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Hablando de derechos

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Hablando de derechos | DESC+APensando en derechos humanos

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El Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) fue creado por Ley Nº 17.866 promulgada el 21 de marzo de 2005. Le compete, entre otros, coordinar las políticas en materia de desarrollo social.

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3Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 3

Hablando de derechos | DESC+APensando en derechos humanos

Personas con discapacidad y derechos humanos

¿Qué es la discapacidad?

Historia de la discapacidad

Algunos datos sobre personas con discapacidad

La perspectiva de las personas con discapacidad basada en Derechos Humanos

Hacia un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos para las personas con discapacidad en Uruguay

Diseñar políticas públicas hacia las personas con discapacidad desde una perspectiva de derechos humanos

Buenas prácticas hacia el trato de las personas con discapacidad

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4 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos4

Heber Da CunhaPRONADIS, DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA SOCIAL, MIDES

Heber es Licenciado en Psicología. Maestrando de la Maestría de Trabajo Social, su temática de tesis es Políticas Publicas y Protección social de la discapacidad en Uruguay. Fue director técnico del centro Delfines que trabaja con jóvenes con diferentes discapacidades en la Ciudad de Sauce.

Montevideo, julio de 2012

© Ministerio de Desarrollo Social

Avda. 18 de Julio 1453 Teléfono: (598) 2400 03 02 interno 1190 CP. 11200. Montevideo, Uruguay

[email protected] www.mides.gub.uy

Diseño y armado: Unidad de Información y Comunicación

ISBN 978-9974-7781-1-5

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5Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 5

Hablando de derechos | DESC+APensando en derechos humanos

8. Población inmigrante y retornada y políticas públicas

Patricia Gainza

9. Ciudadanía afrodescendiente

Tania Ramírez

10. Parto y derechos humanos

Natalia Magnone

11. Sexualidades y derechos humanos

Mariana Viera Cherro

12. Derechos lingüisticos

Hecsil Coello

13. ¿Por qué hablar de un sistema de cuidados?

Patricia Cossani

14. Personas con discapacidad y derechos humanos

Heber da Cunha

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7Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 7

Dignidad y derechos

Los programas sociales son instrumentos de avance hacia el hori-zonte ético-político que proponen los derechos humanos. Se trata de la igualdad y la libertad de las personas. Uruguay inició con la Reforma Social un proceso de transformación destinado a impul-sar la perspectiva de derechos humanos, inclusión e integración social.

Es central, entonces, que el Estado se oriente por el primero de los derechos: el de la igualdad y la no discriminación. Esto implica la voluntad expresa de revertir situaciones de desigualdades injustas -intolerables- por razones de género, orientación sexual, gene-ración y etnia/raza, entre otras.

No basta con buenos diseños de política pública. Debemos, como servidores públicos, sensibilizarnos en la temática. Por tal razón la Dirección Nacional de Política Social inició un ciclo de charlas de capacitación y formación cuyos contenidos compartimos en estas publicaciones.

Les proponemos sumarse a su lectura y, a través de ella, a nuestro trabajo por hacer efectivo el artículo primero de la Declaración

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8 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos8

Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e igua-les en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.”

Andrés ScagliolaDirector Nacional de PolÌtica Social

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9Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 9

Presentación

El Departamento de Perspectivas Transversales de la Dirección Nacional de Política Social, está abocado a la construcción de po-lítica social desde la perspectiva de Derechos Humanos. Para ello es necesario sensibilizarnos y educarnos en igualdad y no discri-minación, esto exige de un gran esfuerzo de revisión de las prác-ticas y políticas estatales.

La primera serie de este trabajo “Charlas de formación en Dere-chos Humanos” se compuso de la publicación de encuentros que se realizaron a la interna del MIDES para abordar diversos temas desde esta mirada. Las mismas llevaron a reflexionar sobre las prácticas estatales y en qué medida las mismas reproducen pautas sistémicas de discriminación.

En esta segunda etapa denominada “Pensando en Derechos Hu-manos” invitamos a diversas personas a reflexionar y opinar so-bre temas concretos como la migración, la afrodescendencia, el parto, las sexualidades, las lenguas, los cuidados y las vivencias de las discapacidades.

Cabe señalar que cada una de las publicaciones expresa exclusiva-mente la opinión de su autor/a.

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10 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos10

La intención es abordar diversos temas desde la óptica de Derechos Humanos. Permitiéndonos, en una lectura amigable, acercarnos y ampliar el espectro, con un tratamiento y abordaje integral que aporte a la construcción de un Uruguay incluyente.

Las acciones del Estado en materia de política social deben orientarse a garan-tizar la igualdad de oportunidades para todas las personas en el ejercicio de sus derechos. Esto implica una voluntad expresa de revertir situaciones de discrimi-nación y de desigualdades injustas. Los invitamos a reflexionar en esa dirección.

Equipo del Departamento de Perspectivas Tranversales

Dirección Nacional de Política Social

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11Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 11

Presentación del Departamento de Perspectivas Transversales / DNPS

La División de Investigación y Perspectivas Transversales de la Dirección Nacional de Política Social fue creada en marzo de 2010 y tiene como objetivo mejorar la calidad de las políticas pú-blicas sociales a través de la investigación y el conocimiento sobre la realidad en la que se pretende operar y las distintas técnicas posibles para ello. Incidir en el diseño de la política social desde una perspectiva de derechos humanos, en el sentido de incorpo-rar crecientemente el conocimiento académico del objeto a los procesos de diseño e implementación.

Asimismo, tiene como objetivo la transversalización en el diseño e implementación de la política social las perspectivas de dere-chos humanos, igualdad y no discriminación, género, generacio-nes y etnia/raza.

El Departamento de Investigación y Propuestas tiene como obje-tivo específico apoyar la investigación y generación de propuestas para mejorar la calidad de las políticas sociales, promover nuevas líneas de investigación que den sustento académico al diseño de la política social, desarrollar protocolos de diseño de programas so-

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12 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos12

ciales del Mides y fortalecer el conocimiento de la oferta de programas sociales del Estado uruguayo.

El Departamento de Perspectivas Transversales tiene como objetivo transver-salizar la perspectiva de derechos humanos, igualdad y no discriminación, así como las dimensiones de género, generaciones y etnia/raza, en las políticas so-ciales, con énfasis en los derechos económicos, sociales, culturales y ambien-tales, apuntando a la generación de indicadores de progreso y promoviendo la participación de la sociedad civil en el diseño de políticas.

Las líneas de acción desarrolladas por el Departamento de Perspectivas Trans-versales son las siguientes:

• Coordinación general de las actividades enfocadas en derechos humanos y derechos económicos, sociales, culturales y ambien-tales (DESCA) de la Dirección Nacional de Política Social.

• Producción de documentos y debates sobre la temática derechos hu-manos y Derechos económicos, sociales y culturales (DESC) aplica-dos a las políticas sociales.

• Creación de lineamientos para la formación interna del personal del MIDES en temas de derechos humanos y DESC.

• Elaboración de insumos sobre derechos humanos y DESC para el diseño de las políticas sociales.

• Coordinación y articulación con otros organismos de gobierno en temas de derechos humanos y DESC.

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13Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 13

• Coordinación y articulación con instancias de la sociedad civil para el desarrollo de estrategias particulares a grupos vulnerables como población trans, inmigrantes y retornados, afrodescendientes, mu-jeres rurales, personas viviendo con VIH.

• Asesoramiento y articulación con otras instancias del Ministerio en la elaboración de nuevos sistemas de diseño y evaluación de políticas sociales desde una perspectiva de derechos humanos.

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14 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos14

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15Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 15

“El derecho a tener derechos”Hannah Arendt

¿Qué es la discapacidad?La discapacidad es un concepto que evoluciona y resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras sur-gidas de la actitud y el entorno que evitan su participación plena. De lo anterior se desprenden tres conceptos clave: deficiencia, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación.

La OMS crea la Clasificación Internacional del Funcionamiento y la Discapacidad (CIF) para dar una estructura a la definición de discapacidad y la interacción entre el estado de salud y el contexto medioambiental y diferenciando la distribución de las discapaci-dades en diferentes áreas. El término Funcionamiento se incluye como término neutro y término paraguas que abarca: Función Corporal, Actividad y Participación. El término Discapacidad apa-rece en el titulo abarcando: Deficiencias, Limitaciones en la Activi-dad y Restricciones en la Participación. La incorporación del tér-mino Salud se propone en el título dada la necesidad de enfatizar el hecho de que la CIF se concibe dentro de un marco conceptual que evalúa salud y estados de salud.1

1. Clasificación Internacional del funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, O.M.S., O.P.S. IMSERSO, España, 2001.

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16 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos16

Su objetivo es la inclusión social, haciendo énfasis en la rehabilitación integral y en un entorno accesible.2

La Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, las define como aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que al interactuar con diversas barreras puedan im-pedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condicio-nes con los demás.

Existen millones de personas en todo el mundo con discapacidad, esta discapa-cidad puede ser congénita o adquirirla por un accidente o alguna enfermedad discapacitante en cualquier momento de la vida. La discapacidad está presente en todos los países no importando su nivel de desarrollo. En todos los casos, el común denominador es que las personas con discapacidad carecen a menudo de la posibilidad de ejercer plenamente sus derechos humanos y sufren de dis-criminación y exclusión social.

Historia de la discapacidad La estigmatización de unos seres humanos hacia otros es un tema presente en toda la historia de la humanidad, lo que contribuyó a la reproducción de la des-igualdad y la exclusión en todas sus formas.

2. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ONU, 2006, http://www.un.org/esa/soc-dev/enable/documents/tccconvs.pdf

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17Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 17

En relación a la temática de la discapacidad y de las personas con discapacidad, ha sido un fenómeno multidimensional, cultural y complejo referido a los valo-res creencias y costumbres de cada sociedad.

Desde el mundo antiguo que se caracterizaba por el uso de la fuerza física, una persona con limitaciones era considerada inservible, se prescindía de ellos y eran objetos de persecución y de muerte. Algunos ejemplos: el caso de Esparta que cuando nacía una persona con discapacidad se la tiraba desde el Monte Taigeto; o en Grecia, que era considerado contrario a lo bello por lo que se los expulsaba. Aristóteles (1947:135)3 en Política plantea: “En cuanto a la exposi-ción o crianza de los hijos, debe ordenarse que no se críe a ninguno defectuoso”

En la Edad Media que comienza en el año 476 y termina con la toma de Constan-tinopla por los turcos en 1453, las personas con discapacidad se ubicaron dentro del grupo de pobres y marginados y fueron objeto de un doble tratamiento: por un lado, del trato humanitario y misericordioso que inculcaba la caridad cristiana; y por otro, un tratamiento estigmatizador y marginador, consecuencia del miedo y el rechazo. Se consideraba a la discapacidad como un castigo de Dios, eran vistos como expresión del mal. Ambos caminos conducían a la exclusión.

Durante El Renacimiento, en los siglos XV y XVI, comienza el intento de re-habilitar a las personas con discapacidad a través de la asistencia pública. Este

3. Aristóteles, (1947) Obras completas. Puestas en lengua castellana por D. Patricio de Azcárate, Buenos Aires, Argentina: Anaconda.

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18 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos18

¿Qué es la discapacidad?

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Disca-pacidad reconoce que “la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás”. Incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sen-soriales a largo plazo. (O.N.U., 2006).

Por su parte la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) esta-blece que la Discapacidad es un concepto baúl que se presenta como resultado de una interacción negativa entre la condición de salud de una persona y su entorno (O.M.S. - C.I.F., 2001)

Ambas definiciones, aún con antecedentes diferentes, implican un cambio de paradigma en la comprensión de la discapacidad, dejando de ser un hecho que se instala en una persona, para posicionarlo como hecho social. Esto implica un cambio en la mirada de la temática, lo que tiene implicaciones prácticas en las acciones dirigidas al colectivo de personas con dis-capacidad. La perspectiva de Derechos en los Estados es la herramienta fundamental para definir las Políticas Públicas, de manera de evitar cualquier tipo de abuso y discriminación.

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19Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 19

precedente hace aportes para el posterior paradigma rehabilitador de la época moderna. Se crean los primeros hospitales.

Doy el nombre de hospitales a aquellas instituciones donde los enfermos son mantenidos y curados, donde se sustenta un cierto número de necesitados, don-de se educan a los niños y las niñas, donde se crían a los hijos de nadie, donde se encierran los locos y donde los ciegos pasan la vida. (Vives, 1997:82).4

Durante la primera mitad del siglo XX las personas con discapacidad, espe-cialmente las intelectuales, eras vistas como un peligro para el desarrollo de la inteligencia de las futuras generaciones. A causa de ello, muchos fueron ence-rrados en instituciones, alegándose que era una medida idónea a los efectos de la asistencia y la rehabilitación, que debía ser adoptada por su propio bien y con el fin de que no continuaran siendo una carga para la sociedad.

A decir verdad se puede ver emerger, con continuidad con Morel y su descu-brimiento de la degeneración, la posibilidad de una estrategia preventiva di-ferente que culmina a comienzos del siglo XX en las políticas eugenésicas. El eugenismo comienza también a razonar en términos de riesgo que de peligro: el objetivo de una intervención regida por el principio de preservación de la raza consiste mucho menos en tratar a un individuo particular que en impedir

4. Vives, J. L. (1997) El socorro de los pobres, estudio preliminar, traducción y notas de Luis Frayle Delgado, Madrid, España: Tecnos.

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20 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos20

que se transmita a su descendencia la amenaza de la que es portador. (Castel Robert, 1986:225).5

El punto común a través de la historia es que se ha mantenido la concepción de sujeto dentro de los parámetros de normalidad y anormalidad.

En cuanto al término normalidad, lo tomamos en su doble sentido: como cua-lidad para referirse a algo cuando está en su estado natural y como parámetro de una condición de norma o regla. En estos dos sentidos también se define su opuesto, la anormalidad y en el caso de la discapacidad se crea en base a un criterio de funcionalidad de utilidad y de capacidad de adaptación y resolución de problemas de la vida cotidiana.

Lo normal se refiere a lo competente, lo útil, a un cuerpo sano que puede adap-tarse eficientemente a los requerimientos de la vida productiva que impone la sociedad actual.

El sujeto normal sería el prototipo de hombre según el que somos medidos, evaluados y clasificados.

5. Castel, R. (1986) De la peligrosidad al riesgo. En Materiales de Sociología Critica Madrid, España: De la Piqueta.

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21Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 21

Foucault en Vigilar y Castigar (1991)6 plantea que desde la modernidad se co-menzó a pensar en la idea de lo normal y lo anormal como forma de demarca-ción de la sociedad. Lo normal formaba parte de lo esperado como válido para la sociedad de esos tiempos y lo anormal significaba aquello que salía de los parámetros de lo aceptable.

Basado en estos parámetros muchas han sido las diferentes denominaciones con que se ha citado a las personas con discapacidad: impedido, subnormal, minusválido, discapacitado, incapaz, enfermo mental, trastornado, enajenado, todas denominaciones peyorativas y discriminativas.

Como ha surgido de lo expuesto anteriormente las personas con discapacidad han sido excluidas y discriminadas de la sociedad desde la antigüedad. Esta situación aún no ha cambiado en la sociedad posmoderna, a pesar de los esfuer-zos de muchas organizaciones para que los derechos humanos de las personas con discapacidad sean considerados. Esta situación de exclusión perdura hasta el día de hoy como consecuencia del capitalismo, la individualización, la lucha por el progreso de los logros individuales, el miedo a lo diferente, el temor al riesgo y la necesidad controlar este. La segregación generada a partir de la ca-tegoría anormalidad, en una sociedad que destina todo a lo bello, lo sano, lo exitoso, no ha permitido que las personas con discapacidad sean reconocidas por las otras y dejen de ser puestas en situación de desigualdad.

6. Foucault, M. (1991) Vigilar y Castigar. El nacimiento de la prisión. Buenos Aires, Argentina: Siglo XXI.

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22 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos22

Algunos datos sobre las personas con discapacidad Según el informe mundial de discapacidad de O.M.S. 20117:• Más de mil millones de personas viven en todo el mundo con alguna forma

de discapacidad; de ellas, casi 200 millones experimentan dificultades consi-derables en su funcionamiento. En los años futuros, la discapacidad será un motivo de preocupación aún mayor, pues su prevalencia está aumentando. (…) En todo el mundo, las personas con discapacidad tienen peores resulta-dos sanitarios, peores resultados académicos, una menor participación eco-nómica y unas tasas de pobreza más altas que las personas sin discapacidad. En parte, ello es consecuencia de los obstáculos que entorpecen el acceso de las personas con discapacidad a servicios que muchos de nosotros conside-ramos obvios, en particular la salud, la educación, el empleo, el transporte, o la información. Esas dificultades se exacerban en las comunidades menos favorecidas.(OMS, 2011:5)

• Según informes del Banco mundial sobre Pobreza y Desarrollo, entre un 15 y un 20% las personas pobres sufren algún tipo de discapacidad. Esto se debe a que tienen menores posibilidades de acceso a servicios, no acceden a la inmunización adecuada y a los controles necesarios durante el embazo, la alimentación es insuficiente, las viviendas precarias, tienen un menor acceso al agua potable y al saneamiento que las personas sin discapacidad. La po-breza se agudiza también debido a los costos adicionales que genera muchas veces la propia deficiencia, especialmente referidos a la atención médica, la medicación y la contratación de asistentes personales.

7. Informe Mundial sobre la Discapacidad: O.M.S, Banco Mundial. Suiza, 2011.

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23Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 23

• La Encuesta Mundial de Salud (O.M.S., 2001) indica que la prevalencia de la discapacidad es mayor en los países de ingresos bajos que en los países de ingresos más elevados. Las personas en el quintil más pobre, las mujeres y las personas adultas mayores también presentan una mayor prevalencia de la discapacidad. Las personas con pocos ingresos, sin trabajo o con poca formación académica tienen mayor riesgo de discapacidad. Los datos de las encuestas a base de indicadores múltiples en países seleccionados ponen de manifiesto que los niños de las familias más pobres y los que pertenecen a grupos étnicos minoritarios presentan un riesgo significativamente mayor de discapacidad que los demás niños.

• Como mencionamos anteriormente (O.M.S. 2011) las personas con discapaci-dades no acceden a servicios sanitarios adecuados, la mitad de las personas con discapacidades no pueden costear la atención de salud necesaria, frente a un tercio de las personas sin discapacidades. Las personas con discapaci-dades son más de dos veces más proclives a que les resulten insatisfactorios los servicios de salud cuando acceden a ellos. Las probabilidades de que no tengan un trato adecuado o que se les niegue la atención en salud es cuatro veces mayor comparado con las personas sin discapacidad

• Los niños con discapacidades tienen menos probabilidad de acceder a la edu-cación que los niños sin discapacidad. Si se comparan las tasas de finaliza-ción de los estudios para todos los grupos de edad y en todos los contextos, los contrastes son pronunciados; exacerbándose esta situación en los países más pobres.

• Las investigaciones indican que la violencia contra los niños con discapacida-des ocurre a tasas anuales por lo menos 1.7 veces mayores que en el caso de

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24 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos24

sus pares sin discapacidad. Asimismo, las mujeres y las niñas con discapa-cidad históricamente han sido más vulnerables a ser víctimas de violencia y abuso, y han tenido menos probabilidades de obtener la protección jurídica o cuidados preventivos.

• Según UNICEF, el 30% de los jóvenes que se encuentran en situación de calle tienen algún tipo de discapacidad.

• En relación al empleo las personas con discapacidad tienen más probabilida-des de no acceder al mismo que las personas sin discapacidades. Los datos mundiales indican que las tasas de empleo son más bajas para los hombres con discapacidad (53%) y las mujeres con discapacidad (20%) que para los hombres sin discapacidad (65%) y las mujeres sin discapacidad (30%).

• Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) unos 386 millones de las personas en edad de trabajar son personas con discapacidad, pero el des-empleo de las mismas alcanza hasta un 80% en algunos países.

• Según informe del Departamento de Desarrollo Internacional del Reino Unido, la mortalidad correspondiente a los niños con discapacidad es hasta un 80% mayor, en los países en los que la mortalidad de menores de cinco años en su totalidad ha disminuido por debajo del 20%.

• Por su parte según estudios del Programa de Naciones Unidas para el De-sarrollo (PNUD) la tasa mundial de alfabetización de adultos con discapaci-dad llega solamente al 3%, y al 1% en el caso de las mujeres con discapacidad.

• En relación a los estudios terciarios los estudiantes con discapacidad siguen siendo minoría, pese a que su número va en aumento.

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25Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 25

La Perspectiva de las Personas con Discapacidad basada en los Derechos Humanos

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. (Declara-ción Universal de Derechos Humanos, 1948)

¿Qué es una convención internacional sobre derechos?Los derechos enumerados en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) tienen como objetivos proteger a todas las personas. A pesar de esto a algunos colectivos como las mujeres, los niños y niñas, las personas afrodes-cendientes, las personas con discapacidad, han visto vulnerados sus derechos teniendo menos oportunidades que el resto de la población.

Convención Internacional de los Derechos de las Personas con DiscapacidadEl 13 de diciembre de 2006 se aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta Convención es el resultado de un largo proceso, en el que participaron varios actores: Estados miembros de la Organización de Naciones Unidas (ONU), observadores de la ONU, cuerpos y organizaciones de la ONU, el Relator Especial sobre discapacidad, instituciones de derechos humanos nacionales, y organizaciones no gubernamentales, entre

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26 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos26

Ciclo de invisibilidad

Se reconoce el hecho histórico del “ciclo de invisibili-dad”* al cual están sujetas las personas con discapaci-dad en casi todos los lugares del mundo, principalmen-te en las comunidades en situaciones económicamente pobres. Este ciclo acontece por la siguiente lógica:

1. personas con discapacidad no consiguen salir de casa, por tanto no son vistas por la comunidad;

2. por no ser vistas por la comunidad, dejan de ser reconocidas como parte de ella;

3. por no ser reconocidas como parte de ella, garan-tizar el acceso de las personas con discapacidad a bienes, derechos y servicios no es considerado un problema que la comunidad deba enfrentar y solucionar;

4. sin tener acceso a bienes y servicios, no hay como incluirlas dentro de la sociedad;

5. una vez excluidas de la sociedad, siguen invisibles, y sometidas a constante discriminación.

* Manual sobre Desarrollo Inclusivo para los Medios y Profesionales de la Comunicación. Escola de Gente. Banco Mundial (2005).

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27Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 27

las que tuvieron un papel destacado las organizaciones de personas con disca-pacidad y sus familias.

Esta Convención supone importantes consecuencias para las personas con discapacidad, y entre las principales se destaca la “visibilidad” de este colectivo dentro del sistema de protección de derechos humanos de la ONU, que contri-buye a asumir la situación de las personas con discapacidad como una cuestión de derechos humanos, y tener una herramienta jurídica de apoyo a la hora de hacer valer los derechos de estas personas.

Cubre una serie de ámbitos fundamentales tales como la accesibilidad, la liber-tad de movimiento, la salud, la educación, el empleo, la habilitación y rehabilita-ción, la participación en la vida política, y la igualdad y la no discriminación. La convención marca un cambio en el concepto de discapacidad, pasando de una preocupación en materia de bienestar social a una cuestión de derechos huma-nos, que reconoce que las barreras y los prejuicios de la sociedad constituyen en sí mismos una discapacidad.

La Convención reconoce que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que es el resultado de la interacción entre la deficiencia de una persona y los obstáculos tales como barreras físicas y actitudes imperantes que impiden su participación en la sociedad. Cuantos más obstáculos hay, la situación de disca-pacidad se ve exacerbada.

Las discapacidades incluyen deficiencias físicas, mentales, intelectuales y senso-

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28 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos28

riales tales como ceguera, sordera, movilidad reducida y deficiencias en el desa-rrollo. Todas las personas, pueden llegar a tener alguna discapacidad en algún momento de su vida debido a lesiones físicas, enfermedades o envejecimiento.

La perspectiva de las personas con discapacidad basada en los derechos hu-manos equivale a dejar de considerar a estas personas como problemas y con-siderarlas como sujetos de derechos. Lo más importante es que significa situar los problemas fuera de la persona con discapacidad, de ahí que el debate sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad tenga que ver con el debate más amplio acerca del lugar que ocupa la diferencia en la sociedad, y al reconocimiento de la diversidad humana y de la dignidad inherente a todas las personas.

El debate sobre los derechos de las personas con discapacidad no tiene que ver tanto con el disfrute de derechos específicos como con garantizar a las personas con discapacidad el disfrute efectivo y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos sin discriminación.

Los tratados internacionales y los derechos humanos de las personas con discapacidad En la DUDH de 1948 no se cita específicamente a las personas con discapaci-dad. El contexto de dicha declaración es el final de la Segunda Guerra Mundial, el objetivo de la misma es garantizar los derechos de las personas e impera to-davía el modelo médico, donde las personas con discapacidad eran entendidas como pacientes médicos, no como personas que asumen su vida con su disca-

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29Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 29

pacidad. La invisibilización de las personas con discapacidad perduro, siendo mencionadas únicamente en la Convención sobre los derechos del niño.

La Convención de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, supone el logro de muchas de las reivindicaciones históricas de las personas con discapacidad; y fue posible desde el momento en que comenzaron a ser abordada como una cuestión de derechos humanos.

Algunos de los antecedentes de esta Convención son: • LaDeclaracióndelosDerechosdelRetrasadoMentalde1971,enlaquese

pide igualdad “hasta el máximo grado de viabilidad”.• LaDeclaracióndelosDerechosdelosImpedidosde1975.• Ladeclaracióndel año1981 como“Año Internacionalde los Impedidos”

bajo el lema “Participación e Igualdad plenas”. • Enelaño1991,laAsambleaGeneraldelaONUapruebalos“Principiospara

la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la Salud Mental”.

• Másreciente laDeclaraciónde laConferenciaMundialdeDerechosHu-manos de Viena de junio de 1993, donde se afirma por primera vez que los derechos humanos también se aplican a las personas con discapacidad, sin restricciones: “El lugar de las personas con discapacidad está en todas partes” y se insta a derribar todos los obstáculos para su plena participación social.

• Estaes laprimeradeclaraciónenfocadadesdelanuevafilosofía, igualdadtotal para lograr la participación plena y sin restricciones, pasando la res-

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30 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos30

Trato hacia las personas con discapacidad

En relación a la terminología aceptada de confor-midad con la Convención de los Derechos Huma-nos de las Personas con Discapacidad debemos nombrarlas como “personas con discapacidad” y tener claro que los derechos están dirigidos a las “personas con discapacidad” y no hacia la “discapacidad”.

Si una persona con discapacidad prefiere el uso de cierta terminología, debemos respetar el de-seo de esa persona salvo que pueda considerarse despectivo o peyorativo.Debemos hablar directamente a la persona con discapacidad, no a su acompañante.Si va a ofrecer ayuda a una persona con discapa-cidad no la dé hasta que ésta haya expresado su acuerdo.

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31Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 31

ponsabilidad a la sociedad, que debe facilitar la inclusión social mediante la supresión de las barreras y obstáculos ya sean físicos, económicos, sociales o psicológicos, que excluyan o restrinjan dicha participación.

En ese mismo período se dictan las Normas Uniformes que pretenden que todos los Estados las incorporen a sus políticas sobre discapacidad, las cuales deberían ser diseñadas acorde al principio fundamental de igualdad de opor-tunidades.

El artículo 34 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad crea el Comité de los derechos de las personas con discapacidad que es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención.

Los Estados Parte presentarán al Comité, por conducto del Secretario Gene-ral de la ONU, un informe exhaustivo sobre las medidas que hayan adoptado para cumplir sus obligaciones conforme a la presente Convención y sobre los progresos realizados al respecto en el plazo de dos años contado a partir de la entrada en vigor de la Convención.

El Protocolo Facultativo de esta Convención reconoce la competencia del Co-mité para recibir y considerar comunicaciones de individuos que se hallen bajo la jurisdicción de ese Estado y que aleguen ser víctimas de una violación, por ese Estado Parte, de cualquiera de los derechos enunciados en el Pacto. El Co-mité no recibirá ninguna comunicación que concierna a un Estado Parte a la Convención que no sea parte en el presente Protocolo.

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Hacia un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos para las personas con discapacidad en UruguayUna de las tareas actuales del Programa Nacional de Discapacidad (PRONA-DIS) del Ministerio de Desarrollo Social, es la construcción de un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos de las Personas con Discapa-cidad. Se propone una estrategia de diseño con la participación activa de las organizaciones sociales, las asociaciones de personas con discapacidad y de fa-miliares, con la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad8 y las Comi-siones Departamentales Honorarias como referentes interinstitucionales. Esta estrategia supondrá un debate sobre políticas y acciones a desarrollarse a nivel nacional en el corto, mediano y largo plazo.

¿Por qué un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos para las personas con Discapacidad?Un Plan Nacional de equiparación de oportunidades y derechos es una política pública, con involucramiento del Estado y de la sociedad civil con una activa participación a nivel territorial, que requiere la voluntad y decisión política de las autoridades y la acción inter y multisectorial a nivel nacional y departamen-tal.

Una de las responsabilidades del Estado es el diseño, gestión y evaluación de las políticas públicas. Es fundamental en un gobierno democrático que los parti-

8. Comision Nacional Honoraria de la Discapacidad : www.cnhd.org

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33Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 33

dos, los colectivos sociales y las personas se interioricen en la construcción y el análisis de las políticas públicas, entendiendo estas como soluciones especificas a los asuntos públicos.

¿Qué significa equiparar oportunidades y derechos?Equiparación de oportunidades, es el proceso mediante el cual se establecen las condiciones propicias para garantizar a las personas con discapacidad iguales oportunidades que a las demás, sin restricciones para el acceso y disfrute de los beneficios del sistema social y jurídico, medio físico, vivienda, transporte, comunicaciones, servicios de salud y educación, oportunidades de trabajo, vida cultural, social, recreativa y deportiva, económica y política.

¿Cuál es el marco legal de este Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos?El 19 de marzo de 2010 entra en vigencia la Ley número 18.651 sobre Protec-ción Integral de Personas con Discapacidad, cuyo artículo primero establece la necesidad de:• unsistemadeprotecciónintegralalaspersonascondiscapacidad,tendiente

a asegurarles su atención médica, su educación, su rehabilitación física, psí-quica, social, económica y profesional y su cobertura de seguridad social, así como otorgarles los beneficios, las prestaciones y estímulos que permitan neutralizar las desventajas que la discapacidad les provoca y les dé oportu-nidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equi-valente al que ejercen las demás personas.

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34 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos34

Accesibilidad

En el contexto actual, gana importancia el concepto de Accesibilidad en todas sus dimensiones:Accesibilidad arquitectónica: sin barreras ambientales físicas, en las residencias, edificios, espacios urbanos, equipamientos urbanos, medios de transporte individual o colectivo.Accesibilidad comunicacional: sin barreras en la comunicación in-terpersonal (cara a cara, lengua de señas), escrita (periódico, revista, libro, etc., incluyendo textos en braille, uso de computadoras) y virtual (accesibilidad digital).Accesibilidad metodológica: sin barreras en los métodos y tecnolo-gías de estudio, de trabajo, de acción comunitaria (social, cultural, artística), de educación de los hijos (familiar).Accesibilidad instrumental: sin barreras en los instrumentos, uten-silios y herramientas de estudio, de trabajo, de salud, de placer y recreación (comunitaria, turística, deportiva)Accesibilidad programática: sin barreras invisibles incluidas en polí-ticas públicas (leyes, decretos, anuncios oficiales gubernamentales), normas y reglamentos (institucionales, empresariales) Accesibilidad actitudinal: sin preconceptos, estigmas, estereotipos y discriminacio-nes, de las personas en general.La accesibilidad tecnológica no es una accesibilidad aparte, pero debe interpolar las otras accesibilidades, excepto la actitudinal.*

Fuente: Artículo Concepto de accesibilidad. Romeu Kasumi Sassaki.

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• Anteriormente, en diciembre de 2006 se aprobó la Convención Internacio-nal sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

¿Cuál es la misión del Plan Nacional de Equiparación de Derechos y Oportunidades para las personas con Discapacidad?La Misión del Plan es articular mecanismos para la creación de políticas pú-blicas y sociales para la protección de los derechos de las personas con dis-capacidad en materia de derechos humanos, no discriminación, igualdad de oportunidades, plena ciudadanía y participación integral.

Las políticas y estrategias serán conformadas con los aportes de los actores es-tatales y de la sociedad en general, en clave con la promoción de derechos para la construcción de una sociedad inclusiva.

Proteger el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, en su condición de género, generacional, étnica, religiosa, o nivel socio-económico, cultural, en todo el territorio nacional y en todos los ámbitos de la vida econó-mica, cultural, social y política.

¿Cuáles son los principios orientadores del Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos de las Personas con Discapacidad?• EquiparacióndeOportunidadesyDerechosentodoelterritorionacional.• Respetoaladiferenciayreconocimientodeladiscapacidadcomocompo-

nente de la diversidad humana.

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• Valorizaciónydignificacióndelaidentidadylaimagendelaspersonascondiscapacidad.

• Inclusiónsocial.• Plenaparticipaciónenlasociedaddetodaslaspersonascondiscapacidad.• Nodiscriminación.• Equidaddegeneraciones.• Equidaddegénero,igualdadentrehombresymujeres.• Interculturalidad,etnias,sociedades,culturasocomunidades.• Igualdad.• Dignidad.• Autonomía.• VidaIndependiente• Autodeterminación,libertaddetomarlaseleccionespropias

¿Cuáles son los Fundamentos del Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos de las Personas con Discapacidad?• Universalidad• Integralidad• Coordinaciónnacionalyterritorial• Responsabilidadestatalysocialcompartida• Participaciónactiva• Multidisciplinariedad• Intersectorialidad

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37Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 37

Participación CiudadanaLas personas con discapacidad deben ser reconocidas y valoradas al igual que el resto de ciudadanía, tener el derecho de decidir sobre su propia vida, con autonomía personal, autodeterminación y la posibilidad de una propuesta de vida independiente.• Participación en la vida política y pública La participación de todos los ciudadanos sin distinciones en la vida política

y pública es fundamental en el proceso democrático de cualquier país. Es necesario crear las condiciones que permitan a las personas con discapaci-dad participar y disfrutar de sus derechos políticos.

• Participaciónenlavidacultural Las personas con discapacidad tienen derecho a participar en las actividades

culturales, recreativas, deportivas y turísticas, que le permitirán potenciar la vida independiente y la relación con los demás miembros de la sociedad.

SaludLa población con discapacidad debe acceder al igual que el resto de la población a servicios de salud de calidad a tratamientos y tecnologías apropiadas para lograr el mejor estado de salud.

EducaciónLa educación como derecho esencial de integración y de independencia para todas las personas con discapacidad, en todos los ciclos de la vida. Se deberá promocionar que todas las personas con discapacidad independiente de la na-

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turaleza de la misma y de su ciclo de vida puedan tener acceso a la educación y al desarrollo del máximo de sus posibilidades y potencialidades.

ViviendaLas viviendas de las personas con discapacidad deben contar con las condi-ciones mínimas de seguridad para llevar una vida segura, sin riesgos e inde-pendiente. Las viviendas deberán tener accesibilidad física y las adaptaciones funcionales requeridas para cada caso.

TrabajoEl trabajo y sus significados culturales, es un derecho fundamental de inclusión social y de independencia económica de todas las personas, genera ingresos, permite el acceso a bienes y servicios para la subsistencia personal y familiar y la gratificación de una vida digna. Fomenta el potencial humano, la autonomía y la autodeterminación.

RehabilitaciónRehabilitación con el fin de prevenir la agravación de la discapacidad y miti-gar sus consecuencias, contribuir a la vida independiente de las personas con discapacidad, y favorecer el desarrollo del potencial de las capacidades físicas, psíquicas y sociales.

Accesibilidad integralLas condiciones de accesibilidad varían de acuerdo al tipo de discapacidad, diferenciándose los requerimientos según se trate de una accesibilidad física,

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auditiva o visual. El diseño universal es una estrategia encaminada a lograr que la concepción y la estructura de los diferentes entornos, productos, tecnologías y servicios de información y comunicación sean accesibles, comprensibles y fáciles de utilizar para todos, preferentemente sin recurrir a adaptaciones o so-luciones especializadas.• Accesibilidad en el entorno físico La accesibilidad es una característica esencial del entorno físico construido

que posibilita el desplazamiento y el uso social de los mismos, que va a permitir que las personas con discapacidad participar en las actividades sociales, culturales, económicas y políticas del país.

• Accesibilidad en la comunicación Mediante la accesibilidad en la comunicación se procura eliminar las barre-

ras de comunicación, facilitando el acceso a medios, técnicas y alternativas comunicativas.

• Accesibilidad a la sociedad de la información Promover el acceso a la información y comunicación a través de las TICs y

la aplicación de tecnologías asistidas para el mejoramiento de la calidad de vida de las personas con discapacidad, desarrollando todas las posibilida-des para la educación, la salud, el empleo así como la plena inclusión en la sociedad

Protección socialLa protección social engloba la seguridad social, la asistencia y los servicios so-ciales, que se determinan fundamentales para quienes dependen de los mismos, ya que tiene consecuencias directas en su calidad de vida.

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Protección jurídicaLas personas con discapacidad tienen derecho al reconocimiento en cualquier lugar de su personería jurídica y cuando sea necesaria una asistencia para el ejercicio de su capacidad jurídica.

Acceso a la justiciaEn una sociedad democrática el acceso al sistema jurídico es un derecho funda-mental. El estado tenderá a asumir responsabilidades en la adecuación norma-tiva y el acceso de las personas con discapacidad que permita el pleno ejercicio de sus derechos

Protección contra la violencia y los abusosEl número de víctimas de abusos y de violencia es proporcionalmente mucho más elevado entre las personas con discapacidad y entre ellos en las mujeres con discapacidad. Estos abusos pueden darse en el entorno familiar o en ins-tituciones. Debe existir un sistema confiable en el que puedan comunicar el abuso y recibir apoyo individual.

Investigación y DesarrolloLa falta de información sobre discapacidad constituye uno de los mayores pro-blemas para el diseño de políticas públicas en torno a la discapacidad. En ge-neral se carece de información precisa que permita tener una base cuantitativa y cualitativa rigurosa y confiable. Son necesarios trabajos de investigación pro-fundos y de recolección de datos estadísticos para la elaboración de políticas.

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41Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 41

SensibilizaciónPromover la construcción de valores y prácticas para el trato igualitario y no dis-criminatorio, el respeto y el ejercicio de los derechos de las personas con discapa-cidad. Las personas con discapacidad deben hacer frente a actitudes inadmisibles basadas en prejuicios, temores, ignorancia y puesta en duda de sus capacidades.

Las sociedades deben tomar conciencia de que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos que todas las personas pero que existen barreras que le impiden disfrutar de ellos.

Diseñar políticas públicas hacia las personas con discapacidad desde una perspectiva de derechos humanosGenerar políticas públicas desde una perspectiva de derechos humanos hacia la discapacidad implica una evolución, además de un compromiso político desde las acciones que toma el Estado y todos los sectores de la sociedad, lo cual re-dundará en que las personas con discapacidad dejen de ser consideradas recep-tores pasivos de servicios de beneficencia u asistencia u objeto de las decisiones de otros, y puedan generar autonomía, autodeterminación y una propuesta de vida independiente.

La perspectiva de derechos humanos hacia las personas con discapacidad tiene como principio respetar y promover la diversidad humana mediante la crea-ción de políticas que permitan la participación activa de todas las personas con discapacidad en la sociedad. Permite tomar medidas para cambiar actitudes de

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discriminación y comportamientos estigmatizantes y de marginación hacia esta población.

Implica la adecuación de normas y leyes así como la implementación de progra-mas para eliminar las barreras y obstáculos que impiden el acceso de las perso-nas con discapacidad al ejercicio de los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales y tener los medios adecuados para reclamar por ellos.

Buenas prácticas hacia el trato de las personas con discapacidadEn relación a la terminología aceptada de conformidad con la Convención de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad debemos nombrarlas como “personas con discapacidad” y tener claro que los derechos están dirigi-dos a las “personas con discapacidad” y no hacia la “discapacidad”.

Se exhorta a evitar expresiones tales como:• discapacitado;• disminuido;• víctima;• afectadopor;• normal–anormal;• inválido;• paciente;• pobrecito;

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43Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 43

• minusválido;• impedido.

Evitar el uso excesivo de términos tales como:• valiente;• valeroso;• héroe;• virtuoso;• capacidaddiferente.

Si una persona con discapacidad prefiere el uso de cierta terminología, debe-mos respetar el deseo de esa persona salvo que pueda considerarse despectivo o peyorativo.

Debemos hablar directamente a la persona con discapacidad, no a su acompa-ñante.

Si va a ofrecer ayuda a una persona con discapacidad no la dé hasta que ésta haya expresado su acuerdo.

Trato adecuado a personas con movilidad reducida• Silapersonacaminadespacioyvamosensucompañíaajustemosnuestro

paso al de ella.• Evitemosposiblesempujones.• Ayudémoslesitienequecargarobjetos.

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• Silapersonaestáensilladeruedasparahablarconellasituémonosdefren-te y a la misma altura de ser posible.

• Sinosabemoscómomanejarunasilladeruedaspreguntémoslealusuarioo al acompañante como hacerlo.

• Nodebemosapoyarnosenlasilladeruedasdelapersona,estaespartedesu espacio temporal.

• Dirijámonosalapersonaensilladeruedasynoasuacompañante.• Sisevaareunirconunapersonaqueutilizasilladeruedastengaencuen-

ta un lugar que tenga rampa de acceso y que el espacio sea adecuado, que exista estacionamiento reservado para personas con discapacidad, cuarto de baños accesibles, ascensor si la entrevista no es en planta baja.

Trato adecuado a personas con dificultades en el habla • Tratemosdecomprenderpreviendoqueeltiempo,elritmoylapronuncia-

ción son distintos.• Sinocomprendemosloquenosdice,debemoshacérselosaberparaquelo

repita o lo comunique de una forma alternativa.• Hagapreguntascortas,querequieranrespuestascortas.

Trato adecuado a personas ciegas o con baja visión • Al dirigirnos a una persona ciega o con baja visión siempre nos identifica-

mos primero.• Silevamosaofreceralgoinformémosledequésetratayenquélugarse

encuentra.

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45Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 45

• Siprecisadenuestraayuda,ofrezcámosleelbrazoycaminemospordelantede la persona.

• Informémosledeobstáculosquesepuedanencontrarenelcamino.• Noladejemossolasinantesavisarle.• Silevamosaproponertomarasiento,coloquelamanodelapersonaenel

respaldo o el brazo del asiento• Sivamosareunirsnosconunapersonacondiscapacidadpreveaquelasins-

talaciones y la información que le vaya a entregar tenga escritura en braille, o colores complementarios

Trato adecuado a personas sordas o hipo acústica• Dirijámonosalapersonacuandoestádefrenteanosotros,evitehacerlosi

está de espaldas.• Atraigamoslaatencióndelapersonatocándoleelhombroohaciéndoleuna

seña.• Si vamos a reunirnos conunapersona sorda en lo posible preveamos la

presencia de un intérprete de lengua de señas.• Dirijámonosalapersonasordaynoalintérprete.• Sinosreunimosconunapersonaconpérdidaauditivaparcial,pregúntele

dónde sería mejor que usted se sentara.• Silapersonaleeloslabiosmirémosladirectamenteyhablemoslentoyclaro.• Seamosexpresivosalhablaryaque losmovimientos facialesyde todoel

cuerpo ayudarán a la persona a comprendernos.• Verifiquemosquehacomprendidoloquelequeremostransmitir.

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46 Hablando de derechos DESC + A / Pensando en derechos humanos46

• Sinoentendemospidamosquelapersonarepitaloquenosquieretransmi-tir.

Trato adecuado a personas con discapacidad intelectual o mental o dificultades en la comprensión• Aldirigirnosaestaspersonasutilicemosun lenguajesencilloyactuemos

con naturalidad.• Manejemosquelostiemposnecesariospuedenserdiferentesalosnuestros

en lo que respecta a la comprensión.• Sinosparecequelapersonanonosentendió,repitamoslapregunta.• Hagamospreguntasbrevesyprecisas.• Sinosvamosareunir,prevengamosqueantelanecesidaddeinformación,

la misma debe estar en formatos sencillos con fotografías o dibujos y que la letra de los documentos debe ser grande y en doble espacio.

• Tratémoslodeacuerdoasuedadynoatodoscomosifueranniños.• Limitemoslaayudaalonecesario,promoviendolaautonomíadelapersona• Silapersonatienedificultadesenelrelacionamientopersonal,tengamosen

cuenta eso y evitemos situaciones que puedan generar discusiones o violen-cia

• Fomentemoselrelacionamientoconlasdemáspersonas• Sinosreunimosconunapersonacondiscapacidadintelectualomentalyva

acompañado, dirijámonos a la persona y no a su acompañante.• Preguntémoslealentrevistadosipuedehacerleunapreguntaenelcasoque

sea necesario a su acompañante

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47Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha 47

• Aclarémoslealapersonaqueacompañaquetratedenoinfluirenlacomu-nicación de la persona que estamos entrevistando

Trato adecuado a otras situaciones que ameritan contemplacionesHay algunas otras situaciones más difíciles de observar que pueden estar vin-culadas con:• laalimentación;• reaccionesalérgicas;• exposicionesalaireoalsol;• elcontactoconalgúnmaterial;

En el caso de estas personas debemos preguntar qué modificaciones del entor-no o de los insumos necesitan.

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Hablando de derechos | DESC + APensando en derechos humanos

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