derecho penal

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 Derecho Penal Conjunto de normas jurídicas que determinan los delitos, las penas que el estado imponen a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece. Conjunto de leyes mediantes el estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación. CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PENAL 1.- Es un derecho púl!co. El Estado es el único que puede fijar cuáles son las conductas ilícitas, es decir, cuáles son las infracciones punibles. Luego, es un derecho de tipo social que establece medidas parapreenir y reprimir los delitos, sólo por el Estado en uso de la soberanía. ".- Cas#!$a las conduc#as e%#ernas. Luego , se dice que el de rec ho penal es un derecho reg ulador de conductas e!ternas. Entonces, se dice que no se pena el hecho de pensar. "e castiga la conducta e!terna cuando se transgrede la ley o el derecho. #ara Carrara $con el pensar no se puede delinquir. &.- Es un derecho nor'a#!(o.  Es decir, cuando el indiiduo comete un hec ho pun ible o una infr acc ión pun ible esta ría iol and o una nor ma.E l der ech o penal establece prohibiciones, normas y mandatos que deben ser obserados estrictamente por los destinatarios %#olaino&.

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Derecho Penal

Conjunto de normas jurdicas que determinan los delitos, las penas que el estado imponen a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece.Conjunto de leyes mediantes el estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicacin concreta de las mismas a los casos de incriminacin.

CARACTERSTICAS DEL DERECHO PENAL

1.- Es un derecho pblico.El Estado es el nico que puede fijar cules son las conductas ilcitas, es decir, cules son las infracciones punibles. Luego, es un derecho de tipo social que establece medidas parapreveniryreprimirlosdelitos,sloporelEstadoenusodela soberana.

2.- Castiga las conductas externas. Luego, se dice que el derecho penal es un derecho regulador de conductas externas. Entonces, se dice que no se pena el hecho de pensar. Se castiga la conducta externa cuando se transgrede la ley o el derecho. Para Carrara "con el pensar no sepuede delinquir.

3.- Es un derecho normativo. Es decir, cuando el individuo comete un hechopunibleounainfraccinpunibleestaraviolandounanorma.El derecho penal establece prohibiciones, normas y mandatos que deben ser observados estrictamente por losdestinatarios (Polaino).

4.- Es un derecho valorativo. El derecho penal para sancionar elige conductas que tengan un significado importante. Se aquilatan las conductas importantes, no toda actuacin va a ser una infraccin penal.

5.- El derecho penal a finalista.Tiene como fin velar por el respeto de la norma. Para el bienestar comn ypor ser finalista es un derecho destinado a corregir.

6. ElderechopenalEsunsistemadiscontinuodeilicitudes,vinculadoestoconelaspectonormativoyvalorativo.Cuandolaconductailcitaesimportanteyviolaocausadetrimentoaunapersona, el legislador la eleva a la calidad de delito, no se castigan todos los actos del ser humano, sino los que tengan relevancia en el plano social; ej., aborto.

7.- El derecho penal es un derecho sancionatorio o punitivo: Es decir,quecastigalosactosdelictivos.Amparayprotegebienesjurdicos de importancia. Luego al sancionar se protegen estos bienes. Por lo anterior, se diceque no es declarativo de derechos.

8.- Es un derecho personalsimo. Las penas y sanciones se aplican exclusivamente a la persona que cometi el delito. Hoy no responden los parientes nilos hijos porlos hechos delictivos deotros.

Ramas del Derecho Penal

Derecho penal material o sustantivoSe refiere a la sustancia misma que conforma el objeto de estudio de la Ciencia del Derecho Penal, como es el delito, el delincuente, son sustantivas pues el delincuente, el delito, la pena y las medidas de seguridad, son los elementos esenciales o sustanciales del derecho penal. Los autores De Len Velasco y De Mata Vela concuerdan con ello puesexpresan que el derecho penal material es la sustancia que: (...) conforma el objeto de estudio de la Ciencia del Derecho Penal, como es el delito, el delincuente, la pena y las medidas de seguridad; y que legalmente se manifiesta contemplado en el Decreto 17-73 del Congreso de la Repblica (que es el Cdigo Penal), y otras leyes penales de tipo especial.

Derecho procesal penal El derecho procesal penal o derecho penal adjetivo, como tambin se le llama, es la disciplina jurdica que estudia el conjunto de reglas de procedimiento por las cuales un caso concreto debe ser investigado, debatido y resuelto por el sistema de justicia.

Busca la aplicacin de las leyes del Derecho Penal sustantivo a travs de un proceso, para llegar a la emisin de un sentencia y consecuentemente a las deduccin de la responsabilidad penal imponiendo una pena o medida de seguridad y ordenando su ejecucin.

Se refieres pues al conjunto de normas y doctrinas que regulan el proceso penal en toda su sustanciacin convirtindose en el vehculo que ha de transportar y aplicar el Derecho Penal sustantivo, y se manifiesta a traces del Decreto 51-92 del cdigo Penal vigente. Derecho penal ejecutivo

Snchez Galindo diferencia al derecho penal ejecutivo del derecho penitenciario pues define a ste ltimo como el grupo o conjunto de normas que en el pasado reglamentaban y se ocupaban de la ejecucin de la pena a travs del principio de la retribucin y el castigo, diciendo en cambio que el derecho de ejecucin penal es: (...) El conjunto de normas con las que el Derecho Penal remata su accin y con las cuales procura, en la actualidad, no la pena o la sancin, la represin o el castigo, sino la rehabilitacin, la readaptacin o la resocializacin del delincuente

Definicin subjetiva del derecho penal En general, las definiciones subjetivas del derecho penal aluden al fundamento del Derecho de castigar, cuando se desarrollan los distintos puntos de vista que procuran fundamentar el derecho a sancionar, para determinar bajo qu condiciones es legtima la amenaza y ejecucin de una pena, y todo lo relacionado con la pretensin punitiva estatal, es a lo que se conoce como derecho penal subjetivo. Por su parte, Palacios Motta 14 planteaba que el derecho penal subjetivo est constituido por la facultad que tiene el Estado de establecer y perseguir los delitos y de imponer penas a los delincuentes, y que es en s el derecho de castigar del Estado o jus puniendi; adems, expone que ste es el derecho del Estado a prevenir con amenaza de pena la comisin de delitos y, en el caso de la comisin de los mismos, es el derecho de imponer y ejecutar esas penas.

Definicin objetiva del derecho penal Cuando se habla del derecho penal objetivo o jus peonale, se debe hacer referencia al conjunto de normas jurdicas establecidas por el Estado que determinan los delitos y las penas y que, de esa manera, regulan el poder estatal de penar. Para Zaffaroni, quien quiere dar una nocin previa del derecho penal (con un sentido objetivo), ste es: (...) el conjunto de leyes que traducen normas tutelares de bienes jurdicos y que precisan el alcance de su tutela, cuya violacin se llama delito, y tiene como consecuencia una coercin jurdica particularmente grave, que procura evitar la comisin de nuevos delitos por parte del autor.

Otra definicin objetiva es la que proporciona Antolisei, quien afirma que el derecho penal es el (...) sistema de normas jurdicas conforme a las cuales el Estado prohbe, mediante la amenaza de una pena, determinados comportamientos humanos.