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Gaceta Oficial Del Parlamento Andino 1 Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018 www.parlamentoandino.org INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS POR LA PLENARIA RESOLUCIÓN No. 01 LA PLENARIA DELEGA LAS FUNCIONES DE CONTROL POLÍTICO Y FISCALIZACIÓN EN LA COMISIÓN PRIMERA “DE POLÍTICA EXTERIOR Y RELACIONES PARLAMENTARIAS PARA LA INTEGRACIÓN” DECISIÓN No. 1398 APROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DEL PARLAMENTO ANDINO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017 DECISIÓN No. 1399 RECHAZO Y REPUDIO A LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA DECLARACIÓN PARLAMENTO ANDINO EXHORTA A LOS GOBIERNOS DE LA COMUNIDAD ANDINA PARA QUE ARTICULEN ACCIONES CON LA FINALIDAD DE BRINDAR FACILIDADES PARA ACOGER A LOS CIUDADANOS VENEZOLANOS EN SUS RESPECTIVOS PAÍSES DECLARACIÓN PARLAMENTO ANDINO SE SOLIDARIZA CON LAS REGIONES DE AREQUIPA, AYACUCHO E ICA PERÚ POR EL MOVIMIENTO TELÚRICO OCURRIDO EN LA PROVINCIA DE CARAVELÍ DECLARACIÓN PARLAMENTO ANDINO RECHAZA Y CONDENA SALVAJES ATENTADOS TERRORISTAS OCURRIDOS EN LA CIUDADES DE SOLEDAD Y BARRANQUILLA EN COLOMBIA DECLARACIÓN PARLAMENTO ANDINO RECHAZA Y CONDENA SALVAJE ATENTADO TERRORISTA OCURRIDO EN LA CIUDAD DE SAN LORENZO EN EL ECUADOR DECLARACIÓN SALUDO A LA CELEBRACIÓN DE LA II REUNIÓN DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DEL FORO CELAC-CHINA RECOMENDACIÓN 345 PARA AVANZAR HACIA LA CONVERGENCIA ECONÓMICA SUDAMERICANA DE LOS PROCESOS DE INTEGRACIÓN CAN, UNASUR, MERCOSUR Y LA ALIANZA DEL PACÍFICO

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Gaceta Oficial Del Parlamento Andino

1

Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

www.parlamentoandino.org

INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS POR LA PLENARIA

RESOLUCIÓN No. 01

LA PLENARIA DELEGA LAS FUNCIONES DE CONTROL POLÍTICO Y FISCALIZACIÓN EN LA COMISIÓN

PRIMERA “DE POLÍTICA EXTERIOR Y RELACIONES PARLAMENTARIAS PARA LA INTEGRACIÓN”

DECISIÓN No. 1398

APROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DEL PARLAMENTO ANDINO CORRESPONDIENTE

AL AÑO 2017

DECISIÓN No. 1399

RECHAZO Y REPUDIO A LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA

DECLARACIÓN

PARLAMENTO ANDINO EXHORTA A LOS GOBIERNOS DE LA COMUNIDAD ANDINA PARA QUE

ARTICULEN ACCIONES CON LA FINALIDAD DE BRINDAR FACILIDADES PARA ACOGER A LOS

CIUDADANOS VENEZOLANOS EN SUS RESPECTIVOS PAÍSES

DECLARACIÓN

PARLAMENTO ANDINO SE SOLIDARIZA CON LAS REGIONES DE AREQUIPA, AYACUCHO E ICA –

PERÚ POR EL MOVIMIENTO TELÚRICO OCURRIDO EN LA PROVINCIA DE CARAVELÍ

DECLARACIÓN

PARLAMENTO ANDINO RECHAZA Y CONDENA SALVAJES ATENTADOS TERRORISTAS OCURRIDOS

EN LA CIUDADES DE SOLEDAD Y BARRANQUILLA EN COLOMBIA

DECLARACIÓN

PARLAMENTO ANDINO RECHAZA Y CONDENA SALVAJE ATENTADO TERRORISTA OCURRIDO EN LA

CIUDAD DE SAN LORENZO EN EL ECUADOR

DECLARACIÓN

SALUDO A LA CELEBRACIÓN DE LA II REUNIÓN DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DEL

FORO CELAC-CHINA

RECOMENDACIÓN 345

PARA AVANZAR HACIA LA CONVERGENCIA ECONÓMICA SUDAMERICANA DE LOS PROCESOS DE

INTEGRACIÓN CAN, UNASUR, MERCOSUR Y LA ALIANZA DEL PACÍFICO

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Gaceta Oficial Del Parlamento Andino

2

Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

www.parlamentoandino.org

RECOMENDACIÓN 346

PARA FOMENTAR EL USO DE ENERGÍAS RENOVABLES EN LOS PAÍSES DE LA REGIÓN ANDINA

INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS POR LA MESA DIRECTIVA

RESOLUCIÓN No. 01

LA MESA DIRECTIVA DELEGA LAS FUNCIONES DE CONTROL POLÍTICO Y FISCALIZACIÓN EN LA

COMISIÓN PRIMERA “DE POLÍTICA EXTERIOR Y RELACIONES PARLAMENTARIAS PARA LA

INTEGRACIÓN”

RESOLUCIÓN No. 02

APROBACIÓN EN PRIMERA INSTANCIA DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL 2017

RESOLUCIÓN No. 03

LA MESA DIRECTIVA AUTORIZA AL SECRETARIO GENERAL DEL PARLAMENTO ANDINO LA

UTILIZACIÓN DE RECURSOS DEL FONDO DE RESERVAS PARA ASEGURAR EL CORRECTO

DESARROLLO DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES INSTITUCIONALES

RESOLUCIÓN No. 04

“POR MEDIO DE LA CUAL SE LE OTORGA AL CIUDADANO Y PARLAMENTARIO ANDINO RAMÓN

FARÍAS PONCE, LA MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN OFICIAL”

RESOLUCIÓN No. 05

“POR MEDIO DE LA CUAL SE LE OTORGA AL CIUDADANO Y PARLAMENTARIO ANDINO CHRISTIAN

URÍZAR MUÑOZ, LA MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN OFICIAL”

RESOLUCIÓN No. 06

“POR MEDIO DE LA CUAL SE LE OTORGA AL CIUDADANO Y PARLAMENTARIO ANDINO JOAQUÍN

TUMA ZEDAN, LA MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN OFICIAL”

PROYECTOS DE INSTRUMENTOS DE PRONUNCIEMIENTO

PROYECTO DE DECLARACIÓN

SALUDO A LA CELEBRACIÓN DE LA PRIMERA CONFERENCIA GLOBAL DE LA PLATAFORMA DE

COLABORACIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA “TRIBUTACIÓN Y LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO

SOSTENIBLE”

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

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AUTOR: PARLAMENTARIO ANDINO ALAN FAIRLIE

PROYECTO DE RECOMENDACIÓN

IMPULSAR LAS INVERSIONES VERDES SOSTENIBLES EN LA REGIÓN ANDINA

AUTOR: PARLAMENTARIO ANDINO ALAN FAIRLIE

PROYECTO DE MARCO NORMATIVO

MARCO NORMATIVO PARA PROMOVER POLÍTICAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

SOSTENIBLES EN LA REGIÓN ANDINA

AUTOR: PARLAMENTARIO ANDINO ALAN FAIRLIE

PROYECTO DE MARCO NORMATIVO

“MARCO NORMATIVO: PARA EL FOMENTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E

INNOVACIÓN EN LOS PAÍSES ANDINOS”

AUTOR: PARLAMENTARIO ALAN FAIRLIE

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

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INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS POR LA PLENARIA

RESOLUCIÓN No. 01

LA PLENARIA DELEGA LAS FUNCIONES DE CONTROL POLÍTICO Y FISCALIZACIÓN EN LA

COMISIÓN PRIMERA “DE POLÍTICA EXTERIOR Y RELACIONES PARLAMENTARIAS PARA LA

INTEGRACIÓN”

La Plenaria del Parlamento Andino reunida al primer (01) día del mes de febrero de 2018, en el marco del

Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Medellín, República de Colombia

CONSIDERANDO

Que son atribuciones y deberes de los Parlamentarios Andinos “respetar y hacer respetar el marco jurídico

de la Comunidad Andina y sus propios instrumentos básicos” según lo prescrito en el inciso c) del artículo

14 de su Reglamento, así como en el artículo 36, incisos e) y f), que precisan que “Promover y evaluar el

desarrollo y los resultados del proceso de integración, así como examinar en su conjunto todas las

cuestiones y asuntos relativos al mismo”;

Que, de conformidad con el Articulo 43 del Acuerdo de Cartagena y el Artículo 5 del Reglamento General

del Parlamento Andino, este organismo tiene dentro de sus funciones la de Control Político para examinar

la marcha del proceso pudiendo requerir información periódica a los Órganos e Institucionales del Sistema

Andino de Integración;

Que, el Parlamento Andino también tiene dentro de sus funciones la de fiscalización, con el objetivo de

examinar excepcionalmente la conducta de altos funcionarios de los Órganos e Instituciones de la

Comunidad Andina por responsabilidades políticas en la marcha del proceso o en el cumplimiento de sus

funciones; lo anterior en virtud del Artículo 5 del Reglamento General;

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

www.parlamentoandino.org

Que entre las facultades del Parlamento Andino, previstas en su Tratado Constitutivo de 1979, está “la

representación permanente y activa de los pueblos de la región”, para así coadyuvar a la vigencia de las

instituciones y los procedimientos propios de la democracia moderna;

Que, en el marco del periodo de sesiones del mes de agosto de 2017 realizado en la República de Chile,

la Plenaria a través de la Resolución No. 05 de ese año, delegó las funciones de control y fiscalización en

la Mesa Directiva;

Que, la Mesa Directiva en sesión ordinaria realizada el 31 de enero de 2018 en la ciudad de Medellín

decidió delegar las funciones de control político y fiscalización en la Comisión Primera “De Política Exterior

y Relaciones Parlamentarias para la Integración”, considerando las competencias señaladas en el Articulo

58 del Reglamento General y la necesidad de fortalecer estas funciones institucionales a través de un

trabajo focalizado desde la Comisión Primera;

Que, en la Resolución No. 01 de 2018 aprobada por la Mesa Directiva se remite a ratificación de la Plenaria

la decisión de delegar esas funciones en la Comisión Primera;

Por los considerandos antes expuestos, la Plenaria del Parlamento Andino, en uso de sus atribuciones

determinadas en el Tratado Constitutivo y en el Reglamento General

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- Derogar a partir de la fecha la Resolución No. 05 “LA PLENARIA DEL

PARLAMENTO ANDINO ENCARGA A LA MESA DIRECTIVA EJERCER LA FUNCIÓN DE CONTROL Y

FISCALIZACIÓN A LA MARCHA DEL PROCESO ANDINO DE INTEGRACIÓN” aprobada por la Plenaria

del Parlamento Andino en el marco del periodo de sesiones del mes de agosto de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ratificar lo resuelto por la Mesa Directiva en la Resolución No. 01 de 2018, a

través de la cual se delegan en la Comisión Primera “De Política Exterior y Relaciones Parlamentarias para

la Integración”, las funciones de control político y fiscalización, y todas las facultades inherentes a su

ejercicio, señaladas en el Artículo 5 del Reglamento General del Parlamento Andino.

ARTÍCULO TERCERO.- En el marco del ejercicio de las atribuciones señaladas en el Artículo Primero,

la Comisión Primera realizará los informes correspondientes a las acciones de control y fiscalización, y los

someterá a consideración y aprobación de la Plenaria.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia, el 1 de febrero del año 2018.

Notifíquese y publíquese.

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DECISIÓN No. 1398

APROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DEL PARLAMENTO ANDINO

CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en el marco de su periodo ordinario, realizado en la

ciudad de Medellín, República de Colombia durante el 31 de enero, y 1 y 2 de febrero de 2018.

CONSIDERANDO

Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal e) del Artículo 30 del Reglamento General, es función

del Secretario General del Parlamento Andino, preparar y presentar a la Mesa Directiva el Proyecto

de Presupuesto Anual, así como la Ejecución Presupuestal;

Que, el literal d) del Artículo 43 del Reglamento General establece que la Mesa Directiva aprobará

en primera instancia el proyecto de Presupuesto General, así como los Estados Financieros y la

Ejecución Presupuestal de la Oficina Central del Parlamento Andino presentados por la Secretaria

General;

Que, la Mesa Directiva reunida en Sesión Ordinaria del treinta y uno (31) de enero de 2018, aprobó

por unanimidad, y en primera instancia la Ejecución Presupuestal correspondiente a la vigencia 2017,

presentada por el Secretario General, destacándose un superávit en la gestión de US$181.466;

Que, de conformidad a lo establecido en el literal k) del Artículo 36 del Reglamento General, la

Plenaria del Parlamento Andino deberá aprobar el Presupuesto de la Oficina Central y su

correspondiente ejecución,

Por los considerandos antes expuestos, en uso de sus atribuciones reglamentarias y de conformidad

a lo establecido en el Reglamento General la Plenaria del Parlamento Andino,

DECIDE

ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar por unanimidad la Ejecución Presupuestal del Parlamento Andino correspondiente a la vigencia 2017, aprobado en primera instancia por la Mesa Directiva mediante Resolución No.02 de 2018; documento que hace parte integral de la presente Decisión.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia al primer (01) día del mes de febrero

de 2018.

Notifíquese y Publíquese.

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DECLARACIÓN

PARLAMENTO ANDINO EXHORTA A LOS GOBIERNOS DE LA COMUNIDAD ANDINA PARA

QUE ARTICULEN ACCIONES CON LA FINALIDAD DE BRINDAR FACILIDADES PARA

ACOGER A LOS CIUDADANOS VENEZOLANOS EN SUS RESPECTIVOS PAÍSES

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en el marco de su periodo ordinario, realizado en la

ciudad de Medellín, República de Colombia durante el 31 de enero, y 1 y 2 de febrero de 2018.

CONSIDERANDO

Que, el Parlamento Andino conforme a su Tratado Constitutivo es el órgano deliberante del Sistema

Andino de Integración, de naturaleza comunitaria que representa a los distintos pueblos de la

Comunidad Andina;

Que, el literal a) del artículo 43° del Acuerdo de Cartagena, establece dentro de las atribuciones del

Parlamento Andino: “Participar en la promoción y orientación del proceso de la integración

subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana”;

Que, los incisos b), c) y h) del artículo 12° del Tratado Constitutivo del Parlamento Andino instituye

que son propósitos del órgano supranacional: “Sustentar, en la subregión Andina, el pleno imperio de

la libertad, de la justicia social y de la democracia en su más amplio ejercicio participativo”, “Velar por

el respeto de los derechos humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes

sobre la materia para todas las Partes Contratantes” y “Contribuir al afianzamiento del sistema

democrático, de la paz y la justicia internacionales; y al derecho a la libre determinación de los

pueblos”;

Que, el literal d) del artículo 14° del Reglamento General del Parlamento Andino, instaura dentro de

los deberes y obligaciones de las Parlamentarias y los Parlamentarios Andinos: “Defender y reafirmar

los regímenes democráticos, sustentando el pleno imperio de la paz, la libertad, la justicia social, el

derecho a la libre autodeterminación, el respeto a los derechos humanos, al derecho internacional y

la calidad de vida de los pueblos andinos”;

Que, el pasado 24 de abril del 2015, la Plenaria del Parlamento Andino aprobó el marco normativo

“Estatuto Andino de Movilidad Humana” para regular las relaciones entre los Estados Miembros de

la Comunidad Andina con los ciudadanos andinos en cuanto al ejercicio de sus derechos de movilidad

humana, permanencia y circulación dentro de los países de la región andina, enfocándose en la

protección y garantía de los derechos de las personas, sin discriminación de ninguna naturaleza;

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

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Que, la catastrófica situación política y económica que padece Venezuela, así como la sistemática

violación a los derechos humanos de numerosos ciudadanos, ha originado que miles de venezolanos

se vean obligados a emigrar, en forma regular o irregular, hacia distintos países del mundo;

Que, en el año 2015, el número de ciudadanos venezolanos que emigró hacia el exterior, según

información proporcionada por la Organización Internacional de Migraciones (OIM) ascendió a

606,281 mientras que el Banco Mundial (BM) sitúa esta cifra en 655,400 migrantes;

Que, según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y

la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el número de solicitudes de asilo por parte

de ciudadanos venezolanos han crecido en forma exponencial, llegando a superar las 35,000

solicitudes durante el año 2016;

Que, diversos países como Argentina, Brasil, Estados Unidos y España, vienen recibiendo miles de

ciudadanos venezolanos que emigran de su país por una necesidad de supervivencia o de protección

internacional frente a la cruda realidad imperante en Venezuela;

Que, en este escenario, la migración venezolana no solo ha tocado a países de otras latitudes sino

a distintas naciones de la Comunidad Andina, quienes vienen acogiendo diariamente miles de

ciudadanos venezolanos que llegan a países como Ecuador, Colombia y Perú en busca de mejorar

sus condiciones de vida;

Que, si bien algunos países como Colombia y el Perú han adoptado medidas para proteger y asegurar

los derechos de los migrantes venezolanos llegados a sus respectivos países, esta crisis de

refugiados venezolanos, presenta una serie de dificultades para los migrantes que requieren asilo,

porque el resto de los Estados miembros, no los consideran como candidatos para poder instituir una

vía legal para regularizar su situación y para acogerlos en sus territorios;

Que, en esta difícil coyuntura, urge que los países andinos planteen una respuesta regional e integral

temporal para tratar de apoyar con solidaridad a la situación generada por la crisis migratoria

venezolana;

Que, siendo la República de Venezuela, anterior miembro de la Comunidad Andina y país

latinoamericano, resulta imperativo que este órgano deliberante común del Sistema Andino de

Integración (SAI), en su calidad miembro integracionista y defensor de la democracia y de los

derechos humanos, emita su pronunciamiento con la finalidad de exhortar a los países de la

Comunidad Andina para que articulen acciones con la finalidad de que mayor número de ciudadanos

venezolanos puedan instalarse formalmente en los países andinos.

Por las consideraciones antes expuestas, la Plenaria del Parlamento Andino en uso de sus

atribuciones reglamentarias:

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DECLARA

ARTÍCULO PRIMERO: Exhortar a los regímenes de gobierno de la Comunidad Andina para que

articulen acciones con la finalidad de brindar facilidades para acoger a los ciudadanos venezolanos

en sus respectivos países. Al mismo tiempo, brindarles las facilidades necesarias para que les

otorguen las pertinentes visas de tránsito con la finalidad de que los ciudadanos venezolanos puedan

viajar a cualquier país de la región andina.

ARTÍCULO SEGUNDO: Instar a los Gobiernos de la Comunidad Andina a efectos de que tomen

medidas contundentes con la finalidad de apoyar solidariamente a los ciudadanos venezolanos por

razones económicas, humanitarias y de interés nacional, pues obedece a una situación de naturaleza

temporal que cuando se normalice y se respeten los derechos, permitirá que dicha población retorne.

ARTÍCULO TERCERO: Persuadir a los Gobiernos de la Comunidad Andina para que actúen bajo los

principios elementales de respeto a los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de

acatamiento al Estado de Derecho y la democracia, y de sumisión a las disposiciones contenidas en

la instrumentos internacionales, la Constitución y en el marco legal vigente.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia al primer (01) día del mes de febrero

de 2018.

Notifíquese y Publíquese.

_______________________________________________________________________________

DECLARACIÓN

PARLAMENTO ANDINO SE SOLIDARIZA CON LAS REGIONES DE AREQUIPA, AYACUCHO E

ICA – PERÚ POR EL MOVIMIENTO TELÚRICO OCURRIDO EN LA PROVINCIA DE CARAVELÍ

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en el marco de su periodo ordinario, realizado en la

ciudad de Medellín, República de Colombia durante el 31 de enero, y 1 y 2 de febrero de 2018.

CONSIDERANDO

Que, el Parlamento Andino conforme a su Tratado Constitutivo es el órgano deliberante del Sistema

Andino de Integración, de naturaleza comunitaria que representa a los distintos pueblos de la

Comunidad Andina;

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Gaceta Oficial Del Parlamento Andino

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

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Que, el pasado día domingo catorce de enero del año en curso, un destructor movimiento telúrico de

6.8 grados, con una profundidad de 48 km, con epicentro a 56 km al sur del distrito de Lomas,

provincia de Caravelí, región Arequipa, evento que por su magnitud y profundidad, ha producido

daños a la vida y la salud de la población, afectación en servicios básicos e infraestructura pública y

privada, entre otros, en diversas provincias y distritos de las regiones de Ayacucho e Ica,

esencialmente en la provincia de Caravelí en la región Arequipa - Perú;

Que, según información brindada por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) del

Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) el lamentable suceso ha dejado dos personas fallecidas,

alrededor de ciento cuatro heridos, setecientas ochenta familias afectadas, ciento sesenta y ocho

familias damnificadas e igual número de viviendas colapsadas;

Que, a raíz de este lamentable suceso el Poder Ejecutivo peruano ha promulgado el Decreto

Supremo N° 009-2018-PCM a efectos de instituir el estado de emergencia en dichas

circunscripciones territoriales afectadas con la finalidad de ejecutar medidas de excepción inmediata

y necesaria de respuesta y rehabilitación de las zonas aquejadas;

Que, siendo la República del Perú, país miembro de la Comunidad Andina, resulta imperativo que

este órgano supranacional emita un instrumento de pronunciamiento de solidaridad con los deudos

de las víctimas, así como con las familias afectadas y damnificadas por este fenómeno natural, en

estos momentos de dolor, sufrimiento y consternación que viven los pobladores del hermano país.

Por las consideraciones antes expuestas, la Plenaria del Parlamento Andino en uso de sus

atribuciones reglamentarias:

DECLARA

ARTÍCULO PRIMERO: Expresar su solidaridad al Presidente de la República del Perú, Pedro

Pablo Kuckzynski Godar, a la Representación Parlamentaria del Perú, a los Gobernadores de las

regiones de Arequipa, Ayacucho e Ica, así como a todos los pobladores de las comunidades

afectadas por la difícil situación que vienen afrontando a causa del movimiento telúrico ocurrido el

pasado día domingo 14 de enero.

ARTÍCULO SEGUNDO: Hacer un llamado a los países de la región para que a través de las

instituciones y organismos competentes cooperen y apoyen la gestión de las autoridades peruanas

a efectos de que atiendan con prontitud a las poblaciones afectadas por este fenómeno natural.

ARTÍCULO TERCERO: Delegar a los representantes peruanos ante el Parlamento Andino a fin de

que realicen la entrega oficial de la presente declaración al señor Presidente de la República del

Perú, Pedro Pablo Kuckzynski Godar, a efectos de que trasmita la presente declaración a las

demás autoridades de las poblaciones afectadas por tan grave desastre natural.

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Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia al primer (01) día del mes de febrero

de 2018.

Notifíquese y Publíquese.

_______________________________________________________________________________

DECLARACIÓN

PARLAMENTO ANDINO RECHAZA Y CONDENA SALVAJES ATENTADOS TERRORISTAS

OCURRIDOS EN LA CIUDADES DE SOLEDAD Y BARRANQUILLA EN COLOMBIA

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en el marco de su periodo ordinario, realizado en la

ciudad de Medellín, República de Colombia durante el 31 de enero, y 1 y 2 de febrero de 2018.

CONSIDERANDO

Que, el Parlamento Andino conforme a su Tratado Constitutivo es el órgano deliberante del Sistema

Andino de Integración, de naturaleza comunitaria que representa a los distintos pueblos de la

Comunidad Andina;

Que, los incisos b), c) y g) del artículo 11° del Tratado Constitutivo del Parlamento Andino instituye

que son propósitos del órgano supranacional: “velar por el respeto de los Derechos Humanos dentro

del marco de los instrumentos internacionales, vigentes sobre la materia para todas las Partes

Contratantes”, “sustentar, en la subregión Andina, el pleno imperio de la libertad, de la justicia social

y de la democracia en su más amplio ejercicio participativo” y “contribuir al afianzamiento del sistema

democrático, de la paz y la justicia internacionales; y al derecho a la libre determinación de los

pueblos”;

Que, el literal d) del artículo 14° del Reglamento General del Parlamento Andino, señala dentro de

los deberes y obligaciones de las Parlamentarias y los Parlamentarios Andinos: “Defender y reafirmar

los regímenes democráticos, sustentando el pleno imperio de la paz, la libertad, la justicia social, el

derecho a la libre autodeterminación, el respeto a los derechos humanos, al derecho internacional y

la calidad de vida de los pueblos andinos”;

Que, el pasado día sábado 27 de enero del 2018, se produjo un atentado terrorista con explosivos

contra una estación de la policía situada en el Barrio de San José en la ciudad colombiana de

Barranquilla, dejando cinco policías fallecidos y cuarenta y un personas heridas, lo que constituye un

cobarde acto terrorista que cobró la vida de personas inocentes, el mismo que ha sido reivindicado

por el Frente de Guerra Urbano del Ejército de Liberación Nacional (ELN);

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Gaceta Oficial Del Parlamento Andino

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

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Que, el domingo 28 de enero del 2018, un grupo de desconocidos perpetraron un segundo ataque

con explosivos contra un Comando de Acción Inmediata (CAI) situado en el municipio de Soledad,

parte del área metropolitana de la ciudad de Barranquilla - Colombia, que dejo cinco personas

heridas, entre ellas cuatro policías heridos y un miembro de la sociedad civil;

Que, el mismo día domingo 28 de enero del 2018, se produjo un tercer ataque con explosivos contra

un Comando de Acción Inmediata (CAI) del corregimiento de Buena Vista situado en el municipio de

Santa Rosa del Sur, en el departamento de Bolívar – Colombia, que dejo dos policías muertos y dos

policías heridos;

Que, este tipo de salvajes atentados terroristas han generado un clima de pánico, desolación,

violencia e inestabilidad en regímenes democráticos como el colombiano, a la vez, amerita tomar

decisiones determinantes sobre el futuro de los diálogos iniciados con el Frente de Guerra Urbano

del Ejército de Liberación Nacional (ELN) para arribar a un acuerdo de paz;

Que, estos lamentables sucesos ocurridos han merecido el rechazo de diversos regímenes de

gobierno de la región, diversos organismos internacionales y asambleas parlamentarias

plurinacionales, quiénes demandan se actué inflexiblemente en la lucha contra el terrorismo y se

aplique la máxima sanción a los responsables a efectos de lograr el pronto restablecimiento de la paz

y tranquilidad en dicha nación en estos momentos de tragedia y dolor, asimismo exigen un

pronunciamiento global para condenarlos;

Que, el pleno respeto a los derechos humanos y de las libertades fundamentales son condiciones

necesarias para la vigencia y evolución de los procesos de integración, a la vez, la comisión de estos

irracionales actos amerita el pronunciamiento en pleno de la comunidad internacional, esencialmente

de los organismos supranacionales y de las asambleas parlamentarias plurinacionales;

Que, resulta imperativo que este órgano deliberante común del Sistema Andino de Integración (SAI),

en su calidad miembro integracionista y defensor de la democracia y de los derechos humanos, emita

su pronunciamiento con la finalidad de solidarizarse con las víctimas y familiares de los que han sido

afectados por la insania terrorista y rechazar estos actos terroristas que constituyen una amenaza

global y requieren una respuesta general;Por las consideraciones antes expuestas, en uso de sus

atribuciones señaladas en el Reglamento General del Parlamento Andino, la Plenaria:

DECLARA

ARTÍCULO PRIMERO: Expresar nuestra solidaridad con las víctimas y familiares de las personas

afectadas por estos cobardes actos terroristas que han cobrado la vida de personas inocentes en las

ciudades de Barranquilla, Soledad y el corregimiento de Buena Vista (Bolívar) en Colombia, los

mismos que han dejado siete policías fallecidos y cerca de cuarenta y cinco personas heridas.

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ARTÍCULO SEGUNDO: Rechazar y condenar de manera enérgica, categórica y unánime los

salvajes atentados terroristas ocurridos en las ciudades de Barranquilla, Soledad y el corregimiento

de Buena Vista (Bolívar) en Colombia, por cuanto no existe justificación alguna para estos crímenes

tan terribles que sólo buscan destruir la convivencia.

ARTÍCULO TERCERO: Exhortar al Gobierno Colombiano para que actué inflexiblemente en la lucha

contra el terrorismo y aplique la máxima sanción a los responsables, que debe ser la principal

prioridad de las sociedades libres como las que integran el Parlamento Andino y demás bloques de

integración y países del orbe.

ARTÍCULO CUARTO: Delegar a la Representación Parlamentaria de Colombia con el objetivo de

que articule las acciones pertinentes con su Gobierno a fin de que se emprenda una disputa frontal

para combatir el terrorismo, el mismo que amerita una respuesta global encaminada a luchar contra

esta grave amenaza para lograr el pronto restablecimiento de la paz y tranquilidad en dicha nación

en estos momentos de tragedia y dolor.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia al primer (01) día del mes de febrero

de 2018.

Notifíquese y Publíquese.

_______________________________________________________________________________

DECLARACIÓN

PARLAMENTO ANDINO RECHAZA Y CONDENA SALVAJE ATENTADO TERRORISTA

OCURRIDO EN LA CIUDAD DE SAN LORENZO EN EL ECUADOR

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en el marco de su periodo ordinario, realizado en la

ciudad de Medellín, República de Colombia durante el 31 de enero, y 1 y 2 de febrero de 2018.

CONSIDERANDO

Que, el Parlamento Andino conforme a su Tratado Constitutivo es el órgano deliberante del Sistema

Andino de Integración, de naturaleza comunitaria que representa a los distintos pueblos de la

Comunidad Andina;

Que, los incisos b), c) y g) del artículo 11° del Tratado Constitutivo del Parlamento Andino instituye

que son propósitos del órgano supranacional: “velar por el respeto de los Derechos Humanos dentro

del marco de los instrumentos internacionales, vigentes sobre la materia para todas las Partes

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Contratantes”, “sustentar, en la subregión Andina, el pleno imperio de la libertad, de la justicia social

y de la democracia en su más amplio ejercicio participativo” y “contribuir al afianzamiento del sistema

democrático, de la paz y la justicia internacionales; y al derecho a la libre determinación de los

pueblos”;

Que, el literal d) del artículo 14° del Reglamento General del Parlamento Andino, instaura dentro de

los deberes y obligaciones de las Parlamentarias y los Parlamentarios Andinos: “Defender y reafirmar

los regímenes democráticos, sustentando el pleno imperio de la paz, la libertad, la justicia social, el

derecho a la libre autodeterminación, el respeto a los derechos humanos, al derecho internacional y

la calidad de vida de los pueblos andinos”;

Que, el pasado día sábado 27 de enero del 2018, un artefacto explosivo fue activado frente al

comando de la policía de la población de San Lorenzo, provincia de Esmeraldas, en la frontera con

Colombia, que dejó catorce policías heridos y causo graves destrozos en las instalaciones de los

dormitorios y el comedor del destacamento policial;

Que, el Presidente de la República del Ecuador, Lenin Moreno, ha decretado el estado de excepción

en varias zonas del país, a fin de fortalecer la seguridad de los ciudadanos;

Que, este tipo de salvajes atentados terroristas originan un clima de pánico, desolación, violencia e

inestabilidad en regímenes democráticos como el ecuatoriano, a la vez, no contribuye al

afianzamiento de la paz y la justicia internacional;

Que, este lamentable suceso ocurrido viene mereciendo el rechazo unánime de diversos regímenes

de gobierno de la región, diversos organismos internacionales y asambleas parlamentarias

plurinacionales, quiénes demandan que se actué inflexiblemente en la lucha contra el terrorismo y se

aplique la máxima sanción a los responsables a fin de lograr el pronto restablecimiento de la paz y

tranquilidad en dicha nación en estos momentos de tragedia y dolor, asimismo exigen un

pronunciamiento global para condenarlos;

Que, el pleno respeto a los derechos humanos y de las libertades fundamentales son condiciones

necesarias para la vigencia y evolución de los procesos de integración, a la vez, la comisión de estos

irracionales actos amerita el pronunciamiento en pleno de la comunidad internacional, esencialmente

de los organismos supranacionales y de las asambleas parlamentarias plurinacionales;

Que, resulta imperativo que este órgano deliberante común del Sistema Andino de Integración (SAI),

en su calidad miembro integracionista y defensor de la democracia y de los derechos humanos, emita

su pronunciamiento con la finalidad de solidarizarse con los familiares de los que han sido afectados

por la insania terrorista y rechazar estos actos terroristas que constituyen una amenaza global y

requieren una respuesta general;

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Por las consideraciones antes expuestas, en uso de sus atribuciones señaladas en el Reglamento

General del Parlamento Andino, la Plenaria:

DECLARA

ARTÍCULO PRIMERO: Expresar nuestra solidaridad con las personas lesionadas y sus familiares

por este cobarde acto terrorista que han dejado catorce personas heridas en San Lorenzo, provincia

de Esmeraldas en la República del Ecuador.

ARTÍCULO SEGUNDO: Rechazar y condenar de manera enérgica, categórica y unánime el cruel

atentado terrorista suscitado en la ciudad de San Lorenzo, provincia de Esmeraldas en el Ecuador,

por cuanto no existe justificación alguna para este tipo de hechos delictivos que sólo buscan destruir

la convivencia pacífica y el afianzamiento de la paz en la región.

ARTÍCULO TERCERO: Exhortar al Gobierno Ecuatoriano para que actué inflexiblemente en la lucha

contra el terrorismo y aplique la máxima sanción a los responsables, que debe ser la principal

prioridad de las sociedades libres como las que integran el Parlamento Andino y demás organismos

de integración y países del orbe.

ARTÍCULO CUARTO: Delegar a la Representación Parlamentaria del Ecuador con el objetivo de que

articule las acciones pertinentes con su Gobierno a fin de que se emprenda una disputa frontal para

combatir el terrorismo, el mismo que amerita una respuesta global encaminada a luchar contra esta

grave amenaza para lograr el pronto restablecimiento de la paz y tranquilidad en dicha nación en

estos momentos de tragedia y dolor.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia al primer (01) día del mes de febrero

de 2018.

Notifíquese y Publíquese.

_______________________________________________________________________________

DECLARACIÓN

SALUDO A LA CELEBRACIÓN DE LA II REUNIÓN DE MINISTROS DE RELACIONES

EXTERIORES DEL FORO CELAC-CHINA

CONSIDERANDO

Que, China se ha convertido en un importante socio comercial para la región, y para muchos de los

países latinoamericanos, es el principal. De acuerdo con la CEPAL, el comercio entre China y

América Latina se ha multiplicado considerablemente en la última década, En 2017, el intercambio

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sumó los USD266 000 millones, meta que se espera duplicar para el año 2025; y las inversiones al

mismo año alcanzaron el monto de USD 115 000 millones. Esto muestra el interés de Latinoamérica

en consolidarse como socio estratégico de China;1

Que, los países sudamericanos han firmado Tratados de Libre Comercio (Perú y Chile) y acuerdos

de inversión con dicho país. Además, China junto a algunos de los países andinos como Chile, y Perú

participan como estados miembros del Foro de Cooperación Económica Asia -Pacifico (APEC),

donde Colombia y Ecuador también han mostrado interés en adherirse;

Que, la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), está conformada por todos

los países de América Latina y el Caribe. Se creó en 2010 con la finalidad de promover la integración

y desarrollo de la región, mediante la concertación política y diálogo;

Que, China como parte de su estrategia de política exterior, ha desarrollado lineamientos respecto a

los diferentes ejes de cooperación hacia América Latina,2 con el objetivo de consolidar su presencia

y fortalecer las relaciones económico - comerciales con los países de la región;

Que, la creación del Foro entre la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) y

China, pretende ser una plataforma que impulse una fase de cooperación integral, que tiene como

valores promover el desarrollo conjunto, relación de igualdad y beneficio mutuo;

Que, en esta línea, se elaboró el Plan de Cooperación China- CELAC 2015 – 2019, que aborda

comercio, cooperación financiera, inversión y conectividad, Asimismo, los ejes centrales de la

cooperación son: energía, infraestructura, agricultura, innovación, manufactura, informática. Estos

sectores son los de mayor interés y presencia china;

Que, para atraer financiamiento hacia la región, impulsa la coordinación y cooperación entre

instituciones financieras chinas y el Banco del Desarrollo para América Latina y el BID;

1 CEPAL (22/01/2018) CEPAL destaca la relevancia y oportunidad de estrechar los vínculos entre China y

América Latina y el Caribe. Disponible en: https://www.cepal.org/es/comunicados/cepal-destaca-la-relevancia-

oportunidad-estrechar-vinculos-china-america-latina-caribe

2 El Gobierno chino presentó el Segundo Documento sobre la Política de China Hacia América Latina y el

Caribe

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Que, en la Declaración de Beijing de la Primera Reunión Ministerial del Foro China-CELAC, el Plan

de Cooperación China - los Estados Latinoamericanos y Caribeños (2015-2019) y Disposiciones

Institucionales y Reglas de Funcionamiento del Foro China-CELAC se fijan objetivos de colaboración

en diversos campos, temiendo como plataforma el Foro. Asimismo, los mecanismos establecidos

son: la Reunión Ministerial del Foro China-CELAC, el Diálogo de los Cancilleres de China y el

"Cuarteto" de CELAC y la Reunión de Coordinadores Nacionales. También se llevan a cabo subforos

en temas específicos;

Que, la II Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del Foro CELAC-China (Cumbre CELAC -

China), fue celebrada los días 21 y 22 de enero de 2018, en Santiago de Chile. El lema de esta

reunión fue “Trabajando por más desarrollo, innovación y cooperación para nuestros pueblos”, que

se cimienta en dos pilares: la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la

convergencia en la diversidad;

Que, en esta cumbre se aprobaron la “Declaración de Santiago”, y el nuevo Plan de Acción

Conjunto CELAC-China 2018 -2021. Estos acuerdos tienen por objetivo profundizar la integración

bilateral, mediante compromisos de trabajos asumidos en los ejes de interés identificados, y

complementa la iniciativa “Una franja, una ruta” impulsada por China;

Que, también se discutieron temas centrales de la coyuntura global, como el apoyo explícito que se

hace al multilateralismo, a los resultados de la COP 21 de Paris, compromisos de enfrentar el cambio

climático, y se saluda a la Undécima Cumbre Ministerial de la OMC llevada cabo en Buenos Aires.

Además, se hace un llamado a la paz y la resolución de los conflictos por vía pacífica y ratif icación

de América Latina y el Caribe como zona de paz;

Que, la próxima Reunión Ministerial se llevará a cabo en el año 2021 en Beijing, China;

El Parlamento Andino en atribución a sus funciones;

DECLARA

ARTÍCULO PRIMERO: Saludamos el desarrollo de la II Reunión de Ministros de Relaciones

Exteriores del Foro CELAC-China y los compromisos y avances alcanzados en pro del acercamiento

entre China y América Latina y el Caribe.

ARTÍCULO SEGUNDO: Impulsar el fortalecimiento institucional del Foro China-CELAC, con el fin de

convertirla en la plataforma que viabilice y canalice los proyectos e iniciativas que promuevan la

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consolidación de las relaciones políticas, económicas y de cooperación bilateral; mediante la

participación de organismos regionales como el Parlamento Andino y otras instituciones multilaterales

de la región.

ARTÍCULO TERCERO: Instar a los países andinos a seguir participando y promoviendo diferentes

foros de integración que potencien el desarrollo de la región con base a los pilares del desarrollo

sostenible e inclusivo, el respeto de los derechos humanos y cooperación. Es importante en la

construcción de un mundo multipolar, el afincamiento de la relación y cooperación con China en

iniciativas globales que favorecen a la liberalización del comercio, consolidación del Foro APEC, y la

conectividad mediante mayor infraestructura regional.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia al primer (01) día del mes de febrero

de 2018.

Notifíquese y Publíquese.

_______________________________________________________________________________

RECOMENDACIÓN 345

PARA AVANZAR HACIA LA CONVERGENCIA ECONÓMICA SUDAMERICANA DE LOS

PROCESOS DE INTEGRACIÓN CAN, UNASUR, MERCOSUR Y LA ALIANZA DEL PACÍFICO

El Parlamento Andino en el marco de su Periodo Ordinario de Sesiones, realizado en la ciudad de

Medellín, República de Colombia durante los días 31 de enero, 1 y 2 de febrero de 2018.

CONSIDERANDO

Que, el limitado avance de las negociaciones multilaterales y la predisposición a la construcción de

mega-procesos regionales, nuevos proteccionismos, acelerados avances tecnológicos; pone a varios

países de Sudamérica, como Bolivia, Ecuador y los países del MERCOSUR, en una posición

desigual;

Que, América Latina ha atravesado un periodo de crecimiento negativo, y las proyecciones de

crecimiento para 2017 es moderado (aproximadamente 1.5%). En este sentido, caminar hacia el

objetivo de desarrollo que cumpla con la agenda 2030, implica necesariamente para CEPAL

implementar políticas de índole sociales, económicas, ambientales e industrias de manera integrada;

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Que, diversos estudios señalan que las relaciones comerciales de los países latinoamericanos con

sus principales socios comerciales (China, Estados Unidos, Unión Europea, entre otros), es

asimétrica, reproduce patrones norte-sur, poco diversificada, y basada en productos primarios con

escaso valor agregado y contenido tecnológico. Asimismo, la actual relación comercial de los andinos

con China, también ha influido en un proceso de desintegración en América Latina, en particular en

el área andina;

Que, la integración regional es una de las vías para generar y facilitar el crecimiento de la región,

además de disminuir el impacto negativo de un menor dinamismo a nivel mundial. En el escenario

post-hegemónico la resiliencia del regionalismo se entiende como la capacidad de la región de

recuperarse de disturbios políticos, económicos y sociales, así como de crisis regionales e

internacionales. En este contexto, el acercamiento entre los procesos de integración puede reforzar

la postura negociadora frente a terceros socios extra-regionales;

Que, existen diversas propuestas de una multilateralización regional para América Latina y

mecanismos de convergencia de la CAN, la UNASUR, el MERCOSUR y la integración sudamericana.

El BID (2017) plantea que un TLC en toda la región (LACFTA) podría duplicar el uso de insumos

locales en las exportaciones de América Latina, que simultáneamente dinamizaría las cadenas de

valor regionales y la integración regional;

Que, la Alianza del Pacífico, está conformado por Chile, Colombia, México y Perú, que tiene por

principal objetivo la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas.

Que, Perú y Colombia impulsaron luego la Alianza del Pacífico, consolidando con Chile y México una

estrategia, que ha tenido avance relativo y eco con la adhesión de miembros asociados en su última

cumbre. La Alianza del Pacífico, busca mejorar sus encadenamientos productivos mediante la

armonización de reglas de origen;

Que, el Mercosur tiene por miembros por Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela, y tiene

como países asociados a Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú;

Que, en UNASUR conviven países con diferentes estrategias de desarrollo e inserción internacional

(lo cual ha conllevado en otros espacios a crisis y discusiones internas) dado que se ha centrado en

factores no económicos entre ellos defensa, infraestructura, energía;

Que, entre los miembros de la Alianza del Pacífico y el MERCOSUR, se encuentra las principales

economías de América Latina y el Caribe, y entre ambos bloques representen aproximadamente del

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90% del PIB, población, comercio y flujos de inversión extranjera directa de la región y el comercio

es principalmente intra-industrial;

Que, la ALADI en el artículo 3º b) del Tratado de Montevideo (1980) define la convergencia como la

“multilateralización progresiva de los acuerdos de alcance parcial, mediante negociaciones periódicas

entre los países miembros, en función del establecimiento del mercado común latinoamericano";

Que, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), insta a seguir una estrategia de convergencia en

la diversidad dado el contexto económico internacional (crisis, caída de los precios de las materias

primas y de la demanda (tanto de mercados como de productos) externa, entre otros factores), como

una alternativa para diversificar las exportaciones y fortalecer el crecimiento y desarrollo de los países

latinoamericanos.

Que, de acuerdo al BID, la inserción internacional de los países latinoamericanos puede ser mejorada

mediante un mercado regional integrado, con canastas exportadoras más diversificada y con bienes

y servicios con mayor valor agregado;

Que, el nuevo panorama político en América Latina, facilitan la “convergencia en la diversidad” de

acciones conjuntas entre la CAN, UNASUR, Alianza del Pacífico y Mercosur. Desde la perspectiva

del Banco Mundial y el BID, diseñar nuevas políticas públicas que posibiliten el desarrollo de cadenas

de valor resulta estratégico para la integración. Esto supone la articulación y complementariedad de

nuestras economías, sectores, y procesos productivos, transitar hacia una integración profunda que

genere un mercado interno ampliado, la inserción de las Pymes suscitando su internacionalización y

el impulso de clúster exportadores, la armonización de normas técnicas, normas de origen, y medidas

de facilitación del comercio que avancen hacia un mayor comercio intrarregional;

Que, América Latina y los países de la región andina no han estado ajenos a estas nuevas tendencias

del comercio internacional, aunque su rol en las cadenas de valor globales ha sido

preponderantemente como proveedores de materias primas con escasos encadenamientos de valor

agregado hacia adelante, sujetos a una alta vulnerabilidad por la volatilidad de los precios

internacionales, la demanda externa, y con bajos impactos económicos y sociales para sus

economías;

Que, en la construcción de un mercado regional es clave el potencial de las cadenas productivas y

de valor como instrumento de cohesión, para lo cual se debe trabajar en la convergencia regulatoria

y la atracción de inversión extranjera;

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Que, el comercio intra- regional es más diversificado e intensivo en productos manufacturados con

contenido tecnológico. Potenciar la integración en la región brinda la posibilidad de diversificar la

matriz productiva regional y las exportaciones; así como favorecer a la creación de empleo y

articulación de las pymes al mercado regional. El mercado regional absorbe en mayor proporción las

exportaciones de bienes manufacturados de los países de la región. Es principalmente relevante

contemplar América del Sur para las exportaciones industriales de Latinoamérica;

Que, el Mercosur y la CAN firmaron el 16 de abril 1998 el Acuerdo Marco para la Creación de la Zona

de Libre Comercio (ZLC) entre ambos espacios de integración. Este fue negociado en dos etapas:

primero un acuerdo de preferencias arancelarias, el cual a petición de Brasil se negoció uno Brasil –

CAN y otro CAN y el resto de los miembros del Mercosur;

Que, para la segunda etapa, la creación de una zona de libre comercio, en el marco de ALADI, en

2002 se firmó Acuerdo de Complementación Económica N° 56. En 2004, se firmó el Acuerdo de

Complementación Económica Nº 59 entre los países de MERCOSUR y Colombia, Ecuador y

Venezuela; mientras que Perú firmó el acuerdos de ZLC (Acuerdo de Complementación Económica

N° 58) en 2003;

Que, el objetivo central de la ZLC CAN-MERCOSUR fue promover, diversificar y dinamizar el

comercio y la eliminación de restricciones arancelarias y no arancelarias que afecten al comercio

intra-regional; mediante el establecimiento de la cooperación e integración (económica, energética,

tecnológica y física) que facilite el libre flujo de comercio e inversiones entre ambos espacios;

Que, diversos espacios han analizado la posibilidad de convergencia entre los acuerdos de

integración económica que coexisten en América del Sur. Es así que, en la Primera Reunión de Jefes

de Estado de la Comunidad Sudamericana de Naciones, en 2005, se encargó a las Secretarías de

ALADI; MERCOSUR y CAN, realizar un estudio sobre la convergencia de los acuerdos de

complementación económica entre los países sudamericanos;

Que, en la Declaración de Bogotá del 8 noviembre de 2011, el Consejo Presidencial Andino solicitó

a la Secretaria General de la CAN, Secretaria General del UNASUR y a la del MERCOSUR; identificar

elementos comunes y complementarios con el fin de analizar las posibilidades de convergencia de

dichos procesos;

Que, en octubre de 2014, el secretario general de la Comunidad Andina y el secretario general de

UNASUR se comprometieron a trabajar conjuntamente para impulsar la convergencia de los espacios

regionales de integración. Asimismo, reconocieron que la CAN, la Alianza del Pacífico, Mercosur, y

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el ALBA, coinciden en algunos ejes temáticos lo cual invita a “buscar espacios de convergencias para

evitar duplicidades y para sumar esfuerzos”;

Que, en 2015, el MERCOSUR presentó una propuesta de Plan de Acción a la Alianza del Pacífico

que busca profundizar los compromisos sobre acceso a mercado tomando como base los Acuerdos

de Complementación Económica que posee con Chile, Colombia y Perú firmados en el marco de

ALADI; y medidas que incidan en la facilitación de comercio intra-regional;

Que, el MERCOSUR está impulsando negociaciones con la Unión Europea, lo que significa una

coincidencia con los esfuerzos ya realizados por la Alianza del Pacífico y países miembros de la CAN

(Perú y Colombia);

Que, el BID propone una hoja de ruta con el objetivo de promover la convergencia entre los distintos

procesos de integración regionales, reconociendo que estos poseen temas como inversiones, reglas

de origen, servicios, reglas de competencia y de acceso a mercados que coinciden. Dichos puntos

de intersección pueden ser la base para enlazar estos acuerdos, lo que a la vez fortalece la

competitividad de las pymes al reducir los costos del comercio por la profundización de la

liberalización de bienes y servicios;

Que, para CEPAL el camino hacia la convergencia es la integración productiva, se precisa de

paquetes integrados multinacionales de política industrial en sectores específicos, además de

promover conjuntamente la innovación, transferencia tecnológica, apoyo a las pymes y la creación

de clusters. En términos de la integración física, se requiere priorizar inversión en logística, transporte

e infraestructura orientados el desarrollo de los clusters;

Que, en el seminario "Los futuros del Mercosur. Nuevos rumbos de la integración regional” celebrado

el 21 de marzo de 2017 en Buenos Aires, el BID hace un llamado a la convergencia latinoamericana

y una mayor integración entre los países;

Que, el 19 de julio de 2017, el BID llevó a cabo el seminario “MERCOSUR-Alianza del Pacífico. Una

agenda positiva para la integración” en el marco Cumbre del MERCOSUR y Estados asociados en

Mendoza, Argentina. Dicho evento se realizó por la Decisión de la Reunión Ministerial entre ambos

bloques en abril de 2017. Las áreas de trabajo de dicha actividad fueron Cadenas Regionales de

Valor, la Facilitación del Comercio, Cooperación Aduanera, entre otros; con el objetivo de identificar

acciones pro integración;

Que, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), coincide en que la

convergencia entre la Alianza del Pacífico y Mercosur tiene un papel fundamental para desarrollo del

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comercio y la integración productiva en la región, frente a un contexto de economía mundial se

reconfigura en base a macro-regiones integradas;

Que, avanzar en la convergencia mediante las cadenas de valor requiere otros factores como

infraestructura regional (logística, energética, de transporte, digital), facilitación de comercio y

convergencia regulatoria. Dichos aspectos inciden en el incremento de los flujos de comercio e

inversión fomentando así la integración productiva en la región;

Que, de acuerdo a la Matriz Insumo- Producto Andina, los países que conforman la CAN, poseen

escasos encadenamientos internos hacia atrás pero más encadenados hacia adelante. Asimismo,

muestra un claro vínculo entre Colombia, Ecuador y Perú respecto a la descomposición de insumos

intermedios importados según origen, además el valor agregado en bienes intermedios es alta en

comparación de valor agregado doméstico en bienes finales. Con esto concluye que es factible la

integración de la base productiva en la región;

Que, el Parlamento Andino aprobó en sesiones ordinarias del mes de octubre de 2017 la Decisión

No. 1396 “Marco Normativo Fomento de Cadenas Productivas y de Valor, y la Recomendación”, y la

Recomendación No. 339 “Exhortar a los Estados Miembros del Parlamento Andino a Ratificar e

Implementar el Acuerdo de Facilitación del Comercio de la OMC”, instrumentos claves que inciden

en la integración productiva de los países andinos;

Que, diversos estudios apuntan que la articulación insumo-producto a nivel regional es un catalizador

para potenciar la integración regional;

Que, es preponderante que los países andinos y del Mercosur potencien su estructura institucional,

económica y normativa para conseguir proyectar su dinamismo comercial y caminar hacia una

integración andina y sudamericana; principalmente, cuando el comercio intrarregional es limitado en

los anteriores y nuevos esquemas de integración regional;

Que, si bien la región ha avanzado en lograr un mercado más integrado, aún persisten restricciones

de acceso. El esfuerzo de convergencia es generar una plataforma para las cadenas regionales

productivas y de valor más diversificadas y con mayor valor agregado que fortalezca la competitividad

de la región;

Que, desde los organismos internacionales y foros de discusión se señala los siguientes temas,

identificados como puntos de intersección, donde coinciden los esfuerzos de los tres espacios de

integración: acumulación de origen, facilitación de comercio, coherencia regulatoria, pymes,

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facilitación de comercio, inversión, innovación, ventanillas únicas de comercio y promoción comercial;

sin dejar de lado, la agenda pendiente de integración física;

Por las consideraciones antes expuestas, la Plenaria del Parlamento Andino en uso de sus

atribuciones,

RECOMIENDA

ARTÍCULO PRIMERO. Exhortar a los países miembros del Parlamento Andino generar espacios de

discusión y promoción de la convergencia entre los procesos de integración CAN, Alianza del

Pacífico, UNASUR, y Mercosur a fin de promover la integración sudamericana que fortalezca la

articulación productiva y la competitividad de nuestros países.

ARTÍCULO SEGUNDO. Propiciar políticas y una agenda de integración profunda en temas que

coinciden y promueven los distintos procesos de integración, promuevan una convergencia regional.

Las cadenas productivas regionales, pueden jugar un rol positivo en ese sentido.

ARTÍCULO TERCERO. Hacer un llamado a los estados miembros del Parlamento Andino a retomar

las negociaciones, estudios e intercambios en favor de crear un espacio sudamericano integrado. La

convergencia de estos espacios permitirá construir un espacio más amplio de cooperación acorde

con una estrategia de crecimiento alineada con objetivos de desarrollo sostenible. De esta manera,

contribuirá a fortalecer los flujos de comercio e inversión dentro de la región.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia al primer (01) día del mes de febrero

de 2018,

Notifíquese y Publíquese

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RECOMENDACIÓN 346

PARA FOMENTAR EL USO DE ENERGÍAS RENOVABLES EN LOS PAÍSES DE LA REGIÓN

ANDINA

El Parlamento Andino en el marco de su Periodo Ordinario de Sesiones, realizado en la ciudad de

Medellín, República de Colombia durante los días 31 de enero, 1 y 2 de febrero de 2018.

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CONSIDERANDO

Que, una ventaja comparativa de la región de América Latina y el Caribe es su gran dotación de

fuentes de energía primaria, que incluye grandes reservas de hidrocarburos; el enorme potencial

hidroeléctrico de los ríos de la región; así como su importante potencial de energía solar y eólica;

Que, el cambio climático y la crisis petrolera son factores que han incidido en el acelerado crecimiento

del uso de energías renovables en el mundo. El cambio de paradigma de una economía basada en

combustibles fósiles a otra sustentada en las nuevas tecnologías y el uso de energías limpias es un

proceso de alcance global y los países latinoamericanos requieren igualmente incorporarse a esta

tendencia y desafío global;

Que, se prevé que América Latina y el Caribe sea la primera región en lograr el acceso universal a la

energía. El acceso a la electricidad en la región es actualmente del 95%, sin embargo se reconoce

que llegar a los últimos 30 millones de personas requerirá alta intensidad en cuanto a planificación y

coordinación, para garantizar el acceso universal a los servicios energéticos modernos tiene

profundos beneficios sociales y económicos para la sociedad;

Que, América Latina y el Caribe son líderes mundiales en la explotación de fuentes de energía

renovables como la energía hidroeléctrica y los biocombustibles eficientes. Sin embargo, la región

sólo ha desarrollado alrededor del 30% de su capacidad hidroeléctrica, y el potencial de nuevas

fuentes —como la energía eólica, solar y geotérmica— apenas ha comenzado a ser aprovechado;

Que, la disponibilidad, eficiencia y sostenibilidad de las fuentes de energía impactan directamente

sobre el crecimiento y el desarrollo. Es por ello que la seguridad energética es un tema prioritario en

la agenda regional y nacional. En América Latina, las perspectivas de aumento de la población,

mejora en la calidad de vida y expansión económica para los próximos años indican que se necesitará

duplicar la capacidad de generación de energía para 2030 en la mayoría de países de la región;

Que, por otro lado, la eficiencia energética puede ofrecer también un mayor impacto en menor costo.

Diversas investigaciones han estimado que la región podría reducir su consumo de energía en un

10% durante la próxima década y ahorrar al mismo tiempo decenas de miles de millones de dólares

mediante la adopción de aquellas tecnologías existentes que permiten aumentar la eficiencia;

Que, la integración energética es también clave porque permite distribuir y comercializar mejor sus

recursos energéticos de los países involucrados, con el fin de reducir el desperdicio energético,

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promover la protección contra la volatilidad de los precios, reducir las pérdidas de transmisión y

aumentar al mismo tiempo la seguridad energética en general;

Que, desde 2011 y gracias a los esfuerzos por promover la energía limpia, más de un 20% de la

energía mundial es generada por fuentes renovables. Sin embargo, una de cada cinco personas aún

no tiene acceso a la electricidad. Debido que la demanda sigue en aumento, es preciso un incremento

considerable en la producción de energía renovable;

Que, para garantizar el acceso universal a electricidad asequible para 2030, es necesario invertir en

fuentes de energía limpia, como la solar, eólica y termal. La adopción de estándares eficaces en

función del costo en una variedad de tecnologías también podría reducir en 14% el consumo mundial

de electricidad en los edificios. Esto equivale a la energía generada por unas 1.300 centrales

medianas cuya construcción se podría evitar;

Que, expandir la infraestructura y mejorar la tecnología para contar con energía limpia en todos los

países en desarrollo, es un objetivo crucial que puede estimular el crecimiento y a la vez ayudar al

medio ambiente;

Que, el Consejo Mundial de Energía Eólica (GWEC) prevé que se instalarán alrededor de 60.000 MW

eólicos en el mundo el 2017. La instalación anual subirá a unos 75.000 MW el 2021. A dicho año se

espera que los megavatios eólicos totales lleguen a 800.000 MW, lo que supondría prácticamente

doblar la potencia actual;

Que, los niveles de penetración eólica continúan aumentando en el mundo, liderados por Dinamarca

con un 40%, seguida por Uruguay, Portugal e Irlanda con más del 20%, España y Chipre con

alrededor del 20%, Alemania 16%, Canadá con 6%, Estados Unidos el 5,5% y China con el 4%;

Que, Asia será el continente que liderará el crecimiento eólico, con China e India a la cabeza. América

del Norte les seguirá y Europa continuará “su segura aunque poco espectacular marcha” hacia los

objetivos de 2021. En América Latina, y a pesar de los problemas políticos y económicos de Brasil,

otros países de la región han crecido para llenar el vacío, especialmente Uruguay, Chile y Argentina;

Que, en el 2016, la energía eólica se mantiene como el principal sector de la energía limpia en

América Latina y el Caribe, atrayendo US$ 15,500 millones en inversión. Sin embargo, la obsesión

de América Latina y el Caribe por la generación hidroeléctrica ha obstaculizado el aprovechamiento

de este potencial. Los altos costos en construcción, ambientales y sociales no han sido suficientes

hacer desistir en asignar grandes presupuestos para obras de este tipo, y en vez de aumentar las

inversiones en energía eólica;

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Que, las metas de los ODS-7 de Energía asequible y no contaminante, propone que al 2030, se debe

garantizar el acceso universal a servicios energéticos asequibles, fiables y modernos; aumentar

considerablemente la proporción de energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas; y

duplicar la tasa mundial de mejora de la eficiencia energética;

Que, para tales efectos al 2030 se debe aumentar la cooperación internacional para facilitar el acceso

a la investigación y la tecnología relativas a la energía limpia, incluidas las fuentes renovables, la

eficiencia energética y las tecnologías avanzadas y menos contaminantes de combustibles fósiles, y

promover la inversión en infraestructura energética y tecnologías limpias;

Que, también se requiere ampliar la infraestructura y mejorar la tecnología para prestar servicios

energéticos modernos y sostenibles para todos en los países en desarrollo, en particular los países

menos adelantados, los pequeños estados insulares en desarrollo y los países en desarrollo sin

litoral, en consonancia con sus respectivos programas de apoyo;

Que, según la FAO la des carbonización sigue siendo un desafío importante puesto que América

Latina y el Caribe producen cerca de 9 millones de toneladas de carbón. Esto tiene un enorme

impacto en la atmósfera y el calentamiento global. Se trata de la segunda región del mundo con

mayor producción y uso de carbón vegetal por persona, después de África, que genera 32 millones

de toneladas;

Que, de acuerdo a la FAO, el 7% de las necesidades energéticas de la región se cubre con la que

proviene de la madera. Y, en términos de emisiones, América Latina y el Caribe es responsable de

arrojar a la atmósfera 371 millones de toneladas métricas de dióxido de carbono por el consumo de

madera y el uso de carbón, lo que contribuye al calentamiento global;

Que, de acuerdo al estudio de la CAF, los retos en todos los escenarios posibles, los países de

América Latina y el Caribe deben trabajar para mejorar la resiliencia de sus sistemas energéticos a

los fenómenos meteorológicos extremos, al mismo tiempo que mejoran la equidad y la seguridad

energética. La diversificación de la matriz energética con fuentes de generación descentralizadas y/o

con bajas emisiones de carbono, como la eólica y la solar, será fundamental en este contexto;

Que, la cooperación regional requiere la presencia de una fuerte confianza entre los países, el

funcionamiento de las estructuras regionales de gobernanza, que cubren una variedad de ámbitos

políticos, como la seguridad energética, la des carbonización y la resiliencia de las infraestructuras;

Que, es necesario diseñar políticas que desalienten la inversión en combustibles fósiles y nucleares,

y eliminen el riesgo de las inversiones en energías renovables. Esto es políticas que se orienten a

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eliminar los subsidios a dichos combustibles fósiles, y diseñar instrumentos de política fiscal, de

préstamos e incentivos, como herramientas para promover nuevos proyectos y desarrollo de

tecnologías de energías renovables;

Que, es necesario promover la eficiencia energética en todas las fases de la cadena energética,

avanzar en la generación de energía distribuida y descentralizada, promover la integración regional

para avanzar en la integración energética, en donde las energías renovables deben ser consideradas

junto con la eficiencia energética y el acceso a la energía, implementar políticas de energías

renovables en ciudades y gobiernos locales, promover el uso de energía solar, eólica y geotérmica,

los biocombustibles y el gas natural;

Que en esa perspectiva resulta significativa la contribución de la OLADE en esta materia y en

particular con la reciente puesta en operación del centro Demostrativo de Energías Renovables para

América Latina y El Caribe, instalación de experimentación cuyos objetivos son: i) Promover la

generación distribuida con energías renovables en los países de América Latina y El Caribe; ii) Crear

ambientes controlados para ensayo de materiales y tecnologías; iii) Ensayar la inyección a la red,

técnicas y métodos de contabilización, y iv) Convertirse en una plataforma de estudios abierta a las

escuelas, universidades y centros de investigación para la región;

Que desde el Parlamento Andino con la Decisión 1347 , se ha promovido el fortalecimiento de la

integración andina, garantizando seguridad y sustentabilidad energética, en un contexto de cambio

climático, mediante la diversificación de la matriz energética con la incorporación de fuentes

renovables; potenciar la eficiencia energética y el uso racional de los recursos; garantizar el acceso

universal a un suministro de energía moderno, limpio, seguro y estable que facilite su desarrollo

humano; y posicionar al bloque andino en competitividad industrial enfocada hacia el crecimiento

sustentable;

Que, la Comunidad Andina cuenta con la Agenda Estratégica Andina AEA y su Plan de

Implementación en la que ampliaron el campo de acción en materia de integración energética en la

Comunidad Andina, más allá de la electricidad, y establecieron como lineamientos estratégicos del

sector lo siguiente:

i) Promover el intercambio de información y experiencias en cooperación hidrocarburífera,

minera e hidroeléctrica de la Subregión en un marco de respeto y protección del medio ambiente,

ii) Fortalecer la institucionalidad en los temas asociados a la integración energética en general y

a la interconexión eléctrica y de gas natural, en particular

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iii) Propiciar en la subregión la seguridad energética y la preservación del medio ambiente,

iv) Promover el desarrollo y uso de energías renovables,

v) Facilitar procesos de integración energética (incluidos intercambios de electricidad e

interconexión de sistemas de gas natural), y

vi) Propiciar en la subregión la seguridad energética, el abastecimiento y el intercambio

energético subregional.

Por las consideraciones antes expuestas, la Plenaria del Parlamento Andino en uso de sus

atribuciones,

RECOMIENDA

ARTÍCULO PRIMERO. Promover en los países andinos políticas públicas de inversión, investigación

y desarrollo y uso de energías renovables en sus diversas modalidades, con el objetivo de transitar

progresivamente a una efectiva transformación de la matriz energética, que favorezca el crecimiento

económico diversificado en base a energías limpias en concordancia con los estándares del

desarrollo sostenible.

ARTÍCULO SEGUNDO. Impulsar el desarrollo y diseminación de la energía solar fotovoltaica y la

energía eólica sobre los cuales los países andinos cuentan con importantes ventajas comparativas y

de menor costo, a fin de complementar las fuentes de energías convencionales y alcanzar una

cobertura universal y asequible para las poblaciones de los países andinos.

ARTÍCULO TERCERO. Promover el desarrollo e inversión en la generación de energía distribuida

tanto a nivel urbano como a nivel rural, a fin de lograr la descentralización con autonomía energética

y la complementariedad de modelos de abastecimiento, así como la modernización con sostenibilidad

ambiental de las ciudades y centros poblados rurales.

ARTÍCULO CUARTO. Diseñar e implementar políticas que promuevan e incentiven la generación y

uso de energías renovables como una manera de avanzar en un proceso de transición hacia una

nueva matriz energética limpia y sostenible.

ARTÍCULO QUINTO. Profundizar los procesos de integración energética entre los países andinos

incorporando progresivamente las diversas fuentes de energía renovables que permitan su

asequibilidad y el desarrollo productivo diversificado y sustentable de sus economías.

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ARTÍCULO SEXTO. Impulsar la implementación del Marco Normativo Andino de Desarrollo

Energético Sostenible, en coordinación con la Comunidad Andina, la cooperación técnica de OLADE

y con las instituciones competentes en cada uno de los estados miembros del Parlamento Andino,

así como realizar un monitoreo y seguimiento periódico de sus avances y resultados.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia al primer (01) día del mes de febrero

de 2018

Notifíquese y Publíquese

______________________________________________________________________________________

DECISIÓN No. 1399

RECHAZO Y REPUDIO A LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA

La Plenaria del Parlamento Andino reunida al primer (01) día del mes de febrero de 2018, en el marco del

Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Medellín, República de Colombia

CONSIDERANDO

Que, Venezuela está atravesando por una crisis política, económica y social de grandes dimensiones, con

altos índices de pobreza, inflación y delincuencia, escasez crónica de alimentos y medicinas, desplome de

todos los servicios básicos, creciente éxodo juvenil y deterioro dramático de los niveles de convivencia;

Que, como consecuencia de todo lo anterior, Venezuela está padeciendo una escalada cada día más

rápida y grave de violencia política y descontento social, con represión, intolerancia y la sistemática

violación de los derechos humanos, cuyo más reciente episodio fue la muerte de siete personas en un

incidente armado repleto de versiones oficiales unilaterales y contradictorias;

Que entre las facultades del Parlamento Andino, previstas en su Tratado Constitutivo de 1979, está “la

representación permanente y activa de los pueblos de la región”, para así coadyuvar a la vigencia de las

instituciones y los procedimientos propios de la democracia moderna;

Por los considerandos antes expuestos, la Plenaria del Parlamento Andino, en uso de sus atribuciones

determinadas en el Tratado Constitutivo y en el Reglamento General

DECIDE

ARTÍCULO PRIMERO.- Demandar a la Organización de los Estados Americanos (OEA) la realización

urgente de una investigación independiente y técnica de los sangrientos sucesos ocurridos en Venezuela

el 15 de enero de 2018 y, si fuera el caso, emprender las acciones judiciales que correspondan para que

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los responsables de la matanza, incluidos los responsables políticos, sean sanciones con todo el rigor de

la ley.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Exhortar a la búsqueda urgente de una salida de consenso a la crisis política

de Venezuela, mediante la aplicación de los instrumentos propios de la democracia, en especial la

realización de elecciones generales en que se garantice la participación libre de todos los sectores políticos

y cuyos resultados sean acatados y respetados sin reservas ni subterfugios.

ARTÍCULO TERCERO.- Exigir el inmediato restablecimiento de todos los derechos y garantías que

hubieran sido vulnerados, incluidos el trabajo sin cortapisas de la prensa independiente y la genuina

libertad de expresión, para así permitir que los conflictos sociales sean procesados en orden, con

seguridad y sin violencia.

ARTÍCULO CUARTO.- Instar a la libertad de todos los presos políticos en la República Bolivariana

de Venezuela.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia, el 1 de febrero del año 2018.

Notifíquese y publíquese.

RESOLUCIÓN No. 01

LA MESA DIRECTIVA DELEGA LAS FUNCIONES DE CONTROL POLÍTICO Y FISCALIZACIÓN

EN LA COMISIÓN PRIMERA “DE POLÍTICA EXTERIOR Y RELACIONES PARLAMENTARIAS

PARA LA INTEGRACIÓN”

La Mesa Directiva del Parlamento Andino reunida a los treinta y un (31) día del mes de enero de 2018,

en el marco del Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Medellín, República de Colombia

CONSIDERANDO

Que son atribuciones y deberes de los Parlamentarios Andinos “respetar y hacer respetar el marco

jurídico de la Comunidad Andina y sus propios instrumentos básicos” según lo prescrito en el inciso c)

del artículo 14 de su Reglamento, así como en el artículo 36, incisos e) y f), que precisan que

“Promover y evaluar el desarrollo y los resultados del proceso de integración, así como examinar en

su conjunto todas las cuestiones y asuntos relativos al mismo”;

Que, de conformidad con el Articulo 43 del Acuerdo de Cartagena y el Artículo 5 del Reglamento

General del Parlamento Andino, este organismo tiene dentro de sus funciones la de Control Político

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para examinar la marcha del proceso pudiendo requerir información periódica a los Órganos e

Institucionales del Sistema Andino de Integración;

Que, el Parlamento Andino también tiene dentro de sus funciones la de fiscalización, con el objetivo

de examinar excepcionalmente la conducta de altos funcionarios de los Órganos e Instituciones de la

Comunidad Andina por responsabilidades políticas en la marcha del proceso o en el cumplimiento de

sus funciones; lo anterior en virtud del Artículo 5 del Reglamento General;

Que entre las facultades del Parlamento Andino, previstas en su Tratado Constitutivo de 1979, está “la

representación permanente y activa de los pueblos de la región”, para así coadyuvar a la vigencia de

las instituciones y los procedimientos propios de la democracia moderna;

Que, en el marco del periodo de sesiones del mes de agosto de 2017 realizado en la República de

Chile, la Plenaria a través de la Resolución No. 05 de ese año, delegó las funciones de control y

fiscalización en la Mesa Directiva;

Que, con el objetivo de fortalecer las funciones de control político y fiscalización del Parlamento Andino

a los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, la Mesa Directiva considera necesario

delegarlas en la Comisión Primera Primera “De Política Exterior y Relaciones Parlamentarias para la

Integración”, debido al enfoque especial de sus competencias, señaladas en el Artículo 58 del

Reglamento General;

Por los considerandos antes expuestos, la Mesa Directiva del Parlamento Andino, en uso de sus

atribuciones reglamentarias,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- Someter a consideración de la Plenaria la derogación de la Resolución No.

05 “LA PLENARIA DEL PARLAMENTO ANDINO ENCARGA A LA MESA DIRECTIVA EJERCER LA

FUNCIÓN DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN A LA MARCHA DEL PROCESO ANDINO DE

INTEGRACIÓN” aprobada por la Plenaria del Parlamento Andino en el marco del periodo de sesiones

del mes de agosto de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Delegar en la Comisión Primera “De Política Exterior y Relaciones

Parlamentarias para la Integración”, las funciones de control político y fiscalización, y todas las

facultades inherentes a su ejercicio, señaladas en el Artículo 5 del Reglamento General del Parlamento

Andino.

ARTÍCULO TERCERO.- Someter a ratificación de la Plenaria lo resuelto en los Artículos Primero

y Segundo de la presente Resolución.

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Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia, el 31 de enero del año 2018.

Notifíquese y publíquese.

__________________________________________________________________________

RESOLUCIÓN No. 02

APROBACIÓN EN PRIMERA INSTANCIA DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL 2017

La Mesa Directiva del Parlamento Andino reunida a los treinta y un (31) días del mes de enero de 2018,

en el marco del Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Medellín, República de Colombia

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el literal e) del Artículo 30 del Reglamento General del Parlamento Andino,

es función del Secretario General preparar y presentar a la Mesa Directiva y la Plenaria, el Proyecto

de Presupuesto Anual, así como los Estados Financieros debidamente auditados y la Ejecución

Presupuestal;

Que, corresponde a la Mesa Directiva según lo dispuesto en el literal d) del Artículo 43 del Reglamento,

aprobar en primera instancia la Ejecución Presupuestal de la Oficina Central del Parlamento Andino,

presentada por el Secretario General;

Que, la Secretaría General en Sesión Ordinaria del 31 de enero de 2018 presenta a la Mesa Directiva

el Informe de la Ejecución Presupuestal del Parlamento Andino de la vigencia 2017;

Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Mesa Directiva del Parlamento Andino en uso de

sus atribuciones y de conformidad a lo señalado en el Reglamento General;

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar en primera instancia el Informe de Ejecución Presupuestal de la

vigencia 2017, presentado por el Secretario General y el cual hace parte integral de la presente

Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Someter el Informe de Ejecución Presupuestal de 2017, a consideración de

la Plenaria para su ratificación en las Sesiones Reglamentarias del mes

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de febrero, de conformidad a lo estipulado en los Artículos 43 literal d) y 36 literal k), del Reglamento

General del Parlamento Andino

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia, el 31 de enero del año 2018.

_________________________________________________________________________________

RESOLUCIÓN No. 03

LA MESA DIRECTIVA AUTORIZA AL SECRETARIO GENERAL DEL PARLAMENTO ANDINO LA

UTILIZACIÓN DE RECURSOS DEL FONDO DE RESERVAS PARA ASEGURAR EL CORRECTO

DESARROLLO DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES INSTITUCIONALES

La Mesa Directiva del Parlamento Andino reunida a los treinta y un (31) días del mes de enero de 2018,

en el marco del Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Medellín, República de Colombia

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el Artículo 40 del Reglamento General del Parlamento Andino, la Mesa

Directiva es el Órgano colegiado de orientación, coordinación, dirección, ejecución y supervisión del

Parlamento Andino;

Que, corresponde a la Mesa Directiva según lo dispuesto en el literal a) del Artículo 43 del Reglamento,

dirigir, ejecutar y supervisar actividades y tareas de los diferentes órganos y dignatarios del Parlamento

Andino, e igualmente le corresponde el control contable y administrativo de la Oficina Central, en virtud

del literal e) del mismo artículo;

Que, el Secretario General del Parlamento Andino de conformidad con lo señalado por el Artículo 28

del Reglamento General, ejerce la gerencia administrativa, financiera, legal y técnica especializada de

la Oficina Central;

Que, para la vigencia 2018 el Gobierno de Colombia realizó un recorte para el rubro de Gastos de

Funcionamiento de la Sede de la Oficina Central del Parlamento Andino, reduciendo en más de la

mitad el presupuesto destinado para tal fin;

Que, como ya fue informado a la Mesa Directiva en el informe de Ejecución Presupuestal de la vigencia

2017, Bolivia, Colombia, y Chile no han realizado a la fecha el pago de la cuota comunitario de la

vigencia 2017, y Perú debe un saldo parcial de la cuota 2016 y la totalidad de la cuota 2017; hechos

que ocasionan un grave perjuicio al balance financiero de la institución;

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Que, en el contexto descrito anteriormente se podría hacer necesario el uso de los recursos del Fondo

de Reservas del Parlamento Andino para dar cumplimiento a las obligaciones institucionales, y a las

atribuciones y funciones establecidas en el Acuerdo de Cartagena, Tratado Constitutivo y Reglamento

General, igualmente para garantizar el adecuado funcionamiento del organismo;

Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Mesa Directiva del Parlamento Andino en uso de

sus atribuciones y de conformidad a lo señalado en el Reglamento General;

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar al Secretario General del Parlamento Andino, para que, en uso de

las atribuciones que le son otorgadas por los Artículos 28 y 30 del Reglamento General, pueda hacer

uso del Fondo de Reservas y del superávit de la gestión 2017 en caso de que así se considere

necesario para garantizar el adecuado funcionamiento del organismo, el cumplimiento de todas las

obligaciones institucionales, y el adecuado desarrollo de las funciones y atribuciones del Parlamento

Andino.

ARTÍCULO SEGUNDO: El Secretario General deberá continuar informando a la Mesa Directiva en los

informes financieros mensuales que presenta en sus sesiones, la ejecución presupuestal de estos

recursos.

ARTÍCULO TERCERO: El Secretario General en ejercicio de sus atribuciones reglamentarias,

específicamente la señalada en el literal c) del Artículo 30 del Reglamento General, podrá remover los

funcionarios y contratistas que estime necesario, cumpliendo con los parámetros del Reglamento

Interno de Trabajo aprobado por la Mesa Directiva, y con la legislación vigente.

Dada y firmada en la ciudad de Medellín, República de Colombia, el 31 de enero del año 2018.

_________________________________________________________________________________

RESOLUCIÓN No. 04

“POR MEDIO DE LA CUAL SE LE OTORGA AL CIUDADANO Y PARLAMENTARIO ANDINO

RAMÓN FARÍAS PONCE, LA MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN

OFICIAL”

La Mesa Directiva del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente el miércoles 31 de enero de

2018, en la ciudad de Medellín., República de Colombia.

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CONSIDERANDO Que, en virtud a lo consagrado en el artículo 80 del Reglamento General, el Parlamento Andino podrá

conferir condecoraciones y distinciones a personas naturales o jurídicas que desde su ámbito

profesional o de gestión, contribuyan notable y efectivamente al fortalecimiento del proceso e

integración andino y latinoamericano, así como en beneficio de los pueblos y comunidades;

Que, de conformidad al literal p) del artículo 43 del Reglamento General, la Mesa Directiva tiene como

una de sus funciones aprobar las propuestas de condecoración y distinción que otorga el organismo;

Que, el ciudadano chileno RAMÓN FARÍAS PONCE a lo largo de su trayectoria política se ha

desempeñado como colaborador de la organización de derechos humanos Amnesty Internacional

desde 1984 hasta la fecha, Alcalde de la Comuna de San Joaquín (1992 – 2005), Presidente de la

Bancada Nacional de acaldes y concejales de su partido – Partido por la Democracia, Vicepresidente

de la Asociación Chilena de Municipalidades, Diputado en el Congreso Nacional de Chile durante los

periodos 2006 – 2010, 2010 – 2014 y 2014 – 2018, y Parlamentario Andino desde el año 2014;

Que, durante el período 2014 – 2018 en el que ejerció como Parlamentario Andino por la República

de Chile, realizó importantes contribuciones al fortalecimiento de la agenda de trabajo institucional

del Parlamento Andino y a la integración regional;

Que, por las razones anteriores y por la practica parlamentaria de reconocer el trabajo de quienes se

han destacado en su ejercicio como Parlamentarios Andinos, la Parlamentaria Pamela Aguirre

propuso a la Mesa Directiva que se considere la entrega de la Medalla a la Integración a los

parlamentarios de la Representación chilena que dejarán su cargo en el mes de marzo de 2018 y

que se han destacado en su trayectoria política y en los significativos aportes que han realizado al

proceso de integración regional durante su tiempo de participación como representantes de la

República de Chile en este organismo supranacional;

Por los considerandos antes expuestos, la Mesa Directiva en uso de sus atribuciones reglamentarias;

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Otorgar al ciudadano chileno y Parlamentario Andino RAMÓN FARÍAS

PONCE, la condecoración MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN OFICIAL,

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por sus destacadas contribuciones para la consolidación del proceso de integración regional, para el

fortalecimiento de la agenda institucional del Parlamento Andino, y por la vocación integracionista

que ha demostrado desde su trayectoria como Parlamentario Andino.

ARTÍCULO SEGUNDO: Hacer entrega de la presente condecoración en Sesión Plenaria en el marco

del Periodo Ordinario de Sesiones del mes de marzo de 2018.

Notifíquese y publíquese. Dado y firmado el miércoles 31 de enero de 2018, en la ciudad de Medellín, República de Colombia.

H. FERNANDO MEZA MONCADA DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

______________________________________________________________________________________

RESOLUCIÓN No. 05

“POR MEDIO DE LA CUAL SE LE OTORGA AL CIUDADANO Y PARLAMENTARIO ANDINO

CHRISTIAN URÍZAR MUÑOZ, LA MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN

OFICIAL”

La Mesa Directiva del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente el miércoles 31 de enero de

2018, en la ciudad de Medellín., República de Colombia.

CONSIDERANDO Que, en virtud a lo consagrado en el artículo 80 del Reglamento General, el Parlamento Andino podrá

conferir condecoraciones y distinciones a personas naturales o jurídicas que desde su ámbito

profesional o de gestión, contribuyan notable y efectivamente al fortalecimiento del proceso e

integración andino y latinoamericano, así como en beneficio de los pueblos y comunidades;

Que, de conformidad al literal p) del artículo 43 del Reglamento General, la Mesa Directiva tiene como

una de sus funciones aprobar las propuestas de condecoración y distinción que otorga el organismo;

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Que, el ciudadano chileno CHRISTIAN URÍZAR MUÑOZ a lo largo de su trayectoria política se ha

desempeñado como Gobernador de la Provincia de Petorca (Chile), Consejero Regional en

representación de la Provincia de Quillota (2008) y en este cargo como Presidente de la de la

Comisión de Inversiones, Presupuesto y Patrimonio Regional, Diputado en el Congreso Nacional de

Chile durante el periodo 2014 – 2018, Parlamentario Andino desde el año 2014;

Que, durante el período 2014 – 2018 en el que ejerció como Parlamentario Andino por la República

de Chile, realizó importantes contribuciones al fortalecimiento de la agenda de trabajo institucional

del Parlamento Andino, a la integración regional, impulsó importantes iniciativas en temas

medioambientales y protección de derechos humanos, y demostró una profunda convicción

democrática;

Que, por las razones anteriores y por la practica parlamentaria de reconocer el trabajo de quienes se

han destacado en su ejercicio como Parlamentarios Andinos, la Parlamentaria Pamela Aguirre

propuso a la Mesa Directiva que se considere la entrega de la Medalla a la Integración a los

parlamentarios de la Representación chilena que dejarán su cargo en el mes de marzo de 2018 y

que se han destacado en su trayectoria política y en los significativos aportes que han realizado al

proceso de integración regional durante su tiempo de participación como representantes de la

República de Chile en este organismo supranacional;

Por los considerandos antes expuestos, la Mesa Directiva en uso de sus atribuciones reglamentarias;

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Otorgar al ciudadano chileno y Parlamentario Andino CHRISTIAN URÍZAR

MUÑOZ, la condecoración MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN OFICIAL,

por sus destacadas contribuciones para la consolidación del proceso de integración regional, para el

fortalecimiento de la agenda institucional del Parlamento Andino especialmente en temas

medioambientales, y por la vocación democrática e integracionista que ha demostrado desde su

trayectoria como Parlamentario Andino.

ARTÍCULO SEGUNDO: Hacer entrega de la presente condecoración en Sesión Plenaria en el marco

del Periodo Ordinario de Sesiones del mes de marzo de 2018.

Notifíquese y publíquese.

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

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Dado y firmado el miércoles 31 de enero de 2018, en la ciudad de Medellín, República de Colombia.

H. FERNANDO MEZA MONCADA DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

_____________________________________________________________________________________

RESOLUCIÓN No. 06

“POR MEDIO DE LA CUAL SE LE OTORGA AL CIUDADANO Y PARLAMENTARIO ANDINO

JOAQUÍN TUMA ZEDAN, LA MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN

OFICIAL”

La Mesa Directiva del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente el miércoles 31 de enero de

2018, en la ciudad de Medellín., República de Colombia.

CONSIDERANDO Que, en virtud a lo consagrado en el artículo 80 del Reglamento General, el Parlamento Andino podrá

conferir condecoraciones y distinciones a personas naturales o jurídicas que desde su ámbito

profesional o de gestión, contribuyan notable y efectivamente al fortalecimiento del proceso e

integración andino y latinoamericano, así como en beneficio de los pueblos y comunidades;

Que, de conformidad al literal p) del artículo 43 del Reglamento General, la Mesa Directiva tiene como

una de sus funciones aprobar las propuestas de condecoración y distinción que otorga el organismo;

Que, el ciudadano chileno JOAQUÍN TUMA ZEDAN a lo largo de su trayectoria política se ha

desempeñado como Consejero Regional de La Araucanía (1993 – 1997) y desde allí como Presidente

de la Comisión de Fomento Productivo, Concejal de la Municipalidad de Temuco (2004), donde

ejerció como Presidente de Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano del concejo comunal, Diputado

en el Congreso Nacional de Chile durante los periodos 2010 – 2014 y 2014 – 2018, y Parlamentario

Andino desde el año 2014;

Que, durante el período 2014 – 2018 en el que ejerció como Parlamentario Andino por la República

de Chile, realizó importantes contribuciones al fortalecimiento de la agenda de trabajo institucional

del Parlamento Andino y a la integración regional;

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

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Que, por las razones anteriores y por la practica parlamentaria de reconocer el trabajo de quienes se

han destacado en su ejercicio como Parlamentarios Andinos, la Parlamentaria Pamela Aguirre

propuso a la Mesa Directiva que se considere la entrega de la Medalla a la Integración a los

parlamentarios de la Representación chilena que dejarán su cargo en el mes de marzo de 2018 y

que se han destacado en su trayectoria política y en los significativos aportes que han realizado al

proceso de integración regional durante su tiempo de participación como representantes de la

República de Chile en este organismo supranacional;

Por los considerandos antes expuestos, la Mesa Directiva en uso de sus atribuciones reglamentarias;

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Otorgar al ciudadano chileno y Parlamentario Andino JOAQUÍN TUMA

ZEDAN, la condecoración MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN OFICIAL,

por sus importantes contribuciones para el fortalecimiento del proceso de integración regional, para

la consolidación de la agenda institucional del Parlamento Andino, y por la vocación democrática que

ha demostrado desde su trayectoria como Parlamentario Andino.

ARTÍCULO SEGUNDO: Hacer entrega de la presente condecoración en Sesión Plenaria en el marco

del Periodo Ordinario de Sesiones del mes de marzo de 2018.

Notifíquese y publíquese. Dado y firmado el miércoles 31 de enero de 2018, en la ciudad de Medellín, República de Colombia.

H. FERNANDO MEZA MONCADA DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

_______________________________________________________________________________________

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PROYECTOS DE INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO

PROYECTO DE DECLARACIÓN

SALUDO A LA CELEBRACIÓN DE LA PRIMERA CONFERENCIA GLOBAL DE LA

PLATAFORMA DE COLABORACIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA

“TRIBUTACIÓN Y LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE”

CONSIDERANDO

Que la región latinoamericana y caribeña presenta altos niveles de vulnerabilidad fiscal debido a la

evasión y elusión tributaria de los contribuyentes que dejan de pagar el impuesto a la renta y el IVA

que, según datos difundidos por la CEPAL3, significó una pérdida equivalente al 6.7% del PIB

regional.

Que la fuga de recursos producto de los Flujos Financieros Ilícitos4 constituye una traba para que los

países en desarrollo logren movilizar los recursos necesarios para atender las necesidades de la

población. Según las estimaciones recientes5, las salidas financieras ilícitas de los países de la región

han alcanzado la cifra de 765 mil millones de dólares en el periodo que va del 2014 al 2013 debido a

la facturación fraudulenta del comercio internacional6, monto que representa en promedio el 1.8% del

PIB regional.

Que, los problemas antes mencionados afectan los niveles de recaudación tributaria en la región,

causando que los países de América Latina tengan en promedio el 22.8% del PIB de carga tributaria,

3 CEPAL (2016). Estudio Económico de América Latina y el Caribe 2016: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los desafíos del financiamiento para el desarrollo. 4 Flujos financieros ilícitos, dinero que proviene del lavado de activos, soborno y corrupción, tráfico, fraude fiscal, financiamiento del terrorismo, entre otras actividades ilegales. 5 CEPAL (2017). Flujos financieros ilícitos en América Latina y el Caribe. 6 Emisión de facturas comerciales falsas, modificando a la baja las facturas de exportación y a la alza las de importación, lo que permite sacar activos de los países.

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mientras que para los países andinos esta cifra alcanza el 20.8% del PBI; niveles muy por debajo

que el de los países de la OCDE (34.3%)7.

Que un régimen tributario exitoso puede generar los ingresos necesarios para apoyar los programas

de desarrollo del gobierno, promover el crecimiento económico y acortar las brechas de desigualdad.

Asimismo, una política fiscal eficiente puede ayudar en el logro de los ODS. En ese sentido, la

construcción de un régimen fiscal exitoso requiere la vinculación de múltiples partes interesadas:

autoridades gubernamentales, administraciones tributarias, legisladores, las empresas privadas, la

sociedad civil y la población en general.

Que en el 2015, los países miembros de las Naciones Unidas acogieron un conjunto de objetivos

globales para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos,

adoptando así la Agenda 2030 en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS); agenda

que cuenta con 17 Objetivos que abarcan distintas problemáticas de interés mundial.

Que el desarrollo de capacidades es uno de los principales obstáculos a los que se enfrentan los

sistemas tributarios de los países en desarrollo y que gran parte de la asistencia para el desarrollo

en materia tributaria se destina a la creación de capacidades. El ODS 17 en una de sus metas exhorta

a los países a "Fortalecer la movilización de recursos internos, incluso mediante el apoyo

internacional a los países en desarrollo, para mejorar la capacidad nacional de recaudación de

impuestos y otros ingresos"8. En esa misma línea, en la Agenda de Acción de Addis Abeba, los países

acordaron crear capacidad en los países en desarrollo para mejorar la equidad, la transparencia, la

eficiencia y la eficacia de los sistemas tributarios impositivos, ampliando la base tributaria9.

Que, en el 2016 se crea la Plataforma de Colaboración en Materia Tributaria (PCT por sus siglas en

inglés), siendo una iniciativa conjunta entre el Fondo Monetario Internacional (FMI), la Organización

para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la Organización de las Naciones Unidas

(ONU) y el Grupo del Banco Mundial (GBM), con el fin de intensificar la cooperación y orientación en

7 OCDE/CEPAL/CIAT/BID (2017). Estadísticas tributarias en América Latina y en Caribe 2017. OCDE , Paris. Pág.52 Nota: Los datos

hacen referencia al 2015. 8 Objetivos de Desarrollo sostenible – Meta 17.1

9 ONU (2015). Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo. (párrafo. 22).

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materia tributaria y fiscal, así como apoyar y promover los esfuerzos de creación de capacidad en

dicha materia a los países en desarrollo.10

Que la PCT tiene como objetivo principal apoyar a los gobiernos para afrontar los desafíos fiscales,

buscando el fortalecimiento en las interacciones entre el establecimiento de normas y la creación de

capacidades a través de la asistencia técnica, elaborando una serie de documentos técnicos

destinados a ayudar a los países en desarrollo a implementar las medidas desarrolladas en materia

tributaria internacional en el marco del Proyecto de Erosión de la Base y Desplazamiento de

Beneficios (BEPS por sus siglas en inglés), proyecto impulsado por el G20 y la OCDE.

Que la PCT busca mejorar el asesoramiento técnico a los países en desarrollo que persiguen

alcanzar mejores niveles de capacidad técnica para el diseño y adopción de normas internacionales,

que les permita lograr mayores niveles de recaudación tributaria que garanticen el cumplimiento de

los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU.

Que la Primera Conferencia Global de la PCT, titulada “Tributación y los Objetivos de Desarrollo

Sostenible”, se llevó a cabo en la sede de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en la

ciudad de Nueva York del 14 al 16 de febrero de 2018, teniendo como objetivo: i) generar un espacio

de diálogo global sobre el rol de la tributación para el logro de los ODS, entre los principales

responsables de la formulación de políticas y las administraciones tributarias de los países en

desarrollo y desarrollados; ii) obtener información y puntos de vista de los países sobre los desafíos

y oportunidades relevantes en el uso de sistemas tributarios para apoyar el desarrollo sostenible.11

Que la Primera Conferencia Global de la PCT, aborda temas de interés para los países de la región

Andina, dentro de los cuales se encuentran: i) movilización de recursos domésticos; ii) el rol de la

tributación en el apoyo al crecimiento económico; iii) las dimensiones sociales de la tributación

(pobreza, desigualdad y desarrollo humano); iv) desarrollo de la capacidad tributaria; y v) cooperación

internacional en materia tributaria.12

10 FMI/OCDE/ONU/GBM (2016). The platform for collaboration on tax : concept note

11 FMI/OCDE/ONU/GBM (2017). First Global Conference of the Platform for Collaboration on Tax - Taxation and the Sustainable Development Goals: Concept Note and Agenda .

12 Ibídem

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Que, los temas a tratar constituyen una oportunidad para que los países de la Comunidad Andina

profundicen la discusión en materia tributaria sobre sus oportunidades y desafíos en un contexto

multilateral, además de propiciar el intercambio de experiencias de los países participantes que

enfrentan retos similares.

El Parlamento Andino en atribución a sus funciones;

DECLARA

Artículo 1: Saludamos el desarrollo de la Primera Conferencia Global de la Plataforma de

Colaboración en Materia Tributaria titulada “Tributación y los Objetivos de Desarrollo Sostenible”.

Artículo 2: Impulsar el fortalecimiento de esta y otras plataformas que fomenten el intercambio y la

cooperación entre los países para la mejora de procedimientos operativos y acciones de fiscalización,

acorde con lo establecido por los organismos internacionales.

Artículo 3: Instar a los países andinos a seguir participando y promoviendo diferentes espacios

multilaterales de discusión de políticas públicas, que permitan mejorar la situación fiscal de los países,

y que propicien las condiciones para lograr el cumplimiento de los ODS.

_______________________________________________________________________________

PROYECTO DE RECOMENDACIÓN

IMPULSAR LAS INVERSIONES VERDES SOSTENIBLES EN LA REGIÓN ANDINA

CONSIDERANDO

Que, los diferentes factores que hacen parte de la problemática global son el aumento de la

vulnerabilidades relacionadas al cambio climático, las últimas crisis económica- financiera y de

alimentos, así como la acentuación de brechas sociales. El impacto de estos elementos está

perjudicando la compleja vinculación entre comercio y seguridad alimentaria. Estas preocupaciones

han llevado a la elaboración de diversas propuestas y conceptos que buscan contribuir al cambio del

actual modelo económico armonizar el crecimiento económico con aspectos sociales y ambientales. 13

Que, las poblaciones vulnerables de la región se dedican a actividades que dependen de los recursos

naturales y servicios ambientales, lo cual aumenta el riesgo a que sufran en mayor medida los

13 Alan Fairlie (2013) Crecimiento verde y biocomercio: una mirada andina

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Año: 15 #02 Bogotá D.C. Febrero de 2018

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impactos negativos del cambio climático. En este sentido, las inversiones deben ser focalizadas a la

conservación de los recursos naturales y al acceso de servicios básicos a las clases más pobres.

Que, en 2008 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente lanzó la Iniciativa de

Economía Verde, donde se establece las inversiones verdes como las inversiones en los sectores

productivos y de servicios que contribuyen al cuidado y mejoramiento del medioambiente; y a su vez,

aportan a la generación de empleo y aumento de la producción.

Que, la economía verde genera oportunidades como la inversión en tecnologías que favorezcan a

una gestión más eficiente y sostenible de los recursos naturales, que conlleven a su vez, a la

reducción de los gases de efecto invernadero y un mejor manejo ambiental de los residuos. Esta

propuesta tiene como uno de los principales pilares las inversiones en energías renovables.

Que, el concepto de crecimiento verde que promueve la OECD plantea una economía baja en

carbono mediante la utilización de instrumentos como la promoción de empleos verdes,

infraestructura sostenible, compras públicas, la eficiencia energética, industrias sostenibles, la

investigación, entre otros.

Que, las inversiones verdes están orientadas a no solo el logro de beneficios económicos, sino

también sociales y ambientales, mediante la adopción de buenas prácticas e innovaciones, como

tecnologías verdes, reforestación, entre otros.14 Asimismo, los principales proyectos verdes en los

que se ha invertido están relacionados a energías verdes, mitigación y adaptación al cambio

climático.15

Que, en la XVII Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe

celebrado en Panamá en 2010, el PNUMA señalaba que el modelo económico actual es intensivo en

biomasa, haciendo que la huella ecológica sobrepase la capacidad del planeta. Como consecuencia

de la presión sobre los recursos naturales escasos, el cambio climático ha generado estrés en los

ecosistemas, extinción de especies, variaciones climáticas, y desastres naturales extremos. Estos

eventos perjudican las condiciones de vida de los seres humanos.

14 CAF. Inversiones verdes una oportunidad para el ambiente

https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/2013/07/inversiones-verdes-una-oportunidad-para-el-ambiente

15 Naciones Unidas http://www.un.org/climatechange/es/blog/2015/04/unep-renewables-re-energized-green-energy-

investments-worldwide-surge-17-270-billion-2014/index.html

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Que, durante la XVIII Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe

Quito, realizada en Ecuador en 2012, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente

Oficina Regional para América Latina y el Caribe (PNUMA), señaló que el camino hacia la

erradicación de la pobreza y el logro del desarrollo sostenible es la economía verde.

Que, de acuerdo con el concepto de Economía verde se deben impulsar la inversión principalmente

en sectores claves como energías limpias e infraestructura, fomentando incentivos a la conservación

y restauración de los recursos naturales, y a la mejora de los niveles de vida de las poblaciones más

vulnerables, mediante la contribución al empleo y producción.

Que, el PNUMA establece diversos instrumentos regulatorios para la adopción de políticas públicas

que incentiven las inversiones verdes; orientados a introducir patrones de sostenibilidad en la cadena

de suministro y consumo de bienes y servicios16.

Que, la transición hacia la economía verde está basado en el aumento de las inversiones públicas y

privadas en sectores verdes que se respaldan en reformas políticas que sustentan la reestructuración

de las instituciones, negocios, infraestructura y procesos de producción. Los principales sectores son:

energético, agua, agricultura, pesca, transporte, gestión de residuos, forestal, infraestructura.17

Que, para incentivar y reactivar las inversiones e innovación en el sentido que proponen organismos como las Naciones Unidas, se deben implementar herramientas como cuotas de emisión, medidas fiscales, incentivos, mecanismos de financiamiento innovadores, formación de capacidades; y de manera conjunta, en el fortalecimiento de la gobernanza global.

Que, las Naciones Unidas ha formulado los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Para cada cual se han establecido metas específicas que hacen indispensable proyectos de inversión en infraestructuras resilientes, gestión sostenible del agua, acceso a energías sostenibles y modernas, la industrialización inclusiva, ciudades sostenibles y resilientes, conservación y restauración de los recursos hídricos, ecosistemas terrestres y detener la pérdida de biodiversidad.18 El logro de los ODS

16 PNUMA, Economía Verde http://www.pnuma.org/forodeministros/18-

ecuador/Reunion%20Expertos/Informe%20Economia%20Verde/ESPANOL%20Economia%20Verde%2016%20DEC%202

011.pdf

17 PNUMA, 2011.Hacia una economía verde: Guía para el desarrollo sostenible y la erradicación de la pobreza.

18 Naciones Unidas. Hacia una nueva agenda de desarrollo sostenible. Disponible en: http://www.un.org/sustainabledevelopment/es/mdgs/

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junto a la Agenda 2030 representan una oportunidad para los países de planificar dinamizar las inversiones y focalizarlas para reducir las brechas en infraestructura.19

Que, es indispensable impulsar empresas verdes y fondos de inversión en ciencia tecnología e innovación que apunten como objetivo a la implementación de los ODS.

Que, América Latina, en comparación con otras regiones invierte poco en infraestructura física, en capital humano, estructura comercial concentrada y poco diversificada, así como bajos niveles de innovación y lento avance tecnológico, y brechas económicas, sociales y ambientales significativas.

Que, de acuerdo con la CEPAL, para implementar las Agenda 2030, deben cerrarse las brechas de

financiamiento, construir estadísticas, transferencia tecnológica, apertura comercial, fortalecimiento

institucional.20

Que, sin embargo, la Corporación Financiera Internacional (IFC)21, señala que América Latina es la

primera región en atraer inversiones en sectores de crucial potencial para la lucha contra el cambio

climático. Los sectores son: gestión de recursos urbanos, suministro de agua, energías renovables,

agronegocios, construcción verde, transporte; y almacenamiento de energía. Asimismo, Perú, Chile

y Colombia se encuentran entre los países líderes en fomentar el desarrollo sostenible en

infraestructura ecológica, eficiencia energética, energías renovables y ciudades sostenibles. 22

Que, el SELA coincide en que las inversiones necesarias para encaminarse hacia el desarrollo

sostenible deben ser avaladas por el gasto público, así como reformas regulatorias y políticas. 23

Que, en consonancia con los instrumentos declarativos aprobados por el Parlamento Andino que

impulsan el desarrollo sostenible, la lucha para enfrentar el cambio climático, y alternativas que

19 ILPES, 2016. La Inversión en la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible: cerrando la brecha de infraestructura

Disponible en La Inversión en la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible: cerrando la brecha de infraestructura.

Disponible en: https://www.cepal.org/ilpes/noticias/paginas/1/55281/ILPES_CEPAL_Jorge_Mattar.pdf

20 CEPAL. La dimensión regional del seguimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

https://www.cepal.org/sites/default/files/presentation/files/160914_dimension_regional_agenda_2030_cearev_abi_va_preli

m.pdf

21 miembro del Grupo del Banco Mundial 22 IFC. Informe Creando Mercados para Negocios Climáticos 23 SELA (2012) La visión de la economía verde en América Latina y el Caribe

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cumplen con los tres pilares de la sostenibilidad, con el objetivo de contribuir al logro de la Agenda

2030;

RECOMIENDA

ARTÍCULO 1. Priorizar las inversiones estatales en sectores que incentiven el “enverdecimiento” de la economía, así como la introducción de reformas en términos de impuestos y subsidios que permitan la transición hacia una economía verde.

ARTICULO 2. Fomentar el diseño de políticas públicas que incentiven la inversión en ciencia,

tecnología e innovación en sectores intensivos en recursos naturales.

ARTÍCULO 3. Exhortar a los países miembros del Parlamento Andino impulsar el desarrollo y fortalecimiento de nuevas capacidades de la fuerza laboral enfocadas a la eficiencia de la utilización de los recursos en los procesos de producción.

ARTÍCULO 4. Conciliar políticas ambientales con políticas de desarrollo, de manera que el fomento

de negocios verdes conduzca al uso sustentable de los recursos naturales y a reducción de la

contaminación.

ARTÍCULO 5. Promover la renovación industrial con iniciativas que mitiguen el impacto en el medio ambiente. _______________________________________________________________________________

MARCO NORMATIVO PARA PROMOVER POLÍTICAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

SOSTENIBLES EN LA REGIÓN ANDINA

Reconociendo que el Ordenamiento Territorial es un concepto asociado a la planificación del

desarrollo territorial que todo país moderno requiere implementar, con el objetivo de lograr una

adecuada ocupación poblacional del territorio, tanto en el ámbito urbano como rural, un uso y

explotación racional de los recursos naturales y el desarrollo de actividades económicas competitivas,

y el mantenimiento de un adecuado equilibrio ecológico, de prevención de riesgos y sostenibilidad

ambiental, que incidan en un mejoramiento de la calidad de vida de las familias, tomando en

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consideración las características físico-geográficas, potencialidades económicas, sociales,

institucionales y culturales del territorio24.

Considerando que en los países de América Latina, y en particular en los países de la región andina,

desde hace más de 20 años se han venido normando e implementando una serie de políticas y planes

de Ordenamiento Territorial, con una diversidad de enfoques y desiguales, y diferentes grados de

avance y resultados; pero, en general no han logrado aún enfrentar y/o resolver de manera eficaz

las graves distorsiones y desequilibrios que continúan manifestándose en cada uno de sus

correspondientes espacios territoriales.

Señalando que dichas manifestaciones negativas están relacionadas con la persistencia de

marcados desequilibrios territoriales de población y de actividades; localizaciones incompatibles con

el medio natural; situaciones de vulnerabilidad frente a la localización de ciertos usos y actividades

en zonas de riesgos naturales; déficits en infraestructura, servicios básicos y equipamiento; conflictos

entre sectores y actividades, conflictos socio ambientales, entre otros problemas25.

Resaltando que la CEPAL26 indicó que estos graves distorsiones y desequilibrios responden a la

ausencia de una herramienta de ordenamiento territorial que integre y articule en un mismo cuerpo

instrumental, de manera simultánea y sistémica, elementos físico geográfico - espaciales del territorio

con elementos socioculturales y económicos, que faciliten alcanzar las metas de desarrollo

sustentable.

Reconociendo que lo anterior surge de la descoordinación, la superposición, los conflictos, vacíos

de la gestión pública en sus distintos ámbitos y sectores: entre organismos públicos sectoriales, entre

distintos niveles administrativos o de gobierno, entre el sector público y el privado, y entre habitantes

locales y externos, entre lo urbano y lo rural, que tienen sus propios intereses sobre un mismo

territorio. Pero, estas distorsiones y brechas territoriales se dan a consecuencias de factores

estructurales relacionados al modelo de desarrollo vigente y sus limitaciones: dependencia de

24 Véase Chiarella, José y Katiusca Yakabi (2017) Planificación y ordenamiento territorial. Consideraciones a partir del caso peruano en

Revista de Política y Planeamiento Regional, pp 137-158, Río de Janeiro. V3, No.2 Julio-diciembre. También ver Massiris, Ángel (2012)

Políticas latinoamericanas de ordenamiento territorial. Realidad y Desafíos, en Proceso de Ordenamiento en América Latina y Colombia.

pp 13-30. Universidad Nacional de Colombia, Maestría en Ordenamiento Urbano-Regional, Bogotá; y OCDE (2016) estudio de Desarrollo

Territorial – Perú 2016, octubre.

25 Chiarella y Yakabi (2017) op.cit. 26 CEPAL (2011) Plan Regional de ordenamiento Territorial. Contenido y procedimientos. Santiago de Chile.

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commodities y sus precios internacionales, escasa diversificación y complejidad productiva, hiper

centralización económica, desregulación ambiental, ausencia de planificación territorial, entre otros.

Resaltando que en América Latina el Ordenamiento Territorial se ha considerado como un proceso

técnico, político y administrativo, para configurar en el largo plazo una organización del uso, la

ocupación y transformación del territorio acorde con las potencialidades y limitaciones biofísicas,

socioeconómicas, políticas e institucionales del mismo. En ese sentido, el ordenamiento territorial

complementa la planificación socioeconómica convencional, introduciéndole la dimensión territorial y

ambiental.

Destacando que, introducir la dimensión territorial y ambiental configura lo que se denomina la

“territorialización del desarrollo”27; es decir, el desarrollo que toma en cuenta las diferencias que

tienen los territorios en relación con sus condiciones culturales, sociales, económicas, naturales, etc.;

como parte de sus problemática, a fin de superar aquella visión que se centra exclusivamente en lo

económico y que ignora la dimensión territorial y ambiental del mismo.

Señalando que, en el marco del ordenamiento territorial, el territorio no es un mero espacio físico o

piso geográfico, sino que se convierte en una instancia simbólica hecha de relaciones, lenguajes,

afectos y procesos de cambio.28 El territorio se debe entender como un producto generado a partir

del espacio geográfico, donde existen redes, flujos, circuitos y dinámicas territoriales materializados

por una sociedad o por los grupos sociales que la componen.29

27 Tomado de Massiris (2012), op.cit. 28 Boiser, Sergio (2007). América Latina en un medio siglo (1950/2000): El desarrollo, ¿dónde estuvo? Observatorio Iberoamericano de

Desarrollo local y la Economía Social. Revista académica, editada y mantenida por el Grupo EUMED.NET de la Universidad de Málaga.

Año 1 – Nro. 1 –Julio, agosto, septiembre p. 3 – 41.

29 Quinhoes, J. A. R. y Guerreo, M. (2015), Integración y desarrollo amazónico. Una ciudad internacional trifronteriza. En: Anales del XV

Encuentro de Geógrafos de América Latina “Por una América Latina unida y sostenible”, La Habana, Cuba, 6 al 10 de abril.

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Considerando que, cuando se organiza u ordena un territorio, se espera una mayor fluidez, mayor

movilidad, mayor amplitud, mayor eficiencia y menos riesgos. Asimismo, territorializar el desarrollo y

considerar variables ambientales permitiría orientar la localización de las inversiones tanto públicas

como privadas, a nivel urbano y rural, así como propiciar el aprovechamiento sostenible de los

recursos naturales, optimizar la organización de los asentamientos humanos, reducir o evitar la

ocurrencia de catástrofes por fenómenos naturales, o socio naturales. Por tanto, una política de

ordenamiento territorial necesariamente debe repercutir en un mejor nivel de vida de la población.

Destacando que, el ordenamiento territorial cuenta con las siguientes cualidades o características

centrales para su adecuado abordamiento y aplicación: i) carácter planificado a través de

instrumentos específicos y con una visión de largo plazo; ii) multiescalaridad e interescalaridad, es

decir se aplica considerando diversas escalas territoriales o de gobierno (nacional, regional,

provincial, distrital) y procura su interacción y articulación; iii) complementariedad y subsidiariedad,

en el desarrollo territorial de actividades productivas y entre niveles o escalas territoriales o de

gobierno, respectivamente; iv) concurrencia y armonía entre las políticas de desarrollo territorial y sus

componentes, y vi) profundo carácter democrático, que involucra una alta participación de la

ciudadanía y la generación de consensos.30

Señalando que la práctica del modelo de Ordenamiento Territorial vigente en América Latina y en

particular de los países de la región andina se ha caracterizado por los siguientes aspectos críticos31:

a) Debilidad normativa, expresada en que no todos los países cuentan con una Ley de Ordenamiento

Territorial, b) Diversidad de enfoques de planificación, c) Sesgos instrumentales y avances, d)

Divergencias del marco institucional, f) Débil articulación con los gobiernos locales, g) Débil

participación de la población, h) Desvinculación entre el Ordenamiento Territorial y la inversión

Pública; y, i) Falta de desarrollo de capacidades e innovación para el Ordenamiento Territorial.

Destacando que los cambios en el contexto de la globalización y el crecimiento económico han

generado procesos abiertos en los países de la región andina, que son comunes y pueden ser

abordados de manera conjunta, de la siguiente manera: i) modernización económica con reducción

de la pobreza pero también la relentización del crecimiento económico, ii) procesos de urbanización

y la creciente presencia desequilibrante de las grandes ciudades (metrópolis regionales) y ciudades

30 Véase Massiris (2012) op cit. FAO (2016) El Ordenamiento Territorial en América Latina y el Caribe. www. FAO.org. 31 Tomado de Massiris (2012) Op. Cit., (Glave, 2012), Ordenamiento territorial y desarrollo en el Perú: Notas conceptuales y balance de logros y limitaciones, Capítulo en el Libro Desarrollo Rural y recursos Naturales, Lima, Perú.

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intermedias; iii) vulnerabilidad ambiental de nuestros países dada sus condiciones naturales y

ubicación geográfica; iv) permanente tensión no resuelta entre centralización y descentralización.

Reconociendo que la Comunidad Andina, a través de sus estados miembros y el impulso de la

Secretaría General, desarrolló diversas iniciativas importantes en materia de ordenamiento territorial

en la región focalizadas en la incorporación de la gestión de riesgo de desastres, la región andino-

amazónica y la protección de la biodiverisidad. Estas fueron:

La primera fue el “Taller Subregional Andino de Ordenamiento Territorial y Gestión del Riesgo”

(2007), donde se incorporó los componentes e instrumentos de gestión de riesgo de desastre en

los marcos normativos de ordenamiento territorial32.

La segunda fue el “Seminario-Taller internacional de Ordenamiento Territorial de la Región

Andino-Amazónica” (2009), en el marco del Programa Regional de Biodiversidad en la Amazonía

de los Países Miembros (Bio CAN), donde se elaboró un Plan de fortalecimiento de las

capacidades en planificación y ordenamiento territorial de la Amazonía33.

Y como tercera iniciativa se desarrolló el “Taller sobre zonificación y planificación territorial para

integrar la biodiversidad en el ordenamiento territorial de la región andino amazónica” (2013)

Considerando que, a diferencia de las experiencias colaborativas de Ordenamiento Territorial en

otras regiones del continente34, en los países de la región andina no se han establecido o generado

32 Bolivia desarrolló en el marco de su OT un mapa de vulnerabilidad y riesgo a nivel nacional (deslizamientos, riadas, inundaciones, sismos,

incendios forestales y actividades mineras e hidrocarburíferas, a nivel subsuelo y aéreo) Colombia incorporó en sus POT la elaboración de

un mapa de amenazas y de exposición a las mismas delimitando las áreas de protección y conservación de recursos naturales no aptos

para asentamientos humanos y el suelo de expansión urbana y el del componente rural. Ecuador, inició diagnósticos temáticos, avanzado

en cuanto a sistematización de información para la reducción del riesgo. El Perú incluyó la GRD en el programa de ciudades sostenibles y

en los Lineamientos de la Política de Ordenamiento Territorial aprobado por el Comité Técnico consultivo de ZEE y OT (CAN, http://www.comunidadandina.org)

33 Bolivia, inició un proceso de revisión y reelaboración de los Planes de Uso de Suelos (PLUS) debido a que tenían un sesgo agrario,

producto de aplicar zonificaciones agroecológicas. Colombia, donde la implementación de POT de alcance municipal lleva un largo periodo

inició igualmente un proceso de revisión. Ambos países han presentado mayores avances en la formulación de planes de OT. En cambio

el Perú y con menor intensidad Ecuador solo se ha registrado el avance en el proceso de ZEE como paso previo a la formulación de planes

de OT. Una debilidad central ha sido también la nula participación de la población en los planes de OT, a pesar de ser procesos aprobados

y normados como en el caso de Colombia, se espera (CAN, (CAN, http://www.comunidadandina.org)

34 Tal es el caso de la Agenda Centroamericana de Ordenamiento Territorial (2010) formulada por el Consejo Centroamericano de Vivienda

y Asentamientos Humanos (CCVAH) en el marco de la Secretaría de la Integración Social Centroamericana (SISCA), que plantea puntos

comunes para la acción de los Estados en materia de OT. Asimismo es destacable la formulación de la Estrategia Centroamericana de

Desarrollo Rural Territorial – ECADERT (2010), formulada por el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) a través del Consejo

Agropecuario Centroamericano (CAC) con el objetivo de generar oportunidades y fortalecer capacidades de la población de los territorios

rurales. Al respecto véase GIZ (2013) Tendencias de ordenamiento territorial en América Central y República Dominicana (2009-2012),

Carlos Ferrufino y Carlo E. Grande investigadores, 50 pp., El Salvador.

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espacios e instancias de coordinación de acciones, agendas de cooperación e intercambio

intergubernamentales o de instituciones técnicas competentes en el rubro, a fin de lograr una relativa

armonización de las políticas e instrumentos y avanzar hacia una posible convergencia en materia

de Ordenamiento Territorial.

Señalando que, en general, la implementación de los modelos vigentes de Ordenamiento Territorial

no ha logrado aún enfrentar con éxito las grandes distorsiones y brechas territoriales del desarrollo,

las cuales se expresan en:

La ocupación desordenada del suelo en la región latinoamericana que ha provocado erosión,

desertificación y salinización de los suelos.

La degradación de recursos naturales, contaminación y pérdida de biodiversidad.

El crecimiento desordenado ha generado desarrollo desigual regional, falta de competitividad,

exclusión y pobreza.

Poblaciones expuestas a actividades y amenazas de alto riesgo de origen natural y tecnológico.

Desigual distribución de las inversiones sin articulación a los planes de ordenamiento territorial y

desarrollo económico

La concentración territorial de la producción y de la población;

La generación de patrones migratorios que introducen verdaderos círculos viciosos en la

situación exclusión y pobreza en los diversos territorios subnacionales.

Considerando que, en el nuevo contexto de la globalización y las fragilidades del crecimiento

económico mundial y su incidencia en los países de la región han surgido nuevos temas que deben

ser abordados por las políticas de ordenamiento territorial: i) El cambio climático y sus impactos en

la economía, población, medio ambiente y la biodiversidad; ii) El tratamiento especial que debe darse

a los espacios fronterizos, generalmente abandonados y sin presencia del Estado; iii) La necesidad

de inversiones en grandes proyectos de infraestructura y en la universalización de servicios básicos

pendientes en la región, y, finalmente iv) La necesidad de alinear los patrones de desarrollo de la

región a los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 acordado en el marco de las Naciones

Unidas el 2016.

Destacando que, es necesario que los países de la región andina transiten hacia un enfoque más

integral, eficaz y eficiente mediante la implementación de un modelo de Ordenamiento Territorial

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Sostenible35, que articule adecuadamente la planificación socioeconómica con la planificación

territorial del desarrollo y el componente transversal de sostenibilidad ambiental que, permita

enfrentar las brechas y desigualdades territoriales vigentes, incorporar los nuevos temas antes

mencionados y orientar el propósito del desarrollo territorial integral hacia los objetivos de desarrollo

sostenible.

Reconociendo que, el proceso de transición hacia un modelo de ordenamiento territorial sostenible

también supone cambios en la visión estratégica, normativa e instrumental: i) Una adecuado diseño

y articulación efectiva al ciclo de la política pública de OT36; ii) La consolidación y sistematización de

las experiencias en la formulación de instrumentos y herramientas, su aplicación y acumulación para

retroalimentar el ciclo de la política pública; y iii) Un proceso de aprendizaje continuo basado en

procesos de monitoreo y evaluación de los resultados.

Ejerciendo las atribuciones conferidas por el Acuerdo de Cartagena al Parlamento Andino, en lo que

concierne a su participación en la generación normativa mediante sugerencias a los órganos del

Sistema Andino de Integración sobre temas de interés común, para su incorporación en el

ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, así como la promoción de la armonización de las

legislaciones de los Estados Miembros.

Guiados por los propósitos establecidos en el Tratado Constitutivo del Parlamento Andino en lo que

respecta a promover en los pueblos de la subregión andina la toma de conciencia y la más amplia

difusión de los principios y normas que orientan el establecimiento de un nuevo orden internacional,

así como fomentar el desarrollo e integración de la comunidad latinoamericana y en el ejercicio de

las atribuciones que le competen al Parlamento Andino referida a la promoción de medidas

coadyuvantes a la aproximación legislativa entre los Países Miembros.

Por los considerandos expuestos, la Plenaria del Parlamento Andino, conforme a sus atribuciones y

35 Es necesario destacar que un antecedente importante al respecto fue señalado por Massiris (2013) con referencia al documento donde de la Comisión de Desarrollo y Medio Ambiente para América Latina y el Caribe (1991) Nuestra propia agenda para el Desarrollo y Medio Ambiente, BID/PNUD, Fondo de Cultura Económica, dentro de las cuales se plantea una estrategia de Ordenamiento Territorial en términos de “Distribución geográfica de la población y de sus actividades de acuerdo con la integralidad y potencialidad de los recursos naturales que conforman el entorno físico biótico, todo ello en la búsqueda de condiciones de vida mejores”. Este importante avance se retoma después con los ODS 2030. 36 El ciclo de la política pública del Ordenamiento Territorial supone: 0) Visión del Desarrollo, 1) Políticas de Ordenamiento Territorial; 2) Planes de Ordenamiento Territorial, 3) Leyes de Ordenamiento Territorial, 4) Instrumentos y herramientas; 5) Implementación, recursos, instituciones, capacidades, 6) Monitoreo evaluación y retroalimentación (a la visión del desarrollo y las políticas de ordenamiento territorial), Adaptado de GIZ (2013) Tendencias de Ordenamiento Territorial en América Central y República Dominicana (2009-2012), El Salvador. También de Chiarella y Yakabi (2017) Op.cit.

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funciones supranacionales y reglamentarias, aprueba el siguiente Marco Normativo para impulsar un

Modelo y Planes de Ordenamiento Territorial Sostenibles en la región Andina.

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

OBJETO, ALCANCE Y FINES

ARTÍCULO 1. OBJETO.

El presente instrumento jurídico se basa en los principios comunes de la legislación interna de los

Estados Miembros del Parlamento Andino y tiene por objeto el establecimiento de un marco general

de carácter orientador y de preferente aplicación, que permita contribuir a la formulación de una

Política y Planes de Ordenamiento Territorial Sostenibles a nivel regional que promuevan espacios

de desarrollo integral a nivel urbano y rural, favoreciendo una adecuada ocupación poblacional del

territorio, un desarrollo productivo diversificado, articulado y competitivo; y, una sostenibilidad

ambiental en las economías andinas.

ARTÍCULO 2. ALCANCE.

El presente Marco Normativo se instituye como un instrumento de aplicación preferente en calidad

de herramienta de consulta y buenas prácticas para el diseño, reforma e implementación del

ordenamiento jurídico nacional y regional de los Estados Miembros del Parlamento Andino, siempre

y cuando no entre en conflicto con la legislación interna y prácticas derivadas de la aplicación de

Tratados y demás acuerdos internacionales, pudiendo valorarse, en tales casos, su aplicación parcial

según las posibilidades, intereses, necesidades y prioridades estatales.

ARTÍCULO 3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

a. Establecer los lineamentos y principios rectores para promover Ordenamiento Territorial

Sostenibles en los países de la región andina, así como las estrategias de implementación de estos

principios.

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b. Propiciar la formulación e implementación de Políticas Públicas orientadas a la formulación e

implementación de un modelo de Ordenamiento Territorial Sostenible de los Estados Miembros que

tengan un enfoque integral, que permita integrar la planificación socioeconómica con la planificación

territorial y la sostenibilidad ambiental, y a la vez promueva la articulación de niveles de gobierno la

complementariedad territorial y productiva, y la participación democrática de la población orientada

hacia los objetivos de desarrollo sostenible.

c. Promover la armonización, complementariedad y convergencia en las políticas públicas de los

Estados Miembros en materia de Ordenamiento Territorial mediante la cooperación, el intercambio

de experiencias, la coordinanción de acciones, el monitoreo de avances y resultados a través de

instancias intergubernamentales y/o de las institucones técnicas competentes.

CAPÍTULO II

DEFINICIONES Y PRINCIPIOS

ARTÍCULO 4. DEFINICIONES. A los efectos del presente Marco Normativo se establecen las

siguientes definiciones37:

a. Áreas naturales protegidas.- Son espacios continentales y/o marinos del territorio nacional,

expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y

zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés

cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del

país.38

b. Cuenca hidrográfica.- Es un área o espacio geográfico delineado por la cima de los cerros y

la divisoria de aguas, por el cual escurre el agua proveniente, principalmente de las

37 Se ha tomado como referencia definiciones de la publicación del Ministerio del Ambiente (2015) Lineamientos de Política para el

Ordenamiento Territorial, Lima Perú y también del documento CONPES 3870 (2016) Programa Nacional para la formulación y actualización

de Planes de ordenamiento Territorial: POT Modernos, Bogotá, Colombia.

38 Esto según el Artículo 1º de la Ley Nº 26834 Ley de Áreas Naturales Protegidas-ANP.

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precipitaciones a un río, lago o mar, constituyéndose en un sistema en el que interactúan

factores naturales socioeconómicos y culturales39.

c. Demarcación territorial.- Es un proceso técnico geográfico mediante el cual se organiza el

territorio a partir de la definición y delimitación de las circunscripciones político administrativas

a nivel nacional.

d. Desarrollo territorial.- Es el proceso de acrecentar o dar impulso a las capacidades de un

territorio y transformar su estructura en forma positiva. Protección de los recursos naturales y

humanos de un territorio determinado, para hacerlos disponibles a la economía y al uso social,

a través de la gestión administrativa, la inversión económica, los mecanismos regulatorios o

los incentivos40

e. Desastre.- Es una interrupción grave en el funcionamiento de una comunidad causando

grandes pérdidas a nivel humano, material ambiental, suficientes para que la comunidad

afectada no pueda salir adelante por sus propios medios, necesitando apoyo externo. Los

desastres se clasifican de acuerdo a su origen (natural o tecnológico).

f. Diagnóstico y zonificación.- Son estudios territoriales de evaluación y análisis de las

interacciones físicas, culturales y económicas, que transforman, estructuran y organizan las

circunscripciones geográficas.

g. Ecosistema.- Es un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y

microorganismos y su medio no viviente que interactúan como una unidad funcional.

h. Enfoque ecosistémico.- Es una estrategia para la gestión integrada de tierras, agua y recursos

vivos que promueve la conservación y utilización sostenible de modo equitativo. Se basa en

la aplicación de metodologías científicas apropiadas que se concentran en niveles de

organización biológica que abarcan los procesos, funciones e interacciones entre organismos

39Véase Reglamento de la Ley sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica (Decreto Supremo Nº 068-

2001-PCM).

40 Ministerio Público y Fomento-Argentina 2003.

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esenciales y su medio ambiente. Se reconoce que el hombre, así como su diversidad cultural

es un componente integrante del ecosistema.

i. Gestión de riesgo.- Es el conjunto de conocimientos, medidas, acciones y procedimientos que,

juntamente con los usos racionales de recursos humanos y materiales se orientan a la

prevención, reducción y respuesta correctivas frente a condiciones de vulnerabilidad y peligro.

j. Gestión territorial.- Es el Desarrollo de las capacidades efectivas que impulsen procesos

articulados de desarrollo en territorios y comunidades, haciendo un uso efectivo del conjunto

de instrumentos y recursos públicos, concertados en el sector privado, todo lo cual contribuye

a gestar mayor legitimidad política y adhesión ciudadana (Novoa, Z. 2005).

k. Ordenamiento territorial ambiental.- Es el instrumento que forma parte de la política de

ordenamiento territorial. Es un proceso técnicos –político orientado a la definición de criterios

e indicadores ambientales que condiciona la asignación de usos territoriales y la ocupación

ordenada del territorio.

l. Patrimonio natural.- Está constituido por la variedad de paisajes que conforman la flora y fauna

de un territorio. La UNESCO lo define como aquellos monumentos naturales, formaciones

geológicas, lugares y paisajes naturales, que tienen un valor relevante desde el punto de vista

estético, científico y/o medioambiental. El patrimonio natural lo constituyen las reservas de la

biosfera, los monumentos naturales, las reservas y parques nacionales, y los santuarios de la

naturaleza.

m. Planificación territorial.- Son los procesos progresivos orientados a la asignación de usos

territoriales, sobre la base de diferentes alternativas aplicables a un territorio determinado.

n. Sistema de Gestión Ambiental.- Es la parte del sistema general de gestión, que incluye la

estructura organizacional, planificación de las actividades, responsabilidades, prácticas,

procedimientos, procesos y recursos para desarrollar, implementar, llevar a efecto, revisar y

mantener al día la política ambiental.

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o. Uso del territorio.- Es el proceso mediante el cual la sociedad “emplea el territorio”; es decir,

emplea sus recursos naturales y disfruta de ésta41.

p. Vulnerabilidad.- Es el grado de resistencia y/o exposición de un elemento o conjunto de

elementos frente a la ocurrencia de un peligro. Puede ser: física, social, económica, cultural,

institucional u otros.

q. Conflictos territoriales.- Son aquellos cuyo origen o impacto se evidencia en el territorio de un

modo físico-espacial. Entre ellos se destacan los conflictos socio ambientales, la ampliación

de la frontera agrícola, la desarticulación de equipamientos estratégicos para el país de su

entorno territorial y los conflictos entre el uso efectivo del suelo y su vocación, e irrupción de

actividades productivas que compiten con las tradicionales.

r. Equipamiento.- Áreas, edificaciones e instalaciones de uso público o privado destinadas a

proveer a los ciudadanos de los servicios colectivos de carácter educativo, formativo, cultural,

de salud, deportivo recreativo, religioso y de bienestar social, y a prestar apoyo funcional a la

administración pública y a los servicios urbanos básicos del municipio42

s. Modelo de ocupación territorial.- Es aquel que fija de manera general la estrategia de

localización y distribución espacial de las actividades, determina las grandes infraestructuras

requeridas para soportar estas actividades y establece las características de los sistemas de

comunicación vial que garantizarán la fluida interacción entre aquellas actividades

espacialmente separadas 43

t. Reparto equitativo de cargas y beneficios.- En desarrollo del principio de igualdad de los

ciudadanos ante las normas, los planes de ordenamiento territorial y las normas urbanísticas

que desarrollen deberán establecer mecanismos que aseguren el reparto equitativo de las

cargas y los beneficios derivados del ordenamiento urbano entre los respectivos afectados.

41 Reglamento de la Ley sobre Conservación y Aprovechamiento de la Diversidad Biológica. Glosario de Términos Art. 87 42 Artículo 3 del Decreto 798 de 2010 43 Artículo 12 de la Ley 388 de 1997.

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Las unidades de actuación, la compensación y la transferencia de derechos de construcción

y desarrollo, entre otros; son mecanismos que garantizan este propósito. 44

u. Suelo rural.- Constituyen esta categoría los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones

de oportunidad, o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación

de recursos naturales y actividades análogas.

v. Suelo de expansión.- Constituido por la porción del territorio municipal destinada a la

expansión urbana, que se habilitará para el uso urbano durante la vigencia del plan de

ordenamiento, según lo determinen los programas de ejecución. La determinación de este

suelo se ajustará a las previsiones de crecimiento de la ciudad y a la posibilidad de dotación

con infraestructura para el sistema vial, de transporte, de servicios públicos domiciliarios,

áreas libres, y parques y equipamiento colectivo de interés público o social.

w. Suelo de protección.- Constituido por las zonas y áreas de terreno localizados dentro de

cualquiera de los suelos urbanos, de expansión o rurales, que tienen restringida la posibilidad

de urbanizarse, por sus características geográficas, paisajísticas o ambientales, o por formar

parte de las zonas de utilidad pública para la ubicación de infraestructuras para la provisión

de servicios públicos domiciliarios o de las áreas de amenazas y riesgo no mitigable para la

localización de asentamientos humanos.45

x. Suelo suburbano.- Constituyen esta categoría las áreas ubicadas dentro del suelo rural, en las

que se mezclan los usos del suelo y las formas de vida del campo y la ciudad; diferentes a las

clasificadas como áreas de expansión urbana, que pueden ser objeto de desarrollo con

restricciones de uso, de intensidad y de densidad, garantizando el autoabastecimiento en

servicios públicos domiciliarios. Podrán formar parte de esta categoría los suelos

correspondientes a los corredores urbanos interregionales.46

44 Artículo 38 de la Ley 388 de 1997

45 Artículo 35 de la Ley 388 de 1997

46 De conformidad con lo establecido en la Ley 99 de 1993 y en la Ley 142 de 1994, y Ley 388 de 1997, artículo 34.

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y. Suelo urbano.- Áreas del territorio distrital o municipal destinadas a usos urbanos por el plan de

ordenamiento, que cuenten con infraestructura vial y redes primarias de energía, acueducto y

alcantarillado, posibilitando su urbanización y edificación, denominado perímetro de servicios

públicos o sanitarios.47

z. Uso del suelo.- Es la destinación asignada al suelo por el plan de ordenamiento territorial o los

instrumentos que lo desarrollen o complementen, de conformidad con las actividades que se

puedan desarrollar sobre el mismo. Los usos pueden ser principales, compatibles,

complementarios, restringidos y prohibidos. Cuando un uso no haya sido clasificado entre estas

categorías se entenderá prohibido.48

ARTÍCULO 5. PRINCIPIOS. El presente Marco Normativo adopta los siguientes principios rectores49:

i. La sostenibilidad

ii. La integralidad

iii. La complementariedad

iv. La equidad

v. La competitividad

CAPÍTULO III

ATRIBUCIONES, DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES

ARTÍCULO 6. ATRIBUCIONES ESTATALES. Los Estados Miembros del Parlamento Andino, en

concordancia con sus respectivas Constituciones Políticas y legislaciones internas, en cumplimiento

de los compromisos adquiridos por la suscripción de Tratados Internacionales y atendiendo a sus

prioridades y recursos, se reservarán las siguientes atribuciones:

47 Artículo 31 de la Ley 388 de 1997.

48 Artículo 2 del Decreto 4065 de 2008.

49 Se ha tomado como referencia los principios de los Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial del MINAM, 2015

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a. Diseñar y desarrollar políticas, programas y proyectos estratégicos para la formulación e

implementación de un modelo integral de Ordenamiento Territorial Sostenible en el ámbito urbano

y rural, con el fin de lograr un desarrollo social, ambiental, económico y territorial equilibrado,

equitativo, diversificado y competitivo en el marco de los objetivos del desarrollo sostenible.

b. Ejercer, en representación del pueblo y en correspondencia con el interés colectivo, el derecho

de regulación y control sobre los roles y funciones de los diversos agentes sociales y económicos

e institucionales públicos y privados del territorio; tanto en el ámbito urbano como rural, con el fin

de mejorar sus capacidades y competencias de articulación y complementariedad en favor de un

ordenamiento territorial sostenible.

c. Procurar la planeación, ejecución y evaluación de políticas de coordinación y cooperación

interinstitucional, mejorando la gestión de entidades públicas, privadas y sociales, sus proyectos,

programas, y actividades vinculadas con el Ordenamiento Territorial Sostenible.

d. Promover un ordenamiento territorial descentralizado que se sustente en una adecuada

articulación y complementariedad entre las diversas escalas territoriales y/o niveles de gobierno

(nacional, regional, provincial y local) y entre los diversos sectores productivos y con la

participación de la sociedad civil con el fin de reducir las brechas territoriales y de potenciar una

institucionalidad eficiente del ordenamiento territorial.

e. Fomentar la conformación de espacios o instancias de cooperación, intercambio de experiencias

y coordinación entre las instituciones públicas competentes en materia de ordenamiento territorial

entre los países de la región andina, a efecto de lograr un proceso de aprendizaje que reduzca

las asimetrías y divergencias en el desarrollo territorial y permita identificar posibles acciones de

convergencia en esta materia.

ARTÍCULO 7. DEBERES ESTATALES. Los Estados Miembros del Parlamento Andino, de acuerdo

a lo establecido en sus respectivas Constituciones Políticas y legislaciones internas y atendiendo a

sus prioridades y recursos, deberán:

a. Promover un ordenamiento territorial sostenible mediante políticas, planes, programas y

proyectos de inversión y de financiamiento, desarrollo de capacidades y tecnificación en dicha

materia.

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b. Promover un desarrollo territorial equilibrado, basado en una descentralización profunda, con una

diversificación productiva y actividades económicas competitivas, medio ambientalmente

sostenibles, una población adecuadamente localizada con acceso universal a servicios básicos,

incorporando fuentes de energías renovables, diversificadas, y de bajo impacto; que guarden una

relación positiva con la soberanía alimentaria, el equilibrio ecológico de los ecosistemas y el

derecho al agua.

c. Impulsar un ordenamiento territorial que promueva tanto la industrialización nacional como el

desarrollo rural a nivel nacional y en los niveles sub nacionales y locales, sobre la base de

desarrollar las potencialidades territoriales del suelo y subsuelo, los recursos humanos y técnicos

que les permita mejorar su productividad y competitividad en el mercado subregional, regional e

internacional, promoviendo la reducción de la dependencia de la exportación de materias primas

e importación de productos industrializados.

d. Apoyar la consolidación de organizaciones subregionales, regionales e internacionales de

cooperación, asesoría, capacitación e innovación para el fortalecimiento del proceso de diseño e

implementación del ordenamiento territorial, mediante la suscripción de agendas, acuerdos,

tratados y otros instrumentos internacionales en el marco de la integración regional.

e. Formular e implementar sistemas de información y monitoreo para evaluar el diseño, aprobación

y efectividad de políticas públicas y marcos regulatorios e institucionales, para facilitar y

retroalimentar el proceso de formulación e implementación de ordenamiento territorial bajo los

principios del desarrollo sostenible.

ARTÍCULO 8. DERECHOS DE POBLACIÓN URBANA Y RURAL. Los Estados Miembros del

Parlamento Andino, de acuerdo a lo establecido en sus respectivas Constituciones Políticas y

legislaciones internas, en cumplimiento de los compromisos adquiridos por la suscripción de Tratados

y atendiendo a sus prioridades y recursos, garantizarán el ejercicio de los siguientes derechos:

a. Acceso equitativo a los beneficios que genera un ordenamiento territorial sostenible, tanto en el

aspecto productivo y competitivo que se traduce en las mejoras de ingresos, acceso universal a

servicios básicos, y en cuanto a la sostenibilidad ambiental y gestión de riesgos que se traduce

en un entorno económico y social limpio y saludable.

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b. Acceso pleno a la información de las políticas de ordenamiento territorial, diagnósticos, planes de

ordenamiento territorial y programas, a nivel nacional y nivel subnacional y local, que tengan el

fin de financiar, asegurar el desarrollo territorial nacional sostenible y descentralizado en los

países de la región.

c. Derecho a la participación y consulta previa de acuerdo a la legislación nacional en los procesos

de diseño, formulación e implementación del marco de la Ley de Ordenamiento Territorial y sus

planes y programas tanto a nivel nacional como subnacional y local, y en el ámbito urbano como

en el ámbito rural.

d. Derecho a procesar sus demandas y desacuerdos de manera individual o grupal en relación al

proceso de formulación e implementación de los planes de ordenamiento territorial en las

instancias gubernamentales de manejo de conflictos creadas (espacios nacionales y

subnacionales y locales).

ARTÍCULO 9. DEBERES DE LA POBLACION URBANA Y RURAL Los Estados Miembros del

Parlamento Andino, de acuerdo a lo establecido en sus respectivas Constituciones Políticas y

legislaciones internas y atendiendo a sus prioridades y recursos, instituirán los siguientes deberes en

relación a los proceso de ordenamiento territorial sostenible.

a. Estar debidamente informados y tener pleno conocimiento, tanto a nivel individual como a nivel

de organizaciones, de los procesos y procedimientos que implican la formulación e

implementación del ordenamiento territorial, sus planes, programas y componentes.

b. Participar activamente, de manera individual u organizada, en todos los procesos y consultas que

demanden la formulación e implementación del ordenamiento territorial, en los niveles nacional y

subnacional y locales, tanto en el ámbito urbano como rural.

c. Participar activamente en todos los procesos de información y fortalecimiento de capacidades,

que el gobierno y/o las instituciones competentes, a nivel nacional y/o descentralizado, se

implementen para diseñar e implementar el proceso de ordenamiento territorial

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d. Cumplir y colaborar propositivamente con los acuerdos y agendas acordadas, así como con los

resultados de las consultas realizadas en los casos pertinentes, desarrollados durante el proceso

de formulación e implementación del ordenamiento territorial, sus planes y programas.

TÍTULO II

LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS PARA EL DISEÑO E IMPLEMENTACION DEL

ORDENAMIENTO TERRITORIAL SOSTENIBLE

Entre los principales ejes o lineamientos de política pública que se requieren implementar para

enfrentar los nuevos retos que plantea realizar un Ordenamiento Territorial Sostenible en los

países de la región andina, podemos destacar: políticas para una implementación integral y

articulada; fortalecimiento normativo y del marco institucional; cooperación e intercambio;

fortalecimiento de capacidades; y, desarrollo de un sistema de información y monitoreo50.

ARTÍCULO 11.- POLÍTICAS PARA UNA FORMULACIÓN INTEGRAL E IMPLEMENTACIÓN

ARTICULADA. Los Estados Miembros podrán implementar las siguientes acciones orientadas a

lograr un Ordenamiento Territorial Sostenible:

a. Diseñar e implementar una política pública de ordenamiento territorial tanto para el ámbito urbano

como rural, que proponga la territorialización de los objetivos del desarrollo sostenible a fin de

superar la concepción sectorial, fragmentada y excluyente del desarrollo; y de la gestión territorial.

Además que promueva una visión sistémica donde las políticas económicas, sociales,

ambientales y territoriales se integren a partir del territorio como elemento articulador, en base los

principios de desarrollo humano sostenible, inclusión social, equidad territorial, gobernanza

democrática y sostenibilidad ambiental.

b. Profundizar el proceso de descentralización y de la gestión del territorio definiendo roles,

funciones y competencias a ser ejecutados por los diversos niveles o escalas territoriales o de

gobierno (nacional, regional, provincial y distrital o municipal), que garanticen una plena

50 Para efectos de este título se ha tomado como referencia las propuesta de política que provienen en parte del Seminario Taller Internacional de Ordenamiento Territorial de la Región Amazónica (2009) de la CAN, el documento de la DNP (2016) op.cit, , en particular de la Comisión de Ordenamiento Territorial (COT) de Colombia citado en dicho documento. También de CEPAL (2015) Panorama del desarrollo territorial en América Latina y el Caribe, Pactos para la igualdad territorial, Santiago de Chile; CEPLAN/OCDE (2016), Estudio del Desarrollo Territorial Perú, OECD Territorial Reviews; Masiris, Ángel (2013) Cambios recientes en las Políticas de Ordenamiento Territorial en América Latina, entre otros.

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autonomía política económica y fiscal, y una gestión territorial que vincule los diversos niveles de

gobierno y complemente las potencialidades territoriales y económicas de cada uno de ellos.

c. Articular y mejorar los diferentes instrumentos de planificación territorial como el Plan de

Ordenamiento Territorial (POT) y la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE), incorporando

temas estratégicos como: biodiversidad, aspectos socioculturales, ciudades y población,

desarrollo productivo diversificado y competitivo, con manejo de cuencas, la gestión del riesgo de

desastres y el cambio climático.

d. Promover, normar e implementar en los procesos de ordenamiento territorial mecanismos para la

participación y consulta ciudadana con las poblaciones asentadas en los ámbitos territoriales

urbanos y rurales; en particular, con las poblaciones o comunidades indígenas, las organizaciones

de pequeños y medianos productores, y las organizaciones sociales.

e. Alinear las política pública de ordenamiento territorial con una adecuada política de asignación

de recursos para la inversión pública y la promoción de la participación de la inversión privada

que se oriente a cerrar las brechas y asimetrías territoriales en el acceso a los servicios básicos

de la población (agua, desagüe, vivienda, educación de calidad, energía), la productividad; y el

fomento de la ciencia, tecnología e innovación.

f. Promover y consolidar un sistema de ciudades sostenibles (grandes urbes o ciudades

metropolitanas, y ciudades intermedias) a nivel regional, y una política de asentamiento

poblacional urbano y rural a nivel distrital, que considere una adecuada localización territorial, con

una provisión de servicios básicos y mecanismos eficientes de prevención de riesgos de

desastres.

g. Promover mecanismos específicos para el ordenamiento territorial en las zonas de integración

fronteriza (ZIF) de los países andinos, que permitan el aprovechamiento de sus potencialidades

de desarrollo territorial, económica y social con sostenibilidad ambiental mediante una gestión

transfronteriza de sus recursos naturales (recursos hídricos, áreas naturales protegidas), el

desarrollo de actividades productivas rurales y promueva el comercio transfronterizo de bienes y

servicios de pequeña escala.

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ARTÍCULO 12. POLÍTICAS PARA EL FORTALECIMIENTO NORMATIVO Y DEL MARCO

INSTITUCIONAL. Los Estados Miembros podrán implementar las siguientes acciones que

promueven el fortalecimiento normativo y un marco institucional que faciliten los procesos de

ordenamiento territorial sostenible.

a. Promover la formulación y aprobación de una Ley de Ordenamiento Territorial Sostenible que

tenga rango constitucional cuya reglamentación, así como sus instrumentos de planificación,

metas y resultados esperados, estén alineados con los objetivos de desarrollo sostenible.

b. Considerar que política pública de ordenamiento territorial sostenible se formule en el marco de

la Ley, como una política de Estado que tenga rango ministerial adscrito a una institución

especializada en Planeamiento estratégico y prospectivo (ente rector) cuyas políticas,

recomendaciones y propuestas tengan carácter vinculante.

c. Promover la formación descentralizada de comités de ordenamiento territorial sostenibles a nivel

sub nacional y local (es decir, regiones provincias y distritos), integrada por los representantes

responsables de la gestión político-territorial, de los sectores económicos y la población.

d. Conformar una instancia técnica especializada que tenga como función la regulación del proceso

de ordenamiento territorial sostenible (entre regulador), tanto a nivel nacional como sub nacional

y de alcance urbano y rural, y que cuente con las capacidades y competencias para mediar en la

solución de conflictos territoriales o uso de suelo que se presenten en el proceso.

e. Fortalecer la capacidad institucional a nivel subnacional y local, mediante oficinas

descentralizadas del ente rector y de la instancia técnica de regulación a nivel regional, a fin de

fortalecer a los gobiernos regionales en la generación y evaluación de políticas, planeamiento

estratégico y ejecución de proyectos.

f. Articular los POT y/o las ZEE a los Planes de Desarrollo Concertado a nivel sub nacional y local

y mejorar la calidad de estos.

g. Desarrollar, bajo un enfoque integral, las políticas urbanas donde las ciudades contribuyan a

incrementar la productividad y la diversificación económica. Para tal efecto, es necesaria la

coordinación de las políticas urbanas entre los ministerios, brindar incentivos y asistencia técnica

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(a nivel provincial y distrital), incorporar el planeamiento estratégico territorial en el marco fiscal;

y, coordinar políticas en la escala de las áreas urbanas funcionales.

h. Mejorar la gobernanza del uso del territorio, donde cada ciudad debe contar con un Plan de

Desarrollo Local Concertado vinculado a las inversiones que prioricen las reformas necesarias en

las grande Metrópolis (Lima, Santiago, Bogotá, Quito, La Paz y otras) para generar lecciones y

mejorar los instrumentos de planeamiento.

i. Implementar una política de desarrollo rural afín al crecimiento económico con un enfoque de

productividad y diversificación, y articular dichas políticas a los Planes Regionales de Desarrollo

Concertado.

ARTÍCULO 13. POLÍTICAS DE COOPERACIÓN Y CONVERGENCIA. Los Estados Miembros

podrán implementar las siguientes acciones que están relacionadas a la necesaria cooperación e

intercambio que deben tener las políticas estatales centrales con el nivel sub nacional y local, a fin

de lograr un impacto territorial descentralizado en los respectivos espacios nacionales y en la región

andina.

a. Desarrollar e institucionalizar espacios de coordinación e intercambio efectivo de experiencias

entre los diversos niveles de gobierno de cada país andino, que permita sistematizarlas y obtener

lecciones, para potenciar los avances y resultados que se producen en materia de ordenamiento

territorial sostenible, con el fin de reducir las asimetrías y brechas territoriales a nivel local y

regional.

b. Promover entre los países andinos, y con participación de la Comunidad Andina, la conformación

de un espacio o instancia intergubernamental de cooperación e intercambio de metodologías,

información, lecciones y experiencias. Dicha instancia estará integrada por los entes rectores y

entes técnicos reguladores, responsables de la planificación del ordenamiento territorial

sostenible.

c. En dicho espacio o instancia formal se pretenderá avanzar hacia el desarrollo de lineamientos,

marcos de políticas comunes, armonizadas, complementarias y/o convergentes para la región

que, con visión integral y en base al enfoque del ordenamiento territorial sostenible, plantee

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estrategias para el desarrollo del territorio en relación con sus potencialidades y limitaciones; y de

esa manera, contribuir eficazmente a fomentar una integración subregional profunda.

ARTICULO 14. POLÍTICAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES. Cada Estado

Miembro podrá implementar las siguientes medidas o acciones relacionadas con políticas que tengan

un impacto efectivo y duradero:

a. Promover programas académicos de pre-grado y de post-grado, en la Universidades Nacionales

del Estado como en las Universidades Privadas, los temas relacionados con el Ordenamiento

Territorial Sostenible, la formulación de Planes de Ordenamiento Territorial, y la Planificación

Territorial del Desarrollo.

b. Desarrollar e implementar programas de capacitación continua desde los entes rectores y las

instituciones técnicas de Planificación y Ordenamiento Territorial dirigidas a equipos de

funcionarios y técnicos responsables en dicha materia en las direcciones descentralizadas.

c. Fortalecer los gobiernos sub-nacionales y su interacción, mediante el establecimiento de un

consejo de coordinación inter-regional, donde se pueda establecer coordinaciones sobre las

políticas de inversiones a nivel macro-regional en áreas urbanas y rurales, y se conformen grupos

de trabajo para intercambiar propuestas y dar asistencia técnica horizontal entre ellas.

d. Dar asistencia a los gobiernos subnacionales y locales para mejorar la asignación y ejecución de

la inversión pública en base al modelo de presupuesto por resultados. De esta manera, generar

planes de prestación de servicios multianuales a nivel regional y generar un sistema de

información que sea público sobre la prestación de los servicios e inversiones a nivel sub-

nacional.

ARTÍCULO 15. POLÍTICAS PARA CONTAR CON UN SISTEMA DE INFORMACIÓN Y

MONITOREO. Cada Estado Miembro podrá implementar las siguientes medidas o acciones

relacionadas con políticas para contar con un sistema de información y monitoreo que permita

alimentar el diagnóstico territorial, formular los planes con sus respectivos indicadores metas y la

necesidad de medir los resultados de las políticas de ordenamiento territorial aplicadas, con la

finalidad de obtener elementos cuantificables de su efectividad o la necesidad de reformulaciones y

cambios:

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a. Mejorar los sistemas de estadísticas territoriales, impulsando definiciones (urbanas y rurales) con

datos de geografía física, interacción entre centros urbanos y rurales, entre otros; y, en esa

perspectiva, alinearse a la tipología de la OCDE para la comparabilidad internacional.

b. Ampliación del sistema de estadísticas territoriales en cada país, desarrollando e incorporando

indicadores para la medición del bienestar, de usos de suelo y ambientales a nivel regional y local;

y a su vez, sean compatibles con los indicadores de los objetivos de desarrollo sostenible.

c. Promover la organización de un Sistema de Información Regional Especializado que permita

establecer, organizar, estandarizar y analizar la información de base para la formulación de la

política de ordenamiento territorial sostenible y sus instrumentos de planificación.

d. Implementar un eficiente sistema de monitoreo y evaluación de resultados de las políticas de

ordenamiento territorial, tanto a nivel nacional como subnacional y local, que deberán orientarse

por modelos lógicos multicausales, articuladas por componentes y resultados para ser

contrastados en sus avances de implementación y metas alcanzadas, como práctica esencial

para lograr políticas públicas eficientes.