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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA
DE LA FUERZA ARMADA
NUCLEO ANZOÁTEGUI – SEDE SAN TOMÉ
Prof. Bachilleres:Urzuley Alfonso Hernández Leibys, C.I: 25.321.166
Billarroel María, C.I: 25.685.706Longart Amada, C.I: 24.626.684Álvarez Yocsnalis, C.I: 23.519.159Pérez Mayfri, C.I: 19.782.304Veliz Milda, C.I: 26.748.953Aray Deimarys, C.I: 25.685.503Bellorín José, C.I: 25.389.041Medina Rubén, C.I: 25.828.010Espinoza Yilson, C.I: 25.388.012Chaurán Luis, C.I: 25.487.009
Marzo, 2015
Cultura
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CULTURA
DEFINICIÓN DE:
Ética:
La ética se relaciona con el estudio de la moral y de la acción humana. El
concepto proviene del término griego ethikos, que significa “carácter”. Una sentencia
ética es una declaración moral que elabora afirmaciones y define lo que es bueno,
malo, obligatorio, permitido, etc. en lo referente a una acción o a una decisión.
Por lo tanto, cuando alguien aplica una sentencia ética sobre una persona, está
realizando un juicio moral. La ética, pues, estudia la moral y determina cómo deben
actuar los miembros de una sociedad. Por lo tanto, se la define como la ciencia del
comportamiento moral.
Valores:
Los valores son principios que nos permiten orientar nuestro comportamiento
en función de realizarnos como personas. Son creencias fundamentales que nos
ayudan a preferir, apreciar y elegir unas cosas en lugar de otras, o un comportamiento
en lugar de otro. También son fuente de satisfacción y plenitud.
Nos proporcionan una pauta para formular metas y propósitos, personales o
colectivos. Reflejan nuestros intereses, sentimientos y convicciones más importantes.
Responsabilidad:
La palabra responsabilidad contempla un abanico amplio de definiciones. De
acuerdo al diccionario de la Real Academia Española (RAE), hace referencia al
compromiso u obligación de tipo moral que surge de la posible equivocación cometida
por un individuo en un asunto específico. La responsabilidad es, también, la obligación
de reparar un error y compensar los males ocasionados cuando la situación lo
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amerita.
Otra definición posible mencionada por la RAE señala que la responsabilidad es
la habilidad del ser humano para medir y reconocer las consecuencias de un episodio
que se llevó a cabo con plena conciencia y libertad.
Por lo tanto, una persona responsable es aquella que desarrolla una acción en
forma consciente y que puede ser imputada por las derivaciones que dicho
comportamiento posea. De este modo, la responsabilidad es una virtud presente en
todo hombre que goce de su libertad.
Igualdad Social:
De una forma genérica se entiende que la igualdad social es un concepto
relacionado con la justicia social. La Declaración Universal de los Derechos Humanos
de las Naciones Unidas, por ejemplo, afirma que 'todos los seres humanos nacen libres
e iguales en dignidad y derechos'. La igualdad social es también uno de los objetivos
de algunos partidos políticos, organizaciones y asociaciones.
A nivel político, existen diferentes modelos organizativos que buscan promover
la igualdad social. A lo largo de la Historia, cuando se producen situaciones de
desigualdad entre personas o grupos de la sociedad, se producen enfrentamientos o
conflictos sociales que buscan poner fin o contrarrestar este tipo de situaciones. La
igualdad social es un término amplio y puede aplicarse a diferentes ámbitos de la
sociedad como la educación, el trabajo o la sanidad y que incluye otros conceptos
como la igualdad de género y la igualdad de oportunidades.
Discriminación:
La discriminación es una forma de violencia pasiva; convirtiéndose, a veces, en
una agresión física. Quienes discriminan designan un trato diferencial o inferior en
cuanto a los derechos y las consideraciones sociales de las personas, organizaciones y
estados.
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Hacen esta diferencia ya sea por el color de la piel, etnia, sexo, edad, cultura,
religión o ideología. Los individuos que son afectados por estas clasificaciones no son
valorados por virtudes sino por características secundarias que no determinan sus
cualidades como ser humano. Estos ejemplos son crueles e injustos pero son los
clásicos dentro de nuestra sociedad.
Existen distintos tipos de discriminación:
• Discriminación social.
• Discriminación laboral.
• Discriminación sexual.
• Discriminación racial.
• Discriminación religiosa.
• Discriminación ideológica.
Pensamiento Lógico:
Es aquel que se desprende de las relaciones entre los objetos y procede de la
propia elaboración del individuo. Surge a través de la coordinación de las relaciones
que previamente ha creado entre los objetos.
CÓDIGO DE ÉTICA CIVIL (Arts. 1° al 7°).
Artículo 1.- La Ley es obligatoria desde su publicación en la GACETA OFICIAL o
desde la fecha a posterior que ella misma indique.
Artículo 2.- La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento.
Artículo 3.- La Ley no tiene efecto retroactivo.
Artículo 4.- A la Ley debe atribuírsele el sentido que aparece evidente del
significado propio de las palabras, según la conexión de ellas entre sí y la
intención del legislador.
Cuando no hubiere disposición precisa de la Ley, se tendrán en consideración
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las disposiciones que regulan casos semejantes o materias análogas; y, si
hubiere todavía dudas, se aplicarán los principios generales del derecho.
Artículo 5.- La renuncia de las leyes en general no surte efecto.
Artículo 6.- No pueden renunciarse ni relajarse por convenios particulares las
leyes en cuya observancia están interesados el orden público o las buenas
costumbres.
Artículo 7.- Las leyes no pueden derogarse sino por otras leyes; y no vale alegar
contra su observancia el desuso, ni la costumbre o práctica en contrario, por
antiguos y universales que sean.
Análisis.
En el artículo 1 del CCV, se desprende la legalidad de las leyes a partir del
ejecútese y puesta en publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela.
El artículo 2 del CCV, expresa que El desconocimiento de las Leyes, no te hace
exento de ellas, ni de lo que ella infiere con respecto a tus derechos y obligaciones.
El artículo 3 del CCV, quiere decir que independientemente de cuando se haya
cometido el acto a juzgar, si hay una ley posterior en contra de ese acto, se le
sancionará o aplicará la misma.
El artículo 4 del CCV, hace referencia a la ambigüedad presente en algunos
artículos de la Ley. No puede tener analogía, debe ser explícita, no se le puede dar
sentido según a la conveniencia de quien la aplique.
El artículo 5 del CCV, manifiesta que, renunciar a la Ley no surte efecto, es
decir, las leyes son irrenunciables. Aunque el Derecho establece que los efectos de la
norma legal pueden ser anulados a base de renunciar al derecho concedido por
aquélla. Los derechos renunciables son siempre subjetivos, puesto que no cabe la
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renuncia al derecho objetivo o norma jurídica. Sólo cabe la exclusión voluntaria de la
ley cuando se trata de ley dispositiva y no cabe, en absoluto, cuando se trata de ley
imperativa. Los derechos subjetivos, para ser renunciados eficazmente, deben ser
derechos ya existentes; es decir, ha de haberse producido la atribución de la facultad a
un sujeto. No caben, pues, las renuncias anticipadas de derecho.
El Artículo 7 del CCV, expone que no se puede dejar sin efecto una ley o norma
jurídica en general. Solo se puede subrogar con las nuevas modificaciones a los
artículos de esa Ley.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Artículo 2 Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 102 La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en la ley.
Artículo 267 Corresponde al Tribunal Supremo de Justicia la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial, la inspección y vigilancia de los tribunales de la República y de las Defensorías Públicas. Igualmente, le corresponde la elaboración y ejecución de su propio presupuesto y del presupuesto del Poder Judicial. La jurisdicción disciplinaria judicial estará a cargo de los tribunales disciplinarios que
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determine la ley. El régimen disciplinario de los magistrados o magistradas y jueces o juezas estará fundamentado en el Código de Ética del Juez Venezolano o Jueza Venezolana, que dictará la Asamblea Nacional. El procedimiento disciplinario será público, oral y breve, conforme al debido proceso, en los términos y condiciones que establezca la ley. Para el ejercicio de estas atribuciones, el Tribunal Supremo en pleno creará una Dirección Ejecutiva de la Magistratura, con sus oficinas regionales.
Artículo 274 Los órganos que ejercen el Poder Ciudadano tienen a su cargo, de conformidad con esta Constitución y con la ley, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado; e, igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.
Artículo 280 La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en esta Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos y ciudadanas. La Defensoría del Pueblo actuará bajo la dirección y responsabilidad del Defensor o Defensora del Pueblo, quien será designado o designada por un único período de siete años. Para ser Defensor o Defensora del Pueblo se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años, con manifiesta y demostrada competencia en materia de derechos humanos y cumplir con las exigencias de honorabilidad, ética y moral que establezca la ley. Las faltas absolutas o temporales del Defensor o Defensora del Pueblo serán cubiertas de acuerdo con lo dispuesto en la ley.
Análisis:
Venezuela en su Carta Magna, establece que es un Estado, donde se le da rango
de Ley, a la ética y a los valores superiores en su ordenamiento jurídico y en su
actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la
responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la
ética y el pluralismo político.
Se establece que la educación y el trabajo son los procesos fundamentales para
garantizar los fines del Estado. De esta manera, los ciudadanos y las organizaciones
sociales tienen el deber y el derecho de concurrir a la instauración y preservación de
esas condiciones mínimas y de esa igualdad de oportunidades, aportando su propio
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esfuerzo, vigilando y controlando las actividades estatales, concienciando a los demás
ciudadanos de la necesaria cooperación recíproca, promoviendo la participación
individual y comunitaria en el orden social y estatal, censurando la pasividad, la
indiferencia y la falta de solidaridad. Las personas y los grupos sociales han de
empeñarse en la realización y ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus
deberes, mientras que el Estado es un instrumento para la satisfacción de tales fines.
Por todo ello se incorporan al texto constitucional como valores superiores del
ordenamiento jurídico del Estado y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la
igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad individual y social, la
preeminencia de los derechos humanos, la ética pública y el pluralismo político.
La educación, es plural en su apertura a todas las corrientes del pensamiento
universal, como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico.
Debe estar orientada al desarrollo pleno de la personalidad para el disfrute de una
existencia digna, que transcurra con una valoración ética del trabajo y con una
conciencia de participación ciudadana. El propósito es que cada venezolano se sienta
parte de una sociedad democrática, de la cual sea activamente solidaria en su
transformación hacia un país con una firme identidad geo-histórica nacional y, al
mismo tiempo, con vocación latinoamericana y universal.
Todos estos derechos constituyen la base fundamental del nuevo
ordenamiento jurídico en el que la vida, la ética, la moral, la libertad, la justicia, la
dignidad, la igualdad, la solidaridad, el compromiso, los deberes ciudadanos y la
seguridad jurídica, son valores que concurren en la acción transformadora del Estado,
la Nación, el gobierno y la sociedad, en un propósito de realización compartida para
producir la gobernabilidad corresponsable, la estabilidad política y la legitimidad
jurídica necesarias para el funcionamiento de la sociedad democrática.
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SITUACIÓN POLÍTICA ACTUAL DE VENEZUELA
La situación política en Venezuela aparece en este momento bastante incierto.
El descontento de la población, sobre todo por la crisis económica que ha invertido el
país en los últimos meses, a menudo desemboca en manifestaciones autónomas, sobre
todo a Caracas, y en otras regiones del país, como es el caso del Estado Táchira.
Las protestas se realizan en muchos puntos del país y carecen de un centro de
dirección, siendo convocadas a través de redes sociales. En los manifestantes hay
opiniones diversas sobre los partidos políticos opositores, por lo que es posible
encontrar tantas expresiones de apoyo a los mismos como de rechazo. En el caso de
Caracas son protagonizadas especialmente por sectores de clase media y
universitarios. En el interior del país, en cambio, se han incorporado sectores
populares a la protesta. En Caracas las peticiones son mayoritariamente políticas,
libertad para los detenidos y renuncia del presidente, mientras que en el interior del
país incorporan demandas sociales, como la crítica a la inflación, la escasez y la falta
de servicios básicos. Aunque algunas protestas se han tornado violentas, y algunos
manifestantes han utilizado armas de fuego contra policías y paramilitares, la mayoría
de las protestas, especialmente fuera de Caracas, siguen siendo pacíficas.
Ahora, a principios del 2015, con la aguda y fuerte caída de los precios del
petróleo desde mediados de 2014, la situación del país entró en una fase de auténtica
emergencia económica, pues los ingresos petroleros estimados para el 2015, son
alrededor de la mitad de los del 2014 en un escenario conservador, con bajas reservas
internacionales operativas y fuerte acumulación de deuda pública y otras obligaciones
comerciales; esta situación hace insostenible mantener el marco de políticas
económicas que se han venido ejecutando desde el Gobierno de Hugo Chávez hasta el
de Nicolás Maduro, centrado en controles de precios, cambio, ganancias e incluso del
patrón de distribución de bienes de consumo básico en el territorio nacional. Además,
la absoluta mayoría de empresas públicas, incluyendo las nacionalizadas en los
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últimos diez años, enfrentan serios problemas de eficiencia productiva y bajos niveles
de producción.
Se debe señalar que en el 2014 tampoco se avanzó en el dialogo político y que
el país sigue dividido, con instituciones democráticas muy debilitadas, casi
inoperantes. El sector oficialista ha perdido el apoyo de las grandes mayorías de los
venezolanos, que ahora ven más de cerca las adversas consecuencias de un modelo
económico de inspiración ideológica de izquierda marxista leninista, marcado por el
populismo con los recursos petroleros y el endeudamiento masivo; el cual fue
abandonado en el resto del mundo y no fue seguido como ejemplo en los países más
afines del ALBA.
Por otro lado las necesidades de importaciones en el país se han elevado en los
últimos años, reemplazando muchos rubros agrícolas e industriales de producción
nacional; además de contar ahora con una economía postrada, con fuertes
limitaciones en varios sectores en cuanto al acceso de divisas o el suministro de
insumos de empresas estatales, entre otras dificultades asociadas a los controles
gubernamentales, lo cual ha reducido la capacidad productiva, como se describió
antes. La deuda comercial en divisas del sector privado y las ahora mucho más agudas
limitaciones en el suministro de divisas en 2015, para cumplir con sus proveedores,
son también un gran obstáculo para aspirar al normal abastecimiento del país, sin un
cambio drástico en la política económica.
En medio de la muy difícil y vulnerable situación económica y social, por las
dificultades explicadas, se deben tonar en cuenta una serie de recomendaciones como
posibles medios de solución para sacar a Venezuela de las graves circunstancias en
que se encuentra al inicio del 2015:
Venezuela requiere que se establezca una economía de mercado con fuertes
instituciones sociales y económicas, formando parte de una democracia donde
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todos los sectores nacionales tengan abierta las puertas a participar sin temor
alguno en el desarrollo nacional.
Ejecutar de inmediato un plan de reorganización y saneamiento financiero de
PDVSA, dentro del contexto de un nuevo plan económico, para iniciar la
recuperación y elevación de la capacidad de exploración, producción y
exportación petróleo y productos derivados, propia y desde de las empresas
mixtas.
Sacar a PDVSA de la crisis que tiene, separando de la empresa estatal el
desangramiento que tiene, con el subsidio a Mercal, Pdval y Bicentenario.
Llamar a la inversión por parte del capital extranjero, ofrecerles alternativas
económicas de seguridad, atrayendo la economía foránea al país.
En cuanto a la inseguridad, que es otro tema preocupante en la actualidad, se
debe tomar las riendas de una vez por todas, primero reformulando el COPP, y
por el otro, quitándole el poder que tienen los reos (pranes) en las cárceles. Es
inconcebible que aún desde la cárcel, estos tengan tanto poder.
Venezuela requiere de un urgente proceso de concertación a nivel nacional
frente a las graves circunstancias explicadas en este documento; y es necesario
un ánimo de rectificación profunda, en función del interés nacional, para que el
Gobierno abandone sus políticas equivocadas y pueda dar paso a una nueva
estrategia de recuperación económica y social exitosa. Esta tiende a ser una
tarea compleja y exigente, pero se deben buscar de forma urgente atender la
emergencia económica y su devastador impacto social, que enfrentamos en
este 2015.