buena fe. El Consejo de Educación requiere que cada maestro(a) repase estas reglas con sus estudiantes.

(1) Conscientemente o deliberadamente, sin autorización, utiliza la obra de otra persona con propósito

académico, o usa sin autorización notas u otro material para completar un trabajo académico o de un examen o prueba;

(2) intencionalmente proveer información falsa o engañosa, o retener (no decir) información válida a un

empleado de la escuela, incluyendo la falsificación de la información de asistencia; (3) Hacer una comunicación falsa o engañosa por escrito a un miembro del personal de la escuela, con la

intención de engañar al miembro del personal o bajo circunstancias, donde razonablemente, puede ser calculada para engañar al miembro del personal.

Interrupción en la Clase (Breve- Menor) - Conducta o comportamiento que interfiere o que interrumpa el proceso de enseñanza y/o aprendizaje.

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Computadora-Uso perjudicial y Uso Inadecuado de Computadoras, Sistema de Computadoras o Dispositivo de Tableta Cualquier uso no autorizado del sistema informático del distrito o dispositivo de tableta que incluye, pero no se limita a enviar, publicar o intentar enviar o publicar texto o imágenes perjudicial usando la internet; viendo, explorando, imprimiendo, enviando, o intentando enviar texto o imágenes obsceno, lascivo (lujurioso,), vulgar, profano; intrusión no autorizada en archivos u obras de otros, copiar, dañar, destruir o borrar los trabajos de los demás; visitando lugares de chat, grupos de chat, tablones de anuncios o jugar juegos, música u otros sonidos audibles o cargar software en dispositivos de tableta del distrito o computadoras sin el consentimiento previo de un miembro del personal. Mal Uso (Abuso)Severo, incluye, pero no se limita a - intencionalmente interrumpir o intentar interrumpir la operación del sistema; interferir o intentar interferir con la habilidad de otros usuarios utilizar eficazmente el sistema; dañar, destruir, modificar o intentar dañar, destruir o modificar datos de computadoras o programas, incluyendo los componentes del equipo(hardware), aplicaciones y soporte lógico (software) de dispositivos de tableta, computadora o del sistema de computadoras, etc.; acceder y/o publicar o intentar de acceder y/o publicar información confidencial restringida como el número de seguro social de una persona, registros confidencial de estudiantes, contraseñas, datos, mensajes, etc.; revelar o intentar revelar los códigos restringido de acceso o cualquier otra información de acceso restringido a personas no autorizadas; intencionalmente colocar un virus o aplicaciones para acceso de registro en el sistema, la piratería informática o el intento de entrar al sistema ; usando o intentar usar el sistema para participar en una conducta ilegal. Esta sección también cubre el abuso severo de dispositivos de tableta o recursos de computadoras que no son del distrito, pero donde el uso invoca la jurisdicción disciplinaria del distrito. Esta sección también cubre la conducta en la categoría de uso inadecuado que es de carácter grave. Armas Peligrosas (No Armas de Fuego) - Cualquier dispositivo, instrumento, material, o sustancia, que se utiliza para, o es capaz de causar la muerte o lesiones corporales graves, excepto que tal término, no incluye una navaja con una hoja de menos de 2.5 pulgadas de largo. Armas peligrosas incluyen, pero no se limitan a un cuchillo, navaja con una hoja de 2.5 pulgadas o más, un cuchillo con una hoja que se abre oprimiendo un botón, resorte o cualquier otro dispositivo en el mango o por gravitación o por un golpe o movimiento; manoplas o nudillos metálicas o los manoplas, nudillos de cualquier sustancia o material que se puede usar como esto o similar a manoplas metálicas; un nunchaku (chacos-ninja) o cualquier otra arma similar que consiste en dos palos de madera, plástico o metal conectado en los extremo con una cuerda, cadena, alambre o cuero; un guante o malla de cuero con metal o tejido similar de metal u otra sustancia y que se puede enrollar en la mano; una estrella ninja (shuriken) o cualquier objeto similar con puntas con la intención de lesionar a una persona cuando este se lanza, una cadena con peso en los extremos; pistola BB o pistola de perdigones que expulsan un misil por la expansión del aire comprimido o gas, o un arma de imitación de fuego, que significa cualquier réplica, pistola de fuego u otro objeto que tiene un parecido razonable o que razonablemente puede ser percibido como un arma de fuego verdadera. Falta de Respeto - Conducta o comportamiento que carece de sentido, civilidad, cortesía, y/o consideración que va más allá de los límites del comportamiento aceptable del estudiante.

La falta de Respeto Leve (Menor) pueden incluir pero no está limitado a molestar, poner o llamarle nombre, chismes, propagar o iniciar rumores, y con propósito de avergonzar o humillar otro estudiante o adulto. La Falta de Respeto Grave (Mayor) si la falta de respeto es de una naturaleza más seria.

Código de Vestirse– Como declarado en la Política 443.1, 443.1 Regla 1 y 443.1 Regla 2, del Consejo de Educación, vistiéndose o arreglándose de una manera que interrumpa o pueda disturbar la enseñanza o el aprendizaje, o que plantea un riesgo a la seguridad, salud o protección. Drogas - Posesión o Bajo la Influencia - Como declarado en la Política 443.4 del Consejo de Educación - Poseyendo, asistiendo a la escuela, o cualquier otra actividad relacionada con la escuela bajo la influencia de cualquier droga ilegal, otras sustancias controladas, drogas no autorizadas con receta, similares o sustancias sintéticas o parafernalia de drogas. Drogas - Uso en la Escuela – Como declarado en la Política 443.4 del Consejo de Educación, usando cualquier droga ilegal, otras sustancias controladas, drogas no autorizadas con receta, similares o sustancias sintéticas, mientras está en la escuela o actividad escolar.

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Drogas - Distribución o Intención de Distribuir, Participar en Cualquier Parte de la Transacción que Involucra Drogas – Como declarado en la Política 443.4 del Consejo de Educación , Intercambiando, distribuyendo, vendiendo, regalando; o poseyendo con la intención de intercambiar, distribuir, vender o regalar las drogas ilegales, otras sustancias controladas, medicamentos sin autorización de receta, de aspecto similar (parecidas) o sustancias sintéticas. Dispositivos Electrónicos - El uso, del estudiante, de un teléfono celular, dispositivo de tableta, dispositivo de comunicación de dos vías, o cualquier dispositivo con la capacidad de capturar o grabar voz, o información de imagen, incluyendo cualquier equipo relacionado con este tipo de dispositivos cuando el uso no está permitido por el director de la escuela o su designado, durante el día escolar. Expulsión – Como declarado en la Política 447.3 del Consejo de Educación, la sanción disciplinaria más grave que puede imponerse por mala conducta del estudiante es la expulsión. La decisión de expulsar es hecha por el Consejo de Educación, y la decisión de expulsar o no expulsar se hace después de una audiencia de expulsión. El efecto de la expulsión es despojar al estudiante expulsado del privilegio de asistir a la escuela dentro del Distrito Escolar de Beloit por un período de tiempo especificado. La ley estatal permite que todos los distritos escolares puedan excluir a los estudiantes expulsados en un distrito escolar de los programas educativos en otro distrito escolar. Falsa Alarma de Fuego, Amenazas de Bomba – Iniciación falsas de alarmas de fuego, amenazas falsas de bomba, notas o llamadas telefónicas que hacen que la policía o el personal del departamento de bomberos aparezcan (vengan) en la escuela sin ninguna razón válida. Peleas - Contacto físico violento, tales como golpes con los puños, que se produce mutuamente entre dos o más personas. Nota: La defensa propia es descrito como una medida tomada para bloquear un ataque de otra persona o para protegerte de ser golpeado por otra persona. Tomar represalia de regresar el golpe a una persona no es defensa propia y se considera pelear. Posesión de arma de fuego / dispositivo explosivo Se refiere a cualquier arma que esté diseñada para (o pueda convertirse fácilmente a) expulsar un proyectil por la acción de un explosivo. Esto incluye pistolas, escopetas, rifles y otras armas de fuego como se describe en USC Título 18, Sección 921 (a). También incluye bombas, granadas, minas, cohetes, misiles, bombas de tubería o dispositivos similares diseñados para explotar y son capaces de causar daños corporales o a propiedades. Apuestas - Jugar cualquier juego de azar o de apostar (Sorteo) dinero o artículos de valor. Actividad Relacionada con las Pandillas - La mala conducta del estudiante también puede constituir de una actividad de pandilla si tiene todos los criterios siguientes: (1) El estudiante pertenece o se asocia con (2) un grupo de tres o más personas que se unen bajo un símbolo común de identificación, señal , o nombre, y (3) el estudiante, bajo la supervisión de una autoridad escolar, participa en una violación diferente que se enumeran en el Código de Conducta para promover un objetivo implícito o explícito de la pandilla, banda, grupo. La actividad de la pandilla es un realce a una violación principal de otra regla de conducta del estudiante. Hostigamiento, Discriminatorio Como declarado en la Política 411.1, 411.2, y 411.3 del Consejo de Educación - repetidamente, o un evento aislado significante de conducta física y/o verbal o comunicación que genera un ambiente intimidante, hostil o un ambiente ofensivo de educación o de trabajo por razones del género, sexo de la persona, color, religión, profesión, o la demostración de la creencia o no-creencia, raza, origen nacional, ascendencia, credo, religión, embarazo, estado civil o paternal, orientación sexual o discapacidad física, emocional, mental o de aprendizaje. Hostigamiento, No-Discriminatorio – Como declarado en la Política 411.3 del Consejo de Educación; repetidamente, o un evento significante aislado de intimidación, novatadas, empuje, bromas o molestar a otro estudiante o grupo de estudiantes u otras personas de tal manera que produce un ambiente de intimidación u hostil educativo o de trabajo. Payasada, Jugar Brusco - Conducta o comportamiento que no causa lesión, pero interfiere con o que interrumpa el proceso ordenado del ambiente de la escuela, una función escolar o actividad extracurricular o co-curricular. Grabación ilegal o No Autorizada - grabación ilegal o no autorizada de la voz o imagen de cualquier otro estudiante, empleado u otra persona.

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Incitar, Instigando Interrupciones - Incitando, instigando o causar interrupciones en el ambiente de aprendizaje. Insubordinación (primera o segunda ofensa) - El rechazo o el incumplimiento de una dirección en un ambiente de aula de clase que interrumpe mínimamente. Abierto al desafío es el rechazo, verbal o no verbal, a cumplir con las reglas de la escuela o instrucciones del personal de la escuela que interrumpe el ambiente educativo. Insubordinación grave-grotesca es deliberadamente rehusar a someterse o cumplir con la autoridad; exhibiendo el desprecio o resistencia completa a una orden directa o repetidamente rechazar a cumplir con las reglas de la escuela o instrucciones del personal de la escuela. Tirar basura - Tirar basura o dejar residuos, basura, desechos u otros desperdicios en la escuela, en otro lugar que no es un recipiente autorizado. Vagancia, Merodear - Estar presente en cualquier edificio de la escuela en una hora o de manera no habitual o permitida, incluyendo las áreas y horas restringidas. Otras Armas u Objetos que Puedan ser Utilizados como Armas - Cualquier dispositivo o instrumento, incluyendo cualquier arma que no es convencional, que de manera se puede usar o se intenta usar, es calculado o probable puede producir algún daño corporal o miedo de cualquier forma de daño corporal. Otras armas (no un arma de fuego peligrosa u otra arma peligrosa) incluyen, pero no se limitan a, los cuchillos u otros instrumentos cortantes con hojas de menos de 2.5 pulgadas de largo, armas de fuego de "aire suave", atomizador, gas de pimienta, fuegos artificiales y bombas de humo, etc. Con Intención significa:

1) la posesión, junto con la intención de usar, amenazar de usar, intento de usar o el uso real del arma para causar daño corporal a otra persona o;

2) la posesión de un arma por un estudiante que sabiendo trasmite o intencionalmente suministra acceso al arma a otra persona (pero no es dar el arma a un adulto para que lo asegure o guarde).

Sin Intención significa que el estudiante estaba simplemente en posesión de un arma u otro objeto que pueda ser utilizado como un arma. Altercado Físico - Contacto físico leve entre dos o más estudiantes que es dañino o perjudicial, pero que rápidamente desciende y no resulta en ninguna lesión física. Asalto/agresión Físico – Un contacto actual intencional de golpear físicamente a otra persona en contra su voluntad o intencional causar daño físico al cuerpo del individuo.

Con un Arma de Fuego o un Objeto Explosivo Un contacto actual intencional de golpear físicamente a otra persona contra su voluntad o intencional causar daño físico al cuerpo del individuo. Con cualquier arma que esté diseñada para (o pueda convertirse fácilmente a) expulsar un proyectil por la acción de un explosivo. Esto incluye armas, bombas, granadas, minas, cohetes, misiles, bombas de cañón o dispositivos similares diseñados para explotar y que pueden causar daños corporales o a la propiedad. Con un arma Actualmente tocar o golpear intencionalmente a otra persona contra su voluntad, o causar intencionalmente daño físico a un individuo con cualquier instrumento u objeto usado con la intención de lesionar o causar daño corporal. Esto puede incluir objeto que pueda ser utilizado como un arma.

Posesión o Fumando y Usar Otros Productos de Tabaco o de Nicotina - La posesión, uso, venta o distribución de productos de tabaco o de Nicotina, incluido el tabaco sin humo o cigarrillos electrónicos o el cigarrillo (e-cigarrate), u otro sistema que produce nicotina electrónica (ENDS sigla inglés) en acuerdo y en conjunto con el Estatuto del Estado 101.123, Wisconsin Act 12 (Acta 12 de Wisconsin). Lenguaje Profano, u Obsceno, Gestos, Materiales (1° ofensa) - El uso del lenguaje oral o escrito, mensajes electrónicos, computadoras, gestos, objetos o imágenes que son una falta de respeto o socialmente inaceptables y que tienden a interrumpir el ambiente escolar. La gravedad de la infracción podía mover este a un nivel II.

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Lenguaje Profano, u Obsceno, Gestos, Materiales (2° u ofensa subsecuente) - Cualquier lenguaje, material profano o abusivo dirigidos a un miembro del personal, o segunda u ofensa subsecuente de lenguaje oral o escrito, mensajes electrónicos, computadoras, gestos, objetos o imágenes que son una falta de respeto o socialmente inaceptables y que tienden a interrumpir el ambiente escolar. Violación Sexual Relaciones sexuales forzadas o penetración de un objeto extraño. Tanto los estudiantes varones como las mujeres pueden ser víctimas de violación. Mala conducta Repetida de una Naturaleza Menos Grave - mala conducta repetida que interrumpe un ambiente escolar ordenado. Mala Conducta Repetida de una Naturaleza Más Grave - mala conducta repetida que sustancialmente interrumpe un ambiente escolar ordenado. Robo/asalto Tomar o intentar tomar algo de valor que es propiedad de otra persona u organización, bajo circunstancias de confrontación por la fuerza o amenaza de fuerza o violencia y / o por poner miedo a la víctima. La diferencia clave entre robo/atraco (robbery) y hurto (theft) es que el robo/atraco implica una amenaza o agresión física.

Con un arma Robo con cualquier instrumento u objeto utilizado con la intención de amenazar, dañar y causar daños corporales graves. Esto incluye objetos parecidos (arma) si se utilizan para amenazar a otros. Con un arma de fuego / dispositivo explosivo El robo con cualquier arma que esté diseñada para (o convertida fácilmente) expulsa un proyectil por la acción de un explosivo. Esto incluye armas, bombas, granadas, minas, cohetes, misiles, bombas de cañón o dispositivos similares diseñados para explotar y que pueden causar daños corporales o materiales.

Asalto sexual Un incidente que incluye amenazas de violación, caricias y atrevimientos indecentes. Tanto los estudiantes varones como las mujeres pueden ser víctimas de un asalto sexual. La clasificación de estos incidentes debe tomar en consideración la edad y el desarrollo del comportamiento apropiado del (los) ofensor (es).

Conducta Sexual u Hostigamiento –Como declarado en la Política 411.1 del Consejo de Educación, cualquiera conducta sexual - conducta orientada que causa un ambiente ofensivo, hostil o intimidante en la escuela o interfiere sustancialmente con el desempeño escolar de un estudiante. Unos ejemplos de conducta que causa dicho ambiente o interfiere son los siguientes:

Acoso u Hostigo Verbal: Esto puede incluir, pero no limitado a discutir la actividad sexual, comentar inadecuadamente sobre el cuerpo de un individuo o de apariencia, diciendo "bromas sexuales" o cualquier otro comentario de sentido sexual - comentarios orientados, insinuaciones, gestos o acciones que puedan ofender a otros.

Visualmente demostrar gestos inapropiados o gráfico sexual o materiales ilícito: Esto incluye, pero no limitado a, fotografías, dibujos, películas, vídeos, páginas web, carteles y demás, no importa la forma. Participar en la actividad sexual en presencia de los demás: Esto incluye, pero no se limita a, tocarse a sí mismo, o a otros de una manera sugestiva sexual o sexualmente gráfica. También incluye el contacto sexual voluntaria entre estudiantes. Solicitud o Demanda de Favores Sexuales: Esto incluye, pero no se limita a, expectación sutil u obvio, presionar o pedir cualquier tipo de favor sexual que puede o no puede ser parte de una promesa implícita, promesa declarada de trato preferencial o amenaza de consecuencias negativa. Contacto Físico No-Deseado: Esto incluye, pero no se limita a, tocar inadecuadamente, acariciar, pellizcar, abrazar, intencionalmente rozar el cuerpo de otro, tirando de la otra ropa, u obligar a otro contra la pared o esquina a través de la postura del cuerpo o el movimiento.

Tardanza, Ausencias, Ausentismo – Como declarado en la Política 431 del Consejo de Educación, llegar a la escuela o clase después de la hora designada, sin permiso y sin una excusa aceptable; estar ausente de la escuela por un día completo o parcial sin permiso y sin una excusa aceptable.

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Robo, Desfiguración, Daños o Posesión de Propiedad Robadas – [o propiedad de la Escuela]

(1) Tomar propiedad que pertenece a la escuela o cualquier individuo o grupo sin permiso previo (2) con la intención de despojar al dueño de la propiedad; (3) maliciosamente e intencionalmente usar mal, destruir, desfigurar o causar daños a la propiedad de la

escuela o la propiedad de otros. (4) tener en posesión una propiedad obtenida sin el permiso del propietario.

Amenazas, Intimidación - La amenaza verbal, escrita o amenaza física para hacer daño o violencia a otro estudiante (s) o la propiedad de otra persona. Esto incluye la postura y conducta de señales de que quiere pelear. Amenazas o Actos de Intimidación de Naturaleza Grave - Amenazas graves a un estudiante, miembro del personal, u otra persona que esté presente o que actúan dentro de la jurisdicción de la escuela. Amenazas graves incluyen participar intencionalmente en una conducta que pone a otra persona en temor razonable de perjuicio físico. Tales amenazas pueden involucrar agresión o intimidación o no-verbal o verbal, declaraciones escritas y puede o no puede implicar el contacto físico o un intento de causar daño corporal. Actos muy graves que no son físicos es la intimidación, acoso (bullying), debido a su naturaleza y/o repetición, puede ser determinado que constituye una "amenaza muy seria". Amenaza de Asalto Físico con un Arma de Fuego o un Dispositivo Explosivo Mostrando, blandiendo o descargando un arma de fuego o un artefacto explosivo, pero sin contacto físico real a ninguna persona. Una amenaza se hace en persona. Se excluyen las amenazas hechas por teléfono, a través de medios sociales o cartas amenazadoras. Una amenaza de asalto físico usando palabras que se refieren a un arma de fuego o un artefacto explosivo no se consideraría una amenaza con un arma de fuego o un artefacto explosivo. Amenaza de Asalto Físico con una Arma Mostrando, blandiendo o descargando un arma, pero sin contacto físico real a ninguna persona. Una amenaza se hace en persona. Se excluyen las amenazas hechas por teléfono o cartas amenazantes. Una amenaza de asalto físico usando palabras que se refieren a un arma no sería considerada una amenaza con un arma. Traspaso (Prohibido Pasar) - Estar en un edificio de la escuela o en el recinto de la escuela sin permiso o se niegue a cumplir con la petición de abandonar o irse del recinto escolar. Estar en la escuela durante un período de suspensión o expulsión sin la previa autorización por escrito de un administrador se considera traspaso. Suspensión –Como declarado en la Política 447.3 del Consejo de Educación

"Suspensión en la escuela" se refiere a remover temporal a un estudiante de su salón(es) de clases regular a otra área de aprendizaje supervisado para un máximo de cinco días. “Suspensión Fuera de la Escuela" se refiere a remover un estudiante de la escuela y recinto por un máximo de cinco días. Si un estudiante suspendido se recomienda para una audiencia de expulsión, el número de días de suspensión podrá ser extendido a 10 días, antes de la audiencia de expulsión.

IV. Mala Conducta de Estudiante:

A. Hay cuatro niveles de disciplina discrecional y cada violación del Código de Conducta ha sido asignada a un nivel. Después de determinar los hechos de cada situación, y teniendo en cuenta los criterios disciplinarios discrecional, el Administrador ejecutara discreción y determinara la disciplina apropiada para el estudiante. En aquellas situaciones donde lesiones corporales o daños a la propiedad se ha producido, o el ambiente de aprendizaje ha sido severamente perjudicado, el administrador puede optar a imponer una sanción disciplinaria más grave que la que se identifica en el código de conducta de la violación(es) específica. Cualquier infracción que parece tener aspecto de pandillas recibirán consecuencias más graves, hasta e incluyendo, la recomendación de expulsión.

B. Se otorgarán modificaciones limitadas de las acciones disciplinarias para los grados K-5. Cualquier

modificación significativa debe recibir la aprobación del Superintendente o su designado. Las consecuencias no deben exceder el máximo permitido por el Código de Conducta.

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C. Antes de hacer recomendaciones para la audiencia administrativa, el administrador puede

considerar la disposición del estudiante para cumplir con las recomendaciones de educación del AODA (alcohol y otras drogas de abuso) del distrito y o el consejo.

V. Opciones Disciplinaria Disponibles: Como declarado en la Política 447.3 del Consejo de Educación

A. Opciones Disciplinarias Discrecional: 1. Opciones en la escuela - Las opciones incluyen: Advertencia verbal tiempo para reflexionar el

comportamiento, detención, suspensión en la escuela, contacto por escrito o teléfono con el padre, tutor o guardián legal, conferencia en persona entre el administrador y padre/tutor/guardián legal y el estudiante, correlación con padres, referencia a agencias apropiada de la ciudad y/o condado, la restitución, y escribir una carta de disculpa o una disculpa verbal.

2. Opciones Fuera de la escuela - Las opciones incluyen: suspensiones, colocaciones de escuelas alternativas, servicios comunitarios (evaluación y/o asesoramiento) y las suspensiones con una recomendación para una audiencia de expulsión.

B. Opciones Disciplinaria Obligatorias(mandato)

1. Por violaciones del Código de Conducta que son de nivel 4, el administrador suspenderá por cinco días y solicitara una audiencia administrativa.

VI. Criterio para Disciplina Discrecionales - Para aquellas situaciones donde la mala conducta del estudiante no requiere que el estudiante sea recomendado para una audiencia administrativa, el Administrador determinará la consecuencia apropiada disciplinaria de la cual puede incluir una referencia de una audiencia administrativa. El Administrador tendrá en cuenta, como mínimo, los siguientes factores al decidir sobre la forma y la cantidad apropiada de disciplina.

A. El nivel de desarrollo emocional y mental y la madurez del estudiante, B. La severidad de la mala conducta implicada (había alguien físicamente lesionado o perjudicado

emocionalmente), C. Si el ambiente de aprendizaje fue interrumpido, D. Si la propiedad fue dañada, destruida, deformada o perdida, E. Si la seguridad de los estudiantes o el personal estaba en peligro, F. Si el estudiante había cometido previamente la misma violación del Código de Conducta, G. Si el estudiante previamente había cometido violaciones de naturaleza similar (interrupción del

ambiente de aprendizaje, agresión violenta en contra otros) del Código de Conducta, H. La disciplina impuesta a los demás estudiantes por la misma violación (es).

VII. Entrega Voluntaria de Artículos Peligrosos: Un estudiante que posee un arma, un cuchillo u otro instrumento cortante, drogas ilegales o sustancias controladas, o cualquier otro elemento o material inadecuado, y voluntariamente entrega el articulo a un miembro del personal de la escuela antes de usarlo, amenazar con el uso, o dársela a otro estudiante, y antes de ser descubierto en posesión de este por un miembro del personal, puede o no puede estar sujeto a la disciplina de la posesión del objeto.

VIII. Niveles de Opciones Disciplinarias Discrecional: Hay cuatro niveles de disciplina discrecional y cada violación del Código de Conducta ha sido asignado a un nivel:

Nivel 1- infracciones en este nivel son manejadas por el maestro con el apoyo del administrador y son actos menores de mala conducta que interfieren con el funcionamiento ordenado de la clase, una función

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escolar, un programa de extra-curricular, co-curricular o el transporte aprobado. Estas infracciones se manejan normalmente en el aula utilizando las opciones enumeradas en el V.A. 1.

Nivel 2- infracciones en este nivel son manejadas por el administrador con la participación del maestro y son actos intermedios de mala conducta que son más serios o ejemplos de interrupción de las ofensas en el Nivel 1. Se incluyen actos repetidos de mala conducta del Nivel 1 y que pone en peligro la salud o la seguridad de los demás. Estas infracciones se manejan normalmente en la escuela o en el aula utilizando las opciones enumeradas en el V.A. 1. Las acciones disciplinarias están sujetas a la discreción administrativa.

Nivel 3- infracciones en este nivel son manejada por el administrador con notificación al maestro y son actos grave de mala conducta. Incluyen actos repetidos de mala conducta del Nivel 2, interrupción grave del orden escolar, amenazas a la salud, la seguridad y la propiedad de otros, y otros actos de mala conducta grave. Estas infracciones típicamente suelen llegar a ser opciones fuera de la escuela como la suspensión, indicado en V.A. 2. Las acciones disciplinarias están sujetas a la discreción administrativa. Nivel 4 actos de mala conducta en este nivel son los más graves (muy serios) y requieren referirse a una audiencia administrativa. Cualquier acto de Nivel 4 es motivo de expulsión y resultara en un mandato obligatorio de 5 días de suspensión fuera de la escuela. Una audiencia administrativa se llevará a cabo con el oficial de audiencia dentro de 5 días de la petición/referir. En aquellas situaciones donde lesiones corporales graves o daños a la propiedad han ocurrido, o el ambiente de aprendizaje ha sido muy severamente perjudicado, el administrador puede optar a imponer una sanción disciplinaria más grave que la que se identifica como violación(es) específica el Código de Conducta.

Grafica de Infracción

Infracción Código Requisito a Notificar la

Policía

Contacto Físico con un Miembro del Personal Intencional 401 *

Contacto Físico con un Miembro del Personal No intencional 301

Posesión, Uso, Bajo la Influencia de Alcohol 201 *

Distribución de Alcohol, Intento a Distribuir, Participar en Cualquier parte de la Transacción Envolviendo Alcohol 302

*

Incendio Intencional 402 *

Acoso (bullying ) primera ofensa 202

Acoso (bullying ) Segunda ofensa o más, o más grave en naturaleza 303

Engaño, Mentir, Falsificación, Plagio 203

Interrupción en Clase (Breve o Menor) 101

Mal Uso de Computadoras o el Sistema de Computadoras- Conducta perjudicial, uso inadecuado 204

Mal Uso de Computadoras o el Sistema de Computadoras Mal Uso severo/ Abuso Grave 304

Armas Peligrosas (no armas de fuego) 404 *

Falta de Respeto – Grave 205

Falta del Respeto – Leve 102

Código de Vestuario 103

Posesión de Droga, Bajo la influencia 206 *

Use de Droga en la escuela 305 *

Distribución de Droga, Intento a Distribuir, Participación en cualquier parte de la transacción que Involucra Drogas parecidas, similares, resembladas, Contrabando 306

Distribución de Droga, Intento a Distribuir, Participar en cualquier parte de la transacción que Involucra Drogas Ilegales 405

*

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Infracción Código Requisito a Notificar la

Policía

Dispositivos Electrónicos 104

Falsa Alarma de Fuego, Amenaza de Bomba 406 *

Peleas (Altercado) 307 *

Pelea o Altercado que requiere Intervención Física de Un o Mas Miembro del Personal 308 *

Posesión de Armas de Fuego o dispositivo explosivo 407 *

Apuestas 207

Actividad Relacionada con las Pandillas (solo como enaltecimiento a una violación primaria adicional) E

Hostigamiento, Discriminatorio 309

Hostigamiento, No-Discriminatorio 310

Payasada, Jugar Brusco 105

Grabación Ilegal o No Autorizado a grabar la voz o imagen 311

Incitar, Instigando Interrupciones 208

Insubordinación (1st o 2nd ofensa) 106

Insubordinación Desafío Abierto/pleno 209

Insubordinación Grave, grotesca, Repetición de Desafío 312

Tirar Basura 107

Vagancia- Merodear 108

Otros Armas u Objetos que se Puede Usar como Armas - Con Intento 408 *

Otros Armas u Objetos que se Puede Usar como Armas - Sin Intento 313

Agresión Física en contra a un estudiante 210

Altercación (pelea) Física 211

Atacar/asaltar físicamente 318

Atacar físicamente o pelear con un arma de fuego o un dispositivo explosivo 414 *

Atacar físicamente o pelear con un arma 319

Posesión o Fumando y Otro Uso de Producto de tabaco o Nicotina 212 *

Lenguaje Profano u Obsceno o Gestos, Materiales (1st ofensa) 109

Lenguaje Profano u Obsceno o Gestos, Materiales (2nd ofensa o subsecuente) 213

Violación Sexual 409 *

Repetidas Mala Conducta de Menos gravedad en Naturaleza 214

Repetidas Mala Conducta de Más Gravedad en Naturaleza 314

Robo sin arma 411 *

Robo con arma 412 *

Robo con arma o dispositivo explosivo 413 *

Asalto sexual 410 *

Conducta Sexual o Hostigamiento 315

Tardanza, Ausencias, Ausentismo 215

Robo, Desfiguramiento, Daño o Posesión de Propiedad Robada 316

Amenazas, Intimidación 216

Amenazas o Actos de Intimidación graves en Naturaleza 317

Amenazas de asaltar físicamente con una arma de fuego o dispositivo explosivo 415 *

Amenazas de asaltar físicamente con un arma 320

Traspasar –Prohibido Pasar 217

INFRACCIÓN NIVEL 1 INFRACCIÓN NIVEL 2 INFRACCIÓN NIVEL 3 INFRACCIÓN NIVEL 4

101 Disrupción en Clase (Breve/Menor)

201 Posesión, Uso de Alcohol, Bajo la Influencia

301 Contacto Físico Agresivo con un Miembro del Personal

– No intencional

401 Contacto Físico Agresivo con un miembro del personal -Intencional

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102 Falta de Respeto – Leve-Menor

202 Intimidación/Molestar 1° Ofensa

302 Alcohol – Distribución, Intento a Distribuir, Participar en Parte en una Transacción Involucrando el Alcohol

402 incendio Intencional

103 Código de Vestuario 203 Engaño, Mentir, Falsificación, Plagio

303 Intimidación (Bullying), Molestar – 2° Ofensa o Más, o Más Seria en naturaleza

104 Dispositivos Electrónico

204 Mala Conducta, Uso de Computadoras o el Sistema de Computadoras-

Uso inadecuado

304 Mala Conducta, Uso de Computadoras o el Sistema de Computadoras- Mal Uso- Abuso Severo inapropiado

404 Armas Peligrosas (que no son Armas de Fuegos)

105 Payasada, Jugar Brusco 205 Falta de Respeto – Mayor/Grave

305 Uso de Droga en la Escuela 405 Droga Distribución/Intento a Distribuir /Participar en cualquier parte de la transacción Involucrando Drogas Ilegales

106 Insubordinación (1° o 2° Ofensa)

206 Droga Posesión, Bajo la Influencia

306 Droga -Distribución de Droga, Intento a Distribuir, Participar en cualquier parte de Transacción que Involucra drogas similar, resembladas , Contrabando

406 Falsa Alarma de Fuego y/o Amenaza de Bomba

107 Tirar Basura 207 Apuestas 307 Peleas (Altercado) 407 Posesión de Armas de Fuego/ objeto explosivo

108 Vagancia/Merodear 208 Incitar, Instigando Interrupciones

109 Lenguaje Profano u Obsceno Gestos o Materiales (1° Ofensa)

209 Insubordinación Desafío Abierto

309 Hostigamiento- Discriminatorio

409 Violación sexual

310 Hostigamiento, No-Discriminatorio

410 Asalto sexual

211 Altercación Física 311 Grabación Ilegal o No autorizado de la Voz o Imagen

411 Robo sin arma

212 Posesión o Fumando y Otro Uso de Producto de Tabaco o de Nicotina

312 – Insubordinación Grave, grotesca, Repetición de Desafío

412 Robo con arma

213 Lenguaje Profano u Obsceno, Gestos/Materiales (2° u Ofensa Subsecuente)

313 Otros Armas u Objetos que se pueden usar como Armas Sin Intención

413 Robo con arma u objeto explosivo

214 Repetida Mala Conducta de menos gravedad en Naturaleza

314 Repetida Mala Conducta de Más Seriedad/Gravedad en Naturaleza

414 Atacar físicamente o pelear con un arma de fuego o un objeto explosivo

215 Tardanzas, Ausencias, Ausentismo

315 Conducta Sexual o Hostigamiento

415 Amenazas de asaltar físicamente con una arma de fuego u objeto explosivo

216 Amenazas/ Intimidación

316 Robo/Desfiguramiento/Daño o Posesión de Propiedad Robada

217 Traspasar –Prohibido Pasar

317 Amenazas o Actos de Intimidación Serios/graves en Naturaleza

318 Atacar/asaltar físicamente

319 Atacar físicamente o pelear con un arma

320 Amenazas de asaltar físicamente con un arma

Distrito Escolar de Beloit Somos el mañana

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Estimado padre o guardián, Los teléfonos celulares se han convertido en una forma de vida, una comodidad tecnológica y para muchos de nuestros estudiantes, una herramienta para mejorar el aprendizaje en el aula. Los teléfonos celulares, si se usan mal o inapropiado, pueden interrumpir el entorno de aprendizaje y crear la posibilidad de una conducta problemática. Esta carta es para aclarar la política (443.5 Uso de Teléfonos Celulares por Estudiantes) del Distrito Escolar de Beloit con el fin de respetar el importante trabajo del aula y el ambiente de enseñanza y aprendizaje. Los estudiantes pueden usar los teléfonos celulares como se describe en la política 443.5 Nosotros, completamente apoyamos a que los estudiantes necesitan tener medios de comunicación con sus padres antes y después de la escuela. Esperamos que nuestros estudiantes sean responsables, sin embargo, hemos tenido muchas situaciones donde los estudiantes han usado sus teléfonos celulares durante la instrucción del día escolar por razones sociales, mensajes de texto, juegos, etc. También, en ocasiones los padres han llamado o enviado mensajes de texto a su hijo durante el tiempo de enseñanza. Le pedimos que le recuerde a su hijo de la política y asegurarle de que, con permiso, siempre puede hacer una llamada desde la oficina principal. También le pedimos a usted que siga la política dejando mensajes para su hijo a través de la oficina principal, aliviando la tentación de su hijo a que verifique sus mensajes. El uso del teléfono celular es un privilegio que se puede negar por violaciones de su uso. El uso inadecuado del teléfono celular se tratará con los siguientes pasos: 1ra Violación - Advertencia verbal 2da Violación - El teléfono es quitado y guardado en un lugar cerrado. El teléfono celular se devuelve al

estudiante al final del período de clase. 3ra Violación - El teléfono se quita, se guarda en un lugar cerrado y se manda a la Oficina Principal antes

del final del día escolar. El estudiante puede recoger el teléfono en la oficina principal al final del día escolar. El maestro informará al padre del estudiante sobre la violación.

4ta Violación - El teléfono se quita, se guarda en un lugar cerrado y se manda a la Oficina Principal antes

del final del día escolar. El Director informará al padre del estudiante sobre la violación. El padre puede recoger el teléfono del estudiante en la oficina principal en un tiempo acordado con el director.

Nuestra meta es crear un ambiente seguro, inclinado al aprendizaje, y libre de todas las distracciones que interrumpen el proceso de aprendizaje. Gracias por apoyar estos esfuerzos para asegurar que su hijo tenga la mejor experiencia posible de aprender. En colaboración, La Administración del Distrito Escolar de Beloit

443.5 - USO DE TELÉFONOS CELULARES POR EL ESTUDIANTE

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La Junta de Educación del Distrito Escolar de Beloit cree que el uso de teléfonos celulares por parte de los estudiantes durante el día regular escolar puede interrumpir el ambiente educativo. Por lo tanto, los estudiantes que traen teléfonos celulares a la escuela deben seguir y cumplir con las condiciones establecidas en esta política. Además, los estudiantes que eligen traer teléfonos celulares a la escuela lo hacen bajo su propio riesgo. La escuela no es responsable de la pérdida de un teléfono celular estudiantil y los estudiantes son animados a tomar todas las precauciones para evitar el robo o daño a su dispositivo personal.

A los estudiantes se les permitirá usar teléfonos celulares en las instalaciones de la escuela durante el día escolar bajo las siguientes condiciones:

1. En la escuela secundaria (high school), los estudiantes pueden usar los teléfonos celulares antes y después de la escuela, durante su tiempo de almuerzo, entre clases, siempre y cuando no causen una distracción, interrupción u obstrucción en el ambiente educativo. En ningún momento es permisible que los estudiantes tengan sus teléfonos celulares durante el horario de clase a menos que el maestro, con un propósito educativo, haya dado permiso a los estudiantes.

2. En todos los otros niveles, se les permite a los estudiantes usar teléfonos celulares antes y después del día escolar, salvo que se indique lo contrario. El "día escolar" incluye desde el comienzo de la primera clase hasta el final de la última clase del día.

3. El uso de teléfonos celulares para tomar fotografías o para recibir o transportar imágenes de video está prohibido en todo momento en los vestuarios, baños y otras áreas similares donde existe la expectativa de privacidad. El uso de un teléfono celular para capturar, grabar y/o transmitir audio y/o imágenes/video de un individuo sin el consentimiento adecuado se considera una invasión de privacidad y no está permitido. Los estudiantes que violen esta disposición y/o usen el teléfono celular para violar los derechos de privacidad de otra persona, su teléfono celular puede ser confiscado y retenido hasta el final del día escolar y pueden ser dirigidos a borrar el archivo de audio, imagen o video, en la presencia del padre/guardián. Si la violación involucra actividad potencialmente ilegal, el teléfono celular confiscado puede ser entregado a la policía con la posibilidad de suspensión o expulsión de la escuela.

4. Los estudiantes no pueden usar los teléfonos celulares de ninguna manera que, razonablemente puede crear en la mente de otra persona, una impresión de amenaza, humillación, acoso, vergüenza, intimidación, hostigo u otras formas de comportamiento agresivo. En particular, se prohíbe a los estudiantes usar teléfonos celulares para: 1) transmitir material amenazador, obsceno, perturbador o sexualmente explícito o que pueda ser interpretado como acoso o menosprecio de otros basado en su raza, color, origen nacional, sexo, orientación sexual, discapacidad, edad, religión, ancestros o creencias políticas; y (2) participar en " texto sexual" - es decir, enviar, recibir, compartir, ver, o poseer imágenes, mensajes de texto, correos electrónicos u otros materiales de naturaleza sexual en forma electrónica o de cualquier otra forma. La violación de estas prohibiciones resultará en acción disciplinaria. Además, dichas acciones serán reportadas a la policía local y las agencias de servicios infantiles como lo requiere la ley.

Los estudiantes que se encuentren en violación de esta política estarán sujetos a acción disciplinaria de acuerdo con la Política 443-447 Código de Conducta y Disciplina del Estudiante de la Junta Directiva. Los estudiantes y padres serán informados de esta política anualmente a través del manual de familia.

REFERENCIA LEGAL.: s.s. 118.258

APROBADO: 24 de marzo de 2015

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SERIES 300 ▬ EDUCATIVAS/ENSEÑANZAS

341.1 Educación Para El Empleo La Junta de Educación proporcionará un Programa de Educación para el Empleo para estudiantes de la primaria y secundaria que ha sido desarrollado de acuerdo con las normas del estado y ha sido aprobado por el Superintendente Estatal de Instrucción Pública. Todos los estudiantes tendrán acceso a un Programa de Educación para el Empleo que provee lo siguiente: a. Aplicación práctica de las competencias básicas en el currículo general y profesional; b. Asociaciones entre las empresas y la de educación; c. Experiencia de trabajo supervisada por la escuela; d. Exploración de carreras, planificación y toma de decisiones; e. Habilidades y actitudes para ser empleado/obrero; f. Comprensión de las operaciones empresariales y la economía -incluyendo la educación empresaria y los Conocimientos necesarios para comenzar y operar un negocio; y g. Programas de educación vocacional contemporánea (9-12) que cuentan con un currículo adecuado, basado En la información del mercado de trabajo. El Superintendente de Escuelas o Designado coordinará el Programa de Educación para el Empleo de acuerdo con las leyes y regulaciones estatales. Los registros e informes del Programa de Educación para el Empleo se harán según lo requiera el Departamento de Instrucción Pública. REFERENCIA LEGAL.: .s.s. 121.02 (1) (m) PI 26 Código Administrativo de Wisconsin REFERENCIA LEGAL.: 341.11 Programas de Aprendizaje Basados en el Trabajo 341.12 Educación Profesional 112 No a la discriminación Plan de Educación para el Empleo APROBADO: 22 de junio de 1999 REVISADO: 26 de agosto de 2014

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341.12 Educación Profesional (Carrera) El Distrito Escolar de Beloit se compromete a reunir sus recursos para apoyar programas que satisfagan las necesidades únicas de cada estudiante en el Distrito. La Educación Profesional es un tipo de programa diseñado para satisfacer esas necesidades. El Distrito se adhiere a la filosofía que el desarrollo de la carrera se integra en el plan de estudios de Kínder a 12vo en las escuelas. La Educación Profesional es el proceso mediante el cual los alumnos de primaria y secundaria identifican y evalúan las opciones de vida y trabajo, exploran y planifican metas profesionales y adquieren habilidades de hacer decisiones realistas. La Educación Profesional se define como una estrategia de orientación e instrucción dirigida a mejorar los resultados educativos relacionando la enseñanza, el asesoramiento y las experiencias de aprendizaje con la vida y el mundo del trabajo. La cooperación y la colaboración del hogar y la comunidad representan fuerzas vitales en la realización de estos objetivos. En capacidad, la educación profesional y programa de planificación está basado en el desarrollo. La conexión del conocimiento de los propios intereses, habilidades, aptitudes y actitudes de los estudiantes con información sobre las realidades del mundo del trabajo, exploración de grupos de carrera seleccionados, planificación de carrera, información actual sobre el mercado de trabajo, oportunidades de carrera no tradicionales, búsqueda de empleo, oportunidades educativas, elegir decisiones, preparación y colocación, proporciona a los estudiantes una base sólida para elegir una ocupación futura. En esencia, la educación profesional tiene como objetivo la orientación y la preparación de cada individuo para que pueda participar en un trabajo significativo, satisfactorio, trabajo con o sin sueldo en armonía consigo mismo, con los demás y con el mundo en que uno vive. La elección de carrera es parte del proceso de desarrollo en total. La educación para el empleo proporciona un marco para la exploración de carreras de K-12, la planificación y la toma de decisiones a través de un plan de estudios y programa que de forma sistemática y exhaustiva destaca las etapas de desarrollo de la educación profesional. La Junta Directiva ordena a la administración que establezca metas, guias y procedimientos para la implementación de un programa integral de educación profesional que incluye: 1. Una comprensión de la variedad y naturaleza de las ocupaciones disponibles y las destrezas y habilidades requeridas. 2. Preparación para competir por trabajos de nivel de entrada que no requieran educación postsecundaria. 3. Preparación para ingresar a programas de formación profesional específicos para el trabajo. 4. Actitudes y hábitos positivos del trabajo. 5. El objetivo final es la preparación para la carrera y la universidad. REFERENCIA LEGAL.: s.s. 118,01 (2) 121,02 (1) (L) y (m) REFERENCIA RELACIONADA.: Plan de Educación para el Empleo APROBADO: 26 de agosto de 1980 REVISADO: 22 de junio de 1999 25 de noviembre de 2014

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341.31 Crecimiento y Desarrollo Humano El Distrito Escolar de Beloit apoya la instrucción de temas relacionados con el crecimiento y desarrollo humano con el fin de promover un conocimiento correcto y comprensivo en esta área y tomar decisiones responsables, apoyar y mejorar los esfuerzos de los padres /guardianes a proveer guia moral a sus hijos. Por lo tanto, el Distrito Escolar de Beloit ofrece un programa de instrucción en el crecimiento y desarrollo humano en los grados Kínder a 12. Al implementar este programa, se toman las siguientes medidas para asegurar que se obtiene la información apropiada y se proporciona un aviso apropiado: 1. provee anualmente a los padres de cada alumno inscrito en el Distrito Escolar un esquema del currículo de

crecimiento y desarrollo humano que se utiliza al nivel de grado del alumno e información sobre cómo el padre/guardián puede inspeccionar el plan de estudios completo y materiales de instrucción;

2. crea una forma escrita donde el padre/guardián puede solicitar que su estudiante sea exento del

programa; 3. nombra un comité consultivo compuesto por padres/guardianes, maestros, administradores escolares,

alumnos, profesionales de la salud y miembros del clero y otros residentes del Distrito Escolar de acuerdo con el s.s. 118.019.

REFERENCIA LEGAL.: s.s. 118.019 APROBADO: 26 de agosto de 2003 REVISADO: 25 de mayo de 2004

342.1 Programas Para Estudiantes Con Necesidades de la Educación Especial El Distrito Escolar de Beloit, al reconocer su responsabilidad educativa de todos sus estudiantes, la Junta de Educación proporcionará una educación pública gratuita y apropiada para los estudiantes con discapacidades que requieran servicios de educación especial. La Educación Especial y los servicios relacionados serán proporcionados a todos los niños con discapacidades, de tres (3) a 21 años de edad. Las categorías de impedimento son: Autismo Otros Impedimentos de Salud Discapacidad cognitiva Impedimento del habla o del lenguaje Discapacidad de Conducta Emocional Lesión Traumática Cerebral Impedimento Auditivo Impedimento Visual Discapacidad de Aprendizaje Específica Retraso significativo en el desarrollo Enfermedades Ortopédicas El Distrito se asegurará de que todos los servicios de apoyo y relacionados para los estudiantes con discapacidades estén diseñados para satisfacer sus necesidades únicas y prepararlos para el empleo y la vida independiente. Los estudiantes con discapacidades matriculados en escuelas privadas o parroquiales del Distrito pueden participar y tener acceso a los programas de educación especial y servicios relacionados del Distrito de acuerdo con las leyes estatales y federales. Todos los programas de educación especial del Distrito estarán bajo la dirección y supervisión del Director Ejecutivo de Servicios Estudiantiles.

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Un Manual de Procedimientos de la Educación Especial se actualizará continuamente para su uso en el Distrito, del cual describe las políticas y procedimientos específicos relacionados con la educación especial y los servicios relacionados. Este manual debe cumplir con los requisitos de las leyes estatales y federales y estar de acuerdo con el Modelo de Wisconsin de Políticas y documento de Procedimientos de la Educación Especial. Representantes de la Agencia Educativa para las reuniones del Equipo del Programa de Educación Individual (IEP por sus siglas ingles) El Director Ejecutivo de Servicios Estudiantiles es el Representante de la Agencia Educativa (LEA por sus siglas inglés) para el Distrito Escolar de Beloit. Debido al requisito de tener un Representante LEA en todas las reuniones del IEP y firmar todos los trámites del proceso del IEP, el Distrito Escolar de Beloit ha identificado los siguientes puestos del personal para actuar como Representantes de LEA: Gerentes de Programa de Educación Especial Psicólogos de la escuela Trabajadores Sociales Escolares Educadores Profesionales de Educación Especial Superintendente Consejeros Escolares Directores de la escuela, Subdirectores, Decano de Estudiantes Director Ejecutivo de Servicios de Estudiantes La Ley Federal - IDEA 1997 identifica el papel de un representante LEA como alguien que es:

Calificado para proveer o supervisar la provisión de la educación especial; Conocimiento del currículo general; y Conocimiento y autorización para comprometer la disponibilidad de recursos de la agencia local de

educación. El Distrito Escolar de Beloit deberá seguir estos procedimientos:

El Representante LEA será un miembro invitado a la reunión del IEP. El Representante LEA asistirá a la (s) Reunión (es) del Equipo de IEP para entender mejor los detalles

de las discapacidades, necesidades educativas y planes del estudiante. En el caso de que el Representante LEA que fue nombrado para servir en el Equipo de IEP tenga

razones para creer que el plan/programa de IEP de un estudiante puede considerar o incluir cualquier compromiso o reasignación de recursos por encima y más allá de los actualmente asignados al sitio (es decir: Ayudantes educativo, dispositivos específicos, tecnología o evaluación especializada o programación), el Representante LEA debe consultar con el Director Ejecutivo de Servicios de Alumnos antes de finalizar el proceso del IEP. Se recomienda a los representantes del distrito que consulten con el director antes de la reunión del equipo de IEP, si es posible, para que no haya retrasos en el proceso ni en los plazos para entregar y proporcionar a los estudiantes una educación pública apropiada y gratuita.

Ubicaciones para los Estudiantes de Educación Especial El equipo del IEP es responsable en determinar la colocación de los estudiantes de educación especial. Todas las colocaciones de educación especial pueden estar sujetas a revisión por el Director Ejecutivo de Servicios de Alumnos para asegurar el cumplimiento con la ley estatal y federal y las Políticas y Procedimientos del Distrito Escolar de Beloit. En el caso de que el director determine que un equipo del IEP no ha cumplido con la ley estatal y federal y / o con la Política y Procedimientos del Distrito Escolar de Beloit y / o con el Plan de Educación Especial del Distrito Escolar del Beloit, El equipo vuelve a reunirse con instrucción para cumplir totalmente.

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Evaluaciones de Educación Independientes Una evaluación educativa independiente ("IEE" por sus siglas en inglés) es una evaluación realizada por un examinador calificado que no es un empleado del distrito escolar del niño. Un padre tiene derecho a una IEE a gastos públicos si el padre no está de acuerdo con una reciente evaluación realizada por el distrito escolar. Para más información, vea el Manual de Políticas y Procedimientos de Educación Especial en el sitio web del distrito escolar en la sección de Educación Especial / Para Padres. REFERENCIA LEGAL.: Ley Federal - Ley de Individuos con Discapacidades (IDEA 2004) Estatutos Estatales de Educación Especial - subcapítulo V, Capítulo 115 Reglas de Educación Especial de Wisconsin-Capítulo PI 11, Código Administrativo de Wisconsin Modelo DPI de Wisconsin Políticas y Documentos de procesos de la Educación Especial revisado en noviembre de 2007 (con correcciones abril de 2008) Actualización DPI 99.02, Actualización DPI 01.04

REFERENCIA RELACIONADA.: 411 Oportunidades Iguales de la Educación Manual de Procedimiento de Educación Especial del Distrito Escolar de Beloit APROBADO: 27 de julio, 1999 REVISADO: Septiembre 23, 2003 Agosto 26, 2008 Septiembre 24, 2013

342.10 Regla 1: Directrices del Programa Educativo para Estudiantes Sin Hogar Niños y Jóvenes Sin Hogar El término de estar sin hogar será determinado por el oficial de la Agencia Local de Educación (LEA) en cooperación con los padres o en el caso de un menor (niño/joven) no acompañado. La palabra “niño/joven sin hogar”" se refiere a las personas que no tienen una residencia fija, regular y adecuada, e incluye niños y jóvenes que:

Están temporalmente compartiendo la vivienda con otras personas debido a la pérdida de su vivienda, dificultades económicas, o una razón similar; que viven en moteles, hoteles, parques de remolques o campamentos debido a la falta de alternativas de alojamiento adecuado; viven en situaciones de emergencia o refugios de transición; son abandonados en los hospitales, o están en espera de colocación en hogares de tutela temporal;

Tener una residencia nocturna que es un lugar público o privado no diseñado para o generalmente usado como un alojamiento regular de dormir para los seres humanos;

Viven en automóviles, parques, lugares públicos, edificios abandonados, vivienda inadecuada, estaciones de autobús o tren, o lugares similares;

Es un niño/joven que se fue de la casa o un niño/joven que fue abandonado; y Un niño o joven migratorio o un niño o joven no acompañado (joven/niño sin la custodia física de un padre/tutor) puede ser considerado sin hogar si cumplen con las definiciones arriba: Selección de la escuela El distrito deberá, en acuerdo con el mejor interés del niño/joven, continuar con la educación del niño/joven en la escuela de origen durante el período de carencia de vivienda o matricular al niño/joven en un distrito escolar en el área de asistencia donde el niño/joven, sin hogar fijo, en realidad está viviendo con las mismas condiciones que otros niños del distrito. Hasta cierto punto posible, continuar el niños/jóvenes sin hogar en la escuela de origen, en cualquier caso

donde una familia se queda sin hogar entre el año académico o durante un año académico, o por la duración del año académico, si el niño/joven retorna a vivir en una vivienda permanente durante un año académico o

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proporcionar una explicación por escrito, incluyendo una declaración sobre el derecho de apelar, si el distrito envía un niño/joven sin hogar a una escuela que no es la escuela de origen o una escuela solicitada por los padres/tutores;

en el caso de ser niño/joven no acompañado, el oficial de enlace de la Agencia Local de Educación (LEA) o la persona designada ayudará en las decisiones de colocación o la inscripción teniendo en cuenta las peticiones del niño/joven no acompañados.

La escuela de origen significa la escuela que el niño/joven asistió cuando tenía vivienda permanente, o la última escuela donde el niño/ joven estaba inscrito. La elección acerca de la colocación se hará sin importar si el niño/joven vive con los padres/guardianes sin hogar o se ha colocado temporalmente en otro lugar. Los padres/guardianes de un niño/joven sin hogar también pueden solicitar una transferencia interna a cualquier escuela del Distrito Escolar de Beloit con los mismos términos y condiciones que los otros niños/jóvenes del distrito se les permiten presentar una solicitud de transferencia interna de escuela. Sin embargo, el transporte proveído por el distrito no está disponible si la única base de asistir es una solicitud hecha bajo la política del distrito de transferencia interna. Cuando la colocación/matriculación en una escuela específica es conforme con los derechos otorgados expresamente al niño/joven sin hogar por la ley estatal o federal, el reglamento de transferencia interna del distrito no debe interferir con esos derechos (por ejemplo, inscripción en la "escuela de origen" no será revocada bajo la política del distrito de transferencia interna en cualquier momento durante la duración del derecho estatutario legal del niño/joven de asistir a la "escuela de origen"). Inscripción Los términos "inscribirse" y "matrícula" se define en el sentido de asistir a la escuela y participar plenamente en las actividades escolares.

1. La escuela seleccionada inmediatamente debe inscribir al niño/joven, incluso si él/ella no tiene registros que normalmente se requieren para la inscripción. Los archivos/registros de inmediato se solicitarán a la escuela anterior.

2. Para el propósito de colocación de escuela, cualquier padre, guardián/tutor o persona que tenga la custodia legal o física del niño/joven sin hogar debe matricular ese niño/joven directamente en el Distrito Escolar de Beloit

3. Niños/jóvenes sin hogar que no viven con sus padres/guardianes o tutores podrán inscribirse ellos mismo en la escuela.

4. La dirección/domicilio que aparece en el formulario de inscripción se convierte en una prueba de residencia.

Residencia Un niño/joven sin hogar es un residente si el niño está personalmente presente en algún lugar dentro del distrito con el propósito de seguir viviendo, pero no necesariamente para residir permanentemente. El niño/joven se considera un residente cuando él/ella está viviendo con un padre, guardián o persona no solamente para los propósitos o para la participación en actividades extra curriculares de la escuela. Los niños/jóvenes que no viven con sus padres o tutores podrán inscribirse ellos mismo en la escuela. Tutela Para propósitos de colocación en la escuela, cualquier padre, tutor o persona que tenga la custodia legal o física de un niño/joven sin hogar puede inscribir ese niño/joven directamente en el Distrito Escolar de Beloit.

Oficial de Enlace de la Agencia Local de Educación (LEA) El Director Ejecutivo de Servicios Estudiantiles será el Oficial de Enlace de la Agencia Local de Educación (LEA) para niños/jóvenes sin hogar. El oficial de enlace de la Agencia Local de Educación o la persona designada se asegurará de que:

Niños/ jóvenes sin hogar son voluntariamente identificados por el personal de la escuela y mediante la coordinación con otras entidades y agencias.

Niños/jóvenes sin hogar se inscriban y tengan una oportunidad plena y equitativa para tener éxito en las escuelas en el distrito

Las familias y los niños/jóvenes sin hogar que reciban servicios educativos que son elegibles y referirlos a otros servicios apropiados.

Los padres o guardianes de un niño/joven sin hogar o niño/joven no acompañados sin hogar se le

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informa de las oportunidades educativas y relacionadas a disposición y se les proporciona oportunidades significativas para participar en la educación del niño/joven.

aviso público de los derechos educativos de niños/jóvenes sin hogar es dispersada en lugares públicos como escuelas, lugares de comida, refugios y otros lugares frecuentados por las familias de bajos recursos.

Cumplimiento de todas las políticas y procedimientos, y mediar/moderar disputas de inscripción. Los padres o guardianes de un niño/joven sin hogar y los jóvenes no acompañados, estén informados de

todos los servicios de transporte, incluido el transporte a la escuela de origen o de la escuela que se seleccione.

La coordinación de servicios entre el Distrito Escolar de Beloit y otros proveedores de servicios para la familia sin hogar.

La asistencia se proporciona a los niños/jóvenes que no cuentan con vacunas/inmunizaciones o registros médicos, para obtener las vacunas necesarias, o vacunas o registros médicos.

Los niños o jóvenes no están separados/segregados basado en su condición de personas sin hogar. Programas para niños/jóvenes sin hogar están coordinados con otros programas federales y locales.

Servicios Comparables Cada niño/joven sin hogar debe proporcionarse servicios comparables a los servicios ofrecidos a otros niños / jóvenes en la escuela seleccionada, tales como

Programas preescolar Servicios de transporte Servicios Educativos de la cual el niño/joven cumple con los criterios de elegibilidad, tales como ESL o

programas de educación especial Programas para niños/jóvenes de "Alto Riesgo" Programas para niños/jóvenes dotados y talentosos Programas de nutrición escolar Servicios del Título I Programas de después de la escuela

Transporte a la Escuela de Origen El Distrito proporcionará el transporte para los niños sin hogar, a petición del padre, los niños/jóvenes no acompañados, o el oficial de enlace o la persona designada de la Agencia Local de Educación, a la escuela de origen durante la duración de la falta de vivienda. El Distrito tiene el derecho a determinar el modo de transporte a la escuela de origen. Vivienda permanente se define como cualquier contrato firmado de arrendamiento/renta o situación de vivir aprobada a largo plazo. Un pago por día a día en un motel no se considera una vivienda permanente. En el caso donde la escuela de origen y la residencia actual están en diferentes distritos escolares, el Funcionario de Enlace de Educación Local (LEA) de los dos distritos escolares están en acuerdo para un método de transporte y compartir el costo. Si la familia opta por permanecer en la escuela de origen, después de encontrar vivienda permanente, el transporte no será proporcionado. Los casos individuales pueden ser revisados por el distrito cuando las circunstancias extraordinarias están presentes. Basándose en esta evidencia, el distrito puede optar por ampliar los servicios de transporte por un tiempo limitado, si el distrito cree que es para el mejor interés del niño. Disputas Si surge una disputa sobre la selección de la escuela o la inscripción en una escuela, el niño/joven será inmediatamente admitido a la escuela de solicitud de inscripción, hasta que se resuelva la disputa. La persona de Enlace de la Agencia Local de Educación llevará a cabo el proceso de solución lo más pronto posible después de recibir el aviso de la disputa. El padre/guardián del niño/joven, o el niño/joven no acompañado se le proporcionara, por escrito, una explicación de la decisión apelada con respecto a la selección escolar o inscripción, incluyendo los derechos de los padres, guardianes, o el niño/joven para apelar la decisión de la Oficina del Coordinador para la Educación de Niños y Jóvenes sin Hogar en el Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin.

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REFERENCIA LEGAL: Acto Asistencia McKinney-Vento para Personas Sin Hogar (42 USC 11431 et seq.) Subtítulo B—Educación para Niños y Jóvenes sin Hogar REFERENCIA RELACIONADA: 342.10 Programa de Educación para Personas sin hogar 420 Admisiones de la escuela 420 Regla 6 Directrices de Inscripción para Personas Sin Hogar 432 Áreas de Asistencia Escolar APROBADA: 24 de noviembre 2009 REVISADO: 28 de febrero, 2017

343.41 Regla 1 - Directrices del Programa Opciones Para Jóvenes A. Opciones Juveniles para la Institución de Educación Superior (IHE por sus siglas ingles)

(IHEs incluyen un centro o una institución dentro del sistema de la Universidad de Wisconsin, una institución privada sin fines de lucro o una universidad controlada por una tribu)

1. Propósito de las opciones de los jóvenes: Los estudiantes pueden inscribirse en una institución de educación superior (IHE) con el propósito de tomar uno o más cursos no sectarios en la institución de educación superior. Los estudiantes que han obtenido suficientes créditos para llegar a la categoría junior (12 créditos) o senior (18 créditos) son elegibles para inscribirse en los cursos de Opciones Juveniles. Si un curso del Programa de Opciones para Jóvenes es aprobado para un estudiante y aprueba el curso, se otorgará un cuarto de crédito de escuela secundaria por cada semestre de crédito ofrecido por el curso.

2. Matrícula: El consejo escolar es responsable por el costo de la matrícula si el curso es aprobado para la escuela secundaria o para créditos de escuela secundaria y post-secundaria y el curso no es comparable a un curso ofrecido en el distrito escolar. Los estudiantes aprobados para inscribirse en créditos de nivel post-secundario son los únicos responsables de la matrícula y cuotas de los cursos de post-secundaria. Si un estudiante recibe una calificación de fracaso o no completa (da la baja) un curso por el cual el distrito escolar ha pagado a través del Programa de Opciones para Jóvenes, la junta escolar requerirá el reembolso de todos los costos relacionados con el curso. Reembolso será requerido del estudiante si él/ella es un adulto o de los padres/guardianes del estudiante. Cualquier excepción a esta disposición será considerada solamente bajo circunstancias excepcionales por recomendación del director de la preparatoria y aprobación del Director Ejecutivo de Rendimiento Estudiantil. La recomendación será enviada al Superintendente para su aprobación. La continuación del Programa de Opciones Juveniles depende del reembolso completo de todos los costos relacionados con los cursos fracasados.

3. Horario de Opciones para Jóvenes: Los cursos postsecundarios se pueden tomar durante o después de las horas regulares de clases y durante el verano, si están disponibles. Las clases de post-secundaria de verano se toman a opción del estudiante; El Distrito Escolar de Beloit no es responsable de los pagos de matrícula.

4. Créditos: El Distrito Escolar de Beloit limita el pago de los cursos de opciones para jóvenes a 18 créditos de educación post-secundaria durante el último año del estudiante.

5. Criterios de Admisión: Los estudiantes que participan en Opciones para Jóvenes deberán cumplir con los criterios de admisión de la Institución de Educación Superior para los cursos post-secundarios bajo este programa, así como cualquier otra aplicación o divulgación de información requerida por el IHE. Los estudiantes deben cumplir con las políticas de reembolso o cancelación de cuotas establecidas por el IHE.

6. Asistencia: El padre/guardián de un estudiante de educación post-secundaria será responsable por cumplir con los requisitos de asistencia obligatoria de acuerdo a la política del distrito.

7. Admisión por el IHE: La admisión al IHE se basa en el espacio disponible y las políticas de admisión del IHE.

8. Apelación: Un estudiante puede apelar una decisión de la junta escolar acerca de la concesión de crédito de la escuela secundaria o comparable de un curso post secundario al superintendente estatal dentro de los 30 días de notificación de la negación por la junta escolar. El fallo del estudiante de cumplir con el plazo de 30 días impide al DPI de su jurisdicción en la materia.

B. Opciones Juveniles del Sistema de Colegios Técnicos de Wisconsin (WTCS por sus siglas ingles)

1. Propósito de Opciones de Jóvenes: Los estudiantes pueden inscribirse en un Sistema de Colegios Técnicos de Wisconsin con el propósito de tomar uno o más cursos no sectarios en el WTCS. Los

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estudiantes que han obtenido suficientes créditos para llegar a la categoría junior (12 créditos) o senior (18 créditos) son elegibles para inscribirse en los cursos de Opciones Juveniles. Si un curso del Programa de Opciones para Jóvenes es aprobado para un estudiante y aprueba el curso, se otorgará un cuarto crédito de escuela secundaria por cada semestre de crédito ofrecido por el curso.

2. Matrícula: El consejo escolar es responsable por el costo de la matrícula si el curso es aprobado para cualquier escuela secundaria o para créditos de escuela secundaria y post-secundaria. Si un estudiante recibe un grado de reprobación o no completa un curso para el cual el distrito escolar ha hecho el pago a través del programa de Opciones para Jóvenes, la Junta Escolar requerirá el reembolso de todos los costos relacionados con el curso. Reembolso será requerido del estudiante si él/ella es un adulto o de los padres/guardián del estudiante. Cualquier excepción a esta disposición será considerada solamente bajo circunstancias excepcionales por recomendación del director de la escuela secundaria y el Director Ejecutivo de Rendimiento Estudiantil y aprobación del Superintendente. La continuación del Programa de Opciones Juveniles depende del reembolso completo de todos los costos relacionados con los cursos fracasados.

3. Horario de Opciones para Jóvenes: Los cursos postsecundarios se pueden tomar durante o después de las horas regulares de clases y durante el verano, si están disponibles. Las clases de post-secundaria de verano se toman a opción del estudiante; El Distrito Escolar de Beloit no es responsable de los pagos de matrícula.

4. Créditos: Las horas de crédito de la educación postsecundaria no están limitadas en ningún semestre académico. Las clases de post-secundaria de verano se toman a opción del estudiante; El Distrito Escolar de Beloit no es responsable de los pagos de matrícula.

5. Criterios de Admisión: Los estudiantes que participan en Opciones para Jóvenes deberán cumplir con los criterios de admisión de la universidad técnica para los cursos de post-secundaria bajo este programa, así como cualquier otra aplicación o divulgación de información requerida por el WTCS. Además, los estudiantes deben cumplir con las políticas de pago, reembolso o cancelación de cuotas establecidas por WTCS. Ningún registro de problemas de disciplina que consista en suspensiones, expulsiones, ausentismo habitual deberá existir para un estudiante que participe en el Programa de Opciones para Jóvenes.

6. Asistencia: El padre/guardián de un estudiante de educación post-secundaria será responsable por cumplir los requisitos de asistencia obligatoria de acuerdo a la política del distrito.

7. Admisión por el WTCS: Opciones Juveniles requiere un colegio técnico para admitir a un alumno que cumpla con los requisitos y requisitos previos del curso o cursos que el alumno desea tomar a través del programa de Opciones Juveniles. También permite a un colegio técnico rechazar la solicitud de un alumno que tiene un expediente de problemas disciplinarios según lo determinado por la junta técnica del distrito de la universidad y negar el acceso a los estudiantes que están en riesgo como se especifica en S.118.153 Wis. Stats. (Nota: solamente, aplica la definición legal de riesgo.)

8. Apelación: Un estudiante puede apelar una decisión de la junta escolar acerca de la concesión de crédito de la escuela secundaria o comparable de un curso post secundario al superintendente estatal dentro de los 30 días de notificación de la negación por la junta escolar. La falta del estudiante por cumplir con el plazo de 30 días impide al DPI de su jurisdicción en la materia.

C. Junta Escolar y Responsabilidad de IHE/WTCS

1. El IHE/WTCS notifica al distrito escolar para verificar la inscripción 30 días después de comenzar el curso.

2. La junta escolar pagará al IHE/WTCS en nombre del estudiante por la matrícula real, las cuotas del curso, los libros y otros materiales necesarios directamente relacionados con el curso. Si el distrito paga el texto, los libros son entregados en forma utilizable al distrito una vez que ha finalizado el curso.

3. Después de la verificación, el estudiante/padre puede solicitar el reembolso del transporte a través del Departamento de Instrucción Pública. Esto cubriría el costo de transportar al estudiante entre la escuela secundaria y el IHE/WTCS si el padre/guardián no puede pagar el costo de dicho transporte. Para obtener más información sobre la opción de transporte, comuníquese con la Directora Ejecutiva de Rendimiento Estudiantil.

4. Como se especifica en el estatuto, el distrito debe notificar anualmente a todos los padres de estudiantes de 9, 10 y 11 de grado de Opciones Juveniles para el 1 de octubre a través del Boletín de Orientación de septiembre que acompaña el boletín de la escuela secundaria.

D. Responsabilidad de Estudiantes/Padres Requisitos del Proceso:

1. El estudiante debe presentar la solicitud de IHE / WTCS al IHE / WTCS apropiado en el semestre anterior al que el estudiante planea asistir. El estudiante debe indicar si el crédito será para crédito de escuela secundaria y post-secundario o para crédito post-secundario solamente. La solicitud de

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admisión al IHE / WTCS se puede obtener de la oficina de orientación de la escuela secundaria o de la Oficina de Admisión de IHE/WTCS.

2. El estudiante debe notificar a la Junta de Educación, por escrito, a través de su director de la preparatoria de su intención de inscribirse en un IHE / WTCS a no más tardar del 1 de marzo para el semestre de otoño, a no más tardar el 1 de octubre para el semestre de primavera, y no más tarde del 1 de febrero para la inscripción de verano. Esta notificación puede hacerse completando las secciones requeridas del Plan e Informe del Programa PI 8700A. La carta de intención del estudiante debe adjuntarse al aviso por escrito de admisión al IHE / WTCS.

3. Se solicita a los estudiantes que completen el Plan del Programa de Opciones para Jóvenes y El Informe de Lista de Verificación no más tardar el 1 de mayo, que está disponible en la oficina de orientación de la escuela secundaria.

4. El alumno que cursa la educación postsecundaria para crédito de la escuela secundaria será responsable del pago de útiles asociado con el curso que se convierte en propiedad del estudiante, como herramientas, calculadora, instrumentos y computadoras. Además, los materiales consumibles tales como bolígrafos, lápices y cuadernos de notas que son típicamente utilizados y pagados por el estudiante cuando toman un curso en la escuela secundaria también son responsabilidad del estudiante.

5. El Director Ejecutivo de Logros Estudiantiles notificará al estudiante por escrito de su determinación antes del final del semestre en el cual recibió la notificación; Es decir, a más tardar el 15 de mayo para la inscripción en el semestre de otoño, el 15 de noviembre para la inscripción en el semestre de primavera.

REFERENCIA LEGAL.: s.s.:118.15 (1) y (2) 118.153 118,33 118,55 (5) (c) 2 120,12 (17) 120,44 121.02 (1) (p) Código Administrativo Estatal PI 18 Código Administrativo Estatal PI 40 REFERENCIA RELACIONADA: Política 343.41 APROBADO: 15 de diciembre de 1998 REVISADO: 13 de diciembre de 2005

345.1 - Sistema de Calificaciones Será la política del Distrito Escolar evaluar el logro académico estudiantil en los grados Kínder hasta el 12. Las calificaciones se dan regularmente para servir a:

a. promover un proceso de evaluación continua del desempeño de los estudiantes; b. informar al estudiante y su padre/madre o tutor(es) del progreso del estudiante; c. proporcionar una base para hacer cambio en el rendimiento escolar del estudiante, si dicho cambio se

considera necesario. Los estudiantes en grados K4 hasta 12 recibirán una tarjeta de informe trimestral. Los estudiantes en grados K4 hasta 5° se evaluaran a través de "niveles de competencia". Comenzando con el 6º grado todos los estudiantes se evaluaran usando el sistema de calificaciones con letras. El Distrito Escolar no podrá discriminar en los métodos, prácticas y materiales utilizados para evaluar a los estudiantes basados en el sexo, raza, religión, origen nacional, color, ascendencia, religión, embarazo, estado civil o prenatal, orientación sexual, física, mental, emocional o discapacidad de aprendizaje o discapacidad. Quejas de discriminación deben ser tratadas de conformidad con los procedimientos establecidos.

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REFERENCIA LEGAL: s.s. 118.13 PI 9.03 (1) del Código Administrativo de Wisconsin HEA 9 APROBADA: 24 de noviembre 1998 REVISADO: 27 de mayo 2008 16 de diciembre 2014

345.1 Regla 1: Rango de Clasificación de Grado/Clase (Nivel Secundaria) El rango oficial del estudiante en la clase será el rango más alto alcanzado en cualquier de los factores de clasificación enumerada a continuación:

1) Promedio de Calificaciones Acumuladas. Con excepción de otro modo específicamente proveído, las calificaciones obtenidas en todas las materias se utilizará para determinar el Promedio de calificaciones (GPA por sus siglas ingles). Las calificaciones obtenidas en otras escuelas públicas (incluidas las escuelas técnicas y universidades), las escuelas privadas / parroquiales y escuelas alternativas aprobadas o programas serán registrados a su valor nominal y se incorporan en el GPA. Calificaciones de Pasar/No-Pasar no serán incorporadas en el GPA. Los cursos completados a través de un programa de intercambio de experiencias extranjeras o en un país extranjero serán registrados en el expediente académico del estudiante, pero no será incluido en el GPA del estudiante. Las calificaciones y promedio general de notas obtenidos a través de un programa educativo privado de enseñanza en el hogar no serán utilizados para la determinación del rango en la clase. Los estudiantes en programa de educación de bases en el hogar que han completado los cuatro últimos semestres de cursos en Beloit Memorial High School se incluirán en el rango de clase. El estudiante se clasifica en base a las calificaciones obtenidas mientras asistía a Beloit Memorial High School.

2) Acumulación de Puntos/calificaciones. Los puntos serán otorgados por clases de crédito con base en lo siguiente: A= 4.00, B=3.00, C=2.00, D=1.00 y F=0.

Cuando un estudiante completa un curso/clase por segunda vez, el crédito y calificación recibido anterior será eliminado y la segunda calificación se utiliza para determinar el crédito, puntos, y el promedio de calificaciones. REFERENCIA LEGAL: s.s. 120.12 (2) HEA 9, Código Administrativo de Wisconsin REF RELACIONADA: 345.1 Sistema de Calificaciones 345.6 Requisitos de Graduación 345.6-Regla de Requisitos Específicos para la Graduación 422 Admisión de Alumnos No-residentes 460 Becas y Premios para Estudiantes APROBADA: 24 de noviembre 1998

345.4 - Promoción y Retención La declaración de la misión del Distrito Escolar de Beloit se basa en la creencia de que todos los estudiantes pueden aprender cuando se les enseñan/educan por un personal que tienen altas expectativas y sonido

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pedagógico. Las metas, objetivos y estrategias del Plan Estratégico del Distrito sirven como una guía para lograr la misión. El Distrito está comprometido a afirmar que cada estudiante tenga los conocimientos y habilidades necesarios para el logro académico y el éxito en la vida. Los estándares académicos son necesarios para guiar a los resultados de los diversos alumnos que se asisten en la educación pública. Al mismo tiempo, las necesidades de aprendizaje diversas de los estudiantes requieren métodos de enseñanza variados, oportunidades, servicios e intervenciones para promover el logro del estudiante. Los estudiantes en grados Kínder a 12 serán promovidos en la base de evidencias del rendimiento académico en vez de la promoción social. Mientras que el Distrito cree que las decisiones hechas en base de datos es importante, no hay evidencia práctica que aprueba negarle una promoción de grado al estudiante basada únicamente en la calificación por debajo de un valor determinado en una evaluación estandarizada. La posición del distrito en la promoción se ha diseñado para proporcionar a los alumnos diferentes maneras y múltiples oportunidades para demostrar sus conocimientos. La decisión de reprobar a un estudiante se hará cuidadosamente en forma eficaz por el director de la escuela en colaboración con el Equipo de Intervención de Estudiantes, sus maestros y padres/tutores del estudiante. El padre /tutor puede solicitar una apelación de la decisión basada solamente si los procedimientos apropiados fueron practicados en la determinación de promoción/reprobación. Las apelaciones pueden ser presentadas ante el Superintendente o su designado. REFERENCIA LEGAL: s.s. 118.13 118.33 118.145 120.12 (2) 120.44 APROBADA: 25 de marzo 1980 REVISADO: 23 de septiembre 2003 28 de septiembre 2004 28 de septiembre 2010

345.4 Rule 1: Criterios De Promoción

Los estudiantes en grados Kínder a 12 serán avanzados según la evidencia del rendimiento académico. Como parte del modelo Respuesta a la Intervención (RtI sigla ingles) del distrito, un Plan de Intervención del Estudiante se generará para los estudiantes identificados que necesitan apoyo de sistemas adicionales para el logro académico. Esto ocurrirá a través del proceso de construir un Equipo de Intervención Estudiantil (SIT sigla ingles). Promoción a los grados 1, 2, 3, 4 6 y 7 Los estudiantes deben cumplir con los siguientes criterios para ser promovidos a los grados 1, 2, 3, 4, 6 y 7

1. Competente en las evaluaciones estandarizadas, o 2. Competente en las boletas de calificaciones del distrito, o 3. Aumento académico documentado a nivel estándar del grado con evidencia en las evaluaciones del

distrito y/o progreso observado cómo se define por el equipo SIT del edificio en conjunto con el Consejo de Retención del Distrito.

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Si el estudiante tiene una discapacidad y con éxito cumple con las metas de su Plan de Educación Individual (IEP sigla ingles), el estudiante será avanzado. A un estudiante no se le puede negar la promoción (avance) basado solamente en su discapacidad o el nivel de adquisición del lenguaje. Si un estudiante es elegible para servicios bajo la Sección 504, o tiene necesidad de aprender el inglés (ELL / bilingüe), la consideración de la promoción se basará en la información de una variedad de fuentes, incluyendo las pruebas de aptitud anual. Los estudiantes deben cumplir con los siguientes criterios para ser avanzados del 4° al 5° grado: Promoción de 4° al 5° grado y del 8° al 9° grado Promoción de 4° al 5° o del 8° al 9° grado es afectado por la ley estatal 118.33 a partir del año escolar 2002-03. Las puntuaciones de un estudiante en la evaluación estandarizada estatal de Wisconsin debe ser utilizado como parte de los criterios de decisiones de promoción.

1. Los estudiantes deben tener una calificación "básica" o superior en las sub-pruebas de las cinco áreas de contenido (lectura, arte de lenguaje, matemáticas, ciencias, estudios sociales) en cuarto grado o en octavo grado en la evaluación estatal,

Y 2. Los estudiantes deben recibir el equivalente de un progreso satisfactorio durante los tres primeros

trimestres de su informe de calificaciones de cuarto o de octavo grado en cada una de las cinco áreas de contenido examinado en la evaluación estatal

O 1. Los estudiantes deben estar realizando un crecimiento satisfactorio hacia los estándares de nivel de

grado en el momento que se considera la promoción/retención según es determinado por el equipo SIT del edificio y el Consejo de Retención del Distrito.

Si el estudiante tiene una discapacidad y con éxito cumple con las metas de su Plan de Educación Individual (IEP por sus siglas ingles), el estudiante será promovido. Si un estudiante es elegible para servicios bajo la Sección 504, o tiene necesidad del aprendizaje del inglés ELL / bilingüe, la consideración de la promoción se basará en la información de una variedad de fuentes, incluyendo las pruebas de aptitud anual. A un estudiante no se le puede negar la promoción basada exclusivamente en su discapacidad o el nivel de adquisición del idioma. Grados 10 a 12 Los estudiantes serán promovidos por los créditos obtenidos. Los siguientes son criterios para un progreso mínimo hacia la graduación:

Grado Créditos en Progreso 9° 0 10° 6.5 11° 13 12° 19

Graduación = 26 créditos obtenidos y competente o avanzado en el WKCE más reciente o la evaluación

designada por el estado “O” 26 créditos obtenidos incluyendo por lo menos ½ crédito en habilidades básicas de estudio y estrategias para tomar exámenes/pruebas

La clasificación del nivel de grado de un estudiante se basará únicamente en el número de años de asistencia en la escuela secundaria. Los alumnos en “Memorial” se clasifican como estudiante de primer año (grado 9, el primer año de asistencia en la escuela secundaria), estudiante de segundo año (grado 10, segundo año de asistencia en la escuela secundaria), Junior (grado 11, tercer año de asistencia en la escuela secundaria), Senior (grado 12, cuarto año o más de asistencia en la escuela secundaria).

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REFERENCIA LEGAL: s.s. 118.30 Evaluación de Alumnos REFERENCIA RELACIONADA. 346 Programas de Evaluación 346 REGLA 1 Guias del Programa de Evaluación 345.6 Requisitos de Graduación 345.6 REGLA 1 Requisitos de Graduación Específicos

345.6 Regla 2 Requisitos y Procesos de Graduación Temprana del High School (escuela secundaria)

APROBADA: 25 de julio 2000 REVISADA: 27 de julio 2010 28 de septiembre 2010 27 de septiembre 2011 9 de septiembre 2014

346 Regla 1- Directrices Del Programa De Evaluación A. Participación de todos los estudiantes

Todos los estudiantes matriculados en el Distrito Escolar de Beloit están obligados a participar en el Sistema de Evaluación de Estudiantes de Wisconsin (WSAS siglas en ingles). Para propósito de informar, los resultados de la evaluación de Wisconsin se proporcionan a todos los estudiantes, sin considerar la duración del tiempo en el distrito. Para propósitos de rendición de la obligación educativa, Wisconsin define un "año académico completo") como el período de tiempo para un estudiante que, en el momento de la administración de la prueba, ha estado continuamente matriculado desde el tercer viernes del informe de inscripción de septiembre del año académico anterior.

B. Participación de Estudiantes con Discapacidades en el Sistema de Evaluación de Estudiantes de Wisconsin según se define bajo la Ley de Educación de Individuos con Discapacidades (IDEA)

Todas las preguntas sobre la participación de un estudiante con discapacidades en las evaluaciones regulares de WSAS deben ser dirigidas por el equipo del IEP del estudiante, que incluye el padre como un participante equivalente. Las leyes estatales y federales de la educación especial requieren que el IEP de un estudiante incluya "una declaración de cualquier modificación individual en la administración de evaluaciones estatales o evaluaciones del logro estudiantil del distrito que se necesitan para que el niño participe en dicha evaluación; Y si el equipo del IEP determina que el niño no participará en una evaluación de desempeño estudiantil (o parte de dicha evaluación) del estado o distrito, una declaración de por qué esa evaluación no es apropiada para el niño (IDEA Title I part A sec. 614 (A) Para hacer estas determinaciones, el equipo del IEP debe estar bien informado sobre el nivel actual de desempeño educativo del niño y las metas mensurables anuales, el plan de estudios general, el formato y contenido de la prueba del estado o distrito y la alineación entre el plan de estudios y las normas de contenido académico asesoradas por el sistema de evaluación estatal o de distrito. La participación en la evaluación regular de WSAS para estudiantes con discapacidades no es una decisión de "todo o nada". En cambio, hay múltiples alternativas para facilitar la participación de un estudiante con una discapacidad. Estas alternativas reflejan tres opciones amplias:

1. participación en las evaluaciones regulares de WSAS sin acomodaciones, 2. participación en las evaluaciones regulares de WSAS con adaptaciones, es decir, cambios en la

administración o formación de la prueba que no alteren el contenido de la prueba o la intención de la prueba, o

3. participación en las evaluaciones alternativas de WSAS (WAA)

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C. Participación del estudiante de dominio limitado de inglés (LEP sigla en inglés) en el sistema de evaluación de estudiantes de Wisconsin.

NCLB requiere que la evaluación estatal permita "la inclusión de estudiantes con dominio limitado del inglés que serán evaluados, a medida que es posible, en el idioma y la forma más probables para proporcionar información precisa y confiable sobre lo que estos estudiantes saben y pueden hacer, (Parte A, sub-parte 11 sec. 1111 (b) (3) (C) (ix) (III)). Se espera que los estudiantes con LEP participen en las evaluaciones regulares de WSAS tan pronto que alcanzan el nivel de dominio del inglés que les permita demostrar sus conocimientos y habilidades en estas pruebas. Para usarse en el propósito de rendición obligatoria educativa del estado, el NCLB requiere que las evaluaciones alternativas estén alineadas con los estándares académicos del estado. Las decisiones relacionadas a la participación en las evaluaciones alternativas de WSAS para los estudiantes con competencia limitada en inglés deben ser consistentes con la legislación federal de NCLB y específicamente Basado en el Capítulo PI 13 del Código Administrativo de Wisconsin. Para los estudiantes con LEP, la participación en las evaluaciones regulares de WSAS en los grados 3 al 8 y 10 no es una decisión de "todo o nada". En cambio, existen múltiples alternativas para facilitar la participación de un estudiante con LEP. Estas alternativas reflejan tres opciones amplias: a. participación en las evaluaciones regulares de la WSAS sin acomodaciones, b. participación en las evaluaciones periódicas de la WSAS con adaptaciones, es decir, cambios en la

administración o formato de la prueba que no alteran el contenido de la prueba o la intención de la prueba, o

c. participación en las evaluaciones alternativas de WSAS. Se espera que los estudiantes en los niveles uno o dos de competencia en inglés que hayan asistido a la escuela en los Estados Unidos por tres o más años escolares consecutivos participen en las evaluaciones de lectura / lenguaje regulares de WSAS (usando pruebas escritas en inglés). Los años escolares se cuentan comenzando con el primer grado. Si un distrito determina, individualmente y caso por caso, que las evaluaciones alternativas probablemente proporcionen información más exacta y confiable sobre lo que un estudiante sabe y puede hacer, entonces un estudiante de LEP al nivel de competencia de inglés uno o dos puede ser excluido de la WSAS regular En lectura/artes del lenguaje por un período que no exceda dos años adicionales. Los estudiantes que alcanzan el "dominio completo del inglés" (código de nivel de competencia en inglés / nivel seis) ya no son estudiantes con LEP y no deben ser clasificados como LEP. Estos estudiantes deben participar en las evaluaciones regulares de la WSAS. Es posible que no reciban acomodaciones debido a que la necesidad de adaptaciones contradice la definición de "totalmente competente en inglés".

D. Participación de estudiantes cubiertos por la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación Vocacional en el Sistema de Evaluación de Estudiantes de Wisconsin. Bajo la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación Vocacional de 1973, ningún estudiante con impedimentos físicos o mentales que limite sustancialmente una o más actividades vitales importantes, o tenga un registro de tal impedimento, o se considere que tiene tal impedimento, debido a motivo de este impedimento "se excluirá de la participación en, será negado los beneficios de, o ser objeto de discriminación". Para estos estudiantes, acomodaciones y servicios apropiados deben ser documentados en un Plan Individual de Acomodación 504, incluyendo cualquier acomodación necesaria para participar en las actividades de la evaluación. Pruebas de evaluación Grado Dos - La Prueba Comprensiva de Habilidades Básicas, Quinta edición, evaluación múltiple en el otoño

de cada año escolar.

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Grado Tres - El Examen de Conocimientos y Conceptos de Wisconsin - CRT (Criterion-Referenced Test) además el WAA-LEP & SwD de Lectura y Matemáticas en el otoño de cada año escolar.

Grado Cuatro - El Examen de Conocimientos y Conceptos de Wisconsin - CRT (Criterio-Referenced Test)

más WAA-LEP & SwD de Lectura, Matemáticas, Artes del Lenguaje, Ciencia y Estudios Sociales en el otoño de cada año escolar.

Grado Cinco - El Examen de Conocimientos y Conceptos de Wisconsin - CRT (Criterion-Referenced Test)

más además el WAA-LEP & SwD de Lectura y Matemáticas en el otoño de cada año escolar. Grado Seis - El Examen de Conocimientos y Conceptos de Wisconsin - CRT (Criterion-Referenced Test)

además el WAA-LEP & SwD de Lectura y Matemáticas en el otoño de cada año escolar. Grado Siete - El Examen de Conocimientos y Conceptos de Wisconsin - CRT (Criterion-Referenced Test)

además el WAA-LEP & SwD de Lectura y Matemáticas en el otoño de cada año escolar. Grado Ocho - El Examen de Conocimiento y Conceptos de Wisconsin - CRT (Criterion-Referenced Test) más

WAA-LEP & SwD de Lectura, Matemáticas, Artes del Lenguaje, Ciencia y Estudios Sociales en el otoño de cada año escolar.

Grado Diez - El Examen de Conocimiento y Conceptos de Wisconsin - CRT (Criterion-Referenced Test) más

además el WAA-LEP y SwD de Lectura, Matemáticas, Artes del Lenguaje, Ciencia y Estudios Sociales en el otoño de cada año escolar.

REVISADO: 28 de septiembre de 1999 28 de septiembre de 2004 25 de octubre de 2005

347 Regla 1- Directrices Para el Mantenimiento y Confidencialidad de los Registros Estudiantiles A. DEFINICIONES: 1. "Registros de Estudiantes" se referirá a todos y cada uno de los archivos oficiales, archivos y datos

directamente relacionados con el estudiante. Los expedientes de los estudiantes consisten de todo el material incorporado en la carpeta acumulada de los expedientes de cada estudiante, y específicamente incluyendo pero no necesariamente limitado a la identificación de los datos, el trabajo académico terminado, el nivel del logro (calificaciones, resultados estandarizados de la prueba académica) , datos de asistencia, puntuaciones o pruebas estandarizadas de inteligencia, aptitud y psicológicas, resultados de inventario de interés, información de antecedentes familiares, calificaciones y observaciones de maestros o consejeros, y reportes verificados de patrones de comportamiento serios o recurrentes.

2. "Registros de Conducta" significará aquellos expedientes del estudiante que incluyen pruebas psicológicas, registros de salud física de estudiante excepto registros de inmunización, evaluaciones de personalidad, registros de conversaciones, cualquier declaración escrita relacionada específicamente con el comportamiento de un estudiante individual, exámenes relacionados específicamente a logro o medida de habilidad, registros policiales de alcohol y otras drogas (AOD) y cualquier otro expediente de los estudiantes que no sean registros de progreso.

a. "Registros de Policía AOD" incluyen aquellos registros obtenidos de una agencia policial relacionada con el uso, posesión o distribución de alcohol o una sustancia controlada por un estudiante matriculado en el Distrito. Dichos registros sólo se obtendrán de la agencia policial a solicitud del Superintendente. Una vez que los registros son recibidos, el estudiante nombrado en los registros y

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el padre/tutor de cualquier estudiante menor nombrado en los registros serán notificados de la información.

3. "Registros de Progreso" significarán aquellos registros que incluyen las calificaciones del estudiante, una declaración de los cursos tomados por un estudiante, los registros de asistencia del estudiante, los registros de inmunización del estudiante y los registros de las actividades extracurriculares del estudiante.

4. Los "Datos de Directorio" incluirán nombres de estudiantes, domicilio, participación en eventos atléticos aprobados y otras actividades escolares reconocidas, datos de altura y peso para miembros de equipos atléticos, fotografías de estudiantes, premios o títulos recibidos por los estudiantes y el nombre de la escuela más recientemente/anteriormente que el estudiante asistió.

5. Los "Registros de Salud Física del Estudiante" incluyen información básica de salud de un estudiante, incluyendo los registros de inmunización del estudiante, una tarjeta médica de emergencia, un registro de primeros auxilios y medicina administrada al estudiante, una tarjeta de permiso de atletismo, La capacidad del estudiante de participar en un programa de educación, los resultados de cualquier prueba de rutina de detección, como la audición, la visión o la escoliosis, y cualquier seguimiento a dicha prueba y cualquier otra información básica de salud determinada por el Superintendente Estatal de Instrucción Pública.

6. "Registros de Pacientes" incluye todos aquellos registros relacionados con la salud de un estudiante preparado por o bajo la supervisión de un proveedor de atención médica, excepto los incluidos en la definición de "registros de atención de salud física del estudiante".

B. CONFIDENCIALIDAD 1. Progreso y Registros de Conducta - Todo el progreso del estudiante y los registros de comportamiento

mantenidos por el Distrito Escolar de Beloit serán confidenciales con acceso limitado a las condiciones estipuladas a continuación:

a. Un estudiante o padre/tutor de un menor de edad se le otorgará, cuando lo solicite, inspeccionar todos

los registros del estudiante. La solicitud de inspección de dichos registros se concederá en un plazo razonable, pero en ningún caso este plazo será superior a 45 días después de la solicitud. La dicha inspección se hará en presencia de una persona cualificada para explicar e interpretar los registros del estudiante. El estudiante o el padre/tutor se le proveerá, con una previa solicitud por escrito, una copia de los registros del estudiante y un resumen escrito de la interpretación por personas calificadas.

b. El juez de cualquier tribunal de Wisconsin o de los Estados Unidos, a petición, será proporcionado por

el secretario del distrito escolar con una copia de todos los registros solicitados de un estudiante que es el sujeto de cualquier procedimiento en dicho tribunal.

c. Los expedientes de los estudiantes se pondrán a disposición a las personas que están empleadas en la

escuela, a las que el estudiante asiste y que son requeridas por el Departamento de Instrucción Pública (DPI) para poseer una licencia y otros funcionarios del distrito escolar que la Junta determine Intereses educativos legítimos. Los registros de AOD de la policía pueden estar disponibles bajo esta excepción solamente con el propósito de proveer programas de abuso de alcohol y otras drogas (AODA) para estudiantes matriculados en el Distrito y solamente para aquel personal designado involucrado en programas de AODA. Los expedientes del estudiante en una versión redactada pueden ser solicitados y / o presentados a los miembros del consejo para facilitar el deber de evaluación de las operaciones del distrito.

d. A petición escrita de un estudiante adulto o del padre/tutor de un estudiante menor, la escuela pondrá

a disposición de la persona nombrada en dichos documentos, o partes de los mismos, según lo estipulado en la solicitud. La solicitud por escrito para dispensar los expedientes de los estudiantes deberá especificar los documentos que se van a publicar, las razones de dicha divulga y a quién. Una copia de los registros será enviada a los padres/tutores del estudiante y al estudiante si lo desean los padres /tutores. Los registros de AOD de la policía no estarán disponibles bajo esta excepción a menos que el estudiante adulto o el padre de un estudiante menor lo describa específicamente en la solicitud escrita.

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e. La información personalmente identificable de los expedientes del estudiante de un estudiante adulto

será revelada al padre/tutor del estudiante adulto sin el consentimiento por escrito del estudiante adulto si el estudiante adulto es un dependiente de su padre/tutor para propósitos de impuestos (bajo el Código Federal de Ingresos Internos, 26 USC). Esto se hará a menos que el estudiante adulto haya informado a la escuela, por escrito, que la información no puede ser revelada.

f. Los expedientes del estudiante serán proporcionados a un tribunal en respuesta a una citación por

parte de interesados en una acción para la inspección en cámara, que se usará solamente para propósitos de destitución de cualquier testigo que haya testificado en la acción. El tribunal entregará dichos registros o partes de los mismos a las personas en la acción o a sus abogados si dichos registros son relevantes y materiales para la credibilidad o competencia de un testigo. La institución o agencia educativa debe notificar al padre y los estudiantes de la citación antes de cumplir con ella.

g. La Junta proporcionará al Departamento de Instrucción Pública (DPI por sus siglas en inglés) o a

cualquier otro funcionario público toda la información requerida en los Capítulos 115 a 121, que abarca todos los aspectos de la instrucción pública bajo la ley. El DPI puede asegurar los registros de estudiantes u otros registros, que son necesarios en relación con la auditoría y evaluación de programas apoyados por el estado o federal o relacionados con la aplicación de requisitos estatales o federales relacionados con dichos programas. Los datos recopilados por las autoridades educativas estatales no incluirán información (incluyendo números de seguro social) que permita la identificación personal de dichos estudiantes o sus padres / tutores después de que los datos obtenidos se ha recopilado.

h. La información de los registros de inmunización de un estudiante se pondrá a disposición a los

funcionarios de salud estatales y locales para cumplir con los requisitos de inmunización.

i. Los datos del directorio se considerarán información pública y podrán ser divulgados a las personas y medios de comunicación, a menos que un padre, tutor legal, estudiante adulto o tutor ad liten se oponga a dicha divulgación por escrito al Superintendente dentro de los catorce (14) días escolares siguientes a la publicación de Los datos del directorio en el periódico oficial del Distrito, o en el caso de los nuevos estudiantes matriculados después del comienzo de la escuela, después de haber recibido una lista de los datos del directorio por parte del funcionario de la escuela de asistencia. Los padres, tutores legales, estudiantes adultos o guardianes ad liten pueden objetar la liberación de todos los datos específicos de directorio. Ningún empleado de la escuela proporcionará nombres y direcciones de estudiantes a nadie sin el consentimiento del Superintendente.

(1) El Secretario del Distrito Escolar deberá proveer el nombre y dirección de cada estudiante que se espera graduar a la junta directiva de educación vocacional, técnica y de educación de adultos, si el distrito escolar ha dado aviso público como se especifica en (i) , y el padre/tutor, estudiante adulto o tutor ad liten no se opone a los datos del directorio.

j. El Secretario del distrito escolar del distrito de educación vocacional, técnica y de adultos en el que se ubica la escuela pública deberá proporcionar, previa solicitud, el nombre de los estudiantes que se hayan retirado de la escuela pública antes de graduarse.

k. Los registros de un estudiante serán revelados de acuerdo con una orden judicial bajo los estatutos de

delincuencia de Wisconsin después de que se haya hecho un esfuerzo razonable para notificar al padre/tutor del estudiante.

l. El o antes del 15 de agosto de cada año, el Distrito reportará a los apropiados departamentos del

condado bajo los artículos 51.42 y 51.437 los nombres de los estudiantes que residen en el Distrito, que son por lo menos 16 años de edad, que no se espera que estén inscritos en un programa educativo

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dos años a partir de la fecha del informe y que puede requerir servicios bajo las secciones 51.42 o 51.437 (salud mental comunitaria, discapacidades de desarrollo, alcoholismo y abuso de drogas).

Nada en esta sección prohíbe el uso de los registros de un estudiante en relación con la suspensión o expulsión del estudiante o el uso de tales registros por un equipo multidisciplinario. Bajo del Código 938.396 (7) de Justicia Juvenil, el tribunal notifica al distrito escolar las alegaciones y descubrimientos de crímenes de la comunidad juvenil, lo cual sería un delito mayor si fue cometido por un adulto. La escuela debe notificar a los maestros u otros miembros del personal que trabajan directamente con el menor o quien la Junta o su designado hayan determinado que tienen intereses educativos legítimos, incluidos los intereses de seguridad, de la información. El distrito también está obligado a salvaguardar la confidencialidad de la información proporcionada por el tribunal. Los directores recopilan y mantienen una lista de los nombres de los estudiantes y comparten esta información con el personal de acuerdo con la ley. Los avisos judiciales se presentan en la carpeta acumulativa del estudiante.

2. Registros de Pacientes - Todos los registros de pacientes deben ser confidenciales. Pueden ser divulgados solamente a personas específicamente designadas por la ley estatal u otras personas con el consentimiento del paciente o de una persona autorizada por el paciente. Los expedientes de los pacientes serán divulgados bajo petición sin consentimiento al empleado o agente del distrito escolar, con respecto a los expedientes del paciente mantenidos por el Distrito en el cual él/ella está empleado o es un agente, si cualquiera de los siguientes aplica: a. El empleado o agente tiene la responsabilidad de preparar o guardar los registros de atención médica

del paciente. b. El acceso a los registros de atención médica del paciente es necesario para cumplir con un Ley del

Estado. Cualquier registro que se refiera a los resultados de una prueba de la presencia de VIH o de anticuerpos contra el VIH (el virus que causa el síndrome de inmunodeficiencia adquirida SIDA) será confidencial y sólo podrá divulgarse con el consentimiento informado por escrito del sujeto de la prueba.

C. MANTENIMIENTO DE LOS REGISTROS

1. Registros de Progreso - Todos los registros de progreso como se definen anteriormente se registrarán en el registro Kardex permanente del estudiante. Este registro se archivará y se mantendrá permanentemente.

2. Registros de Conducta - No se mantendrán registros de conducta por más de un año después de la fecha en que el estudiante se graduó o asistió por última vez a una escuela dentro del Distrito, a menos que el estudiante adulto o padre/tutor de un estudiante menor especifique por escrito que los registros de conducta individuales pueden mantenerse durante un período de tiempo más largo.

a. Los estudiantes del último año (seniors) graduándose serán informados por escrito de esta disposición.

b. Los padres/tutores de todos los estudiantes con discapacidades cognitivas serán notificados por escrito de esta opción y su importancia de asegurar la seguridad social bajo la ley.

3. Los registros de pacientes y los registros de AOD de la policía se mantendrán por separado de los otros registros del estudiante. Los registros de pacientes se mantendrán indefinidamente, a menos que específicamente lo estipule la ley estatal. Los registros de AOD de la policía se mantendrán durante el mismo período de tiempo que otros registros de conducta del estudiante.

D. DERECHOS DE LOS PADRES RELACIONADO A LOS REGISTROS DE ESTUDIANTES

a. Un padre, sin considerar que el padre tenga la custodia legal del estudiante, tendrá acceso a los expedientes médicos, dentales y escolares del estudiante a menos que se le haya negado el acceso a los registros establecidos por la ley estatal (por ejemplo, se le negó tiempo de custodia física con el estudiante, ordenada por el tribunal).

b. Los padres tendrán la oportunidad de una audiencia para desafiar el contenido de los archivos escolares de su hijo, para: (a) asegurar que los registros no sean erróneos, sinuosos o de otra manera violan la

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privacidad u otros derechos de los estudiantes; (b) proporcionara una oportunidad para corregir o eliminar cualquier información inexacta, sinuosa o datos inadecuado que en si contenga.

E. LISTAS DE FIRMA REQUERIDAS Todas las personas, agencias u organizaciones que deseen acceder a los registros de un estudiante deberán firmar un formulario escrito, que se mantendrá permanentemente con el archivo del estudiante. Este formulario indicará específicamente el legítimo interés educativo o de otro tipo que cada persona, agencia u organización tenga para adquirir esta información. Sólo el padre/tutor, el estudiante y el funcionario de la escuela responsable del mantenimiento de los registros podrán ver este formulario.

F. TRANSFERENCIA DE REGISTROS

El Distrito Escolar de Beloit transferirá a otra escuela o distrito escolar todos los registros de progreso y conducta relacionados con un estudiante específico si el Distrito ha: 1. recibió una notificación por escrito del estudiante (si él / ella es un adulto) o cualquier padre/tutor (si es

menor) que el estudiante intenta inscribirse en otra escuela o distrito escolar; 2. recibió una notificación por escrito de la escuela de otro distrito que el estudiante se ha inscrito; o 3. recibió una notificación por escrito de un tribunal que la custodia legal del estudiante ha sido transferida

al Departamento de Salud y Servicios Sociales para su colocación en un centro correccional juvenil. Ninguna de las condiciones anteriores impedirá la transferencia de los registros de progreso y conducta de un estudiante de una escuela pública de Beloit a otra. Los registros de progreso y comportamiento serán transferidos dentro de los cinco días hábiles después de que el Distrito haya recibido una solicitud por escrito. Las notificaciones escritas y las solicitudes para la transferencia de registros se mantendrán durante cinco (5) años después de que un estudiante deja de estar inscrito.

G. TRANSCRIPCIONES

Las transcripciones se proporcionan gratuitamente a todos los estudiantes actualmente matriculados en el distrito escolar. Hay un cargo de $3.00 para los estudiantes que se han graduado o ya no asisten al distrito escolar. Hay un cargo de $6.50 por una solicitud para el mismo día de servicio.

H. AVISO PÚBLICO ANUAL

Los padres / tutores y estudiantes serán notificados anualmente de lo siguiente: (a) sus derechos de inspeccionar, revisar y obtener copias de los expedientes del estudiante; (b) la existencia de la política y procedimientos de registro de estudiantes y donde se pueden obtener copias; (c) las categorías de información de registros de estudiantes que han sido designadas como datos de directorio y su derecho a negar la divulgación de dicha información; y, (d) su derecho a presentar una queja ante la Oficina de Políticas de Familias y Regulaciones del Departamento de Educación de los Estados Unidos. Cuando un estudiante se transfiere al Distrito después de que se haya dado el aviso mencionado arriba, el estudiante y sus padres / tutores recibirán una copia del aviso.

REFERENCIA LEGAL.: s.s. 48.396 (2m) 115.28 (7)

118.125 118.127 146.025 146.81 - 146.83 767.24 (7) 930.396(7)

Capítulo 19, Subcapítulo IV

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Derechos Educativos de la Familia y Acta de la Privacidad REFERENCIA RELACIONADA: 347 Regla 2 Proceso de Mantenimiento de los Informes REVISADO: 13 de diciembre, 2005 28 de marzo, 2006 19 de febrero, 2008

368 Regla 1: Directrices Para El Uso Responsable de los Recurso de Tecnología/Computadoras Un usuario patrocinado por el distrito se define como cualquier individuo que haya sido concedido el permiso para usar la tecnología del distrito o la red del distrito. A. Los usuarios patrocinados por el Distrito deberán:

acceder solamente materiales apropiados para uso educativo solamente utilizar el equipo bajo supervisión de un adulto utilizar un lenguaje apropiado para un ambiente escolar (no ofensivo) exhibir un comportamiento respetuoso con los demás (no de amenaza) seguir las mismas normas de conducta que se espera en un aula adherir a las normas específicas del edificio relacionadas con la utilización de la tecnología reportar violaciones de estas reglas a un maestro o administrador obedecer las leyes de derechos del autor y acuerdos de licencia comprender que el filtrado no garantiza el bloqueo de todos los sitios inapropiados

B. Los usuarios patrocinados por el Distrito No deberán:

La transmisión de los datos destinados a ser utilizados solamente dentro de una red privada, por lo general corporativa a través de una red pública...

Destruir equipos (dispositivos) interrumpir los servicios de la red imitar (simular ser) otro usuario intentar el acceso no autorizado o anónimo incluyendo, pero no limitado, el intento de usar proxis

anónimos o transmisión por los puerto(s) conscientemente intentar acceder a cualquier sitios inapropiados o sitios pornográficos en el

dispositivo tecnológico del distrito o personal compartir su cuenta o contraseñas de software con cualquiera persona con propósito introducir un virus de computadora en la red enviar o recibir material que viole cualquier código de conducta del distrito, por escrito o implícito aprovecharse de los privilegios institucionales de sus cargos para promover a los candidatos,

partidos políticos, puntos de vista personales o para obtener ganancias financieras personales. enviar o recibir material que es inadecuado obsceno, racista, sexista, utilizar palabras obscenas, o

que contenga un lenguaje provocador o abusivo divulgar información de identificación personal de sí mismo o de cualquier individuo a través de

Internet, excepto cuando se utiliza para las aplicaciones de inscripción post-secundaria o cuando la autorización específica se ha dado por el Distrito.

CONSECUENCIAS POR EL USO INADECUADO Los usuarios que cometan cualquiera de las violaciones escritas o cualquiera no escritas, pero son consideradas inaceptable serán sujeto a uno o más de las siguientes sanciones.

1. Acceso a la tecnología propiedad del distrito u operada por el distrito será limitada o negada. 2. Notificación a las autoridades apropiadas, que pueden incluir autoridad de orden públicas y otras

agencias apropiadas. 3. Suspensión

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4. Despido y/o expulsión. 5. Restitución (pagar) por los daños de la propiedad.

DERECHOS DE LA TECNOLOGÍA Y LIMITACIONES.

1. La actividad de la red será controlada por los administrador (s) o la persona designada de los sistemas para cumplir con la política del distrito. La actividad en el Internet puede ser controlado por fuentes externas. La mayoría del material transferido a través de Internet no es seguro.

2. La información publicada electrónicamente y de acceso público estará sujeta a la aprobación previa de

conformidad con los reglamentos del distrito y/o las políticas del edificio de relaciones públicas.

3. Usuarios patrocinados por el Distrito que muestran, que permiten, o promueve el uso inapropiado de la tecnología se consideran estar bajo una violación y son sujetos a las consecuencias.

4. El Distrito Escolar de Beloit ha hecho todo lo posible para cumplir con la Ley de Protección de Niños en

la Internet (CIPA sigla ingles). El CIPA incluye el filtrado de contenido inapropiado (por ejemplo, la pornografía, contenido de lenguaje, violencia, etc.), que podría ser inadecuado para menores de edad, así como educar a los menores de edad sobre el comportamiento apropiado en la red, incluyendo la interacción/correspondencia con otras personas en sitios de redes sociales, sitios de chat y entender y responder al acoso cibernético, con el fin de proteger a los estudiantes del Distrito.

REFERENCIA RELACIONADA: Acta de Protección de Niños en el Internet (CIPA sigla ingles)

http://www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/cipa.html APROBADA: 27 de mayo 1997 REVISADO: 25 de julio 2006 27 de enero 2009 27 de enero 2015

SERIES 400 ▬ ESTUDIANTES

411.1 Hostigamiento y Acoso Sexual de Estudiantes

Es la intención del Distrito Escolar de Beloit mantener un ambiente de aprendizaje libre de cualquier forma de acoso/hostigamiento sexual, intimidación, o comportamiento hostil u ofensivo. Por lo tanto, el Distrito no tolerará ninguna forma de tal comportamiento y tomará todas las medidas necesarias y apropiadas para eliminar esto, hasta e incluyendo la disciplina o el despido de los delincuentes/ofendedores. "El acoso/hostigamiento sexual" se refiere a toda conducta verbal, no verbal o física de índole sexual que crea un ambiente escolar ofensivo, hostil, o intimidante o interfiere sustancialmente con el desempeño escolar de un alumno. Un ambiente hostil puede ser creado por un solo incidente, por la repetición de un tipo particular de comportamiento, o por una secuencia/patrón de comportamientos relacionados. Un ambiente hostil puede ser creado no sólo para el estudiante víctima, sino también para otros que son testigos de la conducta. El acosador puede ser otro alumno, maestro, entrenador, empleado de la escuela, o un visitante a la escuela. El acoso/hostigamiento puede ocurrir en cualquier lugar--en el autobús escolar, en un aula, el pasillo o en la cafetería, en los vestuarios y en excursiones de clase u otras excursiones. La ley protege a ambos alumnos, hombres y mujeres contra el acoso/hostigamiento sexual, incluido el acoso/hostigamiento a un alumno por una persona del mismo u otro sexo, y por una persona de cualquier orientación sexual. Algunos ejemplos de conducta que crean tal interferencia son los siguientes:

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Hostigamiento verbal: Esto puede incluir, pero no se limita a, hablando de la actividad sexual, comentar sobre el cuerpo de un individuo o la apariencia donde esos comentarios van más allá de la mera cortesía, diciendo "bromas sexuales" o cualquier otro comentario de mal gusto --orientado sexual, insinuaciones, gestos o acciones que puedan ofender a otros.

Presentación de gestos inapropiados o gráficos sexual o materiales ilícitos: Esto incluye, pero no está limitado a, fotografías, dibujos, películas, vídeos, páginas web, carteles, y más, sin considerar su forma.

Participar en la actividad sexual en presencia de otros: Esto incluye pero no se limita a, tocarse uno mismo u otros de una manera sexualmente sugestiva o de manera gratificante sexual.

Solicitud o demanda de favores sexuales: Esto incluye, pero no se limita a, expectativas sutiles o vociferas, las presiones o peticiones de cualquier tipo de favor sexual, que puede o no puede ir acompañada de una promesa implícita, declarada de un trato preferencial o la amenaza de consecuencias negativas.

Contacto físico no deseado: Esto incluye, pero no se limita a, tocar inapropiadamente, palmaditas, pellizcos, abrazos, intencionadamente rozar el cuerpo de otro, agarrar/tirar de la ropa de otra persona, o forzar a otro contra la pared o a una esquina a través de la posición del cuerpo o el movimiento.

La escuela o el distrito escolar debe investigar una queja/denuncia de cualquier conducta o situación que sea o pueda ser considerado acoso/hostigamiento sexual recibió indirectamente, de fuentes tales como un miembro del personal de la escuela u otro estudiante, un miembro educativo o de la comunidad local, o medio de comunicación. Un aviso anónimo de acoso/hostigamiento sexual de los estudiantes también será investigado de la mejor capacidad del distrito con la información proporcionada. No es necesario que el incidente o situación sea reportado a la escuela como "acoso/hostigamiento sexual" para que comience una investigación. Cualquier estudiante (o padre de un estudiante) que cree que él/ella ha sido sometido a un acoso/hostigamiento sexual por otro estudiante, empleado de la escuela u otra persona debe reportar el incidente, en conformidad con los procedimientos de queja/denuncia establecidos por el consejo escolar. Si un empleado de la escuela observa directamente el acoso/hostigamiento sexual de un estudiante, o tenga conocimiento de un incidente, él/ella es responsable de reportar el incidente, de acuerdo con el procedimiento establecido. La escuela se pondrá en contacto con el padre del estudiante que supuestamente fue sujeto de acoso/hostigamiento, explicar que la escuela es responsable de tomar medidas para corregir el acoso/hostigamiento, y proporcionar a los padres/estudiante con una copia de esta política y reglas de acoso/hostigamiento sexual. Sin tener en cuenta, sí o no una queja formal es presentada, la escuela prontamente investiga para determinar lo que ocurrió y luego tomar las medidas adecuadas para resolver la situación. Cualquier acoso/hostigamiento posible de un alumno, se evaluarán a la luz de todas las circunstancias. Algunos de los factores que pueden ser considerados son los siguientes:

el número de personas involucradas el comportamiento (s) alegado la frecuencia de la conducta la gravedad de la conducta disparidad en la edad o el grado diferencia en el estatus disparidad en el poder o la autoridad disparidad en el tamaño atmósfera de la escuela (especialmente en lo relativo a la condición protegida en pregunta) historia del acoso/hostigamiento de la persona o de los miembros de un grupo protegido en particular cuándo y dónde ocurrió la conducta el efecto de la conducta en el estudiante o los estudiantes

Las quejas y denuncias serán procesadas de manera objetiva y a tiempo eficaz. El distrito debe tomar medidas inmediatas y eficaces para poner fin al acoso/hostigamiento y prevenir su recurrencia. Las personas que reportan los incidentes serán protegidos contra la retaliación o las represalias, incluyendo pero no limitado a, la escalada de hostigamiento, evaluación académica insatisfactoria, amenazas, diferencias en el tratamiento académico, sarcasmo o comentarios no deseados o hasta por sus compañeros. Cualquier individuo que participa en una conducta de retaliación/represalia contra el denunciante será sujeto a acción disciplinaria. Dos empleados del distrito escolar serán designados para recibir todas las quejas/denuncias de acoso/hostigamiento del alumno. El demandante puede reportar el presunto acoso/hostigamiento a cualquier director, maestro, consejero, trabajador social u otro empleado del distrito que será responsable de remitir la

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queja al contacto del distrito para quejas de discriminación de los alumnos para revisar/investigar y las medidas necesarias. Las políticas y procedimientos, y el nombre de las personas designadas para recibir las quejas/denuncias se publicarán anualmente en un aviso legal. Además, todos los manuales de los alumnos y del personal y los sitios web deben incluir la política del distrito de acoso/hostigamiento sexual y el procedimiento de quejas/denuncia. En enero de cada año, el distrito escolar va a presentar un informe de cumplimiento de no discriminación de alumno con el Departamento de Instrucción Pública. REFERENCIA LEGAL: s.s. 118.13 PI 9,02 (9), Código Administrativo de Wisconsin PI 9.04, Código Administrativo de Wisconsin Título IX, Enmiendas de Educación de 1972 REFERENCIA RELACIONADA: 112. No Discriminación APROBADA: 25 de febrero 1994 REVISADO: 27 de junio 1995 Junio de 1998 22 de enero 2008

411.1 Regla 1: Hostigamiento/Acoso Sexual de Estudiantes–Procedimientos Administrativos A. Diseminación de la Política

1. Cada estudiante o padres/tutor del estudiante (s) recibirá una copia de la política del acoso/hostigamiento sexual de estudiantes y las normas administrativas cada año.

2. La política de acoso/hostigamiento sexual estudiantil y las normas administrativas serán revisados cada septiembre con todos los empleados.

3. Discusiones sobre el acoso/hostigamiento sexual se incluirán al nivel apropiado para la edad a través del programa de orientación del desarrollo del Distrito y la política de acoso/hostigamiento sexual y el procedimiento de la denuncia/queja también se presentara y se discutirá, a la edad adecuada, en actividades de orientación de los estudiantes.

B. Procedimiento de Queja

Es importante que estos procedimientos respeten y promuevan los derechos de todos los involucrados, incluida la protección de los intereses de privacidad personal y la protección de la reputación de todas las personas preocupadas e involucradas. A fin de garantizar procedimientos justos y para proteger estos intereses, todas las personas se les animan a mantener estos asuntos confidenciales. Todas las oficinas de investigación y revisión deben mantener estas cuestiones en la más estricta confidencialidad posible a fin de proteger la divulgación innecesaria, inadvertencia/descuido o divulga prematura de la información relacionada a cualquier cargos pendientes o investigaciones. Los estudiantes que creen haber sido víctimas de acoso/hostigamiento sexual, o los padres o tutores que creen que su hijo(a) es víctima de acoso/hostigamiento sexual, debe informar inmediatamente sus preocupaciones. Si un director, maestro, consejero, trabajador social u otro empleado del distrito recibe una queja de un comportamiento o situación que puede ser el acoso sexual, el empleado deberá mandar las quejas de discriminación del alumno al contacto del distrito para su revisión y para las tomar las medidas/acciones necesarias. Los contactos del distrito de quejas de discriminación de los alumnos son los siguientes:

Srta. Tasha Bell, Coordinadora de Excelencia de Minoría 1633 Keeler Avenue, Beloit, WI 53511 608-361-4165 Mr. Deetra Sallis, Directora Ejecutivo de recursos Humanos 1633 Keeler Avenue, Beloit, WI 53511 (608) 361-4010 Cualquier incidente o situación que fue presenciado o indirectamente informado a cualquier empleado del distrito debe actuarse de inmediato. Cada empleado del distrito es responsable de notificar al contacto del distrito de las quejas de discriminación de los alumnos de las conductas o situaciones que puedan ser consideradas como acoso sexual, incluso si el estudiante o estudiante señalado no hizo la queja.

Pg. 78

Todas las quejas serán tomadas en serio y serán investigadas de inmediato. Los siguientes procedimientos se utilizarán:

1. Las quejas pueden hacerse en forma verbal o por escrito a un empleado del distrito, y se remitirán al contacto designado del distrito de quejas de discriminación. Al denunciante se le proporcionará la política del distrito sobre acoso/hostigamiento sexual, procedimiento de queja y formulario de queja. La queja debe incluir una declaración específica de la supuesta conducta o situación, incluyendo, cuando sea posible, los detalles como la hora, fecha, lugar y circunstancias de cada supuesto incidente o situación.

2. Todas las quejas recibidas por los empleados se enviarán al contacto designado del distrito. Se tomará acción inmediata de la denuncia, incluyendo la investigación de la queja; notificando la persona que ha sido acusada del acoso; permitir una respuesta a la alegación; y si es apropiado, establecer una reunión. El contacto designado del distrito para las quejas de discriminación deberá reconocer que recibió la queja por escrito dentro de 5 días del calendario y presentar un informe de la determinación de la investigación al superintendente y el demandante, a más tardar de 20 días después de haber recibido la queja.

3. Si el demandante o el padre/tutor del demandante no está satisfecho con la conclusión, recomendación o las acciones correctivas contenidas en el informe del contacto designado para quejas de discriminación, una apelación por escrito puede ser presentada al Superintendente o su representante indicando la naturaleza del desacuerdo. La apelación debe ser presentada dentro de 30 días de calendario después de la presentación de la denuncia original. El Superintendente o persona designada deberá hacer una reunión con el demandante, para revisar los temas presentados en la apelación. El Superintendente o designado debe dar una respuesta por escrito explicando los resultados y disposición de la apelación dentro de 15 días del calendario después de la fecha que la apelación se sometió.

4. Si el demandante o el padre/tutor del demandante no está satisfecho con la decisión sobre la apelación, el demandante o el padre/tutor del demandante puede presentar una solicitud de revisión formal al Consejo de Educación. La apelación debe ser presentada dentro de 10 días del calendario después de recibir la decisión del superintendente. El consejo llevará a cabo una audiencia dentro de 30 días después de la solicitud para una revisión formal de la decisión anterior. La decisión final del consejo será entregado a los involucrados dentro de 90 días a partir de la fecha de la presentación de la queja.

5. Si el demandante o el padre/tutor del demandante no está satisfecho con la decisión del consejo, otra apelación podrá hacerse dentro 30 días al Superintendente Estatal de Instrucción Pública. La apelación debe incluir:

a. La razón para la apelación b. Los hechos que hicieron creer que la discriminación ocurrió c. El remedio o el resultado que usted está solicitando d. Incluya una copia de la decisión final del distrito escolar

Una apelación también se puede hacer si el distrito escolar no proporciona una decisión final dentro de 90 días. Las apelaciones deben ser enviada a: Departamento de Instrucción Pública

Pupil Discrimination Program P.O. Box 7841 Madison, WI 53707-7841

6. Una queja también puede ser presentada ante la Oficina de Derechos Civiles dentro de los 180 días del incidente. Una queja no tiene que ser presentada en el distrito escolar antes de presentarla a la Oficina de Derechos Civiles. Quejas por correo a: Office of Civil Rights Chicago Office, US Dept. of Education 500 West Madison St. Suite 1475

Chicago, Illinois 60661 Teléfono: (312) 730-1560

C. Disposiciones Especiales para Estudiantes Pequeños y los Estudiantes con Necesidades Especiales

Debido a las posibles dificultades con establecer las fechas, las horas y el comportamiento, los estudiantes más pequeños y los estudiantes con necesidades especiales que han sido o pueden haber sido acosado/hostigado se le proporcionarán servicios de asesoramiento adecuado para su edad y/o condición de discapacidad. El distrito investigará todas las acusaciones, independientemente de la capacidad del estudiante para decir más detalles.

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La condición de discapacidad de un estudiante se tomará en cuenta en cualquier acción disciplinaria que puede ocurrir como resultado de acoso/hostigamiento sexual.

D. Quejas/Demandas Anónimas

Las quejas anónimas no serán automáticamente rechazadas. Diferentes factores afectaran la respuesta de la escuela. Estos factores incluyen la fuente y naturaleza de la información; la gravedad del supuesto incidente; la especificación de la información; la objetividad y la credibilidad de la fuente del informe; si se puede identificar individuo (o) que fue sometidos al alegado hostigamiento; y si esos individuos quieren continuar con el asunto.

E. Confidencialidad del Estudiante

El Título IX prohíbe las represalias contra un estudiante que hace una demanda por acoso/hostigamiento sexual. La escuela tomará las medidas necesarias para tratar de evitar represalias y tomará fuertes medidas de acciones si se forma una represalia. Si un estudiante pide que su nombre no sea revelado, la escuela tomará todas las medidas razonables para investigar y responder a la queja consistente con dicha solicitud, siempre y cuando esto no excluye a la escuela responder eficazmente al hostigamiento y a la prevención del acoso/hostigamiento de otros estudiantes.

REVISADO: 22 de enero 2008 18 de mayo, 2012 REIMPRIMIDO: 08 de marzo 2002

411.2: Acoso/Hostigamiento Racial de Estudiantes El Distrito Escolar de Beloit tendrá un ambiente de aprendizaje que está libre de cualquier forma de hostigamiento racial, intimidación, o comportamiento hostil u ofensivo. Por eso, el Distrito no tolerará tales formas de comportamiento y tomará todas las medidas/acciones necesarias y adecuadas para eliminarlas, hasta e incluyendo la disciplina de los agresores/ofensores. Es esencial que el personal y los estudiantes tengan una comprensión clara de las conductas que corresponden a la definición de "acoso/hostigamiento racial". Para fines de política, "el hostigamiento/acoso racial" significa tomar parte/participar en cualquier tipo de conducta racialmente orientado que substancialmente interfiere con el rendimiento escolar de un estudiante o crea un ambiente intimidante, hostil u ofensivo en la escuela. Cualquier estudiante que cree que él/ella ha sido sometido a un hostigamiento racial por parte de otro estudiante, empleado, u otro adulto tiene que reportar el incidente, en conformidad con los procedimientos de denuncia/queja establecidos por el Superintendente. Estos procedimientos deberán incluir un medio para que el estudiante pueda apelar las decisiones ante el Superintendente y al Consejo de Educación. Además, el Superintendente desarrollara un procedimiento alternativo para los estudiantes pequeños y estudiantes con necesidades especiales. Es la intención del Distrito de crear una atmósfera donde las quejas y alegadas reclamaciones serán tratadas de manera justa y rápida. Las personas que denuncian incidentes de hostigamiento/acoso racial estarán protegidas contra las retaliación o las represalias, incluyendo pero no limitado a, la intensificación del hostigamiento, la evaluación académica injusta, las amenazas, el trato académico diferente, el sarcasmo o comentarios no deseados o hasta por sus compañeros. Cualquier individuo que participa en una conducta de represalia contra el denunciante será sujeto a acción disciplinaria. REFERENCIA LEGAL: PI 9.02 (9) Código Administrativo de Wisconsin PI 9.04, Código Administrativo de Wisconsin Título IX, Enmiendas de Educación de 1972 REFERENCIA RELACIONADA: 112 No a la Discriminación APROBADA: 22 de enero 2002

411.2 Regla 1: Acoso Racial de Estudiantes -Procedimientos Administrativos A. Diseminación de la Política

Pg. 80

1. Cada estudiante o padre(s) /tutor del estudiante recibirá una copia de la política del acoso/hostigamiento racial de estudiantes y las normas administrativas cada año. Las reglas, incluyendo el procedimiento de denuncia/queja también se darán a cualquier persona que desee presentar una queja.

2. La norma/política del acoso/hostigamiento racial de estudiantes y las normas administrativas se

revisará anualmente con los estudiantes y empleados.

3. Discusiones sobre el hostigamiento racial se incluirán en un nivel apropiado para la edad a través del programa de orientación del desarrollo del Distrito y en actividades de orientación de los estudiantes.

B. Procedimiento de Queja

Es importante que estos procedimientos respeten y promuevan los derechos de todos los partidos, incluyendo la protección de los intereses de privacidad personal y la protección de la reputación de todas las personas preocupadas e involucradas. En fin de garantizar procedimientos justos y para proteger estos intereses, todas las personas se les animan a mantener estos asuntos confidenciales. Todas las oficinas de investigaciones y revisiones deben mantener estas cuestiones en la más estricta confidencialidad posible a fin de protegerse de la divulgación innecesaria, por inadvertencia/descuido, o prematura divulga de la información relativa a los cargos pendientes o investigaciones.

Los estudiantes que creen haber sido víctimas de hostigamiento racial, o los padres/tutores que creen que su hijo/a es víctima de hostigamiento racial, debe informar inmediatamente sus preocupaciones al director, trabajador social, consejero, maestro o persona designada. Si un empleado adulto que no sea el director recibe la queja, el empleado deberá remitir las quejas al director para su revisión y para las medidas necesarias.

Todas las quejas serán tomadas en serio y estarán sujetos a una revisión intensiva y una investigación inmediata por el director o la persona designada que recibe la queja. Los procedimientos siguientes se utilizarán:

1. Si las discusiones informales no resultan en la iniciación de procedimientos disciplinarios formales, las

personas ofensoras se les puede pedir que expliquen su conducta o comportamiento a su director o su designado, a petición del demandante.

2. Las quejas pueden hacerse en forma verbal o por escrito al director o a la persona designada. La queja

debe incluir una declaración específica de la presunta conducta, incluyendo (si es posible) los detalles adicionales, tales como hora, fecha, lugar y circunstancias de cada incidente.

3. El director o la persona designada deberán hacer una determinación inicial de la queja, que deberá

incluir la investigación de la queja; notificar a la persona que ha sido acusado del hostigamiento; permitiendo una respuesta a la acusación/denuncia; organizar una reunión; y responder a la queja. Dado que el Distrito toma estas denuncias muy en serio, estas estarán sujetas a una revisión e investigación inmediata. El Coordinador de Excelencia de Minoría será llamado inmediatamente cuando una reclamación ha sido presentada. El director o la persona designada deberán presentar un informe por escrito al demandante después de la finalización de la revisión inicial.

4. Si cualquiera de las personas no está satisfecha con el informe del director o personal designada, una apelación por escrito puede ser presentado al Superintendente o persona designada indicando la naturaleza del desacuerdo. La apelación debe ser presentada dentro de 15 días de calendario después de recibir la decisión. El Superintendente o persona designada deberá hacer una reunión para todas las personas de la demanda para revisar los temas presentados en la apelación. El Superintendente o designado debe dar una respuesta por escrito explicando los resultados y disposición de la apelación dentro de 10 días después de la fecha que la apelación fue presentada, o 10 días después de la reunión, o la cual fecha es más reciente.

5. Si cualquiera de las personas no está satisfecha con la decisión de la apelación, la(s) persona(s) que no está satisfecha puede presentar una solicitud de revisión formal para el Consejo de Educación. La apelación debe ser presentada dentro de 10 días después de recibir la decisión anterior. El consejo llevará a cabo una audiencia dentro de 30 días después de la solicitud de revisión formal de la decisión anterior.

Pg. 81

6. Si una persona no está satisfecha con la decisión del Consejo, otra apelación se podrá dar dentro de 30 días al Superintendente Estatal de Instrucción Pública. Además, una apelación puede hacerse en cualquier momento a la:

Office of Civil Rights Chicago Office, US Dept. of Education 500 West Madison St. Suite 1475 Chicago, Illinois 60661 Teléfono: (312) 730-1560

C. Disposiciones Especiales para Estudiantes Pequeños y los Estudiantes con Necesidades Especiales

Debido a las posibles dificultades con establecer las fechas, las horas y el comportamiento, los estudiantes más pequeños y los estudiantes con necesidades especiales que has sido o pueden haber sido hostigado se les proporcionará servicios de asesoramiento que sea considerado adecuado para su edad y/o condición de discapacidad.

La condición de discapacidad de un estudiante se tomará en cuenta en cualquier acción disciplinaria que puede ocurrir como resultado de hostigamiento racial.

APROBADO: 22 de enero 2002 RE-IMPRESO: septiembre 2012

411.3: Acoso/Hostigamiento Estudiantil El Distrito Escolar de Beloit mantendrá un ambiente de aprendizaje que está libre de cualquier forma de acoso, por razón de sexo, raza, religión, origen nacional, ascendencia, creencia, embarazo, estado civil o paternal, orientación sexual o físico, mental, emocional o discapacidad de aprendizaje. Por eso, el Distrito no tolerará tales formas de comportamiento y tomará todas las medidas necesarias y apropiadas para eliminar, hasta e incluyendo la disciplina de los delincuentes. Es esencial que el personal y los estudiantes tengan una comprensión clara de las conductas que corresponden a la definición de "acoso". Para propósitos de la política, el "acoso" se refiere a la participación en cualquier tipo de conducta que interfieren sustancialmente con el desempeño escolar de un estudiante o produce un ambiente intimidatorio, hostil u ofensivo en la escuela.

Cualquier estudiante que crea que él o ella han sido sujetados al acoso por parte de otro estudiante, empleado u otro adulto debe reportar el incidente en conformidad con los procedimientos de demandas establecidos por el Superintendente. Estos procedimientos deberán incluir un medio para que el estudiante pueda apelar las decisiones ante el Superintendente y el Consejo de Educación. Además, el Superintendente hará un procedimiento alternativo que se desarrollará para los estudiantes con necesidades especiales y estudiantes pequeños. Es la intención del Distrito crear una atmósfera donde las quejas y quejas presuntas serán tratadas de manera justa y rápida. Las personas que denuncian incidentes de acoso serán protegidos contra las retaliación o las represalias, incluyendo pero no limitado a, la intensificación del hostigamiento, evaluación académica injusta, las amenazas, el trato académico diferente, el sarcasmo o comentarios no deseados o hasta por sus compañeros. Cualquier individuo que participa en una conducta de represalia contra el denunciante será sujeto a acción disciplinaria. REFERENCIA LEGAL: PI 9.02 (9) del Código Administrativo de Wisconsin PI 9.04, Código Administrativo de Wisconsin Título IX, Enmiendas de Educación de 1972 REFERENCIA RELACIONADA: 112 No a la Discriminación APROBADA: 22 de enero 2002 REVISADA: 9 de septiembre 2014

411.3 Regla 1 -Acoso/Hostigamiento Estudiantil – Procedimientos Administrativos A. Diseminación de la Política

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1. Cada estudiante o padre(s) /tutor del estudiante recibirá una copia de la política del acoso/hostigamiento de estudiantes y las normas administrativas cada año. Las reglas, incluyendo el procedimiento de denuncia/queja también se darán a cualquier persona que desee presentar una queja.

2. La norma/política de acoso estudiantil y las normas administrativas se revisarán anualmente con los estudiantes y empleados.

3. Discusiones sobre el hostigamiento estudiantil se incluirán en un nivel apropiado para la edad a través del programa de orientación del desarrollo del Distrito y en las actividades de orientación de los estudiantes.

B. Procedimiento de Queja

Es importante que estos procedimientos respeten y promuevan los derechos de todos los partidos, incluyendo la protección de los intereses de privacidad personal y la protección de la reputación de todas las personas interesadas e involucradas. En fin de garantizar procedimientos justos y para proteger estos intereses, todas las personas se les animan a mantener estos asuntos confidenciales. Todas las oficinas de investigaciones y revisiones deben mantener estas cuestiones en la más estricta confidencialidad posible a fin de protegerse de la divulgación innecesaria, por inadvertencia/descuido, o prematura divulga de la información relativa a los cargos pendientes o investigaciones.

Los estudiantes que creen haber sido víctimas de hostigamiento, o los padres/tutores que creen que su hijo es víctima de hostigamiento, debe informar inmediatamente sus preocupaciones al director, trabajador social, consejero, maestro o persona designada. Si un empleado adulto que no sea el director recibe la queja, el empleado deberá remitir las quejas al director para su revisión y para las medidas necesarias.

Todas las quejas serán tomadas en serio y estarán sujetos a una revisión intensiva y una investigación inmediata por el director o la persona designada que recibe la queja. Los procedimientos siguientes se utilizarán: 1. Si las discusiones informales no resultan en la iniciación de procedimientos disciplinarios formales, a

las personas ofensoras se les puede pedir que expliquen su conducta o comportamiento a su director o su designado, a petición del/la demandante.

2. Las quejas pueden presentarse en forma verbal o por escrito al director o a la persona designada. La

queja debe incluir una declaración específica de la presunta conducta, incluyendo (si es posible) los detalles adicionales, tales como hora, fecha, lugar y circunstancias de cada incidente alegado.

3. El director o la persona designada deberá hacer una determinación inicial de la queja/reclamación,

que deberá incluir la investigación de la queja; notificar a la persona que ha sido acusado del hostigamiento; permitiendo una respuesta a la acusación/denuncia; organizar una reunión; y responder a la queja. Dado que el Distrito toma estas denuncias muy en serio, estas estarán sujetas a una revisión e investigación inmediata. El Coordinador de Excelencia de Minoría será llamado inmediatamente cuando una demanda ha sido presentada. El director o la persona designada deberán presentar un informe por escrito al demandante después de la finalización de la revisión inicial.

4. Si cualquiera de las personas no está satisfecha con el informe del director o personal designada, una

apelación por escrito puede ser presentado al Superintendente o persona designada indicando la naturaleza del desacuerdo. La apelación debe ser presentada dentro de 15 días de calendario después de recibir la decisión. El Superintendente o persona designada deberá hacer una reunión con todas las personas en la demanda para revisar los temas presentados en la apelación. El Superintendente o designado debe dar una respuesta por escrito explicando los resultados y disposición de la apelación dentro de 10 días después de la fecha que la apelación fue presentada, o de 10 días después de la reunión, o cual fecha sea más reciente.

5. Si cualquiera de las personas no está satisfecha con la decisión de la apelación, la(s) persona(s) que no

está satisfecha puede presentar una solicitud de revisión formal para el Consejo de Educación. La apelación debe ser presentada dentro de 10 días después de recibir la decisión anterior. El Consejo llevará a cabo una audiencia dentro de 30 días después de la solicitud de revisión formal de la decisión anterior.

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6. Si una persona no está satisfecha con la decisión del Consejo, otra apelación se podrá dar dentro de 30 días al Superintendente Estatal de Instrucción Pública. Además, una apelación puede hacerse en cualquier momento a la:

Office of Civil Rights Chicago Office, US Dept. of Education 500 West Madison St. Suite 1475 Chicago, Illinois 60661 Telephone: (312) 730-1560 Teléfono: (312) 886-8434

C. Disposiciones Especiales para Estudiantes Pequeños y los Estudiantes con Necesidades Especiales

Debido a las posibles dificultades con establecer las fechas, las horas y el comportamiento, los estudiantes más pequeños y los estudiantes con necesidades especiales que han sido o puede haber sido hostigados se les proporcionarán servicios de asesoramiento que sean considerados adecuados para su edad y/o su condición de discapacidad.

La condición de discapacidad de un estudiante se tomará en cuenta en cualquier acción disciplinaria que puede ocurrir como resultado de hostigamiento racial.

APROBADO: 22 de enero 2002 RE-IMPRESO septiembre 2012

431 Regla 1: Procedimientos de Asistencia Escolar Para Los Estudiantes El Distrito Escolar de Beloit cree que la asistencia regular a la escuela es esencial para el éxito académico de un estudiante. El distrito escolar promueve una asociación fuerte entre el hogar, la escuela y la comunidad para asegurar la asistencia regular de todos los estudiantes. Entonces de este interés, un compromiso ha sido desarrollado para hacer todo lo posible para alcanzar este objetivo. Para propósito de informar al Estado, "Parte del Día" se define de la siguiente manera: Comenzando con el año escolar 2012-2013, en los grados Kínder a 5°, los estudiantes que están presentes por al menos una hora antes del almuerzo O al menos una hora después del almuerzo se reportarán presente por medio día. Los estudiantes presente por lo menos una hora antes del almuerzo Y presentes por lo menos una hora después del almuerzo se reportaran presentes por todo el día escolar. Comenzando con el año escolar 2012-2013, en los grados 6° a 12°, los estudiantes que están presentes por lo menos una clase serán reportados presente para medio día. Los estudiantes presentes por lo menos tres (3) clases serán reportados presente por todo el día escolar. Comenzando el año escolar 2014-2015 en los grados Kínder a 3°, los estudiantes que están presentes al menos una hora antes del almuerzo O por lo menos una hora después del almuerzo se reportaran presente por medio día. Los estudiantes presentes por lo menos una hora antes del almuerzo Y presentes por lo menos una hora después del almuerzo se reportaran presentes todo el día escolar. Comenzando el año escolar 2014-2015 en los grados 4° a 12°, los estudiantes que están presentes por lo menos una clase serán reportados presente para medio día. Los estudiantes presentan por lo menos tres (3) clases serán reportados presente todo el día escolar. A. Reportando la Ausencia

1. Una excusa de un padre/tutor se requiere para cualquier ausencia escolar del estudiante. Para las ausencias de más de tres días consecutivos o más de diez días acumulativos una reunión con el director de la escuela o su designado y la enfermera de la escuela se puede requerir para desarrollar un plan para ayudar a mejorar la asistencia del estudiante. Una consulta con el médico del estudiante, dentista, u otro profesional calificado, con conocimientos sobre la condición del estudiante, puede ser necesaria para que las ausencias sean excusada.

2. Formas Aceptables para la Notificación de una Ausencia: Es la responsabilidad de los padres / tutores de notificar a la escuela durante la mañana del día en que el estudiante está ausente. Los medios aceptables de la notificación, incluyen: Una llamada telefónica a la secretaria de la escuela o a la línea de asistencia/ausencia Mandar un correo electrónico a la secretaria de la escuela o a la secretaria de asistencia

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Notificación en persona Una nota escrita Notificación por escrito y dar la documentación de la cita con el médico, funeral de la familia, etc.

3. Los estudiantes mayores de edad y los menores emancipados serán responsable de proporcionar

excusas de ausencia y la notificación a la escuela de esas ausencias ellos mismos.

4. La ausencia inusual o frecuente por parte de un estudiante deberá ser informado al director de la escuela.

5. Un registro de asistencia de cada estudiante se mantendrá, en conformidad con los procedimientos establecidos por el distrito. Cada maestro mantendrá un registro diario y correcto de asistencia de cada estudiante, incluyendo la tardanza.

6. El superintendente, director de la escuela, o designado tiene la autoridad de considerar la excusa presentada fuera del tiempo limitado aceptable de informar la ausencia descrito arriba.

B. Tipos de Ausencias

1. Ausencias justificadas: La ausencia de un estudiante puede ser aceptada por el director/designado por razones aceptables, tales como enfermedad personal, enfermedad en la familia inmediata, o la muerte de un familiar o un pariente o por otras razones de salud legítimos.

Un estudiante será considerado ausente con excusa si ha sido encarcelado temporalmente. El padre/tutor o el trabajador de servicio del tribunal debe notificar la escuela de la razón de la ausencia y las fechas exactas de encarcelamiento tiene que ser documentado. El Director Ejecutivo de Servicios Estudiantiles o director está autorizado para aprobar una excusa legal para cualquier estudiante por las siguientes razones: a. Una muestra de que el estudiante no está temporalmente en un buen estado físico o mental para

asistir a la escuela o un programa de educación. El Distrito puede solicitar al padre/tutor del estudiante a obtener una declaración escrita de

un médico u otro profesional calificado, psicólogo con licencia, quiropráctico con licencia, optometrista, o practicante de la Ciencia Cristiana como prueba de la condición física y mental del niño. (Estatuto de WI 118.15 (3) (a)).

Dicha excusa se hará por escrito, deberá indicar el período de tiempo durante el cual es válida, y no excederá treinta (30) días. (Estatuto de WI 118.15 (3) (a)).

b. El Distrito Escolar de Beloit puede requerir una consulta con un médico u otro profesional calificado en cualquier momento que la documentación de una condición física o mental se necesita para verificar la ausencia.

c. Un estudiante puede tener no más de 10 días de ausencias sin excusas al año, excepto en circunstancias extremas. Si un padre recibe un aviso de que las ausencias futuras necesitaran consulta con un profesional calificado, y si esto no se cumple, el estudiante será considerado ausente.

d. Los estudiantes con ausencias justificadas se les permitirán hacer el trabajo de la escuela dentro de un tiempo limitado específico y recibirán crédito completo.

2. Ausencias Planeadas: Las ausencias planeadas podrán ser aprobada en situaciones tales como

actividades de la familia, grupo o individual que serían de gran beneficio para el estudiante y se justifica la ausencia de la escuela. Un estudiante puede ser excusado por un máximo de diez (10) días cada año escolar, siempre y cuando la solicitud de los padres se reciba por escrito antes de la ausencia. Los directores aprobaran o negaran la ausencia planeadas basada en el beneficio educativo y o beneficio personal para el estudiante acredita la pérdida de tiempo de instrucción y el impacto potencial sobre el progreso académico del estudiante.

En caso de emergencia, donde la solicitud de una ausencia planeada por escrito no es posible, contacto directo debe hacerse con el director o designado antes de la ausencia. En tales casos, una declaración por escrita tiene que proporcionarse después de la ausencia con fin de que se considere justificada/excusada. Los estudiantes que reciben la aprobación de una ausencia planeada se le permitirán completar todo el trabajo de la escuela para crédito completo y puede hacer arreglos para hacerlo, ya sea antes o después de la ausencia.

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3. Ausencias de Circunstancias Especiales a. Ausencia del Estudiante-Enfermedades Contagiosas:

Los estudiantes que han estado ausentes debido a las enfermedades contagiosas siguientes, deberán notificar a la enfermera de la escuela antes de regresar a la escuela.

Estas enfermedades incluyen, pero no se limitan a, la rubéola (sarampión rojo), parotiditis (paperas), varicela (chicken pox), la tos-ferina, la rubéola (sarampión alemán), y la gripe(a) pandémica (H1N1), etc.

b. Ausencia del Estudiante-Durante el Día Escolar: Ningún estudiante debe abandonar su edificio/escuela mientras la escuela está en sesión sin la

autorización de la administración del edificio. Durante los períodos de asistencia escolar, los directores deberán dejar ir a los estudiantes

únicamente con los padres, tutores o custodios legales u otras personas que han sido designados en la tarjeta de emergencia por el padre / tutor / guardián legal.

Cualquier estudiante con una reducción o modificación del horario escolar (día) llevará un pase escolar que identifique las horas y días de asistencia requerida.

c. Ausencia del Estudiante para la Educación Física- Excusas Médica de Largo Plazo: Una excusa médica a largo plazo se define como una excusa de que estará efectiva durante dos

semanas o más. Los estudiantes que tengan una razón médica para estar FUERA de la clase de educación física

durante dos semanas o más deberán obtener una declaración escrita de su proveedor de salud médica y llevarla a la enfermera de la escuela. Esta declaración debe incluir lo siguiente: ▪ El motivo de la solicitud ▪ Período de tiempo que el estudiante debe ser excusado ▪ Si la participación debe ser limitada, la declaración deberá incluir las limitaciones que el

estudiante requiere y el período de tiempo esas limitaciones son necesarias. Los estudiantes que llevan la declaración de salud médica a otro miembro del personal

deberán ser mandados a la enfermera de la escuela o el encargado quien mantendrá los registros de salud necesarios.

En el nivel secundario, la enfermera de la escuela dirigirá a los estudiantes a la clase de educación física con una copia de la declaración médica que indica el nivel de participación posible.

El maestro a nivel secundario de educación física decidirá en las actividades alternativas apropiadas sin ninguna penalización de crédito (nota) durante el período excusado, siempre y cuando el estudiante cumpla con la instrucción del maestro de educación física. En algunos casos, un cambio de programación apropiado puede ser necesario.

d. Ausencia del estudiante - Relacionado con la Escuela: Los estudiantes pueden ser excusados de las clases individuales para participar en otros

grupos, actividades y eventos patrocinados por la escuela y aprobados por el director de la escuela o su designado.

El impacto académico será una consideración principal en la programación de las oportunidades y los acontecimientos que remueven los estudiantes de la enseñanza en el aula regular.

Las interrupciones en la instrucción regulares se mantendrán al mínimo. Los estudiantes que faltan a clase, debido a la ausencia escolar aprobada, se le permitirá

completar todo el trabajo de la escuela para crédito completo.

4. Absentismo Escolar "Absentismo" significa una ausencia parcial o total de uno o más días de la escuela durante el cual el director no ha sido notificado de la causa legal de la ausencia por el padre o tutor del alumno ausente. Si el padre/tutor no notifica la escuela durante la mañana del día en que su estudiante está ausente, se presumirá que el estudiante está ausente sin justificación. Absentismo escolar podrá ser reclasificado como una ausencia justificada seguido de una comunicación adecuada con el padre/tutor. La escuela debe notificar al padre/tutor o un adulto designado de la ausencia escolar tan pronto como sea posible pero no más tardar del final de la jornada escolar después de hacer tal determinación. La notificación puede ser hecha por una visita al hogar, correo, correo electrónico o llamada telefónica de la cual se mantenga un registro por escrito. Los estudiantes que se encuentran ausente se les permitirán hacer el trabajo escolar dentro del "tiempo limitado específico" y recibir crédito completo.

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El director o designado de la escuela es el responsable de vigilar/monitorear los alumnos individuales y todos los datos de ausentismo y las repeticiones o series ausencias de los estudiantes a través del tiempo y desarrollar un plan efectivo de toda la escuela para reducir el absentismo escolar. Las repeticiones o patrones incluirán clases individuales, la hora del día y año, género, etnicidad y discapacidad. Planes de Intervención para el absentismo escolar se desarrollará de forma individual para los alumnos.

5. Ausentismo Habitual

Un estudiante es considerado un ausente habitual si él/ella está ausente por parte o día completo en cinco (5) o más días escolares sin una excusa aceptable durante un semestre escolar (Estatuto de WI 118.16 (1) (a) y (c)). Los estudiantes que se clasifican ser ausente habitual pueden recibir una citación (multa) municipal de acuerdo con las ordenes municipales locales. El director se asegurará de que el personal de la escuela ha tomado las medidas adecuadas.

Cuando un estudiante ha estado ausente durante parte o la totalidad de los cinco (5) o más días de escuela, los padres / tutores serán notificados por escrito. La notificación requerirá una reunión con el padre o tutor y el personal escolar apropiado. El nombre de la persona con la que deben reunirse, la fecha y la hora para reunirse y la ubicación del lugar donde la reunión se llevará a cabo serán incluidos en la carta. La reunión se hará dentro de los cinco (5) días después de que la notificación fue enviada, con excepción, si los padres/tutor del niño consiente que la reunión se puede extender por cinco (5) días escolares adicional. (Estatuto del Estado de WI 118.16 (2) (c)). Si la reunión entre los padres / tutores y el personal de la escuela no se lleva a cabo dentro de los diez días (10) después de que la notificación fue enviada por medio del sistema de correo regular, una carta certificada se mandara a los padres para reunirse con el Equipo Judicial Interno. El Equipo Judicial Interno estará compuesto por el siguiente personal: el respectivo administrador escolar o designado, un representante a nivel de distrito, un trabajador social, el oficial de absentismo escolar, un representante de la comunidad (por ejemplo, Acción Comunitaria, etc.) y un oficial de recursos escolares. El Equipo Judicial Interno se reunirá con los padres dos veces al mes en el edificio de oficinas del distrito. El Equipo Judicial Interno puede reunirse con los padres de manera continua para atender sus necesidades en relación con el absentismo. Una referencia de los procesos judiciales de los estudiantes con ausentismo habitual se puede comenzar sin la realización de una reunión del Equipo Judicial Interno.

6. Tardanza

a. Llegar Tarde a la Escuela: El director o designado decidirá si el motivo de llegar tarde es válido. Si la razón se considera que no es válida, se tomará acción preventiva apropiada de acuerdo con el Código de Conducta Estudiantil. El estudiante y los padres/tutores comparten la responsabilidad de evitar tardanzas del estudiante. Un estudiante no puede tener no más de dos (2) tardanzas por semestre en el año escolar sin la aprobación del director.

b. Llegar Tarde a Clase: El maestro o miembro del personal autorizado determinará la validez de la

razón de la tardanza a la clase. Si la razón se considera que no es válida, el maestro admitirá al estudiante a la clase y tomara medidas para evitar la tardanza en el futuro, (es decir, conferencia con el estudiante, la detención después o durante la escuela, llamada telefónica al padre/tutor, etc.) Si estas técnicas no resuelven el problema, el estudiante puede mandarse a la oficina con una forma de referencia escrita, y el director/designado tomará medidas apropiadas en conformidad con el Código de Conducta Estudiantil.

c. El director o designado de la escuela es el responsable de vigilar/monitorear las tardanzas del

alumno individual y todos los datos de tardanzas y las repeticiones o patrones de tardanzas a través del tiempo y desarrollar un plan efectivo de toda la escuela para reducir la tardanza a la escuela y a la clases. Las repeticiones o patrones incluirán, el tiempo del año, género, etnicidad y discapacidad. Planes de Intervención para tardanzas excesivas se desarrollará de forma individual para los alumnos.

d. Ausentismo Escolar- Tardanza: Cinco (5) tardanzas sin excusas será un equivalente a "parte del día"

como se aclara en la Sección 5 ausente habitual de esta política.

7. Suspensión del Estudiante Un estudiante suspendido no se le puede negar la oportunidad de tomar cualquier examen trimestral, semestral, o exámenes del período de calificación o para completar el trabajo del curso/clase que perdió durante el período de suspensión.

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Para los estudiantes que reciben una suspensión en la escuela, el trabajo en clase será asignado por los maestros del estudiante para que sea completado durante la suspensión en la escuela. Se dará crédito completo por el trabajo completado. Los estudiantes que no completan las tareas asignadas pueden que su tiempo de suspensión en la escuela sea aumentado o cambiado a una suspensión fuera de la escuela.

Después de tener una suspensión fuera-de-la-escuela, un estudiante tendrá la responsabilidad, dentro del tiempo limitado específico, para ponerse en contacto con el maestro y hacer los arreglos necesarios para desarrollar un plan aprobado por el maestro para completar las tareas y recibir crédito completo, en cualquier trabajo perdido (no hecho), actividades de aprendizaje, o cualquier pruebas o exámenes.

8. Expulsión del estudiante

Un estudiante que ha sido expulsado y que no ha sido inscrito en un programa alternativo de educación del distrito para los estudiantes expulsados, no se les dará la oportunidad de tomar ningún examen trimestrales, semestrales, o del período de exámenes o para completar el trabajo del curso/clase que perdió durante el período de expulsión. Un estudiante que ha sido expulsado del distrito escolar sigue estando obligado a asistir a la escuela como lo exigen las leyes de asistencia obligatoria del Estado. Las opciones alternativas que están disponibles para el estudiante, fuera de esos proporcionados por el distrito escolar incluyen, inscribirse en una escuela privada, en una escuela de correspondencia, una escuela técnica, o el programa educativo privado basado en el hogar. La inscripción en estas opciones alternativas son la responsabilidad legal y financiera de los padres. Un estudiante, que ha sido expulsado, puede ser elegible para solicitar un programa de educación alternativa para estudiantes expulsados del distrito basado en su orden de expulsión. Los estudiantes aceptados a un programa alternativo del distrito tienen la oportunidad de obtener créditos y avanzar académicamente durante su período de expulsión. Los estudiantes que participan en programas alternativos para estudiantes expulsados del distrito tienen que seguir el código de conducta del distrito y tienen que hacer un progreso académico adecuado para seguir siendo elegible para esta oportunidad.

9. Estudiantes de Dieciocho Años de Edad

Cuando un estudiante llega a la edad de dieciocho (18), los derechos concedidos a los padres se transfirieren de los padres al estudiante. Los estudiantes ya no están obligados por ley a asistir a la escuela y puede salirse de la escuela al final del año escolar, trimestre o semestre, durante el cual el estudiante cumple los 18 años de edad. Sin embargo, todos los estudiantes que opten por continuar en la escuela deben seguir todas las reglamentos/políticas de asistencia escolar. Toda la comunicación verbal y escrita sobre violaciones de las normas de asistencia seguirá incluyendo a los padres al menos que el estudiante adulto específicamente solicite por escrito al Director, que ellos sean excluidos.

C. Prevención e Intervención de Absentismo Escolar

El proceso de la educación requiere instrucción continua, participación en la clase, y estudiar. Las ausencias frecuentes de las clases interrumpen el proceso educacional. El éxito escolar depende de una buena asistencia escolar. La asistencia escolar es la responsabilidad de un padre o tutor legal. Por lo tanto, el distrito hará todo esfuerzo posible para animar la asistencia regular a todos los estudiantes y ayudar a los padres en su responsabilidad de tener a sus hijos en la escuela.

1. Prevención e Intervención Programas de Prevención e Intervención se han establecido para fomentar la buena asistencia y hacer todo el esfuerzo posible para aumentar la asistencia escolar antes que los procedimientos legales se hagan necesarios. La escuela debe hacer y documentar los esfuerzos hechos para resolver los problemas de asistencia del estudiante y deberá incluir, según corresponda: Consejo/orientación para menor de edad por parte de los miembros del personal de Servicios al

Estudiante. Estos miembros incluyen Trabajador Social de la Escuela, Consejeros Escolares, enfermera o psicólogo de la escuela.

Crear plan de asistencia escolar, logros y /o plan de incentivos para ayudar a aumentar la asistencia escolar del estudiante.

Hacer ajustes necesarios al plan de estudios y horario de clases para satisfacer la necesidad especial del estudiante.

Trabajar bien cerca con el estudiante y los padres en la decisión y el proceso de revisión. Vigilar muy cerca la asistencia escolar del estudiante. Diariamente verificar con un adulto significativo.

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Proporcionar a los padres del estudiante, cuando los padres soliciten, una lista de recursos disponibles para ayudar a los padres en resolver los problemas de ausencia del estudiante.

Otras intervenciones basadas en estudios como sea apropiado.

2. Programa Solicitado por los Padres o Modificaciones del Currículo (plan de estudios) a. Cualquier padre/tutor del estudiante o el estudiante con el permiso del padre/tutor puede solicitar

modificaciones del programa o currículo. Las modificaciones del programa o currículo pueden incluir lo siguiente (Estado de WI Estatuto 118.15 (1) (d)): Modificaciones con el programa académico actual del estudiante; Un programa para un ocupación especifica o programa de estudio con trabajo La inscripción en cualquier escuela pública alternativa o programa ubicado en el distrito; La inscripción en una escuela privada no-sectaria o programa ubicado en el distrito que cumpla

con los requisitos federales de no-discriminación; Educación en el hogar, incluyendo cursos por correspondencia que no son sectarios u otros

cursos de estudio aprobados por el Consejo Escolar o enseñanza que no es sectaria proporcionado por la escuela donde el estudiante está inscrito;

La inscripción en cualquier programa de educación pública fuera del distrito. La inscripción en una escuela subvencionada con el Distrito Escolar de Beloit.

b. Las solicitudes de modificaciones del programa o currículo debe iniciarse al nivel de la escuela. Las

decisiones sobre dichas solicitudes estarán sujetas a revisión por parte del superintendente o designado, en cuanto hay una petición por escrito del padre/tutor.

c. A petición de los padres/tutor del estudiante, cualquier decisión tomada en respuesta a una

solicitud de las modificaciones del programa o currículo será revisado por la El Consejo. El Consejo dará su decisión por escrito, si así, lo solicita el padre / tutor.

3. Intervenciones para Niños en Riesgo: 16 Años de Edad o Mayores

a. Un estudiante que tiene 16 años de edad o más y un Niño En Riesgo pueden asistir a una escuela técnica, en lugar de la escuela secundaria o de medio tiempo bajo las siguientes condiciones (Estado de WI Estatuto 118.15 (1) (b) (c)): El estudiante ha solicitado permiso para hacerlo al Consejo y cuenta con la aprobación por

escrito de su padre/madre o tutor, y El estudiante y su padre/madre o tutor están en acuerdo, por escrito, que el estudiante

participará en un programa conducente a la graduación del estudiante de la secundaria.

b. Si se determina que un estudiante asista a una escuela técnica, el Consejo y el Consejo Escolar que gobierna la escuela técnica entrarán en un contrato para tal asistencia a conformidad con los requisitos de la ley estatal.

4. Intervenciones para Estudiantes: 17 Años de Edad o Mayores a. Un estudiante que ha llegado a la edad de 17 años puede ser excusado de asistir a la escuela bajo

las siguientes condiciones: El estudiante ha solicitado permiso para ser excusado y cuenta con la aprobación por escrito de

sus padres o tutores; y El estudiante, su padre/madre o tutor están en acuerdo, por escrito, que el estudiante

participará en un programa o currículo modificado que conduce a la graduación del estudiante de la escuela secundaria. Las modificaciones del programa o currículo incluyen esos que se enumeran en la sección C-1 arriba.

b. Los acuerdos escritos mencionados en 3 (a) y (b) arriba serán vigilados por el Consejo regularmente y no menos frecuente de una vez por semestre. En el evento que el Consejo determina que el estudiante no está cumpliendo con el acuerdo, el Consejo notificará al estudiante y su padre/madre/tutor que el acuerdo puede ser modificado o suspendido en 30 días (Estatuto de WI 118.15 (1) (cm)). Si el acuerdo se suspende, el estudiante se espera que asistan a la escuela en forma regular, en conformidad con la ley estatal, la política del Consejo y los procedimientos establecidos.

REFERENCIA LEGAL: WI s.s. 118.15 Asistencia Obligatoria a la Escuela 118.16 Obligación de Asistencia a la Escuela 118.162 Comité y Plan del Absentismo

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APROBADA: 22 de septiembre 1998 REVISADO: 24 de junio 2003 16 de diciembre 2003 27 de julio 2010 28 de mayo 2013 06 de enero 2016 REIMPRESIÓN: 03 de octubre 2003

443.1: Vestimenta Escolar El Consejo de Educación, en un esfuerzo por mejorar la salud y seguridad de los estudiantes y el personal, mejorar el ambiente de aprendizaje, elevar los niveles de la escuela, y promover alta autoestima de los estudiantes, aprueba la siguiente política de vestimenta de la escuela:

1. La ropa usada en la escuela no va a ser una distracción o interrumpe el ambiente de aprendizaje. 2. Los estilos del cabello y el vestuario no presentarán un riesgo para la salud o seguridad, o interrumpe

el ambiente escolar. 3. Prendas de vestir y/o joyas que causan demasiados problemas de mantenimiento o causar daños a

alguien o daña una propiedad (por ejemplo, tacos en las botas, zapatos rallan/rasca los pisos y / o marca el piso, las cadenas de más de seis (6) pulgadas de largo o pantalones con remaches de metal que rompen/rallan los muebles o joyas con los bordes afilados que puedan rasguñar / rasgar o lesionar a un estudiante) no se pueden usar.

4. El vestido debe ser adecuado al representar la escuela ante el público a fin de no disminuir el grupo o la ocasión.

5. Puede haber ocasiones o programas en las escuelas que requieren una vestimenta menos casual, de mayor protección, más restrictiva, o vestimenta menos restrictivos que se describe en esta política. Algunos ejemplos son: conciertos u otras actuaciones, fuera de los programas educativos de la comunidad escolar, excursiones, ropa de gimnasia, ropa de mecánicos/laboratorio, uniformes para las clases de formación vocacional. El estudiante será informado de las excepciones y las expectativas de los maestros o administradores de las escuelas cuando sea apropiado.

Una violación de esta política será dirigida por el director de la escuela o su designado. Consecuencias por las violaciones será consistente y justa, y esta delineada en el código de conducta estudiantil. Una copia de esta política se le dará a cada uno de los padres en el momento de la inscripción. REFERENCIA LEGAL: s.s. 120.13 (1) (a) 120.44 REFERENCIA RELACIONADA: 443/447 Conducta y Disciplina de Estudiante Código de Conducta Estudiantil APROBADA: 29 de abril 1980 REVISADO: 23 de septiembre 2003 27 de enero 2004 26 de junio 2007 RE-APROBADO: 26 de febrero 2013

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443.1 Regla 1: Código de Vestir para las Escuelas Primarias A. En un esfuerzo para mejorar la salud y la seguridad de los estudiantes, y promover un ambiente libre de

distracciones e interrupciones:

1. Para promover la actividad física y la seguridad, "sandalias sin cintas que se ajustan alrededor del talón" calzado de este estilo no se deben usar. Todos los calzados deben cubrir el talón o cintas/correas que se ajustan alrededor del talón o el tobillo y se deben usar en todo momento. Zapatos de tacón alto, pantuflas o zapatos con patines no son permitidos.

2. Las gorra/cachuchas/sombreros, chaquetas, abrigos y prendas de vestir fuera de edificios no deben usarse en el aula.

3. Los pantalones se llevan en la cintura y no de una manera caídos en las caderas o la parte más baja de la cadera. Los pantalones no deben estar rotos. Las patas de los pantalones no se extienden por debajo del talón del zapato. Overoles sólo se puede usar con tirantes sobre los hombros.

4. Faldas, vestidos/trajes y pantalones cortos deben estar más allá de la longitud (brazo) de la punta de los dedos cuando está de pie y la mitad del muslo al estar sentado.

5. Camisetas sin mangas, blusa sin mangas/escotadas, blusas sin tirantes/ajustada no están permitidos. Las camisas o suéteres/blusas que no cubren el hombro no se les permite. "Tirantes (delgados) de espagueti" no están permitidos. Todas las camisetas sin mangas, suéteres y blusas deben tener las mangas estándar y tienen que cubrir el torso entero.

6. Las costillas, ombligo, el abdomen, la espalda, el escote y cualquier ropa que normalmente se usan como ropa interior, no pueden estar expuestos.

7. La ropa interior o prendas de vestir por lo general se usan como pijama o estar en casa no se pueden usar sobre o en lugar de la ropa exterior.

8. Publicidad o grafías de las drogas, el alcohol, tabaco u otras drogas no se les permitirá en la ropa, joyas, sombreros/gorras, bolsas o mochilas.

9. Para promover un ambiente de aprendizaje seguro, sin amenazas, la ropa no puede mostrar los escritos, lemas, dibujos o símbolos que son sexualmente sugestivos, representan obscenidades, vulgaridades, el racismo o afiliación a una pandilla.

B. En un esfuerzo por desalentar la actividad de las pandillas en nuestras escuelas, lo siguiente no se le

permitirá: 1. Sombreros, gorras, chaquetas, cintas/banda, camisetas u otro artículo de vestir que han llegado a ser

identificado de una pandilla. 2. Tatuajes visibles o cualquier otro material impreso en el cuerpo con intensión de ser permanente o se

quitan fácilmente y están asociados con las pandillas. 3. Medallones u otras joyas que identifican a miembros de pandillas o afiliación a una pandilla o que han

llegado a representar a una pandilla. 4. Cualquier forma de vestir, joyería o artefactos que son indicativos de la participación en pandillas.

(Los estudiantes no se les permiten enviar señales de pandillas o que implica afiliación a una pandilla en la manera en que usan su ropa.)

APROBADA: 26 de junio 2007

443.1 Regla 2: Código de Vestir Para Las Escuelas Intermedias y Secundaria A. En el esfuerzo por mejorar la seguridad escolar, promover un ambiente libre de distracciones e

interrupciones y preparar a los estudiantes para el mundo del trabajo, familia y desarrollo personal:

1. Los calzados que son seguros y apropiados para la escuela se debe usar en todo momento. Pantuflas de casa no se deben usar.

2. Las gorra/cachuchas/sombreros, chaquetas, abrigos y prendas de vestir afuera de edificios no deben usarse en el aula.

3. Los pantalones se llevan en la cintura y no de una manera caídos en las caderas o parte más baja. Las patas de los pantalones que no se extienden por debajo del tacón del zapato. Overoles sólo se puede usar con tirantes sobre los hombros. Cualquier vestuario, que revela la ropa interior, el estómago, o partes del cuerpo inapropiado, no es permitido.

4. Faldas, vestidos/trajes y pantalones cortos deben estar más allá de la longitud (brazo) de la punta de los dedos cuando está de pie y la mitad del muslo al estar sentado.

5. Camisetas sin mangas, blusa sin mangas/escotadas, blusas sin tirantes/corpiño tubular, no están permitidos. Las camisas o suéteres/blusas que no cubren el hombro no se les permite. "Tirantes

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(delgados) de espagueti" no están permitidos. Todas las camisetas sin mangas, suéteres y blusas deben tener las mangas estándar y tienen que cubrir el torso completo.

6. Las costillas, ombligo, el abdomen, la espalda, el escote y cualquier ropa que normalmente se usan como ropa interior, no pueden estar expuestos.

7. La ropa interior o prendas de vestir por lo general que se usan como pijama o estar en casa no se pueden usar sobre o en lugar de la ropa exterior.

8. Publicidad o grafías de drogas, el alcohol, tabaco u otras drogas no se les permitirá en la ropa, joyas, sombreros/gorras, bolsas o mochilas.

9. Para promover un ambiente de aprendizaje seguro, sin amenazas, la ropa no puede mostrar los escritos, lemas, dibujos o símbolos que son sexualmente sugestivos, representan obscenidades, vulgaridades, el racismo o afiliación a una pandilla.

B. En el esfuerzo para desanimar la actividad de las pandillas en nuestras escuelas, los siguientes no se

permitirán:

1. Sombreros, cachuchas/gorras, chaquetas, cintas/banda, camisetas u otro artículo de vestir que han llegado a ser identificado con de una pandilla.

2. Tatuajes visibles o cualquier otro material impreso en el cuerpo con intensión de ser permanente o se

quitan fácilmente y están asociados con las pandillas.

3. Medallones u otras joyas que identifican a miembros de pandillas o afiliación a una pandilla o que han llegado a representar a una pandilla.

4. Cualquier forma de vestir, joyería o artefactos que son indicativos de la participación en pandillas. (Los

estudiantes no se les permiten enviar señales de pandillas o que implica afiliación a una pandilla en la manera en que usan su ropa.)

APROBADA: 26 de junio 2007 REVISADA: 26 de octubre 2010 11 de noviembre 2014

443.2: Conducta de Los Estudiantes en Los Autobuses Escolares Es una misión asociada del distrito y el proveedor de transporte contratado, ofrecer un transporte seguro hacia y desde las escuelas. Para facilitar este proceso, el Superintendente deberá establecer reglas escritas que rigen la conducta de todas las personas transportadas por vehículos contratados por la Junta de Educación. Las copias de las reglas serán incorporadas en el Código de Conducta Estudiantil y el manual para padres para ayudar a los padres a entender las reglas de conducta en el autobús y las medidas disciplinarias adoptadas para reforzar la seguridad de nuestros estudiantes. La transportación de pasajeros durante el horario regular de los autobuses escolares está autorizado sólo para los alumnos elegibles por edad escolar, los vigilantes de la compañía de autobuses, y el personal aprobado por el distrito escolar. Violaciones de las reglas establecidas para los pasajeros del autobús puede resultar en la suspensión o la expulsión de los privilegios de transporte. Violaciones de las reglas de autobús por usuarios también puede corresponder con la jurisdicción de otras áreas del Código de Conducta Estudiantil y será asociado como corresponde. La ley estatal requiere a un estudiante asistir a la escuela. Si se le revocan los privilegios del autobús, será la responsabilidad del padre o tutor a transportar al estudiante a la escuela. REFERENCIA LEGAL: s.s. 120.13 (1) 120.44 REF RELACIONADA: 443.2 REGLA 1 Reglas pasajero de autobús 443.2 REGLA 2 Procedimientos Disciplinarios de autobús 447.3 Suspensiones/Expulsiones de Estudiantes APROBADO: 29 de abril 1980 REVISADO: junio1998 27 de mayo 2014

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28 de abril 2015 REIMPRIMIDO: 24 de octubre 2011

443.2 Regla1: Reglas Para Pasajero del Autobús Escolar Reglas de Conducta

1. Antes de subir el bus: a. Los estudiantes deberán estar 10 minutos antes de su hora programada en las paradas de autobús

designadas de la escuela. El autobús no espera a los estudiantes. b. Los estudiantes deberán permanecer fuera de la carretera en todo momento, mientras espera el

autobús. Ellos se comportarán de una manera segura, mientras espera el autobús. c. Los estudiantes deben esperar hasta que el autobús se detenga por completo antes de intentar

entrar en el autobús. Ellos se alinearán en una forma ordenada en una sola fila. d. Los estudiantes no deberán moverse hacia el autobús en la zona de carga de la escuela hasta que

los autobuses se han parado completamente. e. Los estudiantes deben usar el pasa mano y ver sus paso cuando suben el autobús f. Los estudiantes deben tomar su asiento inmediatamente al entrar el bus y abrocharse su cinturón

de seguridad. g. Los estudiantes debe tomar solo el bus asignado a ellos.

2. Mientras están en el bus:

a. El conductor del autobús estará totalmente encargado del autobús y se tiene que obedecer con prontitud.

b. Los estudiantes tienen que viajar en las rutas de autobuses asignados y se le darán asientos asignados a discreción del conductor del autobús. El conductor no podrá permitir o exigir a cualquier pasajero que se siente en cualquier lugar excepto en los asientos autorizados que cumplen las especificaciones requeridas.

c. Los estudiantes deben adecuadamente y seguramente usar el cinturón de seguridad cuando el bus está en movimiento.

d. Ningún estudiante debe permanecer de pie mientras el autobús está en movimiento, excepto cuando él / ella va a la puerta o en el asiento justo antes de parar o inmediatamente después de subir.

e. Cada estudiante deberá mantener su cabeza y los brazos dentro del autobús. f. Los estudiantes no deben tirar artículos dentro o fuera del autobús. g. Los estudiantes solo deben usar en lenguaje, conversación, y conducta que es aceptable y que se

usa en un aula bien comportada. h. Cualquier persona causando daños a los equipos de autobús será responsable por el costo de tales

daños. i. Los estudiantes deberán cumplir con todas las políticas/reglas del Consejo relacionados con el

consumo de alcohol, drogas y tabaco mientras viaja en los autobuses escolares. j. Los estudiantes en ningún momento no deben comer ni beber en el autobús. k. Los estudiantes deberán permanecer en el autobús en caso de una emergencia en la carretera, a

menos que el conductor los dirija. l. Los estudiantes deben salir del autobús por la puerta principal/frontal. Salir por las puertas de

emergencia en situaciones que no sean de emergencia es estrictamente prohibido. m. Los conductores de autobuses deberán devolver a todos los estudiantes a sus lugares de parada

designada. n. Si un autobús escolar se le permite No dejar salir un estudiante en el lugar de bajada regular

durante una emergencia, el conductor del autobús deberá devolver el estudiante a su respectiva escuela donde el director se encargará de ponerse en contacto con el padre / tutor. Si el director no está disponible, el conductor del autobús deberá entregar el estudiante a su superior en la compañía de autobuses.

o. Los estudiantes no deben traer mascotas en el autobús en ningún momento, se considerarán los perros de servicio.

p. Los estudiantes deben guardar libros, paquetes, abrigos y otros artículos fuera de los pasillos. q. Los estudiantes deben mantenerse en silencio al acercarse a una parada de cruce de ferrocarril. r. Sólo los pasajeros regulares pueden viajar en el autobús a menos que los individuos tengan

permiso administrativo.

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s. Los estudiantes deberán ser corteses con el conductor y con los pasajeros compañeros. t. Los estudiantes no deben intimidar, molestar, amenazar, acosar o herir a otros. u. Se prohíbe a los estudiantes hablar alto, reírse, gritar, cantar, silbar, lanzar objetos, estar de pie o

cambiar de asiento. Peligro grave de seguridad puede resultar del ruido y el comportamiento que distrae al conductor.

v. Los estudiantes deberán mantener el autobús limpio. w. Los conductores de autobús deberán notificar al Departamento de Policía de Beloit para ayudar a

remover un estudiante del autobús en casos extremos de mala conducta. x. Los estudiantes pueden usar dispositivos electrónicos en el autobús siempre que estén a nivel cero

de volumen, sigan las pautas de obligación digital y protegen su dispositivo. y. Los estudiantes deberán tratar el equipo de autobús y otras posesiones con respeto. Las

posesiones pueden ser removidas y devueltas al padre y / o a la escuela si es necesario para mantener la seguridad del autobús. El distrito y / o el proveedor de transporte no serán responsables de los artículos que se rompen y / o robados en el autobús.

3. Después de bajar del autobús:

a. Después de bajar del autobús, los estudiantes deben cruzar la calle cuando sea necesario, pero sólo después de cerciorarse de que no hay tráfico y después de recibir la señal del conductor. Deberán cruzar la calle por lo menos 10 pies en frente del autobús.

b. Los estudiantes más grandes (mayores) deben ayudar con la seguridad y la comodidad de los estudiantes más pequeños.

c. Los estudiantes deberán estar atentos a las señales de peligro del conductor del autobús. d. Los niños de Kínder o menores de edad tienen que ser recibos por una persona responsable

cuando ellos bajan del autobús. Si no hay una persona responsable para recibir al niño, el proveedor de transporte intentará ponerse en contacto con el padre o tutor. Si no tiene éxito, el proveedor de transporte lo transportará a la escuela o al centro de administración del distrito. Se le pedirá al padre que recoja al niño en esa ubicación. Si un padre recibe tres (3) avisos de ausencias de persona responsable en un año, el servicio de autobús para ese niño puede ser cancelado.

e. Los estudiantes nunca deben caminar detrás en la parte trasera del autobús.

4. Viajes extracurriculares y excursiones: a. Las reglas escritas arriba se aplicarán a cualquier viaje que está bajo el patrocinio de la escuela. b. Los estudiantes en viajes extracurriculares también deben respetar los deseos de los

acompañantes designados por las autoridades escolares para acompañar a los pasajeros de autobús.

c. Se espera que los estudiantes que van a los viajes escolares regresen en el mismo autobús, excepto que el permiso para salir del grupo puede ser concedido por la persona a cargo, si se obtiene el consentimiento por escrito de los padres preferiblemente antes del viaje.

5. Cualquiera violaciones de las reglas anteriores se reportaran al padre (s)/tutor del infractor, la oficina de transportación, y al director de la escuela que el estudiante asiste.

REFERENCIA RELACIONADA: 443.2 REGLA 2 Procedimientos Disciplinarios de Autobús 443.4 Uso del Alcohol y/u otras sustancias controladas del Estudiante 447.3 Suspensiones/Expulsiones de Estudiante 831 El Uso del Tabaco en los Locales Escolares REVISADO: 27 de mayo 2014

443.2 Regla 2: Procedimientos de Disciplina de Autobuses Escolares Los siguientes procedimientos se aplican a todos los estudiantes, ambos públicos como privados, que viajan en los autobuses escolares. Debido a que el comportamiento de un estudiante en el autobús escolar afecta directamente su seguridad y la de otros, las siguientes regulaciones se aplican en todo momento cuando los estudiantes van en el autobús escolar, incluyendo excursiones. Estos se diseñan para proporcionar un sistema justo y responsable en el manejo eficaz del comportamiento inaceptable del pasajero del autobús y la violación de las reglas de pasajeros del autobús. Los objetivos primarios incluyen la corrección de comportamientos inaceptables en el autobús, proporcionando los mejores intereses de todas las personas y otorgando a un individuo y sus padres el debido proceso si fuera necesario suspender temporalmente o negar más permanentemente los servicios de transporte. Se espera que todo el personal administrativo de la escuela y

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personal de transporte de autobuses sea justo y consistente en la administración de estos procedimientos establecidos. 1. Fase inicial de la disciplina para situaciones no-críticas deberá ser entre el conductor del autobús y el

pasajero y puede incluir el mandato de un asiento asignado. 2. El conductor es responsable por la disciplina en el autobús. Si el conductor no tiene éxito con el pasajero,

el conductor deberá llenar un reporte de mala conducta. Este informe se entregará al Director de Transporte y / o Supervisor de Seguridad el mismo día y a la oficina de la escuela dentro de las veinticuatro (24) horas de la infracción. Si las acciones resultan en que el estudiante o los estudiantes necesitan ser removidos del autobús escolar inmediatamente, el Departamento de Policía de Beloit será llamado para ayudar a remover al estudiante del autobús. El estudiante será entregado a su padre o tutor legal por el Departamento de Policía de Beloit.

3. Después de la referencia de un reporte de mala conducta, la acción disciplinaria del pasajero del autobús

estará en acuerdo con el Código de Conducta del estudiante y será tratada en conformidad.

4. Montar en el autobús es un privilegio y no un derecho. Las infracciones a las reglas establecidas para los pasajeros de autobuses pueden resultar en la suspensión o expulsión de los privilegios de transporte. Los estudiantes que están suspendidos o expulsados de los privilegios de viajar en autobús deben asistir a la escuela como lo requiere la ley estatal. Los padres/tutores son responsables de asegurar que su hijo asista a la escuela y haga el acomodo necesario para el transporte.

REFERENCIA RELACIONADA.: 443/447 Código De Conducta Y Disciplina Del Estudiante 443.2 Reglas Del Conductor Del Autobús REVISADO: 27 de mayo de 2014 REPRODUCIDO: 25 de junio de 1999 24 de octubre de 2011

443.72: En Contra La Intimidación (Bullying) La intimidación se define como un acto consciente, deliberado o actos deliberados, o intentos de actos, mediante el uso de palabras, imágenes, gestos u otras acciones físicas, incluyendo actos transmitidos electrónicamente, que están destinados a causar miedo, intimidación, lesiones físicas, angustia emocional o daño a la propiedad. La intimidación puede ser comportamiento repetido e implica un desequilibrio de poder. La intimidación es una forma de victimización y no es necesariamente el resultado de, o parte de, un conflicto en curso. El comportamiento puede estar motivado por una característica distintiva real o percibida, tal como, pero no limitado a: edad; origen nacional; raza; etnicidad; religión; género; identidad de género; orientación sexual; atributos físicos; capacidad física o mental o discapacidad; y el estado social, económico o de familia. La conducta de intimidación puede ser: 1. Físico (por ejemplo, asalto, golpes o puñetazos, patadas, robo, comportamiento amenazador, intimidación

física) 2. Verbal (por ejemplo, lenguaje amenazante o intimidante, burlas, insultos o poner sobrenombres,

comentarios sexuales o racistas) 3. Indirecto (por ejemplo, propagación de rumores crueles, intimidación a través de gestos, exclusión social y

el envío de mensajes insultantes, inapropiados o amenazantes o imágenes por teléfono móvil (celular) o por Internet - también conocido como intimidación cibernética)

Prohibición El comportamiento de intimidación está prohibido en todos los edificios, entornos de propiedad y ambientes educativos del Distrito Escolar de Beloit, incluyendo cualquier propiedad o vehículo propiedad, arrendado o usado por el distrito escolar. Esto incluye el transporte público que usan regularmente los estudiantes para ir y regresar de la escuela. Los entornos educativos incluyen, pero no se limitan a, todas las actividades bajo la supervisión de la escuela.

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Procedimiento de Notificación / Represalia Todos los miembros del personal de la escuela y los oficiales de la escuela que observan o se dan cuenta de actos de intimidación están obligados a reportar estos actos a su personal de servicios estudiantiles, director de la escuela, Director Ejecutivo de Servicios para Alumnos o Director Ejecutivo de Personal. Se anima a cualquier otra persona, incluyendo a un estudiante que sea una víctima de la intimidación o que esté consciente de la intimidación o cualquier otra persona involucrada, a reportar la conducta al personal de servicios estudiantiles, director de la escuela, Director Ejecutivo de Servicios para Alumnos o Director Ejecutivo del Personal. Informes de intimidación pueden hacerse verbalmente o por escrito y se pueden hacer confidencialmente. Todos estos informes, ya sean verbales o por escrito, serán tomados en serio y se deberá documentar claramente el incidente. El destinatario del informe hará un registro escrito del informe, incluyendo todos los detalles pertinentes. El funcionario de la escuela que recibe un informe de intimidación debe notificar inmediatamente al empleado del distrito escolar asignado para investigar el reporte. Los siguientes empleados del distrito escolar pueden servir como el investigador: personal de servicios estudiantiles, administración del edificio, Equipo Ejecutivo y el Superintendente. No habrá represalias contra las personas que hagan tales informes. Las personas que participan en conductas de represalia estarán sujetas a medidas disciplinarias. Procedimiento para Investigar los informes de Intimidación La persona asignada por el distrito para llevar a cabo una investigación del informe de intimidación deberá entrevistar, dentro de un día escolar, a la (s) persona (s) víctima (s) de la intimidación y recopilar cualquier otra información necesaria para determinar los hechos y seriedad del informe. Los padres y / o tutores de cada alumno involucrado en la intimidación serán notificados antes de la conclusión de la investigación. El distrito mantendrá la confidencialidad del reporte y cualquier registro del alumno relacionado en la medida requerida por la ley. Sanciones y apoyos Si se determina que los estudiantes participaron en comportamientos de intimidación o tomaron represalias en contra de cualquiera debido a la notificación de comportamiento de intimidación, la administración del distrito escolar y la junta escolar pueden tomar medidas disciplinarias según lo delineado en la política 443/447 del Consejo de Conducta y Disciplina del Estudiante. Tales ofensas por empleados estarán sujetas a acción disciplinaria según lo delineado en el Manual del Empleado. El personal de los servicios de alumnos proporcionará apoyo a las víctimas identificadas. Divulgación y Presentación de Informes Públicos La política será distribuida anualmente a todos los estudiantes matriculados en el distrito escolar, sus padres y/ o tutores y empleados. También se distribuirá a las organizaciones de la comunidad que tengan acuerdos de cooperación con las escuelas. El distrito escolar también proporcionará una copia de la norma a cualquier persona que lo solicite. Se mantendrán registros sobre el número y tipo de informes realizados y las sanciones impuestas por incidentes que se encuentren en violación de la política de intimidación. Se preparará un informe de resumen anual y se presentará a la junta escolar, que incluye las tendencias en el comportamiento de intimidación y recomendaciones sobre cómo reducir, aún más, el comportamiento de intimidación. El informe anual estará a disposición del público. REFERENCIA LEGAL: s.s. 118.13 s.s. 118.46 REFERENCIA RELACIONADA: 411.1 REGLA 1 Procedimientos administrativos del acoso sexual del estudiante 411.2 REGLA 1 Procedimientos administrativos del acoso racial estudiantil 411.3 REGLA 1 Procedimientos Administrativos de Acoso Estudiantil 443/447 Código de Conducta y Disciplina del Estudiante 522.2 Mala Conducta del Empleado 522.6 Acoso sexual 522.6 REGLA 1 Procedimientos de Queja por Discriminación 872 Quejas y preocupaciones

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872 REGLA 1 Procedimientos para la Investigación de Quejas Públicas contra Personal Escolar Manual del Empleado del Distrito Escolar de Beloit

APROBADA: 22 de junio 2010 REVISADA: 27 de mayo 2014

445: Entrevistas a los Estudiantes Los estudiantes no serán entrevistados individuales por cualquier persona, sin la aprobación del director, excepto un empleado del Consejo de Educación. Ninguna entrevista se otorgará a menos que se considere esencial para el bienestar del estudiante o es requerido por la ley. Todo esfuerzo se hará para disminuir las interrupciones durante el día escolar. Por lo tanto, cuando sea posible, excepto en los casos en que la escuela o el distrito ha solicitado la intervención policial, las entrevistas deben realizarse fuera del horario escolar para reducir las intrusiones en el proceso educativo. Entrevistas con los estudiantes se llevará a cabo de conformidad con los procedimientos establecidos. REFERENCIA LEGAL: s.s. 48.981 118.257 946.40 946.41 REF RELACIONADA: 445 REGLA 1 Procedimientos de Entrevistas de los Estudiantes 454 Abuso Infantil / Negligencia de Reportar 882.1 Relaciones con las Autoridades del Orden Público APROBADA: 03 de febrero 1976 REVISADO: 22 de febrero 1994 17 de diciembre 2002

446: Inspecciones de Estudiantes Los directores y los miembros del personal designados tienen la autoridad para hacer razonables inspecciones de los estudiantes, los vehículos y la propiedad del estudiante, incluyendo armarios de la escuela, en el caso de que el director o un miembro del personal tiene motivos razonables para sospechar que el estudiante ha violado una ley o regla de la escuela. Los artículos ilegales descubiertos en cualquier inspección de este tipo serán entregados a las autoridades policiacas. El Distrito Escolar de Beloit reconoce que un estudiante puede tener el contrabando o evidencia de una violación de la política de la escuela o el derecho civil en su abrigo/chamarra o ropa exterior, mochila, bolso o de otra índole. Por lo tanto, en interés de la seguridad escolar, inspección consentida voluntaria de chamarra/chaqueta, vestimenta, mochilas, carteras u otros tipos de bolsos puede ocurrir de una manera justa e imparcial con la frecuencia que el Superintendente o su designado escoja. Los estudiantes serán informados de su derecho a negar el consentimiento a un registro voluntario. Ningún empleado de la escuela u oficial deberá hacer una inspección al desnudo de cualquier estudiante. Esta política será publicada anualmente en el manual de estudiantes y padres del Distrito. REFERENCIA LEGAL: s.s. 118,32 Constitución de Wisconsin, Artículo I, Sección 11 Constitución de Estados Unidos, Cuarta Enmienda Manual de Recurso Legal para Escuelas Seguras, Revisado agosto de 2002, Departamento de Justicia de Wisconsin REF. RELACIONADA: 445 REGLA 1 Procedimientos para interrogatorios/entrevistas de Estudiantes

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APROBADA: 29 de abril 1980 REVISADO: juniode 1998 Julio, 2003 28 de julio 2009 REIMPRIMIDO: 07 de junio 2002

446.1: Inspección del Armario Escolar (Locker) Un armario escolar (locker) es proporcionado al estudiante por la escuela para la conveniencia del estudiante para que sea utilizado única y exclusivamente para el almacenamiento de prendas de vestir exteriores, calzado y los materiales relacionados con la escuela. Ningún estudiante podrá utilizar el armario para cualquier otro propósito. El armario de la escuela asignado a un estudiante es la propiedad del Distrito Escolar de Beloit. En ningún momento el Distrito Escolar de Beloit renunciará a su control exclusivo de esos armarios. Un armario puede ser inspeccionado según se determine necesario o apropiado, sin previo aviso, sin el consentimiento del estudiante, y sin una orden de allanamiento. La inspección puede ser realizada por el administrador del distrito, un director de la escuela, un subdirector, un empleado de la escuela específicamente designado por el administrador del distrito o director de la escuela, un oficial de enlace entre la policía y la escuela, o un policía o funcionario de otra agencia, a petición de o en conjunto con las autoridades escolares. Cualquier artículo no autorizado encontrado en el armario se puede quitar/remover. Los artículos obtenidos del armario escolar pueden ser retenidos por la escuela para regresarlos al padre (s) / tutor del estudiante (sin responsabilidad de la escuela por su custodia) a menos que la autoridad de inspección sospecha de que la posesión o el almacenamiento del artículo no autorizado encontrado en el armario implica una violación de la ley, en cuyo caso, el material sospechoso del armario será retenido para las audiencias disciplinarias o entregado a los oficiales del orden de la ley. El estudiante y su padre / madre / tutor legal debe ser notificado por la autoridad de inspección de los artículos extraídos del armario y de su retención para las audiencias disciplinarias o entrega del mismo a los oficiales de orden de leyes en los casos de contenidos para despojar, y del derecho de los padres / tutores s para obtener estos artículos extraídos/removidos del armario escolar. El Distrito Escolar de Beloit permite al superintendente o la persona designada para permitir equipos de detección de drogas a usar perros para búsquedas periódicas de drogas, al azar, en las escuelas. REFERENCIA RELACIONADA: 446 Inspecciones de estudiantes APROBADA: 20 de julio 1993 REVISADA: 22 de julio 1997 DC, 14 de julio 1998 DC 28 de agosto 1998 24 de noviembre 1998; REIMPRIMIDA: 25 de junio 1999

453.32: Control y Tratamiento de Los Piojos y Liendres (Huevos) En Las Escuelas Si Se Sospecha:

1. Si se sospecha de tener piojos en la cabeza, el estudiante deberá ser removido del aula de clases lo más discretamente posible para continuar la inspección.

2. Un estudiante puede ser sospechado de tener piojos en la cabeza si el siguiente se indica: a. El estudiante se queja de que el "cuero cabelludo le pica" o se observa rascándose la cabeza. b. El estudiante tiene liendres y / o piojos vivos. c. El estudiante tiene heridas abiertas o lesiones en el cuero cabelludo.

3. El estudiante puede ser inspeccionado en privado por la enfermera de la escuela, u otro personal instruido del edificio designados por el director.

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Si El Alumno Se Determina Que Tiene Piojos Vivos: 1. El padre/tutor o la persona designada como contacto de emergencia será notificado. El estudiante se

le permitirá regresar al aula para el resto del día.

2. Aunque no existe una razón médica para remover a un niño de la escuela debido a los piojos, los padres del estudiante o tutor pueden elegir llevarse al estudiante a la casa antes del final del día escolar.

3. El estudiante será readmitido cuando la escuela reciba la documentación del tratamiento para los

piojos. Esto puede incluir, pero no se limita a, una nota del padre que conste el tratamiento utilizado, o una botella de tratamiento del producto, tapa de la caja, la etiqueta del producto, una factura/recibo de compra, etc. Al regresar a la escuela, los estudiantes serán inspeccionados de nuevo por la enfermera de la escuela o un designado por el director. Si se detecta piojos vivos y/ o no hay prueba del tratamiento, el padre/tutor se le notificará y el

estudiante se le despedirá/sacará de la escuela. El estudiante no podrá regresar a la escuela hasta que no se le encuentre piojos vivos o comprobantes de que se le dio un tratamiento para piojos.

4. Un estudiante no puede perder más de un día de clases después de la detección de piojos. Las leyes de

ausentismo escolar se aplicarán a los estudiantes que faltan cantidades excesivas de la escuela debido a las infestaciones de piojos en la cabeza.

5. Una conferencia de padres puede ser apropiado cuando un estudiante, con frecuencia está ausente

debido a las infestaciones de piojos en la cabeza.

Confidencialidad: Toda la información se mantendrá confidencial.

Reportando/Informando Los Piojos En La Cabeza:

Los padres o tutores deben informar a la escuela de los casos de infestación de piojos de la cabeza que descubren en su hogar. La enfermera de la escuela, el director o designado del director determinara qué intervenciones son apropiadas en el ámbito escolar.

Limitando Los Brotes:

1. La escuela se reserva el derecho de inspeccionar otros contactos conocidos del hogar y contactos personales cercanos que asisten a la escuela en un esfuerzo por detener los brotes en otras clases. Sin embargo, rara vez la inspección de toda una clase o de todos los estudiantes es necesario ni es eficaz.

2. La enfermera de la escuela hará un seguimiento de las condiciones ambientales y será responsable de

hacer recomendaciones para disminuir la transmisión de los piojos de la cabeza. Educación:

1. Los padres o tutores de los niños escolares recibirán información imprimida sobre los piojos de la cabeza en septiembre. Una escuela individual puede optar por distribuir información adicional bajo la dirección del consejero médico y la enfermera de la escuela del Distrito Escolar de Beloit.

2. Información de piojos en la cabeza deberá estar disponible, a solicitud, de la enfermera de la escuela o

de la Oficina de Salud Escolar del Distrito Escolar de Beloit.

3. Mientras que ninguna escuela puede ser totalmente libre de riesgo de las enfermedades transmisibles, se considera que los esfuerzos dirigidos a informar y la prevención resultaran en un menor número de infestación y será efectivo en el costo y el tiempo.

REFERENCIA LEGAL: 118.125 118.16 121.02 (1) (i) REFERENCIA RELACIONADA: 347 REGLA 1 Directrices para el mantenimiento y confidencialidad de los Registros de los Estudiantes 431 REGLA 1 Reglamento de Asistencia de Estudiantes Distrito Escolar de Beloit- Manual de Servicios de Salud

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APROBADA: 28 de noviembre 2006 REVISADA: 18 de diciembre 2012

470: Cuotas, Multas y Recargos Para Estudiantes El Distrito Escolar de Beloit provee un programa de educación integral para los estudiantes en el Distrito. Ciertas actividades, cursos y servicios pueden requerir fondos adicionales, por lo tanto, el Consejo puede cargar costos en concordancia. Un índice de costos de matriculación se mantendrá e incluyeran la cantidad de pago (si existe) que se debe colectar por los materiales generales de instrucción, comidas escolares, transporte, costos adicionales para las clases especiales o programas especiales, la participación deportiva/atlética y las actividades adicionales o actividades co-curriculares. Las cuotas de los estudiantes no podrá exceder el costo actual del Distrito. Un cargo/costo debe ser respaldado por la evidencia de que cada estudiante recibe un valor igual o superior al cargo/costo. Las cuotas del año actual en el índice de costos de matriculación de estudiantes para los materiales general de instrucción y para la participación en las actividades pueden ser eximidas por el director de la escuela basado en las circunstancias individuales que implican la habilidad de pagar. Una exención automática de las cuotas del año en curso se otorga a estudiantes que son elegible para comidas gratis (100% exención) o reducción de las comidas (50% de exención) bajo las directrices federales, si un formulario de exención completado debidamente está en el registro/archivo. Los directores de las escuelas se esperan a proteger a los contribuyentes del Distrito, haciendo un esfuerzo razonable para colectar todas las cuotas y recargos que se deben al Distrito. El costo de los materiales proporcionados por las escuelas para proyectos hechos en las clases como el arte, tecnología industrial educativa, la familia y la educación del consumidor, etc., serán pagados por el alumno en aquellos casos en que el proyecto se convierte en propiedad del alumno. Un estudiante que pierde, deteriore o destruya cualquier libro, equipos u otra propiedad del Distrito estará obligado a pagar el costo total de remplazar la pérdida o el daño de tal propiedad. REFERENCIA LEGAL: s.s. 118.03 (1) (a) 120.13 (10) 121.41 REF RELACIONADA: 470 RULE 1 Guías sobre los Cuotas/Multas/Recargos para Estudiantes APROVADA: 18 de diciembre 1980 REVISADA: 22 de febrero 1994 25 de marzo 2003 28 de febrero 2012 REIMPRIMIDA: 01 de octubre 2009

470 Regla: 1 Directrices Para Las Cuotas/ Multas/Recargos de Estudiantes A. CUOTAS/MULTAS/RECARGOS PARA ESTUDIANTES 1. Cuotas de los Estudiantes

a. Una lista de cuotas de los estudiantes está en vigor para los estudiantes en los grados Educción Temprana (EC siglas en inglés) al 12 grado. El índice es el siguiente:

Para los estudiantes que asisten medio tiempo/día $10.00 incluye tarjeta de identificación EC-a 3ro $25.00 incluye tarjeta de identificación de estudiante Grados 4° - 8° $35.00 incluye tarjeta de identificación de estudiante Grados 9° - 12° $38.00 incluye tarjeta de identificación de estudiante

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b. Las cuotas se prorratean (asignan) para el estudiante que se traslade al Distrito Escolar de Beloit, y se inscribe en una escuela después de la apertura del año escolar de la siguiente manera: Primer Trimestre – (100%) Pago/cargo Completo Tercer Trimestre – 50% de pago/cargo Segundo Trimestre - 75% Pago/cargo Cuarto Trimestre - 25% pago/cargo

c. De la siguiente manera, se paga un re-embolso de la cuota de matriculación al estudiante que se retira

del Distrito Escolar de Beloit y no se inscribe en otra escuela de Beloit antes del cierre del año escolar: Primer Trimestre - 75% de re-embolso Tercer Trimestre - No hay devolución Segundo Trimestre - 50% de re-embolso Cuarto trimestre - No hay devolución

2. Cuotas de Reventa

En ciertos cursos como el arte, la educación técnica profesional y la economía familiar y de consumo, los estudiantes pueden ser obligados a pagar los derechos de reventa. Los honorarios de la reventa son un cargo hecho a un estudiante para recuperar el costo de un artículo necesario que proporcionamos para la educación del estudiante que facilita las experiencias de aprendizaje del estudiante si él elige comprarlo. Esta cuota cubre artículos tales como proyectos de construcción, comestibles utilizados y/o consumidos durante los laboratorios de alimentos, etc. Los pagos de cuotas de los estudiantes no especificados deben ser aplicados a las cuotas estudiantiles antes de ser aplicados a las cuentas de cuota de reventa. El distrito proveerá Equipo de Protección Personal (PPE sus siglas en inglés) como requerido para la seguridad del estudiante. Los lentes/gafas de seguridad son un ejemplo de PPE. Los pagos no especificados de estudiantes deben ser aplicados a las cuotas estudiantiles antes de ser aplicadas a las cuentas de cuotas de reventa

3. Educación Física

En el programa de educación física secundaria (grados 4-12), los estudiantes deben tener sus propios uniformes y calzados. Ciertas actividades como los bolos y esquí requieren de una cuota para dichas actividades. Cerraduras o candados para armarios de los estudiantes debe ser comprado en la escuela para la seguridad de los artículos personales de los estudiantes. El costo del candado/cerradura es $5.00.

4. Música

En el programa de música instrumental, los alumnos tendrán que alquilar o comprar un instrumento. Los estudiantes no son obligados a comprar un instrumento que se considera caro y "especial". Los estudiantes que utilizan instrumentos musicales del distrito se calcularán un cargo de renta de $50.00 por año escolar. Los estudiantes que demuestren dificultades financieras pueden, solicitar una exención de la cuota/costo al director de la escuela.

Los estudiantes que rentan más de un instrumento no se van a cobrar por más de un instrumento de renta por año. Los estudiantes y padres/tutores son responsables por la reparación/pérdidas que son más allá del desgaste o uso normal. Las cuotas/costos a los estudiantes no pueden exceder de los costos relacionados durante el año de asesoramiento del costo.

5. Estacionamiento para Estudiante (Memorial High School)

Una cuota de $100.00 por año (descontado a $50.00 en el segundo semestre) se carga a los estudiantes de la Secundaria (Memorial High School) para obtener una calcomanía/etiquetas de estacionamiento que les permite estacionarse en el estacionamiento del Memorial High School. Las etiquetas de estacionamiento no son transferibles, y no tienen validez y no proceden re-embolso si el estudiante se retira o se gradúa durante el año escolar.

6. Transcripciones

Las transcripciones se proporcionan de forma gratuita a todos los estudiantes actualmente matriculados en el distrito escolar. Hay un cargo de $5.00 para los estudiantes que se han graduado o han dejado de asistir al distrito escolar.

7. Re-emplazo de la Tarjeta de Identidad (Gafete) y del Cordón Respectivo

Los estudiantes reciben una Tarjeta de Identidad y la cuerda de seguridad respectiva al inicio del año escolar. Una cuota de ($5.00) para el re-emplazo de las tarjetas pérdidas o dañadas se puede imponer.

8. Equipos de Tecnología o Cuotas de suministros

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Equipo de tecnología o suministros son propiedad de propiedad de la escuela. Si el dispositivo/equipo o suministros del distrito son dañados, perdidos o robados, se le cobrará una cuota. El cargo será razonable, buscando solamente compensar al distrito por el gasto o la pérdida incurridos. Esta cuota será puesta en la cuenta de administración de honorarios del estudiante y la colección será antes del final del año escolar que el aparato/equipo o suministros de tecnología fueron reparados o reemplazados

9. Cuotas Co-curriculares y Extra Curriculares a. Actividades co-curriculares son aquellas actividades fuera del horario regular escolar que se

requieren y calificación como una parte del curso/clase. Los ejemplos incluyen DECA y la banda de música. ▪ No hay cuota/costo para la participación

b. Las actividades extra curriculares son aquellas actividades fuera del horario regular escolar que son de enriquecimiento y apoyan la experiencia educativa. Los ejemplos incluyen la banda de jazz, el club latino, y los gerentes de equipo deportivos. Si no se ofrecen fondos del Distrito para la actividad, cuota de participación en la actividad no serán colectados del participante. Cuotas a los estudiantes no podrán exceder los costos reales del distrito. El cargo/costo debe estar respaldado por la evidencia de que cada estudiante recibe un valor igual o superior al valor del cargo/costo. ▪ Cada actividad en la escuela intermedia $20.00 ▪ Cada actividad secundaria $ 25.00 ▪ Hay un límite de dos cargo de actividad por estudiante por año. ▪ Hay un límite de seis cargos de actividad de la escuela intermedia por familia al año. ▪ Hay un límite de seis cargos de actividad de la escuela secundaria por familia al año.

c. Las actividades deportivas/atléticas son los programas deportivos llevados a cabo fuera del horario escolar. ▪ Cada deporte / equipo es $42.00 ▪ Hay un límite de dos cargos/costos deportivos por alumno por año. ▪ Hay un límite de seis cargos deportivos de escuela intermedia por familia por año. ▪ Hay un límite de seis cargos deportivo/atletismo de escuelas secundarias por familia por año.

Todos los alumnos que no devuelvan, pierdan o dañen los uniformes y/o equipo, se les cobrará por el remplazo de estos. Esta cuota será puesta en la cuenta de administración de cuotas/cargos del estudiante. Los estudiantes no podrán participar en otro deporte hasta que este costo se haya pagado.

10. Otros Cargos/Costos

a. En los programas deportivos/atléticos y de intramuros, los estudiantes están obligados a proporcionar el equipo/uniforme de deporte que puede ser utilizado en actividades extracurriculares. Algunos ejemplos son: los clubes de golf y zapatos, raquetas de tenis, guantes de béisbol y zapatos, patines de hielo, baloncesto y fútbol, trajes de baño de práctica, etc.

b. Los estudiantes pueden ser requeridos a pagar el precio de admisión de entradas para las

excursiones especiales y el transporte.

c. Los estudiantes se le cobrará los costos actuales de los libros que pierden o dañan y el dinero será depositado en el Fondo General.

d. Otros costos pueden ser creados por los estudiantes para la compra opcional de los anuarios,

periódicos estudiantiles y pases de actividad.

e. Los estudiantes que reciben clases de Educación de Alcohol y Otras Drogas están obligados a pagar una cuota del curso antes del empezar la primera clase.

f. Cualquier curso que se aplica para la graduación, aunque no se requiere para la graduación se

debe proporcionar sin cargo alguno. Sin embargo, la escuela puede determinar una cuota/costo por los materiales de los cursos específicos, tales como los libros (que no exceda el

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costo actual), pero no pueden cobrar por el tiempo de instrucción, tales como sueldos de los maestros, aparatos, los costos del edificio o del mantenimiento.

B. COLLECCION/COBROS DE CUOTAS Las siguientes reglas se aplican en la colección de cuotas de los estudiantes:

1. El procedimiento para cobrar/colectar las cuotas de instrucción dentro de cada escuela será la responsabilidad del director de la escuela. Se espera que los directores de las escuelas notifiquen al personal, los estudiantes y sus padres o tutores al inicio de cada año escolar de la colecta de matrícula y la política de exención y del procedimiento. Además, la información sobre la colecta de matrícula/costo y la política de exención y del procedimiento está incluido en la información de inscripción proveído a los nuevos estudiantes y sus padres o tutores y en la información sobre la disponibilidad de comidas gratis o precio reducido para estudiantes. Cualquier notificación escrita o formulario de registro relacionado al índice de costos de matrícula del estudiante tiene que incluir una oportunidad para reclamar una exención de pago bajo esta política.

2. Los padres o tutores pueden pagar las cuotas para todos los estudiantes en una escuela determinada

mediante el envío de un cheque. Se recomienda que los nombres de los estudiantes y sus maestros estén escritos en el cheque para facilitar el mantenimiento de registros de pago al nivel de la escuela. Colecciones de cargos se aplicará de manera retrocedida (los cargos más viejos primero y se aplicará a las cuotas estudiantiles y multas o sobrecargos (No para cargos de reventa), antes de ser aplicado a las cuotas de actividad).

3. Donaciones para las becas de cuotas para estudiantes se puede dar y son apreciadas. 4. Los cheques deben hacerse a nombre del Distrito Escolar de Beloit. 5. Recibos/comprobantes tienen que darse por la colección/pago de cuotas. Las escuelas deben utilizar

la función del programa de generar recibos/comprobante con los estudiantes. 6. Las cuotas colectadas/recogidas cada día serán depositadas en el banco o asegurado en una caja

fuerte. Ningún dinero permanecerá en las escuelas durante las horas de la tarde/noche. 7. Cuotas de los estudiantes no podrá superar el costo verdadero del Distrito. 8. Los estudiantes no se les negará la participación en programas educativos por la falta de pago de las

cuotas. Horarios, boletines de calificaciones o títulos no pueden ser retenidos por falta de pago de las cuotas. De acuerdo con la sección 118.125 de los estatutos y los Derechos Educativos de la Familia y la Acta de Privacidad federal, los expedientes de los estudiantes debe ser puesto a disposición a un estudiante adulto o el padre / tutor de un estudiante menor de edad, a solicitud.

9. Un estudiante no puede participar en la actividad para la cual el pago de las cuotas es necesario, hasta

el momento en que el pago se ha hecho. Una carta será enviada por el director a todos los padres o tutores que no hayan pagado las cuotas de sus estudiantes en 30 días después de incurrir esos cargos. Una segunda carta será enviada por el director en 60 días después de incurrir esos cargos a los padres o tutores que no han respondido a la factura anterior. Una carta final de demanda se enviará a los padres/tutores para informar de la cantidad adeudada.

10. Las cuotas de los estudiantes para el año escolar se vencen/deben el 30 de septiembre. El director de

la escuela deberá recordar a los padres o tutores el cuarto lunes de septiembre, ya sea por teléfono o carta, que las cuotas pendientes se deben de pagar para el 30 de septiembre. Los directores deben continuar enviando recordatorios, según sea necesario. Es la expectativa del Consejo de Educación de que los esfuerzos razonables se harán para colectar/cobrar cualquier y todas las cuotas.

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11. Una exención automática de las cuotas pueden ser concedidas a los estudiantes, para las cuotas del año

vigente escrito en el índice de cuotas de estudiantes, que son elegibles basados en el estado económico a través de la recolección de un formulario de ingreso de familiar bajo las pautas federales si el formulario de exención de cuotas es firmado por los padres / tutores. Un estudiante que ha pagado estos cuotas y más tarde se determina que es elegible para una exención de cuota basada en la situación económica a través de la recolección de un formulario de ingresos del hogar se le puede dar un crédito de reembolso de la cantidad total pagada que debería haber sido exenta y se aplicará a cargos futuros. Para las cuotas del año en curso, el director puede aprobar un reembolso completo de la cuota pagada que debió ser exenta.

12. Cuotas de atletismo del año vigente deben ser exenta o pagada en total antes de que un estudiante se le dé un uniforme o permitir jugar/participar en el deporte. El director puede conceder una exención de las cuotas del año vigente en el índice de cuotas académicas para los estudiantes que, a juicio del director, no pueden pagar la cuota y que no han aplicado para o han sido aprobado para la exención de cuotas, basado en el estado económico a través de la recolección de un formulario de ingreso de la familia. Los ejemplos de exención incluyen la posibilidad de no poder pagar debido a una situación de estar sin hogar o la pérdida del empleo o un divorcio reciente.

a. Cuotas de Años Anteriores - Las cuotas de estudiantes no pagadas se acumulan de un año al otro. Se seguirán haciendo intentos para colectar/cobrar las cuotas durante el plazo de la carrera de primaria del estudiante. Las cuotas pendientes/morosas de pago se acumulan y seguirán al estudiante hasta la escuela secundaria. Una vez que las cuotas morosas alcancen llegar a los $1,000 por familia, el Distrito se reserva la opción de solicitar el pago a través de la corte con reclamos menores o a través de una agencia de cobros. A solicitud de los padres/tutores, la escuela podrá establecer un plan de pago de las cuotas de año anterior.

Los estudiante del último año (senior) en la secundaria que son identificados como McKinney-Vento o son un joven no acompañado se le concederá la exención de las cuotas morosas/acumuladas basado en el estado económico a través de la recolección de un formulario de ingreso de la familia bajo las reglas federales si el formulario de exención de cuotas es firmado por el padre/tutor o joven no acompañado.

REFERENCIA LEGAL: s.s.118.01 118.125 120.10 (15) 120.12 (11) 120.13 (5) 120.44 APROBADA: 23 de marzo 1982 REVISADO: 25 de julio 2006 25 de agosto 2009 28 de febrero 2017

491: Estudiantes De Padres Divorciados, Legalmente Separados o Padres No Casados El Distrito Escolar de Beloit anima la participación de los padres e involucrarse en la educación de sus hijos. En el Distrito Escolar de Beloit, cualquier padre/madre de un estudiante afectado por el divorcio o separación legal puede recibir correspondencias de la escuela, informes de progreso, boletas de calificaciones, ver los archivos del estudiante, visitar la escuela del estudiante y asistir a las conferencia de padres/maestros de sus hijos, bajo las condiciones de esta política. A menos que un padre/madre se le ha negado la colocación física

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con su hijo/hija, los padres pueden tener acceso a dicha información. Por lo general, conferencia de un padre/maestro se llevará a cabo para cada estudiante.

Cuando el divorcio o la separación legal afecta a un niño, es importante para el distrito escolar que tenga la información adecuada para tomar decisiones apropiadas con respecto al programa escolar del estudiante y la participación de los padres en la escuela. El Distrito Escolar de Beloit mantendrá una estricta neutralidad entre los padres que están involucrados en una acción que afecta a la familia, a menos que se indique lo contrario por una orden judicial, un plan de crianza de los hijos, u otra documentación legal. Es la responsabilidad de los padres del estudiante de proveer al distrito escolar con las necesarias ordenes de judicial, el plan de crianza de los hijos, u otra documentación legal que enumera que un padre/madre se le ha negado períodos de colocación física de un niño o de otra manera restringe la participación con su hijo/hija. El Distrito no permitirá que un padre remueva su hijo/a de la escuela si la escuela se le ha dado una documentación legal o cualquier otra orden judicial que dice que ese padre se le ha negado los períodos de colocación física con su hijo que restringe dicha acción del padre. Una copia de esta política y su exhibición se presentará a la familia de cada estudiante matriculado en la escuela sujeto al control del distrito antes del comienzo de cada año escolar. REFERENCIA LEGAL: s.s. 118.125 (2) 767.24 (4) REF RELACIONADA: 347 REGLA 1 Directrices para el Mantenimiento y Control de los Registros de los Estudiantes APROBADA: 26 de enero 1982 REVISADO: 22 de febrero 1994 28 de noviembre 2000

FORMA DE AFIRMACIÓN/RECONOCIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

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DISTRITO ESCOLAR DE BELOIT CÓDIGO DE CONDUCTA Y

FORMA DE CONOCIMIENTO DE LAS POLÍTICAS 2017-2018 Todos los empleados, estudiantes, y familias del Distrito Escolar de Beloit son requeridos a leer y seguir el Código de Conducta de Estudiantes y Política de Disciplina. El Código de Conducta de Estudiantes y Política de Disciplina se puede ver en: http://sdb.schoolwires.net/cms/lib07/WI01919658/Centricity/Domain/46/443%20447_Code_of_Conduct_and_Discipline.pdf

AFIRMACIÓN/RECONOCIMIENTO Yo reconozco que todos los empleados del distrito, estudiantes, familias y visitantes a nuestras escuelas tienen el derecho a ser tratado con cortesía, respeto y dignidad. Yo reconozco que mantener un ambiente de aprendizaje que es seguro y libre de acoso, hostigamiento (bulling), y discriminación es una expectativa para todos. Yo admito que he leído y entiendo el Código de Conducta de Estudiantes y Política de Disciplina en la página 40 de este manual. Yo reconozco a que entiendo todas mis obligaciones, deberes y responsabilidades estrictamente adhiriéndome al Código de Conducta. Yo reconozco que la violación del Código de Conducta se tomara en serio y se resolverá aplicando las opciones disciplinarias alineadas al nivel de la infracción de esa ofensa. Yo soy un: (marque uno, por favor) ______Padre/madre/tutor de (nombre del Estudiante) ___________________________________________

______Estudiante (Nombre) _________________________________________________________________________

______ Empleado del Distrito Escolar de Beloit

_______________________________________________________________________________ ___________________________ Firma del Estudiante Fecha:

_______________________________________________________________________________ ___________________________ Firma del Padre Fecha:

Pg. 106

Distrito Escolar de Beloit

1633 Keeler Avenue

Beloit, Wisconsin 53511

(608) 361-4000

FAX (608) 361-4122

Junta Directiva

Laurie Endres, Presidente

Kris Klobucar, Vice-presidente

Shelly Cronin, Tesorero

Wendy Sanchez, Oficinista

Lisa Anderson-Levy, Miembro

Dennis Baskin, Miembro

Pam Charles, Miembro

Superintendente

Dr. Tom Johnson

El Distrito Escolar de Beloit cumple con todas las leyes federales, estatales, y locales que prohíben la discriminación contra los estudiantes basada en su membresía en cualquiera clase protegida.

El Distrito Escolar de Beloit cumple con todas las leyes federales, estatales, y locales que prohíben la discriminación en el empleo basada en la membresía de la persona en cualquiera clase protegida.

La misión del Distrito Escolar de Beloit, comprometido a la excelencia, fortalecido y enriquecido por la

diversidad, es preparar a cada estudiante para competir, contribuir y prosperar como un ciudadano

admirable en el mundo que cambia rápidamente por medio de la involucración de los estudiantes en programas relevantes, vastos y variables de alta calidad, en colaboración y asociación con las familias,

las escuelas y la área de la comunidad.

Dr. Tom Johnson

Superintendente del Distrito Escolar de Beloit

Centro de Educación, Edificio Roosevelt

1633 Keeler Avenue, Beloit, WI 53511

Oficina: (608) 361-4016

FAX: (608) 361-4122

Correo Electrónico: [email protected]

Página de Internet del Distrito: www.sdb.k12.wi.us